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ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA CELEBRADA EL 16 DIECISÉIS DE FEBRERO DE 2016 DOS MIL DIECISÉIS. En la Ciudad de San Luis Potosí, San Luis Potosí, a las 10:00 diez horas del 16 dieciséis de febrero de 2016 dos mil dieciséis, en la sala de sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, sita en Luis Donaldo Colosio 305, primer piso, colonia ISSSTE, se reúnen los integrantes del Pleno del Consejo de la Judicatura, Consejero Presidente Luis Fernando Gerardo González y los Consejeros licenciados Juan Carlos Barrón Lechuga, José Refugio Jiménez Medina y Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, así como el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, en su carácter de Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, para celebrar la sesión a que se refiere el artículo 10 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura.-------------------- El Presidente instruye al Secretario, dé a conocer el orden del día; el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, manifiesta que es el siguiente: I. De la declaración de validez de la sesión del Pleno del Consejo de la Judicatura; II. De la aprobación del orden del día de la presente sesión; III. De la lectura y aprobación del acta de la sesión anterior; IV. Del seguimiento de acuerdos; V. Documentos del Orden del día: 1.- Análisis y aprobación en su caso, del Proyecto de resolución presentado por el Consejero Juan Carlos Barrón Lechuga del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad P23/2015, instruido en contra de los licenciados Alejandro Hernández Castillo y Héctor Segura Murayama, por su anterior actuación en su desempeño como Juez y Secretario de Acuerdos, respectivamente, del Juzgado Primero del Ramo Penal de Ciudad Valles, S.L.P.; 2.- Análisis y aprobación en su caso, del Proyecto de resolución presentado por el Consejero Juan Carlos Barrón Lechuga del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad P43/2015, instruido en contra de la licenciada Alicia Juárez Luna, por su actuación como anterior Secretaria de Acuerdos del Juzgado Mixto Menor de Charcas, S.L.P.; 3.- Análisis y aprobación en su caso, del Proyecto de resolución presentado por el Consejero José Refugio Jiménez Medina del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad P50/2015, instruido en contra de la licenciada Soraya de Jesús Rodríguez Ávila, en su anterior desempeño como Secretaria de Acuerdos del Juzgado Menor de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P.; VI. Asuntos Generales.----------------------- --------------------------------------------------------- Acto seguido, el Presidente instruye al Secretario desahogue el orden del día; por lo que el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, procede en consecuencia.------------------ -------------------------------------------------------------------- I.- El Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, toma lista de asistencia, constatando que están presentes todos los integrantes de este Cuerpo Colegiado, dando cuenta de ello al Consejero Presidente, dictándose el siguiente acuerdo CJPJESLP462/2016: Una vez verificado el quórum legal, el Consejero Presidente, con fundamento en el artículo 91 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, declara formalmente instalada la sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomen.---------------------------------------------------------------- II.- El Secretario somete a la consideración del Pleno, el orden del día de la presente sesión. Acto seguido se delibera el asunto dictándose por mayoría de votos el siguiente acuerdo CJPJESLP463/2016: Se aprueba el orden del día de la presente sesión.---------------------------------------------------------- III.- En desahogo de este punto del orden del día, el Secretario da lectura al acta de la sesión del 09 nueve de febrero de 2016 dos mil dieciséis, y una vez concluida la misma por mayoría de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP464/2016: Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 93, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se aprueba el acta de la sesión del Pleno del Consejo de la Judicatura celebrada el 09 nueve de febrero de 2016 dos mil dieciséis.------------------------------------------------------- ----------------------------- IV.- 1.- El Secretario da cuenta al Pleno con el análisis y aprobación en su caso, del proyecto de resolución del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad P- 33/2015, instruido al licenciado Benjamín Garza de Lira, en su carácter de Juez Mixto de Primera Instancia de Cárdenas, S.L.P. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo número CJPJESLP465/2016: Con fundamento en el artículo 94, fracciones XXXI y XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se aprueba el proyecto de resolución presentado por el Consejero Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, del expediente P-33/2015, instruido en contra del licenciado Benjamín Garza de Lira, en su desempeño como Juez Mixto de Primera Instancia de Cárdenas, S.L.P.,

III. IV. V. 1.-ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA CELEBRADA EL 16 DIECISÉIS DE FEBRERO DE 2016 DOS MIL DIECISÉIS. En la Ciudad de San Luis Potosí,

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ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA CELEBRADA EL 16 DIECISÉIS DE FEBRERO DE 2016

DOS MIL DIECISÉIS. En la Ciudad de San Luis Potosí, San Luis Potosí, a las 10:00 diez horas del 16 dieciséis de febrero de 2016 dos mil dieciséis, en la sala de sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, sita en Luis Donaldo Colosio 305, primer piso, colonia ISSSTE, se reúnen los integrantes del Pleno del Consejo de la Judicatura, Consejero Presidente Luis Fernando Gerardo González y los Consejeros licenciados Juan Carlos Barrón Lechuga, José Refugio Jiménez Medina y Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, así como el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, en su carácter de Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, para celebrar la sesión a que se refiere el artículo 10 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura.--------------------

El Presidente instruye al Secretario, dé a conocer el orden del día; el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, manifiesta que es el siguiente: I. De la declaración de validez de la sesión del Pleno del Consejo de la Judicatura; II. De la aprobación del orden del día de la presente sesión; III. De la lectura y aprobación del acta de la sesión anterior; IV. Del seguimiento de acuerdos; V. Documentos del Orden del día: 1.- Análisis y aprobación en su caso, del Proyecto de resolución presentado por el Consejero Juan Carlos Barrón Lechuga del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad P23/2015, instruido en contra de los licenciados Alejandro Hernández Castillo y Héctor Segura Murayama, por su anterior actuación en su desempeño como Juez y Secretario de Acuerdos, respectivamente, del Juzgado Primero del Ramo Penal de Ciudad Valles, S.L.P.; 2.- Análisis y aprobación en su caso, del Proyecto de resolución presentado por el Consejero Juan Carlos Barrón Lechuga del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad P43/2015, instruido en contra de la licenciada Alicia Juárez Luna, por su actuación como anterior Secretaria de Acuerdos del Juzgado Mixto Menor de Charcas, S.L.P.; 3.- Análisis y aprobación en su caso, del Proyecto de resolución presentado por el Consejero José Refugio Jiménez Medina del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad P50/2015, instruido en contra de la licenciada Soraya de Jesús Rodríguez Ávila, en su anterior desempeño como Secretaria de Acuerdos del Juzgado Menor de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P.; VI. Asuntos Generales.-------------------------------------------------------------------------------- Acto seguido, el Presidente instruye al Secretario desahogue el orden del día; por lo que el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, procede en consecuencia.-------------------------------------------------------------------------------------- I.- El Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, toma lista de asistencia, constatando

que están presentes todos los integrantes de este Cuerpo Colegiado, dando cuenta de ello al

Consejero Presidente, dictándose el siguiente acuerdo CJPJESLP462/2016: Una vez verificado el

quórum legal, el Consejero Presidente, con fundamento en el artículo 91 de la Ley Orgánica del

Poder Judicial del Estado, declara formalmente instalada la sesión y válidos los acuerdos que en

ella se tomen.----------------------------------------------------------------

II.- El Secretario somete a la consideración del Pleno, el orden del día de la presente sesión. Acto seguido se delibera el asunto dictándose por mayoría de votos el siguiente acuerdo CJPJESLP463/2016: Se aprueba el orden del día de la presente sesión.----------------------------------------------------------

III.- En desahogo de este punto del orden del día, el Secretario da lectura al acta de la sesión del 09 nueve de febrero de 2016 dos mil dieciséis, y una vez concluida la misma por mayoría de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP464/2016: Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 93, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se aprueba el acta de la sesión del Pleno del Consejo de la Judicatura celebrada el 09 nueve de febrero de 2016 dos mil dieciséis.------------------------------------------------------------------------------------

IV.- 1.- El Secretario da cuenta al Pleno con el análisis y aprobación en su caso, del proyecto de resolución del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad P-33/2015, instruido al licenciado Benjamín Garza de Lira, en su carácter de Juez Mixto de Primera Instancia de Cárdenas, S.L.P. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo número CJPJESLP465/2016: Con fundamento en el artículo 94, fracciones XXXI y XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se aprueba el proyecto de resolución presentado por el Consejero Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, del expediente P-33/2015, instruido en contra del licenciado Benjamín Garza de Lira, en su desempeño como Juez Mixto de Primera Instancia de Cárdenas, S.L.P.,

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cuyos puntos resolutivos son del tenor literal siguiente: “PRIMERO.- El Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, es competente para conocer y resolver este procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, 86, 94, fracciones XXXI y XXXII, 183, 184 y 185 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, en concordancia con los numerales 56, fracciones I, XXIV y XXX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de San Luís Potosí. SEGUNDO. La queja formulada en contra del licenciado Benjamín Garza de Lira, en su desempeño de Juez de Primera Instancia del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Cárdenas, San Luis Potosí resultó fundada, acorde con lo expuesto en el considerando octavo de la presente resolución. TERCERO. En términos de lo establecido en el considerando noveno de la presente resolución, se le impone al licenciado Benjamín Garza de Lira la sanción a que se refiere la fracción III, del artículo 181, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, consistente en suspensión por 45 cuarenta y cinco días en su cargo de Juez de Primera Instancia, en su actual adscripción, la que deberá ejecutarse en términos de lo establecido por el artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, en relación con el numeral 91 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de San Luis Potosí. CUARTO. Conforme a lo ordenado en el considerando décimo de esta determinación y dada la sanción impuesta al licenciado Benjamín Garza de Lira, se ordena inscribir la presente resolución en los archivos de su expediente, para efectos de registro, control, evaluación y seguimiento de los actos del desempeño del personal del Poder Judicial del Estado, a través de la Unidad de Estadística, Evaluación y Seguimiento de la Secretaría Ejecutiva de Administración, de la Dirección de Recursos Humanos y de la Contraloría del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí. QUINTO. Gírese oficio a la Dirección de Recursos Humanos para los efectos señalados en el considerando décimo primero de la presente determinación. SEXTO. Notifíquese esta determinación al licenciado Benjamín Garza de Lira en el domicilio autorizado en autos, para los efectos legales a que haya lugar, así como al Agente del Ministerio Público adscrito a este Cuerpo Colegiado. SÉPTIMO. En su oportunidad, archívese este asunto como totalmente concluido. A S I, por unanimidad de votos lo resolvieron y firman, el día dieciséis de febrero de dos mil dieciséis, los integrantes del Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, Consejero Presidente, Magistrado Luis Fernando Gerardo González, Consejero Juan Carlos Barrón Lechuga, Consejero José Refugio Jiménez Medina, y Consejero Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, siendo ponente el último de los mencionados, ante el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura, quien autoriza y da fe.” ---------------------------------------------------------------------------

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2.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio SEA 431/2015, de fecha 13 trece de noviembre de 2015 dos mil quince, signado por la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración, que atendiendo a lo establecido por el artículo 35 de la Ley de Presupuesto de Egresos del Estado de San Luis Potosí, para el Ejercicio Fiscal 2015 dos mil quince, en cuanto a la responsabilidad de la creación, seguimiento y evaluación del Programa de Austeridad del Poder Judicial del Estado para el ejercicio presupuestal 2016 dos mil dieciséis, y con el objeto de promover las medidas para agilizar procesos, reducir los costos de operación y administración con respecto a este ejercicio, solicita a este Órgano Administrativo, de considerarlo conveniente, se le indique que parámetros y/o criterios consideran necesarios que deban tomarse en cuenta para el desarrollo de dicho programa, mismo que tendrá que estar listo en un plazo no mayor de 45 cuarenta y cinco días a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016 dos mil dieciséis. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP466/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, determina que continúe reservado el dictado del acuerdo respectivo.--------------------------------------------------------------------------- 3.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio DJ/01/2016, de fecha 07 siete de enero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Geovanna Hernández Vázquez, Directora Jurídica del Consejo de la Judicatura, mediante el cual informa del juicio laboral promovido por Anabel Muñoz Vargas, Secretaria Capturista del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Tamazunchale, S.L.P., en contra de la fuente de trabajo ubicada en la calle 20 veinte de noviembre esquina con calle 12 doce de octubre, Barrio del Carmen, Plaza “Peri” en Tamazunchale, S.L.P., y del Consejo de la Judicatura, mediante el cual demandó la base de Secretaria de Estudio y Cuenta, el que hasta la fecha está pendiente de resolver; adjuntando copia certificada por el General del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, de la citada audiencia, del acuerdo de 24 veinticuatro de abril de 2015 dos mil quince, dictado por el Secretario de Acuerdos del Juzgado Mixto de Primera Instancia del Octavo Distrito Judicial, del emplazamiento ya señalado, así como del oficio 631/2015 de 29 veintinueve de abril del 2015 dos mil quince, para los efectos que ese Órgano Colegido estime pertinente. En uso de la voz el Consejero Juan Carlos Barrón Lechuga, propone al Pleno se reserve el dictado del acuerdo correspondiente, pues considera hay una falta grave por parte del entonces titular del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Tamazunchale, S.L.P., por lo que en su oportunidad presentará la queja correspondiente. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP467/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, determina que continué reservado el dictado del acuerdo correspondiente.------------------------------------------------------------------- 4.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 907/2016, de fecha 18 dieciocho de enero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Miguel Ángel Sauceda Aranda, Juez Quinto del Ramo Penal, mediante el cual hace del conocimiento que el licenciado Francisco Ángel Acosta Arias, que hasta el día 15 quince de enero del 2015 dos mil quince, se desempeñaba como Secretario de Acuerdos de ese Juzgado, fue comisionado al Juzgado Segundo del Ramo Civil, motivo por el cual propone para que cubra su lugar a la licenciada Liliana Guadalupe Mejía Elizondo, quien actualmente se desempeña como Secretaria de Acuerdos en el Municipio de Venado, S.L.P.; asimismo, insiste con lo solicitado en los oficios 90/2016 y 93/2016 de fecha 06 seis de enero, en los cuales se manifiestan propuestas para cubrir interinatos de personal que está incapacitado y de comisión. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP468/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina que continué reservado el dictado del acuerdo correspondiente.------------------------------------------------------------------------ 5.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio CJ 191/2016, de fecha 11 once de enero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado José Refugio Jiménez Medina, Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, que en relación a los Juzgados Mixtos de Primera Instancia con residencia en Matehuala y Rioverde, S.L.P., y atendiendo a la descarga en materia penal a raíz de la aplicación del Código de Nacional de Procedimientos Penales a la totalidad de delitos del fuero local, se estima conveniente la especialización de los mismos, a lo cual anexa proyecto de Acuerdo General para dicho fin. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP469/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina reservar el dictado del acuerdo correspondiente.---------------------------- 6.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio C.J. 45/2016, de fecha 08 ocho de enero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Carlos Alejandro Ponce Rodríguez,

