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PUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LA GACETA DIARIO OFICIAL Telefonos:-2283791 Aparrado Postal 86 Valor CS 8.90 riraje:850 eje piares Córdobas Oro AÑO C I Managua, Viernes 25 de Abril de 1997 No SUMARIO Pág. MINISTERIO DE CONSTRUCCION Y TRANSPORTE 1816 MINISTERIO DE GOBERNACION ,tEnalidari Ivo MINISTERIO DEL TRABAJO Resolución No. 545 1820 SECCION JUDICIAL *todos 1825 Dernanda.-Otorgamiernode Escritura ....... ............. ,.• 1826 ScatereiadeDivoreio 1826 0u:laratoriasde lierederos 1826 Fe'',2 E 1827 MINISTERIO DE CONSTRUCCION Y TRANSPORTE Reg. No. 856 - R/F 005698 - Valor CS 315,00 CERTIFICACION El suscrito Secretario General del Ministerio de la Construcción, Certifica: Que de la página número cincuenta a la número cincuenta y u:es del Libro de Acuerdos que lleva ese Ministerio, se encuentra el que íntegra y literalmente dice: ACUERDO No.20.- EL MINISTRO DE LA CONSTRUCCION DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA. en uso de las facultades que le confiere el Decreto número un mil cuatrocientos cuatro del diecisiete de Febrero de mil novecientos ochenta y cuatro, publicado en La Gaceta, Diario Oficial número cuarenta y cuatro del uno de Marzo de ese mismo ato. ACUERDA: CAPITULO I CONSTITUCION, DENONIINACION, DOMICILIO Y DURACION ARTO. I - CrCase la EMPRESA DE SEÑALAMIENTO IAL. la eual podrá designarse abreviadamente "EMSEV" o "ENSEVI o cualquier otra manera el,t,ignación abreviada que se considere conveniente. Dicha entidad gozará de personalidad jurídica, tendrá plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones; tendrá patrimonio propio y estará adscrita al Ministerio de la Cons trucción. ARTO. 2.- L,a Empresa tendrá su domicilio en la ciu d de 1816

Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 77 del 25 de ... · ARTO. 5.- Para la consecución de los intereses legítimos de su objeto y finalidad, la Empresa podrá adquirir y poseer

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PUBLICA DE NICARAGUA

AMERICA CENTRAL

LA GACETA DIARIO OFICIAL Telefonos:-2283791 Aparrado Postal 86

Valor CS 8.90 riraje:850 eje piares Córdobas Oro

AÑO C I Managua, Viernes 25 de Abril de 1997

No

SUMARIO

Pág.

MINISTERIO DE CONSTRUCCION Y TRANSPORTE

1816

MINISTERIO DE GOBERNACION

,tEnalidari Ivo

MINISTERIO DEL TRABAJO

Resolución No. 545 1820

SECCION JUDICIAL

*todos 1825

Dernanda.-Otorgamiernode Escritura ....... ............. ,.• 1826

ScatereiadeDivoreio 1826

0u:laratoriasde lierederos 1826

Fe'',2 E 1827

MINISTERIO DE CONSTRUCCION Y TRANSPORTE

Reg. No. 856 - R/F 005698 - Valor CS 315,00

CERTIFICACION

El suscrito Secretario General del Ministerio de la Construcción, Certifica: Que de la página número cincuenta a la número cincuenta y u:es del Libro de Acuerdos que lleva ese Ministerio, se encuentra el que íntegra y literalmente dice: ACUERDO No.20.- EL MINISTRO DE LA CONSTRUCCION DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA. en uso de las facultades que le confiere el Decreto número un mil cuatrocientos cuatro del diecisiete de Febrero de mil novecientos ochenta y cuatro, publicado en La Gaceta, Diario Oficial número cuarenta y cuatro del uno de Marzo de ese mismo ato. ACUERDA:

CAPITULO I

CONSTITUCION, DENONIINACION, DOMICILIO Y DURACION

ARTO. I - CrCase la EMPRESA DE SEÑALAMIENTO IAL. la eual podrá designarse abreviadamente "EMSEV"

o "ENSEVI o cualquier otra manera el,t,ignación abreviada que se considere conveniente. Dicha entidad gozará de personalidad jurídica, tendrá plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones; tendrá patrimonio propio y estará adscrita al Ministerio de la Cons trucción.

ARTO. 2.- L,a Empresa tendrá su domicilio en la ciu d de

1816

Page 2: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 77 del 25 de ... · ARTO. 5.- Para la consecución de los intereses legítimos de su objeto y finalidad, la Empresa podrá adquirir y poseer

Managua, Departamento del mismo nombre, pero podrá establecer sucursales, agencias, sedes secundarias, oficinas y planteles en otros lugares del país o fuera de él, por acuerdo del Consejo de Dirección.-

ARTO 3.- La Empresa tendrá duración definida.

CAPITULO II

OBJETIVO Y CAPACIDAD JURIDICA

ARTO 4.- La Empresa tendrá por objeto principal la realización, dentro o fuera del país, de actividades afines con la señalización vial, tanto horizontal como vertical, incluyendo la comercialización en cualquier forma, de productos yto materia prima relacionada con la misma. En consecuencia, en el desarrollo de sus operaciones, podrá fabricar señales de madera, metálicas, de concreto o cualquier otro material que pudiere utilizarse para tales fines: asimismo, podrá realizar actividades de rayado de carreteras. calles y cualquier otro tipo de superficie de rodamiento susceptible de señalización en cualquier forma que ésta fuere; podrá prestar servicios de supervisión, de asesoría y diseño relacionados con su actividad principal y de cualquier otra índole; además, podrá actuar como representante yto agente de firmas comerciales o industriales, ya sean estas firmas nacionales o extranjeras; podrá adquirir en el país o en el extranjero, toda la maquinaria, equipo e implementos necesarios para la realización de su objeto social; podrá también asociarse con terceros cuando así convenga a sus intereses; lo mismo que adquirir acciones o participaciones en otras sociedades o empresas de cualquier naturaleza que éstas sean; podrá también realizar cualquier otro acto comercial o industrial, tendiente a obtener el mejor desarrollo de sus funciones, pues las enumeraciones anteriores deben considerarse enuneiativas y de ninguna manera taxativas. También podrá la empresa desarrollar como objeto propio otras actividades que resuelva su Consejo de Dirección, sin que por tal circunstancia se requiera modificar el presente acuerdo de constitución.-

ARTO. 5.- Para la consecución de los intereses legítimos de su objeto y finalidad, la Empresa podrá adquirir y poseer toda clase de bienes, derechos o acciones y ejecutar celebrar todos los actos y contratos civiles o comerciales que sean necesarios, convenientes, incidentales o conducentes al logro de sus fines y gozará de sus relaciones con terceros de la misma capacidad jurídica de los particulares, excepto para aquellos efectos que sean peculiares de las personas naturales.

CAPITULO 111

DEL PATRIMONIO

ARTO. 6.- El Patrimonio de la Empresa lo constit uye suma de Cincuenta y cinco Millones de cordobt:

(CS55,000.000.00).

