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Familiares de víctimas de delitos contra los DDHH envían carta al Presidente de la República

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Familiares de víctimas de casos de violaciones de DDHH históricos enviaron una comunicación al Presidente de la República para solicitar el cumplimiento de las sentencias emitidas por la Corte IDH.

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Page 1: Familiares de víctimas de delitos contra los DDHH envían carta al Presidente de la República

Nota de prensa

En el Día Internacional de los DDHH

Familiares de víctimas de graves delitos contra los derechos humanos envían carta al

Presidente de la República solicitando el cumplimiento de sentencias en sus casos

históricos

Caracas, 10 de diciembre de 2012. Familiares de víctimas de los casos Caracazo, Retén de

Catia, desapariciones forzadas de Vargas, Familia Barrios y Néstor Uzcátegui y otros,

representados por el Comité de Familiares de Víctimas de los sucesos de febrero y marzo

de 1989 (COFAVIC) enviaron una comunicación al Presidente de la República para

solicitar, según su competencia, el cumplimiento de las sentencias emitidas por la Corte

Interamericana de Derechos Humanos relacionadas con estos casos, en el marco del Día

Internacional de los Derechos Humanos, el cual se conmemora el 10 de diciembre de cada

año.

Las sentencias de los casos Caracazo, Retén de Catia y desapariciones forzadas de Vargas

tienen más de 13, 6 y 7 años de emitidas por un Tribunal Internacional de Derechos

Humanos y las mismas no han sido cumplidas, situación que los familiares de víctimas de

estos casos solicitan que no se repita con las recientes sentencias sobre la Familia Barrios y

Néstor Uzcátegui.

Para los familiares de estos casos, como indicaron en la comunicación enviada, desconocer

estas sentencias, invisibiliza a todas las víctimas, pues es intentar negar su existencia y

omitir la verdad y perpetuar estos crímenes, porque sus responsables pueden sentir que el

Estado Venezolano con su omisión los apoya y les protege.

Las víctimas reconocen que el Sr. Presidente de la República, en varias ocasiones, ha

hecho mención expresa de estos casos como una deuda histórica, rechazando la conducta

omisiva del pasado y ese es un aspecto que valoran positivamente. Sin embargo este

reconocimiento de su parte no se ha materializado en el cumplimiento de las sentencias y

siguen las víctimas olvidadas, postergadas y sufriendo, sin que ningún ente oficial les

haya dado una respuesta digna y satisfactoria. El silencio de los organismos públicos

encargados de salvaguardar los derechos humanos, nos ha colocado en un estado de

indefensión e impunidad.

También recordaron que por ser casos de violaciones de Derechos Humanos, la

responsabilidad del Estado venezolano subsiste, inclusive luego de 23 años del caso del

Caracazo, 20 años de haber ocurrido la masacre del Retén de Catia, 13 años de las

desapariciones forzadas de Vargas; 14 años desde la primera de las siete ejecuciones

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extrajudiciales de las que ha sido víctima la Familia Barrios y 11 años de la ejecución

extrajudicial de Néstor Uzcátegui.

Los familiares de las víctimas afirman que siguen pasando numerosas penurias

económicas, porque su salud se ha debilitado y en algunos casos al perder a un ser

querido, también perdieron a la persona que era el mayor proveedor económico del

núcleo familiar. Por ejemplo, algunas de las víctimas de los deslaves de Vargas, aún viven

en las casas deterioradas por los deslaves de 1999, que han sufrido daños estructurales

irreparables y en la actualidad, no tienen un hogar en condiciones mínimas de

habitabilidad. En el caso de la familia Barrios, hay varios integrantes que requieren

asistencia médica inmediata y siguen a la espera por falta de recursos para dar

satisfacción a esta necesidad urgente y en el caso de la familia Uzcátegui hay un niño con

necesidades especiales que no puede ser atendido adecuadamente por una ausencia

material de recursos.

En tres de estos casos (el Caracazo, la masacre del Retén de Catia y las desapariciones

forzadas de Vargas) el Estado venezolano se allanó en el trámite ante la Corte

Interamericana, y esta figura trae como resultado una serie de consecuencias jurídicas y

una responsabilidad ética ineludible de dar cumplimiento a estas decisiones. El Estado

está obligado a reparar el perjuicio causado, tanto material como moral, incluyendo el

honor y la dignidad de las víctimas.

En este sentido, los familiares solicitaron al Ejecutivo Nacional que ordene a los diferentes

organismos públicos nacionales el cumplimiento de los puntos resolutivos de su

competencia, establecidos en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos

Humanos y que la Asamblea Nacional inste al resto de los Poderes Públicos a avocarse al

cumplimiento de estas sentencias de casos históricos de delitos contra los derechos

humanos y se apruebe, también, el presupuesto del erario público necesario para el pago

de las indemnizaciones pendientes.

En todos estos casos, el establecimiento de la verdad y la justicia también deben estar

acompañados de las garantías de no repetición de estos hechos, a través del

reconocimiento de lo ocurrido, con la publicación de las sentencias en diarios nacionales,

la adecuación de planes de control de orden público de acuerdo con estándares

internacionales, ejecución de programas de formación de funcionarios policiales en

Derechos Humanos, ajustados a instrumentos internacionales; así como con la

implementación de medidas de reparación integrales, entre otros puntos que contienen las

sentencias de estos casos, los cuales constituyen una hoja de ruta de aplicación en otros

casos de violaciones de Derechos Humanos en Venezuela.