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590967 NORMAS LEGALES Lunes 27 de junio de 2016  El Peruano / y 24 Servicios brindados en Exclusividad, conforme las denominaciones y detalles establecidos en el ANEXO que forma parte integrante de dicha Ordenanza; Que, mediante el Informe Nº 006-2016-GPPR/MDB la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización sugiere la actualización de los porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT 2016, correspondiente a los porcentajes expresados de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad y del Texto Único de Procedimientos  Administrativos Institucional – TUPA, de la Municipalidad Distrital de Barranco, solicitando la emisión del Decreto  Alcaldía respectivo; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 224-2016-OAJ/MDB, emite opinión legal favorable para proceder a realizar los cambios propuestos, a través de la emisión de un Decreto de  Alc ald ía, sie mpr e que se cumpla con la nor mat ividad legal vigente; y mediante Memorándum Nº 350- 2016-GM/MDB, la Gerencia Municipal, deriva los actuados para la emisión de Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 20°, numeral 6), 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con la visación de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.-  ACTUALIZAR los Derechos de Trámite por los procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativo – TUPA de la Municipalidad Distrital de Barranco, en lo qu e corresponde a los porcentajes de la UIT, de acuerdo al monto de S/ 3,950.00, según ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.-  ACTUAL IZAR los requisit os de los siguientes Procedimientos Administrat ivos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 47, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 83, 84, 89, 95, 96, 98, 99, 103, 105, 106, 107, 115, 117, 118, 119, 120 y 122, contemplados en el T exto Único de Procedimientos  Adminis trativo TUPA, de la Municipalidad Distrita l de Barranco. Artículo Tercero.-  ACTUALIZAR los plazos y calicaciones de los siguientes Procedimientos  Administrativos: 43, 51, 52, 53 y 57; contemplados en el T exto Único de Procedimientos Administrativo – TUPA de la Municipalidad Distrital de Barranco. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, y demás Unidades Orgánicas de esta corporación Edil, el estricto cumplimiento del presente Decreto. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo la publicación, en lugares visibles de la entidad, la   Actualiz ación de los términos porcentuales de los Derechos de Trámite de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA, en función al valor de la UIT para el año 2016, en el marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su modicatoria y su Reglamento. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Sistemas y T ecnologías de la Informació n la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA en el Portal Institucional de la Municipalidad y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización en el Portal Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Establecen medidas de prevención de seguridad en la ejecución de obras de ediicación y en establecimientos comerciales en el distrito de San Isidro ORDENANZA N° 435-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 50-2016-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen N°13-2016- CDDUSOSM/MSI de la Comisión de Desarrollo Urbano, Sostenibilidad, Obras y Servicios Municipales, el Dictamen N° 009-2016-CSCFTGRD/ MSI de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Fiscalización, Tránsito y Gestión de Riesgo de Desastres; el Memorándum N°405-2016-14.0.0-GSCGRD/ MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres y el Informe N° 0294-2016-0400-GAJ/ MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 194° y 197° de la Constitución Política del Perú indican que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y brindan servicios de seguridad ciudadana; así como, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiéndole al Concejo Municipal conforme al numeral 8 del artículo 9° de la última norma; aprobar, modicar o derogar las ordenanzas; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la citada Ley Orgánica señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, por su parte, el subnumeral 2.5 del numeral 2 del artículo 73° de la Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones especícas señaladas en dicha norma, con carácter exclusivo o compartido, entre otros, en materia de seguridad ciudadana; Que, el artículo 85°, numeral 3, de la citada Ley, establece las funciones especícas exclusivas de las municipalidades distritales respecto al servicio de seguridad ciudadana; Que, por su parte, el artículo 9° del Decreto Legislativo que regula el uso de las cámaras de videovigilancia, Decreto Legislativo Nº 1218, prescribe que los propietarios o poseedores de establecimientos comerciales abiertos al público con un aforo de cincuenta (50) personas o más deben instalar cámaras de videovigilancia acorde con la nalidad de garantizar la seguridad de los consumidores y prevención e investigación del delito; Que, en este contexto, a n de contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas resulta necesario establecer disposiciones destinadas a garantizar la seguridad ciudadana en el distrito de San Isidro, especícamente en las obras de edicación y establecimientos comerciales

Establecen Medidas de Prevencion de Seguridad en La Ejecucio Ordenanza No 435 Msi 1396810 1

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590967NORMAS LEGALESLunes 27 de junio de 2016

El Peruano

y 24 Servicios brindados en Exclusividad conforme lasdenominaciones y detalles establecidos en el ANEXO queforma parte integrante de dicha Ordenanza

Que mediante el Informe Nordm 006-2016-GPPRMDB laGerencia de Planeamiento Presupuesto y Racionalizacioacutensugiere la actualizacioacuten de los porcentajes de la UnidadImpositiva Tributaria ndash UIT 2016 correspondiente a losporcentajes expresados de los derechos de traacutemite porlos procedimientos y servicios administrativos brindadosen exclusividad y del Texto Uacutenico de Procedimientos

Administrativos Institucional ndash TUPA de la MunicipalidadDistrital de Barranco solicitando la emisioacuten del Decreto

Alcaldiacutea respectivoQue la Gerencia de Asesoriacutea Juriacutedica a traveacutes

del Informe Nordm 224-2016-OAJMDB emite opinioacutenlegal favorable para proceder a realizar los cambiospropuestos a traveacutes de la emisioacuten de un Decreto de

Alcaldiacutea siempre que se cumpla con la normatividadlegal vigente y mediante Memoraacutendum Nordm 350-

2016-GMMDB la Gerencia Municipal deriva losactuados para la emisioacuten de Decreto de Alcaldiacuteacorrespondiente

Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultadesconferidas por los Artiacuteculos 20deg numeral 6) 39deg y 42deg dela Ley Ndeg 27972 Ley Orgaacutenica de Municipalidades y conla visacioacuten de la Gerencia de Planeamiento Presupuestoy Racionalizacioacuten Gerencia de Asesoriacutea Juriacutedica y de laGerencia Municipal

