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1 “La primera y más eficaz de las acciones educadoras de la escuela es el ejemplo de vida de cada educador” Beato Tomás Reggio REGLAMENTO INTERNO E CONVIVENCIA ESCOLAR Las principales normas internas que la Comunidad Educativa del Liceo Santa Marta establece, se inspiran en su Marco Doctrinal y están determinadas por la necesidad de lograr una adecuada formación personal, un buen nivel de aprendizaje y una convivencia fructífera dentro del Liceo a fin de cumplir con el objetivo de formar integralmente a los estudiantes en un clima propicio: armónico, con metas exigentes y claras para que la experiencia educativa sea significativa para su vida. La Comunidad Educativa del Liceo Santa Marta sostiene que el núcleo de la convivencia son los acuerdos básicos que determinan los modos de comportamientos en las relaciones entre todos, orientados siempre al desarrollo y al crecimiento continuo y permanente de cada uno de los que participamos de esta Comunidad. Educar en convivencia es educarse mutua y recíprocamente en valores asumidos por todos y puestos en práctica, especialmente por los que, como educadores (padres y profesores) debemos ser ejemplo y espejo donde se miren nuestros alumnos e incluso los demás sectores de la comunidad educativa, a la búsqueda de orientación y guía en la vivencia efectiva de esos valores incorporados a las distintas facetas del quehacer y convivencia diaria de nuestra unidad educativa. Convivir, vivir con los demás, en orden, en paz y de manera solidaria, son aspectos realmente fundamentales en toda comunidad humana. Consideramos que estos acuerdos constituyen una herramienta muy valiosa para aprender a vivir en armonía, respeto y para afianzar los procedimientos y las actitudes sociales, críticas y reflexivas, que la faciliten. Esta Comunidad acuerda que la convivencia se aprende, se construye y también se enseña; es tarea de todos posibilitarla.

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1

“La primera y más eficaz de las acciones educadoras de la

escuela es el ejemplo de vida de cada educador”

Beato Tomás Reggio

REGLAMENTO INTERNO E CONVIVENCIA ESCOLAR

Las principales normas internas que la Comunidad Educativa del Liceo Santa Marta

establece, se inspiran en su Marco Doctrinal y están determinadas por la necesidad de lograr una

adecuada formación personal, un buen nivel de aprendizaje y una convivencia fructífera dentro

del Liceo a fin de cumplir con el objetivo de formar integralmente a los estudiantes en un clima

propicio: armónico, con metas exigentes y claras para que la experiencia educativa sea

significativa para su vida. La Comunidad Educativa del Liceo Santa Marta sostiene que el núcleo

de la convivencia son los acuerdos básicos que determinan los modos de comportamientos en las

relaciones entre todos, orientados siempre al desarrollo y al crecimiento continuo y permanente

de cada uno de los que participamos de esta Comunidad.

Educar en convivencia es educarse mutua y recíprocamente en valores asumidos por

todos y puestos en práctica, especialmente por los que, como educadores (padres y profesores)

debemos ser ejemplo y espejo donde se miren nuestros alumnos e incluso los demás sectores

de la comunidad educativa, a la búsqueda de orientación y guía en la vivencia efectiva de esos

valores incorporados a las distintas facetas del quehacer y convivencia diaria de nuestra unidad

educativa.

Convivir, vivir con los demás, en orden, en paz y de manera solidaria, son aspectos

realmente fundamentales en toda comunidad humana.

Consideramos que estos acuerdos constituyen una herramienta muy valiosa para

aprender a vivir en armonía, respeto y para afianzar los procedimientos y las actitudes sociales,

críticas y reflexivas, que la faciliten.

Esta Comunidad acuerda que la convivencia se aprende, se construye y también se

enseña; es tarea de todos posibilitarla.

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La sanción será para todos una instancia siempre posterior al diálogo y al acuerdo.

Para concretarlas y hacerlas operativas establecemos estas especificaciones sobre los

modos de regular las relaciones en nuestra Comunidad Educativa:

TITULO I

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Sabemos muy bien que la educación de hoy debe proyectar su vigencia para el futuro,

pues de no ser así, seríamos, responsables, como educadores, de haber contribuido a formar

ciudadanos frustrados en una sociedad que se evidencia difícil y exigente.

Entonces es nuestra obligación dar a conocer a nuestros estudiantes de hoy, el mundo

en el cual les corresponderá desenvolverse, para que asuman con responsabilidad, interés y

predisposición su propia educación en el presente, y cumplir eficientemente su misión en la

sociedad del mañana.

Es así que conforme a la normativa educacional vigente especialmente lo estipulado en

las normas pertinentes del DFL N° 2, publicado en el año 2010, Ley General de Educación; y DFL

N° 2 publicado en el año 1998, Ley de Subvenciones, y demás respectivas, el Liceo Santa Marta

de Vallenar cumple con la elaboración del presente reglamento interno que conforma la normativa

interna de nuestro establecimiento educacional cumpliendo además con una función orientadora

y articuladora del conjunto de acciones que los estudiantes, docentes, cuerpo Directivo, personal

del establecimiento, padres, madres y apoderados emprenden y emprenderán a favor de la

formación y ejercicio de los valores de convivencia en la cultura escolar que regulará a nuestra

comunidad educativa.

Todas las acciones que se emprendan en lo educativo, deberán contener algún propósito

sustentado por a lo menos uno de nuestros principios.

ARTÍCULO Nº 1: Para que todos los niños y jóvenes que ingresan al Liceo Santa Marta,

permanezcan en él recibiendo un trato digno, de respeto a su persona y logren un sentido de

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pertenencia e identidad con el Liceo se requiere del compromiso, colaboración, responsabilidad

y participación de todas las personas que integran la Comunidad Educativa.

Para ello, la misión del Liceo que impregna la formación que ofrece el servicio educativo

es:

El Liceo Santa Marta, es un centro de educación católica que desarrolla un servicio

público de formación humana y cristiana, en diálogo con la realidad eclesial, cultural y social, en

la que se insertan.

Colabora con las familias en la educación de niños(as) y jóvenes, para que sean capaces

de vivir una fe integral en Cristo, haciéndola presente en la Iglesia y en la sociedad.

Promueve una filosofía, un currículum y una metodología, que asegure a los educandos

una amplia cultura y comprensión del mundo actual y el desarrollo de las habilidades que los

capacitan como personas realizadas, útiles a la sociedad.

Se inspira en el Evangelio, en las directrices del magisterio de la Iglesia y en el carisma

de fe, acogida y servicio transmitido a la Congregación por su Fundador, el Beato Tomás Reggio,

quien postula: “La educación es una relación de alma a alma, que no debe solamente

comunicar contenidos, enseñar a observar estructuras, sino moldear almas... los

jóvenes necesitan de personas que los ayuden a madurar en su crecimiento sin

sustituirlos”

ARTÍCULO Nº 2: El Liceo Santa Marta, en sus fundamentos doctrinales y en coherencia

con el Proyecto Educativo Institucional y los Objetivos Fundamentales Transversales, promueve

y enseña principios y valores que fortalecerá a lo largo de la enseñanza escolar que imparte para

el desarrollo personal e integral de todo y cada uno de nuestros estudiantes y como asimismo

son:

1.Humanizar y evangelizar en su familia, en su trabajo y en su barrio.

2.Ser un agente de cambio, que aporte al crecimiento de la sociedad.

3.Ser responsable y eficiente en su trabajo.

4.Tener la suficiente autonomía para regular la influencia de los medios de comunicación,

aprendiendo a actuar en coherencia a la formación valórica entregada.

5.Cooperar e influir para conformar una sociedad donde, las desigualdades sean mínimas y

donde todos los chilenos tengan las mismas oportunidades.

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6.Tener una adecuada conciencia ecológica y ponerla en práctica.

7.Respetar y hacer respetar los derechos humanos.

8.Evitar ser esclavos del consumismo, comprometiéndose a una vida de solidaridad.

9.Hombre y mujer con espíritu comunitario y compromiso social.

10.Hombre y mujer con sentido crítico y proactivo frente a la realidad.

11.Hombre y mujer comprometido con su Patria siendo un ciudadano y/o ciudadana

comprometido (a) con el quehacer cívico.

12.En síntesis hombre y mujer comprometido con Cristo, con la Fe, el Servicio y Acogida de

Marta y con el país.

ARTÍCULO Nº 3: El Liceo Santa Marta, teniendo presente su concepción de hombre,

basada en la antropología Cristiana que lo considera un ser creado a imagen y semejanza de

Dios, constituyéndolo un ser racional, libre, único e irrepetible, trascendente y perfectible,

deseando formar jóvenes que se proyecten en la sociedad vivenciando su compromiso con el

evangelio, ofrece a la sociedad de Vallenar un centro católico para promover la formación integral

de sus estudiantes según el estilo de la espiritualidad de Monseñor Tomás Reggio.

El Derecho universal a la Educación expresa textualmente: “Todos los hombres, de

cualquier raza, condición y edad, en cuanto participantes de la dignidad de la persona

tienen el derecho inalienable a una educación.”

En este sentido la disciplina cumple un importante rol para los estudiantes y las personas

que educativa y pedagógicamente, directivos, profesores y personal tienen el deber de velar por

la confianza que han depositado las familias en el establecimiento.