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Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto, en mi carácter de Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 44 fracciones VIII y XIII del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, comparezco respetuosamente para exponer lo siguiente: De acuerdo a la realidad económica que enfrenta el Poder Judicial del Estado y ante la insuficiencia presupuestal existente, es necesario tomar medidas emergentes para eficientizar los recursos financieros con que se cuenta a fin de adecuarnos a los lineamientos estrictos de austeridad y contención del gasto establecidos en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016. Es por ello, que al realizar un análisis minucioso de los perfiles de puestos y de los tabuladores de sueldos autorizados por el Pleno del Consejo de la Judicatura, se advierten ciertas incongruencias derivadas de la desproporción existente entre las percepciones que reciben personal de carácter administrativo como lo es, el Gestor Regional de Sala, toda vez que no es acorde al nivel jerárquico que ocupa y a las funciones que realmente desempeña. En efecto, por acuerdo dictado por el este Cuerpo Colegiado en sesión celebrada el dos de septiembre de dos mil catorce, se autorizaron los tabuladores para las categorías del personal del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, determinando que el Gestor Regional percibiría un sueldo neto mensual de $43,000.00 (CUARENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N.); dicho sueldo fue modificado con motivo del incremento salarial de 4.2% autorizado para el ejercicio 2015, estableciendo que recibiría un sueldo neto mensual por la cantidad de $43,804.58 (CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUATRO PESOS 58/100 M.N.). Por su parte, el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en lo que interesa, lo siguiente: “Artículo 127. Los servidores públicos de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades. Dicha remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes, bajo las siguientes bases: I. (L) III. Ningún servidor público podrá tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico; salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos, que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo, derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función, la suma de dichas retribuciones no deberá exceder la mitad de la remuneración establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente. IV. (L).” En la misma tesitura el artículo 133 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, establece: “Artículo 133.- Los servidores públicos del Estado, de los municipios, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales, intermunicipales, y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones de organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidadesL” Asimismo, los ordinales 12 y 13 de la Ley Reglamentaria del Artículo 133 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí en Materia de Remuneraciones disponen: “Articulo 12. Ningún servidor público podrá percibir una remuneración igual o mayor de la que corresponda al cargo inmediato superior, en cuanto a nivel de responsabilidad o categoría jerárquica, salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos de los legalmente permitidos; que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo, convenios y acuerdos; derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función; en todo caso, la suma de dichas retribuciones no deberá exceder de la remuneración establecida para el Gobernador del Estado, en el presupuesto correspondiente.” “Articulo 13. La remuneración de los servidores públicos, dentro de los límites presupuestales, adscritos a cada institución pública y con base en la responsabilidad de sus respectivas funciones, empleos, cargos o comisiones, deberá ser suficiente para procurarles un nivel de vida digna, y estimular y reconocer su desempeño laboral sobre la base de su capacidad profesional.” Ahora bien, los emolumentos que recibe el Gestor Regional de Sala, resultan excesivos y desproporcionados al trabajo que realmente desempeñan, pues resulta ilógico e incongruente que los servidores judiciales que ostentan tal categoría perciban un sueldo tan oneroso, ya que el nivel de responsabilidad, la capacitación y el procedimiento para su designación es totalmente diferente en relación al personal de las categorías de carrera judicial, de ahí que se encuentre injustificado que la diferencia entre

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el sueldo de un Juez de Control y de Tribunal de Juicio Oral y el sueldo de un Gestor Regional de Sala sea en promedio la cantidad de $2,643.59 (DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS 59/100M.N.), ya que no se encuentran en una situación de igualdad de actividad y méritos laborales que jurídicamente hagan posible una remuneración de esa naturaleza. En tales condiciones y tomando en consideración la insuficiencia presupuestal que existe en el Poder Judicial del Estado, que hace prácticamente imposible aumentar el sueldo de los Jueces de Control y de Tribunal de Juicio Oral, con motivo de la desproporción que se actualiza en relación con las percepciones que reciben el Gestor Regional de Sala, lo conducente es hacer los ajustes correspondientes a fin de que se cubra el sueldo de los trabajadores de confianza que ostentan tales categorías, de una manera justa, equitativa y proporcional a las funciones reales que desempeñan; es por ello que estimo necesario disminuir el sueldo del Gestor Regional de Sala, y que estos sean congruentes al nivel jerárquico que ocupan y al trabajo que realizan, conforme a los parámetros de la responsabilidad inherente al cargo y los méritos laborales que conlleva su desempeño. Por las consideraciones expuestas, me permito sugerir que el sueldo del Gestor Regional de Sala, se adecúe al que corresponde a un Subdirector. Una vez valorado lo anterior, solicito se instruya a la Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura, para que presente a este Pleno unos tabuladores distintos que contengan la remuneración salarial adecuada, equitativa y proporcional del Gestor Regional de Sala, en relación a la responsabilidad que implica el ejercicio de sus funciones, con la finalidad de no vulnerar lo establecido en los artículos 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 133 de la Constitución Política del Estado, así como los ordinales 12 y 13 de la Ley Reglamentaria del Artículo 133 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí en materia de remuneraciones. Finalmente, sugiero a este Cuerpo Colegiado que el resultado de los ajustes que se proponen sean aplicados a la clave presupuestal destinada para el Centro Estatal de Mediación y Conciliación, a efecto de contratar al personal necesario para empezar su funcionamiento; aunado a ello propongo a este Órgano Administrativo que las jubilaciones que se han venido dando y que aún no han sido ocupadas y las que se generen por alguna otra causa distinta de la enunciada, tanto de personal jurisdiccional como administrativo en los Juzgados Penales de la Capital, se den de baja y sean destinados al fin señalado líneas arriba. En ese orden de ideas a efecto de cumplir con la garantía de impartición de justicia prevista en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y no desatender las funciones de los Juzgados Penales del Sistema Tradicional, cuya tendencia es a desaparecer, se propone contratar por tiempo determinado y por cantidad presupuestada en el presente ejercicio, con recursos del Fondo de Apoyo para la Administración de Justicia, al personal para ocupar los espacios generados con las jubilaciones referidas. Sin que obste lo anterior que de ser necesario se pida la ampliación presupuestal para que el Centro Estatal de Mediación y Conciliación opere con el personal necesario para su funcionamiento. De igual forma propongo se instruya a la Secretaria Ejecutiva de Administración y a la Directora del Instituto de Estudios Judiciales, para que en forma conjunta den cuenta a este Pleno del personal que se encuentra laborando en esta Institución que haya sido preparada en materia de mediación y de esa forma, si este Cuerpo Colegiado lo estima pertinente, dicho personal integre el citado Centro Estatal de Mediación y Conciliación.” Asimismo, el Secretario da cuenta al Pleno con el oficio C.J. 357/2016, de fecha 02 dos de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado José Refugio Jiménez Medina, Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, el cual es del tenor literal siguiente: “En atención al oficio C.J.45/2016, signado por el Consejero Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, por medio del cual propone la disminución de salario de los Gestores Regionales; el uso del recurso resultante de la propuesta de reducción de salarios para la contratación de personal para el Centro Estatal de Mediación y Conciliación; el uso y reasignación del recurso de la plazas liberadas por jubilaciones, y por motivos diversos, para el fin en comento; y la contratación con recursos del Fondo de Apoyo para la Administración de Justicia, para cubrir las plazas de jubilación de los juzgados Penales con personal contratado por tiempo determinado, me permito emitir las siguientes consideraciones. Respecto a la propuesta de reducir el salario de los Gestores Regionales, y ajustarlos a una remuneración equiparable a la de un subdirector, se considera que no es viable, pues esto conllevaría a una posible recisión laboral por causas imputables al Poder Judicial, de acuerdo a lo estipulado en la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí y la Ley Federal del Trabajo, máxime cuando no se incumple con ninguna de las normas invocadas por el Consejero Ponce Rodríguez, pues dicha categoría se encuentra en el

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nivel 1550 del Tabulador del Sistema Penal Acusatorio del Poder Judicial, con un sueldo de $43,804.58 (cuarenta y tres mil ochocientos cuatro pesos 58/100 m.n.), y el siguiente nivel 1650, presenta una remuneración de $46, 781.12 (cuarenta y seis mil setecientos ochenta y un pesos 12/100 m.n.), por lo que no infringe la normatividad al no sobrepasar ni igual la cantidad percibida por el nivel jerárquico inmediato superior. Por otra parte, no se comparte el criterio de que la percepción mensual entregada a los gestores sea desproporcionada a sus labores, considerando que los Gestores Regionales son los encargados del funcionamiento administrativo de cada región, lo que implica una responsabilidad suficiente para justificar el salario devengado. No se considera viable realizar contrataciones para el Centro de Mediación y conciliación, con el recurso de la disminución de salarios de los Gestores Regionales, con el fin de no solicitar una ampliación presupuestal, pues esta representaría un total mensual de $46,230.52, lo cual como máximo representa el costo de dos mozos de oficina, por lo cual seguiría siendo necesario el requerimiento de recursos al ejecutivo, por lo que no se considera suficiente para asumir el riesgo de una demanda laboral por disminución de salarios. 1. Por lo que hace a la reasignación y uso de los recursos disponibles por plazas de jubilación, para la contratación de personal para el Centro de Mediación y conciliación, parece adecuada la propuesta siempre y cuando no se hable de la totalidad de ellas, si no de plazas vacantes por jubilación, que después de un análisis minucioso de cada caso, por el Pleno del Consejo de la Judicatura, se determinen viables a reasignar, sin comprometer el funcionamiento de los órganos de origen. 2. Por lo que hace a la propuesta de cubrir con personal de Fondo de Apoyo para la Administración de Justicia las plazas de jubilación de los juzgados penales, no se está de acuerdo con la misma, pues el citado fondo no debería seguir siendo utilizado para contrataciones, por lo que se sugiere fortalecer a esos juzgados hasta su cierre con personal que ya se encuentre contratado y que tenga recurso asignado, que pueda ser reubicado sin implicar un cambio de adscripción y se utilice el recurso del fondo para equipamiento que permita simplificar las labores, a fin de que disminuyan las contrataciones.” Por otra parte, el Secretario da cuenta al Pleno con el oficio C.J. 358/2016, de fecha 03 tres de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto, en mi carácter de Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 44 fracciones VIII y XIII del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, comparezco respetuosamente para exponer lo siguiente: En seguimiento a los planteamientos formulados mediante oficio C.J.45/2016, y atendiendo al presupuesto de egresos asignado al Poder Judicial del Estado, para el ejercicio fiscal 2016, considero que es importante realizar los ajustes correspondientes a efecto de que se aplique un aumento al sueldo que actualmente reciben los secretarios de acuerdos, toda vez que es desproporcionado al nivel jerárquico que ocupan dentro del escalafón de carrera judicial y a las funciones que desempeñan, ya que perciben un sueldo neto por la cantidad de $32,596.10 (TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 10/100 M.N.) y comparando dichos emolumentos con la remuneración de los servidores judiciales que ostentan algunas categorías del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, tales como el Gestor Regional de Sala, resultan por demás inequitativo e incongruente. Lo anterior se sostiene, porque de acuerdo a lo establecido por los artículos 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 133 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, así como los numerales 12 y 13 de la Ley Reglamentaria del Artículo 133 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, en Materia de Remuneraciones, el sueldo de todos los servidores judiciales debe ser adecuado al desempeño de sus funciones y proporcional a sus responsabilidades, y en la actualidad, los Gestores Regionales de Sala dentro de los tabuladores generales de sueldo, se encuentran en una escala de mayor importancia y jerarquía percibiendo un sueldo superior al de los Secretarios de Acuerdos, lo que resulta incongruente, ya que el nivel de preparación y capacitación no es el mismo, así como la complejidad, responsabilidad y el compromiso en el desempeño del cargo, por tanto, es evidente que el tabulador de sueldos aprobado es desproporcionado y carece de sustento jurídico, no propiamente en cuanto al fundamento de su aprobación, sino respecto a su contenido, alcance y aplicación. En tales condiciones y considerando que se está proponiendo la reestructuración correspondiente al presente ejercicio en esta sesión plenaria, solicito que se instruya a la Secretaria Ejecutiva de Administración, para que dentro de la misma, se tomen las medidas necesarias y previo estudio que haga de esa distribución presupuestal proponga en qué cantidad se pueden aumentar las percepciones de los Secretarios de Acuerdos y de esta manera sean congruentes al nivel jerárquico que ocupan, al trabajo

