Habilitaciones urbanas

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HABILITACIONES URBANAS 1) Introduccin:Es el proceso de convertir un terreno rstico o eriazo en urbano, mediante la ejecucin de obras de accesibilidad, de distribucin de agua y recoleccin de desage, de distribucin de energa e iluminacin pblica, pistas y veredas.Adicionalmente, el terreno podr contar con redes para la distribucin de gas y redes de comunicaciones.

2) Normativa aplicada:

- Ley N 29090, modificada por las Leyes N 29300 y N 29476.- D.S. N 024-2008-VIVIENDA, modificado por el D.S. N 003-2010-VIVIENDA.- D.S. N 011-2006-VIVIENDA: Reglamento Nacional de Edificaciones.- Adecuacin del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios: Resolucin N 339-2008-SUNARP/SN.

3) Entidad competente para aprobar las HU:

Las municipalidades distritales en el mbito de su jurisdiccin, las municipalidades provinciales y la Municipalidad Metropolitana de Lima en el mbito del Cercado. Art. 4 num. 9 de la Ley 29090. Todos los procedimientos establecidos en la Ley 29090, estn sujetos a silencio administrativo positivo. Segn modificacin efectuada por Ley 29476.

Documentos previos: Se entiende por documento previo aquel que regula el diseo o las condiciones tcnicas que afectarn el proceso de habilitacin urbana o de edificacin de un predio y que, por tanto, es necesario tramitar ante una entidad, con anterioridad al trmite de licencias de habilitacin urbana y de edificacin.Art. 14 LEY

Efectos de la inscripcin de los documentos previos: Los Registros Pblicos inscribirn, a solicitud del propietario, cualquiera de los documentos establecidos en el presente artculo, para su respectiva publicidad, siendo que el contenido del asiento de inscripcin debe resaltar las condiciones establecidas para el aprovechamiento del predio, por lo que ste ser oponible frente a terceros.

4) Etapas del procedimiento administrativo de habilitacin urbana:

a) Aprobacin del Proyecto. b) Recepcin de las Obras.

Art. 16 Reglamento

5) Modalidades de aprobacin de habilitacin:

Modalidad B: Con firma de profesionales responsables.Modalidad C: Aprobacin con evaluacin previa de proyecto por revisores urbanos o comisiones tcnicas.Modalidad D: aprobacin con evaluacin previa de comisin tcnica.

Art. 10 de la Ley, modificado por la Ley 29476

6) Modalidad B: Con firma de profesionales responsables

El cargo de ingreso del FUHU constituye la licencia temporal que permite iniciar las obras preliminares. La municipalidad cuenta con un plazo de 20 das para verificar el expediente, la idoneidad y correcta ejecucin del proyecto. Despus de la verificacin sin observaciones, se otorga la licencia definitiva que autoriza la continuacin de las obras.

Art. 10 Ley 29090, modificado por la Ley 29476.

7) Modalidad C: Evaluacin previa de proyectos por revisores urbanos o comisiones tcnicas

Revisores urbanos:

El cargo de presentacin del expediente ante la municipalidad constituye la licencia, previo pago de la liquidacin respectiva, pudindose a partir de este momento iniciar las obras. Comisiones tcnicas:

La municipalidad convocar a la comisin en el plazo de 5 das tiles; la comisin tendr 40 das tiles para evaluar el expediente. Vencido este plazo sin pronunciamiento, se aplica el silencio positivo.

Art. 10 Ley 29090, modificado por la Ley 29476.

8) Modalidad D: Aprobacin con evaluacin previa de comisin Tcnica

La municipalidad convocar a la comisin en el plazo mximo de 5 das tiles; la comisin tendr 40 das tiles para evaluar el expediente. Vencido este plazo sin pronunciamiento, se aplica el silencio positivo.

Art. 10 Ley 29090, modificado por la Ley 29476.

9) Modalidad D: Aprobacin con evaluacin previa de comisin Tcnica

La municipalidad convocar a la comisin en el plazo mximo de 5 das tiles; la comisin tendr 40 das tiles para evaluar el expediente. Vencido este plazo sin pronunciamiento, se aplica el silencio positivo.

Art. 10 Ley 29090, modificado por la Ley 29476.

Inscripcin registral de la primera etapa de la H.U.

La inscripcin en Registros Pblicos de las habilitaciones urbanas autorizadas por las modalidades B, C y D se realizar nicamente con la recepcin de obras, a excepcin de las habilitaciones urbanas con construccin simultnea y venta garantizada de lotes en las que se realiza la anotacin preventiva dela pre declaratoria de fbrica y la pre independizacin. Sin embargo, el proyecto de habilitacin urbana aprobado por la municipalidad podr ser inscrito, de ser el caso, bajo responsabilidad del promotor.

