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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
UNIVERSIDAD FERMIN TOROMODALIDAD: SAIA
Autores:Angiwiel T. Suarez Cárdenas C.I.:15.776.156
Yescarlen G. Castillo Villegas C.I.: V-20.008.849 Alix Figueroa Reyes C.I.: 17.726.997.
Nairelvis Sivira Prado C.I.:Adgly Y. Lugo Valles C.I.: 15.981.182
DescentralizaciónProceso y una política de Estado, de naturaleza sociopolítica, cultural, administrativa, económica y técnica, que busca la transferencia del poder público hacia las bases regionales y locales, de manera de construir un país más justo y sólido desde las perspectivas sociales y territoriales.
La descentralización en Venezuela nace en el año 1989 con la aprobación de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencias de Competencias del Poder Público. Aunque, activamente este proceso comienza a funcionar unos años más tarde, permitiendo a la ciudadanía en general elegir sus autoridades o gobernantes, tales como alcaldes, gobernadores, entre otros cargos que a partir de ese momento pasaron a ser cargos de elección popular hasta la actualidad.
Características de un proceso de descentralización
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Es administrativa, por cuanto involucra
una normativa jurídica y una
organización institucional que la
impulsa. En cuanto a la normativa
jurídica, el proceso ha sido regulado
mediante un conjunto de leyes, muchas
de las cuales son limitadas y existe
carencia de otras de tipo financiero,
como la ley de hacienda pública estadal
contemplada en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y
no aprobada aun.
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Antecedentes recientes de la descentralización
Los antecedentes inmediatos del modelo de descentralización tiene su origen en la Constitución
de 1947, la cual si bien establecía un modelo de
Estado centralizado, dejaba sentada las bases
para una futura descentralización de
competencias del Poder Nacional hacia los
Estados que integraban la Federación y hacia los Municipios, así como la
posibilidad de establecer el sistema de elección
mediante el sufragio de los gobernadores.
Los antecedentes inmediatos del modelo de descentralización tiene su origen en la Constitución
de 1947, la cual si bien establecía un modelo de
Estado centralizado, dejaba sentada las bases
para una futura descentralización de
competencias del Poder Nacional hacia los
Estados que integraban la Federación y hacia los Municipios, así como la
posibilidad de establecer el sistema de elección
mediante el sufragio de los gobernadores.
En 1999, se aprobó la Constitución actualmente vigente, donde Venezuela constituye un Estado federal descentralizado y además mantiene una cláusula de transferencia
de competencias a los Estados y los Municipios, entidades político-
territoriales destinatarias del proceso de promoción de la
descentralización.
En 1999, se aprobó la Constitución actualmente vigente, donde Venezuela constituye un Estado federal descentralizado y además mantiene una cláusula de transferencia
de competencias a los Estados y los Municipios, entidades político-
territoriales destinatarias del proceso de promoción de la
descentralización.La más reciente modificación realizada el pasado 17 de Marzo de 2009, implicó
una severa limitación al proceso de descentralización y al desarrollo local
venezolano, en el sentido de que el poder central revirtió competencias exclusivas, previamente cedidas con
carácter constitucionalen 1999 a los estados
La más reciente modificación realizada el pasado 17 de Marzo de 2009, implicó
una severa limitación al proceso de descentralización y al desarrollo local
venezolano, en el sentido de que el poder central revirtió competencias exclusivas, previamente cedidas con
carácter constitucionalen 1999 a los estados
Se produjo la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y
Transferencias de competencias del Poder Público en la cual se planteaba la
transferencia de competencias, acompañada de los recursos humanos y
los recursos financieros del Poder Nacional al Poder Estadal.
Se produjo la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y
Transferencias de competencias del Poder Público en la cual se planteaba la
transferencia de competencias, acompañada de los recursos humanos y
los recursos financieros del Poder Nacional al Poder Estadal.
El proceso actual de descentralización:
Es la instancia de participación que ejercer directamente la gestión de
políticas públicas y proyectos orientados a responder a las
necesidades y aspiraciones de la comunidad en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.
Consejos Comunales
Comunas
Es una subdivisión administrativa menor que corresponde a una zona urbana o rural, o mixta, es equivalente al municipio o concejo u otras instancias de administración loca
Comunidades Organizadas
Son autorizadas para prestar servicios públicos en
municipios menores en zonas rurales y en áreas o zonas
urbanas específicas.
Organizaciones populares a las cuales se les ha
transferido competencia en la formulación, ejecución, control y evaluación de proyectos sociales por
ley, dirigidos a satisfacer las necesidades más apremiantes
de las comunidades.
Existen 34.564 consejos comunales en todo el territorio nacional
Actualmente están desdibujando los consejos comunales.
CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNOEs un Organismo compuesto por los Poderes Municipales, Estadales y Nacionales de la Republica Bolivariana de Venezuela, con el objeto de profundizar el proceso descentralizador del Estado.
CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNOEs un Organismo compuesto por los Poderes Municipales, Estadales y Nacionales de la Republica Bolivariana de Venezuela, con el objeto de profundizar el proceso descentralizador del Estado.
CONSEJO ESTADAL DE PLANIFICACIÓN PUBLICA Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PUBLICAS
Es el encargado de promover el desarrollo armónico, equilibrado y sustentable. actuarán de acuerdo con los principios de justicia social, democracia, eficiencia, protección del ambiente, corresponsabilidad, integridad territorial, productividad, solidaridad, cooperación y desarrollo sustentable.
CONSEJO LOCAL DE PLANIFICACIÓN PUBLICA El Consejo Local de Planificación Pública es la instancia de planificación en el municipio, y el órgano encargado de diseñar el Plan Municipal de Desarrollo y los demás planes municipales, en concordancia con los lineamientos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, los demás planes nacionales y los planes estadales, garantizando la participación ciudadana y protagónica en su formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y control, en articulación con el Sistema Nacional de Planificación Pública.