DECRETA

Artiacuteculo Primero- ACTUALIZAR los Derechosde Traacutemite por los procedimientos y serviciosadministrativos brindados en exclusividad del TextoUacutenico de Procedimientos Administrativo ndash TUPA de laMunicipalidad Distrital de Barranco en lo que correspondea los porcentajes de la UIT de acuerdo al monto de S395000 seguacuten ANEXO que forma parte integrante delpresente Decreto

Artiacuteculo Segundo- ACTUALIZAR los requisitos delos siguientes Procedimientos Administrativos 1 2 3 45 6 7 8 9 37 38 39 40 41 42 47 49 50 51 5253 54 55 56 58 59 60 62 63 64 65 66 67 6871 72 73 74 75 76 77 78 79 83 84 89 95 9698 99 103 105 106 107 115 117 118 119 120 y122 contemplados en el Texto Uacutenico de Procedimientos

Administrativo ndash TUPA de la Municipalidad Distrital deBarranco

Artiacuteculo Tercero- ACTUALIZAR los plazosy calicaciones de los siguientes Procedimientos Administrativos 43 51 52 53 y 57 contemplados en elTexto Uacutenico de Procedimientos Administrativo ndash TUPA dela Municipalidad Distrital de Barranco

Artiacuteculo Cuarto- ENCARGAR a la GerenciaMunicipal y a la Gerencia de Planeamiento Presupuestoy Racionalizacioacuten y demaacutes Unidades Orgaacutenicas de estacorporacioacuten Edil el estricto cumplimiento del presenteDecreto

Artiacuteculo Quinto- ENCARGAR a la Subgerenciade Traacutemite Documentario y Archivo la publicacioacutenen lugares visibles de la entidad la Actualizacioacuten delos teacuterminos porcentuales de los Derechos de Traacutemitede los procedimientos administrativos contenidos en elTUPA en funcioacuten al valor de la UIT para el antildeo 2016en el marco de la Ley Ndeg 27806 Ley de Transparenciay Acceso a la Informacioacuten Puacuteblica su modicatoria y suReglamento

Artiacuteculo Sexto- ENCARGAR a la Sub Gerencia deSistemas y Tecnologiacuteas de la Informacioacuten la publicacioacutendel Texto Uacutenico de Procedimientos Administrativos- TUPA en el Portal Institucional de la Municipalidady a la Gerencia de Planeamiento Presupuesto yRacionalizacioacuten en el Portal Servicios al Ciudadano yEmpresas ndash PSCE

Regiacutestrese comuniacutequese y cuacutemplase

FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde

1396883-1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Establecen medidas de prevencioacuten

de seguridad en la ejecucioacuten de obrasde edi983142icacioacuten y en establecimientoscomerciales en el distrito de San Isidro

ORDENANZA Ndeg 435-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTO En Sesioacuten Ordinaria de Concejo de la fecha el

Dictamen Ndeg 50-2016-CAJLIMSI de la Comisioacuten de AsuntosJuriacutedicos Laborales e Informaacutetica el Dictamen Ndeg13-2016-CDDUSOSMMSI de la Comisioacuten de Desarrollo UrbanoSostenibilidad Obras y Servicios Municipales el DictamenNdeg 009-2016-CSCFTGRDMSI de la Comisioacuten de SeguridadCiudadana Fiscalizacioacuten Traacutensito y Gestioacuten de Riesgo deDesastres el Memoraacutendum Ndeg405-2016-1400-GSCGRDMSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestioacuten deRiesgo de Desastres y el Informe Ndeg 0294-2016-0400-GAJMSI de la Gerencia de Asesoriacutea Juriacutedica y

CONSIDERANDO

Que los artiacuteculos 194deg y 197deg de la ConstitucioacutenPoliacutetica del Peruacute indican que las municipalidadesprovinciales y distritales son los oacuterganos de gobiernolocal con autonomiacutea poliacutetica econoacutemica y administrativaen los asuntos de su competencia y brindan serviciosde seguridad ciudadana asiacute como el artiacuteculo II delTiacutetulo Preliminar de la Ley Nordm 27972 Ley Orgaacutenica deMunicipalidades sentildeala que dicha autonomiacutea radica enla facultad de ejercer actos de gobierno administrativos yde administracioacuten con sujecioacuten al ordenamiento juriacutedicocorrespondieacutendole al Concejo Municipal conforme alnumeral 8 del artiacuteculo 9deg de la uacuteltima norma aprobarmodicar o derogar las ordenanzas

Que el artiacuteculo IV del Tiacutetulo Preliminar de la citada LeyOrgaacutenica sentildeala que los gobiernos locales representanal vecindario promueven la adecuada prestacioacuten de

los servicios puacuteblicos locales y el desarrollo integralsostenible y armoacutenico de su circunscripcioacutenQue por su parte el subnumeral 25 del numeral 2

del artiacuteculo 73deg de la Ley Orgaacutenica de Municipalidadesprescribe que las municipalidades tomando en cuenta sucondicioacuten de municipalidad provincial o distrital asumen lascompetencias y ejercen las funciones especiacutecas sentildealadasen dicha norma con caraacutecter exclusivo o compartido entreotros en materia de seguridad ciudadana

Que el artiacuteculo 85deg numeral 3 de la citada Leyestablece las funciones especiacutecas exclusivas delas municipalidades distritales respecto al servicio deseguridad ciudadana

Que por su parte el artiacuteculo 9deg del Decreto Legislativoque regula el uso de las caacutemaras de videovigilanciaDecreto Legislativo Nordm 1218 prescribe que los propietarioso poseedores de establecimientos comerciales abiertos alpuacuteblico con un aforo de cincuenta (50) personas o maacutesdeben instalar caacutemaras de videovigilancia acorde con lanalidad de garantizar la seguridad de los consumidores yprevencioacuten e investigacioacuten del delito

Que en este contexto a n de contribuir a la prevencioacutende la comisioacuten de delitos y faltas resulta necesario establecerdisposiciones destinadas a garantizar la seguridadciudadana en el distrito de San Isidro especiacutecamente enlas obras de edicacioacuten y establecimientos comercialesabiertos al puacuteblico en atencioacuten que seguacuten las estadiacutesticasdelictivas se encuentra registrado un alto iacutendice de comisioacutende delitos durante la ejecucioacuten de tales actividades

Estando a lo expuesto y en uso de las facultadesconferidas por el numeral 8) del artiacuteculo 9deg y los artiacuteculos39deg 40deg y 46deg de la Ley Orgaacutenica de MunicipalidadesLey Nordm 27972 el Concejo Municipal por mayoriacutea y con

