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139 LIBRO PRIMERO 1.De los criterios en harmónica. 2.Cuál es el propósito del estudioso de la armonía. 3.Cómo se constituyen la agudeza y la gravedad en los sonidos. 4.De las notas y sus diferencias. 5.De los principios adoptados por los pitagóricos respecto a las hipótesis de las consonancias. 6.Que los pitagóricos no investigaron correctamente las causas de las con- sonancias. 7.Cómo podrían definirse más correctamente las razones de las consonan- cias. 8.De qué modo se mostrarán, sin ninguna duda, las razones de las conso- nancias por medio del canon monocorde. 9.Que los aristoxénicos miden las consonancias de forma inconveniente con los intervalos y no con las notas. 10.Que suponen, incorrectamente, la consonancia de cuarta de dos tonos y un semitono. 11.Cómo se podría mostrar, también a través de la percepción, que la octava es menor que seis tonos gracias al canon de ocho cuerdas. 12.De la división de los géneros y sus respectivos tetracordios según Aris- tóxeno. 13.De la división de los géneros y los tetracordios según Arquitas. Düring 2

III 02.1_libro Primero

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LIBRO PRIMERO

1.De los criterios en harmónica.

2.Cuál es el propósito del estudioso de la armonía.

3.Cómo se constituyen la agudeza y la gravedad en los sonidos.

4.De las notas y sus diferencias.

5.De los principios adoptados por los pitagóricos respecto a las hipótesis de

las consonancias.

6.Que los pitagóricos no investigaron correctamente las causas de las con-

sonancias.

7.Cómo podrían definirse más correctamente las razones de las consonan-

cias.

8.De qué modo se mostrarán, sin ninguna duda, las razones de las conso-

nancias por medio del canon monocorde.

9.Que los aristoxénicos miden las consonancias de forma inconveniente con

los intervalos y no con las notas.

10.Que suponen, incorrectamente, la consonancia de cuarta de dos tonos y

un semitono.

11.Cómo se podría mostrar, también a través de la percepción, que la octava

es menor que seis tonos gracias al canon de ocho cuerdas.

12.De la división de los géneros y sus respectivos tetracordios según Aris-

tóxeno.

13.De la división de los géneros y los tetracordios según Arquitas.

Düring2

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14.Demostración de que ninguna de las distinciones preserva lo realmente

melódico.

15.De la división de los tetracordios según el género, conforme a lo racional

y lo evidente.

16.Cuántos y cuáles son los géneros más familiares a los oídos.

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LIBRO I

1. De los criterios en harmónica.

La harmónica es una facultad1 que comprende las diferencias2 en torno a la

agudeza y la gravedad en los sonidos; el sonido es una afección del aire cuando es

percutido3 (lo primero y más genérico de lo audible)4; y criterios5 de armonía6 son

el oído y la razón, pero no de la misma manera7, sino que el oído8 está relacionado

con la materia y la afección, mientras que la razón lo está con la forma y la causa9,

porque también, en general, es propio de los sentidos encontrar lo cercano y aceptar

lo exacto, en tanto que de la razón, aceptar lo cercano y encontrar lo exacto10. Pues,

ya que es determinada y cumplida la materia tan sólo por la forma, y las afecciones

por las causas de los movimientos, y de ellas, aquéllas son propias de la percepción

y éstas de la razón, se sigue justamente que también las distinciones sensoriales11

son determinadas y cumplidas por las racionales, al someterles primero las diferen-

cias tomadas de forma más general, al menos en las cognoscibles por medio de la

percepción12, y al ser conducidas por ellas hacia las exactas y reconocidas.

Y esto ocurre porque la razón es simple y sin mezcla, y por ello indepen-

diente, ordenada y siempre igual en relación a las mismas cosas, mientras que la

percepción tiene que ver con la siempre mezclada y fluyente materia13; de forma

que, a causa de lo inestable de ésta14, ni la percepción de todos los hombres15 ni la

de los que permanecen siempre los mismos se observa idéntica en relación a lo que

se presenta igual. Al contrario, necesita, como de un bastón, de la corrección de la

razón. Así pues, igual que un círculo dibujado tan sólo con la vista16, parece ser a

menudo exacto, hasta que el que está construido con la razón conduce la percepción

al reconocimiento del que es en realidad exacto, así, si sólo de oído fuese aprehen-

dida una diferencia17 determinada de sonidos, a menudo parecerá inmediatamente

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que ni está falta ni sobrada de su medida; pero si se ajusta la obtenida a través de la

razón apropiada, se demostrará muchas veces que no es así, reconociendo el oído la

más exacta por comparación18, como la auténtica frente a aquélla, espuria. Y es

que, en general, juzgar algo es más fácil que hacerlo (como, por ejemplo, juzgar

una pelea que pelear, una danza que danzar, una melodía de auló que tocarlo, o un

canto19 que cantar). Ciertamente, tal inferioridad de los sentidos para reconocer lo

que es absolutamente diferente o lo que no lo es para ellos, no se desviaría mucho

de la verdad, ni tampoco para observar los excesos20 de aquellas cosas que se dife-

rencian entre sí, al menos tomadas en partes más grandes de lo que son. Pero en las

comparaciones con partes más pequeñas se acumularía más, y ya sería manifiesta

en ellas; y aún más en las divisiones mucho más pequeñas. La causa es que lo que

se desvía de la verdad, aun siendo una sola vez muy poco, cuando ha habido pocas

comparaciones, todavía no puede hacer perceptible la acumulación21 de lo exiguo,

mientras que si ha habido muchas, ya es considerable y fácilmente reconocible.

Entonces, dada una línea recta, es muy sencillo tomar una más corta o más

larga que ella con la vista, no sólo porque tal cosa se produce en una extensión, sino

porque también hay una única comparación. Y dividirla en dos o duplicarla es to-

davía sencillo, si bien no del mismo modo al producirse sólo dos comparaciones.

Tomar un tercio o triplicarla es más difícil, porque ya se combinan aquí tres ajustes

y porque, proporcionalmente, será siempre más difícil de alcanzar en los cálculos

con medidas mayores cuando tomemos por sí mismo aquello que se indaga: por

ejemplo, una séptima parte o un séptuplo, y no a través de algo más sencillo, como

en el caso de una octava parte, primero con un medio, un medio de éste y aún un

medio de éste último; o un óctuplo primero con un doble, un doble de éste y aún un

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doble de éste último. Pues ya no será la octava parte del uno o su óctuplo lo que se

ha tomado, sino las mitades o los dobles de más cosas desiguales.

Pues bien, puesto que también ocurre de manera similar con los sonidos y el

oído22, lo mismo que para los ojos es necesario algún criterio racional para aquello

por medio de instrumentos adecuados (por ejemplo, para lo recto mismo, la regla23,

y para el círculo y la medida de sus partes, el compás), del mismo modo también a

los oídos, como sirvientes24, sobre todo con los ojos, de la parte teórica del alma25 y

que contiene la razón, les es necesario algo que proceda de la razón para aquellas

cosas que no pueden, por naturaleza, juzgar con exactitud; un método26 al que los

oídos no refutarán27, sino que reconocerán como apropiado.

2.Cuál es el propósito del estudioso de la armonía28.

Pues bien, el instrumento de tal método se llama canon armónico29, que to-

ma su nombre de su significado30 común y por servir de canon de lo que en los sen-

tidos es inadecuado respecto a la verdad. El propósito del estudioso de la armonía

sería preservar en todo momento las hipótesis racionales del canon31 (de ninguna

manera en conflicto con los sentidos según la opinión de la mayoría)32, como el del

astrónomo es preservar las hipótesis de los movimientos celestes, consonantes con

sus trayectorias observadas, ya que las hipótesis mismas han sido tomadas también

a partir de fenómenos visibles y muy generales, y han encontrado, mediante la ra-

zón, lo particular tan exactamente como sea posible. Pues en todas las cosas es pro-

pio del investigador teórico y entendido mostrar que los trabajos de la naturaleza

están moldeados con una cierta razón, una causa ordenada y en absoluto de modo

azaroso, y que nada se ha llevado a cabo por aquélla de modo casual o azaroso y

sobre todo en las más bellas disposiciones33, las que alcanzan a los más racionales

sentidos, la vista y el oído34.

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Este propósito, en verdad, unos parece que no lo han atendido del todo, de-

dicándose solamente al ejercicio manual y la práctica única e irracional de la per-

cepción; otros, en cambio, excediéndose, al final, en la teoría. Éstos últimos serían

sobre todo los pitagóricos y los aristoxénicos, y ambos se equivocan. Pues los pita-

góricos, al no haber atendido a la aplicación del oído ni en los casos en que era ne-

cesario para todos, ajustaron a las diferencias entre los sonidos razones inapropia-

das absolutamente a los fenómenos, de modo que con tal criterio35 inspiraron una

desavenencia entre quienes tenían diferente opinión. Por su parte, los aristoxénicos,

dando más credibilidad a lo aprehendido a través de la percepción, se sirvieron de

la razón como de algo accesorio para el método, contra ella misma y contra el fe-

nómeno36. Contra ella, porque no ajustan los números, es decir, las imágenes de las

razones37, a las diferencias entre los sonidos, sino a los intervalos38 entre ellos; y

contra el fenómeno, porque también comparan aquéllos con divisiones inapropiadas

a las confirmaciones39 de los sentidos. Cada una de estas cosas que van a ser expli-

cadas estará clara, si lo que contribuye a la comprensión de lo siguiente es previa-

mente delimitado.

