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Vicegerencia Académica Servicio de Planificación Académica Sección de Formación Permanente y Títulos Última modificación: 11/04/2016 Gestión de títulos oficiales y Suplemento Europeo al Título

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Vicegerencia Académica Servicio de Planificación Académica

Sección de Formación Permanente y Títulos Última modificación: 11/04/2016

Gestión de títulos oficiales y

Suplemento Europeo al Título

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Índice

1 Introducción ........................................................................................ 6

2 Solicitud de título ................................................................................ 7

3 Acceso y navegación en la aplicación TIS ....................................... 9

Acceso a la aplicación 9 Navegación 9 Salida de la aplicación 9

4 Introducción de la solicitud en la aplicación TIS ........................... 11

5 Casos especiales en títulos anteriores al EEES ............................ 27

Grado de licenciatura 27 Premio Relevante 27 Dobles especialidades 28

6 Solicitud de duplicados de título ..................................................... 29

Duplicados por varias causas 29 Duplicados por extravío 29 Entrega de títulos cuyo titular ha fallecido 32

7 Modificar datos personales del alumno .......................................... 33

8 Retener o parar una solicitud .......................................................... 35

9 Envío de remesa al Negociado de Títulos ...................................... 37

10 Tramitación en la Sección de Formación Permanente y Títulos .. 41

11 Certificación supletoria de título ..................................................... 43

12 Entrega de título ................................................................................ 45

Entrega al interesado 45 Entrega a persona autorizada mediante poder notarial 45 Envío a otras administraciones en España 45 Envío a Embajada u Oficina Consular en el extranjero 46 Grabación de la entrega 46

13 Suplemento Europeo al Título ......................................................... 49

14 Legislación ........................................................................................ 52

Ordenación de las enseñanzas 52 Títulos anteriores al EEES 52 Títulos y Doctorados del EEES 52 Máster y Doctorado al amparo del Real Decreto 56/2005 52 Suplemento Europeo al Título 53

15 Anexos ............................................................................................... 54

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1 Introducción Este manual recoge el procedimiento de gestión de títulos del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) y anteriores al EEES por parte de los centros universitarios mediante el uso de la aplicación informática ‘Gestión de Títulos SIGMA’.

La aplicación TIS abarca toda la gestión de títulos universitarios, tanto oficiales como propios, mediante un entorno web vinculado a la base de datos SIGMA de gestión académica.

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No siempre figura el lugar de nacimiento en la tarjeta de residencia, por lo que deberá presentar el pasaporte u otro documento oficial en el que figuren todos los datos.

2 Solicitud de título 2.1 El estudiante se presenta en la secretaría del centro con el DNI,

pasaporte o Documento de Identificación de Extranjeros (DIE) en vigor; el permiso de conducir no se considera un documento válido por no constar en él el lugar de nacimiento. En caso de que la solicitud se realice por otra persona, deberá aportar autorización del interesado junto con fotocopia del DNI/pasaporte/DIE de la persona autorizada.

2.2 Se comprueba que su expediente se encuentra en disposición de obtener el título.

2.3 Se le pregunta si está en alguno de los casos de reducción o exención de precios públicos:

Familia numerosa de categoría general (reducción del 50 %)

Familia numerosa de categoría especial (exención)

Premio extraordinario fin de carrera (exención)

Alumnos becarios que a la terminación de sus estudios obtengan en el grado, examen o proyecto fin de carrera respectivos la calificación de sobresaliente, siempre que la realización de dichas pruebas esté exigida legalmente (exención)

Discapacitados con grado reconocido superior a 33 % (exención)

2.4 Se le informa del precio del título y se le pregunta cómo realizará el pago del mismo: con tarjeta de crédito o por entidad financiera

2.5 En caso de pago por entidad financiera, se le entrega el impreso de abono indicando en el mismo el importe del título y el concepto “Título de [...]” y se le pide que realice el ingreso.

2.6 El estudiante debe aportar los siguientes documentos:

Justificante del pago del precio público del título solicitado

Fotocopia del DNI/pasaporte/NIE en vigor

Justificante de exención o reducción de tasas

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3 Acceso y navegación en la aplicación TIS Acceso a la aplicación

3.1 La aplicación TIS se maneja con cualquier navegador de Internet, introduciendo la siguiente dirección:

https://sia.unizar.es/

3.2 Esta dirección nos lleva a la pantalla de acceso, en la que hay que pinchar en ‘Entrar’

Pantalla 1

Navegación 3.3 Los botones de navegación de la aplicación se encuentran en el lateral.

Pantalla 2

Salida de la aplicación 3.4 Una vez finalizado el trabajo con la aplicación, hay que salir pinchando

en el botón

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4 Introducción de la solicitud en la aplicación TIS 4.1 En esta pantalla pinchamos en ‘Gestión de solicitudes > Gestión de

solicitudes de títulos’

Pantalla 3

4.2 En la pantalla que aparece debemos realizar la búsqueda del alumno solicitante. Se puede efectuar por nombre y apellidos, DNI/Pasaporte, NIA o NIP. Una vez introducido el criterio de búsqueda, pinchamos en ‘Buscar’.

Pantalla 4

4.3 Aparece esta nueva pantalla con los datos del alumno. Si es el alumno que buscamos, pinchamos en .

Pantalla 5

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4.4 Si el alumno no ha solicitado ningún título, veremos esta pantalla. Pinchamos en ‘Nueva solicitud’.

Pantalla 6

4.5 Si el alumno ha cursado varias carreras, aparecen todos los títulos que ha solicitado. Si queremos grabar la solicitud de un título nuevo, pinchamos en ‘Nueva solicitud’.

Pantalla 7

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4.6 Aparece una nueva pantalla en la que comprobamos que los datos del título que solicitamos son correctos. Pinchamos en

Pantalla 8

4.7 En esta pantalla seleccionaremos ‘Solicitar original título’ o ‘Solicitar

original título y SET’.

Pantalla 9

4.8 Pinchamos en y aparece una nueva pantalla que comprende datos

del alumno y datos del título. Es una pantalla muy importante, ya que los datos de la misma se imprimirán en el título tal y como se introduzcan.

Si estamos grabando una solicitud de título de Grado o Máster, solamente tenemos la opción de grabación conjunta de título y SET.

