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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 5 DE AGOSTO DE 2011 No. 1154 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Desarrollo Social Resultados de los trabajos seleccionados del Concurso de iniciativas ciudadanas comunitarias para la promoción cultural y la comunicación social alternativa 2011 3 Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal relativa al predio ubicado en: Morelia No. 83 Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc 7 Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal relativa al predio ubicado en: Coras No. 340, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán 11 Secretaría de Protección Civil Aviso por el cual se da a conocer 01 procedimiento de la Dirección de Administración 14 Delegación Álvaro Obregón Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Obras Públicas Delegacional 15 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS Consejería Jurídica y de Servicios Legales.- Licitación Pública Nacional Número LPN/GDF/CJSL/DEA/SRM/04/11.- Adquisición de caja de cartón 28 Delegación Benito Juárez.- Licitaciones Públicas Nacionales Números 30001118-012-11 y 30001118-013-11.- Convocatoria: 010 (Local).- Construcción de escuela secundaria para trabajadores y centro de desarrollo infantil 29 SECCIÓN DE AVISOS Cotecna Services de México, S.A. de C.V. 31 Continúa en Pág. 2

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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal

DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 5 DE AGOSTO DE 2011 No. 1154

Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Desarrollo Social

♦ Resultados de los trabajos seleccionados del Concurso de iniciativas ciudadanas comunitarias para la promoción cultural y la comunicación social alternativa 2011 3

Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda

♦ Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal relativa al predio ubicado en: Morelia No. 83 Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc 7

♦ Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal relativa al predio ubicado en: Coras No. 340, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán 11

Secretaría de Protección Civil

♦ Aviso por el cual se da a conocer 01 procedimiento de la Dirección de Administración 14

Delegación Álvaro Obregón ♦ Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Obras Públicas Delegacional 15

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

♦ Consejería Jurídica y de Servicios Legales.- Licitación Pública Nacional Número LPN/GDF/CJSL/DEA/SRM/04/11.- Adquisición de caja de cartón 28

♦ Delegación Benito Juárez.- Licitaciones Públicas Nacionales Números 30001118-012-11 y 30001118-013-11.- Convocatoria: 010 (Local).- Construcción de escuela secundaria para trabajadores y centro de desarrollo infantil 29

SECCIÓN DE AVISOS

♦ Cotecna Services de México, S.A. de C.V. 31

Continúa en Pág. 2

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2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

Índice

Viene de la Pág. 1

♦ Martoni de México, S.A. de C.V. 33

♦ Operadora Lpq, S.A. 34

♦ Grupo Viaducto, S.A. de C.V. 35

♦ Grupo Napolis, S.A. de C.V. 35

♦ Tire Movimientos Comerciales, S.A. de C.V. 36

♦ 1500 Construcciones, S. A. de C. V. 37

♦ Audio Ingenio, S.A. de C. V. 38

♦ Grupo Ronago, S.A. de C.V. 38

♦ Edictos 39

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3

 

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL MARTÍ BATRES GUADARRAMA, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los artículos 87, 89 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 Fracción VI, 16 Fracciones III, IV y VII y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 10 fracción IV, 32, 33, 35, 39, 40 y 41 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, 81, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; emito los siguientes:

RESULTADOS DE LOS TRABAJOS SELECCIONADOS DEL CONCURSO DE INICIATIVAS CIUDADANAS COMUNITARIAS PARA LA PROMOCIÓN CULTURAL Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL ALTERNATIVA

2011

De conformidad con lo establecido en las Bases del Concurso de Iniciativas Ciudadanas Comunitarias para la Promoción Cultural y la Comunicación Social Alternativa 2011, publicadas el día 24 de junio del año en curso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se dan a conocer los trabajos aprobados por el Comité Evaluador. El Comité Evaluador, con base en el techo presupuestal , aprobó los trabajos que mejor se ajustaron a los requisitos establecidos por la Convocatoria del Concurso de Iniciativas Ciudadanas Comunitarias para la Promoción Cultural y la Comunicación Social Alternativa 2011, dirigido a individuos, grupos o colectivos que desarrollen trabajos de promoción cultural o comunicación social alternativa que se lleven a cabo en barrios, comunidades, colonias y pueblos de la Ciudad de México y/o fomenten el ejercicio de los derechos sociales, económicos y culturales, el derecho a la expresión y la información, así como la participación ciudadana, el desarrollo social, la democracia, la no discriminación, la equidad social y de género, los derechos de las mujeres, de los pueblos indígenas y la comunidad LGBTTTI. Con fundamento en lo anterior se aprobaron, los siguientes trabajos: CATEGORÍA: PROMOCIÓN Y FOMENTO CULTURAL EN COMUNIDAD

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO

JESUS FLORES MARMOLEJO ARAGÓN ES MOVIMIENTO $30,000.00 LAURA OSORIO NOVOA CINE PARA TODOS $30,000.00 LUIS ANTONIO SÁNCHEZ GALICIA

RADIO COMUNITARIA PARA EL DESARROLLO SOCIAL VECINAL

$15,000.00

LEYDA DENISSE RESENDIZ MORALES

TALLER INFORMATIVO Y DE TRABAJO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

$15,000.00

MIRIAM MANJARREZ ÁNGELES CINEGAM $10,000.00 COLECTIVO RICARDO FLORES MAGÓN JALALPA

RADIO COMUNITARIA PROYECTOS CULTURALES

$10,000.00

PERLA GRISEL SÁNCHEZ FEREGRINO

FORMACIÓN CULTURAL DE APERTURA A LA DIVERSIDAD SEXUAL

$10,000.00

SILVINO ALBERTO RIVERA VILLARRUEL

PROGRAMA INTEGRAL COMUNITARIO DE COMBATE A LAS ADICCIONES Y RECUPERACIÓN SOCIAL

$10,000.00

MUJER OVILNAMIKILISTLI SUEÑOS Y MANOS CREATIVAS $10,000.00 CAROLINA HUITRON HERNÁNDEZ

PERIODICO MURAL COMUNITARIO $10,000.00

ABRIENDO HORIZONTES SEMBRANDO CONCIENCIA PARA LA EQUIDAD Y EL EJERCICIO DE NUESTROS DERECHOS

$10,000.00

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4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

 

YAOCIHUATL LECTURA EN VOZ ALTA, CUENTA CUENTOS Y REDACCIÓN

$10,000.00

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO

ARCHIVOS Y MEMORIAS DIVERSAS

IV SEMINARIO HISTÓRICO LGBTTTI MEXICANO "DISTINTAS MIRADAS HACIA UN PASADO EN COMÚN"

$6,000.00

JUAN CARLOS NAJERA OSORIO RADIO PARED $5,000.00 HUGO GIOVANNI AGUIRRE TORRES

RADIO HISTORIAS $5,000.00

CATEGORÍA: PUBLICACIONES

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN O COLECTIVO

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO

GERARDO HERNÁNDEZ MERINO

HAY DISTINTAS FORMAS DE VIVIR NUESTRA SEXUALIDAD

$30,000.00

MAYRA JANET NAVA ULLOA MI PUEBLO $30,000.00 ISRAEL DÍAZ ROMERO DERECHOS HUMANOS $20,000.00 CIHUATLALPAN MUJER DE TIERRA FIRME

MANOS ARRIBA, OJOS ABIERTOS, QUE MIS DERECHOS SON PRIMERO

$10,000.00

ÑU NQUI CHIBI

GA MAÑANGÜI GA JÖI HÑAHÑU, TUHU GA TZI JA GA NZÖIA "EL MISTERIO DE LA TIERRA OTOMI, CULTIVA EL ESPIRITU DEL HOMBRE"

$10,000.00

EL TELAR REVISTAEXPRÉS, CAFÉ ARTE Y CULTURA $10,000.00 OSCAR AGUILAR ZAMUDIO PARA PREVENIR… SABER ES UN DERECHO $10,000.00 VIRIDIANA SÁNCHEZ SÁNCHEZ TEXTILES DE MI GENTE $10,000.00 JOSÉ JAIR AGUILAR FUENTES TRADICIÓN DE MUERTOS $5,000.00 DIEGO ALEXIS AGUILAR SILIS REVISTA LA ILAMA $5,000.00 MARTIN MARLON PEREZ VILLAGOMEZ

MIS ANCESTROS MI FAMILIA MIS HIJOS $5,000.00

ALMA LETICIA NARVÁEZ PICHARDO

VIVE PLENITUD, CONOCE TUS DERECHOS $5,000.00

CATEGORÍA: RADIO

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO

LA COPERACHA RADIO RUMBO COOPERATIVO $15,000.00 COMUNICADORES DEL ASFALTO

MIGRANTES INDIGENAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO LOS MAS PRIMEROS CAMINAN EN LA METROPOLI

$10,000.00

ANGEL ARMANDO SUSUNAGA JARVIO

MARCHA DE LAS PUTAS $10,000.00

SERGIO GUSTAVO SÁNCHEZ NAVARRO

FRAGMENTOS LITERARIOS

$10,000.00

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5

 

 

MIRIAM GODINEZ BUSTOS ENTREMÉS. ICONOS DE AZCAPOTZALCO $10,000.00 COLECTIVO RAFAEL MALDONADO Y GEORGINA CABRERA

CONOCE Y AMA A TU CIUDAD $10,000.00

AURORA SANCHEZ HERRERA SONORIZANDO IDEAS $5,000.00 CATEGORIA: CINE, T. V. Y VIDEOS DOCUMENTALES

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO

COMUNICACIÓN CONTRA EL PODER

COMUNICACIÓN CONTRA EL PODER $15,000.00

FUNDACION CULTURAL INDEPENDENCIA 2

VASO DE AGUA $10,000.00

ROSA ISELA ÁLVAREZ SÁNCHEZ PINTA TU ESPACIO $10,000.00 COMAL (COMITÉ ORGANIZADOR DE LA MARCHA LÉSBICA)

VIDEO DOCUMENTAL DE LA 5a. MARCHA LÉSBICA MÉXICO, 2011, LESBIANAS GUERRERAS, SEMBRANDO DIGNIDAD

$10,000.00

JOSE JUAN SOTO RAMÍREZ MUJERES DE ARENA $10,000.00 MOVEARTE COMIDA EN LA CALLE UNA EXPERIENCIA

DEL COMEDOR PUBLICO CHIN CHA CHOMA

$5,000.00

CATEGORÍA: NUEVAS TECNOLOGÍAS

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

NOMBRE DEL TRABAJO PRESENTADO MONTO APROBADO

SUHEILY PERERA RODRÍGUEZ PORTAL DE COMUNICACIÓN ALTERNATIVA "RADIO CHINELO"

$15,000.00

JULIO CESAR MUÑIZ FLORES DEL CORAZÓN DEL PUEBLO $15,000.00 SCANBIT COMUNIDAD SCANBIT: ALGO MÁS QUE UN

BLOG SOBRE TECNOLOGÍA. $5,000.00

GRUPO ECOS ECOSMEDIA, SIN INFORMACIÓN NO HAY ACCIÓN, REVISTA ELECTRÓNICA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL

$5,000.00

Comité Evaluador del Concurso de Iniciativas Ciudadanas Comunitarias para la Promoción Cultural y la Comunicación Social Alternativa 2011. Guillermo Baltazar Rodríguez Responsable de Comunicación de la Secretaría de Desarrollo Social José Eduardo Rincón Gutiérrez Colectivo Arte Nativo

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6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

Jorge Aguilera Cercado Enlace de Comunicación del Instituto de Asistencia e Integración Social Jovany Avilés Villa Coordinador de Proyectos del Circo Volador, A. C. Mtro. Juan Gerardo López Hernández Coordinador de Comedores Comunitarios de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal José Luis Santos Calderón Secretario Particular de la Secretaria de Desarrollo Social Benjamín González Pérez Central del Pueblo A. C. Silvestre Cárdenas Rivera Arte Conciente en la Fama Lic. José Rodrigo Ávila Carrasco Comunicación Alternativa y Medios de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social Salvador Pérez Cedillo Director de Radio por Internet, Planeta 2013.tv Radio Web

TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese el presente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México Distrito Federal, a 4 de agosto de 2011

SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL

(Firma)

___________________________________ LIC. MARTÍ BATRES GUADARRAMA

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7

 

Folio: SEDUVI-SITE: 6902-110DOJO11 Ubicación: Morelia No. 83

Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc

En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cuatro días del mes de mayo de 2011.

El ARQ. FELIPE LEAL FERNÁNDEZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I y IV de la Ley de Orgánica de la Administrativos del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, emite el siguiente: RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.