3. Cómo se constituyen la agudeza y la gravedad en los sonidos.

Así pues, si se constituye la diferencia en los sonidos40 (al igual que también

en todo lo demás) tanto en cualidad como en cantidad41, no es posible mostrar con

facilidad a qué género de los mencionados hay que referir la diferencia entre agu-

deza y gravedad, antes de haber examinado las causas42 de tal distribución, que de

alguna manera creo que son comunes también a las variaciones en las demás percu-

siones. Pues resulta, en efecto, que las afecciones43 derivadas de ellas difieren se-

gún la fuerza de lo que percute, según las disposiciones corpóreas de lo que es per-

cutido y de aquello mediante lo cual tiene lugar la percusión; y aún, según la dis-

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tancia entre lo que es percutido y el comienzo del movimiento. Pues, evidentemen-

te, siendo las demás condiciones las mismas44, cada uno de los factores menciona-

dos produce algo propio en la afección, en el caso de que él mismo varíe de alguna

forma.

La diferencia entre los sonidos según la disposición de lo que es percutido45,

o bien no se produce del todo o bien, al menos, no es perceptible, por ser así tam-

bién la variación del aire respecto a la percepción; en cuanto a la diferencia según la

fuerza de lo que percute, sería sólo causa de la magnitud y no de agudeza o de gra-

vedad46. Pues con los mismos condicionantes, no vemos que se produzca ninguna

modificación tal en los sonidos (por ejemplo cuando hablamos en voz baja o en voz

alta, o, a su vez, cuando soplamos y pulsamos un instrumento de forma más delica-

da, o más vigorosa, o más fuerte), sino solamente que lo más grande sigue a lo más

fuerte, y lo más pequeño a lo más débil.

La variación según aquello mediante lo cual tienen lugar las percusiones47,

se adquiere aquí según las disposiciones originales del cuerpo; es decir, por las que

cada cosa es rara o densa, fina o gruesa, lisa o áspera, e incluso según sus figuras48

(¿pues qué tienen en común las cualidades más afectivas –me refiero a los olores,

los sabores y los colores– con la percusión?49). Por medio de la figura produce, en

aquello que admite tal cosa (como la lengua y la boca)50, unas configuraciones51 –

como unas maneras– a los sonidos, en virtud de las cuales se acuñan vocablos de

ruidos, estrépitos, voces, griterío y muchísimos otros de tal clase; y nosotros imita-

mos cada una de las configuraciones, por tener el hombre el más racional y hábil

principio rector52. Por medio de la cualidad de la lisura o de la aspereza53 produce, a

su vez, una única cualidad, según la cual se dicen ciertos sonidos con la misma pa-

labra, lisos o ásperos, porque también éstas son cualidades en sentido propio. Por

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medio de las cualidades de la rareza o la densidad, y del grosor o la finura, produce

otras según las cuales, a su vez, decimos con la misma palabra, densos o raros,

gruesos o finos, ciertos sonidos54; e incluso de aquí, la gravedad y la agudeza55,

porque, también, al ser cada una de ellas una cualidad de las disposiciones

mencionadas, se produce según la cantidad de sustancia. Pues más denso es lo que,

en igual volumen, tiene más sustancia; y más grueso que cosas de similar

disposición, lo que en igual extensión tiene más sustancia. Producen lo más agudo,

lo más denso y lo más fino56, mientras que lo más grave lo producen lo más raro y

lo más grueso. Y aun en las demás cosas, lo más agudo se dice que es tal por ser lo

más fino, como también que lo más débil es tal por ser lo más grueso; pues percute

más compactamente lo más fino porque puede penetrar57 más rápidamente, en tanto

que lo más denso lo hace más. Y por esto el bronce58 y la cuerda producen un

sonido más agudo que la madera y el lino respectivamente, pues son más densos; y

entre bronces de similar densidad e iguales, lo hace el más fino; entre cuerdas de

similar densidad e iguales, la más delgada59; las cosas huecas, más que las sólidas;

y, a su vez, de entre las tráqueas, las más densas y más finas son las más agudas en

el tono. Y cada una de estas cosas no sucede propiamente a causa de lo denso o fino

en sí mismo, sino por la tensión60, porque a tales cosas les sucede que son más

tensas, y lo más tenso resulta más vigoroso en las percusiones: esto resulta más

compacto, y esto, más agudo.

Por ello, aun cuando resulte más tenso de algún otro modo (por ejemplo,

porque sea más duro o completamente más grande), produce un sonido más agudo,

prevaleciendo, en aquellas dos cosas en las que hay algo que produce lo mismo, el

exceso61 conforme a la otra razón, como cuando el bronce produce un sonido más

agudo que el plomo, puesto que es mucho más duro que él de lo que éste es más

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denso que aquél. Y a su vez, cualquier bronce mayor y más grueso produce un so-

nido más agudo que uno menor y más fino, cuando la razón respecto a la magnitud

es mayor que la razón respecto al grosor62. Pues el sonido es una cierta tensión63

continua del aire, que se propaga desde el aire que rodea las cosas que producen las

percusiones, hasta el del exterior; y por esto, en virtud de la fuerza con que cada

una de las cosas por las que tienen lugar las percusiones sea más tensa, resulta un

sonido menor y más agudo64.

Y por estas razones, ciertamente, parece que la diferencia entre los sonidos

respecto a lo agudo o lo grave es una cierta forma de cantidad65, y que sobre todo

tiene lugar a partir de la desigualdad de las distancias entre lo que es percutido y

aquello que percute66. Pues se constituye en la cantidad de éstas con total evidencia,

siguiendo la agudeza a las distancias más pequeñas por el vigor causado por la

proximidad, y la gravedad a las mayores por la relajación al estar más separados; de

modo que los sonidos son modificados en sentido inverso67 a las distancias68. Pues,

tal como es la distancia mayor desde el origen con respecto a la menor, resulta el

sonido procedente de la distancia menor con respecto al que procede de la mayor,

lo mismo que en las balanzas: tal como es la mayor distancia del peso respecto a la

menor, así la inclinación de la menor respecto a la de la mayor69. Y la evidencia de

esto es obvia en los sonidos producidos a través de una cierta longitud, como los de

las cuerdas, los de los aulós y los de la tráquea; pues, aun permaneciendo lo demás

invariable, en las cuerdas resultan de forma absoluta más agudos los producidos

con distancias menores entre los puentes que con distancias mayores; en los aulós,

los que suenan en los agujeros más cercanos al hifolmio70, es decir, más cerca de lo

que percute, que los que están más alejados71; y en la tráquea, los que tienen el co-

mienzo de la percusión más arriba y más cerca de lo que es percutido, que los que

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lo tienen más profundo: pues también lo que concierne a la tráquea se parece a un

cierto auló natural, diferenciándose sólo en que en los aulós, al ser fijo el lugar de la

percusión, el lugar de lo que es percutido se acerca o se aleja de lo que percute por

el recurso de los agujeros; en tanto que en la tráquea sucede lo contrario: al ser fijo

el lugar de lo que es percutido, el lugar de lo que percute se acerca o se aleja de lo

que es percutido. Nuestros principios rectores, con la música connatural, de forma

maravillosa a la vez que fácil, encuentran y adoptan, a la manera del puente de un

instrumento, los lugares en la tráquea desde los que las distancias hacia el aire exte-

rior, en proporción a los excesos entre sí mismos, llevan a término las diferencias

entre los sonidos.

4.De las notas y sus diferencias.

Así pues, quede esbozado con esto cómo se constituyen la agudeza y la gra-

vedad de un sonido, y que su forma es una cierta cantidad72. Adviértase que tam-

bién sus incrementos son infinitos en potencia, pero en realidad limitados73 (como

también lo son los de las magnitudes), y que hay dos límites para éstos: el propio de

los sonidos mismos, y el del oído; y que es mayor éste que aquél74. Pues al variar

progresivamente en sus disposiciones lo que produce los sonidos, aun cuando las

distancias entre cada uno desde el más grave al más agudo no varíen en nada consi-

derable, sin embargo sus dos límites diferirán en muchos casos bastante, unos hacia

lo más grave y otros hacia lo más agudo75. Pero el oído también percibe sonidos

más graves que el más grave, y más agudos que el más agudo, por cuanto en la fa-

bricación de instrumentos nos las ingeniamos para aumentar tales distancias76.

En efecto, siendo esto así, hay que distinguir a continuación que, de los so-

nidos, unos son iguales en tono y otros desiguales en tono77. Iguales en tono son los

que no varían respecto al tono, mientras que los desiguales en tono varían. Pues el

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así llamado “tono”78 sería un género común a la agudeza y a la gravedad, entendido

en relación a una única forma, la de tensión, como el límite es común al fin y al

comienzo. De los desiguales en tono, por su parte, unos son continuos y otros deli-

mitados79. Los continuos son los que tienen los lugares de los cambios hacia cada

dirección poco claros, o ninguna de cuyas partes es igual en tono a intervalo per-

ceptible, igual que les ocurre a los colores del arcoiris80. Tales son también los que

suenan cuando las cuerdas se tensan o se destensan81; a su vez, hacia lo más grave,

el final de los mugidos, y hacia lo más agudo, los aullidos de los lobos82. Los

delimitados, por su parte, son los que tienen claros los lugares de los cambios,

cuando sus partes permanezcan en igual tono a intervalo perceptible, como en la

distinta yuxtaposición de colores no mezclados y no confundidos. Pero aquéllos son

ajenos a la harmónica, porque en absoluto fundamentan nada como uno y lo mis-

mo83, de manera que, al contrario que lo propio de las ciencias, ni por una defini-

ción ni por una razón pueden ser aprehendidos84; en cambio éstos últimos son pro-

pios de ella, al estar definidos por los límites de las igualdades de tono y al ser

medidos mutuamente por las disposiciones de sus excesos. Y ya podríamos, en

efecto, denominar notas85 a los de tal clase, porque una nota es un sonido que

mantiene uno y un mismo tono86. Por ello también, cada una, sola, es irracional87,

pues es una e indiferenciada con respecto a sí misma, mientras que una razón es una

relación88 y ocurre entre dos números primarios89; pero en la comparación entre uno

y otro sonido, cuando son desiguales en tono, produce una cierta razón por el

exceso de cantidad, y en ellas, en efecto, se hace ya evidente lo no melódico y lo

melódico90. Son melódicas cuantas, al ser enlazadas unas con otras, resultan

aceptables al oído, mientras que no melódicas las que no son así. Y aún, afirman

que son consonantes (acuñando la denominación a partir del más hermoso de los

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do la denominación a partir del más hermoso de los sonidos, la voz) cuantas pro-

porcionan una percepción uniforme a los oídos, y disonantes, las que no son así91.

