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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 5 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Presidencia de la Comunidad 2043 LEY 1/2009, de 15 de junio, para la Creación de una Comi- sión Permanente no Legislativa para las Políticas Integra- les de la Discapacidad. La Presidenta de la Comunidad de Madrid. Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo. PREÁMBULO Según la Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situa- ciones de Dependencia realizada por el INE en 2008 en la Comuni- dad de Madrid existen alrededor de 434.800 personas mayores de seis años con discapacidad. Los poderes públicos toman conciencia de la importancia de las políticas de discapacidad a partir del año 1982, con la promulgación de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI). Así han continuado con los distintos planes de accesibilidad, empleo e integración, la aprobación de la Ley 51/2003, de Igualdad de Opor- tunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Per- sonas con Discapacidad, así como su reglamento. Otros decisivos avances han sido el reconocimiento de la lengua de signos y del braille. A su vez, la Carta Magna, en su artículo 49, refiriéndose a las personas con discapacidad, ordena a los poderes públicos que les presten la atención especializada que requieran, dándoles amparo especial para el disfrute de sus derechos. Estos derechos y libertades enunciados constituyen hoy uno de los ejes esenciales en la actua- ción sobre la discapacidad. Los poderes públicos deben asegurar que las personas con discapacidad puedan disfrutar del conjunto de to- dos los derechos humanos: Civiles, sociales, económicos y culturales. El propio Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid se- ñala en su artículo 7.b. que “corresponde a los poderes públicos de la Comunidad de Madrid, en el ámbito de su competencia, promo- ver las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que integran sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la partici- pación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cul- tural y social”. Asimismo, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada el 13 de diciembre de 2006, por la Asam- blea General de Naciones Unidas, tiene como propósito fundamen- tal promover, proteger y asegurar la plena y efectiva participación en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás, de las per- sonas con discapacidad física, mental, intelectual o sensorial, pro- moviendo el respeto a su dignidad inherente. En este sentido, se entiende necesaria la creación de una Comi- sión Permanente no Legislativa para las Políticas Integrales de la Discapacidad en el seno de la Asamblea de Madrid, tal como viene ya existiendo en el Congreso de los Diputados. Por otra parte, me- diante esta disposición se proporciona el soporte legal necesario para la constitución de dicha Comisión, cumpliéndose el requisito establecido en el artículo 72.2.b) del Reglamento de la Asamblea de Madrid. Artículo Único Creación de una Comisión Permanente no Legislativa para las Políticas Integrales de la Discapacidad. DISPOSICIONES FINALES Entrada en vigor La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el BO- LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 15 de junio de 2009. La Presidenta, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/20.595/09) Consejería de Educación 2044 ORDEN 2694/2009, de 9 de junio, por la que se regula el acceso, la matriculación, el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen en la Comunidad de Madrid la modalidad presencial de la for- mación profesional del sistema educativo establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ha dis- puesto que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autóno- mas, establecerá la titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas. Asimismo, la Ley regula la formación profe- sional del sistema educativo, organizándola en ciclos formativos de grado medio y grado superior, que tienen como finalidad preparar a los alumnos para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a los cambios que puedan producirse en su vida. Por otra parte, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cua- lificaciones y de la Formación Profesional, ordenó un sistema inte- gral de formación profesional, cualificaciones y acreditación que pudiera responder con eficacia y transparencia a las demandas so- ciales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. Dicha Ley creó el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, uno de cuyos instrumentos fundamentales lo constituye el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, regulado por el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre, en el que se definen la estructura y el contenido del catálogo y sus componentes, es de- cir, las cualificaciones, las unidades de competencia y los módulos formativos asociados a estas últimas, que constituyen el referente para definir las formaciones conducentes a los títulos de formación profesional y a los certificados de profesionalidad. El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece la or- denación general de la formación profesional del sistema educativo. En dicha norma se define la estructura de los nuevos títulos, que ten- drán como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesio- nales y las directrices fijadas por la Unión Europea. Los títulos de formación profesional se ordenan en familias profesionales, y las enseñanzas que conducen a su obtención se organizan en ciclos for- mativos que comprenden módulos profesionales asociados a unida- des de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Pro-

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 5

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

Presidencia de la Comunidad

2043 LEY 1/2009, de 15 de junio, para la Creación de una Comi-sión Permanente no Legislativa para las Políticas Integra-les de la Discapacidad.

La Presidenta de la Comunidad de Madrid.Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente

Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.

PREÁMBULO

Según la Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situa-ciones de Dependencia realizada por el INE en 2008 en la Comuni-dad de Madrid existen alrededor de 434.800 personas mayores deseis años con discapacidad.

Los poderes públicos toman conciencia de la importancia de laspolíticas de discapacidad a partir del año 1982, con la promulgaciónde la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI). Asíhan continuado con los distintos planes de accesibilidad, empleo eintegración, la aprobación de la Ley 51/2003, de Igualdad de Opor-tunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Per-sonas con Discapacidad, así como su reglamento. Otros decisivosavances han sido el reconocimiento de la lengua de signos y delbraille. A su vez, la Carta Magna, en su artículo 49, refiriéndose alas personas con discapacidad, ordena a los poderes públicos que lespresten la atención especializada que requieran, dándoles amparoespecial para el disfrute de sus derechos. Estos derechos y libertadesenunciados constituyen hoy uno de los ejes esenciales en la actua-ción sobre la discapacidad. Los poderes públicos deben asegurar quelas personas con discapacidad puedan disfrutar del conjunto de to-dos los derechos humanos: Civiles, sociales, económicos y culturales.

El propio Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid se-ñala en su artículo 7.b. que “corresponde a los poderes públicos dela Comunidad de Madrid, en el ámbito de su competencia, promo-ver las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuoy de los grupos en que integran sean reales y efectivas, remover losobstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la partici-pación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cul-tural y social”.

Asimismo, la Convención sobre los Derechos de las Personas conDiscapacidad, aprobada el 13 de diciembre de 2006, por la Asam-blea General de Naciones Unidas, tiene como propósito fundamen-tal promover, proteger y asegurar la plena y efectiva participaciónen la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás, de las per-sonas con discapacidad física, mental, intelectual o sensorial, pro-moviendo el respeto a su dignidad inherente.

En este sentido, se entiende necesaria la creación de una Comi-sión Permanente no Legislativa para las Políticas Integrales de laDiscapacidad en el seno de la Asamblea de Madrid, tal como vieneya existiendo en el Congreso de los Diputados. Por otra parte, me-diante esta disposición se proporciona el soporte legal necesariopara la constitución de dicha Comisión, cumpliéndose el requisitoestablecido en el artículo 72.2.b) del Reglamento de la Asamblea deMadrid.

Artículo Único

Creación de una Comisión Permanente no Legislativa para lasPolíticas Integrales de la Discapacidad.

DISPOSICIONES FINALES

Entrada en vigor

La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de junio de 2009.

La Presidenta,ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

(03/20.595/09)

Consejería de Educación

2044 ORDEN 2694/2009, de 9 de junio, por la que se regula elacceso, la matriculación, el proceso de evaluación y laacreditación académica de los alumnos que cursen en laComunidad de Madrid la modalidad presencial de la for-mación profesional del sistema educativo establecida en laLey Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ha dis-puesto que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autóno-mas, establecerá la titulaciones correspondientes a los estudios deformación profesional, así como los aspectos básicos del currículode cada una de ellas. Asimismo, la Ley regula la formación profe-sional del sistema educativo, organizándola en ciclos formativos degrado medio y grado superior, que tienen como finalidad preparar alos alumnos para la actividad en un campo profesional y facilitar suadaptación a los cambios que puedan producirse en su vida.

Por otra parte, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cua-lificaciones y de la Formación Profesional, ordenó un sistema inte-gral de formación profesional, cualificaciones y acreditación quepudiera responder con eficacia y transparencia a las demandas so-ciales y económicas a través de las diversas modalidades formativas.Dicha Ley creó el Sistema Nacional de Cualificaciones y FormaciónProfesional, uno de cuyos instrumentos fundamentales lo constituyeel Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, regulado porel Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, modificado por elReal Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre, en el que se definenla estructura y el contenido del catálogo y sus componentes, es de-cir, las cualificaciones, las unidades de competencia y los módulosformativos asociados a estas últimas, que constituyen el referentepara definir las formaciones conducentes a los títulos de formaciónprofesional y a los certificados de profesionalidad.

El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece la or-denación general de la formación profesional del sistema educativo.En dicha norma se define la estructura de los nuevos títulos, que ten-drán como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesio-nales y las directrices fijadas por la Unión Europea. Los títulos deformación profesional se ordenan en familias profesionales, y lasenseñanzas que conducen a su obtención se organizan en ciclos for-mativos que comprenden módulos profesionales asociados a unida-des de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Pro-

Page 2: I. COMUNIDAD DE MADRID · 2009. 6. 22. · Madrid, a 15 de junio de 2009. La Presidenta, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/20.595/09) Consejería de Educación 2044 ORDEN 2694/2009,

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fesionales, y módulos profesionales no asociados a dichas unidades.El Real Decreto establece, asimismo, las condiciones de acceso a lasenseñanzas, la admisión, la matriculación, los aspectos básicos de laevaluación, las convalidaciones, las exenciones y las vías para la ob-tención de los títulos por las personas adultas.

El marco normativo descrito hace necesaria una nueva regulaciónde la organización de la formación profesional en el ámbito de laComunidad de Madrid, especialmente en lo que se refiere a la ma-triculación, el proceso de evaluación y la acreditación de los alum-nos que cursen en dicho ámbito territorial las enseñanzas de forma-ción profesional del sistema educativo en la modalidad presencial,aspectos todos ellos regulados hasta el momento por la Or-den 2323/2003, de 30 de abril, de la Consejería de Educación.

A la Consejería de Educación le corresponde regular los aspectosantedichos de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decre-to 118/2007, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que seestablece la estructura orgánica de la Consejería de Educación.

En su virtud,

DISPONGO

Capítulo I

Organización de las enseñanzas

Artículo 1

Ámbito de aplicación

La presente Orden será de aplicación en los centros docentes pú-blicos y privados de la Comunidad de Madrid que, debidamente au-torizados, impartan en la modalidad presencial enseñanzas corres-pondientes a los ciclos formativos de Formación Profesional de laLey Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en lo sucesivo“LOE”).

Artículo 2

Los ciclos formativos

Las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de For-mación Profesional se ordenan en ciclos formativos, cuyas caracte-rísticas principales son:

— Se configuran en dos niveles educativos: Grado medio y gra-do superior.

— Se organizan en módulos profesionales de duración variable.— Se desarrollan en dos cursos académicos.— Incluyen un período de formación práctica en centros de tra-

bajo, de carácter obligatorio, con una duración de 370 horaspor ciclo formativo.

Artículo 3

Los módulos profesionales

A los efectos previstos en esta Orden, los módulos profesionalesse clasifican en:

a) Módulos profesionales de formación en el centro educativo.b) Módulos de formación complementaria y de integración cu-

rricular, formados por el módulo profesional de Formaciónen centros de trabajo (en adelante “módulo de FCT”) y, paralos ciclos formativos de grado superior, el módulo profesio-nal de Proyecto.

SECCIÓN I

Módulos profesionales de formación en el centro educativo

Artículo 4

Características

1. Estos módulos profesionales están constituidos por áreas deconocimientos teórico-prácticos en función de las competenciasprofesionales que se pretendan alcanzar.

2. En el Real Decreto por el que se establece cada título, se re-gula la correspondencia de determinados módulos profesionales in-cluidos en él con unidades de competencia del Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales para su acreditación.

3. Se desarrollan durante el primer curso y en los dos primerostrimestres del segundo curso, de acuerdo con la organización que seestablezca en la norma que regule el currículo de cada ciclo forma-tivo para la Comunidad de Madrid.

4. Los módulos profesionales de los ciclos formativos se asig-narán a profesores con atribución docente para impartirlos, respon-sabilizándose cada uno de su evaluación y calificación.

SECCIÓN II

Módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo

Artículo 5

Características del módulo de FCT

El módulo de FCT es un componente de los ciclos formativos deformación profesional que tiene las funciones siguientes:

a) Completar la adquisición de competencias profesionales pro-pias de cada título alcanzadas en el centro educativo.

b) Adquirir una identidad y madurez profesional motivadoraspara el aprendizaje a lo largo de la vida y para las adaptacio-nes a los cambios de las necesidades de cualificación.

c) Completar conocimientos relacionados con la producción, lacomercialización, la gestión económica y el sistema de rela-ciones sociolaborales de las empresas, con el fin de facilitarsu inserción laboral.

d) Evaluar los aspectos más relevantes de la profesionalidad al-canzada por el alumno en el centro educativo y acreditar losaspectos requeridos en el empleo que no pueden verificarsepor exigir situaciones reales de trabajo.

Artículo 6

Convenio de colaboración

1. Para la realización de las actividades del módulo de FCT, loscentros educativos que impartan ciclos formativos de formaciónprofesional suscribirán convenios de colaboración con empresas uotras organizaciones, previa autorización de la Dirección Generalcompetente. La tramitación y la formalización de dichos conveniosy los aspectos relacionados con su vigencia y aplicación se efectua-rán de acuerdo con las instrucciones que para ello dicten en el ám-bito de sus competencias la Dirección General de Educación Secun-daria y Enseñanzas Profesionales y la Dirección General de Becas yAyudas a la Educación.

2. En el caso de la realización del módulo de FCT en Unidadesdependientes de otras Consejerías de la Comunidad de Madrid, seestará a lo dispuesto en los acuerdos de colaboración que se esta-blezcan con dichas Consejerías.

Artículo 7

Períodos y lugares de realización

1. Como norma general, el módulo de FCT se desarrollará den-tro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en horariode 07.00 y 22.00 y en el período lectivo comprendido entre la fecha decelebración de la sesión de Evaluación Final Ordinaria de segundocurso y el último día lectivo fijado por el calendario escolar paracada curso académico.

2. Cuando la decisión de incorporación de un alumno al módu-lo de FCT se adopte en la sesión de Evaluación Final Extraordinariade segundo curso que se celebre en el mes de junio, este lo realiza-rá en el período comprendido entre el primer día lectivo fijado porel calendario escolar para el curso académico siguiente y la fechaprevista por el centro educativo para la sesión de Calificación Finaldel Ciclo Formativo que se ha de celebrar a su término y que, en todocaso, deberá efectuarse antes de finalizar el mes de enero. De no su-perarse el módulo en el período anterior, si el alumno dispone aúnde una convocatoria más, podrá realizarlo en el período lectivo res-tante del curso escolar, evaluándose en el mes de junio.

3. Durante la realización del módulo de FCT, los alumnos acu-dirán quincenalmente al centro educativo para valorar el desarrollodel programa formativo y su actividad en el centro de trabajo. Ade-más, en los ciclos formativos de grado superior, se dedicará parte deesta jornada a completar las actividades previstas en esta Orden parael módulo profesional de Proyecto.

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4. El número de horas de estancia del alumnado en el centro detrabajo se reflejará en el documento anexo al convenio de colabora-ción en el que figura la relación de alumnos. En las 370 horascurriculares atribuidas a este módulo estarán incluidas las reserva-das para la jornada quincenal prevista en el apartado anterior.

5. Las estancias diarias de los alumnos en el centro de trabajotenderán a ser de duración igual o aproximada al horario laboral dela entidad colaboradora.

6. La realización del módulo de FCT en horarios diferentes delos definidos con carácter general o en días no lectivos tendrá la con-sideración de excepcional. Se podrá autorizar únicamente en los ca-sos en que concurran las siguientes circunstancias:

a) Estacionalidad o singularidad de la jornada laboral de la acti-vidad productiva.

b) Características propias del ciclo formativo.c) Falta de disponibilidad de puestos formativos.En dichas ocasiones, se requerirá la autorización expresa de la Di-

rección de Área Territorial correspondiente, que resolverá la solici-tud del centro previo informe del Servicio de Inspección Educativavalorando la petición, en el que se hará constar:

— La justificación razonada de su necesidad.— El sistema y condiciones establecidos para el seguimiento de las

actividades, que garanticen la realización del control tutorial.— Que es la única alternativa que permite al alumno realizar di-

cho módulo en el período propuesto.La petición deberá incluir nombre y apellidos de los alumnos, el

número del documento acreditativo de su identidad, el lugar dondevayan a efectuarse las prácticas formativas, el período y horario derealización.

7. Cuando las actividades de este módulo vayan a desarrollarseen empresas o instituciones ubicadas en otras Comunidades Autó-nomas o en otros Estados de la Unión Europea, se requerirá la auto-rización expresa de la Dirección General de Educación Secundariay Enseñanzas Profesionales, para los centros públicos, o de la Direc-ción General de Becas y Ayudas a la Educación, para los centros pri-vados.

La petición deberá incluir nombre y apellidos de los alumnos, elnúmero del documento acreditativo de su identidad, el lugar, el pe-ríodo y el horario de realización de las prácticas formativas y, en losciclos formativos de grado superior, el procedimiento para coordinarla ejecución del proyecto; asimismo, debe quedar reflejado el modoen que se realizará con garantía el control tutorial de las actividadesformativas de los alumnos. La tramitación se efectuará a través de laDirección de Área Territorial correspondiente, y a ella se adjuntaráun informe del Servicio de Inspección valorando la petición.

8. Todas las peticiones se gestionarán con la suficiente antela-ción al inicio de las prácticas formativas, y los alumnos no se incor-porarán a los centros de trabajo para la realización del módulo deFCT hasta que no se tenga la correspondiente autorización.

Artículo 8

Programa formativo

1. El programa formativo comprenderá el conjunto de activida-des formativo-productivas que el alumno debe efectuar durante elperíodo en que se realice el módulo de FCT para completar la com-petencia de cada título profesional.

2. Con objeto de conseguir las finalidades del módulo de FCT,en la elaboración del programa formativo habrá de tenerse en cuen-ta lo siguiente:

a) Los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluacióndefinidos para dicho módulo profesional en el Real Decretoque establece el título.

b) La información disponible sobre los recursos, los medios, laorganización y la naturaleza de los procesos productivos delcentro de trabajo, que permitan realizar las actividades pre-vistas.

c) Las actividades productivo-formativas que posibiliten com-pletar la competencia profesional requerida en el empleo.

d) Las actividades de evaluación que permitan al alumno de-mostrar la consecución de la competencia profesional.

e) La adaptación de los criterios de evaluación de cada actividad(extraídos de lo dispuesto para los módulos en los Reales De-

cretos que establecen los títulos) a las situaciones de trabajoconcretas.

3. Las actividades que se incluyan en el programa deben cum-plir las características siguientes:

a) Que sean reales y puedan llevarse a término, adaptándolas alas características del puesto de trabajo.

b) Que permitan el uso de medios, instalaciones y documenta-ción técnica propios de los procesos productivos de la empre-sa, con las limitaciones que procedan.

c) Que favorezcan la rotación del alumno por los distintos pues-tos de trabajo de la empresa, acordes con el perfil profesional.

d) Que eviten tareas repetitivas que no sean relevantes para laadquisición de las destrezas.

Artículo 9

Profesor-tutor del módulo de FCT

1. Para realizar las funciones que se establecen en el presenteartículo, el Director del centro educativo, a propuesta del Jefe de Es-tudios, nombrará un “Profesor-tutor del módulo de FCT” para cadauno de los grupos de segundo curso correspondientes a los ciclosformativos que se impartan en el centro. La designación recaerá enuno de los profesores que, con atribución docente en alguno de losmódulos profesionales del ciclo formativo, haya impartido o vaya aimpartir clase al grupo de alumnos para el que se le designe.

2. No podrá ser nombrado para más de un grupo el mismo pro-fesor-tutor; ni tampoco podrán ser designados para esta función losprofesores que tengan nombramiento para desempeñar alguno delos órganos unipersonales de gobierno o de coordinación didáctica.

3. Las funciones que debe realizar el profesor-tutor del módulode FCT son las siguientes:

a) Localizar puestos formativos que posibiliten la realizacióndel módulo de FCT a los alumnos que accedan a él.

b) Elaborar y concretar el programa formativo del módulo deFCT con el responsable de la empresa.

c) Orientar a los alumnos, con la colaboración del profesor de laespecialidad de Formación y Orientación Laboral, sobre losaspectos más generales del módulo de FCT (finalidades, ca-racterísticas...), así como de otros más específicos:

— El programa formativo.— La organización y características del centro de trabajo

donde se realizará el período de FCT.— La información general sobre el desarrollo de las activi-

dades y las condiciones de uso de los recursos de la em-presa.

— La información sobre las condiciones de su permanenciaen la empresa: Inexistencia de relación laboral, observan-cia de las normas de higiene y seguridad en el trabajo pro-pias del sector productivo, etcétera.

d) Visitar, al menos quincenalmente, el centro de trabajo y man-tener entrevistas con su responsable para hacer el seguimien-to del programa formativo.

e) Fijar, junto con el Jefe de Estudios, una jornada quincenal en elcentro educativo para valorar con los alumnos que realizan elmódulo de FCT el desarrollo de las actividades programadas.

f) Evaluar y calificar el módulo de FCT de acuerdo con lo esta-blecido en esta Orden.

g) Elaborar una memoria anual sobre el módulo de FCT que hacoordinado.

4. En los centros públicos, este profesor dedicará a todas lasfunciones que tenga encomendadas relacionadas con el módulo deFCT un tercio del horario lectivo semanal asignado al profesorado;se procurará que dicho período se concentre en el menor número dedías posible para facilitar el desplazamiento a los centros de trabajodonde desarrollen las actividades los alumnos.

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SECCIÓN III

Módulo profesional de Proyecto

Artículo 10

Características del módulo profesional de Proyecto

1. Todos los ciclos formativos de grado superior tienen inclui-do en el segundo curso el módulo profesional de Proyecto, que tie-ne por objeto la integración de las diversas capacidades y conoci-mientos del currículo del ciclo formativo. Para ello, el alumnodeberá realizar un proyecto que incorpore las variables tecnológicasy organizativas relacionadas con el título.

2. Los Departamentos de cada Familia Profesional determina-rán, en el marco de la programación general anual, los proyectos quese propondrán para su desarrollo por los alumnos.

3. Los proyectos también podrán ser propuestos por los propiosalumnos, en cuyo caso, se requerirá la aceptación del Departamentode Familia Profesional correspondiente. Para ello, deberán presen-tar, con quince días de antelación a la sesión de Evaluación Final Or-dinaria de segundo curso, un anteproyecto que contenga una brevedescripción del proyecto que se pretende realizar.

4. Los alumnos desarrollarán el proyecto de manera individualo en grupo, en cuyo caso, el número de alumnos que lo integre nopodrá ser superior a tres.

Artículo 11

Período de realización

1. En el segundo trimestre de segundo curso, el horario fijadopara la atención tutorial se destinará a las siguientes actividades:

a) Familiarizar a los alumnos con el método de proyecto.b) Concretar los aspectos formales que debe contener un pro-

yecto.c) Orientar a los alumnos sobre los posibles proyectos a realizar

y ayudarles en la toma de decisiones.2. Los proyectos se asignarán por el equipo docente a los alum-

nos que hayan sido propuestos para realizar el módulo de FCT. Suelaboración se efectuará durante el mismo período de tiempo que elatribuido a este módulo profesional.

Artículo 12

Características del proyecto

1. En función del ciclo formativo cursado por los alumnos, losproyectos a desarrollar quedarán encuadrados en alguno de los si-guientes tipos:

— Proyecto de investigación experimental: El alumno realizaun proyecto de investigación experimental, de producciónde un objeto tecnológico o de desarrollo aplicado.

— Proyecto de gestión: En este tipo de proyectos, el alumnopuede llevar a cabo el análisis o elaboración de proyectos deinvestigación y desarrollo, la puesta en marcha de un proce-so, o la realización de estudios de viabilidad y mercadotecnia.

— Proyecto bibliográfico: El proyecto bibliográfico se dirige ala evaluación crítica de una serie de trabajos científicos publi-cados recientemente sobre un tema específico de actualidadrelacionado con el ciclo formativo, o sobre el progreso histó-rico hasta la actualidad de conceptos básicos y su desarrolloy aplicación en el campo relacionado con el título.

2. El proyecto ha de estar basado en situaciones reales, y exigiruna serie de actividades (lectura, visitas, estudios, discusiones,cálculos, redacciones...) que se estructuran en un plan de trabajo (in-dividual o por grupos). Además, deberá reunir las siguientes carac-terísticas:

— Significativo: El trabajo planteado tiene un significado claroy unos objetivos comprensibles para el alumnado.

— Inclusivo: En el proceso de resolución, se trabajarán todos loscontenidos seleccionados.

— Integrador: Tanto en el proceso de solución como en la reali-zación final, los contenidos trabajados se integran para lograrunos objetivos finales.

— Proporcionado: El trabajo que implique la elaboración delproyecto debe adaptarse a las características del alumno, esdecir, se tendrá en cuenta que este:� Tenga formación y entrenamiento adecuados.� Disponga de materiales, útiles e instrumentos adecuados.� Disponga de tiempo proporcionado a la magnitud del tra-

bajo.� Pueda probar las soluciones obtenidas.

— Observable: Debe generar unos productos tangibles o un con-junto de documentación evaluable.

Artículo 13

Profesor-coordinador de Proyecto

1. Para realizar las funciones que se determinan en el presenteartículo, los proyectos serán coordinados por los profesores de se-gundo curso del ciclo formativo con atribución docente en este mó-dulo profesional de acuerdo con el Real Decreto que establece el co-rrespondiente título, entre los que se distribuirán equitativamente elnúmero de proyectos asignados a los alumnos.

2. Las funciones que debe realizar el profesor-coordinador deproyecto son las siguientes:

a) Orientar, dirigir y supervisar al alumno durante la realizacióny presentación del proyecto, asesorándole especialmente enla toma de decisiones que afecten a su estructura, al trata-miento de los temas…

b) Comprobar que los proyectos propuestos por los alumnos,una vez finalizados, cumplen las condiciones recogidas en elanteproyecto y otorgar su visto bueno.

c) Coordinar el acto que se convoque para la presentación delproyecto.

d) Evaluar y calificar el módulo de Proyecto.3. Una vez cada quince días, coincidiendo con la jornada fijada

para el seguimiento del módulo de FCT, el profesor-coordinador deproyecto dedicará al menos dos horas de dicha jornada para atendera los alumnos en los aspectos que se incluyen en el epígrafe a) delapartado anterior. Cuando ello no sea posible, profesor y alumnosacordarán otro período para realizar dicha función.

Artículo 14

Presentación del proyecto

1. El Jefe de Departamento de la Familia Profesional convoca-rá a los alumnos a un acto en el que, una vez finalizada la realiza-ción del módulo de FCT, presentarán ante el equipo docente los pro-yectos elaborados.

2. La presentación consistirá en la exposición del trabajo reali-zado, la metodología, el contenido y las conclusiones, con una espe-cial mención a sus aportaciones originales.

3. Terminada la presentación, los profesores dispondrán dequince minutos de tiempo para plantear cuantas cuestiones estimenoportunas relacionadas con el trabajo presentado. Tras lo cual emi-tirán una valoración del mismo que facilite al profesor-coordinadorla emisión de la calificación del módulo.

Capítulo II

Acceso, matriculación, promoción y permanenciaen las enseñanzas

Artículo 15

Requisitos de acceso a las enseñanzas de Formación Profesional

Para matricularse en las enseñanzas de formación profesional delsistema educativo establecidas en el Real Decreto 1538/2006, de 15de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 3 de enero de 2007), elalumno debe reunir alguno de los requisitos académicos siguientes:

a) Acceso directo:A los ciclos formativos de grado medio:— Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.— Título de Graduado en Educación Secundaria.— Título de Técnico Auxiliar.— Título de Técnico.

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— Haber superado el segundo curso de Bachillerato Unifi-cado y Polivalente.

— Haber superado el segundo curso del primer ciclo experi-mental de reforma de las enseñanzas medias.

— Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas yOficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963, o elsegundo de comunes experimental.

— Haber superado otros estudios declarados equivalentes aefectos académicos con alguno de los anteriores.

A los ciclos formativos de grado superior:— Título de Bachiller determinado en la LOE.— Título de Bachiller establecido en la LOGSE.— Título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equi-

valente a efectos académicos.— Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad

de Bachillerato Experimental.— Haber superado el curso de orientación universitaria o el

preuniversitario.— Estar en posesión de una titulación universitaria o equi-

valente.b) Acceso mediante prueba:

A los ciclos formativos de grado medio:— Haber superado la prueba de acceso a los ciclos formati-

vos de grado medio.— Haber superado la prueba de acceso a la universidad para

mayores de 25 años.A los ciclos formativos de grado superior:— Haber superado la prueba de acceso al ciclo formativo de

grado superior para el que solicita la matriculación.— Haber superado la prueba de acceso a la universidad para

mayores de 25 años.

Artículo 16

Matriculación en las enseñanzas

1. La matriculación se realizará cada curso académico en losmódulos profesionales que corresponda y dará derecho al alumno arealizar las actividades programadas para cada módulo profesional.

El alumno que haya superado parte de los módulos profesionales deun curso, o que tenga convalidados o reconocidos alguno de ellos, rea-lizará matrícula en el resto de los módulos de dicho curso. Asimismo,los alumnos que promocionen al segundo curso con módulos pendien-tes de primero, se matricularán también de esos módulos.

2. La matriculación en cada uno de los módulos profesionalesrequiere que el alumno no haya agotado el número máximo de con-vocatorias previsto en el artículo 19. Serán los Secretarios de los Ins-titutos de Educación Secundaria quienes garantizarán, respecto a lasmatriculaciones de los alumnos del propio centro y las de los centrosprivados adscritos, que se cumple dicha condición, que se formalizancon documentación que acredita la posesión de los requisitos previosy, en su caso, que se respeta la normativa de ordenación académicarelativa a la promoción prevista en el artículo 22. A tal efecto, loscentros privados presentarán la documentación de los alumnos ins-critos en ellos en el plazo de quince días a partir de la fecha de iniciode la actividad lectiva prevista en el calendario escolar.

3. Durante el mismo curso académico, un alumno no podrá es-tar matriculado en el mismo módulo profesional en la enseñanzapresencial y en la modalidad a distancia, así como en las pruebaspara la obtención directa de los títulos de formación profesional es-tablecidas en el artículo 69.4 de la LOE.

Artículo 17

Cancelación de la matrícula

1. El alumno, o su representante legal, pueden cancelar la ma-trícula en la totalidad de los módulos profesionales en los que se hu-biese formalizado.

2. La solicitud para la cancelación se presentará, en el modeloque se incluye como Anexo I, antes de la finalización del mes de oc-tubre en el centro público en el que el alumno curse los estudios, oal que esté adscrito el centro donde reciba las enseñanzas.

3. Corresponde al Director del centro público aceptar la cance-lación mediante resolución que se comunicará al interesado

(Anexo II). Una copia de dicha resolución se adjuntará al expedien-te académico del alumno.

4. El alumno a quien se le conceda la cancelación no será inclui-do en las actas de evaluación y, en consecuencia, no se le computa-rán las convocatorias a que le hubiera dado derecho la matrículaefectiva. Además, si el alumno cursase las enseñanzas en un centrosostenido con fondos públicos, perderá el derecho de reserva de laplaza para posteriores cursos académicos, por lo que, si desea con-tinuar en el futuro dichos estudios, deberá concurrir de nuevo al pro-cedimiento general de admisión que esté establecido.

Artículo 18

Anulación de matrícula por inasistencia

1. En la modalidad presencial, la asistencia a las actividades deformación es la condición necesaria que mantiene vigente la ma-trícula en el ciclo formativo.

2. En el período que transcurra desde el inicio del curso escolarhasta la finalización del mes de enero, cuando un alumno acumuleun número de faltas de asistencia injustificadas igual o superior alestablecido en el apartado siguiente, el director del centro, a pro-puesta del tutor del grupo de alumnos, acordará la anulación de ma-trícula que se hubiese formalizado.

3. El número de faltas no justificadas que determina la anula-ción de la matrícula prevista en el apartado anterior será el que equi-valga al 15 por 100 de las horas de formación en el centro educati-vo que correspondan al total de los módulos en que el alumno sehalle matriculado, excluyendo los módulos profesionales pendientesde cursos anteriores, si los hubiere, y los que hayan sido objeto deconvalidación o renuncia a la convocatoria. Asimismo, será causade dicha anulación de matrícula la inasistencia no justificada delalumno a las actividades formativas durante un período de quincedías lectivos consecutivos.

4. La anulación de matrícula del alumno en el ciclo formativopor las causas establecidas en este artículo se ajustará al siguienteprocedimiento:

a) El tutor del grupo comunicará al alumno o a sus representan-tes legales las faltas injustificadas cuando se alcance el lími-te del 10 por 100 de las horas de formación o, en el caso deausencia continuada, a los diez días lectivos de iniciada esta.En la comunicación se indicará de forma expresa los efectosque la no justificación de las faltas puede tener respecto a lavigencia de la matrícula, así como el número de ellas quequedan para alcanzar el límite establecido para su anulación.Las alegaciones y la documentación justificativa que, en sucaso, aporte el alumno serán valoradas por el tutor. Del resul-tado de esta valoración dará cuenta a la Jefatura de Estudiosy al alumno.

b) Alcanzado el límite del 15 por 100 de faltas o cumplidos losquince días de inasistencia continuada sin justificar, el direc-tor del centro comunicará al alumno o a sus representantes le-gales que se va a proceder a la anulación de su matrícula, con-cediéndole un plazo de diez días naturales para que presentealegaciones y aporte la documentación que estime pertinen-te. Transcurrido dicho plazo y tenidas en cuenta las alegacio-nes y la documentación presentada, el director del centro re-solverá lo que proceda.La resolución adoptada, que será motivada, se comunicará alalumno o a sus representantes legales y podrá ser recurrida,de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Di-rector del Área Territorial. Su resolución pondrá fin a la víaadministrativa.

c) Una copia de la resolución de la anulación de la matrícula seadjuntará al expediente académico del alumno.

d) En el caso de los alumnos de centros privados, las comunica-ciones serán realizadas por los directores de dichos centros,excepto la correspondiente a la anulación de la matrícula, queserá efectuada por el director del centro público a petición deldirector del centro privado adscrito, una vez comprobado quese han llevado a cabo los trámites previstos en los epígrafes a)y b) de este apartado.

e) Las comunicaciones se efectuarán de modo que quede cons-tancia documentada o acuse de recibo de las mismas.

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5. A los efectos de lo previsto en este artículo, se consideran fal-tas justificadas las ausencias derivadas de enfermedad o accidentedel alumno, atención a familiares o cualquier otra circunstancia ex-traordinaria apreciada por el director del centro donde cursa los es-tudios. El alumno aportará la documentación que justifique debida-mente la causa de las ausencias.

6. El alumno cuya matrícula sea anulada por inasistencia, per-derá la condición de alumno del ciclo formativo y, en consecuencia,no será incluido en las actas de evaluación final. Además, en los cen-tros sostenidos con fondos públicos, perderá el derecho de reservade plaza como alumno repetidor, y si desea continuar en el futuro di-chas enseñanzas habrá de concurrir de nuevo al proceso general deadmisión que esté establecido.

7. Los centros establecerán el procedimiento mediante el cualse registrarán las faltas de asistencia a las actividades de formaciónque se desarrollen en el centro educativo. Asimismo, al inicio de lasactividades lectivas, el tutor debe informar a los alumnos tanto delnúmero de faltas de asistencia no justificadas que dan lugar a la anu-lación de la matrícula como del procedimiento regulado en este ar-tículo.

Artículo 19

Convocatorias

1. Módulos profesionales de formación en el centro educativo:a) En cada curso académico, el alumno podrá ser calificado en

dos convocatorias: Una ordinaria y otra extraordinaria, y dis-pondrá, durante todo el tiempo que dure su formación en unciclo formativo, de un máximo de cuatro convocatorias parala superación de cada módulo profesional. Dicho límite se es-tablece en seis convocatorias para los alumnos con necesida-des educativas especiales acreditadas por el organismo com-petente.

b) Los alumnos que no superen algún módulo profesional en laconvocatoria ordinaria dispondrán en el mismo curso escolarde una convocatoria extraordinaria de recuperación.

2. Módulos profesionales de formación complementaria y deintegración curricular:

a) El módulo de FCT podrá ser evaluado en dos convocatoriascomo máximo. En función del momento en el que se decidala promoción del alumno a este módulo, las convocatoriaspodrán realizarse en el mismo o en distinto curso escolar.

b) En los ciclos formativos de grado superior, el alumno dispon-drá para la superación del módulo profesional de Proyecto deun máximo de cuatro convocatorias.

Artículo 20

Renuncia a convocatorias

1. Con el fin de no agotar el límite de las convocatorias estable-cidas para los módulos profesionales de formación en el centro edu-cativo, los alumnos o sus representantes legales podrán renunciar ala evaluación y calificación de una o las dos convocatorias del cur-so académico de todos o alguno de los módulos, siempre que concu-rra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Enfermedad prolongada o accidente del alumno.b) Obligaciones de tipo personal o familiar apreciadas por el di-

rector del centro que condicionen o impidan la normal dedi-cación al estudio.

c) Desempeño de un puesto de trabajo.La solicitud para que se admita la renuncia a la convocatoria se

presentará, en el modelo del Anexo III, con una antelación mínimade un mes a la fecha de la evaluación final del módulo o los módu-los afectados por la renuncia. El director del centro público dondeconste el expediente académico del alumno resolverá, en el mismodocumento, la petición en el plazo máximo de diez días, incorpora-rá una copia a dicho expediente y lo comunicará al interesado. Cuan-do la decisión sea negativa, esta será motivada.

2. Con el mismo fin, cuando se produzca alguna de las circuns-tancias descritas en el apartado anterior, los alumnos o sus represen-tantes legales podrán renunciar a la evaluación y calificación de unao las dos convocatorias previstas para el módulo de FCT.

La renuncia a la evaluación y calificación en alguna convocatoriadel módulo de FCT implica, a su vez, la renuncia en la misma con-

vocatoria de la evaluación y calificación del módulo profesional deProyecto.

La solicitud para que se admita dicha renuncia se podrá efectuardurante todo el período previsto para el módulo de FCT. El directordel centro donde conste el expediente académico del alumno resol-verá la petición en el plazo de cinco días e incorporará una copia dela resolución a dicho expediente.

Cuando la resolución adoptada sea favorable, si el alumno dispu-siera de una nueva convocatoria para el módulo de FCT en el mis-mo curso académico, el equipo docente podrá decidir si las horasefectuadas hasta el momento de la concesión de la renuncia a la con-vocatoria le sean contabilizadas como realizadas y, en consecuen-cia, solo deba llevar a cabo las horas que falten hasta completar lasasignadas a dicho módulo profesional. También podrá tomarse estadecisión por el equipo docente si la siguiente convocatoria de quedisponga el alumno correspondiera a un curso académico posteriory se matriculase en el mismo centro educativo; de continuar los es-tudios en otro centro, deberá realizar de nuevo el total de horas atri-buido al módulo de FCT.

3. Además, cuando las actividades de recuperación de un mó-dulo profesional calificado negativamente en la convocatoria ordi-naria no puedan efectuarse en período lectivo, el profesor responsa-ble de dicho módulo, en el informe previsto en el artículo 26,apartado 1.c), hará constar si considera que el alumno está en condi-ciones de realizar autónomamente las actividades planificadas yafrontar con posibilidades de éxito la evaluación extraordinaria. Deno ser así, el alumno podrá decidir su presentación a la prueba de laevaluación extraordinaria o, a fin de no agotar el número máximo deconvocatorias establecidas, renunciar por una sola vez a la convoca-toria.