ARTO, 7.- El Patrimonio de la Empresa p oár4 incrementarse por nuevas aportaciones que se le hirie..

por el Ministerio de la Construcción o por cualquie r ot ; persona natural o jurídica, así como por las rentas, o xt cualquier otro ingreso.-

ARTO. 8.- El Patrimonio de la Empresa podrá ser aumentado mediante Acuerdo del Ministerio de la

Construcción a solicitud del Director de la Empresa, previa aprobación por el Consejo de Dirección.

CAPITULO IV

ADMINISTRACION Y DIRECCION

ARTO. 9.- Los órganos de Dirección y de Administración de la Empresa son: A) El Consejo de Dirección; E Director.

ARTO. 10.- El Consejo de Dirección estará integrado por cinco Consejales que serán: A) El Ministro de la Construcción, quien lo presidirá; B) El Director General del sector al cual se encuentra adscrita la Empresa, quien tendrá el cargo de Vice-Presidente; C) El Director Genetal de Economía y Planificación del Ministerio de It Construcción; D) El Director de la Empresa; y E) El Secretario General del Ministerio de la Construcción. No obstante lo anterior, el número de Consejales podrá set aumentado por el Ministerio de la Construcción sin necesidad de reformar el Acuerdo de Constitución de a Empresa, y en este caso, le corresponderá a él ',a designación de los nuevos Consejales.

ARTO. II.- Son facultades y atribuciones del Consejo de Dirección: A) Determinación de los objetivos y políticas de la Empresa;

13) Conocer de los informes que sobre la marcha de las actividades de la Empresa deberá presentar el Director Y aprobar la memoria anual de las actividades de la misas

C) Aseetuar que los -,a.c.c12.11.:- planes estén diseñadas para llenar los objetivos de la Empresa y la estrategia para conseguirlos, previa comprobación de que dichos planes se ajustan a los lineamientos trazados por el Ministerio de la Construcción;

D) Revisar y aprobar los principales planes de la Empresa. tales como Plan General Anual a mediano y largo oláis' ,

Plan Financiero y Presupuesto General Anual y os modificaciones;

25-04-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL

e -

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1404-97 /ioe ' tficación y aprobación de los resultados que s'er 3 „,,ende revisión periódica de los informes, Estados 44-11,1cros y Operativos de los análisis resumidos de las ..spales operaciones relacionadas con los programas i_nra • y la determinación de las acciones correctivas dos'

p ecisen; '`

t. preponer fondos de reserva y distribución de utilidades „rme ¡as políticas orientadas por la Presidencia de la

;triaca al Ministro de la Construcción;

6, ;probar los compromisos importantes de la Empresa, contratación de empréstitos, adquisición o

ion de inmuebles, suscribir garantías, avales, , el arriendo de bienes por más de un afio, y la

,11.5,4., donación o arriendo de activos fijos;

i4K Aprobar la organización de la Empresa;

Aprobar el Reglamemo Interno de la Empresa y sus

;e:ormas:

h Decidir sobre la fusión, disolución, liquidación y nstificación de la ernpresa;

K1 Establecer y clausurar sucursales, agencias y oficinas 4ratro y fuera del país;

t.) Decidir sobre la participación de la Empresa en :látaciones públicas, ya fueren de carácter nacional o :int:nacional;

u; Determinar los objctivos y políticas de las sociedades m que la Empresa tuviere participación;

st Autorizar la realización de actos o contratos fuera del ..ro ordinario de la Empresa, sin que para ello sea necesario normar el presente Acuerdo de Constitución:

h Dictar los criterios generales de administración de la impresa;

Pi las demás fimciones que sean necesarias :dilución de los objetivos de la Empresa.

klITO. 12.- Los Consejales fungirán como tales mientras la dalidad a la cual se vincula su nombramiento

_designación.-

SECCION II

DEL DIRECTOR

RTG. La administración ejecutiva y a e rnEleto de la Empresa estará a cargo del Director de a

nombrado por el Ministro de la Construccion

mediante Resolución Ministerial. El Director de la Empresa será aderoás, el funcionario encargado de llevar 4-i:c.--

las resoluciones del Consejo de Dirección.

ARTO. 14.- En caso de falta temporal del Dirrz.r. er2 designará a la persona que haga sus veces. con la autorización del Ministro de la Construcción, Mir-7-72.5 el Ministro no apniebe esta designación, el Director será siempre responsable de los actos del Director susti=. sin perjuicio de la propia responsabilidad de éste.

ARTO. 13.- Son atribuciones del Director:

A) Organizar, dirigir, coordinar y controlar todas :as actividades de la Empresa, tanto técnicas co=o adminisuativas, de acuerdo con los criterios generales y a las normas y procedimientos emanados del Ministerio de la Construcción;

B) Someter al conocimiento del Consejo de Dirección para su aprobación el Plan Financiero de la Empresa, asi como la aprobación del Presupuesm General Anual;

D) Informar al Consejo de Dirección de la marcha de las operaciones de la Empresa, preparar los Balances. Inventados y demás :nformes de operaziones;

E) Someter al Consejo de Dirección para su aprobación el Reglamento Interno de la Empresa y sus reformas;

F) Nombrar el personal de la Empresa, señalan/1cl sueldos y atribuciones de acuerdo con las políticas establecidas por el Sistema Nacional de Organi7nrión del Trabajo y los Salarios (SNOTS);

G) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de leyes, reglamentos de la Empresa, las resoluciones del Consejo de Dirección y las normas y disposiciones expedidas por el Ministerio de la Construcción;

H) Ostentar la representación legal. judicial y extrajudicial de la Empresa con sus facultades de Mandatario General de Administración, salvo las limitaciones que establece la Ley de Empresas del Ministerio de L1 Comtrucción y su Reglamento;

I) Otorgar Poderes Generales y Especiales en los casos necesarios para el tnejor desarrollo de la—Empresa;

J) Vigilar que los Registros contables y estadísticos sean llevados en orden conforme a las leyes y disposiciones legales de la Contraloría General de la República y de acuerdo con lo estipulado por el Ministerio de la Construcción;

X) Proporcionar durante el ejercicio de sus funciones

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

1818

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25-04-97

JACETA - DIARIO O

a la Auditoría Interna del Ministerio de la Construcción y a la Contraloría General de la República, los datos concernientes al movimiento de los fondos de la Empresa, dentro de las prescripciones establecidas por la Ley y los reglamentos internos de dichos organismos:

L) Manejar los fondos de la Empresa bajo su propia responsabilidad;

M) Asegurar y evaluar la implementación, funcionamiento y actualización de los sistemas de administración financiera, de presupuesto, de determinación y recaudación de los recursos financieros, de tesorería y contabilidad. coiciadando de incorporar el control interno dentro de dichos sistemas, así como adoptar las funciones y otras medidas disciplinarias que sean necesarias;

N) Adoptar oportunamente las medidas correctivas señaladas en las recomendaciones de los informes de la Auditoría Interna:

O) Asegurar ci mayor grado de idoneidad de los funcionarios y personal contratado;

P) Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que expresa o tácitamente estuvieren comprendidos en el giro ordinario de la Empresa, inclusive aquellos que fueren consecuencia necesaria de los mismos;

Q) Desempeñar todas las demás funciones que se le asignen.