5. De los principios adoptados por los pitagóricos respecto a las hipóte-

sis de las consonancias92.

La percepción entiende como consonancias las conocidas como cuarta y

quinta (cuyo exceso se denomina tono93), y la octava; y aún la octava más cuarta, la

octava más quinta y la doble octava. Para nuestro presente propósito, queden al

margen las que exceden a éstas94. El razonamiento de los pitagóricos sólo excluye

una de ellas, la octava más cuarta, siguiendo sus propias hipótesis, que adoptaron

los principales representantes de la escuela a partir de los siguientes conceptos.

Tras haberse provisto, en efecto, de un principio muy adecuado para su mé-

todo95, según el cual números iguales serán asignados a notas iguales en tono, y

números desiguales a notas desiguales en tono, a partir de aquí concluyen que, al

igual que hay dos formas primarias de notas desiguales en tono entre sí, la de las

consonantes y la de las disonantes, y siendo más hermosa la de las consonantes, así

también hay dos variedades primarias de razones entre los números desiguales: una,

la de las llamadas superpartientes96 y “número a número”97, y otra, la de las super-

particulares98 y múltiples99, siendo mejor también ésta que la de aquéllas por la sim-

plicidad de la comparación100, ya que el exceso es una parte simple en la de las

superparticulares, mientras que en la de las múltiples es la parte más pequeña de

una mayor. Una vez que han ajustado, por esto, las razones superparticulares y múl-

tiples a las consonancias, hacen corresponder la octava con la razón doble101, la

quinta con la sesquiáltera102 y la cuarta con la sesquitercia103. Se manejan del modo

más lógico104, ya que, de las consonancias, la octava es la más hermosa, y, de las

razones, la doble es la mejor, aquélla por ser lo más próximo a la igualdad de tono,

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y ésta porque produce ella sola un exceso igual a lo excedido105, y aún sucede que

la octava está constituida por las dos primeras consonancias contiguas, la quinta y

la cuarta, y la razón doble por las dos superparticulares sucesivas y primeras, la

sesquiáltera y la sesquitercia; y que aquí es mayor la razón sesquiáltera que la ses-

quitercia, mientras que allí la consonancia de quinta es mayor que la cuarta, de tal

modo que también el exceso entre ellas, es decir, el tono, está dispuesto en la razón

sesquioctava, por la que es mayor la sesquiáltera que la sesquitercia. Y como con-

secuencia de esto, también adoptan entre las consonancias la magnitud constituida

por octava más quinta y aun la de dos octavas (es decir, la doble octava), porque se

sigue que la razón de ésta queda establecida como cuádruple, mientras que la de

aquélla, como triple, pero ya no la constituida por la octava más cuarta, al producir

una razón de 8 a 3, que no es ni superparticular ni múltiple106.

De un modo más geométrico107 llegan a la misma conclusión, de la manera

siguiente. En efecto, dicen, sea una quinta AB, y a continuación otra quinta BG, de

modo que AG sea una doble quinta108.

Y puesto que no es consonante la doble quinta, no es múltiple AG, de modo

que tampoco AB es múltiple; pero es una consonancia, entonces es superparticular

la quinta. Según lo mismo, también enseñan que la cuarta es una superparticular

menor que la quinta. Sea de nuevo, dicen, una octava AB y a continuación de ésta

otra octava BG, de modo que AG resulte una doble octava109.

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Pues bien, puesto que la doble octava es una consonancia, entonces AG es o

superparticular o múltiple; pero no es superparticular (pues no hay ninguna mitad

proporcional110), luego AG es múltiple, de modo que también AB es múltiple; luego

la octava es múltiple. Y está claro para ellos, a partir de esto, que también la octava

es doble, que de aquéllas la quinta es sesquiáltera, y la cuarta sesquitercia; pues sólo

de las múltiples la razón doble está constituida por las dos superparticulares más

grandes, de tal forma que las razones constituidas a partir de otras dos superparticu-

lares se presentan menores que la doble, no habiendo ninguna múltiple menor que

la doble111. Y puesto que el tono ha sido mostrado consecuentemente como ses-

quioctavo112, declaran que el semitono113 no es melódico, puesto que a su vez nin-

gún término medio superparticular lo divide proporcionalmente114, al ser necesario

que en las razones superparticulares se halle lo melódico115.

6. Que los pitagóricos no investigaron correctamente las causas de las

consonancias.

En efecto, siendo tal la hipótesis de los pitagóricos sobre las consonancias,

la octava más cuarta, al ser absolutamente una consonancia evidente, arruina el ra-

zonamiento construido por ellos. Pues la octava es totalmente una consonancia, ya

que no varían de una única nota, en su función116, las notas que la producen: cuando

es unida a alguna de las demás, guarda la forma117 de aquélla de modo inalterable,

como el número diez, por ejemplo, respecto a los números inferiores a él. Y si se

añadiese una consonancia en la misma dirección que los extremos de la octava (por

ejemplo al más grave o, a su vez, al más agudo de ambos), como fuera la consonan-

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cia respecto al más cercano de ellos, así se muestra también respecto al más aleja-

do; y tiene el extremo más alejado la misma función que aquél más cercano.

Las consonancias de quinta y cuarta se cantan118 por sí mismas119 en la rela-

ción120 respecto al límite más cercano de la octava121; la cuarta con la octava, y a su

vez la quinta con la octava se cantan en la relación respecto al más alejado, de tal

forma que, con razón, la percepción de la cuarta más octava resulta para los oídos la

misma que la de la cuarta sola, y la percepción de quinta más octava, que la de la

quinta sola; y por esto, en general, del hecho de que la quinta sea consonante se

sigue el que también la octava más quinta sea consonante, y de que la cuarta sea

consonante, el que también la octava más cuarta sea consonante; y el que la percep-

ción de la octava más quinta tenga la misma particularidad respecto a la de octava

más cuarta, que la de quinta sola respecto a la de cuarta sola, de acuerdo con los

hallazgos mediante un experimento claro. Y no por casualidad122 les produce tam-

bién una aporía el asociar las consonancias a estas únicas razones, superparticular y

múltiple, y no a las demás (me refiero a las sesquicuartas y a las quíntuples123, aun-

que respecto a aquéllas, tienen la misma forma124), e incluso efectuar la selección

de las consonancias de la manera que ellos125 quieren: pues, al restar una unidad a

cada uno de los primeros números126 que forman las razones en pos de la semejanza

entre ambos, y al entender los números que quedan como “desiguales”, en los que

éstos sean menores, afirman que son más consonantes; y sin duda es ridículo. Pues

la razón no sólo es propia de los primeros números que la producen, sino sencilla-

mente de todos los que son semejantes entre sí, de tal forma que también con éstos

daría un resultado similar, formar “desiguales”, en una ocasión muy pequeños y en

otra muy grandes, en las mismas razones127. En efecto, si asignásemos el mismo

número a todos los términos menores (que parecería lo más apropiado para el caso),

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por ejemplo seis, y, restando los que son iguales a él a los límites mayores en co-

rrespondencia a la semejanza, juzgásemos que los que quedan contienen los “des-

iguales”, éstos serán, según la razón doble, seis, según la sesquiáltera, tres, y según

la sesquitercia, dos, y mayores serán los “desiguales” de las más consonantes.

Completamente de acuerdo también con su procedimiento, la octava más quinta se

muestra, tras la octava, más consonante que el resto, porque queda en ella, como

“desigual”, dos128, siendo mayores los “desiguales” en todas las demás, como por

ejemplo tres en la quinta y en la doble octava, aunque, en su constitución, cada una

de éstas es clarísimamente más consonante que la octava más quinta, con mucha

razón, ya que la quinta es más simple129 y no compuesta130 que la octava más quin-

ta, y como si fuera una consonancia más pura; y, por su parte, la doble octava es,

respecto a la octava más quinta (es decir, la razón cuádruple respecto a la triple),

como la octava sola a la quinta sola (es decir, la razón doble a la sesquiáltera131).

Pues si de un solo número fueran tomadas la razón triple y la cuádruple, y, a su vez,

la sesquiáltera y la doble, la cuádruple con la triple producirán una sesquitercia, y

también la doble con la sesquiáltera, de modo que cuanto más consonante es la oc-

tava que la quinta, tanto más consonante resulta también la doble octava que la oc-

tava más quinta132.

7.Cómo podrían definirse más correctamente las razones de las conso-

nancias.

Así pues, sería necesario no atribuir tales errores a la capacidad de la razón,

sino a quienes no establecen convenientemente las hipótesis133, e intentar obtener la

verdadera y más natural razón, distinguiendo primeramente en tres formas las notas

desiguales en tono y delimitadas134: en un primer lugar, a causa de su virtud, la de

las notas homófonas, segundo la de las consonantes, y tercero la de las melódi-

15

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155

cas135. En efecto, la octava y la doble octava difieren claramente de las demás con-

sonancias como éstas de los intervalos melódicos, de modo que sería más apropiado

que aquéllas fueran denominadas homofonías. Definamos como homófonas136 las

notas que dan lugar, al entrar en contacto, a la percepción de una sola cosa para los

oídos, como la octava y los compuestos137 a partir de ella; como consonantes138, las

más cercanas a los homófonas, como la quinta, la cuarta y las compuestas a partir

de ellas y de las homófonas; y como melódicas139, las más cercanas a las consonan-

tes, como los tonos y las restantes de tal clase. Por ello, también, son asociadas de

algún modo las homófonas con las consonantes, y las consonantes con las melódi-

cas.