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590968 NORMAS LEGALES Lunes 27 de junio de 2016 El Peruano

dispensa del traacutemite de lectura y aprobacioacuten de Actaaproboacute la siguiente

ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS MEDIDAS DEPREVENCIOacuteN DE SEGURIDAD EN LA EJECUCIOacuteN DEOBRAS DE EDIFICACIOacuteN Y EN ESTABLECIMIENTOS

COMERCIALES EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO

TIacuteTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artiacuteculo 1deg- OBJETO Y AMBITO DE APLICACIOacuteNLa presente ordenanza tiene por objeto establecer

medidas preventivas de seguridad ciudadana en obras deedicacioacuten nuevas y las demoliciones que cuenten con larespectiva licencia en sus distintas modalidades y en losestablecimientos comerciales abiertos al puacuteblico con un aforomayor o igual a cincuenta (50) personas que se encuentrenubicados en la jurisdiccioacuten del distrito de San Isidro

Artiacuteculo 2deg- FINALIDADTiene como nalidad establecer disposiciones que

coadyuven a la seguridad ciudadana de los vecinospropietarios yo trabajadores de las obras de edicacioacutenasiacute como a las personas que acudan a los establecimientoscomerciales contribuyendo a la prevencioacuten de la comisioacutende delitos y faltas durante la ejecucioacuten de tales actividades

Artiacuteculo 3deg- ORGANOS COMPETENTESPara la aplicacioacuten de las disposiciones establecidas en

la presente ordenanza seraacuten competentes las siguientesunidades orgaacutenicas

31 La Subgerencia de Licencias y Autorizaciones de la

Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano pondraacute enconocimiento a la Subgerencia de Fiscalizacioacuten lo siguiente

a) las licencias de edicacioacuten debiendo precisar lafecha de inicio de la obra y horarios de trabajo autorizados

b) las licencias de funcionamiento con giro establecimientocomercial con un aforo mayor a 50 personas

32 La Subgerencia de Fiscalizacioacuten de la Gerencia deSeguridad Ciudadana y Gestioacuten de Riesgos de Desastrecoordinaraacute con la Subgerencia de Serenazgo respecto de lavericacioacuten de las disposiciones de la presente ordenanza

TIacuteTULO IIDE LAS ACCIONES PREVENTIVAS DE SEGURIDAD

AL INICIO DE LAS OBRAS DE EDIFICACIOacuteN YLA EXCEPCIOacuteN DE SU APLICACIOacuteN

Artiacuteculo 4deg- DE LA RELACION DE TRABAJADORESEn el plazo de 15 diacuteas calendario como maacuteximo

contados a partir de la fecha de inicio de la obra establecidoen su cronograma suscrito en la Subgerencia de Licenciasy Autorizaciones el propietario yo constructor presentaraacutea la Subgerencia de Fiscalizacioacuten de la Gerencia deSeguridad Ciudadana y Gestioacuten de Riesgo de Desastresla relacioacuten de trabajadores de la obra entre los cuales seconsignaraacute los siguientes datos

41 Personal de obra

a) Apellidos y nombresb) DNI

c) Edad

d) Domicilio

e) Cargo o labor que desempentildea

f) Fotografiacutea actualizada

g) Antecedentes policiales y penales vigentes

Artiacuteculo 5deg- DE LA INSTALACION DE UN SISTEMADE VIDEO VIGILANCIA

En el plazo de 15 diacuteas calendario como maacuteximocontados a partir de la fecha de inicio de la obra establecido

en su cronograma suscrito en la Subgerencia de Licenciasy Autorizaciones el constructor yo propietario instalaraacute unsistema de video vigilancia en la entrada y salida de la obrade modo tal que permita el registro visual de placas de los

vehiacuteculos y se pueda visualizar el rostro de las personas queingresan y salen de la obra con una capacidad de grabacioacutenno menor de cuarenta y ocho (48) horas El constructor yopropietario deberaacute mantener una copia de las imaacutegeneshasta por un plazo de treinta (30) diacuteas calendario

Artiacuteculo 6deg- DE LA SEGURIDAD PRIVADA Al inicio de la obra conforme al cronograma suscrito en

la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones el constructoryo propietario contaraacute con un servicio de seguridadprivada de 24 horas cumpliendo para su contratacioacuten con lanormativa pertinente con la nalidad de dar seguridad a laspersonas que se ubican dentro de la obra de construccioacuteny su patrimonio Ademaacutes el constructor yo propietariodeberaacute tener el registro de ingreso y salida de personas ala obra de construccioacuten incluyendo a los proveedores yoterceros detallando nombres y apellidos razoacuten social yomotivo de ingreso a la obra de construccioacuten

Artiacuteculo 7deg- DE LA EXCEPCIONNo es de aplicacioacuten las disposiciones del presentetiacutetulo a las obras de edicacioacuten con uso de viviendaunifamiliar

TIacuteTULO IIIDE LA INSTALACIOacuteN DE UN SISTEMA DE VIDEO

VIGILANCIA EN LOS ESTABLECIMIENTOSCOMERCIALES

Artiacuteculo 8deg- DEL SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIALas personas naturales yo juriacutedicas conductores de

los establecimientos comerciales que tengan un aforomediano yo de gran auencia de puacuteblico (mayor o iguala 50 personas) estaacuten obligados de instalar un sistema de

video vigilancia en sus establecimientos comerciales conuna capacidad de grabacioacuten no menor a 48 horas

TITULO IVDE LA DESIGNACION DE COORDINADORES DESEGURIDAD DE LAS OBRAS DE EDIFICACIOacuteN Y

ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

Artiacuteculo 9deg- DE LOS COORDINADORES DESEGURIDAD

Los titulares de las licencias de edicacioacuten yofuncionamiento deberaacuten acreditar ante la Subgerenciade Serenazgo de la Gerencia de Seguridad Ciudadanay Gestioacuten de Riesgo de Desastres la identicacioacutendel personal responsable de seguridad privada con lanalidad de realizar las coordinaciones respectivas sobreseguridad ciudadana