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que realizan y conforme a los parámetros de la responsabilidad inherente al cargo y los méritos laborales que conlleva su desempeño, habida cuenta que en diversa postura que se sostiene por quien plasma éstas ideas en el oficio C.J.45/2016, se propusieron medidas alternas para lograr dar suficiencia presupuestal a la partida relativa al Centro de Mediación, todo ello persigue que se aplique la Ley que se encuentra vigente en relación a la materia que se menciona y que se respeten los Derechos Humanos de los Secretarios de Acuerdos en los términos de la Constitución Política Federal y Estatal.” Asimismo, el Secretario da cuenta al Pleno con el oficio C.J. 387/2016, de fecha 08 ocho de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Carlo Alejandro Ponce Rodríguez, Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto, en mi carácter de Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 44 fracciones VIII y XIII del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, comparezco respetuosamente para exponer lo siguiente: En virtud de que en sesión de éste órgano Administrativo celebrada el 3 de febrero de 2016, fue sometida a consideración de los integrantes de este Cuerpo Colegiado, la represupuestación correspondiente al Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del presente año, solicito que previo a la autorización y ejecución de dicha represupuestación se resuelvan las consideraciones que vertí mediante oficios C.J.45/2016 y C.J.358/2016, eficientizando los recursos financieros con que se cuenta a fin de atender las necesidades inminentes y prioritarias a que se hace referencia en los mencionados libelos. Es por ello que considero importante resolver lo conducente respecto a la reducción del salario de los Gestores Regionales de Sala y pronunciarse sobre la propuesta que se hizo de que las jubilaciones que se presenten en Juzgados Penales tanto de personal jurisdiccional como administrativo y que aún no han sido ocupadas, se cubran únicamente con personal contratado por tiempo determinado y cantidad presupuestada, con recursos del Fondo de Apoyo para la Administración de Justicia, a fin de que los recursos que se obtengan con dichas jubilaciones formen parte del presupuesto destinado a la creación y funcionamiento del Centro Estatal de Mediación y Conciliación. Lo anterior obedece a que dentro de la represupuestación citada se habla de la inclusión del Centro Estatal de Mediación y Conciliación, dejando fuera la postura que presenté, habida cuenta que la misma viene de la mano con la solicitud de que en esa represupuestación sea posible el aumento salarial de los Secretarios de Acuerdos del Poder Judicial del Estado, quienes en términos de los artículos 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 133 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, así como los numerales 12 y 13 de la Ley Reglamentaria del Artículo 133 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, en Materia de Remuneraciones, se han visto perjudicados al percibir un sueldo inferior al de la categoría inmediata anterior, toda vez que los emolumentos mensuales netos de los Secretarios de Acuerdos son de $32,596.10 (TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS 10/100 M.N.), mientras que las percepciones de los Secretarios de Estudio y Cuenta de Sala son de $34,666.33 (TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 33/100 M.N.) y las de los Secretarios de Estudio y Cuenta de Juzgado son $34,150.33 (TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA PESOS 33/100 M.N.), de ahí que nos encontremos ante la necesidad de incrementar la remuneración de los Secretarios de Acuerdos, por lo que solicito de manera urgente se someta a votación las propuestas de referencia, para de esa manera poder cumplir con los mandatos Constitucionales en ambos aspectos.” Por otro lado, el Secretario da cuenta al Pleno con el oficio CJ 439/2016, de fecha 08 ocho de febrero de 2016, signado por el licenciado José Refugio Jiménez Medina, Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, el cual es del tenor literal siguiente: “en atención al oficio C.J. 358/2016, emitido por el Consejero Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, en seguimiento al C.J. 45/2016, por medio del cual propone realizar los ajustes correspondientes para aplicar un aumento a los salarios de los secretarios de acuerdos, toda vez que a su consideración resulta incongruente que los Gestores Regionales, se encuentren en una escala de mayor importancia y jerarquía que los primeros en comento, toda vez que el nivel de preparación y capacitación no es el mismo, así como la complejidad, responsabilidad y compromiso en el desempeño en el cargo, me permito emitir las siguientes consideraciones: 1. No es dable realizar una comparación entre las categorías de Secretarios de Acuerdos y Gestor Regional, pues su naturaleza y funciones son diferentes, tan es así que se autorizó la creación de un tabulador especial para el personal del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, por lo que no puede realizarse una comparación de funciones. 2. Respecto a la consideración de que no es congruente que los Secretarios de Acuerdos perciban un menor salario, por encontrase dentro del

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tabulador general en menor jerarquía que los Gestores Regionales, lo anterior así, por considerar que éstos últimos tienen un nivel de capacitación y preparación diferentes así como que la complejidad, responsabilidad y compromiso en las labores no es la misma, no es atendible dicho argumento puesto que estamos ante criterios subjetivos analizables en cada caso, lo cual no se encuentra regulado en la legislación, pues se estaría en el absurdo de considerar el nivel escolar de cada persona, así como de la institución que lo acreditan, la experiencia laboral, y un sinfín de factores, en comparación de cada uno de ellos contra la totalidad de trabajadores, para determinar cuál de éstos se encuentra mejor preparado y realiza sus funciones de una forma más productiva y comprometida, debiendo pagar salario diferente a cada uno de ellos de acuerdo al resultado arrojado. 3. Se está de acuerdo en la necesidad de incrementar el salario de los Secretarios de Acuerdos a fin de cumplir con lo establecido en la legislación con relación a la remuneración, sin embargo debe dejarse en claro en la actualidad el problema a solucionar no es el de las categorías superiores en nivel tabular que perciben mayores emolumentos a éstos, puesto es una consecuencia lógica y jurídica del propio sistema jerarquizado, sino más bien el hecho de que categorías inferiores superen las percepciones totales de éstos, pues con esto se violenta la normatividad. Por lo que ahora parece incongruente, que se solicite una reestructuración presupuestaria cuando al momento de integrar el proyecto de presupuesto que se envió al Congreso se votó en contra de presentar una propuesta de tabulador con un salario mayor para los Secretarios de Acuerdos, dejando ahora como única solución la solicitud de una ampliación presupuestal para cumplir con lo establecido en materia de remuneraciones. Por otra parte, el Secretario da cuenta al Pleno con el oficio C.J. 443/2016, de fecha 09 nueve de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Carlo Alejandro Ponce Rodríguez, Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto y en atención al oficio C.J.357/2016, signado por el Consejero José Refugio Jiménez Medina, en el que realiza diversas consideraciones derivadas del oficio C.J.45/2016, mediante el cual, entre otros aspectos, manifesté mi postura respecto a la disminución del salario de los Gestores Regionales, porque este es excesivo y desproporcionado acorde a las funciones que desempeñan y al nivel jerárquico que ocupan, y propuse que el recurso que se obtuviera con ese ajuste se destinara a la creación y funcionamiento del Centro Estatal de Mediación y Conciliación, me permito señalar lo siguiente: En primer término, cabe precisar que los Gestores Regionales de Sala, son trabajadores de confianza, y desempeñan funciones de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, en términos de lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado, toda vez que del contenido del propio numeral 26 del Acuerdo General Centésimo Primero del Pleno del Consejo de la Judicatura, que establece y dota de atribuciones a las categorías del Sistema Penal Acusatorio, se advierte que la naturaleza de las funciones que desempeñan es de confianza, al tener la encomienda de administrar los Centros de Justicia Penal y las Bases que de ellos dependan, vigilando la adecuada integración e impulso procesal de los casos, de ahí que al tratarse de trabajadores de confianza, no gozan de estabilidad en el empleo. Ahora bien, si bien es cierto, de acuerdo a lo establecido por los artículos 62, fracción IV y 63 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado, el trabajador puede dar por terminada la relación de trabajo con la Institución, sin responsabilidad para éste, entre otras causas, por la reducción al salario, pudiendo separarse del servicio dentro del término de treinta días, y reclamar el pago de las prestaciones que le correspondan conforme a la ley; sin embargo, también es cierto que por tratarse de trabajadores de confianza no gozan del derecho humano a la estabilidad en el empleo previsto por la fracción IX, apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por ende, para el caso de que quienes ostentan tal cargo se inconformen por dicha determinación y decidan dar por terminada la relación de trabajo o en su caso, continuar y reclamar las diferencias salariales, el Consejo de la Judicatura está eximido de reinstalar al trabajador en el puesto que venía desempeñando de conformidad con el artículo 60 de la citada ley, precisamente por tratarse de trabajadores de confianza y únicamente tendría uno de ellos, derecho a la indemnización que le corresponda, y los dos restantes, se reincorporarían al cargo que antes desempeñaban y en el cual tienen permiso, o bien, indemnizarlos conforme al tiempo que han prestados sus servicios para esta Institución, sin que con ello se genere un trato desigual respecto de los trabajadores de base, ya que la diferencia entre un trabajador de base y uno de confianza lo prevé la propia norma fundamental del País, esto es, que no gozan de la estabilidad en el empleo. Por tanto, insisto en mi propuesta formulada mediante oficio C.J. 45/2016, porque si bien de inicio, en caso de que no

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acepten el nombramiento con el nuevo sueldo autorizado, generaría una erogación por la liquidación en términos de ley, a futuro representa un beneficio ya que se eficientizan los recursos financieros para el presente ejercicio.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP4702016: Visto el contenido de los oficios de cuenta, determina que continué reservado el dictado del acuerdo correspondiente.--------------------------- 7.- En uso de la voz el Consejero Juan Carlos Barrón Lechuga, propone al Pleno, que ante la falta de reservas en las categorías de Subsecretario Administrativo, Secretario de Acuerdos y Visitador Judicial, se emitan las convocatorias correspondientes para la celebración de los concursos para contar con personal de reserva en las mismas. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP471/2016: Este Pleno determina que continué reservado el dictado del acuerdo respectivo.------- 8.- En uso de la voz el Consejero Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, propone al Pleno que en el puesto que ocupaba en el Área de Organización y Métodos, la licenciada Erika Gutiérrez Velázquez, se nombre a la licenciada Silvia Lorena Govea Soler. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP472/2016: Visto lo manifestado por el Consejero Carlos Alejandro Ponce, este Pleno determina que continué reservado el dictado del acuerdo correspondiente.--------------------------------------------------------- 9.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio D.J. 06/2015, de fecha 25 veinticinco de enero de 2016 dos mil dieciséis, signado por las licenciadas Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración y Geovana Hernández Vázquez, Directora Jurídica del Consejo de la Judicatura, que en cumplimiento al acuerdo tomado por este Cuerpo Colegiado el 01 uno de diciembre de 2015 dos mil quince, notificado a la Secretaría Ejecutiva de Administración a través del oficio C.J. 3851/2015, y a la Dirección Jurídica mediante el diverso C.J. 3852/2015, remiten el informe relativo al análisis efectuado al Reglamento de la Oficialía de Partes Común del Poder Judicial del Estado y el Manual de Procedimientos de la Oficialía de Partes. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP473/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina distribuirlo entre sus integrantes, y reservar el dictado del acuerdo correspondiente.------------------------------------------------------------------------------------ 10.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio UEES/PL/02/2016, de fecha 28 veintiocho de enero del presente año, firmado por la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración y Encargada de la Unidad de Estadística, Evaluación y Seguimiento, al cual adjunta para su revisión y, en su caso, aprobación de los documentos que contienen los “Proyectos Estratégicos 2016 dos mil dieciséis de las áreas del Consejo de la Judicatura”, el cual contiene los proyectos registrados en el sistema de planeación para el presente año, de cada una de las áreas que lo conforman; informando que la ejecución y cumplimiento de objetivos y metas de algunos proyectos, se encuentran señaladas en la sección denominada pliego petitorio de recursos extraordinarios requeridos para 2016 dos mil dieciséis. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP474/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción XXXVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina autorizar los “Proyectos Estratégicos 2016 dos mil dieciséis de las áreas del Consejo de la Judicatura”, el cual contiene los proyectos registrados en el sistema de planeación para el presente ejercicio, de cada una de las áreas que lo conforman; informando que la ejecución y cumplimiento de objetivos y metas de algunos proyectos, se encuentran señaladas en la sección denominada pliego petitorio de recursos extraordinarios requeridos para 2016 dos mil dieciséis. Comuníquese lo anterior a la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura, para que dé cumplimiento al presente acuerdo. Notifíquese. ---------------------------------------------------------------- 11.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio OYM/03/2016, de fecha 27 veintisiete de enero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración, mediante el cual remite para consideración y en su caso autorización, en forma impresa en cinco tantos, el proyecto de actualización del Manual de Organización de la Contraloría Interna del Poder Judicial del Estado, al que le fueron incluidos los cambios sugeridos por el Contralor Interno en el oficio CPJ 028/16. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP475/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento

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en lo dispuesto por el artículo 94, fracciones XXXVII y XL, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina autorizar en sus términos el MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA CONTRALORÍA INTERNA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, y se instruye al Secretario Ejecutivo del Pleno y Carrera Judicial, en términos del artículo 72 de lo dispuesto del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, a efecto de que se sirva mandar publicarlo en el Periódico Oficial del Estado. Hágase lo anterior del conocimiento de la Secretaria Ejecutiva de Administración, para los efectos a que haya lugar. Notifíquese.--------------------------------------------------------------------- 12.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio AJSG 065/2016, de fecha 02 dos de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto, respetuosamente me permito informar que con motivo de la autorización para asistir a la reunión de trabajo que tuvo verificativo en las instalaciones del Órgano Implementador en el Estado, en punto de las 10:00 horas, el Lic. Armando R. Oviedo Abrego, Secretario Técnico del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, hizo del conocimiento de manera extraoficial los proyectos de infraestructura nueva que serán ejercidos mediante recursos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que fueron validados por la Unidad de Política y Control Presupuestario (UPCP), siendo los siguientes que atañen al Poder Judicial del Estado: -------------------------------------------------------------------

# Nombre Modalidad de

Apoyo

Número

de Salas

Monto Total de

Proyecto

1 Centro Integral de Justicia

Penal en la Tercera Región

Judicial con residencia en el

municipio de Rioverde y con

la competencia en los

Distritos Judiciales Tercero,

Cuarto, Quinto y Noveno.

Co-pago

2 Salas

$21,000,000.00

2 Centro Integral de Justicia

Penal Sede en la Cuarta

Región Judicial, con

residencia en el municipio de

Ciudad Valles y con la

competencia de los Distritos

Judiciales Sexto, Séptimo y

Octavo.

Co-pago

2 Salas

$21,500,000.00

3 Centro Integral de Justicia

Penal en la Cuarta Región

Judicial con residencia en el

municipio de Tamazunchale.