TITULO II

DE NUESTRAS FINALIDADES EDUCATIVAS

ARTÍCULO Nº 4: La presente normativa regula el sistema de convivencia y el

comportamiento disciplinario de los y las estudiantes del Liceo Santa Marta. Con este propósito

esta normativa tiene como finalidades educativas las siguientes:

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1)Educar de acuerdo con una concepción Cristiana católica del hombre, de la vida y del

mundo.

2)Entregar una educación integral que le permita a los estudiantes continuar sus

estudios en algún centro de educación superior.

3)En clima de colaboración y apertura ofrece una educación e instrucción que buscan

un mejoramiento constante de su calidad.

4)Acompañar a los estudiantes en su desarrollo físico, en su maduración afectiva y en

su integración social, al mismo tiempo que le ayuda a su cultivar su intelecto.

5)Fomentar el crecimiento de las dimensiones éticas y trascendentes de la persona

acentuando valores como la familia, la libertad, el sentido crítico, la participación, la convivencia

y la paz.

6)Favorecer la síntesis y la coherencia entre fe y cultura.

7)Impartir la enseñanza religiosa según las orientaciones de la Iglesia católica.

8)Programar y desarrollar procesos catequéticos y de expresión de fe, inmerso dentro

del compromiso que se asume con nuestro establecimiento y comunidad educativa al formar

parte de ésta. Todo en el marco de respeto y libertad que promovemos en nuestra comunidad

educativa.

9)Estimular la presencia renovadora en la sociedad, para conseguir que sea más humana

y justa.

10)Dar al educador un valor esencial en el proceso de maduración del estudiante; que

se traduce en presencia que es cercanía, acompañamiento, entrega personal del tiempo y

cordialidad.

11)Intentar una educación personal que acompañe a cada uno según sus necesidades

y crear un ambiente humano, que favorezca la maduración individual.

12)Desarrollar una metodología abierta y flexible, que en cada momento se adapte a

las necesidades existentes y que incorpore las innovaciones didácticas que mejoren la calidad

educativa.

13)Procurar que cada estudiante desarrolle al máximo sus capacidades intelectuales,

artísticas y físicas e insistir de forma especial en la laboriosidad, el sentido práctico, la

responsabilidad y la constancia.

14)Detectar los intereses de los estudiantes y orientarlos adecuadamente para su

desarrollo y maduración.

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15)Proyectar nuestra acción educativa más allá del aula, y del horario lectivo a través

de las actividades Acles (actividades curriculares de libre elección), abriendo el Liceo a la vida y

el entorno.

16)Incentivar el trabajo conjunto entre Colegio y Apoderados, como forma de fortalecer

los lazos de compromiso e identidad con los Fundamentos Doctrinales del Colegio, para mejorar

el desarrollo integral de nuestros alumnos y alumnas.

17)Mantener vías de comunicación expeditas que relacionen Colegio y Apoderados,

mediante la disposición de horarios de atención personalizada por parte del Profesor Jefe al

apoderado, sin descartar la atención inmediata sin mediar citación o solicitud en caso que la

situación lo amerite. Se suma la realización de reuniones mensuales de apoderados, en la cual

se desarrollan aspectos pedagógicos, espirituales, disciplinarios y administrativos; además se

realiza “Cuenta Anual” que permite dar a conocer en detalle todos los ámbitos que competen a

la interrelación Establecimiento – Padres, madres y/o Apoderados(as) – Alumnado.

TITULO III

DE LOS DERECHOS Y DEBERES

DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS DE NUESTRO LICEO

ARTÍCULO Nº 5: El Liceo Santa Marta reconoce y garantiza en los alumnos y alumnas

sus derechos como persona y estudiante, los que son efectivamente resguardados por la

Comunidad Escolar. El Liceo, en el marco de su quehacer educativo, propende al fortalecimiento

de las garantías escolares, en su formación espiritual y corpórea, así como en sus defensas

concretas y prácticas diarias para su desarrollo integral.

1)Todo estudiante tiene derecho a ser respetado en su persona como también los demás

miembros de la Comunidad Educativa.

2)Todo estudiante del Liceo tiene derecho a utilizar sus dependencias, mientras lo haga

autorizado y/o asesorado por un profesor o funcionario, responsabilizándose por su cuidado,

respetando en la o las dependencias utilizadas el horario estipulado por la Dirección o

administración del Liceo para su funcionamiento.

3)El o la estudiante tiene derecho a requerir que sus actos conductuales (indisciplina),

no influyan en sus evaluaciones como estudiante.

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4)Todo estudiante tiene derecho a manifestar sus propias opiniones, en un marco de

respeto a los demás.

5)Todo estudiante tiene derecho de pedir a sus demás compañeros, un adecuado uso

del lenguaje.

6)Todo estudiante tiene derecho a ser informado de las causas o motivos de alguna

sanción que le sea aplicada.

7)Todo estudiante tiene derecho a conocer, elegir libre y voluntariamente la

participación en los ACLES.

8)Todo estudiante tiene derecho a conocer y a elegir responsablemente los planes

electivos para su formación escolar.

9)La estudiante en estado de gravidez tiene derecho a continuar sus estudios hasta que

se inicie su período pre-natal, período que se será seguido mediante tutoría.

10)La estudiante que haya asumido la maternidad deberá cumplir responsablemente su

papel de madre y estudiante, por lo cual, cada caso será atendido en particular de acuerdo a la

realidad personal, considerándose el apoyo y flexibilidad de horario atendiendo la jornada escolar

de que se trate.

11)Todos los estudiantes varones que se encuentren en situación de paternidad

presente o futura, deberán asumir responsablemente su condición de Padre y Estudiante.

12)Todo estudiante tiene derecho a solicitar explicaciones de las materias, en el

desarrollo de la clase, siempre que haya manifestado interés y atención permanente en el

desarrollo de ella.

13)Los estudiantes tienen derecho a apelar por escrito, cuando se vea afectada/o por

las determinaciones del Liceo de cualquier índole, al consejo de profesores y la Dirección, luego

de haber agotado las instancias de conducto regular.

14)Los estudiantes tienen derecho a conocer el resultado de sus evaluaciones en forma

oportuna dentro de 10 días hábiles.

15)Los alumnos y alumnas tienen derecho a ser respetados por su etnia u origen sin

ningún tipo de discriminación, velando siempre por su progreso y el derecho a manifestar todas

sus potencialidades de Ser Humano dentro del plano pedagógico que al colegio le competen; y

16)Demás derechos que le confiere la normativa educacional vigente y la Constitución

Política de la Republica.

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ARTÍCULO Nº 5 Bis: El sistema educativo promueve conforme a los principios

plasmados en la Ley General de Educación, el Principio de la Responsabilidad de los alumnos,

especialmente en relación con el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes

escolares, cívicos, ciudadanos y sociales.

Este principio se hará extensivo a los padres y apoderados, en relación con la educación

de sus hijos o pupilos.

Así tenemos que dentro de los deberes de los alumnos y alumnas se encuentran entre

otros:

1.Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la

comunidad educativa;

2.Asistir a clases; estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus

capacidades;

3.Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar;

4.Cuidar la infraestructura educacional; y

5.Respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento.

TITULO IV

DEL UNIFORME PERSONAL

ARTÍCULO Nº 6: El uso del uniforme escolar para el Liceo Santa Marta es obligatorio.

Este, fue aprobado con acuerdo de los distintos estamentos que participan y formar parte de

nuestra comunidad educativa.

1) El Consejo de Profesores

2) El Centro General de Padres y Apoderados

3) Consulta al Centro de alumnos de nuestro Liceo.

El Liceo Santa Marta, de Vallenar, establece como obligatorio el uniforme que cumpla

con las siguientes características:

a).- Niñas: Las damas de este Colegio tendrán tres tipos de uniforme, los cuales se

estipulan a continuación:

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a.1 UNIFORME FORMAL: Se utilizará todos los días lunes, celebraciones y actos

cívicos Falda del colegio, cuyo largo deben ser de 3 cm por sobre la rodilla. Camisera blanca,

cuello redondo, corbata e insignia, la cual debe estar prendida sobre el nudo de la corbata.

▪Chaleco azul con o sin mangas según la ocasión.

▪Zapatos color negro, bajo, de colegio, con suela o goma negra, sin plataforma ni taco

(pueden ser de chinita).

▪Las calcetas deben ser de color gris, largas hasta tres dedos antes de la rodilla. Está

prohibido el uso de bucaneras.

▪Blazer azul marino, según modelo propio del colegio.

a.2 UNIFORME DE GALA: Se utilizará en Desfiles y ceremonias calificadas por

la Dirección del Liceo. Se compone de falda del colegio, cuyo largo deben ser de 3 cms. por

sobre la rodilla. Camisera blanca, cuello redondo, corbata color gris y diseño establecido por el

Liceo y la insignia del Liceo. Ésta última debe estar prendida a la corbata abajo del nudo de

ésta.

•Chaleco azul con o sin mangas según la ocasión.

•Zapatos negros de colegio, bajos, de suela negra, sin plataforma ni taco (se aceptan

chinita).

•Calcetas color Blanco, largo hasta tres dedos bajo la rodilla.

•Blazer azul marino, según modelo propio del colegio.

•El pelo tomado con cintas Blancas.

•Guantes blancos.

a.3 UNIFORME DIARIO: Se utiliza todo los días de martes a viernes

•Falda propia según modelo del Liceo.