ARTO 16.- El Director podrá asimismo, con la autorización previa del Consejo de Dirección:

A) Otorgar garantías reales o personales para responder por obligaciones de otras empresas del Ministerio de la Construcción;

13) Celebrar contratos con instituciones de crédito del Sistema Financiero Nacional para que éstas otorguen avales o garantías bancarias o financieras a favor de la Empresa, para responder por obligaciones que esta contraiga con terceros, o por cualquier contratación que sea necesaria.

SECCIO I11

PRESENTACION

ARTO. 17.- El Director de la Empresa tendrá la Representación Legal Judicial y Extrajudicial de la Empresa, con las facultades de un Mandatario General de Administración con las limitaciones que establece la Ley

de Empresas del Ministerio de la Construcció n ;• Reglamento.

1 ARTO. 18.- La cenificación que de la Resolución m. terial que consigna su nombramiento, libre el Set r„:" General del Maisterio de la Construcción, será e afiniZI pata acreditar la personería del Director de la Err ip t j1

;alclo lel Poder que se le otorgue.

CAPITULO Y

.:CICIOS, CONTABILIDAD Y BALANcEs

ARTO. T..- El ejercicio económico de la Empresa re * de un año. que terminará el treinta y uno de Diciembre}

cada año. el primer ejercicio económico de la panat* comenzara desde la fecha de su existencia legal, peca**

la autorización de la Auditoría Interna del Ministerio ¿lia Construcción y la Contraloría General de la Repúblic a,*

podrá variar la fecha cierre, dictando para el latí% intermedio, las providencias que se estimen convenienh

ARTO. 20.- La Contabilidad de la Empresa será llevad; de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes, a lo dispuesto por el Ministerio de la Construcción, por]; persona o personas que designe el Director de la Empresa, siempre bajo su Dirección o de quienes ejercieren sui funciones.

ARTO. 21.- Los Estados Financieros elaborados por li Empresa serán completos: por lo tanto, incluirán toda operación y transacción sujeta a cuantificación en términos monetarios. Incluirán además, los recursos financieros y materiales, así corno el movimiento o cambio que se haya operado en ellos, todos activos, pasivos, patrimonios. ingresos y gastos propios de la Empresa, y aquellos que estuvieren confiados a su custodia, constituyan o aa recursos propios, estén o no presupuestados.-

ARTO 22.- La información financiera básica a presencia por la Empresa mensualmente comprende: A) Estados de Situación o Balance General; B) Estado de Resultado o* Ganancias y Pérdidas; C) Estado de Origen y Aplicada de Fondos.

ARTO 23.- El Ministerio de la Construcción a propuesta del Consejo de Dirección podrá- acordar la formación de

os de reserva especial destinados a los fines u objetos que señalare, y en tal caso, determinará las cantidades Y maneras como se constituirán dichos fondos, lo que deberá contar con la aprobación del Presidente de la República a el organismo que él señale. Este será también el encargad° de aprobar el uso y aplicación de los excedentes que resulten después del pago de sus obligaciones imposilins como sujeto tributario común.

1819

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL 77

CAPITULO VI

DISPOSICION FINAL

ro. 24, En todo lo no previsto en el presente Acuerdo, .,.tará a lo dispuesto en la Ley de Empresas del Ministerio

Construcción y sti Reglamento y en las demás leyes

-.su en la ciudad de Managua. a los ve e días del mes de „:‘0 de mil novecientos ochenta y siete.- ! AQUI NO SE , -i,DE NADIE ! (f) Mauricio Valenzuela Sotomayor, ,::::scro de la Construcción.- Es conforme con su original

el que fue debidamente cotejado. Y para todos los .e.eios legales pertinentes, se extiende la presente

•Jriatiación en la ciudad de Managua, a los veiptiseis días dles de Mayo de mil novecientos noventa y seis.-

Sotomayor Rocha, Secretaria General.-

MINISTERIO DE GOBERNACION D1RECCION DE MIGRAC1ON

EXTRANJERIA

NACIONALIDAD

Reg. No. 3445 - M. 009059 - Valor C$ 90.00

Resolución No. 010/97

! Mairena, ha cumplido con los requisitos y formalidades establecidas en la Ley de Nacionalidad para su adquisición en carácter de Ratificación en razón de ser Nicaragüense de origen, y haber decidido Ratificar la Nacionalidad Nicaragüense de fomia expresa y voluntaria.-

Tercero: Que el señor Angel Fidel Lazo Mairena. ha hecho manifiesto su deseo de Ratificar la Nacionalidad Nicaragüense, mediante escrito debidarnente Notarizado, el que acompañó a su solicitud.-

ACUERDA

Primero: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en carácter de Ratificación de Nacionalidad Nicarag,üense,

señor Angel Fidel Lazo Mairena.-

Segundo: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor Angel Fidel Lazo Mairena. gozará de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le con-cede, y estará sometido a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses.-

Tercero: Regístrese en el Libro de Ratificación de Nacionalidades que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería, y líbrese la Certificación correspondiente.-

Cuarto: El presente acuerdo, sunirá efecto a panir de su publica en La Gaceta, Diario Oficial.-

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, :e conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República de Nicaragua, Ley No. 149, denominada 'Ley de Nacionalidad", publicada en La Gaceta, Diario Oficia No. 124, del día treinta de de mil novecientos :anua y dos, y en uso de sus facultades:

Considerando

Primero Que el señor Angel Fidel Lazo Mairena, quien es mayor de edad, casado, Obrero, :esidente en la ciudad de Santo Tomás, Departamento de CS:ontales, Nicaragua, y quien naciera en La Libertad, Eliepdrseugsento de Chamales. el día veinticuatro de Abril de

mos :re,ma y uno. y quien ha solicitado Sin de Nactinalidad Nicaragüense por el hecho ijo de-padres Nicaragüenses, haber nacido en

, y haberse naturalizada como ciudadano .,:-Jsrarricense, sin haber renunciado a su Nacionalidad

caragüense de origen, así como haber puesto de to su voluntad de Rarificar Nacionalidad e e que por Derechos de vínculo territorial y

'metilo de parentesco le corresponde.-

Segundo: Que el señor Angel Fidel Lazo

Notifíquese: Managua, dieciocho de Marzo de mil novecientos noventa y siete.- Carlos J. García Solórzano.- Director General de Migración y Extranjería.- Ministerio de Gobemación.-

MINISTERIO DEL TRABAJO

CERTIFICACION

Sergio Escoto Sáenz, Director del Registro Nacional de Cooperativas, de la Dirección General de Cooperativas, eel Ministerio del Trabajo.

