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MARCO CONCEPTUAL EL DERECHO A PROCREAR MATERNIDAD SUBRROGADA -CONCEPTO -CARACTERISTICAS -CLASES IDENTIDAD Y FILIACION -CONCEPTO MARCO LEGAL -LEY DE SALUD -FILIACION EN EL CODIGO CIVIL DOCTRINA JURISPRUDENCIA POSCISIONES DE MATERNIDAD SUBRROGADA EN EL DERECHO COMPARADO CASACION DERECHOS EN CONTROVERSIA PROYECTO NORMATIVO POSCISIONES DE DEBATE CONCLUSIONES SUGERENCIAS

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MARCO CONCEPTUALEL DERECHO A PROCREAR MATERNIDAD SUBRROGADA-CONCEPTO-CARACTERISTICAS-CLASESIDENTIDAD Y FILIACION-CONCEPTOMARCO LEGAL-LEY DE SALUD -FILIACION EN EL CODIGO CIVILDOCTRINA JURISPRUDENCIA POSCISIONES DE MATERNIDAD SUBRROGADA EN EL DERECHO COMPARADOCASACIONDERECHOS EN CONTROVERSIA PROYECTO NORMATIVO POSCISIONES DE DEBATE CONCLUSIONES SUGERENCIAS

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA La Maternidad Subrogada en el Per, afecta el principio de identidad del nio?HIPOTESISSi, la maternidad subrogada afecta la identidad del nio, debido a la existencia de incertidumbre que existe en la determinacin de la filiacin. OBJETIVO GENERAL.1. Analizar la identidad biolgica del nio2. Analizar la maternidad subrogadaOBJETIVOS ESPECIFICOS1. Analizar los criterios que adopta el Tribunal Constitucional, para la determinacin de la filiacin, en caso de la maternidad subrogada.

CAPITULO I MARCO TEORICO

1. IDENTIDAD 2. FILIACIN 3. DERECHO A PROCREAR 4. INTERES SUPERIOR DEL NIO5. TCNICAS DE REPRODUCCION ASISTIDA

6. MATERNIDAD SUBROGADA Procedimiento mediante el cual una persona o una pareja, encargan a una mujer la gestacin de un nio, el cual ser entregado a la persona o a la pareja quien lo solicito despus de su nacimiento.

CAPITULO IIDERECHO A PROCREAR

El derecho a procrear integra el grupo de los llamados Derechos Humanos de segunda generacin, fundado en el principio de autodeterminacin, agrupndolos los llamados derechos sexuales y reproductivos, reconocidos por primera vez en la conferencia mundial sobre poblacin y desarrollo de 1994 y en la IV Conferencia Mundial de la Mujer en 1995, las cuales afirmaron que:

Estos derechos se basan en el reconocimiento del derecho bsico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el nmero de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre estos, y a disponer de la informacin y de los medios para ello y el derecho de alcanzar el nivel ms elevado de salud sexual y reproductiva. Tambin incluye el derecho a optar por relaciones relativas a la reproduccin sin sufrir discriminacin, coaccin ni violencia de conformidad con lo establecido en los documentos de Derechos Humanos.(cita)Esta nueva tipologa de derechos considerados como los ms humanos de los derechos, tiene consecuencias prcticas en diversas cuestiones relativas a las tcnicas de reproduccin asistida en especial la Maternidad Subrogada

Por otro lado, se ha sealado que el derecho a procrear podra considerarse incluido en el derecho a la vida y en el desarrollo de la personalidad pero circunscrito a un proceso reproductivo natural tradicional, excluyendo as a las tcnicas de reproduccin asistida y con ello a la maternidad subrogada (cita revista chilena)

Sin embargo, lo natural del proceso reproductivo no es necesatiamente un valor humano. De hecho, la humanidad a comenzado a dejar atrs la naturaleza reafirmada por Shulamith Firestone al sostener que:La eliminacin de las clases sexuales requiere una revolucin de la clase inferior, las mujeres, y el dominio sobre el control de la procreacin; devolver a las mujeres la apropiacin sobre el propio cuerpo, en control de su fertilidad mediante las nuevas tecnologas.Al respecto el liberalismo con el objeto de proteger la libertad de procrear apoya un ejercicio amplio al derecho de procrear que incluya la biotecnologa y las tcnicas de reproduccin asistida; uno delos argumentos que apoyan esta teora es la libertad que tendra la mujer para disponer de su propio cuerpo.Con todo, y siguiendo esta misma lnea argumental, se sostiene que la manera en que la especia se reproduce est determinada socialmente, puesto que si biolgicamente, las personas fueran capaces de encontrar otros mtodos y la sociedad se organizara de manera que todas las formas de expresin estuvieran permitidas con idnticos derechos, la procreacin no sera fruto de relaciones heterosexuales solamente.En este contexto es posible sostener que dicha voluntad procreacional derivada del ejercicio del derecho a procrear, es la que permite legitimar actualmente, la maternidad subrogada fragmentando no solo la maternidad sino que generando un cambio conceptual de lo que siempre entendimos por madre

MATERNIDA SUBROGADA

Existe variados conceptos doctrinales sobre el tema. Sin embargo se expondrn los principales que se han hallado los cuales merecen traerse a colacin por su completitud enunciativa y la claridad con la que se maneja el tema.El primero de ellos establece que la maternidad subrogada es la practica mediante la cual una mujer gesta un nio por otra, con la intensin de entregrselo despus del nacimiento. Respecto a este concepto una mujer gesta un nio por otra, a fin de entregrselo al finalizar el embarazo sin embargo no se especifica qu tipo de mujer va a ser la subrogante ni quien va a ser la subrogada. Es decir, si la subrogante y la subrogada son casadas, concubinas o solteras, pues de ser as, cualquier mujer puede convenir con otra para que geste y conciba un hijo sin importa si una u otra viven en matrimonio, concubinato, es soltera, incluso podra ser lesbiana.Por eso es importante saber qu tipo de mujer es la que puede solicitar la maternidad subrogada y quien puede fungir como madre subrogada. Algo parecido expone el concepto de Pedro Silva Ruiz y Jaime Vidal, estos dos autores afirman que la maternidad subrogada es el caso de la mujer frtil que acuerda ser inseminada artificialmente con el semen de un hombre casado, gestar y dar a luz el hijo que una vez nacido ser entregado al dador del semen y su esposa. En este concepto se habla de una mujer que se presta a gestar y dar a luz un bebe, con el semen de un hombre casado, respecto al ovulo de la mujer no dice nada. De alguna manera, el hecho de que se hable de una pareja unida en matrimonio es ya un avance sin embargo, no se menciona si la mujer subrogada es casada, concubina o soltera, cual si es una importa omisin, debido a que es necesario saber qu tipo o persona ser la que d a luz al nio, pues si esta mujer resulta casada o concubina entonces tiene un esposo o una persona que es como un esposo, entonces por esta simple relacin este sera legalmente el padre del hijo y por eso tendr derecho a reclamarlo como suyo.