TITULO VDEL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIOacuteN

Artiacuteculo 10deg- DEL PROCEDIMIENTO DEVERIFICACIOacuteN

Los inspectores del Equipo Funcional de Inspeccionesy Control de la Subgerencia de Fiscalizacioacuten de manerainopinada y de ser el caso con el apoyo de la Subgerenciade Serenazgo y el auxilio de la Policia Nacional delPeruacute realizaraacuten una inspeccioacuten con la nalidad devericar el cumplimiento de las acciones preventivas

de seguridad ciudadana en la obra de edicacioacuten yen los establecimientos comerciales quienes ante suincumplimiento procederaacuten conforme al Reacutegimen de

Aplicacioacuten de Sanciones Administrativas y la Tablade Infracciones y Sanciones Administrativas de laMunicipalidad de San Isidro

TITULO VIDEL CUMPLIMIENTO DE LA DISPOSICIONES DE

LAS MEDIDAS PREVENCIOacuteN

Artiacuteculo 11deg- DEL RECONOCIMIENTO A LASOBRAS DE EDIFICACIOacuteN Y ESTABLECIMIENTOSCOMERCIALES

Realizada la vericacioacuten las obras de edicacioacuten y

los establecimientos comerciales que cumplan con lasdisposiciones de la presente ordenanza obtendraacuten comoreconocimiento el respectivo Certicado Municipal que losdistingan como ldquolocales segurosrdquo

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590969NORMAS LEGALESLunes 27 de junio de 2016

El Peruano

DISPOSICIONES FINALES

Primera- INCORPORAR en la Tabla de Infraccionesy Sanciones Administrativas vigente las siguientesinfracciones

15 INFRACCIONES SOBRE SEGURIDADCIUDADANA

COacuteDIGO INFRACCIOacuteN OBSER-

VACION SANCIOacuteN

MEDIDA

COMPLEMENTARIA

151

Por no presentar la relacioacutende trabajadores de la obra de

edifcacioacuten

MULTA 100 UITPARALIZACION DE

OBRA

152

Por no contar con el servicio

de seguridad privada en la

obra de edifcacioacuten

MULTA 200 UITPARALIZACION DE

OBRA

153

Por mantener en malas

condiciones el sistema

de video vigilancia en laobra de edifcacioacuten yoestablecimientos comerciales

PREVENTIVA 200 UIT

PARALIZACION DE

OBRA

154

Por no instalar un sistema de

sistema de video vigilanciaen la obra de edifcacioacuten yo

establecimientos comerciales

MULTA 400 UITPARALIZACION DE

OBRA

Segunda- ENCARGAR el cumplimiento de la presenteOrdenanza a la Subgerencia de Fiscalizacioacuten Subgerenciade Serenazgo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana yGestioacuten de Riesgo de Desastres Subgerencia de Licenciasy Autorizaciones de la Gerencia de Autorizaciones yControl Urbano Gerencia de Tecnologiacuteas de Informacioacuteny Comunicacioacuten y demaacutes unidades orgaacutenicas que resulten

competentes asiacute como su publicacioacuten en el DiarioOcial El Peruano a la Secretariacutea General y a la Ocinade Comunicaciones e Imagen en la paacutegina web de laMunicipalidad de San Isidro (wwwmunisanisidrogob pe)

Tercera- FACULTAR al sentildeor Alcalde a dictar lasmedidas complementarias y reglamentarias en el marcode las normas legales vigentes para la correcta aplicacioacutende la presente ordenanza

Cuarta- DEROGAR la Ordenanza Ndeg 364-MSI y todaaquella norma que se oponga a la presente

Quinta- La presente Ordenanza entraraacute en vigenciaa partir del diacutea siguiente de su publicacioacuten en el DiarioOcial El Peruano

POR TANTO

Mando se registre comunique publique y cumpla

Dado en San Isidro a los 22 diacuteas del mes de junio de 2016

MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde

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Ordenanza que modi983142ica el ldquoReacutegimenComplementario de Devolucioacuten deObligaciones Tributariasrdquo aprobado por

Ordenanza Ndeg 177983085MSI

ORDENANZA Ndeg 436-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTO En Sesioacuten Ordinaria de Concejo de la fechael Dictamen Ndeg 53-2016-CAJLIMSI de la Comisioacuten de

Asuntos Juriacutedicos Laborales e Informaacutetica Dictamen Ndeg27-2016-CAFRPMSI de la Comisioacuten de Administracioacuten

Finanzas Rentas y Presupuesto Memoraacutendum Muacuteltiple Ndeg0021-2016-1100-GATMSI de la Gerencia de AdministracioacutenTributaria Informe Ndeg 99-2016-0810-SSC-GAFMSI de laSubgerencia de Contabilidad y Costos Informe Ndeg 153-

2016-0820-STESMSI de la Subgerencia de TesoreriacuteaMemoraacutendum Ndeg 0365-2016-1100-GATMSI de la Gerenciade Administracioacuten Tributaria Informe Ndeg 0304-2016-0400-GAJMSI de la Gerencia de Asesoriacutea Juriacutedica y

CONSIDERANDO

Que mediante Ordenanza Nordm 177-MSI se aproboacute unldquoReacutegimen Complementario de Devolucioacuten de ObligacionesTributariasrdquo estableciendo que para el cumplimiento de lasresoluciones que ordenen la devolucioacuten de pagos de arbitriosderivados de procesos iniciados antes del 17 de agosto de2005 amparados en la regla de excepcioacuten dispuesta enel iacutetem 3 numeral 3 del Fallo de la Sentencia del TribunalConstitucional recaiacuteda en el Expediente Nordm 00053-2004-PITCdichas devoluciones se ejecutaraacuten luego de la reliquidacioacutenque corresponda y el saldo o creacutedito a favor del contribuyentese compensaraacute a partir del ejercicio 2007 con los intereses deley de acuerdo al monto y en los plazos de uno (1) a diez (10)

ejercicios anuales en cuotas iguales por ejercicioQue tomando en cuenta la casuiacutestica suscitada enmateria de este tipo de devoluciones en el cual estandola controversia en etapa judicial bastante avanzada loscontribuyentes apelando a su ldquodeber de contribuirrdquo handado marcha atraacutes parcialmente en su pretensioacuten deobtener importes voluminosos de la Corporacioacuten Edil deSan Isidro a n de evitar que las devoluciones de creacuteditostributarios sean lo menos engorrosas posibles se hacenecesario introducir una modicacioacuten en la Ordenanza Ndeg177-MSI de modo que la ejecucioacuten de estas devolucionessea lo maacutes exible posible posibilitando la compensacioacutendel salo del creacutedito tributario en menos tiempo