Centhe -

Que según folio 27 del Tomo III det Libro de Resoluciones, se encuentra inscrita la Resolución que Integra y literalmente dice:

Resolución No. 545

o del Trabajo. Dirección General de Cooperativas. . cinco de Diciembre de mil novecientos noventa.

1820

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25-04-97 CSACETA - DIARIO OFICIAL 717- ■

Las diez y cincuenta minutos de la mañana. Con fecha tres de Diciembre del corriente año, se presentó a esta Dirección el Proyecto de Factibilidad de la Cooperativa de Transporte de Servicios Múltiples Monimbó-Masaya. R.L. (COOTRAN-MONIMBO), R.L., constituida en acta de la cinco de la tarde del día veintitres de Novietnbre de mil novecientos noventa. habiendo autenticado las firmas del docmnento constitutivo el Abogado y Notario Dr. Luis A. Zeledón Estrada. La Dirección previo estudio del Proyecto lo declaró elegible y en base a esto los interesados solicitaron formalmente la personalidad jurídica de la Cooperativa. Esta Dirección fundada en los Anos. 2, 20 inc. di 24, 25 y 74 inc. d) de la Ley General de Cooperativas y Anos 23, 27. 30 y 71 del Reglamento de la misma.

Resuelve:

Se aprueba en todas y cada una de sus partes la constitución de la Cooperativa de Transpone de Servicios Múltiples Monimbó-Masaya, R.L. (COOTRAN-MONIMBO), R.L.- Que tendrá su domicilio social en la ciudad de Masaya. Departamento de Masaya, se inicia con ciento sesenta y cuatro asociados, con un capital pagado de dos mil cuatrocientos sesenta córdobas oro (C$ 2,460.00) y con la siguiente Junta Directiva. Presidente: Luis Urrutia Berrera; Vice-presidente: Oscar Baltodano Hernández; Secretario: Jorge A. García Ñurinda; Vocal: Francisco Sánchez Hernández.- Cópiese esta Resolución en el libro respectivo, inscnbase en el Registro Nacional de Cooperativas que lleva esta Dirección.- Publiquese íntegramente esta Resolución en La Gaceta, Diario Oficial. Razonese los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivando el original en esta oficina.- (f) Sergio Escoto S. F.s conforme con su original, la que fué debidamente cotejado, en la ciudad de Managua, a los siete días del tnes de Diciembre de mil novecientos noventa.- Dr. Sergio Escoto Sáenz.- Director Registro Nacional de Cooperativas.- Ministerio del Trabajo.-

SECCION JUDICIAL

SUBASTAS

Reg. No. 2990 - M. 038777 - Valor CE 135.00

A las once de la mañana del time de Junio de mil noveciemos roventa y siete, en el local de este Juzgado. al mejor postor se subastará el siguiente inmueble que se describe a cominuación: Finca rústica localizada en la Comarca de l_os Lipes, de esta Jurisdicción Depanamental, de setenta y dos ma.,,anns y cinco mil Varal cuadradas de extensión, ~ano- a1 Norte: con propiedad de Francisco Montenegro y Fulalio Montenegro. Sur: con inmueble de Adán Maradiaga, Francisco Fley y Felipe López. Este: predio del Estado. Oeste: Quebrada seca, carretera de por medio. Contiene las siguientes mejoras: una casa de

habitación en forma de mediagua. construida de tau, cuanerón, zw„ho de zinc, sala, cuarto, una bodega, y comedor midiendo doce varas de ancho por veinte r: aras de largo. un galeróri construido de diez y eche va:

de ancho por veinte varas de largo con su respecC comedero para ganado. Una bodega para celase% alimentos y otra bodega para conservar insumos medicamentos. Construcciones totalmente embaldozo4; y techo de zinc. Además contiene corral de veinte vara& tit largo por cuarenta varas de ancho, enchapado, tea cerca de alambre de púas una parte y la otta con cerca de regia, También existe una laguna anificial de tres cuarto de manzanas de extensión. Contiene cuatro manzanas le zacate Taiwán, cinco manzanas de zacate Estrella. (jet manzana de caña de, azúcar con divisiones inicua", cincuenta y siete manzanas de pasto jaragua, con oec divisiones correspondientes cercadas con alambres de púa de tres y cuatro hilos. Tres manzanas de conserva:* forestación, tres pozos con sus respectivos corrales * concreto, un ojo de agua, con su pila receptora; tres manzanas para huerta y cuatro de café cosechero, todo* buenas condiciones y mantenimiento sostenible. Tanto h Escritura del inmueble como sus mejoras están Señal así: Número Sesenta y tres mil ciento diez y siete, Asia* Primero, Folio Ciento noventa y uno y Ciento noventa y ins del Tomo Doscientos, Columna de Inscripciones, Sección de Derechos Reales y Número sesenta y tres mil cimas° diez y siete, asiento segundo, folios ciento noventa y Ins y ciento noventa y seis del Tomo doscientos, Columna Marginal, Sección de Derechos Reales, ambas inscripciones del Libro de Propiedades del Registro Público hunobiliario de este Departamento.

Ejecuta: Banco del Campo Sociedad Anónima.

Contra: Sucesión de Francisco Javier Sáenz Zeledón,

Base de la Subasta: Seiscientos Mil Doscientos Veinte y Cinco Córdobas con Diez Cernavos, más los intereses. costas y gastos calculados desde el diez y nueve de Febrero de mil novecientos noventa y siete hasta la fecha del efectivo pago de lo adeutLado.

Darlo en el Juzgatto Primero de Distrito del Crimen y de le Civil por Ministerio de la Ley.- Matagalpa, ocho de Abel de mil novecientos noventa y siete - Enmendados- inte-nten. Eveling González Retancowt. Juez Primero de Distrito del Crimen y de lo Civil por Ministerio de la LeY.-

3-3

Reg. No. 3170 - M. 042482 - Valor C$ 135.00

Diez de la mañana del cuatro de Junio de mil novecientot noventa y siete. Subastarse Inmueble urbano que sha en le ciudad de 1..eón, Departamento de León, cuyos linden

1821

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34-04-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL

77

los siguientes: Nene: Banco Nicaragüense y área de

I miennanliento Norte del condominio; Sur: En parte con

sección cuarta del condominio, pasillo peatonal, camino

por medio, área de estacionamiento Sur del condominio. En parte con la sección cuarta del condominio,

.2trddor o pasillo común de por medio, sección quinta del :miel-minio y Oeste: en parte con el local tercero de la e.:cion segunda, propiedad del Banco Nicaragüense y

sz Mántica Sucesores, y otras propiedades entre el

gateo Nicaragüense y José Mántica Sucesores. Inscrito

o el No. 36.197, Tomo 1, Folios 53/56, Asiento 4to,

Columna Propiedad Horizontal. Sección de Derechos

Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de León. Base Subasta: Ochocientos Ochenta Mil

Ochocientos seis boleros de los Estados Unidos de América con dieciseis Centavos (U.S. $ 880, 806.16). Ejecuta: Banco Popular. Ejecutado: Empresa de los Trabajadores Supermercados Nicaragüenses S.A.- Posturas: Esctricto Contado.- Dado en la ciudad de Managua, en el Juzgado Tercero Civil del Distrito de Managua, a los once días del mes de Abril de mil novecientos noventa y siete.- Dra. Vida