4. Las razones que se aleguen para la renuncia deben justificar-se siempre documentalmente.

Artículo 21

Aplazamiento de la calificación del módulo de FCT

1. El director del centro público en el que se encuentre matricu-lado un alumno, o al que esté adscrito el centro privado en el quecursa las enseñanzas, podrá autorizar el aplazamiento de la califica-ción del módulo de FCT cuando dicho alumno deba realizarlo en unperíodo que sobrepasase la fecha en la que se extiende el acta de Ca-lificación Final del Ciclo Formativo para el resto de los alumnos delgrupo.

2. El aplazamiento se concederá a iniciativa del centro en el queel alumno curse las enseñanzas cuando la prolongación del períodode FCT esté motivada por la falta de disponibilidad de puestos for-mativos o la dificultad del centro educativo para localizar centros detrabajo que ofrezcan puestos formativos a “jornada completa”.

A tal efecto, el titular del centro privado trasladará al director delcentro público la relación de alumnos que se vean afectados por estacircunstancia y la fecha en la que concluirán la actividad.

3. Además, los alumnos o sus representantes legales podrán so-licitar el aplazamiento de la calificación del módulo de FCT cuandono puedan realizarlo en jornadas diarias de duración similar a la quetengan establecidas los centros de trabajo para sus trabajadores poralguna de las siguientes circunstancias:

a) Enfermedad prolongada o accidente del alumno.b) Obligaciones de tipo personal o familiar apreciadas por el di-

rector del centro que condicionen o impidan la normal dedi-cación a la actividad.

c) Desempeño de un puesto de trabajo.La solicitud para que se conceda aplazamiento de la calificación

del módulo de FCT se formalizará en el modelo del Anexo IV, y sepresentará con una antelación mínima de diez días a la fecha de ini-cio del citado módulo, acompañada de la documentación que justi-fique las razones que se aleguen. El director del centro público don-de conste el expediente académico del alumno resolverá, en elmismo documento, la petición en el plazo máximo de cinco días, in-corporará una copia a dicho expediente y lo comunicará al interesa-do. Cuando la decisión sea negativa, esta será motivada.

4. De igual forma, se aplazará la calificación del módulo deFCT cuando la autorización prevista en los apartados 6 y 7 del ar-tículo 7 se conceda para un período que sobrepasase la fecha en la

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que se extiende el acta de Calificación Final del Ciclo Formativo alresto de los alumnos del grupo.

5. En los ciclos formativos de grado superior, el aplazamientode la calificación del módulo de FCT implicará a su vez el aplaza-miento de la calificación del módulo profesional de Proyecto.

6. La convocatoria correspondiente al acta afectada por el apla-zamiento de la calificación no se contabilizará para el cómputo delnúmero máximo de convocatorias previstas.

7. El alumno afectado por la situación de aplazamiento será ca-lificado del módulo de FCT y, en su caso, del de Proyecto, en la si-guiente Acta de Calificación Final del Ciclo Formativo que se emi-ta en el centro, junto con los alumnos que hayan realizado laformación en el centro de trabajo en el período reglamentariamenteestablecido.

8. Si el período ampliado para realizar el módulo de FCT co-rrespondiera al curso académico siguiente al que se encuentra ma-triculado el alumno, este deberá realizar nueva matriculación en di-cho módulo y, en su caso, en el de Proyecto.

Artículo 22

Promoción del primer al segundo curso de los ciclos formativos

1. Los alumnos que superen la totalidad de los módulos profe-sionales del curso primero, promocionarán al segundo curso.

2. También promocionarán quienes, después de celebrada laconvocatoria extraordinaria del curso primero, tengan pendientesuno o varios módulos profesionales que en conjunto tengan asigna-do un horario semanal que no exceda de nueve horas lectivas.

Artículo 23

Acceso al módulo de FCT

1. El acceso al módulo de FCT requiere que el alumno tenga su-perados todos los módulos profesionales de formación en el centroeducativo incluidos en el Anexo del Real Decreto que determina lacorrespondencia de los mismos con unidades de competencia delCatálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales para su acredi-tación. En consecuencia, podrán iniciar este módulo profesional:

a) Los alumnos que hayan superado todos los módulos profe-sionales de formación en el centro educativo.

b) También podrán hacerlo los alumnos que tengan pendientede aprobar un solo módulo profesional que no guarde corres-pondencia con unidades de competencia del Catálogo Nacio-nal de Cualificaciones Profesionales para su acreditación,siempre que su horario semanal no supere las ocho horas lec-tivas.

2. La incorporación de los alumnos incluidos en el apartado b)anterior se efectuará por decisión del equipo docente, que valoraráindividualmente para cada alumno el grado de adquisición de lacompetencia general del título y de los objetivos generales del cicloformativo, las posibilidades de recuperación del módulo suspenso yel aprovechamiento que pueda hacer del módulo de FCT.

Capítulo III

Evaluación

SECCIÓN I

Características de la evaluación

Artículo 24

Características y objeto de la evaluación

1. La evaluación del aprendizaje de los alumnos que cursen losciclos formativos de Formación Profesional se efectuará por módu-los profesionales.

2. La evaluación de estas enseñanzas tendrá por objeto valorarlos avances de los alumnos en relación con la competencia generaldel título y con los objetivos generales del ciclo formativo. Para apli-carla, se tendrán en cuenta los siguientes referentes:

a) Para los módulos profesionales de formación en el centroeducativo: Los resultados de aprendizaje y los criterios deevaluación especificados en los Reales Decretos que estable-cen los títulos y las correspondientes enseñanzas mínimas y

los contenidos curriculares aplicables en la Comunidad deMadrid para cada ciclo formativo.

b) Para el módulo de FCT:— Los criterios de evaluación definidos en el programa for-

mativo.— La información recogida por el profesor-tutor de FCT en

las visitas a las empresas.— La información transmitida por los alumnos en las jorna-

das de atención en el centro y en la ficha semanal delalumno.

— La valoración de la estancia del alumno en el centro detrabajo, realizada por el tutor designado por la empresapara el seguimiento.

c) Para la evaluación del módulo profesional de Proyecto:— Los resultados de aprendizaje y los criterios de evalua-

ción definidos para el módulo profesional en el Real De-creto por el que se aprueba el título correspondiente.

— La información recogida por el profesor-coordinador deproyecto en las jornadas de atención en el centro.

— La valoración del proyecto realizado por los alumnos.3. En las programaciones didácticas de los módulos profesiona-

les se establecerá, entre otros aspectos, lo siguiente:a) Los criterios de evaluación de cada módulo profesional, con

especial referencia a los mínimos exigibles para su superación.b) Los procedimientos para evaluar el progreso de los aprendi-

zajes de los alumnos.c) Los criterios de calificación.d) Las actividades de recuperación de los módulos profesiona-

les pendientes de superación.e) La adaptación de las actividades de formación, los criterios y

los procedimientos de evaluación cuando el ciclo formativovaya a ser cursado por el alumnado con discapacidad, demodo que se garantice su accesibilidad a las pruebas de eva-luación; esta adaptación en ningún caso supondrá la supre-sión de objetivos, o resultados de aprendizaje que afecten a lacompetencia general del título.

4. La evaluación conllevará la emisión de una calificación quereflejará los resultados obtenidos por el alumno.

5. Los profesores evaluarán tanto los aprendizajes de los alum-nos como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente enrelación con el logro de los objetivos generales del ciclo formativo.Actuarán de manera coordinada en el proceso de evaluación y en laadopción de las decisiones resultantes de dicho proceso.

SECCIÓN II

Proceso de evaluación

Artículo 25

Sesiones de evaluación

1. Las sesiones de evaluación son las reuniones que celebra elequipo docente, constituido por los profesores que imparten las ense-ñanzas a un determinado grupo de alumnos. Estas reuniones, coor-dinadas por el tutor del grupo, tienen por objeto:

a) Contrastar las informaciones académicas que tienen los profe-sores de sus alumnos obtenidas a través de los procedimientosprevistos para evaluar el progreso de los aprendizajes.

b) Valorar y calificar el progreso de cada alumno en el logro delos aprendizajes y las capacidades terminales de los distintosmódulos profesionales, tomando como referencia para ellolos criterios de evaluación establecidos en las programacio-nes didácticas.

c) Elaborar un informe, cuando se considere conveniente, queoriente a cada alumno en la mejora de su proceso de aprendi-zaje. Este informe se realizará obligatoriamente para losalumnos que tras la celebración de la evaluación final ordina-ria de primer curso tengan pendiente de superar algún módu-lo profesional. En él se indicará para cada módulo pendiente,entre otros aspectos, los resultados de aprendizaje y, en sucaso, las actividades de enseñanza y las pautas para conseguir-las, indicando si el alumno puede o no realizarlas de forma au-tónoma.

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2. Se celebrará, al menos, una sesión de evaluación por cada tri-mestre de formación en el centro educativo; la última, tendrá la con-sideración de evaluación final ordinaria.

3. Se realizará también una sesión de evaluación final extraor-dinaria para los alumnos que no hayan superado algún módulo pro-fesional en la convocatoria ordinaria. Entre ambas sesiones, siempreque la organización de las enseñanzas lo permita, se llevarán a caboactividades de recuperación; cuando ello no sea posible, se progra-mará una prueba que se convocará antes de que se celebre la sesiónde evaluación extraordinaria. Dicha prueba tendrá como referenteslos criterios de evaluación mínimos incluidos en las programacionesdidácticas y el informe previsto en el apartado 1.c) de este artículo.

Artículo 26

Funciones del tutor del grupo respecto a la evaluación

El tutor será uno de los profesores del grupo de alumnos y desem-peñará, respecto a la evaluación, las funciones siguientes:

a) Coordinación del proceso de evaluación, organizando y diri-giendo las sesiones de evaluación.

b) Control de las faltas de asistencia que conducen a la anula-ción de la matrícula por inasistencia.

c) Redacción de las actas de las sesiones con los acuerdos adop-tados y supervisión del procedimiento que se establezca parala cumplimentación de las actas de evaluación.

d) Información por escrito a los alumnos, a sus padres o a los tu-tores legales, si aquellos fueran menores de edad, de su ren-dimiento académico y de las decisiones adoptadas por la jun-ta de evaluación que les afecten, mediante el procedimientoque el centro determine.

e) Aquellas otras que reglamentariamente se determinen.

Artículo 27

Calificaciones

1. La calificación de los módulos profesionales de formación enel centro educativo y del módulo profesional de Proyecto se expre-sará en valores numéricos de 1 a 10, sin decimales. Se consideraránpositivas las iguales o superiores a 5 y negativas las restantes.

2. El módulo de FCT se calificará en términos de “Apto” o “Noapto”.

3. Los módulos profesionales convalidados por otras formacio-nes o que hayan sido objeto de correspondencia con la práctica la-boral se calificarán, respectivamente, con la expresión de “Convali-dado” y “Exento”.

4. Los módulos profesionales que por razones diferentes a lasde la renuncia a la convocatoria no hayan sido calificados constaráncomo “No evaluado” y la convocatoria correspondiente se compu-tará como consumida.

5. Una vez superados todos los módulos profesionales queconstituyen el ciclo formativo, se determinará la calificación finaldel ciclo formativo. Para ello, se calculará la media aritmética sim-ple de las calificaciones de los módulos profesionales que tienen va-loración numérica; del resultado se tomará la parte entera y las dosprimeras cifras decimales, redondeando por exceso la cifra de lascentésimas si la de las milésimas resultase ser igual o superior a 5.En dicho cálculo, por tanto, no se tendrán en cuenta las calificacio-nes de “Apto”, “Convalidado” y “Exento”.

Si como resultado de convalidaciones o exenciones todos los mó-dulos profesionales hubieran sido calificados con expresión literal,la nota final del ciclo formativo será de 5,00.

6. A los alumnos que obtengan en un determinado módulo pro-fesional la calificación de 10 podrá otorgárseles una “Mención Ho-norífica”, siempre que el resultado obtenido sea consecuencia de unexcelente aprovechamiento académico unido a un esfuerzo e interéspor el módulo especialmente destacables. Las menciones honorífi-cas serán otorgadas por el profesor que imparta el módulo profesio-nal correspondiente. El número de menciones honoríficas que se po-drán conceder será como máximo igual al 10 por 100 de los alumnosmatriculados en el módulo profesional en cada grupo. La atribuciónde mención honorífica se consignará en los documentos de evalua-ción del alumno con la expresión “mh” a continuación de la califi-cación de 10.

7. A aquellos alumnos de Formación Profesional que hayan ob-tenido calificación final del ciclo formativo igual o superior a 9, seles podrá conceder “Matrícula de Honor”. En los centros públicos,las matrículas de honor serán otorgadas por acuerdo del Departa-mento de Familia Profesional al que pertenezca el ciclo formativo apropuesta del equipo de evaluación que determine la calificación fi-nal; para ello se podrá tener en cuenta, además del aprovechamien-to académico, el esfuerzo realizado por los alumnos y la evoluciónobservada durante el período de realización de la formación en loscentros de trabajo. El número de matrículas de honor no podrá ex-ceder del 5 por 100 de los alumnos matriculados en el ciclo forma-tivo en el correspondiente curso académico, salvo que el número dealumnos matriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá con-ceder una sola matrícula de honor. En los centros privados, la adju-dicación la realizarán de manera conjunta los equipos docentes queimpartan formación a un mismo ciclo formativo.

La obtención de matrícula de honor en un ciclo formativo se con-signará en los documentos de evaluación con la expresión “MH” acontinuación de la calificación final del ciclo formativo, haciendoconstar esta circunstancia en el acta de evaluación mediante una di-ligencia extendida por el secretario de los centros públicos, o por eldirector en el caso de los centros privados. Al acta se incorporará elacuerdo donde conste la concesión de la matrícula de honor.

La matrícula de honor obtenida en un ciclo formativo de grado su-perior podrá dar lugar a las compensaciones que determine la Con-sejería de Educación.

Artículo 28

Evaluación final de curso

1. La evaluación de los módulos profesionales de formación enel centro educativo se articulará conforme al procedimiento si-guiente:

a) Evaluación final ordinaria: Curso primero.1. En el período establecido durante el mes de junio en el

calendario escolar de cada curso académico se realizarála evaluación final correspondiente a la convocatoria or-dinaria del curso primero, en cuya sesión se asignará lacalificación final a los módulos profesionales cursadosen el centro educativo.

2. Quedan excluidos de esta calificación los módulos profe-sionales afectados por renuncia a la convocatoria.

3. En la sesión de evaluación promocionarán al curso se-gundo los alumnos que cumplan los requisitos estableci-dos en el artículo 22.1.

b) Evaluación final extraordinaria: Curso primero.1. Antes del 7 de septiembre se realizará la evaluación final

correspondiente a la convocatoria extraordinaria del cur-so primero, calificándose los módulos que no hayan su-perado los alumnos en la convocatoria ordinaria del mesde junio.

2. Quedan excluidos de esta calificación los módulos profe-sionales afectados por renuncia a la convocatoria.

3. En la sesión de evaluación promocionarán al curso se-gundo los alumnos que cumplan los requisitos estableci-dos en el artículo 22.Los alumnos que deban repetir el curso realizarán la tota-lidad de las actividades de los módulos profesionales nosuperados.

c) Evaluación final ordinaria: Curso segundo.1. En la segunda quincena del mes de marzo se realizará la

evaluación final correspondiente a la convocatoria ordi-naria del curso segundo, calificándose los módulos pro-fesionales de formación en el centro educativo.

2. En esta sesión de evaluación se calificarán también losmódulos profesionales del curso primero de aquellosalumnos que promocionaron al segundo curso con algúnmódulo pendiente.

3. Quedan excluidos de esta calificación los módulos profe-sionales afectados por renuncia a la convocatoria.

4. En la sesión de evaluación, el equipo docente decidiráqué alumnos pueden cursar el módulo de FCT por cum-plir los requisitos establecidos.

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d) Evaluación final extraordinaria: Curso segundo.1. En el período establecido durante el mes de junio en el

calendario escolar de cada curso académico se celebrarála evaluación final correspondiente a la convocatoria ex-traordinaria del curso segundo para los alumnos que nofueron autorizados a realizar el módulo de FCT. En ellase calificarán a cada alumno los módulos profesionalesno superados en la convocatoria ordinaria, incluidos losque tuviera pendientes de primero.

2. Quedan excluidos de esta calificación los módulos profe-sionales afectados por renuncia a la convocatoria.

3. En la sesión de evaluación quedarán autorizados a realizarel módulo de FCT en el curso académico siguiente a aque-llos alumnos que cumplan los requisitos establecidos.Quienes no reúnan las condiciones para el acceso a dichomódulo, si no han agotado las convocatorias previstas enel artículo 19.1, deben repetir el curso y realizarán la to-talidad de las actividades de los módulos profesionalespendientes.

2. Las calificaciones de los módulos profesionales y las decisio-nes tomadas en las sesiones de evaluación ordinaria y extraordina-ria se consignarán en actas diferentes, cuyas características y elmodo de cumplimentarlas se especifican en el artículo 34.

Artículo 29

Calificación final de ciclo formativo

1. Al término de la realización del módulo de FCT se evaluarádicho módulo y se determinará la calificación final del ciclo forma-tivo de los alumnos que hayan superado la totalidad de sus módulosprofesionales. Se seguirá el procedimiento siguiente:

a) Tras la sesión de evaluación final extraordinaria de segundocurso, se celebrará la sesión de calificación final del ciclo for-mativo en la que se evaluará a los siguientes alumnos:— Los que hayan cursado el módulo de FCT.— Los que hayan promocionado al módulo de FCT en la

evaluación final extraordinaria de segundo curso, cuen-ten con la exención de dicho módulo y no tengan ningúnotro módulo profesional pendiente de superación para laobtención del correspondiente título.

b) En consecuencia, serán objeto de calificación en esta sesión:— El módulo de FCT realizado por los alumnos incluidos en

el apartado anterior, para lo cual el profesorado encarga-do de realizar el seguimiento de las actividades desarro-lladas por los alumnos en los centros de trabajo valoraráel progreso de estos en relación con los resultados deaprendizaje del módulo, teniendo en cuenta los datos y lainformación recabados en este período y el informe delresponsable del centro de trabajo que organice las activi-dades que deben efectuar los alumnos.

— El módulo profesional pendiente de los alumnos autori-zados a realizar el módulo de FCT en esas condiciones.

— El módulo profesional de Proyecto de los ciclos formati-vos de grado superior.

c) La calificación final del ciclo formativo se determinará deacuerdo con lo previsto en el artículo 27.5.

d) En función de los resultados obtenidos, el equipo docenterealizará la propuesta para la obtención del título de los alum-nos que hayan aprobado la totalidad de los módulos profesio-nales del ciclo formativo.

2. Los alumnos que al terminar esta sesión de calificación tenganmódulos profesionales pendientes de aprobar se podrán matricular deellos en el siguiente curso académico. Los que hayan superado elmódulo de FCT y tengan pendiente uno de los módulos profesionalesde formación en el centro educativo, podrán incorporarse al grupo dealumnos que esté cursando dicho módulo, siempre que las disponi-bilidades de vacantes en dicho grupo lo permita. Si el módulo pen-diente fuera el de Proyecto, lo realizarán con el grupo de alumnosque lo estén ejecutando en ese período.

3. Al finalizar el período establecido en el artículo 7.2 para larealización del módulo de FCT, se celebrará una nueva sesión de ca-lificación final del ciclo formativo con idéntico procedimiento al

descrito en el apartado 1. En dicha sesión se calificarán también losmódulos pendientes y, en su caso, el de Proyecto.

4. El registro de las calificaciones y decisiones tomadas en lassesiones de calificación final del ciclo formativo se consignará enacta, cuyas características y modo de cumplimentarla se especificanen el artículo 34.

Artículo 30

Reclamaciones sobre las calificaciones

Los alumnos podrán reclamar contra las calificaciones según elprocedimiento establecido con carácter general por las normas envigor.

SECCIÓN III

Documentos de evaluación

Artículo 31

Documentos oficiales de evaluación

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decre-to 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordena-ción general de la formación profesional del sistema educativo, sondocumentos del proceso de evaluación los siguientes:

— El expediente académico del alumno.— Las actas de evaluación.— Los informes de evaluación individualizados.2. La movilidad del alumnado que curse estas enseñanzas se ga-

rantiza con los informes de evaluación individualizados y con loscertificados académicos.

Artículo 32

Expediente académico del alumno

1. El expediente académico incluirá el conjunto de calificacio-nes e incidencias de los alumnos durante el período en el que estoscursen las enseñanzas de formación profesional. Se ajustará en sucontenido y diseño al modelo que se adjunta como Anexo V.

2. Junto con los datos personales de los alumnos, en el expe-diente académico figurarán los de identificación del centro, sus an-tecedentes académicos y la información relativa a los cambios decentro y de domicilio.

3. En el expediente académico se incluirá la siguiente documen-tación:

a) Documento acreditativo de los requisitos académicos exigi-bles para cursar las enseñanzas de formación profesional ocertificado de haber superado la prueba de acceso.

b) El extracto de las matriculaciones y calificaciones de cadacurso académico.

c) Cuanta documentación oficial incida en la vida académicadel alumno.

4. La cumplimentación, custodia y archivo de los expedientesacadémicos corresponde a los centros públicos donde el alumno sehalle matriculado o al que se encuentre adscrito el centro privado enel que esté escolarizado. El secretario del centro público será el res-ponsable de su custodia. Las Direcciones de Área Territorialesadoptarán las medidas adecuadas para su conservación y traslado enel caso de supresión del centro.

5. El expediente académico permanecerá en el centro donde elalumno formalizó por primera vez la matriculación. En caso de tras-lado, si el centro de destino lo solicita, se le remitirá una copia com-pulsada de dicho expediente.

Artículo 33

Certificado académico

El certificado académico es el documento oficial en el que se re-flejan las calificaciones obtenidas por el alumno hasta la fecha deemisión de la certificación. En el documento se reflejarán, además,el curso académico y el número de las convocatorias consumidas.

El secretario del centro público será el encargado de emitir lascertificaciones que se soliciten en los modelos normalizados que seincluyen en los Anexos VI.a o VI.b, según se trate, respectivamen-te, de estudios parcial o completamente superados. Los certificados

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se emitirán en papel de seguridad facilitado por la Consejería deEducación según el procedimiento que se establezca, que tendrá lassiguientes características:

— Papel de 110 g.— Neutro bajo la luz UV.— Tamaño DIN-A4.— Color verde claro.— Preparado para su impresión a una cara.— Microfibrillas luminescentes azules, amarillas y rojas, visi-

bles bajo luz UV.— Reactividad a ácidos, bases, disolventes orgánicos, oxidantes

y reductores.— En el anverso tendrá, arriba a la izquierda, un escudo de Es-

paña con la leyenda “ESPAÑA” debajo, y arriba, a la dere-cha, un escudo de la Comunidad de Madrid con la leyenda“COMUNIDAD DE MADRID” debajo.

— Microimpresión con la expresión “Formación Profesional dela Comunidad de Madrid”.

Artículo 34

Actas de evaluación

1. El acta es el documento fundamental en el que se deja cons-tancia oficial de las calificaciones obtenidas por los alumnos y se to-mará como referente para cumplimentar el resto de documentos deevaluación y los certificados académicos. Los resultados de la eva-luación se registrarán en dos tipos de actas:

a) Acta de evaluación final: Esta acta se extenderá para registrarlos resultados y las decisiones tomadas en las sesiones deevaluación final de los módulos profesionales de formaciónen el centro educativo.El documento, que figura como Anexo VII de la presente Or-den, se empleará para registrar los datos correspondientes alas evaluaciones de las convocatorias, ordinaria y extraordi-naria, de cada curso escolar. Comprenderá la relación nomi-nal de los alumnos que componen el grupo, junto con las ca-lificaciones de los módulos y las decisiones de promoción alcurso siguiente o al módulo de FCT.

b) Acta de calificación final del ciclo formativo: Se formalizaráesta acta, cuyo modelo figura como Anexo VIII, para regis-trar las calificaciones y decisiones acordadas en las sesionesprevistas en el artículo 29.

2. Para la cumplimentación de las actas se tendrá en cuenta loprevisto en el artículo 36 de esta Orden sobre el registro de las cali-ficaciones y las notaciones literales que permitan reflejar las deci-siones tomadas en la evaluación. Su impresión se realizará a doblecara en los modelos correspondientes.

3. Los módulos profesionales que corresponden a ciclos forma-tivos del catálogo de títulos de Formación Profesional de la LOE de-ben identificarse en las casillas de las actas de evaluación con lasclaves numéricas que se incluyen en el Decreto que apruebe para laComunidad de Madrid el currículo correspondiente al título. Dichasclaves y los nombres asociados a ellos se reflejarán en el reverso delas actas.

4. Las actas se sellarán y requerirán la firma autógrafa de losprofesores que han intervenido en la evaluación, e irá acompañadadel nombre y los apellidos del firmante. En todos los casos se haráconstar el visto bueno del director del centro.

5. Los centros privados cumplimentarán las actas y las entrega-rán en el centro público al que se encuentren adscritos. El secretariode dicho centro, tras su revisión para verificar que se ajusta a la nor-mativa, devolverá al centro privado una fotocopia sellada del docu-mento en la que hará constar su conformidad.

Artículo 35

Informe de evaluación individualizado

1. Cuando un alumno se traslade a otro centro sin haber conclui-do el curso académico, se consignará en un informe de evaluaciónindividualizado aquella información que resulte necesaria para lacontinuidad del proceso de aprendizaje.

2. El tutor elaborará dicho informe a partir de los datos facilita-dos por los profesores que imparten los módulos profesionales delciclo formativo. Contendrá, al menos, los siguientes elementos:

a) Apreciación sobre el grado de adquisición de los resultadosde aprendizaje de los módulos profesionales del ciclo forma-tivo.

b) Calificaciones parciales o valoraciones del aprendizaje en elcaso de que se hubieran emitido en ese período.

c) Aplicación, en su caso, de las adaptaciones previstas para elalumnado con discapacidad.

3. El informe de evaluación individualizado, junto con una co-pia compulsada del expediente académico del alumno, se remitirápor el centro de origen al de destino a petición de este. Cuando al-guno de los centros afectados por el traslado sea un centro privado,la tramitación se realizará a través del Instituto de Educación Secun-daria al que se encuentre adscrito.

4. El Instituto de Educación Secundaria receptor de los docu-mentos abrirá al alumno un nuevo expediente académico al que seadjuntará el informe de evaluación individualizado. Una copia deeste informe se pondrá a disposición del tutor del grupo al que se in-corpore el alumno.

5. El informe de evaluación individualizado se ajustará al mo-delo que figura en el Anexo IX de esta Orden.

Artículo 36

Registro de las calificaciones no numéricas y otras situacionesacadémicas en los documentos oficiales de evaluación

1. En las actas de evaluación, las calificaciones no numéricas yotras situaciones académicas se expresarán del modo siguiente:

Calificaciones y situaciones Abreviatura

Módulo de FCT superado APTO Módulo de FCT no superado NO APTO Calificación del módulo de FCT aplazada APLAZADA Módulo convalidado CV Módulo exento EX Módulo con renuncia a la convocatoria RE Módulo no evaluado NE Módulo con “Mención Honorífica” 10-mh Sin propuesta de calificación final del ciclo formativo ( )

Calificación final del ciclo formativo con “Matrícula de Honor” (nota media)-MH

2. Las decisiones tomadas en las sesiones de evaluación se re-flejarán en las actas con las siguientes abreviaturas:

Decisiones Abreviatura

Promociona a 2.º curso a 2.º Accede al módulo de FCT a FCT Repite el curso 1.º R-1.º Repite el curso 2.º R-2.º Propuesta de título TITULA No titula NO TITULA

3. En los documentos de evaluación no deben aparecer ni en-miendas ni tachaduras. Los errores producidos en la cumplimenta-ción de las actas de evaluación se subsanarán mediante una diligen-cia extendida por el secretario del centro en el espacio reservado alas observaciones y modificaciones; la diligencia irá también firma-da por el profesor afectado por el dato modificado.

En los centros privados, el director asumirá estos trámites.

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Capítulo IV

Convalidaciones y exenciones

Artículo 37

Requisitos para solicitar las convalidaciones y exenciones

Las solicitudes de convalidación por estudios cursados y de exen-ción por correspondencia con la práctica laboral, con módulos pro-fesionales de un determinado ciclo formativo requieren la matricu-lación previa del alumno en dichas enseñanzas.

Artículo 38

Convalidaciones de módulos profesionales del catálogo de títulosde formación profesional de la LOE

1. Corresponde al director del centro docente público dondeconste el expediente académico del alumno el reconocimiento de laconvalidación de módulos profesionales por los siguientes estudioso acreditaciones:

a) Por módulos profesionales de otros títulos de formación pro-fesional del catálogo de la LOGSE establecidos en las nor-mas que regulan los nuevos títulos.

b) Por módulos profesionales comunes a varios ciclos formati-vos de la LOE, de igual denominación, duración, objetivos,criterios de evaluación y contenidos.

c) Por unidades de competencia que formen parte del CatálogoNacional de Cualificaciones Profesionales, acreditadas me-diante cualquier otro título de formación profesional, certifi-cado de profesionalidad, o parte de ellos, o mediante acredi-tación parcial obtenida a través del procedimiento que seestablezca en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.3de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualifica-ciones y de la Formación Profesional.

d) Por módulos profesionales de otros títulos de Formación Pro-fesional del catálogo de la LOE para los que, aun no tenien-do la misma denominación, el Ministerio de Educación, Po-lítica Social y Deporte haya definido la convalidación portener similares objetivos, contenidos y duración.

e) Por las enseñanzas de régimen especial que el Gobierno esta-blezca en aplicación del artículo 48 del Real Decreto 1538/2006.

2. La resolución de las convalidaciones no incluidas en el apar-tado anterior corresponderá al Ministerio de Educación.

Artículo 39

Procedimiento para solicitar las convalidaciones

1. Las convalidaciones cuya resolución corresponde al directorse tramitarán conforme al siguiente procedimiento:

a) Hasta finalizar el mes de octubre, el alumno podrá presentar,en el centro docente público donde conste su expediente aca-démico, la solicitud que se incluye en el Anexo X de esta Or-den. A la petición se adjuntará la certificación académica ofi-cial de los estudios cursados o, en su caso, el certificado deprofesionalidad o la acreditación parcial a la que se hace re-ferencia en el artículo anterior. El centro incorporará al expe-diente académico del alumno copia compulsada de dicho do-cumento.

b) El director del centro público resolverá la petición extendien-do el documento del Anexo XI, reconociendo las convalida-ciones que son de su competencia.

2. Las convalidaciones cuya resolución corresponde al Ministe-rio de Educación se tramitarán conforme al siguiente procedimiento:

a) El alumno cumplimentará la solicitud en el modelo que se in-cluye como Anexo XII durante el mes de noviembre y la pre-sentará en el Instituto de Educación Secundaria donde se en-cuentre su expediente académico, aportando la documenta-ción sobre la que basa su petición.

b) El director del Instituto incorporará una certificación en laque se haga constar que el alumno está matriculado en el ci-clo formativo para el que solicita la convalidación y la remi-tirá antes de finalizar dicho mes al Ministerio de Educaciónpara su resolución.

c) Resuelta la convalidación por el órgano competente, el alum-no deberá presentar dicha Resolución en el Instituto para quesurta los efectos debidos.

3. Hasta tanto no se resuelvan las peticiones, los alumnos debe-rán asistir a las actividades de formación de los módulos profesiona-les cuya convalidación solicitaron y no podrán ser propuestos pararealizar el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajosi no cumplen los requisitos exigibles por la normativa en vigor.

4. Las resoluciones se registrarán mediante copia u otro proce-dimiento en el expediente académico del alumno. Los módulos con-validados se consignarán en los documentos de evaluación confor-me a lo previsto en el artículo 36 de esta Orden.

Artículo 40

Exención del módulo de FCT

1. Según lo establecido en el artículo 49 del Real Decre-to 1538/2006, de 15 de diciembre, se podrá determinar la exencióntotal o parcial del módulo profesional de Formación en Centros deTrabajo por su correspondencia con la experiencia laboral.

2. Podrán solicitar dicha exención los alumnos matriculados endicho módulo que en el momento de la solicitud acrediten una expe-riencia laboral correspondiente al trabajo a tiempo completo de unaño como mínimo. Dicha experiencia, que debe estar relacionadacon el ciclo formativo en el que se hallen matriculados, permitirá va-lorar si el candidato tiene adquiridos los resultados de aprendizaje dedicho módulo.

El cómputo de tiempo de la experiencia laboral se determinará te-niendo en cuenta el horario que esté legalmente establecido para lajornada laboral completa.

3. La solicitud de exención total o parcial del módulo de FCT seremitirá al director del centro público en el que conste el expedien-te académico del alumno, ajustándose al modelo del Anexo XIII. Ala solicitud se adjuntará la documentación siguiente:

a) Trabajadores por cuenta ajena:— Certificado de la empresa o empresas donde haya adqui-

rido la experiencia laboral, en el que conste la duracióndel contrato, la actividad desarrollada y el período detiempo en el que ha desarrollado dicha actividad.

b) Trabajadores por cuenta propia:— Certificado de alta en el censo de obligados tributarios

con una antigüedad mínima de un año.— Declaración del interesado de las actividades más repre-

sentativas.c) Los solicitantes podrán adjuntar otros documentos admitidos

en derecho, que permitan ampliar la información sobre su ex-periencia laboral, con objeto de facilitar la resolución de lasolicitud de exención total o parcial del módulo de FCT.

4. La solicitud, junto con la documentación antes citada, se pre-sentará al menos un mes antes de la fecha de inicio del módulo deFCT cuya exención se pretende obtener. A tal efecto, los expedien-tes iniciados por alumnos que cursan estas enseñanzas en un centroprivado deben incluir, además, los documentos siguientes:

a) Certificado del director del centro en el que conste la fechaprevista de inicio del módulo de FCT.

b) Informe del equipo docente de dicho centro, conforme a loestablecido en el punto siguiente.

5. La documentación aportada será objeto de revisión y estu-dio por el equipo docente que imparte el ciclo formativo al alum-no, con objeto de emitir un informe en el que, basándose en los re-sultados de aprendizaje del módulo de FCT que deben adquirirse, seexpresará la pertinencia de conceder la exención total o parcial(Anexo XIV).

En caso necesario, el equipo docente del ciclo formativo podrá re-cabar por escrito a los interesados cuanta documentación comple-mentaria considere oportuna y conveniente para fundamentar el in-forme.

6. El director del centro público, a la vista del informe emitidopor el equipo docente, resolverá la solicitud sobre la exención totalo parcial del módulo de FCT. La resolución únicamente surtirá efec-to si el equipo docente decide, en la sesión de evaluación correspon-diente, el acceso del alumno a la realización de dicho módulo profe-sional y, en consecuencia, se incorporará en el primer Acta de

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Calificación Final del Ciclo Formativo que se emita tras la toma dedicha decisión.

La resolución de la exención, que será motivada, se comunicarápor escrito al interesado para su conocimiento en el modelo previs-to en el Anexo XV al menos veinte días naturales antes del comien-zo de las actividades propias del módulo de FCT. Igualmente se re-mitirá una copia al tutor de dicho módulo para su conocimiento y eldel equipo docente, y otra se incorporará al expediente académicodel alumno.

Si la exención fuese total, se hará constar en los documentos deevaluación del modo previsto en el artículo 36 de esta Orden. Si laexención fuera parcial, el equipo docente programará las actividadesnecesarias cuya superación permita al alumno obtener la califica-ción de “Apto” en dicho módulo profesional.

7. Los interesados podrán presentar por escrito ante el directordel centro público reclamación a la resolución adoptada en el plazode dos días hábiles contados desde la comunicación; en ella se ha-rán constar las alegaciones que justifiquen la disconformidad con lacitada resolución.

El director del centro público, vistas las alegaciones del escrito,comunicará al reclamante, en el plazo de dos días hábiles, la ratifi-cación o la modificación razonada de la resolución adoptada.

Cuando tras el proceso de revisión persista desacuerdo con la re-solución de la solicitud de exención total o parcial del módulo deFCT, el interesado podrá solicitar por escrito al director del centropúblico, en el plazo de dos días hábiles a partir de la última comuni-cación, que eleve la reclamación al Servicio de la Inspección Edu-cativa del Área Territorial correspondiente. El director del centropúblico, en un plazo no superior a dos días hábiles, remitirá, junto ala solicitud inicial, el expediente completo de la reclamación y, siprocede, un informe sobre las alegaciones expuestas por el recla-mante.

El Servicio de Inspección analizará el expediente y las alegacio-nes que en él se contengan y elevará un informe al Director del ÁreaTerritorial sobre la concesión de la exención pedida. Para ello podrácontar con el asesoramiento de funcionarios de los cuerpos de Pro-fesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de For-mación Profesional de las especialidades propias de la familia pro-fesional del ciclo formativo al que pertenece el módulo de FCT cuyaexención se solicita.

La Dirección del Área Territorial acordará la resolución que pro-ceda, que en todo caso será motivada, y la comunicará inmediata-mente al director del Instituto para su aplicación y traslado al intere-sado. Dicha resolución pone fin a la vía administrativa.

Capítulo V

Titulación

Artículo 41

Títulos de Formación Profesional

1. Los alumnos que superen las enseñanzas de formación profe-sional de grado medio y de grado superior recibirán, respectivamen-te, el título de “Técnico” y “Técnico Superior” en la correspondien-te profesión.

2. La persona interesada solicitará el título en el centro públicodonde conste su expediente académico. El secretario de dicho cen-tro verificará que reúne todos los requisitos académicos para su ob-tención y el director realizará la propuesta de expedición. Dicha cir-cunstancia se reflejará en el expediente académico del alumno.

3. La expedición de los títulos se realizará conforme a la norma-tiva establecida sobre esta materia en la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Supervisión del proceso de evaluación

Corresponde a los Servicios de la Inspección Educativa de las Di-recciones de Área Territorial el asesoramiento y la supervisión deldesarrollo del proceso de evaluación y proponer la adopción de lasmedidas que contribuyan a su perfeccionamiento.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA

Datos personales de los alumnos

En lo referente a los datos personales del alumnado, a la cesión delos mismos de unos centros a otros y a la seguridad y confidenciali-dad de estos, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en ma-teria de protección de datos de carácter personal y, en todo caso, a loestablecido en la disposición adicional vigésima tercera de la LeyOrgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA

Extinción de las enseñanzas del catálogo de títulosde la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de OrdenaciónGeneral del Sistema Educativo (en adelante LOGSE)e incorporación de los alumnos a las del nuevo sistema educativo

1. La implantación progresiva de la LOE implica la sustituciónescalonada de los títulos de Formación Profesional del catálogo dela LOGSE por nuevos títulos en el período previsto por el capítu-lo VI del Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se esta-blece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistemaeducativo, establecida por la LOE.

Tras la aprobación del Real Decreto por el que se establezca cadauno de los títulos de Formación Profesional, compete a la Comuni-dad de Madrid establecer, mediante Decreto del Consejo de Gobier-no, el currículo correspondiente al ciclo formativo que conduzca asu obtención y que será de aplicación en su ámbito de gestión. En di-cha norma se concretará, para cada ciclo formativo, el curso escolaren el que implantarán las enseñanzas correspondientes al primer ysegundo curso. Paralelamente, en los mismos años académicos, de-jarán de impartirse, respectivamente, las correspondientes al prime-ro y segundo cursos de las enseñanzas del ciclo formativo reguladopor la LOGSE, al que sustituye.

2. Una vez que deje de impartirse el currículo correspondienteal anterior sistema educativo, se garantizará la convocatoria, duran-te los dos años siguientes, de pruebas para la obtención del título co-rrespondiente al catálogo de la LOGSE, a las que podrán concurrirlos alumnos que tengan aún pendiente de superar algún módulo pro-fesional.