ANTECEDENTES 1.- Con fecha 21 de febrero de 2011, el ciudadano Ciro Domínguez Domínguez como copropietario acreditado mediante escritura No. 8,219, inscrita en el Registro Público de la Propiedad con folio real No. 480972, solicitó ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda el cambio de uso del suelo con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal para el predio ubicado en la calle Morelia No. 83, colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, solicitud que quedó registrada con el número de folio SEDUVI-SITE 6902-110DOJO11 con una superficie de terreno de 196.00 m2, para el uso del suelo de venta de productos manufacturados (acrílicos) en una superficie ocupada por uso de 65.00 m2 de construcción, con una zonificación actual de H4/20/M (Habitacional, 4 niveles de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad Media: Una vivienda por cada 50.00 m2 de la superficie total del terreno), donde el uso de suelo solicitado se encuentra prohibido. 2.- Dentro de los documentos que presentó el interesado anexo a su petición, se encuentran losa siguientes:

a) Escritura No. 8,219 de fecha 27 de mayo de 1988, otorgada ante la fe del licenciado Francisco Xavier Arredondo Galván, Notario Público No. 173 en la Ciudad de Toluca, Estado de México, se hace constar la compra-venta que celebra por una parte la señora Beatriz Elena Bolaños Viuda de Mondragon, vende a favor de los señores Arturo Benitez García y Ciro Domínguez Domínguez; quienes compran y adquieren para si el 100% de los derechos de copropiedad que le corresponden los Enajenantes respecto de la finca urbana número ochenta y tres de la calle de Morelia, en la colonia Roma Norte y terreno que ocupa que es la fracción del lote ciento cincuenta y ocho de la manzana trece en la colonia Roma Norte de la Ciudad de México, Distrito Federal, con una superficie de terreno de 196.00 m2, inscrita en el Registro Público de la Propiedad con folio No. 480972 de fecha 26 de septiembre de 1988.

b) Constancia de Alineamiento y Número Oficial folio 81 de fecha 25 de enero de 2011, emitido por la Delegación

Cuauhtémoc, el cual establece que el inmueble se encuentra fuera de una zona histórica, ubicado en una zona patrimonial, sin afectación ni restricción alguna.

c) Certificado Único de zonificación de Uso del Suelo folio 4335-181GAMA11 de fecha 09 de febrero del 2011, el

cual determina que al inmueble de referencia le aplica una zonificación H/4/20/M (Habitacional, 4 niveles de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad Media: Una vivienda por cada 50.00 m2 de la superficie total del terreno).

d) Identificación oficial del propietario mediante su credencial para votar folio 0000010580931.

e) Memoria descriptiva del proyecto solicitado y

f) Reporte fotográfico del predio y del área de estudio.

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8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

3.- Que con fecha 3 de mayo de 2011, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitió Dictamen por el cual se determinó procedente que el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, resuelva cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Cuauhtémoc vigente, en los términos solicitados por el particular, para el predio señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el punto Segundo de dicho dictamen, así como al cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano resulten aplicables.

CONSIDERANDO

I.- Que de conformidad y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV, X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, 50 fracciones XV y XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal; es competente para resolver la solicitud de autorización del cambio de uso del suelo presentada por el ciudadano Ciro Domínguez Domínguez, para el predio señalado. II.- Que con fecha 3 mayo de abril de 2011, el Director General de Desarrollo Urbano, Arq. Gerardo Sigg Calderón, asistido por el Director de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, D.A.H. Víctor Manuel Castañeda Saldívar, emitieron el Dictamen Técnico por el cual se dictamina procedente que el Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Arq. Felipe Leal Fernández, resuelve cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Cuauhtémoc vigente, para permitir el uso de Industria / Producción manufacturera en general / Venta de productos manufacturados en acrílico en una superficie ocupada por uso de 65.00 m2 de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación H4/20/M (Habitacional, 4 niveles de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad Media: Una vivienda por cada 50.00 m2 de la superficie total del terreno), para el predio ubicado en la calle Morelia No. 83, colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc. III.- Que la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, deberá atender los principios estratégico de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. IV.- Que el procedimiento previsto en los artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15, 16 y 17 de su Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contraviene en disposiciones de orden público e interés general, y que en su prosecución interviene un menor número de autoridades, circunstancias que lo hace compatible con el principio estratégico de simplificación, agilidad y economía previsto en el artículo 12, fracción VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. V.- De conformidad con lo previsto por el artículo 42 fracciones I, II incisos a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal por conducto de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la documentación presentada por el ciudadano Ciro Domínguez Domínguez, para permitir el uso del suelo de venta de productos manufacturados (acrílicos) en una superficie ocupada por uso de 65.00 m2 de construcción.

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9

 

V.- En mérito a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 14 de su Reglamento fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que integran el expediente en que se actúa, para permitir en el predio ubicado en la calle Morelia No. 83, colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, el uso del suelo para venta de productos manufacturados (acrílicos) en una superficie ocupada por uso de 65.00 m2 de construcción; entendiéndose por uso, los fines particulares a que podrá dedicarse determinada zona o predio de la ciudad, mismo que se encuentra contemplado en la Tabla de Usos del Suelo del mencionado Programa Delegacional, siendo congruente con los objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano enfocados a impulsar la actividad económica del suelo urbano, coadyuvando el desarrollo económico en grupos de actividad comercial y de servicios, impulsando proyectos que generen y consoliden empleos, así como incrementando la inversión sostenida, generadora de bienestar, mejorando los servicios, optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de quienes habitan y trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad de vida de la población, así como los contenidos en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para Cuauhtémoc vigente, que plantean la consolidación de la diversidad de usos del suelo, manteniendo y mejorando los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, los cuales permitan el arraigo de sus habitantes, además de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera procedente autorizar el cambio de uso del suelo solicitado, por lo que es de resolverse y se:

RESUELVE Primero.- Se autoriza y se permite el cambio de uso del suelo para Comercio / Comercio al por menor / Comercio vecinal de productos básicos, de uso personal y domestico/ venta de productos manufacturados en acrílico en una superficie ocupada por uso de 65.00 m² de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación H4/20/M (Habitacional, 4 niveles de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad Media: Una vivienda por cada 50.00 m2 de la superficie total del terreno), para el predio ubicado en la calle Morelia No. 83, colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc; solicitado por el ciudadano Ciro Domínguez Domínguez como copropietario, mediante la solicitud registrada con el número de folio SEDUVI-SITE: 6902-110DOJO11 con una superficie de terreno de 196.00 m2.

Segundo.- El cambio de uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Cuauhtémoc vigente, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

a) Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento requerido por la normatividad vigente; no obstruir la vía pública; no provocar congestionamiento vial; no arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos ni utilizar materiales peligrosos; no emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, presentar el Programa de Protección Civil a las autoridades de la Delegación, atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal vigente y a lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal y sus Normas Complementarias; la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, así como con las demás Leyes Reglamentos en la materia.

Tercero.- La presente Resolución Definitiva no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia. Cuarto.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscríbase en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de conformidad con el artículo 10 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, una vez que se acredite el pago de los derechos a que se refiere el artículo 242 del Código Fiscal del Distrito Federal; exento del mismo, de acuerdo a la Resolución de Carácter General mediante la cual se exime de pago de los derechos que se indican, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 4 de octubre de 2010 y de conformidad con los oficios números SF/TES/SAT/1358/2010 de fecha 12 de noviembre de 2010, suscrito por el titular de la Subsecretaría de Administración Tributaria y oficio número SF/PFDF/SLC/SIPJ/2010 904 de fecha 18 de noviembre de 2010, suscrito por el Subprocurador de Legislación y Consulta, ambos de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad y de Comercio de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, informando que el particular solicitará su debida inscripción a ese Registro, previo pago de derechos.

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10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

Quinto.- Notifíquese personalmente al propietario y/o al promovente mediante copia certificada de la presente Resolución Definitiva. Sexto.- Infórmese mediante oficio a la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal de esta Resolución Definitiva. Séptimo.- Una vez inscrita la presente Resolución Definitiva, el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano expedirá a petición del interesado, el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo, previo pago de derechos de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, una vez cumplidos los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto totalmente concluido. C Ú M P L A S E ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (Firma) ARQ. FELIPE LEAL FERNÁNDEZ

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11

 

Folio: SEDUVI-SITE 4385-110HEJO11 Ubicación: Coras No. 340, Colonia Ajusco,

Delegación Coyoacán. En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 8 días del mes de junio de 2011. El ARQ. FELIPE LEAL FERNÁNDEZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; emite la siguiente:

RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.

ANTECEDENTES

1.- Con fecha 3 de febrero de 2011, el ciudadano José Fernando Hernández Mora como propietario acreditada mediante

escritura No. 65,428, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio con folio real No. 103023, solicitó ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda el cambio de uso del suelo con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal para el predio ubicado en la calle Coras No. 340, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán, solicitud que quedó registrada con el número de folio SEDUVI-SITE 4385-110HEJO11 con una superficie de terreno de 385.21 m², para el uso del suelo de escuela secundaria en una superficie ocupada por uso de 235.00 m² de construcción, con una zonificación actual de HC/3/30 (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 3 niveles máximos de construcción y 30% mínimo de área libre), donde el uso de suelo solicitado se encuentra prohibido.

2.- Dentro de los documentos que presentó el interesado anexo a su petición, se encuentran los siguientes:

a) Escritura No. 65,428 de fecha 13 de junio de 2002, otorgada ante la fe del Lic. Luis Alberto Perera Becerra, titular de la notaria 26 del Distrito Federal, hace constar la compraventa que celebran de una parte el profesor José Fernando Hernández Mora, en lo sucesivo “la parte compradora” y de otra los señores Julián Hernández Castillo y Micaela Romero Piña, en lo sucesivo “la parte vendedora”, del inmueble ubicado en la calle Coras No. 340, lote de terreno número dos, de la manzana cuarenta y cuatro, sección dos romano, colonia Ajusco, delegación Coyoacán, Distrito Federal, con una superficie de terreno de 385.21 m2, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio con el folio No. 103023 de fecha 5 de junio de 2003.

b) Constancia de Alineamiento y Número Oficial folio VU/2922 de fecha 30 de noviembre de 2010, emitido por la Delegación Coyoacán, el cual establece que el inmueble se encuentra fuera de una zona histórica, zona patrimonial, sin afectación y sin restricciones.

c) Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo folio 46269-182HEJO09 de fecha 17 de agosto de 2009, el cual determina que al inmueble de referencia le aplica una zonificación HC/3/30 (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 3 niveles máximos de construcción y 30% mínimo de área libre).

d) Identificación oficial del propietario mediante su credencial para votar folio 0000010023655.

e) Memoria descriptiva del proyecto solicitado y

f) Reporte fotográfico del predio y del área de estudio. 3.- Que con fecha 7 de junio de 2011, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitió Dictamen por el cual se determinó procedente que el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, resuelva cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Coyoacán vigente, en los términos solicitados por el particular, para el predio señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el punto Segundo de dicho dictamen, así como al cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano resulten aplicables.

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12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

CONSIDERANDO I.- Que de conformidad y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV, X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII, XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, 50 fracciones XV y XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver la solicitud de autorización de cambio de uso del suelo presentada por el ciudadano José Fernando Hernández Mora, para el predio señalado. II.- Que con fecha 7 de junio de 2011, el Director General de Desarrollo Urbano, Arq. Gerardo Sigg Calderón, asistido por el Director de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, D.A.H. Víctor Manuel Castañeda Saldívar, emitieron el Dictamen Técnico por el cual se dictamina procedente que el Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Arq. Felipe Leal Fernández, resuelva cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Coyoacán vigente, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos, profesionales y sociales / Servicios de capacitación, educación e investigación en general / Escuela secundaria en una superficie ocupada por uso de 235.00 m² de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación HC/3/30 (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 3 niveles máximos de construcción y 30% mínimo de área libre), para el predio ubicado en la calle Coras No. 340, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán. III.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, debe atender los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. IV.- Que el procedimiento previsto en los artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15, 16 y 17 de su Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contraviene en disposiciones de orden público e interés general, y que en su prosecución interviene un menor número de autoridades, circunstancias que lo hace compatible con el principio estratégico de simplificación, agilidad y economía previsto en el artículo 12, fracción VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. V.- De conformidad con lo previsto por el artículo 42 fracciones I, II incisos a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal por conducto de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la documentación presentada por el ciudadano José Fernando Hernández Mora como propietario, para permitir el uso del suelo de escuela secundaria en una superficie ocupada por uso de 235.00 m² de construcción. VI.- En mérito a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 14 de su Reglamento fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que integran el expediente en que se actúa, para permitir en el predio ubicado en la calle Coras No. 340, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán, el uso del suelo para escuela secundaria en una superficie ocupada por uso de 235.00 m² de construcción; entendiéndose por uso, los fines particulares a que podrá dedicarse determinada zona o predio de la ciudad, mismo que se encuentra contemplado en la Tabla de Usos del Suelo del mencionado Programa Delegacional, siendo congruente con los objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano enfocados a impulsar la actividad económica del suelo urbano, coadyuvando el desarrollo económico en grupos de actividad comercial y de servicios, impulsando proyectos que generen y consoliden empleos, así como incrementando la inversión sostenida, generadora de bienestar, mejorando los servicios, optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de quienes habitan y trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad de vida de la población, así como con los contenidos en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para Coyoacán vigente, que plantean la consolidación de la diversidad de usos del suelo, manteniendo y mejorando los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, los cuales permitan el arraigo de sus habitantes, además de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera procedente autorizar el cambio de uso del suelo solicitado, por lo que es de resolverse y se:

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13

 

RESUELVE Primero.- Se autoriza y se permite el cambio de uso del suelo para Servicios / Servicios técnicos, profesionales y sociales / Servicios de capacitación, educación e investigación en general / Escuela secundaria en una superficie ocupada por uso de 235.00 m² de construcción, además de los usos permitidos por la zonificación HC/3/30 (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 3 niveles máximos de construcción y 30% mínimo de área libre) vigente, para el predio ubicado en la calle Coras No. 340, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán; solicitado por el ciudadano José Fernando Hernández Mora como propietario, mediante la solicitud registrada con el número folio SEDUVI-SITE 4385-110HEJO11, en una superficie de terreno de 385.21 m². Segundo.- El cambio de uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Coyoacán vigente, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

a) Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento requerido por la normatividad vigente; no obstruir la vía pública; no provocar congestionamiento vial; no arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos ni utilizar materiales peligrosos; no emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, presentar el Programa de Protección Civil a las autoridades de la Delegación, atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal vigente y a lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal y sus Normas Técnicas Complementarias; la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, así como con las demás Leyes y Reglamentos en la materia.

