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Seis claves para aprovechar la garantía del coche No consiste tanto en "estirar" los plazos de la garantía, como en hacer que se cumplan conforme a la ley Las reparaciones del automóvil en un taller suelen ser costosas. Por ello, conviene sacar el máximo provecho de los dos años de garantía, aunque esto requiere una conducta activa por parte consumidor, que no siempre se lleva a la práctica. En realidad, es sencillo y no consiste tanto en "estirar" los plazos, como en hacer que estos se cumplan conforme a la ley. Las claves para hacerlo son las siguientes: 1. Hay un plazo de dos meses para que el cliente comunique al vendedor la existencia del defecto. Se cuenta desde que se detecta el fallo. Lo habitual, y la conducta apropiada, es comunicarlo a quien vendió el coche en cuanto se tiene conocimiento del mismo. 2. Existe un periodo de seis meses, desde la entrega del vehículo, durante el que se presume que el defecto es de origen. Si el vendedor pretendiera eximirse de su responsabilidad, debe probar, de manera objetiva, que el defecto se debe a un mal uso del propietario o conductor. 3. A partir de los seis meses hasta cumplirse los dos años, continúa la

GARANTÍA VEHÍCULO EN TALLERES

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Seis claves para aprovechar la garantía del coche

No consiste tanto en "estirar" los plazos de la garantía, como en hacer que se cumplan conforme a la ley

Las reparaciones del automóvil en un taller suelen ser costosas. Por ello, conviene sacar el máximo provecho de los dos años de garantía, aunque esto requiere una conducta activa por parte consumidor, que no siempre se lleva a la práctica.

En realidad, es sencillo y no consiste tanto en "estirar" los plazos, como en hacer que estos se cumplan conforme a la ley. Las claves para hacerlo son las siguientes:

1. Hay un plazo de dos meses para que el cliente comunique al vendedor la existencia del defecto. Se cuenta desde que se detecta el fallo. Lo habitual, y la conducta apropiada, es comunicarlo a quien vendió el coche en cuanto se tiene conocimiento del mismo.

2. Existe un periodo de seis meses, desde la entrega del vehículo, durante el que se presume que el defecto es de origen. Si el vendedor pretendiera eximirse de su responsabilidad, debe probar, de manera objetiva, que el defecto se debe a un mal uso del propietario o conductor.

3. A partir de los seis meses hasta cumplirse los dos años, continúa la garantía. Pero en este tiempo, si el vendedor pretendiera eximirse de responsabilidad, será el consumidor quien deberá examinar, de manera objetiva, que el defecto era de origen. Esta prueba puede resultar costosa, pues es habitual que pase por presentar un informe pericial, que es de pago.

4. Los plazos se interrumpen, se suspenden y vuelven a correr cuando se hace uso de la garantía. Si el coche entra al taller, el periodo de la garantía se para, pero sigue el día de su entrega ya arreglado.

Un vehículo depositado al quinto mes de la garantía -con todavía 19 meses más- y que tarda un mes en ser devuelto a su propietario, no sale del taller con 18 meses de garantía sino con el mismo plazo con el que entró, es

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decir, 19 meses. Para no perder ese mes de garantía en el que se ha visto privado del automóvil, se deben solicitar dos documentos: resguardo de depósito el día de la entrega y documento acreditativo de la devolución con su fecha.

El resguardo de depósito tiene otras funciones y por ello debe incluir en letra legible que es una reparación en garantía -de ahí su gratuidad por todos los conceptos- y cuáles son los defectos que presenta o manifiesta el coche. Al recogerse, deben detallarse las intervenciones realizadas, los elementos reparados y las piezas cambiadas en garantía, con importe cero euros.

Si se siguen estos sencillos trámites, se previenen malentendidos innecesarios tanto sobre los plazos y vigencia de la garantía como sobre los defectos reparados.

5. La reparación debe llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes. Ante demoras excesivas, habrá que solicitar una hoja de reclamaciones y dejar constancia de un incumplimiento de las obligaciones del garante.

De no cumplirse este plazo razonable, se puede exigir desde la rebaja del precio de compra a la sustitución del vehículo por otro nuevo e igual o la resolución del contrato. Este último término no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.

6. Hay otro periodo de seis meses posteriores a la entrega del vehículo reparado en el que el vendedor sigue respondiendo del arreglo. Ello resulta de gran utilidad cuando la intervención ha sido realizada al final de los dos años de la garantía.

Así, un automóvil que entra al taller del garante con solo un mes de garantía y que permanece en el mismo esos 30 días, no sale con la garantía consumida. Le queda un

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mes de garantía legal (la idéntica con la que entró y que quedó suspendida) más una garantía por seis meses para la concreta reparación realizada. Esto deberá ser acreditado con el correspondiente resguardo de depósito y devolución.

Reparaciones fuera de la garantía de compra

La garantía de las reparaciones fuera de garantía de compra caduca a los tres meses o 2.000 kilómetros recorridos. Al recoger el coche, habrá que solicitar factura, firmada, sellada y con el correspondiente IVA. En otro caso, el consumidor se encontrará en serias dificultades para reclamar la garantía del arreglo.

El Real Decreto 1.457/1986 regula, a nivel estatal, las obligaciones de los talleres de reparación del automóvil, aunque en algunas comunidades se han dictado legislaciones específicas. En este caso, antes de reparar, el consumidor tiene derecho a un presupuesto.

Al dejar el vehículo para la elaboración de presupuesto o para su reparación, hay que solicitar un resguardo de entrega con su fecha, identificación del coche, número de kilómetros y el estado del tanque de combustible, así como si el depósito del autómovil se efectúa para la confección del presupuesto o para el arreglo del automóvil. Además, conviene hacer una descripción sucinta de la reparación o servicios que se prestarán, con sus importes, si fueran ya conocidos, en el caso de que el turismo se deje para arreglo y la fecha prevista de entrega, bien del presupuesto solicitado, bien del vehículo reparado.

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