Estando a lo expuesto y en uso de las facultadesconferidas por el numeral 8 del artiacuteculo 9deg y artiacuteculo 40degde la Ley Orgaacutenica de Municipalidades Ley Nordm 27972el Concejo Municipal por Mayoriacutea y con dispensa deltraacutemite de lectura y aprobacioacuten del Acta ha aprobado lasiguiente

ORDENANZA QUE MODIFICA EL ldquoREacuteGIMENCOMPLEMENTARIO DE DEVOLUCIOacuteN DE

OBLIGACIONES TRIBUTARIASrdquo APROBADO PORORDENANZA Ndeg 177-MSI

Artiacuteculo Primero- INCORPORAR un paacuterrafo nalal Artiacuteculo Primero de la Ordenanza Ndeg 177-MSI en lossiguientes teacuterminos

ldquo Artiacuteculo Primero-

(hellip)Las reglas para la devolucioacuten de arbitrios establecidas

en el primer paacuterrafo no seraacuten aplicables en los casos queel monto de la devolucioacuten ha sido materia de conciliacioacutentransaccioacuten acuerdo desistimiento o similares en formafavorable a la Municipalidad de San Isidro En estoscasos la devolucioacuten se efectuaraacute de acuerdo con lossaldos disponibles del saldo de balance de la entidadrdquo

Artiacuteculo Segundo- ENCARGAR el cumplimiento dela presente Ordenanza a la Gerencia de AdministracioacutenTributaria Gerencia de Administracioacuten y Finanzas Gerenciade Planeamiento Presupuesto y Desarrollo Corporativoen los aspectos de sus respectivas competencias

Artiacuteculo Tercero- ENCARGUESE a la SecretariacuteaGeneral la publicacioacuten de la presente Ordenanzaen el Diario Ocial ldquoEl Peruanordquo y a la Ocina deComunicaciones e Imagen su publicacioacuten en el PortalInstitucional de la Municipalidad de San Isidro y en elPortal del Estado Peruano

POR TANTO

Mando se registre comunique publique y cuacutempla

Dado en San Isidro a los 22 diacuteas del mes de junio delantildeo 2016

MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde

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590968 NORMAS LEGALES Lunes 27 de junio de 2016 El Peruano

dispensa del traacutemite de lectura y aprobacioacuten de Actaaproboacute la siguiente

ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS MEDIDAS DEPREVENCIOacuteN DE SEGURIDAD EN LA EJECUCIOacuteN DEOBRAS DE EDIFICACIOacuteN Y EN ESTABLECIMIENTOS

COMERCIALES EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO

TIacuteTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artiacuteculo 1deg- OBJETO Y AMBITO DE APLICACIOacuteNLa presente ordenanza tiene por objeto establecer

medidas preventivas de seguridad ciudadana en obras deedicacioacuten nuevas y las demoliciones que cuenten con larespectiva licencia en sus distintas modalidades y en losestablecimientos comerciales abiertos al puacuteblico con un aforomayor o igual a cincuenta (50) personas que se encuentrenubicados en la jurisdiccioacuten del distrito de San Isidro

Artiacuteculo 2deg- FINALIDADTiene como nalidad establecer disposiciones que

coadyuven a la seguridad ciudadana de los vecinospropietarios yo trabajadores de las obras de edicacioacutenasiacute como a las personas que acudan a los establecimientoscomerciales contribuyendo a la prevencioacuten de la comisioacutende delitos y faltas durante la ejecucioacuten de tales actividades

Artiacuteculo 3deg- ORGANOS COMPETENTESPara la aplicacioacuten de las disposiciones establecidas en

la presente ordenanza seraacuten competentes las siguientesunidades orgaacutenicas

31 La Subgerencia de Licencias y Autorizaciones de la

Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano pondraacute enconocimiento a la Subgerencia de Fiscalizacioacuten lo siguiente

a) las licencias de edicacioacuten debiendo precisar lafecha de inicio de la obra y horarios de trabajo autorizados

b) las licencias de funcionamiento con giro establecimientocomercial con un aforo mayor a 50 personas

32 La Subgerencia de Fiscalizacioacuten de la Gerencia deSeguridad Ciudadana y Gestioacuten de Riesgos de Desastrecoordinaraacute con la Subgerencia de Serenazgo respecto de lavericacioacuten de las disposiciones de la presente ordenanza

TIacuteTULO IIDE LAS ACCIONES PREVENTIVAS DE SEGURIDAD

AL INICIO DE LAS OBRAS DE EDIFICACIOacuteN YLA EXCEPCIOacuteN DE SU APLICACIOacuteN

Artiacuteculo 4deg- DE LA RELACION DE TRABAJADORESEn el plazo de 15 diacuteas calendario como maacuteximo

contados a partir de la fecha de inicio de la obra establecidoen su cronograma suscrito en la Subgerencia de Licenciasy Autorizaciones el propietario yo constructor presentaraacutea la Subgerencia de Fiscalizacioacuten de la Gerencia deSeguridad Ciudadana y Gestioacuten de Riesgo de Desastresla relacioacuten de trabajadores de la obra entre los cuales seconsignaraacute los siguientes datos

41 Personal de obra

a) Apellidos y nombresb) DNI

c) Edad

d) Domicilio

e) Cargo o labor que desempentildea

f) Fotografiacutea actualizada

g) Antecedentes policiales y penales vigentes

Artiacuteculo 5deg- DE LA INSTALACION DE UN SISTEMADE VIDEO VIGILANCIA

En el plazo de 15 diacuteas calendario como maacuteximocontados a partir de la fecha de inicio de la obra establecido

en su cronograma suscrito en la Subgerencia de Licenciasy Autorizaciones el constructor yo propietario instalaraacute unsistema de video vigilancia en la entrada y salida de la obrade modo tal que permita el registro visual de placas de los

vehiacuteculos y se pueda visualizar el rostro de las personas queingresan y salen de la obra con una capacidad de grabacioacutenno menor de cuarenta y ocho (48) horas El constructor yopropietario deberaacute mantener una copia de las imaacutegeneshasta por un plazo de treinta (30) diacuteas calendario