Tercero.- La presente Resolución Definitiva no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia. Cuarto.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscríbase en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano de conformidad con el artículo 10 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, una vez que se acredite el pago de los derechos a que se refiere el artículo 242 del Código Fiscal del Distrito Federal; exento del mismo, de acuerdo a la Resolución de Carácter General mediante la cual se exime del pago de los derechos que se indican, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 4 de octubre de 2010 y de conformidad con los oficios números SF/TES/SAT/1358/2010 de fecha 12 de noviembre de 2010, suscrito por el titular de la Subsecretaría de Administración Tributaria y oficio número SF/PFDF/SLC/SIPJ/2010 904 de fecha 18 de noviembre de 2010, suscrito por el Subprocurador de Legislación y Consulta, ambos de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad y de Comercio de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, informando que el particular solicitará su debida inscripción a ese Registro, previo pago de derechos. Quinto.- Notifíquese personalmente al propietario y/o promovente mediante copia certificada de la presente Resolución Definitiva. Sexto.- Infórmese mediante oficio a la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal de esta Resolución Definitiva. Séptimo.- Una vez inscrita la presente Resolución Definitiva, el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano expedirá a petición del interesado, el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo, previo pago de derechos de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, una vez cumplidos los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto totalmente concluido. C Ú M P L A S E ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (Firma) ARQ. FELIPE LEAL FERNÁNDEZ

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14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL

Amado Rojas Ubaldo, Director de Administración en la Secretaría de Protección Civil, con fundamento en al Artículo 101-B, 18 y 9º Transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, numerales 4.4.4 y 4.4.10 de la Circular Uno 2007, “Normatividad en Materia de Administración de Recursos” de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con el Registro MA-3400015/07, emitido por el Coordinador General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal, emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER 01 PROCEDIMIENTO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

001 Procedimiento para la actualización y/o modificación de Manuales

TRANSITORIO

UNICO.-Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

México, D.F. a 29 de julio de 2009

Director de Administración

(Firma)

Amado Rojas Ubaldo

______________________________________

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15

 

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS DELEGACIONAL

LIC. EDUARDO SANTILLÁN PÉREZ.- Jefe Delegacional en Álvaro Obregón, con fundamento en los artículos 37 y 39 Fracciones VIII y XLV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Artículo 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y Artículos 19 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y en el Registro ME-02D01-01/11, emitido por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal, mediante oficio CG/CGMA/DDO/ 2386 /2011, de fecha 17 de Mayo de 2011, he tenido a bien expedir el siguiente:

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS DELEGACIONAL

INDICE

1. MARCO JURÍDICO 2. GLOSARIO 3. OBJETIVO 4. INTEGRACIÓN 5. FUNCIONES QUE SE DELEGAN AL SUBCOMITÉ

7. FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS INTEGRANTES DEL SUBCOMITÉ 8. DE LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES 9. DE LA PRESENTACIÓN DE LOS CASOS 10. FORMATO DE CASOS

1.- MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Expedición (D. O. 15-II-1917); Última Reforma (D.O. 24-VIII-2009).

Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; Expedición (D.O. 26-VII-1994); Última Reforma (D.O. 28-IV-2008).

LEYES

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; Expedición (D.O. 4-I-2000); Última Reforma (D.O. 28-V-2009).

Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; Expedición (G.O. 29-XII-1998); Última Reforma (G.O. 15-IX-2008).

6. ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL SUBCOMITÉ DE OBRAS

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16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

Ley de Protección Civil para el Distrito Federal; Expedición (G.O. 23-VII-2002); Última Reforma (G.O. 26-I-2009).

Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal; Expedición (G.O. 17-V-2004); Última Reforma (G.O. 30-XII-2009).

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; Expedición (D.O. 31-XII-1982); Última Reforma (D.O. 13-VI-2003).

Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Expedición (G.O. 29-XII-1998), Última Reforma (G O. 1-VII-2009).

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; Expedición (G.O. 8-V-2003); Última Reforma (G.O. 13-IV-2009).

Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; Expedición (G.O. 03-X-2008).

CODIGOS

Código Fiscal de la Federación; Expedición (D.O. 31-XII-1981); Última Reforma (D.O. 01-I-2010)

Código Fiscal del Distrito Federal; Expedición (G.O. 29-XII-2009).

REGLAMENTOS

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Expedición (G.O. 28-XII-2000); Última Reforma (G.O. 30-XI-2009).

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; Expedición (D.O. 20-XVIII-2001); Última Reforma

Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; Expedición (G.O. 30-XII-1999); Última Reforma (G.O. 10-VII-2009).

Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal; Expedición (G.O. 2/VIII/1993); Última Reforma (G.O. 29-I-2004). Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal correspondiente; Última Reforma (G.O. 31-XII-2009);

Normas de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal 31-VIII-2009

Normas Técnicas Complementarias; G.O. 06-X-2004

Reglas de Carácter General para hacer efectivas las fianzas otorgadas en los procedimientos y celebración de contratos para garantizar la participación y cumplimiento de los compromisos adquiridos ante las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal.

Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública; 7-XI-2003

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17

 

Este Marco Jurídico-Administrativo es enunciativo, más no limitativo y se ajustará de acuerdo a las disposiciones vigentes en la materia.

2. GLOSARIO

Para la Aplicación de este Manual se entenderá por:

Entidad Federativa:

El Gobierno del Distrito Federal.

Comité: El Comité Central de Obras del Distrito Federal. Subcomité: El Subcomité de Obras Públicas del Órgano-Político

Administrativo en Álvaro Obregón. Ley: Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. Ley Federal: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas. Reglamento: Reglamento de la ley de Obras Públicas del Distrito Federal. Reglamento Federal:

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Políticas: Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública.

Dictamen: Opinión que en forma colegiada emite el Subcomité respecto del asunto o asuntos sometidos a su consideración.

Sesión: Reunión de trabajo que celebra el Subcomité con el fin de tratar los asuntos relacionados con las obras públicas.

Casos: Son los documentos que contienen los asuntos de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas que serán sometidos a consideración de los miembros Subcomité para su evaluación y aprobación correspondiente.

Acta: Documento que contiene en orden cronológico la relación escrita de los aspectos sustantivos, las intervenciones de cada participante, así como los acuerdos del Subcomité, el cual es formalizado por los miembros que asistieron a la reunión.

Acuerdos: Resolución que en forma colegiada toman los integrantes del Subcomité sobre asuntos planteados en la sesiones.

Formatos: Documentos que tiene como objetivo demostrar en forma detallada los requerimientos de obra pública.

Unanimidad: Dicho de los integrantes del Subcomité, que convienen en un mismo parecer sobre los asuntos tratados en esa reunión.

Voto: Parecer de los miembros del Subcomité en relación a una decisión.

Órganos de Control:

Los dotados de atribuciones de fiscalización, control y evaluación de la gestión pública

3. OBJETIVO

De conformidad con lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, su Reglamento y demás normatividad, vigente, el Subcomité de Obras se establece para la toma de decisiones, emisión de dictámenes, generación de directrices y políticas internas en su respectiva competencia, los cuales tendrán como objetivo promover que las obras públicas se realicen de manera racional, óptima eficiente y transparente, y que cumplan con lo establecido en la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables. Asimismo el Subcomité se establece para promover la observancia de la normatividad aplicable en la materia, orientar y regular la planeación, programación, presupuestación, contratación, ejecución, control e información del proceso de la Obra Pública requerida por la Delegación, para el cumplimiento de las metas, objetivos y solicitudes que la sociedad demanda en la demarcación.

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18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

4. INTEGRACIÓN

4.1.- Para el debido cumplimiento de sus funciones y objetivos el Subcomité se integrará de la siguiente manera:

a) Un Presidente, que será el titular de la Delegación

b) Un Secretario Técnico, que será designado por el Presidente del Subcomité.

c) Vocales, que serán los titulares de cada unidad administrativa del nivel inmediato inferior al del presidente, cuyas funciones se vinculen con la materia, así como los titulares de las Unidades Administrativas de Administración y de Obras que integran la Delegación.

d) Dos Ciudadanos, que serán acreditados y designados en términos de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, quienes tendrán el carácter de Contralores Ciudadanos.

e) Asesores, que será un representante del Órgano de Control Interno en la Delegación.

f) Invitados, que serán: un representante del Comité Central de Obras del Distrito Federal y un representante de la Contraloría General del Distrito Federal, específicamente del área de la Dirección General de Contralorías Ciudadanas, así como los que designe el presidente del Subcomité.

El Presidente del Subcomité decidirá cuando se requiera la presencia de otros servidores públicos, los cuales tendrán el carácter de invitados

4.2.- DE LA VOTACIÓN

El Presidente del Subcomité tendrá voz y voto y en caso de empate, le corresponderá el voto de calidad.

Los Vocales y los Contralores Ciudadanos del Subcomité tendrán derecho a voz y voto.

El Secretario Técnico sólo tendrá derecho a voz.

Los Asesores e Invitados del Subcomité, solamente tendrán derecho a voz.

Los Integrantes podrán designar por escrito a sus respectivos suplentes, los que deberán contar con un nivel jerárquico inmediato inferior al del titular.

Las determinaciones y decisiones que se tomen serán por unanimidad o por mayoría de votos.

4.3.- DE LAS SUPLENCIAS.

Los integrantes del Subcomité de Obras podrán designar por escrito a sus respectivos suplentes, los que deberán contar con un nivel jerárquico inmediato inferior al del titular integrante.

En caso de ausencia del presidente, ésta será suplida por el servidor público que expresa y formalmente designe el mismo.

En ausencia del Secretario Técnico, el Presidente del Subcomité designará al sustituto para la sesión que corresponda.

En ausencia de los demás miembros del Subcomité, estos serán representados por sus respectivos suplentes.

Cuando asistan los miembros suplentes y se incorporen los titulares, el suplente podrá seguir participando en la sesión pero solo tendrá derecho a voz.

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19

 

5. FUNCIONES QUE SE DELEGAN AL SUBCOMITÉ

5.1 En materia de Normas.

5.1.1.- Difundir entre los miembros del Subcomité las normas vigentes en materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

5.1.2.- Realizar propuestas de modificación de normas que regulen las obras y servicios relacionados con las mismas, a las instancias competentes.

5.1.3.- Emitir su opinión respecto a proyectos de obras cuando le sea solicitada.

5.1.4.- Observar las políticas que defina el Comité Central, relativas a proyectos específicos que tenga la delegación.

5.1.5.- Aclarar las dudas que se presenten por parte de las áreas operativas de la delegación y dar solución a las consultas relacionadas con la obra pública y servicios relacionados con las mismas.

5.1.6.- Promover iniciativas para agilizar el marco legal que encuadra la obra pública y servicios relacionados con la misma.

5.1.7.- Dictaminar sobre la procedencia de los casos de excepción previstos en el artículo 63 de Ley y artículo 42 de la Ley Federal.

5.1.8.- Dictaminar sobre la procedencia de realizar convenios especiales, sujetándose a lo señalado en artículo 56 de la Ley.

5.1.9.- Verificar el estricto cumplimiento de las normas vigentes en materia de obra pública.

5.1.10.- Cumplir con las políticas y lineamientos establecidos por el Comité Central en materia de obra pública.

5.1.11.- Enviar a la Contraloría General el expediente de las empresas contratistas que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 37, fracciones III y IV de la Ley, para su limitación correspondiente.

5.1.12.- En su caso, comunicar al Comité Central los reportes de las empresas que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 37 de la Ley, de conformidad con el artículo 68 del mismo ordenamiento.

5.1.13.- Cumplir y difundir la ley, el reglamento y demás disposiciones aplicables; y

5.1.14.- Las demás que le confieran la ley, su reglamento y otras disposiciones aplicables en la materia.