Benavente Prieto.- Abogado y Juez Tercero Civil del Distrito de Managua.- 3-3

Reg. No. 3169 - M. 017632 - Valor C$ 72.00

Tres de la tarde próximo dieciseis de Junio de mil novecientos

noventa y siete. Local este Juzgado, Subastarse bien inmueble en el sector Nor-Oriental de la ciudad de Camoapa de quince varas de frente de Norte a Sur. En el costado

Oriental, treinta varas de largo o ancho de Norte a Sur, en el costado Occidental sesenta y seis varas de frente de Este

a Oeste, en el costado Sur, sesenta y seis varas de ancho de Oriente a Occidente en el costado Norte, con casa de habitación de nueve varas de largo por once varas de ancho, con los siguientes linderos: Este: Casa de doña

Petrona Alvarez y solar de doña Luisa Figueroa, avenida enmedio, Occidente: Casa y solar de doña Narcisa Dávila; Norte: Casa y de doña Mariana Duarte; y Sur: Solar de Suma Robleto, y casa de Luis González, calle en medio. Inscrita con No. 11,875. Asiento lo, Folio 216, Tomo CXXV, Sección de Derechos Reales de este Registro Público de Boaco, Base Posturas Veintiseis mil trescientos treinta y tres Córdobas con cuarenta y cinco centavos de Córdobas, (C$ 26,333.45/100).- Ejecuta Cooperativa de Ahorro y Crédito Camaapán R.L. A: Wilmer Solórzano

OPona. Dado en el Juzgado Civil del Distrito de Boaco, a los nueve días del mes de Abril de mil novecientos noventa y siete.- Corregidos, E,R, valen.- Luz Evelia Rodríguez G.-Secretaria.- 3-3

Reg. No. 3171 - M. 042481 - Valor CE. 72.00

Para su cumplimiento y demás efectos de Ley le transcribo

auto que íntegra y literalmente dice: Juzgado Tercero Local de lo Civil de Managua. once de Abril de mil novecientos noventa y siete. Las nueve de la mañana. A como se ordena en la sentencia que antecede y la que 54 encuentra en el Folio ocho y que fuá emitida el día uno de Abril de rail novecientos noventa y siete, fas nueve de la mañana. Sáquese a Subasta dicho bien propiedad del señor Jaime Félix Chavarría, el cual se encuentra inscrito bajo el Número 28,189, Tomo 1,482, Folio 263164. Asiento 6o. Columna de Inscripciones, Sección de Derechos Reales del Registro Público de Managua y ubicada en la siguiente

dirección Barrio Los Angeles de donde fué el Cine Ciudad

Jardín dos al lago. tres abajo.- Señálese como fecha para efectuar la subasta las nueve de la mañana del día doce de

Mayo del corriente.- Publíquese los carteles de Ley. Notifíquese. A. Rodríguez (Juez).- I. Orozco.- Srio.- Doc-

tor Alfredo José Rodríguez Salguera.- Abogado y Juez Tercero Local de lo Civil de Managua.-

3-3

Reg. No. 3273 - M. 042218 - Valor C$ 72.00

Nueve de la mañana Local este Juzgado quince de Mayo este año subastarase inmueble situado en Olotito esta ciudad inscrita No. 117,713. Tomo 1865, Folio 142/3,

Asiento lo. Sección Derechos Reales Registro Público Dpto. de Managua. Ejecuta: Rafael Rivas Gutiérrez, Vs:

Siu Inversiones. Base de Subasta US$ 30.000 o su equivalente Córdobas.

Oyense posturas.

Managua, diecisiete de Abril mil novecientos noventa y siete.- Vida Benavente Prieto.- Juez 3o. Civil Distrito Managua.- 3-3

Reg. No. 3174 - M. 028025 - Valor a 72.00

Diez mañana, dieciseis de Mayo año en curso, local este Juzgado, Subastárese Rústica, sita Comarca "La Salvadora" jurisdicción Jinotega, consistente veinte manzanas de extensión, conteniendo casa, todo lindante así: Oriente: Eulalio Chavarría Montenegro; Occidente, Hacienda "La Salvadora" Norte, Hacienda "La Parranda"; y Sur, Hacienda "La Parranda".

Ejecuta: José Santos Sandoval Rivas

Ejecutado: Pedro Castro

Base: Dos Mil.-

Oyense posturas.-

11 7 7

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2 97

A GACETA - DIARIO OFIC

So: Juzgado Local Unico, San Ramón. Depto. Matagalpa, de Abril mil novecientos noventisiete.- Juana Rodríguez

-res.- Juez Local Unica.- San Ramón.- 3-3

los siete días de Abril de mil novecientos noventa y 5 ¡etc,. Dra. Belda María Cárcamo Sánchez.- Juez Civil del Dizu.il de Masaya.- 3-3

Res. No. 3392 - M. 042949 - Valor CS 135.00

Reg. No. 3418 - M. 042956 - Valor CS 72.00

a velntidos de Mayo de mil novecientos noventa y siete macenadora Financiera de Nicaragua. S.A.. de acuerdo Artículo 188 de la Ley General de Bancos y Otras

aituciones rematará los siguientes bienes: 1) 3.039.23 de ajonjolí natural de campo. amparados en Bono de

enda # 0204, Depositante: Inversiones Alpha, S.A.- 2) O qq de ajonjolí natural de campo, amparado en Bono de enda # 205; Depositante: Inversiones .Alpha, S.A.

Lugar: Oficinas Centrales de ALFINSA.- Centro C imercial Camino de Oriente, Módulo A-3.- Hora: Diez de la mañana.

Pase de la Subasta: 1) Mercadería amparada por el Bono de Prenda No. 0204 US$ 75,980.75 y, 2) Mercadería amparada por el Bono de Prenda No. 0205 US$ 12,500.00.

Managua, diecisiete de Abril de mil novecientos noventa Y siete.- Almacenadora Financiera de Nicaragua, S.A.-

3-3

Sáquese a Subasta inmueble ubicado en el Barrio Bolonia de esta ciudad, dentro de los siguientes linderos y medida; particulares: Norte: sesenta y ocho metros y ocho centímetros, décima calle Sur-Este de por medio con lote de Lastenia Gómez; Sur: sesenta metros y cincuenta centímetros, con lote número doscientos veintiuno d e

Héctor Luis Masís Martínez, con lote doscientos veintinueve de Armando Arana y con lote doscientos treinta de Carlos Trejos: Este: treinta y cinco metros con dos centímetros y Oeste: cuarenta y seis metros con diez centímetros con un área total de trescientos veintidos metros cuadrados con noventa centímetros, inscrito bajo Número 55.336; Tomo 834; Folio 118 y 119; Asiento 3o, Columna de Inscripciones, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de la Propiedad Inmueble del Departamento de Managua.