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Pantalla 10

4.9 Hay que seleccionar también la causa de propuesta; si estamos grabando un título por primera vez, elegiremos ‘Alta’, que es la que viene por defecto.

Pantalla 11

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4.10 Completamos o modificamos los siguientes datos personales:

Pantalla 12

Tipo de identificación: se selecciona el documento con el que se solicita el título.

Nombre, 1er. apellido, 2º apellido: se autointroducen según están en la base de datos de SIGMA, poniendo la inicial con mayúscula y el resto en minúsculas. Rectificar, si procede, según las siguientes normas:

o El nombre y apellidos deben ser los que aparecen en el DNI. Si los datos del DNI no fueran correctos, deberá aportar fotocopia del documento del Registro Civil o del Libro de Familia que acrediten los datos correctos o las modificaciones posteriores del registro inicial.

o El nombre y apellidos deben escribirse con las iniciales en mayúscula y el resto en minúsculas.

o Las partículas ‘de’, ‘la’, ‘del’ se escriben todo en minúsculas y deben situarse a continuación del nombre o apellido que las precede (ej.: Sánchez de la Cuesta se introduciría como [Sánchez de la] [Cuesta])

o Deben colocarse los signos de acentuación que procedan. Conviene preguntar al solicitante la forma correcta de acentuación de sus apellidos.

o Las iniciales del nombre o apellidos también deben acentuarse aunque se escriban con mayúsculas (Ángel, Álvaro)

o No se admiten abreviaturas en el nombre o apellidos (Mª, Fco., Fdez.)

o Se admiten los guiones en los apellidos sólo si figuran así en el DNI o documento del Registro Civil.

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4.11 En cuanto a los datos del título:

Pantalla 13

Fecha finalización estudios: debe introducirse (con formato [mm/aaaa]) el mes y año de la completa superación de las enseñanzas:

o deberá hacerse constar el mes y año de la fecha que el profesor firme el acta

o en los casos de convalidación y reconocimiento de créditos, la fecha de fin de estudios no va ligada a ninguna convocatoria del calendario de exámenes y por tanto la fecha que debe hacerse constar es la del mes de la resolución de tal reconocimiento por la Comisión de Docencia del centro

o cuando existan discordancias entre las fechas de la solicitud y del certificado, deberá indicarse en la solicitud las razones de esa discordancia (por lo general el comienzo del periodo de exámenes con anterioridad al nombre del mes de la convocatoria)

o siempre debe comprobarse la fecha, bien en la consulta del expediente del alumno, bien en la fecha del acta de examen o en la fecha de la resolución correspondiente. No se recomienda dar por buena la información que al respecto pueda facilitar el estudiante o la que aparezca por defecto en la aplicación.

Fecha de la solicitud: se introduce la fecha de abono de tasas, con la siguiente excepción:

o Si la fecha de pago de tasas es anterior al mes de la fecha de fin de estudios, se pone la fecha en que se le acepta la solicitud en Secretaría, que debe ser igual o posterior al mes de la convocatoria de superación de los estudios.

o Si se le ha concedido Premio Extraordinario con anterioridad a la solicitud, no se le cobran tasas y se introduce la fecha en que se le

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acepta la solicitud del título, que debe ser posterior a la de concesión del premio.

o Si el Premio Extraordinario se le concede después de haber solicitado el título, debe pedir un duplicado para hacer constar esta circunstancia. El duplicado es gratuito y también puede solicitar la devolución del importe del título original. En este caso, el título se expedirá con la fecha de concesión del Premio y con una diligencia para hacer constar que adquirió el derecho a la expedición del título desde la fecha de la solicitud.1

En los títulos de Grado y Máster no figura la concesión de Premio Extraordinario, por lo que no se les aplican los dos párrafos anteriores.

Calificación fin de carrera: esta casilla aparece en los estudios que requieren la calificación fin de carrera y es obligatorio rellenarla utilizando el desplegable.

Circunstancias especiales: el texto de estas circunstancias varía según estemos grabando un título del EEES o anteriores.

4.12 Una vez completada esta pantalla, hay que pasar a la de datos personales para actualizar los datos existentes en SIGMA que, al proceder de la matrícula, pueden estar desactualizados.

Pantalla 14

1 En el capítulo 5 Casos especiales en títulos anteriores al EEES se explica la grabación y tramitación de títulos con premios extraordinarios

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4.13 Pulsamos en el botón ‘Datos personales’ y aparece la siguiente pantalla:

Pantalla 15

El DNI se graba completo, incluida la letra, y sin guiones ni puntos.

o Nacionalidad: en el caso de nacidos en el extranjero, conviene asegurarse de que la nacionalidad es la correcta. Si el alumno tiene doble nacionalidad puede elegir la que quiera que figure en el título (solamente figurará una, nunca las dos).

o Sexo: asegurarse de que está correctamente seleccionado.

Los campos de ‘tipo de identificación’ y ‘DNI/Pasaporte’ deben coincidir con el documento aportado por el interesado y ser coherentes. P.ej., si tomamos los datos del pasaporte, se debe grabar como tipo de documento de identificación ‘pasaporte’ y el número de éste.

Debemos evitar que se quede grabado el número de NIE, p.ej., y tipo de identificación ‘pasaporte’, o a la inversa.

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Información domicilio habitual

o Difusión de domicilio: hay que preguntar siempre al interesado si autoriza la difusión de sus datos. En caso de duda, marcar ‘No’.

o Domicilio: preguntar al interesado si sigue siendo válido el que consta y modificarlo si procede.

o Teléfono: comprobar y modificar, si procede. Siempre con prefijo, que no es necesario separar del resto.

o Código postal: la localidad, provincia y país se introducen en función del código postal. Pinchando en aparece una pantalla de búsqueda.

o Podemos buscar por el código postal o por el nombre de la localidad.

Pantalla 16

o En la parte inferior de la pantalla aparecerá el listado de poblaciones que se ajustan a nuestra búsqueda.

Pantalla 17

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o Pinchando en , seleccionamos la localidad y volvemos a la pantalla ‘Modificar datos personales del alumno’. Comprobar si la población del domicilio ha cambiado correctamente.

o En el caso de estudiantes con residencia en el extranjero, se introduce el código 99999. En la pantalla de búsqueda de códigos postales podremos introducir el nombre de la población y elegir el país de un desplegable.