5.2 En materia de organización.

5.2.1.- Organizar el Subcomité observando las normas y disposiciones legales, que establezcan la Ley, el Reglamento, el Comité Central y demás normatividad aplicable en la materia.

5.2.2.- Crear Subcomités Técnicos cuando se requiera, de estudios especializados para la toma de decisiones.

5.2.3.- Comunicar de manera formal a los integrantes del Subcomité, sobre la incorporación de nuevos integrantes con la modificación de los que se encontraban acreditados.

5.2.4.- Coordinar las acciones y atribuciones de los grupos de trabajo creados dentro del Órgano Colegiado.

5.2.5.- Las demás que determine el Presidente o el Pleno del Subcomité.

5.3 En materia de programación y presupuesto

5.3.1.- Conocer, analizar y revisar los programas operativos anuales de la delegación, así como su congruencia con el programa a mediano plazo.

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20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

5.3.2.- Difundir los lineamientos para la formulación e integración del programa de obras de la delegación, acordando lo relativo a su ejercicio.

5.3.3.- Promover que se programe oportunamente la licitación, contratación y ejecución de las obras, verificando que se lleven a cabo conforme a los lineamientos y procedimientos establecidos por la ley, su reglamento, por las Normas de Construcción del Gobierno del Distrito Federal y Reglas para la Construcción de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma, y por el Comité.

5.3.4.- Verificar que se mantenga actualizado el programa de obras.

5.3.5.- Promover acciones para la agilización de modificaciones al programa operativo anual, en su caso.

5.4 En materia de control y supervisión

5.4.1.- Supervisar el ejercicio del presupuesto de obras.

5.4.2.- Promover que se establezcan sistemas de control e información, adecuados a las políticas que defina el propio Subcomité.

5.4.3.- Verificar que se apliquen las limitaciones que se hagan acreedores los contratistas y empresas que incumplan la normatividad correspondiente.

5.4.4.- Establecer mecanismos para verificar que la adjudicación de los contratos se realicen conforme a la ley, su reglamento y los lineamientos marcados por el Comité, en su caso.

5.4.5.- Cuidar que se cumpla con las condiciones de pago que se establezcan en los contratos celebrados.

5.4.6.- Intervenir ante las áreas competentes para que se atiendan oportunamente las observaciones que emitan los diversos órganos de fiscalización.

5.4.7.- Establecer el seguimiento para que los acuerdos emitidos y los compromisos adquiridos en el Subcomité, sean cumplidos oportunamente.

5.4.8.- Las demás que determinen el presidente o el pleno del Subcomité de obras

5.5 En materia de capacitación

5.5.1.- Colaborar y asesorar en su caso al Subcomité de la delegación en los programas de capacitación que este señale, difundiéndolos y haciendo participar al personal de las áreas que correspondan. 5.6 En materia de información

5.6.1 - El Subcomité, deberá verificar que se informe con oportunidad de las obras que sean contratadas de conformidad al artículo 63 de Ley y artículo 42 de la Ley Federal.

5.6.2.- El Subcomité, deberá estar informado de los convenios adicionales o especiales que celebren evaluando su justificación e informar mensualmente al Comité.

5.6.3.- Solicitar la consulta respectiva ante el Comité de la información detallada respecto de aquellos proyectos de obras que presenten problemática en su ejecución o en la contratación, a efecto de solucionarla o adoptar las recomendaciones que considere procedentes.

5.6.4.- Informar al Comité de aquellos contratistas que hayan incumplido los contratos de obra que les fueron adjudicados.

5.6.5.- Informar oportunamente al Comité de la atención que las afianzadoras proporcionen a aquellas reclamaciones por incumplimiento de contratos que no son atendidas en forma diligente, generando problemas para que sean hechas efectivas.

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21

 

5.6.6.- Poner a disposición de los interesados el programa anual de obras públicas autorizado e informar al Comité.

5.6.7.- Enviar al Comité con toda oportunidad el calendario anual de sesiones aprobado por el Subcomité.

5.6.8.- Enviar al Comete el programa de obras autorizado, conforme a la normatividad establecida para el efecto.

6. ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL SUBCOMITÉ DE OBRAS

6.1 Corresponde al Presidente:

6.1.1.- Presidir las sesiones del Subcomité y emitir voz y voto de calidad, en caso de empate;

6.1.2.- Autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;

6.1.3.- Suscribir las convocatorias a sesiones extraordinarias;

6.1.4.- Someter a consideración del Pleno, el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;

6.1.5.- Conducir el desarrollo de las sesiones;

6.1.6.- Designar a los invitados del Subcomité, de ser el caso

6.1.7.- Las demás atribuciones que determine el Reglamento, el Comité Central, el Manual de Integración y Funcionamiento y otros ordenamientos legales aplicables.

6.1.8.- Presentar a la consideración del pleno el programa anual de obras del año correspondiente, en cuanto esté debidamente autorizado.

6.1.9.- Presentar en cada sesión ordinaria a la consideración del pleno, el informe de avance físico-financiero de las obras contratadas.

6.1.10.- En la primera sesión ordinaria, presentar a la consideración de los miembros del Subcomité, el calendario anual de Sesiones ordinarias, para su discusión, y aprobación en su caso.

6.1.11.- Firmar las actas de las respectivas sesiones a las que hubiese asistido

6.1.12.- Coordinar las acciones y consultas que se lleguen a establecer entre el Subcomité y el Comité.

6.2 Corresponde al Secretario Técnico: 6.2.1.- Formular el orden del día de cada sesión y someterlo a la consideración del Presidente, previamente al envío de las convocatorias;

6.2.2.- Suscribir las convocatorias a sesiones ordinarias del Subcomité y remitir las carpetas de trabajo correspondientes a las sesiones ordinarias y extraordinarias;

6.2.3.- Elaborar las actas de sesiones del Subcomité, y asegurar la custodia de las mismas, conforme se establezca en el Manual;

6.2.4.- Dar seguimiento a los acuerdos tomados en las sesiones;

6.2.5.- Realizar las demás funciones a su cargo previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le encomiende el Presidente o el Subcomité;

6.2.6.- Asistir puntualmente a las diferentes sesiones del Subcomité y sólo tendrá derecho a emitir voz.

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6.2.7.- Firmar las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias que tengan verificativo.

6.2.8.- Revisar y determinar lo conducente, respecto de la información soporte de los asuntos a tratar en la sesión.

6.3 Corresponde a los Vocales 6.3.1.- Analizar y votar los asuntos que sean sometidos a la consideración del Subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de las sesiones, de acuerdo con la normatividad aplicable en la materia;

6.3.2.- Entregar con oportunidad al Secretario Técnico la documentación de los asuntos de sus áreas, que requieran ser sometidos a la atención del Subcomité;

6.3.3.- Proponer alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración del Subcomité, de acuerdo a la normativa aplicable en la materia;

6.3.4.- Realizar las demás funciones a su cargo previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le encomiende el Presidente o el Subcomité;

6.3.5.- Asistir puntualmente a las diferentes sesiones del Subcomité y tendrán derecho a emitir voz y voto.

6.3.6.- Firmar las actas de las respectivas sesiones a las que hubiese asistido.

6.3.7.- Informar al Subcomité de los atrasos, irregularidades y otras situaciones que tengan conocimiento, referentes a la ejecución de los contratos de obras públicas.

6.4 Corresponde a los Asesores

6.4.1.- Analizar los asuntos que sean sometidos a la consideración del Subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de las sesiones;

6.4.2.- Opinar y formular recomendaciones respecto de los asuntos que se presenten a la consideración del Subcomité.

6.4.3.- Las demás que le encomiende el Subcomité y que les corresponda conforme a sus atribuciones.

6.4.4.- Asistir puntualmente a las diferentes sesiones del Subcomité y sólo tendrán derecho a emitir voz. 6.4.5.- Asesorar al Subcomité para la correcta interpretación y aplicación de la ley su reglamento, normas, sistemas, procedimientos e instructivos que emita la Contraloría General y el propio Comité.

6.4.6.- Sugerir al Presidente del Subcomité la suspensión en su caso, de cualquier acto en el que observe irregularidad que no sea convalidable.

6.5 Corresponde a los Contralores Ciudadanos:

6.5.1.- Analizar y votar los asuntos que sean sometidos a la consideración del Subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de las sesiones, de acuerdo con la normativa aplicable a la materia;

6.5.2.- Proponer alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración de Subcomité, de acuerdo a la normativa aplicable en la materia.

6.5.3.- Asistir puntualmente a las diferentes sesiones del Subcomité y tendrá derecho a emitir voz y voto;

6.5.4.- Las demás que le otorgue la normativa aplicable en la materia.

6.5.5.- Firmar las actas de los respectivas sesiones a las que hubiese asistido;

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6.5.6.- Informar al Subcomité de los atrasos, irregularidades y otras situaciones que tengan conocimiento, referentes a la ejecución de los contratos de obra pública y de servicios relacionados con la mismas; y

6.6 Corresponde a los Invitados: 6.6.1.- Asistir puntualmente a las sesiones del Subcomité. 6.6.2.- Analizar los asuntos que sean sometidos a la consideración del Subcomité y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de la sesión.

6.6.3.- Proporcionar alternativas, en su caso, para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración del Órgano Colegiado.

6.6.4.- Plantear con toda claridad el o los asuntos que le corresponda presentar para su análisis, ante el Subcomité para la toma de decisiones que corresponda.

6.6.5.- Firmar las actas de las sesiones a las que hubiese asistido; y

6.6.6.- Las demás que expresamente les designe el Presidente del Subcomité, conforme a sus atribuciones

6.7. Responsabilidades del representante de la Contraloría General del Distrito Federal. 6.7.1.- Participar en las diferentes sesiones que se celebren con derecho a voz, pero no a voto; 6.7.2.- Informar al Subcomité las observaciones de obra pública, determinadas por los diferentes órganos de fiscalización, que estén pendientes de atención; 6.7.3.- Vigilar el estricto cumplimiento de la ley, el reglamento y las demás disposiciones aplicables; 6.7.4.- Opinar sobre las decisiones que tome el Subcomité, haciendo las observaciones y aclaraciones que juzgue pertinentes. las cuales se asentarán en el acta correspondiente; 6.7.5.- Sugerir al presidente del Subcomité la suspensión, en su caso, de cualquier acto en el que se observe alguna irregularidad que no sea convalidable; 6.7.6.- Asesorar al Subcomité para la correcta interpretación y aplicación de la ley, su reglamento, las normas, sistemas y procedimientos e instructivos que emita la Contraloría General del Distrito Federal y el propio Comité; y 6.7.7.- Informar al Subcomité de los problemas relevantes que se observen en las revisiones que efectúe, tratando de evitar su recurrencia. 7. Facultades y Obligaciones de los Integrantes del Subcomité de Obras 7.1.- Elaborar y proponer al Comité, su manual de integración y funcionamiento, para su aprobación; 7.2.- Proponer al Comité o Subcomité correspondiente, la creación de Subcomités técnicos que se requieran para la atención de asuntos específicos; 7.3.- Dar seguimiento al cumplimiento de sus acuerdos; 7.4.- Aplicar los lineamientos generales y las políticas que emita en el ámbito de sus atribuciones el Comité; 7.5.- Promover la estricta observancia de la normativa en materia de obra pública, aplicar y difundir la ley, el reglamento y demás disposiciones aplicables y coadyuvar a su debido cumplimiento;

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7.6.- Dictaminar sobre la procedencia de los casos de excepción previstos en el artículo 63 de la Ley y artículo 42 de la Ley Federal; 7.7.- Supervisar que se integre y remita a la Contraloría, el expediente de las personas físicas o morales para efectos de la limitación establecida en el artículo 37, fracciones III y IV de la ley; y 7.8.- Las demás que le confieran las disposiciones aplicables en la materia

8. DE LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES

Las Sesiones del Subcomité se celebrarán en los términos siguientes:

8.1.- Ordinarias. Tendrán verificativo, como mínimo, una vez al mes, estando obligados a sesionar ordinariamente durante el desarrollo y hasta el finiquito de las obras;

8.2.- Extraordinarias. Tendrán verificativo en los casos que el Presidente lo considere necesario;

8.3.- En el caso de no reunirse el quórum, se emitirá una segunda convocatoria, para efectuar la sesión en un plazo que no exceda de cinco días hábiles posteriores a la fecha prevista en la primera convocatoria;

8.4.- Las sesiones extraordinarias se realizarán en la fecha y hora previstas en la respectiva convocatoria con los miembros que asistan, excepto cuando no estén presentes el Presidente del Subcomité, el Secretario Técnico y el servidor público responsable de exponer el asunto o asuntos a tratar;

8.5.- Para llevar a cabo las sesiones ordinarias o extraordinarias se debe contar invariablemente con el Presidente o su Suplente;

8.6.- Las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los miembros asistentes con ese derecho; debiendo asentarse en el acta correspondiente el sentido del voto de cada miembro, ya sea a favor, en contra, o abstención;

8.7.- La convocatoria y la carpeta de trabajo, que invariablemente debe contener el orden del día de la sesión, junto con sus documentos correspondientes, deben entregarse a los miembros del Subcomité, cuando menos con dos días hábiles de anticipación para las sesiones ordinarias y con un día hábil para las extraordinarias;

8.8.- Para la celebración de sesiones ordinarias, se debe incluir en el orden del día, un apartado correspondiente al seguimiento de los acuerdos emitidos en las sesiones ordinarias anteriores, así como el correspondiente a asuntos generales. En este último apartado sólo podrán tratarse asuntos de carácter informativo por lo que no se debe tomar acuerdo alguno.