Una vez hechas, pues, estas distinciones previas, hay que seguir el razona-

miento que se deriva de ellas, el mismo que toman como principio140 los pitagóri-

cos, es decir, según el cual asignamos números iguales a las notas iguales en tono, y

desiguales a las desiguales en tono, ya que tal cosa está clara141 por sí misma. Sien-

do, entonces, consecuente con el principio medir entre sí las diferencias que sobre-

salen entre notas desiguales en tono por su cercanía a las igualdades142, es evidente

de inmediato que la razón doble está muy cerca de esta igualdad, al tener un exceso

igual y el mismo que lo excedido; entre las notas homófonas, la más unitaria y más

hermosa143 es la octava, de modo que a ésta se le ajusta la razón doble, mientras que

a la doble octava está claro que la dos veces doble, es decir, la cuádruple; y de igual

manera si otras hubieran de ser medidas mediante la octava y la razón doble. A su

vez, después de las razones dobles, serían más cercanas a la igualdad las que la di-

viden en dos del modo más aproximado, es decir, la razón sesquiáltera y la sesqui-

tercia, pues lo que está dividido en dos del modo más aproximado es lo más cerca-

no a lo dividido en dos mitades iguales. Tras las homófonas, por su parte, las pri-

16

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156

meras de los consonantes son las que dividen la octava en dos partes muy próxi-

mas, es decir, la quinta y la cuarta, de modo que la quinta está constituida según la

razón sesquiáltera, y la cuarta según la sesquitercia. Las segundas son las formadas

mediante la unión de cada una de las primeras con la primera de las homófonas, la

octava más quinta según la razón compuesta por la doble y la sesquiáltera, la triple,

y la octava más cuarta, según la razón compuesta por la doble y la sesquitercia, la

de 8 a 3; pues ahora esta razón, que no es ni superparticular ni múltiple, no nos su-

pondrá una incoherencia, puesto que no hemos establecido con anterioridad ningu-

na hipótesis de tal clase144. Y, a continuación, tras la razón sesquitercia, resultarían

las más próximas a la igualdad las que la componen en excesos proporcionados145,

es decir, las superparticulares menores que ellas, y tras los consonantes, en lo que

toca a su virtud, los melódicos, como el tono y cuantos componen la más pequeña

de las consonancias, de forma que les son ajustadas a éstos las razones superparti-

culares inferiores a la sesquitercia. De éstas, pues, las que dividen en dos de la for-

ma más aproximada, serían más melódicas por la misma causa, y aquellas cuyas

diferencias contienen partes simples mayores que lo excedido146; ya que también

esto está más próximo a la igualdad, como lo es más la mitad de un total, después el

tercio y lo que viene a continuación.

Para resumir, a partir de esto, homófonas serían la primera razón múltiple y

las que son medidas por ella; consonantes, las dos primeras superparticulares y las

compuestas por éstas y por las homófonas; y melódicas, las superparticulares si-

guientes a la sesquitercia. Así pues, de las homófonas y las consonantes, ha sido

expuesta la razón particular de cada una; y de las melódicas se ha demostrado, de

ahí, que el tono es sesquioctavo147 por el exceso entre las dos primeras superparti-

culares y consonantes. Las del resto tendrán su definición respectiva en sus lugares

Page 19: III 02.1_libro Primero

157

adecuados. Ahora, en cambio, sería hermoso demostrar la evidencia148 de lo que ya

ha sido expuesto, para tener lo que hemos propuesto en acuerdo sin ninguna duda

con su percepción.

8.De qué modo se mostrarán, sin ninguna duda, las razones de las con-

sonancias por medio del canon monocorde.

Así pues, desechemos sostener lo expuesto mediante aulós y siringas, o me-

diante pesos suspendidos de las cuerdas, porque no se pueden alcanzar tales demos-

traciones con la mayor exactitud149; antes bien, introducen motivos de desacuerdo

entre quienes lo han intentado. Pues en los aulós150 y las siringas, al ser difícil en-

contrar la corrección de su irregularidad, incluso también los límites respecto a los

que es necesario comparar las extensiones, se establecen de modo indefinido al

haber un cierto desorden en la mayoría de los instrumentos de viento151, y por los

pasos de aire152. En los pesos colgados de las cuerdas153, al no mantenerse las cuer-

das invariables unas respecto a otras de forma absoluta, toda vez que también supo-

ne un esfuerzo encontrar incluso que cada una de ellas sea así respecto a sí misma,

ya no será posible asignar154 las razones de los pesos a los sonidos resultado de

ellos, por producir las más densas y más ligeras, en tensiones iguales, sonidos más

agudos. Y aún más, si alguien supusiera esto posible, e incluso la extensión de las

cuerdas fuera igual, el mayor peso aumentará, por la mayor tensión, la longitud de

la cuerda que lo sujeta y la hará más densa, de modo que también por esto sobre-

vendrá una cierta diferencia en los sonidos al margen de la razón de los pesos155. Y

lo mismo sucede también en los sonidos resultado de la percusión, que logran por

medio de esferas o discos de diferente peso156, y a partir de platos vacíos y llenos,

pues es muy difícil mantener en todas estos recursos la invariabilidad en las mate-

rias y en las figuras157.

17

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158

En cambio, en el llamado canon, una cuerda extendida nos mostrará las ra-

zones de las consonancias más exacta y fácilmente, sin tomar su tensión al azar

sino, en primer lugar, con una cierta previsión frente a la irregularidad que pudiera

surgir del artefacto, y, a continuación, tomando también los límites una adecuada

localización, para que los límites de los puntos de pulsación158 en ellos, con los que

se delimita toda la extensión, tengan sus inicios apropiados y claros159.

Considérese, entonces, un canon según la recta ABGD, y puentes160 en sus

límites, totalmente iguales y semejantes, que en lo posible hagan esféricos los dos

lados bajo las cuerdas: BE en torno a Z como centro de dicho lado, y GH igualmente

en torno a Q como centro, tomándose los puntos E y H en las bisecciones de los

lados convexos. Tengan los puentes una posición tal, que las líneas trazadas a tra-

vés de las bisecciones E y H y de los centros Z y Q, es decir, EZB y HQVG, sean per-

pendiculares a ABGD161.

canon armónico

Entonces, si desde A y D tendemos una cuerda proporcionada162, AEHD, se-

rá paralela163 a ABGD, por tener igual altura los puentes. Y tomará en los puntos E y

H los inicios de los puntos de pulsación; pues en ellos164 hará los contactos de los

lados convexos, por ser EZB y HQG perpendiculares también a ella. Tras haber ajus-

tado a la cuerda una regla165 y trasladado a ella la longitud EH para hacer más fácil

las equivalencias166, estableceremos primero hacia la bisección de toda la longitud,

K, e incluso hacia la bisección de la mitad, L, puentecillos muy finos y lisos, o, por

Zeus, incluso otros puentes, un poco más elevados que aquéllos167 pero sin ser dife-

18

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159

rentes por su posición, igualdad y similitud respecto a la línea del centro de la con-

vexidad168, línea que estará bajo la misma bisección de la regla o, a su vez, bajo la

bisección de la mitad, para que, si la parte EK de la cuerda se halla en igual ten-

sión169 que KH, y aun KL que LH, nos resulte claro su invariabilidad en su disposi-

ción. Y en el caso de que no sea así, traslademos la comprobación a otra parte170, o

a otra cuerda, hasta que se preserve lo consecuente, es decir, similar tensión171 en

partes similares, análogas, de igual longitud y que tienen una única tensión. Enton-

ces, una vez conseguida tal cosa y tras haberse dividido la regla con las razones

expuestas de las consonancias, encontraremos, a partir del desplazamiento del

puente hacia cada segmento, que las diferencias de las notas apropiadas convienen

con los oídos con mucha exactitud. En efecto, si se toma la distancia EK de cuatro

de tales divisiones, de las que KH es de tres, las notas de cada uno de los límites

producirán la consonancia de cuarta por medio de la razón sesquitercia. Y si se to-

ma EK de tres de tales divisiones, de las que KH es de dos, producirán las notas de

cada uno la consonancia de quinta a través de la razón sesquiáltera. Y de nuevo, si

toda la longitud fuera dividida de esta manera, de modo que EK resultase de dos

segmentos y KH de uno, habrá el intervalo homófono de octava por la razón doble.

Y si resultase de tal manera que EK fuera tratada en ocho segmentos y KH en tres

de ellos, habrá la consonancia de octava más cuarta según la razón ocho a tres. Y si

resultase de tal manera que EK fuera de tres segmentos y KH de uno, habrá la con-

sonancia de octava más quinta según la razón triple. Y si resultase de tal manera

que EK fuera tratada en cuatro segmentos y KH en uno, habrá el intervalo homófo-

no de doble octava por la razón cuádruple.

19

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160

9. Que los aristoxénicos miden las consonancias de forma inconveniente

con los intervalos y no con las notas172.

En realidad, no hay que censurar por esto a los pitagóricos en lo tocante al

descubrimiento de las razones en las consonancias, ya que son ciertas; sino en lo

tocante a la investigación de sus causas173, por la que caen fuera de lo establecido

anteriormente. Pero sí a los aristoxénicos, porque ni reconocieron que estas razones

eran evidentes ni tampoco, si no confiaban en ellas, indagaron las más acertadas, si

es que intentaron acercarse de una manera teórica a la música174. Pues les es nece-

sario convenir que tales afecciones175 sobrevienen a los oídos como consecuencia

de mantener las notas entre sí una cierta relación, y además, que las diferencias en-

tre percepciones iguales son delimitadas176 y las mismas. Y cómo son entre sí, res-

pecto a cada forma177, las dos notas que la producen, ni lo dicen ni lo investigan,

sino que como si ellas fueran incorpóreas y las que hay entre ellas corpóreas178,

comparan únicamente las distancias de las formas, para que parezca que hacen algo

con el número y la razón.