Pantalla 18

o Se puede preguntar al estudiante su dirección de correo electrónico e introducirla en el campo ‘Correo electrónico’, a fin de completar la base de datos.

Datos de nacimiento: son también muy importantes, puesto que lo que aquí se ponga es lo que se imprimirá en el título.

o Fecha: la del DNI/Pasaporte, salvo que el interesado demuestre que éste es incorrecto presentando documentación adicional (fotocopia del Registro Civil, Libro de Familia). Debe tener formato [dd/mm/aaaa]

o Código postal: se grabarán los datos que figuren en su DNI. También aquí la localidad, provincia y país se introducen en función del código postal, y son aplicables la Pantalla 15 a Pantalla 18. Hay que tener en cuenta lo siguiente:

o Capitales de provincia o localidades que disponen de callejero de códigos postales propio: se introducirá el código postal compuesto del código provincial seguido de ‘080’ (ej.: Zaragoza sería 50080, Huesca 22080, Teruel 44080)

o Entidades de población sin municipio propio (pedanías, etc.), hay que pinchar en el botón ‘Diligencias para la imprenta’ (en la Pantalla 12) e introducir una diligencia con el formato siguiente:

**el lugar de nacimiento debe imprimirse como: Entidadmenor, Municipio (Provincia).

4.14 Una vez completada la pantalla ‘Modificar datos personales del alumno’ pinchamos en ‘Aceptar’ y de esta forma volvemos a la pantalla ‘Solicitar Original Título Oficial de Primer y Segundo Ciclo’ (Pantalla 12 a Pantalla

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13). Puesto que ya la hemos completado antes de ir a los datos personales, ahora simplemente hacemos clic en ‘Aceptar’.

4.15 Pinchando en ‘Siguiente’ nos lleva a la pantalla de ‘Cálculo de tasas’. En la primera parte aparecen los datos del alumno, del título y de la solicitud activa. Más abajo tenemos el menú desplegable con las opciones a seleccionar:

Pantalla 19

Clase de liquidación: se elige la que corresponda (ordinaria, familia numerosa, premio extraordinario, becario, etc.)

Forma de pago: siempre es ‘Pago en efectivo’ ya que cuando se graba la solicitud del título el alumno ya ha tenido que pagar, bien ingresando el importe en la entidad financiera o bien con tarjeta de crédito.

4.16 Si el estudiante tiene reducción de tasas por familia numerosa, hay que completar los datos para que esta opción aparezca en el desplegable. Pinchamos en el botón ‘Datos Familia Numerosa’, lo que nos lleva a otra pantalla:

Pantalla 20

Fecha Inicio: poner la fecha de expedición del documento de familia numerosa, en formato [dd/mm/aaaa]

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Fecha Finalización: la fecha final de validez de la última renovación.

Clase de Liquidación: volver a elegir la que corresponda, según la categoría y número de hijos

Categoría: introducir la categoría que corresponda según el documento presentado

Número de hijos: introducir el número de hijos

4.17 Pinchando en el botón ‘Aceptar’ volvemos a la Pantalla 19. Hay que asegurarse que los datos que hemos grabado son correctos porque una vez grabada la solicitud no aparecerá esta pantalla.

Pantalla 21

4.18 En la pantalla ‘Cálculo de tasas’ vamos a una nueva pantalla pinchando en ‘Siguiente’:

Pantalla 22

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4.19 Cuando pinchamos en ‘Grabar’, aparece la pantalla final del proceso.

Pantalla 23

4.20 Se accede a los documentos de la solicitud pinchando en la pestaña correspondiente.

4.21 Si la solicitud es correcta, la imprimimos; pedimos al alumno que la lea cuidadosamente, advirtiéndole de que los datos que allí figuran aparecerán en su título de la misma forma.

4.22 Si el alumno está conforme, debe firmar un total de tres copias de la instancia de solicitud (para interesado, expediente del alumno y expediente de solicitud de título).

4.23 Pinchamos ahora en ‘Visualizar resguardo Título’. Se abrirá una nueva ventana con el resguardo de la solicitud del título. Comprobamos que el importe indicado es correcto e imprimimos tres ejemplares.

4.24 El resguardo va firmado por el Secretario y el Jefe de Negociado de Asuntos Académicos u otra persona de Secretaría y con el sello del centro. Para agilizar la entrega al alumno sugerimos, salvo mejor criterio de los centros, que la firma del Secretario se estampe con un sello de caucho.

4.25 En cuanto al certificado académico, es únicamente para el expediente de solicitud de título y habrá que enviarlo a la Sección de Formación Permanente y Títulos debidamente firmado por el Secretario y el Jefe de Negociado de Asuntos Académicos y con el visto bueno del Decano o Director.

Si se observa algún error en este certificado o está incompleto, se puede adjuntar un certificado generado por SIGMA.

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4.26 Si hemos grabado título y SET, se habrá generado también el resguardo del SET; seguimos los mismos pasos que en el resguardo de título.

4.27 Entregamos al estudiante un ejemplar de la instancia y otro del resguardo de título y resguardo de SET.

4.28 Podemos anotar a mano, en el borde superior derecho de la instancia, el Número de Registro Universitario (N.R.U.) y Número de Registro Universitario de SET (N.R.U.S.)

4.29 Guardamos los siguientes documentos para su posterior envío a la Sección de Estudios Propios y Títulos:

Instancia firmada por el interesado solicitando el título.

Fotocopia del documento de identificación en vigor (DNI, NIE, pasaporte). Y fotocopia de documento del Registro Civil o libro de familia en caso de discrepancia con los datos del DNI.

Certificación de que el interesado ha satisfecho los derechos de expedición del título (“resguardo”), firmada y sellada.

Certificación académica del centro universitario, debidamente firmada y sellada.

Hay que procurar que los datos y pies de firma queden juntos y no en hojas separadas. Si los documentos ocupan varias páginas, se pueden imprimir a doble cara o reducir el tamaño mediante los menús de la impresora.

En caso de reducción por familia numerosa o discapacidad, fotocopia del carnet de familia numerosa, incluidas las páginas de renovación cumplimentadas o certificado que acredite el grado de discapacidad.

En caso de concesión de premio extraordinario fin de carrera, fotocopia de la publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno.