8.9.- La responsabilidad del Subcomité, quedará limitada al dictamen o dictámenes que en forma colegiada emita respecto del asunto o asuntos sometidos a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada;

8.10.- Por cada sesión se levantará el acta correspondiente, documento que debe contener, en orden cronológico, los aspectos sustantivos de las intervenciones de cada participante, así como los acuerdos del Subcomité. Dicho documento será aprobado en su caso, en la sesión ordinaria inmediata posterior y debe ser firmado por quienes asistieron a esa sesión;

8.11.- En la primera reunión del ejercicio fiscal de que se trate, se debe presentar a la consideración de los miembros del Subcomité, el calendario anual de sesiones ordinarias, para su discusión, y aprobación en su caso.

8.12.- Los asuntos a tratar se presentarán en forma individual, acompañados de su justificación debidamente requisitada, así como de la documentación soporte, los cuales serán objeto de análisis, evaluación y deliberación por parte de los miembros del Subcomité.

8.13.- La omisión de alguna firma en las actas de las sesiones ordinarias o extraordinarias de cualquiera de los integrantes del Subcomité no restará validez al documento. 8.14.- Las demás que determine la normatividad en la materia, el presidente o el pleno del Subcomité.

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9. DE LA PRESENTACIÓN DE CASOS

9.1.- Los casos que sean sujetos a evaluación y aprobación por los miembros del Subcomité, se presentaran en el formato denominado “Formato de Casos”.

9.2.- El formato tendrá el objetivo de demostrar en forma detallada para su aprobación los requerimientos de obra pública;

9.3.- Cada caso presentado al Subcomité deberá incluir lo siguiente:

9.3.1.- Número de la sesión y carácter de la sesión (ordinaria o extraordinaria).

9.3.2.- Planteamiento breve, claro y concreto donde se incluya la descripción de la obra, unidad de medida, cantidad y monto del presupuesto.

9.3.3.- Fundamento legal requerido.

9.3.4.- Acreditación de la suficiencia presupuestal, indicando la subfunción, el resultado, el subresultado, la actividad institucional, el tipo de recurso y la fuente de financiamiento.

9.3.5.- En su caso, solicitud del área usuaria.

9.3.6.- En su caso, detección de necesidades y problemática.

9.3.7.- Justificación técnica y económica.

9.3.8.- En su caso, antecedentes y hechos que se relacionan con el caso especifico.

9.3.9.- Anteproyecto o proyecto ejecutivo debidamente autorizado por el servidor público responsable de la Dirección de Obras, o bien la indicación de que el mismo obra en expediente respectivo para la consulta correspondiente.

9.3.10.- En caso de contratos multianuales, solicitud autorizada por la Secretaria de Finanzas.

9.3.11.- Memoria descriptiva y técnica del proyecto.

9.3.12.- Justificación en torno al caso sometido a la consideración del Subcomité.

9.3.13.- El Presidente del Subcomité tendrá voto de calidad para el o (los) caso (s) de empate.

9.4.- En caso de efectuarse la obra en un predio de reciente adquisición o asignación por parte del Comité del Patrimonio Inmobiliario, deberá acreditarse la adquisición correspondiente, liberada de impuestos y gravámenes y en su caso la documentación que determine la regulación de la tenencia de la tierra, así como la obtención de los permisos necesarios ante otras instituciones del propio Gobierno del Distrito Federal para la ejecución de los trabajos.

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10. FORMATO DE CASOS

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El presente Manual de Integración y Funcionamiento queda debidamente aprobado por los miembros del Subcomité de Obras Públicas de la Delegación Álvaro Obregón, con fundamento en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, en su Primera Sesión Ordinaria del 2010.

_____________________________________

Lic. Eduardo Santillán Pérez Jefe Delegacional en Álvaro Obregón

Presidente

____________________________________

Arq. Efrén Rodolfo Herrera Rodríguez Director Técnico en la Dirección General

de Obras y Desarrollo Urbano Secretario Técnico

_____________________________________

Ernesto Torres Martínez Director General de Obras y Desarrollo Urbano

Vocal

___________________________________

Ing. Héctor Manuel Ávalos Martínez Director General de Administración

Vocal

____________________________________ C. Enrique Muñoz Escamilla

Director General de Servicios Urbanos. Vocal.

___________________________________

C. Jorge Agustín Zepeda Cruz Director General de Desarrollo Social.

Vocal

____________________________________ Lic. Gustavo Ernesto Figueroa Cuevas Director General Jurídico y de Gobierno

Vocal

___________________________________

Lic. Joaquín Meléndez Lira Director General de Desarrollo Delegacional

Vocal

____________________________________ Arq. Luis Miranda Sánchez

Contralor Ciudadano

__________________________________

C. P. José Hoyos Ibarra Contralor Interno en Álvaro Obregón

Asesor

____________________________________ Lic. María del Carmen Pérez Muñoz

Directora General de Contralorías Ciudadanas y Representante de la Contraloría General del

Distrito Federal Invitada Permanente

Listado de Procedimientos Registrados

02.025.- Presentación de Casos para Autorización del Subcomité de Obras Públicas Delegacional.

PRIMERO. Publíquese el presente Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Obras Públicas Delegacional en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

ATENTAMENTE

JEFE DELEGACIONAL ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO EN ÁLVARO OBREGÓN

(Firma)

LIC. EDUARDO SANTILLÁN PÉREZ

México, D.F., a 12 de Julio de 2011

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CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL El Lic. Francisco Javier Huerta Barrón, Director Ejecutivo de Administración de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los artículos 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I, 32 y 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal 36 y 41 de su Reglamento, convoca a interesados en participar en la Licitación Pública Nacional correspondientes a la Adquisición de Caja de Cartón, de acuerdo a lo siguiente:

No. de licitación costo de bases

Fecha limite para adquirir bases

Junta de aclaraciones

Recepción de Muestras

Presentación y aperturade propuestas Acto de fallo

LPN/GDF/CJSL/DEA/SRM/04/11 $ 200.00 9/agosto/11 11/agosto/11 11:00 hrs.

17/agosto/11 09:00 a 15:00 hrs.

18/agosto/11 11:00 hrs.

22/agosto/11 12:00 hrs.

Partidas Descripción Cantidad Unidad de

medida 4 Caja Galletera de 37.0X26.0X16.0 cms., nacional, sin tintas en color natural, de cartón con un porcentaje de fibra reciclada. 5,000 Pieza

1 Archivero deslizable tamaño oficio medidas 61.0X31.0X26.5, con resistencia al reventamiento mínimo de 14 kg./cm2., refuerzos internos, nacional, sin tintas en color natural, de cartón con un porcentaje de fibra reciclada.

1,650 Pieza

3 Caja para archivo tamaño oficio medidas 61.0X31.0X25.5, con resistencia al reventamiento mínimo de 11 kg./cm2., nacional, sin tintas en color natural, de cartón con un porcentaje de fibra reciclada.

1,500 Pieza

2 Caja para archivo tamaño carta medidas 50.0X31.0X25.5, con resistencia al reventamiento mínimo de 11 kg./cm2., nacional, sin tintas en color natural, de cartón con un porcentaje de fibra reciclada.

500 Pieza

Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en el domicilio de la convocante, sito calzada Manuel Villalongín número 15, 5° Piso, Colonia

Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06500, México, D.F., Teléfono 5140-1700 Ext. 1227 y 1230, los días 5, 8 y 9 de agosto del presente año, en un horario de 9:00 a 15:00 hrs.

La forma de pago para las bases es, mediante cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, ante la Subdirección de Recursos Financieros en el domicilio de la convocante.

Todos los eventos se llevarán a cabo en el Salón de usos múltiples de la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, ubicado en el 5° piso del inmueble que se encuentra en la calzada Manuel Villalongín número 15, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06500, México, D.F.

El idioma en el que deberán presentarse las propuestas será: español. La(s) moneda(s) en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano. No se otorgará anticipo. El pago de los bienes, se realizará dentro de los 20 días hábiles posteriores a la presentación de la factura correspondiente debidamente requisitada. Fecha de entrega de los bienes: según calendario establecido en bases. Lugar de entrega de las cajas de cartón: LAB DESTINO (libre a bordo destino), en Candelaria de los patos s/n, Colonia 10 de mayo, Delegación Venustiano Carranza, Código

Postal 15290, México, D.F. Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y en correlación al artículo 47,

fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidad de los Servidores Públicos. Los servidores públicos designados como responsables de la licitación son: Lic. Francisco Javier Huerta Barrón, Director Ejecutivo de Administración y el Lic. Elías Acosta

Flores, Subdirector de Recursos Materiales. México, D.F., 5 de agosto de 2011

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN LIC. FRANCISCO JAVIER HUERTA BARRÓN

(Firma)

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Convocatoria: 010 (Local)

El Ingeniero Arquitecto Rigoberto J. Carmona Roano, Director General de Obras y Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo Delegación Benito Juárez, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de los Artículos 3° apartado a fracción I, 23 párrafo primero, 24 inciso A , 25 apartado a fracción I, 28 y 44 fracción II de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales que tengan la capacidad técnica y financiera de llevar a cabo las obras descritas a continuación y participar en las Licitaciones Públicas Nacionales para la adjudicación de los contratos a precio alzado, con cargo al presupuesto de la Delegación, según Oficio de Autorización de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal No. DGA/DRFM/944/2011 de fecha 22 de junio de 2011.

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir las bases

Acto de visita al lugar de los trabajos

Acto de Junta de aclaraciones

Acto de Presentación y Apertura del sobre

único Acto de Fallo

30001118-012-11 $ 2,500.00

Costo en CompraNet: $2,250.00

09/08/2011 15:00 hrs.

10/08/2011 10:00 hrs.

16/08/2011 11:00 hrs.

22/08/2011 11:00 hrs.

26/08/2011 11:00 hrs.

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra

Fecha posible de

inicio

Plazo de ejecución

Capital contable

requerido

1010302 CONSTRUCCIÓN DE ESCUELA SECUNDARIA PARA TRABAJADORES 68 Y 69 "PRIMERO DE MAYO Y HEROES NAVALES MEXICANOS", UBICADA EN PESTALOZZI No. 216, COLONIA NARVARTE EN LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ.

30/08/2011 123 DÍAS NATURALES $ 7’892,862.00

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir las bases

Acto de visita al lugar de los trabajos

Acto de Junta de aclaraciones

Acto de Presentación y Apertura del sobre

único Acto de Fallo

30001118-013-11 $ 2,500.00

Costo en CompraNet: $2,250.00

09/08/2011 15:00 hrs.

10/08/2011 12:00 hrs.

17/08/2011 11:00 hrs.

23/08/2011 11:00 hrs.

29/08/2011 11:00 hrs.

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra

Fecha posible de

inicio

Plazo de ejecución

Capital contable

requerido

1010302 CONSTRUCCIÓN DE CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL EN NIÑOS HEROES DE CHAPULTEPEC No. 53, COL. JOSEFA ORTIZ DE DOMÍNGUEZ EN LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ.

31/08/2011 122 DÍAS NATURALES $ 6’400,229.00

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1. La ubicación de las obras es dentro del perímetro Delegacional. 2. Las reunión para realizar el Acto relativo a la visita al sitio de la ejecución de la obra pública será en la Unidad Departamental de Concursos y Precios Unitarios de la

Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, ubicada en la planta baja del edificio sede Delegacional, en Av. División del Norte No. 1611, Colonia Santa Cruz Atoyac.

3. El Acto de celebración de la Junta de Aclaraciones se llevará a cabo en la sala de juntas de la Unidad Departamental antes descrita. Es obligatoria la asistencia de personal calificado, el cual se acreditará con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia), así mismo documento membretado para la presentación del asistente, avalado por el apoderado legal de la persona física o moral.

4. Para el desarrollo de estas obras se otorgarán anticipos del: 10% para inicio de los trabajos y el 20% para la compra de material. 5. Los interesados en comprar las bases de la licitación deberán acreditar el capital contable mínimo requerido y la especialidad para los trabajos a realizar, presentando copia

simple y original para cotejo de la constancia del Registro de Concursante expedida por la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, actualizada conforme al artículo 24 del Reglamento de la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal.

6. Las proposiciones deberán presentarse en idioma español, así como la moneda en que deberán cotizarse dichas proposiciones será Peso Mexicano. 7. Los Actos de presentación y apertura de sobre único y el Fallo se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Unidad Departamental antes descrita.