3. A los alumnos que cursen un ciclo formativo correspondien-te al catálogo de títulos de la LOGSE, cuya duración sea de un cur-so escolar más el módulo de FCT, les será de aplicación lo siguiente:

a) En el curso académico inmediatamente anterior a la implan-tación del currículo del nuevo título, el equipo docente toma-rá las siguientes decisiones respecto al módulo de FCT:a.1) En la sesión de Evaluación Final Ordinaria del curso

primer (junio) autorizará el acceso a dicho módulo a losalumnos que hayan superado todos los módulos profe-sionales que se cursan en el centro educativo.

a.2) En la sesión de Evaluación Final Extraordinaria (sep-tiembre) autorizará el acceso al referido módulo profe-sional a los alumnos que en dicha convocatoria reúnanlas condiciones descritas en el apartado anterior. Tam-bién podrá decidir la promoción para realizar el módu-lo de FCT de los alumnos con uno o más módulos pen-dientes de aprobar que en conjunto tengan asignado unhorario semanal que no exceda de ocho horas lectivas.En ese caso el equipo valorará individualmente paracada alumno el grado de adquisición de la competenciageneral del título y de los objetivos generales del cicloformativo, las posibilidades de recuperación de los mó-dulos pendientes y el aprovechamiento que pueda hacerdel módulo de FCT.

b) Los alumnos que en el curso académico anterior a la implan-tación del nuevo currículo no hayan obtenido la autorizaciónpara realizar el módulo de FCT podrán incorporarse en el cur-so académico siguiente a las nuevas enseñanzas con las con-validaciones que les correspondan. No serán computadas lasconvocatorias consumidas de los módulos profesionales cur-sados y no superados de los títulos del catálogo de la LOGSE,aunque tengan establecida la convalidación con módulos pro-fesionales de los nuevos títulos. Podrán también concurrir a

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las pruebas a las que se hace referencia en el apartado 2 deeste artículo.

c) Cuando la duración del módulo de FCT sea de un trimestre,los alumnos incluidos en el epígrafe a) dispondrán del cursoacadémico siguiente para superar dicho módulo y, en su caso,los que tengan pendientes. Serán evaluados conforme al pro-cedimiento previsto en el apartado 2.3 de la disposición tran-sitoria de esta Orden.

d) Cuando la duración del módulo de FCT sea de dos trimestres,los alumnos incluidos en el epígrafe a) realizarán el módulode FCT en el período comprendido entre el primer día lecti-vo fijado en el calendario escolar del curso académico si-guiente y la fecha prevista por el centro educativo para la se-sión de Calificación Final del Ciclo Formativo que se ha decelebrar a su término y que, en todo caso, deberá efectuarseantes de finalizar el mes de marzo. En dicha sesión se califi-carán, también los módulos profesionales de los alumnos au-torizados a realizar el módulo de FCT con algún otro módu-lo profesional pendiente.Antes de finalizar el mes de junio se realizará una sesión decalificación final del ciclo formativo en la que se evaluará elmódulo de FCT, si hubiera habido tiempo suficiente para efec-tuar las actividades de recuperación durante el resto del pe-ríodo lectivo, y los módulos pendientes en los que los alum-nos no hubieran agotado las convocatorias reglamentarias.Cuando ello no sea posible, podrán hacer uso de la segunda yúltima convocatoria para realizar dicho módulo durante elcurso académico siguiente. En la sesión de Calificación Finaldel Ciclo Formativo que se celebre a su término se califica-rán también los módulos profesionales aún pendientes, si nose hubiesen agotado las convocatorias reglamentarias.

4. A los alumnos que cursen un ciclo formativo correspondienteal catálogo de títulos de la LOGSE, de duración de dos cursos esco-lares, incluido el módulo de FCT, les será de aplicación lo siguiente:

a) En el curso académico inmediatamente anterior a la implan-tación del currículo del nuevo título, los que no reúnan lascondiciones para promocionar del primer al segundo cursodel ciclo formativo del catálogo de la LOGSE podrán incor-porarse en el curso académico siguiente a las nuevas ense-ñanzas con las convalidaciones que les correspondan. Podrántambién concurrir a las pruebas a las que se hace referenciaen el apartado 2 de este artículo.

b) En dicho curso escolar, el equipo docente del segundo cursodel ciclo formativo tomará las siguientes decisiones respectoal módulo de FCT:b.1) En la sesión de evaluación final extraordinaria del mes

de junio autorizará el acceso a dicho módulo a losalumnos que hayan superado todos los módulos profe-sionales que se cursan en el centro educativo.

b.2) También podrá decidir en la misma sesión la promo-ción para realizar el módulo de FCT de los alumnos conuno o más módulos pendientes de aprobar que en con-junto tengan asignado un horario semanal que no exce-da de ocho horas lectivas. Para ello valorará individual-mente para cada alumno el grado de adquisición de lacompetencia general del título y de los objetivos gene-rales del ciclo formativo, las posibilidades de recupera-ción de los módulos pendientes y el aprovechamientoque pueda hacer del módulo de FCT.

c) Los alumnos que en el curso académico en que se implante elsegundo curso del nuevo currículo no hayan obtenido la auto-rización para realizar el módulo de FCT podrán incorporarseen el curso académico siguiente a las nuevas enseñanzas conlas convalidaciones que les correspondan. No serán compu-tadas las convocatorias consumidas de los módulos profesio-nales cursados y no superados de los títulos del catálogo de laLOGSE, aunque tengan establecida la convalidación con mó-dulos profesionales de los nuevos títulos. Podrán tambiénconcurrir a las pruebas a las que se hace referencia en el apar-tado 2 de este artículo.

d) Cuando la duración del módulo de FCT sea de un trimestre,los alumnos que no superen el módulo de FCT en la sesión deCalificación Final del Ciclo Formativo que se celebre en elmes de junio y los que promocionen a dicho módulo como

consecuencia de las decisiones tomadas en la sesión de eva-luación final extraordinaria de segundo curso, dispondrán delcurso académico siguiente para superar dicho módulo y, en sucaso, los módulos profesionales que tuvieran pendientes si nohubiera agotado las convocatorias reglamentarias. Serán eva-luados conforme al procedimiento previsto en el artículo 30.

e) Cuando la duración del módulo de FCT sea de dos trimestres,los alumnos incluidos en el apartado b) y los que hayan cur-sado el módulo de FCT en el segundo y tercer trimestre sinsuperarlo, lo realizarán en el período comprendido entre elprimer día lectivo fijado en el calendario escolar del cursoacadémico siguiente y la fecha prevista por el centro educati-vo para la sesión de Calificación Final del Ciclo Formativoque se ha de celebrar a su término y que, en todo caso, debe-rá efectuarse antes de finalizar el mes de marzo. En dicha se-sión se calificarán, también los módulos profesionales de losalumnos autorizados a realizar el módulo de FCT con algúnotro módulo profesional pendiente, si no hubiesen agotado ellímite máximo de convocatorias.Antes de finalizar el mes de junio se realizará una nueva se-sión de calificación final del ciclo formativo en la que se eva-luará el módulo de FCT, si hubiera habido tiempo suficientepara efectuar las actividades de recuperación durante el restodel período lectivo, y, cuando sea posible, los módulos pen-dientes. Cuando ello no sea posible, podrán hacer uso de lasegunda y última convocatoria para efectuarlo durante el cur-so académico siguiente. En la sesión de Calificación Final delCiclo Formativo que se celebre a su término se calificarántambién los módulos profesionales aún pendientes, si se dis-pone aún de alguna convocatoria.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA

Aplicación a los ciclos formativos regulados por la LOGSE

Mientras mantengan su vigencia los títulos derivados de laLOGSE, les será de aplicación lo dispuesto en la presente Orden,salvo en los siguientes aspectos:

1. Las menciones a “resultados de aprendizaje” recogidas en lapresente Orden se entenderán referidas a las “capacidades termina-les” especificadas en los Reales Decretos que establecen los títulosy las correspondientes enseñanzas mínimas.

2. En los ciclos formativos de menos de 2.000 horas de dura-ción la evaluación se efectuará conforme al siguiente proceso:

2.1. Evaluación final ordinaria: Curso primero.a) En el período establecido durante el mes de junio en el

calendario escolar de cada curso académico se realiza-rá la evaluación final correspondiente a la convocato-ria ordinaria del curso 1.o, en cuya sesión se asignará lacalificación final de los módulos profesionales cursa-dos en el centro educativo.

b) Quedan excluidos de esta calificación los módulosprofesionales afectados por renuncia a la convocatoria.

c) En la sesión de evaluación el equipo docente dejaráconstancia de los alumnos que pueden cursar el módu-lo de FCT por haber superado todos los módulos pro-fesionales del ciclo formativo realizados en el centroeducativo o que, teniendo pendiente de aprobar un mó-dulo profesional que tenga atribuido un horario sema-nal no superior a ocho horas lectivas, hayan sido auto-rizados a realizar el módulo de FCT por el equipodocente que imparte las enseñanzas al grupo de alumnos.

2.2. Evaluación final extraordinaria: Curso primero.a) Antes del 7 de septiembre se realizará la evaluación fi-

nal correspondiente a la convocatoria extraordinariadel curso 1.o, calificándose los módulos que los alum-nos no hayan superado en la convocatoria ordinaria delmes de junio.

b) Quedan excluidos de esta calificación los módulosprofesionales afectados por renuncia a la convocatoria.

c) En la sesión de evaluación se tomarán las decisionessiguientes:— La autorización para realizar el módulo de FCT a

los alumnos que hayan superado todos los módu-

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 18 B.O.C.M. Núm. 146

los profesionales del ciclo formativo realizados enel centro educativo o que, teniendo pendiente deaprobar un módulo profesional que tenga atribui-do un horario semanal no superior a ocho horaslectivas, hayan sido autorizados a realizar el mó-dulo de FCT por el equipo docente que imparte lasenseñanzas al grupo de alumnos.

— La repetición de curso de aquellos alumnos que nocumplan los requisitos para el acceso al módulo deFCT.Los alumnos que deban repetir el curso primero seincorporarán al grupo de los que inician las ense-ñanzas del ciclo formativo. Realizarán la totalidadde las actividades de los módulos profesionales nosuperados y serán evaluados en los períodos esta-blecidos para el resto de los alumnos del grupo.

2.3. Calificación final del ciclo formativo.Al término de la realización del módulo de FCT correspon-de evaluar dicho módulo y determinar la calificación finaldel ciclo formativo de los alumnos que hayan superado latotalidad de sus módulos profesionales. Se seguirá para elloel procedimiento siguiente:a) Se celebrará la sesión de calificación final del ciclo

formativo, en la que se calificará el módulo de FCT,para lo cual el profesorado encargado de realizar el se-guimiento de las actividades desarrolladas por losalumnos en los centros de trabajo valorará el progresode estos en relación con las capacidades terminales delmódulo, teniendo en cuenta los datos y la informaciónrecabados en este período y el informe del responsabledel centro de trabajo que organice las actividades quedeben efectuar los alumnos.

b) En dicha sesión se calificarán también los módulosprofesionales de los alumnos autorizados a realizar elmódulo de FCT con algún otro módulo profesionalpendiente.

c) En función de los resultados obtenidos el equipo do-cente tomará las siguientes decisiones:— La propuesta para la obtención del título de los

alumnos que hayan aprobado la totalidad de losmódulos profesionales del ciclo formativo.

— La recuperación de los módulos profesionalespendientes de aquellos alumnos que no hayan ago-tado el número máximo de convocatorias.

d) Cuando algún alumno haya superado el módulo deFCT y tenga pendiente uno de los módulos profesiona-les de formación en el centro educativo, podrá incorpo-rarse al grupo de alumnos que esté cursando dicho mó-dulo, siempre que las disponibilidades de vacantes endicho grupo lo permitan.

e) Antes de finalizar el mes de junio se realizará una nue-va sesión de calificación final del ciclo formativo, conidéntico procedimiento al descrito en los apartados an-teriores, en la que se evaluarán los módulos pendien-tes, incluso el módulo de FCT si ha habido tiempo ma-terial para realizar las actividades de recuperacióndurante el resto del período lectivo del curso escolar.

3. En los ciclos formativos de 2.000 horas de duración, cuyosmódulos profesionales de segundo curso se imparten en el centroeducativo únicamente en el primer trimestre del curso escolar, la se-sión de Evaluación Final Ordinaria de segundo Curso de aquellos ci-clos formativos, se efectuará en la última semana lectiva del mes dediciembre.

4. Las convalidaciones entre los módulos profesionales de los ci-clos formativos que conducen a dichos títulos se regirán por lo dispues-to en los Anexos I, II y III de la Orden de 20 de diciembre de 2001 delMinisterio de Educación, Cultura y Deporte (“Boletín Oficial del Es-tado” de 9 de enero de 2002; corrección de errores en el “Boletín Ofi-cial del Estado” de 19 de julio); y el procedimiento para su solicitud seacomodará a lo previsto en el artículo 39.1.a), debiéndose utilizar eneste caso el modelo de solicitud de convalidación que se incluye en elAnexo XVI.

5. Los módulos profesionales que corresponden a ciclos forma-tivos del catálogo de títulos de Formación Profesional de la LOGSEdeben identificarse en las casillas de las actas de evaluación con lasclaves numéricas que se incluyen en el Anexo XVII.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Derogación de normativa

Quedan derogadas la Orden 2323/2003, de 30 de abril, de la Con-sejería de Educación, por la que se regula la matriculación, el proce-so de evaluación y la acreditación académica de los alumnos quecursan en la Comunidad de Madrid la Formación Profesional Espe-cífica establecida en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Or-denación General del Sistema Educativo; la Orden 1030/2008, de 29de febrero, de la Consejería de Educación, por la que se regulan parala Comunidad de Madrid los documentos de evaluación de la For-mación Profesional, y cuantas normas de igual o inferior rango seopongan a lo dispuesto en la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de junio de 2009.

La Consejera de Educación,LUCÍA FIGAR DE LACALLE

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ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE MATRÍCULA

D. ...............................................................................……...............…...................................................... , Documento de identidad Nº:: .......................................................

Domicilio: ...................................................................................................….................................................................. Teléfono: ...................….................…..…..............................

Población: ............................…………............................................ Código postal: ............................................ Provincia: ...……............................…...................................

EXPONE:

Que en el curso académico 20 ….. - 20 …… se ha matriculado en el centro ...................................................……………………………………………

……………………………………………………………………………………….……………… , localidad ………………………………………..…………..……………............................. .

en el ciclo formativo de grado ........................................ denominado: .........................…………….................................................................................

..... ..........................................................……………………...........…….............................

SOLICITA:Que por el presente escrito se considere manifestado mi deseo de cancelar dicha matriculación y, por tanto, dejarla sin efecto apartir de la fecha en que formalizo esta petición.

........................................................................................................ a .............. de ...................................................................... de 20 .............

Firmado.: ..................................................................................................

SR. DIRECTOR DEL CENTRO ............................................…………………………………………………………………..………………………….....................................

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ANEXO I

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ANEXO II

ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL CANCELACIÓN DE MATRÍCULA

D. .....................................………………………………………...........……………………….…………..……………………… , Director del Centro público ………….................................…………………………

.....................................……………………………………….......................................................................................................………......………………… , localidad ………………....................…………....................

vista la solicitud presentada por D. ................................………………………………………………............................………..…................................... , Documento de identidad Nº:

.................................................. , matriculado en el curso académico 20 ….. - 20 …… en el ciclo formativo de grado .......................................................

denominado: ..….........................................................…...............................................…………..................................................................................................................................……...

para que se le admita la cancelación de dicha matriculación,

RESUELVE,

Dejar sin efecto, a partir de esta fecha, la referida matriculación.

En .......................................................................................................... a .................. de .................................................................................... de 20..........

(sello y firma)

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

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D. .............................................................................………………......................................................... , Documento de identidad Nº: ..........................................................

Domicilio: ...................................................................................................….............................................................. Teléfono: ...................…...................…..……...........................

Población: ............................…………........................................ Código postal: ............................................ Provincia: ...……..............................…...................................

EXPONE:1. Que está cursando en el Centro: ................................………………………………………………....……………………………….………………….…….............................

Localidad: .......................................…………………………………..……………………............................ Provincia: .............................…………...................…….....................

el Ciclo Formativo de grado: ....................…........................................... denominado: .........................…………………………………...........…….............................

..................................…………………………………………………………………………………………………………………………………................................ .

2. Que concurre en mi persona una de las siguientes circunstancias : (márquese la que proceda)

Enfermedad prolongada o accidente. Obligaciones de tipo personal o familiar. Desempeño de un puesto de trabajo.

SOLICITA:Que le sea admitida la renuncia a las convocatorias del presente curso académico correspondientes de los módulos profesionales que a continuación se especifican:

Convocatoria Denominación del módulo profesional

Ordinaria Extraordinaria

A tal efecto presenta la siguiente documentación: (detállese la documentación que se aporta)

........................................………………………………………………………………………………………………………………………………………..…………………………..................................

........................................………………………………………………………………………………………………………………………………………..…………………………..................................

........................................................................................................ a .............. de ...................................................................... de 20 .............

Firmado.: ..................................................................................................

____________________________________________________________________________________________________

RESOLUCIÓN:

Con esta fecha se resuelve (1)…………………………………………… la renuncia a las convocatorias que se relacionan a continuación e

incorporar este documento al expediente académico del alumno.

Convocatoria Denominación del módulo profesional

Ordinaria Extraordinaria

(1) «ADMITIR» o «NO ADMITIR»

........................................................................................................ a .............. de ...................................................................... de 20 .............

El Director

Fdo.: ..................................................................................

SR. DIRECTOR DEL CENTRO ............................................……………………………………………………………………..………………………….....................................

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ANEXO III

ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONALRENUNCIA A CONVOCATORIAS

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ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONALAPLAZAMIENTO DE LA CALIFICACIÓN DEL MÓDULO DE FCT

D. ..........................................................................………………............................................................. , Documento de identidad Nº: .............................................................

Domicilio: ...................................................................................................…................................................................... Teléfono: ...................….................…..……...........................

Población: ............................…………............................................. Código postal: ............................................ Provincia: ...……............................…...................................

EXPONE:1. Que está cursando en el Centro: ................................……………..…………………………………....……………………………….………………….…….............................

Localidad: .......................................…………………………………..………………..……............................ Provincia: .............................…………...................…….....................

el Ciclo Formativo de grado: ....................…........................................... denominado: ...........................…………………………………...........…….............................

..................................…………………………………………………………………………………………………………………………………................................ .

2. Que concurre en mi persona una de las siguientes circunstancias : (márquese la que proceda)

Enfermedad prolongada o accidente. Obligaciones de tipo personal o familiar. Desempeño de un puesto de trabajo.

SOLICITA:Que le sea admitido el aplazamiento de la calificación del módulo de Formación en Centros de Trabajo. A tal efecto presenta la siguiente documentación: (detállese la documentación que se aporta)

........................................………………………………………………………………………………………………………………………………………..…………………………..................................

........................................………………………………………………………………………………………………………………………………………..…………………………..................................

........................................………………………………………………………………………………………………………………………………………..…………………………..................................

........................................................................................................ a .............. de ...................................................................... de 20 .............

Firmado.: ..................................................................................................

____________________________________________________________________________________________________

RESOLUCIÓN:

Con esta fecha se resuelve (1)…………………………………………… el aplazamiento de la calificación del módulo de Formación en Centros

de Trabajo e incorporar este documento al expediente académico del alumno.

(1) «ADMITIR» o «NO ADMITIR»

........................................................................................................ a .............. de ...................................................................... de 20 .............

El Director

Fdo.: ..................................................................................

SR. DIRECTOR DEL CENTRO ............................................……………………………………………………………………..………………………….....................................

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ANEXO IV

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 23

ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EXPEDIENTE ACADÉMICO DEL ALUMNO

Centro donde cursa los estudios: ………………………………………………………………………………………………………………… Código: ……………………………

Centro público al que está adscrito (si se trata de un centro privado): …………………………………………………..………………….……………..………………………

……………………………………..……………………………………………………………………………… Municipio: ……………………………………………………………………………… .

DATOS PERSONALES DEL ALUMNO

Apellidos: Nombre: Sexo:

Fecha de nacimiento: Municipio:

Provincia: País: Nacionalidad:

Domicilio de residencia: Municipio:

Provincia: C. Postal: Teléfono: Documento de identidad Nº:

Nombre del padre o tutor: Nombre de la madre o tutora: DATOS ACADÉMICOS

ANTECEDENTES DE ESCOLARIZACIÓN

Centro Municipio (PROVINCIA) Cursoacadémico

Etapas o Ciclos Cursos Titulación obtenida

Acceso mediante Prueba Centro donde la superó Municipio (PROVINCIA) Fecha

DATOS MÉDICOS Y PSICOPEDAGÓGICOS RELEVANTES (*)

(*) Si existe evaluación de las necesidades educativas especiales y propuesta curricular, se adjuntará a este expediente académico.

CAMBIOS DE DOMICILIO

Domicilio Municipio Teléfono

TRASLADO DE CENTRO

Con fecha se traslada al Centro:

Municipio: Provincia:

NOTA: Al expediente académico se incorporará la siguiente documentación: - Original o copia compulsada del requisito académico para el acceso al ciclo formativo o del certificado de haber superado la prueba de acceso. - Extracto de las matriculaciones y calificaciones de cada curso académico (Hojas complementarias).

Además, se incluirán en el expediente académico, cuando proceda, estos otros documentos: - Original de la solicitud de cancelación de matrícula y, en su caso, de la resolución de cancelación. - Original o copia compulsada de la documentación que se genere por la anulación de matrícula por inasistencia. - Original o copia compulsada de los documentos relacionados con la renuncia a convocatorias (solicitud, documentación justificativa y resolución). - Copia compulsada del Informe de Evaluación Individualizado. - Original o copia compulsada de la documentación generada para la convalidación de módulos profesionales o para la exención de módulo

profesional de FCT.

ANEXOV Nº de expediente:

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 24 B.O.C.M. Núm. 146

Curso académico: 20 …….. - 20 ……..

DATOS DEL ALUMNO

APELLIDOS: NOMBRE: Documento de identidad:

Calificaciones obtenidas en los módulos profesionales matriculados:

Ciclo formativo: Código(1)

:

MÓDULO PROFESIONAL CALIFICACIONES

Curso(2)

Clave(3) Denominación completa Ordinaria

(4) Extraordinaria

(4)

NOTA FINAL DEL CICLO FORMATIVO

………………………………………………………………………………. a ………… de ………………………………………………………..…… de 20 ……

EL SECRETARIO,

Fdo.: …………………………………………

OBSERVACIONES(5):

(1) Código asignado al ciclo formativo en la Comunidad de Madrid. (2) 1º ó 2º. (3) Clave asignada al módulo profesional en la Comunidad de Madrid.

Módulo profesional suspendido 1, 2, 3 ó 4 Módulo exento EX

Módulo profesional superado 5, 6, 7, 8, 9 ó 10 Módulo con renuncia a la convocatoria RE

Módulo de FCT superado APTO Módulo no evaluado NE

Módulo de FCT suspendido NO APTO Módulo con “Mención Honorífica” 10-mh

(4)

Módulo convalidado CV Nota final del ciclo formativo con “Matrícula de Honor” (nota final)-MH

(5)Anotaciones relativas a incidencias varias: anulación o la cancelación de la matrícula, renuncia a convocatoria, convalidaciones, exenciones, decisiones sobre promoción y titulación, solicitud de título……

Hoja complementaria Nº:

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 25

ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL CERTIFICACIÓN ACADÉMICA OFICIAL

(Estudios incompletos)

D. ........................................................................................................................ , Secretario del centro público ........................................................................................................................

.................................................................................................... código del centro ........................................... Localidad .............................................................................................................

provincia de Madrid , dirección ......................................................................................................................................................................, código postal .................................................

CERTIFICA:

Que el alumno (1)............................................................................................................................................................................ Documento de identidad Nº...........................................

según consta en su expediente académico, cumple los requisitos de acceso y ha obtenido las siguientes calificaciones en el ciclo formativo corres-

pondiente al título de (2)....................................................................................................................................................................................................................................................................... ,

regulado por el Real Decreto (3)................................................................….................., y (4)...............................................................................................................................................…:

MÓDULO PROFESIONAL

Nº Orden (5)

Código (6) Denominación completa del módulo

Calificación (7)

Curso académico

(8)

Nº convocatorias

(9)

De acuerdo con lo dispuesto en artículo 15.9 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, los módulos profesionales superados acreditan la adquisición de las siguientes unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditadas

Nº Orden (5)

Código (6) Denominación completa del módulo Código

(10) Denominación completa de la unidad de competencia

…….………………………..……………………………………………..………………, …….……… de …………………………………….……………… de 2.0…..….

VºBºEL DIRECTOR EL SECRETARIO,

Fdo.: …………………………………………………. Fdo.: ………………………………………………….

(1) Nombre y dos apellidos. (2) Denominación completa del título de «Técnico» o «Técnico Superior». (3) Real Decreto que establece el título (4) Norma de la Administración educativa que ha definido el currículo. (5) Nº de orden asignado al módulo profesional en la organización del currículo realizada por la Comunidad de Madrid. (6) Código asignado al módulo profesional en el Real Decreto que estable el título. (7) Última calificación obtenida en el módulo. (8) Curso académico en el que obtuvo la calificación. (9) Número de convocatorias consumidas. (10) Código asignado a la “Unidad de Competencia” en el Real Decreto que estable el título.

ANEXOVI.a

E S P A Ñ A COMUNIDAD DE MADRID

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ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL CERTIFICACIÓN ACADÉMICA OFICIAL

(Estudios completos)

D. ................................................................................................................... , Secretario del centro público ........................................................................................................................

............................................................................................... código del centro ........................................... dirección .............................................................................................................

Localidad ............................................................................................................................... Provincia ................................................................, código postal .........................................

CERTIFICA:

Que el alumno (1)........................................................................................................................................................................... Documento de identidad Nº.............................................

según consta en su expediente académico, cumple los requisitos de acceso y ha superado la totalidad de las enseñanzas del ciclo formativo corres-

pondiente al título de (2) :....................................................................................................................................................................................................................................................................... ,

regulado por el Real Decreto (3).................................................................….................., y 4)..............................................................................................................................................…

y ha obtenido las siguientes calificaciones:

MÓDULOS PROFESIONALES

Nº Orden (5)

Código (6) Denominación completa del módulo

Calificación (7)

NOTA FINAL DEL CICLO FORMATIVO

Asimismo, el alumno con fecha ........................................................................ ha solicitado y abonado las tasas académicas para la expedición del referido título.

…….………………………..……………………………………………..………………, …….……… de …………………………………….……………… de 2.0…..….

VºBºEL DIRECTOR EL SECRETARIO,

Fdo.: …………………………………………………. Fdo.: ………………………………………………….

(1) Nombre y dos apellidos. (2) Denominación completa del título de «Técnico» o «Técnico Superior». (3) Real Decreto que establece el título (4) Norma de la Administración educativa que ha definido el currículo. (5) Nº de orden asignado al módulo profesional en la organización del currículo realizada por la Comunidad de Madrid. (6) Código asignado al módulo profesional en el Real Decreto que estable el título. (7) Calificación obtenida en el módulo.

ANEXOVI.b

E S P A Ñ A COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 27

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 28 B.O.C.M. Núm. 146

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 29

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 30 B.O.C.M. Núm. 146

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 31

ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INFORME DE EVALUACIÓN INDIVIDUALIZADO

Centro donde cursa los estudios: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

Centro público al que está adscrito (si se trata de un centro privado): ………………………………………………………………………..………………………

……………………………………..………………………………………………………………………………………………………..…………………… .

DATOS del ALUMNO y la ENSEÑANZA

APELLIDOS: NOMBRE: Documento de identidad Nº:

Ciclo Formativo: Grado: Curso:

a) Apreciación sobre el grado de consecución de las capacidades y los resultados de aprendizaje enunciados en los módulos profesio- nales del ciclo formativo:

b) Calificaciones parciales o valoraciones del aprendizaje en el caso en que se hubieran emitido hasta la fecha:

c) Aplicación, en su caso, de medidas educativas complementarias:

d) Otros datos de interés:

…………………………………….……………………………, …….… de ………………………………….………………………………. de 20 ………

EL TUTOR

Fdo.: ………………………………………………..…………..

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ANEXO IX

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 32 B.O.C.M. Núm. 146

ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL SOLICITUD DE CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS CUYO RECONOCIMIENTO

CORRESPONDE A LOS DIRECTORES DE LOS CENTROS

(Títulos LOE)

D. ..........................................................................………….................................................................... , Documento de identidad Nº: ..........................................................

Domicilio: ...................................................................................................…................................................................... Teléfono: ...................….................…..…...........................

Población: ............................…………............................................. Código postal: ............................................ Provincia: ...……............................…...............................

EXPONE:1. Que está cursando en el Centro: ..................................………………………………………………....……………………………….………………….……............................

Localidad: .......................................…………………………………..……………………............................ Provincia: ..............................…………..................…….....................

el ciclo formativo de grado: ....................…........................................... denominado: .........................……………………………………...........…….............................

..................................…………………………………………………………………………………………………………………………………................................ .

2. Que reúne alguno de los requisitos siguientes: (márquese el que proceda)

Tener superados módulos profesionales de títulos de Formación Profesional del catálogo de la LOGSE, cuya convalidación está definida en las normas que regulan los títulos de Formación Profesional del catálogo de la LOE. Tener superados módulos profesionales comunes a varios títulos Formación Profesional del catálogo de la LOE. Tener acreditadas unidades de competencia que formen parte del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Tener superados otros estudios reglados: (indíquese cuáles)

SOLICITA:Que le sea reconocida por la Dirección de ese Centro la convalidación de los módulos profesionales siguientes del ciclo formativo en el que está matriculado:

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

A tal efecto presenta la siguiente documentación: (márquese la que proceda)

Fotocopia del documento de identificación (nacional o extranjero). Certificación académica (original o fotocopia compulsada), expedida por un Centro Oficial, en la que consten los módulos profesionales o, en su caso, las materias o estudios cursados, la convocatoria en la que han sido superados y la calificación obtenida.Documento acreditativo de las unidades de competencia reconocidas que formen parte del Catálogo Nacional de Cualifica-ciones Profesionales.

........................................................................................................ a .............. de ...................................................................... de 20 .............

Firmado.: ..................................................................................................

SR. DIRECTOR DEL CENTRO ............................................……………………………………………………………………..………………………….....................................

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ANEXOX

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 33

ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL RECONOCIMIENTO DE CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS

D. ……………………………………………….…………..………………………………………………………..………………………………………….. , Director del centro público

…………………………………………………………………………………………………………………………… , una vez examinada la documentación presentada

por D. ........................................................................................………...............…………................., Documento de identidad Nº: .......................................................... ,

solicitando la convalidación de estudios de Formación Profesional correspondientes al ciclo formativo (1) …………………….…………

………………………………………………………………………………………..…………………………… de grado (2) ........................................................ , cuyo currículo está

establecido en la Comunidad de Madrid por (3) ………………………………………………………………………………………………… con sus estudios de:

........................................................................................................................................................................................................................................……..........................................................

..................................................................................................................................................................................................................................….......….........................................................

RESUELVE

RECONOCERLE las convalidaciones de los siguientes módulos profesionales del ciclo formativo correspondiente:

1.- .............................................................................................................................................................................................................................……...............................................

2.-..................................................................................................................................................................................................................................…...............................................

3.- ...............................................................................................................................................................................................................................…….............................................

4.- .........................................................................................................................................................................................................................….......…............................................

5.- ..............................................................................................................................................................................................................................……..............................................

........................................................................................................ a ............... de ...................................................................... de 20 .............

(firma)

Fdo.: ..................................................................................................

(1) Cítese la denominación del ciclo formativo. (2) Medio o Superior. (3) Identifíquese la norma que regula el currículo.

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ANEXOXI

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 34 B.O.C.M. Núm. 146

ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL SOLICITUD DE CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS CUYO RECONOCIMIENTO

CORRESPONDE AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

D. ...............................................................................………………..................………………………………………………………………..….………............................................……..…..........

con Documento de identidad Nº: ........................................................ y domicilio a efectos de notificación en: ………………….….........…...…..............

................................……………………………………………....………….………………….…….……............................ Municipio: ..................................………….......................................

Código postal: ............................................ Provincia: .MADRID.

EXPONE:

1. Que está matriculado en el Centro: ........................……………………………………………….... …………………………….………………….…….……............................

Dirección del centro: ........................................................................................…................…................ Municipio: ..................................…………..................................

Código postal: ............................................ , provincia de MADRID, en el ciclo formativo de grado ..................................…………………… ………

denominado: ................................…………………… …………………..............………………………………………………………………………………..........…….............................

2. Que ha cursado y superado los siguientes estudios: ....................................................………………………………………………………………..........................

..................................................………………………………………………………………………..………………………………………………………………………………....……...................

SOLICITA:

La convalidación de los siguientes módulos profesionales:

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

A tal efecto, presenta la siguiente documentación: (márquese la que proceda)

Certificación de estar matriculado en los estudios de Formación Profesional cuya convalidación solicita.

Fotocopia del documento de identificación (nacional o extranjero).

Original o fotocopia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados, expedida por un Centro Oficial, en la que constan: las enseñanzas cursadas y cada una de las asignaturas, materias o, en su caso, módulos profesionales, con indicación de la convocatoria en la que han sido superados y la calificación obtenida.

Original o fotocopia compulsada de los Programas de los Estudios Universitarios cursados, sellados por la Universidad donde losrealizó, de las materias (teóricas y prácticas) en las que fundamenta su solicitud de convalidación.

Fotocopia compulsada del título o del Libro de Calificaciones de Formación Profesional.

........................................................................................................ a .............. de ...................................................................... de 20 .............

Firmado.: ..................................................................................................

SR. DIRECTOR GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL. MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ANEXOXII

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 35

ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL SOLICITUD DE EXENCIÓN DEL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO

DATOS PERSONALES Apellidos Nombre Documento de identidad Fecha de nacimiento

Domicilio: Código postal y Municipio Provincia Teléfono

EXPONE: Que está cursando en el Centro ............................................................................................................................................................................................................................ el

ciclo formativo .............................................................................................................................................................................................................................................................. de grado

................................................................................. y se halla matriculado en el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo de dicho ciclo.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, sobre la exención total o parcial del módulo de Formación en Centros de Trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral,

SOLICITA: La exención de dicho módulo profesional para lo que adjunta la documentación siguiente (fotocopia compulsada):

TRABAJADORES POR CUENTA AJENA:

Certificado de la empresa o empresas donde haya adquirido la experiencia laboral.

Otros documentos:

..........................................................................................................................................................................................................................................................

...........................................................................................................................................................................................................................................................

..........................................................................................................................................................................................................................................................

TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA:

Certificado de alta en el censo de obligados tributarios.

Declaración del interesado de las actividades más representativas.

Otros documentos:

...........................................................................................................................................................................................................................................................

...........................................................................................................................................................................................................................................................

...........................................................................................................................................................................................................................................................

En ............................................................................................... a .................... de ..................................................................................................... de 20..........

Fdo.: ...........................................................................................................

SR. DIRECTOR DEL CENTRO ....................................................................................................................................................……………….................................................................

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ANEXOXIII

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 36 B.O.C.M. Núm. 146

ANEXOXIV

ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL SOLICITUD DE EXENCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL MÓDULO DE FCT

Informe del Equipo Docente

Los abajo firmantes, miembros del equipo docente que imparte en el Centro (1) .........................................

............................................................................................. el ciclo formativo de grado ................….........,

denominado ..........................................………………………………...................................... han revisado

y analizado la documentación presentada por el alumno ....................………………....................................... , que ha solicitado la exención total o parcial del módulo de FCT por su correspondencia con la experiencia laboral.

De su estudio se deduce, respecto a las capacidades terminales o los resultados de aprendizaje incluidos

en el RD (2) ........................... por el que se establece el título y las correspondientes enseñanzas mínimas,

lo siguiente:

Informe del Equipo Educativo sobre la adquisiciónde los resultados de aprendizaje o la capacidad terminal Descripción de los resultados de aprendizaje o las capacidades terminales (3)

SÍ (4) NO (5)

OTRAS CONSIDERACIONES (6):

(1) Indíquese el nombre del centro donde el alumno recibe las enseñanzas. (2) Número y año del Real Decreto. (3) Denominénse los que figuran en el R.D. correspondiente.

(4) Póngase una “X” en esta columna si se considera adquirido. (5) Signifíquese la razón por la que no se considera adquirido. (6) Háganse constar aquellos aspectos que el Equipo considere convenientes para

definir mejor la propuesta de la exención.

En ............................................................................................... a .................... de ..................................................................................................... de 200..........

(firmas y pies de firma de los miembros del Equipo Educativo)

SR. DIRECTOR DEL CENTRO .........................................................................................………………………………………………………………..................................................................................

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 37

ANEXOXV

ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL RESOLUCIÓN DE EXENCIÓN DEL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO

D. .....................................……………………………………….…………………….............………………………………………………… , Director del centro público ……………………………………………

.....................................……………………………………………………………………..……………......………………… , vista la solicitud de exención del módulo profesional de

Formación en Centros de Trabajo presentada por D. ................................………………………………………………..............……………............…………....................................... ,

que cursa en el Centro .....................................……………………………………….…………………………………………….........………………………………… el ciclo formativo de grado

..............................…......................…..............................., denominado ........................................................…………………………………………….………….........……………………………….................................................... . , así como la documentación que se adjunta a la misma y el informe emitido por el equipo docente de dicho Centro,

RESUELVE

Declarar EXENTO de la realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo de dicho ciclo

formativo a D. .....................................…………………………………………………………………………..…………………………………………………………....…………...…………………………… .

Declarar PARCIALMENTE EXENTO de la realización del módulo profesional de Formación en Centros deTra-

bajo de dicho ciclo formativo a D. .....................................……………………………………..…………………………………………………………....…………...…………………………….Para obtener la calificación de APTO en dicho módulo deberá realizar y superar las actividades formativas que para ello programe el equipo docente, referidas a las siguientes capacidades terminales o resultados de aprendizaje:

Capacidades terminales o resultados de aprendizaje

Declarar NO EXENTO de la realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo de dicho

ciclo formativo a D. ................................…………………………………………………………………………....…………...……………………………´ por los motivos siguientes:

....................……………………………………………………………………..…………………………………………………………………………………………………………………………………..…………....…………...………………

....................…………………………………………………………………………..……………………………………………………………………………………………………………………………..…………....…………...………………

....................……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….………………………………………..…………....…………...………………

....................…………………………………………………………………………..……………………………………………………………………………………………………………………………..…………....…………...………………

En .......................................................................................................... a .................. de .................................................................................... de 20..........

(sello y firma)

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

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ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL SOLICITUD DE CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS CUYO RECONOCIMIENTO

CORRESPONDE A LOS DIRECTORES DE LOS CENTROS

(Títulos LOGSE)

D. ...............................................................................……….............…............................................... , Documento de identidad Nº: ...............................................................

Domicilio: ...................................................................................................…..................................................................... Teléfono: ...................….................…..…...........................

Población: ............................…………............................................... Código postal: ............................................ Provincia: ...……............................…...............................

EXPONE:1. Que está cursando en el Centro: ................................…………………………………………………....……………………………….………………….……............................

Localidad: .......................................…………………………………..………………………............................ Provincia: .............................…………..................…….....................

el ciclo formativo de grado: ....................…........................................... denominado: ..............................…………………………………...........…….............................

..................................…………………………………………………………………………………………………………………………………................................ .

2. Que reúne el requisito siguiente:

Tener superados módulos profesionales de títulos de Formación Profesional del catálogo de la LOGSE, que acreditan la convalidaciónentre módulos profesionales definida en el artículo segundo de la Orden de 20 de diciembre de 2001, del Ministerio de Educación,Cultura y Deporte («Boletín Oficial de Estado de 9 de enero de 2002»), cuyo reconocimiento corresponde a los Directores de los Centros.

SOLICITA:

Que le sea reconocida por la Dirección de ese Centro la convalidación de los módulos profesionales siguientes del ciclo formativo en el que está matriculado:

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

........................................…………………………………......……………………………………………………………………………………..………………………………….……………...................