4.30 La Secretaría del centro guardará, además, una copia de los documentos de solicitud del título (instancia, resguardo, certificado) para su archivo en el expediente del alumno.

4.31 Si algún dato no es correcto, volvemos a la Pantalla 23 pinchando en ‘Ir a gestión del alumno’.

4.32 Si queremos modificar una solicitud ya grabada, introducimos sus datos en la Pantalla 4.

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4.33 Cuando lleguemos a esta pantalla, el enlace de ‘Modificar Datos Personales’ nos permite variar los datos de domicilio en cualquier momento de la tramitación del título.

Pantalla 24

4.34 Si queremos entrar en la solicitud, pinchamos en

4.35 En esta nueva pantalla, podremos modificar los datos de la solicitud o modificar el estado de la solicitud.

Pantalla 25

4.36 Si pinchamos en ‘Modificar solicitud’ entramos otra vez a las pantallas de la solicitud (datos académicos y personales).

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4.37 Si pinchamos en ‘Modificar estado’, cambiaremos el estado de la solicitud.

Pantalla 26

4.38 Desde esta pantalla podemos reimprimir los documentos de la solicitud a través de la pestaña ‘Documentos’.

Pantalla 27

4.39 Por último, aquí también podremos grabar un duplicado del título pinchando en ‘Duplicar’

4.40 En la información sobre las solicitudes nos dice si se puede hacer un duplicado del título (‘Duplicable’) o solamente modificar datos de la solicitud (‘Editable’)

Pantalla 28

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5 Casos especiales en títulos anteriores al EEES Grado de licenciatura

Algunos estudios tienen la posibilidad de obtener el grado de licenciatura mediante la superación de una prueba o la elaboración de una tesina. Es una opción voluntaria que se hace constar en el reverso del título.

Para ello, se rellenan en TIS estos campos:

Pantalla 29

Fecha pruebas complementarias (la fecha de lectura de la tesina o del examen de grado, en formato [dd/mm/aaaa])

Calificación de las pruebas complementarias, eligiendo en el desplegable

Universidad de grado es la universidad en la que se realizan las pruebas complementarias. Se elige la que corresponda, generalmente la Universidad de Zaragoza.

Si el alumno realiza las pruebas complementarias con posterioridad a la expedición del título, puede solicitar un duplicado para hacer constar el grado de licenciatura.

Premio Relevante Los premios relevantes, como el Premio Extraordinario que otorga el Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, o el Premio Nacional Fin de Carrera, deben figurar en el anverso del título de licenciatura, diplomatura o ingeniería.

Para ello, en TIS se rellenan estos campos:

Código Premio Extraordinario [1,2,3]: elegir del desplegable el que tenga concedido

Órgano Concede Premio Extraordinario [1,2,3]: elegir el que corresponda según el premio (generalmente, Consejo de Gobierno)

Fecha Premio Extraordinario [1,2,3]: la que se indique en el acta de concesión, con el formato [dd/mm/aaaa]

Pantalla 30

Existe la posibilidad de grabar hasta tres premios relevantes de los que aparecen en el desplegable.

Si el premio es posterior a la fecha de abono de los derechos de expedición del título, se grabará como fecha de expedición del título la fecha de obtención del premio.

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En el texto de la diligencia para la imprenta se grabará la fecha de expedición del título original.

Este título es un duplicado del expedido con fecha (fecha de expedición del título original) y se expide para hacer constar la obtención del Premio Extraordinario

Si el título no tiene asignado todavía un Número de Registro Nacional (NRN) hay que seleccionar la opción ‘0P’ del desplegable de ‘Circunstancia especial’

Pantalla 31

Para salvaguardar los derechos de antigüedad del título, pinchamos en el botón ‘Diligencias para imprenta’ y luego en ‘Insertar’ y escribimos una diligencia con el texto:

El presente título surte efectos plenos desde el (fecha de abono de los derechos de expedición del título), fecha en que el interesado abonó los derechos de expedición

Dobles especialidades En algunos planes es posible obtener varias especialidades de una misma titulación; en estos casos se imprime un solo título y las especialidades constan en el reverso.

Cuando los expedientes están correctamente grabados en Sigma y una vez que el alumno ha solicitado la expedición del título se introducen los datos de las dos especialidades en la aplicación de títulos (Capítulo 4). Según instrucciones del MEC, no se pueden mandar las dos especialidades simultáneamente por lo que la segunda y posteriores se consideran duplicados para añadir especialidad.

Cuando se validen las solicitudes de la titulación correspondiente, una especialidad quedará en situación ‘DM’ (‘Disposición de enviar al MEC’) y la otra en ‘ST’ (‘Stop por proceso de varias especialidades’).

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Última modificación: 11/04/2016 29

6 Solicitud de duplicados de título Duplicados por varias causas

6.1 Siempre que se modifique algún dato de un registro que ya tiene asignado Número de Registro Nacional, es decir, que su situación sea 'CM-Confirmado por el MEC’ y posteriores, se graba una solicitud de duplicado.

6.2 Si el título ya se ha impreso debe entregarse para poder tramitar el duplicado, ya que este título original quedará anulado.

6.3 En el expediente de solicitud hay que incluir una copia del documento que justifique el duplicado (acta de concesión de Premio Extraordinario, acta de Registro Civil que acredite el cambio de un apellido o nombre, etc.)

6.4 Cuando seleccionamos el título a solicitar, pinchamos en la pestaña ‘Duplicar’

Pantalla 32

6.5 Realizamos los pasos 4.8 a 4.19

En ‘Causa Duplicado 1 [2, 3...]’ elegimos la que corresponda (por extravío, por deterioro del original, por cambio de nacionalidad, ...)

En el texto de la diligencia para la imprenta también se grabará la causa de duplicado que corresponda.

Este título es un duplicado del expedido con fecha [fecha de solicitud del título original]. La expedición del presente duplicado se produce por [...]

6.6 En el caso de errores tipográficos (acentos, diligencias, firma incorrecta...) no es necesario tramitar un duplicado, ya que únicamente se tramita su reimpresión en la imprenta, sin pasar por el Ministerio:

Se manda un oficio a la Sección de Formación Permanente y Títulos solicitando la reimpresión y los datos erróneos

La entrega del título original es imprescindible para la tramitación de la reimpresión.