Base de la Subasta: Sesenta mil seise entos dieciseis punto cero nueve centavos de Dólares.

Ejecuta: Banco de la Exportación Sociedad Anónima.

Ejecutados: Damaris Sacasa Urcuyo de Ramírez y Reynaldo Ramírez Blanco. Fecha de la Subasta: Veintidos de Mayo a las once de la mañana.

Posturas en estricto contado. Líbrense los carteles de Ley. Reg. No. 3172 - M. 042474 - Valor CS 72.00

P.M., Jueves 22 de Mayo de 1997, en el local de este Despacho Judicial llévese a efecto pública Subasta sobre el siguiente bien inmueble ubicado en el Departamento de León propiedad hasta hoy de la señora Marta Felicita Olivas Mendoza: Finca Urbana ubicada en el Barrio ;uadalupe, comprendida dentro de los siguientes linderos:

Norte: Olinda Cecilia Ruiz. Sur: Benin Abarca. Este: Julio ficanor Juárez y Oeste: Avenida eninedio, Francisco

Urbina, inscrita bajo el No: 32,932, Asiento 4o., Folio 112- 13 del Torno 761 del Libro de Propiedades, Sección de

Derechos Reales del Registro Público de la Propiedad inmueble del Departamento de León. Fíjese como Base de a Subasta el equivalente en moneda nacional de Seis mil

Córdobas Americanos ($6,000.00)

Oyense Posturas.

Dado en el Juzgado para lo Civil del Distrito de Masaya a

Dado en el Juzgado Cuarto Civil del Distrito de Managua a los siete días del mes de Abril de mil novecientos noventa y siete,- Dr. Medardo Mendoza Yescas. Juez Cuarto Civil del Distrito de Managua.- 3-3

Reg. No. 3240 - M. 042546 - Valor C$ 135.00

Séquese a Subasta fine urbana inscrita en el Registro Público de Inmueble de Masaya bajo el No. 8.541, Asiento 10. Tomo 27, Folios 282 y 283 Libro' de Propiedades Sección de Derechos Reales ubicada en unas cien varas de la entrada Las Flores, dentro de los siguientes linderos: Oriente, Sucesores de José María López; Poniente, Leonidas Carranza y María Escolártica Jiménez: Norte: Alejandro Boza y Sur: carretera en medio. Angela Miranda de Borgen: Base de la Ejecusión Veinte mil Córdobas, señalándose la misma a las diez de la mañana del veintinueve de Mayo próximo.

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..44401"" 25-04-97 GAC TA - DlikItIO OFIC

;-.ecuta: Molinos de Nicaragua Sociedad Anónima .

presentada por el Dr. José Antonio Bolatios

-creer° a Teléforo Gaitán García.

niki° en el Juzgado Civil Distrito. Graruada, once de Abril „ novecielltOS noventa y siete.- Adriana Maria Cristina

López.- Juez Civil del Distrito de Granada.- 3-3

Reg. No. 3173 - M. 042473 - Valor C$ 72.00

En el local de este Juzgado a las diez de la mañana del día yeintinuen de Mayo de mil novecientos noventa y siete, .c Subastará la Finca Rústica "Los Valientes" de noventinueve naanzanas y tres cuartos, comprendida Jean de los siguientes linderos:

Oriente: Terrenos de Sucesores de Pastor Serrano, Sucesores de Jesús María Cabrera y Finca Campirano.- Poniente: Terrenos de Félix Díaz, Francisco Herrera, Valentía Juárez y Manuel Callejas.- Norte: terrenos de

zinLa Rosa de los Llenitos y de Manuel Callejas.- Sur: canino real viejo a Cosigüina enmedio. finca de Juan Nuñez, Nicolás Martínez y Finca Santa Martha de don Anuro Momealegre Seydel, e inscrita con el No. 8,144, Folios: 31, 34 y 37, Asiento: 4to, Tomo 9, Sección de Derechos Reales del Registro Público del Departamento

Chinandega.-

Ejecuta: Banco Popular, S.A. Ejecuiado: Rafael Montealegre Salazar.-

Base de Posturas: Un millón treinta y cuatro rail trescientos ochenta Córdobas con setenta y nueve centavos de Córdobas. (C$ 1,034,380.79)

DadoJuzgado Segundo Civil de Distrito de Managua.-

anegue cuatro de Abril de mil noveciernos noventa y siete.- Las nueve y cinco de la mañana.- Línea cinco-vale.- Dra. Patricia Brenes Alvarez.- Juez Segundo Civil del Distrito de Managua.- Claudia Alvarez Siria.- Juzgado Segundo Civil del Distrito de Managua.- 3-3

Reg. No. 3419 - 042968 - Valor C$ 135.00

Once de la mañana del treinta de Mayo dc mil novecientos noventa y siete, Rematarse al mejor postor los siguientes Bienes Muebles: Dos camionetas nuevas, marca 1SUZU, Modelo TFS55H-20 y TFS55H-00, Motor Diesel, Chasis: JAATFS5SHV9100159, JAATF55HV910038, Motores: 321803, y 2944598, color verde y beige, año 1997 y con 115dcs sus accesorios y dos camionetas nuevas, Marca:

IZUSU, Modelos: UBS690.1-2D, y UBS69-G2A. Motor DIESEL, Chasis: ACUBS69GC71102074 y JACUBS69GT7100239, motores: 322780 y 277997, color rojo-plata y beige, año 1997.

Ejecuta: Servicio Automotriz Mántlea, Sociedad Anónima (SAMSA) Represenrada por el Dr. César Anto-nio Villana Vásquez.-

Ejecutado: Acción Verde para Nicaragua.- Organismo No Gubernatnental.-

Base de la venta al martillo: Cincuentiseis mil novecientos setenta y cuatro Dólares o su equivalente en moneda nacional (US.56,974.00) Posturas: Estricto contado.-

Dado en el Juzgado Tercero Civil de Distrito de Managua, a los dieciocho días del mes de Abril de rnil novecientos noventa y siete.-Enmendados-A-S-A-valen.- Dra. Vida Benavente Prieto.- Abogado y Juez Tercero Civil del Distrito de Managua.- 3-3

Reg. No. 3241 - M. 038130 - Valor C$ 72.00

Sáquese a Subasta Bien Inmueble ubicado en ei Departamento de Matagalpa. ciudad de Matagalpa. cuyos linderos son: Norte: Propiedad de Pedro Agilitar Hernández; Sur: Antonio °rellano Mairena; Este: Seneida Centeno de Castillo; Oeste: Antonio Orellano; con un área de ciento setenta y cinco varas cuadradas, ubicado en el Barrio Guanuca, del Banco Mercantil media cuadra al Este, inscrito bajo el No. 65.648; Asiento: 2o; Folio 299, Tomo 240; Columna de Inscripciones, Sección de Derecho, Reales, a nombre de Vicente Arvizil Membreño. Fecha de la Subasta: treinta de Mayo a las diez de la mañana del año en curso. Ejecutante: Compañía General de Fianzat S.A. GEFISA.- Ejecutado: Vicenta Arrizó Membreito. Base de la Subasta: Setenta mil Córdobas. C$70.000.00

Posturas: Estricto contado.