•Polera Blanca según modelo del Liceo.

•Zapatos, según modelo del Liceo. Calcetas de color gris.

•Blazer azul marino, según modelo del colegio.

•De 1º a 8º básico, se exigirá el uso del delantal blanco, con el nombre bordado al lado

superior izquierdo.

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•De 1º a 4º medio se exigirá el delantal blanco para clases de artes, ciencias y los

talleres que lo requieran.

b) Niños: Los varones del Liceo tendrán dos tipos de uniforme, los cuales se estipulan

a continuación:

b.1 UNIFORME DE GALA: Se utilizará todos los días de celebraciones, ceremonias

importantes determinadas por la Dirección del Liceo y también será utilizado en

desfiles.

•Pantalón de tela gris, según modelo del colegio, a la cintura, cuyo largo debe ser a la

mitad del taco del zapato.

•Camisa blanca, corbata e color gris, e insignia, que irá prendida sobre el nudo de la

corbata.

•Vestón azul marino y chaleco mismo color, según modelo del colegio.

•Calcetines grises.

•Zapatos negros de colegio, sin plataforma, salvo prescripción médica, y sin adornos

de colores.

•Guantes blancos.

b. 2 UNIFORME DIARIO: Se utilizará de martes a viernes.

•Pantalón de tela gris (plomo), según modelo del colegio, a la cintura, cuyo largo debe

ser hasta mitad del taco del zapato.

•Polera blanca según modelo del colegio.

•Vestón azul marino, según modelo del colegio

•Calcetines plomos

•Zapatos negros de colegio, sin plataforma, salvo prescripción médica, y sin adornos

de colores.

•De 1º a 8º básico, se exigirá el uso de la cotona café, con el nombre bordado al lado

superior izquierdo con hilo color rojo o azul.

•De 1º a 4º medio se exigirá el delantal blanco para las clases de artes y ciencias.

Cuando se use el uniforme diario se podrá reemplazar al blazer y/o vestón por un Polar

(modelo y color determinado por el Liceo).

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No existirá restricción para el uso de la polera del uniforme diario, sea manga larga o

manga corta (modelo y color determinado por el Liceo).

Los elementos de abrigo en invierno complementarios al uniforme como bufandas,

gorro de lana y guantes, deberán ser del color y diseño que determine el Liceo, en su defecto

serán de color azul marino. No se permitirá el uso de ninguna vestimenta adicional y diferente

a las ya especificadas, tales como, polainas, beatles, collares, pulseras, otro tipo de chaqueta,

y/o abrigos, etc.

Todo estudiante del Liceo Santa Marta asistirá a clases con el uniforme establecido y

cuidará de su presentación personal mostrándose correctamente uniformado conforme lo

establecen los puntos anteriores. No se permite el uso de polerones u otros afines cuyos diseños

y colores no sean de aquellos establecidos en los uniformes oficiales del Liceo, por lo que todos

aquellos que se regalan normalmente como recuerdo de algunas etapas escolar quedan

expresamente prohibidos; salvo excepciones para los alumnos de 4° medio en ocasiones

debidamente autorizadas.

Se considera parte del uniforme de las alumnas y alumnos, la Mochila y/o Bolso

en la cual porta sus útiles y pertinencias. Estas deben ser de color “azul marino y/o negro”

sin adornos de colores.

ARTÍCULO Nº 7: El uso del equipo de gimnasia para el Liceo Santa Marta es

obligatorio. Este, fue aprobado por acuerdo de los distintos estamentos de la comunidad

educativa.

1) El Consejo de Profesores

2) El Centro General de Padres y Apoderados

3) Consulta al Centro de Estudiantes.

ARTÍCULO Nº 8: De este modo la Dirección del Liceo Santa Marta establece el equipo

de actividades deportivas, de acuerdo a las siguientes características:

a) Alumnas: El uniforme de gimnasia consta de polera, calzas y buzo según modelo

determinado por el Liceo, calcetas y zapatillas blancas (Deportivas).

b) Alumnos: El uniforme de gimnasia consta de polera, short y buzo según modelo

determinado por el Liceo, calcetas y zapatillas blancas (Deportivas).

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c)En época de invierno, tanto para las alumnas como para los alumnos se

permitirá:

Uso de polar según modelo determinado por el Liceo, color azul marino, sobre el

Buzo.

Uso del Buzo en clases de Educación Física.

ARTÍCULO Nº 9: En caso que un estudiante tenga cualquier problema, en cuanto al

uniforme escolar, su apoderado deberá acercarse a la Dirección y/o Inspectoría del

Liceo Santa Marta, para dar cuenta de su situación y buscar una solución que permita no

separar al o la estudiante del proceso de aprendizaje impartido por nuestro Liceo, y pueda con

ello asistir regularmente sin ningún problema a clases.

TITULO V

DE LOS DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y/O APODERADOS (AS)

ARTÍCULO Nº 10: De conformidad a lo previsto en el DFL 2, publicado el 2010, Ley

General de Educación, especialmente lo previsto en el artículo 10, letra b), y demás pertinentes,

y conforme al reconocimiento de la familia como primera Escuela del Humanismo, a la que se

invita a colaborar en la formación de su hijo y/o hija con el testimonio de vida en Fidelidad y

Amor, se obligan a:

1. Educar a sus hijos;

2. Informarse;

3. Respetar y contribuir a dar cumplimiento al proyecto educativo, elegidos por éstos;

4. Respetar las normas de convivencia y las normas de funcionamiento del

establecimiento que elijan para su hijo (s) o hija (s);

5. Apoyar sus procesos educativos;

6. Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional;

7. Respetar su normativa interna;

8. Brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa;

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9. Aceptar el Proyecto Educativo del Establecimiento, favorecer la tarea educativa y

formativa que el Liceo desarrolla facilitando el acatamiento de instrucciones y normas

disciplinarias;

10. Acatar el Reglamento Interno del Centro de Padres y Apoderados y cooperar en las

actividades programadas;

11. Acatar el compromiso adquirido hacia el Establecimiento Educacional y claramente

especificado en el Contrato Anual de Prestación de Servicios Educacionales, el cual es

conocido y firmado en el momento de la matrícula.

ARTÍCULO Nº11: El Padre, madre y/o apoderado (a) de un (a) alumno (a) del Liceo

Santa Marta, al elegir nuestro establecimiento para la educación y enseñanza de su hijo o hija

ACEPTA Y SE ADHIERE A NUESTRO PROYECTO EDUCATIVO, basado en los Fundamentos

Doctrinales de los Colegios de Santa Marta de Chile, inspirados en el modelo de Santa Marta y

en las enseñanzas del Fundador de la Congregación, el Beato Monseñor Tomás Reggio, el

Reglamento de Convivencia y el Reglamento de Evaluación, y en general toda la normativa

interna del Liceo Santa Marta, la cual declaran, desde ya y desde luego, conocer y aceptar, y se

responsabilizan, conjunta o individualmente, por hacer que su hijo o hija, alumno o alumna,

pupilo o pupila, respete y acate la normativa de nuestro Liceo, como asimismo las modificaciones

que se introduzcan en éstos, junto a ello asumen y respetan la normativa educacional vigente

que nos regula y que conforme al ordenamiento jurídico se da por conocida y sabida desde ya.

Además asumen y se comprometen a:

1.Favorecer la tarea educativa y formativa que el Liceo desarrolla, acatando

instrucciones y normas.

2.Respaldar al Liceo en sus normas disciplinarias, presentación personal, uso del

uniforme reglamentario, comportamiento educado, respetuoso y honesto del alumno(a) dentro

y fuera del Liceo.

3.Acatar las decisiones que el Liceo tome en orden a la aplicación de sanciones señaladas

en base a su normativa interna.

4.Acatar el Reglamento Interno del Centro de Padres y Apoderados, cooperar en las

actividades que programe la Directiva.

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5.Asistir a las reuniones de apoderados, cumplir oportuna y puntualmente con las

citaciones emitidas por algún miembro del cuerpo docente y/o Inspectoría del Establecimiento,

justificando su eventual inasistencia.

6.Participar en las actividades organizadas por la Pastoral de Padres, Misas, Jornadas de

Padres.

7.Colaborar con la oración, atención personal, ayuda fraterna y solidaria, a fin de apoyar

posibles emergencias de salud, económicas u otras necesidades que las familias sufran.

8.Cumplir con los pagos de matrículas y escolaridad mensual en los plazos estipulados

por la Dirección e informada en Circular de Financiamiento Compartido enviada en el mes de

octubre de cada año.

9.Responsabilizarse conforme al ordenamiento jurídico por los daños, pérdida o

destrozos del material o infraestructura del Liceo, que ocasione su hijo o hija, pupilo o pupila,

pagando los costos de reparación o reposición que corresponda. A modo de ejemplo y sin que la

enumeración sea taxativa pérdida y/o deterioro de libros, instrumentos, equipos, vidrios,

mobiliario, ornamentación interna o externa y otros implementos de propiedad del Liceo, todo en

los cuales puedan estar involucrados sus hijos o hijas, pupilos o pupilas.

10.Comunicar oportunamente al Liceo, cualquier problema de salud, que impida que el

alumno o alumna pueda realizar alguna actividad deportiva u otra de carácter físico, entregando

el respectivo certificado médico sea a su profesor jefe o en la Inspectoría del Liceo.