6.7 En el caso de los duplicados por deterioro se debe aportar el título deteriorado o la parte del mismo que permita su identificación. Si no es posible identificar el título, se tramitará como un duplicado por extravío

6.8 En cuanto al abono de las tasas de duplicado, si el interesado dio su conformidad a los datos mediante su firma, las reclamaciones posteriores se considerarán duplicados por rectificación (con el abono de la tasa correspondiente) (Orden de 8 de julio de 1988)

Duplicados por extravío Según lo establecido en la Orden de 8 de julio de 1988 (BOE 13 de julio), artículo 11.2, es requisito previo a la expedición de un duplicado la publicación en el

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Boletín Oficial del Estado de un anuncio de aviso dando un plazo de un mes para propiciar, en su caso, las oportunas reclamaciones. El procedimiento para la inserción del anuncio es el siguiente:

6.9 En la página web del Boletín Oficial del Estado, ir a http://www.boe.es/anuncios/ y pinchamos en ‘Insertar anuncio’

Pantalla 33

6.10 Podemos consultar las instrucciones para la grabación y envío de anuncios en la dirección:

http://www.boe.es/anuncios/publicacion/instrucciones_anuncios.phpp

6.11 En la pantalla que aparece, pinchamos en ‘Acceso sin certificado digital’

Pantalla 34

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En esta pantalla vamos a ‘Poner un anuncio’.

Pantalla 35

Aquí elegimos el tipo de anuncio (‘Anuncio de extravío de título’).

Pantalla 36

Rellenamos las siguientes pantallas con los datos que procedan.

Damos al alumno dos copias de la autoliquidación y una copia del anuncio para que vaya a ingresar el importe.

Cuando vuelva con el justificante de pago, enviar el anuncio al BOE

Controlar la publicación en el BOE. Una vez transcurrido un mes desde la misma sin que hubiera reclamaciones, el alumno puede solicitar la expedición del duplicado y pagar las tasas correspondientes.

6.12 Para introducir la solicitud del duplicado vamos a la Pantalla 32.

6.13 Aparece nuevamente la pantalla que comprende los datos personales y del título.

En ‘Fecha de solicitud’, introducir la fecha en que se abonan las tasas del duplicado

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En ‘Causa Duplicado 1 [2, 3...]’ elegimos extravío

Pantalla 37

6.14 Pinchar en el botón ‘Diligencias para imprenta’ y luego en ‘Insertar’ y escribir una diligencia con el texto:

Este título es un duplicado del expedido con fecha (fecha de solicitud del título original). La expedición del presente duplicado se produce por extravío del original

6.15 Debemos ir a ‘Datos personales’ para comprobar si siguen siendo válidos o hay que rectificarlos

Entrega de títulos cuyo titular ha fallecido Se tramita el duplicado si tenemos el título original y certificado de defunción.

6.16 En uno de los campos de ‘Circunstancias especiales’, seleccionamos en el desplegable la opción ’03 – Títulos cuyo poseedor haya fallecido’ (títulos no EEES) o ’07 – Fallecimiento del titular antes de la recepción del título’ (títulos EEES)

6.17 Pinchamos en el botón ‘Diligencias para imprenta’ y luego en ‘Insertar’ y escribimos una diligencia con el texto:

Este Título queda invalidado por fallecimiento del titular

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7 Modificar datos personales del alumno 7.1 Dependiendo del estado de tramitación de la solicitud, no permite ya

entrar a modificarla. La única corrección posible es la del domicilio, mediante el menú que aparece en la pantalla de selección de título.

Pantalla 38

7.2 Si hay algún otro dato erróneo y el título ya ha sido enviado al Ministerio de Educación, hay que comunicarlo al Negociado de Títulos para proceder a la tramitación del correspondiente duplicado.

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8 Retener o parar una solicitud En el capítulo siguiente se especifica el procedimiento para enviar los títulos a la Sección de Formación y Títulos. Con dicho procedimiento se enviarán todos los títulos que estén en situación ‘PA’ (pagada) dentro de los criterios de búsqueda que se introduzcan. Si se desea excluir algún título concreto por alguna razón se puede retener o parar la solicitud. Para ello:

8.1 En esta pantalla, pinchamos en la pestaña ‘Acciones’ y elegimos ‘Retener’ o ‘Parar’:

Pantalla 39

8.2 Ahora podemos elegir entre ‘Retener’ o ‘Parar’ la solicitud.

‘Retener solicitud’ deja la solicitud en situación ‘Retenida’ y el expediente en situación A D. Es la opción que debe usarse si hay que entrar a modificar el expediente en SIGMA, teniendo en cuenta que, una vez resuelto el problema que motivó la retención, hay que cerrar de nuevo el expediente.

‘Parar solicitud’ pone la solicitud en situación ‘Parada’ pero no cambia la situación del expediente, que sigue en C O, por lo que no se podrá modificar.

8.3 En cualquiera de los dos casos, aparece una nueva pantalla en la que indica ‘La solicitud en curso será retenida / [parada]’ y un botón de ‘Aceptar’

8.4 Hay que tener en cuenta que no podemos parar o anular una solicitud de título sin haber parado o anulado previamente la solicitud de SET asociada; es decir, una solicitud de SET debe estar siempre asociada a una solicitud activa de título.

8.5 Cuando podamos continuar con el trámite del título, volvemos a la Pantalla 39 y elegimos ‘Reactivar solicitud’, lo que, después de ‘Aceptar’ volverá a dejarla en el estado anterior a su parada o retención.

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Última modificación: 11/04/2016 37

9 Envío de remesa al Negociado de Títulos 9.1 Los expedientes de los títulos solicitados se enviarán a la Sección de

Estudios Propios y Títulos al menos una vez al mes

9.2 Para hacer el envío, vamos primero a la aplicación TIS y, en la pantalla ‘Gestión de solicitudes’ elegimos la opción ‘Validar solicitudes’

Pantalla 40

9.3 Pinchamos en ‘Validación masiva del fedatario (liquidación)’

9.4 En la nueva pantalla tenemos que realizar una búsqueda acotando los

centros, titulaciones y/o fecha. Normalmente se elegirá el propio centro tanto en ‘desde’ como en ‘hasta’ y luego se puede optar por dejar todas las titulaciones o elegir unas concretas. Lo mismo en cuanto a elegir un determinado tramo de fechas.