Anotacin preventiva de la licencia de habilitacin urbana

- Habilitaciones urbanas con construccin simultnea y venta garantizada de lotes.- Habilitaciones urbanas aprobadas bajo cualquier modalidad, bajo responsabilidad del promotor.- Ha quedado modificado el artculo 31C del RIRP, que recoga el anterior texto del artculo 10 de la Ley 29090 segn el cual solamente era registrable la HU aprobada por la modalidad B y la C con revisores urbanos.

10) Ttulo que sustenta la anotacin preventiva de la licencia

Modalidad B: Resolucin municipal que aprueba la licencia definitiva.

Modalidad C: FUHU debidamente sellado y con N de expediente asignado, el anexo D con el sello de pago de la autoliquidacin y comprobante de pago.

Modalidad D: FUHU debidamente sellado y con N de expediente asignado y comprobante de pago del derecho respectivo.

11) Ttulo que sustenta la anotacin preventiva de la licencia

- Planos de ubicacin y localizacin* del terreno, y de trazado y lotizacin presentados ante la Municipalidad respectiva.

- Memoria descriptiva. Se regula prevalencia del plano. Se permite presentacin de copia digital de planos y memoria.Art. 31D RIRP, modificado por la Ley 29476 y DS 003-2010-VIVIENDA

12) Ttulo que sustenta la anotacin preventiva de la licencia por SAP

- Cargo del FUHU correspondiente a la licencia de habilitacin urbana presentado ante la municipalidad.

- Documentos tcnicos (planos y memoria descriptiva).

- Cargo de recepcin de la D.J. del propietario en el sentido que oper el SAP, presentada ante la municipalidad.

13) Ttulo inscribible conforme al RIRP

- FUHU correspondiente a la recepcin de obras.

- Resolucin de recepcin de obras.

- Plano de replanteo de trazado y lotizacin + memoria descriptiva.

- Si el proyecto no sufri modificaciones, no se requerir plano de replanteo, sino de trazado y lotizacin.

- Si no se anot la licencia: Plano de trazado y lotizacin + memoria + Plano de ubicacin y localizacin presentado para obtencin de licencia.

Art. 31H RIRP

14) Ttulo inscribible de recepcin de obras por SAP

- Cargo del FUHU correspondiente a la recepcin de obras presentado ante la municipalidad.

- Documentos tcnicos (planos y memoria descriptiva).

- Cargo de recepcin de la D.J. del propietario en el sentido que oper el SAP, presentada a la municipalidad.

Art. 31K RIRP

15) Ttulo inscribible para la regularizacin conforme al RIRP

Resolucin municipal que aprueba el proyecto o la recepcin de obras.

Planos de ubicacin, localizacin y de trazado y lotizacin.

Memoria descriptiva.

Art. 31 RIRP

16) Habilitaciones urbanas de oficio

Presupuesto:

Predios que se encuentran registrados como rsticos pero que se encuentran ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios pblicos.

* Las municipalidades debern identificarlos y emitir de oficio la resolucin que lo declare de naturaleza urbana. La inscripcin en el Registro ser gestionada por el propietario.

Art. 24 de la Ley.

17) Replante de urbanizacin o reurbanizacin

Conforme al Reglamento Nacional de Edificaciones, se denomina reurbanizacin al replanteo de una urbanizacin o lotizacin que conlleve la recomposicin de la trama urbana existente mediante la reubicacin o redimensionamiento de las vas y la acumulacin y subdivisin de lotes.Conforme al Reglamento Nacional de Edificaciones, la reurbanizacin est sujeta a los trmites correspondientes a una habilitacin urbana, razn por la que el ttulo en mrito al cual se inscribir este acto, ser la resolucin municipal que la aprueba, acompaada de los planos y memorias descriptivas correspondientes.

Resolucin N 824-2010-SUNARP-TR-L

18) RELACION DE LA EDIFICACION CON LA VIA PBLICA

Cuando el Plan Urbano Distrital lo establezca existirn retiros entre el lmite de propiedad y el lmite de la edificacin.Los retiros tienen por finalidad permitir la privacidad y seguridad de los ocupantes de la edificacin y pueden ser:Frontales, laterales, y posteriores. Los planes urbanos establecen las dimensiones mnimas de los retiros. Elproyecto a edificarse puede proponer retiros de mayores dimensiones.

Los retiros frontales pueden ser empleados para:

La construccin de gradas para subir o bajar como mximo 1.50 m del nivel de vereda. La construccin de cisternas para agua y sus respectivos cuartos de bombas. La construccin de casetas de guardiana y su respectivo bao. Estacionamientos vehiculares con techos ligeros o sin techar. Estacionamientos en semistano, cuyo nivel superior del techo no sobrepase 1.50 m por encima del nivel de la vereda frente al lote. En este caso la rampa de acceso al estacionamiento en semi-stano podr iniciarse en el lmite de propiedad. Cercos delanteros opacos.