11. Velar por mantener una asistencia constante y permanente de su hijo o hija, pupilo

o pupila, durante la jornada de clases, evitando retiros o inasistencias innecesarias e

injustificadas.

12.El padre, madre y/o apoderado (a), asume, acepta y declara conocer que el Liceo

Santa Marta no cuenta con personal especialmente dedicado al cuidado de los alumnos o alumnas

una vez que haya terminado su jornada ordinaria de clases o alguna actividad extra-programática

de éstos o éstas y por lo mismo se obliga retirar del establecimiento a su hijo o hija, pupilo o

pupila, al término de su jornada escolar o cualquier actividad programada por el Liceo o su cuerpo

docente, evitando que el alumno permanezca en el establecimiento más allá del tiempo que

duren sus actividades curriculares o extra-curriculares.

13.Evitar interrumpir su proceso de aprendizaje fijando durante la jornada escolar horas

para atención de médico o cualquier otro profesional del área de la salud.

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14.Justificar las ausencias del alumno o alumna personalmente en Inspectoría, durante

el día si existen evaluaciones, y a su reintegro al no existir evaluaciones.

15.Velar porque sus hijos e hijas, pupilos o pupilas mantengan y hagan uso, dentro y

fuera del establecimiento, de un vocabulario digno y respetuoso respecto de toda persona, sea

o no miembro de nuestra comunidad educativa.

16.No permitir ni fomentar que su pupilo (a) utilice el nombre o Liceo mismo como

medio para lucro personal a través de la comercialización de cualquier tipo de producto o

mercancía.

17.No permitir ni fomentar el reunir dineros con la finalidad de paseos, regalos, fiestas

u otros eventos en forma paralela a los determinados y autorizados oficial y exclusivamente por

la Dirección del Liceo o la Directiva del Centro General de Padres y Apoderados, en su caso.

18.Asistir a firmar el Libro de Clases por cada tres atrasos de su pupilo o pupila, y con

ello asumiendo, acatando y apoyando la medida que adopte el Liceo respecto del alumno o

alumna, en su caso.

19.Comprar los Libros que no suministra el Ministerio de Educación y que el Liceo haya

decidido usar como apoyo a las Asignaturas (Tener presente que la obligación impuesta por la

Ley de Inclusión, artículo 2°, numeral 5), letra k), respecto de que el Colegio asuma el costo de

los libros cuando el padre, madre y/o apoderado (a) no pueda costearlo, no rige para los

establecimientos que siguen con financiamiento compartido, conforme artículo vigésimo

primero transitorio, inciso segundo, última parte).

20.Seguir el conducto regular, establecido por la normativa del Liceo para hacer frente

a situaciones problemáticas o conflictivas en que se vea involucrada(o) su hija(o), es decir,

entrevistas con Profesor Jefe, Orientación y/o Inspectoría, Convivencia Escolar, Dirección. De

esta forma se vela por mantener la reserva y pronta solución de los problemas sin llegar a

intervenciones de agentes externos.

21.Respetar el nombre del Liceo, por lo tanto no puede ser usado para actividades

económicas y/u otras tanto personales como grupales sin autorización expresa de la Dirección.

22.Acoger, adherir, respetar y cumplir las “tradiciones” del Liceo, especialmente lo que

se refiere a Actos Formales, tales como: Licenciaturas, Celebraciones Litúrgicas, entre otros;

recuerdos y regalos establecidos, sin introducir cambios u otras acciones que puedan perturbar

el normal y tradicional desarrollo de estos, sin autorización de la Dirección del Establecimiento.

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23.Favorecer, colaborar, autorizar y facultar al Establecimiento para que aplique los

procesos y protocolos de esclarecimiento y recopilación de antecedentes ante cualquier situación

que amerite su aplicación y las medidas, acciones o sanciones que correspondan, según las

normas de convivencia interna y/o externa, en donde se vea involucrado su hijo o hija, pupilo o

pupila.

24.No agredir verbal, física o psicológicamente a cualquier otro u otra miembro de

nuestra comunidad educativa dentro o fuera del establecimiento. Denunciar cualquier hecho o

situación que perturbe o trasgreda la convivencia escolar y/o los responsables de que supieren o

conocieren, en su caso.

25.Generar como adulto responsable acciones de prevención para propiciar una buena

convivencia escolar dentro y fuera de sus respectivos cursos, como asimismo dentro del

establecimiento, respetando a todo y cualesquiera miembro de la comunidad escolar del Liceo

Santa Marta.

26.Presentar en el mes de Marzo de cada año lectivo Certificado Médico que acredite

salud compatible, para realizar clases de Educación Física y/u otra actividad Deportiva,

haciéndose responsable de su no presentación y de las consecuencias que ello pueda generar

frente a las exigencias escolares respectivas.

27.Dirigirse de forma respetuosa a todo y cualquier miembro de la comunidad educativa,

además respetar la autoridad que representan al interior del establecimiento los profesores,

asistentes de la educación, personal administrativo, equipo Directivo y Directora del

establecimiento.

De antemano, frente a cualquier incumplimiento de la normativa interna del Liceo, de

este reglamento, como asimismo de la normativa educacional vigente y frente a riesgo que

signifique la integridad física y psicológica de cualquier miembro de nuestra comunidad educativa,

el padre, madre y apoderado (a), reconoce y asume la facultad del establecimiento para exigir el

cambio de apoderado y limitar el ingreso al establecimiento, sin perjuicio de mantener los

derechos que como padre o madre, apoderado o apoderada, tenga respecto de su hijo o hija,

pupilo o pupila, respectivamente, según la normativa educacional vigente, a fin de mantener y

velar por mantener la buena y sana convivencia escolar al interior del Liceo.

17

TITULO VI

DE LAS FALTAS Y SU CLASIFICACIÓN

ARTÍCULO Nº 12: En el contexto de nuestra educación humanista y cristiana-católica,

cada integrante de nuestra comunidad educativa, y como en toda su vida, tiene derechos y

deberes, y a los últimos no referiremos para que pueda desarrollarse y compartir en un ambiente

de sana y buena convivencia que le permita como miembros de la comunidad educativa del Liceo

Santa Marta, de Vallenar, desarrollarse y proyectarse en el ambiente social de la mejor forma

posible interactuando más allá de nuestra comunidad con el resto de la sociedad tanto de la

región como de la sociedad chilena en general.

ARTÍCULO Nº 13: SON DEBERES U OBLIGACIONES DE RESPONSABILIDAD de

todos y cada uno de los y las estudiantes del Liceo Santa Marta los siguientes:

a).- LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, y su incumplimiento acarrean las siguientes

infracciones:

INFRACCIÓN LEVES:

1.- La hora de ingreso al Liceo será a más tardar a las 07:55 horas, cualquier ingreso

posterior a dicha hora será considerado un atraso. Diariamente, a las 08:00 horas se tocará el

timbre para dar inicio a la jornada escolar respectiva el alumno a esa hora ya debe estar en la

sala de clases.

2.-Todos los alumnos y alumnas deben estar atentos y poner atención a la toma o

pasada de asistencia diaria, a fin de no quedar ausente, si se diera cuenta de que quedó

ausente deberán informarlo al profesor que estuviere pasando lista a fin de rectificar la

situación.

3.- El (la) alumno (a), deberá estar puntualmente en su puesto al inicio de cada hora

de clases, esto es a las 08:00 hrs. como asimismo en las actividades de que forme parte o

participe.

4.- Los alumnos y alumnas deberán permanecer en su sala de clases durante los cambios

de profesor (a), producto de los cambios de hora, o cambiarse tranquila y pausadamente al área

o sala que corresponda, siendo éste responsable de estar a tiempo el lugar en que se llevará a

cabo.

18

5.- Todos los alumnos deberán participar puntualmente en las clases de educación

física, la no participación de algún alumno (a), deberá ser justificada por el padre, madres y/o

apoderado (a), salvo que presente certificado médico que restrinja su práctica o realización.

INFRACCIÓN GRAVE:

1.- Registrar inasistencias más del 25% del total de todas las clases y/o actividades

establecidas en el calendario escolar anual.

2.-Que el alumno (a) abandone la clase durante la jornada escolar sin autorización de

Dirección o Inspectoría General.

INFRACCIÓN GRAVISIMA:

1.- Fuere sorprendido no asistiendo a clases, en otra actividad o lugar distinto de las

clases y del Liceo, sin consentimiento expreso de su padre, madre y/o apoderado (a).

2.- Retirarse del Colegio sin autorización de Dirección o Inspectoría (fuga), salvo que sea

retirado personalmente por el padre, madre y/o apoderado (a).

INFRACCIÓN MODERADA:

El no participar o asistir a las actividades organizadas por el Colegio dentro de la

jornada escolar o de clases, sean éstas de tipo religioso, pedagógico, festivas u otras. Etc.

b).- CUIDADO DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL y su descuido e incumplimiento significa

incurrir en las siguientes infracciones.

INFRACCIÓN LEVE

1.- Todo estudiante del Liceo Santa Marta deberá usar el uniforme y/o buzo establecido

por el Liceo. La misma disposición es válida para actividades extracurriculares del Liceo.

2.- Durante la Jornada de clases el alumno de enseñanza básica debe usar cotona o

delantal, limpio y sin rayar, según corresponda sin excepción.