Pero es todo lo contrario; pues, en primer lugar, no definen de esta manera

cómo es cada una de las formas por sí misma, como cuando, al preguntar qué es el

tono, decimos que la diferencia entre dos notas que contienen una razón sesquioc-

tava179, sino que al punto se produce un desvío hacia alguna otra cosa de las que

aún están sin definir, como cuando dicen que el tono es el exceso entre la cuarta y

la quinta, aunque la percepción, si quisiera afinar un tono, no necesitaría antes de la

cuarta o de alguna de las demás, sino que sería capaz de constituir cada una de las

diferencias de tal magnitud por sí misma180. Y si investigásemos la magnitud de

dicho exceso, tampoco la dan a conocer al margen de otra, sino que sólo dirían,

quizá, que son dos partes de las cinco que forman una cuarta, y a su vez de nuevo

20

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161

que ésta son cinco de las doce de la octava181, e igualmente con el resto, hasta que

vuelvan a decir “de las que el tono son dos partes”182.

A continuación, tampoco definen de esa manera los excesos, al no referirlos

a aquellas cosas de las que forman parte, pues resultarán infinitos si lo que los pro-

duce en cada razón no ha sido previamente definido; así que, por esto, en la fabri-

cación de instrumentos no se mantienen las mismas distancias para producir, por

ejemplo, la octava, sino que en las tensiones más agudas son dispuestas más cor-

tas183. Ciertamente, si se comparan entre sí consonancias iguales según límites dife-

rentes, no siempre será igual la distancia del exceso, sino que en el caso de que

ajusten entre sí sus notas más agudas será mayor, pero en el caso de las más graves,

menor184. Pues si suponemos la distancia AB una octava, considerándose A en el

extremo más agudo

y se toman dos quintas, una descendente desde A, AG, y otra ascendente desde B,

BD, será menor la distancia AG que BD por caer en las tensiones más agudas, y ma-

yor el exceso BG que AD.

Y en general, parecería de lo más absurdo juzgar los excesos de cualquier

razón si no es mostrada por medio de las mismas magnitudes que los producen, así

como las magnitudes de una nada, a partir de las cuales es al punto posible tener la

razón de aquéllos. Y si dijesen que no se trata de las comparaciones de los excesos

entre las notas, no podrían decir de cuáles otras se trata: pues lo consonante o lo

melódico no es solamente una distancia vacía y una extensión185, ni algo corpó-

reo186, ni se predica a partir de una sola cosa –la magnitud–, sino de estas dos pri-

meras y desiguales, es decir, de los sonidos que los producen; de modo que no es

21

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162

posible afirmar que las comparaciones según la cantidad son de ninguna otra cosa

sino de las notas y de los excesos entre ellas, aspectos ambos que no han hecho

comprensibles ni dotados de un común razonamiento conforme al cual, al ser uno y

el mismo187, se muestre cómo son los sonidos entre sí y respecto al exceso.

10.Que suponen, incorrectamente, la consonancia de cuarta de dos to-

nos y medio188.

Así también se equivocan en la medida de la consonancia más pequeña y

primera189, al establecerla en dos tonos y medio; de tal forma que la quinta se con-

figura en tres tonos y medio, la octava en seis tonos, y cada una de las demás según

lo consecuente con ésta. Pues la razón, por ser ya más fidedigna que la percepción

en las diferencias más pequeñas190, prueba que esto no es así, como quedará claro.

En efecto, ellos intentan demostrar lo anterior de la siguiente manera: sean dos no-

tas consonantes en una cuarta, A y B;

tómese desde A un dítono ascendente AG; y desde B, igualmente, un dítono descen-

dente BD. Entonces AD y GB son iguales, y de un tamaño resultado de restar un dí-

tono a la cuarta. De nuevo, desde D tómese una cuarta ascendente DE, y desde G

igualmente una cuarta descendente GZ. Entonces, puesto que cada una, BA y GZ, es

22

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163

una cuarta, también es igual BG que AZ, y por lo mismo también AD que BE. Son,

pues, los cuatro intervalos iguales entre sí. Pero el total ZE, afirman, hará la conso-

nancia de quinta, de tal modo que, al ser AB una cuarta y ZE una quinta, el exceso

entre ellas, ZA y BE, éstos juntos, dan como resto el de un tono; mientras que cada

uno ellos (es decir, AD y GB), el de un semitono; y, puesto que es un dítono AG,

también la cuarta AB es establecida en dos tonos y medio191.

La razón, una vez que el tono ha sido mostrado como sesquioctavo y la

cuarta sesquitercia, hace, claramente, por ello, que el exceso, por el que una cuarta

excede al dítono, llamado leima, sea menor que un semitono192. Pues si se toma el

primer número193 capaz de mostrar lo anterior, que son 1536 unidades, su sesquioc-

tavo resulta 1728, y aun el sesquioctavo de éste 1944, que claramente respecto a

1536 tendrá la razón de un dítono. Y de 1536 es sesquitercio 2048: el leima enton-

ces está en la razón de 2048 a 1944194. Pero en el caso de que tomásemos el ses-

quioctavo de 1944, tendremos el número 2187195, y es mayor la razón de 2187 a

2048 que la de 2048 a 1944; pues 2187 excede a 2048 en más de una quinceava

parte de él, pero en menos de una catorceava. Pero 2048 excede a 1944 en más de

una diecinueveava parte de él, y en menos de una dieciochoava196: el menor seg-

mento, entonces, del tercer tono es apartado dentro de la cuarta junto con el dítono,

de modo que la magnitud del leima viene a ser menor que un semitono, y el total de

la cuarta menor que dos tonos y medio. Y está en la misma razón que 2048 a 1944

la de 256 a 243.

23

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164

No hay que suponer un conflicto tal entre razón y percepción, sino de quie-

nes establecen las hipótesis de manera diferente197, un error ya de los más recientes

autores, quienes se sirven de las confirmaciones de los sentidos contra ambos crite-

rios. Pues la percepción casi grita198, al reconocerla claramente y sin duda, la con-

sonancia de quinta, cuando en la exposición efectuada del monocordio se toma se-

gún la razón sesquiáltera; y la de cuarta, según la sesquitercia. Pero éstos199 no se

quedan en las condiciones de la exposición (de las que absolutamente se sigue que

el exceso entre dichas consonancias, que es de un tono, resulta en la razón

sesquioctava, y que la consonancia de cuarta se constituye menor que dos tonos y

medio), sino que en lo que la percepción resulta suficiente para juzgar, es decir, en

las mayores diferencias, desconfían totalmente de ella, pero en lo que ya no es

independiente, es decir, en los excesos menores, le dan crédito200, y añaden más

distinciones contrarias a las primeras y más importantes201. Y también veríamos aún

lo ingenuo de su exposición si razonamos sobre la magnitud de la desviación del

leima respecto al semitono. Pues ya que no se divide en dos razones iguales ni la

sesquioctava ni ninguna otra de las superparticulares202, y que como razones más

aproximadamente iguales producen 9:8 las de 17:16 y 18:17, se encontraría en la

razón intermedia a éstos el semitono, es decir, mayor que 18:17 pero menor que

17:16. Pero también es 15 una parte mayor que una diecisieteava parte de 243, pero

menor que una dieciseisava, de modo que si unimos 243 y 15, el semitono estaría

en una razón muy cerca de 258 a 243. Y se mostró también la razón del leima, 256

a 243; entonces, el semitono diferirá del leima en la razón 258 a 256, que es

129:128203.

24

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165

Que les sea posible a los oídos distinguir una desviación tan pequeña, ni

ellos mismos lo afirmarían. Entonces, si es admisible que la percepción malinter-

prete, por una vez, la cantidad, lo sería mucho más con el concurso de más aprehen-

siones204; en esto les afecta la anterior exposición, cuando se toma tres veces la

cuarta y dos el dítono en posiciones diferentes, ya que ni una sola vez les es fácil

producir exactamente un dítono205. Pues antes producirían un tono que un dítono,

porque el tono mismo es melódico y está en la razón sesquioctava, y el dítono sim-

ple206 no es melódico, como en la razón de 81 a 64, y para los sentidos es más fácil

de aprehender lo que es más proporcionado.

11. Cómo se podría mostrar, también a través de la percepción, que la

octava es menor que seis tonos gracias al canon de ocho cuerdas.

Lo anterior, junto con la incapacidad de los oídos respecto a tales magnitu-

des, sería refutado más claramente partiendo de la homofonía de octava207. Pues

declaran que está formada por seis tonos208, como consecuencia de que la conso-

nancia de cuarta sea de dos tonos y medio, porque la octava tiene dos veces la cuar-

ta y un tono más. Pero si encargásemos al mejor músico209 producir seis tonos en

sucesión210 y por sí mismos, sin concurrir además notas previamente armoniza-

das211 para no derivar hacia alguno de los demás intervalos consonantes, la primera

nota respecto a la séptima no produciría la octava. En efecto, si no ocurriese tal

cosa por la ineficacia de la percepción, mostraría como una falsedad que la conso-

nancia de octava esté formada por seis tonos; pero si ocurre por no poder captar ella

misma212 los tonos con exactitud, mucho menos será fiable para la aprehensión de

25

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166

los dítonos, a partir de los cuales cree encontrar la cuarta de dos tonos y medio213. Y

esto es más cierto: pues no sólo no resulta la octava, sino en absoluto ninguna otra

cosa, por medio de la misma magnitud214 de la diferencia, ni armonizada con todas

las magnitudes ni siempre con las mismas. En verdad, cuando nosotros tomamos,

del mismo modo215, de forma continua la cuarta y la quinta, los extremos produci-

rán la octava216, porque esto es para los oídos lo más determinado. No obstante, si

son tomados con ayuda de la razón seis tonos en sucesión, las notas extremas pro-

ducirán una magnitud un poco mayor que la octava, y siempre conforme al mismo

exceso217, es decir, el doble del leima respecto al semitono, que viene a ser muy

próximo a la razón 65:64, de acuerdo con las hipótesis iniciales218.

