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NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002 AÑO XX - Nº 8061 Pág. 226547 SUMARIO FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL" DIARIO OFICIAL Director: HUGO GARAVITO AMÉZAGA http://www.editoraperu.com.pe P R E S R.M. Nº 251-2002-PRES.- Designan a Gerente Regional de Administración del CTAR Huánuco 226556 R.M. Nº 252-2002-PRES.- Designan a Gerente Regional de Control Interno del CTAR Loreto 226556 RR.MM. Nºs. 253 y 254-2002-PRES.- Designan miembros de directorios de diversas Sociedades de Beneficencia Públi- ca en representación del Ministerio 226556 PESQUERÍA R.M. Nº 247-2002-PE.- Informe Final de la Comisión Encar- gada de evaluar el Sistema de Seguimiento, Control y Vigilan- cia de las Actividades Pesqueras, conformada por las RR.MM. Nºs. 259 y 369-2001-PE 226558 R.D. Nº 247-2002-PE/DNEPP.- Aprueban cambio de titular de licencia de operación a favor de Inversiones Pesqueras La Parra S.A.C. para procesamiento de productos hidrobiológicos 226565 PROMUDEH R.M. Nº 428-2002-PROMUDEH.- Suspenden suscripción de nuevos convenios y renovación de los no vigentes en materia de adopción internacional 226565 R.M. Nº 431-2002-PROMUDEH.- Auspician el III Concur- so Nacional y Regional de "Experiencias Económicas Exitosas Lideradas por Mujeres" 226566 SALUD R.M. Nº 1125-2002-SA/DM.- Aprueban Directiva para la Delimitación de las Redes y Microrredes de Salud 226566 R.M. Nº 1157-2002-SA/DM.- Rectifican resolución mediante la cual se dio por concluida designación de Director Ejecutivo de la AIS-SBS El Agustino 226572 R.M. Nº 1165-2002-SA/DM.- Aceptan renuncia de Director de la Oficina de Almacén e Importaciones de la Oficina Ejecutiva de Logística de la Oficina General de Administración 226572 RELACIONES EXTERIORES R.M. Nº 0760-2002-RE.- Prorrogan plazo para la conclusión de los trabajos de la Comisión Especial de Alto Nivel creada mediante la R.M. Nº 0172-2002-RE 226572 M T C R.VM. Nº 203-2002-MTC/15.02.- Instauran proceso adminis- trativo disciplinario a ex funcionario por presunta responsabi- lidad administrativa 226573 R.VM. Nº 451-2002-MTC/15.03.- Otorgan a persona natural autorización y permiso de instalación para operar estación del servicio de radiodifusión sonora comercial 226573 R.VM. Nº 452-2002-MTC/15.03.- Autorizan a persona jurí- dica la operación de estación del servicio de radiodifusión so- nora educativa en la provincia de Huanta 226574 PODER EJECUTIVO P C M R.S. Nº 284-2002-PCM.- Aceptan renuncia de funcionario al cargo de Jefe de Gabinete de Asesores y a la encargatura del Despacho de la Secretaría General de la Presidencia del Con- sejo de Ministros 226549 R.M. Nº 256-2002-PCM.- Aceptan renuncia de Asesor de la Presidencia del Consejo de Ministros 226549 R.M. Nº 260-2002-PCM.- Aceptan renuncia de Jefe del Des- pacho del Presidente del Consejo de Ministros 226549 R.M. Nº 261-2002-PCM.- Aceptan renuncia de Jefe del Des- pacho de la Secretaría del Consejo de Ministros 226550 R.M. Nº 263-2002-PCM.- Aceptan renuncia de Delegado Prin- cipal del Presidente del Consejo de Ministros para la Coordi- nación con el Congreso de la República 226550 R.M. Nº 265-2002-PCM.- Aceptan renuncias de Secretarias de Coordinación Interinstitucional y de Gestión Pública de la PCM 226550 AGRICULTURA R.S. Nº 014-2002-AG.- Modifican Resolución Suprema me- diante la cual se constituyó la Comisión Nacional de Produc- tos Orgánicos - CONAPO 226550 R.M. Nº 0678-2002-AG.- Aprueban la "Guía de Bienes y/o Servicios de la Dirección Regional Agraria Lima - Callao" 226551 R.D. Nº 085-2002-AG-PETT.- Disponen que el PETT asu- ma competencia en procedimiento de deslinde y titulación de comunidades campesinas en los departamentos de Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho y otros 226552 R.J. Nº 257-2002-INRENA.- Incluyen procesos de selec- ción en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes y Servicios del INRENA para el ejercicio 2002 226553 ECONOMÍA Y FINANZAS RR.MM. Nºs. 283 y 284-2002-EF/10.- Aprueban Estatutos de los Colegios de Contadores Públicos de Ucayali y Tumbes 226554 R.M. Nº 285-2002-EF/10.- Encargan a comisión creada por el D.U. Nº 032-95 la administración y cobranza de carteras de crédito transferidas al Ministerio por PETROMAR S.A. y ECASA en Liquidación 226554 R.M. Nº 286-2002-EF/10.- Designan representante del Mi- nisterio ante el Consejo Directivo del FONDEBOSQUE 226555 R.M. Nº 287-2002-EF/10.- Designan representante de la Di- rección General de Programación Multianual del Sector Pú- blico del Ministerio ante la Comisión de Alto Nivel del Pro- yecto Especial Chinecas 226555 R.M. Nº 288-2002-EF/10.- Designan representante del Mi- nisterio ante el Directorio de la Corporación de Reconstruc- ción y Desarrollo del departamento de Ica 226555

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NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002 AÑO XX - Nº 8061 Pág. 226547

S U M A R I O

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

"AÑO DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL"

DIARIO OFICIAL

Director: HUGO GARAVITO AMÉZAGA http://www.editoraperu.com.pe

P R E S

R.M. Nº 251-2002-PRES.- Designan a Gerente Regional deAdministración del CTAR Huánuco 226556R.M. Nº 252-2002-PRES.- Designan a Gerente Regional deControl Interno del CTAR Loreto 226556RR.MM. Nºs. 253 y 254-2002-PRES.- Designan miembrosde directorios de diversas Sociedades de Beneficencia Públi-ca en representación del Ministerio 226556

PESQUERÍA

R.M. Nº 247-2002-PE.- Informe Final de la Comisión Encar-gada de evaluar el Sistema de Seguimiento, Control y Vigilan-cia de las Actividades Pesqueras, conformada por las RR.MM.Nºs. 259 y 369-2001-PE 226558R.D. Nº 247-2002-PE/DNEPP.- Aprueban cambio de titularde licencia de operación a favor de Inversiones Pesqueras LaParra S.A.C. para procesamiento de productos hidrobiológicos

226565

PROMUDEH

R.M. Nº 428-2002-PROMUDEH.- Suspenden suscripción denuevos convenios y renovación de los no vigentes en materiade adopción internacional 226565R.M. Nº 431-2002-PROMUDEH.- Auspician el III Concur-so Nacional y Regional de "Experiencias Económicas ExitosasLideradas por Mujeres" 226566

SALUD

R.M. Nº 1125-2002-SA/DM.- Aprueban Directiva para laDelimitación de las Redes y Microrredes de Salud 226566R.M. Nº 1157-2002-SA/DM.- Rectifican resolución mediantela cual se dio por concluida designación de Director Ejecutivode la AIS-SBS El Agustino 226572R.M. Nº 1165-2002-SA/DM.- Aceptan renuncia de Director dela Oficina de Almacén e Importaciones de la Oficina Ejecutiva deLogística de la Oficina General de Administración 226572

RELACIONES EXTERIORES

R.M. Nº 0760-2002-RE.- Prorrogan plazo para la conclusiónde los trabajos de la Comisión Especial de Alto Nivel creadamediante la R.M. Nº 0172-2002-RE 226572

M T C

R.VM. Nº 203-2002-MTC/15.02.- Instauran proceso adminis-trativo disciplinario a ex funcionario por presunta responsabi-lidad administrativa 226573R.VM. Nº 451-2002-MTC/15.03.- Otorgan a persona naturalautorización y permiso de instalación para operar estación delservicio de radiodifusión sonora comercial 226573R.VM. Nº 452-2002-MTC/15.03.- Autorizan a persona jurí-dica la operación de estación del servicio de radiodifusión so-nora educativa en la provincia de Huanta 226574

PODER EJECUTIVO

P C M

R.S. Nº 284-2002-PCM.- Aceptan renuncia de funcionario alcargo de Jefe de Gabinete de Asesores y a la encargatura delDespacho de la Secretaría General de la Presidencia del Con-sejo de Ministros 226549R.M. Nº 256-2002-PCM.- Aceptan renuncia de Asesor de laPresidencia del Consejo de Ministros 226549R.M. Nº 260-2002-PCM.- Aceptan renuncia de Jefe del Des-pacho del Presidente del Consejo de Ministros 226549R.M. Nº 261-2002-PCM.- Aceptan renuncia de Jefe del Des-pacho de la Secretaría del Consejo de Ministros 226550R.M. Nº 263-2002-PCM.- Aceptan renuncia de Delegado Prin-cipal del Presidente del Consejo de Ministros para la Coordi-nación con el Congreso de la República 226550R.M. Nº 265-2002-PCM.- Aceptan renuncias de Secretariasde Coordinación Interinstitucional y de Gestión Pública de laPCM 226550

AGRICULTURA

R.S. Nº 014-2002-AG.- Modifican Resolución Suprema me-diante la cual se constituyó la Comisión Nacional de Produc-tos Orgánicos - CONAPO 226550R.M. Nº 0678-2002-AG.- Aprueban la "Guía de Bienes y/oServicios de la Dirección Regional Agraria Lima - Callao"

226551R.D. Nº 085-2002-AG-PETT.- Disponen que el PETT asu-ma competencia en procedimiento de deslinde y titulaciónde comunidades campesinas en los departamentos deAncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho y otros

226552R.J. Nº 257-2002-INRENA.- Incluyen procesos de selec-ción en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesde Bienes y Servicios del INRENA para el ejercicio 2002

226553

ECONOMÍA Y FINANZAS

RR.MM. Nºs. 283 y 284-2002-EF/10.- Aprueban Estatutosde los Colegios de Contadores Públicos de Ucayali y Tumbes

226554R.M. Nº 285-2002-EF/10.- Encargan a comisión creada porel D.U. Nº 032-95 la administración y cobranza de carteras decrédito transferidas al Ministerio por PETROMAR S.A. yECASA en Liquidación 226554R.M. Nº 286-2002-EF/10.- Designan representante del Mi-nisterio ante el Consejo Directivo del FONDEBOSQUE

226555R.M. Nº 287-2002-EF/10.- Designan representante de la Di-rección General de Programación Multianual del Sector Pú-blico del Ministerio ante la Comisión de Alto Nivel del Pro-yecto Especial Chinecas 226555R.M. Nº 288-2002-EF/10.- Designan representante del Mi-nisterio ante el Directorio de la Corporación de Reconstruc-ción y Desarrollo del departamento de Ica 226555

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Pág. 226548 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

ADUANAS

Res. Nº 000002.- Autorizan contratación de estudio de aboga-dos mediante proceso de adjudicación de menor cuantía

226582

COFOPRI

Res. Nº 208-2002-COFOPRI/TAP.- Confirman resolución quedeclaró la inhibitoria de conocimiento de procedimiento so-bre mejor derecho de posesión de terreno ubicado en la pro-vincia de Lima 226583

CONASEV

Res. Nº 042-2002-EF/94.10.- Disponen adecuación del Régi-men Especial aplicable a empresas administradoras de fondoscolectivos creado mediante la Res. Nº 084-99-EF/94.10

226584

INDECOPI

Res. Nº 075-2002-INDECOPI/DIR.- Aceptan renuncia aSecretarías Técnicas de las Comisiones Delegadas de Rees-tructuración Patrimonial de la Cámara de Comercio y Pro-ducción de Lambayeque y de Protección al Consumidor -ZonaNorte 226588Res. Nº 076-2002-INDECOPI/DIR.- Encargan funciones deSecretarios Técnicos de las Comisiones Delegadas de Rees-tructuración Patrimonial de la Cámara de Comercio y Produc-ción de Lambayeque y de Protección al Consumidor - ZonaNorte 226588Res. Nº 077-2002-INDECOPI/DIR.- Aceptan renuncia demiembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patri-monial que opera en la Cámara de Comercio y Producción deLambayeque 226589Res. Nº 078-2002-INDECOPI/DIR.- Designan miembrode la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonialque opera en la Cámara de Comercio y Producción deLambayeque 226589

INEI

R.J. Nº 212-2002-INEI.- Aprueban Índices Unificados de Pre-cios para las seis áreas geográficas correspondientes al mes dejunio de 2002 226589R.J. Nº 213-2002-INEI.- Aprueban factores de reajuste apli-cables a obras de edificación del sector privado, producidasen el mes de junio de 2002

226590

SUPERINTENDENCIA DEBIENES NACIONALES

Res. Nº 051-2002/SBN-GO-JAD.- Afectan en uso predioubicado en la provincia de Arequipa a favor del SENASA parael funcionamiento de laboratorio de producción de moscas defruta estériles 226591

C T A R

Res. Nº 116-2002-CTAR LIMA-PE.- Aprueban modificacióndel Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTARLima para el ejercicio 2002 226592

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DEJUSTICIA

Res. Adm. Nº 0236-2002-P-CSJL/PJ.- Reasignan y desig-nan a magistrados como Jueces Suplentes de módulos de juz-gados de familia, mixto, penal y de paz letrado del DistritoJudicial de Lima 226575Res. Adm. Nº 0237-2002-P-CSJL/PJ.- Disponen que los jue-ces penales de la Corte Superior de Lima informen a laMagistrada Coordinadora de Cuerpos de Delito y EfectosDecomisados sobre bienes en condiciones de ser incineradoso donados 226576

ORGANISMOS AUTÓNOMOS

CONTRALORÍA GENERAL

Res. Nº 134-2002-CG.- Encargan funciones del ContralorGeneral de la República al Subcontralor 226576

J N E

Res. Nº 247-2002-JNE.- Designan Presidente del Jurado Elec-toral Especial de Oyón y miembros de diversos Jurados Elec-torales Especiales para las elecciones regionales y municipa-les de 2002 226577Res. Nº 248-2002-JNE.- Disponen inscripción definitiva dela organización política nacional "Resurgimiento Peruano" enel Registro de Organizaciones Políticas del JNE 226577

MINISTERIO PÚBLICO

Res. Nº 1279-2002-MP-FN.- Nombran a magistrado provi-sional en el despacho de la Cuarta Fiscalía Superior Civil deLima 226578Res. Nº 1280-2002-MP-FN.- Dan por concluido nombra-miento de fiscal provisional de la Primera Fiscalía ProvincialCivil y de Familia de Cañete 226578RR. Nºs. 1281 y 1282-2002-MP-FN.- Nombran FiscalesAdjuntos Provisionales en los despachos de FiscalíasProvinciales Mixtas de los Distritos Judiciales de Cajamarcay Amazonas 226578

S B S

Res. SBS Nº 630-2002.- Prorrogan plazo para que el BancoFinanciero del Perú proceda a enajenar biene adjudicado enpago de deudas 226579Res. SBS Nº 657-2002.- Sustituyen el Artículo 19º del TítuloVII del Compendio de Normas de Superintendencia Regla-mentarias del SPP, referido a Prestaciones 226579Circ. Nº AFP-020-2002.- Establecen disposiciones para ladeterminación de la tasa de interés técnico a utilizarse en elcálculo del Capital Requerido Unitario bajo la modalidad deRetiro Programado 226580

UNIVERSIDADES

Res. Nº 04763-R-02.- Modifican resolución que autorizó con-tratar servicio de suscripción de base de datos en línea de revis-tas internacionales del producto PROQUEST para la Univer-sidad Nacional Mayor de San Marcos 226581Res. Nº 117-2002-UNSCH-CU.- Autorizan viaje al rector dela Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga aEE.UU. para participar en evento sobre nuevas tendencias enla educación 226581

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Pág. 226549NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

PODER EJECUTIVO

P C M

Aceptan renuncia de funcionario al car-go de Jefe de Gabinete de Asesores y ala encargatura del Despacho de laSecretaría General de la Presidencia delConsejo de Ministros

RESOLUCIÓN SUPREMANº 284-2002-PCM

Lima, 12 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 084-2002-PCM de fecha 7 de marzo del 2002, se designa al señorJosé Daniel Amado Vargas, en el cargo de Jefe del Gabi-nete de Asesores de la Presidencia del Consejo de Mi-nistros;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 174-2001-PCM de fecha 24 de abril de 2002, se encarga al citadofuncionario el Despacho de la Secretaría General de laPresidencia del Consejo de Ministros, con retención desu cargo;

Que, el mencionado funcionario ha formulado renun-cia a los cargos que venía desempeñando;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le-gislativo Nº 560, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, modi-ficada por la Ley Nº 27779 y con la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia del señor JoséDaniel Amado Vargas al cargo de Jefe de Gabinete deAsesores de la Presidencia del Consejo de Ministros y ala encargatura del Despacho de la Secretaría General dela Presidencia del Consejo de Ministros, dándosele lasgracias por los importantes servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

ROBERTO DAÑINO ZAPATAPresidente del Consejo de Ministros

12622

Aceptan renuncia de Asesor de la Presi-dencia del Consejo de Ministros

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 256-2002-PCM

Lima, 11 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 158-2002-PCM se designó al señor Juan Antonio Castro Molina,como Asesor de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, el señor Juan Antonio Castro Molina ha formu-lado renuncia irrevocable al cargo de Asesor de la Presi-dencia del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo establecido en el DecretoLegislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por elseñor Juan Antonio Castro Molina al cargo de Asesor dela Presidencia del Consejo de Ministros, dándole las gra-cias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO DAÑINO ZAPATAPresidente del Consejo de Ministros

12527

Aceptan renuncia de Jefe del Despachodel Presidente del Consejo de Ministros

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 260-2002-PCM

Lima, 12 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 159-2002-PCM se designó al señor José Augusto Palma García-Zapatero, como Jefe del Despacho del Presidente delConsejo de Ministros;

Que, el señor José Augusto Palma García-Zapateroha formulado renuncia irrevocable al cargo de Jefe delDespacho del Presidente del Consejo de Ministros;

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO

Ordenanza Nº 088/MDS.- Aprueban Amnistías Tributaria yAdministrativa relativas al impuesto predial, tasa de arbitriosmunicipales, tasa de licencia de funcionamiento y alcabala

226597

CPM SANTA MARÍA DE HUACHIPA

Ordenanza Nº 013-MCPMSMH.- Otorgan beneficio espe-cial extraordinario de regularización de obligaciones tributa-rias y no tributarias en el centro poblado menor 226597

CONVENIOS INTERNACIONALES

Conv. Cooperación Técnica.- Entrada en vigencia del Con-venio de Cooperación Técnica y Científica suscrito con elGobierno de la República de Filipinas 226598Conv. Cooperación Turística.- Entrada en vigencia del Con-venio de Cooperación Turística suscrito con el Gobierno de laRepública Popular China 226598

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Res. Nº 03-05-00000001.- Modifican el Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones del SAT para el ejercicio fiscal 2002 226592

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS

R.A. Nº 425-2002.- Declaran nulidad de licitación para laadquisición de insumos del Programa Vaso de Leche de laMunicipalidad 226593

MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC

Ordenanza Nº 059-MDR.- Otorgan amnistía para laregularización de obras ejecutadas sin licencia 226594

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

Fe de Erratas Ord. Nº 005-2002 226596

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Pág. 226550 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

De conformidad con lo establecido en el DecretoLegislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por elseñor José Augusto Palma García-Zapatero al cargo deJefe del Despacho del Presidente del Consejo de Minis-tros, dándole las gracias por los importantes serviciosprestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO DAÑINO ZAPATAPresidente del Consejo de Ministros

12528

Aceptan renuncia de Jefe del Despachode la Secretaría del Consejo de Minis-tros

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 261-2002-PCM

Lima, 12 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 196-2002-PCM se designó a la señora Giannina Assereto Bossio,como Jefe del Despacho de la Secretaria del Consejo deMinistros;

Que, la señora Giannina Assereto Bossio ha formula-do renuncia al cargo de Jefe del Despacho de la Secreta-ría del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo establecido en el DecretoLegislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por laseñora Giannina Assereto Bossio al cargo de Jefe delDespacho de la Secretaría del Consejo de Ministros, dán-dole las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO DAÑINO ZAPATAPresidente del Consejo de Ministros

12529

Aceptan renuncia de Delegado Princi-pal del Presidente del Consejo de Mi-nistros para la Coordinación con el Con-greso de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 263-2002-PCM

Lima, 12 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-PCM, de fecha 14 de enero de 2002, se designó al señorJosé Bernal Helguero, como Delegado Principal del Pre-sidente del Consejo de Ministros para la Coordinacióncon el Congreso de la República;

Que, el citado funcionario ha formulado su renunciaal cargo;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le-gislativo Nº 560 y la Ley Nº 27594; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el se-ñor JOSÉ BERNAL HELGUERO, al cargo de DelegadoPrincipal del Presidente del Consejo de Ministros para laCoordinación con el Congreso de la República, agrade-ciéndole por los importantes servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO DAÑINO ZAPATAPresidente del Consejo de Ministros

12774

Aceptan renuncias de Secretarias deCoordinación Interinstitucional y deGestión Pública de la PCM

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 265-2002-PCM

Lima, 12 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 196-2002-PCM, se designó a la doctora Mayen Ugarte VásquezSolís, como Secretaria de Coordinación Interinstitucio-nal y a la doctora Verónica Zavala Lombardi, como Se-cretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Conse-jo de Ministros;

Que las citadas funcionarias han presentado renun-cia a los cargos antes referidos;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis-lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 yel Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por ladoctora MAYEN UGARTE VÁSQUEZ SOLÍS, al cargo deSecretaria de Coordinación Interinstitucional de la Presi-dencia del Consejo de Ministros, dándosele las graciaspor los importantes servicios prestados.

Artículo 2º.- Aceptar la renuncia formulada por ladoctora VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI, al cargo deSecretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Con-sejo de Ministros, dándosele las gracias por los impor-tantes servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO DAÑINO ZAPATAPresidente del Consejo de Ministros

12732

AGRICULTURA

Modifican Resolución Suprema me-diante la cual se constituyó la Comi-sión Nacional de Productos Orgánicos -CONAPO

RESOLUCIÓN SUPREMANº 014-2002-AG

Lima, 10 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, el Gobierno es consciente de las ventajas com-parativas con que cuenta el Perú al tener una amplia gamade microclimas y pisos ecológicos que favorecen el desa-rrollo de la agricultura orgánica; fortalecida por nuestracultura histórica orientada al uso de técnicas y modelosagrícolas que respetan el medio ambiente en su conjunto;

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Pág. 226551NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

Que, mediante Resolución Suprema Nº 435-2001-PCM, se constituyó la Comisión Nacional de ProductosOrgánicos - CONAPO, quien dando cumplimiento a lodispuesto en el mismo dispositivo, presentó las Propues-tas de Plan de Trabajo y Normas Generales sobre caracte-rización, producción, transformación, certificación y co-mercialización de Productos Orgánicos;

Que, es necesario la opinión de la ciudadanía y, enparticular, de los agentes productivos de la cadena deproductos orgánicos por lo que se ha visto por convenien-te, la prepublicación de las normas propuestas por laComisión Nacional de Productos Orgánicos - CONAPO,con la finalidad de ampliar el debate sobre las normasque regirán el desarrollo de la Agricultura Orgánica comouna actividad sustentable y sostenible;

Que, la oportunidad de desarrollar Producción Orgá-nica, sin duda alguna, representa una buena alternativade futuro, por la mega tendencia de los mercados de des-tino;

Que, es necesario dotar a la mencionada ComisiónNacional de Productos Orgánicos - CONAPO la calidadde ente asesor y consultivo en materia de ProducciónOrgánica, destacando la característica de pluralidad desus miembros;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Amplíese el Artículo 1º de la ResoluciónSuprema Nº 435-2001-PCM, otorgándosele a la Comi-sión Nacional de Productos Orgánicos la calidad de enteasesor y consultivo en materia de Producción Orgánica.

Artículo 2º.- Inclúyase como parte del Artículo 3º de laResolución Suprema Nº 435-2001-PCM, el siguiente texto:

"Encárguese a la Comisión Nacional de Productos Or-gánicos la recopilación, análisis e incorporación de laspropuestas pertinentes que tuvieran a bien formular laciudadanía sobre la Prepublicación de la Propuesta deNormas Generales sobre caracterización, producción,transformación, certificación y comercialización de Pro-ductos Orgánicos".

Artículo 3º.- En el plazo improrrogable de cuarenta ycinco días calendario luego de realizada la Prepublicación,la Comisión deberá presentar la versión final de las "Nor-mas Generales sobre caracterización, producción, trans-formación, certificación y comercialización de ProductosOrgánicos" al Despacho del Ministro de Agricultura, nor-mas que serán aprobadas por Resolución Ministerial.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Presidente del Consejo de Ministros yel Ministro de Agricultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

ROBERTO DAÑINO ZAPATAPresidente del Consejo de Ministros

ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓNMinistro de Agricultura

12773

Aprueban la "Guía de Bienes y/o Servi-cios de la Dirección Regional AgrariaLima - Callao"

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0678-2002-AG

Lima, 15 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección Regional Agraria Lima - Callao, vie-ne desarrollando actividades de comercialización de bie-nes y servicios, efectuando cobros por la prestación delos servicios brindados a favor de los ciudadanos;

Que, las precitadas actividades y cobros efectuadospor la entidad, con ocasión a la prestación de bienes yservicios deben cumplir con los requisitos de legalidad,publicidad, transparencia y rendición de cuentas;

Que, con el fin de permitir el acceso de los ciudadanosa la información de los bienes y servicios a comercializarpor la Dirección Regional Agraria Lima - Callao, es conve-niente facilitar la información sobre el servicio a prestar,monto del precio y forma de pago de los bienes y serviciosa prestar por la mencionada Dirección Regional;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27444,Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y por el Decreto Su-premo Nº 088-2001-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar la "Guía de Bienes y/o Ser-vicios de la Dirección Regional Agraria Lima - Callao”,que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓNMinistro de Agricultura

GUIA DE BIENES Y/O SERVICIOS DE LA DIRECCION REGIONAL AGRARIA LIMA CALLAO

N° DENOMINACIÓN COSTO FORMA DEPENDENCIA DURACIÓN DEPENDENCIADE DEL REQUISITOS DEL DE DONDE SE DEL DONDEOR- SERVICIO SERVICIO PAGO INICIA EL TRÁMITE CULMINADEN % UIT TRÁMITE EL TRÁMITE001 ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACIÓN 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional 8.07 Contado Unidad Trámite 4 días Oficina

2) Recibo de Pago, cancelado Documentario Administración

002 OTORGAMIENTO DE CERTIFICACIONES O 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional 0.50 Contado Unidad 2 días Agencia AgrariaCONSTANCIAS 2) Recibo de Pago, cancelado Trámite

Documentario

003 OTORGAMIENTO DE INFORMACIÓN AGRARIA 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional Unidad 2 días Dir. InformaciónTÉCNICA ESPECIALIZADA ( FOLLETOS ) 2) Recibo de Pago, cancelado Trámite Agraria - PERSONA NATURAL 0.26 Contado Documentario Agencia Agraria - PERSONA JURÍDICA 0.50 Contado

004 COPIAS HELIOGRÁFICAS DE PLANOS TOPO- 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional Unidad 2 días OficinaGRÁFICOS Y/O CATASTRALES A ESCALA: 2) Recibo de Pago, cancelado Trámite Administración1:5,000; 1:10,000; 1:25,000 0.50 Contado Documentario

005 VENTA DE PLANTONES 1) Recibo de Pago, cancelado Unidad 1 día Agencia Agraria - FORESTALES, POR UNIDAD 0.049 Contado Trámite Oficina Agraria - ORNAMENTALES, POR UNIDAD 0.065 Contado Documentario - FRUTALES, POR UNIDAD . Patrón 0.10 Contado . Injertado 0.19 Contado

006 DECLARACIÓN JURADA DE MOVIMIENTO 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional Unidad 1 día Dir. InformaciónMENSUAL DE ALMACEN 2) Recibo de Pago, cancelado Trámite Agraria - FORMATO 0.00 Gratuito Documentario - TRÁMITE 0.20 Contado

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Pág. 226552 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

Disponen que el PETT asumacompetencia en procedimiento de des-linde y titulación de comunidades cam-pesinas en los departamentos de An-cash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho yotros

RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVANº 085-2002-AG-PETT

Lima, 26 de junio de 2002

CONSIDERANDO:Que, por la octava Disposición Complementaria del

Decreto Ley Nº 25902 "Ley Orgánica del Ministerio deAgricultura", se crea el Proyecto Especial Titulación deTierras y Catastro Rural - PETT, con personería jurídicade derecho público y autonomía administrativa;

Que, el inciso c) del Artículo 7º del Reglamento deOrganización y Funciones del Proyecto Especial Titula-ción de Tierras y Catastro Rural, aprobado por DecretoSupremo Nº 064-2000-AG, precisa que es competenciadel PETT, entre otras, ejecutar y controlar las accionesde titulación y saneamiento físico legal de los prediosrurales, tierras eriazas y de Comunidades Campesinas yNativas de su competencia;

Que, además el Decreto Supremo Nº 02-94-AG, mo-dificado por el Decreto Supremo Nº 043-99-AG estableceque el PETT asumirá en forma progresiva, la competen-cia del procedimiento de Deslinde y Titulación de lasComunidades Campesinas reguladas por la Ley Nº 24657,la misma que será dispuesta por Resolución DirectoralEjecutiva;

Que, el Gobierno Peruano ha suscrito el Contrato dePréstamo Nº 1340/OC-PE con el Banco Interamericanode Desarrollo a fin de ejecutar el Programa de Titulacióny Registro de Tierras, siendo parte de uno de sus compo-nentes la titulación de Comunidades Campesinas y Nati-

N° DENOMINACIÓN COSTO FORMA DEPENDENCIA DURACIÓN DEPENDENCIADE DEL REQUISITOS DEL DE DONDE SE DEL DONDEOR- SERVICIO SERVICIO PAGO INICIA EL TRÁMITE CULMINADEN % UIT TRÁMITE EL TRÁMITE007 INSCRIPCIÓN Y/O REINSCRIPCIÓN DE : 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional Unidad 5 días Dir. Información

2) Copia de Licencia municipal de funcionamiento Trámite Agraria a) ALMACENES Y DEPÓSITOS 3) R.U.C. Documentario - Hasta 100 M2 4) Llenar formato N° 27 5.00 Contado - De 101 a 300 M2 5) Croquis de distribución 7.00 Contado - De 301 a Más M2 6) Recibo de Pago, cancelado 9.00 Contado

b) CÁMARA DE CONSERVACIÓN O 6.00 Contado FRIGORIF.

c) SILOS 4.00 Contado

d) CENTROS DE DISTRIBUCIÓN DE AVES 6.00 Contado

008 REGISTRO DE PROVEEDORES DE 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional Unidad 2 días Dir. InformaciónALIMENTOS A EMBARCACIONES 2) Copia de la Licencia municipal de 5.00 Contado Trámite Agraria

funcionamiento Documentario3) Copia del Acta de constitución4) R.U.C.5) Recibo de Pago, cancelado

009 AUTORIZACIÓN DE EMBARQUE DE 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional 2.00 Contado Unidad Trámite 2 días Dir. InformaciónVÍVERES 2) Recibo de Pago, cancelado Documentario Agraria

010 INSCRIPCIÓN Y RENOVACIÓN DE 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional Contado Unidad 4 días Agencia AgrariaDESMOTADORA 2) Copia del Registro Agroindustrial 5.00 Trámite(DECLARACIÓN JURADA) 3) Croquis de ubicación y distribución Documentario

4) Recibo de Pago, cancelado

011 OTORGAMIENTO DE CONSTANCIA DE 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional 1.50 Contado Unidad 10 días Agencia AgrariaPOSESIÓN 2) Constancia de empadronamiento emitido por Trámite

el PETT o plano perimétrico y memoria Documentario descriptiva visados por el PETT (no corres- ponde planos visados con fines judiciales Art. 504 y 505 del CPC)3) Recibo de Pago, cancelado

012 REGISTRO HIDROLÓGICO, POR AÑO 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional Unidad Trámite 5 días A.T.Distrito de - PERSONA NATURAL 2) Recibo de Pago, cancelado 1.00 Contado Documentario Riego - PERSONA JURÍDICA (Consultorías) 2.00 Contado

013 PUBLICACIONES Y/O EXHIBICIONES DE 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional 0.50 Contado Unidad Trámite 2 días A.T.Distrito deCARTEL POR DENUNCIO DE AGUA 2) Recibo de Pago, cancelado Documentario Riego

014 OTORGAMIENTO DE INFORMACIÓN TÉCNICA 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional 5.00 Contado Unidad Trámite 4 días A.T.Distrito deA EMPRESAS QUE EJECUTAN PROYECTOS 2) Recibo de Pago, cancelado Documentario Riego

015 INSPECCIÓN PARA EXTRACCIÓN DE 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional Unidad 4 días A.T.Distrito deMATERIALES DE ACARREO (por m3) 2) Recibo de Pago, cancelado Trámite Riego - De 01 m3 a 100 m3 0.72 Contado Documentario - De 101 m3 a 1000 m3 1.94 Contado - De 1001 m3 a más 3.10 Contado

016 INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN DE USO DEAGUAS SERVIDAS PARA RIEGO 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional Unidad 3 días A.T.Distrito de - Hasta 1 há 2) Autorización sanitaria 0.33 Contado Trámite Riego - de 1 - 5 hás 3) Copia del título de propiedad del terreno 1.35 Contado Documentario - de 5 - 10 hás 4) Croquis de ubicación del terreno 2.00 Contado - Más de 10 hás 5) Recibo de Pago, cancelado 3.00 Contado

017 OTORGAMIENTO DE AGUA CON FINESPECUARIOS - FORESTALES 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional Unidad 3 días A.T.Distrito de - Hasta 1 há 2) Plano de ubicación 0.33 Contado Trámite Riego - de 1 - 5 hás 3) Copia del título de propiedad del terreno 1.35 Contado Documentario - de 5 - 10 hás 4) Recibo de Pago, cancelado 2.00 Contado - Más de 10 hás 3.00 Contado

018 RECONOCIMIENTO DE ORGANIZACIONES 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional 3.00 Contado Unidad 5 días A.T.Distrito deDE USUARIOS DE AGUA 2) Acta de Constitución Trámite Riego

3) Recibo de Pago, cancelado Documentario

019 ALQUILER DE MAQUINARIA AGRÍCOLA 1) Solicitud simple dirigida al Director Regional Unidad 1 día A.T. Distrito de Riego(TRACTORES) 2) Recibo de Pago, cancelado Trámite Agencia AgrariaCOSTO HORA/MÁQUINA ( DE ACUERDO Documentario Oficina AgrariaA POTENCIA)- 50 HP 0.97 Contado - 100 - 110 HP 1.78 Contado - 111 - 130 HP 2.18 Contado

12680

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Pág. 226553NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

vas, por lo que, a fin de cumplir con las metas programa-das, resulta necesario asumir competencia en las accio-nes de Deslinde y Titulación de las ComunidadesCampesinas, en los departamentos de Ancash, Apurí-mac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, La Libertad, Huanca-velica, Huánuco y Puno;

De conformidad con lo dispuesto por el Reglamentode Organización y Funciones del Proyecto Especial Titula-ción de Tierras y Catastro Rural - PETT, aprobado porDecreto Supremo Nº 064-2000-AG; y Artículo 1º del De-creto Supremo Nº 02-94-AG, modificado por DecretoSupremo Nº 043-99-AG, con las visaciones de los Directo-res de la Dirección de Titulación y Saneamiento Legal,Dirección de Catastro Rural, Oficina de Planificación,Oficina de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Asumir competencia en el procedimientode Deslinde y Titulación de las Comunidades Campesi-nas en los departamentos de Ancash, Apurímac, Arequi-pa, Ayacucho, Cusco, La Libertad, Huancavelica, Huánucoy Puno.

Artículo 2º.- Notificar la presente resolución a las Di-recciones Regionales Agrarias de Ancash, Apurímac,Arequipa, Ayacucho, Cusco, La Libertad, Huancavelica,Huánuco, y Puno.

Regístrese y comuníquese.

EDUARDO F. MORÁN BACIGALUPODirector EjecutivoProyecto Especial Titulación deTierras y Catastro Rural

12698

Incluyen procesos de selección en elPlan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones de Bienes y Servicios delINRENA para el ejercicio 2002

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 257-2002-INRENA

Lima, 11 de julio de 2002

Vistos; el Informe Nº 040-2002-INRENA-OA, a travésdel cual se propone la modificación del Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones de la Entidad para el año2002; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM -TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-

ciones del Estado, en su Artículo 7º dispone que cadaentidad deberá elaborar el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones para prever el tipo de bienes y serviciosque se requerirán durante el ejercicio presupuestal 2002;

Que, de la misma manera, el Artículo 7º del DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone queel Plan Anual deberá ser aprobado por el Titular del Plie-go, dentro de los 30 días naturales siguientes de aproba-do el presupuesto institucional, en concordancia con elmonto asignado conforme a las leyes presupuestales dela República para el ejercicio anual a ejecutarse;

Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRE-NA, considera todas las adquisiciones y contratacionesque se realizarán incluyendo aquéllas que tengan finan-ciamiento externo;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 041-2002-IN-RENA, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones del INRENA para el ejercicio presupuestal2002;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 128-2002-IN-RENA, se aprobaron las inclusiones y exclusiones de pro-cesos de selección en el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones del INRENA;

Que, mediante el documento de vistos, la Direcciónde General de la Oficina de Administración ha propuestouna segunda modificación del Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones para el año 2002, sustentando di-cha solicitud en los requerimientos realizados por las Di-rección General de Aguas y Suelos y la Dirección Gene-ral de Areas Naturales Protegidas;

En uso de las facultades conferidas en el Artículo 8ºdel Reglamento de Organización y Funciones del Institu-to Nacional de Recursos Naturales - INRENA, aprobadopor Decreto Supremo Nº 046-2001-AG;

SE RESUELVE

Artículo 1º.- Aprobar la Inclusión de Procesos de Se-lección en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes de Bienes y Servicios del Instituto Nacional de Re-cursos Naturales - INRENA, para el ejercicio presupues-tal 2002, aprobado por Resolución Jefatural Nº 041-2002-INRENA y modificado por Resolución Jefatural Nº 128-2002-INRENA.

Artículo 2º.- Notificar al Consejo Superior de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y ala Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empre-sa (PROMPYME), la modificación del Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones de Bienes y Servicios delINRENA, dentro de los 10 días hábiles siguientes a suaprobación

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MATÍAS PRIETO CELIJefe del INRENA

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES 2002INCLUSIONES

MODALIDAD DESCRIPCIÓN FECHA DE PROC. NIVELES DE LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO MONEDA MONTO MONTOCONTRATACIÓN DE SELECCIÓN FACULTAD DE ADQ. REFER. REFER.

Y CONTR. SOLES DOLARES

LICITACIÓN PÚBLICA ADQUISICIONES DE CAMIONETAS 4 X 4 3º Y 4º TRIMESTRE CENTRALIZADO RECUR. DIRECT. RECAUDADOS SOLES 882,000.00

LICITACIÓN PÚBLICA ADQUISICIONES DE MOTOCICLETAS 3º Y 4º TRIMESTRE CENTRALIZADO RECUR. DIRECT. RECAUDADOS SOLES 696,000.00

ADJ. DIRECTA PÚBLICA. ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE COMPUTO 3º TRIMESTRE CENTRALIZADO RECUR. DIRECT. RECAUDADOS SOLES 270,000.00

E IMPRESORAS Y DONACIONES

ADJ. DIRECTA PÚBLICA ADQUISICIÓN DE FOTOCOPIADORAS 3º Y 4º TRIMESTRE CENTRALIZADO RECUR. DIRECT. RECAUDADOS SOLES 115,000.00

ADJ. DIRECTA SELEC. ADQUISICIÓN DE CORRENTOMETROS 3º TRIMESTRE CENTRALIZADO RECUR. DIRECT. RECAUDADOS SOLES 195,000.00

ADJ. DIRECTA PÚBLICA CONTRATACIÓN DE EMPRESA QUE 3º TRIMESTRE CENTRALIZADO DONACIONES Y RECUR. DOLARES 140000.00

REALIZARÁ LA OBRA DE AMPLIACIÓN DIRECTA. RECAUDADOS

DE LA ENTIDAD

CONCURSO PÚBLICO CONTRATACIÓN DE EMPRESA PARA 3º Y 4º TRIMESTRE CENTRALIZADO RECUR. ORDINAR. Y DIRECT. SOLES 190,000.00

SERVICIO DE TOMA DE INVENTARIO RECAUDADOS

ADJ. DIRECTA SELEC. ADQUISICIÓN DE GPS 3º Y 4º TRIMESTRE CENTRALIZADO DONACIONES Y RECUR. DOLARES 14,500.00

DIRECTA. RECAUDADOS

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Pág. 226554 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

ECONOMÍA Y FINANZAS

Aprueban Estatutos de los Colegios deContadores Públicos de Ucayali yTumbes

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 283-2002-EF/10

Lima, 12 de julio del 2002

Visto el Oficio Nº 036-02-CCPU-D del 22 de abril de2002 del Decano del Colegio de Contadores Públicos deUcayali.

CONSIDERANDO:

Que, por el Artículo 5º de la Ley Nº 13253, Ley de Pro-fesionalización, se dispuso que es obligatoria la colegia-ción de los Contadores Públicos en los lugares donde ejer-zan actividades profesionales 10 o más titulados, quienesvigilarán la observancia de las normas de ética profesio-nal propenderán al mejoramiento de la profesión y a laayuda entre sus asociados, señalando además que cadaColegio formulará sus propios estatutos que deberán seraprobados por el Ministerio de Hacienda y Comercio;

Que, asimismo, por el Artículo 1º del Reglamento dela Ley de Profesionalización aprobado por Decreto Su-premo Nº 028-1960 se dispuso que en cada Departa-mento de la República donde ejerzan actividades profe-sionales 10 o más Contadores Públicos, se organizaráun Colegio de Contadores cuyos Estatutos deberán seraprobados por el Ministerio de Hacienda y Comercio;

Que, al amparo de los referidos dispositivos legalesel Decano del Colegio de Contadores Públicos de Uca-yali mediante el Oficio del visto solicita la aprobación desus Estatutos, remitiendo para el efecto copia legalizadade sus Estatutos, del Acta del Comité Electoral y del Li-bro de Actas de Asamblea de 21 de julio de 2001;

Que, al Ministerio de Economía y Finanzas, de acuer-do a lo dispuesto por el Artículo 25º del Decreto Legisla-tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, le corresponde en-tre otros, planear, dirigir y controlar los asuntos relativosa la política de contabilidad;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 13253y el Reglamento de la Ley de Profesionalización, aproba-do por Decreto Supremo Nº 028-1960;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar los Estatutos del Colegiode Contadores Públicos de Ucayali, el mismo que cuentacon ocho Títulos, 149 artículos, Disposiciones Genera-les, Complementarias y Transitorias, que forman parteintegrante de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese y comuníquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.Ministro de Economía y Finanzas

12641

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 284-2002-EF/10

Lima, 12 de julio del 2002

Visto el escrito de fecha 27 de marzo de 2002 delDecano del Colegio de Contadores Públicos de Tumbes.

CONSIDERANDO:

Que, por el Artículo 5º de la Ley Nº 13253, Ley de Pro-fesionalización, se dispuso que es obligatoria la colegia-ción de los Contadores Públicos en los lugares donde ejer-zan actividades profesionales 10 o más titulados, quienesvigilarán la observancia de las normas de ética profesio-nal, propenderán al mejoramiento de la profesión y a laayuda entre sus asociados, señalando además que cada

Colegio formulará sus propios estatutos que deberán seraprobados por el Ministerio de Hacienda y Comercio;

Que, asimismo, por el Artículo 1º del Reglamento dela Ley de Profesionalización aprobado por Decreto Su-premo Nº 028-1960 se dispuso que en cada Departa-mento de la República donde ejerzan actividades profe-sionales 10 o más Contadores Públicos, se organizaráun Colegio de Contadores cuyos Estatutos deberán seraprobados por el Ministerio de Hacienda y Comercio;

Que, al amparo de los referidos dispositivos legalesel Decano del Colegio de Contadores Públicos de Tum-bes mediante el Oficio del visto solicita la aprobación desus Estatutos, remitiendo para el efecto copia legalizadade sus Estatutos y copia del Acta de Asamblea GeneralExtraordinaria del 20 de mayo de 2001 en la cual se aprue-ba la constitución y aprobaciòn de los Estatutos;

Que, al Ministerio de Economía y Finanzas, de acuer-do a lo dispuesto por el Artículo 25º del Decreto Legisla-tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, le corresponde,entre otros planear, dirigir y controlar los asuntos relati-vos a la política de contabilidad;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 13253y el Reglamento de la Ley de Profesionalización, aproba-do por Decreto Supremo Nº 028-1960;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar los Estatutos del Colegiode Contadores Públicos de Tumbes, el mismo que cuen-ta con nueve Títulos, 111 artículos, dos DisposicionesGenerales, tres Disposiciones Complementarias y cincoDisposiciones Finales, que forman parte integrante de lapresente Resolución Ministerial.

Regístrese y comuníquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.Ministro de Economía y Finanzas

12642

Encargan a comisión creada por el D.U.Nº 032-95 la administración y cobran-za de carteras de crédito transferidasal Ministerio por PETROMAR S.A. yECASA en Liquidación

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 285-2002-EF/10

Lima, 12 de julio del 2002

CONSIDERANDO:

Que, en virtud a los Convenios de Cesión de Dere-chos de fechas 22.1.1999 y 19.8.1999, Petróleos del PerúS.A. en Liquidación - PETROMAR S.A. en Liquidación -yla Empresa Comercializadora de Alimentos S.A. en Liqui-dación - ECASA en Liquidación- representada por el Fon-do de Promoción de la Inversión Privada -FOPRI-, res-pectivamente, cedieron su cartera de créditos a favor delMinisterio de Economía y Finanzas, pactándose en am-bos Convenios que mediante Resolución Ministerial deEconomía y Finanzas se encargaría la administración detales carteras a la Comisión Administradora de Carteras,creada por el Decreto de Urgencia Nº 032-95;

Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 142-95-EF/10 precisó que la Comisión Administradora deCarteras creada por el Decreto de Urgencia Nº 032-95,puede realizar todos los actos y celebrar todos los con-tratos que considere pertinentes para el desarrollo de susoperaciones y el mejor cumplimiento de las acciones quese le ha encomendado, incluyendo la administración delas carteras de créditos de otras entidades del sectorpúblico, pudiendo delegar dichas facultades;

Que, de otro lado, por Decreto de Urgencia Nº 077-2000, se dispuso la transferencia a terceros de las carte-ras de crédito de propiedad de entidades del Sector Pú-blico encargadas a la Comisión Administradora de Car-teras constituida por el Decreto de Urgencia Nº 032-95,proceso que estará a cargo de la Comisión de Promo-

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Pág. 226555NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

ción de la Inversión Privada - COPRI, para lo cual se haconstituido, mediante Resolución Suprema Nº 436-2000-PCM, un Comité Especial;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 050-2001 sedispuso que por Resolución Ministerial de Economía yFinanzas se podrá incluir en los alcances del Artículo 1ºdel Decreto de Urgencia Nº 077-2000, a otras carterasde crédito que hayan sido transferidas al Ministerio deEconomía y Finanzas;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, los Decretos de Ur-gencia Nºs. 077-2000 y 050-2001 y las ResolucionesMinisteriales Nºs. 142-95-EF/10 y 216-99-EF/10;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Encargar a la Comisión Administradorade Carteras creada por el Decreto de Urgencia Nº 032-95, la administración y cobranza de las carteras de crédi-to transferidas al Ministerio de Economía y Finanzas,mencionadas en el primer considerando de esta normalegal, mientras se realiza la transferencia a que se refiereel Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 077-2000, am-pliado por el Decreto de Urgencia Nº 050-2001.

Artículo 2º.- La Comisión Administradora de Carte-ras atenderá con cargo a los recursos que se generenpor la recuperación de los créditos transferidos, todos losgastos que demande el cumplimiento de la administra-ción y la cobranza que se le encarga; debiendo abonar elremanente en la Cuenta Principal del Tesoro Público abier-ta en el Banco de la Nación.

Artículo 3º.- Para el cumplimiento del presente en-cargo, la Comisión Administradora de Carteras y la Pro-curaduría Ad Hoc, en forma directa o a través de susrepresentantes, gozarán de todas las facultades conferi-das en virtud de lo dispuesto por el Decreto de UrgenciaNº 032-95 y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 093-95-EF/10, 142-95-EF/10, 098-96-EF/10 y 216-99-EF/10, asícomo las demás disposiciones legales aplicables; estan-do autorizados a ejercer las facultades del poder generaly el poder especial contempladas en los Artículos 74º y75º del Código Procesal Civil, es decir para realizar to-dos los actos de disposición de derechos sustantivos ypara demandar, reconvenir, contestar demandas y conci-liar, transigir, someter a arbitraje las pretensionescontrovertidas en el proceso, sustituir o delegar la repre-sentación procesal, así como las facultades de novar,compensar, conciliar y transigir extrajudicialmente.

Artículo 4º.- Incluir dentro de los alcances del Artícu-lo 1º del Decreto de Urgencia Nº 077-2000 las carterasde crédito transferidas al Ministerio de Economía y Fi-nanzas, que se mencionan en el primer considerando deesta Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.Ministro de Economía y Finanzas

12650

Designan representante del Ministerioante el Consejo Directivo del FONDE-BOSQUE

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 286-2002-EF/10

Lima, 12 de julio del 2002

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG de9 de abril de 2001 se aprobó el Reglamento de la LeyForestal y de Fauna Silvestre, que crea el Fondo de Pro-moción del Desarrollo Forestal - FONDEBOSQUE;

Que, en el Artículo 345º del citado Reglamento seseñala que el FONDEBOSQUE es administrado por unConsejo Directivo integrado entre otros, por un represen-tante del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismoque debe ser nombrado por Resolución Ministerial delSector al que representan;

Que, es necesario designar al representante del Mi-nisterio de Economía y Finanzas ante el Consejo Directi-vo del FONDEBOSQUE;

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º dela Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor Cirilo Hugo Oro-peza Rosales como representante del Ministerio de Eco-nomía y Finanzas ante el Consejo Directivo del Fondo dePromoción del Desarrollo Forestal - FONDEBOSQUE, aque se refiere el Artículo 345º del Reglamento de la LeyForestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Su-premo Nº 014-2001-AG.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.Ministro de Economía y Finanzas

12651

Designan representante de la DirecciónGeneral de Programación Multianualdel Sector Público del Ministerio antela Comisión de Alto Nivel del ProyectoEspecial Chinecas

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 287-2002-EF/10

Lima, 12 de julio del 2002

CONSIDERANDO:

Que, por el Artículo 4º de la Resolución MinisterialNº 158-2002-PRES se constituye la Comisión de Alto Niveldel Proyecto Especial Chinecas encargada de analizar lasituación actual de las obras de inversión ejecutadas pordicho Proyecto Especial y recomendar las medidas queresulten necesarias para asegurar el logro de los objeti-vos del Proyecto y en su caso las opciones que se pre-sentan para determinar su viabilidad, que estará integra-da, entre otros, por un representante de la Oficina deInversiones, actualmente, Dirección General de Progra-mación Multianual del Sector Público del Ministerio deEconomía y Finanzas;

Que, en consecuencia, resulta necesario designar alrepresentante de la mencionada Dirección General, antela referida Comisión de Alto Nivel;

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º dela Ley Nº 27594 y el Artículo 4º de la Resolución Ministe-rial Nº 158-2002-PRES;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor Milton Von HesseLa Serna, como representante de la Dirección Generalde Programación Multianual del Sector Público del Minis-terio de Economía y Finanzas ante la Comisión de AltoNivel del Proyecto Especial Chinecas, creada por Reso-lución Ministerial Nº 158-2002-PRES.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.Ministro de Economía y Finanzas

12646

Designan representante del Ministerioante el Directorio de la Corporación deReconstrucción y Desarrollo deldepartamento de Ica

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 288-2002-EF/10

Lima, 12 de julio del 2002

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Pág. 226556 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27727 se creó la Corporaciónde Reconstrucción y Desarrollo del departamento de Ica,que tendrá como objetivo apoyar y propiciar, organizar,coordinar y llevar a cabo las actividades de reconstruc-ción y desarrollo en todo el departamento y en especialde las zonas siniestradas con motivo de los desastresnaturales que azotara el departamento de Ica, en losaños 1996 y 1998;

Que, en el Artículo 4º de la mencionada Ley se se-ñala que la Corporación de Reconstrucción y Desarro-llo, tendrá un Directorio que estará integrado, entreotros, por un representante del Ministerio de Econo-mía y Finanzas;

Que, en consecuencia resulta necesario designar alrepresentante del Ministerio de Economía y Finanzas anteel mencionado Directorio;

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3º dela Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al Ing. José Luis Diaz Oli-den, como representante del Ministerio de Economía yFinanzas, ante el Directorio de la Corporación de Recons-trucción y Desarrollo del departamento de Ica, que serefiere la citada Ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.Ministro de Economía y Finanzas

12647

P R E S

Designan a Gerente Regional de Admi-nistración del CTAR Huánuco

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 251-2002-PRES

Lima, 11 de julio de 2002

Visto, el Oficio Nº 761-2002-CTAR HUÁNUCO/PE, delConsejo Transitorio de Administración Regional - CTARHUÁNUCO; y,

CONSIDERANDO:

Que, actualmente se encuentra vacante el cargode Gerente Regional de Administración del ConsejoTransi tor io de Administración Regional - CTARHUÁNUCO;

Que, es necesario designar a la persona que ocuparádicho cargo;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto LeyNº 25738, Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES y Resolu-ción Ministerial Nº 038-2002-PRES; y,

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a partir de la fecha al CPCJesús Dionel Castillo Paredes, en el cargo de GerenteRegional de Administración del Consejo Transitorio deAdministración Regional - CTAR HUÁNUCO.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BRUCEMinistro de la Presidencia

12763

Designan a Gerente Regional de Con-trol Interno del CTAR Loreto

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 252-2002-PRES

Lima, 11 de julio de 2002

Visto, el Oficio Nº 422-2002-CTAR-LORETO/01, delPresidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Admi-nistración Regional - CTAR LORETO;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 210-2002-PRES, se designó al CPC José Alberto Mercado Mere,en el cargo de Gerente Regional de Control Interno delConsejo Transitorio de Administración Regional - CTARLORETO, al haber resultado ganador del Concurso deMéritos convocado para cubrir esta plaza;

Que, el mencionado profesional ha comunicado sudecisión de no asumir el cargo por razones personales yfamiliares y solicita se deje sin efecto la Resolución an-tes mencionada;

Que, en consecuencia es procedente dejar sin efectola Resolución Ministerial de designación del referido pro-fesional y designar al profesional que ha ocupado el se-gundo lugar en dicho Concurso;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº25738, Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES y ResoluciónMinisterial Nº 038-2002-PRES;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe-rial Nº 210-2002-PRES, mediante la cual se designó alCPC. José Alberto Mercado Mere, en el cargo de Geren-te Regional de Control Interno del Consejo Transitorio deAdministración Regional - CTAR LORETO.

Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha al CPC JuanPompeyo Ramírez Moreno, en el cargo de Gerente Re-gional de Control Interno del Consejo Transitorio de Ad-ministración Regional - CTAR LORETO.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BRUCEMinistro de la Presidencia

12764

Designan miembros de directorios dediversas Sociedades de BeneficenciaPública en representación del Minis-terio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 253-2002-PRES

Lima, 11 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Artículo 1º del Decreto SupremoNº 002-97-PROMUDEH, se dispuso la conformación delos Directorios de las Sociedades de Beneficencia Públi-ca y Juntas de Participación Social, los mismos que de-ben estar integrados, entre otros, por un representantedel Ministerio de la Presidencia;

Que, resulta necesario dar por concluida la designa-ción de representantes del Ministerio de la Presidenciaante los Directorios de la Sociedad de Beneficencia Pú-blica, y en consecuencia designar a los que ocuparándichos cargos;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis-lativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25556, modificado por elDecreto Ley Nº 25738 y el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH;

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Pág. 226557NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, ladesignación como integrantes de los Directorios de lasSociedades de Beneficencia Pública que se detallan acontinuación, en representación del Ministerio de la Pre-sidencia, a las siguientes personas, dándoseles las gra-cias por los servicios prestados:

- Carhuaz Delia Magloria Ramos Mejía- Chiquián Jakelin Bertha Antaurco Palacios- Huaraz Walter Juan Vásquez Cruz- Chachapoyas Erasmo Huamán Muñoz- Bambamarca Víctor Contreras Quincho- Cajabamba Julio Ponce de León Gavelán- Cajamarca Pelayo Roncal Vargas- Celendín Yonel Malaver Chávez- Chota Jaime Bustamante Chávez- Contumazá Manuel Honorato Murguerza Paredes- Callao Melva Justina Gonzáles Rodríguez- Jaén Gustavo Sagardía Urtecho- Huancavelica Carlos Herminio Herrencia Gallegos- Ica Victoria Ela Méndez Granda- Nasca Mercedes Flores Herrera- Palpa Ronald Pérez Fuentes- Pisco Martha Isabel Franco Pinto- Huancayo Augusto Fuentes Bendezú- Jauja Guillermo Millones Mandujano- Tarma María Buraschi Arias-Schreiber- Motupe Manuel Isaías Saavedra Sánchez- Guadalupe María Cecilia Ortíz Carpio- San Pedro de Lloc Enrique Morachimo Rodríguez- Santiago de Chuco Rosa Mejía Chávez- Trujillo Teodoro JesúsTaboada Vives- Puerto Maldonado Aida Isela Arredondo Roca- Paita Walter David Wong Ayón- Sullana María Sosa Madrid- Tacna Pedro Riveros Valderrama- Tumbes Wilder García Ortíz

Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, como miem-bros de los Directorios de las Sociedades de Beneficen-cia Pública que se detallan a continuación, en represen-tación del Ministerio de la Presidencia, a las siguientespersonas:

- Carhuaz Dionicio Alejandro Huanca Araníbar- Chiquian Juan Ernesto Rivera Alzamora- Huaraz Dora Antonia Alvarado Guimaray- Chachapoyas Juan Valencia Rivas- Bambamarca Jorge Alberto Luzquiños Rodríguez- Cajabamba Víctor Fabián Torres- Cajamarca Óscar Montenegro Barrantes- Celendín Javier Horacio Merino Briones- Chota Onorato Campos Estela- Contumazá Iris María Nelly Sánchez León- Callao José Federico Chirinos Peña- Jaén María Dilva Suárez Santa Cruz- Huancavelica Julián Benigno Sánchez Charapaqui- Ica Américo Joaquín Uchuya Huamán- Nasca Carlos Alberto Taboada Ccoillo- Palpa Vicenta Teodosia Guerra Chipana- Pisco Gilmar Daniel Oré Ríos- Huancayo Frida Gladys Verde Heidinger- Jauja Rolando Nilo López Aguirre- Tarma Edwin Salgado Samaniego- Motupe Juan Antonio Navarro Montalván- Guadalupe Jorge Alberto Lazo Isla- San Pedro de Lloc Luis Alberto León Cruz- Santiago de Chuco Filomeno Bilmer Gamarra Reyes- Trujillo Doris Yolanda Souza Montenegro- Puerto Maldonado Merly Emperatriz Ydrogo Delgado- Paita Néstor Farías Nizama

- Sullana Marleny Elizabeth Curay Roque- Tacna Gloria Elena Carrasco Vásquez- Tumbes Patricia del Pilar Mogollón Turpo

Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución alMinisterio de Promoción de la Mujer y del DesarrolloHumano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BRUCEMinistro de la Presidencia

12765

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 254-2002-PRES

Lima, 11 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº002-97-PROMUDEH, se dispuso la conformación de losDirectorios de las Sociedades de Beneficencia Pública yJuntas de Participación Social, los mismos que debenestar integrados, entre otros, por un representante delMinisterio de la Presidencia;

Que, resulta necesario designar a los representantesdel Ministerio de la Presidencia ante los Directorios de laSociedad de Beneficencia Pública que se encuentranvacantes actualmente;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis-lativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25556, modificado por elDecreto Ley Nº 25738 y el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, como miem-bros de los Directorios de las Sociedades de Beneficen-cia Pública, que se detallan a continuación, en represen-tación del Ministerio de la Presidencia, a las siguientespersonas:

- Abancay Paulino Escalante Muñoz- Andahuaylas Héctor Osccorima Pozo- Aplao Jaime Mujica Calderón- Arequipa Edgar Francisco Becerra Torres- Camaná Reyna Villalobos Caraza- Caravelí Angelita Montoya López- Chivay Nery Hernández Cáceres- Chuquibamba Moisés Apaza Loayza- Ayacucho Pedro Filoter Martínez Gamboa- Huanta Angel Augusto García Villar- R. de Mendoza Alejandro Magno Vargas Tuesta- Cutervo Alejandro Pérez Cardozo- Cusco Luis Alberto Aparicio Latorre- Dos de Mayo - Lorgio Guido Ronquillo Llanos La Unión- Huamalíes - Llata Sebastián Gómez Pujay- Huánuco Bertha Tello Obregón de Cachay- Chincha Alfonso Fernando Avendaño Huarcaya- Chiclayo Juan Luis Zumaeta Pérez- Chongoyape Hidalgo Torres Tello- Lambayeque José Mercedes Santa María Callacnac- Monsefú Natalio Miguel Garnique Flores- Otuzco Guelly Josefa Álvarez de Solar- JPS de Moche María Rosa Anaya Torres- Omate Jose Fredy León Casani- Huancabamba Juan Alejandro Neira Ortíz

Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución alMinisterio de Promoción de la Mujer y del DesarrolloHumano.

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Pág. 226558 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BRUCEMinistro de la Presidencia

12766

PESQUERÍA

Informe Final de la Comisión Encarga-da de evaluar el Sistema de Seguimien-to, Control y Vigilancia de las Activida-des Pesqueras, conformada por lasRR.MM. Nºs. 259 y 369-2001-PE

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 247-2002-PE

Lima, 11 de julio del 2002

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Ministerial Nº 259-2001-PE de fe-cha 17 de julio del 2001, constituyó la Comisión encarga-da de evaluar el Sistema de Seguimiento, Control y Vigi-lancia de las actividades pesqueras, y formular recomen-daciones destinadas a fortalecer y optimizar dicho siste-ma, conformada por el Viceministro de Pesquería, el Di-rector Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, elDirector Nacional de Extracción y Procesamiento Pes-quero, el Director General de Estadística e Informática,la Directora de Asesoría Jurídica, un representante delInstituto del Mar del Perú, los señores Santiago FreundtCruz, Samuel Dyer Ampudia y Javier Calmet Aranguren,representantes de la Sociedad Nacional de Pesquería,asimismo se invitó a incorporarse al trabajo de la Comi-sión a un representante de la Dirección General de Capi-tanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa;

Que mediante Resolución Ministerial Nº 369-2001-PEde fecha 26 de octubre del 2001, se amplió el número demiembros que la conformarían, incluyendo a dos repre-sentantes de las organizaciones gremiales más repre-sentativas de los armadores de embarcaciones pesque-ras de mayor escala;

Que la Resolución Ministerial Nº 204-2002-PE, preci-sa que el encargo conferido a la comisión constituida me-diante la Resolución Ministerial Nº 259-2001-PE, modifi-cada por Resolución Ministerial Nº 369-2001-PE, com-prende la evaluación integral de la implementación delSistema de Seguimiento Satelital-SISESAT y el cumpli-miento de los objetivos para los cuales fue creado, asícomo efectuar recomendaciones al respecto; asimismo,señala que deberá presentar al Despacho Ministerial suinforme final en un plazo máximo de treinta días calenda-rio de publicada dicha resolución;

Que la referida Comisión en cumplimiento de la Re-solución Ministerial Nº 204-2002-PE ha aprobado su in-forme final, por lo que en aras de la transparencia y difu-sión del mismo, solicita su publicación correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le-gislativo Nº 560- Ley del Poder Ejecutivo, y la ResoluciónMinisterial Nº 259-2001-PE;

Con la opinión favorable del Viceministro;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer la publicación del informe finalelaborado por la Comisión creada por Resolución Minis-terial Nº 259-2001-PE.

Artículo 2º.- La Comisión realizará la evaluación in-tegral de la implementación del Sistema de SeguimientoSatelital-SISESAT y del cumplimiento de los objetivos paralos cuales fue creado, efectuando las recomendacionesrespectivas, conforme a las acciones propuestas en elcitado informe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓMinistro de Pesquería

COMISIÓN ENCARGADA DE EVALUAR ELSISTEMA DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y

VIGILANCIA DE LAS ACTIVIDADESPESQUERAS, CONFORMADA PORRESOLUCIONES MINISTERIALES

Nº 259 y Nº 369-2001-PE.

INFORME FINAL

PRESENTACION - ANTECEDENTES

La Comisión Especial constituida por Resolución Su-prema Nº 072-2001-PE, encargada de evaluar la situa-ción financiera del sector pesquero dedicado a la pro-ducción de harina y aceite de pescado y de elaborar unapropuesta de reestructuración de la deuda pesquera conel sistema financiero, en su informe final ha consideradocomo una condición necesaria para llevar a cabo una efec-tiva racionalización del esfuerzo pesquero, el desarrollode un sistema de fiscalización por parte del Ministerio dePesquería que garantice el cumplimiento del marco nor-mativo, genere credibilidad por parte de los administra-dos y sea drástico, transparente y eficaz en la imposiciónde sanciones, concluyendo, que el Ministerio debía forta-lecer el Sistema de Seguimiento, Control y Vigilancia, asícomo revisar el actual procedimiento administrativo san-cionador, lo cual permitirá equilibrar las condiciones decompetencia entre los agentes económicos del sector.

En ese contexto, por Resolución Ministerial Nº 259-2001-PE, modificada por Resolución Ministerial Nº 369-2001-PE, se constituyó la Comisión encargada de eva-luar el Sistema de Seguimiento, Control y Vigilancia delas Actividades Pesqueras y formular recomendacionesdestinadas a fortalecer y optimizar dicho sistema, la cualestuvo presidida por el Viceministro de Pesquería y con-formada por los Directores Nacionales de Seguimiento,Control y Vigilancia, de Extracción y Procesamiento Pes-quero y los Directores Generales de Asesoría Jurídica yde Estadística e Informática, así como por un represen-tante del Instituto del Mar del Perú, tres representantesde la Sociedad Nacional de Pesquería, un representantede la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ydos representantes de los armadores pesqueros.

De acuerdo al Programa de Trabajo acordado por laComisión, se llevaron a cabo reuniones en las que seanalizaron los diferentes componentes que integran elSistema de Seguimiento, Control y Vigilancia, quedandoel informe final dividido en tres grandes temas:

I. Seguimiento de las Actividades pesqueras.II. Vigilancia de las Actividades pesqueras.III. Control de las Actividades pesqueras.

A continuación, se expone la evaluación de la situa-ción actual y se proponen acciones para fortalecer y op-timizar el Sistema respecto a cada tema:

I. SEGUIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES PESQUE-RAS

1.1 SEGUIMIENTO DE LAS PESQUERÍAS MARÍTI-MAS Y CONTINENTALES

Se efectuó una revisión de las actividades desarrolla-das por las entidades públicas del sector, que conformanel Sistema de Seguimiento, Control y Vigilancia de lasActividades Pesqueras.

En cuanto al Instituto del Mar del Perú - IMARPE,se informó que dentro de su competencia, le correspon-de brindar información y asesoramiento al Ministerio dePesquería en la toma de decisiones sobre la pesca, laacuicultura y la protección del medio marino.

La estrategia para el cumplimiento de los objetivosdel IMARPE se desarrolla mediante trabajos multidisci-plinarios en los diferentes campos de la investigaciónmarina, como son: oceanografía, recursos hidrobiológi-cos, acuicultura, pesca y desarrollo tecnológico. Para talefecto, cuenta con ocho (8) laboratorios costeros distri-buidos a lo largo de la costa, tres (3) buques de investi-gación científica y seis (6) embarcaciones pesqueras deapoyo a las investigaciones; sistemas de muestreo y cap-tación de información sistematizada a lo largo del litoral;

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Pág. 226559NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

equipamiento moderno para el estudio de las condicio-nes oceanográficas, biológico-pesqueras y de tecnolo-gía de pesca, relacionados al monitoreo del Fenómenodel Niño, que se desarrolla con apoyo del Banco Mun-dial.

Los informes de seguimiento realizados por el IMAR-PE son remitidos al Ministerio de Pesquería, para la co-rrespondiente evaluación y toma de decisiones; a fin deque se determinen las respectivas medidas regulatoriasy de ordenamiento necesarias como la suspensión deactividades extractivas y de procesamiento, vedas repro-ductivas, control de tallas mínimas, entre otras. Estasmedidas si bien –temporalmente- tienen un efecto limi-tante en el desarrollo de las actividades pesqueras e in-fluyente en el desenvolvimiento socio económico de losagentes que participan en dicha actividad, están orienta-das a crear las condiciones para el desarrollo sosteniblede las pesquerías nacionales.

Las principales pesquerías sobre las que se efectúaseguimiento son las de recursos pelágicos (anchoveta,sardina, jurel y caballa), las de recursos demersales (mer-luza, falso volador, entre otras), la de calamar gigante opota y atún.

De otro lado, con relación al seguimiento de las esta-dísticas pesqueras, la Oficina General de Estadística eInformática recibe la información estadística pesqueramensual proporcionada por los establecimientos indus-triales pesqueros, la cual se confronta con la estadísticapesquera diaria (captada de los mismos establecimien-tos) y con los reportes diarios de desembarque de an-choveta emitidos por el IMARPE.

En lo referente al seguimiento estadístico de la pescaartesanal, la información proviene de la estadística dia-ria de los Mercados Mayoristas Pesqueros de Ventanillay de Villa Maria del Triunfo; en tanto que, respecto a losrecursos en estado fresco y curado del ámbito continen-tal, la información es remitida por las Direcciones Regio-nales de Pesquería. Asimismo, en lo que se refiere a lasexportaciones de productos pesqueros, la informaciónproviene de la Superintendencia Nacional de Aduanas -SUNAD.

ACCIONES PROPUESTAS

Se resaltó el importante rol que cumple el Instituto delMar del Perú – IMARPE; no solo como órgano de infor-mación y asesoría del Ministerio del Sector sino tambiéncomo ente que orienta, en base a los resultados de susinvestigaciones, el desarrollo sostenido de la actividadpesquera en la que participan intensamente los agenteseconómicos del sector privado.

En tal sentido, se acordó recomendar al IMARPE quecontinúe fortaleciendo los resultados de sus investiga-ciones mediante evaluaciones y asesorías periódicas conla participación de especialistas de prestigio internacio-nal y del sector privado comunicándose los resultadostanto a la comunidad científica como a los agentes invo-lucrados en el sector pesquero.

Asimismo, se precisó que debía consolidarse el con-cepto de que las investigaciones que realiza el IMARPEcon su propia infraestructura y a través de convenios in-ternacionales, cuyos resultados sirven al Ministerio dePesquería como herramienta para el manejo sosteniblede los recursos pesqueros, también deben propiciar latransferencia tecnológica y la posibilidad de inversión, enel caso de nuevas pesquerías.

Los convenios con fines de investigación deben serpermanentemente monitoreados para definir los resulta-dos del mismo y la necesidad de prorrogarlos o no, eneste proceso debe intervenir también representantes delos gremios pesqueros.

Se resaltó que el IMARPE debe ser debidamente re-forzado técnica y económicamente para el cumplimientode las finalidades señaladas, toda vez que el resultadode sus investigaciones incide en decisiones de inversión,compromisos internacionales de exportación y genera-ción de divisas para el país.

Se recomendó que los informes de IMARPE que sus-tentan las medidas de ordenamiento pesquero emitidaspor el Ministerio de Pesquería, sean de conocimientopúblico en forma oportuna a través de la página web delsector, igualmente se propone que el IMARPE publique

diariamente los desembarques estimados de la pesque-ría industrial por puerto.

Se estableció la necesidad de fortalecer la coberturade la captación de la información estadística diaria, ex-tendiéndola hacia otros puntos de abasto y reforzando elseguimiento de la pesca artesanal, poniendo en ejecu-ción el censo artesanal.

Respecto a la información que recibe el Ministerio dePesquería para la toma de decisiones regulatorias, seresaltó la necesidad de contrastar regularmente los in-formes de Imarpe con los datos que podía suministrar laflota privada pesquera (relativos a la temperaturas delmar, características del recurso, nivel de dispersión, etc.)siendo para ello necesario establecer un esquema decoordinación periódica efectiva durante las operacionesde pesca, así como en los períodos de veda con repre-sentantes del sector privado a fin de contrastar la infor-mación recogida por las 9 embarcaciones del Imarpe ylas más de 600 embarcaciones pesqueras que operanen el mar peruano.

Esta coordinación periódica con representantes delsector privado respecto al recurso así como a las po-sibilidades de implementación de vedas biológicas opor incidencia de juveniles del recurso, reducirían ladesinformación, las indefiniciones y desorientaciónpresentada en muchos casos en los agentes econó-micos.

1.2. SISTEMA DE INFORMACION SOBRE SEGUI-MIENTO DE LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS Y DELAS ACTIVIDADES PESQUERAS

SEGUIMIENTO DE LOS DERECHOS ADMINISTRA-TIVOS

El seguimiento de los derechos administrativos relati-vos a permisos, autorizaciones, licencias y concesiones,se realiza a través de los listados elaborados por las Di-recciones Nacionales de Extracción y Procesamiento Pes-quero y de Acuicultura. Dichos listados solo consideraninformación que obra en las resoluciones correspondien-tes, siendo publicados los concernientes a la actividadextractiva (mayor y menor escala) y al procesamiento(mayor escala).

La información que contienen los listados, es restrin-gida para efectos de realizar las acciones de seguimien-to y vigilancia, toda vez que impide disponer de mayorinformación sobre los equipos, detalle de la infraestruc-tura y otras características de las embarcaciones, plan-tas y unidades de producción acuícola, información quedebe estar actualizada y disponible para las acciones decontrol que realizan las DIREPES y las Capitanías dePuerto.

Actualmente, se vienen realizando pruebas, con re-sultados positivos, para que los inspectores desde loslugares de vigilancia puedan acceder a la base de datosde DINSECOVI, mediante el uso de celulares a través dela web del Ministerio de Pesquería .

ACCIONES PROPUESTAS

Que los listados actualizados estén disponibles en lapágina Web del Ministerio de Pesquería a fin que seanaccesibles a los agentes del sector pesquero, lo que per-mitiría, entre otros aspectos, que los propietarios de es-tablecimientos industriales pesqueros, sus superintenden-tes y jefes de flota tengan listados actualizados de aque-llas embarcaciones autorizadas a operar que posibilite lano recepción de pesca de embarcaciones no autoriza-das.

La base de datos de los listados con la informacióncompleta para efectos de control sobre los equipos, de-talle de la infraestructura, dimensiones, etc., con fines deseguimiento y control son para uso exclusivo de la Direc-ción Nacional de Seguimiento Control y Vigilancia, Direc-ciones Regionales de Pesquería, IMARPE, DirecciónGeneral de Capitanías y Guardacostas y Capitanías dellitoral. Dicha información, deberá incluirse en la Web delMipe, pudiendo acceder a ella los mencionados usuarioscon la contraseña correspondiente.

De otro lado, se propuso fortalecer el sistema de co-municación entre los inspectores, a fin de mejorar la efi-

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Pág. 226560 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

ciencia y oportunidad en el control de las actividades pes-queras.

Asimismo, se concluyó que debería existir un registrooficial de los permisos, autorizaciones, licencias y con-cesiones que permitan su conocimiento y control.

Ante la existencia de un determinado número de em-barcaciones de madera e industriales que vienen ejer-ciendo esfuerzo pesquero ilegal, sin permiso de pesca oexcediendo el autorizado, así como plantas industrialesque han incrementado ilegalmente su capacidad autori-zada, se propuso que el Ministerio de Pesquería en coor-dinación con la Dirección General de Capitanías y Guar-dacostas – DICAPI y con la colaboración del sector pri-vado, establezcan los mecanismos para controlar, redu-cir y eliminar la pesca y procesamiento ilegal.

EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO SO-BRE PAGO DE DERECHOS Y CERTIFICADOS DE RE-DES.

La Dirección Nacional de Extracción y Procesamien-to Pesquero es la entidad encargada de verificar el pagode los derechos de pesca en base a las declaracionesjuradas de pesca y recibos de pago presentados por lostitulares, habiéndose determinado que en el año 2001,se prefirió la modalidad de pago mensual, acogiéndosela mayoría de armadores al beneficio del descuento delpago por servicio satelital. En algunos casos, a pesar delpago extemporáneo, se ha procedido a declarar la cadu-cidad del permiso por incumplimiento del pago en la fe-cha prevista, por lo que se sugiere flexibilizar dicha medi-da al considerarse muy rígida.

De otro lado es preciso señalar que, a la fecha, existeun gran número de titulares de permisos de pesca queno han cumplido con presentar los certificados de redes,encontrándose impedidos de realizar faenas de pescapor dicho motivo.

ACCIONES PROPUESTAS

Debe preverse la emisión de los Formularios de pagode derechos de pesca con la debida anticipación a lafecha de vencimiento del pago, buscando una mayor sim-plificación y difusión a nivel de DIREPES y usuarios engeneral, para evitar la caducidad de permisos por erro-res en el procedimiento de cálculo.

Asimismo, se debe lograr una mayor coordinación conlas Capitanías de Puerto del litoral, para el cumplimientode la suspensión de zarpe a las embarcaciones que nohan presentado Certificado de Redes y a las que se en-cuentran suspendidas por incumplir con el pago de dere-chos, para lo cual se recomienda que el Ministerio dePesquería remita dicha información a capitanía de Puer-tos; asimismo se incluya en la página web del Ministeriode Pesquería, la relación de embarcaciones con zarpesuspendido por incumplimiento del pago de derechos afin de facilitar el control.

Se sugirió la modificación de la norma referida a loscertificados de redes a fin que las redes sardineras pue-dan ser utilizadas en embarcaciones del mismo tamañoy de la misma empresa a criterio del armador y con co-nocimiento de la administración y no asignados a unaembarcación específica.

Por otro lado, se recomendó la modificación de la nor-matividad sobre pagos de derechos, otorgando mayoresfacilidades para que las embarcaciones suspendidas porincumplimiento de pago, puedan cancelar la deuda enmayor tiempo, vencido el cual recién se procedería a ca-ducar el permiso.

SEGUIMIENTO EN EL RÉGIMEN DE CONVENIOS

Los Convenios tienen por objeto garantizar el fiel ycabal cumplimiento de las obligaciones a cargo de losrepresentantes de los armadores o de los procesadores,cuando se establecen regímenes provisionales o espe-ciales para la explotación de determinados recursos hi-drobiológicos. El incumplimiento de las cláusulas del con-venio da lugar a la suspensión de sus efectos, por unnúmero determinado de días, llegando incluso, a la reso-lución del mismo y el consiguiente impedimento de reali-zar la actividad permitida; sin embargo, por disposición

del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, paralelamente sesigue un procedimiento administrativo sancionador me-diante el cual se impone una sanción por la misma falta.

Se ha determinado que mediante el seguimiento delcumplimiento del Convenio la corrección es aplicada opor-tunamente, teniendo efectos disuasivos en los agentesdel sector.

En la actualidad en el marco de la Resolución Minis-terial Nº 150-2001-PE, Régimen de abastecimiento per-manente a la industria conservera, congeladora y de cu-rados, se han suscrito 15 convenios con embarcacionesde bandera nacional, 12 con embarcaciones de banderaextranjera (atuneras) y 66 con Establecimientos Indus-triales Pesqueros.

ACCIONES PROPUESTAS

Recomendar la modificación del Reglamento de la LeyGeneral de Pesca, relativo a ejecutar un procedimientosancionador por incumplimiento del convenio, en los ca-sos en los que se haya aplicado la suspensión del mis-mo.

En cuanto al Régimen de Abastecimiento permanen-te a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados(Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE), debe precisar-se en la normatividad la no obligatoriedad de la suscrip-ción del Convenio a los Establecimientos IndustrialesPesqueros de procesamiento de productos al consumohumano directo, cuando los mismos no decidan accederal Régimen.

En los Regímenes provisionales o especiales en don-de se aplica la modalidad de Convenios, se debe esta-blecer con mayor claridad las obligaciones y responsabi-lidades de los contratantes y su relación con las normasgenerales y los reglamentos de ordenamiento, incluyen-do tallas y tolerancias.

II. VIGILANCIA DE LAS ACTIVIDADES PESQUERAS

2.1. VIGILANCIA TERRESTRE

OPERATIVOS TERRESTRES

La regulación de las inspecciones, en lo que corres-ponde al procedimiento y responsabilidades, está esta-blecida en el Reglamento de Inspección y Vigilancia delas Actividades Pesqueras y Acuícola, aprobado por Re-solución Ministerial Nº 142-2001-PE.

La Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigi-lancia efectúa un promedio de 160 inspecciones men-suales (a nivel nacional) y las nueve Direcciones Regio-nales de Pesquería – DIREPES del litoral realizan 218inspecciones como promedio mensual, adicionándose 98inspecciones realizadas por las DIREPES de las juris-dicciones de Puno, Loreto y Ucayali. Los operativos quese realizan son de carácter reservado e inopinado.

Los inspectores son profesionales, con formación entemas relacionados a la actividad pesquera, los cualesprestan servicios al Ministerio de Pesquería para realizardiversas labores de inspección en las diversas activida-des pesqueras y acuícolas.

Los operativos se realizan en las zonas de descarga,en establecimientos industriales pesqueros - EIP, en mue-lles y terminales pesqueros, en astilleros, en unidadesde producción acuícola, en carretera (peajes), mercadosy centros de abasto; en algunos casos los operativos serealizan con participación de la Policía Nacional del Perúy de la Fiscalía.

Los inspectores levantan actas de inspección y par-tes de muestreos; en caso de detectarse una presuntainfracción, elaboran reportes de ocurrencias y notifica-ciones (in situ), así como los informes correspondientes.

Actualmente, la labor de inspección es desarrollada anivel nacional, para lo cual se cuenta en la sede centralcon catorce (14) inspectores dedicados exclusivamentea dicha función, en tanto que en las dependencias regio-nales prestan servicios, de manera exclusiva, treinta ycinco (35) profesionales, apoyados por treinta (30) profe-sionales de carrera administrativa (nombrados), númeroque, de acuerdo a las inspecciones realizadas, resultainsuficiente.

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La capacitación de los inspectores está basada en elconocimiento de la normatividad pesquera; sin embargo,no se ha programado la capacitación conjunta para losinspectores de las Direcciones Regionales de Pesqueríay la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigi-lancia en el manejo de las herramientas legales y técni-cas, así como las nuevas formas de evasión a la norma-tividad vigente.

Para la ejecución de las actividades de vigilancia ycontrol a nivel nacional, el apoyo de material logísticotambién es limitado, principalmente en cuanto a equiposde comunicación y al número de unidades de vehículosmóviles (camionetas), las mismas que requieren ser re-novadas, tanto las de la sede central como las que hansido asignadas a las Direcciones Regionales de Pesque-ría.

A través de la vigilancia terrestre se ha posibilita-do detectar embarcaciones que no cuentan con dere-cho administrativo, en el momento de la descarga enlas plantas, en esos casos se ha procedido al deco-miso de la pesca; asimismo, los operativos en astille-ros han permitido detectar la construcción de embar-caciones sin autorización de incremento de flota, asícomo el incremento de bodega de algunas embarca-ciones.

ACCIONES PROPUESTAS

Es evidente que existen embarcaciones no autoriza-das o con capacidad incrementada que están descargan-do en algunas plantas industriales sin que la vigilanciaterrestre logre identificar en todos los casos cuáles sonesas plantas, por esa razón es importante coordinar unsolo esfuerzo de vigilancia y prevención del sector públi-co y privado pesquero y articular una efectiva estrategiade identificación, información e inspección oportuna parasancionar tanto al armador ilegal como a los procesado-res coludidos para esta acción.

En tal sentido, se requiere formular al más breve pla-zo una estrategia de acción conjunta de control en la queparticipe la Dirección Nacional de Seguimiento, Control yVigilancia, la Dirección General de Capitanías y Guarda-costas –DICAPI- y el sector privado que esté sustentadapor una infraestructura adecuada y suficiente en el Mi-nisterio de Pesquería.

En ese sentido la Comisión acordó, frente a las nece-sidades de recursos humanos, tecnológicos, de apoyologístico, entre otros, recomendar que se destine un veintepor ciento (20%) de los ingresos captados por el Ministe-rio de Pesquería por concepto de pago de derechos alPrograma de Vigilancia y Control Pesquero en el ámbitonacional, a fin de fortalecer y optimizar dichas accionesa nivel de la Dirección Nacional de Seguimiento, Controly Vigilancia - DINSECOVI y las Direcciones Regionalesde Pesquería.

Se determinó, asimismo, la necesidad de estandari-zar los métodos de muestreo, que realizan los inspecto-res para ser publicados y difundidos adecuada y oportu-namente.

Los reportes de ocurrencias deben contener toda lainformación que permite establecer que se han dado to-dos los pasos para el establecimiento de una infracción,tales como hora de inicio y término de la inspección,materiales empleados en la verificación número de to-mas, testigos, autoridad reconocida, etc.

Asimismo, ante el desarrollo constante de nuevas for-mas de evadir la vigilancia, se requiere actualizar las téc-nicas y métodos para detectar la comisión de infraccio-nes a la normatividad vigente.

Es necesario, además, que la actualización y capaci-tación de los inspectores en materia pesquera (técnica ylegal) tenga carácter permanente, tendiendo a la unifica-ción de criterios.

De otro lado, se recomienda que los inspectores pe-riódicamente, brinden charlas de capacitación en los Es-tablecimientos Industriales Pesqueros, dirigido al perso-nal a cargo del mismo, relativo a las técnicas y métodosde muestreo utilizados para estandarizar criterios.

Debe precisarse que la técnica legislativa a utilizar enla formulación de normas legales debe buscar que éstassean fácilmente interpretadas por los agentes que inter-vienen en el sector; debe procurarse también la integra-

ción de las normas de ordenamiento, con mecanismospara una eficiente y eficaz labor de vigilancia.

En lo que se refiere a las Operaciones Terrestres deControl Sanitario a cargo del Instituto Tecnológico Pes-quero es necesario llevar a cabo actividades especialesde difusión en las empresas, principalmente, las que ac-túan en el sector acuícola y conservero.

Ante la ocurrencia reiterada de determinadas infrac-ciones y con el fin de combatir la pesca ilegal que daña elecosistema y que incrementa el esfuerzo pesquero, serecomienda establecer y aplicar sanciones más drásti-cas para los infractores, como la cancelación de permi-sos, inmovilización o desguase de embarcaciones, de-comiso de artes y aparejos, entre otras, pero siempredentro de un marco de proporcionalidad, con la partici-pación y colaboración de la Dirección General de Capita-nías y Guardacostas del Ministerio de Defensa.

VIGILANCIA DEL SISTEMA DE PESAJE ELECTRÓ-NICO

Las normas vigentes disponen la obligatoriedad de lainstalación del sistema de pesaje gravimétrico automáti-co en las plantas que desarrollan las actividades de con-sumo humano indirecto, así como la presentación de loscertificados de calibración cada seis (6) meses, certifica-ción para la cual están autorizadas solamente dos (2)instituciones.

La vigilancia y verificación de la instalación, opera-ción y mantenimiento del sistema de pesaje electrónicoautomático se efectúa a fin de determinar el cumplimien-to de las normas técnicas y metrológicas, para ello, tam-bién se efectúan operativos para contrastar la informa-ción del pesaje electrónico automático (winchas) que seencuentran en custodia en las plantas con las declara-ciones juradas presentadas por los Establecimientos In-dustriales Pesqueros, habiéndose encontrado diferenciasen las contrastaciones.

También se ha detectado durante los operativos decontrol en los Establecimientos Industriales Pesquerosla suplantación de nombres de embarcaciones en la win-cha que reporta el sistema de pesaje, en los casos enque las embarcaciones que están descargando no cuen-tan con permisos (pirata) o no tiene acceso al recurso;por lo que, en los casos no detectados, habría embarca-ciones que registrarían mayor captura que la realmenteefectuada, captura por la que tendrían que liquidar unmayor pago por los derechos de pesca (diferencia mayordel 3%).

El seguimiento de los reportes de las tolvas electróni-cas y de las declaraciones juradas ha permitido identifi-car un determinado número de embarcaciones pesque-ras que habrían incrementado la capacidad de bodegaautorizada.

El sistema de pesaje presenta algunas dificultadespor la falta de un mantenimiento preventivo y manejo ade-cuado.

ACCIONES PROPUESTAS

Se ha considerado pertinente emitir normas que fa-culten a los inspectores del Ministerio de Pesquería yDIREPES a realizar las pruebas de calibración de las tol-vas, previa capacitación en el Instituto Nacional de De-fensa de la Competencia y de la Protección de la Propie-dad Intelectual - INDECOPI, a fin de determinar la comi-sión de infracciones en lo que a ello se refiere.

De otro lado, es conveniente promover y favorecer lacompetitividad invitando a otras empresas del rubro a so-licitar la respectiva autorización ante el Instituto Nacionalde Defensa de la Competencia y de la Protección de laPropiedad Intelectual – INDECOPI para efecto de otor-gamiento de las respectivas certificaciones.

Recomendar la utilización de tecnologías que permi-tan recibir en tiempo real la información de las descargasregistradas en las tolvas de pesaje de los Establecimien-tos Industriales Pesqueros.

Se propone evaluar, asimismo, la normatividad relati-va al pago de derechos de pesca por el exceso de mayo-res volúmenes de extracción al 3%.

Establecer las normas y mecanismos conducentes areducir y eliminar el esfuerzo ilegal de pesca ejercido a

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través del incremento de capacidad de bodega de la em-barcación, que considere el control de las construccio-nes en astilleros y carpinterías de ribera , así como lareducción de bodega de las embarcaciones a la capaci-dad inicialmente autorizada.

2.2. VIGILANCIA AÉREA Y SATELITAL

SISTEMAS DE VIGILANCIA Y CONTROL AÉREO

La Dirección General de Capitanías y Guardacostasde la Marina de Guerra -DICAPI- ejerce sus funcionesde Policía Marítima y Pesquera en el ámbito nacional paraexigir el cumplimiento de los convenios internacionales ylas leyes nacionales en el ámbito acuático, a través de lared de Capitanías de Puerto, establecidas en todos lospuertos marítimos, fluviales y lacustres abiertos a la na-vegación y de las unidades Guardacostas de superficie yaéreas.

Para la vigilancia aérea, la Dirección General de Ca-pitanías y Guardacostas - DICAPI, cuenta con dos avio-nes Focker F-27, así como con el apoyo de aviones B-200 y otras aeronaves de la Aviación Naval de la Mari-na de Guerra. Las bases de operaciones están ubica-das en el Callao y en diferentes zonas del litoral; des-de ahí se dispone el desplazamiento de estas naveshacia el lugar de encuentro de las naves pesqueraslas cuales se pretende controlar, utilizando como fuen-te referencial primaria de información los datos pro-porcionados por el SISESAT. El avión Focker disponede un equipo FLIRT que permite identificar contactosde superficie con capacidad de video. Este equipo esoperado por un técnico, el cual, una vez detectada unanave pesquera, procede a filmarla para utilizar las imá-genes posteriormente como prueba de la comisión dealguna infracción.

ACCIONES PROPUESTAS

De acuerdo a la experiencia, las operaciones de pa-trullaje aéreo son las más efectivas en lo que se refiere almonitoreo y vigilancia; sin embargo, su costo es signifi-cativamente elevado, por lo que preferentemente son rea-lizadas cuando se dispone de presunciones de la reali-zación de actividades ilegales en ciertas áreas maríti-mas, fluviales o lacustres o cuando se ha producido unsiniestro o pérdida de naves y se requieren acciones in-mediatas.

En tal sentido, se recomienda mejorar la coordinaciónentre la Dirección General de Capitanías y Guardacos-tas y el Ministerio de Pesquería, para identificar accionesilegales en las actividades de pesca, a fin de buscar unamejor inmediatez en la ejecución de las medidas de con-trol.

De otro lado, se plantea perfeccionar el Sistema deSeguimiento Satelital mediante la instalación de senso-res a fin de que proporcione información sobre las opera-ciones de pesca de las embarcaciones y otras informa-ciones al Ministerio, la labor de vigilancia aérea debe serfundamentalmente utilizada para casos de siniestros ycontrol de embarcaciones en las fronteras y/o convenios.

VIGILANCIA SATELITAL

El Sistema de Seguimiento Satelital – SISESAT, ad-ministrado por la Dirección Nacional de Seguimiento,Control y Vigilancia, tiene por objeto contribuir a la adop-ción de medidas de ordenamiento pesquero y el aprove-chamiento responsable de recursos hidrobiológicos, asícomo complementar las acciones de seguimiento, con-trol y vigilancia de las actividades extractivas. Está con-formado por el Centro de Control Principal en el Ministe-rio de Pesquería y los Centros de Control del Instituto delMar del Perú y la Dirección General de Capitanías y Guar-dacostas - DICAPI.

A través del SISESAT se efectúa el seguimiento de laposición geográfica y concentración de flota industrial,evaluándose el cumplimiento de las disposiciones esta-blecidas sobre las diferentes pesquerías.

En la actualidad, existen setecientas treintaidos (732)balizas instaladas, tanto en embarcaciones de banderanacional y de bandera extranjera.

Este sistema ha permitido que se determine la comi-sión de presuntas infracciones, sobre las cuales se haniniciado los correspondientes procedimientos administra-tivos sancionadores.

El SISESAT a la fecha, es utilizado con fines de con-trol pesquero y para recurrir al apoyo de embarcacionespesqueras en casos de emergencia (siniestros). Aún nose le utiliza para administrar coyunturas de pesca, comopor ejemplo producción de plantas en zonas vedadasabastecidas con materia prima proveniente de otras zo-nas de pesca no vedadas.

El sistema actualmente adolece de una automati-zación en la ejecución de las consultas, procedimien-tos y reportes, lo cual indefectiblemente se traduceen la utilización de un tiempo prolongado en la obten-ción de la información requerida. El equipo utilizadopor el Ministerio de Pesquería para el SISESAT, asícomo el correspondiente a las estaciones de controldel Instituto del Mar del Perú y la Dirección Generalde Capitanías y Guardacostas adquiridos en 1998, sonactualmente equipos obsoletos que requieren reno-vación.

Con relación al Convenio Marco para la implementa-ción del Sistema de Seguimiento Satelital celebrado en-tre el Ministerio de Pesquería, los Armadores del sectorpesquero nacional y CLS PERU S.A.C., se ha determi-nado lo siguiente:

1. El Sistema no ha satisfecho totalmente las expec-tativas de los armadores que motivaron su implementa-ción, no representando ningún beneficio a los titularesde las embarcaciones, significando por el contrario ma-yores costos.

2. El sistema no transmite la información en tiemporeal durante el paso del satélite cada 48 minutos sobre laestación regional de Lima. El monitoreo de los tiemposutilizados para algunos de los procesos nos demuestraque se toma en promedio de 40 minutos a 1 hora 15 mi-nutos, desde la recepción de la información por parte deCLS Perú hasta el Servidor de Consultas MIPE 3 del Mi-nisterio de Pesquería.

3. Los sensores de activación del sistema de pescano han sido instalados en su totalidad y los instalados nocumplen con las expectativas requeridas (sensores depresencia de agua en flota de cerco cuya activación co-rresponde a la transmisión eléctrica ante la presencia deagua y no a la activación de un aparejo de pesca).

4. No hay disponibilidad de comunicación bidireccio-nal proyectada con el satélite ADEOS (el cual se debióponer en órbita a fines de 1999).

5. Se ha observado el incumplimiento de la cláusulavigésima, en la cual la empresa se comprometía a man-tener actualizado con tecnología de punta y avances tec-nológicos que se produzcan, los procedimientos y pro-gramas de los centros de control, así como de los equi-pos a bordo.

6. La empresa no cuenta con una infraestructura demantenimiento lo suficientemente ágil y oportuna paraatender los requerimientos de los armadores cuando elequipo tiene fallas técnicas y no emite señal, siendo ex-cesivo el cobro para ir a dar mantenimiento o arreglar lasbalizas.

7. El costo del servicio de la empresa fue fijado consi-derando una gama de información que se consigna en elconvenio, sin embargo sólo se ha cumplido en parte conesa información y se ha estado cobrando por el total delservicio.

8. El Sistema ELSA que utilizan los armadores parael seguimiento satelital de su flota, también registra lasdeficiencias mencionadas en los numerales anteriores,adicionalmente se ha observado que los mapas que uti-liza el sistema difieren de los que publica HIDRONAV,presentándose además problemas de conexión entre elSistema ELSA y su base de datos, siendo los recursosdel sistema muy limitados lo que dificulta el trabajo delos operadores

9. El sistema actualmente no reporta 24 posicionesGPS para toda la flota, aunque podrían existir en algu-nos casos, razones atribuibles a los propios armadorescuando desconectan el equipo, sin embargo, muchasveces esto se debe a fallas propias de los equipos insta-lados a bordo (fallas en el GPS de la baliza).

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10. Existen algunos armadores que han autorizado aCLS a proveer sus datos a un tercero sin autorización delMIPE, por lo que se estaría incumpliendo la cláusula dé-cimo primera de TRANSFERENCIA Y EXCLUSIVIDAD,el convenio establece que estos datos suministrados sonderechos únicos e intransferibles del MIPE.

11. Es necesaria la modificación del Convenio.

En cumplimiento de la normatividad vigente, la Direc-ción Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia remi-te diariamente vía correo electrónico a la Dirección deSeguridad y Vigilancia Acuática (DISEVIA) de la Direc-ción General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI) y alas Capitanías de Puerto de la Marina de Guerra, el lista-do de embarcaciones que han dejado de emitir la señalde baliza por más de 24 horas, para el control correspon-diente, sin embargo en muchos casos las balizas pre-sentan desperfectos dejando de emitir señal y la empre-sa que brinda el servicio no está en condiciones de en-viar personal técnico en forma inmediata, hecho que oca-siona la orden de no zarpe, asimismo, se han presentadosituaciones, en las que los armadores han comunicadola imposibilidad de tener permanentemente conectado elfluido eléctrico de sus embarcaciones, cuando están fon-deadas sin realizar faenas de pesca, e incluso en épocade veda, cuando bajan sus equipos electrónicos a tierra,por lo que se recomienda contemplar dichos casos en laejecución de todas las disposiciones a fin de evitar eldaño derivado de la imposición de una sanción adminis-trativa, proponiendo la modificación legislativa que co-rresponda, estableciendo, entre otros aspectos, un plazomínimo de 48 horas antes de impedir el zarpe de la em-barcación a fin que el armador, previamente informado,solucione el problema con el apoyo de los técnicos delCLS. En caso que no sea posible la solución inmediatadel problema técnico a cargo de la empresa CLS, estafalla no deberá ser imputada al armador.

ACCIONES PROPUESTAS

Al respecto, la Comisión acordó proponer al Ministrode Pesquería autorice se efectúen las coordinaciones co-rrespondientes con la empresa que brinda el servicio afin de solucionar los problemas detectados buscando queel servicio cumpla con los siguientes objetivos:

1. El sistema de seguimiento satelital, no sólo debecumplir una función de control, sino también puede serde provecho para el Armador ya que la información quele ofrece el sistema es limitada y poco utilizada por lageneralidad de los armadores por lo laborioso del trata-miento de la información. Este sistema puede tambiénofrecer otros beneficios potenciales que se pueden de-sarrollar con la instalación de sensores adicionales quepermitan hacer más eficiente el esfuerzo pesquero.

2. La empresa CLS PERÚ S.A.C. debería contar per-manentemente con técnicos en los principales puertos(Paita, Chimbote y en la zona sur) para poder dar aten-ción inmediata a los barcos que presenten problemas consu baliza (una opción podría ser el subcontratar técnicosya que sus técnicos solamente cambian la baliza y latraen a Lima para su reparación).

3. Asimismo la mencionada empresa debería realizarun mantenimiento periódico a sus equipos para prevenirposibles fallas, como cajas de conexión cruzadas y GPSinoperativos.

4. Priorizar la adquisición del equipamiento necesariodel SISESAT acorde a los avances tecnológicos existen-tes, así como desarrollar un programa de entrenamiento,perfeccionamiento y capacitación de los operadores delsistema.

5. Recomendar que realicen una actualización del pro-grama ELSA incluyendo una carta digitalizada del Perú,la cual facilite a los armadores obtener reportes que per-mitan un mejor control de la flota (cantidad de horas envelocidad de pesca, navegación, tiempo en puerto, etc.).

6. La Comisión constituida por Resoluciones Ministe-riales Nºs. 259 y 369-2001-PE se encargará de supervi-sar e inspeccionar la implementación del sistema de se-guimiento satelital en todas sus etapas, cautelando -enese sentido- el cumplimiento de las especificaciones téc-nicas y demás condiciones establecidas en el Convenio

Marco, otorgando a la empresa proveedora del servicioun plazo prudencial y adecuado para el cumplimiento delo estipulado.

7. La empresa proveedora del servicio del SISESATdeberá adoptar las acciones correspondientes para la au-tomatización de los reportes del sistema.

8. El Ministerio de Pesquería deberá establecer cuálserá la responsabilidad de la empresa CLS en el caso deque alguna embarcación sea sancionada y/o paralizadadebido a una falla propia de sus equipos.

Asimismo, la Comisión acordó:

ü Recomendar la revisión de la normatividad sobre eluso obligatorio del SISESAT, teniendo en cuenta las ca-racterísticas técnicas del equipo, proponiéndose la ade-cuación de la norma y el cumplimiento de las obligacio-nes del servicio.ü Establecer otros centros de control en las DIRE-

PES de mayor actividad pesquera.ü Ante las reiteradas infracciones por pescar en cin-

co millas, es necesario que la normatividad contempleque en la zona reservada, las embarcaciones sólo ten-gan velocidad de travesía, estableciendo que las embar-caciones que presenten problemas técnicos en dichazona, deberán reportar inmediatamente dicha situacióna la Capitanía más cercana (inicio y término) para lasverificaciones del caso, presentando su descargo al Mi-nisterio de Pesquería al llegar a puerto.ü Abrir la información del sistema de control satelital

a todos los armadores, haciéndolo asequible vía un pro-grama amigable y de bajo costo que permita asegurar unmanejo de la información transparente y oportuna. Asi-mismo, los representantes del sector privado recomien-dan ampliar a dos centros adicionales de informaciónsatelital integral, uno de la Sociedad Nacional de Pes-quería y otro en la Asociación de Armadores que se de-termine por conveniente.ü Recomendar que las embarcaciones que se aco-

gieron a la Ley Nº 26920, cuenten con el SISESAT en el2002.ü Uso obligatorio del SISESAT en la flota atunera.

2.3 VIGILANCIA ACUÁTICA

VIGILANCIA MARÍTIMA

El control y vigilancia marítima es ejercido de acuer-do a las normas vigentes por la Dirección General deCapitanías y Guardacostas, en su condición de Autori-dad Marítima Nacional, la misma que dispone de cinco(5) Patrulleras de Costa tipo B.A.P. Río Nepeña, cons-truidas por el SIMA-Chimbote entre los años 1981 a 1985,constituyendo unidades de 300 Toneladas de desplaza-miento, 50.8 metros de eslora y suficiente autonomía queles permite operar hasta 15 días fuera de su puerto base.Asimismo, se dispone de una (1) Patrullera de Costa,B.A.P Río Chira, de 150 Toneladas de desplazamiento y33 metros de eslora, construido por el Sima Callao el año1972, que dispone de equipamiento de detección, nave-gación y comunicaciones de última generación. Se cuen-ta, además, con diferentes Patrulleras de Puerto y conlanchas de patrullaje de bahía a órdenes directas de lasCapitanías, cuyo número se considera insuficiente.

Existen embarcaciones similares a este último tipo delanchas que se encuentran también asignadas a las Ca-pitanías de Puerto fluviales y a la Capitanía de Puerto dePuno.

Por otro lado, con el fin de potenciar la capacidad decontrol y vigilancia, se ha dispuesto la reubicación de Pa-trulleras de Puerto a puertos de mayor actividad pesque-ra, así como la construcción en el SIMA Callao de docePatrulleras de Puerto

Se ha dotado, asimismo, a todas las Capitanías dePuerto de Camionetas 4x4 para facilitar los patrullajesribereños, permitiendo efectuar un control y vigilancia delas actividades pesqueras y acuícolas cerca de la costao en las playas, actuando en forma coordinada con laspatrulleras de puerto.

Los medios antes indicados, efectúan patrullajes enlas zonas donde se prevé la presencia de embarcacio-nes infractoras, valiéndose para ello de los informes de

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avistaje de los aviones de exploración, de los informesde la Dirección de Seguridad y Vigilancia Acuática basa-dos en el SISESAT y en los informes de inteligencia delas Capitanías de Puerto.

Asimismo, se ha establecido la obligación por partede los armadores de naves peruanas, de informar a laautoridad marítima a través de las Estaciones Costerasde Radio, administradas por la Dirección General de Ca-pitanías y Guardacostas a través de DISEVIA, el avistajede naves extranjeras, contribuyendo de esta manera alograr una mayor cobertura de control de nuestras áreasde responsabilidad.

De otro lado, cabe señalar que se ha detectado unincremento de las acciones delictivas en contra de lasembarcaciones pesqueras (robos de equipos, baliza sa-telital, combustible, pesca, etc.), principalmente en lospuertos de Callao, Chimbote, Pisco y últimamente Chan-cay, lo cual viene afectando las acciones de seguimientoy vigilancia de la actividad extractiva por parte del Minis-terio de Pesquería.

ACCIONES PROPUESTAS

Los representantes del Sector Privado han sido muyenfáticos en señalar que la Dirección General de Capita-nías y Guardacostas debe ejercer una acción mucho másefectiva que permita lograr resultados concretos en el cor-to plazo en el control de la construcción ilegal de embar-caciones de madera y/o de las denominadas vikingas yasimismo en el control de embarcaciones de mayor cala-do que siguen operando ilegalmente en el mar peruano.

De otro lado en atención a los actos delincuencialesque se vienen sucediendo en los puertos, consideraronde mucha importancia la labor que debe cumplir la auto-ridad marítima en la seguridad que debe brindar en elmar a los agentes económicos que hacen posible la acti-vidad y el negocio pesquero, permitiendo el normal des-envolvimiento de las operaciones de pesca y de descar-ga, así como la protección en las bahías cuando las em-barcaciones se encuentran fondeadas, al efecto la Direc-ción General de Capitanías y Guardacostas debe liderarcon carácter de urgencia una acción de efectiva preven-ción coordinada al más alto nivel entre los Sectores deDefensa, Interior, Pesquería y Ministerio Público, conparticipación del sector privado, a fin de encontrar alter-nativas de solución.

Asimismo, se recomendó que la Dirección General deCapitanías y Guardacostas asigne los recursos huma-nos, materiales y de información que se requiera en cadapuerto, según el grado de incidencia de infracciones, paraasegurar una estrategia de inteligencia y prevención dedichos actos. De igual forma, será de suma importanciaque la afectación de las unidades navales (a ser reubica-das y en construcción) sean asignadas a la brevedadposible a las zonas de mayor actividad pesquera o dondese identifiquen el mayor índice de actos ilegales, siendoconveniente sugerir al gobierno central la necesidad derepotenciar los medios asignados a la Dirección Generalde Capitanías y Guardacostas, con el fin de optimizar lasfunciones de control y vigilancia.

En cuanto al Reglamento de Sanciones de la DICAPIel sector privado precisó la necesidad que sea debida-mente revisado con participación de sus representantes,a fin de determinar los fundamentos de la asignación delmonto y gravedad de las penalidades, con el mismo es-quema de coordinación que se mantiene con el Ministe-rio de Pesquería para estos efectos. De igual forma, de-bía de tratarse sobre los derechos que cobra DICAPI porlas instalaciones en el mar y por las refrendas de la do-cumentación de las embarcaciones a fin de revisar laoportunidad de las inspecciones y los costos de las mis-mas.

De otro lado, se resaltó la necesidad de revisar y com-plementar con sanciones económicas las consideradaspara las infracciones a cargo de los patrones ya que elque comete la falta es el patrón de la embarcación y ésteobedece a su libre albedrío, sin ningún perjuicio econó-mico.

Se ratifica igualmente en este capítulo que la labor desanción de las infracciones a las normas que regulan lasactividades pesqueras debiera estar a cargo únicamentedel Ministerio de Pesquería.

Finalmente, se consideró necesario realizar una re-unión de coordinación con los armadores pesqueros delsur y con autoridades de la DICAPI a fin de revisar ycoordinar las acciones que desarrolla la autoridad maríti-ma en esa parte del litoral.

INSPECTORES Y OBSERVADORES A BORDO

En la actualidad, los inspectores tienen experienciaen trabajos de inspección a bordo de embarcaciones depesca de arrastre merluceras, asimismo, en embarcacio-nes de cercos anchoveteras, vigilando el cumplimientode la normatividad vigente.

Las acciones de observación de orden científico (Ins-tituto del Mar del Perú) y de inspección (Ministerio dePesquería) para el cumplimiento de las normas regulato-rias, son coordinadas previamente a efectos de que pue-dan realizarse en forma alternada para no interferir conla actividad extractiva realizada por la tripulación.

La actividad de pesca del atún tiene normas particu-lares que son reguladas por la Comisión Interamericanadel Atún Tropical (CIAT), cuyos aspectos deberían estartambién contemplados en nuestra legislación.

ACCIONES PROPUESTAS

Incrementar los operativos de control a bordo de lasembarcaciones pesqueras en faena de pesca y en zonasde pesca.

A fin de cumplir con los acuerdos suscritos por el Perú,se requiere formular el “Programa Nacional de Observa-dores” y darles la calidad de inspectores a los observa-dores de la CIAT.

III. CONTROL DE LAS ACTIVIDADES PESQUERASY ACUÍCOLAS

3.1 MARCO LEGAL DEL PROCEDIMIENTO SAN-CIONADOR

El Decreto Supremo Nº 010-2001-PE faculta a la Di-rección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia aevaluar e imponer las sanciones correspondientes por in-fracciones cometidas a nivel nacional originadas por elejercicio de las actividades pesqueras y acuícolas demayor escala, así como las de menor escala y artesana-les de la jurisdicción de Lima. Asimismo, se ha facultadoa dicha dirección a conocer y resolver las denuncias pen-dientes de la Comisión de Sanciones.

Por Resolución Ministerial Nº 174-2001-PE, se cons-tituyen las Comisiones Regionales de Sanciones y seaprueba su reglamento, siendo competentes para cono-cer las denuncias por infracciones cometidas en el ámbi-to departamental, originadas por el ejercicio de las acti-vidades pesqueras de menor escala, artesanales, acuí-colas de menor escala y de subsistencia, así como con-tinentales de mayor y menor escala. A la fecha se hancreado 14 comisiones, las cuales vienen siendo aseso-radas por la Dirección Nacional de Seguimiento, Controly Vigilancia - DINSECOVI.

Actualmente el procedimiento administrativo sancio-nador se rige por lo dispuesto en el Reglamento de laLey General de Pesca, aprobado por Decreto SupremoNº 012-2001-PE y la Ley del Procedimiento Administrati-vo General - Ley Nº 27444 y otras normas como el Re-glamento de Inspección y Vigilancia de las ActividadesPesqueras y Acuícolas, aprobado por Resolución Minis-terial Nº 142-2001-PE y la Resolución Ministerial Nº 080-99-PE.

Se considera inconveniente la concentración de lasfunciones de seguimiento con la de sanción en una soladirección, toda vez que la misma dirección formula ladenuncia y a la vez resuelve.

ACCIONES PROPUESTAS

Para un efectivo cumplimiento de las normas vigen-tes la Sociedad Nacional de Pesquería ha iniciado la im-plementación de un Código de Conducta de los agentesque participan en el sector; a fin de coadyuvar a ese ob-jetivo, se considera necesario establecer coordinacionescon los órganos competentes del Ministerio de Pesque-

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Pág. 226565NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

ría a fin de desarrollar programas de difusión y motiva-ción a todos los agentes que participan del negocio pes-quero, sobre las consecuencias del incumplimiento a lanormatividad vigente y las sanciones a aplicarse.

Es necesario aprobar el Procedimiento Administrati-vo Sancionador, con las modificaciones sugeridas por losagentes del sector pesquero.

3.2 PROYECTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINIS-TRATIVO SANCIONADOR

Se viene proyectando la nueva reglamentación del pro-cedimiento administrativo sancionador buscando concen-trar en un solo dispositivo las diversas regulaciones queestablecen infracciones y sanciones en la legislación pes-quera, proyectando la unificación de criterios sanciona-dores, regímenes de incentivos y medidas cautelares oprocedimientos especiales, para asegurar la aplicacióneficaz de una sanción.

Mayo 2002.