A tal efecto presenta la siguiente documentación: (márquese la que proceda)

Fotocopia del documento de identificación (nacional o extranjero).

Certificación académica oficial (original o fotocopia compulsada) en la que consten los módulos profesionales cursados, la convocatoria en la que han sido superados y la calificación obtenida. Fotocopia compulsada del título o del Libro de Calificaciones de Formación Profesional.

........................................................................................................ a .............. de ...................................................................... de 20 .............

Firmado.: ..................................................................................................

SR. DIRECTOR DEL CENTRO ............................................…………………………………………………………………………………………………….....................................

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Historiales académicos", inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/apdcm) y no está prevista la cesión de los mismos. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es “C/ Díaz Porlier, 35 -28006. MADRID”, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ANEXOXVI

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ANEXOXVII

CICLOS FORMATIVOS DEL CATÁLOGO DE TÍTULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA LOGSE IMPLANTADOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID

Familia profesional: ACTIVIDADES AGRARIAS

Ciclo Formativo: JARDINERÍA

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: ACA204

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Implantación de jardines y zonas verdes 8

02 Producción de plantas 7

03 Mecanización agraria 6

04 Agrotecnología 7

05 Relaciones en el equipo de trabajo 2

06 Organización y gestión de una explotación agraria familiar 5

07 Conservación y mejora de jardines y zonas verdes 6

08 Métodos de control fitosanitario 6

09 Instalaciones agrarias 5

10 Jardinería de interiores y arreglos florales 5

11 Formación y orientación laboral 3

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: GESTIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES Y PAISAJÍSTICOS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: ACA302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Gestión de los aprovechamientos forestales 5

02 Gestión selvícola 5

03 Protección de las masas forestales 3

04 Instalación y mantenimiento de jardines y restauración del paisaje 9

05 Mecanización e instalaciones en una empresa agraria 8

06 Organización y gestión de una empresa agraria 5

07 Gestión de los aprovechamientos cinegéticos y piscícolas 6

08 Gestión del uso público del medio natural 3

09 Gestión y organización de la producción de plantas 10

10 Relaciones en el entorno de trabajo 3

11 Formación y orientación laboral 3

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Familia profesional: ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS

Ciclo Formativo: CONDUCCIÓN DE ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS EN EL MEDIO NATURAL

Grado: MEDIO Duración: 1400 horas Código: AFD201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Desplazamiento, estancia y seguridad en el medio terrestre 7

02 Conducción de grupos en bicicleta 5

03 Conducción de grupos a caballo y cuidados equinos básicos 7

04 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 2

05 Fundamentos biológicos, salud y primeros auxilios 3

06 Actividades físicas para personas con discapacidades 2

07 Dinámica de grupos 2

08 Formación y orientación laboral 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: ANIMACIÓN DE ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: AFD301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Juegos y actividades físicas recreativas para animación 4

02 Actividades físico-deportivas individuales 8

03 Actividades físico-deportivas con implementos 5

04 Fundamentos biológicos y bases del acondicionamiento físico 6

05 Animación y dinámica de grupos 3

06 Metodología didáctica de las actividades físico-deportivas 4

07 Actividades físico-deportivas de equipo 15

08 Organización y gestión de una pequeña empresa de actividades de tiempo libre y socioeducativas

4

09 Primeros auxilios y socorrismo acuático 5

10 Actividades físicas para personas con discapacidades 3

11 Formación y orientación laboral 3

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Familia profesional: ADMINISTRACIÓN

Ciclo Formativo: GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Grado: MEDIO Duración: 1.300 horas Código: ADM201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Comunicación, archivo de la información y operatoria de teclados 5

02 Gestión administrativa de compra-venta 3

03 Gestión administrativa de personal 3

04 Contabilidad general y tesorería 5

05 Productos y servicios financieros y de seguros básicos 4

06 Principios de gestión administrativa pública 3

07 Aplicaciones informáticas 5

08 Formación y orientación laboral 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 340

Ciclo Formativo: ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: ADM301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Gestión de aprovisionamiento 4

02 Gestión financiera 5

03 Recursos humanos 4

04 Contabilidad y fiscalidad 9

05 Aplicaciones informáticas y operatoria de teclados 8

06 Gestión comercial y servicio de atención al cliente 4

07 Administración pública 5

08 Productos y servicios financieros y de seguros 5

09 Auditoría 4

10 Proyecto empresarial 9

11 Formación y orientación laboral 3

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: SECRETARIADO

Grado: SUPERIOR Duración: 1.300 horas Código: ADM302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Comunicación y relaciones profesionales 3

02 Organización del servicio y trabajos de secretariado 3

03 Gestión de datos 4

04 Elaboración y presentación de documentos e información 6

05 Elementos de derecho 2

06 Lengua extranjera (inglés) 5

07 Segunda lengua extranjera 5

08 Formación y orientación laboral 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 340

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Familia profesional: ARTES GRÁFICAS

Ciclo Formativo: ENCUADERNACIÓN Y MANIPULADOS DE PAPEL Y CARTÓN

Grado: MEDIO Duración: 1.400 horas Código: ARG201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Materias primas en artes gráficas 4

02 Procesos de encuadernación y manipulados de papel 8

03 Procesos de manipulados de cartón 5

04 Procesos de impresión en tintas líquidas 5

05 Procesos de artes gráficas 4

06 Seguridad en las industrias de artes gráficas 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: IMPRESIÓN EN ARTES GRÁFICAS

Grado: MEDIO Duración: 1.400 horas Código: ARG202

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Montaje y obtención de la forma impresora 3

02 Materias primas en artes gráficas 4

03 Procesos de impresión offset 10

04 Procesos de impresión en tintas líquidas 5

05 Procesos de artes gráficas 4

06 Seguridad en las industrias de artes gráficas 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: PREIMPRESIÓN EN ARTES GRÁFICAS

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: ARG203

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Tratamiento de textos 8

02 Tratamiento de imágenes 14

03 Materias primas en artes gráficas 4

04 Procesos de artes gráficas 4

05 Ensamblado y filmado de textos e imágenes 15

06 Montaje y obtención de la forma impresora 5

07 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

08 Relaciones en el equipo de trabajo 3

09 Formación y orientación laboral 3

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Ciclo Formativo: DISEÑO Y PRODUCCIÓN EDITORIAL

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: ARG301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Producción editorial 9

02 Procesos de preimpresión 12

03 Organización de la producción en las industrias de artes gráficas 4

04 Gestión de calidad en las industrias de artes gráficas 5

05 Diseño gráfico 16

06 Materiales de producción en artes gráficas 8

07 Relaciones en el entorno de trabajo 3

08 Formación y orientación laboral 3

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: PRODUCCIÓN EN INDUSTRIAS DE ARTES GRÁFICAS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: ARG302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Organización de la producción en las industrias de artes gráficas 4

02 Procesos de preimpresión 12

03 Procesos de postimpresión 8

04 Materiales de producción en artes gráficas 6

05 Procesos de impresión 15

06 Gestión de calidad en las industrias de artes gráficas 6

07 Planes de seguridad en industrias de artes gráficas 3

08 Relaciones en el entorno de trabajo 3

09 Formación y orientación laboral 3

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Familia profesional: COMERCIO Y MARKETING

Ciclo Formativo: COMERCIO

Grado: Medio Duración: 1.400 horas Código: COM201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Operaciones de almacenaje 4

02 Animación del punto de venta 5

03 Operaciones de venta 5

04 Administración y gestión de un pequeño establecimiento comercial 4

05 Aplicaciones informáticas de propósito general 4

06 Lengua extranjera o de la Comunidad Autónoma 4

07 Formación y orientación laboral 2

08 Relaciones en el entorno de trabajo 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 44 B.O.C.M. Núm. 146

Ciclo Formativo: COMERCIO INTERNACIONAL

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: COM301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Marketing internacional 8

02 Almacenaje de productos 5

03 Financiación internacional 7

04 Aplicaciones informáticas de propósito general 4

05 Lengua extranjera en comercio internacional 6

06 Negociación internacional 6

07 Gestión administrativa del comercio internacional 9

08 Transporte internacional de mercancías 7

09 Medios de pago internacionales 5

10 Formación y orientación laboral 3

11 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: GESTIÓN COMERCIAL Y MARKETING

Grado: SUPERIOR Duración: 1.400 horas Código: COM302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Investigación comercial 3

02 Políticas de marketing 4

03 Logística comercial 5

04 Marketing en el punto de venta 3

05 Gestión de la compraventa 4

06 Aplicaciones informáticas de propósito general 4

07 Lengua extranjera 5

08 Formación y orientación laboral 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: GESTIÓN DEL TRANSPORTE

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: COM303

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Gestión administrativa del transporte 6

02 Organización del servicio de transporte terrestre 6

03 Almacenaje de productos 5

04 Aplicaciones informáticas de propósito general 4

05 Lengua extranjera 5

06 Relaciones en el entorno de trabajo 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 Gestión administrativa del comercio internacional 9

09 Planificación y gestión de la explotación del transporte terrestre 11

10 Comercialización del servicio de transporte 10

11 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 45

Ciclo Formativo: SERVICIOS AL CONSUMIDOR

Grado: SUPERIOR Duración: 1.400 horas Código: COM304

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Inspección de consumo 6

02 Información y atención al consumidor 7

03 Organización de sistemas de información de consumo 6

04 Formación del consumidor 5

05 Aplicaciones informáticas de propósito general 4

06 Formación y orientación laboral 2

07 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Familia profesional: COMUNICACIÓN, IMAGEN Y SONIDO

Ciclo Formativo: LABORATORIO DE IMAGEN

Grado: MEDIO Duración: 1.400 horas Código: CIS201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Revelado de soportes fotosensibles 7

02 Positivado, ampliación y acabados 7

03 Tratamiento de imágenes fotográficas por procedimientos digitales 7

04 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

05 Procesos de imagen fotográfica 4

06 Formación y orientación laboral 2

07 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: IMAGEN

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: CIS301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Imagen fotográfica 9

02 Iluminación de espacios escénicos 8

03 Gestión de calidad de procesado y tratamiento fotográfico y cinematográfico 3

04 Medios fotográficos y audiovisuales 4

05 Medios y lenguajes de comunicación visual 4

06 Formación y orientación laboral 2

07 Relaciones en el entorno de trabajo 3

08 Aplicaciones fotográficas 12

09 Imagen audiovisual 11

10 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

11 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 46 B.O.C.M. Núm. 146

Ciclo Formativo: PRODUCCIÓN DE AUDIOVISUALES, RADIO Y ESPECTÁCULOS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: CIS302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Producción de cine-video 9

02 Producción de radio 6

03 Medios técnicos audiovisuales 5

04 Gestión y promoción de producciones audiovisuales, radiofónicas y espectáculos 6

05 Relaciones en el entorno de trabajo 2

06 Formación y orientación laboral 2

07 Producción de televisión 12

08 Producción de espectáculos 10

09 Lenguajes audiovisuales y escénicos 8

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: REALIZACIÓN DE AUDIOVISUALES Y ESPECTÁCULOS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: CIS303

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Realización en cine y vídeo 9

02 Montaje-edición y postproducción de audiovisuales 8

03 Representaciones escénicas y espectáculos 4

04 Comunicación y expresión audiovisual 4

05 Sistemas técnicos de realización 5

06 Realización en televisión 12

07 Realización en multimedia 12

08 Relaciones en el entorno de trabajo 3

09 Formación y orientación laboral 3

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: SONIDO

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: CIS304

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Sonido en producciones audiovisuales 8

02 Radio 8

03 Sistemas y medios técnicos de sonido 5

04 Comunicación audiovisual y expresión sonora 5

05 Relaciones en el entorno de trabajo 2

06 Formación y orientación laboral 2

07 Grabaciones musicales 9

08 Sonorización industrial y de espectáculos 7

09 Postproducción de audio 10

10 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

11 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 47

Familia profesional: EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL

Ciclo Formativo: DESARROLLO Y APLICACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: EOC301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Normas y proyectos de construcción 9

02 Representaciones de construcción 12

03 Planes de obra 4

04 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

05 Formación y orientación laboral 2

06 Mediciones y valoraciones 6

07 Proyecto de edificación 13

08 Proyecto de obra civil 11

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: DESARROLLO DE PROYECTOS URBANÍSTICOS Y OPERACIONES TOPOGRÁFICAS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: EOC302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Trabajos de campo y gabinete 12

02 Trazados viarios y abastecimientos 8

03 Ordenación urbana 5

04 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

05 Formación y orientación laboral 2

06 Replanteos de obra 6

07 Planes de urbanismo 11

08 Proyecto de urbanización 13

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: REALIZACIÓN Y PLANES DE OBRA

Grado: SUPERIOR Duración: 1.700 horas Código: EOC303

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º-2º trimestres

(horas)

01 Replanteos de obra 4

02 Planes de obra 4

03 Organización de tajos de obra 11

04 Planes de seguridad en la construcción 4

05 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

06 Relaciones en el entorno de trabajo 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 740

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 48 B.O.C.M. Núm. 146

Familia profesional: ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

Ciclo Formativo: EQUIPOS ELECTRÓNICOS DE CONSUMO

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: ELE201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Sistemas electrónicos de información 4

02 Relaciones en el equipo de trabajo 2

03 Calidad 2

04 Electrónica general 8

05 Electrónica digital y microprogramable 8

06 Instalaciones básicas 4

07 Formación y orientación laboral 2

08 Equipos de sonido 8

09 Equipos de imagen 9

10 Equipos microinformáticos y terminales de telecomunicación 9

11 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: EQUIPOS E INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: ELE202

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Relaciones en el equipo de trabajo 2

02 Calidad 2

03 Seguridad en las instalaciones eléctricas 2

04 Electrotecnia 6

05 Instalaciones eléctricas de interior 8

06 Automatismos y cuadros eléctricos 8

07 Formación y orientación laboral 2

08 Instalaciones eléctricas de enlace y centros de transformación 6

09 Instalaciones singulares en viviendas y edificios 8

10 Instalaciones automatizadas en viviendas y edificios 6

11 Mantenimiento de máquinas eléctricas 6

12 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

13 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Ciclo Formativo: DESARROLLO DE PRODUCTOS ELECTRÓNICOS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: ELE301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Electrónica analógica 6

02 Lógica digital y microprogramable 8

03 Relaciones en el entorno de trabajo 2

04 Calidad 2

05 Técnicas de programación 6

06 Electrónica de sistemas 4

07 Formación y orientación laboral 2

08 Desarrollo y construcción de prototipos electrónicos 10

09 Mantenimiento de equipos electrónicos 8

10 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

11 Desarrollo de proyectos de productos electrónicos 8

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: ELE302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Técnicas y procesos en las instalaciones eléctricas en media y baja tensión 8

02 Técnicas y procesos en las instalaciones singulares en los edificios 8

03 Informática técnica 6

04 Relaciones en el entorno de trabajo 2

05 Calidad 2

06 Seguridad en las instalaciones electrotécnicas 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 Técnicas y procesos en las instalaciones automatizadas en los edificios 8

09 Gestión del desarrollo de instalaciones electrotécnicas 4

10 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

11 Desarrollo de instalaciones eléctricas de distribución 6

12 Desarrollo de instalaciones electrotécnicas en los edificios 8

13 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Ciclo Formativo: SISTEMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL AUTOMÁTICO

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: ELE303

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Sistema de control secuencial 7

02 Sistemas de medida y regulación 5

03 Informática industrial 6

04 Sistemas electrotécnicos de potencia 6

05 Relaciones en el entorno de trabajo 2

06 Seguridad en las instalaciones de los sistemas automáticos 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 Comunicaciones industriales 6

09 Gestión del desarrollo de sistemas automáticos 4

10 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

11 Desarrollo de sistemas secuenciales 7

12 Desarrollo de sistemas de medida y regulación 6

13 Calidad 3

14 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN E INFORMÁTICOS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: ELE304

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Sistemas de telefonía 7

02 Arquitectura de equipos y sistemas informáticos 6

03 Sistemas operativos y lenguajes de programación 9

04 Relaciones en el entorno de trabajo 2

05 Calidad 2

06 Seguridad en las instalaciones de telecomunicación e informáticas 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 Sistemas de radio y televisión 9

09 Sistemas telemáticos 6

10 Gestión del desarrollo de sistemas de telecomunicación e informáticos 4

11 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

12 Desarrollo de sistemas de telecomunicación e informáticos 7

13 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Familia profesional: FABRICACIÓN MECÁNICA

Ciclo Formativo: MECANIZADO

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: FME202

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Procedimientos de mecanizado 6

02 Preparación y programación de máquinas de fabricación mecánica 10

03 Fabricación por arranque de viruta 12

04 Seguridad en las industrias de fabricación mecánica 2

05 Sistemas auxiliares de fabricación mecánica 6

06 Fabricación por abrasión, conformado y procedimientos especiales 8

07 Control de las características del producto mecanizado 6

08 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

09 Relaciones en el equipo de trabajo 3

10 Formación y orientación laboral 3

11 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: SOLDADURA Y CALDERERÍA

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: FME203

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Desarrollos geométricos en construcciones metálicas 6

02 Mecanizado en construcciones metálicas 5

03 Soldadura en atmósfera natural 12

04 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

05 Relaciones en el entorno de trabajo 2

06 Formación y orientación laboral 2

07 Trazado y conformado en construcciones metálicas 5

08 Soldadura en atmósfera protegida 12

09 Montaje en construcciones metálicas 7

10 Calidad en construcciones metálicas 3

11 Seguridad en las industrias de construcciones metálicas 3

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 52 B.O.C.M. Núm. 146

Ciclo Formativo: JOYERÍA

Grado: Medio Duración: 2.000 horas Código: FME205

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Modelado en cera de piezas de joyería 4

02 Microfusión 3

03 Operaciones básicas en joyería 12

04 Materiales empleados en fabricación de joyería 3

05 Representación gráfica en joyería 4

06 Relaciones en el equipo de trabajo 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 Mecanizado en joyería por CNC 7

09 Fabricación de joyería 9

10 Engastado 10

11 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

12 Formación en centros de trabajo 370

Ciclo Formativo: DESARROLLO DE PROYECTOS MECÁNICOS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: FME302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Desarrollo de productos mecánicos 6

02 Automatización de la fabricación 6

03 Técnicas de fabricación mecánica 6

04 Representación gráfica en fabricación mecánica 7

05 Materiales empleados en fabricación mecánica 3

06 Relaciones en el entorno de trabajo 2

07 Matrices, moldes y utillajes 8

08 Gestión de calidad en el diseño 6

09 Proyectos de fabricación mecánica 13

10 Formación y orientación laboral 3

11 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Ciclo Formativo: PRODUCCIÓN POR MECANIZADO

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: FME304

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Definición de procesos de mecanizado, conformado y montaje 8

02 Programación de máquinas de control numérico para fabricación mecánica 6

03 Ejecución de procesos de mecanizado, conformado y montaje 11

04 Materiales empleados en fabricación mecánica 3

05 Planes de seguridad en industrias de fabricación mecánica 2

06 Programación de sistemas automáticos de fabricación mecánica 7

07 Programación de la producción en fabricación mecánica 9

08 Control de calidad en fabricación mecánica 8

09 Relaciones en el entorno de trabajo 3

10 Formación y orientación laboral 3

11 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: ÓPTICA DE ANTEOJERÍA

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: FME305

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Procesos de fabricación de lentes oftalmológicas 8

02 Diseño y fabricación de monturas ópticas 8

03 Montajes y reparaciones ópticas 10

04 Anatomía, fisiopatología y ametropía oculares 4

05 Procesos de fabricación de lentes de contacto 8

06 Atención al cliente en establecimientos de productos ópticos 9

07 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

08 Atención al profesional de óptica (CM) 7

09 Formación y orientación laboral 3

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 54 B.O.C.M. Núm. 146

Familia profesional: HOSTELERÍA Y TURISMO

Ciclo Formativo: COCINA

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: HOT201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Preelaboración y conservación de alimentos 10

02 Técnicas culinarias 10

03 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

04 Lengua extranjera 3

05 Relaciones en el entorno de trabajo 2

06 Formación y orientación laboral 2

07 Ofertas gastronómicas y sistemas de aprovisionamiento 4

08 Repostería 8

09 Técnicas básicas de servicio y preparación de alimentos y bebidas a la vista del cliente

6

10 Elaboración y productos culinarios 12

11 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: PASTELERÍA Y PANADERÍA

Grado: MEDIO Duración: 1.400 horas Código: HOT202

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Ofertas gastronómicas y sistemas de aprovisionamiento 3

02 Diseño y decoración en pastelería y montaje de servicios 3

03 Técnicas de pastelería, panadería y conservación de alimentos 7

04 Panificación y pastelería salada 6

05 Productos de pastelería y repostería 6

06 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

07 Formación y orientación laboral 2

08 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: SERVICIOS DE RESTAURANTE Y BAR

Grado: MEDIO Duración: 1.400 horas Código: HOT203

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Ofertas gastronómicas y sistemas de aprovisionamiento 3

02 Bebidas 3

03 Técnicas elementales de cocina 3

04 Técnicas de servicio y atención al cliente 10

05 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

06 Lengua extranjera 3

07 Segunda lengua extranjera 3

08 Formación y orientación laboral 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 55

Ciclo Formativo: AGENCIA DE VIAJES

Grado: SUPERIOR Duración: 1.400 horas Código: HOT301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Producción y venta de servicios turísticos en agencias de viajes 6

02 Gestión económico-administrativa en agencias de viajes 3

03 Organización y control en agencias de viajes 4

04 Comercialización de productos y servicios turísticos 3

05 Lengua extranjera 5

06 Segunda lengua extranjera 5

07 Relaciones en el entorno de trabajo 2

08 Formación y orientación laboral 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: ALOJAMIENTO

Grado: SUPERIOR Duración: 1.400 horas Código: HOT302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Recepción y atención al cliente 5

02 Regiduría de pisos 5

03 Organización y control de alojamiento 3

04 Comercialización de productos y servicios turísticos 3

05 Lengua extranjera 5

06 Segunda lengua extranjera 5

07 Relaciones en el entorno de trabajo 2

08 Formación y orientación laboral 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: INFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN TURÍSTICAS

Grado: SUPERIOR Duración: 1.400 horas Código: HOT303

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Diseño y comercialización de productos turísticos locales y regionales 6

02 Asistencia y guía de grupos 5

03 Información turística en destino 4

04 Productos y destinos turísticos nacionales e internacionales 3

05 Lengua extranjera 5

06 Segunda lengua extranjera 5

07 Formación y orientación laboral 2

08 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 56 B.O.C.M. Núm. 146

Ciclo Formativo: RESTAURACIÓN

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: HOT304

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º trimestre

(horas semanales)2º-3º trimestres

(horas)

01 Procesos de cocina 8

02 Procesos de servicio 7

03 Administración de establecimientos de restauración 5

04 Lengua extranjera 5

05 Segunda lengua extranjera 5

06 Procesos de pastelería y panadería 9

07 Marketing en restauración 9

08 Relaciones en el entorno de trabajo 6

09 Formación y orientación laboral 6

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 710

Familia profesional: IMAGEN PERSONAL

Ciclo Formativo: CARACTERIZACIÓN

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: IMP201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Fabricación de prótesis para caracterización 6

02 Posticería 6

03 Maquillaje de caracterización 5

04 Transformaciones del cabello para caracterización 9

05 Materiales y productos para caracterización 4

06 Diseño de personajes y organización del trabajo 9

07 Maquillaje de efectos especiales 10

08 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

09 Procesos audiovisuales y espectáculos 4

10 Formación y orientación laboral 3

11 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: ESTÉTICA PERSONAL DECORATIVA

Grado: MEDIO Duración: 1.400 horas Código: IMP202

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Depilación mecánica y técnicas complementarias 2

02 Técnicas de higiene facial y corporal 3

03 Maquillaje 7

04 Escultura de uñas y estética de manos y pies 3

05 Promoción y venta de productos y servicios en el ámbito de la estética personal 3

06 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

07 Anatomía y fisiología humanas básicas 4

08 Cosmetología aplicada a la estética decorativa 3

09 Formación y orientación laboral 2

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 57

Ciclo Formativo: PELUQUERÍA

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: IMP203

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Dirección técnico-artística 4

02 Higiene, desinfección y esterilización aplicadas a la peluquería 2

03 Cambios de forma en el cabello 7

04 Peinados, acabados y recogidos 7

05 Anatomía y fisiología humanas básicas 4

06 Cosmetología aplicada a la peluquería 6

07 Tratamientos capilares 4

08 Cambios de color en el cabello 8

09 Corte de cabello y técnicas complementarias 8

10 Técnicas básicas de manicura y pedicura 3

11 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

12 Formación y orientación laboral 3

13 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: ASESORÍA DE IMAGEN

Grado: SUPERIOR Duración: 1.700 horas Código: IMP301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º-2º trimestres

(horas)

01 Asesoría de belleza 4

02 Técnicas de embellecimiento personal 7

03 Estilismo en el vestir 5

04 Protocolo y usos sociales 4

05 Imagen personal y comunicación 3

06 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

07 Relaciones en el entorno de trabajo 2

08 Formación y orientación laboral 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 740

Ciclo Formativo: ESTÉTICA

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: IMP302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Electroestética 5

02 Estética hidrotermal 5

03 Técnicas de maquillaje previas a microimplantación de pigmentos 4

04 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

05 Anatomía, fisiología y patología humanas aplicadas a la estética integral 5

06 Cosmetología aplicada a la estética integral 6

07 Formación y orientación laboral 2

08 Diagnóstico y protocolo de procesos de estética integral 8

09 Masaje 10

10 Depilación 7

11 Microimplantación de pigmentos 5

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 58 B.O.C.M. Núm. 146

Familia profesional: INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

Ciclo Formativo: ELABORACIÓN DE VINOS Y OTRAS BEBIDAS

Grado: MEDIO Duración: 1.400 horas Código: INA204

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Operaciones y control de almacén 2

02 Operaciones de vinificación 7

03 Destilería-licorería 4

04 Envasado y embalaje 3

05 Higiene y seguridad en la industria alimentaria 3

06 Materias primas, productos y procesos en la industria de bebidas 6

07 Sistemas de control y auxiliares de los procesos 3

08 Formación y orientación laboral 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: PANIFICACIÓN Y REPOSTERÍA

Grado: MEDIO Duración: 1.400 horas Código: INA207

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Operaciones y control de almacén 2

02 Panadería y bollería 4

03 Elaboraciones básicas de pastelería 4

04 Especialidades y acabados de pastelería y confitería 3

05 Envasado y embalaje 3

06 Higiene y seguridad en la industria alimentaria 3

07 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

08 Materias primas, productos y procesos de panadería, pastelería y confitería 3

09 Sistemas de control y auxiliares de los procesos 3

10 Formación y orientación laboral 2

11 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: INA301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Procesos en la industria alimentaria 7

02 Elaboración de productos alimentarios 10

03 Técnicas de protección ambiental 4

04 Comercialización de productos alimentarios 3

05 Microbiología y química alimentarias 6

06 Logística 5

07 Organización y control de una unidad de producción 5

08 Gestión de calidad 7

09 Sistemas automáticos de producción en la industria alimentaria 7

10 Relaciones en el entorno de trabajo 3

11 Formación y orientación laboral 3

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 59

Familia profesional: INFORMÁTICA

Ciclo Formativo: EXPLOTACIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS

Grado: Medio Duración: 2.000 horas Código: INF201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Instalación y mantenimiento de servicios de redes locales 7

02 Instalación y mantenimiento de equipos y sistemas informáticos 7

03 Implantación y mantenimiento de aplicaciones ofimáticas y corporativas. 6

04 Sistemas operativos en entorno monousuario y multiusuario 6

05 Relaciones en el equipo de trabajo 2

06 Formación y orientación laboral 2

07 Operaciones con bases de datos ofimáticas y corporativas 9

08 Instalación y mantenimiento de servicios de internet 8

09 Mantenimiento de portales de información 8

10 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 5

11 Formación en centros de trabajo 380

Ciclo Formativo: ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: INF301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Sistemas informáticos monousuario y multiusuario 8

02 Redes de área local 9

03 Fundamentos de programación 9

04 Relaciones en el entorno de trabajo 2

05 Formación y orientación laboral 2

06 Implantación de aplicaciones informáticas de gestión 12

07 Desarrollo de funciones en el sistema informático 8

08 Sistemas gestores de bases de datos 10

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: DESARROLLO DE APLICACIONES INFORMÁTICAS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: INF302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Sistemas informáticos multiusuario y en red 8

02 Análisis y diseño detallado de aplicaciones informáticas de gestión 10

03 Programación en lenguajes estructurados 12

04 Desarrollo de aplicaciones en entornos de cuarta generación y con herramientas CASE

14

05 Diseño y realización de servicios de presentación en entornos gráficos 10

06 Relaciones en el entorno de trabajo 3

07 Formación y orientación laboral 3

08 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Familia profesional: MADERA Y MUEBLE

Ciclo Formativo: FABRICACIÓN A MEDIDA E INSTALACIÓN DE CARPINTERÍA Y MUEBLE

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: MAM201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Definición de soluciones en carpintería y mueble a medida 10

02 Operaciones básicas de mecanizado en carpintería y mueble a medida 11

03 Materiales y productos en la industria de la madera 5

04 Seguridad en la industria de la madera y el mueble 2

05 Formación y orientación laboral 2

06 Fabricación a medida en carpintería y mueble 15

07 Instalación y acabado en carpintería y mueble a medida 11

08 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: DESARROLLO DE PRODUCTOS EN CARPINTERÍA Y MUEBLE

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: MAM301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Definición de productos en carpintería y mueble 8

02 Construcción y análisis de prototipos de carpintería y mueble 12

03 Gestión de compras en industrias de la madera y mueble 2

04 Gestión de la calidad en industrias de la madera y el mueble 2

05 Procesos en industrias de la madera 6

06 Desarrollo de productos en carpintería y mueble 14

07 Proyectos de instalación de carpintería y mueble 9

08 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

09 Formación y orientación laboral 3

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Familia profesional: MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOPROPULSADOS

Ciclo Formativo: CARROCERÍA

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: MVA201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Elementos amovibles 7

02 Elementos metálicos y sintéticos 8

03 Elementos fijos 8

04 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

05 Seguridad en el mantenimiento de vehículos 2

06 Formación y orientación laboral 2

07 Preparación de superficies 10

08 Elementos estructurales del vehículo 9

09 Embellecimiento de superficies 11

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Ciclo Formativo: ELECTROMECÁNICA DE VEHÍCULOS

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: MVA202

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Motores 5

02 Circuitos de fluidos. Suspensión y dirección 7

03 Circuitos electrotécnicos básicos. Sistemas de carga y arranque del Vehículo 7

04 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

05 Técnicas de mecanizado para el mantenimiento de vehículos 4

06 Seguridad en el mantenimiento de vehículos 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 Sistemas auxiliares del motor 11

09 Sistemas de transmisión y frenado 7

10 Circuitos eléctricos auxiliares del vehículo 6

11 Sistemas de seguridad y confortabilidad 6

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: AUTOMOCIÓN

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: MVA301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Sistemas eléctricos, de seguridad y de confortabilidad 7

02 Sistemas de transmisión de fuerzas y trenes de rodaje 6

03 Motores térmicos y sus sistemas auxiliares 6

04 Elementos amovibles y fijos no estructurales 6

05 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

06 Seguridad en el mantenimiento de vehículos 2

07 Preparación y embellecimiento de superficies 10

08 Estructuras de vehículos 6

09 Gestión y logística del mantenimiento en automoción 8

10 Relaciones en el entorno de trabajo 3

11 Formación y orientación laboral 3

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Ciclo Formativo: MANTENIMIENTO AEROMECÁNICO

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: MVA302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Motor de émbolo, hélices y sus sistemas 5

02 Sistemas de la Aeronave I 6

03 Sistemas eléctricos-electrónicos de las aeronaves 5

04 Legislación y organización del mantenimiento 3

05 Hidráulica y neumática 3

06 Técnicas electromecánicas básicas para el mantenimiento 4

07 Seguridad en el mantenimiento de aeronaves 2

08 Constitución y navegación de las aeronaves 2

09 Motor de reacción: sistemas y unidad de potencia auxiliar (A.P.U.) 9

10 Sistemas de la Aeronave II 9

11 Materiales y estructuras de las aeronaves 6

12 Relaciones en el entorno de trabajo 3

13 Formación y orientación laboral 3

14 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: MANTENIMIENTO DE AVIÓNICA

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: MVA303

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Sistemas eléctricos de la aeronave y componentes asociados 6

02 Planta de potencia y sistemas mecánicos de las aeronaves 5

03 Sistemas de comunicaciones y de navegación de la aeronave y componentes asociados

6

04 Legislación y organización del mantenimiento 3

05 Técnicas electromecánicas básicas para el mantenimiento 4

06 Seguridad en el mantenimiento de aeronaves 2

07 Constitución y navegación de las aeronaves 2

08 Relaciones en el entorno de trabajo 2

09 Sistemas de instrumentación, de registro de datos de vuelo y de mantenimiento centralizado de la aeronave y sus componentes

9

10 Sistemas de vuelo automático: piloto automático, gestión de vuelo y entorno de vuelo

9

11 Computadores de aeronaves: Teoría de operación y mantenimiento de los mismos

9

12 Formación y orientación laboral 3

13 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Familia profesional: MANTENIMIENTO Y SERVICIOS A LA PRODUCCIÓN

Ciclo Formativo: INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO ELECTROMECÁNICO DE MAQUINARIA Y CONDUCCIÓN DE LÍNEAS

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: MSP201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

02 Técnicas de mecanizado para el mantenimiento y montaje 10

03 Electrotecnia 6

04 Automatismos eléctricos, neumáticos e hidráulicos 7

05 Seguridad en el montaje y mantenimiento de equipos e instalaciones 2

06 Relaciones en el equipo de trabajo 2

07 Montaje y mantenimiento mecánico 10

08 Montaje y mantenimiento eléctrico 8

09 Conducción y mantenimiento de líneas automatizadas 6

10 Calidad en el montaje y proceso 3

11 Formación y orientación laboral 3

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE FRÍO, CLIMATIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE CALOR

Grado: MEDIO Duración: 2.000 horas Código: MSP203

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Máquinas y equipos frigoríficos 8

02 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 3

03 Electrotecnia 6

04 Técnicas de mecanizado y unión para el montaje y mantenimiento de instalaciones

7

05 Instalaciones eléctricas y automatismos 4

06 Seguridad en el montaje y mantenimiento de equipos e instalaciones 2

07 Instalaciones frigoríficas 9

08 Instalaciones de climatización y ventilación 7

09 Instalaciones de producción de calor 6

10 Instalaciones de agua y gas 5

11 Formación y orientación laboral 3

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 64 B.O.C.M. Núm. 146

Ciclo Formativo: MANTENIMIENTO DE EQUIPO INDUSTRIAL

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: MSP302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Montaje y mantenimiento del sistema mecánico 6

02 Montaje y mantenimiento de los sistemas hidráulico y neumático 4

03 Montaje y mantenimiento de los sistemas eléctrico y electrónico 6

04 Técnicas de fabricación para el mantenimiento y montaje 5

05 Representación gráfica en maquinaria 4

06 Planes de seguridad en el mantenimiento y montaje de equipos e instalaciones 2

07 Elementos de máquinas 3

08 Procesos y gestión del mantenimiento 5

09 Montaje y mantenimiento de los sistemas automáticos de producción 7

10 Proyectos de modificación del equipo industrial 8

11 Calidad en el mantenimiento y montaje de equipos e instalaciones 4

12 Relaciones en el entorno de trabajo 3

13 Formación y orientación laboral 3

14 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: MANTENIMIENTO Y MONTAJE DE INSTALACIONES DE EDIFICIO Y PROCESO

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: MSP303

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Ejecución de procesos de montaje de instalaciones 8

02 Sistemas automáticos en las instalaciones 6

03 Equipos para instalaciones térmicas y de fluidos 8

04 Representación gráfica en instalaciones 6

05 Planes de seguridad en el mantenimiento y montaje de equipos e instalaciones 2

06 Procesos y gestión del mantenimiento y montaje de instalaciones 5

07 Mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos 8

08 Proyectos de modificación de instalaciones térmicas y de fluidos 7

09 Calidad en el mantenimiento y montaje de equipos e instalaciones 4

10 Relaciones en el entorno de trabajo 3

11 Formación y orientación laboral 3

12 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 65

Ciclo Formativo: PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: MSP304

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Gestión de la prevención 9

02 Riesgos derivados de las condiciones de seguridad 9

03 Prevención de riesgos derivados de la organización y la carga de trabajo 8

04 Emergencias 4

05 Riesgos físicos ambientales 8

06 Riesgos químicos y biológicos ambientales 8

07 Aplicación de sistemas integrados de gestión de la seguridad 8

08 Relaciones en el entorno de trabajo 3

09 Formación y orientación laboral 3

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 385

Familia profesional: QUÍMICA

Ciclo Formativo: LABORATORIO

Grado: Medio Duración: 1.300 horas Código: QUI201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Operaciones básicas de laboratorio 5

02 Ensayos físicos y físico-químicos 4

03 Química y análisis químico 11

04 Pruebas microbiológicas 4

05 Información y seguridad en el laboratorio 4

06 Formación y orientación laboral 2

07 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 340

Ciclo Formativo: OPERACIONES DE PROCESO EN PLANTA QUÍMICA

Grado: Medio Duración: 1.400 horas Código: QUI204

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Química aplicada 6

02 Servicios auxiliares de proceso químico 4

03 Operaciones de proceso en planta química 10

04 Instrumentación y control de procesos químicos 4

05 Organización, seguridad y ambiente químico 4

06 Formación y orientación laboral 2

07 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 66 B.O.C.M. Núm. 146

Ciclo Formativo: ANÁLISIS Y CONTROL

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: QUI301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Ensayos físicos 5

02 Análisis químico e instrumental 15

03 Análisis microbiológico 5

04 Seguridad y ambiente químico en el laboratorio 3

05 Formación y orientación laboral 2

06 Organización y gestión del laboratorio 8

07 Técnicas analíticas integradas 18

08 Relaciones en el entorno de trabajo 3

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 400

Ciclo Formativo: INDUSTRIAS DE PROCESO QUÍMICO

Grado: SUPERIOR Duración: 1.400 horas Código: QUI304

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Organización y gestión en industrias de procesos 4

02 Fluidodinámica y termotecnia en industrias de procesos 4

03 Proceso químico 9

04 Control de calidad en la industria química 6

05 Seguridad y ambiente químico 3

06 Relaciones en el entorno de trabajo 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: QUÍMICA AMBIENTAL

Grado: SUPERIOR Duración: 1.400 horas Código: QUI306

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Organización y control de la protección ambiental 5

02 Control de emisiones a la atmósfera 4

03 Control de residuos 5

04 Depuración de aguas 8

05 Seguridad química e higiene industrial 4

06 Relaciones en el entorno de trabajo 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 67

Familia profesional: SANIDAD

Ciclo Formativo: CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA

Grado: MEDIO Duración: 1.400 horas Código: SAN201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Operaciones administrativas y documentación sanitaria 2

02 Técnicas básicas de enfermería 11

03 Higiene del medio hospitalario y limpieza de material 5

04 Promoción de la salud y apoyo psicológico al paciente 4

05 Técnicas de ayuda odontológica-estomatológica 4

06 Relaciones en el equipo de trabajo 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: FARMACIA

Grado: MEDIO Duración: 1.300 horas Código: SAN202

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Procedimiento administrativo y de control de existencias en establecimientos de farmacia

2

02 Dispensación y venta de productos farmacéuticos y parafarmacéuticos 9

03 Elaboración de preparados farmacéuticos y parafarmacéuticos en establecimientos de farmacia

7

04 Realización de análisis clínicos elementales bajo supervisión del facultativo 6

05 Promoción de la salud y apoyo psicológico a las personas 4

06 Formación y orientación laboral 2

07 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 340

Ciclo Formativo: ANATOMÍA PATOLÓGICA Y CITOLOGÍA

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: SAN301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º trimestre