También nos será fácil de percibir tal cosa si añadimos otras siete cuerdas en

el canon a la suya, con similares características y colocación. Si afinásemos, pues,

en igual tono los ocho notas en longitudes iguales de cuerdas con exactitud, A, B, G,

D, E, Z, H y Q; si después, por la aplicación de la regla dividida en seis razones ses-

quioctavas en sucesión219, situáramos un pequeño puente semejante por cada una

nota en su respectiva división, para que la distancia AK fuera sesquioctava de BL,

BL de GM, GM de DN, DN de EC, EC de ZO, y ZO de HP, en tanto que también AK

respecto a QR produce la razón doble, estas notas producirán de forma exacta la

homofonía de octava, pero PH será un poco más aguda y siempre en el mismo gra-

do que QR220.

26

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167

Que las cuerdas no se diferencian, aunque sean más de una, si son hechas de

igual tensión en iguales longitudes, resultará claro por lo siguiente. Puesto que en

éstas son tres las causas de la diferencia que concierne a lo agudo y lo grave, de las

que una reside en la densidad de las cuerdas, otra en su grosor y la última en su

longitud221, y más agudo resulta el sonido producido por la más densa, más fina y

con una longitud menor, y puesto que se toma en ellas la tensión en vez de la densi-

dad (pues aquélla tensa y endurece, y por esto es más similar222 a las cuerdas de

longitudes menores), está claro que, si lo demás permanece igual, tal y como la

mayor tensión resulta respecto a la menor, así resultará el sonido derivado de la

mayor tensión respecto al derivado de la menor; y tal y como el mayor grosor res-

pecto al menor, así el sonido derivado del menor grosor respecto al derivado de la

mayor. Digo entonces que, al ser estas cosas así, cuando en longitudes iguales sean

hechas iguales en tono, la carencia de un sonido resultante de un mayor grosor de

las cuerdas desiguales es compensado por el exceso del que resulta de una mayor

tensión223. Y la razón del mayor grosor respecto al menor resulta siempre la misma

que la de la mayor tensión respecto a la menor.

27

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168

Sean, pues, en iguales longitudes, dos notas iguales en tono, A y B, y mayor

el grosor de A que el de B (y claro es que también su tensión)224. Y tómese otra en

igual longitud, G, que tenga el mismo grosor que B, e igual tensión que A.

Puesto que, entonces, G se diferencia de B sólo por la tensión, tal y como es

la tensión de G respecto a la de B, así será el sonido de G respecto al sonido de B. A

su vez, puesto que G se diferencia de A sólo por el grosor, tal y como es el grosor de

A respecto al grosor de G, así será el sonido de G respecto al sonido de A, pero la

misma razón tiene el sonido de G respecto a cada uno de los otros, A y B; pues igua-

les son los de A y B. Tal y como es, entonces, la tensión de G respecto a la de B, así

será el grosor de A respecto al de G225. Y tal y como es la tensión de G respecto a la

de B, así será la tensión de A respecto a la de B; pues iguales son las tensiones de A

y G. Y como es el grosor de A respecto al de G, así será el grosor de A respecto al de

B; pues iguales son los grosores de B y G. Y tal y como es, entonces, la tensión de A

respecto a la tensión de B, así será el grosor de A respecto al grosor de B226. Y esto

les ocurriría incluso si fueran totalmente invariables y sin diferencia de una sola

cuerda. Pero, a su vez, en las que son así, como AB y GD,

si hiciésemos las distancias desiguales al acortar ésta hasta GE, tal y como es la dis-

tancia AB respecto a la distancia GE, así será el sonido de GE respecto al sonido de

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169

AB. Y puesto que tal y como es la distancia GD respecto a la distancia GE, así es el

sonido de GE respecto al sonido de GD, e igual es la distancia AB que GD y el sonido

de AB que el de GD, resulta también que tal y como es la distancia AB respecto a la

distancia GE, así es el sonido de GE respecto al sonido de AB.

12. De la división de los géneros y de sus respectivos tetracordios según

Aristóxeno227.

Así pues, queden establecidas estas tantas distinciones en torno a las mayo-

res diferencias en las notas. Hay que abordar las más pequeñas, que también miden

la primera de las consonancias, y que se alcanzan al dividir la cuarta en tres razones

según el procedimiento conforme a lo establecido previamente228, para que el pri-

mer intervalo homófono, siendo uno, resulte compuesto a partir de las dos primeras

consonancias, y el primer intervalo consonante a partir de los tres melódicos, hasta

el número que concluye la proporción229. Pues bien, sucede que la división de la

cuarta no es la misma siempre, sino que está constituida en cada ocasión de modo

diferente, permaneciendo invariables las dos notas extremas para observar dicho

intervalo consonante, por cuya causa les llaman “fijas”230, mientras que las dos de

en medio se mueven231, para hacer desiguales los excesos entre las notas en él. Pues

bien, tal movimiento se denomina “modulación según el género”232, y “género”233,

en armonía, se denomina a una determinada relación que mantienen entre sí las

notas que componen la consonancia de cuarta234. Del género, la primera distinción

es en dos, según sea más suave o más tenso: el más suave es el más capaz de con-

ducir el carácter, mientras que el más tenso lo es de expandirlo235. La segunda dis-

tinción es en tres236, situándose la tercera entre las dos mencionadas, y éste se de-

nomina cromático237. De los restantes, el enarmónico238 es más suave que éste,

mientras que el diatónico239 es más tenso. Y es particular del enarmónico y del

29

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170

cromático el denominado pycnón240, cuando las dos razones en lo más grave resul-

tan, las dos juntas, menores que la que resta; pero del diatónico lo es lo denominado

ápycnon241, cuando ni una sola de las tres razones resulta mayor que las dos restan-

tes, unidas. Y de éstos mismos hacen los más recientes autores muchas distinciones,

pero nosotros al menos aquí consignaremos las que son aristoxénicas. Divide el

tono unas veces en dos partes iguales, otras veces en tres, otras en cuatro y otras en

ocho242; y a su cuarta parte la denomina “diesis243 enarmónica”, a su tercera “diesis

del cromático suave”, a su cuarta con la octava parte “diesis del cromático sesquiál-

tero”244, y al semitono, “común del cromático tonal y de los géneros diatónicos”, a

partir de los cuales establece seis distinciones entre los géneros sin mezcla: una del

enarmónico, tres del cromático (suave, sesquiáltero y tonal), y las dos restantes del

diatónico (suave y tenso). Así pues, del género enarmónico245 hace cada intervalo

en lo más grave, el último246 y el central247, de diesis enarmónica, y el que queda y

primero248, de dos tonos: por ejemplo, si se asigna el número 24 a cada tono, cada

uno de los intervalos del pycnón es 6 de él, y el restante 48. Del cromático suave249,

hace cada uno de los intervalos del pycnón de tercio de tono, y el restante de uno, la

mitad y un tercio: por ejemplo, cada uno de aquéllos es 8 y éste es 44. Del cromáti-

co sesquiáltero250, hace cada uno de los dos intervalos del pycnón de cuarta y octa-

va parte de tono, y el restante de uno, la mitad y un cuarto: por ejemplo, cada uno

de aquéllos es 9 y éste 42. Del cromático tonal251, hace cada uno de los dos interva-

los del pycnón de semitono, y el restante de un tono y medio: por ejemplo, cada uno

de aquéllos 12 y éste 36. Y en los dos géneros restantes y sin pycnón, observa a su

vez el último intervalo de semitono en ambos, y de los que le siguen, en el diatóni-

co suave252 el central de mitad y cuarto de tono, y el primero de uno y un cuarto:

por ejemplo 12, 18 y 30; y en el diatónico tenso253, el último intervalo de semitono,

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171

y de los restantes el central y el primero cada uno de un tono: por ejemplo 12, 24 y

24. Así están expuestas abajo las cifras:

Enarmóni-co

Crom.suave C.sesquiáltero

Cromático tonal

Diat. suave Diat.tenso

48 44 42 36 30 24 6 8 9 12 18 24 6 8 9 12 12 12

60 60 60 60 60 60

13.De la división de los géneros y los tetracordios según Arquitas.

Así pues, éste254 tampoco muestra aquí preocupación alguna por la razón,

sino que clasifica los géneros sólo con los intervalos255 que hay entre las notas y no

con los excesos entre ellas, obviando las causas de las diferencias como si no fueran

causas, nada, límites solamente, y atribuyendo a cosas incorpóreas y vacías las

comparaciones256. Y por ello no le preocupa nada cuando divide en dos, casi siem-

pre, los intervalos melódicos257, sin que éstos, al ser superparticulares, permitan tal

cosa258.

En cambio, Arquitas de Tarento259, con mucho el más preocupado de los pi-

tagóricos por la música, intenta preservar lo que es consecuente con la razón260, no

sólo en las consonancias, sino también en las divisiones de los tetracordios, en la

idea de que es propio de la naturaleza de los intervalos melódicos la proporcionali-

dad261 de los excesos. Y aunque, no obstante, hace uso de este presupuesto, en al-

gunas cosas parece desviarse completamente de él, mientras que en muchas otras,

parece dominar tal aspecto, desentonando de manera clara con lo que ya ha sido

aceptado totalmente por los sentidos262, como en seguida veremos por su división

de los tetracordios263.