12678

Aprueban cambio de titular de licenciade operación a favor de InversionesPesqueras La Parra S.A.C. para procesa-miento de productos hidrobiológicos

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 247-2002-PE/DNEPP

Lima, 8 de julio del 2002

Visto los escritos con registro Nº CE-00562002 del 27de setiembre del 2001 y 15 de mayo del 2002, presenta-dos por la empresa INVERSIONES PESQUERAS LAPARRA S.A.C.

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 473-94-PE del 13de diciembre de 1994, modificada por Resolución Minis-terial Nº 565-95 del 27 de setiembre de 1995, se otorgó aPRODUCTOS PESQUEROS PERUANOS S.A., la licen-cia de operación, para su establecimiento industrial pes-quero en Av. Las Canarias s/n, puerto de Chancay, distri-to de Chancay, provincia de Huaral, departamento deLima, para que se dedique a la actividad de procesamientode productos hidrobiológicos, a través de su planta deharina de pescado con una capacidad instalada de 50 t/h de procesamiento de materia prima;

Que el Artículo 51º del Reglamento de la Ley Generalde Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que durante la vigencia de la licencia deoperación de cada planta de procesamiento, la transfe-rencia en propiedad o cambio de posesión del estableci-miento industrial pesquero, conlleva la transferencia dedicha licencia en los mismos términos y condiciones enque fue otorgada;

Que a través de los escritos del visto, la recurrentesolicita el cambio del titular de licencia de operación otor-gada a PRODUCTOS PESQUEROS PERUANOS S.A.,mediante Resolución Ministerial Nº 473-94-PE modifica-da por Resolución Directoral Nº 565-95-PE/DNPP a favorde la empresa INVERSIONES PESQUERAS LA PARRAS.A.C., en virtud a la cláusula adicional del 15 de juniodel 2001 del contrato de arrendamiento del establecimien-to industrial pesquero celebrado el 1 de marzo del 2000entre las citadas empresas, la misma que amplía la fe-cha de vencimiento del mencionado contrato del 30 desetiembre del 2001 al 31 de mayo del 2010;

Estando a lo informado por la Dirección de Adminis-tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nºs 012-2002-PE/DNEPP-Dap y 248-2002-PE/DNEPP-Dap; y conla opinión favorable de la Oficina General de AsesoríaJurídica; y,

Que de conformidad con lo establecido en el DecretoLey Nº 25977, Ley General de Pesca, los Artículos 49º,

51º y 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Su-premo Nº 012-2001-PE; y el Artículo 2º del Decreto Su-premo Nº 004-2002-PE;

En uso de las facultades conferidas por el Artículo118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar hasta el 31 de mayo del 2010, elcambio del titular de la licencia de operación otorgada a laempresa PRODUCTOS PESQUEROS PERUANOS S.A.,mediante Resolución Ministerial Nº 473-94-PE del 13 dediciembre de 1994, modificada en su titularidad por la Re-solución Ministerial Nº 565-95-PE del 27 de setiembre de1995 y Resolución Directoral Nº 052-2000-PE/DNPP del 16de junio del 2000 a favor de la empresa INVERSIONESPESQUERAS LA PARRA S.A.C., para que se dedique a laactividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, através de su planta de harina de pescado, en su estableci-miento industrial pesquero ubicado en Av. Las Canarias s/n, puerto de Chancay, distrito de Chancay, provincia deHuaral, departamento de Lima, con una capacidad instala-da de 50 t/h de procesamiento de materia prima.

Artículo 2º.- INVERSIONES PESQUERAS LA PARRAS.A.C., deberá operar su planta de procesamiento de pro-ductos hidrobiológicos cumpliendo las normas legales yreglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así comode seguridad industrial pesquera que garanticen el desa-rrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo deberáimplementar un sistema de seguridad del control del proce-so que garantice la óptima calidad del producto final, asícomo ejecutar las medidas de mitigación contenidas en suPrograma de Adecuación y Manejo Ambiental.

Artículo 3º.- El incumplimiento de lo señalado en elArtículo 2º de la presente Resolución, así como el incre-mento de la capacidad instalada de la planta de procesa-miento materia del cambio de titular, será causal de ca-ducidad del presente derecho otorgado o de las sancio-nes que resulten aplicables conforme a la normatividadvigente, según corresponda.

Artículo 4º.- Modificar hasta el 31 de mayo del 2010,la titularidad de la licencia de operación otorgada a tra-vés de la Resolución Ministerial Nº 473-94-PE, modifica-da por Resolución Ministerial Nº 565-95-PE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGADirectora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero

12679

PROMUDEH

Suspenden suscripción de nuevos con-venios y renovación de los no vigentesen materia de adopción internacional

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 428-2002-PROMUDEH

Lima, 11 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 28º delCódigo de los Niños y Adolescentes, el Ministerio de Pro-moción de la Mujer y del Desarrollo Humano dirige comoEnte Rector el Sistema Nacional de Atención Integral alNiño y Adolescente y en su calidad de tal tiene como unade sus funciones dirigir la política nacional de adopcio-nes a través de la Oficina de Adopciones de la Gerenciade Promoción de la Niñez y Adolescencia;

Que, el Artículo 116º del referido dispositivo legal dis-pone en forma expresa que la adopción por extranjeroses subsidiaria de la adopción por nacionales, por lo que,en caso de concurrir solicitudes de nacionales y extran-jeros, se prefiere la solicitud de los nacionales;

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Pág. 226566 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRO-MUDEH, se declaró en reestructuración a la Oficina deAdopciones de la Gerencia de Promoción de la Niñez yla Adolescencia, constituyéndose para tal efecto unaComisión de Reestructuración facultada para evaluar yproponer cambios y formular las recomendaciones nece-sarias para optimizar la gestión administrativa y técnicade la Oficina de Adopciones, debiendo también elaborarproyectos de Directivas, Reglamentos y demás normasrequeridas;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 006-2002-PRO-MUDEH, se amplió por cuarenta y cinco (45) días calen-dario la suspensión del inicio de nuevos trámites de adop-ción, nacionales y extranjeros, dispuesto por el Artículo5º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PROMUDEH;

Que, evaluada la operatividad de la Oficina de Adop-ciones, se ha detectado la acumulación de un elevadonúmero de solicitudes de adopción nacionales e interna-cionales, cuya atención no es posible en el breve plazo,asimismo, según lo demuestran las estadísticas de laOficina de Adopciones desde el año 1997 a la fecha, elnúmero de adopciones internacionales ha sido superioral número de adopciones nacionales realizadas, razónpor la cual a la fecha existe un elevado número de adop-tantes nacionales en lista de espera los cuales debenser preferentemente atendidos de acuerdo a lo dispues-to por la Ley de la materia;

Que, el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 001-99-PROMUDEH, establece la obligatoriedad que exista con-venio vigente celebrado entre el Estado del Perú y losEstados respectivos o entre organismos reconocidos porsu Estado y el Perú, sin embargo, se encuentran en trá-mite en la Oficina de Adopciones, procesos sin renova-ción de Convenio vigente, por lo que debe suspendersesu tramitación;

En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo29º del Código de los Niños y los Adolescentes, y;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 866 -Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promo-ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, sus modifica-torias, su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 012-98-PROMUDEH y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Suspender a partir de la fecha de lapresente resolución la suscripción de nuevos conveniosen materia de adopción internacional hasta el mes dediciembre del presente año.

Artículo 2º.- Suspender la renovación de los Conve-nios en Materia de Adopción Internacional que a la fechano se encuentren vigentes, asimismo suspéndase latramitación de los expedientes sin renovación de Conve-nio vigente.

Artículo 3º.- En aplicación de los Convenios vigen-tes, a partir de la fecha, las Entidades Colaboradoras deAdopción Internacional sólo podrán mantener en trámitede aprobación hasta un número máximo de diez (10) so-licitudes de adopción.

Lo dispuesto en el párrafo que antecede, también seráde aplicación a aquellas entidades con las cuales no sehaya suscrito directamente un convenio y se acojan a unconvenio marco.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CECILIA BLONDET MONTEROMinistra de Promoción de la Mujery del Desarrollo Humano

12681

Auspician el III Concurso Nacional yRegional de "Experiencias EconómicasExitosas Lideradas por Mujeres"

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 431-2002-PROMUDEH

Lima, 11 de julio de 2002

Vistos la Carta de fecha 6 de junio de 2002, del Comi-té Directivo de la Red de Educación Popular entre Muje-res - REPEM;

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Promoción de la Mujer y del De-sarrollo Humano, diseña, propone y ejecuta la política dedesarrollo social y humano promoviendo la equidad degénero y la igualdad de oportunidades para la mujer, laniñez, la tercera edad y las poblaciones en situación depobreza y pobreza extrema, discriminadas y excluidas;

Que, mediante el documento de vistos el Comité Directi-vo de la Red de Educación Popular entre Mujeres - RE-PEM, comunica que viene organizando conjuntamente conel Movimiento Manuela Ramos el III Concurso Nacional yRegional de "Experiencias Económicas Exitosas lideradaspor Mujeres", a llevarse a cabo en el presente año en laciudad de Lima, con el objetivo de visibilizar las experien-cias exitosas de mujeres en la actividad económica, asícomo entablar sinergias entre la sociedad civil y el Estado,reconociendo los esfuerzos de las iniciativas económicaslideradas por mujeres, por lo que en este contexto resultaprocedente auspiciar el mencionado evento;

Con la opinión favorable de la Gerencia de Promociónde la Mujer del Ministerio de Promoción de la Mujer y delDesarrollo Humano;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-tivo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Minis-terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humanoy modificatorias, y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Auspiciar el III Concurso Nacional yRegional de "Experiencias Económicas Exitosas lidera-das por Mujeres", organizado por la Red de EducaciónPopular entre Mujeres - REPEM y el Movimiento Manue-la Ramos a realizarse en el presente año en la ciudad deLima.

Artículo 2º.- El auspicio del evento a que se hacereferencia, no generará egreso alguno al Ministerio dePromoción de la Mujer y del Desarrollo Humano.

Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolucióna la Red de Educación Popular entre Mujeres - REPEM yal Movimiento Manuela de Ramos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CECILIA BLONDET MONTEROMinistra de Promoción de la Mujery del Desarrollo Humano

12682

SALUD

Aprueban Directiva para la Delimi-tación de las Redes y Microrredes deSalud

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1125-2002-SA/DM

Lima, 5 de julio del 2002

Visto el Oficio DGSP Nº 1199-05-2002, de la Direc-ción General de Salud de las Personas;

CONSIDERANDO:

Que con el Oficio de Visto, se ha remitido para apro-bación la DIRECTIVA DGSP-DESS-Nº 001-05-2002: Di-rectiva para la Delimitación de las Redes y Microrre-des de Salud, cuyo objetivo es establecer el procedi-miento para fijar estas Redes y Microrredes a nivelnacional;

Que la anotada Directiva se sustenta en los siguien-tes documentos: Lineamientos para la Delimitación de

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Pág. 226567NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

Redes de Salud, aprobados por Resolución MinisterialNº 122-2001-SA/DM; Normas del Sistema de Referenciay Contrarreferencia de los Establecimientos del Ministe-rio de Salud, aprobadas con Resolución Ministerial Nº155-2001-SA/DM; Lineamientos Generales para la Orga-nización de las Microrredes, aprobados por ResoluciónMinisterial Nº 443-2001-SA/DM; y, Modelo de Atención,aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 446-2001-SA/DM;

Que por lo expuesto, y siendo que la DIRECTIVADGSP-DESS-Nº 001-05-2002: Directiva para la Delimita-ción de las Redes y Microrredes de Salud, constituye undocumento operativo que va a permitir la determinaciónde las Redes y Microrredes de Salud a nivel nacional, deacuerdo a lo normado en las disposiciones anotadas,procede su aprobación;

Estando a lo opinado por la Oficina General de Ase-soría Jurídica del Ministerio del Ramo, en su INFORMENº 922-2002-OGAJ;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26842- Ley General de Salud y en la Ley Nº 27657 - Ley delMinisterio de Salud; y,

Con la opinión favorable del Viceministro de Salud;SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la DIRECTIVA DGSP-DESS-Nº001-05-2002: Directiva para la Delimitación de las Redesy Microrredes de Salud, que establece el procedimientoa seguir para su fijación a nivel nacional y, sus Anexosque forman parte de la misma.

Artículo 2º.- Disponer que las Direcciones de Salud ylas Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional,implementen el procedimiento previsto en la citada Di-rectiva en un plazo no mayor de sesenta días calendario,a partir de la fecha de publicación de la presente resolu-ción.

Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Sa-lud de las Personas, a través de la Dirección Ejecutiva deServicios de Salud, la supervisión del cumplimiento de laanotada Directiva.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO CARBONE CAMPOVERDEMinistro de Salud

DIRECTIVA DGSP-DESS-Nº 001-05-2002

DIRECTIVA PARA LA DELIMITACIÓN DELAS REDES Y MICRORREDES DE SALUD

1. OBJETIVO

Establecer el procedimiento para la delimitación delas Redes y Microrredes de salud a nivel nacional.

2. ALCANCE

La presente directiva es de carácter institucional parasu aplicación en las Direcciones de Salud del Ministeriode Salud a nivel nacional.

3. BASE LEGAL

• Ley Nº 26842 - Ley General de Salud.• Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud.• Resolución Ministerial Nº 122-2001-SA/DM - Linea-

mientos para la Delimitación de Redes de Salud.• Resolución Ministerial Nº 155-2001-SA/DM - Nor-

mas del Sistema de Referencia y Contrarreferencia enlos Establecimientos de Ministerio de Salud.

• Resolución Ministerial Nº 443-2001-SA/DM - Linea-mientos Generales para la Organización de las Microrre-des.

• Resolución Ministerial Nº 446-2001-SA/DM - Mode-lo de Atención.

4. NORMAS

4.1. Las Direcciones de Salud realizarán la delimita-ción de Redes y Microrredes de salud en el ámbito de su

jurisdicción, con la participación de sus equipos de ges-tión.

4.2. La delimitación de las Redes y Microrredes serealizarán de acuerdo a lo establecido en R.M. Nº 122-2001-SA/DM.

4.3. Las Direcciones de Salud presentarán la propues-ta de delimitación de sus Redes y Microrredes a la Direc-ción General de Salud de las Personas, de acuerdo alDocumento de Información Básica de Redes y Microrre-des (Anexo), para su revisión y aprobación.

4.4. Las Direcciones de Salud tendrán como plazomáximo de envío de su propuesta hasta 30 días calen-dario posterior a la aprobación de la presente directiva.

4.5. La Dirección General de Salud de las Personasen un plazo no mayor de 15 días calendario, deberá eva-luar y dar respuesta a la propuesta presentada.

4.6. En caso de haber observaciones las Direccionesde Salud tendrán un plazo no mayor de 7 días calendariopara subsanarlas.

4.7. La Dirección General de Salud de las Perso-nas emitirá la conformidad a través de una Resolu-ción Directoral formalizando la delimitación de lasRedes y Microrredes de la Dirección de Salud corres-pondiente.

4.8. Las Direcciones de Salud que a la fecha de lapublicación de la presente directiva hayan aprobado ladelimitación de sus Redes y Microrredes, requerirán laconformidad de la Dirección General de Salud de lasPersonas, para lo cual deberán cumplir lo establecido enlos numerales anteriores.

4.9. La Dirección General de Salud de las Personas,a través de la Dirección Ejecutiva de Servicios de Salud,se encargará de implementar el Registro Oficial de Re-des y Microrredes en el ámbito nacional.

4.10. La Dirección General de Salud de las Personas,a través de la Dirección Ejecutiva de Servicios de Salud,se encargará de brindar asistencia técnica y supervisiónal proceso de delimitación de Redes y Microrredes desalud.

ANEXO

DOCUMENTO DE INFORMACIÓN BÁSICADE REDES Y MICRORREDES

CONSIDERACIONES GENERALES

El presente documento tiene como objetivo definirla información de Redes y Microrredes que cada Di-rección de Salud debe enviar a la Dirección Generalde Salud de las Personas, para la evaluación de ladelimitación de las Redes Microrredes y dar la confor-midad correspondiente.

FORMATOS

El documento incluye los siguientes formatos:

En lo correspondiente a Dirección de Salud

I. Datos Generales.II. Criterios de delimitación de las Redes y Microrre-

des de salud.III. Resumen de la delimitación de Redes en la Direc-

ción de Salud.IV. Mapas.

En lo correspondiente a Redes

I. Resumen de la delimitación de la RedII. Accesibilidad-medios de transporte.III. Recursos.

• Recursos humanos• Infraestructura sanitaria• Medios de comunicación y disponibilidad de ambu-

lancia.

IV. Cartera de servicios.V. Mapas.

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Pág. 226568 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

DIRECCION DE SALUD

..........................................

DOCUMENTO DEINFORMACIÓN BÁSICA DE REDES

Y MICRORREDES

Documento elaborado por:

.........................................

.........................................

.........................................

.........................................

.........................................

Fecha.................................

I. DATOS GENERALES

• Ubicación GeográficaSeñalar el departamento y las provincias que constituyenel área de influencia de la Dirección de Salud, en casoque el área de influencia corresponda a la totalidad deldepartamento no registrar las provincias.

• Población Total :.....................................................

• Población de Responsabilidad : ............................

II. CRITERIOS DE DELIMITACIÓN DE LAS REDES Y MI-CRORREDES DE SALUD

Describir la aplicación de los criterios de delimitación: co-bertura poblacional, accesibilidad, características de la de-manda, características de la oferta y demarcación político -administrativa.

.............................................................................................

.............................................................................................

.............................................................................................

.............................................................................................

.............................................................................................

.............................................................................................

.............................................................................................

.............................................................................................

III. RESUMEN DE LA DELIMITACION DE REDES EN LA DI-RECCIÓN DE SALUD

Nº DE ESTABLECIMIENTO POBLACIÓNNº (1) RED(2) MICRO RED (3) SEGÚN TIPO (4) (5)

P.S. C.S. HOSP. TOTAL

1

2

3

4

5

6

...

TOTAL

(1) Nº de orden Red(2) Nombre de la Red.(3) Nombre de la Microrred.(4) Registrar el número de hospitales, centros de salud, puestos de salud

y el total de los establecimientos por Microrred.(5) Población: consignar la población total asignada por Microrred.

IV. MAPASAdjuntar mapa de la Dirección de Salud delimitando las re-des.

RED Nº ........

Nombre: “ .....................................”

MICRORREDES

1. .........................................

2. .........................................

3. .........................................

4. .........................................

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Pág. 226569NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

ÍNDICE

I. RESUMEN DE LA DELIMITACIÓN DE LA RED

II. ACCESIBILIDAD-MEDIOS DE TRANSPORTE

III. RECURSOS

• RECURSOS HUMANOS• INFRAESTRUCTURA SANITARIA• MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y DISPONIBILIDAD DE AMBULANCIA.

IV. CARTERA DE SERVICIOS

V. MAPAS

I. RESUMEN DE LA DELIMITACIÓN DE LA RED

Nº MICRORRED TIPO DE NOMBRE DEL PROVINCIA DISTRITO POBLACIÓN(1) (2) ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO (5) (6) (7)

(3) (4)1

2

3

4

5

6

7

....

(1) Nº : Registrar el número de orden de la Microrred.(2) Microrred: Registrar el nombre de la Microrred.(3) Tipo de Establecimiento: Registrar el tipo de establecimiento: puesto de salud, centro de salud y hospital según correspon-

da.(4) Nombre del establecimiento: Registrar el nombre del establecimiento.(5) Provincia: Registrar la provincia a la que pertenece el establecimiento.(6) Distrito: Registrar el distrito al que pertenece el establecimiento.(7) Población : Registrar la población total asignada al establecimiento.

II. ACCESIBILIDAD-MEDIOS DE TRANSPORTE

MICRORRED………………………………………………………….

Nº TIPO Y NOMBRE DEL TIPO Y NOMBRE DEL DISTANCIA AL TIEMPO MEDIO DE TRANSPORTE(1) ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO (5) (6)

(2 REFERENCIA DE REFERENCIA(3) (4) VEHÍCULO A PIE BOTE

MOTORIZADO

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Pág. 226570 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

MICRORRED....................................................................

Nº TIPO Y NOMBRE DEL TIPO Y NOMBRE DEL DISTANCIA AL TIEMPO MEDIO DE TRANSPORTE(1) ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO (5) (6)

(2 REFERENCIA DE REFERENCIA(3) (4) VEHÍCULO A PIE BOTE

MOTORIZADO

(1) Registrar el número de orden del establecimiento(2) Registrar el tipo de establecimiento: puesto de salud, centro de salud, hospital; así como el nombre del establecimiento.(3) Registrar el tipo y nombre del establecimiento de referencia para el establecimiento registrado en la columna (2)(4) Registrar el tiempo, que se requiere en el medio de transporte habitual, para trasladarse del establecimiento (2) al estable-

cimiento de referencia (3).(5) Medios de Transporte: Marcar con “X” el medio de transporte disponible para trasladarse al establecimiento de referencia:

vehículo motorizado, a pie, bote según corresponda.

III. RECURSOS

RECURSOS HUMANOS

MICRORRED ...................................................................................................

Nº TIPO DE NOMBRE DEL NOMBRADOS(4) CONTRATADOS(5) SERUMS(6)(1) ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO

(2) (3)

TOTAL

MICRORRED ...................................................................................................

Nº TIPO DE NOMBRE DEL NOMBRADOS(4) CONTRATADOS(5) SERUMS(6)(1) ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO

(2) (3)

TOTAL

(1) N°: Registrar el número de orden del establecimiento.(2) Tipo de Establecimiento: Registrar si el establecimiento es puesto de salud, centro de salud y hospital según corresponda.(3) Nombre del Establecimiento: Registrar el nombre del establecimiento.(4) Nombrados: Registrar el número de trabajadores que están bajo el régimen laboral de la Ley N° 276, de acuerdo a su categoría ocupacional.(5) Contratados: Registrar el número de trabajadores que están bajo cualquier modalidad de contrato, según su categoría ocupacional.(6) SERUMS: Registrar el número de profesionales que a la fecha se encuentran realizando su servicio rural, según su categoría ocupacional.

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INFRAESTRUCTURA SANITARIA

MICRORRED: ..........................................................................

N° TIPO DE NOMBRE DEL TENENCIA (4) MATERIAL DE SERVICIOS(1) ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO CONSTRUCCIÓN (5) BÁSICOS (6)

(2) (3)

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Pág. 226571NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

MICRORRED: ..........................................................................

N° TIPO DE NOMBRE DEL TENENCIA (4) MATERIAL DE SERVICIOS(1) ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO CONSTRUCCIÓN (5) BÁSICOS (6)

(2) (3)

(1) N°: Registrar el número de orden del establecimiento(2) Tipo de Establecimiento: registrar el tipo de establecimiento: puesto de salud, centro de salud y hospital según corresponda.(3) Nombre del establecimento: registrar el nombre del establecimiento.(4) Tenencia: Marca con una “X” si el establecimiento es propio con saneamiento legal, propio sin saneamiento legal, alquilado,

cedido en uso, según corresponda.(5) Material de construcción: Marcar con una “X” si el material predominante es concreto-ladrillo, adobe, madera o rústico

(entiéndase rústico cuando se utiliza materiales propios de la zona), según corresponda.(6) Servicios Básicos: Marcar con la “X” si cuenta con agua de la red pública, alcantarillado de la red pública o energía eléctrica.

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MEDIOS DE COMUNICACIÓN

MICRORRED......................................................................................................

N° TIPO DE NOMBRE DEL MEDIOS DE COMUNICACIÓN (4) DISPONIBILIDAD(1) ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO RADIO TELÉFONO FAX CORREO DE

(2) (3) ELECTRÓNICO AMBULANCIA

MICRORRED......................................................................................................

N° TIPO DE NOMBRE DEL MEDIOS DE COMUNICACIÓN (4) DISPONIBILIDAD(1) ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO RADIO TELÉFONO FAX CORREO DE

(2) (3) ELECTRÓNICO AMBULANCIA

(1) N°: Registrar el número de orden del establecimiento.(2) Tipo de Establecimiento: registrar el tipo de establecimiento: puesto de salud, centro de salud y hospital según corresponda.(3) Nombre del establecimiento: registrar el nombre oficial del establecimiento.(4) Medios de Comunicación: Marcar con X si el establecimiento cuenta con radio, teléfono, fax, correo electrónico según

corresponda.(5) Disponibiidad de Ambulancia: Marcar con X si el establecimiento cuenta con al menos una ambulancia operativa.

IV. CARTERA DE SERVICIOS

MICRORRED ....................................................................................

Nº TIPO DE NOMBRE DEL SERVICIOS (4)(1) ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO

(2) (3) CONSULTA AMBULATORIA (5)

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Pág. 226572 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

Rectifican resolución mediante la cualse dio por concluida designación deDirector Ejecutivo de la AIS-SBS ElAgustino

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1157-2002-SA/DM

Lima, 12 de julio del 2002

Visto el Oficio Nº 350-2002-DISA-IV-LE-DG, cursadopor el Director General de la Dirección General de SaludIV - Lima Este;

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Ministerial Nº 657-2002-SA/DMde fecha 8 de abril del 2002, se dio por concluida la de-signación del doctor PABLO SAMUEL CÓRDOVA TIC-SE, en el cargo de Director Ejecutivo de la AIS-SBS ElAgustino, Nivel F-4, de la Dirección de Salud IV - LimaEste;

Que, por error involuntario se tramitó el término de ladesignación del referido profesional, debiendo ser, dejarsin efecto la misma, siendo necesario efectuar la rectifi-cación correspondiente;

De conformidad con lo previsto en el Artículo 3º de laLey Nº 27594, el Artículo 77º del Decreto Supremo Nº005-90-PCM y el Artículo 17.2 de la Ley Nº 27444;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Rectificar, la Resolución MinisterialNº 657-2002-SA/DM del 8 de abril del 2002, en el sentidosiguiente:

DICE: Dar por concluida la designación.

DEBE DECIR: Dejar sin efecto la designación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO CARBONE CAMPOVERDEMinistro de Salud

12707

Aceptan renuncia de Director de la Ofi-cina de Almacén e Importaciones de laOficina Ejecutiva de Logística de la Ofi-cina General de Administración

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1165-2002-SA/DM

Lima, 15 de julio del 2002

Vista la renuncia formulada por el señor LUIS SALVA-DOR CARPIO ANGOSTO, al cargo de Director de la Ofi-cina de Almacén e Importaciones de la Oficina Ejecutivade Logística de la Oficina General de Administración;

De conformidad con lo previsto en el Artículo 34º del De-creto Legislativo Nº 276, Artículo 185º del Decreto SupremoNº 005-90-PCM y el Artículo 7º de la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha de lapresente Resolución, la renuncia formulada por el señorLUIS SALVADOR CARPIO ANGOSTO, al cargo de Di-rector de la Oficina de Almacén e Importaciones de laOficina Ejecutiva de Logística de la Oficina General deAdministración del Ministerio de Salud, Nivel F-3, dándo-sele las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO CARBONE CAMPOVERDEMinistro de Salud

12708

RELACIONES EXTERIORES

Prorrogan plazo para la conclusión delos trabajos de la Comisión Especial deAlto Nivel creada mediante la R.M.Nº 0172-2002-RE

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0760-2002-RE

Lima, 14 de julio de 2002

MICRORRED ....................................................................................

Nº TIPO DE NOMBRE DEL SERVICIOS (4)(1) ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO

(2) (3) CONSULTA AMBULATORIA (5)

(1) N º : Registrar el número de orden del establecimiento.(2) Tipo de Establecimiento: Registrar el tipo de establecimiento: puesto de salud, centro de salud y hospital según correspon-

da.(3) Nombre del establecimiento: Registrar el nombre del establecimiento.(4) Servicios: Marcar con una X si el establecimiento brinda los servicios de: consulta ambulatoria, emergencia, atención de

parto, internamiento mayor de 24 horas, intervenciones quirúrgicas como mínimo cesárea y apendicectomía, laboratorio,rayos X.

(5) Consulta ambulatoria: Marcar con X si la consulta es realizada por médico general, si cuenta al menos con un médicoespecialista, profesional no médico o técnico de enfermería, según corresponda.

VI. MAPAS

Adjuntar mapa de la red señalando sus microrredes.

12640

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Pág. 226573NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 0172-RE, de 20 defebrero de 2002 se creó la Comisión Especial de AltoNivel, encargada de investigar los sucesos que ocasiona-ron el cese arbitrario de los funcionarios del Servicio Di-plomático de la República, dispuesto por la ResoluciónSuprema Nº 453-92-RE, de 29 de diciembre de 1992, asícomo eventuales manejos irregulares de recursos de laCancillería y el servicio exterior, y los demás actos denaturaleza inconstitucional e ilegal, cometidos durante eldecenio de los años noventa;

Que por Resolución Ministerial Nº 0250-RE, de 7 demarzo de 2002, se designó a los miembros de la mencio-nada Comisión Especial de Alto Nivel, fijando un plazode noventa (90) días para la duración de sus labores;

Vista la solicitud del Embajador Oswaldo de RiveroBarreto, Presidente de la Comisión Especial de Alto Ni-vel, para que se prorrogue por treinta días el plazo ini-cialmente fijado para la culminación de las labores asig-nadas a dicha Comisión;

Que es propósito de la Cancillería facilitar la culmi-nación de las labores encomendadas a la Comisión deAlto Nivel en la medida que sus resultados pueden con-tribuir a conocer la verdad de lo acontecido como basepara la reconciliación y reforzamiento de la institu-cionalidad del Servicio Diplomático de la República;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto LeyNº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de RelacionesExteriores;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Prorrogar por treinta (30) días el plazoprevisto por el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº0250-RE, de 7 de marzo de 2002, para la conclusión delos trabajos de la Comisión Especial de Alto Nivel.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALLAN WAGNER TIZÓNMinistro de Relaciones Exteriores

12735

M T C

Instauran proceso administrativo disci-plinario a ex funcionario por presuntaresponsabilidad administrativa

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 203-2002-MTC/15.02

Lima, 4 de julio del 2002

Visto, el Informe Nº 017-2002-MTC/CEPAD de la Co-misión Especial de Procesos Administrativos Discipli-narios del Ministerio de Transportes, Comunicaciones,Vivienda y Construcción; y,

CONSIDERANDO:

Que, Auditoría General Interna del MTC, practicó unaAuditoría de Gestión a la Dirección General de Aeronáu-tica Civil, dando como resultado la emisión del InformeAUD-I-Nº 019-2001-02-4354/MTC-15.08, a través del cualse formularon en otras las Observaciones Nºs. 1 y 2, enque las que se observó el otorgamiento de Certificadosde Aeronavegabilidad respecto de siete helicópteros sinque éstos cuenten con el correspondiente Certificado Tipo,así como, el incumplimiento de efectuar inspecciones alos Centros de Instrucción de formación de personal ae-ronáutico;

Que, en consideración a los hechos observados porAuditoría General, la Comisión Especial de ProcesosAdministrativos Disciplinarios del MTC, con la finalidadde efectuar el correspondiente deslinde de responsabili-dades administrativas, mediante Informe Nº 017-2002-MTC/CEPAD que se incorpora a la presente resolución

en aplicación del Artículo 6º acápite 6.2 de la Ley Nº27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General,ha recomendado la apertura de proceso administrativodisciplinario contra el ex Director General de Aeronáuti-ca Civil, JOSÉ LUIS HARMES BOURONCLE, por pre-sunta responsabilidad administrativa en el desempeñode sus funciones;

De conformidad con la Ley Nº 27444, Decreto Legisla-tivo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y Resolu-ción Ministerial Nº 464-98-MTC/15.01, sobre delegaciónde facultades;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo disci-plinario al señor JOSÉ LUIS HARMES BOURONCLE, exDirector General de Aeronáutica Civil, por los fundamen-tos expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución.

Artículo 2º.- Conceder al ex funcionario mencionadoen el artículo precedente, el plazo de cinco (5) días hábi-les computados a partir del día siguiente de la fecha denotificación de la presente Resolución y de las obser-vaciones pertinentes contenidas en el Informe AUD-I-Nº019-2001-02-4354/MTC-15.08, a fin que presente su des-cargo escrito y las pruebas que estime conveniente parasu defensa.

Artículo 3º.- Poner en conocimiento de la ComisiónEspecial de Procesos Administrativos Disciplinarios delMTC, el proceso administrativo que se instaura, remi-tiéndosele los antecedentes del caso para que procedaconforme a ley.

Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolucióna Auditoría General Interna del MTC.

Regístrese y comuníquese.

GUSTAVO GUERRA GARCÍA PICASSOViceministro de Transportes

12638

Otorgan a persona natural autorizacióny permiso de instalación para operarestación del servicio de radiodifusiónsonora comercial

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 451-2002-MTC/15.03

Lima, 10 de julio de 2002

VISTA, la solicitud formulada por doña LESLIE ESTE-LA ANANI SAAVEDRA COLMENARES, para que se leotorgue autorización para establecer una estación delservicio de radiodifusión sonora comercial en FrecuenciaModulada (FM), en el distrito de Jayanca, provincia ydepartamento de Lambayeque;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de laLey de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su-premo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacióndel servicio de radiodifusión se requiere de autorizacióny permiso otorgados por el Ministerio de Transportes,Comunicaciones, Vivienda y Construcción;

Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenadode la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable-cen que la autorización es la facultad que otorga el Esta-do a personas naturales o jurídicas para establecer unservicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facul-tad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicaspara instalar en un lugar determinado equipos de radio-comunicación;

Que, el Artículo 161º del Reglamento General de laLey de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su-premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes, Comuni-caciones, Vivienda y Construcción, señalan que para

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Pág. 226574 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

obtener autorización para prestar servicio de radiodifu-sión se requiere presentar una solicitud, la misma que sedebe acompañar con la información y documentación queen dichas normas se detallan;

Que, el Artículo 162º del Reglamento General de laLey de Telecomunicaciones, establece que otorgada laautorización para prestar servicio de radiodifusión, seinicia un período de instalación y prueba que tiene unaduración de doce (12) meses;

Que, el Artículo 193º del Reglamento General de laLey de Telecomunicaciones, establece que no son modifi-cables las características de instalación y operación au-torizadas para el uso o explotación de frecuencias y otrosparámetros técnicos, si antes no se obtiene la corres-pondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Co-municaciones, Vivienda y Construcción;

Que, mediante Informes Nºs. 232-2002-MTC/15.19.03.2 y 302-2002-MTC/15.19.01, la Dirección deAdministración de Frecuencias y la Dirección de Aseso-ría Técnica de la Dirección General de Telecomunicacio-nes, respectivamente, señalan que la solicitud formuladapor doña LESLIE ESTELA ANANI SAAVEDRA COLME-NARES, cumple con los requisitos técnicos y legales, porlo que resulta procedente otorgar a la referida persona laautorización y permiso solicitados;

De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomuni-caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC;su Reglamento General aprobado por Decreto SupremoNº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor-tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y,

Con la opinión favorable del Director General de Teleco-municaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar a doña LESLIE ESTELA ANANISAAVEDRA COLMENARES, autorización y permiso deinstalación por el plazo de diez (10) años, que incluye unperíodo de instalación y prueba de doce (12) meses im-prorrogable, para operar una estación del servicio de ra-diodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada(FM), en el distrito de Jayanca, en la provincia y depar-tamento de Lambayeque, de acuerdo a las siguientescaracterísticas técnicas:

Estación : BC-FMFrecuencia : 107.3 MHzIndicativo : OBR-1MPotencia : 50 wEmisión : 256F8EHorario : H24Ubicación de losEstudios y Planta : Prolongación Huamachuco s/n,

cuadra 2, distrito de Jayanca, pro-vincia y departamento de Lamba-yeque.

Coordenadas:

L.O. 79°49' 07"L.S. 06° 23' 20"

La operación de la estación deberá ser dentro de lasconsideraciones de orden técnico siguientes:

- La potencia radiada efectiva no debe ser mayor de100 w.

- La altura del centro de radiación de la antena sobreel nivel promedio del terreno no debe ser mayor de 30 m.

El plazo de la autorización y el permiso concedido secomputará a partir del día siguiente de publicada la pre-sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el ar-tículo precedente, se inicia con un período de instalacióny prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hastaantes de sesenta (60) días previos a la terminación dedicho período, la titular de la autorización debe solicitarse verifique el estado de las instalaciones y practique laspruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción dedejar sin efecto la autorización.

Artículo 3º.- Doña LESLIE ESTELA ANANI SAA-VEDRA COLMENARES, está obligada a instalar y ope-rar el servicio de radiodifusión concedido acorde conla presente resolución, estando impedida de modificarlas características a que se contrae el Artículo 1º de lapresente resolución sin autorización previa de este Mi-nisterio.

Artículo 4º.- La autorización a que se contrae lapresente Resolución se sujeta a las disposiciones le-gales y reglamentarias vigentes que regulan el servi-cio autorizado, debiendo adecuarse a las normasmodificatorias y complementarias que se expidan so-bre la materia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ TÁVARA MARTÍNViceministro de Comunicaciones

12648

Autorizan a persona jurídica la opera-ción de estación del servicio de radio-difusión sonora educativa en la provin-cia de Huanta

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 452-2002-MTC/15.03

Lima, 10 de julio de 2002

VISTA, la Solicitud de la ASOCIACIÓN RADIO CUL-TURAL AMAUTA sobre autorización por el plazo de diez(10) años y cambio de características técnicas de la es-tación del servicio de radiodifusión sonora educativa enFrecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia deHuanta, departamento de Ayacucho;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 161-98-MTC/15.03 del 1 de julio de 1998 publicada en el DiarioOficial El Peruano el 6 de julio de 1998, se otorgó a laASOCIACIÓN RADIO CULTURAL AMAUTA, autorizacióny permiso de instalación y prueba por el plazo improrro-gable de doce (12) meses, para operar una estación delservicio de radiodifusión sonora educativa en FrecuenciaModulada (FM), en el distrito y provincia de Huanta, de-partamento de Ayacucho;

Que, la empresa ha solicitado la inspección técnicapara efectos de la autorización por diez (10) años, asícomo el cambio de ubicación de la referida estación;

Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es lafacultad que otorga el Estado a personas naturales ojurídicas para operar un servicio de radiocomunicaciónautorizado;

Que, el Artículo 163º del Reglamento General de laLey de Telecomunicaciones, señala que realizada lainspección y a mérito del informe técnico respectivo elMinisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienday Construcción podrá expedir la correspondiente licen-cia;

Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Orde-nado de la Ley de Telecomunicaciones, establece quelas autorizaciones otorgadas tendrán un plazo máximode diez (10) años para los servicios de radiodifusión,renovables a solicitud del interesado;

Que, la Dirección de Administración de Frecuenciasde la Dirección General de Telecomunicaciones, con Infor-me Nº 187-2002-MTC/15.19.03.2, señala que habiéndo-se efectuado la inspección técnica a las instalaciones dela referida estación de radiodifusión, se constató que vie-ne operando satisfactoriamente, por lo que emite suconformidad técnica para que se le otorgue la autoriza-ción solicitada, incluyéndose el cambio de ubicación dela mencionada estación;

Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Direc-ción General de Telecomunicaciones, mediante Infor-me Nº 307-2002-MTC/15.19.01, opina que es proce-

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Pág. 226575NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

dente autorizar la operación de la citada estación deradiodifusión por el plazo de diez (10) años, que inclu-ye el período de instalación y prueba otorgado por laResolución Viceministerial Nº 161-98-MTC/15.03; com-prendiéndose el cambio de característica técnica an-tes indicado;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de laLey de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su-premo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aproba-do por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificato-rias, Decreto Supremo Nº 015-2002-MTC, el TUPA delMinisterio; y,

Con la opinión favorable del Director General de Teleco-municaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10)años a la ASOCIACIÓN RADIO CULTURAL AMAUTA,la operación de una estación del servicio de radiodi-fusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM),en el distrito y provincia de Huanta, departamento deAyacucho, de acuerdo a las siguientes característi-cas técnicas:

Estación : BC-FMFrecuencia : 99.9 MHzIndicativo : OBW-5KPotencia : 250 w.Emisión : 256F8EHorario : H24Ubicación de losEstudios y Planta : Jr. Cahuide Nº 278, distrito y pro-

vincia de Huanta, departamentode Ayacucho.

Coordenadas:

L.O. 74° 15' 02.5"L.S. 12° 55' 59.4"

Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se re-fiere el artículo precedente incluye el período de instala-ción y prueba de doce (12) meses otorgado por Resolu-ción Viceministerial Nº 161-98-MTC/15.03, por tanto ven-cerá el 6 de julio del año 2008. La Dirección General deTelecomunicaciones procederá a extender la correspon-diente licencia de operación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ TÁVARA MARTÍNViceministro de Comunicaciones

12649

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE

JUSTICIA

Reasignan y designan a magistradoscomo Jueces Suplentes de módulos dejuzgados de familia, mixto, penal y depaz letrado del Distrito Judicial deLima

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 0236-2002-P-CSJL/PJ

Lima, 15 de julio del 2002

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 235-2002-P-CSJL/PJ de fecha 12 de julio del año en curso,

se dispuso la designación de la doctora Nélida PinedaHuerta, quien era Juez Suplente del Primer Juzgado dePaz Letrado de La Molina y Cieneguilla, como Juez Su-plente del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justiciade San Juan de Miraflores, a partir del 15 de julio delpresente;

Que, mediante documento cursado en la fecha lareferida Magistrada formula declinación al cargo con-ferido sustentando su pedido en impedimentos de ca-rácter familiar con un miembro del Ministerio Públicoasignado al Despacho conferido, solicitando ademássu reasignación a otro Juzgado del mismo nivel; y, sien-do amparable el pedido resulta conveniente procedera su reasignación;

Que, asimismo mediante documento cursado confecha 12 de julio del presente año, el doctor Walter Au-gusto Castillo Yataco, presenta renuncia irrevocable alcargo de Juez Suplente Penal así como al cargo titularde origen, razón por la cual se debe proceder a ladesignación del Magistrado que asumirá el Despachodel Trigésimo Juzgado Penal de Lima, considerandopara tal efecto el desistimiento de renuncia formuladoante este Despacho por el doctor Willman Hipólito Ar-diles Campos, Secretario Titular II de la Corte Supe-rior de Justicia de Lima;

Que, del mismo modo la doctora Carmen GudeliaAdela Carthy Morales, Juez Suplente del Primer Juzga-do de Paz Letrado de Jesús María, con fecha 12 de juliodel actual presenta Renuncia voluntaria al cargo titularasí como al cargo suplente conferido en esta Corte Su-perior de Justicia, razón por la cual se procede también ala designación del Magistrado que asumirá el despachoreferido, a partir del 17 de julio del 2002;

Que, conforme al Artículo Segundo de la ResoluciónAdministrativa Nº 074-CME-PJ, el Presidente de la CorteSuperior de Justicia es la máxima autoridad del DistritoJudicial a su cargo; y como tal le corresponde cautelar lapronta y eficiente administración de justicia en su juris-dicción;

Que, estando a lo expuesto y en mérito a las faculta-des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artí-culo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- REASIGNAR a la doctora NÉLI-DA ROSALBINA PINEDA HUERTA, como Juez SuplenteCoordinadora Supernumeraria del Módulo II, Piso 4 delos Juzgados de Familia de Lima, a partir del 17 de juliodel 2002, estando a lo expuesto en el segundo conside-rando de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- REASIGNAR a la doctora RITAEDITH AJALCRIÑA CABEZUDO, como Juez Suplente delJuzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de San Juande Miraflores, a partir del 17 de julio del 2002, estando ala reasignación referida en el artículo precedente.

Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor WILLMANHIPÓLITO ARDILES CAMPOS, como Juez Provisionalde Trigésimo Juzgado Penal de Lima, a partir del 17 dejulio del 2002, estando a lo expuesto en el tercer consi-derando de la presente Resolución.

Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora CARMENSABINA REYES GUILLÉN, como Juez Suplente del Pri-mer Juzgado de Paz Letrado de Jesús María, a partir del17 de julio del 2002, estando a lo expuesto en el cuartoconsiderando de la presente Resolución.

Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución enconocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, delConsejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina deControl de la Magistratura, de la Gerencia General, de laSupervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación y delos Magistrados para los fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

SERGIO R. SALAS VILLALOBOSPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

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Pág. 226576 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

Disponen que los jueces penales de laCorte Superior de Lima informen a laMagistrada Coordinadora de Cuerpos deDelito y Efectos Decomisados sobre bie-nes en condiciones de ser incineradoso donados

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 237-2002-P-CSJLI/PJ

Lima, 15 de julio del 2002

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que el objetivo primordial de la Presidencia de la Cor-te Superior de Justicia de Lima, es optimizar el serviciode la administración de justicia en sus distintos niveles,tanto en las áreas jurisdiccionales como administrativas;

Que la problemática que atraviesa la Oficina de Cuer-pos de Delito y Efectos Decomisados resulta de primor-dial atención, más aún cuando el ambiente donde seencuentran depositados las especies materia de delito,está en peligro de colapsar, por tal motivo es pertinentepara este despacho disponer que los señores magistra-dos de primera instancia en lo penal, remitan la relaciónde las especies que se encuentren en condiciones deser incinerados y/o donados, con el fin de cumplir con loestablecido en los Artículos 30º, 31º,32º y 33º del Regla-mento de Custodia y Disposición de las Cosas Materiade Delito y Efectos Decomisados;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultadesconferidas en los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la LeyOrgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER que los señores Jue-ces Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima,informen a la Magistrada Coordinadora de Cuerpos deDelito y Efectos Decomisados sobre los bienes materiade delito que se encuentren en condiciones de serincinerados y/o donados.

Artículo Segundo.- La Información deberá ser remi-tida en un plazo no mayor de quince días hábiles, a partirde la fecha de publicación de la presente resolución.

Artículo Tercero.- DISPONER que la MagistradaCoordinadora, el Jefe de la Oficina de Cuerpos de Delitoy Efectos Decomisados y la Oficina de AdministraciónDistrital, realicen las acciones necesarias para el cumpli-miento de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución enconocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Re-pública, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina deControl de la Magistratura, Gerencia General del PoderJudicial, a la Magistrada Coordinadora de Cuerpos deDelito, Jefe de la Oficina de Cuerpos de Delito y EfectosDecomisados y la Oficina de Administración Distrital; paralos fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

SERGIO R. SALAS VILLALOBOSPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

12719

ORGANISMOS AUTÓNOMOS

CONTRALORÍA GENERAL

Encargan funciones del Contralor Gene-ral de la República al Subcontralor

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 134-2002-CG

Lima, 15 de julio de 2002

VISTOS; la Hoja Informativa Nº OLACEFS/SG-014/2002 remitida mediante Comunicación OLACEFS SG/C-236/2002 de la Secretaría General de la Organización La-tinoamericana y del Caribe de Entidades FiscalizadorasSuperiores (OLACEFS), ambas de fecha 8 de julio de 2002;

CONSIDERANDO:

Que, a través del Acuerdo AG/96/07 de la VI AsambleaGeneral de la Organización Latinoamericana y del Caribede Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS), ce-lebrada el 22 de noviembre de 1996 en la ciudad de Gua-temala, se aprobó por unanimidad fijar la sede de la OLA-CEFS en la ciudad de Lima, Perú, durante el período 1997-2002, condición que fuera aceptada por el "Acuerdo deSede" celebrado con el Gobierno de la República del Perú,en la ciudad de Lima el 8 de agosto de 1997, ratificadomediante Decreto Supremo Nº 037-97-RE;

Que, la Presidencia de la OLACEFS corresponde serdesempeñada por el Titular de la Contraloría General dela República del Perú, en su calidad de Entidad Fiscali-zadora Superior del país elegido sede, acorde con lo dis-puesto en el Artículo 29º de la Carta Constitutiva de lacitada Organización Regional, entre cuyas obligacionesse encuentra la de presidir y conducir el Consejo Directi-vo, órgano ejecutivo encargado de dictar medidas nece-sarias para dar viabilidad a los acuerdos de la AsambleaGeneral de la Organización;

Que, en atención al Acuerdo 356/03/2002 del XXVConsejo Directivo de la OLACEFS y conforme a lo pre-visto en su Carta Consultiva, la Presidencia de la citadaOrganización Regional ha determinado que la sesión or-dinaria del XXVI Consejo Directivo se celebre en la ciu-dad de Santiago, Chile, el 19 de julio de 2002, bajo losauspicios de la Contraloría General de la República deChile, habiéndose procedido a la respectiva convocato-ria de las Entidades Fiscalizadoras Superiores miembrosdel Órgano Ejecutivo de la OLACEFS;

Que, en la referida sesión se tratarán temas de singu-lar importancia para resolver aspectos relativos a la ges-tión de la OLACEFS, entre éstos los vinculados a la re-forma normativa que dará viabilidad al nuevo modelo deorganización aprobado por la XI Asamblea General de laOLACEFS;

Que, en consecuencia resulta necesaria la participa-ción en el mencionado XXVI Consejo Directivo, del Titu-lar de la Contraloría General de la República, dada sucondición de Presidente de la OLACEFS, situación queha sido comunicada oportunamente al Congreso de laRepública, debiéndose por tanto encargar las funcionesdel cargo de Contralor General de la República, al Sub-contralor General, a efecto de asegurar el normal desa-rrollo de la gestión rectora que le compete;

Que, conforme a los documentos de vistos, la OLA-CEFS asumirá con cargo a sus recursos el financiamien-to de los gastos que irrogue el citado viaje;

De conformidad con las facultades conferidas por losArtículos 24º y 30º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley delSistema Nacional de Control, y con lo dispuesto en laLey Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Encargar al señor SubcontralorGeneral Silvio A. Rivera Rodríguez, las funciones delcargo de Contralor General de la República por los fun-damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución, a partir del 18 de julio y en tanto durela ausencia de su Titular.

Artículo Segundo.- El viaje a que se refiere la pre-sente Resolución no irroga gastos al presupuesto de laContraloría General de la República, ni otorga derecho aexoneración de impuestos o derechos aduaneros de nin-guna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GENARO MATUTE MEJIAContralor General de la República

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Pág. 226577NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

J N E

Designan Presidente del Jurado Elec-toral Especial de Oyón y miembros dediversos Jurados Electorales Especia-les para las elecciones regionales y mu-nicipales de 2002

RESOLUCIÓN Nº 247-2002-JNE

Lima, 16 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 223-2002-JNE de fecha28 de junio del año 2002, el Jurado Nacional de Eleccio-nes proclamó a los presidentes de los ciento veinticinco(125) Jurados Electorales Especiales, los cuales fuerondesignados por las Cortes Superiores de Justicia de laRepública, asimismo se señaló a los ciudadanos que ocu-paron los dos primeros lugares de los veinticinco seleccio-nados para integrar los Jurados Electorales Especiales,para el proceso de elecciones regionales y municipales;

Que posteriormente a la designación del Presidentede los Jurados Electorales Especiales, el Presidente nom-brado para el Jurado Electoral Especial de Oyón ha sidoreemplazado por la Corte Superior de Justicia de Huaura;

Que conforme al Artículo 5º del Reglamento de Consti-tución de los Jurados Electorales Especiales, aprobado porResolución Nº 179-2002-JNE, la selección de los miembrostitulares de los Jurados Electorales Especiales se realizaatendiendo al mayor grado de instrucción y residencia efec-tiva en la sede de la circunscripción electoral respectiva;

Que los Presidentes de los Jurados Electorales Es-peciales deben comprobar el grado de instrucción de losMiembros seleccionados previa a su juramentación y po-sesión de dichos cargos; tal como está señalado en elArtículo 11º del Reglamento de Constitución de JuradosElectorales Especiales;

El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri-buciones;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Declarar al doctor Segundo Ma-riano Montoya Calle como Presidente del Jurado Electo-ral Especial de Oyon para el proceso de elecciones re-gionales y municipales del año 2002.

Artículo Segundo.- Declarar que para el proceso deelecciones regionales y municipales del año 2002, losJurados Electorales Especiales que a continuación se de-tallan, están integrados con los siguientes miembros:

JURADOS ELECTORALES MIEMBROS TITULARESESPECIALES

LIMA NORTE ISAI HILCIAS PONTE LECCACARLO GIOVANNI FULLE DEL AGUILA

MOQUEGUA GLADYS MARIETTA PEREZ ZABALAGAGREGORIO GENRY CALLA TALA

BOLÍVAR DARWIN FIDEL FLORINDEZ RENGIFOEDILBERTO DIAZ VILCHEZ

CAJABAMBA LESLIE ALEXANDRA SALAVERRY HERRERAAIDA BERTHA OSORIO MONTEJO

TUMBES BRISEIDA RUTH PÉREZ BARRETOMILTON SANDRO SOCOLA SUNCIÓN

DANIEL CARRIÓN JULIO SOLANO OCAÑORAUL CANCHARI ILANZO

LIMA CENTRO MARISA VICTORIA TAPIA RODRÍGUEZOSWALDO EDUARDO VILLA ARICA

AYMARAES EUSEBIO JIMÉNEZ RAMÍREZFRANCISCO MANCILLA CÉSPEDES

TAMBOPATA HILBERTO SANCHEZ DIAZLUIS ALBERTO CHAVEZ GOSALVEZ

OYÓN CARLOS HÉCTOR ESPINOZA ROMANROGER DARIO MURIEL CURY MANYA

YUNGAY EDGAR ANTONIO LINO HUERTAJHON HERBERT GIRALDO ESPEJO

YAROWILCA CORSINO ANTONIO PONCIANOROLANDO VALENTÍN DE LA VEGA

AYABACA GLORIA MARTINA FLORES SIMBAÑADIANA INES CALLE MIJA

Artículo Tercero.- Precisar que el período a ser teni-do en cuenta para el pago de las remuneraciones de losmiembros titulares de los Jurados Electorales Especia-les correrá a partir de la juramentación de los mismosante el Presidente del Jurado respectivo.

Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento de la Ofici-na Nacional de Procesos Electorales, del Registro Na-cional de Identificación y Estado Civil y de los Presiden-tes de los Jurados Electorales Especiales señalados enel Artículo Segundo la presente Resolución, para los fi-nes consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVABOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENASVELA MARQUILLÓROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General.

12710

Disponen inscripción definitiva de laorganización política nacional "Resurgi-miento Peruano" en el Registro de Orga-nizaciones Políticas del JNE

RESOLUCIÓN Nº 248-2002-JNE

Lima, 16 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 244-2002-JNE de fecha10 de julio de 2002, publicada en el Diario Oficial El Pe-ruano el 11 de julio del presente año, se inscribió provi-sionalmente en el Registro de Organizaciones Políticasdel Jurado Nacional de Elecciones a la organización po-lítica nacional "Resurgimiento Peruano";

Que no se ha formulado tacha en contra de lainscripción de la organización política nacional "Re-surgimiento Peruano" dentro de los tres días natura-les siguientes a la publicación referida en el párrafoanterior; procede la inscripción definitiva de la citadaorganización política, conforme está establecido enlos Artículos 96º y 101º de la Ley Orgánica de Elec-ciones Nº 26859;

Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elec-ciones en cumplimiento de lo establecido en los numera-les 2) y 3) del Artículo 178º de la Constitución Política delPerú;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Inscribir en forma definitiva enel Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Na-cional de Elecciones a la organización política nacio-nal "RESURGIMIENTO PERUANO", habiendo obteni-do treinta y cuatro mil doscientos noventa y cuatro(34,294) firmas de adherentes válidas según los infor-mes del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil, quedando aprobada con la inscripción la utiliza-ción del símbolo presentado que forma parte de la pre-sente Resolución.

Artículo Segundo.- Téngase por inscritos ante elJurado Nacional de Elecciones a los siguientes persone-ros acreditados por la organización política "Resurgi-miento Peruano":

Personero Legal Titular: Antero Edaúd Astor Anaya.Personero Legal Alterno: Silvio Asto Gutarra.Personero Técnico: Julio Santiago Asto.Personero Técnico: Betty Clarisa Pantoja Marín.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Ofici-na Nacional de Procesos Electorales y del Registro Na-

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Pág. 226578 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

cional de Identificación y Estado Civil la presente Reso-lución para los fines de ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVABOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENASVELA MARQUILLÓROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General

12711

MINISTERIO PÚBLICO

Nombran a magistrado provisional enel despacho de la Cuarta Fiscalía Supe-rior Civil de Lima

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍADE LA NACIÓN Nº 1279-2002-MP-FN

Lima, 16 de julio de 2002

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, el Sexagésimo Primer Juzgado Especializado enlo Civil de Lima, por Sentencia de fecha 14 de mayo del2001, declara fundada la demanda interpuesta por el doctorJosé Lozán Tataje ex Agente Fiscal de Lima, ordenando sureposición en el cargo de igual jerarquía al que venía des-empeñándose en el Ministerio Público a la fecha de su cese.

Que, por Resolución Nº 347-2002-CNM, de fecha 26de junio del 2002, el Consejo Nacional de la Magistratu-ra, expide por el mandato judicial antes citado a favor deldoctor José Lozán Tataje, el título de Fiscal ProvincialTitular en lo Penal de Lima.

Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del DecretoLegislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Reponer al doctor José Lozán Ta-taje, como Fiscal Provincial Titular en lo Penal de Lima,Distrito Judicial de Lima.

Artículo Segundo.- Nombrar al doctor José Lozán Ta-taje, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del DistritoJudicial de Lima, en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Su-perior Civil de Lima, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Tercero.- Hágase de conocimiento la presen-te Resolución, al Fiscal Superior Decano del Distrito Ju-dicial de Lima, Presidente del Consejo Nacional de laMagistratura, Gerencia Central de Personal, Gerencia deRegistro de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

12736

Dan por concluido nombramiento defiscal provisional de la Primera FiscalíaProvincial Civil y de Familia de Cañete

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1280-2002-MP-FN

Lima, 16 de julio de 2002

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispues-to por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, LeyOrgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramientode la doctora Patricia Torres Guevara, como Fiscal Ad-junta Provincial Provisional de la Primera Fiscalía Pro-vincial Civil y Familia de Cañete, Distrito Judicial de Ca-ñete, materia de la Resolución Nº 1296-2001-MP-FN, defecha 12 de diciembre del 2001.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la pre-sente Resolución a la Fiscal Superior Decana del DistritoJudicial de Cañete, Gerencia Central de Personal, Ge-rencia de Tesorería, Gerencia de Registro de Fiscales ya la Fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

12737

Nombran Fiscales Adjuntos Provisiona-les en los despachos de FiscalíasProvinciales Mixtas de los DistritosJudiciales de Cajamarca y Amazonas

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1281-2002-MP-FN

Lima, 16 de julio de 2002

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, es necesario crear una plaza de Fiscal AdjuntoProvincial en el Distrito Judicial de Cajamarca, en el Des-pacho de la Fiscalía Provincial Mixta de San Miguel;

Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del DecretoLegislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Crear una plaza de Fiscal AdjuntoProvincial en el Distrito Judicial de Cajamarca, en el Des-pacho de la Fiscalía Provincial Mixta de San Miguel.

Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Walter Telés-foro Palomino Navarro, como Fiscal Adjunto ProvincialProvisional del Distrito Judicial de Cajamarca, en el Des-pacho de la Fiscalía Provincial Mixta de San Miguel.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presen-te Resolución a la Fiscal Superior Decana del DistritoJudicial de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Cen-tral de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y alFiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

12733

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1282-2002-MP-FN

Lima, 16 de julio de 2002

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, es necesario crear una plaza de Fiscal AdjuntoProvincial en el Distrito Judicial de Amazonas, en el Des-pacho de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta deChachapoyas;

Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del DecretoLegislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Crear una plaza de Fiscal AdjuntoProvincial en el Distrito Judicial de Amazonas, en el Des-

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Pág. 226579NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

pacho de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Cha-chapoyas.

Artículo Segundo.- Nombrar al doctor José AlbertoFlores Riojas, como Fiscal Adjunto Provincial Provisionaldel Distrito Judicial de Amazonas, en el Despacho de laSegunda Fiscalía Provincial Mixta de Chachapoyas.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presen-te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi-cial de Amazonas, Gerencia General, Gerencia de Re-gistro de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

12734

S B S

Prorrogan plazo para que el Banco Fi-nanciero del Perú proceda a enajenarbiene adjudicado en pago de deudas

RESOLUCIÓN SBS Nº 630-2002

Lima, 8 de julio del 2002

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA

VISTA:

La solicitud de prórroga del plazo para la enajenacióndel bien recibido en pago de acreencias que señala elAnexo de la presente Resolución presentada por el Ban-co Financiero del Perú, conforme con lo previsto por elArtículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Siste-ma Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica dela Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante,Ley General; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 215º de la mencionada Ley Generalestablece que cuando como consecuencia del pago deuna deuda contraída previamente y de buena fe, se reci-ba o adjudique bienes muebles o inmuebles en pago to-tal o parcial de acreencias, la empresa de que se tratedebe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo quepodrá ser prorrogado por esta Superintendencia por unasola vez y por un máximo de seis (6) meses;

Que, en el referido artículo se precisa que, vencidodicho plazo, sin que se haya efectuado la venta o el arren-damiento financiero del bien, la empresa deberá consti-tuir una provisión hasta por un monto equivalente al cos-to en libros de los bienes no vendidos;

Que, la Circular Nº B-2075-2000 establece que lassolicitudes para la prórroga del plazo establecido en elArtículo 215º de la Ley General, deberán ser presenta-das con una anticipación de, por lo menos, quince (15)días antes de su vencimiento, caso contrario la solicitudserá rechazada;

Que, la indicada Circular establece la metodología aseguir en el cálculo de las provisiones a constituir por losinmuebles recibidos o adjudicados; establece asimismo, quela valuación de los inmuebles se realicen por peritos inscri-tos en el registro de peritos valuadores (REPEV) a cargo deesta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en elnumeral 3 del Capítulo IV de la Resolución SBS Nº 572-97y sus normas modificatorias y complementarias;

Estando a lo informado por el Intendente del Depar-tamento de Evaluación de Instituciones Financieras "B"mediante Informe Nº DESF "B" 066-2002; y,

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge-neral, y las facultades delegadas por la Resolución SBSNº 0807-99 del 26 de agosto de 1999;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses elplazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General,

para que el Banco Financiero del Perú proceda a la ena-jenación del bien inmueble señalado en el Anexo que for-ma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Vencido el plazo de prórroga otor-gado, sin que se haya efectuado la venta o arrendamientofinanciero de dicho bien, el Banco Financiero del Perúdeberá proceder conforme a lo establecido en la CircularNº B-2075-2000, debiendo constituir las correspondientesprovisiones con cargo a resultados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPARSuperintendente Adjunto de Banca

ANEXO

BIEN INMUEBLE ADJUDICADO POR OBLIGACIONES DE DEUDORESSOBRE EL CUAL SE AUTORIZA PRÓRROGA PARA SU VENTA

TIPO DE

DESCRIPCIÓN / UBICACIÓN

FECHA VALOR PRÓRROGABIEN DE NETO EN DE TENENCIA

ADJUDICACIÓN LIBROS(En Nuevos

Soles)

Inmueble Calle Alcalá Nº 360, Urb. 28.6.2001 249 379 28.12.2002La Castellana, distrito deSantiago de Surco, provinciay departamento de Lima

12683

Sustituyen el Artículo 19º del Título VIIdel Compendio de Normas de Superin-tendencia Reglamentarias del SPP, refe-rido a Prestaciones

RESOLUCIÓN SBS Nº 657-2002

Lima, 16 de julio de 2002

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Nº 232-98-EF/SAFP, se aprobóel Título VII del Compendio de Normas de Superinten-dencia Reglamentarias del Sistema Privado de Adminis-tración de Fondos de Pensiones (SPP), referido a Presta-ciones;

Que, el Artículo 19º del mencionado Título establece eltratamiento de la tasa de interés técnico, necesaria para elcálculo de los capitales requeridos unitarios que debenrealizar las AFP respecto de las pensiones que se otor-guen en el SPP bajo la modalidad de retiro programado;

Que, resulta necesario proveer un ambiente regula-torio que promueva un escenario de flexibilidad en lasAFP respecto de la determinación de las tasas de interéstécnico, sobre la base de parámetros que tomen en con-sideración la trayectoria de rentabilidad del fondo de pen-siones a mediano y largo plazo y que, asimismo, coadyu-ven a una adecuada provisión de los fondos de pensio-nes del afiliado, tanto en aquellos casos en que se re-quiera la acción complementaria del Estado, sea bajo lapensión mínima, jubilación adelantada del Decreto LeyNº 19990 para afiliados al SPP o bajo el Régimen Ex-traordinario de que trata el Decreto Supremo Nº 164-2001-EF, como en aquellos otros asociados a beneficios direc-tos con cargo a la cuenta individual de capitalización delafiliado, como son la jubilación al cumplimiento de la edadlegal, la jubilación anticipada y el denominado RégimenEspecial de Jubilación;

Que, adicionalmente resulta necesario adecuar lo dis-puesto en el inciso a) del Artículo 18º del Título VII delCompendio, referido al monto mínimo de la pensión men-sual que se otorga en el SPP en el caso de jubilación, afin de guardar correspondencia entre el monto de la pen-sión que se otorgue y el saldo de la cuenta individual decapitalización que tenga el afiliado en su AFP;

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Pág. 226580 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

Estando a lo opinado por la Superintendencia Ad-junta de Administradoras Privadas de Fondos de Pen-siones y por la Superintendencia Adjunta de AsesoríaJurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 9)del Artículo 349º de la Ley General del Sistema Finan-ciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superin-tendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus mo-dificatorias, y el inciso d) del Artículo 57º del TUO de laLey del SPP;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Sustitúyase el Artículo 19º del Tí-tulo VII del Compendio de Normas de SuperintendenciaReglamentarias del SPP, referido a Prestaciones, apro-bado por Resolución Nº 232-98-EF/SAFP, por el siguien-te texto:

"Tasa de interés técnico

Artículo 19º.- La tasa de interés técnico (tasa dedescuento) a ser utilizada por las AFP para el cálculodel capital requerido unitario bajo la modalidad de Re-tiro Programado, deberá ser fijada libremente por lasAFP, según los parámetros que establezca laSuperintendencia y deberá ser presentada ante ésta,por lo menos quince (15) días calendario antes de suaplicación efectiva.

Las AFP serán responsables de la oportuna divulga-ción de las referidas tasas, así como de la explicaciónque sus efectos conllevan sobre los cálculos de las pen-siones que se realicen, cuyos contenidos serán materiade exposición en los folletos explicativos de las pensio-nes de jubilación. La Superintendencia publicará en susboletines oficiales las tasas de interés vigentes por cadaAFP en los períodos que corresponda."

Artículo Segundo.- Mediante Circular de Superin-tendencia y únicamente para efectos de la puesta en vi-gencia del nuevo esquema de fijación de la tasa de inte-rés técnico por parte de las AFP, la Superintendenciapodrá establecer un plazo de adecuación distinto al se-ñalado en el primer párrafo del Artículo 19º del Título VIIdel Compendio de Normas de SuperintendenciaReglamentarias del SPP.

Artículo Tercero.- Deróguese el inciso a) del Artículo18º del Título VII del Compendio de Normas de Superin-tendencia Reglamentarias del SPP, referido a Prestacio-nes, aprobado por Resolución Nº 232-98-EF/SAFP.

Artículo Cuarto.- La presente resolución entrará envigencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓNSuperintendente de Banca y Seguros

12739

Establecen disposiciones para la deter-minación de la tasa de interés técnicoa utilizarse en el cálculo del CapitalRequerido Unitario bajo la modalidadde Retiro Programado

CIRCULAR Nº AFP-020-2002

Lima, 16 de julio de 2002

Ref. : Tasa de interés técnico para el cál-culo del Capital Requerido Unita-rio bajo la modalidad de RetiroProgramado.Tasa de interés técnico. Leyes Nºs.27252 y 27617.

SeñorGerente General:

Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribu-ciones conferidas por el numeral 9 del Artículo 349º de laLey General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, y la TerceraDisposición Final y Transitoria del Reglamento del TextoÚnico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Admi-nistración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decre-to Supremo Nº 004-98-EF, esta Superintendencia dispo-ne lo siguiente:

1. Alcance.

La presente Circular establece los lineamientos quedeben seguir las Administradoras Privadas de Fondosde Pensiones, en adelante AFP, para el cálculo de latasa de interés técnico (tasa de descuento) a utilizaren el cálculo del Capital Requerido Unitario bajo lamodalidad de Retiro Programado, a que hace referen-cia el Artículo 19º de la Resolución Nº 232-98-EF/SAFPy modificatorias, Título VII del Compendio de Normasde Superintendencia Reglamentarias del SPP, referidoa Prestaciones, así como la tasa de interés técnico paraefectos de lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27617 y27252.

2. Tasa de interés técnico para efectos de lo dis-puesto por el Artículo 19º del Título VII del Compen-dio de Normas del SPP.

La tasa de interés técnico a que hace referencia elArtículo 19º del Título VII, deberá ser fijada por las AFPtomando en consideración los parámetros establecidospor la siguiente banda:

- Valor mínimo: 4.06%- Valor máximo: 5.14%

La Superintendencia evaluará periódicamente los re-feridos valores a fin de ajustarlos al comportamiento delmercado previsional.

3. Tasa de interés técnico para el cálculo de loscapitales requeridos unitarios de las pensiones a otor-garse para los regímenes de jubilación a que se refie-ren los Artículos 41º y 42º del TUO de la Ley del SPP,aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, asícomo para el Régimen Especial de Jubilación.

La tasa de interés técnico para el cálculo de los capita-les requeridos unitarios de las pensiones a otorgarse paralos regímenes de jubilación por edad legal y jubilaciónanticipada a que se refieren los Artículos 41º y 42º delTUO de la Ley del SPP, aprobado por Decreto SupremoNº 054-97-EF, así como para el Régimen Especial deJubilación, a que se refiere la Ley Nº 27617, será fijadadentro de la banda a que se hace referencia en el nume-ral anterior.

4. Tasa de interés técnico para acceso al RégimenEspecial de Jubilación y Jubilación Anticipada.

La Tasa de interés técnico para determinar el accesoal Régimen Especial de Jubilación, a que se refiere laCuarta Disposición Transitoria y Final de la ResoluciónSBS Nº 561-2002 así como el Régimen de Jubilaciónanticipada a que se refiere el Artículo 42º del TUO de laLey del SPP, será de 4,60%.

5. Tasa de interés técnico para el cálculo de loscapitales requeridos unitarios de las pensiones aotorgarse bajo el Régimen de Jubilación Adelanta-da por el Decreto Ley Nº 19990 para afiliados al SPPy Pensión Mínima a que hacen referencia el TítuloVII del Reglamento del TUO de la Ley del SPP, asícomo para los afiliados al SPP que realicen traba-jos pesados y se encuentren comprendidos en elRégimen Extraordinario de que trata el Decreto Su-premo Nº 164-2001-EF.

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Pág. 226581NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

La tasa de interés técnico a emplear por las AFP parael cálculo de los capitales requeridos unitarios de laspensiones a otorgarse bajo el Régimen de JubilaciónAdelantada por el Decreto Ley Nº 19990 para afiliados alSPP y Pensión Mínima a que hacen referencia el TítuloVII del Reglamento del TUO de la Ley del SPP, así comopara los afiliados al SPP que realicen trabajos pesados yse encuentren comprendidos en el Régimen Extraordi-nario de que trata el Decreto Supremo Nº 164-2001-EF,trabajos pesados, será de 4.60%.

6. Plazo de adecuación.

Las AFP deberán fijar y presentar ante esta Superin-tendencia la tasa de interés técnico a que se refiere elnumeral 3 de la presente circular, en un plazo no ma-yor de diez (10) días calendario, contado a partir de suvigencia. La referida tasa será aplicable a partir deldía siguiente de su presentación ante esta Superin-tendencia.

7. Vigencia.

La presente Circular entrará en vigencia a partir deldía siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Pe-ruano.

Atentamente,

JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓNSuperintendente de Banca y Seguros

12740

UNIVERSIDADES

Modifican resolución que autorizó con-tratar servicio de suscripción de basede datos en línea de revistasinternacionales del producto PRO-QUEST para la Universidad NacionalMayor de San Marcos

UNIVERSIDAD NACIONALMAYOR DE SAN MARCOS

RECTORADO

RESOLUCIÓN RECTORALNº 04763-R-02

Lima, 16 de julio de 2002

Visto el Informe Nº 1278-OGAL-02, con Registro deMesa de Partes General Nº 12192-RG-02, de la Abog.Rose Mary Parra Rivera, Jefa de la Oficina General deAsesoría Legal por el que solicita la rectificación de laResolución Rectoral Nº 04650-R-02 de fecha 8 de juliodel 2002.

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Rectoral Nº 04650-R-02 defecha 8 de julio del 2002, publicado el 13 de julio del 2002,se aprobó la exoneración del proceso de selección deadjudicación directa selectiva y autoriza la contrataciónpor la modalidad de adjudicación directa de menor cuan-tía del servicio de suscripción en la base de datos enlínea de Revistas Internacionales del Producto PRO-QUEST para el año 2002;

Que en el segundo resolutivo de la Resolución Recto-ral Nº 04650-R-02 se ha consignado encargar a la Ofici-na de Abastecimiento la contratación dispuesta en la mis-ma Resolución, correspondiendo en su lugar disponer quede conformidad con el Artículo 34º segundo párrafo delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sea el Comité Especial designado exprofe-

samente para la organización y conducción de dicho pro-ceso de selección;

Que por dichas consideraciones y estando al InformeTécnico Legal de la Oficina General de Asesoría Legal,se amerita modificar el segundo resolutivo de la Resolu-ción Rectoral Nº 04650-R-02, en el sentido de disponerque el proceso de adjudicación directa de menor cuantíasea realizado por el Comité Especial designado para talefecto; y,

Estando a las atribuciones conferidas al señor Rectorpor la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Uni-versidad Nacional Mayor de San Marcos;

SE RESUELVE:

1º.- Modificar el segundo resolutivo de la ResoluciónRectoral Nº 04650-R-02 de fecha 8 de julio del 2002, elcual quedará redactado como se indica:

Designar al Comité Especial encargado de la realiza-ción del proceso de adjudicación directa de menor cuan-tía a que se contrae el resolutivo anterior, el mismo queestará conformado por los siguientes funcionarios:

MIEMBROS TITULARES:

Mg. Manuel Valladares QuijanoDr. Edgardo Figueroa TerryAbog. Rose Mary Parra Rivera

MIEMBROS SUPLENTES:

Dr. Eloy Cantoral HuamaníDr. Antonio Ampuero BustillosAbog. Antonio Castillo Retamozo

Quedando vigente en todo lo demás que ella contie-ne.

2º.- Encargar a la Secretaría General de la Universi-dad, la publicación de la presente Resolución Rectoralen el Diario Oficial El Peruano y su remisión a la Contralo-ría General de la República en el término de 10 días,conjuntamente con copia del Informe Técnico Legal co-rrespondiente y el formato EXO.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

JUAN MANUEL BURGA DÍAZRector

12738

Autorizan viaje al rector de la Universi-dad Nacional de San Cristóbal de Hua-manga a EE.UU. para participar en even-to sobre nuevas tendencias en la educa-ción

UNIVERSIDAD NACIONAL DESAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIONº 117-2002-UNSCH-CU

Ayacucho, 3 de abril del 2002

Vista la autorización de viaje del Rector a los EstadosUnidos de América; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Ing. César Orestes Cruz Carbajal, Rector dela Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamangaha sido invitado por el Gobierno a los Estados Unidos deAmérica para participar en el Programa Visitantes Volun-tario (VV) sobre "Nuevas Tendencias en la Educación"que se realizará del 15 al 19 de abril del presente año;

Que, con tal motivo resulta necesario autorizar el via-je de la primera autoridad universitaria para asistir al

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Pág. 226582 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

mencionado evento que, sin duda, redundará en benefi-cio de la comunidad universitaria;

Estando a la opinión favorable del Jefe de la Oficinade Planificación y Presupuesto; de conformidad con lodispuesto por el Artículo 127º inciso u) del Estatuto Re-formado de la Universidad Nacional de San Cristóbal deHuamanga y, a lo acordado por el Consejo Universitario,en sesión de fecha 2 de abril de 2002;

El Rector, en uso de las facultades que le confiere laley;

RESUELVE:

Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje del Ing. CÉSARORESTES CRUZ CARBAJAL, Rector de la UniversidadNacional de San Cristóbal de Huamanga, a la ciudad deWashington D.C. de los Estados Unidos de América, parael fin a que se contrae la parte considerativa de la pre-sente resolución, a partir del 15 al 19 de abril de 2002.

Artículo 2º.- ENCARGAR al Jefe de la Oficina de Pla-nificación y Presupuesto establecer el monto de la ayudaeconómica a otorgarse a la citada autoridad universita-ria, de acuerdo a ley y a la disponibilidad presupuestal.

Artículo 3º.- PRECISAR que la presente resoluciónno genera exoneración de impuestos de ninguna natura-leza.

Artículo 4º.- DISPONER que el Rector, a su retornoinforme al Consejo Universitario sobre las actividadesdesarrolladas con ocasión de su viaje, rinda cuenta do-cumentada de los gastos efectuados al VicerrectoradoAdministrativo, en el plazo de ocho (8) días contados apartir de la fecha de su reincorporación.

Regístrese, comuníquese y archívese.

CÉSAR ORESTES CRUZ CARBAJALRector

12690

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

ADUANAS

Autorizan contratación de estudio deabogados mediante proceso deadjudicación de menor cuantía

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIAEJECUTIVA DE ADUANAS Nº 000002

Callao, 15 de julio de 2002

VISTOS, los Memorandos Electrónicos Nºs. 2002-43,2002-75 y 2002-58, de la Superintendencia Nacional deAduanas, de la Secretaría General y de la Gerencia deLogística de la Intendencia Nacional de Administración yRecaudación Aduanera, respectivamente, así como laResolución de Superintendencia Ejecutiva Nº 0001-2002y el Informe Nº 092-2002-ADUANAS/OAL de la Oficinade Asesoría Legal, mediante los cuales se sustentan téc-nica y legalmente la necesidad de contratar el serviciode un Estudio de Abogados bajo la modalidad de Adjudi-cación de Menor Cuantía, para la defensa legal del su-perintendente nacional de aduanas, al amparo del De-creto Supremo Nº 018-2002-PCM, por haber sido denun-ciado penalmente ante la Primera Fiscalía Provincial delCallao, por actos ejecutados en el ejercicio de sus fun-ciones; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2002-PCMse facultó a las entidades, instituciones y organismos delPoder Ejecutivo a contratar servicios especializados enasesoría legal, en el caso que sus funcionarios o servido-res en actividad o cesados sean demandados administra-tiva, civil o penalmente por actos, omisiones o decisio-nes adoptadas en el ejercicio regular de sus funciones;

Que, en ese sentido el Artículo 2º de la norma antescitada establece que se podrá solicitar a los titulares delas entidades, instituciones u organismos públicos delPoder Ejecutivo la asesoría legal correspondiente en for-ma gratuita, debiendo la Oficina de Asesoría Legal pro-nunciarse sobre su procedencia;

Que, asimismo, los Artículos 3º y 4º de la norma encuestión establecen que los funcionarios que hayan de-jado de prestar servicios sólo podrán acceder a la defen-sa judicial si es que presentan garantías reales o perso-nales para cubrir los honorarios profesionales de la ase-soría especializada; y que en el caso de servidores enactividad éstos al momento de solicitar el acceso a ladefensa judicial gratuita suscribirán un compromiso depago con la entidad, institución u organismo correspon-diente en caso se demuestre responsabilidad administra-tiva, civil o penal para reembolsar el monto abonado porconcepto de honorarios profesionales de la asesoría es-pecializada a la finalización del proceso;

Que, por su parte el Artículo 6º del mismo DecretoSupremo señala que los recursos necesarios para suimplementación serán cubiertos mediante una modifica-ción presupuestaria en el nivel funcional programático,debiendo ser autorizados por el Titular del pliego corres-pondiente;

Que, es el caso que es necesario proceder a contra-tar asesorías especializadas para que asuman la defen-sa legal a que se refiere el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado;

Que, mediante Resolución de Superintendencia Eje-cutiva Nº 000001 de fecha 2 de julio del 2002, se ha de-clarado procedente la solicitud de defensa judicial pre-sentada por el señor Arturo Ramírez Salomón, al ampa-ro del Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, por haber sidodenunciado penalmente ante la Primera Fiscalía Provin-cial del Callao, por actos ejecutados en el ejercicio desus funciones como superintendente nacional de adua-nas;

Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto SupremoNº 018-2002-PCM, la Secretaría General con Memorán-dum Electrónico Nº 2002-75 alcanza la propuesta delEstudio Julio César Villegas Abogados para la defensajudicial en cuestión, pronunciándose la Gerencia de Lo-gística de la Intendencia Nacional de Administración yRecaudación Aduanera sobre la correspondiente cober-tura presupuestal mediante Memorándum Electrónico Nº2002-58, señalando que en el presente caso ésta es hastapor un monto de S/. 82 600,00;

Que, cumplidas las formalidades es necesaria la con-tratación de los profesionales que brindarán la asesoríalegal especializada en defensa judicial, debiéndoseleexonerar del proceso de selección previsto en la ley parallevar a cabo la contratación, toda vez que cabe efectuar-la por la modalidad de servicios personalísimos, confor-me a lo previsto en el Artículo 111º del Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM el cualestablece que éstos son los celebrados con personasnaturales o jurídicas cuando para dicha contratación sehaya tenido en cuenta como requisito esencial a la per-sona a contratar ya sea por sus características inheren-tes, particulares o especiales o por su determinada cali-dad, profesión, ciencia, arte u oficio;

Que, teniendo en cuenta el principio del derecho dedefensa, ADUANAS debe otorgar la posibilidad que elsolicitante elija a su Abogado Defensor, toda vez que esuna relación basada en la confianza, teniéndose por des-contado que el Abogado propuesto cumple con las ca-racterísticas y habilidades profesionales idóneas que elcaso requiere, al haber sido evaluadas por el interesadoa la vez de considerar la eventualidad del reembolso delpago de los honorarios profesionales a la culminacióndel proceso, en el supuesto que se demuestre su respon-sabilidad administrativa, civil o penal;

Que, los Artículos 105º y 116º del Reglamento delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, establecen los procedimientos alque deben ceñirse las contrataciones de menor cuantíacon la indicación de que la autoridad competente queaprueba la exoneración, deberá indicar el órgano o de-

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Pág. 226583NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

pendencia que tendrá a su cargo efectuar la contratacióndel servicio requerido;

Estando a las facultades previstas en el Decreto Su-premo Nº 018-2002-PCM, así como a las contenidas enel Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas,aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 000226de fecha 15 de febrero del 2001, y a las disposicionesestablecidas en los Artículos 19º y 20º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado y los Artículos 105º, 113º y 116º de su Regla-mento, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM; y la delegación dispuesta en la Resoluciónde Superintendencia de Aduanas Nº 000538 de 11 dejulio del 2002;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- EXONERAR del proceso de Adjudica-ción Directa Selectiva por servicios personalísimos, lacontratación del Estudio Julio César Villegas Abogados,en mérito a los fundamentos expuestos en la parte con-siderativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Intendencia Nacionalde Administración y Recaudación Aduanera para que através del órgano correspondiente disponga la contrata-ción del mencionado servicio mediante Adjudicación deMenor Cuantía.

Artículo 3º.- DISPONER que la Intendencia Nacio-nal de Administración y Recaudación Aduanera remitacopia de la presente Resolución a la Contraloría Generalde la República, dentro de los diez (10) días calendariosiguientes a la fecha de su aprobación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANTONIO PORTUGAL CHIRINOSSuperintendente Ejecutivo

12709

COFOPRI

Confirman resolución que declaró lainhibitoria de conocimiento de procedi-miento sobre mejor derecho de pose-sión de terreno ubicado en la provinciade Lima

EXPEDIENTE Nº 2002-091-COFOPRI/TAP

NO PODRÁN SER OBJETO DE FORMALIZACIÓN YADJUDICACIÓN PARA FINES DE VIVIENDA, LAS

ÁREAS QUE CONSTITUYAN PROPIEDAD PRIVADA

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNALADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD

Nº 208-2002-COFOPRI/TAP

Lima, 25 de junio de 2002

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por Nelson Wen-ceslao Villa Villa en adelante "el apelante", contra la Re-solución de la Gerencia de Titulación Nº 157-2002-CO-FOPRI/GT del 31 de enero de 2002, que declaró la inhi-bitoria del conocimiento del procedimiento sobre mejorderecho de posesión respecto del lote 26 de la manzana"L", de la Asociación Pro vivienda "Los Suyos", ubicadoen el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y de-partamento de Lima, inscrito bajo el código de predio NºP02190035, en adelante "el predio"; y,

CONSIDERANDO:

1. Que, el 31 de agosto de 1998 se instaló el ahoradenominado Tribunal Administrativo de la Propiedad, ór-gano de resolución de segunda y última instancia concompetencia a nivel nacional, que conoce y resuelve los

procedimientos administrativos relacionados con las com-petencias de la COFOPRI, de acuerdo con lo estable-cido por el Artículo 15º del Reglamento de Normas1, porlo que la Gerencia de Titulación ha remitido el expedientea este Tribunal para que sea resuelto.

2. Que, en su escrito del 24 de enero de 2002 (fojas171), "el apelante" manifiesta que la resolución recurri-da, no ha considerado los diversos documentos presenta-dos durante la tramitación del procedimiento, así comotampoco la Resolución Nº 088-VC-5515 del 25 de juliode 1999, por la que se reconoce su derecho de propie-dad, siendo que actualmente se encuentra en trámite unproceso sobre reivindicación, iniciado en su contra porBlanca Castillo Segura, actual propietaria de "el predio".Refiere además que COFOPRI es la encargada de resol-ver su litigio, de conformidad con lo establecido en elDecreto Legislativo Nº 083. Ampliando su apelación,mediante escrito del 27 de febrero de 2002, pone en co-nocimiento de la COFOPRI, la interposición de una de-nuncia por la comisión del delito contra el patrimonio y lafe pública contra Blanca Castillo Segura y la Junta Direc-tiva de la Asociación Pro Vivienda "Los Suyos", adjun-tando igualmente copias de actuados judiciales referidosal proceso sobre reivindicación que se le sigue respectode "el predio".

3. Que, de acuerdo con lo establecido por el Artículo12º de la mencionada Ley, la COFOPRI asume la titulari-dad de los terrenos estatales, a efectos de que en la eje-cución de su programa de formalización otorgue gratuita-mente los títulos de propiedad en favor de aquellas per-sonas que a la fecha del empadronamiento, acrediten elejercicio de la posesión directa, continua, pacífica y pú-blica del lote por un tiempo no menor a un (1) año, talcomo lo dispone el literal a) del Artículo 37º del Regla-mento de Formalización de la Propiedad a cargo de laCOFOPRI2.

4. Que, obra en autos copia de la sentencia del 28 deenero de 1991, expedida por el 10º Juzgado Especializa-do en lo Civil de Lima, declarada consentida medianteResolución del 22 de abril de 1998, la cual declaró fun-dada la demanda sobre Otorgamiento de Escritura Públi-ca interpuesta por Blanca Castillo Segura contra la Aso-ciación Pro Vivienda "Los Suyos", respecto de "el pre-dio". A mayor abundamiento de fojas 157 a 162 corre laimpresión de la copia literal emitida por el Registro Pre-dial Urbano respecto del código de predio Nº 02190035,constando en el asiento Nº 10 la inscripción de la titulari-dad de Blanca Elena Castillo Segura.

5. Que, de acuerdo a lo expuesto en el considerandoanterior, "el predio" constituye propiedad privada, por loque resulta de aplicación lo dispuesto por el Artículo 23ºde la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad For-mal3, que determina que no podrán ser objeto de adjudi-cación aquellas áreas que constituyan propiedad priva-da, por lo que la Gerencia de Titulación ha determinadola inhibición del presente procedimiento.

De conformidad con las normas antes citadas y conel Artículo 15º del Reglamento de Normas; y,

Estando a lo acordado,

SE RESUELVE:

CONFIRMAR la Resolución de la Gerencia de Titula-ción Nº 157-2002-COFOPRI/GT del 31 de enero de 2002,por los fundamentos expuestos en la presente resolu-ción.

1 Reglamento de Normas que regulan la organización y funciones de los ór-ganos de COFOPRI responsables del conocimiento y solución de mediosimpugnatorios aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-MTC, publica-do en el Diario Oficial El Peruano el 6 de agosto de 2000.

2 Aprobado por Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, publicado en el Diario Ofi-cial El Peruano el 6 de mayo de 1999.

3 Aprobado por Decreto Legislativo Nº 803, publicado el 23 de marzo de1996.

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Pág. 226584 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

Regístrese y comuníquese.

HÉCTOR FERRER TAFURVocal Titular del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI

VÍCTOR JOSÉ ANTONIO ZAR GINOCCHIOVocal Titular del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI

RICARDO JAVIER HAAKER PIÉROLAVocal Suplente del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI

HUMBERTO NOEL SALDARRIAGAVocal Suplente del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI

12694

CONASEV

Disponen adecuación del Régimen Es-pecial aplicable a empresas administra-doras de fondos colectivos creado me-diante la Res. Nº 084-99-EF/94.10

RESOLUCIÓN CONASEVNº 042-2002-EF/94.10

Lima, 11 de julio de 2002

VISTO:

El Informe Conjunto Nº 002-2002-EF/94.20/94.55 defecha 4 de julio de 2002, presentado por la Gerencia deAsesoría Jurídica y la Gerencia de Intermediarios y Fon-dos, con la opinión favorable de la Gerencia General;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Ley Nº 21907 se le encargó aConasev la supervisión y control de las empresas admi-nistradoras de fondos colectivos y se le facultó a dictarlas resoluciones que juzgue conveniente para normar suorganización, funcionamiento y supervisión;

Que, mediante Resolución Conasev Nº 730-97-EF/94.10 se aprobó el Reglamento de las Empresas Ad-ministradoras de Fondos Colectivos, actualmente vi-gente;

Que, a fin de mejorar la competitividad de las em-presas administradoras de fondos colectivos y de pro-mover el desarrollo del sistema, mediante ResoluciónConasev Nº 084-99-EF/94.10 del 14 de septiembre de1999, se creó el Régimen Especial para aquellas em-presas administradoras de fondos colectivos que cum-plan con ciertos requisitos de capital, patrimonio y ga-rantías;

Que, mediante Resolución Conasev Nº 098-99-EF/94.10 se emitió una precisión al Artículo 3º de la Resolu-ción Conasev Nº 084-99-EF/94.10; y, asimismo, median-te Resolución Gerencia General Nº 027-2000-EF/94.11se estableció el monto máximo del Certificado de Com-pra a que se refiere el Artículo 3º inciso a) de la Resolu-ción Conasev Nº 084-99-EF/94.10;

Que, las empresas administradoras de fondos colec-tivos que se acogieron al Régimen Especial pudieron in-crementar la formación de nuevos grupos, por lo que sepuede afirmar que los resultados de la creación del refe-rido Régimen han sido positivos para el sistema;

Que, la Asociación de Empresas Administradoras deFondos Colectivos (ADEAFCO) ha solicitado a Conasev laampliación de las flexibilizaciones contenidas en el Régi-men Especial, con el correspondiente incremento del for-talecimiento patrimonial de las empresas;

Que, por otro lado, mediante Ley Nº 27659, publicadael 7 de febrero de 2002 en el Diario Oficial El Peruano,entre otros, se añadió el Artículo 9º al Decreto LeyNº 21907, permitiendo que los asociados del sistema de

fondos colectivos reciban un financiamiento complemen-tario con el fin de adquirir los bienes y/o servicios esta-blecidos en el Contrato de Administración de Fondos Co-lectivos; estableciendo que éste puede ser otorgado porla propia empresa administradora de fondos colectivosque administra el Fondo o por un tercero; asimismo, fa-culta a Conasev a establecer los requisitos especialesaplicables a los Programas en los cuales se contempledicho financiamiento;

Que, por tanto, resulta necesario reglamentar adecua-damente la innovación introducida por la Ley Nº 27659para que se constituya en un elemento que propicie eldesarrollo del sistema de fondos colectivos, establecien-do las condiciones para que se cumpla con el financia-miento ofrecido a los asociados;

Que, considerando que el Régimen Especial estáorientado a las empresas que fortalezcan su situaciónpatrimonial y de garantías; y que de acuerdo con las in-corporaciones y modificaciones a los Decretos Leyes Nº21907 y Nº 22014 dispuestas por la Ley Nº 27659, sehan incrementado los niveles mínimos de capital y patri-monio exigibles para cualquier empresa administradora(independientemente del Régimen Especial); entonces,resulta pertinente incrementar los niveles mínimos decapital, patrimonio y garantías exigibles para acogerse alRégimen Especial;

Que, tomando en cuenta las ampliaciones y modifica-ciones que es necesario introducir, en aras de una ade-cuada técnica legislativa resulta conveniente consolidaren un solo cuerpo normativo todas las disposiciones re-feridas al Régimen Especial;

Que, resulta oportuno añadir que la presente normaha sido discutida ampliamente con los representantes deADEAFCO; y,

Estando a lo dispuesto en el Artículo 6º del DecretoLey Nº 21907; el Artículo 2º inciso c) del Texto Único Con-cordado de la Ley Orgánica de Conasev, aprobado porDecreto Ley Nº 26126; así como a lo acordado por el Di-rectorio de esta Institución, reunido en sesión de fecha 8de julio de 2002;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dentro del marco del Decreto Ley Nº21907, modificado por la Ley Nº 27659 y del Reglamentode las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos,aprobado mediante Resolución Conasev Nº 730-97-EF/94.10, adécuese el Régimen Especial aplicable a empre-sas administradoras de fondos colectivos que cumplancon los requisitos establecidos por Conasev en la pre-sente resolución.

Este Régimen Especial les permitirá a las empresasadministradoras de fondos colectivos incluir dentro de lascaracterísticas de los nuevos programas que pretendanadministrar, previa autorización de Conasev, los siguien-tes aspectos:

a) Los certificados de compra podrán ser aplicados ala adquisición de bienes de diverso género, no homogé-neos, dentro de un mismo grupo;

b) Hasta el diez por ciento (10%) de los contratosde un mismo grupo podrán destinarse a la adquisiciónde vehículos automotores usados;

c) El grupo podrá empezar a operar cuando se hayarecaudado por concepto de cuotas capital un monto equi-valente al mayor valor del bien y/o servicio o certificadode compra dentro de un mismo grupo, según correspon-da. La empresa administradora de fondos colectivos de-berá incluir dentro de las características del programa, elperíodo máximo en que se mantendrá dicha situación yestará impedida de formar nuevos grupos hasta que cum-pla con cubrir las vacantes previstas; salvo que asuma elpago de las cuotas respectivas, no pudiendo participaren el proceso de adjudicación;

d) La diferencia entre el mayor y el menor valor de loscertificados de compra al interior de un mismo grupo, po-drá ser equivalente hasta el cincuenta por ciento (50%)del mayor valor;

e) Para la utilización del importe del certificado de com-pra podrá optarse por proveedores predeterminados porla empresa administradora de fondos colectivos o por los

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proveedores seleccionados por los asociados, según seestablezca en el contrato respectivo;

f) Se podrá formar grupos bajo el Sistema de BienesPredeterminados destinados a la adquisición de un bieninmueble futuro; y,

g) Se podrá efectuar adjudicaciones anticipadas decertificados de compra o bienes predeterminados. Paratal efecto, la empresa administradora de fondos colecti-vos, y/o su proveedor, otorgarán un financiamiento com-plementario al fondo colectivo, el mismo que podrá seren bienes o en efectivo, en cuyo caso no devengará inte-reses al fondo colectivo.

Artículo 2º.- Para acogerse al Régimen Especial aque se refiere el artículo precedente, las empresas admi-nistradoras de fondos colectivos deberán cumplir con lossiguientes requisitos:

a) Tener un capital social suscrito y pagado no menorde Un Millón Cuatrocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles(S/. 1 400 000,00), debidamente inscrito en el Registrode Personas Jurídicas del Sistema Nacional de los Re-gistros Públicos;

b) Tener un patrimonio neto no menor al capital socialmínimo establecido en el inciso precedente, ni inferior aluno por ciento (1%) del total de los aportes por conceptode cuota capital efectuados por los asociados que aúnno hayan recibido el bien y/o servicio objeto del contratode administración de fondos colectivos;

c) Constituir a favor de Conasev, en respaldo de loscompromisos asumidos con los asociados, una garantíapor un monto no inferior al dos por ciento (2%) del totalde los aportes por concepto de cuota capital efectuadospor los asociados que aún no hayan recibido el bien y/oservicio objeto del contrato de administración de fondoscolectivos. En ningún caso esta garantía podrá ser infe-rior a Cien Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidosde Norteamérica (US$ 100 000,00) o su equivalente enmoneda nacional;

Esta garantía sustituye a la requerida por el Artículo26º y Cuarta Disposición Transitoria del Reglamento delas Empresas Administradoras de Fondos Colectivos; sinperjuicio de la facultad de Conasev de requerir garantíasadicionales cuando las características o situación del pro-grama lo ameriten. Los demás aspectos regulados en elCapítulo II del Título III del Reglamento de las EmpresasAdministradoras de Fondos Colectivos serán de aplica-ción para esta Garantía; y,

d) Incorporar dentro de las características del progra-ma sometido a consideración de Conasev, el tipo de pro-veedor y la política de garantías exigibles a los asocia-dos. La política de garantías deberá comprender, por lomenos, la relación que debe guardar permanentementela garantía con el importe de la deuda pendiente, los fac-tores de actualización de las garantías y los procedimien-tos para su ejecución.

Las empresas administradoras de fondos colectivosque se acojan al Régimen Especial materia de la presen-te resolución deberán cumplir permanentemente con losrequisitos establecidos en los incisos a), b) y c) del pre-sente artículo. El déficit de patrimonio en que se incurradeberá ser cubierto dentro de los treinta (30) días siguien-tes a la fecha de remisión de los estados financieros quemuestren esta situación o de su constatación por partede Conasev, la que de considerarlo pertinente podrá otor-gar un plazo adicional.

Artículo 3º.- Las empresas administradoras de fondoscolectivos que pretendan ser autorizadas para incorporaren sus programas la flexibilización contemplada en el inci-so a) del Artículo 1º de la presente resolución para la adqui-sición de bienes diferentes a vehículos e inmuebles, ade-más de satisfacer los requisitos dispuestos en el artículoprecedente, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a) El Certificado de Compra no deberá superar el mon-to de Diez Mil Dólares y 00/100 de los Estados Unidos deNorteamérica (US$ 10 000,00). El valor indicado podráser modificado mediante Resolución Gerencia Generalde Conasev.

b) El plazo máximo de duración del grupo no deberásuperar los cincuenta (50) meses;

c) Durante los primeros meses que constituyan el quin-ce por ciento (15%) del período de duración del grupo,las adjudicaciones se efectuarán solamente por la moda-lidad de remate. Cumplido dicho plazo, se establecerá elmecanismo de sorteo como primera modalidad de adju-dicación u otros mecanismos aprobados por Conasev;

d) Las garantías a otorgarse por parte de los asocia-dos para respaldar la deuda pendiente a la adjudicaciónestarán circunscritas a prenda vehicular e hipoteca u otrasaprobadas por Conasev. A criterio de la empresa admi-nistradora de fondos colectivos y, de ser procedente, es-tas garantías podrán ser sustituidas por la inscripción enel registro fiscal de ventas a plazo y/o complementadascon la firma de un pagaré garantizado por aval previa-mente evaluado por la referida empresa; y,

e) Cada programa bajo esta modalidad será autoriza-do definiéndose previamente la combinación de bienesy/o servicios a adjudicarse.

Los casos de grupos que incorporen simultáneamen-te vehículos e inmuebles, o que consideren exclusiva-mente bienes homogéneos, no estarán afectos a las con-diciones mencionadas en este artículo.

Artículo 4º.- Las empresas administradoras de fon-dos colectivos que pretendan ser autorizadas para incor-porar la adjudicación de vehículos automotores usadosen sus programas, de acuerdo a las condiciones estable-cidas en los Artículos 1º inciso b) y 2º de la presenteresolución deberán implementar un mecanismo de con-trol interno que incorpore cuando menos los lineamien-tos siguientes:

a) La valorización del bien estará a cargo de la em-presa administradora de fondos colectivos;

b) El bien a entregar deberá sujetarse a las normastécnicas establecidas por la autoridad competente, de seraplicable;

c) La empresa administradora de fondos colectivos,bajo responsabilidad, verificará lo siguiente:

(i) Que al momento de su entrega, el bien se encuen-tre en buen estado operativo;

(ii) Que el proveedor sea propietario del bien y/o estéfacultado para disponer del mismo;

(iii) Que el bien esté libre de toda carga o gravamen;(iv) Que se efectúe la inscripción de la transferencia a

favor del asociado; y/o la inscripción a favor de la empre-sa administradora de fondos colectivos de la prenda so-bre el bien adjudicado, en caso de no haberse registradoel contrato de administración de fondos colectivos en elregistro fiscal de ventas a plazos;

(v) Que el asociado adjudicado constituya por el sal-do adeudado una garantía adicional a la prenda del vehí-culo automotor usado o a la inscripción en el registro fis-cal de ventas a plazos. Esta garantía adicional deberáincluirse en la política de garantías que se establezca enla solicitud de autorización del programa respectivo, don-de se detallará las garantías para este tipo de bienes; y,

(vi) Que la antigüedad del vehículo automotor usadono sea mayor a cuatro (4) años.

Artículo 5º.- Las empresas administradoras de fon-dos colectivos que pretendan ser autorizadas de acuer-do a las condiciones establecidas en los Artículos 1º in-ciso f) y 2º de la presente resolución, deberán presentary/o acreditar como requisitos adicionales para la autori-zación del respectivo programa lo siguiente:

a) Que el terreno sobre el cual se desarrollará el pro-yecto inmobiliario sea de propiedad del proveedor (ven-dedor) del inmueble u otros considerados por Conasev;

b) Que sobre la partida del inmueble inscrita en elRegistro de Propiedad Inmueble del Sistema Nacional delos Registros Públicos corra registrada la anotación pre-ventiva de la declaratoria de fábrica correspondiente; y,adicionalmente sobre esta partida del inmueble deberáquedar registrado lo siguiente:

(i) Para el caso que el proveedor del terreno sea elmismo que el de la construcción: La hipoteca deberá estarconstituida a favor de la empresa administradora en re-presentación del fondo colectivo, en garantía del cumpli-

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miento de la ejecución del proyecto. El contrato de hipo-teca deberá contemplar los supuestos de ejecución delas garantías y el destino de los fondos obtenidos de laejecución.

(ii) Para el caso que el proveedor del terreno sea dis-tinto al proveedor de la construcción: La hipoteca del te-rreno deberá estar constituida a favor de la empresa ad-ministradora en representación del fondo colectivo en ga-rantía del cumplimiento de las obligaciones asumidas paracon el fondo colectivo. El contrato de hipoteca deberácontemplar los supuestos de ejecución de las garantíasy el destino de los fondos obtenidos de la ejecución.

(iii) En el caso de que la empresa administradora seapropietaria del terreno, que ésta se obliga a no disponerdel terreno, a excepción de la ejecución del proyecto. Elterreno debe estar libre de cargas y gravámenes y man-tenerse en esas condiciones hasta la adjudicación a losasociados.

La hipoteca indicada en los párrafos anteriores debe-rá ser primera y preferencial, no pudiendo la empresaadministradora ceder su rango preferente. Asimismo,cuando corresponda efectuar la transferencia de las uni-dades inmobiliarias a los asociados, podrá excluir de lahipoteca las secciones a independizarse, a fin que elasociado adquiera un bien libre de gravámenes y otor-gue las garantías correspondientes a favor de la empre-sa administradora.

c) Que la tasación del terreno sea efectuada por unperito registrado en el Consejo Nacional de Tasaciones(CONATA), en el Registro de Peritos Valuadores (REPEV) oel Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú. La tasacióndeberá tener una antigüedad no mayor a tres (3) meses;

La tasación señalada podrá ser observada por CO-NASEV. En tal caso, CONASEV solicitará una nueva ta-sación, pudiendo designar una terna de tasadores a efec-tos de que la empresa administradora realice la eleccióncorrespondiente. En cualquiera de los casos, el costo dela tasación también correrá por cuenta de la empresaadministradora.

d) Que los contratos que se suscriban entre la empre-sa administradora y el proveedor o proveedores, eviden-cien que se han adoptado todas las seguridades paraque el proveedor o proveedores cumplan con sus obliga-ciones y, por ende, la empresa administradora pueda cum-plir sus obligaciones con el fondo colectivo.

El contrato deberá contener una opción de compra delbien a favor de la empresa administradora, a ser ejercidade no cumplirse con los avances de la obra en las fechasprogramadas y resulte conveniente para el fondo colectivocontinuar con la obra y/o para asegurar la transferencia dela propiedad, según se trate que el proveedor del terrenosea el mismo o distinto que el de la construcción.

En ambos casos, la opción de compra deberá mante-nerse actualizada y vigente hasta la entrega de todas lasunidades inmobiliarias. Su actualización deberá comuni-carse a la Conasev dentro de los diez (10) días siguien-tes de su suscripción.

e) Que el contrato de administración de fondos colec-tivos contenga lo siguiente:

(i) Que el asociado no asume el riesgo de la existen-cia del bien; y,

(ii) Un detalle pormenorizado de las característicasdel bien inmueble futuro objeto de venta.

f) Que presente un reporte en el que se incluya laproyección mensual de los siguientes valores: Cuotas Ca-pital por recaudar, terreno hipotecado, avances de obra ycuotas por cobrar a asociados con bien entregado, a efec-tos de establecer la fecha probable en que se requeriríaconstituir la garantía a que se refiere el inciso b) del Artí-culo 6º de la presente resolución, de ser el caso; y,

g) Que, en caso el programa contemple la posibilidadde variación de precio del inmueble, se deberá señalar elindicador a utilizarse. Este indicador deberá ser emitidopor una entidad especializada, representativa del sectory de reconocida trayectoria en el mercado.

En la operatividad de estos programas, las empresasadministradoras de fondos colectivos estarán facultadasa entregar las cuotas capital captadas, en cada uno de

los meses, como anticipo al proveedor o proveedores queintervienen en el mencionado proyecto inmobiliario.

Para el caso que el Estado, a través de cualquiera desus dependencias, instituciones y/o empresas, otorgueterrenos para el desarrollo de proyectos inmobiliarios, Co-nasev evaluará los programas presentados por las em-presas administradoras, los cuales podrán tener requisi-tos diferentes a los indicados.

Artículo 6º.- Las empresas administradoras que ob-tengan la autorización de un programa acogiéndose a laflexibilización del inciso f) del Artículo 1º de la presenteresolución, se encontrarán obligadas a constituir a favorde Conasev, adicionalmente a la garantía mínima estable-cida por el inciso c) del Artículo 2º de la presente resolu-ción, las siguientes garantías adicionales, según se trate:

a. Garantía por Morosidad de los asociados.- Estagarantía adicional se constituirá antes de iniciar la opera-tividad de cada grupo, en respaldo del cumplimiento delas obligaciones a ser asumidas por los asociados con lasuscripción de los contratos de administración de fondoscolectivos. Esta garantía deberá ser reajustada dentrode los diez (10) días siguientes al vencimiento de cadasemestre y mantenerse vigente hasta la entrega del totalde las unidades inmobiliarias a los asociados hábiles. Co-nasev podrá ejecutar la garantía en caso se presente unincumplimiento en las entregas por causa de morosidaddel grupo. Dentro de los quince (15) días de ejecutada lagarantía, la empresa administradora deberá constituir unanueva que la restituya.

Esta garantía será calculada de la manera siguiente:Al inicio y por los primeros 6 meses:

G = CT * PDonde:

G = Garantía por morosidad.CT = Captaciones teóricas de cuotas capital semes-

trales sobre la base del número total de aso-ciados establecido en las características delprograma aprobado.

P = 10%

A partir del segundo semestre:

G = CT - CR

Donde:

G = Garantía por morosidad.CT = Captaciones teóricas de cuotas capital se-

mestrales sobre la base del número total deasociados establecido en las característicasdel programa aprobado.

CR = Captaciones reales del último semestre.

b. Garantía por montos transferidos.- Esta garan-tía adicional se constituirá a favor de Conasev en aque-llos casos en que se produzcan anticipos al proveedor ytendrá por objeto respaldar el cumplimiento de las obli-gaciones del proveedor.

i) Para el caso en que el Proveedor de la construc-ción sea propietario del terreno:

Esta garantía se constituirá si:

A > = VT + VC

Entonces, el monto de la garantía será calculado dela siguiente manera:

GMT = A - (VT + VC)

Donde:

A = Anticipos efectuados netos de las entregasde bienes.

VT = Valor de tasación del terreno actualizado.VC = 80% del valor de la construcción tasada no

entregada.GMT = Garantía por montos transferidos.

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El plazo para la constitución de esta garantía serádentro de los quince (15) días de producido el hecho ydeberá actualizarse semestralmente dentro de los diez(10) primeros días de vencido el semestre, hasta la en-trega total de las unidades inmobiliarias.

ii) Para el caso en que el Proveedor de la cons-trucción no sea propietario del terreno:

Esta garantía será calculada de la manera siguiente:

Al inicio y por los primeros seis meses:

GMT = 1.5 X CTMDonde:

GMT = Garantía por montos transferidos.CTM = Captación teórica mensual de cuotas capi-

tal sobre la base del número total de aso-ciados establecido en las características delprograma.

A partir del segundo semestre:

GMT = A - VC o GMT = 1.5 x CTM

La garantía por monto transferido GMT será la queresulte mayor.

Donde:

GMT = Garantía por montos transferidos.A = Anticipos efectuados netos de las entregas

de bienes.VC = 80% del valor de la construcción tasada no

entregada.CTM = Captación teórica mensual de cuotas capi-

tal sobre la base del número total de aso-ciados establecido en las características delprograma.

Esta garantía se constituirá antes de iniciar la opera-tividad de cada grupo y será reajustada dentro de losdiez (10) días siguientes al vencimiento de cada semes-tre, manteniéndose vigente hasta la entrega total de lasunidades inmobiliarias.

Las tasaciones deberán efectuarse por perito regis-trado en el Consejo Nacional de Tasaciones (CONATA), enel Registro de Peritos Valuadores (REPEV) o el CuerpoTécnico de Tasaciones del Perú y tendrán una validezmáxima de 30 días.

La tasación señalada podrá ser observada por CONASEV.En tal caso, CONASEV solicitará una nueva tasación, pu-diendo designar una terna de tasadores a efectos de que laempresa administradora realice la elección correspondien-te. En cualquiera de los casos, el costo de la tasación tam-bién correrá por cuenta de la empresa administradora.

Es responsabilidad de la empresa administradora ve-rificar que los avances de la obra se realicen dentro delos plazos establecidos, así como de informar a Conasevcualquier retraso que se pudiera presentar. Esta garantíaserá ejecutada por Conasev en caso el proveedor no cum-pla con los avances de la obra en las fechas programa-das y el monto obtenido será entregado al nuevo provee-dor elegido por la empresa administradora que continua-rá con la obra. Dentro de los quince (15) días de ejecuta-da la garantía, la empresa administradora deberá consti-tuir una nueva que la restituya.

Artículo 7º.- Las empresas administradoras de fon-dos colectivos que pretendan ser autorizadas de acuer-do a las condiciones establecidas en los Artículos 1º in-ciso g) y 2º de la presente resolución, deberán presentary/o acreditar como requisitos adicionales para la autori-zación del respectivo programa lo siguiente:

a. La fuente de los recursos para efectuar las adjudi-caciones anticipadas;

b. El monto máximo de recursos destinados a facilitarlas adjudicaciones anticipadas por grupo;

c. La oportunidad en que se efectivizará la entrega delos recursos;

d. El contrato suscrito entre la empresa administrado-ra y el proveedor o proveedores, el mismo que deberá

evidenciar que se han adoptado todas las seguridadespara que el proveedor o proveedores cumplan con susobligaciones y, por ende, la empresa administradora puedacumplir sus obligaciones con el Fondo Colectivo; y,

e. Especificar dentro de las modalidades de adjudica-ciones si se trata de adjudicaciones en fechas determi-nadas o por el pago de un número de cuotas específicas.

La limitación dispuesta en el Artículo 33º del Regla-mento de las Empresas Administradoras de Fondos Co-lectivos no rige para el caso de préstamos a favor delsistema.

Artículo 8º.- Las empresas administradoras de fon-dos colectivos que obtengan la autorización de un pro-grama acogiéndose a la flexibilización del inciso g) delArtículo 1º de la presente resolución, previamente al ini-cio de la operatividad de cada grupo se encontrarán obli-gadas a constituir una garantía adicional a favor de Co-nasev, en respaldo del cumplimiento de las obligacionesa ser asumidas con los asociados a la suscripción de loscontratos de administración de fondos colectivos.

Esta garantía deberá mantenerse vigente hasta la to-tal aplicación de los certificados de compra o entrega delos bienes objeto del contrato a los asociados hábiles.

La garantía adicional ascenderá al cinco por ciento(5%) del monto máximo de recursos pendientes de serdestinados a facilitar las adjudicaciones anticipadas porgrupo. Esta garantía deberá actualizarse semestralmen-te, dentro de los diez (10) días de vencido el semestre.