(horas semanales)2º-3º trimestres

(horas)

01 Organización y gestión del área de trabajo asignada a la unidad-gabinete de anatomía patológica y citología

3

02 Necropsias 5

03 Proceso de tejidos y citopreparación 9

04 Citología ginecológica 9

05 Fotografía macro y microscópica 2

06 Formación y orientación laboral 2

07 Citología de secreciones y líquidos 15

08 Citología de muestras no ginecológicas obtenidas por punción 15

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 710

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 68 B.O.C.M. Núm. 146

Ciclo Formativo: DIETÉTICA

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: SAN302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Organización y gestión del área de trabajo asignada a la unidad-gabinete de dietética

3

02 Alimentación equilibrada 10

03 Control alimentario 6

04 Fisiopatología aplicada a la dietética 7

05 Relaciones en el entorno de trabajo 2

06 Formación y orientación laboral 2

07 Dietoterapia 11

08 Microbiología e higiene alimentaria 11

09 Educación sanitaria y promoción de la salud 8

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 400

Ciclo Formativo: DOCUMENTACIÓN SANITARIA

Grado: SUPERIOR Duración: 1.400 horas Código: SAN303

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Organización de archivos clínicos 5

02 Definición y tratamiento de documentación clínica 4

03 Codificación de datos clínicos y no clínicos 10

04 Validación y explotación de las bases de datos sanitarios 4

05 Aplicaciones informáticas generales 3

06 Relaciones en el entorno de trabajo 2

07 Formación y orientación laboral 2

08 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: HIGIENE BUCODENTAL

Grado: SUPERIOR Duración: 1.400 horas Código: SAN304

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Organización y gestión del área de trabajo asignada en la unidad-gabinete de higiene bucodental

3

02 Exploración bucodental 7

03 Prevención bucodental 7

04 Vigilancia epidemiológica bucodental 6

05 Educación sanitaria y promoción de la salud 5

06 Formación y orientación laboral 2

07 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 69

Ciclo Formativo: IMAGEN PARA EL DIAGNÓSTICO

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: SAN305

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º trimestre

(horas semanales)2º-3º trimestres

(horas)

01 Organización y gestión del área de trabajo asignada en la unidad-gabinete de imagen para el diagnóstico

3

02 Fundamentos y técnicas de exploración en radiología convencional 14

03 Fundamentos y técnicas de exploración radiológica mediante equipos de digitalización de imágenes

7

04 Anatomía radiológica 3

05 Procesado y tratamiento de la imagen radiológica 3

06 Fundamentos y técnicas de exploración en medicina nuclear 15

07 Protección radiológica 9

08 Formación y orientación laboral 6

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 710

Ciclo Formativo: LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: SAN306

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Organización y gestión del área de trabajo asignada en la unidad-gabinete de laboratorio de diagnóstico clínico

3

02 Obtención, preparación y conservación de muestras biológicas humanas 10

03 Fundamentos y técnicas de análisis hematológicos y citológicos 15

04 Formación y orientación laboral 2

05 Fundamentos y técnicas de análisis bioquímicos 15

06 Fundamentos y técnicas de análisis microbiológicos 15

07 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

Ciclo Formativo: PRÓTESIS DENTALES

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: SAN308

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Organización, administración y gestión de una unidad-gabinete de prótesis dentales

4

02 Diseño de prótesis y aparatos de ortodoncia 4

03 Prótesis removible de resina 14

04 Ortodoncia 8

05 Prótesis parcial removible metálica 12

06 Prótesis fija 12

07 Prótesis mixtas, quirúrgicas e implantosoportadas 3

08 Formación y orientación laboral 3

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 400

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Ciclo Formativo: RADIOTERAPIA

Grado: SUPERIOR Duración: 1.700 horas Código: SAN309

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º-2º trimestres

(horas)

01 Organización y gestión del área de trabajo asignada en la unidad-gabinete de radioterapia

3

02 Atención técnico-sanitaria al paciente 5

03 Fundamentos y técnicas de tratamientos de teleterapia 11

04 Fundamentos y técnicas de tratamientos de braquiterapia 6

05 Protección radiológica 3

06 Formación y orientación laboral 2

07 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 740

Ciclo Formativo: SALUD AMBIENTAL

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: SAN310

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Organización y gestión de la unidad de salud ambiental 4

02 Aguas de uso y consumo 12

03 Contaminación atmosférica, ruidos y radiaciones 6

04 Productos químicos y vectores de interés en salud pública 6

05 Formación y orientación laboral 2

06 Residuos sólidos y medio construido 6

07 Control y vigilancia de la contaminación de alimentos 15

08 Educación sanitaria y promoción de la salud 9

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 400

Ciclo Formativo: AUDIOPRÓTESIS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: SAN311

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Características anatomosensoriales auditivas 8

02 Elaboración y reparación de audioprótesis 8

03 Acústica 6

04 Electrónica aplicada a la audioprótesis 8

05 Administración y gestión de un gabinete audioprotésico 3

06 Elección y ajuste de prótesis auditivas 10

07 Audición y lenguaje oral 8

08 Atención al hipoacúsico 6

09 Formación y orientación laboral 3

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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Familia profesional: SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD

Ciclo Formativo: ATENCIÓN SOCIOSANITARIA

Grado: Medio Duración: 2000 horas Código: SSC201

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Atención Sanitaria 7

02 Atención y apoyo psicosocial 6

03 Apoyo domiciliario 6

04 Alimentación y nutrición familiar 4

05 Necesidades físicas y psicosociales de colectivos específicos 5

06 Relaciones en el equipo de trabajo 2

07 Planificación y control de las intervenciones 6

08 Higiene 6

09 Ocio y tiempo libre de colectivos específicos 6

10 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa 4

11 Comunicación alternativa 5

12 Formación y orientación laboral 3

13 Formación en Centros de Trabajo 380

HORAS TOTALES 30 30 380

Ciclo Formativo: ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL

Grado: SUPERIOR Duración: 1.700 horas Código: SSC301

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º-2º trimestres

(horas)

01 Organización y gestión de una pequeña empresa de actividades de tiempo libre y socioeducativas

3

02 Desarrollo comunitario 6

03 Animación cultural 6

04 Animación de ocio y tiempo libre 6

05 Animación y dinámica de grupos 4

06 Metodología de la intervención social 3

07 Formación y orientación laboral 2

08 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 740

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Ciclo Formativo: EDUCACIÓN INFANTIL

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: SSC302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º trimestre

(horas semanales)2º-3º trimestres

(horas)

01 Didáctica de la educación infantil 6

02 Autonomía personal y salud 6

03 Metodología del juego 6

04 Expresión y comunicación 6

05 Desarrollo cognitivo y motor 6

06 Desarrollo socioafectivo e intervención con las familias 12

07 Animación y dinámica de grupos 12

08 Formación y orientación laboral 6

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 720

Ciclo Formativo: INTEGRACIÓN SOCIAL

Grado: SUPERIOR Duración: 1.700 horas Código: SSC303

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º-2º trimestres

(horas)

01 Contexto y metodología de la intervención social 5

02 Atención a unidades de convivencia 5

03 Habilidades de autonomía personal y social 7

04 Inserción ocupacional 4

05 Pautas básicas y sistemas alternativos de comunicación 7

06 Formación y orientación laboral 2

07 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 740

Ciclo Formativo: INTERPRETACIÓN DE LA LENGUA DE SIGNOS

Grado: SUPERIOR Duración: 2.000 horas Código: SSC304

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Curso 2ºClave Denominación

Curso 1º 1º-2º-3º trimestres (horas semanales) 1º-2º trimestres

(horas semanales)3º trimestre

(horas)

01 Aplicación de las técnicas de interpretación a la lengua de signos española (L.S.E.)

9

02 Lengua de signos española (L.S.E.) 9

03 Expresión corporal aplicada al lenguaje de signos 4

04 Psicosociología de la población sorda y sordociega 3

05 Lengua extranjera (inglés) 5

06 Guía-interpretación de personas sordociegas 6

07 Interpretación en el Sistema de Signos Internacional (SSI) 4

08 Lingüística aplicada a las Lenguas de Signos 9

09 Ámbitos profesionales de aplicación de la Lengua de Signos Española 8

10 Formación y orientación laboral 3

11 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 380

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 73

Familia profesional: TEXTIL, CONFECCIÓN Y PIEL

Ciclo Formativo: CONFECCIÓN

Grado: MEDIO Duración: 1.400 horas Código: TCP202

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Técnicas de corte de tejidos y pieles 3

02 Técnicas de ensamblaje 8

03 Acabados de confección 3

04 Materias textiles 3

05 Piel y cuero 2

06 Productos y procesos de confección 5

07 Seguridad en la industria textil, confección y piel 2

08 Relaciones en el entorno de trabajo 2

09 Formación y orientación laboral 2

10 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: PATRONAJE

Grado: SUPERIOR Duración: 1.400 horas Código: TCP302

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Organización de la producción en la industria de la confección 4

02 Análisis de diseños y modelos de artículos 3

03 Procesos y técnicas de patronaje 9

04 Industrialización de patrones 3

05 Materias, productos y ensayos de calidad textil 4

06 Estudio y calidad de las pieles 3

07 Relaciones en el entorno de trabajo 2

08 Formación y orientación laboral 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

Ciclo Formativo: PROCESOS DE CONFECCIÓN INDUSTRIAL

Grado: SUPERIOR Duración: 1.400 horas Código: TCP303

Módulos profesionales CENTRO EDUCATIVO CENTRO DE TRABAJO

Clave Denominación Curso 1º

1º-2º-3º trimestres (horas semanales)

Curso 2º 1º trimestre

(horas)

01 Organización de la producción en la industria de la confección 4

02 Productos de confección 4

03 Procesos de confección 9

04 Materias, productos y ensayos de calidad textil 4

05 Estudio y calidad de las pieles 3

06 Relaciones en el entorno de trabajo 2

07 Planes de seguridad en la industria textil, confección y piel 2

08 Formación y orientación laboral 2

09 FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 440

(03/20.033/09)

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 74 B.O.C.M. Núm. 146

B) Autoridades y Personal

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

2045 ORDEN de 1 de junio de 2009, por la que se convocanpuestos de trabajo para su provisión por el sistema de Li-bre Designación en la referida Consejería.

Existiendo puestos de trabajo vacantes reservados a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública dela Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión de los puestos de traba-jo reservados a funcionarios de esta Administración Autonómicaque se incluyen dentro del correspondiente Anexo, mediante el sis-tema de Libre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su orga-nización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 deagosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería deHacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de re-gir en las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemasde Concurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990,de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se re-gula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocato-rias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos detrabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servi-cio de la Administración General del Estado y de Provisión de Pues-

tos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civilesde la Administración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuer-do con las circunstancias y condiciones que para los mismos figurenen la relación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de titulación,Cuerpo, Escala, especialidad funcionarial y titulación exigida, en sucaso.

Cuarto

De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Or-den 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de abril), las solicitudes para tomar parte en estaconvocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Conse-jería de Presidencia, Justicia e Interior, y se presentarán en el plazode quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicaciónde la convocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la formaestablecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo ehistorial académico y profesional serán los regulados en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer con carácter potestativo recurso de re-posición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Presidencia,Justicia e Interior, o bien, directamente, recurso contencioso-admi-nistrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Conten-cioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir deldía siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 1 de junio de 2009.—El Consejero de Presi-dencia, Justicia e Interior, por delegación de firma (Orden de 4 dejulio de 2008), la Secretaria General Técnica, Mar Pérez Merino.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓNEN LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 75

(03/19.484/09)

Consejería de Economía y Hacienda

2046 ORDEN de 26 de mayo de 2009, por la que se resuelve laconvocatoria para provisión de un puesto de trabajo por elsistema de Libre Designación en la Consejería de Economíay Hacienda, realizada por Orden de 3 de marzo de 2009(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 demarzo).

Mediante Orden de 3 de marzo de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 20 de marzo), fue aprobada convocato-ria para la provisión de un puesto de trabajo por el sistema de LibreDesignación en la Consejería de Economía y Hacienda.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986,de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,considerando que esta Consejería tiene competencia para proceder ala adjudicación en virtud de la citada norma, y emitido informe fa-vorable por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos,

DISPONGO

Primero

Declarar asignado el puesto de trabajo que se expresa en el Anexoal funcionario propuesto por la Consejería de Economía y Hacienda.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se rea-lizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la mis-ma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposi-ción en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, obien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazode dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de

Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sinperjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente inter-poner. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 26 de mayo de 2009.—El Consejero de Econo-mía y Hacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de julio de 2008),el Secretario General Técnico, Héctor Casado López.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓNDE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN

EN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Puesto adjudicado

Consejería de Economía y Hacienda. Viceconsejería de Hacienda.Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego.Subdirección General de Administración Económico-Financiera delos Tributos. Área Económico-Financiera de los Tributos.

Puesto de trabajo: 34856.Denominación: Técnico Contable de Ingresos.Grupo: A.NCD: 28.C. específico: 21.219,96.

Adjudicatario

Cód. identificación: 6530977N0.Apellidos y nombre: García de Juan, Andrés.

Puesto liberado

Consejería de Economía y Hacienda. Viceconsejería de Hacienda.Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio.Subdirección General de Tesorería. Área de Ingresos. Servicio deDeclaraciones Tributarias y Nóminas.

Puesto de trabajo: 58983.Denominación: Servicio de Declaraciones Tributarias y Nóminas.Grupo: A/B.NCD: 26.C. específico: 18.988,08.

(03/19.512/09)

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 76 B.O.C.M. Núm. 146

Consejería de Economía y Hacienda

2047 ORDEN de 26 de mayo de 2009, por la que se resuelve laconvocatoria para provisión de un puesto de trabajo por elsistema de Libre Designación en la Consejería de Economíay Hacienda, realizada por Orden de 10 de febrero de 2009(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 defebrero).

Mediante Orden de 10 de febrero de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de febrero), fue aprobada convo-catoria para la provisión de un puesto de trabajo por el sistema de Li-bre Designación en la Consejería de Economía y Hacienda.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986,de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,considerando que esta Consejería tiene competencia para proceder ala adjudicación en virtud de la citada norma, y emitido informe fa-vorable por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos,

DISPONGO

Primero

Declarar asignado el puesto de trabajo que se expresa en el Anexoa la funcionaria propuesta por la Consejería de Economía y Hacienda.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se rea-lizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la mis-ma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposi-ción en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, obien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazode dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo deMadrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sinperjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente inter-poner. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 26 de mayo de 2009.—El Consejero de Econo-mía y Hacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de julio de 2008),el Secretario General Técnico, Héctor Casado López.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓNDE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN

EN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Puesto adjudicado

Consejería de Economía y Hacienda. Intervención General.Puesto de trabajo: 27060.Denominación: Secretaria/o de Dirección.Grupo: C/D.NCD: 16.C. específico: 10.344,24.

Adjudicatario

Cód. identificación: 53012507Z0.Apellidos y nombre: Martín Vicente, Ana Belén.

Puesto liberado

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Terri-torio. Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. SubdirecciónGeneral de Calificaciones y Subvenciones. Área de Régimen Jurídicode Vivienda.

Puesto de trabajo: 35050.Denominación: Auxiliar Administrativo.Grupo: D.NCD: 12.C. específico: 5.705,52.

(03/19.514/09)

Consejería de Economía y Hacienda

2048 ORDEN de 28 de mayo de 2009, por la que se convocanpuestos de trabajo para su provisión por el sistema deConcurso de Méritos en la Consejería de Economía y Ha-cienda.

Existiendo puestos de trabajo vacantes reservados a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de laComunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión de varios puestos detrabajo reservados a funcionarios de esta Administración Autonómi-ca que se incluyen dentro del correspondiente Anexo, mediante elsistema de Concurso de Méritos.

Segundo

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en laLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública; en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Públicade la Comunidad de Madrid; en la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Pro-visión de Puestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de laComunidad de Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), modifi-cada parcialmente por la Orden de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), de la Con-sejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales quehan de regir en las convocatorias para la provisión de puestos por lossistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación; en la Or-den 2094/1990, de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda,por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferen-tes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisiónde puestos de trabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de mar-zo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Per-sonal al Servicio de la Administración General del Estado y de Pro-visión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño del puesto de trabajo que soliciten, de acuerdocon las circunstancias y condiciones que para el mismo figure en larelación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de titulación, Cuer-po, Escala, especialidad funcionarial y titulación exigida en su caso.

Cuarto

Los funcionarios con adscripción provisional están obligados aparticipar en esta convocatoria, debiendo solicitar todos los puestosde trabajo a que puedan acceder.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 77

Quinto

5.1. De conformidad con lo establecido en la base sexta de laOrden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 27 de abril), modificada parcialmente por la Or-den de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de marzo), las solicitudes para tomar parte en estaconvocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Con-sejería de Economía y Hacienda, y se presentarán en el plazo dequince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de laconvocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la forma esta-blecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, según modelo regulado en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

5.2. Las solicitudes contendrán, caso de ser varias las plazas so-licitadas, el orden de preferencia de la adjudicación de aquellas, ydeberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) El certificado de Registro de Personal que se publica comoAnexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Conse-jería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 10 de septiembre). En el supuesto de funcionariosintegrados en la Comunidad de Madrid y procedentes deotras Administraciones Públicas, deberán aportar Certificadode Registro de su Administración de origen, cuando el tiem-po de servicios prestados en la Administración de la Comu-nidad de Madrid sea inferior a cinco años, al objeto de podervalorar el trabajo desarrollado.

b) El historial académico y profesional, que se publica comoAnexo II de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, en el que sehará constar:— Los títulos académicos.— Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Adminis-

tración Pública como en la empresa privada, especial-mente referidos a los requisitos mínimos exigidos en laconvocatoria.

— Estudios y cursos realizados y conocimientos de idiomas.— Cuantos otros méritos estime oportunos el aspirante po-

ner de manifiesto.c) Para la valoración de los méritos preferentes y no preferentes

alegados, los interesados deberán aportar fotocopias u origi-nales de documentación acreditativa de los mismos.

d) Certificado firmado por el Secretario General Técnico o Ge-rente de la Consejería u Organismo donde el funcionario

preste servicios en la fecha de la convocatoria del concursode méritos, acreditativo de los períodos de ausencia motiva-da por incapacidad temporal derivada de contingencias co-munes o del disfrute de licencias sin sueldo, determinando sidichas ausencias superan, o no, el 20 por 100 de la jornadaprevista según el calendario laboral, dentro de cada año natu-ral a partir de la entrada en vigor de la Ley 3/2008, de 29 dediciembre, y durante un período máximo de cinco años.

5.3. Finalizada la valoración de las instancias, y con carácterprevio al fallo de la Junta de Méritos, se publicará en los tablones deanuncios de la Consejería de Hacienda, la relación de los aspirantesadmitidos y no admitidos al proceso de provisión, con indicación dela puntuación reconocida por cada uno de los méritos preferentes yno preferentes alegados, así como la puntuación obtenida por ambosconceptos. Contra esta publicación se podrán formular alegacionesal respecto en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día si-guiente a su exposición en los tablones de anuncios.

Sexto

Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional quinta dela Ley 4/1989, de 6 de abril, no se podrán adjudicar puestos con unapuntuación inferior a 10 puntos. No obstante, la Junta de Méritos po-drá adjudicar excepcionalmente algún puesto de trabajo con unapuntuación inferior, de conformidad con lo establecido en el punto 4de la base undécima de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril de 1989).

Séptimo

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la mis-ma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición,en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien,directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Ma-drid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuiciode cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todoello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 28 de mayo de 2009.—El Consejero de Eco-nomía y Hacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de juliode 2008), el Secretario General Técnico, Héctor Casado López.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE CONCURSO DE MÉRITOSEN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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(03/19.498/09)

Consejería de Economía y Hacienda

2049 ORDEN de 28 de mayo de 2009, por la que se convocanpuestos de trabajo para su provisión por el sistema deConcurso de Méritos en la Consejería de Economía y Ha-cienda.

Existiendo puestos de trabajo vacantes reservados a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de laComunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión de varios puestos detrabajo reservados a funcionarios de esta Administración Autonómi-ca que se incluyen dentro del correspondiente Anexo, mediante elsistema de Concurso de Méritos.

Segundo

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en laLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública; en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Públicade la Comunidad de Madrid; en la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Pro-visión de Puestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de laComunidad de Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), modifi-cada parcialmente por la Orden de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), de la Con-sejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales quehan de regir en las convocatorias para la provisión de puestos por lossistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación; en la Or-den 2094/1990, de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda,por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferen-tes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisiónde puestos de trabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de mar-zo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Per-sonal al Servicio de la Administración General del Estado y de Pro-visión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño del puesto de trabajo que soliciten, de acuerdocon las circunstancias y condiciones que para el mismo figure en larelación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de titulación, Cuer-po, Escala, especialidad funcionarial y titulación exigida en su caso.

Cuarto

Los funcionarios con adscripción provisional están obligados aparticipar en esta convocatoria, debiendo solicitar todos los puestosde trabajo a que puedan acceder.

Quinto

5.1. De conformidad con lo establecido en la base sexta de laOrden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 27 de abril), modificada parcialmente por la Or-den de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de marzo), las solicitudes para tomar parte en estaconvocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Con-sejería de Economía y Hacienda, y se presentarán en el plazo dequince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de laconvocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la forma esta-blecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, según modelo regulado en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

5.2. Las solicitudes contendrán, caso de ser varias las plazas so-licitadas, el orden de preferencia de la adjudicación de aquellas, ydeberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) El Certificado de Registro de Personal que se publica comoAnexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Conse-jería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 10 de septiembre). En el supuesto de funcionariosintegrados en la Comunidad de Madrid y procedentes deotras Administraciones Públicas, deberán aportar certificadode Registro de su Administración de origen, cuando el tiem-po de servicios prestados en la Administración de la Comu-nidad de Madrid sea inferior a cinco años, al objeto de podervalorar el trabajo desarrollado.

b) El historial académico y profesional, que se publica comoAnexo II de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, en el que sehará constar:— Los títulos académicos.— Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Adminis-

tración Pública como en la empresa privada, especial-mente referidos a los requisitos mínimos exigidos en laconvocatoria.

— Estudios y cursos realizados y conocimientos de idiomas.— Cuantos otros méritos estime oportunos el aspirante po-

ner de manifiesto.c) Para la valoración de los méritos preferentes y no preferentes

alegados, los interesados deberán aportar fotocopias u origi-nales de documentación acreditativa de los mismos.

d) Certificado firmado por el Secretario General Técnico o Ge-rente de la Consejería u Organismo donde el funcionariopreste servicios en la fecha de la convocatoria del concursode méritos, acreditativo de los períodos de ausencia motiva-da por incapacidad temporal derivada de contingencias co-munes o del disfrute de licencias sin sueldo, determinando sidichas ausencias superan, o no, el 20 por 100 de la jornada

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 79

prevista según el calendario laboral, dentro de cada año natu-ral a partir de la entrada en vigor de la Ley 3/2008, de 29 dediciembre, y durante un período máximo de cinco años.

5.3. Finalizada la valoración de las instancias, y con carácterprevio al fallo de la Junta de Méritos, se publicará en los tablones deanuncios de la Consejería de Hacienda, la relación de los aspirantesadmitidos y no admitidos al proceso de provisión, con indicación dela puntuación reconocida por cada uno de los méritos preferentes yno preferentes alegados, así como la puntuación obtenida por ambosconceptos. Contra esta publicación se podrán formular alegacionesal respecto en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día si-guiente a su exposición en los tablones de anuncios.

Sexto

Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional quinta dela Ley 4/1989, de 6 de abril, no se podrán adjudicar puestos con unapuntuación inferior a 10 puntos. No obstante, la Junta de Méritos po-drá adjudicar excepcionalmente algún puesto de trabajo con puntua-ción inferior, de conformidad con lo establecido en el punto 4 de la

base undécima de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril de 1989).

Séptimo

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la mis-ma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposi-ción, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado,o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazode dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativode Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente in-terponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 28 de mayo de 2009.—El Consejero de Eco-nomía y Hacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de juliode 2008), el Secretario General Técnico, Héctor Casado López.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE CONCURSO DE MÉRITOSEN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 81

(03/19.508/09)

Consejería de Economía y Hacienda

2050 ORDEN de 28 de mayo de 2009, por la que se resuelve laconvocatoria para provisión de puestos de trabajo por elsistema de Concurso de Méritos en la Consejería de Eco-nomía y Hacienda, realizada por Orden de 10 de noviem-bre de 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID de 2 de diciembre).

Mediante Orden de 10 de noviembre de 2008 (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de diciembre), fue aprobadaconvocatoria para provisión de puestos de trabajo por el sistema deConcurso de Méritos en la Consejería de Economía y Hacienda.

Considerando que en el procedimiento de provisión se han cum-plido las normas de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión dePuestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comu-nidad de Madrid; de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), modifica-da por la Orden de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), de la Consejería de Ha-cienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regiren las convocatorias para provisión de puestos de trabajo por los sis-temas de Concurso de Méritos y Libre Designación, y de la Or-den 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, porla que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentesconvocatorias que se publiquen para los concursos de provisión depuestos de trabajo, así como las demás prescripciones contenidas enlas bases de convocatoria ya mencionadas.

Considerando que esta Consejería tiene competencia para proce-der a la adjudicación en virtud de lo dispuesto en el artículo 49.2 dela Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comuni-dad de Madrid.

Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada por laJunta de Méritos y el informe favorable emitido por la DirecciónGeneral de Gestión de Recursos Humanos,

DISPONGO

Primero

Declarar asignados los puestos de trabajo a los funcionarios quese expresan en el Anexo.

A los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley 4/1989, de 6 deabril, el dato de la puntuación obtenida por los adjudicatarios en elconcurso se entiende referido a las puntuaciones que la Junta de Mé-ritos expuso en su día, según lo dispuesto en el artículo 8 de la cita-da Ley, dado que en el apartado 3 del mismo artículo se estableceque las propuestas de las Juntas de Méritos serán, en cualquier caso,firmes y vinculantes.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se reali-zarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra lamisma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de re-posición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la hadictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativoen el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del díasiguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se es-time procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto enlos artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administra-tiva.

Madrid, a 28 de mayo de 2009.—El Consejero de Economía yHacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de julio de 2008), elSecretario General Técnico, Héctor Casado López.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 82 B.O.C.M. Núm. 146

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMADE CONCURSO DE MÉRITOS EN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

(03/19.503/09)

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 83

Consejería de Economía y Hacienda

2051 RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2009, de la Dirección Ge-neral de Gestión de Recursos Humanos, por la que se re-suelve la Orden de 17 de febrero de 2009 (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo), por la quese aprobaba convocatoria pública para provisión de unpuesto de trabajo, por el sistema de Libre Designación (ar-tículo 55), en la Consejería de Empleo y Mujer.

Aprobada mediante Orden de 17 de febrero de 2009 (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo), convocato-ria para provisión de un puesto de trabajo, mediante el sistema de Li-bre Designación (artículo 55), en la Consejería de Empleo y Mujer.

Verificado que el candidato propuesto cumple los requisitos y es-pecificaciones exigidos en la convocatoria.

En virtud de la competencia atribuida a esta Dirección General paraproceder a la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tículo 2.o, base quinta, de la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Con-sejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 27 de abril), modificada por Orden de 22 de marzo de 2002, de laConsejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID de 27 de marzo).

Vista la propuesta de adjudicación del puesto efectuada por laConsejería de Empleo y Mujer,

RESUELVO

Primero

Declarar asignado el puesto de trabajo que se expresa en el Anexoal funcionario propuesto por la Consejería de Empleo y Mujer.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se reali-zarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa, y con-tra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el mismo ór-gano que la ha dictado o ante el Consejero de Economía y Hacienda,en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, confor-me a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio decualquier otro recurso que se estime procedente interponer.

Dado en Madrid, a 9 de junio de 2009.—La Directora General deGestión de Recursos Humanos, Elena Collado Martínez.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓNDE PUESTOS, POR EL SISTEMA DE LIBRE

DESIGNACIÓN (ARTÍCULO 55), EN LA CONSEJERÍADE EMPLEO Y MUJER

Puesto adjudicado

Consejería de Empleo y Mujer. Secretaría General Técnica.Puesto de trabajo: 49609.Denominación: Secretaria/o de Dirección.Grupo: C/D.NCD: 16.C. específico: 10.344,24.

Consejería de Educación

2052 RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2009, del Director Generalde Recursos Humanos, por la que se emplaza a posiblesinteresados en el recurso contencioso-administrativo in-terpuesto por doña María del Carmen Fernández Casado,contra la Orden 1218/2007, de 12 de marzo, del Conseje-ro de Educación, por la que se resuelve el recurso de repo-sición interpuesto contra la Orden 6830/2006, de 24 de no-viembre, del Consejero de Educación, por la que seresuelve la convocatoria de provisión de puestos de trabajopor el sistema de Concurso de Méritos en la Consejería deEducación, realizada por Orden 27/2006, de 9 de enero.

Referencia: Procedimiento abreviado número 458/2007.

Habiendo sido interpuesto por doña María del Carmen FernándezCasado, recurso contencioso-administrativo contra la Orden 1218/2007,de 12 de marzo, del Consejero de Educación, por la que se resuelve elrecurso de reposición interpuesto contra la Orden 6830/2006, de 24de noviembre, del Consejero de Educación, por la que se resuelve laconvocatoria de provisión de puestos de trabajo por el sistema deConcurso de Méritos en la Consejería de Educación, realizada porOrden 27/2006, de 9 de enero.

Mediante providencia de 3 de julio de 2007, por el Juzgado delo Contencioso-Administrativo número 24 de Madrid, en aplica-ción del artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Ad-ministrativa, se ha instado a la Comunidad de Madrid a que reali-ce los emplazamientos a cuantos aparezcan como interesados enel mismo, para que puedan comparecer y personarse, en el plazode nueve días, ante dicho órgano jurisdiccional si a su derechoconviene.

La personación de los interesados, en su caso, deberá ser ante elJuzgado Contencioso-Administrativo número 24 (Gran Vía, núme-ro 19, de Madrid).

Madrid, a 1 de junio de 2009.

(03/18.776/09)

Consejería de Educación

2053 RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2009, de la Dirección Ge-neral de Recursos Humanos, por la que en aplicación delartículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se publica la Reso-lución de 21 de mayo de 2009, por la que se declara deu-dora en el procedimiento de reintegro de cantidades satis-fechas indebidamente en nómina a la trabajadora doñaSara Riaza Fresno.

Esta Dirección General ha dictado la Resolución de referencia porla que se declara deudora en el procedimiento de reintegro de canti-dades satisfechas indebidamente en nómina a la trabajadora doñaSara Riaza Fresno. La notificación a la interesada se ha intentadoconforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, sin que se haya conseguido practicar.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 delmismo texto legal, se procede por la presente a publicar la Resolu-ción de 21 de mayo de 2009, cuyo texto íntegro se une como Anexo.Asimismo, se informa a la interesada de que también se efectúa lapublicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su últimodomicilio conocido.

Adjudicatario

Cód. identificación: 5390242P0.Apellidos y nombre: Barrero Cano, José Francisco.

(03/20.156/09)

Page 80: I. COMUNIDAD DE MADRID · 2009. 6. 22. · Madrid, a 15 de junio de 2009. La Presidenta, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/20.595/09) Consejería de Educación 2044 ORDEN 2694/2009,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 84 B.O.C.M. Núm. 146

Madrid, 12 de junio de 2009.—El Director General de RecursosHumanos, Miguel José Zurita Becerril.

ANEXO

La trabajadora doña Sara Riaza Fresno, personal laboral con ca-tegoría de Diplomado en Enfermería, dejó de prestar servicios porincorporación del titular con fecha 18 de julio de 2008. No obstan-te, con posterioridad a la fecha de cese, se le acreditaron y percibióindebidamente los haberes correspondientes al período comprendi-do entre el 19 y el 31 de julio de 2008, a través de la nómina de per-sonal laboral destinado en Centros Docentes no universitarios ads-critos a la Dirección Territorial Madrid-Capital de esta Consejería,por un importe de 731,15 euros.

Por Resolución de esta Dirección General de fecha 30 de marzode 2009, se inició el procedimiento de reintegro de cantidades satis-fechas indebidamente en nómina previsto en la Orden de 23 demayo de 2001, del Consejero de Presidencia y Hacienda (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 135, de 8 de junio),y habida cuenta de que, dentro del plazo de audiencia, la interesadano presentó alegaciones ni procedió a la devolución de la cantidadindebidamente percibida.

Esta Dirección General, en el ejercicio de las competencias que leatribuye el Decreto 118/2007, de 2 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID número 207, de 31 de agosto), y conbase en lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Es-tado” número 258, de 27 de noviembre),

RESUELVE

Declarar deudora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid adoña Sara Riaza Fresno, NIF: 11812479-R, por la cantidad de 731,15euros, correspondiente al período comprendido entre el 19 y el 31 dejulio de 2008, acreditada y percibida indebidamente por causar bajacon fecha 18 de julio de 2008.

El período de pago voluntario se iniciará a la fecha de la recep-ción de la notificación de esta Resolución, de acuerdo con lo esta-blecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,General Tributaria:

— Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notifica-ción hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil,hasta el inmediato hábil siguiente.

— Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la noti-ficación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este nofuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Podrá realizar el pago para la extinción de la deuda utilizando elimpreso normalizado modelo 039 que se adjunta. Para acreditar elingreso se remitirá el ejemplar para la Administración de dicho mo-delo 039 con la correspondiente impresión mecánica efectuada porla entidad bancaria, al Servicio de Coordinación de Nóminas de lasDAT de esta Dirección General, sito en la Gran Vía, número 3, plan-ta tercera.

Si transcurrido el período de pago voluntario no ha sido canceladala deuda, se procederá a su cobro en período ejecutivo, con el corres-pondiente devengo de recargos del período ejecutivo y de los intere-ses que legalmente correspondan.

Contra la presente Resolución, podrá interponerse reclamaciónadministrativa previa a la vía judicial laboral ante el Consejero deEducación, de conformidad con lo previsto en los artículos 125 y si-guientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, en el plazo de los treinta días siguientes a la fechade la notificación de la misma.

Madrid, a 21 de mayo de 2009.—El Director General de Recur-sos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/20.144/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

2054 ORDEN de 1 de junio de 2009, por la que se resuelve laOrden de 6 de marzo de 2009, de la Consejería de MedioAmbiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de marzode 2009), por la que se convocaban puestos de trabajopara su provisión por el sistema de Libre Designación en lareferida Consejería (Instituto de la Vivienda de Madrid).

Aprobada mediante Orden de 6 de marzo de 2009, de la Conseje-ría de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de marzode 2009), convocatoria para provisión de puestos de trabajo median-te el sistema de Libre Designación en la Consejería de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Instituto de la Vivien-da de Madrid).

Considerando que en el procedimiento de provisión se han cum-plido las normas de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión dePuestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comu-nidad de Madrid; de la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Conse-jería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales quehan de regir en las convocatorias para provisión de puestos por lossistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, y de la Or-den 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, porla que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentesconvocatorias que se publiquen para los concursos de provisión depuestos de trabajo, así como las demás prescripciones contenidas enlas bases de convocatoria ya mencionadas.

Considerando que esta Consejería tiene competencia para proce-der a la adjudicación en virtud de lo dispuesto en el artículo 49.2 dela Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comuni-dad de Madrid.

Vista la propuesta de adjudicación de puestos efectuada por estaConsejería y una vez emitido informe favorable por la Consejería deEconomía y Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar asignados los puestos de trabajo a los funcionarios quese expresan en el Anexo.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se reali-zarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso dereposición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio, o bien, directamente,recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, antelos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambosplazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 1 de junio de 2009.—La Consejera de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Orden 2967/2008,de 19 de diciembre), el Secretario General Técnico, Alfonso More-no Gómez.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 85

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓNEN EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 86 B.O.C.M. Núm. 146

(03/19.500/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

2055 ORDEN de 8 de junio de 2009, por la que se resuelve laOrden de 6 de marzo de 2009, de la Consejería de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de marzo de 2009),por la que se convocaban puestos de trabajo para su pro-visión por el sistema de Concurso de Méritos en la referi-da Consejería (Instituto de la Vivienda de Madrid).

Aprobada mediante Orden de 6 de marzo de 2009, de la Conseje-ría de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de marzode 2009), convocatoria para provisión de puestos de trabajo por elsistema de Concurso de Méritos en la referida Consejería (Institutode la Vivienda de Madrid).

Considerando que en el procedimiento de provisión se han cum-plido las normas de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión dePuestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comu-nidad de Madrid; de la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Conse-jería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales quehan de regir en las convocatorias para provisión de puestos por lossistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, y de la Or-den 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, porla que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentesconvocatorias que se publiquen para los concursos de provisión depuestos de trabajo, así como las demás prescripciones contenidas enlas bases de convocatoria ya mencionadas.

Considerando que esta Consejería tiene competencia para proce-der a la adjudicación en virtud de lo dispuesto en el artículo 49.2 dela Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comuni-dad de Madrid.

Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada por laJunta de Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería deEconomía y Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar adjudicados los puestos de trabajo a los funcionarios quese expresan en el Anexo.

A los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley 4/1989, el datode la “puntuación obtenida por los adjudicatarios en el concurso” seentiende referido a las puntuaciones que la Junta de Méritos expusoen su día, según lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ley, dadoque en el apartado 3 del mismo artículo se establece que las propues-tas de las Juntas de Méritos serán, en cualquier caso, firmes y vincu-lantes.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se reali-zarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso dereposición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio, o bien, directamente,recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, antelos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambosplazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 8 de junio de 2009.—La Consejera de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Orden 2967/2008,de 19 de diciembre), el Secretario General Técnico, Alfonso More-no Gómez.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOSEN EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 87

(03/19.495/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

2056 ORDEN de 8 de junio de 2009, por la que se convoca unpuesto de trabajo para su provisión por el sistema de Con-curso de Méritos en la referida Consejería (IVIMA).

Existiendo un puesto de trabajo vacante reservado a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de laComunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión del puesto de trabajoreservado a funcionarios de esta Administración Autonómica que seincluye dentro del correspondiente Anexo, mediante el sistema deConcurso de Méritos.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su orga-nización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 deagosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad deMadrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería de Ha-cienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regiren las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas deConcurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990,de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se re-gula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocato-rias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos detrabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servi-cio de la Administración General del Estado y de Provisión de Pues-tos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civilesde la Administración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuer-do con las circunstancias y condiciones que para los mismos figurenen la relación de puestos de trabajo en cuanto a Administración depertenencia, Grupo de titulación, Cuerpo, Escala, especialidad fun-cionarial y titulación exigida en su caso.

Cuarto

4.1. De conformidad con lo establecido en la base sexta de laOrden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 27 de abril), las solicitudes para tomar parte enesta convocatoria se dirigirán a la Dirección-Gerencia (Instituto de

la Vivienda de Madrid), y se presentarán en el plazo de quince díashábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la convoca-toria, en el Registro del Instituto de la Vivienda de Madrid, sito enla calle Basílica, número 23, o en la forma establecida en el artícu-lo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídi-co de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, según modelo regulado en la Orden 2066/1998,de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

4.2. Las solicitudes contendrán, caso de ser varias las plazas so-licitadas, el orden de preferencia de la adjudicación de aquellas y de-berán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) El certificado del Registro de Personal que se publica comoAnexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Con-sejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 10 de septiembre). En el supuesto de funcionariosintegrados en la Comunidad de Madrid y procedentes de otrasAdministraciones Públicas, deberán aportar certificado de Re-gistro de su Administración de origen cuando el tiempode servicios prestados en la Administración de la Comunidadde Madrid sea inferior a cinco años, al objeto de poder valo-rar el trabajo desarrollado.

b) El historial académico y profesional, que se publica comoAnexo II de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, en el que sehará constar:

— Los títulos académicos.— Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Adminis-

tración Pública como en la empresa privada, especial-mente referidos a los requisitos mínimos exigidos en laconvocatoria.