Co-pago

2 Salas

$26,000,000.00

4 Centro Integral de Justicia

Penal en la Cuarta Región

Judicial con residencia en el

municipio de Tancanhuitz.

Co-pago

1 Salas

$15,000,000.00

5 Primera Etapa del Centro

Integral de Justicia Penal

Sede en la Primera Región

Judicial, con residencia en la

Capital San Luis Potosí y con

la competencia de los

Distritos Judiciales Primero,

Décimo Segundo y Décimo

Tercero.

Co-pago

8 Salas

$36,176,677.36

Información que se encuentra pendiente de oficializarse por parte de SETEC-SEGOB, misma que se hará del conocimiento en su oportunidad, circunstancia que hace imprescindible prever el equipamiento consistente en mobiliario y las tecnologías de la información necesarias para su adecuada operación, motivo por el cual someto a su valiosa consideración se autorice a la suscrita realizar un diagnóstico de necesidades básicas para su funcionamiento y sean proporcionadas al titular del Órgano

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Implementador en el Estado, para realizar una planeación de los recursos federales del Fondo de Aportaciones de Seguridad Pública o iniciativa Mérida en su caso, previendo al materializarse la infraestructura nueva contar con los insumos correspondientes. Por otra parte, manifestó la necesidad de llevar a cabo el redireccionamiento del proyecto SLP-13-2015, denominado “Equipamiento y Tecnologías de la Información para el Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede con residencia en el municipio de Ciudad Valles”, mismo que consta de equipo para 3 salas de oralidad penal, para ser designado a la Capital del Estado, ante la premura y próxima entrada en vigor el 31 de marzo de la presente anualidad, en ese contexto, señaló la necesidad de que se gire atento oficio suscrito por el Mgdo. Luis Fernando Gerardo González, Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura, donde se solicite la redirección a que se hace referencia, exponiendo la debida justificación correspondiente, motivo por el cual adjunto al presente el proyecto de oficio para que en caso de considerarse pertinente y oportuno se lleve su suscripción. Lo anterior, otorgará facultades al Lic. Armando R. Oviedo Abrego, Secretario Técnico en el Estado, para realizar las gestiones propias ante la Secretaria Técnica Federal para su validación. Por otra parte, solicita apoyo para elaborar un requerimiento de equipamiento por parte de iniciativa Mérida, mismo que podría contemplar los equipos de videograbación de audiencias fijos, necesarios para la próxima entrada en vigor en la Capital del Estado, como una opción paralela a la solicitud de redirección de los recursos asignados en el proyecto SLP-13-2015, señalado en los puntos que anteceden, mismo que permitiría solventar la necesidad de 3 equipos de videograbación de audiencias para la infraestructura que se realizará en el presente ejercicio fiscal, lo cual hago de su conocimiento para la determinación que consideren oportuna. En otro orden de ideas, se solicitó por parte del Lic. Armando R. Oviedo Abrego, proporcionar información sobre la capacitación en el sistema de justicia penal acusatorio de los operadores debidamente actualizada por cada uno de los perfiles, en el que se señalen el número de capacitación básica, intermedia o avanzada por cada servidor judicial, así como los operadores de los órganos jurisdiccionales que se encuentran en funciones en los Distritos Judiciales Segundo, Tercero, Sexto, Séptimo y Octavo en el Estado, circunstancia que se hace de su amable consideración para de resultar viable, proporcionarse la información para su conocimiento.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP476/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno toma conocimiento del mismo, y determina instruir a la Administradora Judicial del Sistema de Gestión, a fin de que proporcione al licenciado Armando Rafael Oviedo Ábrego, Secretario Técnico del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, información actualizada relativa a la capacitación en el sistema de justicia penal acusatorio de los operadores en el que se señalen la capacitación básica, intermedia o avanzada respecto del personal que refiere y que se encuentra en funciones en los Distritos Judiciales Segundo, Tercero, Sexto, Séptimo y Octavo en el Estado. Notifíquese.------------------------------------------------------------------------------------------ 13.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio sin número, de fecha 02 dos de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por las Magistradas Rebeca Anastacia Medina García, Enlace en la Comisión de Igualdad y Género del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, y María del Rocío Hernández Cruz, Coordinadora de la Comisión Especializada para la Creación del Centro de Convivencia Familiar del Estado, que en atención al oficio C.J. 26/2016, firmado por el Magistrado Presidente Luis Fernando Gerardo González, comunican que el material que se requiere para el taller que se realizará en el Instituto de Estudios Judiciales, con el tema “DERECHO DE NIÑAS Y NIÑOS A CONVIVIR CON EL PADRE O MADRE QUE NO TIENE SU CUSTODIA, ALIENACIÓN PARENTAL”, los días 18 dieciocho y 19 diecinueve de febrero del presente año, en un horario de 16:00 dieciséis a 21:00 veintiún horas y de 09:00 nueve a 14:00 catorce horas, respectivamente, mismo que será impartido por la Maestra Lucía Rodríguez Quintero, Subdirectora del Programa sobre Asuntos de la Niñez y la Familia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, es un rotafolio, plumones, un cañón para proyectar, etiquetas y servicio de cafetería para los recesos; asimismo, comunican que las suscritas elaborarán las invitaciones las cuales harán llegar a los servidores judiciales que trabajan con problemática de las familias y en especial de alienación parental, y una vez que se tengan los registros harán llegar el listado respectivo a este Órgano Colegiado. Se delibera este asunto y por mayoría de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP477/2016: Visto el contenido del oficio las Magistradas Rebeca Anastacia Medina García, Enlace en la Comisión de Igualdad y Género del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, y María del Rocío Hernández Cruz, Coordinadora de la Comisión Especializada para la Creación del Centro de Convivencia Familiar del Estado, este Pleno, con fundamento en los artículos 94, fracción VI y 119 de

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la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, y 71, fracción XVI del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, determina comunicar a las solicitantes, que ante la proximidad del evento que señalan, se autoriza por única ocasión se imparta en el Instituto de Estudios Judiciales del Consejo de la Judicatura, el taller denominado “DERECHO DE NIÑAS Y NIÑOS A CONVIVIR CON EL PADRE O MADRE QUE NO TIENE SU CUSTODIA, ALIENACIÓN PARENTAL”, en el entendido que cualquier otro curso que sea intención de la Comisión Especializada para la Creación del Centro de Convivencia Familiar del Estado, sea impartido en el referido Instituto, deberá contar con autorización previa del Pleno del Consejo de la Judicatura, en virtud de la calendarización previa que existe en dicho Instituto, y del presupuesto del que se dispone para brindar el apoyo que requieren relativo a los rotafolios, etiquetas y servicio de cafetería. Se instruye al Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, para que en términos del citado artículo 71, fracción XVI del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, dé cumplimiento al presente acuerdo. Notifíquese.------------------------------------------------------------------------------ 14.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio CIJP/ZM-66/2016, de fecha 03 tres de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Gerardo Ochoa Almendárez, Gestor Regional del Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede en Rioverde, S.L.P., mediante el cual rinde el informe de actividades realizadas en el referido Centro Integral correspondientes al mes de enero del año 2016 dos mil dieciséis. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP478/2016: Visto el contenido del informe de actividades correspondiente al mes de enero de 2016 dos mil dieciséis, remitido por el licenciado Gerardo Ochoa Almendárez, Gestor Regional del Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede en Rioverde, S.L.P., este Pleno toma conocimiento del mismo, y con fundamento en el artículo 94 fracción XXV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina remitirlo a la Unidad de Estadística, Evaluación y Seguimiento, para que se registren los datos estadísticos que se rinden conforme a la instrucción girada a esa Unidad mediante oficio C.J. 1289/2015, de 14 catorce de abril de 2015 dos mil quince. Notifíquese.--------------------------------------------------------------------------- 15.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio CIJR 82//2016, de fecha 03 tres de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Luis Acosta Venzor, Gestor Regional del Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede en Matehuala, S.L.P., mediante el cual rinde el informe de actividades realizadas en el referido Centro Integral correspondientes al mes de enero del año 2016 dos mil dieciséis. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP479/2016: Visto el contenido del informe de actividades correspondiente al mes de enero de 2016 dos mil dieciséis, remitido por el licenciado Luis Acosta Venzor, Gestor Regional del Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede, Matehuala, S.L.P., este Pleno toma conocimiento del mismo, y con fundamento en el artículo 94 fracción XXV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina remitirlo a la Unidad de Estadística, Evaluación y Seguimiento, para que se registren los datos estadísticos que se rinden conforme a la instrucción girada a esa Unidad mediante oficio C.J. 1289/2015, de 14 catorce de abril de 2015 dos mil quince. Notifíquese.------------ 16.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio AJSG 069/2016, de fecha 04 cuatro de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, el cual es del tenor literal siguiente: “En alcance al oficio AJSG 062/2016, de fecha 29 de enero de la presente anualidad, por el cual se hizo del conocimiento la comparecencia de la suscrita a la reunión de trabajo efectuada en esa misma fecha, en la que se contó con la participación del Lic. Javier Pérez Contreras, Subprocurador Jurídico de la Procuraduría General de Justicia, al respecto, respetuosamente me permito señalar que la finalidad de la reunión tuvo por objeto la homologación de criterios del Catálogo de Delitos con la empresa CODETALLE, en su carácter de órgano o instancia desarrolladora del proyecto “Automatización de los Procesos de Gestión en el Nuevo Sistema de Justicia Penal”, mismo que deberá contener una pestaña o vinculo para señalar el delito atribuible al imputado, siendo de manera primaria el llenado de la información por parte de los Agentes del Ministerio Público para trasmitirlo al Poder Judicial del Estado al momento de realizar una solicitud de audiencia, lo que generará el número único de causa. Lo anterior permitirá instaurar en los órganos jurisdiccionales un software o sistema informático interinstitucional para la generación del expediente electrónico desde la etapa de investigación hasta la etapa de ejecución de la sentencia. No omito comentar, que el Catalogo de Delitos fue realizado en apego a las disposiciones establecidas en el Código Penal del Estado y las leyes generales vigentes

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para la atención de los delitos en materia de secuestro, narcomenudeo y trata de personas, cuya competencia es del fuero común, por lo cual me permito remitir copia simple para las observaciones y consideraciones que estimen pertinentes. En continuidad a lo expuesto, se informó que en la semana de 8 al 12 de febrero del año en curso, se practicarán pruebas de funcionamiento del sistema informático en la Administración Judicial del Sistema de Gestión, con el objetivo de generar las condiciones para la interacción de información desde la etapa de investigación por parte de la Procuraduría General de Justicia y su canalización al Poder Judicial del Estado, lo que representó la necesidad de estandarizar la forma de registrar los delitos para su ingreso o registro de forma digital, como se señala en el primer párrafo y del cual se adjunta copia, mismo que se adecuará en cuanto a la forma por parte de la empresa CODETALLE, para someterlo a la validación del Pleno del Consejo de la Judicatura. Por otra parte, se manifestó la necesidad de designar a personal operativo del sistema de justicia penal, con la finalidad de fungir únicamente como enlace con la empresa desarrolladora (CODETALLE) del sistema informático de gestión, para establecer un vínculo que genere una percepción objetiva del trámite continuo y ordinario de los órganos jurisdiccionales, por lo que se somete a consideración de ese Cuerpo Colegiado, la designación de los licenciados Luis Acosta Venzor y Gerardo Ochoa Almendarez, Gestores de la Segunda y Tercera Región Judicial en el Estado, para proporcionar la información relativa a la operación y trámite de solicitudes de los Centros Integrales de Justicia Penal, sin que sea el caso contar con la presencia de los operadores a que se hace referencia.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP480/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, al cual se adjunta el documento que contiene la relación de delitos mediante la cual se estandarizó la forma de registrarlos para su ingreso o registro de forma digital en el sistema informático de gestión que desarrolla la empresa CODETALLE, este Pleno determina distribuirlo entre sus integrantes y remitirlo para su conocimiento y opinión del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado. Por otra parte, se autoriza a los licenciados Luis Acosta Venzor y Gerardo Ochoa Almendárez, Gestores de la Segunda y Tercera Región Judicial en el Estado, para proporcionar a la empresa desarrolladora del sistema informático de gestión, (CODETALLE), la información relativa a la operación y trámite de solicitudes de los Centros Integrales de Justicia Penal. Se instruye a la Administradora Judicial del Sistema de Gestión para que dé seguimiento al presente acuerdo. Notifíquese.----------------------------------------------------------------- 17.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio S.E.P.C.J. 105/2016, de fecha 05 cinco de febrero de 2016 dos mil dieciséis, suscrito por el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, mediante el cual informa los datos estadísticos correspondientes al mes de octubre 2015 dos mil quince, de la Oficialía de Partes Común de la Ciudad Judicial, de los Juzgados Penales y la Oficialía de Partes Común a los Juzgados Mixtos de Primera Instancia de Ciudad Valles, S.L.P., respecto a las demandas, excusas, incompetencias que se recibieron, así como las consignaciones sin detenido. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP481/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno toma conocimiento del mismo.----------------------- 18.- El Secretario da cuenta al Pleno con el escrito de fecha 04 cuatro de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Evelin Monserrat Martínez Monsiváis, mediante el cual solicita licencia para separarse de su base como Auxiliar Jurídico adscrita a la Secretaría Ejecutiva de Pleno y Carrera Judicial, del 01 uno de febrero al 31 treinta y uno de marzo de 2016 dos mil dieciséis, en virtud de que le fue comunicado mediante oficio C.J. 258/2016, su nombramiento como Actuaria del Consejo de la Judicatura, comisionada a la Dirección Jurídica en sustitución de la licenciada Geovanna Hernández Vázquez. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP482/2016: Visto el contenido del escrito de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza a la licenciada Evelin Monserrat Martínez Monsiváis, permiso sin goce de sueldo a su base de adscripción como Auxiliar Jurídico de la Secretaría Ejecutiva de Pleno y Carrera Judicial, del 01 uno de febrero al 31 treinta y uno de marzo de 2016 dos mil dieciséis, en virtud de su nombramiento como Actuaria del Consejo de la Judicatura, comisionada a la Dirección Jurídica en sustitución de la licenciada Geovanna Hernández Vázquez, que le fue comunicado mediante oficio C.J. 258/2016. Notifíquese a la peticionante, al Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, a la Secretaria Ejecutiva de Administración, al Contralor del Poder Judicial del Estado, a la Directora de Recursos Humanos y a la Directora Jurídica del Consejo de la Judicatura.--------------------------------------------------------