9.5 Una vez introducidos los criterios de búsqueda, pinchamos en ‘Aceptar’ y se genera la siguiente pantalla:

Pantalla 41

9.6 Aquí nos aparecen todas las titulaciones comprendidas en la búsqueda anterior en situación ‘Pagada’. Ahora hay que validar cada titulación o especialidad una a una. Para ello, pinchamos en el botón

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Última modificación: 11/04/2016 38

9.7 Esto cambiará la situación de la solicitud, poniéndola en situación ‘DM’ (en ‘Disposición de enviar al MEC’); esto no se podrá deshacer masivamente sino una por una. Es decir, que una vez validadas hay que enviarlas al Negociado Títulos.

9.8 Hay que pinchar en el enlace para generar el certificado que, firmado por el Secretario y el Administrador, se enviará con los expedientes de solicitud de título.

Pantalla 42

9.9 De este documento se imprimen dos copias para enviar al Negociado de Títulos.

9.10 Volver con el botón ‘Volver’ y repetir los puntos 9.2 a 9.6 para todas las titulaciones / especialidades que se deseen validar y enviar.

9.11 Los documentos que constituyen el expediente de solicitud de título se enviarán al Negociado de Títulos en una carpeta del color correspondiente (Licenciados: verde; Diplomados: amarillo; Diplomados en centros adscritos: azul; Grado: blanco; Máster oficiales: naranja).

9.12 Pinchando en el enlace ‘Etiquetas identificativas’ vamos a otra pantalla que nos permite generar etiquetas para la carpeta del expediente de solicitud de título. Hay que introducir la dirección de correo electrónico en que las queremos recibir.

Pantalla 43

9.13 Otra forma de acceder a estas etiquetas es a través de la pestaña ‘Listados’

Pantalla 44

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9.14 Si al validar las solicitudes no hemos podido imprimir los certificados de validación, se puede hacer desde el Menú de ‘Reimpresión de documentos de liquidación’

Pantalla 45

9.15 Aparece una nueva pantalla en la que seleccionamos el centro y la fecha y hora en que se validaron las solicitudes.

Pantalla 46

9.16 Junto con las carpetas de expedientes se envían al Negociado de Títulos el oficio de remisión y dos ejemplares de los certificados de validación.

9.17 El Negociado de Títulos devolverá un ejemplar de los certificados de validación firmados, como acuse de recibo.

9.18 Si nos interesa validar una única solicitud, lo podemos hacer a través del menú ‘Validación individual del fedatario (liquidación)’

Pantalla 47

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9.19 Otra forma de validación individual es a través de la pantalla de ‘Gestión

de solicitudes’. Aquí se visualiza una pestaña ‘Validación del fedatario (liquidación)’ si la solicitud está en estado ‘Pagada’

Pantalla 48

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Última modificación: 11/04/2016 41

10 Tramitación en la Sección de Formación Permanente y Títulos

10.1 La Sección de Formación Permanente y Títulos procederá a revisar los títulos recibidos

10.2 Se constituye un lote cada mes cuyo fichero informático se envía al Ministerio de Educación para la adjudicación del correspondiente número del Registro Nacional de Títulos (RNT).

10.3 Una vez devuelto el fichero por el MEC con el número del RNT, se envía a la imprenta para su impresión.

10.4 Recibidos los títulos impresos, la Sección de Formación Permanente y Títulos efectúa el control de calidad de los mismos. Los títulos defectuosos o erróneos se devuelven para su reimpresión.

10.5 Los títulos en los que no se advierte ninguna incorrección se firman y se remiten a los centros universitarios de origen junto con una carta de notificación para ser enviada al estudiante y otra carta de felicitación del Rector.

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Última modificación: 11/04/2016 43

11 Certificación supletoria de título 11.1 En caso de ser necesario (acreditación en el extranjero o colegiación

profesional, p.ej.) el alumno puede solicitar la expedición de una certificación firmada por el Rector.

11.2 En la certificación supletoria debe figurar obligatoriamente el Número de Registro Nacional, por lo que el expediente de solicitud debe estar validado y enviado al Negociado de Títulos para su tramitación en el MEC.

11.3 En cumplimiento de la Disposición final tercera del Real Decreto 22/2015, la certificación supletoria provisional de los títulos de Grado y Máster tiene una validez de un año desde su fecha de emisión.

11.4 Cuando se haya enviado el expediente de solicitud de título al Negociado de Títulos, es suficiente con comunicar el DNI o NIP del interesado y la titulación.

11.5 En la solicitud de la certificación debe indicarse también la forma de entrega:

personalmente en la Sección de Formación Permanente y Títulos

mediante persona autorizada en la Sección de Formación Permanente y Títulos

envío a la dirección que nos indique

11.6 Este certificado se expide únicamente si el título se está tramitando: no se puede solicitar una vez que éste ya se ha entregado.

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Última modificación: 11/04/2016 45

12 Entrega de título Entrega al interesado

12.1 El interesado se identifica mediante DNI, pasaporte, documento de identificación de extranjeros o permiso de conducir.

12.2 El funcionario le muestra su título y le pide que compruebe cuidadosamente los datos del mismo.

12.3 Si el interesado encuentra el título conforme, debe firmarlo en presencia del funcionario, con bolígrafo negro de punta fina.

12.4 El funcionario marca la entrega al interesado y su fecha en la copia del título.

12.5 El interesado firma el recibí en la copia.

12.6 Se entrega al interesado el original del título y la carta de felicitación del Rector, dentro de un carpetón adecuado al tamaño del título. Los carpetones, de color azul para todas las titulaciones, se facilitarán anualmente por la Sección de Formación Permanente y Títulos a solicitud de los centros.

Entrega a persona autorizada mediante poder notarial 12.7 La persona autorizada presenta el poder notarial y se identifica

mediante su DNI, pasaporte, documento de identificación de extranjeros o permiso de conducir.

12.8 El funcionario comprueba que el poder notarial autoriza a recibir el título y, en tal caso, realiza una fotocopia de dicha escritura de apoderamiento y del DNI de la persona autorizada para su archivo en el expediente del alumno.

12.9 El funcionario marca la entrega a persona autorizada ante notario, así como la fecha, en la copia del título.

12.10 La persona autorizada firma el recibí en la copia. No debe firmar el original del título, cuya firma le corresponde únicamente al interesado.