3.- En relación al uso de equipamiento deportivo y buzo del Liceo, sólo se permitirá para

clases de educación física, práctica deportiva (talleres JEC o ACLE) o cuando la Dirección del Liceo

lo autorice.

i).- En el caso de los alumnos: la presentación adecuada exige el uso correcto

del uniforme y/o buzo del Liceo, esto es: pantalón gris recto (no pitillo, ni a la cadera),

19

vestón, corbata color gris, correctamente ajustada al cuello, camisa blanca dentro del

pantalón, sweater del Liceo, zapatos negros de colegio tradicionales, calcetines negros o

grises sin diseños, todo limpio y en buen estado. Además, deben presentarse con el rostro

debidamente rasurado (si corresponde a su edad), cabello corto (corte tradicional),

sobre el cuello de la camisa, limpio, peinado y ordenado. No se permitirá el uso de

aros, expansores, piercing, collares, pulseras, colitas y/o corte de pelos no tradicionales, o

pelo teñido.

ii).- En el caso de las alumnas: Las niñas del Liceo contarán con tres tipos de

uniforme:

ii.1.- Uniforme Formal: Se utilizará todos los días lunes, celebraciones y actos

cívicos Falda del colegio, cuyo largo deben ser 3 cms. por sobre la rodilla. Camisera blanca,

cuello redondo, corbata e insignia, la cual debe estar prendida sobre el nudo de la corbata color

gris.

•Chaleco azul con o sin mangas según la ocasión.

•Zapatos negros bajos de colegio, con suela negra, sin plataforma ni taco

(pueden ser de chinita).

•Las calcetas deben ser de color gris, largas hasta tres dedos bajo la rodilla

(no se aceptan bucaneras)

•Blazer azul marino, según modelo propio del colegio.

PRESENTACIÓN PERSONAL FALTA

1 Todo y toda estudiante del Liceo Santa Marta deberá usar el uniforme y/o buzo

establecido. La misma disposición es válida para actividades extracurriculares del

Liceo. Incumplimiento constituye falta LEVE.

LEVE

2 Durante la Jornada de clases el alumno de enseñanza básica debe usar capa o

delantal, limpio y sin rayar, según corresponda sin excepción. Incumplimiento

constituye falta LEVE.

LEVE

3 En cuanto al uso de equipamiento deportivo y buzo del Liceo, sólo se permitirá

para clases de educación física, práctica deportiva (talleres JEC) o cuando la

Dirección lo autorice. Incumplimiento significa falta LEVE.

LEVE

20

4 En el caso de los alumnos: la presentación adecuada exige el uso correcto del

uniforme y buzo del Liceo, esto es: pantalón gris recto (no pitillo, ni a la cadera),

vestón, corbata correctamente ajustada al cuello, camisa blanca dentro del

pantalón, sweater del colegio, zapatos negros tradicionales, calcetines negros o

grises sin diseños, todo limpio y en buen estado. Además, deben presentarse con

el rostro debidamente rasurado (si corresponde a su edad), cabello corto

(corte tradicional), sobre el cuello de la camisa, limpio, peinado y ordenado.

No se permitirá el uso de aros, piercing, espansores, collares, pulseras, colitas y/o

corte de pelos no tradicionales, ni pelo teñido. El incumplimiento constituye

infracción LEVE.

LEVE

5 En el caso de las alumnas: Las niñas del Liceo tendrán tres tipos de uniforme,

los cuales se estipulan a continuación:

Uniforme formal: Se utilizará todos los días lunes, celebraciones y actos

cívicos Falda del colegio, cuyo largo deben ser 3 cms. sobre la rodilla. Camisera

blanca, cuello redondo, corbata e insignia, la cual debe estar prendida sobre el

nudo de la corbata.

- Chaleco azul con o sin mangas según la ocasión.

- Zapatos negros bajos de colegio, con suela negra, sin plataforma ni taco

(pueden ser de chinita).

- Las calcetas deben ser de color gris, largas hasta tres dedos bajo la rodilla

(Están prohibidas las bucaneras)

- Blazer azul marino, según modelo propio del colegio. Su incumplimiento

constituye infracción LEVE

LEVE

6 En época de invierno el estudiante podrá usar chaquetas de corte tradicional a la

altura de la cadera (no ajustada), tales como parka, polar, abrigo tipo

Montgomery color azul marino. Podrá usar además bufanda, gorro y guantes

de lana de color azul marino. No se permitirá el uso de ninguna vestimenta

adicional y diferente a las ya especificadas, tales como: Beatles, otro tipo de

chaqueta y/o abrigos de color negro, etc. En forma excepcional, por motivos de

fuerza mayor justificados por al padre, madre y/o apoderados en Dirección y con

el fin de no apartar al alumno o alumna del proceso de aprendizaje se permitirá

LEVE

21

algo distinto para los efectos de abrigo, mientras se busca una solución más

acorde al cumplimiento de la normativa. Su incumplimiento constituye infracción

LEVE.

7 La Mochila, bolso o lonchera en la cual porta sus útiles y pertenencias, deben ser

de color “azul marino y/o negro”, sin adornos de colores. Su incumplimiento

constituye infracción LEVE.

LEVE

8 Ningún estudiante debe usar piercing y/o expansores, ya que dichos elementos

atentan contra la salud de las personas. Los varones no pueden usar anillos. Su

incumplimiento constituye infracción MODERADA.

MODERADA

9 No debe usar el uniforme del Liceo para actividades sociales (asistencia a lugares

públicos, de esparcimiento y otros) fuera del Establecimiento y horario de clases,

salvo aquellas expresamente autorizadas por la Dirección del Liceo. Su

incumplimiento constituye infracción MODERADA.

MODERADA

1 El buzo debe ser bien llevado y en forma completa: pantalón recto, polera del

colegio, polerón institucional, zapatillas blancas o negras sin diseños, cordones

del mismo color de las zapatillas, calcetines blancos. Short de color azul marino

del mismo material que el pantalón de buzo. No se permitirá el uso del sweater

del colegio en reemplazo del polerón deportivo, pantalón a la cadera o pitillo,

calcetines de colores, poleras que no sean del uniforme deportivo del Liceo. Su

incumplimiento constituye infracción LEVE.

LEVE

1 No se debe modificar el modelo y confección de las diferentes prendas de vestir

que forman parte del Uniforme oficial de establecimiento, tanto el de uso diario

como el de educación física. Su incumplimiento constituye infracción MODERADA

MODERADA

1 En actos oficiales del colegio (misa, actos religiosos, cívicos, representaciones del

Liceo, etc.) el alumno debe presentarse con el uniforme oficial y reglamentario del

Liceo. Su incumplimiento constituye infracción MODERADA.

MODERADA

1 El buzo deportivo es de uso exclusivo para las clases de Educación Física y/o

actividades que sean autorizadas por la Dirección del Liceo. Su incumplimiento

constituye infracción LEVE.

LEVE

22

c).- Al CUMPLIMIENTO DE ASPECTOS PEDAGÓGICOS, como y entre otras: tareas,

materiales, trabajos, evaluaciones, actividades extracurriculares, talleres, ACLES, etc. Cuya

infracción trae aparejada la infracción leve, moderada, grave, o gravísima, según se describe.

CUMPLIMIENTO DE ASPECTOS PEDAGÓGICOS FALTA

1 Presentarse diariamente con sus tareas realizadas, materiales

solicitados y útiles escolares necesarios para el trabajo diario. LEVE

2 Traer cuando corresponde firmadas las pruebas, comunicaciones y

citaciones. LEVE

3 Todo estudiante debe asistir a las pruebas programadas de su curso.

En caso de no hacerlo, el padre, madres y/o apoderado (a) deberá

justificar personalmente la ausencia de su pupilo o pupila, dentro de

las 24 hrs. siguiente a la ausencia a fin de que se tomen las medidas

necesarias que correspondan.

MODERADA

4 Todo estudiante debe permanecer en el colegio si existe evaluación

programada, en caso de retiro (consulta médica) en hora de

evaluación el apoderado debe justificar con 24 hrs. de antelación

dicho retiro

GRAVE

5 Portar obligatoriamente su agenda de comunicaciones y usarla

adecuadamente como documento importante en su desempeño

escolar.

LEVE

6 Cuidar su propia formación humana y cultural, sin copiar trabajos

escritos o engañar con tareas incompletas, ajenas y/o bajadas

directamente de internet, engañar en pruebas, utilizar torpedo, soplar

utilizando otros métodos tradicionales o tecnológicos durante una

Evaluación.

GRAVE

7 No debe adulterar, falsificar o borrar notas del Libro de Clases,

pruebas, o cualquier otro documento oficial del establecimiento, como

tampoco provocar algún deterioro en él.

GRAVÍSIMA

8 No debe falsificar la firma del apoderado en ningún documento oficial

que el Liceo envíe al hogar con el objetivo de informar una situación GRAVE

23

en particular. (circulares, informes de notas, pruebas, comunicaciones

y otros).