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19.- El Secretario da cuenta al Pleno con el escrito de fecha 05 cinco de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Felipe Aurelio Torres Zúñiga, en el que da contestación al oficio C.J. 0359/2016, mediante el cual fue invitado a cubrir interinato en el Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede en Ciudad Valles, S.L.P., a partir del día 08 ocho de febrero del presente año; manifestando que solicita se prorrogue la reserva correspondiente, en virtud de que por el momento afronta compromisos familiares de carácter inaplazable que le impiden material y momentáneamente aceptar dicha invitación. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP483/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno toma conocimiento del mismo.------------------------------------------------------------------------- 20.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio SEVD 180/16, de fecha 08 ocho de junio de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Antonio Ojeda Palacios, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina del Consejo de la Judicatura, que en atención al oficio C.J. 96/2016, emite opinión en relación al libelo CD-CJ151/2015, firmado por el licenciado José Refugio Jiménez Medina, Consejero y Coordinador de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP484/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina distribuirlo entre sus integrantes, y reservar el dictado del acuerdo correspondiente.----------------------- 21.- El Secretario da cuenta al Pleno con el escrito del licenciado Julián Ruiz Contreras, de fecha 04 cuatro de febrero de 2016 dos mil dieciséis, mediante el cual solicita se le autorice permiso como Juez de Primera Instancia, por el tiempo que dure su nombramiento como Juez de Control y de Tribunal de Juicio Oral, en el Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede en Matehuala, S.L.P., Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP485/2016: Visto el contenido del escrito de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza al licenciado Julián Ruiz Contreras, permiso sin goce de sueldo como Juez de Primera Instancia, en virtud de su nombramiento como Juez de Control y de Tribunal de Juicio Oral, en el Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede en Matehuala, S.L.P., que le fue notificado mediante oficio C.J. 0373/2016, a partir del 08 ocho de febrero del presente año, y hasta por el tiempo que dure su nombramiento como Juez de Control y de Tribunal de Juicio Oral. Notifíquese a la peticionante, a la Secretaria Ejecutiva de Administración, al Contralor del Poder Judicial del Estado y a la Directora de Recursos Humanos.-------------------------------------------------------------- 22.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio AJSG 077/2016, de fecha 08 ocho de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, el cual es del tenor literal siguiente: “En alcance al oficio AJSG 021/2016, de fecha 12 de enero de la presente anualidad, se me hizo del conocimiento de ese Cuerpo colegiado que desde el día 10 de diciembre de 2015, los equipos consistentes en los conmutadores de las Salas Base de Justicia Penal de los municipios de Tamazunchale y Tancanhuitz, presentan los siguientes problemas: I. La Sala Base de Justicia Penal en Tamazunchale, el conmutador no permite la entrada de llamadas telefónicas, sin embargo, si funciona la salida de las mismas. II. Por su parte, la Sala Base de Justicia Penal de Tancanhuitz no se encuentra en operación ya que no permite el ingreso y salida de las llamadas telefónicas. Situación que se me hizo del conocimiento mediante el oficio AJSG/020/2016, de fecha 12 de enero del año en curso, dirigido al Lic. Armando R. Oviedo Abrego, Secretario Técnico del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, sin embargo, a la fecha no se cuenta con respuesta favorable a la problemática presentada, señalando además que en reiteradas ocasiones se ha entablado comunicación con personal de la empresa proveedora de los conmutadores, con la razón social VG del Centro, S.A. de C.V., sin obtener un resultado para subsanar los desperfectos en la operación de los equipos, motivo por el cual someto a su consideración reiterar al Titular del Órgano Implementador en el Estado, para que informe las gestiones emprendidas y en su caso, la exigibilidad de las garantías presentadas al momento de su adquisición por parte de la Dirección de Adquisiciones de Gobierno del Estado.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP486/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, determina girar atento oficio al Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, con atención al licenciado Armando Rafael Oviedo Abrego, solicitando informen a este Cuerpo Colegiado, las gestiones que se hayan efectuado con la empresa proveedora de los conmutadores de las Salas Base de Justicia Penal de los municipios de Tamazunchale y Tancanhuitz, denominada “VG del Centro, S.A. de C.V.”, a que se hizo referencia en el oficio

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AJSG/020/2016, de fecha 12 de enero del año en curso, dirigido al Secretario Técnico del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, toda vez que a la fecha no se cuenta con respuesta favorable a la problemática de funcionamiento del citado equipo, no obstante a que en reiteradas ocasiones se ha solicitado directamente a la empresa proveedora de los conmutadores, la reparación de los desperfectos en la operación de los mismos. Notifíquese.------ 23.- El Secretario da cuenta al Pleno con el SEVD 181/16, de fecha 08 ocho de junio de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Antonio Ojeda Palacios, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina del Consejo de la Judicatura, mediante el cual rinde informe en relación a los escritos signados por las licenciadas Guadalupe Cruz Cervantes y María de Lourdes Velázquez Chávez, Secretarias de Estudio y Cuenta adscrita al Juzgado Segundo del Ramo Penal, y solicita se integre un comité de investigación, en términos de los artículos 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, y del 50 al 58 del Reglamento de la Visitaduría Judicial, a fin de corroborar las manifestaciones vertidas por las citadas servidoras judiciales. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP487/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina distribuirlo entre sus integrantes y reservar el dictado del acuerdo correspondiente.------------------------------------------------------------------------------------ 24.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio S.E.P.C.J. 116/2016, de fecha 09 nueve de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, mediante el cual informa que derivado de las actividades académicas del Instituto de Estudios Judiciales, y a fin de que se puedan cubrir los cursos que se están llevando a cabo en ese Instituto a partir del día 15 quince de enero del año en curso, el taller “Curso-Taller para Operadores del Sistema Penal y Acusatorio y Oral” en un horario de las 08:00 ocho a las 14:00 catorce horas y de las 16:00 dieciséis a las 21:00 veintiún horas los días viernes y de las 09:00 nueve a las 14:00 catorce horas; los sábados en el grupo número 01 uno y de las 16:00 dieciséis a las 21:00 veintiún horas de lunes a jueves en el grupo número 02 dos; además de que el día 05 cinco de febrero del presente año, se aperturó el grupo de Justicia para Adolescentes, el cual estará dirigido a funcionarios judiciales, por lo que solicita el pago de una compensación a los licenciados Ignacio Miranda Moreno y Jesús Alberto Góngora Moncada, Auxiliar Administrativo y Secretario de Director, adscritos al Instituto de Estudios Judiciales, respectivamente, a fin de que puedan cubrir el primero de los señalados, los días martes, jueves y sábados; y el segundo de los precisados el lunes, miércoles y viernes, a partir del 18 dieciocho de enero del año en curso y por el término de seis meses. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP488/2016 Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina que continué reservado el dictado del acuerdo respectivo.-------------------------------------------------------------------------------- 25.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 382/2016 del 05 cinco de febrero de 2016 dos mil dieciséis, firmado por el licenciado Jorge Eduardo Ríos Betancourt, Juez Tercero del Ramo Penal, mediante el cual comunica que las diligencias en las que los acusados se encuentran recluidos en el Centro de Reinserción Social, se están realizando en las instalaciones del Juzgado Sexto del Ramo Penal, razón por la cual solicita se le proporcione un escrito, silla y equipo de cómputo e impresora fijos en ese Juzgado, para llevar a cabo las mismas, con la finalidad de no entorpecer las actividades de ese órgano jurisdiccional. Asimismo, el Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 237/16, de fecha 05 cinco de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Jesús María Ponce de León Montes, Juez Cuarto del Ramo Penal, el cual es del tenor literal siguiente: “Por medio del presente y de la manera más atenta solicito a Usted el apoyo a este Órgano Jurisdiccional, en virtud del cambio de instalaciones que guarda este Juzgado a mi cargo, y dada la materia que se trabaja ya que se cuenta con aproximadamente 42 Detenidos, y debido a las diligencias para desahogar dentro del procedimiento, se necesita se estén presentes en dichas diligencias a los detenidos, sino se les estaría violentando sus garantías Constitucionales de procedimiento; por lo que, se requiere de su amable apoyo para solicitar al Director General de Prevención y Reinserción Social, para que los traslados de los detenidos al recinto de este juzgado, sean atendidos cabalmente. Cabe hacer mención, que se está trasladando el Secretario de Acuerdos y sus escribientes, tanto la defensa como las Ministerio Público adscritas, a las anteriores instalaciones para llevar a cabo las diligencias, pero dada la distancia y la falta de locutorios, ya que se pide el apoyo a otros juzgados para el préstamo de equipo y locutorio para el desahogo de las diligencias, lo que provoca una molestia para el juzgado que nos presta sus instalaciones, además de un retraso en el trabajo y una pérdida de tiempo, ya que se tienen que esperar

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a tener el equipo libre. Así mismo, se han mandado oficios por parte de esta autoridad, a la Dirección General de Prevención y a la Dirección del Centro Preventivo y de Readaptación Social para que puedan llevar a cabo el traslado a estas oficinas a los Detenidos, pero se ha hecho caso omiso a los oficios que se han remitido. Por lo que, se solicita el apoyo como Superior Jerárquico del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, para lograr la cooperación interinstitucional respecto del traslado de los Detenidos a este Órgano Jurisdiccional para cumplir con el debido procedimiento y se pueda dar celeridad a los asuntos que tenemos en trámite.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP489/2016: Visto el contenido de los oficios de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina instruir a los Titulares de los Juzgados Sexto y Séptimo del Ramo Penal, para que en forma coordinada y de manera semanal, mediante el turno que decidan implementar, apoyen al Juzgado Tercero del Ramo Penal en las diligencias que tengan la necesidad de desahogar en el Centro de Reinserción Social de San Luis Potosí, Delegación La Pila, proporcionándoles el uso de un escritorio, equipo de cómputo e impresión y del locutorio. Por otra parte, con fundamento en el numeral 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina instruir a los Titulares de los Juzgados Segundo y Quinto del Ramo Penal, para que en forma coordinada y de manera semanal, mediante el turno que decidan implementar, apoyen al Juzgado Cuarto del Ramo Penal en las diligencias que tengan la necesidad de desahogar en el Centro de Reinserción Social de San Luis Potosí, Delegación La Pila, proporcionándoles el uso de un escritorio, equipo de cómputo e impresión y del locutorio. Notifíquese.------------- 26.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 292/2016, de fecha 03 tres de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la Magistrada María Refugio González Reyes, Presidenta de la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, que en atención a la petición verbal que le fue formulada por el personal que labora en esa Sala, para gozar de los días de antigüedad que de acuerdo al convenio celebrado entre el Gobierno del Estado y el Sindicato Único de Trabajadores del Servicio de Gobierno del Estado, tienen derecho al primer semestre del año en curso, y a fin de no afectar el buen funcionamiento de la Sala, aunado a la incapacidad de varios trabajadores, solicita se gestione lo conducente para que se otorgue permiso en las fechas que solicitan los trabajadores, para lo cual adjunta listado del personal así como las fechas peticionadas, lo anterior a fin de que no se vean afectados en el estímulo de puntualidad y asistencia del que gozan. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP490/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina comunicar a la Magistrada María Refugio González Reyes, Presidenta de la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, que no es posible atender la petición verbal que refiere le fue formulada por el personal que labora en esa Sala, para gozar de los días de antigüedad en las fechas que le solicitan, en atención a lo dispuesto en el oficio circular C.J. 4189/2015, de 08 ocho de diciembre de 2015 dos mil quince. Notifíquese.--------------------------------------------------------------------- 27.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio AJSG 067/2016 de fecha 03 tres de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, el cual es del tenor literal siguiente: “ Por este conducto, respetuosamente me permito hacer de su conocimiento el “Acuerdo del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, por el cual se aprueban los indicadores para el seguimiento y evaluación del funcionamiento y operación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, elaborados por el Comité para la Evaluación y Seguimiento de la Implementación del nuevo Sistema, los cuales deberán ser actualizados semestralmente”, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 21 de enero de la presente anualidad, por el cual se establece en su Considerando Primero, que el objetivo y seguimiento de la implementación del nuevo sistema de justicia penal de Corte Acusatorio, es la generación, el procesamiento y el análisis de la información para mediar la eficacia, efectividad y en su caso, el impacto de la implementación y operación del sistema de justicia penal. En consecuencia, mediante la primera sesión del Comité para la Evaluación y Seguimiento se estableció un conjunto mínimo de indicadores para el seguimiento y funcionamiento del nuevo sistema de justicia penal, para comenzar a evaluar y conocer la operación y seguimiento de las Entidades Federativas y la Federación en donde está vigente. Circunstancia por la cual se instrumentaron diversos indicadores con la finalidad de fortalecer la toma de decisiones de las instituciones operadoras locales y federales, basadas en la evidencia, transparencia y rendición de cuentas, así como impulsar la