Es responsabilidad de la empresa administradora defondos colectivos que las adjudicaciones anticipadas serealicen en las fechas programadas, así como, de infor-mar a Conasev cualquier retraso que se pudiera presen-tar en la entrega del bien y/o servicio al asociado, noimputable al asociado. En este supuesto, la garantía seráejecutada por Conasev a fin de proveer al asociado delbien y/o servicio correspondiente. Dentro de los quince(15) días de ejecutada la garantía, la empresa adminis-tradora de fondos colectivos deberá constituir una nuevaque la restituya.

Artículo 9º.- En el supuesto que una empresa admi-nistradora de fondos colectivos opte por acogerse alas flexibilizaciones, establecidas en los incisos f) y g)del Artículo 1º de la presente resolución bajo un mismoprograma, Conasev establecerá las garantías adiciona-les a otorgarse y el monto de las mismas, las cuales ensuma no excederán al 80% de las garantías establecidasen los Artículos 6º y 8º de la presente resolución.

Artículo 10º.- En caso resuelva su contrato un aso-ciado adjudicado sin bien entregado en cualquiera de losprogramas que se aprueben acogiéndose a la flexibiliza-ción establecida en el inciso f) del Artículo 1º de la pre-sente resolución, la empresa administradora devolveráel valor de las cuotas capital aportadas deduciendo elequivalente a no más de dos (2) de ellas por concepto depenalidad, dentro de los ciento veinte (120) días poste-riores a la resolución del contrato, siempre que la resolu-ción se produzca dentro de los ocho (8) días siguientes ala adjudicación. Para tal efecto, el asociado deberá remi-tir a la empresa administradora una carta con firma lega-lizada ante Notario Público manifestando su decisión.

En el caso excepcional en que en un mismo grupo losasociados adjudicados sin bien entregado resuelvan enforma unilateral sus contratos en un porcentaje mayor alocho por ciento (8%) del número de asociados teóricosdel grupo, la empresa administradora podrá establecerun cronograma para las devoluciones a estos asociados,el cual estará relacionado con un porcentaje de las cap-taciones mensuales de cuotas capital y podrá exceder elplazo de ciento veinte (120) días establecido en el primerpárrafo del presente artículo.

El porcentaje será establecido en el Programa y en elContrato de Administración de Fondos Colectivos. El cro-nograma de devoluciones será informado a los asocia-dos y a Conasev dentro de los siete (7) días de haberseproducido el caso excepcional, pudiendo esta última ob-servar el mismo.

Artículo 11º.- Conasev cuenta con un plazo de trein-ta (30) días hábiles para evaluar las solicitudes de pro-gramas que contemplen las flexibilizaciones a que se re-fiere la presente resolución. Conasev podrá, por una solavez, formular observaciones referidas al suministro de

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mayor información o a la adecuación de la solicitud pre-sentada por la empresa administradora. En este caso, elplazo mencionado se extenderá en tantos días comodemore la empresa administradora en resolver, a satis-facción de Conasev, las observaciones comunicadas.

Artículo 12º.- Las empresas administradoras de fon-dos colectivos tienen la facultad de anular la adjudica-ción del asociado, si dentro de los noventa (90) días si-guientes a la fecha en que resultó beneficiado con taladjudicación, éste no ha iniciado los trámites o prosegui-do los ya iniciados, para la aplicación de la adjudicación,incluyendo la selección del bien y/o servicio y la constitu-ción de las garantías requeridas.

En caso de que se anule la adjudicación por lo dis-puesto en el párrafo precedente, la empresa administra-dora de fondos colectivos devolverá al fondo colectivo elimporte equivalente al bien y/o servicio adjudicado o cer-tificado de compra, a excepción del dinero eventualmen-te aportado por el asociado por concepto de remate, elcual será devuelto al asociado dentro de los diez (10)días de producida la anulación respectiva.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Única.- Otorgar un plazo de seis (6) meses, contadodesde la entrada en vigencia de la presente resolución,para que aquellas empresas que se encuentran bajo elRégimen Especial creado por la Resolución Conasev Nº084-99-EF/94.10 se adecuen a las modificaciones dis-puestas por el Artículo 2º de esta resolución, salvo quesoliciten la autorización de un nuevo programa acogién-dose a las flexibilizaciones establecidas en los incisosf) y g) del Artículo 1º de la presente resolución, en cuyocaso deberán acreditar la adecuación correspondienteantes de iniciar el referido procedimiento ante Conasev.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Deróguense la Resolución Conasev Nº 084-99-EF/94.10, la Resolución Conasev Nº 098-99-EF/94.10y la Resolución Gerencia General Nº 027-2000-EF/94.11.

Segunda.- Las cifras en Nuevos Soles indicadas enla presente resolución son de valor constante y se actua-lizan al cierre de cada ejercicio económico, en funcióndel índice de precios promedio al por mayor a nivel na-cional que publica periódicamente el Instituto Nacionalde Estadística e Informática. Se considera como base elíndice correspondiente a enero de 2003. Dicha actuali-zación deberá producirse dentro de los tres (3) primerosmeses de iniciado el nuevo ejercicio.

Tercera.- La presente resolución entrará en vigenciaa partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Cuarta.- Transcribir la presente resolución a las em-presas administradoras de fondos colectivos y a la Aso-ciación de Empresas Administradoras de Fondos Colec-tivos (ADEAFCO).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS EYZAGUIRRE GUERREROPresidente

12718

INDECOPI

Aceptan renuncia a Secretarías Técni-cas de las Comisiones Delegadas deReestructuración Patrimonial de la Cá-mara de Comercio y Producción deLambayeque y de Protección al Consu-midor -Zona Norte

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIADEL DIRECTORIO DE INDECOPI

Nº 075-2002-INDECOPI/DIR

Lima, 15 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que la señorita Nancy Brunela Díaz Salazar ha pre-sentado su renuncia al cargo de Secretario Técnico de laComisión Delegada de Reestructuración Patrimonial delIndecopi que opera en la Cámara de Comercio de Lam-bayeque, así como al cargo de Secretario Técnico de laComisión Delegada de Protección al Consumidor -ZonaNorte-;

Que la cita renuncia ha sido aceptada por el Directo-rio de la Institución; y,

De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º delDecreto Ley Nº 25868;

RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por laseñorita Nancy Brunela Díaz Salazar al cargo de Secre-tario Técnico de la Comisión Delegada de Reestruc-turación Patrimonial del Indecopi que opera en la Cáma-ra de Comercio y Producción de Lambayeque y al cargode Secretario Técnico de la Comisión Delegada de Pro-tección al Consumidor -Zona Norte-; con efectividad al17 de julio de 2002, dándole las gracias por los impor-tantes servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR ALMEYDA TASAYCOPresidente del Directorio

12714

Encargan funciones de Secretarios Téc-nicos de las Comisiones Delegadas deReestructuración Patrimonial de la Cá-mara de Comercio y Producción deLambayeque y de Protección al Con-sumidor - Zona Norte

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DELDIRECTORIO DE INDECOPINº 076-2002-INDECOPI/DIR

Lima, 15 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo establecido en el Decreto Legislati-vo Nº 788 y en la Ley Nº 27146 y en el marco de la des-centralización de sus funciones, el Indecopi ha suscritoConvenios de Delegación de Funciones con distintasentidades de prestigio, públicas y privadas, establecien-do Comisiones Delegadas de Reestructuración Patrimo-nial encargadas de tramitar y resolver los procedimien-tos a que se refiere la Ley de Reestructuración Patrimo-nial, así como también delegando funciones referidas alámbito de la Comisión de Protección al Consumidor;

Que, en ese contexto, resulta pertinente encargar lasfunciones correspondientes a la Secretaría Técnica de laComisión Delegada de Reestructuración Patrimonial ySecretaría Técnica de la Comisión Delegada de Protec-ción al Consumidor -Comisión Múltiple, Zona Norte- queopera en la Cámara de Comercio y Producción de Lam-bayeque;

Estando al acuerdo adoptado por el Directorio de laInstitución; y,

De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º delDecreto Ley Nº 25868;

RESUELVE:

Artículo Único.- Encargar, con efectividad al 17 dejulio de 2002, al señor Carlos Tejada Lombardi las funcio-nes de Secretario Técnico de la Comisión Delegada deReestructuración Patrimonial del Indecopi que opera enla Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque, yde Secretario Técnico de la Comisión Delegada de Pro-tección al Consumidor -Zona Norte-.

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Pág. 226589NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR ALMEYDA TASAYCOPresidente del Directorio

12715

Aceptan renuncia de miembro de laComisión Delegada de Reestructura-ción Patrimonial que opera en la Cá-mara de Comercio y Producción deLambayeque

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DELDIRECTORIO DE INDECOPINº 077-2002-INDECOPI/DIR

Lima, 15 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que la señorita Joselyn Olaechea Flores ha presen-tado renuncia al cargo de miembro de la Comisión Delega-da de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que operaen la Cámara de Comercio y Producción de Lambaye-que;

Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Di-rectorio de la institución; y,

De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º delDecreto Ley Nº 25868;

RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por laseñorita Joselyn Olaechea Flores al cargo de miembrode la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimo-nial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio yProducción de Lambayeque, dándosele las gracias porlos servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR ALMEYDA TASAYCOPresidente del Directorio

12716

Designan miembro de la Comisión Dele-gada de Reestructuración Patrimonialque opera en la Cámara de Comercio yProducción de Lambayeque

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DELDIRECTORIO DE INDECOPINº 078-2002-INDECOPI/DIR

Lima, 15 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo establecido en el Decreto Legisla-tivo Nº 788 y en la Ley Nº 27146 y en el marco de ladescentralización de sus funciones, el Indecopi ha sus-crito Convenios de Delegación de Funciones con distin-tas entidades de prestigio, públicas y privadas, estable-ciendo Comisiones Delegadas de Reestructuración Pa-trimonial encargadas de tramitar y resolver los procedi-mientos a que se refiere la Ley de Reestructuración Pa-trimonial;

Que en ese contexto, resulta pertinente efectuar laincorporación de un nuevo miembro a la Comisión Dele-gada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi queopera en la Cámara de Comercio y Producción de Lam-bayeque;

Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y,De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del

Decreto Ley Nº 25868;

RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor Mauricio PortalAguinaga en el cargo de miembro de la Comisión Dele-gada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi queopera en la Cámara de Comercio y Producción de Lam-bayeque.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR ALMEYDA TASAYCOPresidente del Directorio

12717

INEI

Aprueban Índices Unificados de Preciospara las seis áreas geográficas corres-pondientes al mes de junio de 2002

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 212-2002-INEI

Lima, 15 de julio del 2002

CONSIDERANDO:

Que, la Undécima Disposición Complementaria yTransitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Ins-tituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) lasfunciones de elaboración de los Indices Unificados dePrecios para la aplicación de las Fórmulas Polinómi-cas de Reajuste Automático de los elementos que de-terminen el costo de las Obras;

Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económi-cos ha elaborado el Informe Nº 02-06-2002-DTIE, referi-do a los Indices Unificados de Precios para las seis (6)Areas Geográficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes almes de junio del 2002 y que cuenta con la aprobación dela Comisión Técnica del INEI;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar dichosIndices, y la publicación del Boletín Mensual que contie-ne la información oficial de los Indices Unificados de Pre-cios; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo6º del Decreto Legislativo Nº 604;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Pre-cios para las seis (6) Areas Geográficas correspondien-tes al mes de junio del 2002, que en Anexo debidamenteautenticado forma parte integrante de la presente Reso-lución.

Artículo 2º.- Los departamentos que comprenden lasAreas Geográficas a que se refiere el Art. 1º, son lossiguientes:

Area 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ca-jamarca, Amazonas y San Martín

Area 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional delCallao e Ica

Area 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Aya-cucho y Ucayali

Area 4: Arequipa, Moquegua y TacnaArea 5: LoretoArea 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.

Artículo 3º.- Los Indices Unificados de Precios, correspon-den a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra yotros elementos e insumos de la construcción, agrupados porelementos similares y/o afines. En el caso de productos indus-triales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendolos impuestos de Ley y sin considerar fletes.

Regístrese y comuníquese.

GILBERTO MONCADAJefe

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Pág. 226590 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

Aprueban factores de reajuste aplica-bles a obras de edificación del sectorprivado, producidas en el mes de juniode 2002

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 213-2002-INEI

Lima, 15 de julio del 2002

CONSIDERANDO:

Que, la Undécima Disposición Complementaria y Tran-sitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al InstitutoNacional de Estadística e Informática (INEI) las funcio-nes de elaboración de los índices de los elementos quedeterminen el costo de las Obras;

Que, para uso del Sector Privado de la Construcciónel INEI ha elaborado los Factores de Reajuste que sedebe aplicar a las obras de edificación para las seis (6)Areas Geográficas del país, aplicables a las obras enactual ejecución, siempre que sus contratos no estipulenmodalidad distinta de reajuste;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar dichosfactores correspondientes al período del 1 al 30 de juniodel 2002, aplicables a las Obras de Edificación hastacuatro (4) pisos, para las Areas Geográficas 1, 2, 3, 4, 5y 6, los mismos que cuentan con la conformidad de laComisión Técnica del INEI; asimismo, aprobar su publi-cación en el Boletín Mensual de los Indices Unificadosde Precios de la Construcción;

En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6ºdel Decreto Legislativo Nº 604;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébese los Factores de Reajuste quese debe aplicar a las obras de edificación, correspon-

dientes a las seis (6) Areas Geográficas para las Obrasdel Sector Privado por variación de precios de todos loselementos que intervienen en el costo de dichas obras,producidas en el período del 1 al 30 de junio según apa-rece en el cuadro adjunto que debidamente autenticada,forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los Factores de Reajuste serán aplica-dos a las obras del Sector Privado, sobre el monto de laobra ejecutada en el período correspondiente. En el casode obras atrasadas, estos factores serán aplicados so-bre los montos que aparecen en el Calendario de Avancede Obra, prescindiéndose del Calendario de Avance Ace-lerado, si lo hubiere.

Artículo 3º.- Los factores indicados no serán aplicados:

a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados ha-yan sido reajustados como consecuencia de la variaciónmencionada en el período correspondiente.

b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hu-biera entregado oportunamente con el objeto de comprarmateriales específicos.

Artículo 4º.- En los montos de obra a que se refiereel Art. 2º se comprende el total de las partidas por mate-riales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equi-po, gastos generales y utilidad del contratista que corres-ponde a esos montos.

Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propieta-rio hubiera entregado al contratista, no se eximen de laaplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstosderivan de los aumentos de mano de obra.

Artículo 6º.- Los factores totales que se apruebanpor la presente Resolución, serán acumulativos por mul-tiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente apro-bado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contra-tado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato res-pectivo.

Artículo 7º.- Los departamentos que comprenden lasAreas Geográficas son los siguientes:

ANEXO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 212-2002-INEI

ÍNDICES UNIFICADOS DE PRECIOS DEL MES DE JUNIO DEL 2002Á R E A S G E O G R Á F I C A S

(Base: Julio 1992 = 100,0)

Cod. 1 2 3 4 5 6 Cod. 1 2 3 4 5 6

01 464.29 464.29 464.29 464.29 464.29 464.29 02 232.00 232.00 232.00 232.00 232.00 232.0003 234.63 234.63 234.63 234.63 234.63 234.63 04 285.29 368.81 419.31 286.53 211.47 426.3905 345.22 159.95 189.70 272.36 (*) 364.00 06 318.90 318.90 318.90 318.90 318.90 318.9007 242.91 242.91 242.91 242.91 242.91 242.91 08 303.00 303.00 303.00 303.00 303.00 303.0009 209.14 209.14 209.14 209.14 209.14 209.14 10 295.85 295.85 295.85 295.85 295.85 295.8511 231.89 231.89 231.89 231.89 231.89 231.89 12 245.03 245.03 245.03 245.03 245.03 245.0313 658.87 658.87 658.87 658.87 658.87 658.87 14 242.24 242.24 242.24 242.24 242.24 242.2417 344.23 287.69 345.47 348.49 273.60 361.98 16 306.65 306.65 306.65 306.65 306.65 306.6519 293.93 293.93 293.93 293.93 293.93 293.93 18 232.37 232.37 232.37 232.37 232.37 232.3721 358.87 320.89 347.41 350.71 347.41 366.48 20 687.21 687.21 687.21 687.21 687.21 687.2123 347.31 347.31 347.31 347.31 347.31 347.31 22 345.25 345.25 345.25 345.25 345.25 345.2527 354.55 354.55 354.55 354.55 354.55 354.55 24 248.84 248.84 248.84 248.84 248.84 248.8431 230.60 230.60 230.60 230.60 230.60 230.60 26 275.29 275.29 275.29 275.29 275.29 275.2933 434.19 434.19 434.19 434.19 434.19 434.19 28 328.13 328.13 328.13 362.56 328.13 328.1337 231.62 231.62 231.62 231.62 231.62 231.62 30 364.73 364.73 364.73 364.73 364.73 364.7339 284.71 284.71 284.71 284.71 284.71 284.71 32 316.17 316.17 316.17 316.17 316.17 316.1741 262.32 262.32 262.32 262.32 262.32 262.32 34 336.69 336.69 336.69 336.69 336.69 336.6943 343.75 343.94 406.86 329.67 514.96 394.59 38 257.14 326.36 399.13 276.76 (*) 388.6245 240.76 240.76 240.76 240.76 240.76 240.76 40 282.87 262.34 285.52 219.73 222.73 286.1647 281.72 281.72 281.72 281.72 281.72 281.72 42 279.01 279.01 279.01 279.01 279.01 279.0149 281.11 281.11 281.11 281.11 281.11 281.11 44 252.21 252.21 252.21 252.21 252.21 252.2151 229.76 229.76 229.76 229.76 229.76 229.76 46 314.56 314.56 314.56 314.56 314.56 314.5653 426.51 426.51 426.51 426.51 426.51 426.51 48 306.72 306.72 306.72 306.72 306.72 306.7255 346.01 346.01 346.01 346.01 346.01 346.01 50 311.21 311.21 311.21 311.21 311.21 311.2157 190.39 190.39 190.39 190.39 190.39 190.39 52 269.94 269.94 269.94 269.94 269.94 269.9459 177.06 177.06 177.06 177.06 177.06 177.06 54 314.25 314.25 314.25 314.25 314.25 314.2561 210.56 210.56 210.56 210.56 210.56 210.56 56 241.59 241.59 241.59 241.59 241.59 241.5965 197.55 197.55 197.55 197.55 197.55 197.55 60 209.15 209.15 209.15 209.15 209.15 209.1569 288.81 196.08 380.24 258.97 269.39 396.50 62 240.22 240.22 240.22 240.22 240.22 240.2271 333.97 333.97 333.97 333.97 333.97 333.97 64 174.32 174.32 174.32 174.32 174.32 174.3273 240.15 240.15 240.15 240.15 240.15 240.15 66 284.69 284.69 284.69 284.69 284.69 284.6977 266.09 266.09 266.09 266.09 266.09 266.09 68 198.46 198.46 198.46 198.46 198.46 198.46

70 225.55 225.55 225.55 225.55 225.55 225.5572 252.17 252.17 252.17 252.17 252.17 252.1778 365.28 365.28 365.28 365.28 365.28 365.28

(*) Sin Producción.

12729

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Pág. 226591NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

a) Area Geográfica 1: Tumbes, Piura, Lambayeque,La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín.

b) Area Geográfica 2: Ancash, Lima, Provincia Cons-titucional del Callao e Ica.

c) Area Geográfica 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huan-cavelica, Ayacucho y Ucayali.

d) Area Geográfica 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.

e) Area Geográfica 5: Loreto.f) Area Geográfica 6: Cusco, Puno, Apurímac y Ma-

dre de Dios.

Regístrese y comuníquese.

GILBERTO MONCADAJefe

ANEXO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 213-2002-INEI

CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACIÓN DE PRECIOS DE TODOS LOSELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACIÓN

CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DEL 1 AL 30 DE JUNIO DEL 2002

ÁREAS OBRAS DE EDIFICACIÓNEdificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos

GEOGRÁFICAS (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido)Nºs. M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total

Elem. Elem. Elem. Elem.

1 1.0000 1.0015 1.0015 1.0000 1.0009 1.0009 1.0000 1.0023 1.0023 1.0000 1.0011 1.00112 1.0000 0.9989 0.9989 1.0000 0.9969 0.9969 1.0000 1.0001 1.0001 1.0000 0.9980 0.99803 1.0000 1.0008 1.0008 1.0000 0.9997 0.9997 1.0000 1.0015 1.0015 1.0000 1.0001 1.00014 1.0000 1.0010 1.0010 1.0000 0.9999 0.9999 1.0000 1.0015 1.0015 1.0000 1.0002 1.00025 1.0000 1.0017 1.0017 1.0000 1.0013 1.0013 1.0000 1.0025 1.0025 1.0000 1.0013 1.00136 1.0000 1.0012 1.0012 1.0000 1.0006 1.0006 1.0000 1.0021 1.0021 1.0000 1.0008 1.0008

12730

SUPERINTENDENCIA DE

BIENES NACIONALES

Afectan en uso predio ubicado en laprovincia de Arequipa a favor del SENA-SA para el funcionamiento de labora-torio de producción de moscas de frutaestériles

JEFATURA DE ADJUDICACIONES

RESOLUCIÓNNº 051-2002/SBN-GO-JAD

La Molina, 8 de julio del 2002

Visto el Expediente Nº 033-2002/SBN-GO-JAD, porel cual el Servicio Nacional de Sanidad Agraria, solicitala afectación en uso del predio de 12 007,52 m², ubicadoen el Km. 7,5 de la carretera Arequipa - Yura, distrito deCerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa,para que lo destine al funcionamiento de un laboratoriode producción de moscas de la fruta estériles; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el DecretoLey Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De-creto Supremo Nº 131-2001-EF, Estatuto de laSuperintendencia de Bienes Nacionales, y Decreto Su-premo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedi-mientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Es-tatal, la Superintendencia de Bienes Nacionales, tienecomo finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés so-cial, promoviendo su intercambio, maximizando surentabilidad y estableciendo mecanismos para el regis-tro, inscripción y fiscalización de los bienes de propiedadestatal;

Que, el Estado es propietario del predio de 34 327,03m², dentro del cual se encuentra la extensión de 12 007,52m², ubicado en el Km. 7,5 de la carretera Arequipa - Yura,distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento deArequipa, inscrito en la Ficha Nº 00166927 del Registrode la Propiedad Inmueble de Arequipa y registrado en elAsiento Nº 2816 del Sistema de Información Nacional de

los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspon-diente al departamento de Arequipa;

Que, mediante Carta Nº 1522-2002-AG-SENASA, del11 de junio del 2002, el Servicio Nacional de SanidadAgraria - SENASA, solicita a la Superintendencia de Bie-nes Nacionales la afectación en uso del predio descritopara que lo destine al funcionamiento de un laboratoriode producción de moscas de fruta estériles;

Que, realizada la inspección técnica por la Jefaturade Adquisiciones y Recuperaciones de la Superintenden-cia de Bienes Nacionales, se constató que el predio vie-ne siendo usado por el Servicio Nacional de SanidadAgraria - SENASA, sector adscrito del Ministerio de Agri-cultura, destinándolo al funcionamiento de un laboratorioy oficinas administrativas;

Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobilia-ria estatal, se otorgan a favor de las entidades del SectorPúblico Nacional y se aprueban mediante Resolución deSuperintendencia de Bienes Nacionales, de conformidadcon lo dispuesto por el Artículo 87º del Decreto SupremoNº 154-2001-EF - Reglamento General de Procedimien-tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal,concordado con el Artículo 3º literal b) del Decreto deUrgencia Nº 071-2001;

Que, la afectación en uso se otorga para un fin deter-minado compatible con las funciones del Estado, pudien-do éste desafectar el predio si la entidad afectataria incu-rre en las causales previstas en el Artículo 96º del De-creto Supremo Nº 154-2001-EF;

Que, estando a lo expuesto mediante Informe Técni-co Legal Nº 090-2002/SBN-GO-JAD de fecha 8 de juliodel 2002, resulta atendible la solicitud formulada por elServicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, puestoque se ha constatado que, efectivamente dicho predio seencuentra ocupado por un laboratorio y oficinas adminis-trativas;

Que, de acuerdo al literal a) y l) del Artículo 41º delReglamento de Organización y Funciones de la Superin-tendencia de Bienes Nacionales, aprobado medianteResolución Nº 315-2001-SBN, de fecha 3 de setiembredel 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicacionesafectar en uso la propiedad inmobiliaria estatal, así comoemitir en primera instancia las Resoluciones de su com-petencia;

De conformidad con lo establecido en el Decreto LeyNº 25556 modificado por Decreto Ley Nº 25738, DecretoLey Nº 25554 modificado por Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF,Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Resolución Nº 315-2001/SBN;

Page 46: FUNDADO EN 1825 POR EL LIBER TADOR SIMÓN BOLÍV AR NORMAS AÑO DE LA VERDAD Y … · 2007-02-16 · de los Colegios de Contadores Públicos de Ucayali y Tumbes 226554 ... nisterio

Pág. 226592 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Afectar en uso el predio de 12 007,52m², parte integrante de un área de mayor extensión, ubi-cado en el Km. 7,5 de la carretera Arequipa - Yura, distri-to de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequi-pa, inscrito en la Ficha Nº 00166927 del Registro de laPropiedad Inmueble de Arequipa y registrado en el AsientoNº 2816 en el Sistema de Información Nacional de losBienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondienteal departamento de Arequipa; a favor del Ministerio deAgricultura - Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SE-NASA, para que lo destine al funcionamiento de un labo-ratorio de producción de moscas de fruta estériles.

Artículo 2º.- Por el mérito de la presente Resoluciónse suscribirá el Acta de Entrega a favor del afectatario.

Artículo 3º.- La Oficina Registral de Arequipa de laSuperintendencia Nacional de los Registros Públicos, porel mérito de la presente Resolución, procederá a inscribiren el Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa laafectación en uso indicada en el Artículo 1º.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

YALÚ PÉREZ VÁSQUEZJefe de Adjudicaciones

12689

C T A RAprueban modificación del Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones delCTAR Lima para el ejercicio 2002

CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓNREGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LIMA -

CTAR-LIMA

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVANº 116-2002-CTAR LIMA-PE

Lima, 8 de julio del 2002

Vistos; el Informe Nº 078-2002-CTAR LIMA/GRA del8 de julio del 2002, con proveído de la Secretaría Técni-ca; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 014-2002-CTAR LIMA/PE del 25 de enero del 2002, se apro-bó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones delConsejo Transitorio de Administración Regional del de-partamento de Lima, el mismo que fue modificado porlas Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nºs. 080-2002-CTAR LIMA/PE y 091-2002-CTAR LIMA-PE del 3 y 24 demayo del 2002, respectivamente;

Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe de Vis-tos, la Gerencia Regional de Administración solicita lainclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contra-taciones del Consejo Transitorio de Administración Re-gional del departamento de Lima del proceso de selec-ción de Licitación Pública y Adjudicaciones Directas parala adquisición de diversos bienes y suministros para los39 Proyectos que ejecuta el CTAR LIMA para el Progra-ma A TRABAJAR URBANO, habiéndose otorgado la co-rrespondiente cobertura presupuestal por parte de laGerencia de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Ins-titucional;

Que, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 7ºy 8º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Plan Anualpuede ser modificado de conformidad con la asignaciónpresupuestal o en caso de reprogramaciones de metaspropuestas, siendo que las inclusiones de los procesosde selección deben ser comunicadas a la Comisión dePromoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPY-ME dentro de los 10 días hábiles siguientes a su aproba-ción, dando cuenta al CONSUCODE;

Que, la presente Resolución cuenta con la conformi-dad de la Secretaría Técnica, y las visaciones de la Ge-rencia Regional de Administración, de la Gerencia Re-gional de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institu-cional, de la Gerencia Subregional de Lima y de la Ge-rencia Regional de Asesoría Jurídica del CTAR LIMA;

De conformidad con lo establecido por los Artículos7º y 8º del Reglamento del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y en usode las atribuciones conferidas por el inciso n) del Artículo15º del Reglamento de Organización y Funciones delCTAR LIMA aprobado por Resolución de Presidencia Eje-cutiva Nº 013-2002-CTAR LIMA-PE;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la modificación del PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones del ConsejoTransitorio de Administración Regional del departamentode Lima - CTAR LIMA para el Ejercicio Presupuestal 2002,de acuerdo al anexo adjunto que forma parte integrantede la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Re-solución al Consejo Superior de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión dePromoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPY-ME, dentro del plazo de Ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICENTE PINEDO MANRIQUEPresidente Ejecutivo

12720

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA

Modifican el Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones del SAT para elejercicio fiscal 2002

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓNTRIBUTARIA - SAT

RESOLUCIÓN DE GERENCIA DEADMINISTRACIÓN Nº 03-05-00000001

Lima, 16 de julio de 2002

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Gerencia de Adminis-tración Nº 0019-02-SAT/03 del 12 de marzo de 2002 seaprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesdel Servicio de Administración Tributaria, SAT, para el ejer-cicio fiscal 2002;

Que, los Artículos 7º y 8º del Reglamento del TextoÚnico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº013-2001-PCM, dispone que las Licitaciones Públicas,Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas no conte-nidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes, deberán ser aprobadas por el Titular del pliego o laMáxima Autoridad administrativa de la Entidad, según co-rresponda, para su inclusión en el mismo;

Que, mediante Informe Nº 49-82-00000001 del 16 dejulio de 2002 el Departamento de Logística solicita seincluyan en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones del Servicio de Administración Tributaria, SAT, parael año fiscal 2002, las siguientes adquisiciones que sedetallan en cuadro adjunto y que están contempladasdentro de los objetivos generales trazados por la Jefatu-ra del SAT en el presupuesto institucional para el ejerci-cio fiscal 2002, según disponibilidad;

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Pág. 226593NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes y sus modificaciones serán aprobados por la máxi-ma autoridad administrativa de la Entidad;

Que, el Artículo 10º del Edicto Nº 227 señala a laGerencia de Administración como órgano responsable delmanejo presupuestal del pliego constituido por la institu-ción, teniendo entre sus funciones elaborar el proyectode presupuesto de la institución y administrar los proce-sos de compras y abastecimientos, siendo el Gerente deAdministración el funcionario de mayor nivel del área ad-ministrativa;

Estando a lo dispuesto por el Artículo 7º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado y el Art. 7º del Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, así comoel Edicto Nº 227 del Servicio de Administración Tribu-taria - SAT;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la inclusión en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones del Servicio de Adminis-

tración Tributaria, para el Ejercicio Fiscal 2002, aprobadopor Resolución de Gerencia de Administración Nº 019-02-SAT/03, las contrataciones y adquisiciones que sedetallan en el cuadro adjunto que como anexo forma par-te de la presente resolución.

Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administra-ción remita copia de la presente Resolución al ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Peque-ña y Micro Empresa - PROMPYME dentro del plazo esta-blecido por el Art. 8º del Reglamento del Texto Único Or-denado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, y ponga a disposición del público usuario.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presenteresolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO VIDALÓN PAREJAGerente (e) de AdministraciónServicio de Administración Tributaria

Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - Modificación

NOMBRE DE LA ENTID. SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA AÑO: 2002

SIGLAS SAT RUC: 20337101276

N. TIPO OBJETO CIIU SÍNTESIS DE FECHA MONEDA VALOR UNIDAD CANTIDAD FUENTE NIVEL DE DESCEN- Ubigeo OBSER-REF. DE ESPECIFICACIONES PROB. ESTIMADO MEDIDA DE TRALIZACIÓN Y Depart. Prov. Dist. VACIONES

PROCESO TÉCNICAS CONV. FINANC. DESCONCENTRACIÓN

Contratación de Avisos para1 ADP SERVICIOS 9213 campaña de difusión del Julio-02 US$ 21.846,53 Otro 0 RECAUD. DIRECT. G.A. 15 01 01

RESET en diversos diariosAdquisición e Instalación de

2 ADS BIENES 2890 Puertas enrrollables de fierro Julio-02 US$ 16.000,00 Otro 0 RECAUD. DIRECT. G.A. 15 01 01para local de Jr. Camaná 700

3 ADS SERVICIOS 7123 Alquiler de Computadoras Julio-02 US$ 10.500,00 Otro 0 RECAUD. DIRECT. G.A. 15 01 01para Campaña RESET

12727

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS

Declaran nulidad de licitación para laadquisición de insumos del ProgramaVaso de Leche de la Municipalidad

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 425-2002

Los Olivos, 12 de julio del 2002

VISTOS: El Informe Nº 007-2002-MDLO/CE del Pre-sidente del Comité Especial encargado de conducir laLicitación Pública Nº 002-2002/MDLO/CE para la adqui-sición de insumos para el Programa del Vaso de Leche,referido al Pronunciamiento Nº 072-2002 (GTN), remitidopor CONSUCODE mediante Oficio Nº 351/2002 (PRE),Informe Nº 319-2002-MDLO/OAL; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Nº 012-2002-DM/MDLO del 18 de abril del 2002 se aprobaron las Basesde la Licitación Pública Nº 002-2002/MDLO/CE, para laadquisición de Leche Evaporada Entera y Hojuela deQuinua con Avena para el Programa del Vaso de Lechedurante el año 2002, formuladas por el Comité Especialconstituido mediante Resolución Directoral Nº 004-2002-DM/MDLO, modificada por la Resolución Directoral Nº010-2002-DM/MDLO, y recompuesto en mérito a la Re-solución Directoral Nº 011-2002-DM/MDLO efectuándo-se la convocatoria correspondiente; asimismo, se convo-có a la Licitación Pública correspondiente;

Que, mediante Oficio de Vistos, el Presidente del Con-sejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado remite el Pronunciamiento Nº 072-2002 (GTN) de la

Gerencia Técnica Normativa de dicha entidad, referido alas observaciones a las Bases formuladas por los posto-res de la citada Licitación Pública y a la revisión de lasBases efectuadas en mérito a la facultad contenida en elArtículo 59º, inciso a) de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, la misma que ha hallado los si-guientes vicios: 1). Que, la publicación de la convocato-ria a la Licitación Pública Nacional Nº 002-2002-MDLO/CE ha sido sólo en el Diario Oficial El Peruano, transgre-diendo así lo dispuesto por el numeral I, del Artículo 13ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y 76º de su Reglamento, quemanda además se publique en otro diario de mayor cir-culación nacional. 2). Que, las bases han sido aproba-das con Resolución Directoral emitida por la DirectoraMunicipal, que si bien cuenta con la autorización del Al-calde según Resolución de Alcaldía Nº 662-2000, éstano precisa expresamente qué atribuciones o competen-cias puede ejercer, por lo que su redacción es genérica.3). Que, las Bases constituyen de manera innecesaria laexigencia de solicitar documentación que ni el TUO de laLey ni su Reglamento lo requieren, por lo que se trans-grede lo dispuesto por la Ley Nº 27444 - Ley del Procedi-miento Administrativo General, al solicitar copias autenti-ficadas o legalizadas; se indica que a excepción de laGarantía los demás documentos deberán ser firmados,en este extremo la garantía sólo es presentada por elpostor ganador de la buena pro y no en los sobres Pro-puesta Técnica o Económica. 4). Que, se debe conside-rar el puntaje adicional dispuesto por la Ley Nº 27633,que modificó la Ley Nº 27143 - Ley de Promoción Tempo-ral del Desarrolo Nacional, reglamentada por el DecretoSupremo Nº 003-2001-PCM, en cuanto a la aplicacióndel beneficio adicional de 20% en el puntaje de cada pos-tor al presentar la declaración jurada que manifieste queel bien es nacional. 5). Que, las reglas de descalificaciónpropuestas en las bases deben ser claras y objetivas,debiendo eliminarse lo establecido por el numeral 5.2.3.

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Pág. 226594 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

de las Bases que dispone que la descalificación de lospostores se realizará "a criterio discrecional del ComitéEspecial". 6). Que, los factores de evaluación de las ba-ses no contienen parámetros objetivos que permitan eva-luar la adecuada asignación del puntaje a cada postorcalificado. 7). Que, las bases no cumplen con consignarque se está cumpliendo con los requerimientos fijadospor la Ley Nº 27470, modificada por la Ley Nº 27712 queregula la ración alimenticia diaria, compuesta por pro-ductos de origen nacional, conforme a lo prescrito en elArtículo 4º, numeral 4.1. de la misma. 8). Las bases nocontemplan la exigencia que establece el Artículo 76º delreglamento, en el extremo de la publicación de la BuenaPro en el Diario Oficial El Peruano y otro de mayor circu-lación nacional. 9). Que, la proforma del contrato anexa alas bases no contiene la Cláusula de Resolución del Con-trato y la Cláusula de Solución de Controversias, estan-do a lo dispuesto en el Artículo 41º del TUO de la Ley ylos Artículos Nºs. 143º y 144º de su Reglamento;

Que, mediante Informe Nº 007-2002/MDLO/CE el Pre-sidente del Comité Especial sostiene, en cuanto a la ob-servación formulada por el Consejo Superior de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, referida a que laaprobación de las Bases fue realizada por la DirecciónMunicipal sin acreditarse la delegación correspondientedel Titular de la entidad, que dicha delegación fue reali-zada mediante Resolución de Alcaldía Nº 662-2000. Asi-mismo, y respecto de las demás observaciones señalaque las mismas ameritan la declaración de nulidad delproceso de Licitación Pública, debiéndose efectuar lasacciones administrativas correspondientes;

Que, el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal, a travésdel Informe Nº 319-2002-MDLO/OAL, opina que en méri-to a las observaciones a las Bases de la Licitación Públi-ca Nº 002-2002/MDLO/CE para la adquisición de insu-mos para el Programa del Vaso de Leche, efectuadas porel Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, mediante Pronunciamiento Nº 072-2002 (GNT)de su Gerencia Normativa Técnica, y en virtud a la atri-bución contenida en el Artículo 26º del Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debeemitirse Resolución de Alcaldía declarando la Nulidad deOficio del citado Proceso de Licitación Pública, por cuan-to se han incurrido en las causales de nulidad conteni-das en el Artículo 57º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, comoson el haber contenido actos dictados por órgano incom-petente, por contravenir normas legales, por prescindirde normas esenciales del procedimiento o de la formaprescrita por la normatividad aplicable;

Que, para efectos de la declaración de nulidad debetenerse en cuenta lo dispuesto por los numerales 7.1,7.2 y 7.3 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE,que regula la publicación de avisos referidos a Procesosde Selección, aprobada mediante la Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, esto es: 1). Que, la nulidad deoficio del proceso de selección, sólo puede ser declara-da por el Titular del Pliego o la máxima autoridad adminis-trativa de la Entidad, según corresponda y por alguna delas causales establecidas por el Artículo 57º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado. Esta facultad es indelegable. 2). Que,la nulidad de oficio sólo puede ser declarada hasta antesde la suscripción del contrato. Después de celebrado elmismo, sólo es posible declarar la nulidad por efecto delArtículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado; y, 3). Que, la par-te considerativa de la Resolución que declara la nulidaddel proceso deberá describir la causal o causales quejustifican la nulidad y la parte resolutiva deberá señalarla etapa a la que se retrotrae el proceso, si corresponde.Finalmente, opina el Asesor Legal que deberá retrotraer-se el Proceso de Licitación Pública aludido hasta la eta-pa de formulación y aprobación de las Bases, momentoen el cual se deberán tomar en cuenta las observacionesefectuadas por CONSUCODE;

Que, mediante Proveído Nº 1987-02, la DirecciónMunicipal dispone se proyecte la Resolución de Alcaldíacorrespondiente;

Que, el Artículo 26º, del Texto Único Ordenado delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-

2001-PCM, establece que el Titular del Pliego o la máximaautoridad administrativa de la Entidad, según correspon-da, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de se-lección por alguna de las causales establecidas en el Artí-culo 57º de la Ley, sólo hasta antes de la celebración delcontrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la reso-lución recaída sobre los recursos impugnativos. La Reso-lución que declara la nulidad de oficio deberá publicarseen el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) díassiguientes a su expedición, bajo responsabilidad;

Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las atribucio-nes conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el TextoÚnico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE que regula la publicación deavisos referidos a Procesos de Selección, aprobada me-diante la Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, ylos Artículos 47º, inciso 6), de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 23853;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DECLARAR, la NULIDAD DEOFICIO de la Licitación Pública Nº 002-2002/MDLO/CEpara la adquisición de insumos para el Programa del Vasode Leche de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, porlos fundamentos expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución.

Artículo Segundo.- RETROTRAER, el Proceso de Li-citación Pública Nº 002-2002/MDLO/CE para la adquisiciónde insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Mu-nicipalidad Distrital de Los Olivos, a la etapa de formulacióny aprobación de las Bases, momento en el cual el ComitéEspecial deberá tomar en cuenta las observaciones formu-ladas por la Gerencia Técnica Normativa del Consejo Su-perior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a tra-vés del Pronunciamiento Nº 072-2002 (GTN).

Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Comité Especialconstituido mediante Resolución Directoral Nº 004-2002-DM/MDLO, modificada por la Resolución Directoral Nº010-2002-DM/MDLO, y recompuesto en mérito a la Re-solución Directoral Nº 011-2002-DM/MDLO, el cumpli-miento de lo dispuesto en la presente Resolución y a laDirección Municipal su supervisión.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

FELIPE B. CASTILLO ALFAROAlcalde

12755

MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC

Otorgan amnistía para la regularizaciónde obras ejecutadas sin licencia

ORDENANZA Nº 059-MDR

Rímac, 5 de julio del 2002

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DEL RÍMAC

POR CUANTO:

El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinariade la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Teniente Alcal-desa, Econ. Rosa Olinda Liza Nunton, con la asistenciade los señores Regidores: William Castañeda Lozano,Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita IparraguirreCuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernando FuentesGalindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pin-tado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel VegaNeciosup, José Falcón Huamán Lazo;

Visto, el Dictamen Nº 002-2002-MDR-CDU emitido porla Comisión de Desarrollo Urbano sobre Proyecto de Or-

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Pág. 226595NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

denanza de Amnistía por Regularización de Obras eje-cutadas sin "Licencia de Obra";

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 194º dela Constitución Política, las Municipalidades Provinciales,Distritales y las delegadas conforme a ley, son los órga-nos de gobierno local y tiene autonomía económica yadministrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 60º de la Ley de Tributación Municipal,aprobado por D. Leg. Nº 776 dispone que, conforme a loestablecido por el inciso 3) del Artículo 192º y por el Artículo74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidadescrean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otor-gan exoneraciones dentro de los límites que fije la ley;

Que, es función de la Municipalidad en la materia deacondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colec-tiva, reglamentar otorgar, licencias y controlar las cons-trucciones, remodelaciones, demoliciones en los inmue-bles de las áreas urbanas de conformidad con las nor-mas del Reglamento Nacional de Construcciones;

Que, habiéndose promulgado la Ley Nº 27157 sobrela Regularización de edificaciones del Procedimiento parala declaratoria de Fábrica del Régimen de Unidades in-mobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Co-mún, norma que propugna la formalización de la activi-dad edificatoria, buscando la legalización de las edifica-ciones ejecutadas antes del 20 de julio del año 1999 yestableciendo un procedimiento especial para las edifi-caciones ejecutadas con posterioridad;

Que, posteriormente se ha expedido el Decreto Su-premo Nº 008-2000-MTC que aprueba el Reglamento dela Ley Nº 27157 que tiene por objeto facilitar y unifor-mizar la aplicación de los beneficios y trámites señala-dos en la referida ley, para la regularización de la Decla-ratoria de Fábrica de las edificaciones nuevas y regla-mentar el nuevo marco legal dispuesto por la ley, para laadministración de unidades inmobiliarias de propiedadexclusiva y de propiedad común;

Que, con fecha 30 de julio del año 2000, fue publica-da la Ley Nº 27333, Complementaria a la Ley Nº 26662,Ley de Asuntos no Contenciosos de Competencia Nota-rial, para la Regularización de Edificaciones, estable-ciéndose la alternativa de regularización mediante ins-trumento público notarial, norma que en segunda dispo-sición final establece que las Municipalidades deberánadecuar sus procedimientos a los dispuestos por dichaley, bajo responsabilidad de sus titulares;

Que, dada la difícil situación económica por la queatraviesa la población del distrito, es necesario y conve-niente dictar disposiciones que otorguen las facilidadesa las personas naturales de nuestro distrito, para el sa-neamiento de su propiedad a bajo costo;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dis-puesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853y con el voto Unánime de los miembros del Concejo ycon dispensa del trámite de la lectura y aprobación delacta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE DISPONE AMNISTÍAPARA REGULARIZACIÓN DE OBRAS

EJECUTADAS SIN "LICENCIA DE OBRA"

Artículo 1º.- La presente Ordenanza se encuentrasustentada en la siguiente base legal:

a) Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853.b) Reglamento Nacional de Construcciones.c) Ley Nº 27157.d) Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC.e) Ley Nº 27333.

Artículo 2º.- La presente Ordenanza tiene por objetoestablecer un procedimiento especial para acogimientoa la Ley Nº 27157 de Regularización de Obras y a lasdemás normas complementarias que tienen relación conconstrucciones efectuadas de manera informal dentro dela jurisdicción del distrito del Rímac.

Artículo 3º.- La presente Ordenanza establece la am-nistía para regularización de Licencia de Obra, por un pla-zo de 120 días calendario contados a partir del día si-guiente de publicación de la presente Ordenanza a todos

los propietarios de inmuebles que han realizado edifica-ciones, ampliaciones y modificaciones sin la respectivaAutorización Municipal a partir de la vigencia de la Ley Nº27157, en consecuencia deberán proceder a su regulari-zación SIN PAGOS DE LAS MULTAS Y MORAS que ha-yan generado debido a la carencia de licencia de obra.

Artículo 4º.- Quienes se acogen a la presente Orde-nanza estarán exentas del pago de multas, por obras eje-cutadas sin licencia. Las multas que estén pendientes depago por este concepto quedarán sin efecto, inclusivelas que se encuentran en cobranza coactiva, así como el10% sobre el monto de obra dispuesto por la Ley Nº27333, bajo condición previa de la presentación del otor-gamiento de la Licencia de Obra por Regularización.

Artículo 5º.- El trámite de acogimiento requerirá lapresentación de los requisitos de acuerdo al TUPA:

- Solicitud.- FUO parte 1 debidamente llenado por triplicado, hoja

de trámite.- Copia Literal de Dominio o Título de Propiedad.- Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edifica-

torios vigentes.- Planos: Localización y Ubicación, Distribución, Cor-

tes y elevaciones, firmados por propietario, y firmados ysellados por Arquitecto o Ingeniero Civil.

- Carta de Seguridad de Obra.- Certificado de Habilitación del Proyecto.- Fotografía Color (del área a regularizar y el entorno

urbano).- Memoria Justificativa, estudio de Impacto Ambiental

y otros de ser necesario.- En caso de Bienes inmobiliarios de propiedad exclu-

siva y bienes de Propiedad Común, se requerirá la auto-rización de la Junta de Propietarios.

- Licencias y/o Declaratoria de Fábrica anteriores, (co-pia de planos aprobados correspondiente a dichas licen-cias.

- Recibo de Pago por Revisión hasta de 2 revisiones),0.5% Valor de Obra (mínimo S/. 50.00) e inspección ocu-lar S/. 50.00.

- Por revisión de Planos de Delegados Ad-Hoc hasta(2 veces) 0.02% del valor de obra Res. Nº 253-2000-MTC.

- Declaración Jurada del Impuesto Predial y Arbitriosvigente.

Artículo 6º.- La liquidación de Pago por DerechosMunicipales, por Regularización de Licencia de Obra seráequivalente 0.9% del valor de la obra ejecutada (mínimoS/. 150.00).

Artículo 7º.- Los beneficios de esta Ordenanza noeximen del cumplimiento de los requisitos técnicos y ur-banos establecidos en la normatividad correspondiente,por tanto la Municipalidad emitirá dentro de este procedi-miento y según lo dispuesto por la Ley Nº 27333 la reso-lución correspondiente que certifique el cumplimiento delas normas técnicas contenidas en el Reglamento Nacio-nal de Construcciones, Zonificación y demás normasmunicipales aplicables.

Artículo 8º.- Los trámites referidos a edificaciones ubi-cadas en el Centro Histórico serán remitidas a la ComisiónTécnica Especial de Licencias para el Centro Histórico y deacuerdo a lo dispuesto por las Ordenanzas Nº 062 y Nº 201de MML, para su revisión y aprobación correspondiente.

Artículo 9º.- Ser acogerán a este beneficio todas lasobras ejecutadas que hasta la fecha del día siguiente dela publicación de la presente Ordenanza no cuenten conla respectiva "Licencia de Obra".

Artículo 10º.- La presente Ordenanza entrará en vi-gencia a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo 11º.- Encargar a la Dirección de DesarrolloUrbano, Administración Tributaria y a la Unidad de Ima-gen Institucional y Comunicaciones, el desarrollo de unacampaña general, integral y masiva de difusión de losbeneficios de la Amnistía acordada.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

GLORIA JARAMILLO AGUILARAlcaldesa

12545

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Pág. 226596 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

FE DE ERRATAS

ORDENANZA Nº 005-2002

Texto Único de Procedimientos Administrativos

Fe de Erratas del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad aprobado mediante Orde-nanza Nº 005-2002, publicado en la edición del 16 de julio de 2002, en la página 226513.

En la División de Obras Públicas, Procedimiento Nº 1 (Autorización de Ejecución de Obras en Áreas de UsoPúblico).-

DICE:

REQUISITOS MONTO DEL DERECHOEN % DE UIT EN NUEVOS

SOLES

PARA OBRAS EN ÁREA DE USO PÚBLICOa) Obras de Pavimentación 0.01% UIT x m2 0.31b) Zanjas para tendido de tuberías (en tierra o pavimento) o instalación de acometidas 1% UIT x m 31

subterráneas 10% UITx unid. 310c) Construcción de cámaras (agua, alcantarillado, luz, teléfono, etc) e instalación de buzones 7% UITx unid. 217d) Colocación de postes para instalación de redes de comunicación o suministro eléctrico 2% UITx unid. 62e) Reubicación, retiro y/o cambio de postes 0.1% UITx unid/m 3.1f) Colocación de anclajes para postes o instalación de cable subterráneo para acometida 0.01% UIT x m 0.31g) Mantenimiento de acometida aérea/subterránea o por uso de ducto existente 3.5% UIT x par mixto 108.5h) Instalación de conexiones domiciliarias de agua y desagüe (cada par mixto) 1 UIT x torre 3100i) Instalación de torres de control 0.17% UIT x ml. 5.27j) Por instalación de Acometida aérea 3.5%UIT 108.5k) Revisión de expediente técnico (por cada revisión) 4.84 %UITx unid. 150.04l) Autorización para instalación de cabinas telefónicas (vigente por un año)PARA OBRAS DE HABILITACIONES URBANAS 0.02% UIT x m 0.62a) Zanjas para tendido de tuberías en tierra 0.5% UIT x m 15.5b) Zanjas para tendido de tuberías en pavimento 1% UIT x unidad 31c) Construcción de cámaras (agua, alcantarillado, luz), colocación de postes para instalación

de redes de comunicación o suministro, instalación de buzones 0.02%UITxunid/m 0.62d) Colocación de anclajes para postes o instalación de cable para acometida aérea o subterránea 1%UIT x par 31e) Instalación y conexiones domiciliarias de agua y desagüe (cada par mixto) 0.04%UITpor m 1.24f) Por instalación de acometida aéreaAUTORIZACIÓN DE ANTENAS ÁEREASPARABÓLICAS (VIGENCIA ANUAL) 0.16% 5.001 Solicitud - Declaración Jurada 9.68% 300.002 Pagar derecho de Trámite

DEBE DECIR:

REQUISITOS MONTO DEL DERECHOEN % DE UIT EN NUEVOS

SOLES

PARA OBRAS EN ÁREA DE USO PÚBLICOa) Obras de Pavimentación 0.01% UIT x m2 0.31b) Zanjas para tendido de tuberías (en tierra o pavimento) o instalación de acometidas 1% UIT x m 31

subterráneasc) Construcción de cámaras (agua, alcantarillado, luz, teléfono, etc) e instalación de buzones 10% UITx unid. 310d) Colocación de postes para instalación de redes de comunicación o suministro eléctrico 7% UITx unid. 217e) Reubicación, retiro y/o cambio de postes 2% UITx unid. 62f) Colocación de anclajes para postes o instalación de cable subterráneo para acometida 0.1% UITx unid/m 3.1g) Mantenimiento de acometida aérea/subterránea o por uso de ducto existente 0.01% UIT x m 0.31h) Instalación de conexiones domiciliarias de agua y desagüe (cada par mixto) 3.5% UIT x par mixto 108.5i) Instalación de torres de control 1 UIT x torre 3100j) Por instalación de Acometida aérea 0.17% UIT x ml. 5.27k) Revisión de expediente técnico (por cada revisión) 3.5%UIT 108.5l) Autorización para instalación de cabinas telefónicas (vigente por un año) 4.84 %UITx unid. 150.04PARA OBRAS DE HABILITACIONES URBANASa) Zanjas para tendido de tuberías en tierra 0.02% UIT x m 0.62b) Zanjas para tendido de tuberías en pavimento 0.5% UIT x m 15.5c) Construcción de cámaras (agua, alcantarillado, luz), colocación de postes para instalación 1% UIT x unidad 31

de redes de comunicación o suministro, instalación de buzonesd) Colocación de anclajes para postes o instalación de cable para acometida aérea o subterránea 0.02%UITxunid/m 0.62e) Instalación y conexiones domiciliarias de agua y desagüe (cada par mixto) 1%UIT x par 31f) Por instalación de acometida aérea 0.04%UITpor m 1.24AUTORIZACIÓN DE ANTENAS ÁEREASPARABÓLICAS (VIGENCIA ANUAL)1 Solicitud - Declaración Jurada 0.16% 5.002 Pagar derecho de Trámite 9.68% 300.00

12756

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Pág. 226597NORMAS LEGALESLima, miércoles 17 de julio de 2002

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO

Aprueban Amnistías Tributaria yAdministrativa relativas al impuestopredial, tasa de arbitrios municipales,tasa de licencia de funcionamiento yalcabala

ORDENANZA Nº 088/MDS

Surquillo, 10 de julio de 2002

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE SURQUILLO

El Concejo Distrital de Surquillo, en la Sesión Ordina-ria del 10 de julio del 2002, con el voto unánime de losseñores Regidores y con dispensa del trámite de lecturay aprobación de Acta; ha dado la siguiente Ordenanza:

AMNISTÍA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVAPOR ANIVERSARIO DEL DISTRITO

Artículo Primero.- CREACIÓN DEL BENEFICIOCréase la Amnistía Tributaria y Administrativa aplica-

ble a los deudores de la Municipalidad de Surquillo porsus obligaciones tributarias y administrativas.

Artículo Segundo.- ALCANCE DEL BENEFICIOComprende las deudas tributarias generadas a la fe-

cha, sobre las cuales no se haya ejercido medidas cau-telares o de embargo.

Los tributos comprendidos son los siguientes:

- Impuesto Predial.- Tasa de Arbitrios Municipales.- Tasa de Licencia de Funcionamiento.- Alcabala.

Artículo Tercero.- VIGENCIA DEL BENEFICIOEl período de acogimiento será del 12 al 20 de julio

del 2002.Artículo Cuarto.- CONDONACIÓN DE INTERESES

MORATORIOS, FACTOR DE REAJUSTE Y COSTASCOACTIVAS

A las deudas tributarias se les condonará las costasdel procedimiento coactivo señalado en la Ordenanza Nº010-98-MDS, los intereses moratorios y el factor de re-ajuste de acuerdo a lo detallado a continuación:

1. ARBITRIOS1.1 Los contribuyentes que paguen la totalidad o par-

cialmente sus deudas de arbitrios correspondientes a losperíodos de 1995 a 1997 se les condonará los interesesmoratorios, y el 50% del tributo insoluto, incluyendo losgastos administrativos.

1.2 Los contribuyentes que paguen la totalidad de susdeudas de arbitrios correspondientes a los períodos de1998 a 2001 se les condonará los intereses moratorios, yel 15% del tributo insoluto, incluyendo los gastosadministrativos. En caso de pagar parcialmente, se lescondonará los intereses moratorios, y los gastos admi-nistrativos.

En ambos casos se condonará las costas del proce-dimiento coactivo.

2. IMPUESTO PREDIAL Y ALCABALA2.1 Los contribuyentes que paguen la totalidad o par-

cialmente el tributo se les condonará los intereses mora-torios, el factor de reajuste, y las costas del procedimien-to coactivo.

3. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO3.1 Los contribuyentes que paguen total o par-

cialmente sus deudas de licencia de funcionamiento seles condonará los intereses moratorios, y el factor de re-ajuste, incluyendo los gastos administrativos y las cos-tas coactivas.

Artículo Quinto.- FRACCIONAMIENTOSLos fraccionamientos incumplidos, que tengan dos o

más cuotas vencidas serán anulados e imputados deacuerdo al Código Tributario, permitiendo el acogimientode los contribuyentes a la presente norma.