8. Los interesados podrán adquirir las bases en la Unidad Departamental antes descrita a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria y hasta el día 09 de Agosto del

presente año, de 10:00 a 15:00 horas. 9. El costo de las bases para el concurso será de $2,500.00 (Dos Mil Quinientos Pesos 00/100 M.N.) sí se adquiere directamente en la Delegación, mediante cheque de caja o

certificado expedido por institución bancaria autorizada para operar en el Distrito Federal a nombre del “G.D.F/Secretaría de Finanzas/Tesorería del Distrito Federal”,y $ 2,250.00 (Dos Mil Doscientos Cincuenta Pesos 00/100 M.N.) por el Sistema CompraNet, mediante deposito y comprobante bancario a la cuenta de Santander 65501123467, indicando el Numero de Sociedad: 02D3, Numeros de Licitación 30001118-012-11 o Licitación 30001118-013-11 y el Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral.

10. Se adjudicará el contrato a la empresa que, de entre los licitantes, reúna las condiciones Legales, Técnicas, Económicas, Financieras y Administrativas requeridas por la

Convocante, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Para esta obra, no se podrá subcontratar.

11. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo.

MÉXICO, D. F. A 05 DE AGOSTO DEL 2011

ATENTAMENTE

DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO EN LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ

(Firma)

Ing. Arq. Rigoberto J. Carmona Roano

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31

 

SECCIÓN DE AVISOS

COTECNA SERVICES DE MÉXICO, S.A. DE C.V. COTECNA RECONOCIMIENTOS, S.A. DE C.V.

AVISO DE FUSIÓN

Con fundamento en el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se da aviso al público en general que Cotecna Services de México, S.A. de C.V., y Cotecna Reconocimientos, S.A. de C.V., en Asamblea General de Accionistas, celebradas el 29 de julio de 2011 respectivamente, adoptaron el siguiente:

ACUERDO DE FUSIÓN

PRIMERA. Se acuerda la fusión de Cotecna Services de México, S.A. de C.V. como sociedad fusionante que subsiste, con Cotecna Reconocimientos, S.A. de C.V., como sociedad fusionada, que desaparece, surtiendo efectos dicha fusión, entre las partes, al cierre de operaciones del 31 de julio del 2011, independientemente de la fecha en que se efectúe la publicación de este Acuerdo de Fusión y los balances generales de las sociedades fusionante y fusionada, y de la fecha de inscripción del Acuerdo de Fusión en el Registro Público del Comercio del Distrito Federal, domicilio social de ambas sociedades. La fusión surtirá efectos frente a terceros a partir de la inscripción de este Acuerdo de Fusión en el Registro Público del Comercio del Distrito Federal, en virtud de que la sociedad fusionante y la sociedad fusionada no tienen acreedores, en términos del artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. SEGUNDA. La sociedad que subsiste es Cotecna Services de México, S.A. de C.V., extinguiéndose Cotecna Reconocimientos, S.A. de C.V. TERCERA. Cotecna Services de México, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Cotecna Reconocimientos, S.A. de C.V., como sociedad fusionada, convienen en que la fusión se lleve a cabo de acuerdo con las cifras que muestras sus respectivos balances generales al 30 de junio de 2011, los cuales son parte de este Acuerdo. CUARTA. Cotecna Services de México, S.A. de C.V., como sociedad fusionante, asume la obligación de pago de cualquier pasivo de Cotecna Reconocimientos, S.A. de C.V., existente al 31 de julio de 2011, fecha en que surte efectos la fusión, quedando expresamente obligada como causahabiente universal de Cotecna Reconocimientos, S.A. de C.V. QUINTA. Todos los activos y pasivos de Cotecna Reconocimientos, S.A. de C.V., se transmiten sin reserva ni limitación alguna y a título universal, a Cotecna Services de México, S.A. de C.V., debiéndose efectuar los asientos y registros correspondientes en los libros de contabilidad de las sociedades. SEXTA. Cotecna Services de México, S.A. de C.V., como sociedad fusionante, reconoce todos los contratos civiles y mercantiles y de cualquier índole que haya celebrado Cotecna Reconocimientos, S.A. de C.V., por lo que Cotecna Services de México, S.A. de C.V., asume todos los derechos y obligaciones, que hayan surgido de cualesquier acto jurídico al 31 de julio de 2011. SÉPTIMA. Los créditos que existieren a favor de Cotecna Services de México, S.A. de C.V., y a cargo de Cotecna Reconocimientos, S.A. de C.V., o vice versa, quedarán extinguidos por confusión de créditos. OCTAVA. La sociedad fusionada, que desaparece, cesará sus actividades precisamente al cierre de operaciones del día 31 de julio de 2011. NOVENA. El capital social de Cotecna Services de México, S.A. de C.V., como sociedad fusionante, como consecuencia de la fusión será de $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.) de los cuales $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) corresponden al capital fijo, y $50,000.00 pesos (cincuenta mil pesos 00/100 Moneda Nacional) corresponderá a la parte variable, representado por 100,000, acciones con valor nominal de un peso. DÉCIMA. Una vez que surta efectos la fusión, los accionistas de Cotecna Reconocimientos, S.A. de C.V., entregarán los títulos que amparan las acciones representativas del capital social de las cuales son titulares para que sean cancelados y recibirán a cambio títulos que amparan su participación en el capital social de Cotecna Services de México, S.A. de C.V., conforme a lo que los accionistas han acordado.”

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32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

México, D.F., a 22 de julio de 2011.

Cotecna Services de México, S.A. de C.V. Cotecna Reconocimientos, S.A. de C.V.

Delegada Especial de las Asambleas María Cristina Alicia Sánchez Urtiz

(Firma)

COTECNA RECONOCIMIENTOS, S. A. DE C. V. Posición Financiera, Balance General al 30 de junio de 2011

A C T I V O P A S I V O BANCO 93,773.12 IMPUESTOS A PAGAR 54,817.85 TOTAL ACTIVO

93,773.12 TOTAL PASIVO 54,817.85

SUMA DEL PASIVO

54,817.85

C A P I T A L CAPITAL SOCIAL 50,000.00 UTILIDADES ACUMULADAS -139,844.73 Utilidad o (perdida) del Ejercicio 128,800.00 SUMA DEL CAPITAL 38,955.27 SUMA DEL ACTIVO 93.773.12 SUMA DEL PASIVO Y CAPITAL 93,773.12

(Firma) ______________________

Salvador Elia Director General

COTECNA SERVICES DE MEXICO, S. A. DE C. V. 2007

Posición Financiera, Balance General al 30 de junio del 2011

A C T I V O P A S I V O BANCOS 1,016,874.83 ACREEDORES DIVERSOS 111,440.14 TOTAL ACTIVO

1,016,874.83 TOTAL PASIVO 111,440.14

IMPUESTOS POR PAGAR 375,557.05 PROVISIONES

2,998,125.05

SUMA DEL PASIVO

3,485,122.24

CAPITAL CAPITAL 215,617.04 Utilidad o Pérdida del Ejercicio 362,154.74 CLIENTES 1,204,964.33 IMPUESTOS ANTICIPADOS 770,286.25 SUMA DEL CAPITAL 577.771.78 IMPUESTOS DIFERIDOS 1,070,768.61 SUMA DEL ACTIVO 4,062,894.02 SUMA DEL PASIVO Y CAPITAL 4,062,894.02

(Firma) _______________________

Salvador Elia Director General

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 33

 

MARTONI DE MÉXICO S.A. DE C.V. SOCIEDAD EN LIQUIDACION

Juan Lucas Lassaga número 100, Colonia Obrera, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal

C.P. 06800

Activo Pasivo Circulante Circulante

BANCOS 7,645.00 OTROS PASIVOS 5,000.00 CLIENTES 0.00 PROVEEDORES 41,286.00 INVENTARIOS 0.00 ACREEDORES 982,654.85 DEUDORES DIVERSOS 2,738.00 IMPUESTOS POR PAGAR 0.00 IVA, PEND, ACREDITAR 33,530.00 Total Circulante 43,913.00 Total Circulante 1,028,940.85 Fijo SUMA DEL PASIVO 1,028,940.85 EQUIPO DE COMPUTO 0.00 DEP ACUM. EQUIPO DE COMPUTO

0.00

EQUIPO DE OFICINA 18,880.00 DEP ACUM. EQUIPO DE OFICINA

-18,880.00

MAQUINARIA Y EQUIPO 61,390.00 Capital DEP ACUM. MAQUINARIA Y EQUIPO

-61,390.00

EQUIPO DE TRANSPORTE

3,596.00

UTILIDADES Y PERDIDAS DEL EJERCICIO

-258,078.85

DEP ACUMULADA EQUIPO Y TRANS

-3,596.00

CAPITAL SOCIAL

75,000.00

EQUIPO DE COMUNICACIÓN

0.00

RESERVA LEGAL

26,928.00

DEP ACUMULADA EQPO. COMUN

0.00

UTILIDADES DE EJERCICIOS ANTERIORES

-620,055.00

TOTAL FIJO 0.00 OTROS 184.00 SUMA DEL CAPITAL -973,803.85 ANTICIPOS ISR 11,040.00 SUMA DEL ACTIVO

55,137.00

SUMA DEL PASIVO Y CAPITAL

55,137.00

0.00

México D.F. a 8 de agosto de 2011

(Firma) _______________________ SALIM FARAH JADRA

LIQUIDADOR

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34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

OPERADORA LPQ, S.A. PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE

CONVOCATORIA Con fundamento en los artículos décimo séptimo y décimo octavo de los Estatutos Sociales y en los

artículos 182 y 186 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los señores accionistas de Operadora LPQ, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el día veinticuatro de agosto de 2011, a las trece horas en las oficinas ubicadas en Río Danubio No. 54, Col. Cuauthémoc, C.P. 06500, en la ciudad de México, Distrito Federal, en la que se tratará el siguiente,

ORDEN DEL DÍA

1.- Estudio de una propuesta a fin de dejar sin efectos de ningún tipo los acuerdos adoptados en las

siguientes asambleas: (i) Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Operadora LPQ, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable celebrada a las nueve horas del día siete de octubre de dos mil diez, y (ii) Asamblea General Ordinaria de Accionistas de Operadora LPQ, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable celebrada a las doce horas del día siete de octubre de dos mil diez.

2.- Estudio de una propuesta a fin de que se cancelen los asientos registrales correspondientes a las

resoluciones adoptadas en las Asambleas señaladas en el punto 1 que antecede. 3.- Estudio de una propuesta a fin de que la sociedad siga rigiéndose por los Estatutos Sociales

adoptados en la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad que se celebró el seis de mayo de dos mil diez.

4.- Asuntos generales. Se recuerda a los señores accionistas que para poder asistir a la Asamblea, deberán depositar sus

acciones o la constancia del depósito que les expida alguna institución de crédito del país o del extranjero, en las oficinas ubicadas en Río Danubio No. 54, Col. Cuauthémoc, C.P. 06500, en la ciudad de México, Distrito Federal, por lo menos con veinticuatro horas de anticipación a la fecha señalada para la Asamblea.

Los accionistas podrán hacerse representar por mandatario constituido mediante poder general o

especial, o carta poder. México, Distrito Federal, a doce de julio de dos mil once. (Firma) (Firma)

___________________________ ___________________________________ Roberto Anaya Ramírez Ian Jerónimo Enríquez Gómez Haro Comisario Presidente del Consejo de Administración

(Firma)

_____________________________________ Roger Phillipe Enríquez Gómez Haro

Secretario

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35

 

GRUPO VIADUCTO S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 1 DE OCTUBRE DE 2010.

ACTIVO CAJA 0 OTROS ACTIVOS 188,282 TOTAL ACTIVO 188,282 PASIVOS CUENTAS POR PAGAR 0 TOTAL PASIVO 0 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 50,000 APORTACIONES P/ FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL 7,409,217 PERDIDAS ACUMULADAS -6,985,259 PERDIDA DEL EJERCICIO -285,676 TOTAL CAPITAL CONTABLE 188,282 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 188,282

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 247 de la

Ley General de Sociedades Mercantiles (Firma)

México D.F a 7 de Junio del 2011 Liquid.: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA

GRUPO NAPOLIS S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 1 DE OCTUBRE DE 2010.