— Estudios, cursos realizados y conocimientos de idiomas.— Cuantos otros méritos estime oportunos el aspirante po-

ner de manifiesto.

c) Para la valoración de los méritos preferentes y no preferentesalegados, los interesados deberán aportar fotocopias coteja-das u originales de la documentación acreditativa de losmismos.

d) Certificado firmado por el Secretario General Técnico o Ge-rente de la Consejería u Organismo donde el funcionariopreste servicios en la fecha de la convocatoria del concursode méritos acreditativo de los períodos de ausencia motivadapor incapacidad temporal derivada de contingencias comu-nes o del disfrute de licencias sin sueldo, determinando si di-chas ausencias superan o no el 20 por 100 de la jornada pre-vista según el calendario laboral, dentro de cada año naturala partir de la entrada en vigor de la Ley 3/2008, de 29 de di-ciembre, y durante un período máximo de cinco años.

Quinto

Los modelos de solicitud para la provisión de puestos de traba-jo e historial académico y profesional serán los regulados en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 88 B.O.C.M. Núm. 146

Sexto

Los funcionarios con adscripción provisional están obligados aparticipar en esta convocatoria, debiendo solicitar todos los puestosde trabajo a que puedan acceder.

Séptimo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer con carácter potestativo recurso de re-

posición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio, o bien, directamente,recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, antelos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambosplazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 8 de junio de 2009.—La Consejera de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Orden 2967/2008,de 19 de diciembre), el Secretario General Técnico, Alfonso MorenoGómez.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE CONCURSODE MÉRITOS EN EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID

(03/19.491/09)

Consejería de Sanidad

2057 ORDEN de 3 de junio de 2009, por la que se convoca unpuesto de trabajo vacante adscrito a la Dirección Generalde Ordenación e Inspección para su provisión por el siste-ma de Libre Designación en esta Consejería.

Figurando vacante el puesto de trabajo 49972, Jefe de Área de Ca-lidad Alimentaria, reservado a funcionarios de esta AdministraciónAutonómica, y siendo necesario proceder a su inmediata provisión,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986,de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión del puesto de trabajoreservado a funcionarios de esta Administración Autonómica que seincluye dentro del correspondiente Anexo, mediante el sistema deLibre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su orga-nización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 deagosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería deHacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de re-gir en las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemasde Concurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990,de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se regu-la el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatoriasque se publiquen para los concursos de provisión de puestos de traba-jo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprue-ba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Ad-ministración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajoy Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Adminis-tración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuer-do con las circunstancias y condiciones que para los mismos figurenen la relación de puestos de trabajo en cuanto a Administración depertenencia, Grupo de titulación, Cuerpo, Escala, especialidad fun-cionarial y titulación exigida, en su caso.

Cuarto

De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Or-den 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 27 de abril), y el Decreto 22/2008, de 3 de abril, por el quese establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de abril de 2008), lassolicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Se-cretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad y se presentaránen el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la pu-blicación de la convocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en laforma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo ehistorial académico y profesional serán los regulados en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer con carácter potestativo recurso de re-posición en el plazo de un mes ante el Consejero de Sanidad, o bien,directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo dedos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo deMadrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 3 de junio de 2009.—El Consejero de Sanidad,por delegación mediante Orden 387/2008, de 13 de junio (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 152, de 27 de juniode 2008), la Secretaria General Técnica, Beatriz Viana Miguel.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 89

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓNEN LA CONSEJERÍA DE SANIDAD

(03/18.775/09)

Consejería de Empleo y Mujer

2058 ORDEN 1501/2009, de 9 de junio, por la que se resuelve laconvocatoria de puesto de trabajo para su provisión por elsistema de Libre Designación en la referida Consejería,aprobada por Orden 614/2009, de 23 de marzo, de la Con-sejería de Empleo y Mujer (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID de 6 de abril de 2009).

Aprobada mediante Orden 614/2009, de 23 de marzo, de la Con-sejería de Empleo y Mujer (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 6 de abril de 2009), la convocatoria para provisión de unpuesto de trabajo por el sistema de Libre Designación en la Conseje-ría de Empleo y Mujer.

Verificado que los candidatos propuestos cumplen los requisitosy especificaciones exigidos en la convocatoria.

En virtud de la competencia atribuida a esta Consejería para pro-ceder a la adjudicación, de conformidad con el artículo 49.2 de laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid.

Vista la propuesta de adjudicación del puesto efectuada por laConsejería, y una vez emitido informe favorable por la Consejeríade Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar desierto el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se rea-lizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso dereposición en el plazo de un mes, ante la Consejería de Empleo yMujer, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en elplazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administra-tivo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 9 de junio de 2009.—La Consejera de Empleoy Mujer, PD (Orden 5868/2004, de 15 de octubre, BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre de 2004), la Secre-taria General Técnica, María Rosario Jiménez Santiago.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓNDE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN

EN LA CONSEJERÍA DE EMPLEO Y MUJER

Puesto adjudicado

Consejería de Empleo y Mujer. Dirección General de Empleo.Subdirección General de Integración Laboral de Personas con Dis-capacidad. Área de Integración de Personas con Discapacidad.

Puesto de trabajo: 35426.Denominación: Jefe de Área de Integración de Personas con Dis-

capacidad.Grupo: A.NCD: 29.C. específico: 23.586,96.

Adjudicatario

Desierto.(03/19.494/09)

Consejería de Empleo y Mujer

2059 ORDEN 1502/2009, de 9 de junio, por la que se convocanpuestos de trabajo para su provisión por el sistema de Li-bre Designación en la referida Consejería.

Existiendo puestos de trabajo vacantes reservados a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública dela Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión de puestos de trabajoreservados a funcionarios de esta Administración Autonómica quese incluyen dentro del correspondiente Anexo, mediante el sistemade Libre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá, en todo lo referente a su orga-nización y desarrollo, por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de

Page 86: I. COMUNIDAD DE MADRID · 2009. 6. 22. · Madrid, a 15 de junio de 2009. La Presidenta, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/20.595/09) Consejería de Educación 2044 ORDEN 2694/2009,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 90 B.O.C.M. Núm. 146

agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad deMadrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería de Ha-cienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir enlas convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas deConcurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990,de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID de 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que seregula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocato-rias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos detrabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que seaprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio dela Administración General del Estado y de Provisión de Puestos deTrabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de laAdministración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuer-do con las circunstancias y condiciones que para los mismos figurenen la relación de puestos de trabajo en cuanto a Administración depertenencia, Grupo de titulación, Cuerpo, Escala, especialidad fun-cionarial y titulación exigida en su caso.

Cuarto

De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Or-den 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de abril), las solicitudes para tomar parte en esta

convocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Con-sejería de Empleo y Mujer y se presentarán en el plazo de quincedías hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la con-vocatoria, en el Registro de dicha Consejería, sito en la calle SantaHortensia, número 30, o en la forma establecida en el artículo 38.4de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún. Asimismo, una vez terminado el plazo de presentación de ins-tancias, no se admitirán escritos de desistimiento.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo ehistorial académico y profesional serán los regulados en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer con carácter potestativo recurso de re-posición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Empleo y Mu-jer, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en elplazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Adminis-trativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguientea su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID.

Dado en Madrid, a 9 de junio de 2009.—La Consejera de Empleoy Mujer, PD (Orden 5868/2004, de 15 de octubre, BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre de 2004), la Secre-taria General Técnica, María Rosario Jiménez Santiago.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓNEN LA CONSEJERÍA DE EMPLEO Y MUJER

(03/19.490/09)

Consejería de Inmigración y Cooperación

2060 ORDEN 89/2009, de 9 de junio, por la que se resuelve laOrden 55/2009, de 15 de abril, de la Consejería de Inmi-gración y Cooperación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 27 de abril), por la que se convocabaun puesto de trabajo para su provisión, mediante el siste-ma de Libre Designación, en la Agencia Regional para laInmigración y la Cooperación.

Aprobada mediante Orden 55/2009, de 15 de abril (BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), convocatoriapara provisión de un puesto de trabajo por el sistema de Libre Desig-nación en la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación.

Verificado que el candidato propuesto cumple los requisitos y es-pecificaciones exigidos en la convocatoria.

En virtud de la competencia atribuida a esta Consejería para pro-ceder a la adjudicación, de conformidad con el artículo 49.2 de laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid.

Vista la propuesta de adjudicación del puesto efectuada por laConsejería, y una vez emitido informe favorable por la Consejeríade Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar asignado el puesto de trabajo al funcionario que se ex-presa en el Anexo.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se rea-lizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 91

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso dereposición en el plazo de un mes, ante la Consejería de Inmigracióny Cooperación, o bien, directamente, recurso contencioso-adminis-trativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día si-guiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

Dado en Madrid, a 9 de junio de 2009.

El Consejero de Inmigración y Cooperación,JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY

Y BLANC

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓNDE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN

EN LA CONSEJERÍA DE INMIGRACIÓNY COOPERACIÓN

Puesto adjudicado

Organismo Autónomo Agencia Regional para la Inmigración y laCooperación. Subdirección General de Régimen Jurídico y Personal.

Puesto de trabajo: 64612.Denominación: Subdirector General de Régimen Jurídico y Personal.Grupo: A.NCD: 30.C. específico: 26.524,44.

Adjudicatario

Cód. identificación: 33529568F0.Apellidos y nombre: Rodríguez Mateo, Miguel Ángel.

(03/19.511/09)

Consejería de Inmigración y Cooperación

2061 ORDEN 90/2009, de 9 de junio, por la que se resuelve laOrden 56/2009, de 16 de abril, de la Consejería de Inmi-gración y Cooperación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 28 de abril), por la que se convocabaun puesto de trabajo para su provisión, mediante el siste-ma de Libre Designación, en la Agencia Regional para laInmigración y la Cooperación.

Aprobada mediante Orden 56/2009, de 16 de abril (BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de abril), convocatoriapara provisión de un puesto de trabajo por el sistema de Libre Desig-nación en la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación.

Verificado que la candidata propuesta cumple los requisitos y es-pecificaciones exigidos en la convocatoria.

En virtud de la competencia atribuida a esta Consejería para pro-ceder a la adjudicación, de conformidad con el artículo 49.2 de laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid.

Vista la propuesta de adjudicación del puesto efectuada por laConsejería, y una vez emitido informe favorable por la Consejeríade Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar asignado el puesto de trabajo a la funcionaria que seexpresa en el Anexo.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se rea-lizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso dereposición en el plazo de un mes, ante la Consejería de Inmigracióny Cooperación, o bien, directamente, recurso contencioso-adminis-trativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día si-guiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

Dado en Madrid, a 9 de junio de 2009.

El Consejero de Inmigración y Cooperación,JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY

Y BLANC

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓNDE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN

EN LA CONSEJERÍA DE INMIGRACIÓNY COOPERACIÓN

Puesto adjudicado

Organismo Autónomo Agencia Regional para la Inmigración y laCooperación. Subdirección General de Régimen Jurídico y Perso-nal. Área de Régimen Jurídico, Relaciones Institucionales y Autori-zaciones.

Puesto de trabajo: 62509.Denominación: Jefe de Área de Régimen Jurídico, Relaciones Insti-

tucionales y Autorizaciones.Grupo: A.NCD: 29.C. específico: 24.042,72.

Adjudicataria

Cód. identificación: 44143629M0.Apellidos y nombre: Vegas Sampedro, María Lourdes.

Puesto liberado

Consejería de Transportes e Infraestructuras. Secretaría GeneralTécnica. Subdirección General de Actuaciones Administrativas.Área de Actuación Administrativa y Desarrollo Normativo.

Puesto de trabajo: 24159.Denominación: Técnico de Apoyo.Grupo: A.NCD: 27.C. específico: 19.269,48.

(03/19.505/09)

Consejo Económico y Social

2062 RESOLUCIÓN 25/2009, de 2 de junio, de la Presidencia,por la que se resuelve la Resolución 14/2009, de 17 deabril, de la Presidencia del Consejo Económico y Social dela Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 28 de abril de 2009, número 99), por laque se convocan puestos de trabajo mediante el sistema deLibre Designación en el referido Organismo.

Aprobada mediante Resolución 14/2009, de la Presidencia delConsejo Económico y Social de la Comunidad de Madrid (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 99, de 28 de abrilde 2009), convocatoria para provisión de puestos de trabajo median-te el sistema de Libre Designación en el Consejo Económico y So-cial de la Comunidad de Madrid.

Verificado que la candidata propuesta cumple los requisitos y es-pecificaciones exigidos en la convocatoria.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 92 B.O.C.M. Núm. 146

Universidad Complutense de Madrid

2063 RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2009, por la que se nombraa don Juan Daniel Rosales Martínez, Profesor Titular deUniversidad del área de conocimiento “Química Analítica”.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nom-brada para juzgar el concurso para la provisión de plazas de losCuerpos Docentes Universitarios, convocado mediante Resoluciónde esta Universidad de 11 de febrero de 2009 (“Boletín Oficial delEstado” de 3 de marzo de 2009), y presentada por el interesado ladocumentación a que hace referencia la base décima de la convoca-

Universidad Carlos III

2064 RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2009, por la que se anun-cia la publicación de la Resolución de 2 de junio de 2009,por la que se adjudican puestos convocados por el sistemade Libre Designación.

Conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Universidades y elartículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas parala Reforma de la Función Pública, modificado por la Ley 23/1988,de 29 de julio, este Rectorado, en uso de las facultades vigentes quetiene conferidas, ha resuelto hacer pública la Resolución de la convo-catoria de fecha 31 de marzo de 2009 para la provisión, por el siste-ma de Libre Designación, de puestos de trabajo en esta Universidad.

La Resolución se publicará en los siguientes tablones de anunciosde la Universidad Carlos III de Madrid: Campus de Getafe (calle Ma-drid, número 126, 28903 Madrid); Campus de Leganés (calle Butar-que, número 15, 28911 Leganés, Madrid), o en el campus de Colme-narejo (avenida de la Universidad Carlos III, número 22, 28270Colmenarejo, Madrid), y en la página web de la Universidadhttp://www.uc3m.es, el mismo día que se haga pública en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la presente Resolución.

Getafe, a 3 de junio de 2009.—El Rector, por delegación (Reso-lución de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Juan Manuel MorenoÁlvarez.

(03/18.857/09)

Universidad Rey Juan Carlos

2065 RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2009, por la que se nom-bra a doña Ana Belén Alonso Conde Profesora Titular deUniversidad (18/TU/076).

En virtud de la competencia atribuida a este Organismo para proce-der a la adjudicación, de conformidad con la Ley 6/1991, de 4 de abril,de Creación del Consejo Económico y Social, y del artículo 49.2 de laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad deMadrid.

Vista la propuesta de adjudicación del puesto efectuada por esteOrganismo, y una vez emitido informe favorable por la Consejeríade Economía y Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar asignado el puesto de trabajo número 36923 a la funcio-naria que se expresa en el Anexo.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se reali-zarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso dereposición en el plazo de un mes, ante el Presidente del Consejo Eco-nómico y Social de la Comunidad de Madrid, o bien, directamente, re-curso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante losJuzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazoscontados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 2 de junio de 2009.—El Presidente del Conse-jo Económico y Social de la Comunidad de Madrid, Francisco Ca-brillo Rodríguez.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓNDE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE

DESIGNACIÓN EN EL CONSEJO ECONÓMICOY SOCIAL

Puesto adjudicado

Consejo Económico y Social.Puesto de trabajo: 36923.Denominación: Jefe de Secretaría de Alto Cargo.Grupo: C/D.NCD: 18.C. específico: 11.121,96 euros.

Adjudicatario

Cód. identificación: 50868805G0.Apellidos y nombre: Montero Pinto, Patricia Raquel.

(03/18.769/09)

toria, este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el ar-tículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Univer-sidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y de-más disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a don JuanDaniel Rosales Martínez, con número de documento nacional deidentidad 29727407-E, Profesor Titular de Universidad de la Uni-versidad Complutense de Madrid, del área de conocimiento “Quími-ca Analítica”, adscrita al Departamento Química Analítica, códigode plaza 03-2761.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrati-va, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juz-gados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo dedos meses, contados desde el día siguiente a su publicación. No obs-tante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que seestime procedente, puede optarse por interponer contra la presenteResolución recurso de reposición ante el Rector de la UniversidadComplutense de Madrid en el plazo de un mes, contando desde el díasiguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer elrecurso contencioso-administrativo, anteriormente mencionado, entanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestima-ción presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a loprevisto en los artículos 116 y 117 de la LRJPAC.

Madrid, a 20 de mayo de 2009.—El Rector, Carlos Berzosa Alonso-Martínez.

(03/18.854/09)

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 127 del De-creto 22/2003, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatu-tos de la Universidad Rey Juan Carlos (BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo); el artículo 65 de la LeyOrgánica 4/2007, de 12 de abril (“Boletín Oficial del Estado” del 13),por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,de Universidades, y, de conformidad con la propuesta formulada porla Comisión constituida para juzgar el concurso convocado por Re-solución de 2 de marzo de 2009, de esta Universidad (“Boletín Ofi-cial del Estado” del 21, y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID del 23), para la provisión de la plaza 18/TU/076 de Profe-sor Titular de Universidad del área de conocimiento de “Economía

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 93

C) Otras Disposiciones

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

2066 ORDEN 595/2008, de 17 de diciembre, de Concesión deSubvenciones, de conformidad con la Orden 4224/2007,de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía y Consu-mo, por la que se convocaban ayudas destinadas a EntidadesLocales de la Comunidad de Madrid, encaminadas a desa-rrollar en el Marco del Plan Avanza la iniciativa “MadridRegión Digital”, de acuerdo con las bases reguladorasaprobadas por la Orden 1775/2007, de 10 de octubre.

Mediante Orden 1775/2007, de 10 de octubre, de la Consejería deEconomía y Consumo, se aprobaron las bases reguladoras para laconcesión de ayudas destinadas a Entidades Locales de la Comuni-dad de Madrid, encaminadas a desarrollar en el Marco del PlanAvanza la iniciativa “Madrid Región Digital” (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de diciembre). Estas ayudas, deacuerdo con el artículo 18 de las bases, serán cofinanciadas por elFondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco delnuevo período de programación 2007-2013 y por el Ministerio de In-dustria, Turismo y Comercio, en el marco del convenio de colabora-ción firmado con la Comunidad de Madrid el 19 de octubre de 2006.

Posteriormente, mediante la Orden 4224/2007, de 27 de diciembre,de la Consejería de Economía y Consumo, se convocaron las mencio-nadas ayudas destinadas a Entidades Locales de la Comunidad de Ma-drid, encaminadas a desarrollar en el Marco del Plan Avanza la inicia-tiva “Madrid Región Digital”, de acuerdo con las bases reguladorasaprobadas mediante Orden 1775/2007, de 10 de octubre (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de enero).

Una vez finalizado el período de presentación de solicitudes se hanemitido los informes técnicos a que hace referencia el artículo 11.5de la Orden 1775/2007, de 10 de octubre, de la Consejería de Eco-nomía y Consumo, por la que se aprueban las bases reguladoras.

Emitidos los informes técnicos, la Comisión de Evaluación a quese refiere el artículo 12 de la Orden 1775/2007, de 10 de octubre, hainformado favorablemente los expedientes de concesión de las ayu-das a las entidades adjudicatarias.

Por otro lado, según el artículo 1 del Decreto 102/2008, de 17 dejulio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmen-te las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías dela Comunidad de Madrid, la Vicepresidencia y Portavocía del Go-bierno de la Comunidad de Madrid es el órgano administrativo com-petente en materia de la sociedad de la información y del cono-cimiento, correspondiendo a la Dirección General de Calidad de losServicios y Atención al Ciudadano, la mencionada competencia.

Vistas las solicitudes presentadas, atendiendo a las propuestas dela Comisión de Evaluación, y en virtud de lo establecido en los ar-tículos 13 de la Orden 1775/2007, de 10 de octubre; 8 de la Or-den 4224/2007, de 27 de diciembre, y 7 de la Ley 2/1995, de 8 demarzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y demás nor-mativa que resulte de aplicación,

DISPONGO

Primero

Concesión

1. Conceder las subvenciones encaminadas a desarrollar en elmarco del Plan Avanza, la iniciativa “Madrid Región Digital”, porlas cuantías correspondientes a las anualidades 2008 y 2009 a las si-guientes entidades:

— Ayuntamiento de Alpedrete.— Ayuntamiento de Arganda del Rey.— Ayuntamiento de Majadahonda.— Ayuntamiento de Moralzarzal.— Ayuntamiento de Tres Cantos.— Ayuntamiento de Valdemoro.— Mancomunidad de Servicios Sociales 2016.La determinación de los municipios participantes, proyectos sub-

vencionables e importes son los determinados en el Anexo I de estaOrden.

2. Desestimar la solicitud de subvención de las entidades inclui-das en el Anexo II de esta Orden.

Segundo

Subcontratación

Autorizar la subcontratación del proyecto considerado subven-cionable, teniendo en cuenta lo determinado en el artículo 6.2 de laOrden 4224/2007, de 27 de diciembre.

Tercero

Abono de la subvención

La citada subvención se abonará, por transferencia y a la cuenta co-municada por el beneficiario en la instancia de solicitud, y se realizarácon cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madridpara los ejercicios 2008 y 2009, en la partida 76390 del programa 206de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciu-dadano de la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno, en virtud dela competencia asumida en materia de la Sociedad de la Informacióny del Conocimiento, mediante Decreto 102/2008, de 17 de julio, delConsejo de Gobierno.

Cuarto

Pago de la anualidad de 2008

El pago de la anualidad de 2008 se realizará conforme a lo previs-to en el artículo 9.1 de la Orden 4224/2007, de 27 de diciembre.

Quinto

Anualidad de 2009

Para el abono de la anualidad del 2009, el beneficiario presentaráhasta el 31 de marzo de 2009 la documentación señalada en el ar-tículo 9.2 de la Orden 4224/2007, de 27 de diciembre.

Sexto

Ampliación del plazo de ejecución

Ante la imposibilidad de poder realizar el proyecto en el plazoprevisto, de acuerdo con el artículo 15.2 de la Orden 1775/2007, de 10de octubre, en casos debidamente justificados, y mediante peticiónrazonada del representante legal del beneficiario, se podrá solicitaruna ampliación del plazo de ejecución de hasta seis meses. Dichapetición se realizará con el tiempo suficiente para que pueda autori-zarse su ampliación por el órgano gestor antes de la finalización delplazo de ejecución.

Séptimo

Justificación de la realización del proyecto de inversión

Para justificar la realización del proyecto de inversión, el benefi-ciario deberá presentar la documentación prevista en el artículo 16.1de la Orden 1775/2007, de 10 de octubre, entre el 1 de enero y el 31 dediciembre del año inmediatamente posterior al de la finalización delperíodo o de cada período subvencionable.

Financiera y Contabilidad”, y una vez acreditado por el concursan-te propuesto que reúne los requisitos a que alude el artículo 4 delReal Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el ré-gimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universita-rios (“Boletín Oficial del Estado” del 8),

HE RESUELTO

Nombrar a doña Ana Belén Alonso Conde, con documento nacio-nal de identidad número 33331115-K, Profesora Titular de Univer-sidad, de la Universidad Rey Juan Carlos, del área de conocimientode “Economía Financiera y Contabilidad”, adscrita al Departamento deEconomía de la Empresa.

Móstoles, a 8 de junio de 2009.—El Rector, Pedro González-Trevijano.

(03/19.488/09)

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 94 B.O.C.M. Núm. 146

Octavo

Ampliación del plazo de justificación

De acuerdo con el artículo 16.3 de la Orden 1775/2007, de 10 deoctubre, en casos debidamente justificados y mediante petición razo-nada, el representante legal del beneficiario, podrá solicitar la am-pliación del plazo de justificación antes de la finalización del plazoprevisto. Dicha ampliación no podrá exceder de seis meses.

Noveno

Publicidad de las subvenciones

Conforme establece el artículo 11 de la Orden 4224/2007, de 27de diciembre, los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a ha-cer constar la participación en el proyecto, tanto de la UniónEuropea, a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, comode la Comunidad de Madrid y del Ministerio de Industria, Turismoy Comercio.

Décimo

Plan de Comunicación del Programa Operativo FEDER 2007-2013

En cumplimiento del Plan de Comunicación del Programa Ope-rativo FEDER 2007-2013 la concesión de esta subvención suponesu aceptación a ser incluido en la lista pública que se recoge en el ar-tículo 7, apartado 2, letra d) del Reglamento (CE) 1828/2006, de 8de diciembre, de la Comisión.

Undécimo

Conservación de la documentación

El beneficiario deberá cumplir con lo establecido en el artículo 90del Reglamento (CE) 1083/2006, de 11 de julio, en lo referente a laconservación de la documentación justificativa de esta subvención.

Duodécimo

Régimen de recursos

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, po-drá interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo hadictado en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificaciónde la presente o, en su caso, requerimiento previo a la vía contencio-so-administrativa en el plazo de dos meses, desde el día siguiente ala notificación de la presente, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en elplazo de dos, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportunodeducir. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Decimotercero

Efectos y publicación

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de diciembre de 2008.

El Vicepresidente, Consejero de Culturay Deporte y Portavoz del Gobierno,

IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/19.066/09)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

2067 ORDEN 376/2009, de 2 de junio, por la que se delegan deter-minadas competencias en materia de patrimonio histórico.

La Ley 10/1998, de 9 de julio, de Patrimonio Histórico de la Co-munidad de Madrid, establece en su artículo 16 que corresponde alConsejero competente en materia de cultura autorizar la inclusión debienes en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Ma-

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

2068 ORDEN de 18 de mayo de 2009, por la que se designan losrepresentantes de la Administración de la Comunidad deMadrid en la Comisión Negociadora del Convenio Colec-tivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madridpara el año 2009.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el ar-tículo 2.bis.11 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que seatribuyen competencias entre los órganos de la Administración de laComunidad de Madrid, de sus organismos autónomos, órganos degestión y empresas públicas en materia de personal,

DISPONGO

Primero

Designar los representantes de la Administración de la Comunidadde Madrid en la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo parael Personal Laboral de la Comunidad de Madrid para el año 2009.

Representantes titulares:a) Un representante por la Vicepresidencia, Consejería de Cul-

tura y Deportes y Portavocía del Gobierno.b) Por la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior:

— Ilustrísimo señor Director General de la Función Pública.— Uno a propuesta de la Secretaría General Técnica.— Dos a propuesta de la Dirección General de la Función

Pública.— Subdirectora General de Relaciones Laborales.

drid. Por su parte, el artículo 37 de dicha Ley dispone que los trasla-dos de bienes muebles declarados de interés cultural inventariadosdeben ser autorizados por la Consejería competente en materia decultura.

Dado el elevado volumen de ambos tipos de autorizaciones seconsidera conveniente su delegación en el titular de la Dirección Ge-neral de Patrimonio Histórico, a los efectos de agilizar el proce-dimiento para su concesión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, yen el artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobiernoy Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

En materia de inclusión de bienes en el Inventariode Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid

Delegar en el titular de la Dirección General de Patrimonio His-tórico la resolución de los procedimientos de inclusión de bienesmuebles en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad deMadrid.

Segundo

En materia de autorizaciones de traslado de bienes muebles

Delegar en el titular de la Dirección General de Patrimonio His-tórico la autorización de traslado de bienes muebles incluidos en elInventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Eficacia

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 2 de junio de 2009.

El Vicepresidente, Consejero de Culturay Deporte y Portavoz del Gobierno,

IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/19.423/09)

Page 91: I. COMUNIDAD DE MADRID · 2009. 6. 22. · Madrid, a 15 de junio de 2009. La Presidenta, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/20.595/09) Consejería de Educación 2044 ORDEN 2694/2009,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 95

c) Dos representantes de la Consejería de Economía y Hacienda:— Uno a propuesta de la Dirección General de Gestión de

Recursos Humanos.— Un representante más designado por la Secretaría Gene-

ral Técnica.d) Un representante de la Consejería de Transportes e Infraestruc-

turas.e) Un representante de la Consejería de Educación.f) Un representante de la Consejería de Medio Ambiente, Vi-

vienda y Ordenación del Territorio.g) Un representante de la Consejería de Sanidad.h) Un representante de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.i) Un representante de la Consejería de Empleo y Mujer.j) Un representante de la Consejería de Inmigración y Cooperación.Representantes suplentes:a) Un representante por la Vicepresidencia, Consejería de Cul-

tura y Deportes y Portavocía del Gobierno.b) Cinco representantes por la Consejería de Presidencia, Justi-

cia e Interior.c) Dos representantes por la Consejería de Economía y Hacienda:

— Uno a propuesta de la Dirección General de Gestión deRecursos Humanos.

d) Un representante de la Consejería de Transportes e Infraestruc-turas.

e) Un representante de la Consejería de Educación.f) Un representante de la Consejería de Medio Ambiente, Vivien-

da y Ordenación del Territorio.g) Un representante de la Consejería de Sanidad.h) Un representante de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.i) Un representante de la Consejería de Empleo y Mujer.j) Un representante de la Consejería de Inmigración y Cooperación.Por los Secretarios Generales Técnicos de cada Consejería se pro-

cederá a la designación nominal de sus representantes, notificandola misma al Director General de la Función Pública.

Segundo

Dejar sin efecto la Orden de 22 de enero de 2008, del Vicepresiden-te Segundo y Consejero de Justicia y Administraciones Públicas, porla que se designaban los representantes de la Administración de la Co-munidad de Madrid en la Comisión Negociadora del Convenio Colec-tivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de febrero de 2008), asícomo la Orden de 7 de octubre de 2008, por la que se modificaba laOrden de 22 de enero de 2008, del Vicepresidente Segundo y Conse-jero de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se designabanlos representantes de la Administración de la Comunidad de Madriden la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el PersonalLaboral de la Comunidad de Madrid, como consecuencia de la nuevaestructuración de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, reali-zada por Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, porel que se establecía el número y denominación de las Consejerías dela Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 27 de octubre de 2008).

Madrid, a 18 de mayo de 2008.—El Consejero de Presidencia, Justi-cia e Interior, PD (Orden de 3 de septiembre de 2008, BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de septiembre de 2008), el Direc-tor General de la Función Pública, Miguel Ángel López González.

(03/19.572/09)

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

2069 ORDEN de 22 de mayo de 2009, por la que se modifica laOrden de 10 de marzo de 2009, del Consejero de Presiden-cia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases re-guladoras de la concesión de subvenciones a las pequeñasy medianas empresas privadas para el fomento del empleoen la Sierra Norte de Madrid, las cuales estarán cofinancia-das, en su caso, por el Fondo Social Europeo (FSE), así comola aprobación de la convocatoria para el ejercicio 2009.

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93,de 21 de abril de 2009, se publicó la Orden de 10 de marzo de 2009, delConsejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se apruebanlas bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las pequeñasy medianas empresas privadas para el fomento del empleo en la SierraNorte de Madrid, las cuales estarán cofinanciadas, en su caso, por elFondo Social Europeo (FSE), así como la aprobación de la convo-catoria para el ejercicio 2009.

Las ayudas reguladas en la citada Orden de 10 de marzo de 2009,del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, estarán, en su caso,cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del Pro-grama Operativo Fondo Social Europeo 2007-2013 Objetivo: Compe-titividad y Empleo, Eje 2, Tema prioritario 66, con una tasa de cofinan-ciación del 50 por 100. Al objeto de adaptar esta Orden a lo establecidoen el mencionado Programa Operativo Social Europeo 2007-2013, esnecesario proceder a la modificación del artículo 6 del capítulo I de lareferida Orden.

Por todo ello, bajo los principios de publicidad, concurrencia yobjetividad que deben presidir la asignación de fondos públicos, unavez cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, y de acuer-do con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Gene-ral de Subvenciones, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvencio-nes de la Comunidad de Madrid; en el Real Decreto 887/2006, de 21de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones; la normativa vigente de laUnión Europea, relativo a las normas sobre cofinanciaciones sub-vencionables por parte de los Fondos Estructurales y, concretamenteel Reglamento (CE) número 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio,y el Reglamento (CE) número 1081/2006, del Parlamento Europeo ydel Consejo, de 5 de julio; en su caso, el Decreto 4/2004, de 15 deenero, por el que se establecen normas para la ejecución de las inter-venciones cofinanciadas con Fondos Europeos en el ámbito de laComunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, porel que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Conce-sión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidadde Madrid, y el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, por el que sedesarrolla parcialmente la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subven-ciones de la Comunidad de Madrid, en uso de las atribuciones con-feridas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Artículo único

Se modifica el artículo 6 del capítulo I de la Orden de 10 de mar-zo de 2009, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por laque se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvencio-nes a las pequeñas y medianas empresas privadas para el fomentodel empleo en la Sierra Norte de Madrid, las cuales estarán cofinan-ciadas, en su caso, por el Fondo Social Europeo (FSE), así como laaprobación de la convocatoria para el ejercicio 2009, que queda re-dactado en los siguientes términos:

“Artículo 6

Criterios de selección de las operaciones

De acuerdo con lo establecido en el Programa Operativo FondoSocial Europeo 2007-2013, las ayudas contempladas en esta línea desubvención deberán cumplir con los criterios de selección de Ope-raciones establecidos para esta actuación, aprobados por el Comitéde Seguimiento de 28 de abril de 2008, y en concreto los siguientes:

1. Criterios personales: Personas desempleadas e inscritascomo demandantes de empleo.

2. Criterios específicos:

a) Generar al menos un puesto de trabajo indefinido neto a jor-nada completa o dos puestos de trabajo indefinidos a jornadaparcial.

b) Mantener como mínimo durante el plazo que se establezca elempleo subvencionado.

3. Criterios generales: Fomento y apoyo para la generación deempleo en la Sierra Norte”.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 96 B.O.C.M. Núm. 146

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de mayo de 2009.

El Consejero de Presidencia,Justicia e Interior,

FRANCISCO GRANADOS LERENA

(03/19.060/09)

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

2070 ORDEN de 22 de mayo de 2009, por la que se modifica laOrden de 11 de marzo de 2009, del Consejero de Presiden-cia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases re-guladoras de la concesión de subvenciones al autoempleoen la Sierra Norte de Madrid, las cuales estarán, en sucaso, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE), asícomo la aprobación de la convocatoria para el ejercicio 2009.

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93,de 21 de abril de 2009, se publicó la Orden de 11 de marzo de 2009, delConsejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se apruebanlas bases reguladoras de la concesión de subvenciones al autoempleoen la Sierra Norte de Madrid, las cuales estarán, en su caso, cofinan-ciadas por el Fondo Social Europeo (FSE), así como la aprobaciónde la convocatoria para el ejercicio 2009.

Las ayudas reguladas en la citada Orden de 11 de marzo de 2009,del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, estarán, en su caso,cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco delPrograma Operativo Fondo Social Europeo 2007-2013 Objetivo:Competitividad y Empleo, Eje 2, Tema prioritario 66, con una tasade cofinanciación del 50 por 100. Al objeto de adaptar esta Orden a loestablecido en el mencionado Programa Operativo Social Euro-peo 2007-2013, es necesario proceder a la modificación del artícu-lo 6 del capítulo I de la referida Orden.

Por todo ello, bajo los principios de publicidad, concurrencia yobjetividad que deben presidir la asignación de fondos públicos, unavez cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, y de acuer-do con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Gene-ral de Subvenciones, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvencio-nes de la Comunidad de Madrid; en el Real Decreto 887/2006, de 21de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones; la normativa vigente de laUnión Europea, relativo a las normas sobre cofinanciaciones sub-vencionables por parte de los Fondos Estructurales y, concretamenteel Reglamento (CE) número 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio,y el Reglamento (CE) número 1081/2006, del Parlamento Europeo ydel Consejo, de 5 de julio; en su caso, el Decreto 4/2004, de 15 deenero, por el que se establecen normas para la ejecución de las inter-venciones cofinanciadas con Fondos Europeos en el ámbito de laComunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, porel que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Conce-sión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidadde Madrid, y el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, por el que sedesarrolla parcialmente la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subven-ciones de la Comunidad de Madrid, en uso de las atribuciones con-feridas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Artículo único

Se modifica el artículo 6 del capítulo I de la Orden de 10 de mar-zo de 2009, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por laque se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvencio-nes al autoempleo en la Sierra Norte de Madrid, las cuales estarán,en su caso, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE), asícomo la aprobación de la convocatoria para el ejercicio 2009, quequeda redactado en los siguientes términos.

“Artículo 6

Criterios de selección de las operaciones

De acuerdo con lo establecido en el Programa Operativo FondoSocial Europeo 2007-2013, las ayudas contempladas en esta línea desubvención deberán cumplir con los criterios de selección de Ope-raciones establecidos para esta actuación, aprobados por el Comitéde Seguimiento de 28 de abril de 2008, y en concreto los siguientes:

1. Criterios personales: Personas desempleadas e inscritas comodemandantes de empleo.

2. Criterios específicos: Fomentar la actividad emprendedora através de la creación de puestos de trabajo por cuenta propia, bajo lafórmula de trabajo autónomo en los cuarenta y dos municipios de laSierra Norte.

3. Criterios generales: Incrementar la generación de actividad yempleo en la Sierra Norte”.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de mayo de 2009.

El Consejero de Presidencia,Justicia e Interior,

FRANCISCO GRANADOS LERENA

(03/19.062/09)

Consejería de Economía y Hacienda

2071 ORDEN de 10 de junio de 2009, por la que se modifica la Or-den de 16 de octubre de 2008, por la que se regulan las ba-ses de participación en el Concurso de Rehabilitación, Dise-ño y Mejora de Establecimientos Comerciales Tradicionales“Madrid Región Comercial” y se realiza la convocatoriapara el ejercicio 2009.

El artículo 26.3.1.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidadde Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, es-tablece que corresponde a la Comunidad de Madrid la competenciaexclusiva en materia de Comercio Interior, sin perjuicio de la políti-ca general de precios, de la libre circulación de bienes en el territo-rio del Estado y de la regulación sobre la defensa de la competencia.

Posteriormente por los Reales Decretos de Transferencia 680/1984,de 29 de febrero, y 1455/1984, de 4 de julio, se transfieren las funcio-nes y servicios en materia de estructuras comerciales, y en materia decomercio en la Comunidad de Madrid.

En virtud del Decreto 25/2009 de 18 de marzo, del Consejo deGobierno, se establece la estructura orgánica de la Consejería deEconomía y Hacienda y se atribuyen a la Dirección General de Co-mercio las competencias relativas a la promoción, fomento y desa-rrollo del sector comercial, así como la reforma, coordinación y me-jora de las estructuras de la distribución comercial.

Con fecha 22 de abril de 2004, el Consejo de Gobierno de la Co-munidad de Madrid aprobó el Plan de Fomento e Impulso del Pe-queño Comercio de la Comunidad de Madrid (PLAN FICO) para elperíodo 2004-2007 estructurándose en 11 líneas de actuación y 31medidas concretas.

Transcurrida la vigencia del PLAN FICO, se ha puesto en marchaun nuevo Plan para el Periodo 2008-2011, el Plan de Fomento e Im-pulso del Pequeño Comercio y de la Hostelería (PLAN FICOH) que,entre otras novedades, ha incorporado nuevas actividades comercia-les y de servicios asociados al comercio, así como el sector de lahostelería (bares, restaurantes y cafeterías), como indica su propionombre.

Dentro de este Plan se contemplan distintas líneas de actuacióndirigidas fundamentalmente a la modernización del pequeño comer-cio de la Comunidad de Madrid, así como, de sus estructuras físicasy gerenciales.