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gestión gubernamental de mejora continua de resultados, mismos que deberán ser proporcionados de manera semestral, mismos que constan de la siguiente información que atañe al Poder Judicial del Estado: INDICADORES ESTATALES: Jueces de Control del Poder Judicial del Estado. 1.- Carga de trabajo por Juez de Control. 2.- Duración promedio de audiencias realizadas ante los Jueces de Control. 3.- Porcentaje de audiencias realizadas ante los Jueces de Control. 4.- Porcentaje de órdenes de aprehensión concedidas. 5.- Promedio de causas penales terminadas por Juez de Control. Tribunales de Enjuiciamiento del Poder Judicial del Estado. 1.- Carga de trabajo por Juez de Enjuiciamiento. 2.- Duración promedio de audiencias de Juicio Oral. 3.- Porcentaje de audiencias diferidas ante los jueces de enjuiciamiento. 4.- Productividad de los jueces de enjuiciamiento. Poder Judicial del Estado. 1.- Duración promedio de las causas penales terminadas por los Jueces de Control. 2.- Duración promedio de término de las causas penales enviadas a los tribunales de enjuiciamiento. 3.- Duración promedio de término de los casos que llegan a Juicio Oral. 4.- Porcentaje de autos de apertura a Juicio Oral con respecto de las causas penales ingresadas. 5.- Porcentaje de detenciones declaradas legales. 6.- Porcentaje de medidas cautelares distintas de prisión preventiva. 7.- Porcentaje de penas privativas de la libertad de menos o igual a 3 años. 8.- Porcentaje de resolución respecto a casos terminados por los Jueces de Control. 9.- Porcentaje de resolución respecto a causas penales terminadas por los Tribunales de Enjuiciamiento. 10.- Porcentaje de Sentencias Condenatorias.11.- Porcentaje de Sentencias Condenatorias privativas de la libertad. 12.- Tasa de congestión de causas penales de los Jueces de Control. 13.- Tasa de congestión de causas penales en los Tribunales de Enjuiciamiento. Por lo que respecta a la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, actualmente no se cuenta con un órgano o instancia para la aplicación de mecanismos alternativos en sede judicial, por lo que la información deberá ser proporcionada por el Centro de Solución de Controversias contemplado en el artículo 90 fracción II de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, hasta en tanto existan las condiciones normativas para su aplicación en sede judicial. No omito comentar, que actualmente se generó una base de datos que arroja la mayoría de los indicadores a que se hace referencia en el presente acuerdo, mismos que fueron aprobados por el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de fecha 07 de octubre de 2015, notificado mediante el oficio C.J. 3061/2015, sin embargo, me permito someter a su consideración se autorice a la suscrita realizar la homologación de los criterios de información, los cuales serán solicitados a las Entidades Federativas de manera semestral por conducto del Comité de Seguimiento y Evaluación de la Implementación del Sistema de Justicia Penal.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP491/2016 Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina distribuirlo entre sus integrantes, e instruir a la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, a efecto de que realice las adecuaciones necesarias a los criterios de información que pudieran ser solicitados a los Estados de manera semestral por el Comité de Seguimiento y Evaluación de la Implementación del Sistema de Justicia Penal. Notifíquese. -------------------------------------------------------------------------------- 28.- El Secretario da cuenta al Pleno con el escrito de fecha 03 tres de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Claudia Susana Zavala Flores, Secretaria Capturista comisionada a la Secretaría Ejecutiva de Pleno y Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura, que en atención al oficio C.J. 0259/2016, el cual le fue notificado el día de la fecha, solicita se le conceda permiso sin goce de sueldo a su base de Secretaria Capturista comisionada a la Secretaria Ejecutiva de Pleno y Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura, durante el tiempo que dure su nombramiento como Auxiliar Jurídico de esa Secretaría. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP492/2016: Visto el contenido del escrito de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza a la licenciada Claudia Susana Zavala Flores, permiso sin goce de sueldo a su base de adscripción como Secretaria Capturista comisionada a la Secretaría Ejecutiva de Pleno y Carrera Judicial, del 01 uno de febrero al 31 treinta y uno de marzo de 2016 dos mil dieciséis, en virtud de su nombramiento como Auxiliar Jurídico del Consejo de la Judicatura, en sustitución de la licenciada Evelin Monserrat Martínez Monsiváis, que le fue comunicado mediante oficio C.J. 259/2016. Notifíquese a la peticionante, al Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, a la Secretaria Ejecutiva de Administración, al Contralor del Poder Judicial del Estado, a la Directora de Recursos Humanos y a la Directora Jurídica del Consejo de la Judicatura.------------------------------------------------------------------------

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29.- El Secretario da cuenta al Pleno con el escrito de fecha 04 cuatro de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado José Molina Escobar, Secretario de Acuerdos del Juzgado Tercero de lo Familiar, mediante el cual solicita se le conceda permiso prejubilatorio a partir del día 15 quince de febrero del 2016 dos mil dieciséis, adjuntando constancia expedida por el Director de Pensiones del Estado. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP493/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en los artículos 69 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, y 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza al licenciado José Molina Escobar, Secretario de Acuerdos del Juzgado Tercero de lo Familiar, su permiso prejubilatorio del 22 veintidós de febrero al 21 de mayo del año en curso. Notifíquese al Juez Tercero de lo Familiar, a la Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura, al Contralor del Poder Judicial del Estado y al Director de Pensiones de Gobierno del Estado. ------------------------------------------------------------------------- 30.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 313/2016, de fecha 04 cuatro de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la Magistrada María Refugio González Reyes, Presidenta de la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, mediante el cual propone al licenciado Rodolfo Alberto Medina Saucedo, como Secretario Taquimecanógrafo en la ponencia de la suscrita, para que cubra la incapacidad médica por 30 treinta días de la licenciada Ana Rocío Arocha Cantú Flores, a partir del día 28 veintiocho de enero del año en curso, de la cual adjunta original de la misma. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP494/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina comunicar a la Magistrada María Refugio González Reyes, Presidenta de la Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, que por el momento no es posible autorizar su petición, en virtud de que no se cuenta con disponibilidad presupuestal ni financiera para cubrir la incapacidad de la licenciada Ana Rocío Arocha Cantú Flores. Notifíquese.-------- 31.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio SEVD/163/2016, de fecha 05 cinco de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Antonio Ojeda Palacios, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina, que en cumplimiento al auto de 25 veinticinco del presente año, adjunta el original del expedientillo 130/2015, promovido por ELIMINADO, mismo que consta de nueve fojas útiles, a efecto de que conforme a las atribuciones detentadas en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado y Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, se determine lo conducente. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP495/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina instruir al licenciado Antonio Ojeda Palacios, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina, a fin de que verifique el proceso penal 72/2015, del índice del Juzgado Sexto del Ramo Penal, que refiere en el mismo e informe a este Cuerpo Colegiado, sobre las condiciones que guarda ese expediente en relación al motivo de la queja formulada por ELIMINADO. Notifíquese.---- 32.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio sin número de fecha 08 ocho de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Emilio Agustín Ortiz Monroy, Juez Segundo Mixto de Primera Instancia de Rioverde, S.L.P., mediante el cual realiza diversas manifestaciones respecto al desempeño de los licenciados María Teresa Martínez Hernández y Pablo Rodríguez Reyna, Secretarios de Estudio y Cuenta adscritos al Juzgado a su cargo, por lo que propone a la licenciada Verónica González Martínez, quien actualmente se desempeña como Secretaria de Estudio y Cuenta del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Tamazunchale, S.L.P., en sustitución de la licenciada Martínez Hernández. Asimismo, informa que derivado del permiso prejubilatorio de la licenciada Julia Hernández Carreras, Secretaria de Acuerdos de la Mesa Penal, la cual se encuentra acéfala, por lo que eleva la petición para que, si bien no es posible de momento adscribir a un Secretario de Acuerdos, se le apoye con un funcionario competente, el cual pueda destinar al desahogo de la carga de trabajo en la mesa penal de esa área. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP496/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina comunicar al licenciado Emilio Agustín Ortiz Monroy, Juez Segundo Mixto de Primera Instancia de Rioverde, S.L.P., que a fin de proveer su petición en relación al desempeño de los licenciados María Teresa Martínez Hernández y Pablo Rodríguez Reyna, Secretarios de Estudio y Cuenta adscritos al Juzgado a su cargo, deberá documentar y

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remitir las constancias que justifiquen sus manifestaciones, en la inteligencia que corresponde al Titular de todo órgano jurisdiccional revisar y dirigir la función de los Secretarios de Estudio y Cuenta. Por otra parte, en relación a su petición relativa a que se comisione a un Secretario de Acuerdos para que cubra el permiso prejubilatorio de la licenciada Julia Hernández Carreras, dígasele que por el momento no es posible atender su petición en razón de que no se cuenta con personal de reserva en esa categoría. Notifíquese.---------------------------------------------------------------------------- 33.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 04/2016, recibido el día 09 nueve de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la Magistrada María del Rocío Hernández Cruz, Coordinadora de la Comisión Especializada para la creación del Centro Integral de Convivencias Familiares del Estado, que en contestación al oficio C.J. 4234/2015, informa que en sesión celebrada por la Comisión Especializada para la creación del Centro Integral de Convivencias Familiares del Estado, el día 03 tres de febrero del presente año, se acordó por unanimidad de votos manifestar la conformidad de los integrantes de dicha Comisión, respecto de la elaboración de un acuerdo en el cual se incluyan los lineamientos propuestos por la Comisión y la Dirección Jurídica del Consejo de la Judicatura, mediante oficio DJ/2018/2015, respecto de los lineamientos para la supervisión de las convivencias familiares, cuyo acuerdo a su vez, sirva para operar no sólo en el inmueble contiguo a la Biblioteca “Dr. Francisco de Asís Castro”, ubicado en la Delegación de Villa de Pozos, S.L.P., sino también en el que se ubica en el área anexa entre los edificios “E” y “F”, en la parte de atrás del Juzgado Segundo Familiar de la Ciudad Judicial; asimismo, también solicita se incluyan en el aludido acuerdo las sanciones que se impondrán en caso de que se incumplan las Reglas de Convivencia ahí establecidas. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo número CJPJESLP497/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina remitir a la Dirección Jurídica del Consejo de la Judicatura y al Área de Organización y Métodos, el oficio 04/2016, signado por la Magistrada María del Rocío Hernández Cruz, Coordinadora de la Comisión Especializada para la creación del Centro Integral de Convivencias Familiares del Estado, a fin de que de manera conjunta presenten a este Cuerpo Colegiado, el borrador de un acuerdo que incluya los lineamientos propuestos por la Comisión y la Dirección Jurídica del Consejo de la Judicatura, en torno a los lineamientos para la supervisión de las convivencias familiares, propuestos por la citada Comisión, y que sirva además para operar tanto en el inmueble contiguo a la Biblioteca “Dr. Francisco de Asís Castro”, ubicado en la Delegación de Villa de Pozos, S.L.P., como en el área localizada en la parte posterior del Juzgado Segundo Familiar, entre los edificios “E” y “F” de la Ciudad Judicial, incorporando en el proyecto del acuerdo que se presente a este Cuerpo Colegiado, una propuesta de las sanciones que podrán imponerse en caso de inobservancia a las Reglas de Convivencia ahí establecidas. Notifíquese.-------------------------------------------------- 34.- El Secretario da cuenta al Pleno con la copia de conocimiento del oficio JPF 497-2016, de fecha 09 nueve de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Moisés Gerardo García Morán, Juez Primero de lo Familiar, mediante el cual informa que a partir del día 09 nueve de febrero del presente año se comisiona a la licenciada Olga Patricia Salas Alvarado, como Notificadora del Juzgado Primero de lo Familiar. Asimismo, el Secretario da cuenta al Pleno con el oficio JPF 488/2016, de fecha 09 nueve de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Moisés Gerardo García Morán, Juez Primero de lo Familiar, mediante el cual comunica que con motivo del permiso prejubilatorio de la licenciada Laura Elena Rodríguez Hernández, quien se desempeñaba como Secretaria Capturista adscrita al Juzgado a su cargo, habilitada como Notificadora, propone a la licenciada Olga Patricia Salas Alvarado, para que se habilite como Notificadora y solicita se le otorgue el bono mensual de incentivo que corresponde. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo número CJPJESLP498/2016: Visto el contenido de los oficios de cuenta, este Pleno, con fundamento en los artículos 94, fracciones III, XXXVI y XXXVII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, 2°, 3°, 7° y 8° fracción VIII del Reglamento de la Central de Actuarios del Poder Judicial del Estado, determina instruir a la licenciada Erika Castillo Narváez, Directora de la Central de Actuarios del Poder Judicial del Estado, a fin de que asigne a la brevedad a un Actuario al Juzgado Primero de lo Familiar, que auxilie en las labores del mismo, lo que deberá hacerse del conocimiento del licenciado Moisés Gerardo García Morán, Juez Primero de lo Familiar, para los efectos administrativos conducentes. Notifíquese.----------------------------------------------------------------------- 35.- El Secretario da cuenta al Pleno con los oficios signados IEJ/011/2016, IEJ/012/2016, IEJ/013/2016, IEJ/014/2016, IEJ/015/2016 y IEJ/016/2016, de fecha 09 nueve de febrero