19) SEPARACION ENTRE EDIFICACIONES

En los conjuntos residenciales, por razones de privacidad e iluminacin natural, se determinar en funcin al uso de los ambientes que se encuentran frente a frente, segn: Para edificaciones con vanos de ambientes de cocinas, pasajes y patios techados, la distancia de separacin deber ser mayor a un cuarto de la altura de la edificacinms alta, con una distancia mnima de 4.00 m

20) LOS POZOS PARA ILUMINACION Y VENTILACION NATURALPara viviendas unifamiliaresLa dimensin mnima es 2.00 m por lado medido entre las caras de los paramentos que definen el pozo

Paraviviendas en edificaciones multifamiliaresLas dimensiones mnimas es de 2.20 m por lado, medido entre las caras de los paramentos que definen el pozo.

21) REQUISITOS DE ILUMINACINLos ambientes de las edificaciones contarn con componentes que aseguren la iluminacin natural y artificial necesaria para el uso por sus ocupantes.Se permitir la iluminacin natural por medio de teatinas o tragaluces.Los ambientes tendrn iluminacin natural directa desde el exterior y sus vanos tendrn un rea suficiente como para garantizar un nivel de iluminacin de acuerdo con el uso al que est destinado.Los ambientes destinados a cocinas, servicios sanitarios, pasajes de circulacin, depsitos y almacenamiento, podrn iluminar a travs de otros ambientes.Todos los ambientes contarn, adems, con medios artificiales de iluminacin en los que las luminarias factibles de ser instaladas debern proporcionar los niveles de iluminacin para la funcin que se desarrolla en ellos, segn lo establecido en la norma EM.010

22) NORMA A.020 VIVIENDAGENERALIDADESLas viviendas pueden edificarse: Unifamiliar, cuando se trate de una vivienda sobre un lote de terrenoIndependizado Multifamiliar, cuando se trate de dos o ms viviendas en una sola edificacin y donde el terreno es de propiedad comn.- Conjuntos Residenciales, cuando se trate de dos o ms viviendas en varias edificaciones independientes y donde el terreno es de propiedad comn.- Quintas, cuando se trate de dos o ms viviendas sobre lotes propios queComparten un acceso comn.CONDICIONES DE DISEO-El rea techada mnima de una vivienda sin capacidad de ampliacin es de 40 mt2.-El rea techada mnima de una vivienda unifamiliar en su forma inicial, con posibilidad de expansin es de 25 mt2.Para el clculo de la densidad habitacional, el nmero de habitantes de unaVivienda, est en funcin del nmero de dormitorios, segn lo siguiente:Vivienda Nmero de HabitantesDe un dormitorio2 De dos dormitorios 3 De tres dormitorios o ms 5

Las dimensiones de los ambientes que constituyen la vivienda sern aquellas que permitan la circulacin y el amoblamiento requerido para la funcin propuesta, acorde con el nmero de habitantes de la vivienda. Las dimensiones de los muebles se sustentan en las caractersticas antropomtricas de las personas que la habitarn El acceso a las viviendas unifamiliares deber tener un ancho mnimo de0.90 m.- En el caso de viviendas unifamiliares podr plantearse su ejecucin por etapas, siempre que la unidad bsica o ncleo bsico cumpla con el rea establecida.- CARACTERISTICAS DE LAS VIVIENDASLa vivienda debe permitir el desarrollo de las actividades humanas en condiciones de higiene y salud para sus ocupantes, creando espacios seguros para la familia que la habita, proponiendo una solucin acorde con el medio ambiente.Los ambientes debern disponerse de manera tal que garanticen su uso ms eficiente, empleando materiales que demanden un bajo grado de mantenimiento.El ltimo techo de una vivienda unifamiliar de varios pisos o multifamiliar, deber tener un aislamiento trmico que permita un nivel de confort similar al de los dems pisos.Los techos deben contar con un sistema de evacuacin del agua de lluvias hasta el suelo o hasta el sistema de alcantarillado. Deber evitarse el posible empozamiento de agua de lluvias.Las cubiertas inclinadas deben ser capaces de permitir el acceso de personas para reparacin o mantenimiento.LAS DIMENSIONES DE LOS AMBIENTES LOS DA EL MOBILIARIO Y LA ANTROPOMETRIA.

23) LO QUE DEBEMOS EVITAR:DESARROLLO ORDENADO DE LA CIUDAD: PLANES DESARROLLO URBANO: Zonificacin de usos del suelo Plan vial reas de expansin urbana, Proteccin y conservacin ambiental y mitigacin de desastresFORMALIDAD DE LA CONSTRUCCION Proyectos elaborados con Normas Tcnicas (RNE) y respetando parmetros urbansticos Intervencin de profesionales en el Proyecto, Aprobacin Municipal del proyecto, Obtencin de Licencias Municipales.SEGURIDAD EN LA EJECUCION DE OBRAS Construccin con proyecto aprobado y licencias, Utilizacin de Materiales adecuados, Mano de obra calificada, Autoconstruccin con asistencia tcnica, Supervisin y control de obra municipal.