Pues bien, él establece tres géneros, el enarmónico264, el cromático265 y el

diatónico266. Y de cada uno de ellos efectúa la división de la manera siguiente: la

30

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172

última razón la establece igual en los tres géneros, 28:27; la central, en el enarmó-

nico, 36:35, y en el diatónico, 8:7, de forma que la primera del género enarmónico

es 5:4, y del diatónico 9:8. Por su parte en el género cromático toma la segunda

nota a partir de la más aguda mediante la que tiene la misma posición en el diatóni-

co; pues afirma que la segunda desde la más aguda en el cromático tiene una razón,

respecto a su equivalente en el diatónico, de 256 a 243267. Se constituyen, en efecto,

tales tetracordios según las razones expuestas, en estos primeros números: pues si a

las más agudas de los tetracordios asignásemos 1512268, y a las más graves de ellos,

en la razón sesquitercia, 2016, éste hará una razón 28:27 respecto a 1944 y de tal

magnitud serán, a su vez, en los tres géneros las notas segundas desde las más gra-

ves. Y de las segundas a partir de la más aguda, el del género enarmónico será

1890, pues éste respecto a 1944 hace la razón 36:35, y respecto a 1512, la de 5:4. El

mismo del género diatónico será 1701, pues éste hace respecto a 1944 la razón 8:7,

y respecto a 1512, la de 9:8. Y del cromático, también el mismo será 1792, pues

éste tiene una razón respecto a 1701 como la de 256 a 243. Así queda representada

abajo la tabla de estos números.

Enarmónico Cromático Diatónico 1512 1512 1512

5:4 9:81890 1792 1701

36:35 8:71944 1944 1944

28:27 28:27 28:272016 2016 2016

14.Demostración de que ninguna de las distinciones preserva lo real-

mente melódico.

En efecto, contra este presupuesto269, como decíamos, constituyó el tetra-

cordio cromático –pues el número 1792 ni respecto a 1512 ni respecto a 1944 hace

31

32

Page 35: III 02.1_libro Primero

173

una razón superparticular–; y contra la evidencia de la percepción270, el cromático y

el enarmónico: pues la última razón del cromático habitual la encontramos mayor

que 28:27, y, a su vez, la última en el enarmónico, que aparece mucho menor que

sus equivalentes en los demás géneros, la supone igual a ellas; además de esto, es-

tablece menor que ella la razón central, situándola en 36:35, aunque tal cosa (que la

magnitud situada en lo más grave se establezca mayor que la central)271 evidente-

mente, no resulte en absoluto melódica272. Parece273, en efecto, proporcionar una

acusación contra el criterio racional el hecho de que cuando es efectuada la división

del canon por sus valedores274 de acuerdo con las razones expuestas, no se preserva

lo melódico: la mayoría de los números expuestos anteriormente y de los concebi-

dos por casi todos los demás no se ajustan a los caracteres reconocidos275. Y tam-

bién parece que el número de géneros según Arquitas está falto de medida, al supo-

ner que cada uno es de un único tipo, no sólo el enarmónico sino también el cromá-

tico y el diatónico276; mientras que, en lo que respecta a Aristóxeno, se sobrepasa en

el cromático277, al diferenciarse las diesis del suave y del sesquiáltero en una veinti-

cuatroava parte de tono278, aunque la desviación no supone nada considerable para

los sentidos; pero queda escaso en el diatónico, pues es evidente que son más los

cantados, tal y como, por lo que se expondrá a continuación, podrá verse. E incluso

éste279, en los pycná, erróneamente hace iguales entre sí las dos magnitudes últi-

mas280, aunque en todas partes la central se percibe más grande; y, de nuevo, hace

iguales los intervalos junto a la nota más grave del diatónico tenso y del cromático

tonal, aunque el del cromático es mayor281.

Page 36: III 02.1_libro Primero

174

15.De la división de los tetracordios según el género, conforme a lo ra-

cional y lo evidente.

Pues bien, ya que tampoco éstos han dividido de un modo acorde con los

sentidos los primeros géneros de los tetracordios, intentaremos nosotros mismos282,

también aquí, preservar lo que está conforme con las hipótesis de los intervalos

melódicos y con los fenómenos, siguiendo la idea primaria y natural de las divisio-

nes283.

Del lado de la hipótesis y el razonamiento iniciales284, tomamos para las

posiciones y orden de las cantidades algo común a todos los géneros, el hecho de

que también en los tetracordios las notas sucesivas siempre establecen entre sí ra-

zones superparticulares285, hasta en dos o tres divisiones casi iguales286, mediante

las cuales eran deducidos también los excesos de las primeras consonancias, que

llegan aquí también hasta tres, por completar todos sus intervalos. Pues a partir del

intervalo homófono de octava y de la razón doble, por la que el exceso entre los

extremos es igual que lo excedido, para su reducción desde la igualdad se tomaba la

razón sesquiáltera de la consonancia de quinta, por la que el exceso entre los extre-

mos contiene media parte de lo excedido, y la sesquitercia de la consonancia de

cuarta, por la que el exceso entre los extremos contiene una tercera parte de lo ex-

cedido; y para su aumento desde la igualdad se tomaba la razón triple de la conso-

nancia de octava más quinta, por la que el exceso entre los extremos produce dos

que son excedidas en contraposición a la media parte, y la cuádruple del homófono

de la doble octava, por la que el exceso entre los extremos produce tres que son

excedidas en contraposición, a su vez, a la tercera parte287.

Y del lado de la percepción reconocida, tomamos, como algo común,

igualmente, a todos los géneros, que las tres magnitudes últimas se establecen me-

33

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175

nores que cada una de las restantes; y que es propio de los géneros que tienen pyc-

nón que las dos magnitudes junto a la nota más grave sean menores, unidas, que la

que está junto a la más aguda, mientras que de los géneros sin pycnón, tomamos

que ninguna de las magnitudes se constituya mayor que las dos restantes unidas288.

Así pues, una vez establecido esto, dividimos en primer lugar la razón ses-

quitercia de la consonancia de cuarta, cuantas veces sea posible, en dos razones

superparticulares. En tres casos tan sólo sucede de nuevo algo así, cuando tomamos

las tres superparticulares en sucesión por debajo de ella, 5:4, 6:5 y 7:6; pues 16:15

completa la razón sesquitercia al añadirse a 5:4, 10:9 a 6:5 y 8:7 a 7:6, y tras éstas

no encontraríamos sumada la razón 4:3 sólo con otras dos superparticulares289.

En los géneros que contienen el pycnón, puesto que en ellos son mayores las

razones primeras que las restantes unidas, hemos ajustado las razones mayores de

los pares expuestos (es decir, 5:4, 6:5 y 7:6) a las razones primeras de ellos, mien-

tras que las restantes y menores (es decir, 16:15, 10:9 y 8:7) a las dos que quedan,

juntas. Y la división de cada una de éstas290, en lo que respecta a las dos razones

últimas, resulta también cuando son tomadas en tres secciones291, porque desde ese

momento ya se completan las tres razones del tetracordio, siendo mantenidos igua-

les los excesos, y casi iguales las razones (ya que no es posible que lo sean iguales).

Pues si triplicamos los primeros números que hacen 16:15 –me refiero a 15 y 16–,

tendremos 45 y 48, y entre éstos, en iguales excesos, 46 y 47. Entonces, como 47

no hace respecto a ambos extremos una razón superparticular292, y sólo 46 respecto

a 48 la de 24:23, y respecto a 45 la de 46:45, la mayor, 24:23, será unida, por las

hipótesis iniciales293, a 5:4, y la restante, 46:45, completará la razón última. De

nuevo, si triplicamos los primeros números que hacen 10:9 –es decir, 9 y 10-, ten-

dremos 27 y 30, y entre éstos, en iguales excesos, 28 y 29. Pero 29 respecto a am-

34

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176

bos extremos no hace una razón superparticular, mientras que 28 respecto a 30 hace

15:14, y respecto a 27, 28:27, de modo que también aquí 15:14 será unida a 6:5, y

se postergará en la posición última 28:27. Y de igual modo, si triplicamos los pri-

meros números que hacen la razón 8:7 -7 y 8-, tendremos 21 y 24, y entre éstos, en

iguales excesos, 22 y 23; como éste no hace respecto a ambos extremos una razón

superparticular, sino sólo 22 respecto a 24, 12:11, y respecto a 21, 22:21, será unida

también aquí 12:11 a 7:6, y 22:21 ocupará la posición última.

Y puesto que el más suave de todos los géneros es el enarmónico, hay como

una vía a partir de él hacia el más tenso mediante la ampliación, primero a través

del cromático más suave, después del más tenso, hasta los siguientes, sin pycnón y

diatónicos294, y aparecen en general más suaves los que tienen la razón primera más

grande, y más tensos los que la tienen más pequeña, hemos asignado el tetracordio

compuesto por 5:4, 24:23 y 46:45 al género enarmónico295; el compuesto por 6:5,

15:14 y 28:27 al más suave de los cromáticos296, y el compuesto por 7:6, 12:11 y

22:21 al más tenso297 de los cromáticos. Los primeros números que contienen estos

tres tetracordios son: comunes a los extremos 106.260 y 141.680; particulares a las

segundas a partir de las razones primeras, 132.825, 127.512 y 123.970; y a las ter-

ceras, 138.600, 136.620 y 135.240. Así lo muestran las tablas:

Enarmónico Cromático suave Cromático tenso 106.260 106.260 106.260

5:4 6:5 7:6 132.825 127.512 123.970

24:23 15:14 12:11 138.600 136.620 135.240

46:45 28:27 22:21 141.680 141.680 141.680

En los géneros sin pycnón298, siendo consecuente con lo establecido ante-

riormente, poner las razones más pequeñas procedentes de la primera división en

dos de la sesquitercia, por el contrario, en las posiciones primeras299, y dividir las

35

Page 39: III 02.1_libro Primero

177

más grandes que hacen pareja con ellas, del mismo modo, en dos últimas, la razón

16:15 se halla incapaz de ocupar la posición primera. Pues si triplicásemos de nue-

vo los números que hacen la restante, 5:4 –es decir, 4 y 5–, para obtener 12 y 15,

también entre éstos caerán con los mismos excesos 13 y 14; 13, respecto a ambos

extremos, no hará una razón superparticular, mientras que 14, respecto a 12, hará

7:6, y respecto a 15, 15:14; ninguna de éstas podrá colocarse en la posición última,

porque va a ser mayor que la que ocupe la primera, es decir, que 16:15, al mar-

gen300 de la evidencia misma y del razonamiento inicial. Y cuando 8:7 es dispuesta

en la posición primera, si son triplicados de igual forma los primeros números que

contienen la restante, 7:6, 6 y 7, harán 18 y 21, obteniéndose entre éstos en iguales

excesos 19 y 20. Pues bien, 19, de nuevo, no hará respecto a ambos extremos una

razón superparticular, mientras que 20 respecto a 18, 10:9, y respecto a 21, 21:20,

de los que igualmente la mayor, 10:9, será unida a 8:7, y la menor, 21:20, completa-

rá la razón301 última. Y de la misma forma, también cuando 10:9 es dispuesta en la

posición primera, si los números que contienen la restante, 6:5, 6 y 5, triplicados,

harán 15 y 18, cayendo entre éstos en iguales excesos 16 y 17, 17 respecto a ambos

extremos no hará una razón superparticular, mientras que 16 respecto a 18, 9:8, y

respecto a 15, 16:15, de modo que la mayor, 9:8, será unida a 10:9, y la restante,

16:15, se ajustará a la posición última.