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de 2016 dos mil dieciséis, signados por el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial del Poder Judicial del Estado, mediante los cuales informa se les aplicó a los CC. Marco Edgardo Soria García, Paul Salazar Galván, Mariely Cisneros Campos, Arizbe Blanco Juárez, Jonathan Garza González, Cecilia Senllace Ochoa Limón y Liliana Ochoa Moreno, el examen de aptitud de Secretario Taquimecanógrafo de conformidad con en el Acuerdo General número Trigésimo Séptimo, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura, que fija las Bases y Criterios para la Propuesta y Nombramiento de las categorías no incluidas en Carrera Judicial, así como el Acuerdo emitido por este Cuerpo Colegiado de 24 veinticuatro de noviembre de 2009 dos mil nueve, que señala los lineamientos para el examen de aptitud de Secretario Taquimecanógrafo, quienes fueron considerados aptos para desempeñar el cargo. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo número CJPJESLP499/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno toma conocimiento de los mismos. ------------------------------------------------------------------- 36.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio RM/277/2016, de fecha 10 diez de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración, el cual es del tenor literal siguiente: “Por medio del presente me permito informar a este órgano colegiado que, conforme al acuerdo de fecha 7 de octubre de 2015 comunicado mediante oficio número CJ 3051/2015, en donde se autoriza disponer de la cuenta de Productos la cantidad de $220,412.91 (Doscientos veinte mil cuatrocientos doce pesos 91/100 M.n.), para realizar los trabajos de impermeabilización de la losa de la azotea del Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede en el municipio de Ciudad Valles, S.L.P.; al respecto se realizaron las siguientes gestiones: Mediante oficios SEA 411/2015 y SEA 045/2016, dirigidos al Director General de Prevención y Reinserción Social del Estado, comandante Arturo Alejandro Barrera Genchi, se hizo de su conocimiento que el espacio que ocupan las oficinas ubicadas en las instalaciones del Ceprereso, requerían de impermeabilización solicitando se nos informara si era posible realizar estos trabajos por parte de esta Institución, en virtud de la manifestación realizada por la licenciada María Concepción Tovar Monreal, anterior Titular de esa Dirección, de no poder otorgar el apoyo ante la falta de disponibilidad presupuestal, inclusive para la losa propia del Reclusorio. Así mismo, mediante oficio RM/220/2016, se solicita apoyo a la misma Dirección General para gestionar ante quien corresponda un convenio de comodato entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial del Estado, haciendo referencia a la conservación del inmueble y a cargo de quien corresponderían los mantenimientos respectivos. Con fecha 2 del presente mes, se recibió respuesta mediante el cual se señala que no existe inconveniente en la realización de estos trabajos, en coordinación con el licenciado Natanael López Hernández, Encargado del Despacho de la Dirección del Centro Estatal de Reinserción Social de Ciudad Valles, para la autorización de acceso a las instalaciones del citado Centro, debiendo presentar para tal efecto, un programa de obra calendarizado, donde se indique la fecha de inicio, duración y terminación de los trabajos. Por otra parte, se tiene como antecedente las cotizaciones de estos trabajos de impermeabilización, las cuales superan el techo financiero autorizado, siendo la de menor costo la cantidad de $284,185.80 (Doscientos ochenta y cuatro mil ciento ochenta y cinco pesos 80/100 M.N.), al efecto, se pone a consideración la autorización de una ampliación por la cantidad de $70,000.00 (Setenta mil pesos 00/100 M.N.), para realizar el procedimiento relativo a una adjudicación directa de acuerdo a la Normatividad de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con la misma, que en su artículo 93 a la letra dice: “Las instituciones, bajo su más estricta responsabilidad, podrán contratar obra pública y servicios relacionados con las mismas, a través de los procedimientos a que se refieren las fracciones II y III del artículo 36 de esta Ley, cuando: II. Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad, o el ambiente de alguna zona o región del Estado, como consecuencia de desastres producidos por fenómenos naturales, por casos fortuitos o de fuerza mayor”. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo número CJPJESLP500/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza la ampliación del techo financiero por la cantidad de $70,000.00 (SETENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), a fin de concluir los trabajos de impermeabilización de la losa de la azotea del Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede en el municipio de Ciudad Valles, S.L.P.; así como la realización del procedimiento de adjudicación directa para la misma, conforme a lo dispuesto por el artículo 93 de la Ley de Obras Públicas y Servicios, que establece: “Las instituciones, bajo su más estricta responsabilidad, podrán contratar obra pública y servicios relacionados con las mismas, a

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través de los procedimientos a que se refieren las fracciones II y III del artículo 36 de esta Ley, cuando: II. Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad, o el ambiente de alguna zona o región del Estado, como consecuencia de desastres producidos por fenómenos naturales, por casos fortuitos o de fuerza mayor”. Se instruye a la Secretaria Ejecutiva de Administración para que dé cumplimiento al presente acuerdo. Notifíquese.------

V.- 1.- El Secretario da cuenta al Pleno con el análisis y aprobación en su caso, del Proyecto de resolución presentado por el Consejero Juan Carlos Barrón Lechuga del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad P23/2015, instruido en contra de los licenciados Alejandro Hernández Castillo y Héctor Segura Murayama, por su anterior actuación en su desempeño como Juez y Secretario de Acuerdos, respectivamente, del Juzgado Primero del Ramo Penal de Ciudad Valles, S.L.P. En uso de la voz el Consejero Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, manifiesta al Pleno que en su opinión se trata de una cuestión jurisdiccional que no es competencia de este Cuerpo Colegiado, con independencia de que el proyecto presentado adolece de una debida fundamentación y motivación. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP501/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina reservar el dictado de la resolución respectiva.--------------------------------------------------------------------------------------------

2.- El Secretario da cuenta al Pleno con el análisis y aprobación en su caso, del Proyecto de resolución presentado por el Consejero Juan Carlos Barrón Lechuga del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad P43/2015, instruido en contra de la licenciada Alicia Juárez Luna, en su carácter de Secretaria de Acuerdos del Juzgado Menor de Charcas, S.L.P. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP502/2016: Con fundamento en el artículo 94, fracciones XXXI y XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se aprueba el proyecto de resolución presentado por el Consejero Juan Carlos Barrón Lechuga, del expediente P43/2015, instruido en contra de la licenciada Alicia Juárez Luna, en su carácter de Secretaria de Acuerdos del Juzgado Menor de Charcas, S.L.P., cuyos puntos resolutivos son del tenor literal siguiente: “PRIMERO.- El Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, es competente para conocer y resolver este procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí; 86, 94, fracciones XXXI y XXXII, 183, 184 y 185 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, en concordancia con los numerales 56, fracciones I, XXI y XXIV de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí. SEGUNDO.- La queja formulada en contra de la licenciada Alicia Juárez Luna, quien ocupó el cargo de Secretaria de Acuerdos del Juzgado Menor en Charcas, San Luis Potosí, resultó FUNDADA, acorde con lo expuesto en el considerando quinto del presente fallo. TERCERO. De conformidad con lo dispuesto en el considerando sexto de la presente resolución, se le impone a la licenciada Alicia Juárez Luna, en su calidad de anterior Secretaria de Acuerdos del Juzgado Menor en Charcas, San Luis Potosí, la sanción administrativa a que alude el artículo 181, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, consistente en AMONESTACIÓN PRIVADA. La que deberá ejecutarse en términos de lo establecido por el artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, ello, con apoyo en el numeral 91 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de San Luis Potosí. CUARTO.- Conforme lo ordenado en el considerando séptimo de esta determinación, dado que en el presente procedimiento se impuso sanción administrativa a La licenciada Alicia Juárez Luna en su calidad de anterior Secretaria de Acuerdos del Juzgado Menor en Charcas, San Luis Potosí, se ordena inscribir la resolución en los archivos de su expediente, que esta autoridad lleva para efectos de registro, control, evaluación y seguimiento de los actos del desempeño del personal del Poder Judicial del Estado, a través de la Unidad de Estadística, Evaluación y Seguimiento, Dirección de Recursos Humanos, así como de la Contraloría del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí. QUINTO.- Notifíquese esta determinación de manera personal a la licenciada Alicia Juárez Luna, a la parte denunciante y al agente del Ministerio Público adscrito a este Consejo de la Judicatura, en el domicilio que para ello se tiene autorizado en autos. A S I, por unanimidad de votos lo acordaron y firman, los integrantes del Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, Consejero Presidente Luis Fernando Gerardo González, Consejero Juan Carlos Barrón Lechuga, Consejero José Refugio Jiménez Medina y Consejero Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, siendo ponente el segundo de los nombrados, ante el Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, licenciado Jesús

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Xerardo Martínez Muñoz, quien autoriza y da fe.”--------------------------------------------------------------------------------------------------

3.- El Secretario da cuenta al Pleno con el análisis y aprobación en su caso, del Proyecto de resolución presentado por el Consejero José Refugio Jiménez Medina del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad P50/2015, instruido en contra de la licenciada Soraya de Jesús Rodríguez Ávila, en su anterior desempeño como Secretaria de Acuerdos del Juzgado Menor de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP503/2016: Con fundamento en el artículo 94, fracciones XXXI y XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se aprueba el proyecto de resolución presentado por el Consejero José Refugio Jiménez Medina, del expediente P50/2015, instruido en contra de la licenciada Soraya de Jesús Rodríguez Ávila, en su anterior desempeño como Secretaria de Acuerdos del Juzgado Menor de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., cuyos puntos resolutivos son del tenor literal siguiente: “PRIMERO.- Este Consejo de la Judicatura es legalmente competente para conocer, substanciar y resolver los procedimientos administrativos disciplinarios o de responsabilidades en contra de servidores públicos del Poder Judicial, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 cuarto y quinto párrafos de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, 94 fracciones XXXI y XXXII, y 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. SEGUNDO.- Resultó fundada la causa de responsabilidad administrativa atribuida a la licenciada Soraya de Jesús Rodríguez Ávila, en su anterior desempeño como secretaria de acuerdos del Juzgado Menor Mixto en Soledad de Graciano Sánchez, San Luis Potosí, con base en los razonamientos precisados en el considerando quinto de la presente resolución. TERCERO.- A virtud de la imposición la licenciada Soraya de Jesús Rodríguez Ávila, de la sanción prevista en el artículo 181 fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, consistente en una amonestación privada, misma que será aplicada por este Órgano Colegiado, cítesele a la referida para que comparezca en las instalaciones del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, de acuerdo con el considerando sexto de esta resolución. CUARTO.- Según lo ordenado en el considerando séptimo de esta resolución, dado que en el presente procedimiento se impone sanción a la licenciada Soraya de Jesús Rodríguez Ávila, en su anterior desempeño como secretaria de acuerdos del Juzgado Menor Mixto en Soledad de Graciano Sánchez, San Luis Potosí, llévese a cabo la inscripción de la presente sentencia en los registros que lleva esta autoridad, a través de la Unidad de Estadística, Evaluación y Seguimiento, Dirección de Recursos Humanos y la Contraloría del Poder Judicial. QUINTO.- Notifíquese esta determinación de manera personal a la licenciada Soraya de Jesús Rodríguez Ávila, en el domicilio autorizado en autos, a la parte denunciante y al agente del Ministerio Público adscrito a este Consejo; y en su oportunidad, archívese como asunto concluido. A S I, por unanimidad de votos lo resolvieron y firman, los integrantes del Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, magistrado presidente Luis Fernando Gerardo González, consejero Juan Carlos Barrón Lechuga, consejero José Refugio Jiménez Medina y consejero Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, siendo ponente el tercero de los mencionados, ante el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, Secretario de Pleno y Carrera Judicial, que autoriza y da fe.” ---------------------------------------

VI. Asuntos Generales. 1.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 05/2016, de fecha 09 nueve de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la Magistrada María del Rocío Hernández Cruz, Coordinadora de la Comisión Especializada para la Creación del Centro de Convivencia Familiar del Estado, mediante el cual hace del conocimiento que en sesión de 20 veinte de enero del presente año, fue electa por unanimidad de votos, Coordinadora de la Comisión Especializada para la Creación del Centro de Convivencia Familiar del Estado, para el presente año. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP504/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno toma conocimiento del mismo.----------------------- 2.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio S.E.P.C.J. 109/2016, de fecha 08 ocho de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura, mediante el cual rinde informe de las actividades realizadas en la Biblioteca “Lic. José Francisco Pedraza Montes”, durante el periodo comprendido del 01 uno al 31 treinta y uno de enero del presente año. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP505/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno toma conocimiento del mismo.---------------------------------------------------------

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3.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 4164/2016, de fecha 09 nueve de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Araceli González Tayabas, Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado, el cual contiene auto inserto de fecha 09 nueve de febrero del año en curso, dictado en el juicio de amparo 1566/2015-IV, promovido por el licenciado Zeferino Esquerra Corpus, en el cual informa que ha transcurrido el término a que se refiere el artículo 86 de la Ley de Amparo, sin que se haya interpuesto recurso de revisión contra el auto dictado el 14 catorce de enero del presente año, en el que se sobreseyó dicho juicio de amparo fuera de la audiencia constitucional por haberse desistido la parte quejosa; por lo que con fundamento en el numeral 356 fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se declaró que ha causado estado dicho proveído. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP506/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno toma conocimiento del mismo.----------------------- 4.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 09/2016, de fecha 10 diez de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Alfredo Ochoa Rojas, Juez Primero Mixto de Primera Instancia de Matehuala, S.L.P., mediante el cual comunica que en virtud de que a partir del 03 tres de noviembre del 2015 dos mil quince, la C. Juana María Alejandrina Rueda Martínez, Secretaria Capturista adscrita al Juzgado a su cargo, tiene permiso prejubilatorio, el cual a la fecha ha fenecido, por necesidades del servicio propone a Karla Martínez Zárate, para ocupar dicho puesto. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP507/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracciones III, IV y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza el nombramiento de Karla Martínez Zárate, previa aprobación del examen correspondiente, como Secretaria Taquimecanógrafa del Juzgado Primero Mixto de Primera Instancia de Matehuala, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 21 veintiuno de mayo del año en curso. Por otra parte, se determina instruir a la Dirección del Instituto de Estudios Judiciales, practique a Karla Martínez Zárate, el examen de aptitud de Secretaria Taquimecanógrafa, de conformidad con el Acuerdo General Trigésimo Séptimo que fija las Bases y Criterios para la Propuesta y Nombramiento en las Categorías no Incluidas en la Carrera Judicial, así como en el Acuerdo emitido el 24 de noviembre de 2009, que establece los Lineamientos para el Examen de Aptitud de Secretaria Taquimecanógrafa, comunicando a la brevedad el resultado obtenido. Notifíquese a la servidora judicial involucrada, a la Juez Primero Mixto de Primera Instancia de Matehuala, S.L.P., a la Secretaria Ejecutiva de Administración, a la Directora de Recursos Humanos y al Contralor del Poder Judicial del Estado. -------------------------------------------------------------------------------5.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio AJSG/075/2016, de fecha 08 ocho de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, el cual es del tenor literal siguiente: “En atención a la autorización solicitada a la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, por oficio C.J. 1077/2015, respecto de la viabilidad de que el excedente existente de sillas y gavetas proporcionadas al Poder Judicial del Estado, mediante el Subsidio Público Federal del Fondo de Aportaciones de Seguridad Pública, correspondiente al ejercicio fiscal 2014, ubicado en el Centro Integral de Justicia Penal con sede en el municipio de Ciudad Valles, S.L.P., fuera resguardado por el área de Recursos Materiales del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, solicito en atención a la petición realizada por el licenciado Miguel Ángel Rosas Ávila, Gestor Regional en Ciudad Valles, S.L.P., en su oficio 076/2016, se autorice destinar diez sillas para la Sala Base de Justicia Penal con residencia en el municipio de Tancanhuitz, S.L.P., ya que es posible reacomodarlas en dicha Sala.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP508/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza que el mobiliario consistente en 10 diez sillas, y que es parte del excedente proporcionado mediante el Subsidio Público Federal del Fondo de Aportaciones de Seguridad Pública, Ejercicio 2014 dos mil catorce, al Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede en Ciudad Valles, S.L.P., y que se encuentran resguardadas por la Dirección de Recursos Materiales del Consejo de la Judicatura, se destinen para la Sala Base de Justicia Penal, con residencia en el Municipio de Tancanhuitz, S.L.P. Se instruye a la Secretaria Ejecutiva de Administración para que en coordinación con la Administradora Judicial del Sistema de Gestión y el Gestor Regional del Centro de Justicia Penal, Sala Sede en Ciudad Valles, S.L.P., y