Los contribuyentes cuyos fraccionamientos tienen cuo-tas no vencidas, podrán cancelar las mismas, condo-

nándoseles los intereses moratorios y un descuento del 15%del tributo cuando corresponda a los arbitrios y sin intere-ses moratorios cuando corresponda al Impuesto Predial.

Artículo Sexto.- ARBITRIOS DE MERCADOSLos contribuyentes que realicen sus pagos totales o

parciales que correspondan al arbitrio de mercados po-drán cancelar las mismas, condonándoseles los intere-ses moratorios, los gastos administrativos y un descuen-to del 50% del tributo insoluto.

Artículo Sétimo.- MULTAS ADMINISTRATIVASLas multas administrativas se podrán cancelar con un

descuento del 90%, condonándoseles las costas del pro-cedimiento coactivo de corresponder.

Las multas correspondientes al cambio de leyendaserán rebajados en un 50%.

Artículo Octavo.- MULTAS TRIBUTARIASLos contribuyentes que no hubiesen realizado el in-

greso o descargo respectivo a la adquisición o transfe-rencia de su predio, podrán presentar las declaracionesjuradas de autoavalúo respectivas condonándoseles lamulta en tanto realicen la presentación dentro de la vi-gencia del presente beneficio.

Artículo Noveno.-Facúltese al Sr. Alcalde para que mediante decreto

amplíe la vigencia de la presente ordenanza.

Encárguese al señor Alcalde su publicación.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

GUSTAVO SIERRA ORTIZAlcalde

12684

CPM SANTA MARÍA DE HUACHIPA

Otorgan beneficio especial extraordina-rio de regularización de obligacionestributarias y no tributarias en el centropoblado menor

ORDENANZA Nº 013-MCPMSMH

C.P.M. Santa María de Huachipa, 12 de julio de 2002

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DELC.P.M. DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fechay con el voto unánime de los señores Regidores acordólo siguiente:

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Constitución Política delPerú, se les reconoce a los Gobiernos Locales, autono-mía política, económica y administrativa en los asuntosde su competencia;

Que el Art. 41º del T.U.O. del Código Tributario, aprobadocon el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que ladeuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expre-sa con rango de Ley, excepcionalmente los Gobiernos Lo-cales podrán condonar con carácter general el interés mora-torio las sanciones respecto a los tributos que administren;

Estando a lo expuesto de conformidad con los Arts.47º Incs. 2) y 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades, Ley Nº 23853, el Decreto Supremo Nº 135-99-EF;

OTORGAN BENEFICIO ESPECIALEXTRAORDINARIO DE REGULARIZACIÓN

DE OBLIGACIONES TRIBUTARIASY NO TRIBUTARIAS

Artículo Primero.- Establézcase en la Jurisdiccióndel Centro Poblado Menor de Santa María de Huachipaun Beneficio Especial Extraordinario de Regularización,para facilitar el pago de las deudas tributarias y no tribu-tarias generada hasta el 30 de junio del 2002, cualquierasea el estado en que se encuentren, incluidos cobranza

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Pág. 226598 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de julio de 2002

ordinaria o coactiva sin considerar costas y gastos, re-clamación, apelación u otra.

Artículo Segundo.- El Beneficio Especial Extraor-dinario de Regularización comprende los siguientes tri-butos:

1. Impuesto Predial.- Período de: 1995 hasta el 2º Trim.2002.

2. Arbitrios Municipales.- Períodos de: 1995 hasta el2º Trim. 2002.

3. Tasa de Licencia de Funcionamiento.- Períodos de:1995 a 1999.

4. Autorización de Anuncios y/o publicidad exterior.-Hasta el período 2002.

Artículo Tercero.- Las personas naturales y las per-sonas jurídicas que se acojan al presente beneficio seles condonará el pago de los intereses moratorios y losfactores de reajuste, correspondiendo abonar sólo el tri-buto insoluto.

Artículo Cuarto.- Las Infracciones Tributarias y lasNo Tributarias (multas administrativas) serán condona-das hasta el 70% sobre el monto insoluto.

Artículo Quinto.- Las deudas que estén en procesode cobranza coactiva, el Ejecutor Coactivo dispondrá lasuspensión automática según el estado en que seencuentren, si durante la vigencia de la presente orde-nanza el deudor se acoge al beneficio; debiendo cance-lar previamente la cantidad única y mínima de cincuentay 00/100 nuevos soles (S/. 50.00) por concepto de cos-tas y costos procesales que se hubiera generado.

Artículo Sexto.- Los contribuyentes que deseen aco-gerse al presente beneficio podrán efectuar el pago de lasiguiente manera:

a) Al Contado.- Por Tributos y/o multas por períodos.b) En forma fraccionada.- Podrán fraccionarse las

deudas superiores a doscientos y 00/100 nuevos solescon una cuota inicial del 30% de la deuda insoluta, enningún caso la cuota inicial será inferior a cincuenta y 00/100 nuevos soles, el saldo hasta en seis cuotas men-suales, a las cuales se aplicará la tasa de interés de acuer-do a lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 33º del Có-digo Tributario, por los días transcurridos desde la fechadel convenio suscrito y la fecha de pago. Se realizará através del formato establecido. En los casos excep-cionales cuando la situación económica del deudor (per-sona natural o persona jurídica) no le permita acceder alos montos y los plazos señalados en el presente artícu-lo, el Director de Administración y Rentas, queda faculta-do (previa evaluación) a autorizar montos menores res-pecto a los montos mínimos a fraccionar, así como losplazos y el importe de las cuotas de fraccionamiento.

Artículo Sétimo.- Aquellos contribuyentes que seacogieron al Convenio de Fraccionamiento con anteriori-dad a la vigencia del presente beneficio, se les otorgaráun descuento del 60% sobre el saldo de las cuotas defraccionamiento, sin importar el estado de cobranza enque se encuentren. Los pagos de amortización efectua-dos serán imputados siempre que se haya cancelado eltributo insoluto y/o multa adeudado.

Artículo Octavo.- Los contribuyentes que hayan in-terpuesto Expedientes de Reclamación, Reconsideración

o Apelación; presentada ante cualquier instancia admi-nistrativa o judicial, deberán desistirse formalmente den-tro del plazo de la vigencia de la presente Ordenanza.Caso contrario el pago que efectúen se constituirá de serel caso, pago a cuenta de la deuda tributaria reclamadaconstituyendo mérito suficiente para el archivamiento delExpediente Administrativo.

Artículo Noveno.- El presente Beneficio EspecialExtraordinario de Regularización Tributaria y No Tributa-ria tendrá una vigencia desde el 22 de julio al 31 de agostodel presente año.

Artículo Décimo.- Facultar al señor Alcalde para quemediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones re-glamentarias que sean necesarias así como ampliar losplazos de vigencia.

Artículo Décimo Primero.- Encargar a la Direcciónde Administración y Rentas el cumplimiento de la pre-sente ordenanza y a la Unidad de Servicios Sociales ladifusión del presente Beneficio.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ROGELIO RUIZ PORTOCARREROAlcalde

12691

CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia del Convenio deCooperación Técnica y Científica suscri-to con el Gobierno de la República deFilipinas

De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la LeyNº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores, me-diante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/163, comunica que elreferido Convenio, suscrito el 15 de noviembre de 1996,ratificado mediante el Decreto Supremo Nº 036-97-REde 24 de octubre de 1997 y publicado en el Diario OficialEl Peruano al igual que el texto el 27 de octubre de 1997,entró en vigencia el 28 de junio del año 2002.

12726

Entrada en vigencia del Convenio deCooperación Turística suscrito con elGobierno de la República Popular China

De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la LeyNº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores medianteOficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/162 comunica que el referidoConvenio, suscrito el 27 de mayo de 2002, ratificadomediante Decreto Supremo Nº 072-2002-RE de 11 dejulio de 2002 y publicado en el Diario Oficial El Peruanoal igual que el texto el 13 de julio de 2002, entró en vigen-cia el 15 de julio del año 2002.

12728

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TUPA

Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, OrganismosDescentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata deNormas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:

1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar.

2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de serpublicados.

LA DIRECCIÓN

DIARIO OFICIAL

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Pág. 1SEPARATA ESPECIALLima, miércoles 17 de julio de 2002

SEPARATA ESPECIALSEPARATA ESPECIAL

Director: HUGO GARAVITO AMÉZAGA Lima, miércoles 17 de julio de 2002

DIARIO OFICIAL

Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

Política Sectorial para elSector Transporte en el Perú

(Versión no oficial, no citar)

Vice Ministerio de Transportes

Lima - Perú

Marzo 2002

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Pág. 2 SEPARATA ESPECIAL Lima, miércoles 17 de julio de 2002

Índice general

Siglas y Acrónimos

Indice de Cuadros

I. Introducción

II. Entorno Macroeconómico

2.1 La emergencia 1990-19922.2 El desarrollo de la infraestructura vial 1993-19982.3 La nueva crisis fiscal 1999-2001 y presupuesto para el 2002

III. Marco Legal y Regulatorio

3.1 Transporte terrestre de carga y pasajeros3.2 Infraestructura de caminos3.3 Transporte ferroviario3.4 Transporte acuático3.5 Transporte aéreo

IV. Diagnóstico General

4.1 Infraestructura inadecuada y/o insuficiente4.2 Debilidad institucional4.3 Insuficiente e incierta provisión de recursos financieros4.4 Precario e informal desarrollo del sector empresarial

V. Diagnóstico Sectorial

5.1 Transporte Terrestre5.2 Transporte Acuático5.3 Transporte Aéreo5.4 Transporte Multimodal

VI. Bases para un Plan de Acción

6.1 Estrategias generales6.2 Estrategias específicas6.3 Fases para la implementación de la estrategia

Siglas y acrónimos

• CCV - Comisión Especial de Concesiones Viales• CNSV - Consejo Nacional de Seguridad Vial• COPRI - Comisión de Promoción de la Inversión Privada• CORPAC - Corporación Peruana de Aviación Civil• CPC - Comisión de Protección al Consumidor• CRT - Comisión de Reglamentos Técnicos• CTAR - Consejo Transitorio de Administración Regional• DGAC - Dirección General de Aeronáutica Civil• DGC - Dirección General de Caminos• DGCT - Dirección General de Circulación Terrestre• DGF - Dirección General de Ferrocarriles• DGTA - Dirección General de Transporte Acuático• DICAPI - Dirección General de Capitanías y Guardacostas• ENAPU - Empresa Nacional de Puertos S.A.• FONCODES - Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social• INDECOPI - Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual• MITINCI - Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales• MTC - Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción• OGPP - Oficina General de Presupuesto y Planificación.• OPLA - Oficina de Planeamiento y Programación.• OSITRAN - Órgano Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transportes de Uso Público.• PCR - Programa de Caminos Rurales• PERT - Proyecto Especial de Rehabilitación de la Infraestructura de Transportes• PNP - Policía Nacional del Perú• PRT - Programa de Rehabilitación de Transportes• SINMAC - Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras• SUNAD - Superintendencia Nacional de Aduanas

Índice de cuadros

CUADRO N° 1: Indicadores comparativos entre paísesCUADRO N° 2: Perú: Unidades Ejecutoras y Redes VialesCUADRO N° 3: Ejecución de Egresos por ProgramasCUADRO N° 4: Gasto Público del Pliego MTC 1991-2001CUADRO N° 5: Inversión MTC prevista 2002-2006CUADRO N° 6: Proyecciones de Ingresos y GastosCUADRO N° 7: Grado de Efectividad de los Órganos Reguladores/FiscalizadoresCUADRO N° 8: Estado Actual de la Red Vial NacionalCUADRO N° 9: Financiamiento por Fuentes Perú, 1998-1999CUADRO N°10: Participación del Financiamiento de la Inversión Red Vial Nacional- Perú, 1992-1999CUADRO N°11: Desembolsos Registrados por Acreedor - Perú, 1997-2000

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Pág. 3SEPARATA ESPECIALLima, miércoles 17 de julio de 2002

CUADRO N°12: Peajes con Mayor Índice Medio Diario - Perú, Enero-Diciembre 2000CUADRO N°13: Evolución del Índice Medio Diario, Estaciones de Peaje Seleccionadas: Tasa de Crecimiento Anual -

Perú, 1998-2023CUADRO N°14: Principales Proyectos en Ejecución o con Licitación PrevistaCUADRO N°15: Tramos Involucrados en las Redes de ConcesionesCUADRO N°16: Estado Actual de la Red Vial Departamental - Perú, 1999

I. Introducción

El presente documento tiene como objetivo formular un diagnóstico general del sector transportes en el Perú a partirdel cual se establezcan las bases para un plan de acción que contengan la visión del sector, las estrategias generalesy específicas de dicho plan y las fases para su implementación.

II. Entorno Macroeconómico

En el período 1980-2000, la economía peruana se caracterizó por haber sufrido drásticas transformaciones. Entre 1980 y1985 se administraba un esquema de economía mixta1 con equilibrio macroeconómico. El déficit del sector público era casinulo y los principales precios (tarifas públicas, tasas de interés y tipo de cambio) de la economía estaban en sus nivelesreales. En el siguiente quinquenio (1985-1990), se pasó a un esquema de políticas económicas significativamente interven-cionistas. Los principales instrumentos fueron el uso de subsidios a los alimentos y a los fertilizantes; tasas de interésirreales tanto en la banca comercial del Estado como en la banca de fomento; controles de precios; tarifas públicas pordebajo de los costos operativos de las empresas; tipo de cambio retrasado y múltiple; entre otros.

Posteriormente, entre 1990 y el año 2000, se inició un intenso proceso de reformas que giraron en torno a la liberalización,desregulación y privatización de la economía. Todos estos cambios, repercutieron de forma significativa sobre el sector trans-portes, existiendo una fuerte interdependencia entre las políticas macroeconómicas y las características del desarrollo de losdiferentes modos de transportes. En líneas generales, a lo largo de todo el período 1980-2000, la provisión de recursos para elsector transportes ha estado directamente relacionada al ciclo de la economía peruana.

Durante el segundo quinquenio de los 80, el Perú sufrió una severa crisis que redujo los ingresos fiscales2 , causóque el Perú dejara de ser sujeto de crédito para la banca privada internacional y los organismos multilaterales ygeneró la pérdida de la confianza de los inversionistas locales y extranjeros.

Los principales efectos de la crisis financiera, política y social sobre el sector transportes fueron los siguientes:

• Los recursos para el mantenimiento de los caminos se redujeron al 14% de lo requerido y, como consecuencia, el76% de los caminos entró en un proceso de deterioro acelerado3 .

• La presencia del terrorismo fue un factor que también incidió tanto sobre el abandono de la red vial como sobre eldeterioro del transporte ferroviario4 .

• La expansión de la red vial y el desarrollo de los modos aéreo, portuario y ferroviario se detuvieron desde 1985hasta 19905 .

• Los sistemas de soporte a la planificación de los caminos6 se desactivaron.

• Las tarifas de los puertos aumentaron en forma significativa por efecto de excesivas concesiones a los sindicatosde trabajadores.

• El parque automotor y el parque de vehículos de transporte público urbano e interprovincial crecieron muy pordebajo de la demanda generando una significativa demanda insatisfecha.

• Se debilitó la capacidad de fiscalización del transporte aéreo y las empresas aéreas entraron en crisis, ambosfactores ocasionaron un aumento de la inseguridad en el modo aéreo.

• Se redujeron las inversiones y se debilitó la capacidad técnico operativa de las empresas públicas de transportes debidoal efecto conjunto de los controles de precios y el sobredimensionamiento del personal al que fueron sometidas7 .

2.1 La emergencia 1990-1992

En 1990 el Perú se encontraba en una crisis económica y social. Entre 1990 y 1992 se establecieron diferentesmedidas de emergencia destinadas a atacar los problemas principales.

La principal medida fue la ejecución de un programa de urgencia destinado a recuperar un nivel de transitabilidad enlas principales vías. Los criterios utilizados para priorizar los tramos fueron: i) nivel de tráfico, ii) localización y tamañode población, iii) localización de centros de producción y iv) situación de la superficie de rodadura. El objetivo fuerecuperar la integración facilitando el intercambio comercial de las zonas de alto potencial de recursos agropecuarioscon los mercados de consumo.

1 El PBI generado por las empresas públicas era equivalente al 20% del PBI total.2 Los ingresos fiscales cayeron de 17.3% del PBI en 1985 a 4.1% del PBI en 1990.3 El efecto final de la falta de mantenimiento fue el total deterioro de la superficie de rodadura, lo que implicó que a nivel agregado sólo el 8% de las carreteras

estuviera en buen estado, 16% en estado regular y 76% en proceso de deterioro acelerado.4 En 1990, el saldo del terrorismo fue 56 puentes destruidos y 130 puntos de las carreteras eran controlados por la subversión. Del mismo modo, los atentados

contra las vías férreas habían dejado fuera de servicio a 20 locomotoras y habían destruido 7 puentes a lo largo de las vías férreas. Por ello, Enafer sólooperaba 23 máquinas a finales de 1989 y las unidades del parque ferroviario pasaron de 3,897 a 3847 entre 1985 y 1988.

5 En la década de los 70, la red vial nacional creció en 27% pasando de 46,097 Km. a 58,960 Km. En el quinquenio 80-85, la red vial creció en 16% y alcanzóuna configuración semejante a la actual llegando a los 69,942 Km. En el período 1985-1990, la red vial creció sólo 2%.

6 El gobierno central trasladó el cobro de peajes de la red vial a los municipios sin que éstos tuvieran responsabilidades claramente asignadas con relación almantenimiento de la red. Con ello, no sólo se redujeron los recursos a las tareas de mantenimiento sino además se eliminaron los recursos destinados a larealización de los conteos de tráfico y los inventarios viales sobre las redes nacional y departamental.

7 Entre 1986 y 1988, por ejemplo, el número de trabajadores de ENAPU, ENAFER y Aeroperú creció en 43%, 9% y 27%, respectivamente, mientras los ingresosde las empresas se reducían.

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Pág. 4 SEPARATA ESPECIAL Lima, miércoles 17 de julio de 2002

El programa de urgencia utilizó una inversión pública equivalente a US$ 291 millones. Con estos recursos; se ejecutarondecenas de obras de rehabilitación de carreteras, puentes y aeropuertos.

Las otras medidas tomadas en este período estaban relacionadas a las denominadas reformas estructurales que esta-ban orientadas a eliminar controles de tarifas, desactivar las restricciones para acceder a rutas y a suspender las medi-das para-arancelarias que impedían la libre importación de unidades de transporte8 . Adicionalmente, se generaron dife-rentes normas para promover la inversión privada.

2.2 El desarrollo de la infraestructura vial 1993-1998

Pasado el período de la emergencia se recuperó la capacidad de recaudar impuestos y se avanzó significativamenteen el proceso de reinserción financiera internacional. Por efecto de estos procesos, los recursos para el sectortransportes aumentaron significativamente.

Entre 1992 y el año 2000, el gobierno del Perú concertó préstamos externos por US$ 1,809 millones para el sector transpor-tes. La mayor parte de las concertaciones de créditos externos se hizo con el BID, el BIRF y el gobierno del Japón. Estosrecursos se destinaron prioritariamente al sector de caminos y se concentraron en la red vial nacional asfaltada.

Los préstamos y el aumento de los ingresos fiscales permitieron pasar de un promedio de US$ 80 millones depresupuesto del sector por año a inicios de los noventa a un promedio de US$ 400 millones entre 1993 y 1999.

2.3 La nueva crisis fiscal 1999-2001 y presupuesto para el 2002

Durante 1999 se empiezan a percibir en las cuentas fiscales con mayor fuerza los efectos del fenómeno del Niño y losiniciados por la crisis asiática. Esta situación limita en gran manera el accionar del Gobierno. Los problemas de cajafiscal se extienden por dos años adicionales. Durante el año 2001 se reasignan los recursos presupuestarios a favor delos sectores sociales, en detrimento del sector transportes, el cual ha sido uno de los sectores más afectados. Ello hadificultado la culminación de proyectos concertados y ha generado significativos sobrecostos constructivos.

Hacia finales del año 2001, la producción empieza a registrar una mejora. El crecimiento del PBI en el último trimes-tre alcanza un nivel de 3.1%, con lo cual el año cierra con 0.2% de incremento. Esta mejoría en la actividad en elúltimo trimestre genera expectativas positivas respecto al evolución económica durante el año 2002.

Dentro del Presupuesto General de la República para el ejercicio 2002 se contempla que el 40% de los ingresos quesean obtenidos por concepto de la ejecución del programa de privatizaciones y concesiones sea asignado a daratención a los proyectos de infraestructura vial con el fin de cubrir sus requerimientos9 . Asimismo, mediante DU Nº016-2002 publicado en el mes de abril, se ha autorizado al Ministerio a iniciar licitaciones para obras viales porUS$170 millones, los cuales son recursos provenientes de privatizaciones de empresas estatales.

III. Marco Legal y Regulatorio: Actores Principales

La Ley General de Transporte y Tránsito (Ley N° 27181) es la norma marco que define las competencias del gobiernocentral y de las municipalidades. Esta Ley fue promulgada en octubre de 1999 y tenía por objeto asignar las principa-les competencias del sector.

Entre los principales avances se destaca que: i) la Ley define en que consiste la acción estatal en materia detransporte y tránsito terrestre referente a la protección de los intereses del usuario y la satisfacción de sus necesida-des en resguardo de sus condiciones de seguridad, salud y medio ambiente; ii) detalla explícitamente el papelsubsidiario del Estado10 ; iii) se define la autoridad encargada de preservar la vigencia de la libre y leal competenciay proteger a los consumidores11 ; iv) la Ley trata en un solo sistema funcional a la infraestructura vial y a los serviciosde transporte y tránsito; y v) se definen las competencias normativas, de gestión y supervisión de las municipalida-des, asignando todas las demás competencias al gobierno central.

A pesar de los avances12 , la Ley no resolvía los principales problemas pendientes de asignación de competencias queson: i) la inexistencia de orientaciones o lineamientos para los límites de la gestión directa del gobierno en los procesosde construcción y mantenimiento; ii) no se define en qué medida empresas o instituciones públicas pueden competir conempresas privadas en licitaciones de obras o en rutas comerciales; iii) no se establecen las competencias y mecanismosde coordinación entre el sector, las instancias de privatización y regulación autónoma en cuanto a los procesos deconcesiones de infraestructura de transportes de uso público, iv) no define cuáles deben ser las agencias del sector ni laespecialización de sus actividades y proyectos13 , v) no se brinda elementos para incentivar la promoción de la inversiónprivada y vi) no se asignan responsabilidades sobre temas cruciales como las emergencias y la seguridad vial. Adicio-nalmente, la mayor parte de los problemas específicos de cada modo de transportes fueron excluidos, quedando sudefinición postergada en los reglamentos14 .

8 De manera complementaria, se inició la privatización o liquidación de las empresas del sector como la Compañía Peruana de Vapores y Aeroperú con el objetode eliminar las distorsiones producidas por los privilegios y monopolios detentados por dichas empresas.

9 Octava Disposición Complementaria, Ley N° 27573, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2002.10 El rol subsidiario se define con relación a la necesidad de resolver distorsiones y enfrentar externalidades negativas (principalmente contaminación y accidentes).11 Es importante tener en cuenta sobre el punto ii) que mediante Decreto Supremo N° 029-2001-PCM se modificó el Artículo 3° del reglamento de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado ,D. S . 013-2001-PCM, donde se estableció que quedaba prohibida la participación de una entidad estatal comopostor en aquellos procesos de selección en los que se han recibido al menos dos propuestas válidas del sector privado. Por otro lado el D. S. Nº 011 -2002-PCM ha establecido la prohibición al Estado de desarrollar actividades empresariales bajo cualquier forma empresarial en aquellos mercados en los que laoferta de las empresas privadas se considera suficiente para satisfacer la demanda existente.

12 Otros avances de la Ley están relacionados con los temas de tránsito. En primer lugar, la Ley establece la obligación de asegurar a los pasajeros como condiciónprevia al otorgamiento de la concesión de la ruta. En segundo lugar, se establecen las diferentes jurisdicciones del MTC y de los municipios provinciales en relaciónal tránsito. Finalmente, se establecen los mecanismos para la dación de concesiones de rutas entre municipios adyacentes con continuidad urbana.

13 El Reglamento de Organización y Funciones del MTC publicado en mayo de 2001 ha establecido que todas las unidades ejecutoras del subsector vial seríanadscritas a la Dirección General de Caminos. Sin embargo, no están previstos planes ni propuestas de fusionarlas o especializarlas por funciones o por redes.En el estado actual no hay una separación sistemática de funciones, involucrando un órgano normativo, como lo es la DGC, con entidades ejecutoras

14 Los reglamentos fueron prepublicados en junio del año 2001 y en julio del mismo año se aprobaron y publicaron el Reglamento de Administración de Transportey el Reglamento de Vehículos.A la fecha se aprobaron y publicaron el Reglamento Nacional de Administración de Transportes, Reglamento Nacional de Tránsito, Reglamento Nacional deVehículos y Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito. Estos reglamentos han recibido muchas críticasy se necesita una revisión de sus contenidos.

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El Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y Saneamiento (Caminos Rurales)(MTC) es el principal actor del sector. De acuerdo a su Ley Orgánica (D.Leg Nº 25862) el MTC se encarga deplanificar, formular, dirigir, coordinar, y evaluar las políticas de transportes. Para cumplir sus funciones el MTC, cuentacon diversos órganos de apoyo, consultoría, unidades de líneas y unidades especiales, creadas por contratos depréstamo. En el 2001 se estableció el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Transportes,Comunicaciones, Vivienda y Construcción mediante el Decreto Supremo Nº 018-2001-MTC.

La Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) tiene atribuciones para decidir sobre los progra-mas de privatizaciones y concesiones y cumple una función promotora de la inversión. Estas atribuciones estándadas en el D.Leg.839 que modificó el D.Leg. Nº 758 (Ley de Promoción de la Inversión Privada en Servicios Públi-cos) y su reglamento el D.S Nº 189-92-PCM. Otras normas importantes relacionadas son la Ley de Incentivos a lasConcesiones de Infraestructura y Servicios Públicos (Ley N° 26885) y los Decretos Supremos N° 60-96-PCM yN°20-97-PCM que establecen el Texto Único Ordenado de las Normas con Rango de Ley que regulan la entrega enconcesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y servicios públicos15 . La Copri estableció unComité Especial de Promoción de la Inversión Privada (CEPRI) para cada modo de transportes.

El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transportes de Uso Público (OSITRAN), de acuerdoa la Ley de Supervisión de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público regula los contratos de concesióny, en general, establece las tarifas de todos los servicios de transportes. OSITRAN cuenta con órganos de línea (gerenciastécnicas por modo de transportes), de apoyo (legal, administrativo y de estudios económicos) y un Tribunal independienteque tiene un soporte en cuerpos colegiados, especializados por modo de transportes. Actualmente, OSITRAN tiene a sucargo 5 contratos de concesión relacionados a: i) la carretera Arequipa-Matarani, ii) el puerto de Matarani, iii) el AeropuertoJorge Chávez y iv) el ferrocarril central y v) los ferrocarriles del sur y del sur-oriente.

La Comisión Especial de Concesiones Viales (CCV) fue creada en 1997 por el MTC (Resolución MinisterialN°366-97-MTC/15.02) con el objeto de coordinar con las entidades de la COPRI y OSITRAN, todos los temasvinculados a las concesiones de transportes. Actualmente, esta instancia ha sido absorbida por la Oficina dePlaneamiento y Programación del Subsector Transportes (OPLA).

El Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) es unorganismo autónomo creado en noviembre de 1992, mediante el Decreto Ley Nº 25868, con la finalidad de promoverla cultura de competencia leal y honesta y proteger todas las formas de propiedad intelectual: desde los signosdistintivos y los derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología. Comprende el Área de Competencia, com-puesta por siete comisiones, y el Área de Propiedad Intelectual que comprende tres oficinas autónomas. Asimismo,cuenta con el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, órgano que resuelve los procesosrelacionados con la defensa de la competencia, los derechos del consumidor y la propiedad intelectual.

3.1 Transporte Terrestre de carga y pasajeros

Durante las reformas estructurales del período 1991-1992, se promulgaron tres decretos legislativos que modificaronlas reglas de juego del transporte terrestre interprovincial. El D.Leg. Nº 651 que establece la libre competencia en lastarifas de servicios públicos de transporte urbano e interurbano de pasajeros y el D.Leg. Nº 640 que desregula el trans-porte interprovincial de pasajeros y de carga. Este último regula el libre acceso a las rutas, el otorgamiento de permisosy la fijación de tarifas. Además, el Decreto Leg. Nº 669 disolvió la Comisión Reguladora de Tarifas de Transportes,institución pública descentralizadas que tenía la función de fijar las tarifas de servicios públicos de transportes interregio-nal de pasajeros y de carga.

Antes de la promulgación de estos decretos, la intervención del MTC generaba que la demanda por transporteinterprovincial no fuera satisfecha, al impedirse virtualmente el ingreso de nuevas empresas. Antes de las reformasdel 90, se protegía a monopolios que implicaban altos precios y servicios deficientes.

Posteriormente, se liberalizaron las importaciones de automóviles tanto nuevos como usados. Ello generó el ingresomasivo de unidades destinadas al transporte terrestre, determinado en algunos casos la saturación del mercado.

La Dirección General de Circulación Terrestre (DGCT) del MTC es la dependencia encargada de proponer, supervi-sar, controlar y evaluar la política relativa a la prestación de servicios de transporte terrestre y el empleo de las vías,medios e instalaciones conexas a dicho transporte. Asimismo, propone y emite la normatividad subsectorial correspon-diente. El marco jurídico en base al cual actúa la DGCT está constituido fundamentalmente por la Ley Nº 27181, LeyGeneral del Transporte y Tránsito Terrestre. Esta norma ha sido implementada con los siguientes reglamentos: i) Regla-mento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios de Accidentes de Tránsito, aprobado por DecretoSupremo Nº 049-2000-MTC, el mismo que fue modificado por el Decreto Supremo Nº 036-2001-MTC; ii) ReglamentoNacional de Tránsito, aprobado por D.S. Nº 033-2001-MTC; iii) Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por D.S. Nº034-2001-MTC; y iv) Reglamento Nacional de Administración de Transportes, aprobado por D.S. Nº 040-2001-MTC, escual regula los servicios de transporte urbano y transporte nacional, tanto de pasajeros como de carga, así como suscondiciones de acceso y operación; asimismo, regula el sistema de registro de los servicios de transporte; y el régimende infracciones y sanciones. Los Reglamentos en mención, en general, contienen una serie de deficiencias tales comobarreras de acceso al mercado, restricciones a la libre competencia, descoordinación de normas entre los distintosreglamentos que impiden la configuración de un marco jurídico orgánico, normas que atentan contra la Constitución y lapropia Ley Nº 27181 y normas que imponen exigencias sobre bases irreales, entre otras.

El Consejo Nacional de Seguridad Vial (CNSV) fue creado por el Decreto Supremo Nº 010-96-MTC. El CNSV es elorganismo del MTC encargado de proponer la política y la reglamentación en materia de seguridad vial. Asimismo,tiene a su cargo la realización de campañas de prevención de accidentes y difusión de las normas vigentes. El CNSVestá presidido por el MTC e integrado por representantes de los ministerios de Interior, Salud y Educación.

Las Municipalidades son competentes para regular el transporte colectivo, la circulación y el tránsito en sujurisdicción. Dichas facultades comprenden: i) el otorgamiento de licencias o concesiones de rutas; ii) el otorga-miento de permisos para el uso de vehículos menores (mototaxis, carretillas, etc.); iii) la organización y manteni-miento de las señales y semáforos; y iv) la regulación del tránsito urbano de vehículos y peatones. La mayor partede estas atribuciones están asignadas a las municipalidades provinciales.

15 En líneas generales, la normativa de concesiones es adecuada para promover la inversión privada en transportes. Existen importantes incentivos como ladeducción anticipada de IGV, la depreciación acelerada de activos de hasta 20% por año y la posibilidad firmar contratos Ley, que constituyen herramientasefectivas de promoción.

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La Comisión de Protección al Consumidor (CPC) del Indecopi, se encarga de velar por la calidad e idoneidad delos servicios ofrecidos a los usuarios. Esta comisión está facultada para poner sanciones tipo multas, clausurasetc16 . Normalmente logra cobrar la multa a través de procedimientos coactivos.

La Comisión de Reglamentos Técnicos (CRT) del Indecopi se encarga del proceso de dictado de normastécnicas peruanas, las que incluyen estándares técnicos a seguirse en el transporte.

La Policía Nacional del Perú (PNP) es otro actor importante ya que es el encargado de hacer cumplir las normasde tránsito. Esta instancia atraviesa una grave crisis institucional y cuenta con limitados recursos para desempe-ñar sus tareas de fiscalización del tránsito.

El Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales (MITINCI) es laentidad que supervisa el desarrollo de la actividad de las empresas de transporte turístico, encargándose –entreotras tareas- de la autorización de funcionamiento y la supervisión de los servicios prestados por dichas empresas.Parte de sus funciones las realiza en coordinación con el MTC, el cual se encarga del otorgamiento de los permisosde operación de las unidades de transporte. Asimismo, el funcionamiento de las empresas de transporte turístico esautorizado por el MTC; de acuerdo al Reglamento de Empresas de Transporte Turístico, del año 1978.

El Poder Judicial se constituye en un importante condicionante dado que por medio de resoluciones judiciales(principalmente acciones de amparo), se mediatiza la capacidad de sanción de las autoridades de transportes.Las acciones de amparo permiten tanto el ingreso de unidades no autorizadas a vías restringidas como circularsin autorización.

Es también el encargado de fijar el monto de las indemnizaciones por responsabilidad civil derivados de los dañosocasionados por los accidentes. Las deficiencias en su actuación, fijando montos diminutos que no cubren loscostos ocasionados, no incentiva las inversiones en seguridad ni la toma de previsiones para reducir los acciden-tes en la medida en que estos costos son trasladados a los usuarios.

3.2 Infraestructura de Caminos

La Dirección General de Caminos (DGC) es uno de los órganos en línea del MTC responsable de la política deinfraestructura terrestre. Es responsable legal de la supervisión y construcción, mejoramiento y ampliación, reha-bilitación y conservación de la red vial nacional. Además, es la instancia normativa. Sin embargo, varias de susfacultades han sido delegadas o transferidas a otras entidades, que fueron creadas como unidades ejecutoras deoperaciones de endeudamiento externo. La DGC como unidad operativa de ejecución actúa en las tres redesnacional, departamental y vecinal y actúa por administración directa.

El Programa de Rehabilitación de Transportes (PRT) es una unidad operativa del PERT (Proyecto Especial deRehabilitación de Transportes) con fuente de financiamiento del BID, el BIRF y JBIC. Esta unidad operativa harealizado la mayor parte de las rehabilitaciones y mejoramientos en la red vial nacional. A partir de enero del 2002le fue trasladado el Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras (SINMAC), el cual fue creado con el fin derealizar la planificación, control y gestión de las actividades destinadas al mantenimiento de las carreteras ypuentes de la red vial nacional. El PRT es la única entidad autorizada a implementar peajes en la red vial nacional.Adicionalmente, es la entidad encargada de hacer cumplir las normas de pesos y medidas.

El Programa de Caminos Rurales (PCR) es una unidad ejecutora autónoma que tiene por encargo rehabilitar y man-tener caminos vecinales en 12 departamentos con la participación de las municipalidades, la población beneficiada ydel sector privado en las obras de rehabilitación, supervisión y mantenimiento. Para tal efecto, cuenta con recursosfinancieros del Gobierno Peruano, Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo.También recibe por encargo,recursos financieros de otras fuentes, tales como CONTRADROGAS, FONCODES, el programa “A TRABAJAR”, etc.

Anteriormente existían otras unidades ejecutoras menores creadas para proyectos específicos: i) el PeriféricoVial Norte y ii) la Autoridad Autónoma del tren Eléctrico. Durante el 2001, dichas unidades ejecutoras sondesactivadas y los proyectos son transferidos a la Municipalidad de Lima.

Los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR), ejecutan obras de transportes a través de susdirecciones regionales de transportes. Normativa y funcionalmente, dependen del MTC pero administrativamentedel Ministerio de la Presidencia. Estas direcciones deben generar la capacidad de monitorear las obras querealizan las unidades del MTC y fiscalizar el cumplimiento de la normativa de transportes cuando se ejecutanobras por unidades ejecutoras municipales o del propio Ministerio de la Presidencia.

El Ministerio de la Presidencia: A través de organismos públicos descentralizados como el Fondo Nacional de Com-pensación y Desarrollo Social - Foncodes (que opera en la red vecinal rural) y el Instituto Nacional de Desarrollo -INADE (entidad especializada en infraestructura de riego que opera en las tres redes viales) ejecutan obras de caminos.

La COPRI, a través del CEPRI Infraestructura y Servicios Públicos, es la entidad encargada de promover lainversión privada en carreteras y organizar las licitaciones correspondientes.

El OSITRAN administra y supervisa los contratos de concesión de carreteras, regula la prestación de los servi-cios de infraestructura de transportes de uso público y aprueba las tarifas de los servicios de transportes a cargode empresas públicas.

3.3 Transporte ferroviario

Entre 1972 y 1990, los ferrocarriles estuvieron verticalmente integrados y controlados por una empresa estatal:Enafer S.A. además, existían subsidios cruzados entre servicios y entre tramos (el ferrocarril del sur oriente subsidia-ba a todo el sistema).

En el contexto de las reformas estructurales, las medidas dictadas (D.Leg. Nº 690) se orientaron a promocionar lainversión privada en el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura del servicio. En primer lugar, se eliminó el mono-polio de Enafer en la explotación industrial y comercial de las vías férreas y en la prestación del servicio de transporte

16 Indecopi ha aplicado una serie de sanciones a transportistas aunque el número de casos no es significativo por la falta de denuncias de los consumidores.

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ferroviario, permitiendo la libre competencia de operadores privados en el servicio. Además, se facultó al MTC a otorgaren concesión los tramos de las vías férreas que crea conveniente.

La COPRI, a través del CEPRI- Infraestructura y Servicios Públicos, promovió la inversión privada a través deimplementar el plan de privatización de los principales ferrocarriles.

El OSITRAN es el principal actor público del sector ferroviario, encargado de regular los contratos de concesiónde los ferrocarriles privatizados.

Finalmente, INDECOPI está encargado de velar por la competencia, dentro de su ámbito de acción. En generalINDECOPI no ejerce la facultad de control de fusiones (concentraciones) ex ante, no controla la estructura delmercado (concentración) solamente sanciona ex post las conductas anticompetitivas, sin ejercer control ex antede las mismas. Excepcionalmente controla las fusiones en el sector eléctrico. En general actúa en todas lasindustrias no sujetas a regulación por un órgano específico pues se considera que en éstas la libre competenciano produce resultados que se acerquen al óptimo.

3.4 Transporte Acuático

Antes de 1990, se privilegiaron mecanismos de corto plazo de protección en lugar de crear condiciones de mercadofavorables. Los principales instrumentos fueron la reserva de carga, los controles de rutas, las leyes de emergenciade la marina mercante y el trato privilegiado de la Compañía Peruana de Vapores (CPV).

Por ello, todos los dispositivos emitidos durante las reformas estructurales de principios de los 90 tenían el objetivoprincipal de facilitar el comercio exterior y abaratar sus costos. Por ello, una de las primeras medidas fue eliminar elmonopolio sindical y disolver la Comisión Controladora de Trabajo Marítimo (CCTM) a través de los D.Leg. Nº 645 yD.Leg. Nº 660. Desde 1990, se expidieron normas para reorganizar el trabajo marítimo y permitir que cooperativas detrabajadores y empresas de cualquier tipo a entrar a trabajar en los servicios de estiba y desestiba sin restricciones.

De otro lado, el D. Leg. Nº 644 modificó completamente la política naviera peruana. Las nuevas disposiciones desregu-laron casi completamente la actividad. En primer lugar se estableció la libertad total en todas las rutas y permisos deoperación eliminando todas las restricciones administrativas y legales. En adición, se eliminó toda restricción aadquirir, arrendar y vender buques y se eliminó la reserva de carga. La reserva de carga obligaba a importadores yexportadores a transportar un determinado porcentaje a través de naves operadas por empresas nacionales17 .

Sin embargo, las reformas no atacaron el problema asociado a que el ordenamiento tributario peruano es excesivamenteoneroso en relación a los que se aplican en otros países y que ello impulsaría a las navieras peruanas a cambiar de banderae instalarse en otros países como Liberia y Panamá. Cabe recordar que el Artículo 63º de la Constitución permite adoptarmedidas para equiparar aquellas condiciones discriminatorias que resulten perjudiciales al interés nacional.

Las siguientes son las entidades principales relacionadas al transporte acuático:

La Dirección General de Transporte Acuático (DGTA) del MTC, propone la política de transporte acuático,aprueba estudios, supervisa obras y fiscaliza las actividades marítimas con excepción de aquellas que se reservael Ministerio de Defensa. La DGTA ejerce autoridad en el aspecto administrativo-empresarial de las actividadesnavieras y portuarias. Está constituida como el organismo  de control y supervisión del MTC, encargada deregular y normar dichas actividades, así como de la infraestructura portuaria y vías navegables, contribuyendo aldesarrollo del transporte acuático-comercial.

La Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI), del Ministerio de Defensa ejerce jurisdicción decontrol, vigilancia, seguridad y protección a los terrenos ribereños desde los 50 metros hasta las 200 millas marinas.Además, tiene facultades para suspender operaciones portuarias, otorgar licencias y controlar servicios de practicaje,autorizar el funcionamiento de recintos portuarios, fiscalizar y supervigilar los muelles, naves y trabajo marítimo.

La COPRI, a través del CEPRI Infraestructura y Servicios Públicos, es la entidad encargada de promover lainversión privada en puertos y organizar las licitaciones correspondientes.

El OSITRAN regula el comportamiento de las entidades prestadoras de servicios, autoriza las tarifas que proponeENAPU y supervisa los contratos de concesión.

La Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD) autoriza y fiscaliza las zonas primarias otorgadas a losrecintos portuarios. Las autoridades de puerto deben reportar a la Aduana periódicamente el movimiento de susmercaderías almacenadas en calidad de importación definitiva, tránsito, reembarque etc.

La Empresa Nacional de Puerto S.A. (ENAPU) es la empresa encargada de administrar, operar, equipar ymantener la red de terminales portuarios en el ámbito nacional. ENAPU depende normativa y funcionalmente delMTC y presupuestalmente del Fondo Nacional para la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) del MEF.

3.5 Transporte Aéreo

La legislación anterior a 1990 dificultaba la inversión extranjera en esta actividad económica, dado que se restringíala determinación de la nacionalidad de las personas jurídicas.

Por ello, una de las principales modificaciones normativas (Decreto Legislativo Nº 670) estableció que la empresa aéreanacional requiere estar constituida en el país y que, al menos, 30% del capital corresponda a accionistas peruanos.Así, se mantenía la reserva de la inscripción y matrícula de aeronaves sólo para nacionales, pero se promovía lainversión extranjera en el subsector.

Otras desregulaciones importantes estuvieron relacionadas a la disminución de los requisitos para adquirir y registraraeronaves y obtener permisos de operación. Esto implica que el MTC no puede impedir la libre competencia deaerolíneas y sólo establece frecuencias mínimas que deben ser cubiertas por cada operador con el objeto de estabi-lizar el servicio al usuario. En adición, se estableció que 30 días era el máximo de plazo para otorgar o denegar unpermiso de operación, estableciéndose silencio administrativo positivo, circunscribiendo sus actividades a la vigilan-

17 La desregulación del sector se complementó con la desactivación de la Compañía Peruana de Vapores, empresa que gozaba de especial protección yprivilegios en perjuicio de otras navieras en cuanto a rutas y reserva de carga.

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cia del cumplimiento de lo establecido en los permisos de operación otorgados. Este plazo fue reducido 15 días y luegoampliado a 90 días por la nueva Ley de Aeronáutica Civil18 , de mayo del 2000.

Por su parte, en 1991 se dictaron normas que declararon diversos aeropuertos de la República bajo la calificación decielos abiertos. Dichos aeropuertos fueron los de Cuzsco, Puerto Maldonado, Tacna y Tumbes.

Actualmente, la DGAC cuenta con la siguiente estructura normativa:• Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley N°27261• Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil• Resoluciones Ministeriales y Directorales• Regulaciones Aeronáuticas del Perú (RAPs)• Directivas Técnicas de Operaciones Aeronáuticas y Seguridad de Aeropuertos

La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) del MTC es la única autoridad de aeronáutica civil. LaDGAC regula, controla y fiscaliza todas las actividades aeronáuticas civiles, incluso las que realiza el Estado.

La COPRI, a través del CEPRI Infraestructura y Servicios Públicos, es la entidad encargada de promover lainversión privada en materia de terminales aéreos.

OSITRAN es la entidad estatal encargada de regular a las empresas públicas y privadas que administran infraes-tructuras de uso público. En el tema aéreo, la función principal de OSITRAN es velar por la condiciones de loscontratos de concesión de los aeropuertos privatizados (Jorge Chávez) y aprobar las tarifas públicas que proponeCORPAC y Lima Airport Partners SRL.

INDECOPI, al igual que en el resto de sectores, incluido de transportes, también ejerce competencias dentro delsector aerocomercial en lo relacionado al cumplimiento de normas legales destinadas a sancionar barreras ilega-les establecidas por el Estado, evitar abuso de posición de dominio y proteger al consumidor.

La Corporación Peruana de Aviación Civil (CORPAC) es la empresa pública que tiene a su cargo la gestión yoperación de los principales aeropuertos y aeródromos del país. CORPAC depende normativa y técnicamente delMTC y presupuestalmente al Fondo para la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) del MEF.

La multiplicidad de actores y la indefinición de competencias genera serios problemas de cruces de funciones,duplicaciones y pérdida de recursos. Este problema también dificulta las coordinaciones intra e intersectoriales yfragmenta los procesos de planificación. Estos problemas se presentan en mayor detalle en la sección 4.2.1.

IV. Diagnóstico General

El principal macroproblema del sector transportes es el alto costo del transporte de personas y mercancías, lo queresta competitividad al conjunto de la economía. En el Perú el costo de movilizar bienes representa en promedio el40% del costo total, mientras el referente regional es de 20%19 .

Esta situación está asociada a cuatro problemas generales al conjunto de modos de transportes: i) Infraestructura inadecuaday en algunos modos insuficiente; ii) debilidad institucional, iii) insuficiente e incierta provisión de recursos financieros y iv)precario desarrollo de las empresas del sector asociado a la informalidad y la baja capacidad de fiscalización en el sector.

4.1 Infraestructura Inadecuada y/o Insuficiente

De acuerdo a la experiencia internacional y a las recomendaciones del Banco Mundial, el gasto en infraestructura detransportes debería alcanzar entre 2 y 3% del PBI. En general, en ningún país de Latinoamérica, los gobiernosinvierten más de 1.5% del PBI. En el Perú, el gasto administrado por el MTC equivale al 0.6% del PBI. La asignacióninsuficiente de recursos es una de las explicaciones de la limitada cobertura vial en el Perú.

En el Cuadro 120 , se presentan varios indicadores que muestran que el Perú tiene una menor cobertura de caminosque países como Ecuador y Chile. En general, más allá de los ejemplos ilustrativos existe evidencia suficiente parafundamentar que las carreteras peruanas se encuentran en un nivel de desarrollo muy inferior al promedio latinoame-ricano y al promedio del grupo de países que en el ámbito mundial tienen un ingreso per-cápita similar.

Cuadro 1Indicadores comparativos entre países

PNB Per- (1) (2) (3) Densidad% de % decápita Población Extensión Caminos caminos caminos

Perú US$ Millones 1000 Km.2 Asfaltados (3)/(1) (3)/(2) asfaltados en buenacondición

1997 1997 1997 1990 1997 1988BOLIVIA 950 8 1,084 1,769 221 1.6 6 21ECUADOR 1,590 12 277 6,322 527 22.8 19 53COLOMBIA 2,280 38 1,039 10,329 272 9.9 12 42PERU 2,460 25 1,280 8,500(*) 340 6.6 12 50(*)

CHILE 5,020 15 749 10,983 732 14.7 14 42

(*) Datos al año 1997.Fuente: Informe sobre el desarrollo mundial 1994: Infraestructura y Desarrollo.

Informes sobre el Desarrollo Mundial 1998/99 e indicadores del desarrollo mundial 1999.Datos de 1997 tomados de: Banco Mundial. “Policy Notes 2000 – Background Papers”.

18 Además, se limitó el procedimiento de audiencias públicas a los casos de permisos de operación internacional que permitía la oposición de un operador queestuviera sirviendo en la ruta solicitada. Asimismo, se estableció libertad de tarifas para el transporte aéreo nacional como el internacional para corregir lasdeficiencias del mercado. Finalmente, se eliminó todo monopolio público o privado en la prestación de los servicios aéreos y se implementó el CEPRI-Aeroperúpara privatizar la línea aérea de bandera.

19 Banco Mundial. “Diagnóstico del Desempeño del Mercado de Transporte de Carga y de las Cadenas Logísticas en el Perú”. Elaborado por Apoyo Consultoría.20 Banco Mundial. “Perú: Policy Note on Road Transport Sector”. Mimeo. 1999.

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Con relación a los problemas de adecuación, los principales temas en materia vial son los siguientes:

• La Red Vial Nacional asfaltada, dados los niveles de tráfico, tiene un exceso de capacidad en una porción significa-tiva de las vías pero tiene problemas de trazado, geometría y problemas de confiabilidad y seguridad.

• La Red Vial Nacional no asfaltada y la Red Vial Departamental requieren de un enorme esfuerzo de rehabilitaciónpara alcanzar niveles razonables de transitabilidad.

• La Red Vial Vecinal tiene más de 30,000 Km. de caminos que no reciben ningún tipo de atención por parte de lainstitucionalidad pública.

En el tema portuario, el principal problema es que el puerto del Callao requiere modernizarse para atraer los megacarriersque transfieren la carga contenedorizada al sur, norte y oriente del subcontinente, lo cual significa ofrecer servicios alcomercio exterior más que al transporte marítimo, adoptar tecnologías de punta para el manejo físico de las cargas, ade-cuar su infraestructura marítima, terrestre, de accesos y de interrelación con la ciudad-puerto y con la red nacional detransporte, proteger el medio ambiente, reducir sus externalidades, mejorar sus sistemas de gestión y de información,flexibilizar tarifas y, lo más importante, capacitar y cambiar la mentalidad de sus recursos humanos en todos los niveles.

El resto de puertos tienen problemas similares21 . Por esta razón, los elevados costos portuarios son uno de loscuatro problemas que generan que el Perú enfrente problemas de competitividad. Los otros tres factores son altosaranceles a insumos y bienes de capital, elevados impuestos y altas tasas de interés. Durante la década de los 90,el comercio exterior a través de puertos creció en promedio 10% anualmente, lo que supone condiciones favorablespara nuevas inversiones que no se han realizado.

En el tema aeroportuario, es importante señalar que tomando en cuenta las metas trazadas con relación al númerode turistas, se requieren mejoras para elevar la categoría de los aeropuertos. Actualmente, de acuerdo a la catego-rización de la IATA, los aeropuertos peruanos se encuentran en el nivel D en horas de poca congestión y en el nivelF en horas de mayor flujo22 . La categoría F corresponde a aeropuertos que no cuentan con las condiciones paramantener estándares adecuados en períodos de congestión.

4.2 Debilidad Institucional

La debilidad institucional está asociada principalmente a: i) la incompleta distribución de competencias intra e inter-sectorial; ii) incipiente proceso de planificación; iii) inexistencia de incentivos al mantenimiento, iv) falta de un esque-ma definido de promoción de la inversión privada y v) problemas relacionados a capacidades técnicas.

4.2.1 Incompleta distribución de competencias intra e intersectorial

A pesar de los avances logrados en la Ley General de Transporte y Tránsito y en el Reglamento de Organización deFunciones, el sector transporte no ha logrado eliminar las duplicaciones y yuxtaposiciones de funciones. Los princi-pales temas pendientes son:

• Existe un fragmentado proceso de inversión que no permite integrar los procesos de planificación.• No existe una especialización de competencias al interior del sector que establezca claramente las atribuciones

por redes viales.• Existen varias unidades ejecutoras actuando en cada una de las diferentes redes (ver Cuadro 2).• No existe una definición de las competencias exclusivas de las instancias regionales y de los gobiernos locales.

Las unidades ejecutoras del gobierno central actúan en todas las redes.• No existe una delimitación clara de las competencias del MTC y otras instituciones (Foncodes, CTAR, Inade, etc) en

materia de transportes, con la finalidad de evitar la duplicidad de esfuerzos entre instituciones gubernamentales.• No existe un criterio definido que diferencie las tareas del MTC, de la COPRI y OSITRAN con relación a los

procesos de promoción de la inversión privada.• No existe una definición de en qué casos se puede realizar las obras por administración directa en vez de contra-

tar al sector privado. Por ello, cada vez se ejecutan más tareas por administración directa y ello afecta la calidadde las obras. El tema es más grave cuando las obras por administración directa están a cargo de unidadesejecutoras de sectores ajenos al sector transportes.

4.2.2 Incipiente proceso de planificación.

Desde la desactivación del Instituto Nacional de Planificación en 1992, no existe una entidad que coordine y deconsistencia ni a los documentos de políticas ni a los planes de desarrollo. Ello genera que existan serias deficienciasen el planeamiento estratégico del sector y de las unidades ejecutoras. Esta situación se agrava por la fragmentacióndel sector en diversas unidades ejecutoras que superponen funciones y duplican esfuerzos. Ello genera un planea-miento fragmentado y una inversión desordenada.

Cuadro 2Perú: Unidades Ejecutoras y Redes Viales

Tipo de Red Red Vial Nacional Red Vial Nacional Red Vial Red Vial VecinalRehabilitada y No Rehabilitada Departamental

AsfaltadaInversión Manteni- Inversión Manteni- Inversión Manteni- Inversión Manteni-

miento miento miento mientoPRT Directo y Directo

PrivadoCOPRI Conce- Conce-OSITRAN sión siónDGC Directo y Directo Directo Directo Directo Directo

PrivadoPCR Privado Privado

Directo: Las obras se realizan por administración directa.Privado: Las obras se realizan contratando al sector privado.Concesión: Las obras se realizan en un contrato de concesión.

21 Según Apoyo Consultoría S.A, la tasa de ocupabilidad portuaria es como máximo 44%, muy lejos del óptimo que es de 60%.22 INDECOPI. “Situación y Perspectivas del Mercado Aerocomercial Peruano”. Documento de Trabajo N°012. Área de Estudios Económicos del Indecopi.

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Además, no se han desarrollado herramientas para formular las políticas subsectoriales (transporte terrestre, transporteaéreo, transporte ferroviario, transporte acuático y transporte urbano) y tampoco las políticas transversales (financia-miento del mantenimiento, concesiones y privatización, desconcentración y descentralización, etc). La inexistencia depolíticas articuladas a una visión dificulta la integración de los procesos de concesiones con la inversión pública eimpiden definir los asuntos de fondo del sector. Es decir, no permiten definir el balance entre eficiencia y equidad, entreexpansión y mantenimiento, las prioridades de asignación entre modos de transportes, las prioridades de asignación derecursos entre las diferentes redes y el peso de la inversión privada versus el de la inversión pública.

El esfuerzo en rehabilitar el nivel de asfaltado de la Red Vial Nacional ha sido desproporcionadamente más grandeque el de mantenimiento, poniendo así en riesgo el patrimonio de las redes viales nacional (8,500 Km.) y vecinal(11,300 Km.).

Analizando la ejecución del gasto, el MTC es un ministerio que principalmente se dedica al sector del transporte terrestre y,particularmente, al desarrollo de la red vial nacional. (ver Cuadro 8). El transporte acuático y aéreo en 1999 sólo represen-taron el 2.4% del gasto ejecutado. Esta situación se consolida por las visiones de las autoridades, factores estructurales, lapresión de los contratistas y la inercia burocrática-presupuestal. Por ello, entre otras razones, no hay políticas, planes nimedidas orientadas a fortalecer las coordinaciones multimodales. Actualmente, analizando los diferentes planes de media-no plazo más del 80% de los recursos de inversión se seguirían asignando a la red vial nacional.

Cuadro 3Ejecución de Egresos por Programas

(millones de S/.)

Transporte/Año 1997 1998 1999 2000 2001Terrestre 1479 1279 1283 995 938Metropolitano 97 69 128 103 16Aéreo 25 42 29 23 22Acuático 16 12 4 3 15Ferroviario 29 16 24 1 1

Fuente: Sistema Integrado de Administración Financiera

La promulgación de la directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública23 y de la directiva de los Planes Estratégi-cos Sectoriales Multianuales24 , está orientada a fortalecer el papel de las oficinas de programación e inversiones25 .