Pero anterior a todas estas razones, se encontró que 9:8 contenía por sí mis-

mo el tono procedente del exceso entre las dos primeras consonancias302, debiendo,

según lo racional y lo necesario, ocupar la posición primera, uniéndosele a ella las

más próximas porque ninguna de las superparticulares completa con ella la sesqui-

tercia303. 10:9 está unida con ella en virtud de la división expuesta previamente,

36

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178

pero 8:7 aún no. Por esto se la uniremos en la posición central, y la restante hasta la

sesquitercia, es decir, 28:27, la llevaremos a la posición última304.

Y aquí a su vez, de acuerdo con la magnitud de las razones primeras, el te-

tracordio compuesto por 8:7, 10:9 y 21:20 lo asignaremos al diatónico suave305; el

compuesto por 10:9, 9:8 y 16:15 al diatónico tenso306; y el compuesto por 9:8, 8:7 y

28:27 al intermedio307 entre el suave y el tenso, y llamado con razón “tonal” por ser

de tal magnitud su posición primera308. Los primeros números que contienen estos

tres tetracordios son: comunes a los extremos, 504 y 672; particulares a las segun-

das a partir de las razones primeras, 576, 567 y 560; y a las terceras, 640, 648 y

630. Así lo muestran las tablas:

Diatónico suave Diatónico tonal Diatónico tenso 504 504 504

8:7 9:8 10:9 576 567 560

10:9 8:7 9:8 640 648 630

21:20 28:27 16:15 672 672 672

Que estas divisiones de los géneros no sólo contienen lo racional, sino tam-

bién lo consonante con los sentidos, será posible percibirlo a su vez gracias al ca-

non de ocho cuerdas que contiene la octava, una vez establecidas con exactitud las

notas, como dijimos309, por la homogeneidad y la igualdad de tensión de las cuer-

das. Pues, tras haber sido alineados los puentes subyacentes con las secciones que

hay en las reglas colocadas al lado (de acuerdo con las razones de cada género), la

octava será afinada de tal forma que ni los más expertos músicos podrían alterarla;

más bien quedarían admirados de la naturaleza en la disposición de su harmoniza-

ción310, pues la razón moldea según aquélla311 y, por así decir, da forma a las dife-

rencias que preservan la melodía312, mientras que el oído obedece, en lo posible, a

la razón, situándose así junto al orden que procede de ella y reconociendo lo apro-

37

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179

piado en cada una de sus aportaciones313. Al contrario, condenará314 a quienes se

han distinguido en tal parte, al no ser capaces por sí mismos de dar con divisiones

racionales, ni juzgar conveniente encontrar las que son evidentes para la percep-

ción.

16.Cuántos y cuáles son los géneros más familiares a los oídos.

De los géneros expuestos, encontraríamos todos los diatónicos familiares315

a los oídos, pero no ya del mismo modo ni el enarmónico ni el suave de los cromá-

ticos, porque no se deleitan316 con los caracteres muy laxos, sino que les basta, en el

paso317 hacia el suave, llegar hasta el cromático tenso. Pues el pycnón, con el que se

delimita la naturaleza del suave respecto a la del tenso, queda cumplido con este

género318, ya que comienza desde aquí en el camino al más suave, y cesa de nuevo

aquí en el camino al más tenso; y aun por la sección en dos razones de todo el tetra-

cordio, es dividido319 por las razones más próximas a la igualdad y sucesivas, es

decir, 7:6 y 8:7, que dividen en dos el exceso total entre los extremos. Por lo dicho,

pues, parece éste más conveniente a los oídos320; y otro género se nos sugiere, si

comenzamos a partir de la cualidad melódica constituida junto a las igualdades, e

investigamos si existe alguna ordenación favorable de la cuarta, dividida inicial-

mente en tres razones casi iguales, en excesos de nuevo iguales. Tal género321 lo

componen las razones 10:9, 11:10 y 12:11, al ser triplicados de similar forma los

primeros números que muestran la razón 4:3 y obtener los números sucesivos 9, 10,

11 y 12, y las razones sucesivas expuestas. Cuando son ordenadas delante también

aquí las razones mayores, resulta un tetracordio situado junto al diatónico tenso322,

más uniforme que éste tanto por sí mismo como aún más en el complemento de la

quinta: pues la disyunción, puesto que está asociada a una nota primera y crea una

razón sesquioctava, ya no produce lo propio de la igualdad a lo largo sólo de los

38

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180

tres excesos, sino también de los cuatro que están contenidos por las razones suce-

sivas desde la sesquioctava hasta 12:11. Así pues, hacen tal octava, una vez coloca-

da la disyunción en el centro, primeramente los números 18, 20, 22, 24, 27, 30, 33 y

36. Y si a través de ellos se lleva a cabo la sección en cuerdas iguales en tono, apa-

recerá un carácter quizá más extraño y rústico, pero por lo demás agradable, y más

cuando está ejercitado a los oídos, de forma que no sería oportuno despreciarlo por

la particularidad de su melodía o la ordenación de su sección; y además, porque si

es cantado por sí mismo, no proporciona a los sentidos choque alguno323, cosa que

sucede tan sólo al intermedio de los diatónicos324; los otros, por sí mismos, se ajus-

tan con violencia, pero en la mezcla con dicho diatónico son capaces de avenirse

cuando se cogen los más suaves que él en los tetracordios más graves que las dis-

yunciones325, y los más tensos en los más agudos326. Sea, entonces, denominado

este género “diatónico uniforme” por esta circunstancia.

Retomando el examen de los demás géneros acostumbrados, el central y to-

nal de los diatónicos, cuando es considerado por sí mismo y sin mezcla, en la lira se

ajustará en los sólidos327, y en la cítara según las afinaciones328 de las trites329 e

hipertropos330; la mencionada mezcla331 del cromático tenso con él, en los suaves332

en la lira, y en la cítara en los trópicos333; la mezcla del diatónico suave con el to-

nal, en las parípates334 en la cítara; la mezcla del diatónico tenso con el tonal, en los

caracteres modulantes, que los citaredos denominan lidios y jonios335; con la salve-

dad336 de que, cuando cantan siguiendo el diatónico tenso expuesto, tal como se

puede ver a partir de la comparación entre las razones propias de él, afinan otro

género337 próximo a aquél338, aunque claramente de otra forma: pues producen dos

tonos primeros y el intervalo restante, como ellos piensan, de semitono, pero como

la razón supone, el llamado leima. Y les aprovecha tal cosa por no diferir en nada

39

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181

considerable ni la razón en las posiciones primeras, 9:8 de 10:9, ni en las últimas,

16:15 del leima. Pues si del número 72 tomamos 10:9 y 9:8, ésta hará 81 y aquélla

80; y 9:8 respecto a 10:9 estará en 81:80339. Ésta es también la misma razón entre el

dítono (es decir, dos veces 9:8) y 5:4, que era la primera del género enarmónico: en

efecto, respecto al número 64, 5:4 hace a su vez 80, y dos veces 9:8, 81340. E, igual-

mente, ya que la razón del leima es 256 a 243, y de 243, en 16:15, está 259, será

también la razón 16:15, respecto al leima, la de 259 a 256; y es la misma de nuevo

que 81:80, y esto porque también la razón 5:4 es igual que 9:8 y 10:9 juntas. Por

ello, en ninguno de los géneros expuestos hay desliz alguno digno de consideración

cuando usan incorrectamente, en el diatónico tenso, 9:8 en vez de 10:9 en la

posición primera, y el leima en vez de 16:15 en la posición última; y en el enarmó-

nico, dos veces 9:8 en vez de 5:4 en la posición primera, y el leima de nuevo en vez

de 16:15 en las razones últimas, juntas341.

Así pues, aceptemos también este género por la facilidad de las modulacio-

nes desde el género tonal a la mezcla con él342, y por tener la razón del leima una

cierta afinidad con la cuarta y el tono frente a las demás que no son superparticula-

res, al derivarse necesariamente de la inserción de dos sesquioctavas en la sesqui-

tercia. Pues, en cierta manera, también el leima se obtendrá por sí mismo a través

de consonancias343, como el tono, éste desde el exceso entre las dos primeras con-

sonancias, y aquél desde el exceso del dítono respecto a la consonancia de cuarta.

Los primeros números que hacen, entonces, este género son 192, 216, 243 y 256.

Sería denominado con razón “ditonal”, porque tiene tonos como sus dos razones

primeras.

40

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182

Diatónico uniforme Diatónico ditonal18 192

10:9 9:820 216

11:10 9:822 243

12:11 Leima24 256