12.11 Una embajada o consulado español tiene funciones notariales en el extranjero. En este caso sería como si otorgase el poder notarial un notario en España.

12.12 En caso de que el poder se otorgue ante un notario extranjero, deberá ser traducido por un traductor oficial y apostillado; el notario le indicará cómo hacer la apostilla.

12.13 Se entrega el original del título y la carta de felicitación del Rector, dentro del carpetón.

Envío a otras administraciones en España 12.14 El interesado puede solicitar, mediante escrito dirigido al Decano o

Director del Centro, el envío de su título a la Delegación (Área funcional de Alta Inspección de Educación) o Subdelegación del Gobierno en su provincia de residencia.

12.15 En esta página web se pueden consultar las direcciones de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno:

http://www.seap.minhap.gob.es/es/ministerio/delegaciones_gobierno/delegaciones.html

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Última modificación: 11/04/2016 46

12.16 El Centro enviará el título y su copia por correo certificado a la dependencia u organismo correspondiente, acompañados de un oficio de remisión en el que solicitará que le sea devuelta la copia del título una vez firmada por el interesado.

12.17 En este oficio se debe indicar una dirección de correo electrónico para que la Delegación remita el justificante de entrega.

12.18 El Centro enviará una carta al interesado notificándole el envío de su título.

Envío a Embajada u Oficina Consular en el extranjero 12.19 El interesado puede solicitar, mediante escrito dirigido al Decano o

Director del Centro, el envío de su título a la Embajada u Oficina Consular más próxima a su localidad de residencia. Puede consultarse la relación de embajadas y consulados en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores:

http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/Paginas/EmbajadasConsulados.aspx

12.20 El Centro enviará por correo certificado el título y su copia a la embajada o consulado correspondiente, acompañados de un oficio de remisión en el que solicitará que le sea devuelta la copia del título una vez firmada por el interesado.

12.21 En este oficio se debe indicar una dirección de correo electrónico para que la embajada remita el justificante de entrega.

12.22 El Centro enviará una carta al interesado notificándole el envío de su título.

Grabación de la entrega 12.23 Una vez entregado o enviado el título, debe registrarse esta

circunstancia en la aplicación de títulos. Para ello, en la Pantalla 3, elegimos la opción ‘Entrega títulos’

Pantalla 49

12.24 Elegimos ‘Recoger título’ en el caso de que venga a recogerlo el alumno personalmente o persona autorizada mediante poder notarial (en caso de envío a otras administraciones, pinchar en el enlace del mismo nombre).

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12.25 Aparece la pantalla para realizar una búsqueda, por NIP/NIA, DNI u otros datos de la solicitud.

Pantalla 50

12.26 Aparece marcado ‘Aceptación del título’. Si el interesado lo acepta, pinchamos en ‘Aceptar’

Pantalla 51

12.27 Si queremos continuar con la grabación de entrega del título, pinchamos en ‘Aceptar’

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12.28 En la siguiente pantalla, introducimos la fecha de entrega (por defecto aparece la del día actual) y la forma de la misma, bien sea directamente al interesado, a persona autorizada o entrega a un familiar por fallecimiento del interesado.

Pantalla 52

12.29 Si en el punto 12.24 hemos elegido ‘Otras Administraciones’, nos aparecerá la siguiente pantalla

Pantalla 53

12.30 Pinchando en ‘Enviar’ cambia la situación del título pasando a la situación ‘OA’ (otras Administraciones) y ya se puede hacer el envío a la administración correspondiente.

12.31 Una vez que la Administración a la que se envió el título nos devuelva la copia firmada por el estudiante, tenemos que registrar la entrega del título.

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13 Suplemento Europeo al Título El Suplemento Europeo al Título es el “documento que acompaña a cada uno de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, con la información unificada, personalizada para cada titulado universitario, sobre los estudios cursados, los resultados obtenidos, las capacidades profesionales adquiridas y el nivel de su titulación en el sistema nacional de educación superior”.

El procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título se estableció mediante Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto (BOE núm. 218, de 11 de septiembre de 2003).

El Real Decreto 22/2015, de 23 d enero (BOE núm. 33, de 7 de febrero de 2015) establece los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en el Real Decreto 1393/2007.

13.1 La gestión del SET se puede realizar de dos maneras diferentes:

Solicitud por separado del título oficial y del SET: primero se solicita el título oficial y posteriormente se solicita el SET del alumno.

Solicitud conjunta: se graban a la vez la solicitud del título oficial y la solicitud del SET. Es la opción obligatoria en los títulos del Real Decreto 1393/2010.

13.2 Hay que tener en cuenta que si la fecha de finalización de estudios del título oficial no es igual o superior a septiembre de 2003, fecha de entrada en vigor de la normativa del SET, la aplicación no permitirá la solicitud del SET.

13.3 En las pantallas que aparecen se rellenan y comprueban los datos académicos y personales.

13.4 Existe la posibilidad de grabar una solicitud de SET como conjunta a la solicitud de título oficial desde la pantalla de cálculo de tasas: para ello marcaremos la casilla ‘Tratar como solicitud original de SET conjunta’

Pantalla 54

13.5 Si el estudiante tiene reducción de tasas por familia numerosa, se selecciona la clase y se pincha en el botón ‘Datos Familia Numerosa’. En el caso del SET no se aplica la gratuidad de tasas por Premio Extraordinario.

13.6 Una vez grabada la solicitud del SET, el procedimiento para modificar datos personales o parar su tramitación, es idéntico a un título oficial.

13.7 Los documentos de validación de los SET se enviarán a la Sección de Formación Permanente y Títulos mensualmente: mandaremos a la

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imprenta los SET validados si sus solicitudes de título se han recibido y revisado en el Negociado de y Títulos.

13.8 Hay opción de menú específica para la validación masiva del fedatario de los SETs; así no se mezclan con los títulos oficiales y la liquidación resultante está diferenciada en cada caso.

13.9 En la pantalla ‘Gestión de solicitudes’ elegimos la opción ‘Validar solicitudes’. Pinchamos en ‘Validación masiva fedatario para el SET (liquidación)’

13.10 Se envían a la Sección de Formación Permanente y Títulos un oficio de remisión y dos ejemplares de los certificados de validación. Las instancias y resguardos generados en la grabación de la solicitud se incorporan al expediente del alumno que se guarda en el centro, no se mandan a la Sección de Formación Permanente y Títulos.