Artiacuteculo 6deg- DE LA SEGURIDAD PRIVADA Al inicio de la obra conforme al cronograma suscrito en

la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones el constructoryo propietario contaraacute con un servicio de seguridadprivada de 24 horas cumpliendo para su contratacioacuten con lanormativa pertinente con la nalidad de dar seguridad a laspersonas que se ubican dentro de la obra de construccioacuteny su patrimonio Ademaacutes el constructor yo propietariodeberaacute tener el registro de ingreso y salida de personas ala obra de construccioacuten incluyendo a los proveedores yoterceros detallando nombres y apellidos razoacuten social yomotivo de ingreso a la obra de construccioacuten

Artiacuteculo 7deg- DE LA EXCEPCIONNo es de aplicacioacuten las disposiciones del presentetiacutetulo a las obras de edicacioacuten con uso de viviendaunifamiliar

TIacuteTULO IIIDE LA INSTALACIOacuteN DE UN SISTEMA DE VIDEO

VIGILANCIA EN LOS ESTABLECIMIENTOSCOMERCIALES

Artiacuteculo 8deg- DEL SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIALas personas naturales yo juriacutedicas conductores de

los establecimientos comerciales que tengan un aforomediano yo de gran auencia de puacuteblico (mayor o iguala 50 personas) estaacuten obligados de instalar un sistema de

video vigilancia en sus establecimientos comerciales conuna capacidad de grabacioacuten no menor a 48 horas

TITULO IVDE LA DESIGNACION DE COORDINADORES DESEGURIDAD DE LAS OBRAS DE EDIFICACIOacuteN Y

ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

Artiacuteculo 9deg- DE LOS COORDINADORES DESEGURIDAD

Los titulares de las licencias de edicacioacuten yofuncionamiento deberaacuten acreditar ante la Subgerenciade Serenazgo de la Gerencia de Seguridad Ciudadanay Gestioacuten de Riesgo de Desastres la identicacioacutendel personal responsable de seguridad privada con lanalidad de realizar las coordinaciones respectivas sobreseguridad ciudadana

TITULO VDEL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIOacuteN

Artiacuteculo 10deg- DEL PROCEDIMIENTO DEVERIFICACIOacuteN

Los inspectores del Equipo Funcional de Inspeccionesy Control de la Subgerencia de Fiscalizacioacuten de manerainopinada y de ser el caso con el apoyo de la Subgerenciade Serenazgo y el auxilio de la Policia Nacional delPeruacute realizaraacuten una inspeccioacuten con la nalidad devericar el cumplimiento de las acciones preventivas

de seguridad ciudadana en la obra de edicacioacuten yen los establecimientos comerciales quienes ante suincumplimiento procederaacuten conforme al Reacutegimen de

Aplicacioacuten de Sanciones Administrativas y la Tablade Infracciones y Sanciones Administrativas de laMunicipalidad de San Isidro

TITULO VIDEL CUMPLIMIENTO DE LA DISPOSICIONES DE

LAS MEDIDAS PREVENCIOacuteN

Artiacuteculo 11deg- DEL RECONOCIMIENTO A LASOBRAS DE EDIFICACIOacuteN Y ESTABLECIMIENTOSCOMERCIALES

Realizada la vericacioacuten las obras de edicacioacuten y

los establecimientos comerciales que cumplan con lasdisposiciones de la presente ordenanza obtendraacuten comoreconocimiento el respectivo Certicado Municipal que losdistingan como ldquolocales segurosrdquo

7252019 Establecen Medidas de Prevencion de Seguridad en La Ejecucio Ordenanza No 435 Msi 1396810 1

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590969NORMAS LEGALESLunes 27 de junio de 2016

El Peruano

DISPOSICIONES FINALES

Primera- INCORPORAR en la Tabla de Infraccionesy Sanciones Administrativas vigente las siguientesinfracciones

15 INFRACCIONES SOBRE SEGURIDADCIUDADANA

COacuteDIGO INFRACCIOacuteN OBSER-

VACION SANCIOacuteN

MEDIDA

COMPLEMENTARIA

151

Por no presentar la relacioacutende trabajadores de la obra de

edifcacioacuten

MULTA 100 UITPARALIZACION DE

OBRA

152

Por no contar con el servicio

de seguridad privada en la

obra de edifcacioacuten

MULTA 200 UITPARALIZACION DE

OBRA

153

Por mantener en malas

condiciones el sistema

de video vigilancia en laobra de edifcacioacuten yoestablecimientos comerciales

PREVENTIVA 200 UIT

PARALIZACION DE

OBRA

154

Por no instalar un sistema de

sistema de video vigilanciaen la obra de edifcacioacuten yo

establecimientos comerciales

MULTA 400 UITPARALIZACION DE

OBRA

Segunda- ENCARGAR el cumplimiento de la presenteOrdenanza a la Subgerencia de Fiscalizacioacuten Subgerenciade Serenazgo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana yGestioacuten de Riesgo de Desastres Subgerencia de Licenciasy Autorizaciones de la Gerencia de Autorizaciones yControl Urbano Gerencia de Tecnologiacuteas de Informacioacuteny Comunicacioacuten y demaacutes unidades orgaacutenicas que resulten

competentes asiacute como su publicacioacuten en el DiarioOcial El Peruano a la Secretariacutea General y a la Ocinade Comunicaciones e Imagen en la paacutegina web de laMunicipalidad de San Isidro (wwwmunisanisidrogob pe)

Tercera- FACULTAR al sentildeor Alcalde a dictar lasmedidas complementarias y reglamentarias en el marcode las normas legales vigentes para la correcta aplicacioacutende la presente ordenanza

Cuarta- DEROGAR la Ordenanza Ndeg 364-MSI y todaaquella norma que se oponga a la presente

Quinta- La presente Ordenanza entraraacute en vigenciaa partir del diacutea siguiente de su publicacioacuten en el DiarioOcial El Peruano

POR TANTO

Mando se registre comunique publique y cumpla

Dado en San Isidro a los 22 diacuteas del mes de junio de 2016

MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde

1396810-1

Ordenanza que modi983142ica el ldquoReacutegimenComplementario de Devolucioacuten deObligaciones Tributariasrdquo aprobado por

