El Sistema de Jurado Clásico - Esquemas de Buenos Aires y Neuquén (DPI)

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    El sistema de jurado clásicoLos esquemas de Buenos Aires y Neuquén

    Por Enzo Finocchiaro

    I. Los diferentes sistemas de jurados  A través de una revisión histórica de los principales sistemas procesalescomparados, verificamos la existencia de tres sistemas de juicio por  jurado: el sistema clásico de jurados, el sistema escabinado y el sistemamixto. El sistema clásico de jurados (también llamado an!losajón" es a#uel en#ue los jueces profesionales y los le!os tienen funciones diferentes,deliberan y deciden en forma separada. Es el más conocidop$blicamente y ha sido adoptado en %n!laterra, EE.&&., Austria,'orue!a, inamarca y recientemente en Espa)a y *usia. Es el #ueactualmente ri!e en la +rovincia de uenos Aires y en 'eu#uén. El sistema de escabinos es a#uel en #ue los jueces le!os y los juecesprofesionales deliberan y deciden conjuntamente. Está vi!ente enmuchos pa-ses de Europa continental, lo si!uen Alemania, rancia, %taliay al!unos cantones de /ui0a, y en Ar!entina es el #ue ha sido adoptadopor la +rovincia de 1órdoba. El /istema 2ixto combina caracter-sticas del jurado an!losajón y delescabinado: el procedimiento si!ue la estructura del jurado puro durantetodo el proceso hasta la determinación de la sentencia, momento en el#ue se toma la estructura del escabinado. 3os jueces le!os, ellos solos,determinan la culpabilidad o inocencia, lue!o, si el veredicto es deculpabilidad, se forma un escabinado, en el #ue los jueces le!os y los jueces técnicos determinan la pena aplicable al veredicto. Este sistemafue presentado en Ar!entina en varios proyectos le!islativos nacionales yprovinciales (en uenos Aires, por ejemplo". En la actualidad, la discusión más importante existente no es sobre si el jurado es positivo o ne!ativo 4 salvo en Ar!entina y en pa-ses donde ladiscusión evidencia el atraso constitucional padecido5, sino sobre: laselección de los jurados, los tipos de delito, la composición y lacompetencia de los tribunales6 la forma, el contenido e impu!nación de lasentencia y el modo de frenar el absolutismo estatal.  Asimismo, existen 5por otra parte5 dos modelos de 7uicios por jurado: elan!losajón, compuesto por el !ran jurado o jurado de acusación y elpe#ue)o jurado o jurado de enjuiciamiento, el primero es el #ue apruebao no la acusación de la fiscal-a, utili0ado para casos de corrupción de

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    funcionarios p$blicos y para casos de penas capitales y el jurado deenjuiciamiento, #ue es a#uel #ue establece la inocencia o culpabilidad,siendo el jue0 #uien califica el hecho y cuantifica la pena. 1omo ya hemos se)alado en el punto anterior, en el ori!en del derechoan!losajón sólo encontramos al !ran jurado, establecido como un poder de polic-a para consolidar la autoridad del rey, y #ue lue!o se convirtió enun tribunal de instancia intermedia, encar!ado de las investi!aciones yvalide0 de los casos a ser llevados a juicio. Ambos fi!uran en distintascláusulas de la 1onstitución de los EE.&&.: la enmienda 8, el !ran7urado y la enmienda 8%, el jurado de enjuiciamiento. Estas fi!uras fueroncriticadas y suprimidas en %n!laterra en el a)o 9;;, a partir de la 3ey de Administración y en los EE.&&., la 1orte /uprema en el a)o 9

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     jur-dico al respecto. En este sentido, vemos #ue entre los principios del Art.9 del 1++ está elde jue0 natural y juicio por jurados, transformando a#uel viejo principioen uno más acorde: el 7ue0 'atural y el 7urado 'atural. *especto a la competencia, #ueda establecido #ue el ribunal de7urados va a tener competencia respecto de a#uellos delitos cuya penamáxima en abstracto exceda de #uince a)os de prisión (o si en caso deconcurso, al!uno de ellos supere dicho monto", cumpliendo as- con lamanda constitucional #ue hemos se)alado, esto es, #ue los juicioscriminales se sustancien mediante ribunal de 7urados (conf. Art.?? bis1++".  Ahora bien, en una de las primeras polémicas, la norma bonaerense optapor concederle el derecho al acusado de optar por el ribunal de 7uradoso por el ribunal Brdinario, pudiéndolo hacer en la oportunidad #uese)ala el Art.;;C. &na ve0 firme el re#uerimiento de juicio, fenece laposibilidad de renuncia. *especto a la inte!ración del jurado, vemos #ue se optó por el sistemaclásico, esto es, un 7ue0 conductor y jurados le!os. As-, el Art.;;< bis1++ sostiene #ue el ribunal de 7urados estará inte!rado por un 7ue0,profesional, perteneciente al +oder 7udicial y #ue es el presidente delribunal, doce jurados titulares y seis jurados suplentes. +ara ser jurado,#ue representa una car!a p$blica y a la ve0 un derecho de todos losciudadanos de la +rovincia (participar en la administración de 7usticia",se debe ser ciudadano ar!entino, tener entre ?9 y D> a)os, estar enpleno ejercicio de sus derechos ciudadanos, tener aptitud psicof-sica y noestar dentro de las prohibiciones (desempe)o de car!o p$blico, trabajar en el +oder 7udicial, ser miembro de una uer0a de /e!uridad o trabajar en se!uridad privada, ser abo!ado o escribano, los condenados, losfallidos, los ministros de cultos y las autoridades de partidos pol-ticos". *especto a los jurados, son ele!idos dentro de cada epartamento7udicial, se!$n listas elaboradas en base al +adrón Electoral y cobranremuneración acorde (Art.;;< ter 1++". &na ve0 #ue son sorteados yconvocados, se hace una audiencia preliminar de selección, donde laspartes pueden recusar con causa a los jurados, con las mismas re!lasdel examen y contraexamen de testi!os. Asimismo, se puede recusar sincausa hasta a cuatro miembros del jurado (en total". &na ve0 terminadala audiencia, #ueda constituido el jurado, el #ue debe conformarse coni!ualdad de sexos. 