13.11 La Sección de Formación Permanente y Títulos devolverá un ejemplar de los certificados de validación firmados, como acuse de recibo.

13.12 Los suplementos impresos se remiten a los centros universitarios de origen junto con una carta de notificación para ser enviada al estudiante.

13.13 El alumno debe presentar el DNI, NIE o pasaporte; sólo se entregará a otra persona si está debidamente autorizada. En el caso de residir en otra localidad, también puede solicitar la remisión por correo certificado

13.14 La anotación de la entrega en la aplicación de títulos es idéntica a un título oficial.

Pantalla 55

13.15 El interesado debe firmar en la copia del certificado, indicando la fecha y DNI. El texto del recibí no está preimpreso: se puede escribir a mano o utilizar un sello al efecto.

13.16 Se puede solicitar la reimpresión del Suplemento si el alumno o la Secretaría detectan algún error. Se deberá aportar el Suplemento original erróneo.

13.17 En el caso de extravío del SET, no es necesaria la publicación de anuncio en el BOE pero sí deberá abonar la correspondiente tasa de duplicado.

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13.18 La grabación del duplicado se hace a través del menú ‘Duplicar’

Pantalla 56

13.19 En esta pantalla no hay que señalar causa de duplicado, solamente modificar la fecha de expedición si es necesario.

Pantalla 57

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14 Legislación Ordenación de las enseñanzas Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica.

Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Títulos anteriores al EEES Real Decreto 185/1985, de 23 de enero, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado (BOE 16 de febrero)

Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios (BOE 14 de diciembre)

Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, para la aplicación de lo dispuesto en las Órdenes de 8 de julio y de 24 de diciembre de 1988 en materia de títulos universitarios oficiales (BOE de 18 de julio)

Orden de 30 de abril de 1990, por la que se regula el procedimiento de expedición de determinados títulos y diplomas oficiales de Educación Superior y Postgrado (BOE 9 de mayo)

Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado (BOE 1 de mayo)

Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título (BOE 11 de septiembre) Títulos y Doctorados del EEES Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (BOE 30 de octubre)

Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (BOE 3 de julio)

Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales (BOE 6 de agosto)

Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado (BOE 10 de febrero)

Real Decreto 534/2013, de 12 de julio, por el que se modifican los Reales Decretos 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales; 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado; y 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas (BOE 13 de julio) Máster y Doctorado al amparo del Real Decreto 56/2005 Real Decreto 55/2005, de 21 de enero, por el que se establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios universitarios oficiales de Grado (BOE 25 de enero)

Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Posgrado (BOE 25 de enero)

Real Decreto 1509/2005, de 16 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 55/2005, de 21 de enero, por el que se establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios universitarios oficiales de grado y el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de posgrado (BOE 20 de diciembre)

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Orden ECI/2514/2007, de 13 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales de Máster y Doctor (BOE 21 de agosto) Suplemento Europeo al Título Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título (BOE 11 de septiembre).

Real Decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y se modifica el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (BOE 7 de febrero)

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15 Anexos Anexo 1

AUTORIZACIÓN

Nombre _____________________________________ Apellidos ______________________________

DNI/Pasaporte nº _____________________________

autoriza a:

Nombre _____________________________________ Apellidos ______________________________

DNI/Pasaporte nº _____________________________

para que, en su nombre, solicite el título de ________________________________________________

en la Universidad de Zaragoza.

_____________________ , a _____ de _______________ de 200 ___

Anexo: Fotocopia del DNI/Pasaporte de la persona autorizada

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Anexo 2

Fecha:

N/Ref.:

Su Ref.:

Destinatario: Sección de Formación Permanente y Títulos Negociado de Títulos

Adjunto remito los expedientes de solicitud de título de las titulaciones y alumnos

que se relacionan en los certificados de validación masiva.

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Recibí el original de este escritocon los títulos citados,Fecha: ___/___/20___

Fdo.: _________________________

COPIA A DEVOLVER FIRMADA A LASección de Estudios Propios y Títulos

Anexo 3

Fecha: 13 de junio de 2006

N/Ref.:

Su Ref.: Servicio de Planificación Académica / Sección de Formación Permanente y Títulos

Destinatario:

Asunto: Envío de títulos

Adjunto remitimos los títulos relacionados (original y copia a firmar por el interesado), acompañados de carta de felicitación del Rector y notificación de disponibilidad de título para ser enviada desde ese centro.

Agradeceremos la devolución de una copia de este escrito, como acuse de recibo.

EL JEFE DE LA SECCIÓN DE FORMACIÓN PERMANENTE Y TÍTULOS

Fdo.:

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Anexo 4

Fecha:

N/Ref.:

Su Ref.:

Destinatario: Delegación del Gobierno Área de la Alta Inspección de Educación Triana, 120 35071 Las Palmas de Gran Canaria

Asunto: Envío de título universitario para su entrega al interesado

Adjunto remito original y copia del título universitario de Don para su entrega al

mismo en esa Delegación del Gobierno, según lo previsto en el artículo Sexto 2 de la

Orden de 8 de julio de 1988 (BOE 13-7-1988)

El interesado tiene que identificarse debidamente y firmar el original del título en

presencia de un funcionario de esa Delegación.

También deberá firmar el recibí del título en la copia del mismo.

Agradeceremos que nos devuelvan el acuse de recibo del título en formato

digital vía SIR al órgano Universidad de Zaragoza y, si no es posible, hacerlo vía SIR

por envío postal a:

Registro General Universidad de Zaragoza Pedro Cerbuna 12 50.009 Zaragoza

EL ADMINISTRADOR,

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Anexo 5

Fecha:

N/Ref.:

Su Ref.: Su carta de 30-10-01

Destinatario: D. Lanzarote, 12 35001 Las Palmas de Gran Canaria

Le comunicamos que, según lo solicitado por usted en su escrito de 30 de

octubre de 2001, hemos remitido su título universitario a:

Delegación del Gobierno Área de la Alta Inspección de Educación Triana, 120 35071 Las Palmas de Gran Canaria

Para recoger el título deberá personarse en dicho organismo, provisto de su

Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

EL ADMINISTRADOR,