ACTIVOS CAJA 0 OTROS ACTIVOS 678,811 TOTAL ACTIVO 678,811 PASIVOS CUENTAS POR PAGAR 0 TOTAL PASIVO 0 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 50,000 APORTACIONES P/FUTURO AUMENTO CAPITAL 2,414,369 PERDIDAS ACUMULADAS -1,069,716 PERDIDA DEL EJERCICIO -715,842 TOTAL CAPITAL CONTABLE 678,811 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 678,811

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 247 de la

Ley General de Sociedades Mercantiles (Firma)

México D.F a 7 de junio del 2011 Liquid.: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA

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36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

TIRE MOVIMIENTOS COMERCIALES, S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 ACTIVO PASIVO

CIRCULANTE CORTO PLAZO CAJA $ 300,000.00

CAPITAL CONTABLE CAPITAL SOCIAL $ 300,000.00

RESULTADOS ACUMULADOS $ 0.00 RESULTADO DEL EJERCICIO $ 0.00

SUMA EL ACTIVO $ 300,000.00 SUMA PASIVO Y CAPITAL $ 300,000.00

(Firma) (Firma) RESPONSABLE DE PUBLICACION CP. ARTURO JESÚS ORTIZ ROJAS

MA.GUADALUPE ARACELI CASTILLO MARTINEZ CEDULA PROFESIONAL NUMERO 423015

TIRE MOVIMIENTOS COMERCIALES, S.A. DE C.V.

ESTADO DE RESULTADOS DEL 1° DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 INGRESOS POR SERVICIOS

$ 0.00

COSTO DE SERVICIOS $ 0.00 GASTOS GENERALES $ 0.00

UTILIDAD DEL EJERCICIO $ 0.00

(Firma) (Firma) RESPONSABLE DE PUBLICACION CP. ARTURO JESÚS ORTIZ ROJAS

MA.GUADALUPE ARACELI CASTILLO MARTINEZ CEDULA PROFESIONAL NUMERO 423015

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1500 CONSTRUCCIONES, S. A. DE C. V. – EN LIQUIDACION Balance general final de liquidación al 11 de julio de 2011

A C T I V O C A P I T A L C O N T A B L E C I R C U L A N T E IMPORTES IMPORTES Efectivo en bancos $6,189 Capital social $50,000 Pérdidas acumuladas (43,811) Suma el capital contable 6,189 SUMA EL ACTIVO $6,189 SUMA EL CAPITAL $6,189

(Firma)

(Firma) ______________________

Daniel Max Kaiser Aust Liquidador

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38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

Audio Ingenio, S.A. de C. V. Balance General al 31 Mayo de 2011

A C T I V O P A S I V O

BANCOS 12,622.15 PROVEEDORES 922.74 CLIENTES 9,053.30 ACREEDORES DIVERSOS 7,761.63 DEUDORES DIVERSOS 29,142.03 ANTICIPO DE CLIENTES 7,168.60 IVA ACREDITABLE 503.00 IVA POR PAGAR 6,561.95 SUBSIDIO AL EMPLEO 0.06 IMPUESTOS POR PAGAR -0.15 IETU 6,825.45 SUMA ACTIVO CIRCULANTE 58,145.99 SUMA EL PASIVO 22,414.77 MOBILIARIO Y EQUIPO 8,009.66 C A P I T A L DEPRECIACION ACUMULADA (1,802.18) CAPITAL SOCIAL FIJO 50,000.00 CAPITAL NO EXHIBIDO -40,000.00 SUMA ACTIVO FIJO 6,207.48 RESULTADOS ACUMULADOS 12,126.55 UTILIDAD DEL EJERCICIO 44,065.25 SUMA DEL CAPITAL 41,938.70 SUMA DEL ACTIVO 64,353.47 SUMA PASIVO Y CAPITAL 64,353.47

(Firma) FERNANDO ALEJANDRO HOWLAND ORNELAS

LIQUIDADOR

  GRUPO RONAGO, S.A. de C.V. Mediante Acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de GRUPO RONAGO, S.A. de C.V. de fecha 29 de junio de 2011, se resolvió, entre otros asuntos, disminuir el capital social de la sociedad en su parte fija, en la cantidad de $25,000.00 M.N. (Veinticinco mil Pesos 00/100 Moneda Nacional). (Firma) _______________________________________ GRUPO RONAGO, S.A. de C.V. Rodrigo Juan Pablo Paniagua Madariaga Presidente del Consejo de Administración

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 39

 

E D I C T O S

“2011 LA ETICIA JUDICIAL UN COMPROMISO DE TODOS” JUZGADO SEGUNDO CIVIL EXP. 973/2011 SRIA. “A”

E D I C T O PARA TERCEROS AFECTADOS VICTIMAS U OFENDIDOS

En los autos del juicio de EXTINCIÓN DE DOMINIO promovido por GOBIERNO DEL DISTRITO

FEDERAL en contra de CESAREO BECERRIL EMILIANO, expediente número 973/2011, la C. JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, ordenó por auto de fecha trece de julio del año dos mil once, publicar EDICTOS llamando a todas las personas que se consideren afectados, terceros, víctimas u ofendidos por este procedimiento de Extinción de Dominio quiénes deberán comparecer ante este Juzgado, en el término de DIEZ DÍAS, contados a partir del DIA siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su interés convenga, apercibidos que en caso de no hacerlo dentro del término concedido y no ofrecer pruebas en relación a este procedimiento, se tendrá por precluído su derecho para hacerlo con posterioridad lo anterior en relación al bien INMUEBLE UBICADO EN CALLE DE NIÑOS HEROES Y ALVARO OBREGON SIN NUMERO, COLONIA SANTA CRUZ TLAPACOYA, MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, ESTADO DE MEXICO, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON LOS ANTECEDENTES REGISTRALES EN CHALCO, ESTADO DE MEXICO, BAJO LA PARTIDA NUMERO 321, VOLUMEN 86, LIBRO 1º. SECCION PRIMERA DE FECHA 23 DE MAYO DE 1989, LOTE MARCADO CON EL NUMERO 20 DE LA MANZANA 36 DE LA ZONA 08 DE LOS TERRENOS PERTENECIENTES AL EX EJIDO “TLAPACOYA” UBICADO EN EL MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, ESTADO DE MEXICO, CON SUPERFICIE DE 103.00 METROS CUADRADOS.-------------------------------------------

México, D. F. 13 de julio del 2011 EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”

(Firma) LIC. LEONARDO IGNACIO ROSAS LÓPEZ.

(Al margen inferior izquierdo un sello legible) Para su publicación por tres veces de tres en tres días, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal y en el periódico “El Sol de México .

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40 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

EDICTO.

Que en los autos del Juicio DE EXTINCION DE DOMINIO promovido por GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, en contra de SOFIA RODRIGUEZ MEJIA O SOFIA RODRIGUEZ MEJIA DE OROZCO, expediente número 973/2011 el C. Juez dictó un auto que en su parte conducente dice: -------------------------------------------------------------------- LA SECRETARÍA DE ACUERDOS da cuenta, al C. Juez con la demanda suscrita por el Licenciado ATILANO DAMIAN RAMIREZ, en su carácter de Agente del Ministerio Público Especializado en Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y en representación del GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, siendo ocho de la Averiguación Previa número FDS/FDS-3/T2/157/11-04 D1 y sus anexas FDS/FDS-6/T2/1095/09-12 Y FDS/FDS-6/T1/502/10-07, un cuaderno de actuaciones originales y veinte copias certificadas relativas al acuerdo A/002/11 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, y constancias de los nombramientos de los diversos Ministerios Públicos especializados en Extinción de Dominio, remitidos por la Oficialía de Partes Común de este Tribunal, con tres juegos de traslado, una copia con anexo, mismos que se reciben el día trece de julio del dos mil once, siendo las nueve horas con cuarenta y seis minutos. Conste.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- - - - México, Distrito Federal, a trece de julio del año dos mil once. -------------------------------------------------------------------- Con el escrito de cuenta, anexos y copias simples que se acompañan, se forma expediente y se registra como corresponde en el Libro de Gobierno de este Juzgado, bajo el número de expediente 973/2011. Se ordena guardar los documentos exhibidos como base de la acción. Se tiene por presentado al Licenciado ATILANO DAMIAN RAMIREZ en su calidad de Agente del Ministerio Público Especializado en materia de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y en representación del Gobierno del Distrito Federal, personalidad que se reconoce en términos del acuerdo A/002/11 emitido por el C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, así como por el oficio en el que se le designa con el carácter antes señalado, suscrito por el Fiscal de Procesos de lo Civil, y con la constancia de acreditación de especialización en materia de extinción de dominio que exhibe, mismos que en copia certificada se acompañan, y se ordenan agregar a los autos para que obren como corresponda; se le tiene señalando domicilio para oír y recibir notificaciones, teniéndose por autorizados con la misma calidad de Agentes del Ministerio Público Especializados en extinción de dominio a los Profesionistas que menciona y que igualmente acreditan su personalidad en términos de los mismos documentos con los que la promovente acredita su personería, así como que con fecha doce de julio del presente año, se determinó el ejercicio de la acción solicitada; se le tiene autorizando para oír y recibir notificaciones y documentos e incluso de carácter personal, a las demás personas que se mencionan. Con fundamento en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, 4, 5, 22, 24, 25, 29, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 39, 40 y demás relativos y aplicables de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal; 1, 2 4, 20, 24 25, 30, 35, 38 del Reglamente de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal; 114, 116, 117, 255 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Especial citada, y conforme al artículo 3 Fracción II del mismo ordenamiento, se admite a trámite la demanda planteada en la VÍA ESPECIAL y en ejercicio de la ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO interpuesta en contra de SOFIA RODRÍGUEZ MEJIA O SOFIA RODRÍGUEZ MEJIA DE OROZCO su carácter de AFECTADA, como propietaria del Inmueble CALLE SEGUNDO CALLEJÓN DE MANZANEROS NUMERO 11, COLONIA CENTRO, CÓDIGO POSTAL 06090, DELEGACIÓN CUAUHTEMOC, EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO, PREDIO 4 DE LA MANZANA 36 DE LA SEXTA REGIÓN DE ESTA CIUDAD DE MÉXICO; IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL NUMERO 09450546 COMO EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE SEGUNDO CALLEJÓN DE MANZANEROS NUMERO 11, COLONIA CENTRO, CÓDIGO POSTAL 06090, DELEGACIÓN CUAUHTEMOC, EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO, PREDIO 4 DE LA MANZANA 36 DE LA SEXTA REGIÓN DE ESTA CIUDAD DE MÉXICO., acción que se ejercita con base al evento típico derivado de las actuaciones ministeriales que se contienen en las copias certificadas que se acompañan de la Averiguación Previa número FDS/FDS-3/T2/157/11-04 D1 y que se funda en los razonamientos, hechos y pruebas que se expresan en la demanda; en consecuencia, con las copias simples de traslado que se acompañan, y de los anexos exhibidos, por medio de NOTIFICACIÓN PERSONAL, se ordena EMPLAZAR a SOFIA RODRÍGUEZ MEJIA O SOFIA RODRÍGUEZ MEJIA DE OROZCO, para que dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día hábil siguiente a su emplazamiento, comparezca por escrito, por sí o por su representante legal, a manifestar lo que a su derecho convenga, así como para que oponga excepciones y defensas, y en su caso ofrezca las pruebas conducentes que acrediten su dicho, conforme a lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley de Extinción de Dominio apercibida que, de no comparecer a este juicio y de no ofrecer pruebas en el término concedido, precluirá su derecho con fundamento en el artículo 40 Fracción V de la Ley de Extinción de Dominio. -- Por otra parte, mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL y con entrega de las copias de traslado de la demanda y anexos que se acompañan, túrnese al C. Actuario adscrito a este juzgado, la cédula de notificación correspondiente a efecto de llamar a este juicio, en su calidad de ofendida a MARIA MAGDALENA CUEVAS CRUZ, como lo solicita la promovente y toda