Dado en el Juzgado Cuarto Civil del Distrito de Managua a los cuatro días del mes de Abril de mil novecieruos noventa y siete.- Dr.- Medardo Mendoza Yescas.- heZ

Cuano Civil del Distrito de Manaeua.- 3-3

Reg. No. 3227 - M. 042296 - Valor CS 135.00

Diez de la mañana del treintiuno de Mayo de mil novecientos noventa y siete. subastarse al mejor postor Finca disnea ubicada en la Comarca Trollo del Municipio de León, Departamento de León, descrita con las siguientes descripciones: Finca rústica con una extensión de quince manzanas comprendida dentro de los siguientes linderos:

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25-04-97 LA GACETA - DIARIO OFICIAL

me: Cooperativa Luis Téllez. Sur: Matilde Sánchez, te: Cooperativa Luis Téllez, Oeste: Danilo Núñez, inscrita n el Número Dos quinientos cuarenta y seis, Asiento ento setenta, Folios Treinta y nueve y Cuarenta y seis, )r(10 : Cuatrocientos cuarenta y seis, guión cuarenta y

Fase de la Subasta: Setenticinco mil cuan lentos veint seis Córdobas con cincuenta centavos. (CS 75,426.50)

Ejecuta: Banco del Campo Sociedad Anónima.

Ejecutado: Julio César Balladares Botados.

osturas: Estricto contado

Dado cn el Juzgado Tercero Civil de Distrito de *Managua, a los once días del mes de Abril de mil novecientos noventa y siete.- Testado- Asiento-no vale.- enmendado-cric-valen:- Dra. Vida Benavente Prieto.- Abogado y Juez Tercero Civil del Distrito de Managua.- X. Almanza H.- Secretaria.-

3-3

Dado en el Juzgado Local Unico de Nandasmo, a los quinct días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Socorro López Pérez.- Juez Local Unice Nandasmo.- Ellieth Muñoz Rarnos.- Secretaria.- Juzgado. de Nandasmo.- 3-1

Reg. No. 2870 - M. 8036664 - Valor Cb 40.00

Paula Antonia Silva Roa y Johnny Ertrique Cardón Cardón, solicitan Título Supletorio de Inmueble Rústico en Comarca Calle Los Besos, jurisdicción de Nagarote Departamento de León. dentro de los siguientes linderos: Norte: Carmelo Solís y Pascuala Ordeñana; Sur: Río Nandayosi de por medio. Andrés Sánchez: Este: María Sánchez: Oeste: Iglesia San José.-

Opónganse.-

Juzgado Prirnero Civil de Distrito León, catorce de Marzo de mil novecientos noventa y siete.- Socorro García L. Sria.- 3-1

TITULOS SUPLETORIOS Reg. No. 2871 - M. 814995 - Valor CS 72.00

Reg. No. 2660 - ?vi. 12032744 - Valor CS 72.00

Augusto Pérez Huete, solicita Título Supletorio en su calidad de Alcalde Municipal de Pueblo Nuevo de un Lote de Terreno ubicado en Pueblo Nuevo lindando Norte: Rodolfo Alfaro: Sur: calle en medio Parque: Este: Pedro Morales; Oeste: Salvador Irías Soza.-

Oponease legalmente.-

Juzgado de Distrito Civil. Estelí, diecisiete de Marzo de mil aovecientos noventa y siete,- R. Yadira Torres M.- Sria.-

3-1

Reg. No. 2847 - M. 12038786 - Valor CS 72.00

El señor Gregorio García Mercado, se ha presentado a cite Juzgada Título Supletorio de ima propiedad situada en Vista Alegre, jurisdicción de Nandasmo, Departamento de Masaya. dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Luisa Pérez, doscientos veintiseis punto once metros; Sur: Angela Pérez, doscientos setenta y tres punto setenta y ocho metros; Este: camino en medio, Beatriz García, cincuenta y cinco punto diez metros y Oeste: Desfiladero de la LagU113 de Masaya.-

La persona que crea tener algún derecho sobre el Inmueble deslindado, se le cita para que en el término de ley concurra a este Juzgado a alegarlo.-

Flor de María Rostrán Molina, en representación del Intimo Nacional Tecnológico "INATEC", solicita Título Supletorio de un inmueble rural situado en el costado Sur del Reparto La Bananera de la ciudad de El Viejo, con los siguientes linderos: Norte: carretera en medio Pedro Leiva Jarquín; Sur: Genaro Ulloa Medina; Este: camino enmedio, Hernán Conéz Deshón; Oeste: Hospital José Rubí.-

Opónganse.-

Juzgado Segundo de Distrito para lo Civil y Laboral. Chinandega, uno de Abril de mil novecientos noventa y siete.- L. de Sandoval.- Sría.- 3-1

Reg. rvo. 2s72 - M. 038506 - Valor CS 72.00

Daniel Zeledón 4..irerm sollítía Supletorio de un Lote de Terreno ubicado ,tr ,1 Comarca San Ra111611

jurisdicción de Condega, lindando Norte: área pública y William Antonio Calderón y Asunción Gómez; Sur: Asunción Gómez y Roberto Ramírez, quebrada en medio; Este: Jerónimo Zelaya, Oeste: Tobillas y Aristidcs Peralta, Cipriano Hernández y Marcela Ruíz.-

Opóngase legalmente.-

Juzgado de Distrito Civi Este ›d-ecmueve de tvlarzo de

1825

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL -04-97

novecientos noventa y siete.- Rosa Yadira Tórres M.- 3-1

Reg. No. 2890 - M. 038795 - Valor C$ 72.03

Howard Hodgson, solicita Título Supletorio de .- %:3 rústica, sita en Nandasmo, en el lugar conocido como

a". - 011a de Barro", con un área total de 19,683.51 metros nadrados, y linderos: Nene, María Arias y Ernesto López;

Heliodoro Mendieta y Gonzalo Córdoba; Oriente, u ltra y Antonio López, y Poniente, callejón público de

a Nandasmo, herederos de Albino Fuentes, sin nenuicio de quien tenga derecho preferencial.