    3os jurados sólo deben deliberar respecto de los hechos #ue se handebatido en las audiencias en las #ue ellos han estado presentes. 'o

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    discurren ni valoran cuestiones jur-dicas. +ara eso, reciben instruccionesdel 7ue0, las #ue básicamente consiste en explicarles esto y sobre #uécuestiones deben centrarse, principalmente, por lo!rar convicción ysuperar el estándar de duda ra0onable, en cuyo caso deberán absolver alacusado. &na ve0 esto, deliberan secretamente y lue!o entre!an su veredicto, el#ue debe versar sobre la existencia del hecho y sobre la participación enel mismo del acusado, pudiendo darse tres posibilidades: culpable, noculpable y no culpable por inimputabilidad. /i el veredicto es deculpabilidad, se re#uiere el voto afirmativo de die0 jurados. /i no se lle!aa los votos m-nimos, se repite la votación hasta tres veces más. /i aunas- se persiste, el veredicto será de no culpabilidad. &na ve0 #ue el veredicto se pronuncia, se termina la actuación de los jurados. 3ue!o, el 7ue0 presidente elabora la sentencia, la #ue debe contener elveredicto y ajustarse al mismo. inalmente, en lo relativo a la pretendida falta de motivación de lasentencia, vemos #ue este ar!umento cae solo, ya #ue la sentencia #ueelabora el 7ue0 presidente debe cumplir con todos los recaudos normalesde una sentencia, siendo su motivación justamente el veredicto y lamotivación de éste, las instrucciones de deliberación #ue da el 7ue0 al7urado (Art.9@C 1++". b) Neuquén 2ediante la 3ey ?D

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    el procedi"iento para el juicio por jurados en causas cri"inales seajustarán a las nor"as de este Código", as- como la participaciónciudadana como principio procedimental, en el Art.= (!os ciudadanos

     participarán en la ad"inistración de la justicia penal con#or"e a lo previsto en la Constitución de la Nación y en este Código". En el Art.?9 se expresa el norte en la convicción del jurado, diciendo #ueéstos apreciarán las pruebas conforme su -ntima convicción y sentidocom$n. 1omo ocurre en el proceso bonaerense, la jurisdicción es ejercida por los jueces (y no por los jurados como mal se)alan al!unos detractores". /onéstos #uienes elaboran la sentencia y #uienes diri!en el debate y#uienes deciden la imposición de pena sobre el encontrado culpable por el jurado. 3ue!o, ya en el se!undo cap-tulo, se prevé al ribunal de 7urados comoór!ano jurisdiccional, el #ue entenderá en casos de delitos contra laspersonas, la inte!ridad sexual o cual#uier otro delito con resultadomuerte o lesiones !rav-simas, siempre #ue el fiscal haya solicitado unapena privativa de libertad superior a los #uince a)os. En estos casos, adiferencia de lo #ue ocurre en uenos Aires 4 donde el juicio por juradoses una opción del imputado por cual#uier delito criminal 4 la celebracióndel juicio por medio de un ribunal de 7urados es imperativo. El ribunal de jurados se inte!ra por un jue0, presidente del ribunal,director del debate, inte!rante estable del +oder 7udicial provincial y por doce jurados le!os, ciudadanos neu#uinos, ele!idos aleatoriamente delistas elaboradas en base al padrón electoral. El sistema de elección, nombramiento, remuneración, recusación ydesarrollo del juicio por jurados populares es similar al ya anotado enuenos Aires, a donde remitimos.  Al i!ual #ue ocurre en el caso previo, los jurados emiten veredicto deculpabilidad o no, el #ue lue!o inte!ra la sentencia #ue redactará el 7ue0profesional, #uien asimismo se encar!a de la determinación de pena. IV. Conclusión Estoy convencido #ue el sistema de jurados para ju0!ar un determinadon$mero de delitos importará una !enuina escuela de civismo, a la ve0#ue servirá de acicate y apoyo de los sistemas adversariales #ue seestán sancionando en las +rovincias y esperemos #ue también en el

    orden 'acional, mejorando sensiblemente el sistema de administraciónde justicia en beneficio de la sociedad, acosada por delitos violentos #ue

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    provocan la inse!uridad en las !randes urbes y cran alarma social.5 V. Biblioraf!a utili"ada y recomendada 9. 1avallero, *icardo 7. y Edmundo /. Fendler, 7usticia y participación: el juicio por jurados en materia penal Editorial &niversidad, uenos Aires,9