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 41

 

vez que la misma se encuentra representada por la SUBPROCURADURÍA DE ATENCIÓN A VICTIMAS DEL DELITO Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, en consecuencia mediante el Oficio Correspondiente Realícese la notificación antes ordenada, para que en el término de DIEZ DÍAS haga valer los derechos que le correspondan, respecto de la reparación del daño sufrido, en su calidad de ofendida, en términos de los artículos 8 de la Ley de Extinción de Dominio y conforme a lo dispuesto por el artículo 45 del Código Penal para el Distrito Federal, y en su caso ofrezca las pruebas que estime pertinentes, aunadas a las que, el Ministerio Público Especializado obtenga para acreditar dicha reparación, apercibiéndose a las ofendidas que, en caso de no comparecer a este procedimiento y de no ofrecer pruebas dentro del término otorgado, se declarará precluído su derecho. Por lo anterior elabórese la cédula de notificación y oficio ordenados y póngase a disposición de la parte actora para su debida diligenciación.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 en relación con la Fracción IV del artículo 40, ambos de la Ley de Extinción de Dominio, publíquese el presente proveído por tres veces de tres días hábiles, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, así como en el periódico de circulación Nacional “ EL SOL DE MEXICO”, llamando a las personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas u ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su interés convenga, quedando los edictos respectivos a partir de esta fecha, a disposición del Agente del Ministerio Público ocursante para su debida tramitación, dentro del término de TRES DÍAS, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 137 Fracción IV del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria al Procedimiento de Extinción de Dominio, atento a lo dispuesto por la Fracción II del artículo 3 de la Ley de Extinción de Dominio. ------------- Por lo que respecta a las pruebas ofrecidas en el escrito de cuenta, de conformidad con el artículo 40, de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, así como de los artículos 289, 290, 291 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, se procede a la admisión de las probanzas ofrecidas por la ocursante, se admiten en los siguientes términos: LAS DOCUMENTALES PÚBLICAS marcadas con los numerales 1, 2, 3, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, consistente en las copias certificadas de la Averiguación Previa número FDS/FDS-3/T2/157/11-04 D1 y sus anexas FDS/FDS-6/T2/1095/09-12 Y FDS/FDS-6/T1/502/10-07, de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal que se acompañan, por hechos que se consideran constitutivos TRATA DE PERSONAS, así como la denuncia presentada por la C. MARIA MAGDALENA CUEVAS CRUZ y todas las diligencias contenidas en dicha indagatoria. En especial el oficio de la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México que informa el nombre del propietario y titular registral del inmueble ubicado en Calle Segundo Callejón De Manzaneros Numero 11, Colonia Centro, Código Postal 06090, Delegación Cuauhtémoc, En Esta Ciudad De México, Predio 4 De La Manzana 36 De La Sexta Región De Esta Ciudad De México; Identificado De Acuerdo Con El Folio Real Numero 09450546 Como El Inmueble Ubicado En Calle Segundo Callejón De Manzaneros Numero 11, Colonia Centro, Código Postal 06090, Delegación Cuauhtémoc, En Esta Ciudad De México, Predio 4 De La Manzana 36 De La Sexta Región De Esta Ciudad De México; LA RATIFICACIÓN de las declaraciones a cargo DE LOS Policías Remitentes Noe Torres González y Marco Antonio Mendoza Medel, marcada con el número 4; LA CONFESIONAL marcada con el número 5 a cargo de la parte afectada SOFIA RODRIGUEZ MEJIA O SOFIA RODRIGUEZ MEJIA DE OROZCO, y en su calidad de afectada propietaria del inmueble ubicado en Calle Segundo Callejón De Manzaneros Numero 11, Colonia Centro, Código Postal 06090, Delegación Cuauhtémoc, En Esta Ciudad De México, Predio 4 De La Manzana 36 De La Sexta Región De Esta Ciudad De México; Identificado De Acuerdo Con El Folio Real Numero 09450546 Como El Inmueble Ubicado En Calle Segundo Callejón De Manzaneros Numero 11, Colonia Centro, Código Postal 06090, Delegación Cuauhtémoc, En Esta Ciudad De México, Predio 4 De La Manzana 36 De La Sexta Región De Esta Ciudad De México, Distrito Federal, al tenor de las posiciones que en su oportunidad sean formuladas por la parte actora, a quien se ordena citar para que comparezca personalmente y no por conducto de apoderado el día y hora que se señale, una vez concluidos los términos para que comparezcan las partes y se le cite personalmente para el desahogo de su confesional, apercibida que de no comparecer sin justa causa, se le tendrá por confesa de las posiciones, que en su caso, sean calificadas de legales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 322 y 323 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, supletorio de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, de conformidad con el artículo 3º Fracción II de este último ordenamiento. Se admite la prueba testimonial a cargo de ARMANDO RODRIGUEZ MEJIA, marcada con el número 6, persona a quien se ordena citar en forma personal en el domicilio señalado por la ocursante para que comparezca el día y hora que se señale una vez que concluyan los términos para que comparezcan las partes en el presente juicio, a rendir testimonio sobre los hechos precisados en el escrito de cuenta, apercibidos que de no comparecer sin justa causa, se les impondrá una multa hasta por el equivalente a CIEN DÍAS de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del ordenamiento especial en consulta. Para el caso de resultar falsos o inexactos los domicilios que se proporcionan como los testigos admitidos, será declarada desierta la prueba; en virtud de lo anterior se ordena su citación en el momento procesal oportuno. También se admite la INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, marcada con el número 14, y la PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA marcada con el número 15.----

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42 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

Por cuanto a la solicitud de MEDIDAS CAUTELARES, y respecto a la que solicita en primer término, consistente en que se declare la prohibición para enajenar y gravar el bien inmueble ubicado inmueble ubicado en Calle Segundo Callejón De Manzaneros Numero 11, Colonia Centro, Código Postal 06090, Delegación Cuauhtémoc, En Esta Ciudad De México, Predio 4 De La Manzana 36 De La Sexta Región De Esta Ciudad De México; Identificado De Acuerdo Con El Folio Real Numero 09450546 Como El Inmueble Ubicado En Calle Segundo Callejón De Manzaneros Numero 11, Colonia Centro, Código Postal 06090, Delegación Cuauhtémoc, En Esta Ciudad De México, Predio 4 De La Manzana 36 De La Sexta Región De Esta Ciudad De México, Distrito Federal, se concede dicha medida a efecto de evitar que se realice cualquier acto traslativo de dominio o inscripción de gravamen judicial o real respecto del inmueble referido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 y 15 segundo Párrafo de la Ley de Extinción de Dominio, surtiendo sus efectos, desde luego, y en consecuencia, gírese oficio al C. Director del REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, para que proceda a inscribir la medida cautelar decretada en el antecedente registral en el Folio Real Número 09450546, del citado bien inmueble, y en el cual aparece como titular registral SOFIA RODRIGUEZ MEJIA O SOFIA RODRIGUEZ MEJIA DE OROZCO; por otra parte, y como segunda medida cautelar peticionada, de igual manera se decreta el aseguramiento del bien inmueble ubicado en inmueble ubicado en Calle Segundo Callejón De Manzaneros Numero 11, Colonia Centro, Código Postal 06090, Delegación Cuauhtémoc, En Esta Ciudad De México, Predio 4 De La Manzana 36 De La Sexta Región De Esta Ciudad De México; Identificado De Acuerdo Con El Folio Real Numero 09450546 Como El Inmueble Ubicado En Calle Segundo Callejón De Manzaneros Numero 11, Colonia Centro, Código Postal 06090, Delegación Cuauhtémoc, En Esta Ciudad De México, Predio 4 De La Manzana 36 De La Sexta Región De Esta Ciudad De México, Distrito Federal, con el menaje de casa que lo conforma y que detalla la promovente, la cual surte desde luego, debiéndose girar oficio a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, informándosele que se le tiene como depositario judicial del inmueble antes precisado, así como del menaje que se encuentre dentro del mismo inmueble, previo el inventario que del mismo se realice, ello con fundamento en el artículo 11 penúltimo párrafo de la Ley de Extinción de Dominio, haciéndole saber que deberá presentarse en el local de este juzgado dentro de los TRES DÍAS siguientes a que reciba el Oficio ordenado, a efecto de que por conducto de personal autorizado proceda ante la presencia judicial a aceptar y protestar el cargo conferido, asimismo el Actuario de la adscripción proceda a la brevedad a ponerle en posesión material del bien inmueble asegurado, para que realice las acciones necesarias para su mantenimiento y conservación, teniendo también la obligación de rendir cuentas ante este juzgado y al Agente del Ministerio Público Especializado en Extinción de Dominio respecto de la administración del bien inmueble, en forma mensual con fundamento en el artículo 557 del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, así como también deberá rendir un informe anual a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal respecto del bien inmueble.---------------------- Proceda el C. Secretario a despachar los oficios que aquí se ordenan por conducto del personal del Juzgado en forma inmediata, haciéndose entrega de los mismos al Agente del Ministerio Público Especializado que promueve.------------------- Por último, y con fundamento en el último párrafo del artículo 4 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, se hace saber a todos los interesados, que toda la información que se genere u obtenga con relación a esta Ley y a los juicios que conforme a ella se tramiten, se considerará como restringida en los términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; y asimismo que se deberá guardar la más estricta confidencialidad sobre toda la información y documentos que se obtenga y generen durante la substanciación del presente procedimiento, ello con fundamento en los artículos 4 último párrafo y 22 in fine de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal. - Asimismo se hace del conocimiento de las partes que con fundamento en los artículos 26, 28 y demás relativos del Reglamento del Sistema Institucional de Archivos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal se hace del conocimiento de las partes que una vez concluido el presente juicio, ya sea por sentencia definitiva cumplimentada, caducidad de la instancia, cosa juzgada, desistimiento, incompetencia, prescripción se procederá a la destrucción del expediente, así como las pruebas, muestras y documentos venidos en el juicio concluido, por lo que las partes quedarán obligadas a solicitar la devolución de sus documentos, pruebas y muestras dentro de los seis meses contados a partir de la respectiva notificación, lo que se hace del conocimiento de las partes para los efectos legales a que haya lugar.- NOTIFÍQUESE.- ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA EL C. JUEZ TERCERO DE LO CIVIL por Ministerio de Ley, Licenciado SERAFIN GUZMAN MENDOZA, con fundamento en los artículos 57, 59, 60 fracción IV y 76 primer párrafo de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, quien actúa ante la C. Secretaria Conciliadora en funciones del C. Secretario de Acuerdos “A” que autoriza y da fe. - DOY FE.------------------------------------ PARA SU PUBLICACION, POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS DEBIENDO MEDIAR DOS DIAS ENTRE CADA PUBLICACION.

C. SECRETARIA CONCILIADORA EN FUNCIONES

DEL SECRETARIO DE ACUERDOS “A” (Firma)

LIC. LUZ MARIA DE LOURDES CHAVEZ FARFAN

(Al margen inferior izquierdo un sello legible)

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5 de Agosto de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 43

 

(Al margen izquierdo dice: JUZGADO 7º CIVIL.- SEC.”B.- EXP. 860/2011)

EDICTO NOTIFICACIÓN A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADOS, TERCEROS, VICTIMAS U OFENDIDOS RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE IDENTIFICADO COMO CALLE GUILLERMO VACA NÚMERO 11, COLONIA SANTA MARTHA ACATITLA, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, CÓDIGO POSTAL 09510, MÉXICO DISTRITO FEDERAL, AL CUAL LE CORRESPONDE EL NÚMERO DE LOTE 04 CUATRO, MANZANA 61 SESENTA Y UNO, COLONIA SANTA MARTHA ACATITLA, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL SIGUIENTE FOLIO REAL COMO: FOLIO REAL NUMERO 36400, AUXILIAR 150, CON UNA SUPERFICIE DE 195.00 M2. En cumplimiento a lo ordenado en auto de veintiuno de junio del año dos mil once, en los autos del juicio de EXTINCIÓN DE DOMINIO con numero de expediente 860/2011, de la Secretaria “B “ seguido por GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL en contra de DAVID HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, en su carácter de parte afectada y presunto propietario del bien inmueble identificado como CALLE GUILLERMO VACA NÚMERO 11, COLONIA SANTA MARTHA ACATITLA, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, CÓDIGO POSTAL 09510, MÉXICO DISTRITO FEDERAL, AL CUAL LE CORRESPONDE EL NÚMERO DE LOTE 04 CUATRO, MANZANA 61 SESENTA Y UNO, COLONIA SANTA MARTHA ACATITLA, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL SIGUIENTE FOLIO REAL COMO: FOLIO REAL NUMERO 36400, AUXILIAR 150, CON UNA SUPERFICIE DE 195.00 M2., la C. Juez Séptimo de lo Civil de Primera Instancia del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 4, 5, 22, 31, 32 fracción VII y VIII, 35, 40 fracciones IV y V de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, ordeno hacer del conocimiento de todas aquellas personas que se crean con derechos respecto del inmueble antes descrito, para que dentro del termino de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir de la ultima publicación del presente edicto, comparezcan por escrito, por si o por conducto de su Representante Legal a manifestar lo que a su derecho convenga y para que ofrezcan las pruebas con las que consideren se acreditara su dicho, apercibidos que, en caso de no comparecer y de no ofrecer pruebas dentro del termino antes concedido, precluira su derecho para hacerlo con posterioridad en este juicio, con fundamento en la fracción V del Articulo 40 de la Ley de Extinción de Dominio.

A T E N T A M E N T E. MÉXICO D. F. A 30 DE JUNIO DE 2011

LA C. SECRETARIA DE SECRETARIA DE ACUERDOS (Firma)

LIC. MARIA PATRICIA ORTEGA DÍAZ. (Al margen inferior derecho un sello legible) Para su publicación por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS HÁBILES, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES, EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL BOLETÍN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y EN EL PERIÓDICO “EL SOL DE MÉXICO”

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44 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Agosto de 2011

 

 

DIRECTORIO

Jefe de Gobierno del Distrito Federal MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON

Consejera Jurídica y de Servicios Legales

LETICIA BONIFAZ ALFONZO

Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos REBECA ALBERT DEL CASTILLO

Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios

ADOLFO ARENAS CORREA

Subdirectora de Estudios Legislativos y Publicaciones ADRIANA LIMÓN LEMUS

Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios

MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ

INSERCIONES

Plana entera ........................................................................... $ 1,461.00 Media plana ................................................................................ 786.00 Un cuarto de plana ...................................................................... 489.00

Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col.

10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.

Consulta en Internet http://www.consejeria.df.gob.mx/gacetas.php

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,

CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80

(Costo por ejemplar $26.50)

AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.