Ordenanza Ndeg 177983085MSI

ORDENANZA Ndeg 436-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTO En Sesioacuten Ordinaria de Concejo de la fechael Dictamen Ndeg 53-2016-CAJLIMSI de la Comisioacuten de

Asuntos Juriacutedicos Laborales e Informaacutetica Dictamen Ndeg27-2016-CAFRPMSI de la Comisioacuten de Administracioacuten

Finanzas Rentas y Presupuesto Memoraacutendum Muacuteltiple Ndeg0021-2016-1100-GATMSI de la Gerencia de AdministracioacutenTributaria Informe Ndeg 99-2016-0810-SSC-GAFMSI de laSubgerencia de Contabilidad y Costos Informe Ndeg 153-

2016-0820-STESMSI de la Subgerencia de TesoreriacuteaMemoraacutendum Ndeg 0365-2016-1100-GATMSI de la Gerenciade Administracioacuten Tributaria Informe Ndeg 0304-2016-0400-GAJMSI de la Gerencia de Asesoriacutea Juriacutedica y

CONSIDERANDO

Que mediante Ordenanza Nordm 177-MSI se aproboacute unldquoReacutegimen Complementario de Devolucioacuten de ObligacionesTributariasrdquo estableciendo que para el cumplimiento de lasresoluciones que ordenen la devolucioacuten de pagos de arbitriosderivados de procesos iniciados antes del 17 de agosto de2005 amparados en la regla de excepcioacuten dispuesta enel iacutetem 3 numeral 3 del Fallo de la Sentencia del TribunalConstitucional recaiacuteda en el Expediente Nordm 00053-2004-PITCdichas devoluciones se ejecutaraacuten luego de la reliquidacioacutenque corresponda y el saldo o creacutedito a favor del contribuyentese compensaraacute a partir del ejercicio 2007 con los intereses deley de acuerdo al monto y en los plazos de uno (1) a diez (10)

ejercicios anuales en cuotas iguales por ejercicioQue tomando en cuenta la casuiacutestica suscitada enmateria de este tipo de devoluciones en el cual estandola controversia en etapa judicial bastante avanzada loscontribuyentes apelando a su ldquodeber de contribuirrdquo handado marcha atraacutes parcialmente en su pretensioacuten deobtener importes voluminosos de la Corporacioacuten Edil deSan Isidro a n de evitar que las devoluciones de creacuteditostributarios sean lo menos engorrosas posibles se hacenecesario introducir una modicacioacuten en la Ordenanza Ndeg177-MSI de modo que la ejecucioacuten de estas devolucionessea lo maacutes exible posible posibilitando la compensacioacutendel salo del creacutedito tributario en menos tiempo

Estando a lo expuesto y en uso de las facultadesconferidas por el numeral 8 del artiacuteculo 9deg y artiacuteculo 40degde la Ley Orgaacutenica de Municipalidades Ley Nordm 27972el Concejo Municipal por Mayoriacutea y con dispensa deltraacutemite de lectura y aprobacioacuten del Acta ha aprobado lasiguiente

ORDENANZA QUE MODIFICA EL ldquoREacuteGIMENCOMPLEMENTARIO DE DEVOLUCIOacuteN DE

OBLIGACIONES TRIBUTARIASrdquo APROBADO PORORDENANZA Ndeg 177-MSI

Artiacuteculo Primero- INCORPORAR un paacuterrafo nalal Artiacuteculo Primero de la Ordenanza Ndeg 177-MSI en lossiguientes teacuterminos

ldquo Artiacuteculo Primero-

(hellip)Las reglas para la devolucioacuten de arbitrios establecidas

en el primer paacuterrafo no seraacuten aplicables en los casos queel monto de la devolucioacuten ha sido materia de conciliacioacutentransaccioacuten acuerdo desistimiento o similares en formafavorable a la Municipalidad de San Isidro En estoscasos la devolucioacuten se efectuaraacute de acuerdo con lossaldos disponibles del saldo de balance de la entidadrdquo

Artiacuteculo Segundo- ENCARGAR el cumplimiento dela presente Ordenanza a la Gerencia de AdministracioacutenTributaria Gerencia de Administracioacuten y Finanzas Gerenciade Planeamiento Presupuesto y Desarrollo Corporativoen los aspectos de sus respectivas competencias

Artiacuteculo Tercero- ENCARGUESE a la SecretariacuteaGeneral la publicacioacuten de la presente Ordenanzaen el Diario Ocial ldquoEl Peruanordquo y a la Ocina deComunicaciones e Imagen su publicacioacuten en el PortalInstitucional de la Municipalidad de San Isidro y en elPortal del Estado Peruano

POR TANTO

Mando se registre comunique publique y cuacutempla

Dado en San Isidro a los 22 diacuteas del mes de junio delantildeo 2016

MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde

1396810-2

Page 3: Establecen Medidas de Prevencion de Seguridad en La Ejecucio Ordenanza No 435 Msi 1396810 1

7252019 Establecen Medidas de Prevencion de Seguridad en La Ejecucio Ordenanza No 435 Msi 1396810 1

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590969NORMAS LEGALESLunes 27 de junio de 2016

El Peruano

DISPOSICIONES FINALES

Primera- INCORPORAR en la Tabla de Infraccionesy Sanciones Administrativas vigente las siguientesinfracciones

15 INFRACCIONES SOBRE SEGURIDADCIUDADANA

COacuteDIGO INFRACCIOacuteN OBSER-

VACION SANCIOacuteN

MEDIDA

COMPLEMENTARIA

151

Por no presentar la relacioacutende trabajadores de la obra de

edifcacioacuten

MULTA 100 UITPARALIZACION DE

OBRA

152

Por no contar con el servicio

de seguridad privada en la

obra de edifcacioacuten

MULTA 200 UITPARALIZACION DE

OBRA

153

Por mantener en malas

condiciones el sistema

de video vigilancia en laobra de edifcacioacuten yoestablecimientos comerciales

PREVENTIVA 200 UIT

PARALIZACION DE

OBRA

154

Por no instalar un sistema de

sistema de video vigilanciaen la obra de edifcacioacuten yo

establecimientos comerciales

MULTA 400 UITPARALIZACION DE

OBRA

Segunda- ENCARGAR el cumplimiento de la presenteOrdenanza a la Subgerencia de Fiscalizacioacuten Subgerenciade Serenazgo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana yGestioacuten de Riesgo de Desastres Subgerencia de Licenciasy Autorizaciones de la Gerencia de Autorizaciones yControl Urbano Gerencia de Tecnologiacuteas de Informacioacuteny Comunicacioacuten y demaacutes unidades orgaacutenicas que resulten

competentes asiacute como su publicacioacuten en el DiarioOcial El Peruano a la Secretariacutea General y a la Ocinade Comunicaciones e Imagen en la paacutegina web de laMunicipalidad de San Isidro (wwwmunisanisidrogob pe)