ARTÍCULO Nº 14: Son deberes CONDUCTUALES de los estudiantes del Liceo Santa

Marta:

a).- Los deberes de los y las estudiantes con respecto al COMPORTAMIENTO Y LA

RELACIÓN CON SU ENTORNO, cuyo incumplimiento arroja como infracción la calificación de

leve, moderada, grave, o gravísima, según el caso:

COMPORTAMIENTO EN RELACIÓN AL ENTORNO FALTA

1 No arrojar basuras al suelo. LEVE

2 Cuidar el entorno para desarrollar las actividades de forma adecuada,

sin deteriorar y /o destruir la infraestructura del Colegio, espacios de

trabajos, mobiliario y objetos que lo constituyen. Todo lo que concierne

al establecimiento debe conservarse limpio y sin rayas, durante todo el

año, como también muros y puertas de todos los ambientes del Liceo.

GRAVE

3 Responsabilizarse de mantener el orden, con respecto a los

implementos deportivos, musicales y de otra índole, cada vez que sean

utilizados (balones, conos, cuerdas, argollas, guitarras, flautas, etc).

LEVE

4 Mantener el aseo de su Sala de Clases. LEVE

5 Respetar los bienes propios y ajenos, impedir el deterioro o la

destrucción de los mismos. MODERADA

6 Mostrar hábitos de limpieza en sus útiles escolares, y en los trabajos de

los diferentes subsectores. LEVE

7 Utilizar correctamente materiales y utensilios de trabajo de uso común.

(Laboratorio, computadores, TV, radio, etc.) MODERADA

8 Devolver oportunamente libros o materiales que se soliciten en el CRA u

otras dependencias del Colegio. LEVE

24

9 No hacer uso indebido de los medios audiovisuales (radios, TV, video,

DVD, data, etc.). Sólo deberán ser usados ante la presencia de un

profesor y cuando éste lo determine necesario o lo autorice.

MODERADA

10 No debe traer y/o utilizar artefactos eléctricos (cargadores de diferentes

elementos, alisadores de pelo, etc.) que alteren el uso normal de

energía eléctrica por seguridad y respeto al lugar.

LEVE

11 Respetar los bienes intelectuales del colegio y/o Docentes (materiales

almacenados en la Red de Computación, o en otros medios) GRAVE

12 No es permitido usar el domicilio del Establecimiento o cualquiera de

sus instalaciones para fines no autorizados. y/o que atenten contra los

principios y normativa interna.

GRAVE

No debe ocupar recintos destinados al Profesorado y Asistentes de la

Educación sin las autorizaciones correspondientes (baños u otros) MODERADA

b).- Respecto del COMPORTAMIENTO DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON LOS

DEMÁS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA y la respectiva calificación de la falta

en caso de incumplimiento:

COMPORTAMIENTO DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON RESPECTO A

LOS DEMÁS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

FALTA

1 Participar activamente de la vida comunitaria con sentido solidario de

respeto y empatía, evitando las interrupciones por actitudes

perturbadoras al trabajo y al desarrollo del aprendizaje que inhiban u

obstaculicen el normal proceso de la clase.

LEVE

2 No debe interrumpir el normal desarrollo de las clases, es decir no

deberá: masticar chicle, conversar, comer, jugar, maquillarse, usar

o manipular el celular o dispositivos tecnológicos o realizar cualquier

actividad que interrumpa el trabajo del profesor o de sus

compañeros.

MODERADA

25

3 Todo estudiante del Liceo Santa Marta debe convivir

armoniosamente con los demás, evitando agresiones físicas y

verbales entre sus pares y demás miembros de la Comunidad

Educativa y la sociedad en general.

GRAVE

4 Dirigirse al Profesor y a todo adulto con respeto y buenos modales,

evitando el uso del lenguaje verbal o no verbal informal

descalificatorio, lo cual permitirá una relación de recíproco respeto.

GRAVE

5 Atender las opiniones, sugerencias y acatar indicaciones o llamadas

de atención que un adulto (religiosa, profesor, asistente de la

educación, etc.) le indique, con respeto y con ánimo de establecer

un diálogo.

MODERADA

6 Respetar los símbolos patrios, religiosos e institucionales. GRAVE

7 Expresar ideas y opiniones con pares y cualquier miembro de la

comunidad educativa de una manera respetuosa, defendiendo las

propias con sinceridad y respeto.

MODERADA

8 No debe ingresar a archivos computacionales privados de sus

Profesores, compañeros de curso o Colegio en general, como así

mismo utilizar dicha información con o sin fines de lucro. (Estas

acciones violan la propiedad privada).

GRAVE

9 Durante las clases no deberá hacer uso de celulares, reproductores

de música u otro medio de comunicación visual o audiovisual, los

cuales serán de su exclusiva responsabilidad.

MODERADA

10 Mantener una actitud respetuosa en los oficios religiosos y actividades

de pastoral que el Liceo desarrolla.

MODERADA

11 Mantener una actitud colaborativa, participativa y crítica de las

actividades del Centro de Alumnos. Como el Centro de Estudiantes

constituye la legítima representación de los estudiantes del Liceo,

corresponde a cada estudiante y/o curso acatar, apoyar y realizar

las actividades y acuerdos propuestas por éste.

LEVE

26

Los integrantes de la Directiva del Centro de Alumnos, o los que este

Centro de estudiantes y/o la Dirección autorice, serán las únicas

personas oficialmente acreditadas para representar a los estudiantes

de este Liceo, en cualquier actividad que cuando se requiera la

presencia de éste.

MODERADA

12 Evitar toda manifestación de relación de pareja o pololeo dentro del

Liceo y sus alrededores o estando en representación de él (desfile,

actos, charlas, etc.), respetando el uniforme y los valores

sustentados por el Establecimiento.

MODERADA

13 Manifestar una correcta conducta al estar en representación del Liceo

(desfiles, actos oficiales, competencias deportivas y/o musicales,

salidas a actividades culturales y/o religiosas entre otras)

MODERADA

No realizar ventas particulares y/o de curso dentro de la sala de

clases y/o Liceo ni tampoco recaudar dinero, organizar rifas u otras

actividades, comercializar cualquier producto dentro del

Establecimiento sin el correspondiente permiso de la Dirección. En

caso de sorprender esta situación, la mercadería será retirada por el

adulto que presenció este hecho y citado el apoderado para entregar

la mercancía, quedando registrada la observación en Libro de clases

GRAVE

14 No debe promover actividades extraescolares en nombre del Colegio

sin autorización de la Dirección. GRAVE

15 No debe introducir en el Colegio, facilitar, vender o distribuir objetos

de cualquier naturaleza que no tengan relación directa con la

propuesta Educativa del Colegio.

GRAVE

16 Portar en el Liceo, sólo aquellos artículos, elementos y/o útiles

requeridos en sus clases y que tendrán utilidad según lo solicitado

por el Profesor, prohibiéndose el uso de elementos que pudiesen

atentar contra la integridad física de cualquier integrante de la

comunidad educativa.

(Cuchillos cartoneros, elementos corto punzantes, etc.)

MODERADA

17 No realizar juegos ni apuestas de dinero o de cualquier otra índole. GRAVE

27

TÍTULO VII

PARRAFO PRIMERO

DE LAS FALTAS, MEDIDAS, ACCIONES Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES

ARTICULO N° 15: De acuerdo con el inciso primero del artículo 9 del DFL N° 2,

publicado el 2 de julio de 2010, del Ministerio de Educación, Ley General de Educación, el

Reglamento Interno del Liceo Santa Marta, permite el ejercicio efectivo de los derechos y deberes

establecidos en la Ley General de Educación y asimismo regula las relaciones entre el

establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar.

18 No promover desórdenes dentro del Establecimiento, en clases o

durante el recreo. GRAVE

El estudiante debe mantener una actitud de honradez, respetando la

propiedad privada, pertenencias de otro estudiante, profesores, otros

miembros de la comunidad educativa o del Liceo, no apropiándose

de éstas sin contar con el consentimiento del o los propietarios.

GRAVE

19 No impedir o dificultar, en cualquier forma, el ingreso a algún recinto

del Establecimiento o la libre circulación en él, de las personas

autorizadas, salvo que medie delegación de autoridad competente.

GRAVE

20 No debe atribuirse, mediante simulación u otros engaños, la

representación del Liceo sin que medie delegación de autoridad

competente.

GRAVE

21 El estudiante debe acatar toda normativa y/o medidas que este

Reglamento establece en caso de incumplimiento de los deberes de

los alumnos del Liceo.

GRAVE

28

ARTÍCULO N° 15 Bis: El artículo 4° de la Ley General de Educación, señala que

corresponde preferentemente a los padres el derecho Y EL DEBER DE EDUCAR A SUS HIJOS.

Asimismo establece en su artículo 3° el principio de RESPONSABILIDAD de nuestro sistema

educativo que consiste en el ejercicio de los derechos Y CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES

ESCOLARES y sociales entre otros. Los deberes se reflejan en el comportamiento positivo de

los y las estudiantes cuyo incumplimiento puede generar los siguientes tipos de falta:

1.FALTA LEVE: Son aquellas que alteran en menor grado la convivencia escolar.

2.FALTA MODERADA: Son aquellas faltas que no calificando como leve o grave alteran

la convivencia escolar y alejan al alumno(a) del PEI. También constituye la calificación de Falta

Moderada, la reiteración de 3 faltas leves en el semestre. Exceptuando la falta leve por

impuntualidad, en la cual si alumno incurre en 6 atrasos al semestre constituirá una FALTA

MODERADA.