Concretamente, y al igual que el Plan FICO, una de estas líneashace referencia a la vinculación existente entre el sector comercio yel turismo, teniendo como finalidad potenciar las relaciones existen-tes entre ambos sectores, estableciéndose como medida específica

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 97

de actuación, la recuperación y restauración de establecimientos co-merciales y de hostelería de carácter singular que, bien por su ofer-ta, características morfológicas, tradición, condiciones urbanísticasu otros valores significativos, dispongan de un contrastado valor co-mercial, de innovación y de diseño. Todo ello con la finalidad de in-centivar o reconocer aquellos proyectos que han acometido impor-tantes transformaciones en estos aspectos de forma que se potencieel atractivo del comercio madrileño y, en definitiva, la Región deMadrid como destino preferente de compras.

Es por ello, que a través de la presente Orden se pretende hacerefectivo el reconocimiento económico al proyecto de inversión deRehabilitación y Mejora de Establecimientos Comerciales de la Co-munidad de Madrid que aporte valores singulares de tipo arquitec-tónico y/o decorativo, histórico-culturales, tradicionales y/o innova-dores en función de su localización, oferta comercial y estructuraempresarial incorporándose en dicho proyecto el diseño como ele-mento de gestión empresarial.

De esta forma se instituyó, en el año 2005, el I Concurso de Reha-bilitación, Diseño y Mejora de Establecimientos Comerciales Tradi-cionales “Madrid Región Comercial”, configurándose como uncomplemento necesario a los programas de ayudas de la Consejeríade Economía y Hacienda dirigidas a Pymes Comerciales para la mo-dernización e innovación del sector comercial, habiéndose convoca-do anualmente desde entonces. En concreto, mediante la Or-den 1653/2007, de 23 de mayo, de la Consejería de Economía eInnovación Tecnológica, se aprobaron las bases para la participa-ción en el citado Concurso, las cuales se modificaron con el fin deadaptar su contenido al Plan FICOH e incorporar una serie de medi-das de agilización y mejora de los premios.

Debido a la necesidad de agilizar y mejorar la tramitación delConcurso, se procede a modificar el plazo de presentación de solici-tudes y de la documentación justificativa, así como a incrementar elnúmero de candidaturas finalistas al objeto de ampliar la selecciónde participantes que puedan optar al premio final.

Asimismo, al objeto de ahorrar tiempo, simplificar la tramitacióny ejecutar el Concurso en el plazo más breve posible, se han incor-porado conjuntamente a la presente Orden tanto la modificación delas bases reguladoras como la convocatoria para el ejercicio 2009.

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en elReal Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Re-glamento General de Subvenciones, en la Ley 2/1995, de 8 de mar-zo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decre-to 76/1996, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento deProcedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicaspor parte de la Comunidad de Madrid y el Decreto 222/1998, de 23de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1998, todo ellode conformidad con la legislación básica del Estado,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto de la OrdenEl objeto de la presente Orden es modificar la Orden de 16 de oc-

tubre de 2008 por la que se regulan las bases para la Modernización,Diseño y Mejora de Establecimientos Comerciales Tradicionales“Madrid Región Comercial” y realizar la convocatoria de la V Edi-ción para el ejercicio 2009.

Capítulo IModificación de las bases reguladoras

Artículo 2

Modificación de la Orden de 16 de octubre de 2008La Orden de 16 de octubre de 2008 por la que se regulan las ba-

ses para la Modernización, Diseño y Mejora de EstablecimientosComerciales Tradicionales “Madrid Región Comercial”, quedacomo sigue:

Uno. El artículo 5 “Solicitud y documentación”, queda redacta-do del siguiente modo:

“1. Las solicitudes de participación en el Concurso podrán pre-sentarse por las empresas titulares de la actividad, o a través de Or-ganizaciones Empresariales, Ayuntamientos, y/o entidades públicas

que tengan por objeto principal la promoción del comercio, median-te la acreditación de un poder al efecto, en el Registro de la Conse-jería de Economía y Hacienda, en cualquiera de los Registros de laComunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, delos Ayuntamientos que han firmado el correspondiente Convenio ymediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2. Las solicitudes se presentarán en el modelo impreso que fi-gura como Anexo II a la presente Orden y que deberá ser cumpli-mentado en su integridad, acompañándose de la documentación quefigura en el punto 4 de este mismo artículo.

3. Los modelos de solicitud estarán también disponibles paralos interesados, en la página web de la Comunidad de Madrid,www.madrid.org, Consejería de Economía y Hacienda.

4. El plazo de presentación de las solicitudes, será desde el díasiguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de cada convocatoria hasta el 31 de julio inclusive delejercicio al que se refiera la correspondiente convocatoria. Dicha so-licitud deberá ir acompañada de la de la documentación comple-mentaria que se recoge a continuación:

a) Documentación del solicitante (original y copia):— Alta en el Impuesto de Actividades Económicas del esta-

blecimiento y en su caso, último recibo del IAE.— Declaración responsable del solicitante o representante

del número total de trabajadores dependientes de la em-presa.

— Últimos TC1 y TC2 o certificación de la Seguridad So-cial del personal laboral dependiente de la empresa o, ensu caso, certificado de la Seguridad Social acreditativo deno disponer de trabajadores dependientes.

— Certificados de hallarse al corriente de las obligacionesTributarias y con la Seguridad Social, o en su defecto, te-ner concedido aplazamiento o moratoria.

— Declaración responsable alegando ante el órgano conce-dente de la subvención de no estar incurso el beneficiarioen ninguno de los supuestos a que se refiere el artículo13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ge-neral de Subvenciones.

En el caso de personas jurídicas, además:— Escritura de constitución de la Sociedad, debidamente

inscrita en el Registro correspondiente, la totalidad de lasmodificaciones producidas, en su caso, así como podersuficiente a favor del firmante, en el supuesto de que elmismo no figure acreditado en la propia escritura.

— DNI del representante de la Sociedad o persona autorizada.— Código de Identificación Fiscal de la Sociedad.— Impuesto de Sociedades del último ejercicio liquidado

(excepto empresas de nueva creación).— En el caso de pequeñas y medianas empresas asociadas o

vinculadas en el capital o en los derechos de voto por otrau otras, en cuantía igual o superior al 25 por 100, segúnla definición dada por el artículo 3 del Anexo de la Reco-mendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de2003 (2003/361/CE) sobre definición de microempresas,pequeñas y medianas empresas, se deberá adjuntar la si-guiente documentación de la/s empresa/s que participe/no participadas por la solicitante: original y copia de la es-critura de constitución debidamente registrada y sus pos-teriores modificaciones, documentación acreditativa delúltimo Impuesto de Sociedades liquidado y certificaciónexpedida por la Administración de la Seguridad Socialacreditativa del número de trabajadores dependientes dela empresa.

En el caso de personas físicas:— Documento Nacional de Identidad y Número de Identifi-

cación Fiscal del solicitante y de la persona autorizada,en su caso, y su correspondiente poder.

— Declaración del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFísicas del último ejercicio liquidado.

En el caso de Comunidades de Bienes, la documentación que fi-gura en los apartados de personas físicas, deberá aportarse de todos

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 98 B.O.C.M. Núm. 146

y cada uno de los socios comuneros, y asimismo, se obligará comopersonas físicas conjunta y solidariamente, debiéndose firmar la so-licitud por todos los comuneros.

Asimismo, la Dirección General de Comercio solicitará de oficio,en relación a la Hacienda Autonómica, certificado de hallarse, laempresa solicitante, al corriente de sus obligaciones Tributarias, asícomo de no tener deudas en período ejecutivo de pago no garantiza-dos con la Comunidad de Madrid.

b) Documentación acreditativa de la actuación llevada a cabo:— Memoria básica explicativa y justificativa de la actuación

que deberá contener, de manera adicional, aquella infor-mación que facilite la identificación de la intervenciónrealizada.

— Un Dosier con información detallada relativa a:� Currículum empresarial en el que conste el año de

inicio de la actividad, trayectoria del establecimientoy características singulares que se consideren de in-terés destacar, tales como, especialización, empleo,carácter familiar y/o innovaciones tecnológicas.

� Valoración económica de la inversión realizada yayudas recibidas, en su caso.

� Fecha en la que se han realizado los proyectos derehabilitación, modernización, o mejora del estable-cimiento.

� Valoración de la repercusión que ha tenido en el ne-gocio la inversión realizada.

— Documentación Gráfica que contenga el siguiente con-junto de información:� Reportaje fotográfico de la actuación realizada, en el

cual quede reflejada la actuación efectuada en elestablecimiento, adjuntándose, en su caso, como do-cumentación gráfica complementaria, fotografías delestado del establecimiento anterior a la intervención.

El conjunto de la documentación gráfica se podrá entregar en for-mato electrónico preferentemente o en copia/papel, con una buenareferencia escrita que le identifique convenientemente, debiendoajustarse al formato JPG.

5. Los solicitantes no estarán obligados a presentar la documen-tación citada anteriormente que ya obre en poder de cualquier órga-no de la Administración actuante, de conformidad con lo previsto enel artículo 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, siempre que se haga constar la fecha y el órga-no en el que fueron presentados, y cuando no hayan transcurridomás de cinco años desde la finalización del procedimiento a que co-rrespondan.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el docu-mento, debidamente justificada en el expediente, el órgano compe-tente podrá requerir al solicitante su presentación o, en su defecto, laacreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el do-cumento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de reso-lución.”

Dos. El artículo 8.4 queda redactado del siguiente modo:“4. El proceso de valoración y fallo del Concurso será el si-

guiente: las candidaturas que obtengan mayor puntuación en cual-quiera de los criterios recogidos en el artículo 7 tendrán la conside-ración de finalistas. El Jurado Calificador seleccionará un mínimode diez candidaturas finalistas, salvo que el número de las presenta-das no permita alcanzar este mínimo.

El premio se otorgará a la candidatura finalista que obtenga ma-yor puntuación en cualquiera de las tres categorías del Premio.

En caso de empate, prevalecerá la candidatura mejor valorada enel primer criterio de su categoría y si el empate se mantuviese, seatenderá el orden de entrada en el Registro de las solicitudes”.

Tres. El artículo 9.4 queda redactado del siguiente modo:“4. El fallo definitivo del Jurado se hará público antes del 15 de

octubre de cada convocatoria”.Cuatro. El artículo 11 “Pago de la ayuda y justificación”, queda

redactado del siguiente modo:“El pago del premio quedará supeditado a la presentación de la

documentación que se relaciona a continuación, antes del 30 de oc-tubre del año de la convocatoria. Una vez transcurrido dicho plazoel beneficiario perderá el derecho al premio.

En concreto:— Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributa-

ria de estar al corriente de sus obligaciones.— Certificado emitido por el órgano competente de la Tesorería

General de la Seguridad Social de estar al corriente de susobligaciones, en su caso.

Respecto de los dos certificados, se considerarán cumplidas dichasobligaciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o sehubiera acordado suspensión como consecuencia de impugnación,extremos que deberán acreditarse mediante presentación de copia dela Resolución en la que se conceden los aplazamientos, fracciona-mientos o se acuerde la suspensión, o aportar la documentación queacredite estar exento del cumplimiento de dichos requisitos.

— Certificado de estar al corriente de pago de deudas contraídascon la Comunidad de Madrid, que será pedido de oficio porel órgano instructor.

Asimismo, el pago de la ayuda, estará supeditado a la comproba-ción material del objeto de la ayuda, según lo establecido en el De-creto 45/1997, de 20 de marzo, de la Consejería de Hacienda, por elque se desarrolla el régimen de control interno y contable ejercidopor la Intervención General de la Comunidad de Madrid y resto dela normativa vigente en la materia”.

Capítulo IIConvocatoria

Artículo 3

Objeto de la convocatoria

Convocar para el año 2009 la V Edición del Concurso de Rehabi-litación, Diseño y Mejora de Establecimientos Comerciales Tradi-cionales “Madrid Región Comercial” en los términos establecidosen sus bases reguladoras, para las pymes comerciales y de restaura-ción (bares, restaurantes y cafeterías), que desarrollen actividadescomerciales en un establecimiento de carácter tradicional.

Artículo 4

Referencia a las bases reguladoras

Las bases reguladoras que rigen esta convocatoria fueron aproba-das mediante Orden de 16 de octubre de 2008,de la Consejería deEconomía y Hacienda y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID número 251, de 21 de octubre de 2008.

Artículo 5

Financiación

Para el cumplimiento de esta finalidad se destinarán créditos pre-supuestarios de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidadde Madrid del 2009, asignándose para este fin 6.000 euros en la par-tida 79000 del programa 163 “Comercio”.

Artículo 6

Categorías de participación

Se establecen tres categorías del Concurso de Rehabilitación, Di-seño y Mejora de Establecimientos Comerciales Tradicionales “Ma-drid Región Comercial”, que serán las siguientes:

Primera categoría “Madrid Comercial Hoy”.En esta categoría se englobarán aquellas candidaturas que hayan

realizado obras de reforma integral o acondicionamiento del esta-blecimiento e inversiones en equipamiento comercial especializadoincluido el tecnológico en sus establecimientos comerciales entreel 1 de enero de 2004 y la fecha de finalización del plazo de presen-tación de solicitudes de cada convocatoria y que conlleven proyec-tos de modernización de la estructura física y/o equipamiento co-mercial específico de dichos establecimientos comerciales, deforma que se haya procedido a su modernización y actualización.

Segunda categoría “Madrid Comercial Innova”.En esta categoría se englobarán aquellas candidaturas que por su

carácter singularmente innovador y de propuesta para el futuro, ha-

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yan realizado obras de inversión completadas entre el 1 de enerode 2004 y la fecha de finalización del plazo de presentación de soli-citudes de cada convocatoria, que pongan de manifiesto una apues-ta decidida por la innovación en el desarrollo de nuevos conceptosestéticos y comerciales, en el diseño y presentación de su oferta.

Tercera categoría “Madrid Comercial Rehabilita”.En esta categoría se englobarán aquellas candidaturas referidas

tanto a establecimientos aislados como equipamientos colectivosque realicen obras de inversión de reforma total o parcial, adapta-ción o modernización de establecimientos, respetando siempre suestructura y diseño arquitectónico y/o decorativo original que con-tribuyan a la modernización de su estructura y actividad comercial.Dichas obras deben haberse realizado y completado en el períodocomprendido entre el 1 de enero del año 2004 y la fecha de finaliza-ción del plazo de presentación de solicitudes de cada convocatoria.

Artículo 7

Beneficiarios

1. Podrán participar en el Concurso de Rehabilitación, Diseño yMejora de Establecimientos Comerciales de la Comunidad de Ma-drid, “Madrid Región Comercial”, las empresas comerciales y delsector de la restauración (bares, restaurantes y cafeterías), que desa-rrollen actividades comerciales en un establecimiento de caráctertradicional, que cumpla lo siguientes requisitos:

a) Que el establecimiento objeto de la candidatura se encuentrelocalizado en la Comunidad de Madrid.

b) Que el participante desarrolle alguna de las actividades eco-nómicas recogidas en la lista de epígrafes del IAE, que se ad-junta en el Anexo I de las siguientes bases.

c) Asimismo, también podrán presentarse aquellas Pymes quetengan por objeto la gestión de equipamientos comercialescolectivos de carácter tradicional tales como mercados y/ogalerías comerciales.

2. Tendrán la consideración de pymes, aquellas que cumplan laRecomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003 so-bre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas(“Diario Oficial de la Unión Europea”, de 20 de mayo); entre otrosdeberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener una cifra de negocios anual no superior a 50.000 millo-nes de euros, o bien un balance general anual no superior a43.000.000 de euros, según el último Impuesto de SociedadesLiquidado.

b) Tener menos de 250 trabajadores.3. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas

o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previs-tas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.

Artículo 8

Solicitud y documentación

1. Las solicitudes de participación en el Concurso podrán pre-sentarse por las empresas titulares de la actividad, o a través de Or-ganizaciones Empresariales, Ayuntamientos, y/o entidades públicasque tengan por objeto principal la promoción del comercio, median-te la acreditación de un poder al efecto, en el Registro de la Conse-jería de Economía y Hacienda, en cualquiera de los Registros de laComunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, delos Ayuntamientos que han firmado el correspondiente Convenio ymediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

2. Las solicitudes se presentarán en el modelo impreso que fi-gura como Anexo II a la presente Orden y que deberá ser cumpli-mentado en su integridad, acompañándose de la documentación quefigura en el punto 4 de este mismo artículo.

3. Los modelos de solicitud estarán también disponibles paralos interesados, en la página web de la Comunidad de Madridwww.madrid.org, Consejería de Economía y Hacienda.

4. El plazo de presentación de las solicitudes, será desde el díasiguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD

DE MADRID de la presente convocatoria hasta el 31 de julio de 2009.Dicha solicitud deberá ir acompañada de la de la documentacióncomplementaria que se recoge a continuación:

a) Documentación del solicitante (original y copia):— Alta en el Impuesto de Actividades Económicas del esta-

blecimiento y en su caso, último recibo del IAE.— Declaración responsable del solicitante o representante

del número total de trabajadores dependientes de la em-presa.

— Últimos TC1 y TC2 o certificación de la Seguridad So-cial del personal laboral dependiente de la empresa o, ensu caso, certificado de la Seguridad Social acreditativo deno disponer de trabajadores dependientes.

— Certificados de hallarse al corriente de las obligacionesTributarias y con la Seguridad Social, o en su defecto, te-ner concedido aplazamiento o moratoria.

— Declaración responsable alegando ante el órgano conce-dente de la subvención de no estar incurso el beneficiarioen ninguno de los supuestos a que se refiere el artícu-lo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.

En el caso de personas jurídicas, además:— Escritura de constitución de la Sociedad, debidamente

inscrita en el Registro correspondiente, la totalidad de lasmodificaciones producidas, en su caso, así como podersuficiente a favor del firmante, en el supuesto de que elmismo no figure acreditado en la propia escritura.

— DNI del representante de la Sociedad o persona autorizada.— Código de Identificación Fiscal de la Sociedad.— Impuesto de Sociedades del último ejercicio liquidado

(excepto empresas de nueva creación).— En el caso de pequeñas y medianas empresas asociadas o

vinculadas en el capital o en los derechos de voto por otrau otras, en cuantía igual o superior al 25 por 100, según ladefinición dada por el artículo 3 del Anexo de la Reco-mendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003(2003/361/CE) sobre definición de microempresas, pe-queñas y medianas empresas, se deberá adjuntar la si-guiente documentación de la/s empresa/s que participe/no participadas por la solicitante: original y copia de la es-critura de constitución debidamente registrada y sus pos-teriores modificaciones, documentación acreditativa delúltimo Impuesto de Sociedades liquidado y certificaciónexpedida por la Administración de la Seguridad Socialacreditativa del número de trabajadores dependientes dela empresa.

En el caso de personas físicas:— Documento nacional de identidad y número de identifi-

cación fiscal del solicitante y de la persona autorizada, ensu caso, y su correspondiente poder.

— Declaración del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFísicas del último ejercicio liquidado.

En el caso de Comunidades de Bienes, la documentación que fi-gura en los apartados de personas físicas, deberá aportarse de todosy cada uno de los socios comuneros, y asimismo, se obligará comopersonas físicas conjunta y solidariamente, debiéndose firmar la so-licitud por todos los comuneros.

Asimismo, la Dirección General de Comercio solicitará de oficio,en relación a la Hacienda Autonómica, certificado de hallarse, laempresa solicitante, al corriente de sus obligaciones Tributarias, asícomo de no tener deudas en período ejecutivo de pago no garantiza-dos con la Comunidad de Madrid.

b) Documentación acreditativa de la actuación llevada a cabo:— Memoria básica explicativa y justificativa de la actuación

que deberá contener, de manera adicional, aquella infor-mación que facilite la identificación de la intervenciónrealizada.

— Un Dosier con información detallada relativa a:� Curriculum empresarial en el que conste el año de

inicio de la actividad, trayectoria del establecimientoy características singulares que se consideren de in-

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terés destacar, tales como, especialización, empleo,carácter familiar y/o innovaciones tecnológicas.

� Valoración económica de la inversión realizada yayudas declaradas, en su caso.

� Fecha en la que se han realizado los proyectos derehabilitación, modernización, o mejora del estable-cimiento.

� Valoración de la repercusión que ha tenido en el ne-gocio la inversión realizada.

— Documentación Gráfica que contenga el siguiente con-junto de información:

� Reportaje fotográfico de la actuación realizada, en elcual quede reflejada la actuación efectuada en elestablecimiento, adjuntándose, en su caso, como do-cumentación gráfica complementaria, fotografías delestado del establecimiento anterior a la intervención.

El conjunto de la documentación gráfica se podrá entregar enformato electrónico preferentemente o en copia/papel, conuna buena referencia escrita que le identifique conveniente-mente, debiendo ajustarse al formato JPG y en alta resolución.

5. Los solicitantes no estarán obligados a presentar la documen-tación citada anteriormente que ya obre en poder de cualquier órga-no de la Administración actuante, de conformidad con lo previsto enel artículo 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, siempre que se haga constar la fecha y el órga-no en el que fueron presentados, y cuando no hayan transcurridomás de cinco años desde la finalización del procedimiento a que co-rrespondan.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documen-to, debidamente justificada en el expediente, el órgano competente po-drá requerir al solicitante su presentación o, en su defecto, la acredita-ción por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento,con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

Artículo 9

Instrucción

1. El órgano instructor de los expedientes será la Dirección Ge-neral de Comercio de la Consejería de Economía y Hacienda.

2. Si del estudio del expediente se deduce la ausencia o insufi-ciencia de documentación se requerirá al solicitante para que com-plete el expediente en el plazo de diez días contados a partir del si-guiente al de recepción de la notificación, con la advertencia de que,transcurrido ese plazo, y si no se aportarse la documentación refe-rente se procederá al archivo del expediente, previa resolución deacuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

3. La documentación gráfica presentada por los participantes,así como el nombre y dirección del establecimiento y sus datos, que-darán a disposición de la Consejería de Economía y Hacienda, parasu posible publicación, exposición y/o difusión del Concurso.

Artículo 10

Criterios de valoración

1. Cada una de las categorías se valorará con arreglo a los si-guientes criterios de concesión y por el siguiente orden de prioridado de importancia:

Categoría “Madrid Comercial Hoy”.

1. Modernización integral del establecimiento valorada en fun-ción de la importancia de las reformas interiores y/o exteriores lle-vadas a cabo: Hasta 30 puntos.

2. Repercusión de la modernización en la gestión comercial delnegocio, particularmente las dirigidas a la mejora de los servicios alcliente: Hasta 20 puntos.

3. Calidad técnica y estética de la ejecución de la obra, valorán-dose singularmente el resultado final obtenido en la imagen comer-cial del establecimiento: Hasta 5 puntos.

Categoría “Madrid Comercial Innova”.

1. Alcance y características de la innovación en el diseño, for-mato comercial o en otras características del establecimiento queponga de manifiesto la creatividad innovadora de la propuesta: Has-ta 30 puntos.

2. Propuestas que planteen nuevas formas de uso comercialatendiendo principalmente a aquellas más innovadoras en el merca-do actual: Hasta 20 puntos.

3. Calidad técnica y estética de la ejecución de la ejecución dela obra valorándose singularmente el resultado final obtenido en laimagen comercial del establecimiento y la eliminación de barrerasarquitectónicas en su caso: Hasta 5 puntos.

Categoría “Madrid Comercial Rehabilita”.

1. Adaptación realizada sobre el establecimiento preexistentemanteniendo total o parcialmente la estructura anterior, valorándo-se la conservación del conjunto de valor artístico-decorativo (esca-parates, mobiliario, etcétera), así como su integración en el entornodel área comercial: Hasta 30 puntos.

2. Modernización del establecimiento comercial atendiendoprincipalmente a la incorporación de nuevas actividades y/o servi-cios: Hasta 20 puntos.

3. Calidad técnica y tecnológica de ejecución de la obra valo-rándose singularmente el resultado final obtenido y la eliminaciónde barreras arquitectónicas: Hasta 5 puntos.

Artículo 11

Jurado calificador y selección

1. El Jurado Calificador del Concurso de Rehabilitación, Dise-ño y Mejora de Establecimientos Comerciales Tradicionales tendrála siguiente composición:

a) Presidente: Consejero de Economía y Hacienda o persona aquien designe.

b) Vicepresidente: Directora General de Comercio o persona aquien designe.

c) Seis Vocales, que serán:

— El Secretario General Técnico de la Consejería de Econo-mía y Hacienda, o persona a quien designe.

— El Presidente de CEIM, o persona a quien designe en re-presentación del sector empresarial.

— El Presidente de la Federación de Municipios de Madrid,en representación de los municipios de la Comunidad deMadrid, o persona en quien designe.

— El Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Indus-tria de Madrid, o persona en quien designe.

— La Directora de la Escuela de Diseño 4 de la Comunidadde Madrid o persona a quien designe.

— El Presidente de la Asociación de Diseñadores de Madrid(DIMAD) o persona en quien designe.

d) Un Secretario, con voz pero sin voto, que será empleado pú-blico de la Dirección General de Comercio.

2. El funcionamiento de este Jurado Calificador se adecuará a lodispuesto para los Órganos colegiados en la Ley 30/1992 de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común (artículo 22 al 27).

3. El procedimiento de concesión es el de concurrencia compe-titiva conforme a los criterios de valoración del artículo 10 de la pre-sente Orden.

4. El proceso de valoración y fallo del concurso será el si-guiente: Las candidaturas que obtengan mayor puntuación en cual-quiera de los criterios recogidos en el artículo 10, tendrán la consi-deración de finalistas. El Jurado Calificador seleccionará un mínimode 10 candidaturas finalistas, salvo que el número de las presentadasno permita alcanzar este mínimo.

El premio se otorgará a la candidatura finalista que obtengan ma-yor puntuación en cualquiera de las 3 categorías del premio.

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En caso de empate, prevalecerá la candidatura mejor valorada enel primer criterio de su categoría y si el empate se mantuviese, seatenderá el orden de entrada en el Registro de las solicitudes.

5. La Dirección General de Comercio podrá nombrar una Co-misión Técnica para el estudio de la documentación presentada queanalice la misma previa a su valoración por el Jurado.

Artículo 12

Dotación

1. Se establece un único premio, que podrá corresponder indis-tintamente a cualquiera de las categorías recogidas en el artículo 6de la presente Orden, cuya dotación es: 6.000 euros y la entrega dediploma acreditativo.

2. Asimismo se concederán un mínimo de 6 diplomas a aque-llas candidaturas que hayan quedado finalistas.

3. El referido premio estará sujeto, en su caso, a las retencionese impuestos establecidos por la legislación vigente, y en particular,a la retención que esté establecida por el Impuesto sobre la Renta delas Personas Físicas, vigentes en el momento de la adjudicación.

4. El fallo definitivo del Jurado se hará público antes del día 15de octubre de 2009.

5. En el caso de que ninguno de los establecimientos presenta-dos alcanzasen conforme a los criterios de valoración establecidosuna valoración mínima de 10 puntos en su totalidad, el premio se de-clarará desierto.

Artículo 13

Pago de la ayuda y justificación

El pago del premio quedará supeditado a la presentación de la do-cumentación que se relaciona a continuación, antes del 30 de octu-bre de 2009; una vez transcurrido dicho plazo el beneficiario perde-rá el derecho al premio.

En concreto:— Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributa-

ria de estar al corriente de sus obligaciones.— Certificado emitido por el órgano competente de la Tesorería

General de la Seguridad Social de estar al corriente de susobligaciones, en su caso.Respecto de los dos certificados, se considerarán cumplidasdichas obligaciones cuando las deudas estén aplazadas, frac-cionadas o se hubiera acordado suspensión como consecuen-cia de impugnación, extremos que deberán acreditarse me-diante presentación de copia de la Resolución en la que seconceden los aplazamientos, fraccionamientos o se acuerdela suspensión, o aportar la documentación que acredite estarexento del cumplimiento de dichos requisitos.

— Certificado de estar al corriente de pago de deudas contraídascon la Comunidad de Madrid, que será pedido de oficio porel órgano instructor.

Asimismo, el pago de la ayuda, estará supeditado a la comproba-ción material del objeto de la ayuda, según lo establecido en el De-creto 45/1997, de 20 de marzo, de la Consejería de Hacienda, por elque se desarrolla el régimen de control interno y contable ejercidopor la Intervención General de la Comunidad de Madrid y resto dela normativa vigente en la materia.”

Artículo 14

Resolución

1. El Consejero de Economía y Hacienda, a propuesta del titu-lar de la Dirección General de Comercio, una vez emitido el fallo delJurado, resolverá mediante Orden la concesión o denegación de laayuda.

2. El plazo máximo de resolución y notificación del expedienteserá de 9 meses, contados desde la convocatoria. Si vencido este pla-zo no se hubiere dictado resolución expresa, la solicitud podrá en-tenderse desestimada por silencio administrativo, de conformidadcon lo establecido en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de no-

viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común

Artículo 15

Control y seguimiento

1. La Consejería de Economía y Hacienda, el Tribunal de Cuen-tas, la Cámara de Cuentas y la Intervención General de la Comuni-dad de Madrid podrán realizar las comprobaciones necesarias res-pecto al destino y aplicación de las ayudas concedidas.

2. El beneficiario de la ayuda queda sometido al control finan-ciero de la Intervención General de la Comunidad de Madrid, y a lafiscalización del Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas y otrosÓrganos competentes, de acuerdo con el régimen de control de sub-venciones regulado en la Ley 2/1995, de 8 de marzo.

3. Procederá la revocación de la subvención, así como el reinte-gro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demo-ra desde el momento del pago de la subvención y en la cuantía fija-da en el artículo 32 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladorade la Hacienda de la Comunidad de Madrid, en los casos previstosen el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones.

4. El beneficiario estará sometido, igualmente, al régimen de in-fracciones y sanciones regulado en el título IV de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo que constituyelegislación básica, así como por lo contemplado en la Ley 2/1995,de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en tan-to no se oponga a lo establecido en aquella.

Artículo 16

Aceptación de las bases

1. El hecho de presentarse al Concurso de Rehabilitación, Dise-ño y Mejora de Establecimientos Comerciales Tradicionales “Ma-drid Región Comercial” implica, por parte de los participantes, elconocimiento y plena aceptación de la presente Orden y de los com-promisos que ellas conllevan.

2. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para laconcesión y, en todo caso, la obtención concurrente de subvencio-nes concedidas por cualquier Entidad Pública o privada, nacional ointernacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvenciónotorgada.

Artículo 17

Recursos y reclamaciones

1. Contra la presente Convocatoria que pone fin a la vía adminis-trativa podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposi-ción ante el Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes,o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dosmeses, computados ambos plazos desde el día siguiente a su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. Los actos administrativos que derivan de la presente convo-catoria podrán ser impugnados en los casos y en la forma estableci-da en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

DISPOSICIÓN ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 10 de junio de 2009.

El Consejero de Economía y Hacienda,ANTONIO BETETA BARREDA

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ANEXO I

Lista de epígrafes del Impuesto de actividades económicas incluidas:

EPÍGRAFE DESCRIPCIÓN

641 COM. MEN.. MEN. FRUTAS Y VERDURAS 6421 COM. MEN. CARNES, HUEVOS, CAZA Y GRANJA 6422 COM. MEN. CARNICERÍAS-CHARCUTREÍRAS 6423 COM. MEN. CARNICERIAS-SALCHICHERÍAS 6424 COM. MEN. CARNICERÍAS 6425 COM. MEN. HUEVOS, AVES, GRANJA Y CAZA 6426 COM. MEN. CASQUERÍAS 6431 COM. MEN. PESCADOS 6432 COM. MEN. BACALAO Y SALAZONES 6441 COM. MEN. PASTELES, CONFITERÍA Y LÁCTEOS 6442 DESPACHOS PAN, PAN ESPECIAL Y BOLLERÍA 6443 COM. MEN. PRODUCTOS PASTELERÍA Y BOLLERÍA 6444 COM. MEN. HELADOS 6445 COM. MEN. BOMBONES Y CARAMELOS 6446 COM. MEN. MASAS FRITAS 645 COM. MEN. VINOS Y BEBIDAS 6471 COM. MEN. PTOS. ALIMENTICIOS Y BEBIDAS 6472 COM. MEN. PTOS. ALIMENTICIOS MENOS 120 M2. 6473 COM. MEN. PTOS. ALIMENTICIOS 120-399 M2 6511 COM. MEN. PTOS. TEXTILES PARA EL HOGAR 6512 COM. MEN. PRENDAS DE VESTIR Y TOCADO 6513 COM. MEN. LENCERÍA Y CORSETERÍA 6514 COM. MEN. MERCERÍA Y PAQUETERÍA 6515 COM. MEN. PRENDAS ESPECIALES 6516 COM. MEN. CALZADO Y COMPLEMENTOS DE PIEL. 6517 COM. MEN. CONFECCIONES DE PELETERÍA 6522 COM. MEN. PTOS. DROGUERÍA Y PERFUMERÍA 6523 COM. MEN. PTOS. PERFUMERÍA Y COSMÉTICA 6524 COM. MEN. PLANTAS Y HIERBAS, HERBOLARIOS 6531 COM. MEN. MUEBLES (EXCEPTO OFICINA) 6532 COM. MEN. APARATOS DE USO DOMÉSTICO 6533 COM. MEN. ART. MENAJE, FERRETERÍA, ADORNO 6534 COM. MEN. MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN 6535 COM. MEN. PUERTAS, VENTANAS Y PERSIANAS 6536 COM. MEN. ARTÍCULOS BRICOLAGE 6539 COM. MEN. ART. HOGAR NCOP. 6593 COM. MEN. APARATOS MÉDICOS, ORTOPÉDICOS 6594 COM. MEN. LIBROS, PERIÓDICOS Y REVISTAS 6595 COM. MEN. ART. JOYERÍA, RELOJERÍA Y BISUTERÍA 6596 COM. MEN. JUGUETES, ART. DEPORTE Y ARMAS 6597 COM. MEN. SEMILLAS, ABONOS, FLORES Y PLANTAS 671 SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN EN RESTAURANTES 672 SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN EN CAFETERÍAS 673 SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN EN CAFÉS Y BARES, CON Y SIN COMIDA 675 SERVICIOS EN QUIOSCOS, CAJONES, BARRACAS U OTROS LOCALES

ANÁLOGOS, SITUADOS EN MERCADOS O PLAZAS DE ABASTOS, AL AIRE LIBRE EN LA VÍA PÚBLICA O JARDINES

676 SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN EN CHOCOLATERÍAS, HELADERÍAS Y HORCHATERÍAS

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(03/20.529/09)

ANEXO II

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

Orden ………/………………., por la que se regula el V Concurso de Rehabilitación, Diseño y Mejora de Establecimientos Comerciales Tradicionales.

1. DATOS DEL INTERESADO/A O BENEFICIARIO/A Sociedad y/o Empresa Comercial de la Comunidad de Madrid

Nombre y Apellidos/Razón Social ............................................................................. CIF: ........................................................................ Docimicilio Social (calle, plaza) ................................................................................. Número: .................................................................. Código Postal ................................................................... Localidad .................... Provincia: ................................................................ Teléfono .................................................................. Fax ..............................Correo Electrónico................................................................. Actividad Comercial........................................................................................................................................................................................ Epígrafe IAE .............................................................................................................. Fecha Alta IAE ........................................................ Fecha constitución...........................................................................................Fecha inicio de la actividad ...................................................

Personas Físicas

Nombre y Apellidos/Razón Social ............................................................................. NIF: ........................................................................ Docimicilio Social (calle, plaza) ................................................................................. Número: .................................................................. Código Postal ................................................................... Localidad .................... Provincia: ................................................................ Teléfono ................................................................ Fax ..........................Correo Electrónico.................................................................

2. DATOS DEL REPRESENTANTE O PERSONA AUTORIZADA

Nombre y Apellidos .......................................................................................CIF/NIF: ................................................................................ Docimicilio Social (calle, plaza) ................................................................................. Número: .................................................................. Código Postal ................................................................... Localidad .................... Provincia: ................................................................ Teléfono .................................................................. Fax ..............................Correo Electrónico................................................................. Cargo ...........................................................................................................................................................................................................

3. CATEGORIAS DEL CONCURSO

Categoría “Madrid Comercial Hoy” Categoría “Madrid Comercial Innova” Categoría “Madrid Comercial Rehabilita”

4. DATOS DEL ESTABLECIMIENTO Localización

Rótulo comercial …………………………………………………………Docimicilio Social (calle, plaza) ........................................................... Código Postal ................................................................... Localidad .................... Número: .................................................................. Teléfono ................................................................ Fax ..............................Correo Electrónico.................................................................

Actividad

Actividad Comercial.....................................................................................................................................................................

Valor Singular Razones de tipo arquitectónico y/o decorativo Razones histórico-culturales Razones relacionadas con la actividad comercial

Características de la Intervención Descripción esquemática: Ámbito: .........................................................................................................................Total Parcial ...................................................................................................................................................................

Fecha/plazo de intervención: Cuantía de la Inversión: ......................................................... ............................................................... €

El que suscribe solicita su participación en el IV Concurso de Rehabilitación, Diseño y Mejora de Establecimientos Comerciales Tradicionales

NOTA: Cumplimentar a máquina o en letras mayúsculas El hecho de presentarse al concurso implica, por parte de los participantes, el conocimiento y plena aceptación de las presentes Bases y de los compromisos que ellas conllevan. Los datos personales recogidos serán tratados por la Dirección General de Comercio, en el fichero AEC – Gestor de Ayudas de la Consejería de Economía y Hacienda cuya finalidad es el control y seguimiento de las solicitudes de subvención presentadas, inscritos en el registro de ficheros de datos personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid y no podrán ser cedidos, salvo las cesiones previstas en la ley. El órgano responsable del fichero es la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Hacienda, y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la calle Príncipe de Vergara 132, de todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. La solicitud podrá presentarse en cualquier registro de la Comunidad de Madrid y en Ayuntamientos con Convenio a tal efecto, o en cualquier lugar de los indicados en la Ley 30/1992 , de 26 de Noviembre. El firmante acepta que, si el Establecimiento presentado queda Finalista, los datos del mismo y los del nombre y dirección, así como la documentación gráfica presentada, puedan formar parte de posibles publicaciones, exposiciones y/o promociones según lo dispuesto en las bases.

DESTINATARIO DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Etiqueta de Registro

En …………….…. a ……….. de ………………………….…… de …………………….. (FIRMA)

ÉL/LA SOLICITANTE

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Consejería de Educación

2072 CORRECCIÓN de errores de la Orden 2316/2009, de 20de mayo, por la que se crean los Diplomas de Aprove-chamiento y de Mención Honorífica en Educación Secun-daria Obligatoria, se aprueban las bases reguladoras delos premios extraordinarios de Educación SecundariaObligatoria en la Comunidad de Madrid, y se convocan loscorrespondientes al curso 2008-2009.

Apreciado error tipográfico en la publicación de la citada Resolu-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núme-ro 124, correspondiente al día 27 de mayo de 2009, páginas 34 a 44(número de inserción 03/16.919/09), se procede a su corrección enlos siguientes términos:

En la página 36, en el artículo 20.1, donde dice: “Hasta el 29 dejunio de 2009, inclusive, los alumnos que, reuniendo los requisitosestablecidos en el artículo de la presente Orden...”.

Debe decir: “Hasta el 29 de junio de 2009, inclusive, los alumnosque, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo sexto de lapresente Orden...”.

(03/19.774/09)

Consejería de Educación

2073 ORDEN 2671/2009, de 5 de junio, de corrección de erroresde la Orden 2316/2009, de 20 de mayo, por la que se creanlos Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Honoríficaen Educación Secundaria Obligatoria, se aprueban las ba-ses reguladoras de los premios extraordinarios de Educa-ción Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Madridy se convocan los correspondientes al cur-so 2008-2009.