La normativa de inversiones establece facultades y competencias específicas que permitirán que el planificadortenga un mayor control sobre los procesos de inversiones en todas las fases del ciclo del proyecto. Entre las atribu-ciones que la normativa de inversiones le asigna a las oficinas sectoriales de inversión destacan: i) revisa los estu-dios de perfil y prefactibilidad, ii) mantiene y actualiza el banco de proyectos sectorial, iii) administra el sistema deseguimiento y monitoreo del sector y iv) prioriza los proyectos en el plan multianual de inversiones.

Para aprovechar mejor la normativa de inversiones se requiere que exista una sola entidad que lleve a cabo lasatribuciones de planificación. Para este fin, se tiene previsto la fusión de la Oficina General de Presupuesto yPlanificación (OGPP) que depende de la alta dirección del sector y la Oficina de Planeamiento y Programación delSubsector Transportes (OPLA) que depende del Viceministro de Transportes.

Asimismo, se considera que la separación de la parte ejecutora y la reguladora de la Dirección General de Caminosmejorará el proceso de regulación y planificación de dicha Dirección.

4.2.3 Inexistencia de incentivos al mantenimiento.

Entre 1990 y el año 2000 no ha existido proporción entre el esfuerzo y los recursos destinados a los procesos derehabilitación y mejoramiento y el apoyo a los sistemas de mantenimiento. Según el Plan Estratégico Sectorial Mul-tianual de Inversiones 2001-2005 del MTC, existen 40,000 Km. de la red nacional que no son atendidos por ningúnprograma del gobierno central o de los gobiernos locales, excepto los 11,000 kilómetros de caminos rurales, rehabi-litados entre 1995 y el 2000, durante la 1era. etapa del programa. Por tanto, aquellos tramos sin mantenimiento,están en permanente deterioro y explican, en gran medida la desarticulación de un gran número de centros poblados.

En la red vial nacional, el 40.2% de las vías están en estado regular y el 36.7% de las vías están en mal estado. A suvez, en la red vial departamental el 23.8% de las vías está en estado regular y un 64.7% están en malas condiciones.A su vez, más de la mitad de los caminos vecinales no atendidos por el PCR son considerados por los usuarios comoen estado malo o pésimo.

Los actores involucrados en los procesos de toma de decisión priorizan las rehabilitaciones sobre mantenimiento.Ello se refuerza porque no existe una política expresa para el financiamiento del mantenimiento de la infraestructura detransportes y los órganos correspondientes no evalúan estrategias alternativas (peajes, concesiones, contratos demantenimiento de largo plazo) para lograr un sistema de mantenimiento autosostenible. Además, las tarifas públicas nose han establecido sobre bases técnicas.

Adicionalmente, existe una cantidad importante de información básica que debería generarse y que no ha sidoelaborada de modo de poder lograr un plan integral de mantenimiento.

Se requiere desarrollar normas que establezcan responsabilidades de mantenimiento en todas las redes y mecanis-mos que garanticen los fondos y el destino de los recursos hacia el mantenimiento.

4.2.4 Problemas pendientes

Actualmente el artículo 1° de la Ley Nº 27396, excluye a ENAPU SA del ámbito de la Ley de Promoción de la Inversión Privadaen las Empresas del Estado (D.L. Nº 674). Por lo tanto, no se pueden entregar en venta o concesión los puertos marítimos y

23 Formulada por la Oficina de Inversiones del MEF.24 Formulada por la Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros del MEF.25 La Oficina de Inversiones del MEF capacitó y entrenó al personal de las oficinas de programación e inversiones.

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fluviales hasta que se promulgue la nueva Ley de Puertos. La fecha límite para la promulgación de la nueva ley se fijó inicial-mente al 31 de diciembre del 2001. Sin embargo, mediante Ley Nº 27648 la fecha fue extendida al 30 de abril del 2002.

4.2.5 Problemas relacionados a capacidades técnicas.

En las instituciones del sector no existen incentivos para retener a los mejores profesionales, ni los mecanismos decapacitación que el sector requiere. Además, la rotación de directivos es excesiva y no permite que se consolidenprocesos de fortalecimiento de las instancias técnicas26 .

La supervisión del cumplimiento de las normas técnicas y de la calidad de las obras realizadas es precaria. A pesar deque existe la obligación de que los expedientes técnicos sean revisados por la Dirección General de Caminos (DGC),éstos en pocas ocasiones son enviados y si se envían los recursos que se destinan a dicho fin son insuficientes.

Las normas técnicas viales se han hecho copiando parámetros de las normas americanas (AASHTO) y no se hanmejorado, en la mayor parte de los casos, desde finales de los 60. En general, se estima que existen alrededor de 600dispositivos legales vigentes, de los cuales 300 están obsoletos. No obstante, a partir del 2000 se realiza un esfuerzode actualización de las principales normas, tales como: "Manual de Dispositivos de Control del Tránsito Automotor paraCalles y Carreteras" (aprobada con R.M. Nº 210-2000-MTC/15.02); "Norma DG-1999: Manual de Diseño Geométrico deCarreteras" (aprobada con R.D. Nº 543-2000-MTC/15.17); "Norma EG-2000: Especificaciones Técnicas Generales parala Construcción de Carreteras" (última versión aprobada en diciembre del 2000).

Es importante destacar que las normas de diseño no incorporan aspectos ambientales y que los avances en esa direcciónsi bien son importantes sólo se han logrado por presión de los organismos multilaterales financieros. Entre las normas quecubren los temas ambientales se encuentran: Norma DG-1999, Sección 209, Valores Estéticos y Ecológicos; Norma EG-2000, Capítulo 9, Protección Ambiental. También existen normas específicas tales como la "Guía de Supervisión Ambientalde Carreteras" de la DGC (aprobada con R.V.M. N° 226-99-MTC/15.02) y el "Manual Ambiental para el Diseño y Construc-ción de Vías", elaborado por la Dirección General de Medio Ambiente y utilizado por el PERT desde 1995.

Los principales problemas técnicos se reflejan en los adicionales de obras que, en algunos casos, superan el 30-40%de los montos presupuestados de las obras. Este problema está asociado a los siguientes factores: la calidad de lapreinversión, los insuficientes presupuestos para la consultoría de estudios definitivos, cortos períodos de tiempopara la realización de estudios y la baja capacidad de supervisión de las obras.

4.3 Insuficiente e incierta provisión de recursos financieros

Los principales problemas de recursos son los siguientes: i) excesiva dependencia del presupuesto del gobiernocentral, ii) los cargos a los usuarios y las tarifas de mantenimiento no están calculadas sobre la base de los costos demantenimiento y iii) los recursos que deben destinarse al mantenimiento se derivan a otros fines.

4.3.1 Proceso presupuestal

Entre 1990 y 1997, el gasto público total del pliego MTC y el total del gasto en inversión aumentaron sostenidamente.A partir de 1997, los recursos destinados al sector transportes disminuyeron debido a que se experimentó un menorritmo de crecimiento del PIB y a las políticas de ajuste fiscal que afectaron al sector transporte por encima delpromedio del sector público. En el año 2000 y en el año 2001 se publicaron decretos de urgencia de racionalidad ylímites del gasto público, que implicaban un amplio abanico de restricciones a la gestión pública.

Así, mientras en el período 95-96, el sector transportes era aproximadamente el 7% del presupuesto total, en elperíodo comprendido entre enero y setiembre del año 2000, su participación sólo alcanzó el 4% del presupuesto delgobierno central27 . Al propio tiempo, la participación de la inversión en transportes pasó de equivaler al 0.9% del PBIen 1997 a sólo 0.52% del PBI en el 2001.

Entre 1998 y el año 2001, las asignaciones presupuestales han sido inciertas y se han modificado sobre la base decriterios fuera del control de las autoridades de transportes. Ello ha generado una enorme incertidumbre en losprocesos de programación y causa significativos sobrecostos constructivos que no se han calculado.

Las proyecciones para inversión del sector transportes podrían estar sobrestimadas debido a que no se consideranlos problemas fiscales y la política de reducción gradual del déficit fiscal. Ello dificultará la concertación de nuevasiniciativas de crédito y complicará el mantenimiento de las vías rehabilitadas.

Cuadro 4Gasto Público del Pliego MTC 1991-2001

(ejecutado)

Año 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001Gasto Pliego 33.0 130.2 163.0 325.8 406.5 372.0 482.5 487.9 482.5 371.8 331.4MTC(US$ millones)Inversión 30.8 120.1 157.7 319.1 401.2 340.7 467.7 397.9 391.6 270.1 230.2Transportes(US$ millones)PBI 36.8 36.7 38.45 43.37 47.1 48.28 51.5 51.3 51.7 53.5 54.0(US$ miles demillones)Inversión como% del PBI 0.08 0.33 0.41 0.74 0.85 0.71 0.90 0.79 0.76 0.50 0.52

Fuente: INEI/OGPP-MTC. “Estadística Presupuestal: Serie Histórica 1989-1997”.OGPP-MTC 1998-2001

26 La rotación de directivos está asociada, de un lado a la rotación de autoridades y, de otro lado, a que los profesionales públicos de cierto nivel no tienen ningúntipo de protección en sus contratos laborales. Entre 1990 y el año 2000, la cartera de transportes ha tenido 12 ministros, cada uno duró en promedio 11 meses.

27 Presentación del Ministro de Economía y Finanzas, Dr. Carlos Boloña Behr. Lima, 17 de noviembre del año 2000.

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INVERSIONES MTC EN TRANSPORTES 1991-2001 (TODA FUENTE)

30,8

120,11

157,7

319,1

401,2

340,7

467,7

397,9 391,6

270,1

230,2

0

50

100

150

200

250

300

350

400

450

500

1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001

Mil

lon

es

de

US

$

Cuadro 05Inversión MTC prevista 2002-2006

Año 2002 2003 2004 2005 2006Inversión (US$ millones) 253 317 332 348 365

Fuente: MTC

4.3.2 Los cargos a los usuarios y las tarifas no han sido calculados sobre la base de los costos de manteni-miento

Sobre cálculos parametrizados de costos, el PRT estimó el déficit del mantenimiento para el período 2,000-2009 paralos 8,400 Km. de vías asfaltadas de la red vial nacional (ver Cuadro 06).

El cálculo del déficit de recursos promedio anual en el período 2002-2006 asciende a US$ 41 millones. La tarifabásica que permitiría el mantenimiento para el mismo período alcanzaría US$ 1.428 Un cálculo previo realizado por laCCV que trabajaba con plazos de hasta 25 años, estimó la tarifa de mantenimiento en US$ 1.6.

A su vez, la CCV, estimó una tarifa que incluía los costos de mantenimiento y el repago a la inversión futura y laestimó en US$ 2.00. Un estimado realizado por el Banco Mundial estima que el déficit anual del PRT ascendería aUS$ 70 millones29 sobre la base de una tarifa de US$ 1.5. Esta estimación si incorpora una provisión para rehabilita-ciones mayores que se realizarían cada 15 años y asume un costo de mantenimiento promedio anual equivalente aUS$ 11,000.

Cuadro 06Proyecciones de Ingresos y Gastos

(En US$millones)

Ingresos Recursos Déficit de recursos Tarifa básica deAÑO Proyectados (1) requeridos (2) (2)-(1) equilibrio

(US$)2002 45.9 69.0 -23.1 1.082003 47.7 91.6 -43.9 1.382004 49,6 75.1 -25.5 1.092005 51.6 65.4 -13.8 0.912006 53.6 85.6 -32.0 1.15

Fuente: SINMAC “Plan de Mantenimiento de la Red Vial Nacional 2000-2009.”.

A pesar de los diferentes cálculos la tarifa básica de los peajes en diciembre del año 2000 sólo alcanzaba los US$ 0.70 y fuereducida en 30% para los vehículos pesados durante el primer trimestre del año 2001.

Además, dado que no existe un sistema de reajuste automático del nivel del peaje, éste se ha venido rezagando en términosreales. En el Perú, los únicos peajes que tienen un mecanismo de indexación y están en un nivel que permiten cubrir loscostos de mantenimiento de las vías son aquellos correspondientes a la concesión Arequipa-Matarani.

En los modos aéreo y portuario, las tarifas máximas son fijadas desde el año 1999 por OSITRAN a solicitud de las empre-sas públicas o por iniciativa propia, salvo en las infraestructuras concesionadas (puerto de Matarani y aeropuerto Jorge

28 La tarifa básica corresponde a un vehículo ligero o a un eje de vehículo pesado.29 Banco Mundial.”Perú: Políticas para el sector carretero”. pp 29-52. Policy Notes 2000. Background Papers.

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Chávez), donde el régimen de tarifas supervisado por OSITRAN, está establecido en el contrato de concesión respectivo.En el modo ferroviario la mayor parte de la infraestructura se encuentra concesionada30 y las tarifas de acceso a la vía estaregulada en los contrato de concesión. Los esquemas tarifarios de las empresas públicas no parten de una definiciónconceptual sino que reflejan el equilibrio presupuestal dados los costos de operación, el tráfico y el plan de inversiones.

Para el caso de los puertos estatales, desde 1999 ENAPU mantiene un estructura tarifaria, basada en los costos delos servicios y en el mercado, evitando subsidios directos. Las tarifas se aplican de acuerdo al tipo de carga y porlínea de negocios, siendo regulados por OSITRAN los relacionados al uso de los muelles, y no regulados, los demásservicios marítimos y de almacenamiento. La distinción se basa en la posibilidad de intervención del sector privadoen una actividad específica. Los recursos recaudados sirven para cubrir el costo de administración del puerto, man-tenimiento y nuevas adquisiciones de capital. Las utilidades remanentes se destinan al FONAFE.

4.3.3 Los recursos de los peajes se destinaron a fines distintos al mantenimiento

En años anteriores los recursos provenientes de la recaudación de peaje han sido utilizados para fines diferentes aldel mantenimiento de las vías. Según un cálculo del Banco Mundial31 de los US$67 millones que recaudó el SINMACentre 1997 y 1998 sólo el 28% se utilizó en mantenimiento debido a que una parte significativa de esta recaudaciónse destinó a la rehabilitación de las vías afectadas por el Fenómeno del Niño.

Actualmente se ha creado el Comité de Transparencia dentro de la estructura organizacional de la unidad ejecutoradel Proyecto de Rehabilitación de Transportes, cuya función es propiciar mecanismos para la correcta asignación delos recursos.

4.4 Precario e informal desarrollo del sector empresarial

El débil desarrollo del sector empresarial del transporte terrestre interprovincial, de la marina mercante y de lasempresas aéreas nacionales está directamente relacionado a la baja capacidad de generar una visión de futuro y losproblemas de fiscalización de las entidades correspondientes.

En el Cuadro 07, se puede apreciar la situación de los principales factores que afectan el grado de efectividad de lasentidades reguladoras y fiscalizadoras. El impacto sobre el sector empresarial de este problema se reseña en elsiguiente capítulo.

Cuadro 07Grado de Efectividad de los Entidades Normativas/Fiscalizadores

Factores Dirección General DirecciónGeneral Dirección General Dirección GeneralTransporteAcuático Caminos Aeronáutica civil Circulación Terrestre

Autonomía 5 5 5 5Recursos Financieros 3 3 1 3Recursos Humanos 3 3 2 3Participación Usuarios 3 3 3 3Modelo Tarifario 3 3 2 3Capacidad de Negociación 3 3 3 3

1=Adecuado, 2=En proceso, 3=Deficiente, 4=Inexistente, 5=No aplica, 6=Sin información.

V. Diagnóstico Sectorial

En esta sección, se busca identificar los problemas principales de cada modo de transportes. Para ello, se realizaráun análisis tanto de los mercados de servicios como de la situación de la infraestructura.

5.1 Transporte terrestre

a) Consideraciones generales

La liberalización de las importaciones de vehículos, la desregulación de las rutas y tarifas públicas, los programas deincentivo a las renuncias de empleados públicos, el mejoramiento de las vías y las mejores perspectivas económicasdeterminaron un gran crecimiento del parque automotor.

En líneas generales, el parque automotor creció 74% entre 1990 y 1998 con una variación promedio anual equivalen-te a 8%. Se estima que si la tasa de crecimiento se estabiliza en 6%, el parque automotor se duplicará cada 10 años.A pesar de que este crecimiento vehicular es mayor al crecimiento del PBI, el Perú aún registra una baja tasa demotorización (40 vehículos por cada 1,000 habitantes)32 .

Transporte de pasajeros

El transporte de pasajeros se benefició de la rehabilitación de las carreteras de forma muy significativa. Según unestudio elaborado por la Universidad del Pacífico, los ahorros por reducción de costos de operación fueron significa-tivamente mayores a los niveles de peajes impuestos después de la rehabilitación de las vías33 .

Sin embargo, el ingreso masivo de vehículos de transporte interprovincial, producido dentro de un contexto de nularegulación y ausencia de la fiscalización del servicio, ha devenido en el incremento de la informalidad y que, permi-tida por las autoridades, determinan que los ingresos promedio de las empresas estén por debajo de los costostotales de una empresa eficiente.

30 Salvo los tramos de Huancayo – Huancavelica a cargo de una Institución Pública descentralizada de la región y el de Tacna – Arica bajo la administración deENAPU.

31 Banco Mundial. “Perú Policy Notes 2000. Background Papers. Página 47.32 Pare el año de 1997, países como Argentina, Chile, Ecuador y Bolivia mostraban tasas superiores y equivalentes a 79, 110, 44 y 48 vehículos por cada 1,000

habitantes. Según el Banco Mundial, la tasa de motorización promedio de países con ingresos semejantes al del Perú es de 92 vehículos por cada 1,000habitantes.

33 Para buses de dos ejes y de más de dos ejes los peajes equivalieron dependiendo de la ruta entre 3.12% y 7.2% de los ahorros por viaje por efecto de lasmejoras en las vías.

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Entre 1990 y el año 2000, el parque automotor creció de 2,500 a 5,000 los vehículos destinados a este servicio en elámbito nacional. La nula fiscalización del servicio ha permitido la proliferación de servicios informales, y la escasaregulación la transformación de camiones en ómnibus, sin un control efectivo del sector. Las barreras a la entrada delsector formal son mínimas y están relacionadas a requisitos como: i) constitución formal como empresa y un mínimoaparato administrativo; ii) indicadores de solvencia económica poco exigentes; iii) tenencia de vehículos y iv) dispo-sición de terminales terrestres. Adicionalmente, las rutas interprovinciales no se licitan y se otorgan a pedido departe, por lo que existe un gran número de rutas interprovinciales.

Actualmente, existen alrededor de 600 empresas formales que utilizan 5000 ómnibus; con alto grado de atomización;donde el 58% de empresas poseen 5 o menos vehículos, y 38% posee 3 o menos vehículos. A su vez, se estima queel sector informal y las empresas formales que actúan informalmente (entran a rutas no autorizadas), tienen unacapacidad equivalente a 110,000 asientos.

El crecimiento de la oferta ha generado que la tarifa pública por pasajero-año se estabilice en alrededor de US$ 0.01pasajero-kilómetro desde 1991, mientras que los costos de operación y reposición han aumentado, con lo que las empre-sas han experimentado dificultades financieras. Este problema se ve agravado por el hecho de que las empresas hanperdido el control de una parte significativa del negocio al pagar parte de la remuneración del transportista en asientos.

Finalmente, es importante señalar que los problemas de rentabilidad de la industria del transporte terrestre interpro-vincial de pasajeros son la principal causa de inseguridad, dado que una empresa en crisis financiera disminuye sugasto e inversiones en seguridad. En líneas generales, la regulación del transporte terrestre interprovincial no estáorientado a asegurar un mínimo de seguridad a los usuarios, pues para ello tendría que vigilar que las empresas conautorización de circulación logren un mínimo de rentabilidad o, por lo menos, estén en un punto de equilibrio.

La crítica situación de las empresas de este subsector también es un factor que incentiva la reducción de los peajesy, por tanto, a la larga ocasionará serios problemas para el financiamiento de la red vial nacional.

Transporte de Carga Interprovincial

Al igual que el transporte de pasajeros interprovincial, el transporte de carga se benefició de la rehabilitación de lascarreteras de forma significativa. Sin embargo, al igual que en el caso anterior la reducción de los costos de opera-ción vehicular no permitió el aumento del margen de comercialización de los transportistas de carga porque los fletesse redujeron en mayor proporción.

Esto se debió al ingreso masivo de unidades de transportes, muchas de ellas importadas de segunda mano osiniestradas. Entre 1990 y el 2000, el parque automotor de camiones creció de 67mil a 100mil, los remolcadores de5mil a 14mil, y los semiremolques de 6mil a 14mil. En términos generales el parque automotor de carga creció de78mil a 128 unidades entre 1990 – 2000.

Entre 1990 y 1992, los fletes se redujeron significativamente (hasta 50% en algunos tramos de la red vial nacional),mientras que la carga creció a tasas significativas (12% al año entre 1992 y 1996). Ello generó que exista una mayoreficiencia de carga, ya que cada camión transportaba en 1996, 23% más carga que en 1992. Todo esto permitió queel transporte de carga pasara de trasladar el 75% del total de la carga nacional al 90%.

La inexistencia de un registro de transportistas y el hecho de que no se requiera autorización del MTC para dar esteservicio, permite que cualquier vehículo pueda trasladar carga informalmente.

Del total de unidades de transporte de carga, sólo el 30% pertenecen a empresas formales. El resto operan eludien-do impuestos y obligaciones y acogiendo un gran porcentaje del subempleo con contratos “de palabra” que evadentodas las obligaciones y cargas sociales. A finales de 1997, el MTC tenía empadronadas un total de 1,155 empresasde transporte de carga, las cuales poseían una flota de 7,124 vehículos.

Seguridad Vial Interprovincial

El nivel de accidentes del Perú es entre 10 y 20 veces mayor a lo que se registra en países desarrollados. Un datopreocupante, es que mientras en países desarrollados menos del 10% de los accidentes lo generan vehículos detransporte público en el Perú, entre el 40% y el 50% de los accidentes están relacionados a vehículos de transportepúblico. Los accidentes fuera de Lima se concentran en las principales rutas rehabilitadas de la Carretera Paname-ricana y de la Carretera Central. En estas rutas, el principal factor de accidentes es la velocidad (24%) y sólo 2%debido al mal estado de las vías. Entre 1991 y 1995, las muertes por accidentes han crecido a tasas de 3 a 4% y latasa de fatalidad (muertes por cada 10,000 vehículos) creció entre 1992 y 1995 de 28 a 4334 . En general, entre 1984y 1995, 29,931 personas murieron y 185,163 han resultado heridas de graves consecuencias.

En el Perú, los accidentes están asociados principalmente a la falta de control y regulación del tránsito, a los proble-mas financieros de las empresas de transporte, a la mejora de las vías que permite viajar a más velocidad, a proble-mas de diseño y a la insuficiente señalización a lo largo de la red vial, en particular la red vial nacional asfaltada pordonde circula el 90% del transporte de carga y pasajeros.

Adicionalmente, el poder judicial no aplica indemnizaciones por daño de acuerdo con los costos de los accidentes, detal manera que al internalizar los costos en los responsables incentiven las inversiones en seguridad.

Según estimados preliminares del MTC, los costos por accidentes viales ascienden a US$ 350 millones por año.Estas pérdidas continuarán ocurriendo a menos que se tomen las medidas preventivas adecuadas y se fiscaliceadecuadamente la circulación terrestre de vehículos.

b) Situación de la infraestructura terrestre vial

Red Vial Nacional

En 1990, para enfrentar la crisis en que estaba el sector transportes, el gobierno implementó primero un plan deemergencia vial y luego formuló el Plan de Desarrollo Vial 1996-2005. El objetivo del plan era rehabilitar y mejorar

34 El año de mayor siniestralidad registrado ha sido 1993, con 61,190 accidentes en todo el país, mientras que el año con más muertes ha sido 1995 con 3,443.

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(hasta nivel de asfaltado) tres circuitos básicos que integrarían al país y que tendrían como eje central la CarreteraPanamericana.

El circuito norte conformado por la carretera Olmos-Corral Quemado; la marginal de la selva entre Corral Quemado yHuánuco y la carretera Federico Basadre entre Huánuco y Lima. El circuito Centro está conformado por la carreteracentral entre Lima y La Oroya; la Longitudinal de la sierra entre La Oroya y Ayacucho; y la vía de Los Libertadores entreAyacucho y Pisco.

El circuito central se conecta con el circuito sur a través del tramo Ayacucho-Abancay. El circuito sur está conformadopor la carretera que une Nazca, Abancay, Cusco, Juliaca, Puno y Desaguadero, con dos transversales de cierre: Juliaca-Arequipa-Matarani y Desaguadero-Ilo.

Desde los circuitos básicos, el esfuerzo del desarrollo nacional debía extenderse hacia otros circuitos complementariosy vías de penetración. En la región amazónica, la influencia de las carreteras se extendería por los ríos, los mismos quearticulándose con aeropuertos regionales, aeródromos locales, puertos y embarcaderos debería configurar el sistemamultimodal de transporte en los departamentos selváticos.

En el Cuadro 08 se muestra el estado actual de la red vial nacional según tipos de superficie: asfaltado, afirmado, sinafirmar y trocha. La red vial nacional está constituida por 17,100Km. de carreteras. Del total de la red vial nacional, el49.5% (8,477 Km.) de los caminos son asfaltados de los cuales el 36% está en buen estado, 50% está en regular estadoy 14% en mal estado. Por su parte, el 37.5% de la red vial nacional (6,412 Km.) de los caminos está en estado deafirmado, de los cuales sólo 13.2% está en estado bueno, mientras que el 36.8% y el 50% están en estado regular y malo,respectivamente.

Asimismo, las vías sin afirmar son el 11.1% (1,886 Km.) de los caminos de la red vial nacional, el 2.1% (40 Km.) está enestado bueno, el 12.3% (232 Km.) en estado regular y el 85.6% está en estado malo. Las vías de la red vial nacional enestado de trocha son sólo 326 Km., de los cuales el 85% están en mal estado.

Las vías asfaltadas de la red vial nacional en estado regular y malo son principalmente aquellas que estuvieron afecta-das por el fenómeno de “El Niño” y un determinado número de tramos que no han sido objeto de planes de rehabilitación,sino que han sido reparados superficialmente. Del total de la red vial nacional, cerca de 8,000 Km. los administra el PRT,mientras que 3,500 Km. de los 6,412 Km. afirmados los atiende la DGC. El resto, no recibe ningún tipo de tratamientopermanente. Entre 1990 y 1999, el total de vías asfaltadas creció en 45%, pasando de 5,740 Km. a 8,328 Km. Por suparte, las vías asfaltadas en buen estado pasaron de 1,394 Km. a 5,281 Km. creciendo en 279% con una variaciónpromedio anual 31%.

Dado que el esfuerzo estuvo concentrado en los tramos asfaltables, la red vial nacional creció a un ritmo bastante menorequivaliendo a 8%. Sin embargo, el total de vías en buen estado pasó de 1,883 Km. a 3,937 Km. entre 1990 y 1999. Esdecir, los kilómetros de vías en buen estado crecieron en 209.08%, con un ritmo promedio anual de 25%.

ESTADO DE LA RED VIAL NACIONAL ASFALTADA(en Km.)

1394

4077

3026

1985

1232

4232

2361

787

1165

0

500

1000

1500

2000

2500

3000

3500

4000

4500

1990 1995 2000

EN

KM

. BUENO

REGULAR

MALO

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Pág. 16 SEPARATA ESPECIAL Lima, miércoles 17 de julio de 2002

PROYECCIÓN DEL ESTADO DE LA

RED VIAL NACIONAL ASFALTADA

3 6 %

21%

88%

50%

41%

1 2 %14%

3 8 %

0%0 %

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

1 0 0 %

2 0 0 0 Proy. 2005.

Escenario previsto si no se

soluciona el problem a de

financiamiento

Proy. 2005.

Escenario Ideal

BUENO REGULAR MALO

Cuadro 08Estado Actual de la Red Vial Nacional

Perú, 1999

Tipo de Extensión % de la Vías en % por Vías en % por Vías en % porsuperficie total red vial Estado Tipo de Estado Tipo de Estado Tipo de

nacional bueno Superficie regular Superficie malo Superficie(Km.) (Km.) (Km.)

Asfaltado 8,140 48.0 3,051 36 4,238 50 1,186 14Afirmado 6,640 39.1 846 13.2 2,360 36.8 3,206 50.0Sin Afirmar 1,860 11.0 40 2.1 232 12.3 1,614 85.6Trocha 326 01.9 00 0.0 48 14.7 278 85.3Total de la Red 16,967 100.0 3,937 23.1 6,878 40.2 6,284 36.7

Fuente: DGC-MTC. Estimaciones de la OPLA, MTC.

Los 8,477 Km. de caminos asfaltados de la red vial nacional son las vías de relativo alto tráfico y a través de dichasvías se moviliza el 90% de la carga y los pasajeros que realizan viajes interprovinciales. Entre 1,990 y 1,999 serehabilitaron alrededor de 6,000 Km. incrementando el valor del patrimonio vial en más de US$ 2,400 millones.

La recuperación de la red vial nacional permitió que los ahorros anuales para la operación de los vehículos fueranmuy significativos. En la Carretera Panamericana entre Arequipa y Piura, se estima el ahorro anual en US$ 234millones. A su vez, entre Lima y Huancayo el ahorro anual se estima en alrededor de US$ 43 millones. En todos estostramos, los peajes cobrados a buses y camiones fueron un porcentaje bastante bajo de los ahorros y en ningún casolos costos del peaje superaron el 11% de los ahorros generados. Por su parte, en el caso de los automóviles ycamionetas rurales, la incidencia de los peajes fue mayor oscilando entre 25% y 33% de los ahorros.

Financiamiento

Los principales mecanismos que se han utilizado para financiar el desarrollo de la red primaria son: i) los recursosordinarios del Tesoro de la República, ii) el financiamiento externo proveniente de los convenios de préstamo y iii) lospeajes cobrados a los usuarios y otros recursos propios menores.

En el período 93-99, los préstamos y sus contrapartidas correspondientes fueron la principal fuente financiamientode la inversión en carreteras. En el período 98-99, el 71.8% de los recursos de inversión estaban relacionados a lasoperaciones de crédito externo, mientras que sólo el 28.2% correspondía a proyectos de inversión que sólo contabancon financiamiento del Tesoro.

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Cuadro 09Financiamiento por Fuentes

Perú, 1998-1999Consolidado

Tipo de Proyecto Fuente de Financiamiento TotalTesoro Público o Crédito (Mill US$) %Recursos Propios Externo

(Mill. US$) (Mill. US$)Proyectos con Endeudamiento Externo 100.6 180.4 281.0 71.8 %Proyectos con recursos sólo del Tesoro 110.4 - . - 110.4 28.2 %Total 211.0 180.4 391.4 100.0 %% 53.9 % 46.1 % 100.0 %

Fuente: Planes Operativos 98 y 99 y Convenios de Préstamos. OPLA-MTC.

En el Cuadro 10, se aprecia como los peajes financian desde 1995, una porción significativa de la inversión en rehabilita-ción o expansión de la red vial nacional, destinándose éstos recursos a fines distintos al mantenimiento de las vías.

Cuadro 10Participación del Financiamiento de la Inversión Red Vial Nacional

Perú, 1991-2001(En porcentajes)

Fuente de 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001FinanciamientoTesoro Público 98 90 65 60 50 64 40 39 45 50 48Crédito Externo 0 8 32 35 43 28 54 49 49 41 47Peajes 0 0 1 4 5 6 4 11 4 8 4Otros 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1Total 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100

Fuente: OPLA. MTC

En el Cuadro 11, se muestra como los desembolsos para proyectos de endeudamiento relacionados principalmentecon la red vial nacional se han ido reduciendo significativamente desde 1997. Ello se debe, a que el sector transpor-tes llegó a significar en el período 96-97, el 25% del total de desembolsos para proyectos de inversión. En las crisisfiscales ocasionadas por ingresos tributarios menores a los previstos el sector ha sido uno de los mas afectados porlas restricciones presupuestales y de desembolsos.

Cuadro 11Desembolsos Registrados por Acreedor

Perú, 1997-2001

Nombre del Préstamo 1997 1998 1999 2000 2001Rehabilitación del Sector Transportes (BIRF-3717) 56.9 26.8 12.2 08.4 0.0Rehabilitación y Mejoramiento de Carreteras I (BID-836/OC-PE) 78.2 76.0 34.9 05.2 3.9Rehabilitación y Mejoramiento de Carreteras II (BID-1150/OC-PE) 0.0 0.0 6.0 7.9 30.7Programa de Preinversión (CAF) 00.0 00.0 02.1 00.7 1.8Rehabilitación Carretera Rioja Tarapoto (CAF) 00.0 00.0 00.0 04.0 29.5Rehabilitación Carreteras del Niño (JBIC) 00.0 00.0 00.0 04.7 6.9Mejoramiento Carretera Corral Quemado Río Nieva. 14.3 10.1 8.3 01.0 6.7Total 149.4 112.9 63.5 31 44.2

Fuente: Oficina de Inversiones. MEF

A partir de 1995, el SINMAC inició el cobro de peajes en las vías rehabilitadas. Sin embargo, nunca se llegó aestablecer la fórmula de indexación de los mismos. Por ello, los peajes se retrasan respecto de la inflación. Actual-mente, 49 peajes operativos, 2 suspendidos temporalmente y 2 en concesión. Del total de peajes 28 están localiza-dos en la Carretera Panamericana, 11 en vías transversales y los 10 restantes en diferentes tramos de la longitudinalde la sierra. En la Carretera Panamericana, la política es establecer los peajes cada 100 Km. Sin embargo, tampocoexiste una política de localización de peajes. Las únicas unidades de peaje que se indexan de acuerdo a la inflaciónson las de la concesión de Arequipa – Matarani que abarcan el mantenimiento de 107 km de carretera.

Desde el punto de vista de la recaudación, el 76% de los recursos son generados por los peajes pagados por losvehículos pesados y el 24% por los vehículos individuales. La recaudación total del año 2,000 fue equivalente aS/.152.9 millones (US$ 43.4 millones). Es interesante señalar que sólo 5 peajes están por encima de los 4,000vehículos por día, 13 peajes están entre 2,000 y 4,000 vehículos por día, 30 peajes están ente 400 y 2,000 vehículosy 4 están por debajo de 400 vehículos.

Las cargas a los usuarios de las vías diferentes al peaje son mínimas. La principal de estas cargas es el impuesto alpatrimonio vehicular, pero los recursos que generan no se aplican a las redes viales de carreteras, se usan pararehabilitación y mantenimiento de algunas calles y, en general, para fines distintos a los viales. El impuesto al patri-monio vehicular se aplica a automóviles de hasta 3 años de antigüedad, implica monto mínimo equivalente a unaunidad impositiva tributaria y tiene una tasa única de 1%.

De otro lado, existe un impuesto selectivo a los combustibles que genera ingresos al Tesoro por entre US$ 430 y US$450 millones al año. Además, existe un impuesto al rodaje que grava el consumo de combustibles utilizados en elsector de transporte automovilístico (con excepción del diesel 2). Este porcentaje es del 8% sobre el precio netoexplanta del combustible. Sin embargo, esos recursos se administran bajo el principio de la caja única. Y, por tanto,sólo regresan al usuario de las carreteras a través del gasto en inversión de transportes. Los recursos requeridos para elmantenimiento de todas las vías (incluidas las urbanas) equivalen al 74% de la recaudación del impuesto selectivo alconsumo de los combustibles.

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Cuadro 12Peajes con Mayor Indice Medio Diario

Perú, Enero-Diciembre 2000

IMD/Peaje Bujama Sullana Ramiro Prialé Chicama Paraiso Vesique SerpentinLivianos 5,436 3,510 3,824 2,480 1,528 2,256Pesados 2,297 1,552 879 1,879 2,742 1,732 3,810Total 7,733 5,062 4,703 4,359 4,270 3,988 3,810

Fuente: PRT-MTC.

Peso y Dimensión

Las dos principales herramientas para proteger las vías asfaltadas de la red vial nacional son la implementación del sistema depeajes y del sistema de control de pesos y dimensiones. Respecto a este último tema es importante señalar que tiene porobjetivo preservar la carretera evitando un deterioro acelerado y su consecuente rehabilitación prematura35 .

Actualmente se cuenta con 10 estaciones de pesaje fijas en las principales vías y 4 estaciones de pesaje móviles. Seespera dotar 12 nuevas unidades móviles para el 2002.

Mediante D.S. Nº 001-96-MTC (02.01.96), se aprobaron las Normas de Pesos y Dimensión Vehicular para la circulación en lascarreteras de la red vial nacional, con la finalidad de preservar la infraestructura del transporte a través del control del pesovehicular y regular el tránsito por las vías correspondientes. En 1998 se promulga, mediante DS Nº 013-98 MTC, el Reglamen-to de Peso y Dimensión Vehicular. Sin embargo, el control se aplica a partir del 01 de julio de 1999, luego de varios aplazamien-tos y transcurridos tres años de difusión de la norma en las estaciones de pesaje.

El control de peso ha tenido retrasos en su aplicación, debido a que los gremios de transportistas de carga y pasajerosno están de acuerdo con la aplicación estricta del reglamento por las limitaciones en el parque automotor nacional,además existen algunos vacíos en la norma y en sus procedimientos de aplicación que han generado su incumplimientoy un alto porcentaje de las multas no pagadas.

En agosto del 2000, mediante DS Nº 040-2000 MTC y DS Nº 041-2000 MTC, se dieron facilidades tanto por condonacio-nes de las multas impuestas como reducción del monto de ellas y la suspensión de multas por exceso de peso por eje,lo cual quitó credibilidad al control de peso. A la fecha se continua extendiendo la suspensión de las multas por exceso depeso por eje, tal como señala el DS Nº 016-2002-MTC del 20 de abril del 2002.

Un aspecto favorable ha sido la publicación del Reglamento Nacional de Vehículos que incorporó al Reglamento de Peso yDimensión Vehicular, el cual unifica los dispositivos legales respecto al transporte terrestre de carga y pasajeros.

Durante el segundo trimestre del 2002, se tiene previsto aprobar las directivas y procedimientos relativos a las Autoriza-ciones de circulación de vehículos especiales. Cabe señalar, que actualmente los indices de sobrepeso registrados enlas estaciones de pesaje oscilan entre 6% y 7% del flujo vehicular controlado. El Plan Operativo del PRT incorpora lainstalación de peajes y pesajes tanto en las carreteras rehabilitadas como en nuevos proyectos.

Evolución de la DemandaA pesar del significativo crecimiento del parque automotor (8% anual), el índice medio diario vehicular (IMD) de lasprincipales vías de la red vial nacional asfaltada crecerá anualmente a tasas menores al 3%. Adicionalmente, es impor-tante señalar que cuando el PBI nacional crece a una determinada tasa, el PBI de Lima crece a una tasa igual o superiory los PBI de los departamentos fuera de Lima, crecen en la gran mayoría de los casos a tasas inferiores.

Dado que la mayor parte de los peajes están localizados fuera de Lima, es de esperarse que la evolución del tráfico seaproxime no al PBI nacional sino a sus correspondientes PBI regionales.

Por esta razón es importante señalar que, dados los volúmenes de tráfico y las tasas de crecimiento futuras en la red vialnacional asfaltada, es posible que no se requieren inversiones significativas sobre la Carretera Panamericana y lasprincipales vías transversales asfaltables, salvo en tramos específicos que han sido identificados por los programas deinversiones de las redes de concesión o por los proyectos involucrados en los préstamos concertados36 .

Por esta razón, es importante considerar que deben estudiarse muy cuidadosamente los nuevos proyectos de inversiónsobre la red vial nacional. Ello permitirá, reorientar recursos a la red departamental que está prácticamente desatendiday concentrar esfuerzos en el esquema institucional que asegure el mantenimiento.

Cuadro 13Evolución del Indice Medio Diario

Estaciones de Peaje Seleccionadas: Tasa de Crecimiento AnualPerú, 1998-2023(En porcentajes)

Estación Tasa de Crecimiento Anual Tasa de Crecimiento AnualVehículos Ligeros Vehículos Pesados

Costa NortePiura Sullana 2.15 1.27Mocce 1.86 1.79Vesique 1.44 4.54Huarmey 2.42 3.01Costa SurJahuay 2.85 1.04Ica 2.09 1.31Camaná 1.86 2.19El fiscal 0.47 0.62Transversales y Tramos de la longitudinal de la sierraSaylla 1.83 1.27Ilave 1.11 1.74Fuente.CCV-MTC

35 Los datos iniciales que mostró la estación de pesaje de Pasamayo indicaban que el 35% de los vehículos tenían sobrecargas.36 Es importante señalar que si bien las inversiones de mayor alcance –al nivel de asfalto- no son prioridad de acuerdo a la demanda. Existe una serie de mejoras

menores de adecuación que si se requerirían y estarían relacionados a evitamientos de ciudades menores e intermedias y mejoras orientadas a disminuir lasinterrupciones del tránsito por factores climáticos.

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Principales Proyectos en Ejecución o con Licitación Prevista

Los principales proyectos en ejecución se pueden apreciar en el Cuadro 14. El PERT es la unidad ejecutora que másproyectos tiene a cargo, la mayor parte de ellos son proyectos de rehabilitación que tienen por objetivo cerrar circuitosviales básicos (principalmente el circuito sur y el norte).

Las obras entregadas a la DGC, corresponden a rehabilitaciones de puentes afectados por el fenómeno de “El Niño”,localizados en la costa norte. Por su parte, el PRT tiene proyectos de rehabilitación en diferentes puntos de laCarretera Central.

Principales Proyectos en Agenda

Los principales proyectos en agenda de la Red Vial Nacional son: i) los que están involucrados en el programa deconcesiones viales, ii) los proyectos que están agrupados en posibles operaciones de endeudamiento externo, iii) losproyectos que corresponden al Plan Binacional Perú-Ecuador y iv) los proyectos de los corredores interoceánicos.

El Programa de Concesiones Viales

El programa de concesiones viales actualmente involucra 10 redes viales y una inversión total aproximada de US$1,300millones. Cabe destacar que de las 10 redes sólo tres tenían un valor presente neto equivalente mayor a cero con unatasa de descuento igual a 15% en términos reales y un cofinanciamiento estimado en US$110 millones.

El programa propuesto en 1998 implicaba pasar de 50 a 60 casetas de peajes y aseguraba el mantenimiento de6,739 Km. de la red vial asfaltada. La tarifa básica se establecería en US$1.6 antes del inicio de las obras y enUS$2.00 después culminadas las obras por los concesionarios. El programa de concesiones viales buscaba asegu-rar el financiamiento oportuno de los tramos asfaltados de la red vial nacional. Las obras involucradas eran 646 Km.de carreteras asfaltadas nuevas, asfaltado de 185 Km. de vías afirmadas y la rehabilitación y el mejoramiento de1,084 Km. De igual manera, incluía trabajos para mejorar y rehabilitar vías de integración.

Actualmente, se está realizando el proceso de licitación de la red vial N. 5 y N. 6. Para la red vial N. 5 se hamodificado el alcance retirando el tramo Lima-Canta-Unish. Además, se ha postergado parte de las inversionessobre el tramo Huacho-Pativilca. El objetivo ha sido eliminar el cofinanciamiento (US$25 millones) y reducir la tarifabásica objetivo de US$2 a US$1.2.

Cuadro 15Tramos Involucrados en las Redes de Concesiones

Red Tramos Km. InversiónN° (Millones US$)1 Piura-Sullana, Sullana-Macará y Sullana-Aguas Verdes 568 1032 Lambayeque-Dv.Olmos-Piura, Lambayeque-Dv.Bayóvar-Piura 540 1313 Trujillo-Lambayeque, Ciudad de Dios-Cajamarca 506 1464 Pativilca-Trujillo, Pativilca-Conococha, Conococha-Huaraz, Huaraz- 941 180

Caraz-Yungaypampa-Santa5 Ancón-Huacho-Pativilca 183 656 Cerro Azul-Ica 149 2027 Ica-Camaná, Nazca-Camaná-Puerto San Juan 551 448 Camaná-La Concordia, Matarani-Arequipa, Ilo-Moquegua, Ilo-Tacna 1,057 1159 Circuito Turístico del Cusco, Cusco-Juliaca-Puno-Desaguadero 645 3711 Ricardo Palma-La Oroya, La Oroya-Huancayo, La Oroya-Huánuco- 917 229

Tingo María-PucallpaTotal 6,057 1,252

Las Nuevas Operaciones de Endeudamiento Externo

La principal operación de endeudamiento externo para la red vial nacional, es el préstamo denominado Rehabilita-ción Sector Transportes II del BIRF, que es una concertación por US$184 millones. Sin embargo, las restriccionesfiscales han motivado que se revisen las prioridades relativas de sus componentes y los montos originales delpréstamo. Otra operación importante es el Proyecto Olmos-Corral Quemado II con KfW. Con este préstamo se reha-bilitaría dicha carretera entre el Km.79 al Km.140, considerando que con el primer préstamo se rehabilitó los primeros79 Km. de la carretera en mención. Finalmente, otro préstamo es el de la Carretera Juliaca-Desaguadero, por US$25millones.

Los Proyectos del Plan Binacional Perú Ecuador

En el marco del acuerdo de paz firmado con el Ecuador se prevé la integración fronteriza, mediante la construcciónde 5 corredores viales, los cuales en total comprenden 1,324 Km. Algunos de estos corredores no han sido estudia-dos adecuadamente a nivel de preinversión y se han incluido en el tratado internacional sin un conocimiento cabalsobre la viabilidad social de los proyectos.

Los Corredores Bioceánicos

Los corredores bioceánicos, se han convertido en un tema de fondo en el desarrollo y son parte importante del Plande desarrollo Vial. Los corredores son rutas de interconexión que unen multimodalmente el Océano Pacífico con elOcéano Atlántico y se han identificado los siguientes:

1. Carretera Ilo-Desaguadero de 397 Km. integrada al Puerto de Ilo, busca articular el Puerto de Ilo con Bolivia y seencuentra culminado.

2. Matarani-Juliaca-Puerto Maldonado-Iñapari de 1,609 Km. que busca articular Matarani con el Brasil. Próximamente, seconcluirán las obras del tramo Matarani-Arequipa-Juliaca-Urcos de 684 Km. En el resto del tramo Urcos-Puerto Maldona-do-Iñapari, se están realizando estudios de factibilidad a fin de definir el alcance de las obras requeridas.

3. Corredor intermodal Paita-Olmos-Corral Quemado-Sarameriza de 682 Km. permitirá la conexión bimodal con el transportefluvial y la circulación hacia Iquitos y Manaos. La carretera Paita-Corral Quemado de 414 Km. se encuentra asfaltada y enbuenas condiciones, con excepción de algunos tramos afectados por el Fenómeno de “El Niño”.

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4. Lima-La Oroya-Huánuco-Tingo María-Pucallpa-Abujao. Este corredor está asfaltado hasta Tingo María. Sin embargo,por restricciones fiscales, aún no es posible asfaltar el tramo Tingo María-Pucallpa. El tramo Tingo María-Pucallpaestaba considerado en la red 11, que es una de las tres redes con un valor presente mayor a cero y que, por tanto, norequiere cofinanciamiento.

Red Vial Departamental

En el Cuadro 16 se muestra el estado de la red vial departamental en 1999. La red totaliza 14,268 Km., de los cuales1,136 son asfaltados con el 54.6% en buen estado, el 26% en estado regular y 19.5% en estado malo.

Por su parte, de los caminos afirmados (5,998 Km.), sólo 918 (15.3%) está en estado bueno y el 85% restante está encondiciones malas o regulares. De los caminos sin afirmar (4,291 Km.), sólo 635 Km. están en estado bueno (14.8%) y el85.2% restante está en estado malo. La situación más crítica corresponde a los caminos de trocha (2,843 Km.), de loscuales ningún tramo está en buen estado, sólo 12% está en estado regular y 88% está en estado malo.

Por los resultados se deduce que la inversión en red vial departamental ha sido insuficiente. Aun cuando las condiciones desus vías han mejorado desde 1990, pasando del 82% carreteras en estado malo al 65%, este último indicador sigue siendomuy alto. Esta situación es muy perniciosa para la actividad agrícola dado que gran parte de los problemas de comercializa-ción –y la causa de que en muchas regiones persista una economía de subsistencia- es el estado de las vías de comunica-ción37 .

La inversión en la red departamental ha girado en torno a los recursos de la DGC, la inversión de los CTAR ha sidomuy poco significativa. Sólo un reducido número de kilómetros (365 Km. de caminos asfaltados) han sido atendidospor el SINMAC. Los principales problemas específicos de la red vial departamental son los siguientes: i) la DGC tieneuna provisión de recursos muy por debajo de sus necesidades para los tramos sus redes con un déficit, aproximadode US$1,300 por Km.; ii) la DGC atiende anualmente a no más de 4,000 Km. de los 14,268 Km. de la red vialdepartamental, por lo que las rotaciones obligan a trabajar siempre los tramos más críticos en emergencia; iii) porfalta de recursos la mayor parte de rehabilitaciones son provisionales –no duran más de 2 ó 3 años-, generandosobrecostos e ineficiencias; iv) sólo se financia con recursos del Tesoro de la República y, por tanto, no puedeaprovechar los conocimientos y la experiencias de las agencias cooperantes; v) todas las obras de mantenimiento yrehabilitaciones menores las lleva a cabo con equipo y personal propio; vi) no existen mecanismos de participaciónde los beneficiarios; vii) parte de las tareas de mantenimiento y rehabilitaciones las delega –en la modalidad presu-puestal de encargo- a las instituciones armadas, las mismas que son difíciles de auditar y fiscalizar; viii) existendistorsiones en el esquema de remuneración del personal técnico, ix) los tramos son seleccionados por interferenciapolítica y demandas sociales y no responden a un plan racional.

Cuadro 16Estado Actual de la Red Vial Departamental

Perú, 1999

Tipo de Extensión % de la Vías en % por Vías en % por Vías en % porsuperficie total red vial Estado Tipo de Estado Tipo de Estado Tipo de

departa- bueno Superficie regular Superficie malo Superficiemental (Km.) (Km.) (Km.)

Asfaltado 1,136 08.0 620 54.6 295 26.0 221 19.5Afirmado 5,998 42.0 918 15.3 2231 37.2 2,849 47.5Sin Afirmar 4,291 30.1 99 02.3 536 12.5 3,656 85.2Trocha 2,843 19.9 00 00.0 340 12.0 2,503 88.0Total de la Red 14,268 100.0 1,636 11.5 3,403 23.8 9,229 64.7

Fuente: DGC-MTC. Estimaciones de la OPLA, MTC.

Actualmente, la DGC opera con 900 máquinas de las 1,500 que el MTC compró en 1992. El esquema de intervenciónse basa en contar con 85 módulos distribuidos en todo el país con equipos de entre 25 y 30 obreros y técnicos. Si setuviera que reducir la maquinaria sólo a lo requerido para enfrentar emergencias, podría reducirse a tres frentes con 90máquinas cada uno (el 10% del actual parque). Entre 1992 y 1999, la DGC en promedio recibió recursos anuales por unequivalente a US$ 2,900 por Km., mientras que sólo los costos de mantenimiento superan los US$ 4,000 por Km.

Los proyectos en ejecución y los proyectos programados son en su mayoría pequeñas intervenciones puntuales, queestán en revisión por parte de la Oficina de Programación e Inversiones del sector transportes.

Actualmente como parte del proceso de modernización del MTC, se está creando el Proyecto Especial Infraestructu-ra Departamental de Transportes (PEIDT), el cual tendrá a cargo la ejecución de proyectos viales, principalmente, enel ámbito departamental. Lo anterior permitirá mejorar la gestión del MTC en la medida que desvincule la funciónejecutora de la reguladora, esta última quedará a cargo de la DGC.

Asimismo, se está preparando el Programa de Caminos Departamentales (PCD) con recursos del BID, BIRF y TesoroPúblico, el cual está dirigido a mejorar la rehabilitación y mantenimiento de la red vial departamental. La fortaleza de esteprograma es la estrategia de operación mediante el traspaso gradual de responsabilidades a los gobiernos regionales.

Red Vial Vecinal

Entre 1990 y 1995, los esfuerzos para mejorar el estado de las vías no resultaron en grandes mejoras. En 1990, el86% de la red vecinal se encontraba en mal estado, en 1995 se estimaba que el porcentaje de vías en mal estadoseguía superando el 80% del total de las vías vecinales.

Así, en 1995 la red vial vecinal alcanzaba los 39,805 Km. Es decir, un 56.8% del total de la red vial del país. En dichoaño, 766.5 Km. tenían asfalto, 2,420 Km. se encontraban afirmados, 7,228 Km. eran vías sin afirmar y los 29,390 Km.restantes eran trochas. Actualmente, la red vial vecinal asciende a 46,909 Km. de los cuales el 2% son caminosasfaltados, 12.5% caminos afirmados, 16.3% caminos sin afirmar, y 69,2% trochas carrozables.

El Programa de Caminos Rurales (1995-2000) ha rehabilitado 11,000 kilómetros de los caminos vecinales del país.

La primera etapa de este programa se inició en 1996 con el objeto de mejorar la transitabilidad rural en los 12departamentos con mayor nivel de pobreza. El objetivo era lograr un esquema sostenible de mantenimiento rutinario

37 Geng, Ramón. “Propuesta para Modernizar la Comercialización de los Productos Agrícolas en el Perú”. Mimeo preparado para el MEF. Lima, junio del año 2000.

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con participación de microempresas locales, cuyos contratos serían luego administrados por los municipios.La primera etapa del programa se financió con recursos otorgados por el BID (US $ 90 millones), el BIRF (US $ 87millones) y tesoro público (US $87 millones).

Los componentes del programa fueron: i) rehabilitación de caminos rurales (caminos de máximo 20 vehículos pordía); ii) rehabilitación de caminos conectores primarios y secundarios (entre 50 y 200 vehículos por día); manteni-miento de caminos rurales, iv) mejoramiento de plazas y calles de pequeñas poblaciones; v) mejoramiento de cami-nos de herradura para el transporte rural no motorizado; y vi) fortalecimiento institucional a gobiernos locales (trans-ferencia de capacidad para planear y administrar contratos de mantenimiento).

Según información elaborada por el Instituto Cuanto38 , el programa rehabilitó el 40.2% (11,500 Km.) de los caminosvecinales en los 12 departamentos en donde ejecutó obras (28,552 Km.). El análisis de impacto llevado a cabo por elInstituto Cuanto indica que los caminos rehabilitados por el programa generaron ahorros de tiempo de recorrido 33%mayores que el tiempo ahorrado en los caminos testigos no rehabilitados y 17% mayores a los ahorros registrados enlos caminos testigos.

El informe del Instituto Cuanto también muestra un aumento significativo en el tránsito tanto comparando la situaciónanterior al programa con la situación del año 2000.

Los pasajes interurbanos se redujeron en 14%, mientras el grupo testigo aumentaron en 11.7%. Los pasajes decamión, también se redujeron en 8.7%, mientras los de los caminos testigos aumentaron en 8.7%. En relación a losfletes de ómnibus y camión, éstos también se reducen significativamente en 14% y 8%, mientras los indicadores delos caminos testigos varían poco significativamente. Uno de los impactos más importantes fue el de aumentar elnúmero de caminos sin cierres del 16% al 45%39 del total.

El programa ha tenido impactos importantes en relación a reducir el tiempo y los costos de traslado (pasajes y fletes),y gracias al sistema de microempresas de mantenimiento vial rutinario, durante el año 2001, el programa cuenta con421 contratos, brindando mantenimiento a 11,102 kilómetros en los 12 departamentos, generando 4820 empleospermanentes. Las microempresas han logrado constituirse como un elemento dinamizador debido a que han realiza-do actividades complementarias diferentes a las del mantenimiento.

Para la segunda etapa, parte del costo del mantenimiento rutinario de los caminos rurales rehabilitados por el Programa deCaminos Rurales, comenzará a ser aportado por los municipios respectivos. El costo se ha cuantificado en U.S. $800 porkilómetro por año, de los cuales el municipio a partir del 1 de enero del 2002 contribuirá con U.S. $300 por kilómetro por año.La contribución de los municipios irá creciendo cada año hasta que cubra el 100% del costo de mantenimiento.

c) Situación del Transporte Ferroviario

Situación del sector ferroviario

El sistema ferroviario peruano abarca unos 2,050 Km. de extensión y está caracterizado por ser un sistema nointegrado y de baja densidad. La densidad medida como Km. de vías entre miles de Km.2 de extensión es de sólo13.9, mientras que el promedio latinoamericano equivale a 43.2. Su construcción inicia en el año 1851, durante elgobierno del Mariscal Ramón Castilla, con el ferrocarril entre el Puerto del Callao y Lima, primer ferrocarril de Amé-rica del Sur y del Hemisferio Austral.