Tercera- FACULTAR al sentildeor Alcalde a dictar lasmedidas complementarias y reglamentarias en el marcode las normas legales vigentes para la correcta aplicacioacutende la presente ordenanza

Cuarta- DEROGAR la Ordenanza Ndeg 364-MSI y todaaquella norma que se oponga a la presente

Quinta- La presente Ordenanza entraraacute en vigenciaa partir del diacutea siguiente de su publicacioacuten en el DiarioOcial El Peruano

POR TANTO

Mando se registre comunique publique y cumpla

Dado en San Isidro a los 22 diacuteas del mes de junio de 2016

MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde

1396810-1

Ordenanza que modi983142ica el ldquoReacutegimenComplementario de Devolucioacuten deObligaciones Tributariasrdquo aprobado por

Ordenanza Ndeg 177983085MSI

ORDENANZA Ndeg 436-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTO En Sesioacuten Ordinaria de Concejo de la fechael Dictamen Ndeg 53-2016-CAJLIMSI de la Comisioacuten de

Asuntos Juriacutedicos Laborales e Informaacutetica Dictamen Ndeg27-2016-CAFRPMSI de la Comisioacuten de Administracioacuten

Finanzas Rentas y Presupuesto Memoraacutendum Muacuteltiple Ndeg0021-2016-1100-GATMSI de la Gerencia de AdministracioacutenTributaria Informe Ndeg 99-2016-0810-SSC-GAFMSI de laSubgerencia de Contabilidad y Costos Informe Ndeg 153-

2016-0820-STESMSI de la Subgerencia de TesoreriacuteaMemoraacutendum Ndeg 0365-2016-1100-GATMSI de la Gerenciade Administracioacuten Tributaria Informe Ndeg 0304-2016-0400-GAJMSI de la Gerencia de Asesoriacutea Juriacutedica y

CONSIDERANDO

Que mediante Ordenanza Nordm 177-MSI se aproboacute unldquoReacutegimen Complementario de Devolucioacuten de ObligacionesTributariasrdquo estableciendo que para el cumplimiento de lasresoluciones que ordenen la devolucioacuten de pagos de arbitriosderivados de procesos iniciados antes del 17 de agosto de2005 amparados en la regla de excepcioacuten dispuesta enel iacutetem 3 numeral 3 del Fallo de la Sentencia del TribunalConstitucional recaiacuteda en el Expediente Nordm 00053-2004-PITCdichas devoluciones se ejecutaraacuten luego de la reliquidacioacutenque corresponda y el saldo o creacutedito a favor del contribuyentese compensaraacute a partir del ejercicio 2007 con los intereses deley de acuerdo al monto y en los plazos de uno (1) a diez (10)

ejercicios anuales en cuotas iguales por ejercicioQue tomando en cuenta la casuiacutestica suscitada enmateria de este tipo de devoluciones en el cual estandola controversia en etapa judicial bastante avanzada loscontribuyentes apelando a su ldquodeber de contribuirrdquo handado marcha atraacutes parcialmente en su pretensioacuten deobtener importes voluminosos de la Corporacioacuten Edil deSan Isidro a n de evitar que las devoluciones de creacuteditostributarios sean lo menos engorrosas posibles se hacenecesario introducir una modicacioacuten en la Ordenanza Ndeg177-MSI de modo que la ejecucioacuten de estas devolucionessea lo maacutes exible posible posibilitando la compensacioacutendel salo del creacutedito tributario en menos tiempo

Estando a lo expuesto y en uso de las facultadesconferidas por el numeral 8 del artiacuteculo 9deg y artiacuteculo 40degde la Ley Orgaacutenica de Municipalidades Ley Nordm 27972el Concejo Municipal por Mayoriacutea y con dispensa deltraacutemite de lectura y aprobacioacuten del Acta ha aprobado lasiguiente

ORDENANZA QUE MODIFICA EL ldquoREacuteGIMENCOMPLEMENTARIO DE DEVOLUCIOacuteN DE

OBLIGACIONES TRIBUTARIASrdquo APROBADO PORORDENANZA Ndeg 177-MSI

Artiacuteculo Primero- INCORPORAR un paacuterrafo nalal Artiacuteculo Primero de la Ordenanza Ndeg 177-MSI en lossiguientes teacuterminos

ldquo Artiacuteculo Primero-

(hellip)Las reglas para la devolucioacuten de arbitrios establecidas

en el primer paacuterrafo no seraacuten aplicables en los casos queel monto de la devolucioacuten ha sido materia de conciliacioacutentransaccioacuten acuerdo desistimiento o similares en formafavorable a la Municipalidad de San Isidro En estoscasos la devolucioacuten se efectuaraacute de acuerdo con lossaldos disponibles del saldo de balance de la entidadrdquo

Artiacuteculo Segundo- ENCARGAR el cumplimiento dela presente Ordenanza a la Gerencia de AdministracioacutenTributaria Gerencia de Administracioacuten y Finanzas Gerenciade Planeamiento Presupuesto y Desarrollo Corporativoen los aspectos de sus respectivas competencias

Artiacuteculo Tercero- ENCARGUESE a la SecretariacuteaGeneral la publicacioacuten de la presente Ordenanzaen el Diario Ocial ldquoEl Peruanordquo y a la Ocina deComunicaciones e Imagen su publicacioacuten en el PortalInstitucional de la Municipalidad de San Isidro y en elPortal del Estado Peruano

POR TANTO

Mando se registre comunique publique y cuacutempla

Dado en San Isidro a los 22 diacuteas del mes de junio delantildeo 2016

MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde

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