Advertidos errores en la Orden 2316/2009, de 20 de mayo, por laque se crean los Diplomas de Aprovechamiento y de Mención Ho-norífica en Educación Secundaria Obligatoria, se aprueban las basesreguladoras de los premios extraordinarios de Educación Secunda-ria Obligatoria en la Comunidad de Madrid y se convocan los co-rrespondientes al curso 2008-2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID de 27 de mayo), se procede a la corrección de losartículos 1 y 20, y de los Anexos V y VI en el siguiente sentido:

Primero

En el artículo 1, donde dice: “... impartan Enseñanza SecundariaObligatoria...”.

Debe decir: “... impartan Educación Secundaria Obligatoria...”.

Segundo

En el artículo 20.3, donde dice: “... los Secretarios de los centroso quienes...”.

Debe decir: “... los Secretarios de los centros públicos o quienes...”.

Tercero

1. En el Anexo V, donde dice: “(Ciencias y matemáticas)”.Debe decir: “(Matemáticas)”.2. En el Anexo VI, donde dice: “(Ciencias y matemáticas)”.Debe decir: “(Matemáticas)”.Madrid, a 5 de junio de 2009.

La Consejera de Educación,LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/19.414/09)

Consejería de SanidadORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA ANTIDROGA

DE LA COMUNIDAD DE MADRID

2074 ACUERDO de 30 de octubre de 2008, del Consejo de Ad-ministración, por el que se delega la competencia para laresolución y concesión de los Premios de Investigación enPrevención de Drogodependencias de la Agencia Antidro-ga para el año 2009.

De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-

Universidad de Alcalá

2075 ACUERDO de 28 de mayo de 2009, del Consejo de Go-bierno, por el que se introducen cambios en la composi-ción de la Mesa de Contratación.

Se incorpora como miembro vocal titular de la Mesa de Contra-tación don José Antonio Gonzalo Angulo, en su calidad de Delega-do del Rector para la Dirección del OTACI, en sustitución de donIgnacio Santiuste Espigares. Asimismo, se incorpora como miem-bro vocal suplente don Alejandro Larriba Díaz-Zorita, en su calidadde Delegado del Rector para la Dirección del OTACI, en sustitu-ción de doña Sara López Martín.

En Alcalá de Henares, a 28 de mayo de 2009.—El Gerente (Reso-lución de 1 de julio de 2008, del Rector de la Universidad de Alcalá,BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 167, de 15de julio de 2008), Luis J. Mediero Oslé.

(03/19.048/09)

Universidad de Alcalá

2076 RESOLUCION de 21 de mayo de 2009, por la que se publicael plan de estudios de Graduado en Ciencias Ambientales.

Obtenida la verificación del plan de estudios por el Consejo deUniversidades, previo informe positivo de la Agencia Nacional deEvaluación de la Calidad y Acreditación, y acordado el carácter ofi-cial del título por Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de agostode 2008 (publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 26 de sep-tiembre de 2008, por Resolución del Secretario de Estado de Uni-versidades de 24 de septiembre de 2008), este Rectorado ha resuel-to publicar el plan de estudios conducente a la obtención del títulode Graduado en Ciencias Ambientales, que quedará estructurado se-gún consta en el Anexo de esta Resolución.

Alcalá de Henares, a 21 de mayo de 2009.—El Rector, VirgilioZapatero Gómez.

ANEXOUNIVERSIDAD DE ALCALÁ

Plan de estudios conducente al título de Graduadoen Ciencias Ambientales (Rama de Ciencias)

Real Decreto 1393/2007. Anexo I, apartado 5.1. Estructura de lasEnseñanzas.

1. Distribución en créditos ECTS de las materias que constitu-yen el plan de estudios.

ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 11de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la AdministraciónInstitucional de la Comunidad de Madrid, en relación con el artícu-lo 7.1.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Co-munidad de Madrid, el Consejo de Administración de la AgenciaAntidroga de la Comunidad de Madrid, en su reunión ordinaria deldía 30 de octubre de 2008,

ACUERDA

Delegar en la ilustrísima señora Directora-Gerente de la AgenciaAntidroga la competencia para la resolución y concesión de los Pre-mios de Investigación en Prevención de Drogodependencias de laAgencia Antidroga para el año 2009.

Madrid, a 30 de octubre de 2008.—El Secretario del Consejo deAdministración de la Agencia Antidroga, Carlos Comas Lumbreras.

(03/20.508/09)

Tipo de materia Créditos Formación Básica 60 Obligatorias 120 Optativas 48 Trabajo fin de Grado 12 Total 240

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 105

2. Créditos de Formación Básica. Distribución en materias.

Rama de Conocimiento

Materia(RD 1393/2007 de

29 de octubre)

Asignaturasvinculadas ECTS Curso

Biología Bioquímica 6 1 Biología Microbiología 6 1

Física Física 8 1 Geología Geología 8 1

Matemáticas Matemáticas 8 1

Ciencias

Química Química 8 1

CienciasSociales y Jurídicas

Geografía Población, Territorio y

MedioAmbiente

8 1

Otras materias de carácter

básico

Técnicasaplicadas al trabajo de

campo

8 2

Total créditos ECTS

60

3. Estructura de las enseñanzas a tiempo completo.

Denominación de la asignatura CréditosECTS

Organización temporal Carácter

PRIMER CURSO Bioquímica 6 1º cuatrimestre FB Matemáticas 8 1º cuatrimestre FB Población, Territorio y Medio Ambiente 8 1º cuatrimestre FB Química 8 1º cuatrimestre FB Física 8 2º cuatrimestre FB Geología 8 2º cuatrimestre FB Microbiología 6 2º cuatrimestre FB Tecnologías de la Información Geográfica 8 2º cuatrimestre OB

SEGUNDO CURSO Administración y Legislación Ambiental 8 1º cuatrimestre OB Edafología 6 1º cuatrimestre OB Estadística 6 1º cuatrimestre OB Fundamentos de Botánica y Zoología 10 1º cuatrimestre OB Técnicas Aplicadas al Trabajo de Campo 8 2º cuatrimestre FB Ecología 10 2º cuatrimestre OB Economía Ambiental 6 2º cuatrimestre OB Toxicología Ambiental y Salud Pública 6 2º cuatrimestre OB

TERCER CURSO Hidrología e Hidrogeología 10 1º cuatrimestre OB Meteorología, Climatología y Contaminación Atmosférica

10 1º cuatrimestre OB

Ordenación del Territorio: Medio Físico y Humano

10 1º cuatrimestre OB

Auditoría Ambiental 6 2º cuatrimestre OB Evaluación del Impacto Ambiental 8 2º cuatrimestre OB Gestión y Conservación de Recursos Naturales

10 2º cuatrimestre OB

Organización y Gestión de Proyectos 6 2º cuatrimestre OB

CUARTO CURSO Materias transversales y optativas / Prácticas Externas

30 1º cuatrimestre OP

Materias transversales y optativas / Prácticas Externas

18 2º cuatrimestre OP

Trabajo Fin de Grado 12 2º cuatrimestre OB

FB: Materia de Formación Básica OB: Materia Obligatoria OP: Materia optativa

4. Materias optativas.

MATERIAS OPTATIVAS CRÉDITOS A CURSAR

Conocimientos Complementarios en Ciencias Ambientales 36 (máximo) Prácticas Externas 18 (máximo) Materias transversales 12 Total créditos optativos 48

(03/18.635/09)

D) Anuncios

Consejería de Presidencia, Justicia e InteriorCorrección de errores de la Resolución de 30 de abril de 2009, por

la que se hace pública la adjudicación definitiva del contrato deservicios titulado “Vigilancia de las instalaciones del parque dePolvoranca”.

Apreciado error tipográfico en la publicación de la citada Resolu-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núme-ro 141, correspondiente al día 16 de junio de 2009, páginas 29 y 30(número de inserción 03/16.949/09), se procede a su corrección enlos siguientes términos:

En la página 30, primera columna, párrafo tercero:Donde dice: “Presupuesto prorrateado, 237.049,77 euros...”.Debe decir: “Precio prorrateado, 237.049,77 euros...”.

(03/20.534/09)

Consejería de Presidencia, Justicia e InteriorNotificación de 19 de mayo de 2009, de la Orden de sanción de fe-

cha 14 de mayo de 2009, de la Consejería de Presidencia, Justiciae Interior, por la que se pone fin al expediente sancionador núme-ro 08S/0087, por infracción en materia de espectáculos públicosy actividades recreativas.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domiciliode su destinatario, por medio de la presente se pone en conocimien-to del mismo, en relación al procedimiento de referencia, que en estaDirección General de Seguridad e Interior se sigue expediente en elcual se ha dictado trámite que en este acto se notifica.

Requerido y último domicilio: Mihaela Sfectu. Calle Luis Fer-nández de Urosa, número 1, C, de La Cabrera.

Expediente: 08S/0087.Objeto del requerimiento: Orden de sanción.

Procede ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictosdel Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en elapartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado”del 27 de noviembre de 1992), en concordancia con lo dispuesto porel artículo 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por con-siderar esta Dirección General de Seguridad e Interior que la publi-cación íntegra de la Resolución lesiona los derechos o intereses le-gítimos de los interesados.

Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa el interesa-do podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que ha dic-tado este acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguientea la publicación de la misma, conforme a lo establecido en el artícu-lo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, o interponer directamente el recurso contencioso-admi-nistrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo corres-pondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguientea la notificación de este acto, conforme a los artículos 8, 10 y 46 de

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 106 B.O.C.M. Núm. 146

la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Con-tencioso-Administrativa.

Asimismo, pueden retirar el original del acto que se notifica en lasoficinas del Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreati-vas de la Dirección General de Seguridad e Interior de la Comuni-dad de Madrid, sitas en Gran Vía, número 18, cuarta planta, 28013Madrid, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas.

Madrid, a 19 de mayo de 2009.—El Jefe del Área de Espectácu-los Públicos y Actividades Recreativas, Borja Mayor Barba.

(03/18.624/09)

Consejería de Presidencia, Justicia e InteriorNotificación de 21 de mayo de 2009, de la Orden de sanción de fe-

cha 15 de abril de 2009, de la Consejería de Presidencia, Justiciae Interior, por la que se pone fin al expediente sancionador núme-ro 08S/0121, por infracción en materia de espectáculos públicosy actividades recreativas.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domiciliode su destinatario, por medio de la presente se pone en conocimien-to del mismo, en relación al procedimiento de referencia, que en estaDirección General de Seguridad e Interior se sigue expediente en elcual se ha dictado trámite que en este acto se notifica.

Requerida y último domicilio: “Chais Hostelería, Sociedad Limi-tada”. Calle Monte Olivetti, número 1, 8, con vuelta a calle Bustos,P-2, de Madrid.

Expediente: 08S/0121.Objeto del requerimiento: Orden de sanción.

Procede ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictosdel Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en elapartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado”del 27 de noviembre de 1992), en concordancia con lo dispuesto porel artículo 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por con-siderar esta Dirección General de Seguridad e Interior que la publi-cación íntegra de la Resolución lesiona los derechos o intereses le-gítimos de los interesados.

Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa el interesa-do podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que ha dic-tado este acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguientea la publicación de la misma, conforme a lo establecido en el artícu-lo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, o interponer directamente el recurso contencioso-admi-nistrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo corres-pondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguientea la notificación de este acto, conforme a los artículos 8, 10 y 46 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Con-tencioso-Administrativa.

Asimismo, pueden retirar el original del acto que se notifica en lasoficinas del Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreati-vas de la Dirección General de Seguridad e Interior de la Comuni-dad de Madrid, sitas en Gran Vía, número 18, cuarta planta, 28013Madrid, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas.

Madrid, a 21 de mayo de 2009.—El Jefe del Área de Espectácu-los Públicos y Actividades Recreativas, Borja Mayor Barba.

(03/18.625/09)

Consejería de Presidencia, Justicia e InteriorNotificación de 21 de mayo de 2009, de la Providencia de Inicio de

fecha 13 de abril de 2009, del expediente sancionador núme-ro 09S/0028, de la Dirección General de Seguridad e Interior, porinfracción en materia de espectáculos públicos y actividades re-creativas.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domiciliodel destinatario de la Providencia de Inicio del expediente sanciona-dor en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas,que se relaciona en Anexo Único.

Procede ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictosdel Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en elapartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado”del 27 de noviembre).

Lo que se comunica al interesado, el cual dispone de un plazo dequince días, a partir del día siguiente de la publicación de la presen-te notificación, para alegar y presentar los documentos y justifica-ciones que estime procedentes en defensa de sus derechos, dispo-niendo, asimismo, del derecho a la vista del expediente de referenciaen las oficinas del Área de Espectáculos Públicos y Actividades Re-creativas de la Dirección General de Seguridad e Interior, sito enGran Vía, número 18, cuarta planta, de Madrid, pudiendo retirar eloriginal del acto que se notifica en la citada dirección de lunes a vier-nes, de nueve a catorce horas.

Madrid, a 21 de mayo de 2009.—El Jefe del Área de Espectácu-los Públicos y Actividades Recreativas, Borja Mayor Barba.

ANEXO ÚNICO

Acto que se notifica: Providencia de Inicio.Infractora: “Castellana 95, Sociedad Limitada”.Procedimiento número 09S/0028.Instructor designado: Don Luis Martín Moreno.Competencia: Es competente para resolver el presente proce-

dimiento sancionador el excelentísimo señor Consejero de Presiden-cia, Justicia e Interior, en virtud del artículo 43.5 de la Ley 17/1997,de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas,de conformidad con el artículo 1.2 del Decreto 25/2008, de 10 deabril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejeríade Presidencia e Interior, en relación con los artículos 1 y 3 del De-creto 77/2008, de 3 de julio, por el que se establece el número y de-nominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y con elartículo 2.7 del Decreto 102/2008, de 17 de julio, por el que se mo-difican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algu-nas Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Por Orden de 3 de septiembre de 2008, de la Consejería de Presi-dencia, Justicia e Interior (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID número 222, de 17 de septiembre), se delega en el titular dela Dirección General de Seguridad e Interior, la Resolución de ex-pedientes sancionadores por infracciones muy graves, prevista en elartículo 43.5 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Pú-blicos y Actividades Recreativas.

(03/18.626/09)

Consejería de Presidencia, Justicia e InteriorNotificación de 21 de mayo de 2009, de la Propuesta de Resolución

de fecha 25 de marzo de 2009, del expediente sancionador núme-ro 08S/0140, de la Dirección General de Seguridad e Interior, porinfracción en materia de espectáculos públicos y actividades re-creativas.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domiciliode su destinatario de la Propuesta de Resolución del expediente san-cionador en materia de espectáculos públicos y actividades recreati-vas, que se relaciona en Anexo Único.

Procede ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictosdel Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en elapartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado”del 27 de noviembre).

Lo que se comunica al interesado, el cual dispone de un plazo dequince días, a partir del día siguiente de la publicación de la presen-te notificación, para alegar y presentar los documentos y justifica-

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 107

ciones que estime procedentes en defensa de sus derechos, dispo-niendo, asimismo, del derecho a la vista del expediente de referen-cia en las oficinas del Área de Espectáculos Públicos y ActividadesRecreativas de la Dirección General de Seguridad e Interior, sito enGran Vía, número 18, cuarta planta, de Madrid, pudiendo retirar eloriginal del acto que se notifica en la citada dirección de lunes a vier-nes, de nueve a catorce horas.

Madrid, a 21 de mayo de 2009.—El Jefe del Área de Espectácu-los Públicos y Actividades Recreativas, Borja Mayor Barba.

ANEXO ÚNICO

Acto que se notifica: Propuesta de Resolución.Infractora: “Calzados Hispano B & R, Sociedad Limitada”.Procedimiento número 08S/0140.Instructor designado: Don Luis Martín Moreno.Competencia: Es competente para resolver el presente proce-

dimiento sancionador el excelentísimo señor Consejero de Presiden-cia, Justicia e Interior, en virtud del artículo 43.5 de la Ley 17/1997,de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas,de conformidad con el artículo 1.2 del Decreto 25/2008, de 10 deabril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejeríade Presidencia e Interior, en relación con los artículos 1 y 3 del De-creto 77/2008, de 3 de julio, por el que se establece el número y de-nominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y con elartículo 2.7 del Decreto 102/2008, de 17 de julio, por el que se mo-difican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algu-nas Consejerías de la Comunidad de Madrid.

(03/18.623/09)

Consejería de Presidencia, Justicia e InteriorNotificación de 25 de mayo de 2009, de la Resolución de 22 de abril

de 2009, de la Dirección General de Seguridad e Interior, por laque se impone a don Adolfo Castán González la sanción que seexpresa en el expediente sancionador número 08T/055, por in-fracción en materia de espectáculos taurinos.

Siendo imposible la práctica de la notificación en el domicilio desu destinatario al resultar desconocido, por medio de la presente sepone en conocimiento de la persona a continuación reseñada, en re-lación al procedimiento de referencia, que en esta Dirección Gene-ral de Seguridad e Interior se sigue expediente en el cual se ha dic-tado trámite que en este acto se notifica.

Requerido y último domicilio: Don Adolfo Castán González, conDNI número 2467882-M. Calle Valdebernardo, número 45, prime-ro C, 28030 Madrid.

Expediente número: 08T/055.Objeto del requerimiento: Resolución sancionadora.Procede ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-

MUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictosdel Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en elapartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27de noviembre), en concordancia con lo dispuesto por el artículo 61de la citada Ley 30/1992, por considerar esta Dirección General deSeguridad e Interior que la publicación íntegra de la Resolución le-siona los derechos o intereses legítimos de los interesados.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, el in-teresado podrá interponer recurso potestativo de reposición ante elórgano que dictó el acto en el plazo de un mes, a contar desde el díasiguiente a la publicación de la misma, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 58.2 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, o bien interponer directamente el re-curso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el díasiguiente a la notificación de este acto, conforme a lo dispuesto enlos artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Regulado-ra de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio depoder ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime proce-dente.

Asimismo, puede retirar el original del acto que se notifica en lasoficinas del Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreati-vas de la Dirección General de Seguridad e Interior de la Comuni-dad de Madrid, sita en Gran Vía, número 18, cuarta planta, 28013Madrid, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas.

Madrid, a 25 de mayo de 2009.—El Jefe del Área de Espectácu-los Públicos y Actividades Recreativas, Borja Mayor Barba.

(03/18.627/09)

Consejería de Economía y HaciendaResolución de 21 de mayo de 2009, de la Dirección General de Co-

mercio, por la que se anuncia la Resolución de procedimientosancionador por infracción en materia de comercio (expedientenúmero 11L/2009).Habiéndose procedido por esta Dirección General de Comercio a

la Resolución de procedimiento sancionador por infracción en ma-teria de comercio e intentada sin efecto la práctica de las notificacio-nes en el domicilio de su destinatario, he resuelto ordenar su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así comosu inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que correspon-da, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifi-ca en el Anexo Único.

Madrid, a 21 de mayo de 2009.—La Directora General de Comer-cio, Carmen Cárdeno Pardo.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓNDE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

Resolución contra la que podrá interponer recurso de alzada antela Consejería de Economía y Hacienda en el plazo de un mes desdeel día siguiente a la notificación de la presente, sin perjuicio de cuan-tos otros recursos estime oportuno deducir. Todo ello conforme a lodispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común.

Los plazos indicados se contarán a partir del día siguiente al de lapublicación del presente anuncio.

Lo que se comunica a los interesados indicados, a los efectos delo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado”de 27 de noviembre de 1992), en concordancia con lo dispuesto porel artículo 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por con-siderar que la publicación íntegra de la Resolución lesiona los dere-chos o intereses legítimos de dichos interesados.

Expediente: 11L/2009.Imputado: Ediciones del Coleccionista.NIF/CIF: B-84614452.Domicilio: Calle Doctor Marañón, número 2, Pozuelo de Alarcón

(Madrid).Sanción: 3.005,07 euros.

(01/2.135/09)

Consejería de SanidadResolución de 12 de junio de 2009, por la que se hace público el

cambio de la fecha de apertura de ofertas de diversos procedi-mientos de adjudicación de contratos de suministros con destinoal Servicio de Urgencias del Hospital Clínico “San Carlos” con-vocados por la Consejería de Sanidad.Convocado mediante Resolución de 4 de mayo de esta Secretaría

General Técnica procedimiento abierto para la adjudicación de lossiguientes contratos:

— 10/2009. «Adquisición de equipos de monitorización destinadosal Servicio de Urgencias del Hospital Clínico “San Carlos”».

— 13/2009. «Adquisición de diverso equipamiento electromédi-co destinado al Servicio de Urgencias del Hospital Clínico“San Carlos”. 5 lotes».

Page 104: I. COMUNIDAD DE MADRID · 2009. 6. 22. · Madrid, a 15 de junio de 2009. La Presidenta, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/20.595/09) Consejería de Educación 2044 ORDEN 2694/2009,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 108 B.O.C.M. Núm. 146

Consejería de SanidadORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA ANTIDROGA

DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Notificación de 5 de junio de 2009, por la que se procede a citar alos interesados en los expedientes relacionados en el Anexo ad-junto, para que comparezcan ante las dependencias administrati-vas del citado organismo, a efectos de notificación de requeri-mientos de pago correspondientes a expedientes sancionadoresen materia de aplicación de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobreDrogodependencias y otros Trastornos Adictivos, que se relacio-nan en el Anexo adjunto.

Por medio de la presente notificación se pone en conocimiento delas personas a continuación reseñadas, en relación a los procedi-mientos de referencia, que por parte del Organismo AutónomoAgencia Antidroga de la Comunidad de Madrid se sigue expedien-te en el que se ha dictado el trámite que en este acto se notifica.

ANEXO

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del reque-rimiento

Manuel Alejandro Majolero Sánchez. Sector Embarcaciones, 21,28760 Tres Cantos (Madrid). — AC/09/0001483 (ER). — Resolu-ción del expediente sancionador y notificación de emplazamientopara el cumplimiento de la medida de prestación en beneficio de lacomunidad, consistente en la asistencia a las jornadas formativasque se mencionan a continuación en materia de prevención de lasdrogodependencias, en las oficinas de la Agencia Antidroga, sita enla calle Julián Camarillo, número 4b, primera planta, de Madrid,el 19 de noviembre de 2009, en horario comprendido entre las die-ciocho y las veinte.

Juan Ignacio Fraguas del Pozo. Alcocer, 22, cuarto C, 28041 Ma-drid. — AC/09/0001585 (AR). — Resolución del expediente san-cionador y notificación de emplazamiento para el cumplimiento dela medida de prestación en beneficio de la comunidad, consistenteen la asistencia a las jornadas formativas que se mencionan a conti-nuación en materia de prevención de las drogodependencias, en lasoficinas de la Agencia Antidroga, sita en la calle Julián Camarillo,número 4b, primera planta, de Madrid, el 19 de noviembre de 2009,en horario comprendido entre las dieciséis y las dieciocho.

Sergio Clemente Vivo. Hacienda de Pavones, 9, cuarto A, 28030Madrid. — AC/09/0001600 (AR). — Resolución del expedientesancionador y notificación de emplazamiento para el cumplimientode la medida de prestación en beneficio de la comunidad, consisten-te en la asistencia a las jornadas formativas que se mencionan a con-tinuación en materia de prevención de las drogodependencias, en lasoficinas de la Agencia Antidroga, sita en la calle Julián Camarillo,número 4b, primera planta, de Madrid, el 19 de noviembre de 2009,en horario comprendido entre las dieciséis y las dieciocho.

Juan Antonio Moreno García. Hacienda de Pavones, 109, terce-ro C, 28030 Madrid. — AC/09/0001626 (LF). — Resolución del ex-pediente sancionador y notificación de emplazamiento para el cum-plimiento de la medida de prestación en beneficio de la comunidad,consistente en la asistencia a las jornadas formativas que se mencio-nan a continuación en materia de prevención de las drogodependen-cias, en las oficinas de la Agencia Antidroga, sita en la calle Julián Ca-marillo, número 4b, primera planta, de Madrid, el 19 de noviembrede 2009, en horario comprendido entre las dieciséis y las dieciocho.

Luis Frodroso Cuns. Cartagena, 24, segundo G, 28028 Ma-drid. — AC/09/0001644 (LF). — Resolución del expediente sancio-nador y notificación de emplazamiento para el cumplimiento de lamedida de prestación en beneficio de la comunidad, consistente enla asistencia a las jornadas formativas que se mencionan a continua-ción en materia de prevención de las drogodependencias, en las ofi-cinas de la Agencia Antidroga, sita en la calle Julián Camarillo, nú-mero 4b, primera planta, de Madrid, el 19 de noviembre de 2009, enhorario comprendido entre las dieciséis y las dieciocho.

Fernando Herranz López. Escuelas Católicas, 28230 Madrid. —AC/09/0001737 (JC). — Resolución del expediente sancionador ynotificación de emplazamiento para el cumplimiento de la medidade prestación en beneficio de la comunidad, consistente en la asis-tencia a las jornadas formativas que se mencionan a continuación enmateria de prevención de las drogodependencias, en las oficinas dela Agencia Antidroga, sita en la calle Julián Camarillo, número 4b,primera planta, de Madrid, el 23 de noviembre de 2009, en horariocomprendido entre las dieciocho y las veinte.

José María Moradillo Acerete. Gabriela Mistral, 6, 28035 Ma-drid. — AC/09/0001775 (AM). — Resolución del expediente san-cionador y notificación de emplazamiento para el cumplimiento dela medida de prestación en beneficio de la comunidad, consistenteen la asistencia a las jornadas formativas que se mencionan a conti-nuación en materia de prevención de las drogodependencias, en lasoficinas de la Agencia Antidroga, sita en la calle Julián Camarillo,número 4b, primera planta, de Madrid, el 26 de noviembre de 2009,en horario comprendido entre las dieciséis y las dieciocho.

Alexis Leónidas Intriago. Antonio Grillo, 9, 28015 Madrid. —AC/09/0001798 (AR). — Resolución del expediente sancionador ynotificación de emplazamiento para el cumplimiento de la medidade prestación en beneficio de la comunidad, consistente en la asis-tencia a las jornadas formativas que se mencionan a continuación enmateria de prevención de las drogodependencias, en las oficinas dela Agencia Antidroga, sita en la calle Julián Camarillo, número 4b,primera planta, de Madrid, el 26 de noviembre de 2009, en horariocomprendido entre las dieciséis y las dieciocho.

David Alejandro Maseda Herández. Tomillar, 28, 28260 Galapa-gar (Madrid). — AC/09/0001840 (LF). — Resolución del expedien-te sancionador y notificación de emplazamiento para el cumplimien-to de la medida de prestación en beneficio de la comunidad,consistente en la asistencia a las jornadas formativas que se mencio-nan a continuación en materia de prevención de las drogodependen-cias, en las oficinas de la Agencia Antidroga, sita en la calle JuliánCamarillo, número 4b, primera planta, de Madrid, el 26 de noviem-bre de 2009, en horario comprendido entre las dieciocho y las veinte.

Sara Muñoz Reclusa. Valdesangil, 37, B A, 28039 Madrid. —AC/09/0001861 (MA). — Resolución del expediente sancionador ynotificación de emplazamiento para el cumplimiento de la medidade prestación en beneficio de la comunidad, consistente en la asis-tencia a las jornadas formativas que se mencionan a continuación enmateria de prevención de las drogodependencias, en las oficinas dela Agencia Antidroga, sita en la calle Julián Camarillo, número 4b,primera planta, de Madrid, el 26 de noviembre de 2009, en horariocomprendido entre las dieciocho y las veinte.

Lo que se comunica a los interesados indicados, a efectos de loprevisto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado”de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero, que la modifica (“Boletín Oficial delEstado” de 14 de enero de 1999), en concordancia con lo dispuestopor el artículo 61 del mismo texto legal, por considerar esta Agen-cia Antidroga que la publicación íntegra de las resoluciones lesionalos derechos o intereses legítimos de dichos titulares.

— 14/2009. «Adquisición de diverso equipamiento de ORL y gi-necología destinado al Servicio de Urgencia del Hospital Clí-nico “San Carlos”. 6 lotes».

— 15/2009. «Adquisición de diversos equipos para soporte vitaldestinados al Servicio de Urgencias del Hospital Clínico “SanCarlos”. 3 lotes».

— 16/2009. «Adquisición de diverso equipamiento de oftalmo-logía destinado al Servicio de Urgencias del Hospital Clínico“San Carlos”. 4 lotes».

Publicada la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID número 119, de 21 de mayo, se fijó para el día 15de junio la fecha de apertura de las ofertas.

Ante la imposibilidad de proceder a la apertura en el día fijado, setraslada esta al día 22 de junio de 2009, señalando que el acto deapertura se celebrará a las doce horas en la sede de la Consejería, ca-lle Aduana, número 29.

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 12 de junio de 2009.—La Secretaria General Técnica,

Beatriz Viana Miguel.(01/2.248/09)

Page 105: I. COMUNIDAD DE MADRID · 2009. 6. 22. · Madrid, a 15 de junio de 2009. La Presidenta, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/20.595/09) Consejería de Educación 2044 ORDEN 2694/2009,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 109

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra lamisma podrá interponerse, con carácter postestativo, recurso de re-posición, en el plazo de un mes, ante el mismo Órgano que la ha dic-tado; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en elplazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Adminis-trativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente ala recepción de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquierotro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello confor-me a lo dispuesto en los artículos 13.4, 116 y 117 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Ofi-cial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), de acuer-do a la redacción efectuada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que lamodifica (“Boletín Oficial del Estado” número 12, de 14 de enerode 1999), y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Ju-risdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado”número 167, de 14 de julio); teniendo a su disposición el expedientede referencia dentro del citado plazo en las oficinas del OrganismoAutónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, sitas enla calle Julián Camarillo, número 4b, tercera planta, de Madrid.

Madrid, a 5 de junio de 2009.—La Directora-Gerente de la Agen-cia Antidroga, Almudena Pérez Hernando.

(03/19.535/09)

Consejería de SanidadHOSPITAL UNIVERSITARIO “LA PAZ”

Resolución de 10 de junio de 2009, de la Dirección-Gerencia, por laque se modifica la fecha de apertura de las ofertas económicas delprocedimiento abierto 5/09, para el servicio de archivo, depósitoy gestión de documentación administrativa y confidencial delHULP.

En relación al anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 3 de abril de 2009, al no haber sido po-sible realizar la apertura de las ofertas económicas, se indica la nue-va fecha de apertura de las ofertas económicas, siendo esta el 24 dejunio de 2009, a las nueve y treinta horas.

Madrid, a 10 de junio de 2009.—El Director-Gerente, Rafael Pé-rez-Santamarina Feijoo, PA, la Directora de Gestión, Alicia PortasMartínez.

(01/2.247/09)

Consejería de SanidadHOSPITAL UNIVERSITARIO “12 DE OCTUBRE”

Resolución de 3 de junio de 2009, de la Gerencia, por la que se anun-cia procedimiento abierto con pluralidad de criterios para la con-tratación del suministro 2009-0-34, de medias antiembólicas dediferentes medidas para el Hospital Universitario “12 de Octubre”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud, Hospital Universi-

tario “12 de Octubre”.b) Dependencia que tramite el expediente: Unidad de Contrata-

ción Administrativa, Hospital Universitario “12 de Octubre”.c) Número de expediente: 2009-0-34.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Medias antiembólicas de diferentes

medidas para el Hospital Universitario “12 de Octubre”.b) División por lotes y número: Un único lote.c) Lugar de entrega: Ver Pliegos.d) Plazo de entrega: Ver Pliegos.3. Tramitación, procedimiento y criterios de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Adjudicación: Pluralidad de criterios.

4. Presupuesto base de licitación. Importe total euros:— Base imponible: 211.932 euros.— Importe del IVA: 14.835,24 euros.— Importe total: 226.767,24 euros.— Valor estimado del contrato (artículo 76 LCSP): 423.864 euros.5. Garantía provisional: No procede.6. Obtención de información:a) Entidad: Hospital Universitario “12 de Octubre”, Unidad de

Contratación, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, yen la página web del Hospital Universitario “12 de Octubre”.

b) Domicilio: Avenida de Córdoba, sin número.c) Localidad y código postal: 28041 Madrid.d) Teléfonos: 913 908 591/913 908 552.e) Fax: 913 908 181.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 8 de

julio de 2009.7. Requisitos específicos del contratista: Los especificados en

los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.a) Solvencia económica y financiera [artículo 64.c)]: Ver

Pliegos.b) Solvencia técnica [artículo 66.a)]: Ver Pliegos.8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participa-

ción:a) Fecha límite de presentación: 20 de julio de 2009.b) Documentación a presentar: La establecida en el Pliego de

Cláusulas Administrativas.c) Lugar de presentación:

1. Entidad: Registro General del Hospital Universitario“12 de Octubre”, hasta las catorce horas (excepto sába-dos), o por correo certificado.

2. Domicilio: Avenida de Córdoba, sin número.3. Localidad y código postal: 28041 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses contados a partir de la apertura de lasproposiciones económicas.

e) Admisión de variantes: Si procede.9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Hospital Universitario “12 de Octubre”, Sala de

Reuniones 2, planta primera, Residencia General.b) Domicilio: Avenida de Córdoba, sin número.c) Localidad y código postal: 28041 Madrid.d) Fecha: 19 de agosto de 2009.e) Hora: A las diez y quince.10. Gastos de anuncios: El importe de este anuncio será por

cuenta de los adjudicatarios.11. Fecha del envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión

Europea”: 8 de junio de 2009.12. Portal informático o página web donde figuren las informa-

ciones relativas a la convocatoria o donde pueden obtenerse los Plie-gos: http://madrid.org/contratospublicos y en la web del HospitalUniversitario “12 de Octubre”.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—El Director-Gerente del Hos-pital Universitario “12 de Octubre”, Joaquín Martínez Hernández.

(01/2.183/09)

Consejería de SanidadHOSPITAL UNIVERSITARIO DE “LA PRINCESA”

Resolución de 8 de junio de 2009, de la Dirección-Gerencia, por laque se hace pública la convocatoria del procedimiento abierto conpluralidad de criterios para la adjudicación del contrato titulado“Suministro de reactivos y material necesario para la automatiza-ción de técnicas histológicas”, para el Hospital Universitario de“La Princesa”, de Madrid.1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud (Hospital Universi-

tario de “La Princesa”).b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Logística.c) Número de expediente: PA 35/2009 HUP.

Page 106: I. COMUNIDAD DE MADRID · 2009. 6. 22. · Madrid, a 15 de junio de 2009. La Presidenta, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/20.595/09) Consejería de Educación 2044 ORDEN 2694/2009,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 110 B.O.C.M. Núm. 146

2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Suministro de reactivos y material ne-

cesario para la automatización de técnicas histológicas para elHospital Universitario de “La Princesa”, de Madrid.

b) División por lotes y número: Ver Pliego de Cláusulas Admi-nistrativas.

c) Lugar de ejecución: Ver Pliego de Cláusulas Administrativas.d) Plazo de ejecución: Veinticuatro meses.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación anticipada: No.b) Tramitación: Ordinaria.c) Procedimiento: Abierto con pluralidad de criterios.4. Presupuesto base de licitación:— IVA excluido: 119.158,88 euros.— Importe IVA: 8.341,12 euros.— Importe total: 127.500 euros.5. Garantía provisional: 3 por 100 del importe de licitación,

excluido el IVA.6. Obtención de documentación e información: Ver punto 8.Dirección de Internet: www.madrid.org/contratospublicos7. Requisitos específicos del contratista:— Solvencia económica y financiera: Ver Pliego de Condiciones.— Solvencia técnica: Ver Pliego de Condiciones.8. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: En el plazo de quince días natura-

les contados a partir del día siguiente a su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si el último díade presentación de proposiciones o el día de celebración de laMesa de Contratación fuera sábado o inhábil, el correspondien-te plazo de presentación de plicas o realización del acto de aper-tura de proposiciones se llevará a cabo el día siguiente hábil.

b) Documentación a presentar: La exigida en la cláusula 11 delPliego de Cláusulas Administrativas.

c) Lugar de presentación: Registro del Hospital Universitario de“La Princesa”, en horario de nueve a trece.Hospital Universitario de “La Princesa”.Calle Diego de León, número 62, 28006 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses a contar desde el día de la apertura delas ofertas.

e) Admisión de variantes: No.9. Apertura de ofertas:a) Entidad: Hospital Universitario de “La Princesa”.b) Domicilio: Calle Diego de León, número 62.c) Localidad: 28006 Madrid.d) Fecha: El tercer lunes contado a partir de diez días naturales

desde su vencimiento. Se publicará en el Perfil del Contratan-te con antelación suficiente.

e) Hora: A partir de las diez.10. Otras informaciones: http://www.madrid.org/cs/Satellite?

cid=1142404472855&language=es&pagename=HospitalLaPrincesa%2FPage%2FHPRI_contenidoFinal

11. Gastos de anuncios: A cuenta del adjudicatario.12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión

Europea”: No procede.Madrid, a 8 de junio de 2009.—El Director-Gerente, Miguel Ángel

Andrés Molinero.(01/2.223/09)

Consejería de SanidadHOSPITAL UNIVERSITARIO DE “LA PRINCESA”

Fundación de Investigación Biomédica

Resolución de 23 de abril de 2009, del Presidente de la Fundación deInvestigación Biomédica del Hospital Universitario “La Prince-sa”, por la que se anuncia procedimiento abierto con pluralidad decriterios para la contratación del suministro siguiente: “Equipo decuantificación de fármacos” para el Servicio de Farmacología delHospital Universitario “La Princesa”.

1. Entidad adjudicadora:

a) Entidad: Fundación de Investigación Biomédica del HospitalUniversitario “La Princesa”.

b) Número de expediente: PAAPC-01/09.

2. Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: Equipo de cuantificación de fármacos.b) División por lotes y número: Ver Pliego de Cláusulas Admi-

nistrativas.c) Lugar de ejecución: Ver Pliego de Cláusulas Administrativas.d) Plazo de ejecución: Antes del 28 de septiembre de 2009.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto con pluralidad de criterios.

4. Presupuesto base de licitación (IVA excluido): 137.504,16euros.

— Importe del IVA: 22.000,66 euros.— Importe total: 159.504,82 euros.

5. Garantía provisional: No procede.6. Obtención de documentación e información (ver punto 8).Dirección de Internet: www.madrid.org/contratospublicos7. Requisitos específicos del contratista:

— Solvencia económica y financiera: Ver Pliego de Condiciones.— Solvencia técnica: Ver Pliego de Condiciones.

8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:

a) Fecha límite de presentación: En los quince días siguientes ala publicación del anuncio en el Portal de Contratación de laComunidad de Madrid.

b) Documentación a presentar: La establecida en el Pliego deCláusulas Administrativas.

c) Lugar de presentación: Fundación de Investigación Biomédi-ca del Hospital Universitario “La Princesa”, de lunes a vier-nes, de ocho a quince horas:

1. Domicilio: Calle Diego de León, número 62, primeraplanta.

2. Localidad y código postal: 28006 Madrid.3. Teléfono: 915 202 476.4. Fax: 915 202 560.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses a contar desde el día de la apertura deofertas.

e) Admisión de variantes: Sí procede.

9. Apertura de las ofertas:

a) Entidad: Fundación de Investigación Biomédica del HospitalUniversitario “La Princesa”.

b) Domicilio: Calle Diego de León, número 62. Salón de Actosdel Hospital Universitario “La Princesa”.

c) Localidad y código postal: 28006 Madrid.d) Fecha: A los veinte días naturales siguientes a la finalización

de presentación de ofertas; si ese día fuera inhábil, la apertu-ra de ofertas se realizará en el siguiente hábil.

e) Hora: A las diez.

10. Gastos de anuncios: El importe de este anuncio será porcuenta de los adjudicatarios.

Madrid, a 27 de abril de 2009.—El Presidente de la Fundación,Jorge Gómez Zamora.

(01/2.184/09)