A pesar de las reformas legales, hasta 1999 ENAFER S.A. siguió manejando 80% de la red de rieles del Perú. La redestá conformada por tres ferrocarriles: el ferrocarril central que articulaba el puerto del Callao con Huancayo yHuancayo con Huancavelica; el ferrocarril del sur que articula Matarani con Cusco vía Juliaca y su ramal a Puno, yTacna con Arica y el ferrocarril sur oriental que es el único acceso a las ruinas de Macchu Picchu, centro arqueológicocuya capacidad de recepción por razones de carácter ecológico es del orden de los 300,000 turistas al año.

Dada su crítica situación financiera, la participación de ENAFER en el mercado de carga pasó de 8% en 1985 a 4.2%en 1997. Al propio tiempo, en el mercado de pasajeros pasó de 5% a 3%. En los últimos años, prácticamente no serealizaron inversiones en ENAFER y el tamaño de la red se mantuvo prácticamente inalterada, con excepción de laprolongación de Ferrocarril Cusco-Santa Ana, entre la estación de Santa Teresa y Callilla de 19 km. Y entre Callilla yQuillabamba aproximadamente 22 km.

En 1999 se concesionaron los principales tramos. Los tramos que quedaron fuera del proceso de privatización fueronHuancayo –Huancavelica, Macchu Picchu-Quillabamba y Tacna-Arica.

La licitación internacional logró atraer a 2 operadores internacionales de primer orden, cuyas ofertas fueron relativa-mente cercanas (33 y 33.3% de los ingresos como contribución) y significativamente superior a la contribución base,equivalente al 10% de los ingresos totales. El consorcio ganador ofreció un plan de inversiones de US$ 30 millones.

Posteriormente, la concesión se dividió –por iniciativa de los concesionarios- en dos; una operada por Sea ContainersLtd y la otra por Peruval S.A. El plazo de la concesión es de 30 años, renovable por períodos de cinco años hastaacumular 60 años. Las inversiones de los primeros cinco años se descuentan de las contribuciones al gobierno, enlos siguientes cinco años los descuentos equivalen sólo al 50% de las inversiones. Las tarifas tope de acceso sonreguladas y la empresa concesionaria de los rieles puede operar el servicio, siempre y cuando la empresa de servi-cios sea una entidad jurídica diferente.

Los ferrocarriles central y del sur concesionados, afrontan una fuerte competencia con la carretera y los usuariostienen una significativa capacidad de negociación. Sin embargo, eso no ocurre en el ferrocarril Sur Oriente, tramoCusco-Macchu Picchu, que es una vía turística, que cuenta con una tarifa especial, que no sería aplicable al tramoMacchu Picchu-Quillabamba.

5.2Transporte Acuático

Situación de la Marina Mercante

En 1991, cuando se estaban realizando las reformas desreguladoras del sector existía una flota de navieras peruanascuya oferta pasiva de carga era de 801,295 Tm., lo que en términos activos representaba cerca de 6´800,000 TM. Así, laflota nacional movilizaba el 31% del comercio exterior.

38 Instituto Cuanto. “Evaluación Económica, Social, Ambiental e Institucional del Programa de Caminos Rurales”. Mimeo, Junio del 2000.39 Sin embargo sigue siendo preocupante que el 58% de los caminos no atendidos por el programa tengan cierres mayores a tres meses por año.

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Al adoptarse la política de mares abiertos ya el subsector de la marina mercante venía de diferentes crisis, las mismasque habían comenzado en 1984, fecha desde la cual el sector había entrado en crisis, en parte por la entrada de laCompañía Peruana de Vapores (CPV), que competía deslealmente con el sector privado marítimo. Las naves estataleseran el 54.1% de la flota nacional y sólo la CPV representaba el 21.88% de la oferta total de bodega. En ese momento laflota peruana contaba con 57 naves de las cuales privadas eran 24.

Cuando se elimina la reserva de carga, la mayoría de las empresas navieras nacionales entra en una crisis terminal y unaporción de ellas se traslada a operar con bandera panameña para evitar el oneroso sistema tributario peruano. Durante eldecenio de los 90, se liquidaron 16 empresas y 3 de las 6 que sobrevivieron se trasladaron a operar con bandera paname-ña. Las únicas navieras nacionales que operan con bandera peruana son las fluviales, dado que tienen ventajas tributariasespecíficas por efecto de la Ley de la Amazonía. Cabe destacar que –a diferencia de las empresas navieras extranjerasque operan en el Perú- las empresas nacionales pagan IGV y aranceles para importar naves, repuestos y equipos, IGV eimpuesto selectivo al consumo a los combustibles, e IGV en las tareas de reparaciones navales

Por esta razón, la flota peruana pasó de tener una capacidad estática de bodega de 1´036,162 TM a sólo 159,954 TM en1994 y 32,400 TM en 1999. La carga señalada la movilizan 8 empresas navieras nacionales que en conjunto tienen unaparticipación en el comercio internacional peruano de sólo 1.44% de la carga transportada por vía marítima. La importaciónde fletes genera un déficit en la cuenta de servicios de la balanza de pagos, equivalente a US$ 612 millones en 1998. Entre1987 y 1989, el déficit se fue reduciendo hasta llegar a los US$10 millones anuales. La causa principal del déficit es que laoferta de servicios interna de fletes cayó de US$115 millones en 1990 a sólo US$16 en 1999.

Concentración del Mercado

En el mercado mundial existe una tendencia hacia la concentración debido a economías de escala. Actualmente, las10 principales navieras del mundo controlan el 65% de la carga. En el Perú, en 1998, 70% de la carga es transportadapor 8 empresas y consorcios navieros. El principal país que se ha beneficiado de la política de mares abiertos esChile, cuyas navieras captan cerca de un tercio de la carga de comercio internacional y de los fletes.

Las economías de escala experimentadas por las grandes navieras y la tecnología, han permitido una importantereducción de los fletes internacionales entre 1980 y 1999. Sin embargo, los fletes nacionales se habrían mantenidosestables a pesar de las reducciones de costos experimentadas por los servicios de ENAPU. Ello abonaría en la tesisde que la concentración de mercado, incentiva el aumento de los fletes. Según la DGTA, en 1999, “en todas las rutasde tráfico regular, las diversas compañías y consorcios navieros, acordaron incrementos escalonados de fletes (ju-nio, agosto y octubre), introduciendo una variable contraria a la tendencia mundial”.40

Transporte del Comercio Exterior

El comercio exterior peruano muestra una tendencia creciente desde 1991. Actualmente, supera las 22 mil TM, casiel doble de las 12 mil TM registradas en 1990. Esta expansión supone condiciones favorables para nuevas inversio-nes, aún cuando no se mantengan las altas tasas de crecimiento de la década (algo menos de 10% anual).

Transporte de Cabotaje

Actualmente, el desarrollo del subsector de cabotaje es sumamente limitado por diversas razones: i) por los factorestributarios mencionados; ii) por que las cargas en el Perú son limitadas lo que se refleja en los bajos tráficos de laCarretera Panamericana Norte y Sur; iii) por que las exigencias burocráticas no son significativamente distintas a lasdel transporte de carga para el comercio exterior; y iv) por que el transporte a través de camiones tiene un subsidioequivalente US$2.3 por cada eje por cada 100 Km.

Actualmente, sólo existen 4 buques brindando el servicio de cabotaje de carga líquida, principalmente hidrocarburos.De dichos buques, 2 pertenecen a la Marina de Guerra del Perú (Talara y Lobitos) con capacidad para 13,811 TRB y15,979 TRB. Al igual que las naves de transporte fluvial se ha podido mantener por que tiene leyes particulares deexcepción. Las otras dos naves pertenecen a la Petrolera Transoceánica S.A, que es una empresa que opera bajobandera panameña, realizando cabotaje de petróleo en todos los puertos del litoral desde la refinería de Talara.

Los expertos consideran que para la carga seca, dado el tamaño del mercado, sólo se requeriría un buque con unacapacidad de 30,000 TRB. En cuanto a la carga líquida, los expertos consideran que las naves de la Marina deGuerra realizan competencia desleal con las naves privadas.

Situación de la Infraestructura Portuaria

Los puertos se pueden clasificar en terminales de primera, segunda o tercera generación. Por primera generación seentiende aquellos puertos que se dedican exclusivamente a la transferencia de carga entre la nave y el muelle yviceversa. Todos los puertos peruanos corresponden a primera generación y, además, son bastante antiguos. Losterminales más “nuevos” datan de 1970 (San Martín e Ilo) y desde esa época no se ha realizado inversión sustancialalguna en la modernización del sistema portuario peruano. El puerto del Callao se construyó entre 1928 y 1934. Sinembargo, actualmente cuenta con mayor desarrollo que los puertos regionales y por sus actividades se encuentraencaminado a segunda generación.

Se ha analizado la posibilidad de realizar inversiones importantes en Puerto del Callao, cuyo estudio de ingenieríafue realizado en 1998. Los objetivos del proyecto eran incrementar la capacidad en infraestructura y equipamiento delpuerto para satisfacer la demanda futura de mercaderías y naves, tomando en consideración la tendencia internacio-nal en el uso de contenedores. El puerto del Callao en 2001 movilizó 11.3 millones de TM, lo que significaba el 43.9%del intercambio comercial (exportaciones + importaciones)

El proyecto contempla la construcción de dos muelles, uno especializado para la atención de naves containeras de350 metros de longitud y el otro para graneleras de 270 metros, ambos con profundidad suficiente para recibir navesde 12m. de calado. Asimismo, se incluía la construcción de dos patios de contenedores, uno para el almacenamientode contenedores vacíos y otro para contenedores con carga, así como un silo para el almacenamiento de granos. Elproyecto contemplaba la adquisición e equipos modernos tales como grúas pórtico, descargadores, fajas transporta-doras y grúas para el manipuleo de contenedores dentro de los patios.

El costo del proyecto ascendía a US$250 millones y se analizó la posibilidad de financiación con fuentes públicas y/oprivadas. Sin embargo, análisis económicos posteriores recomendaron adecuar el proyecto y concentrar las inversionesen realización de mejoras y adquisiciones de equipos.

40 DGTA. “Estudio sobre la Realidad de la Marina Mercante Nacional: Posibilidades de Inversión y Desarrollo”.Mimeo. p.23.

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Actualmente, el Puerto del Callao presenta problemas de congestionamiento, especialmente en las naves graneleras,debido a que su infraestructura sólo permite atender a dos naves de ese tipo a la vez y su equipamiento obsoleto para elmanejo de granos y contenedores aumenta el tiempo de permanencia de las naves. Por otro lado, es imposible atendera naves de tercera generación debido a las limitaciones de profundidad del muelle.

Tráfico de Naves, Carga y Contenedores

El número de naves ha venido creciendo sustantivamente. En los terminales marítimos de ENAPU S.A. el tráfico denaves pasó de 2,229 en 1990 a 4,174 en el 2001. Dicho tráfico observó un crecimiento promedio anual equivalente a8%, con una disminución en el último año, debido a que están llegando a los puertos naves de mayor capacidad. Elpuerto del Callao atiende alrededor del 77% de las naves de alto bordo. A su vez, las Unidades de Arqueo Bruto UABpasaron de 14.2 a 49.4 millones entre 1990 y 2001, creciendo a una tasa de 13% anual.

En el período 1990-2001, el tráfico de carga creció a una tasa promedio de 8%, pasando de 7.8 millones de TM a 15.7millones TM. El puerto del Callao moviliza el 30.8% del tráfico total de carga del sistema portuario peruano.

El tráfico de contenedores es el de mayor proyección y se realiza solamente en 4 puertos (Paita, Callao, Matarani eIlo). De este grupo, el Callao concentra el 89% del tráfico y 90% de los puertos de ENAPU S.A. En el sistemaportuario peruano, el tráfico de contenedores creció a una tasa promedio anual de 9% entre 1990 y 2001.

Características de los terminales portuarios

Como ya se mencionó los puertos peruanos son de primera generación. A pesar de ello y del elevado crecimiento deltráfico de naves, carga y contenedores no existen planes de desarrollo portuario nacionales. Sin embargo, actual-mente ENAPU S.A. cuenta con un Plan Estratégico 2001-2005. La estrategia elegida ha sido la modernización através de concesionarios privados. La proporción de recursos asignada al subsector acuática es mínima en compa-ración con el sector carretero cuyas previsiones de tráfico son significativamente menores.

Como señala el análisis de competencia en el sector puertos, elaborado en el marco del convenio INDECOPI-BID-CAF, en la actualidad no existen políticas y/o planes directores del borde costero nacional que orienten el desarrollode nuevos proyectos portuarios. Las iniciativas se proponen a las autoridades y tienen un significativo grado deincertidumbre en su aprobación41 .

Estrategia de Privatización

En el plan de desarrollo 1996-2005, se planteaba que las inversiones debían alcanzar los US$320 millones, a unpromedio de US$32 millones anuales. Sin embargo, sólo en los últimos años ENAPU ha alcanzado un nivel deinversión equivalente US$10 millones por año, destinados a rehabilitar obras y adquirir algunos equipos en el Puertodel Callao. Estos recursos han provenido principalmente de los recursos propios del sistema portuario administradopor ENAPU. Desde el punto de vista de las transferencias del presupuesto del MTC, entre 1990 y 1999 se hantransferido al sector acuático menos de US$8 millones.

Por esta razón, se destaca la necesidad de realizar privatizaciones en los puertos. El programa de privatizaciones fuelanzado recién en 1998 e incluía los puertos de Paita, Salaverry, Chimbote, Callao, General San Martín, Matarani eIlo. Así, el proceso se inició con dos pequeños puertos del sur: Ilo y Matarani. La vigencia de la concesión es por 30años, renovable por un período similar.

Por su parte, se establecieron tarifas máximas (price caps) para los servicios portuarios a la nave (amarre/desama-rre, uso de amarradero), uso de muelle a la carga (según se trate de: general fraccionada, rodante, sólida a granel,líquida a granel y contenedores y almacenaje. El concesionario puede proveer servicios complementarios, a la navey a la carga, que son ofrecidos actualmente por agencias generales (transporte marítimo), agencias marítimas (agen-cia de nave) y empresas de estiba (carga y descarga de mercancías). Existe un programa mínimo de inversionesiniciales y otro relacionado a determinados niveles de crecimiento del tráfico de naves.

Sólo el proceso del puerto de Matarani terminó con éxito y la empresa ganadora de la subasta pertenece al grupoRomero (TISUR), que es uno de los grupos empresariales más importantes del país. El programa de inversiones sefijó en US$ 1.3 millones para el primer año y US$ 5 millones para los primeros 5 años. Por su parte, las inversionescondicionadas al crecimiento del tráfico totalizan US$ 9.2 millones.

El principal efecto de la concesión ha sido que la gestión comercial de Tisur ha logrado desviar carga del puerto deArica en cerca de 40,000 TM por mes. La estrategia de mercadeo incluye la venta directa mediante una oficina en LaPaz, Bolivia. La estrategia ha implementado dos esquemas de coordinación bimodal articulándose a camiones decarga y al ferrocarril del sur. Además, el proceso está incentivando la integración vertical entre los servicios portua-rios, la operación del puerto y el servicio de carga terrestre. Por el lado tarifario, Tisur ha decidido aplicar tarifas 30%menores a las tarifas máximas, para los graneles sólidos, graneles líquidos y alimentos.

Proyectos Pendientes

Todos los proyectos significativos pendientes de infraestructura portuaria, corresponden a iniciativas del sector privado.La inversión pública prevista se concentra en algunos embarcaderos en la selva, a cargo de la DGTA. Estos embarca-deros se enmarcan en las iniciativas de la Ley de la Amazonía y del Plan Binacional de Desarrollo Perú Ecuador.

El Programa de Inversiones de la Dirección General de Transporte Acuático (DGTA), se sustenta en la Ley Orgánica delMinisterio, la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, y el Tratado de Paz suscrito con el Ecuador,que establecen acciones que corresponde realizar a la DGTA, en materia de la inversión pública, relacionado con laejecución de obras de mejoramiento y ampliación de la infraestructura portuaria y a estudios de navegabilidad en losríos amazónicos.- dicha actividad está orientada a la construcción de infraestructura portuaria básica en la regiónamazónica del Perú a fin de propiciar la integración y desarrollo socioeconómico de las poblaciones ribereñas del sistemafluvial navegable, logrando de esta manera que la amazonía se integre a la vida económica nacional, mejorar los serviciosbásicos del transporte fluvial en áreas económicamente deprimidas, propiciando el comercio de productos, desarrollo delas zonas de frontera y permitiendo el desarrollo del turismo de la amazonía, así mismo la utilización de las vía fluvialesnavegables como un sistema para promover el desarrollo del transporte multimodal en la región. Asimismo, en el transportelacustre corresponde al desarrollo del transporte turístico y comercial en el Lago Titicaca.

Actualmente, se encuentra en debate una nueva Ley de Puertos que definirá en gran medida el futuro de las privati-zaciones de los puertos regionales y de los mecanismos de supervisión de los contratos de concesión.

41 Una zona puede ser considerada no apta para el desarrollo de un proyecto portuario, si está reservada para fines de acuicultura, defensa nacional, recreativa,

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5.3 Transporte Aéreo

La situación de las empresas aéreas

Rutas Nacionales

En la década del 80, el mercado nacional estuvo cubierto, principalmente, por dos empresas: Aeroperú (empresapública) y Faucett (empresa privada). La desregulación del transporte aéreo permitió la entrada de nuevos operado-res que fueron ingresando gradualmente al mercado por efecto de las facilidades dadas a la entrada en estos merca-dos. En 1994, las empresas aéreas de rutas nacionales habían pasado de 2 a 9, con el ingreso de 7 operadores.

Posteriormente, a partir de 1996 empieza la salida del mercado de la mayoría de estas empresas, a consecuencia dela guerra de precios y de la competencia de la Fuerza Aérea del Perú (FAP). La limitada solvencia financiera de lasempresas no permitió afrontar la competencia y se presentaron problemas de seguridad. De hecho, Expreso Aéreo,Aeroperú y Faucett enfrentaron graves accidentes aéreos antes de caer en bancarrota.

Desde 1999, el sector observa nuevamente el ingreso de aerolíneas al mercado. La FAP entró al mercado a través desu empresa denominada Transportes Aéreos Nacionales (TANS), que opera en igualdad de condiciones que el restode las empresas del sector privado42 .

Las otras empresas aéreas que han entrado al mercado peruano son: Lan Perú, Taca Perú y Aviandina. En el segmentode rutas nacionales, el pico se registró entre 1993 y 1996. En ese lapso, se alcanzó el mayor número de rutas. Laapertura permitió vuelos comerciales regulares a ciudades intermedias que nunca antes los habían tenido, tales como:Anta, Atalaya, Huánuco, Ilo, Jauja, Moyobamba, Saposoa, Tocache y Uchiza.

Rutas Internacionales

Con relación a las rutas internacionales, la desregulación, la pacificación y el crecimiento de la economía peruanadinamizaron el mercado. Las empresas pasaron de 21 líneas aéreas en 1990 a 28 líneas aéreas en 1998. A su vez,las rutas pasaron de 31 en 1992 a 41 en 1996. En la década del 90 las frecuencias semanales experimentaron unnotable crecimiento equivalente a 83% en relación a la década anterior.

Cabe precisar, que la actual Ley de Aeronáutica Civil en su Artículo 99º y en el Artículo 220º de su Reglamento, estableceque en caso que los derechos aerocomerciales, rutas y frecuencias existentes sean menores (sujetas a limitación) a losque soliciten dos o más empresas aéreas, éstos serán asignados mediante Concurso Público, siendo una Comisión Eva-luadora designada por el Viceministro de Transporte la encargada de determinar al ganador del Concurso.

De otro lado, los Estados han puesto interés en incentivar el desarrollo de la Aviación Civil en sus países y enconsecuencia, apoyar el desarrollo y crecimiento de las aerolíneas nacionales, comprometiéndose para ello, enmejorar la infraestructura aeroportuaria en sus Estados, implementando puntos de distribución o hubs, como es elcaso de los Aeropuertos de Panamá y Miami y en nuestra capital, en el Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”, elcual se estaría proyectando como hub para América Latina.

Asimismo, se han incrementado el número de Acuerdos de Cooperación Comercial o Interlineales, entre otros, losAcuerdos de Código Compartido, los cuales otorgan beneficios a los operadores aéreos, a los usuarios y al propioEstado, pues al ampliar las aerolíneas su radio de acción y sus posibilidades comerciales, permite que los usuariosdel servicio tengan un mayor número de conexiones hacia/desde diversos destinos internacionales, promoviendo eldesarrollo del turismo.

A la fecha, la Autoridad Aeronáutica del Perú ha venido sosteniendo negociaciones con sus similares a fin de incre-mentar el número de frecuencias existentes entre el Perú y otros Estados, así como las rutas y los derechos comer-ciales, como ha sido el caso con la República de Chile.

Actualmente, la asignación de rutas en los casos en que su número de frecuencias es menor al de los operadoresque las solicitan, se realiza a través de concurso público, según lo estipulado en la Ley de Aeronáutica Civil del Perúy su Reglamento, permitiendo, de esta manera que una comisión ad hoc sea la encargada de elegir al operador ganador,haciendo más objetivo dicho proceso.

Por otro lado, el desarrollo de las empresas de aviación ha comprometido a los estados a buscar la mejora de lainfraestructura aeroportuaria de sus naciones, implementando puntos de distribución o hubs, como es el caso dePanamá y Miami y en nuestro medio, Lima con el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, el cual se proyecta comohub para América Latina.

Asimismo, se han venido negociaciones con autoridades aeronáuticas de otros países, como en el caso de Chile,para ampliar el número de frecuencias autorizadas, a fin de fomentar el desarrollo del sector. Similar labor se realizacon los acuerdo interlíneas o códigos compartidos.

Calidad del Servicio

La calidad de los servicios –medido en tiempos y cumplimientos- fue mejor en la medida en que hubo más competen-cia. Por el lado de la calidad, en cuanto a pérdidas de equipaje, cobros indebidos y sobreventa de pasajes, lasdenuncias al Indecopi luego de aumentar sostenidamente entre 1990 y 1998, alcanzaron la tasa de crecimiento másbaja en 1999. Según el INDECOPI, ello se debería a mayor énfasis puesto por las empresas en la calidad delservicio.

Accidentalidad y seguridad

La probabilidad de ocurrencia de accidentes aumentó en los períodos de mayor competencia. Los accidentes llega-ron a ser significativamente mayores a los registrados antes de 1990, lo que indica que existió una disminución delgasto en seguridad.

42 No obstante, en las altas esferas de gobierno se produjo un debate respecto del papel de TANS y, después de diversas marchas y contramarchas, el gabinetede ministros acordó que TANS no operaría en rutas en donde hubiera más de una empresa privada haciendo vuelos regulares.

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La DGAC es la dirección general del MTC que tiene la ventaja de estar en el régimen de la actividad privada. Además,esta dirección es objeto de vigilancia de la autoridad aeronáutica de los EE.UU, la que califica la seguridad aérea en elpaís y autoriza que las líneas aéreas peruanas ingresen a las rutas internacionales de EE.UU, accediendo a la tercera,cuarta y quinta libertad.

La fiscalización de la seguridad se realiza a través de inspecciones, las mismas que han ido aumentando y fortale-ciéndose sobre la base de un plan concordado la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), y se han mejoradolos indicadores. En el Perú, el número de vuelos por accidente ha aumentado (50,000 vuelos por accidente), pero aún elratio es muy bajo en relación a otros países.

Otro problema es que la DGAC no tiene capacidades para fiscalizar potencial competencia predatoria. La compleji-dad de las políticas predatorias de precios requerirían fortalecer significativamente a la DGAC.

Situación de la Infraestructura Aeroportuaria

Con excepción del Aeropuerto Jorge Chávez, principal terminal aéreo del país, los aeropuertos y aeródromos másimportantes están bajo la administración de la CORPAC. De los 230 terminales aéreos del país, CORPAC administra63, de estos 63 sólo 35 cuentan con equipos y personal de CORPAC, siendo el resto sólo pistas de aterrizaje.

En 1999, los aeropuertos que más operaciones de aterrizaje y despegue registraron fueron los de Lima, Pucallpa,Arequipa, Cusco, Iquitos y Trujillo. Estos aeropuertos representan más del 60% de las operaciones, más del 80% de lospasajeros movilizados y 90% de las toneladas de carga aérea.

Según el Plan Maestro de la Aviación Civil, entre 1998 y el 2007, se requerían US$ 1,039 millones en inversiones. Elplan de inversiones de CORPAC 1998-2005 es más modesto e involucra inversiones por US$ 65 millones. Este planse descompone en: instalación de comunicaciones de radio en los aeropuertos regionales (US$ 25 millones), mejo-ramientos en los sistemas eléctricos (US$ 8 millones), instrumentos para medir efectos climáticos (US$ 6.5 millo-nes), radares (US$ 9 millones) y el inicio de inversiones en navegación satelital.

Las inversiones reales fueron significativamente menores. Las principales obras de la década de los 90 han sido: i) laremodelación y ampliación de los terminales de Cusco, Tarapoto, Pucallpa, Lima, Cajamarca, Andahuaylas y Tocache; ii)obras civiles y torres de control en diversos aeropuertos; iii) modernización de equipos de navegación aérea; la rehabi-litación de la pista principal del Jorge Chávez (US$ 24 millones); y, v) la adquisición del nuevo servicio de control de radarrealizada por el MTC para el aeropuerto Jorge Chávez.

Privatización

En 1997 se inició la privatización con un paquete de aeropuertos conformados por Lima, Arequipa, Cusco, Trujillo eIquitos. Para estos cinco terminales aéreos se consideraba establecer compromisos de inversión de alrededor deUS$ 500 millones en una concesión de entre 30 y 40 años. Sin embargo, este proceso se alteró y se decidió privatizarinicialmente sólo el aeropuerto Jorge Chávez.

El Aeropuerto Jorge Chávez fue adjudicado a un consorcio liderado por el Aeropuerto de Franckfurt. El contrato deconcesión especifica un plan de inversiones mínimo (US$ 100 millones) y otro componente de inversiones quedependen de la evolución de la demanda (construcción de la segunda pista de aterrizaje). Además, existen tarifasmáximas para los servicios y una tasa de retribución equivalente al 46% de los ingresos del concesionario.

Proyectos Pendientes

Los principales proyectos pendientes son las privatización de los proyectos regionales. Según los expertos del OSI-TRAN, los aeropuertos privatizables son Cusco, Iquitos, Arequipa, Trujillo, Chiclayo y Piura. Sin embargo, es convenienteresolver el aspecto de los subsidios cruzados entre tarifas nacionales e internacionales, sin generar distorsiones con elesquema tarifario del aeropuerto Jorge Chávez y sin desfinanciar el sistema.

El día 13 de marzo del presente año la COPRI, acaba de firmar un contrato con la firma "Currie & Brown/ Mansons"para que ejecute 2 tareas : "Estudio definitivo de factibilidad del aeropuerto internacional de Chinchero" y "Prepara-ción del Plan Maestro para la Concesión de los Aeropuertos Regionales", cuyo objetivo de este último es elaborarun plan maestro que defina la estrategia o estrategias factibles para la entrega en concesión de los aeropuertosregionales existentes en el Perú. El plazo de ejecución es de 13 semanas estimándose concluir el 13 de junio delpresente año.

5.4 Transporte Multimodal

Los principales problemas del transporte multimodal son los siguientes:

En primer lugar, no existe una autoridad responsable de realizar coordinaciones intrasectoriales (MTC), intersectoria-les (aduanas-MTC), con la capacidad institucional de lograr resultados.

En segundo lugar, la priorización del modo carretero y de la red vial nacional han afectado el desarrollo de otrosmodos, principalmente el acuático y el ferrocarrilero. En el Perú. No existen planes de desarrollo del sector público, nipara nuevas vías férreas, ni para el desarrollo del borde costero sobre la base nuevos proyectos portuarios.

En tercer lugar, las demoras en la privatización de los puertos impide que se avance en la integración vertical, dadoque el sector público con cuenta capacidad gerencial para que pueda desarrollar negocios conjuntos con empresa-rios de otros modos. El concesionario del Puerto de Matarani, en los primeros meses de concesión ya había integra-do servicios con los modos carretero y ferrocarrilero, disminuido tarifas y generando una estrategia multimodal deatracción de carga hacia sus terminales.

En quinto lugar la crisis del sector de cabotaje, principalmente carga seca genera que existan pocas posibilidades dedesarrollar los puertos regionales.

En sexto lugar, los peajes retrasados de las carreteras, generan una situación de competencia desleal que limita alnegocio ferroviario y, particularmente al subsector de cabotaje.

Finalmente, existen razones estructurales para el escaso desarrollo del cabotaje marítimo y del sector ferroviario. Elmercado peruano requiere un solo buque de 30,000 TM, por lo que no existe un gran mercado para dicho sector, y las

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condiciones topográficas limitan la capacidad de competencia de los ferrocarriles con el modo carretero principalmentepor los grandes montos de inversión requeridos.

Cabe mencionar que dentro de la segunda etapa del Programa de Caminos Rurales se ha programado un proyectopiloto intermodal en la región Ucayali, con una financiación tentativa de U.S. $4.8 millones, el cual estaría constituidobásicamente por una red natural fluvial, que tiene como vía principal el Río Ucayali, con un recorrido aproximado de540 kilómetros de longitud en este departamento, desde Atalaya hasta el caserío Espinar en el límite con Loreto.Incluye la construcción de seis embarcaderos fluviales de reducidas dimensiones, la rehabilitación de 125 kilómetrosde caminos rurales y 140 kilómetros de caminos de herradura, no motorizados. Los estudios de factibilidad técnico –económico y el de impacto al medio ambiente se realizarán durante el año 2002.

VI. Bases para un Plan de Acción

En el segundo semestre del 2001, se ha iniciado la gestión del nuevo gobierno y ello abre importantes posibilidadesde generar reorientaciones a las políticas implícitas. El tema más importante y de mayor impacto es la necesidad deasegurar el mantenimiento de los 8,500 Km. de carreteras rehabilitadas a nivel de asfaltado en la red vial nacional ylos 11,300 Km. de carreteras rehabilitadas de la red vial vecinal. El principal tema a resolver es el financiamiento, elmismo que requiere sincerar los peajes para cubrir costos de mantenimiento o reducir la expansión.

El segundo tema es la reorientación de recursos de inversión hacia las vías afirmadas de las redes viales departa-mental y nacional, las mismas que son las que observan el mayor déficit en cuanto a recursos para rehabilitación.

El tercer lugar, se debe resolver el déficit de inversión en los puertos relacionados al comercio exterior, cuyo tráfico hacrecido en los últimos 10 años en un promedio de 10% por año y no se ha producido un correlato proporcional deinversiones.

En cuarto lugar, se debe ampliar la cobertura de los programas de rehabilitación de los caminos vecinales.

En todos los casos, y dadas las restricciones de recursos, sería fundamental lograr atraer inversión privada a losproyectos de mayor impacto de modo que se liberen recursos para aquellos proyectos que siendo socialmente renta-bles son financieramente inviables.

6.1Estrategias Generales

PROBLEMAS PROPUESTAS RESPONSABLE

1. Reorientación del Gasto: Actualmente, la mayor parte de la in-versión se destina a la Red Vial Nacional asfaltada. Los planes mul-tianuales vigentes 2002-2006 mantienen esta situación.Por lo tanto, se van a reorientar los recursos de la expansión de lared vial nacional asfaltada hacia:

• Caminos afirmados de la red vial nacional, que en realidad son deimportancia regional (por sus características) que no han sido re-habilitados o sólo atendidos de forma superficial.

• Caminos afirmados de la red vial departamental que no han sidorehabilitados o sólo atendidos de forma superficial.

• A los puertos del comercio exterior, cuyos volúmenes de tráficohan crecido 10% por año en la década de los 90.

Ello no implica eliminar la inversión pública en la red vial nacionalasfaltada pero sí disminuir su peso en el total del gasto de inversión.

2.Promoción de la inversión privada: Se están definiendo los pla-nes de promoción de la inversión privada y los mecanismos de coor-dinación con instancias como la COPRI y OSITRAN. El sector liderael proceso de identificación de proyectos concesionables, estable-ciendo las políticas tarifarias, los niveles de servicio, los compromi-sos de preinversión, los esquemas de distribución de riesgo, etc.Los planes de privatización estarán articulados a los planes de de-sarrollo del subsector.

3.Programación del mantenimiento: El MTC está identificando enforma detallada los costos de mantenimiento de todas las infraes-tructuras de transportes y de las diferentes fuentes con las que secuenta actualmente para dicho fin.La realización de estos cálculos es normada y se realiza anualmen-te para poder estimar las brechas en cuanto a financiamiento delmantenimiento.En base a lo anterior se espera establecer las bases conceptualesde las tarifas y sus mecanismos de reajuste automático que son par-te de las políticas subsectoriales, las mismas que deberían definirseantes de los procesos de concesión y privatización.La identificación de las brechas de mantenimiento implicará una re-orientación del gasto de inversión hacia el mantenimiento.Este proceso deberá permitir analizar las ventajas y desventajas deincorporar una contribución sobre los combustibles para cerrar las bre-chas de mantenimiento.Respecto al tema de normas sobre establecimiento de tarifas y susmecanismos de reajuste, cabe mencionar que en el marco de la re-

• Ministro• Viceministro• OGPP

• Ministro• COPRI• CEPRI Infraes-

tructura y Servi-cios Públicos

• Viceministro• OGPP• DGC• PRT• PCR

INFRAESTRUCTURA

INADECUADA

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glamentación de la Ley 27181, Ley General de Transporte y TránsitoTerrestre, falta aprobar el Reglamento Nacional de Cobro por Uso deInfraestructura Pública, el cual entre otros contiene las condicionestécnicas que fundamentan la necesidad de este cobro a los usuariosde las vías43 .

4.Planificación: Actualmente, se está concentrando y fortaleciendo laplanificación, la coordinación de la formulación de políticas, la progra-mación de gasto y el control de inversiones en una unidad de planea-miento con la fusión de los órganos planificadores del Ministerio (OGPPy OPLA). Asimismo, se ha formado un equipo profesional que constade un grupo interdisciplinario con expertos en derecho administrativo,economía, gestión pública, transportes, ingeniería civil, etc.Además, se está creando un sistema de información sectorial, conestadísticas relevantes de cada uno de lo modos, apoyado con siste-mas GIS.Respecto a la necesidad de fortalecer el sistema de planificación, cabeindicar que en el componente Desarrollo Institucional, del III Préstamode Carreteras – BID, esta se considera como una de las principaleslíneas de acción en el MTC; siendo esta una fuente de financiamientopara el tema de consultorías.Por último, está por iniciarse la formulación de planes maestros secto-riales periódicos que permitan direccionar las inversiones hacia lasáreas prioritarias en términos de demanda, nivel de servicio, competi-tividad e integración regional.

5.Reestructuración: El Ministerio está llevando a cabo una reestruc-turación en dos fases. Esta reestructuración va a permitir definir lasDirecciones Generales del Ministerio de Transporte como entidadestécnicas y normativas y de formulación de políticas, encargadas de lafiscalización de las empresas que prestan los servicios de transportesy separar sus funciones de las de ejecución. Adicionalmente, se estábuscando eliminar duplicidad de funciones, crear entidades ejecutorasespecializadas por niveles de red y pasar responsabilidades a las en-tidades territoriales.Desde el punto de vista de la ejecución de proyectos y mantenimientoel PERT ha absorbido al SINMAC y al resto de entidades que actúansobre la Red Vial Nacional.A su vez, se ha programado que el PCR sea la única instancia ejecu-tora en caminos vecinales.Respecto a la agencia departamental, actualmente se está creando elProyecto Especial Infraestructura de Transporte Departamental(PEITD), con el cual se desactivarán las tareas de ejecución de la DGC,permitiéndole concentrarse en la función reguladora y normativa. Asi-mismo, la nueva unidad ejecutora realizará tareas de la planeación yejecución de embarcaderos y aeródromos, además de la formulacióndel plan de desarrollo regional de transporte.Asimismo, se busca eliminar la administración directa o delegada yreemplazarla por la contratación al sector privado.

6.Descentralización: Actualmente se está preparando el Programade Caminos Departamentales (PCD) financiado con fondos del BID,BIRF y Tesoro Público. La estrategia de este programa se relacionacon el proceso de descentralización y modernización de la gestión delEstado, considerando las necesidades e iniciativas de desarrollo re-gional impulsadas desde el sector público y privado y la participaciónde la población y los actores regionales en un marco de concertacióndemocrática.El eje estratégico de la propuesta es lograr hacer viable política y téc-nicamente la transferencia de responsabilidades de gestión vial a losgobiernos regionales.El PCD se basa en una clara diferenciación de funciones para el desa-rrollo y gestión de la infraestructura vial, en donde el Gobierno Centrales el rector normativo y los organismos descentralizados se encarga-rán de la ejecución de actividades y proyectos.Asimismo, bajo el Proyecto de Caminos Rurales se está implementan-do un esquema de cofinanciamiento con los gobierno locales paramantenimiento, en donde los municipios autorizan el descargo directodesde sus cuentas del Fondo de Compensación Municipal para esteefecto. La estrategia se basa en la descentralización del mantenimien-to rutinario de los caminos rurales y la transferencia paulatina y progre-siva de la gestión de la red vial rural a los gobiernos locales. Lo anteriorimplica la descentralización en la toma de decisiones, en la gestión de

• Viceministro• OGPP

• Ministro• Viceministro• Gabinetes de Ase-

sores• Asesoría Jurídica• OGPP

• Ministro• Viceministro• Gabinetes de Ase-

sores• Dirección Aseso-

ría Jurídica• OGPP

43 Se cuenta con un proyecto de este Reglamento, concluido en julio de este año, para su aprobación.

DEBILIDADINSTITUCIONAL

PROBLEMAS PROPUESTAS RESPONSABLE

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los caminos, a través de la creación del Instituto Vial Provincial, y en elfinanciamiento, mediante la participación directa de los municipios.

7. Recursos Humanos: Se está estableciendo una política de recur-sos humanos en los tres niveles de gobierno (nacional, regional y lo-cal). La política debería encaminarse a resolver los problemas de en-trenamiento, capacidades técnicas, mecanismos de retención de losmejores profesionales, escalafón etc. Además, debería revisarse elrégimen laboral para institucionalizar y profesionalizar a las unidadesen línea.

Adicionalmente, se está estudiando la posibilidad de modificar el régi-men laboral para una proporción importante de funcionarios del minis-terio, lo cual se espera contribuya a un adecuado desarrollo profesio-nal dentro de la institución.

8. Mecanismos para reducir incertidumbre en provisión de recur-sos:

a) De acuerdo a lo establecido en la Ley Marco de Modernización delEstado, Ley N°27658, se presenta la oportunidad de establecer unnivel de presupuesto estable con el fin de lograr metas establecidasen el convenio de gestión a ser firmado entre MTC, MEF y PCM.Este mecanismo permitirá establecer un presupuesto mínimo ga-rantizado que evite los sobre costos por reducción imprevista delcalendario de obras.

b) Coordinar con el MEF la posibilidad de incorporar los programas demantenimiento entre los programas protegidos. Los programas pro-tegidos son aquellos cuyos recursos no son recortados cuandoocurren crisis fiscales.

9. Fortalecimiento institucional de la Fiscalización: Se está forta-leciendo la capacidad de fiscalización y análisis normativo de todas lasDirecciones Generales. El fortalecimiento de estas instituciones debe-ría tener énfasis en los criterios para establecer incentivos y barreras ala entrada en los sectores acuático, terrestre y aéreo.

10. Convenios internacionales: Se está buscando asegurar la reci-procidad en la aplicación de los acuerdos internacionales firmados.

Asimismo, se está fortaleciendo las funciones referentes a procesosde integración dentro de la OGPP, con el fin de contar con una unidadaltamente especializada en la temática de :• Integración Regional (CAN, ATIT y APEC, entre otros)• competitividad internacional relativa• Desarrollo de Capacidades Tecnológicas y Humanas.• Cooperación Técnica• Enlace con entes académicos nacionales e internacionales.

El personal de la Unidad debe tener dominio del idioma inglés y de serposible un tercer idioma.

6.2 Estrategias específicas

SECTOR TRANSPORTE TERRESTRE

1.Inversión Pública:

Establecer prioridades en la asignación de gasto público:

Primera prioridad: reorientar el gasto del subsector carretero, privi-legiando el mantenimiento de las obras rehabiltadas en las redesnacional (8,500 Km.) y Vecinal (11,300 Km.). Ello implicará reducirlos recursos destinados a expansión hasta donde se requiera paraasegurar el financiamiento de lo avanzado.

Segunda prioridad: cubrir el financiamiento de los proyectos en eje-cución, priorizando aquellas vías que permiten concluir con los circui-tos viales básicos.

• Viceministro• OGPP

• Viceministro• Gabinete de Ase-

sores

• Viceministro• OGPP

• Viceministro• Asesoría Jurídica• Gabinete de Ase-

sores

• Viceministro• DGCT• OGPP

INSUFICIENTE EINCIERTAPROVISIÓN DERECURSOSFINANCIEROS

PRECARIO EINFORMALDESARROLLO DELSECTOREMPRESARIAL

Los planes multianualesasignan recursos en un80% a la red vial asfalta-da, descuidando la red de-partamental y los otrosmodos de transportes.

El esfuerzo de asignacióna los procesos de rehabili-tación es desproporcional-

PROBLEMAS PROPUESTAS RESPONSABLE

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Tercera prioridad: reorientar el gasto de inversión futura a carreterasde segundo orden afirmadas de la red nacional y departamental de altoimpacto regional que requieren rehabilitación.

Cuarta prioridad: Ampliar la cobertura de los programas de rehabi-litación-mantenimiento de caminos vecinales.

2.Mantenimiento red vial nacional:

Para la Red Vial Nacional se debe definir la política tarifaria y esta-blecer un cronograma gradual de sinceramiento de peajes.

Si se establece que los peajes alcancen de forma gradual un nivelque permita cubrir los costos de mantenimiento, se debe prever elsubsidio correspondiente, por el tiempo que se requiera.

Si el mantenimiento en la red vial nacional asfaltada no se financia através de peajes (con o sin concesiones) debe establecerse el subsi-dio permanente.

3.Mantenimiento redes departamental y vecinal:

Se debe definir la estrategia de mantenimiento en las redes departa-mental y vecinal, estableciendo los mecanismos de transferencias,esquemas de cofinanciamiento, responsabilidades de supervisión ymecanismos de rendición de cuentas.

Se debe establecer, como parte de la política de mantenimiento, larealización de contratos con el sector privado en todas las redes. Lared vecinal es la más avanzada en este tema, con más de 400 mi-croempresas de mantenimiento vial ya constituidas.

En el corto plazo debe recuperarse la maquinaria entregadas al ejér-cito y establecer un plan ordenando de liquidación o transferenciasal sector privado.

Asimismo, se espera formular un plan de reconversión para la ma-quinaria y equipo a fin de promover la tercerización en actividadesde mantenimiento vial.

4.Promoción de la inversión privada:

Revisar el programa de concesiones viales sobre la base de diferen-tes escenarios de cobertura (Km.), niveles de peajes y montos deinversión.

El programa podría reformularse intentando que alcance los 8,500Km. de la red vial nacional y estimando los cofinanciamientos reque-ridos.

La ampliación del programa es crucial debido a las previsibles res-tricciones fiscales y a la necesidad de asegurar recursos públicospara el mantenimiento

Política tarifaria

5.Transporte nacional (Inter. e intradepartamental): Las priori-dades y los instrumentos por fases serían las siguientes:

Instrumentos de la primera fase:

a) Priorizar el fortalecimiento a la capacidad de fiscalización de laDirección General de Circulación Terrestre y de las Direcciones Mu-nicipales de Transporte Urbano. El fortalecimiento debe apuntar agenerar capacidades para eliminar la informalidad y a analizar lasconsecuencias de ampliar las barreras a la entrada.

Mediante D.S. Nº 002-2002 MTC se ha modificado el procedimientosancionador de las infracciones al servicio, a fin de suprimir la junta deinfracciones y hacer más expeditivo el trámite.

b) Registro de servicios de transporte / Revisión técnica:Mediante la publicación del Reglamento de Administración de Trans-porte se implementará la revisión técnica obligatoria como condi-

• PRT• OGPP

• OGPP• DGC• PCR

• Viceministro• OGPP• CEPRI Infraestruc-

tura y ServiciosPúblicos

• Viceministro• DGCT• Secretarías de

TransporteUrbano Municipa-les

mente mayor al esfuerzopor financiar mante-nimiento.

El patrimonio de la red vialnacional está en riesgo de-bido a la inexistencia deuna política de manteni-miento

La política de mantenimien-to de las redes departa-mentales y vecinales tam-poco está definida.Tampoco están estableci-dos los mecanismos de ar-ticulación entre las instan-cias nacional, departamen-tal y local ni entre las agen-cias ejecutoras y el sectorprivado.

El MTC no tiene un lideraz-go sostenido sobre el pro-ceso de concesiones via-les. Los planes de inversiónpública están desarticula-dos de los de promoción dela inversión privada

Debilidad institucional delas entidades fiscalizadorase informalidad generan so-bre oferta de transportepública y altos índices decongestión urbana y acci-dentalidad urbana e inter-urbana.

PROBLEMAS PROPUESTAS RESPONSABLE

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ción de circulación. Se espera publicar dicho reglamento en mayo delpresente.

Asimismo, para junio o julio se publicará el Reglamento de Vehículos elcual comprenderá temas como:- Control de emisiones.- Condiciones de seguridad vial.- Verificación de características técnicas.

c) Control de la evasión tributaria: Actualmente se está coordinandocon SUNAT para realizar procesos de fiscalización conjunta a travésde los siguientes mecanismos:- Obligatoriedad de la carta porte para transporte de carga.- Empadronamiento de transporte de carga.- Mejoramiento de los mecanismos de fiscalización.

d) Implementación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito(SOAT): Se ha proyectado un texto modificatorio del reglamento, elcual fue prepublicado el 14 de febrero del presente, para recibir apor-tes de instituciones y usuarios. Anteriormente se proyectó la entradaen vigencia del SOAT para el 1 de abril. Sin embargo, a fin que lascompañías aseguradoras puedan hacer su trámite de aprobación dela nota técnica y se inicie el proceso de difusión se cambió la fechade entrada en vigencia al 1 de julio.

e) Revisiones técnicas / Controles aleatorios: Se espera que para elsegundo semestre se inicie la implementación de estos sistemas.

f) Nueva entidad de fiscalización: La Ley 27181, Ley General deTransporte y Tránsito Terrestre, establece como función del MTC la fis-calización, lo cual implica la detección e imposición de sanciones.Sin embargo, se está estudiando la tesis de crear una institución autó-noma que asuma la función de fiscalización de infracciones para trans-porte nacional.

g) Reestructuración total del servicio de brevete: En el D.S. Nº 033-2001-MTC, Reglamento de Tránsito se deja en suspenso la implemen-tación para nuevas licencias. Actualmente se ha formado una comisióndentro de ministerio para elaborar un nuevo reglamento que reestruc-ture las licencias, centros médicos, exámenes y registros.

h) En el caso de Lima-Callao se ha redefinido el Régimen de Ges-tión Común Regulador de Rutas sobre la base del conocimiento decuál es la oferta de servicios público requerida.

i) Se requieren sistemas de monitoreo de los indicadores de perfor-mance de las empresas de transporte urbano e interprovincial (car-ga y pasajeros). Actualmente se cuenta con estudios de estructurade costos para empresas de transporte de carga y pasajeros eficien-tes, los cuales han sido publicados en la página web del ministerio.

j) Se requiere establecer mecanismos de coordinación efectivos conla Policía de Tránsito urbana y de carreteras. En marzo del presenteaño se realizó el convenio con PNP y se mantiene una estrecha co-ordinación con dicha institución.

k) Como parte del fortalecimiento de la capacidad institucional defiscalización, se debe considerar la implementación de los Regla-mentos Nacionales de la Ley de Transporte y Tránsito Terrestre, quecorrespondan, así como de otros mecanismos administrativos expli-citados en dicha Ley.

Actualmente se están corrigiendo los reglamentos sobre administra-ción de transporte, vehículos, tránsito y responsabilidad civil. Segui-damente se procederá a elaborar los reglamentos de jerarquizaciónvial, gestión de infraestructura, cobro por uso de infraestructura pú-blica, y ferrocarriles.

Instrumentos de la segunda fase:

Se requiere revisar todos los temas de barreras a la entrada sobre labase de exigencias técnicas mínimas. Ello debe realizarse luego dehaber resuelto el tema de las capacidades de fiscalización.

PROBLEMAS PROPUESTAS RESPONSABLE

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Pág. 31SEPARATA ESPECIALLima, miércoles 17 de julio de 2002

Se ha avanzado en este tema con la publicación del D.U. Nº 140-2001, con el cual se prohíbe la importación de vehículos usados conpeso superior a 3.000 kg. y repuestos usados. Esta medida tiene comofin reducir el índice de accidentes de tránsito mediante la renovacióndel parque automotor.

Adicionalmente, se ha publicado el D.S. Nº 005-2002 MTC que modifi-ca el Reglamento Nacional de Vehículos. De esta manera se imple-menta un mecanismo sustitutorio de homologación, estableciendo unrequisito de conformidad para la incorporación de vehículos al sistemade transporte peruano.

Asimismo, se está trabajando en una norma de prohibición absolutarespecto al carrozado sobre chasis de camión para ser destinado atransporte de pasajeros.

Instrumentos de la tercera fase:

Los proyectos de infraestructura deben diferirse hasta después de ra-cionalizar las rutas de transporte. Tras la racionalización deben reali-zarse de nuevo los estudios de pre-inversión. Los estudios de deman-da de transportes están actualmente distorsionados por la congestiónque causa la sobreoferta de transporte público.

6. Transporte ferroviario:

Realizar estudios de preinversión, para identificar o descartar si exis-ten condiciones de viabilidad económica para nuevos proyectos ferro-viarios.

Fortalecer la capacidad normativa técnica mediante la aprobación eimplementación del Reglamento Nacional de Ferrocarriles44 y los di-versos reglamentos técnicos complementarios, ya formulados45 . En eltema institucional las funciones de ejecución y normativas, serán lleva-das a cabo por la Dirección General de Caminos y la Dirección Gene-ral de Circulación Terrestre, respectivamente.

SECTOR ACUÁTICO Y AÉREO

1.Planes Maestros: Revisar los planeas maestros de la aviación civily de la infraestructura portuaria estableciendo un Banco de ProyectosViables. El crecimiento del comercio exterior no ha sido aparejado porinversiones y se requiere estimar el déficit de infraestructura portuariay aeroportuaria.

La planificación de aeródromos y embarcaderos debería realizarse enla instancia regional y el MTC debería prestar asistencia técnica.

2. Promoción de la inversión privada: Redefinir los programas deconcesiones evaluando alternativas de agrupamiento de terminales,niveles de peaje, cofinanciamiento etc.

Las mayores posibilidad de desarrollos multimodales están relaciona-das a la privatización de los terminales, principalmente los puertos.

3. Tarifas: Se realizará una acción conjunta con OSITRAN para eva-luar cómo los esquemas de privatización y la competencia pueden afec-tarse por la existencia de los subsidios cruzados en ambos modosacuático y aéreo.

4. Tributación: se estudiará si existe relación entre las condiciones tri-butaras existentes y la posibilidad de lograr recuperar una flota que par-ticipe tanto en cabotaje de carga seca como en el comercio exterior. Elobjetivo sería reducir la importación de fletes y generar empleo.

Complementariamente se buscará simplificar los trámites aduanerospara el caso de carga de importación que está en tránsito por un puer-to, y tiene como destino final otro puerto nacional.

• Ministro• Ositrán

• Viceministro• OGPP

• Viceministro• CEPRI Infraestruc-

tura y ServiciosPúblicos

• OSITRAN• ENAPU• CORPAC

• Ministro MEF• Ministro MTC• Congreso

• Viceministro• DGTA

• Viceministro• DGAC

44 Se cuenta con un Anteproyecto de Reglamento Nacional de Ferrocarriles prepublicado en mayo del año pasado, que requiere ser revisado para formular elProyecto de Reglamento para su aprobación.

45 Proyecto de Reglamento Marco para la elaboración de los Reglamentos Operativos de las Organizaciones Ferroviarias, Proyecto de Reglamento de RequisitosMínimos de Seguridad para la Vía Férrea, Proyecto de Reglamento de Otorgamiento y Uso de Licencia para Conducir Material Rodante Tractivo y LicenciaFerroviaria, Proyecto de Reglamento de Infracciones y Sanciones.

No se invierte en preinver-sión a pesar del escasodesarrollo del modo ferro-viario.

No existen planes maestrosque sean tomados en cuen-ta por los decisores de po-lítica.

El MTC no tiene liderazgosobre los procesos de pri-vatización

Las tarifas no se calculanen base a los costos

Oneroso sistema tributariodesincentiva actividad delcabotaje

PROBLEMAS PROPUESTAS RESPONSABLE

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Pág. 32 SEPARATA ESPECIAL Lima, miércoles 17 de julio de 2002

PROBLEMAS PROPUESTAS RESPONSABLE

5. Simplificación: reducir el número de actores para las autorizacio-nes de infraestructura portuaria.

6. Barreras a la entrada en circulación aérea: Estudiar alternativasde ampliar barreras a la entrada de modo de limitar la ocurrencia deexcesos de competencia y salvaguardar la seguridad de los pasajeros.

Al propio tiempo debe establecer que las empresas públicas como TANSdeben limitar sus vuelos a rutas no comerciales.

6.3 Fases para la implementación de la estrategia

Prioridades e instrumentos de la primera fase (un año):

a) Prioridad 1

• Fortalecimiento institucional del MTC: planificación, reestructuración y recursos humanos en general.

• Promover la privatización de las redes N°5 y N°6, los aeropuertos regionales, el Puerto del Callao y los principalespuertos regionales.

• Reasignar los recursos presupuestales para asegurar el mantenimiento de los 11,300 Km. de caminos vecinalesrehabilitados durante la primera etapa del Programa de Caminos Rurales y de los que se rehabiliten en la segundaetapa, así como de los 8,500 Km. de caminos de la red vial nacional rehabilitados. Elevar las exigencias paranuevos proyectos, mientras no esté definida la política general de mantenimiento.

• Realizar los estudios de base para los esquemas tarifarios (sobre la base de los costos) y sus mecanismos deindexación, indicadores de calidad del servicio, seguridad y todos los temas normativos del sector transportes.

• Definir la política nacional de mantenimiento sobre la base de un análisis exhaustivo de fuentes de recursos yprioridades en la asignación de los mismos.

a) Prioridad 2

• Preparar e institucionalizar los planes maestros de todos los modos de transportes.

• Preparar el plan de estudios de preinversión en los modos aéreo, portuario y vial para definir tanto programas deinversión pública como la promoción de la inversión privada.

Prioridades e instrumentos de la segunda fase (años 2-3)

a) Prioridad 1

• Sobre la base de las nuevas capacidades de planificación se establecerían las prioridades de gasto público. Elloimplicaría resolver las decisiones estratégicas designación de recursos entre rehabilitación, expansión y manteni-miento; entre modos de transporte, entre regiones etc.

• Se debería definir el modelo de distribución de competencias nacional, regional y local a través de establecer lascompetencias exclusivas de los niveles regionales y locales.

b) Prioridad 2

• Coordinar con el MEF la posibilidad de establecer un presupuesto mínimo garantizado que evite los sobre costospor reducción imprevista del calendario de obras, lo cual puede ser negociado dentro de lo dispuesto por la LeyMarco de Modernización de Gestión del Estado.

• Coordinar con el MEF la posibilidad de incorporar los programas de mantenimiento entre los programas protegi-dos. Los programas protegidos son aquellos cuyos recursos no son recortados cuando ocurren crisis fiscales.

• Estudiar la posibilidad de constituir un Fondo Vial que permita financiar el déficit de recursos para la provisiónoportuna del mantenimiento y reducir la discrecionalidad del Vice Ministerio de Hacienda sobre la provisión derecursos.

• Se requeriría revisar todos los temas de barreras a la entrada (principalmente en circulación terrestre y aérea)sobre la base de exigencias técnicas mínimas.

• Se requeriría revisar la posibilidad de establecer un tribunal especializado en transportes en el Poder Judicial.

• Implementar mecanismos de coordinación intermodal.

Prioridades e Instrumentos de la tercera fase (3-5 años)

• Tras la racionalización de las rutas urbanas se debe reevaluar los proyectos de infraestructura urbana.

• Realizar estudios de preinversión para identificar si existen condiciones de viabilidad económica en nuevos pro-yectos ferrocarrileros.

• Revisar si el entorno tributario para evaluar la posibilidad de recuperar una flota peruana de cabotaje de cargaseca y transporte del comercio exterior.

• Simplificar el número de actores para las autorizaciones de infraestructura portuaria.

• Limitar o eliminar la presencia de entidades de las FF.AA. (TANS) en actividades en las que puede participar el sectorprivado.

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Complicado sistema deautorizaciones para la in-fraestructura portuaria

Existe evidencia de unarelación inversa entrecompetencia y seguridaden la circulación aérea.