Opóngase

l...raido Civil de Distrito. Masaya, dos de Abril de mil

novecientos noventa y siete.- E. Giovanni Galán S.- Secretario. - 3-1

77

Opónganse en el término legal.-

Dado en el Juzgado Local Civil a los veinte días del mes de Marzo de mil noveciemos noventa y siete, las ocho de la mañana.- Lic. Luis Alberto Sáenz Chavarría, Juez Local Civil. Matagalpa.- Fátima Blandón Granados. Sria.-

3-1

SENTENCIA DE DIVORCIO

Reg. No. 3290 - M. 042906 - Valor CS 24.00

Por Sentencia de las once y quince minutos de la mañana del dieciocho de Octubre de mil novecientos noventa y seis, se declaró disuelto el vínculo matrimonial de los señores Hermógenes Palacios Román y María Lissette Mo-rales Morales. Tribunal de Apelaciones de Managua, Sala de lo Civil.- Dra. Perla M. Arróliga B.- Secretaria.-

DECLARATORIAS DE HEREDEROS

Reg. No. 2998 - M. 037949 - Valor CS 72.00

Luis Armando Rodríguez Cruz, solicita Titulo Supletorio de una casa y solar ubicado en el Barrio Elías Moncada de esta ciudad, lindando Norte: Gilberto Silva y Camilo Marcial Gómez Lópe,, Sur: Alicia Odilí Rodríguez Cruz; Este: Noel Velásquez; y Oeste: calle de por medio Familia Silva.-

Opóngase legalmente.-

Juzgado de Distrito Civil. Estelí, ocho de Abril de mil novecientos noventa y siete.- R. Yadira Tórres.- Sria.-

DEMANDA OTORGAMIENTO DE ESCRITURA

Reg. No. 3450 - M. 042764 - Valor C$ 24.00

Manuel Trinidad Flores Vásquez, solicita decláresele Heredero de la Sra. Rosa Flores Vásquez como Cesionario de la Sra. Juliana Marcela Espinoza Flores. Bienes, Derechos, Acciones.

Oponerse.

Juzgado Civil Distrito. Granada, veintidos de Abril de mil novecientos noventa y siete.- Adriana María Cristina Huete López - Juez Civil de Distrito de Granada.- Henar& Cruz.- Sria.- 1

Reg. No. 3451 - M. 042763 - Valor CS 24.00

Reg. No. 2845 M. 12038787 - Valor CS 72.00

Eusebia Arvizú Guzmán. Demanda a Leopoldina María Anuilar de Monzón. otorgamiento de escritura, de un terreno ubicado en La Comarca Los Lipes de éste Departamento, de manzana y media y doscientas setenta

dos varas cuadradas de extensión superficial comprendida dentro de los siguientes linderos: Norte; Rosario de Rodríguez; Sur: Alcides Rodríguez Blandón; Este: Carretera de por medio y Oeste: Francisco Javier Sáenz Zeledón, por la cantidad de C$ 1,000.00.-

Silvio Castillo González, solicita en unión con sus Hermanos: Lorenza del Carmen, Diego Manuel, Fernando Agustín, y Rosa Argentina, todos Castillo González declararse Herederos de todos los bienes, derechos y acciones que al fallecer dejare su difunto padre Simón Agustín Castillo Rizo, sin perjuicio de la porción conyugal que correponde a la Sra. Rosa González, y sin perjuicio de quien tenga mejor o igual derecho.-

Oponerse.-

Juzgado Civil de Distrito. Masaya, veinticuatro de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- E. Giovanni Galán S.-Secretario.-

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2 -04-97 LA GACETA DIARIO OF C

Reg. No. 3452 - NI. 018203 - Valor C$ 45.00

Alejandro Alfonso Ramírez Callejas, mayor de edad. Casado, Economista y de este domicilio, solicita que se declare Heredero de todos los bienes, derechos y acciones que al morir dejó su padre Gerónimo Alejandro Ramírez González. a sus hijos: Alejandra Alfonso Ramírez Callejas, Gloria de tos Angeles Ramírez Callejas de Argüello, Marta Azucena Ramírez Callejas de Restrepo, Claudia Teresa Ramírez Callejas de Kettel, y Alfonso Ramírez callejas.-

Interesados Oponerse en el término de Ley.-

Dado en el Juzgado Primero Civil de Distrito de Managua, a los diecisiete días del mes de Abril de mil novecientos noventa y siete.- Corregidos: L-I-valen.- Dra. Yelba Aguilera Espinoza.- Juez Primero Civil de bistrito de Managua.- Olinda Ramírez.- Secretaria.-

Reg. No. 3453 - M. 11032675 - Valor C$ 24.00

Sara María Bolaños Morales, solicita deciarásele Heredera Universal de todos los bienes, derechos y acciones que dejó al morir su esposo Ronaldo Gallegos Tórres.

Opónganse.-

Juzgado Unico Distrito. Rivas, Abril tres, mil noveciento noventisiete.- Norma Castillo.- Sria.-

1

Reg. No. 3454 - M. 042741 - Valor C$ 24.00

María Elena Castillo Viuda de Suárez, solicita sea declarada Unica y Universal Heredera de todos los bienes, derechos y acciones que al morir dejara su esposo, el señor Ernesto Suárez Leytón.-

Interesados oponerse dentro del término legal.-

Dado en el Juzgado Primero de Distrito del Crimen y Civil por Ministerio de ley. Matagalpa, diez de Abril de mil novecientos noventisiete_ Dra Eveling González Betancourt. Juez Primero de Distrito del Crimen y Civil por Ministerio de Ley. Matagalpa.- Mercedes Chavarría Gámez.- Sria.

Reg. No. 348 - M. 001789 - Valor C$ 135

ACUERDO No. 0017-96

CONSIDERANDO

1 Que el Señor Carlos José López M. mayor edad, casado, Abogado y de éste domicilio en caráct er en

Apoderado de la Sociedad Arango Software, S.A. Goa

domicilio en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, ha presentado a éste despacho solicitud de los Derecho'

de Autor y Registro del siguiente Programa de Ordem ete Titulado:

Un Programa Titulado Pro * Banks

II Que conforme a Derechos fueron publicados los carteles correspondientes según "La Gaceta" Diario Oficial, No. 206, del Jueves 31 de Octubre; No. 215 del Miércoles 13 de Noviembre y No. 224, del Martes26 de Noviembre, todas del año mil novecientos noventa y seis, no habiéndose presentado ninguna oposición conforme a La Ley.-

Por Tanto

El Ministerio de Educación en uso de sus facultades,

Resuelve

Unice: Apruébase y Regístrese los Derechos de Autor del Siguiente Programa de Ordenador, del Señor Carlos José López M. Copíese, Notifíquese y Archívese. Managua, trece de Enero de mil novecientos noventa y siete.- Dr. Victor Manuel Espinoza Pao. Asesor Jurídico del Ministro.- 3 -3

Reg. No. 2785 - M. 037943 - Valor CS 72.00

La Señora María Ethel Martínez Webster. Licenciada en Ciencias de la Educación, mayor de edad, casada, de nacionalidad Nicaragüense y del domicilio de Managua, en su propio nomino- ha presentado a éste Despacho solicitud de Derechos de Autor y Registro de una Obra Titulada:

"Introducción al Estudio de la Lengua Miskita" FE DE ERRATAS

En Gaceta No. 72 del 18 de Abril de 1997, se omitió la publicación del Reg. No. 348 Derechos de Autor con 3-3 y Reg. No. 2785 Derechos de Autor con 3-3

Quien se crea con Derechos, Opónganse en el Término Legal.-

Ministerio de Educación, veinte de Marzo del año de mil novecientos noventa y siete.- Dr.. Víctor Manuel Espinoza Pao. Asesor Jurídico del Ministro.- 3 -3

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