3.FALTA GRAVE: Son aquellas que alteran gravemente el cumplimiento del reglamento

de convivencia. La reiteración de 3 faltas moderadas durante el año también constituye

la calificación de falta grave.

4.FALTA GRAVÍSIMA: Son aquellas que afectan o alteran los derechos fundamentales

de la persona y de la sana convivencia escolar. Estas faltas ameritan, atendiendo las

circunstancias, proporcionalidad y afectados (as) por la conducta infraccional, una de las

siguientes medidas: la Suspensión de clases por 3 días, Condicionalidad de Matrícula, la expulsión

y/o cancelación de matrícula en cualquier período de año, habiendo previamente instruido los

protocolos y procedimientos con el legítimo derecho a solicitar reconsideración de la medida

adoptada. Dos faltas graves equivalen a una falta gravísima.

Excepcionalmente para el caso de las faltas por causa de Impuntualidad y

Presentación personal, independiente de la reiteración, el alumno o alumna recibirá como

máxima sanción, la que esté estipulada para faltas de carácter moderadas, sin perjuicio de poder

ser sancionado o sancionada, si así lo determina el resultado del proceso aplicado, con suspensión

temporal de clases.

29

ARTÍCULO Nº 16: Las acciones o medidas sean correctivas, de formación o

disciplinarias a aplicar, en el caso puntual de que se trate, serán las que resulten de la activación,

implementación y conclusión del protocolo o procedimiento especial establecido para el caso de

que se trate, conforme a lo previsto y sancionado en la normativa educacional vigente y en el

presente reglamento.

Para el evento de que el caso o situación puntual no tenga asignado un protocolo o

procedimiento de actuación o solución específica, se aplicará a dicho caso el procedimiento de

general aplicación que se detalla más adelante.

ARTICULO N° 16 Bis: Como resultado de todo proceso o protocolo que hubiera sido

activado y como resultado de este se podrán aplicar, según corresponda las siguientes sanciones,

en orden ascendente y siempre proporcional a la gravedad del caso de que se trate:

1.- AMONESTACIÓN VERBAL: Es el llamado de atención que hará el profesor,

inspector o autoridad escolar ante alguna conducta infraccional ejecutada por el o la alumna de

que se trate, que se producirá generalmente durante el desarrollo de la clase al interior del aula

o fuera de esta.

2.- AMONESTACIÓN ESCRITA: Es el registro de la falta en la hoja de Observación

Personal del alumno o alumna, la cual deberá ser escrita por Dirección, UTP, Inspectoría,

Orientación, profesores o asistente de la Educación, siendo leída y firmada por el

alumno. En caso que el alumno se niegue a firmar, se dejará constancia de este hecho.

Al cumplir el alumno (a) tres amonestaciones escritas en su hoja de vida, el profesor

jefe citará al apoderado (a) a fin de informar la conducta que ha estado desplegando su

pupilo (a), y las medidas adoptadas por parte del Liceo, estableciendo compromisos y

seguimiento del caso. En dicha acta deberá quedar constancia y una breve reseña de

los puntos tratados, representar las consecuencias que puede generar que el alumno

(a) siga comportándose y generando nuevas anotaciones y sanciones. El Acta será

firmada por todos los participantes.

3.- TRABAJO COMUNITARIO: Consiste en que el alumno (a) asista en horario

extraordinario a la jornada escolar, viernes en la tarde o sábado durante la mañana a

realizar actividades de colaboración en cualquiera de los siguientes ambientes:

30

Biblioteca, Gimnasio, Enfermería, Salas de Clases, Dirección o Murales, según las

necesidades del Liceo. Este trabajo será supervisado por un funcionario de la comunidad

educativa y será comunicado por escrito al apoderado.

4.- SUSPENSIÓN TEMPORAL: Se refiere a la separación del alumno de toda actividad

académica o extracurricular, por un período de 1 día. La gradualidad de la sanción estará

sujeta al análisis que del caso haga la instancia que corresponda. En todo caso deberá

registrarse dicha circunstancia en el libro de observaciones con citación y notificación al

apoderado (a). Cuando un alumno o alumna queda suspendido (a) de clases, según

reglamento y si éste tuviere una evaluación programada, deberá presentarse a rendir la

evaluación con uniforme en el día y horario establecido por el Liceo haciéndose efectiva

la suspensión inmediatamente al día siguiente de la evaluación a fin de no perjudicar el

proceso evaluativo del alumno o alumna.

5.- DOCUMENTO DE COMPROMISO: Este documento durará un año lectivo y se

dicta, y aplica a los alumnos o alumnas cuando éstos cometen faltas que según el

Reglamento, se califican de moderadas. Este documento será firmado por el (la)

apoderado (a) y el alumno o alumna en cualquier momento del año lectivo y constituye

la suscripción de un compromiso que servirá para acompañar durante todo el tiempo

que dure a fin de que el alumno (a) pueda cambiar la conducta que generó la falta. En

caso de no mejorar los puntos solicitados, el alumno pasará a firmar una Condicionalidad

también de duración semestral pero que trae como eventual consecuencia la no

renovación de matrícula si se persiste en desplegar por parte del alumno o alumna la

conducta sancionada. Esta medida podrá ser aplicada en cualquier momento del año

escolar

6.- CONDICIONALIDAD DE MATRÍCULA: Es aquella sanción anual que condiciona la

matrícula del alumno que ha incurrido en más de dos faltas Graves o una falta Gravísimas.

Siempre será registrada en la hoja de vida del o la alumna con citación y notificación

personal del padre, madre y/o apoderado (a) del alumno (a). Esto se hará efectivo

mediante el documento notificado directamente al apoderado (a) y al alumno (a), que

especificará los aspectos a superar o cambiar para que se pueda levantar la

31

condicionalidad y cuáles pueden ser las consecuencia si no se levanta la condicionalidad.

Durante el período de Condicionalidad, el establecimiento realizará un proceso de

seguimiento a cargo del Profesor Jefe o directamente por la encargada de convivencia si

el caso lo amerita, y siempre que la Dirección no designe a persona distinta. En todo caso

el (la) encargado (a) de llevar el proceso de condicionalidad adelante será asistido y

asesorado por todo el equipo de profesionales de apoyo del Liceo, entre ellos Orientación,

Inspectoría o Unidad Técnica Pedagógica, según corresponda. De no cumplirse lo

previsto en el compromiso asumido para los efectos de levantar la condicionalidad, la

Dirección del Liceo podrá aplicar como sanción la cancelación de matrícula para el año

siguiente al de su aplicación, habiendo previamente representado dicha circunstancia al

padre, madre y/o apoderado (a) y al alumno (a) acerca de las consecuencias que podría

generar que eventualmente no se levante la condicionalidad. Esta medida podrá ser

aplicada en cualquier momento del período escolar, siempre que signifique un grave

riesgo para la integridad física y psicológica de los demás miembros de la comunidad

educativa.

7.- DESVINCULACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO: Medida extrema que resulta de la

aplicación de un proceso especifico o general, según el caso de que se trate, sea previsto

por la ley o establecido por el Liceo frente a conductas que ocasionen o signifiquen un

grave daño para el establecimiento o un grave riesgo para la integridad física y

psicológica de los demás miembros de la comunidad educativa que no sea solucionable

sino sólo con la no renovación de matrícula.

De acuerdo al procedimiento que establece la ley de subvenciones, previa

representación de las consecuencias de los actos que generan esta sanción o medida,

podrá aplicarse la expulsión o la cancelación de matrícula en su caso, al alumno (a) que

haya puesto en grave riesgo la integridad física y psicológica de los demás miembros de

la comunidad educativa. Se aplica en situación de faltas Gravísimas o recurrencia de

faltas Graves. La decisión será tomada exclusivamente por el o la Directora del

establecimiento considerando los hechos y antecedentes del alumno (a). El (la) alumno

(a) junto con su apoderado (a) serán notificados de la decisión del Establecimiento

pudiendo presentar reconsideración sobre aquella.

32

8.- CANCELACIÓN DE MATRÍCULA: Se refiere a la medida que se aplica cuando el

alumno (a) no manifiesta cambios positivos frente a los acuerdos celebrados junto a su

padre, madre y/o apoderados, y se encuentra vigente una condicionalidad, y no ha

manifestado cambios en la conducta que hicieron aplicable la condicionalidad, pudiendo

bajo las mismas circunstancias aplicar la no renovación de Contrato de Matrícula para el

período siguiente.

9.- INASISTENCIA A CEREMONIAS: Es aquella medida contemplada sólo para los

estudiantes de los cuartos medios y aplicable en casos excepcionales absolutamente

extraordinarios en donde el bien jurídico a proteger es la integridad física y psicológica

de los demás miembros de la comunidad educativa. Esta medida drástica y extrema,

consiste en prohibir la asistencia del alumno(a) de manera gradual a las siguientes

ceremonias, en este orden: Ceremonia de la Flor, Cena de despedida de los terceros a

cuartos medios, Ceremonia de Licenciatura, previa tramitación del respectivo proceso

que arroje como consecuencia, la conveniencia de su aplicación.

ARTÍCULO 16 Ter: Procedimiento de general aplicación para toda circunstancia que no

tenga especificado un procedimiento especial y que involucre a alguna o algún miembro de la

comunidad educativa de nuestro liceo.

PROCEDIMIENTO DE GENERAL APLICACIÓN: Como establecimiento educacional debemos

dejar claro que somos estricta y rigurosamente fiscalizados y que bajo ningún punto de vista

podemos transgredir la normativa educacional vigente y si ello acontece podemos ser

sancionados en forma drástica.

a) Cada miembro de nuestra comunidad tiene la obligación de conocer y saber cuál es la

normativa interna de nuestro Liceo y las consecuencias asociadas de su no acatamiento,

mismas que pueden estar dirigidas en distintas direcciones, para el Liceo en primer

término, para los funcionarios en segundo y para los involucrados directamente en

tercero.

b) La ley establece que todos los miembros de la comunidad educativa, deben respetar la

normativa educacional vigente y la normativa interna de nuestro Liceo, las consecuencias

de no respetarla son y serán administrativas, laborales, civiles e incluso penales, en su

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caso, por lo mismo se pide un serio y responsable compromiso y apego al Reglamento

Interno y de Convivencia de nuestra comunidad y a todo aquel que regule nuestro actuar

y proceder.

c) Conocerlo, saberlo y aplicarlo es nuestro deber, así tendremos un reglamento genérico

como el que describimos en el presente artículo y otros especiales, determinados por la

ley para ciertas y determinadas situaciones en donde no rige el de general aplicación.

d) Es importante tener presente y como asumido que cuando cualquiera de los funcionarios

o funcionarias, sean éstos Directivos, docentes, asistentes profesionales o no, del Liceo,

tome conocimiento de cualquier suceso, situación, circunstancia y/o conducta de parte

de algún miembro de nuestra comunidad educativa, deberá informarlo de inmediato a su

superior jerárquico directo quien deberá dar cuenta de ello en primer término a Dirección

y en segundo término al o la encargada de convivencia, a fin de que éste o ésta última

active el protocolo o procedimiento de solución de conflicto, y aplicación de medidas, y

acciones que correspondan.

e) Sin perjuicio de lo anterior, Dirección tendrá la facultad de nombrar a persona distinta y

determinada del o la encargada de convivencia para que encabece el proceso de

esclarecimiento de hechos y solución de conflicto de que se trate, cuando la gravedad de

ellos así lo aconseje, cuestión que será determinada por la Dirección del Colegio o cuando

los directamente involucrados tengan cargos dentro del Colegio que haga aconsejable

que el proceso de esclarecimiento de hechos sea encabezado por un superior jerárquico

distinto.

f) Respecto de la toma de conocimiento por parte de algún miembro de la comunidad

educativa, de algún hecho o circunstancia que se aleje de la estricta actividad educativa

escolar, no será facultad de éste o de quien tome conocimiento de aquello, el determinar

si se encuentra enfrente o no a una denuncia, por lo que a su respecto procederá siempre

como si fuera una denuncia, e informará de inmediato a su superior jerárquico directo o

a quien en su caso corresponda, atendida la gravedad de los hechos denunciados y de

que se trate.

g) Activado el o los protocolos correspondientes, se analizarán los antecedentes de que se

disponga por parte de la encargada de convivencia o de quien se haya designado en su

caso, y se citará formalmente al o la denunciante a fin de que exponga y aporte, todos

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los antecedentes de que disponga, nombres, fechas, hechos u otras situaciones de que

tenga conocimiento.

h) Con el mérito de dichos antecedentes se citará a los o las involucradas a fin de que den

cuenta de sus dichos y/o acciones. De todas las entrevista se levantará un acta fijando

lugar en que se realiza, fecha, hora y participantes de la reunión, los temas tratados y del

hecho de que se les mantendrá informado acerca de lo que se resuelva o determine en

definitiva, fijando el seguimiento o nueva fecha para reunirse si procediera.

i) Cuando los afectados de alguna situación sean alumnos o alumnas se citará en primer

término, mediante correo electrónico y/o llamada telefónica, a los padres o madres, y/o

apoderado (a), a fin de informarles que el Colegio ha activado el protocolo o

procedimiento por denuncia de situación que involucra a su hijo (a), pupilo o pupila, y

que dice relación con convivencia escolar o cualquier otro tema que afecte el normal

desarrollo del proceso de aprendizaje de su hijo o hija, y junto a ello se les informará que

el Colegio debe proceder a conversar con su hijo o hija a fin de que pueda aportar todos

los antecedentes de que disponga y que puedan ayudar a esclarecer los hechos

denunciados, y en segundo término se registrará en una bitácora todas las acciones

desarrolladas.

j) En la entrevista se recordará a los padres, madres y/o apoderados (as) que eligieron libre

y voluntariamente este Colegio y que se adhirieron a su proyecto educativo y normas

internas que lo regulan, especialmente el compromiso asumido de apoyar el proceso de

formación y las normas de convivencia que tenemos como Institución, informándoles las

acciones a seguir y curso de acción del proceso en cuestión y que su apoyo para el total

y completo esclarecimiento y solución de conflicto es fundamental.

k) En caso contrario se le representará que, desde ya, se encuentra infringiendo la normativa

educacional al no cumplir y respetar la normativa interna del Colegio y las consecuencias

que de ello se puedan derivar.

l) Siempre, a los involucrados en los hechos denunciados, se les informará acerca de las

consecuencias de los actos o conductas desarrolladas, representándoles, que ellas

constituyen, si fuera el caso, una infracción, leve, grave, o gravísima, a la normativa

interna de este Colegio y que pueden ser acreedores de las sanciones, medidas y/o

acciones que para el efecto establezca este reglamento, atendiendo la conclusión y

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resolución a que se llegue por parte de la autoridad respectiva del Colegio, sea encargada

de convivencia, equipo Directivo o Dirección en su caso.

m) De todo lo actuado se levantará el acta respectiva, así como del hecho de haber informado

y/o notificado la activación del proceso o protocolo que corresponda, según el caso,

conductas y sucesos denunciados o de que se haya tomado conocimiento.

n) El Colegio no puede a priori, dar por efectivo ni verdadero los hechos denunciados, lo que

no obsta, si la gravedad de los hechos lo amerita a adoptar algunas medidas preventivas

y solo a modo de acciones temporales y transitorias, mientras se esclarecen los hechos,

como y entre otras sustitución de funciones, separación del o los involucrados de la fuente

o generación de conflicto, derivar a la brevedad al equipo de profesionales de apoyo con

que cuenta el Colegio, subdirección, Inspectoría General, psicóloga, orientadora, profesor

jefe, etc., y/o sugerir o aconsejar la atención de un facultativo externo, a fin de que

informen lo que conforme su función y cargo corresponda, sobre el o los hechos

denunciados y/o de los involucrados o involucradas con que hubieren conversado.

o) Los informes solicitados y requeridos por quien encabece el proceso respectivo, serán

firmados por quien lo emita, fijando cargo, fecha, y antecedentes que tuvo a su

disposición para elaborar dicho informe, y las conclusiones a las que pudo llegar unas vez

finalizada su labor.

p) Es importante establecer que toda la comunidad educativa tiene y asume como

compromiso ineludible e impostergable el acatar la normativa interna del Liceo lo que se

deriva de la adhesión al proyecto educativo del Liceo Santa Marta y a respetar lo que de

la aplicación de dichas normas resulte y/o determinen las autoridades del Establecimiento,

especialmente Dirección.

q) Las medidas a aplicar en cada caso o situación están y estarán descritas en este

Reglamento y su cumplimiento será seguido por el funcionario o funcionaria que se

determine en el proceso levantado.

r) Todo proceso o protocolo levantado deberá comenzar con la formalidad de su activación

y señalamiento de quien lo encabezará y dirigirá, levantando las actas de todo lo obrado

en el, entrevistas realizadas, medidas preventivas aplicadas, acciones a seguir, derivación

realizadas, profesionales que apoyaron el proceso y su desarrollo, el mérito de las

conclusiones, fijación de plazo para la emisión de informes, conclusiones a que se arribó

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y las pautas para el seguimiento y la designación del funcionario encargado de aquello si

procede y finalmente la resolución del mismo.

s) La resolución del conflicto será comunicada a la brevedad a los interesados como

asimismo los pasos a seguir en caso que no les fuere favorable.

t) Ante circunstancias, hechos o eventos que no tengan descrito un procedimiento especial

por parte del Liceo, éste procederá de acuerdo al procedimiento y protocolo generalmente

establecido por el Liceo.

u) Todo proceso que desarrolle el Establecimiento será llevado a cabo bajo reserva de

nombres y hechos, por cuanto su irresponsable difusión puede significar un daño a la

dignidad, honra y/o moral de los involucrados (as) cualesquiera que éstos o éstas sean.

v) El Colegio velará por mantener informado (a) a todo aquellos (as) a quienes afecte un

determinado proceso e informarlo a la colectividad cuando sea estrictamente necesario.

w) Todo funcionario (a) debe velar por mantener el conducto regular de información a fin de

no perjudicar a las personas que se encuentren involucradas en los hechos o

circunstancias denunciadas, sin perjuicio de representar que un acto en contrario puede

significar medidas sancionatorias de todo tipo, incluso laborales.

x) Frente a todo el actuar del Liceo se pondrá de manifiesto que no tiene otro objeto que

solucionar los conflictos de convivencia o cualesquiera otros que se presenten en nuestro

establecimiento, haciendo primar la buena y sana convivencia entre todos los miembros

de esta comunidad educativa y la buena implementación del reglamento interno.