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realicen los trámites administrativos de resguardo conducentes. Notifíquese.-------------------------------- 6.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio C.J. 448/2016, de fecha 11 once de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto y considerando la obligación de garantizar y preservar los derechos humanos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales en los que el Estado Mexicano es parte, reconoce a favor de las personas privadas de la libertad en los distintos Centros de Reinserción Social del Estado, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente: Toda vez que la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, a través de personal jurídico de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social ha llevado a cabo visitas carcelarias en los diferentes Centros de Reinserción Social del Estado, en las que personas en estado de reclusión han solicitado el apoyo para los jueces penales los mantengan informados sobre el estado que guarda el proceso que se sigue en su contra, resulta importante que este Cuerpo Colegiado, en coordinación con el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, atiendan esta problemática a fin de garantizar el respeto del derecho humano que la población interna tiene al acceso a la información y a la tutela judicial efectiva, en virtud de que muchos no conocen el desarrollo de sus procesos y la ejecución de la sentencia, es por ello que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicito la implementación de visitas mensuales con personal jurisdiccional y administrativo de esta Institución que se comisione a los distintos Centros de Reinserción Social del Estado, para asegurar que los internos tengan acceso a toda la información de sus expedientes, así como sus derechos y los mecanismos disponibles para hacerlos efectivos. La propuesta que se hace cuenta con el respaldo de otras Instituciones, tales como la Defensoría Social y la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Estado, y tiene por objeto incorporar esta línea de acción en el marco normativo de esta Institución, con el fin de regular jurídica y administrativamente las visitas mensuales a los centros de reclusión y con ello garantizar el derecho humano del acceso a la información de las personas privadas de su libertad en centros de reclusión, para que puedan conocer el estado procesal de la causa que se sigue en su contra, por conducto de servidores judiciales aptos para brindar dicha información; se sugiere que dichas visitas las realicen jueces penales, en coordinación con los visitadores judiciales.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP509/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina distribuirlo entre sus integrantes y reservar el dictado del acuerdo correspondiente. ----------------------------------------------------------------------- 7.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 692/2016, de fecha 11 once de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por los Magistrados Juan José Méndez Gatica, Olga Regina García López y Martin Celso Zavala Martínez, Integrantes de la Segunda Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, mediante el cual solicitan se habilite única y exclusivamente para el desahogo de la audiencia de alegatos aclaratorios, que se realizará a las 10:00 diez horas del 15 quince de febrero de 2016 dos mil dieciséis, dentro del toca de apelación ASA2As01/2016 en la Sala de Oralidad de ese Tribunal, a los licenciados Yadira García Dávila y Giovanni Efrén Camarillo Hernández, para que auxilien en la realización de la misma, el primero como Encargado de Sala y la segunda como Auxiliar de Encargado de Sala. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP510/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en los artículos 21, 24 y 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina comunicar a los Magistrados Juan José Méndez Gatica, Olga Regina García López y Martin Celso Zavala Martínez, Integrantes de la Segunda Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, que la organización de la audiencia de alegatos aclaratorios que refiere y la designación del personal de la Sala que intervendrá y auxiliará en la misma es responsabilidad del órgano jurisdiccional que la realice, por lo que no es factible habilitar a los licenciados Giovanni Efrén Camarillo Hernández y Yadira García Dávila, con las categorías que señala, de Encargado de Sala y Auxiliar de Encargado de Sala, respectivamente. Notifíquese.------------------------------------------------------------------------------------------ 8.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio SEA 96/2016 de fecha 15 quince de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto y en atención al oficio RM/386/2016, signado por la Directora de Recursos Materiales del Poder Judicial del Estado, mediante el cual

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informa que el 04 de febrero del presente año, se levantó un acta de hechos al C. Ricardo Carlos Rodríguez Cisneros, velador adscrito al área de servicios generales de la Dirección antes mencionada, por los motivos que se hacen constar en dicha acta que se adjunta al presente y en la que intervinieron los siguientes profesionistas: C.P. Silvia Areli Castillo Martínez, Subdirectora de Recursos Materiales del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado; Doctor Javier Reinoso Reyes, Médico Especializado adscrito al Servicio Médico Legal del Poder Judicial del Estado; Licenciada Geovanna Hernández Vázquez, Directora Jurídica del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado; y, Licenciada Mónica García Islas, Jefe de Sección adscrita a la Dirección Jurídica del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado. Por lo anterior me permito remitir el acta de referencia a ese H. Cuerpo Colegiado para su superior conocimiento.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP511/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina instruir a la Dirección Jurídica del Consejo de la Judicatura, a fin de que realice los trámites conducentes para la obtención de copia del expediente clínico del trabajador Ricardo Carlos Rodríguez Cisneros, para ser integrado al expediente que se lleva en el área administrativa, dar seguimiento a su padecimiento y evitar el deterioro de su salud y que repercuta en el desempeño de su actividad laboral. Notifíquese.----------------------------------- 9.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio SEA 97/2016, de fecha 15 quince de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto y derivado de la próxima apertura de las Salas de Oralidad de los Municipios de San Luis Potosí, Santa María del Rio y Salinas, S.L.P., el 31 de marzo del año en curso, resulta importante solicitar la elaboración de las placas para develación de cada una de las referidas Salas, de autorizarse es necesario definir tanto el texto que contendrán así como el material para su elaboración. Por lo que hace al material placas se somete a consideración de ese H. Cuerpo Colegiado dos opciones que son de bronce y de aluminio las cuales han sido autorizadas con anterioridad para las Salas que se encuentran instaladas actualmente, y que se describen a continuación: OPCION 1.- Placa de bronce, con una medida de 1.00m x .80m tiene un costo promedio de $31,349.00 (TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.). OPCION 2.- Placa de aluminio, con una medida de 1.00 m x .80 m tiene un costo promedio de $7,420.00 (SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.) Es importante mencionar que de ser autorizadas cualquiera de las opciones descritas anteriormente se debe considerar contar con el texto así como el material a fin de estar en posibilidad de que su elaboración e instalación se realice en tiempo y forma, ya que, requieren por lo menos de 4 semanas promedio para su elaboración. Por último no omito señalar que se cuenta con disponibilidad presupuestal para mandar hacer las placas de material de aluminio, mas no así para el caso que se autorice la de bronce.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP512/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza la adquisición de 03 tres placas de aluminio, con una medida de 01 un metro por 80 ochenta centímetros, cada una de ellas, con un costo promedio total de $7,420.00 (SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.), recurso que se dispondrá de la cuenta presupuestal correspondiente, la que contendrá el texto conducente utilizado en las placas que se colocaron en los Centros de Justicia Penal de Tamazunchale y Tancanhuitz, S.L.P. Se instruye a la Secretaria Ejecutiva de Administración para que dé cumplimiento al presente acuerdo. Notifíquese.--------------------------- 10.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 236/2016, de fecha 11 once de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Martha Luz Rosillo Iglesias, Juez Menor de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., mediante el cual solicita permiso con goce de sueldo, para ausentarse de sus labores los días 29 veintinueve de febrero, 01 uno, 02 dos y 03 tres de marzo del presente año, a efecto de atender asuntos de carácter personal; en la inteligencia de que durante su ausencia se quedaría como Encargada del Despacho, la licenciada Ana Gabriela Pérez Escobar, Secretaria de Acuerdos del Juzgado a su cargo. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP513/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno con fundamento en el artículo 94, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza a la licenciada Martha Luz Rosillo Iglesias, Juez Menor de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., permiso con goce de sueldo, para ausentarse de sus labores los días 29 veintinueve de febrero, 01 uno, 02 dos y 03 tres de marzo del presente año, a efecto de atender asuntos de carácter personal; en la inteligencia de que su

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ausencia será suplida por la licenciada Ana Gabriela Pérez Escobar, Secretaria de Acuerdos del Juzgado a su cargo, a quien se le faculta para practicar todas las diligencias judiciales que se requieran, incluyendo el dictado de resoluciones en cumplimiento de sentencias de amparo, con excepción de pronunciar sentencias, salvo los casos en que autorice el Pleno de este Órgano Colegiado, en los términos del ordinal 160 de la legislación invocada en primer término. Notifíquese.------------------------------------------------------------------------------------------ 11.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio SEA 93/2016, de fecha 15 quince de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto y atendiendo al oficio RM/272/2016 signado por la Directora de Recursos Materiales del Poder Judicial del Estado, en relación al oficio 265/2016 del Magistrado Juan Paulo Almazán Cué, Presidente de la Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, mediante el cual solicita la adquisición de un despachador de agua con frigobar y una mesita de madera, los cuales tiene los siguientes costos: ---------------------------------------------------------------------

DESCRIPCION IMPORTE C/IVA

Surtidor de agua frio y caliente $5,800.00

Mesa de trabajo $1,380.00

Total $7,180.00

Me permito informar que la Primera Sala cuenta con dos bienes de similares características, el último de estos entregados en el mes de septiembre de 2015, cubriendo una baja del que no contaba con reparación. Por lo anterior someto a consideración de ese H. Cuerpo Colegiado la adquisición de los bienes antes mencionados con un costo total de $7,180.00 (SIETE MIL CIENTO OCHENTA PESOS 00/100 M.N.) IVA incluido, no omito mencionar que no se cuenta con disponibilidad presupuestal para llevar a cabo la compra, sin embargo podría disponerse del recurso de la cuenta de productos, en la inteligencia que de observarse disponibilidad presupuestal este monto deberá ser reintegrado a la citada cuenta.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP514/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina comunicar al Magistrado Juan Paulo Almazán Cué, Presidente de la Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, que por el momento no es posible atender su petición relativa a la adquisición de un surtidor de agua fría y caliente, y una mesa de trabajo, en razón de que no se cuenta con disponibilidad presupuestal ni financiera, en la inteligencia que la Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, cuenta con dos bienes de similares características, el último entregado en el mes de septiembre de 2015 dos mil quince, con el que se cubrió la baja de uno de ellos que no tenía reparación. Notifíquese.---------------------------------------------- 12.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio SEA 94/2016, de fecha 15 quince de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto y atendiendo al oficio RM/367/2016 signado por la Directora de Recursos Materiales del Poder Judicial del Estado, en relación al oficio 216/2016 de la Magistrada María Refugio González Reyes, Presidenta de la Tercera Sala, mediante el cual solicita la adquisición de un monitor LCD, que cuenta con las siguientes características: Marca: BENQ DL 2020 19.5; Color: Negro Brillante; Pantalla: 21.5”W; Relación d easpecto:16:9; Resolución (max): 1920x1080; Tamaño de pixel (mm): 0.248; Brillo: 250 cd/m2; Contraste Nativo (tipo): 3000:1; Tipo de panel : VA; Gama de color: 72%; Colores: 16.7 millones; y, Conector de entrada: D-Sub, DVI. Por lo anterior someto a consideración de ese H. Cuerpo Colegiado la adquisición del bien antes mencionado el cual tiene un costo de $1,906.46 (UN MIL NOVECIENTOS SEIS PESOS 46/100 M.N.) IVA incluido, no omito mencionar que no se cuenta con disponibilidad presupuestal para llevar a cabo la compra, sin embargo podría disponerse del recurso de la cuenta de productos, en la inteligencia que de observarse disponibilidad presupuestal este monto deberá ser reintegrado a la citada cuenta.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP515/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza la adquisición de un monitor LCD, con las siguientes características: Marca: BENQ DL 2020 19.5; Color: Negro Brillante; Pantalla: 21.5”W; Relación de aspecto:16:9; Resolución (max): 1920x1080; Tamaño de pixel (mm): 0.248; Brillo: 250 cd/m2; Contraste Nativo (tipo): 3000:1; Tipo de panel: VA; Gama de color: 72%; Colores: 16.7 millones; y, Conector de entrada: D-Sub, DVI, con un costo de $1,906.46

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(UN MIL NOVECIENTOS SEIS PESOS 46/100 M.N.) I.V.A. incluido, el que se cubrirá de la cuenta de productos, en la inteligencia que de observarse disponibilidad presupuestal este monto deberá ser reintegrado a la citada cuenta. Se instruye a la Secretaria Ejecutiva de Administración para que dé cumplimiento al presente acuerdo. Notifíquese.------ 13.- El Secretario da cuenta al Pleno con el escrito de fecha 15 quince de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Andrés Piña Gutiérrez, Secretario de Acuerdos del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Tancanhuitz, S.L.P., mediante el cual solicita permiso sin goce de sueldo del 17 diecisiete de febrero al 16 dieciséis de marzo del presente año, en virtud de que es su deseo participar como candidato a presidir la Asociación de Abogados de San Luis Potosí, para el período 2016-2018. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP516/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracciones III y XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina comunicar al licenciado Andrés Piña Gutiérrez, Secretario de Acuerdos del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Tancanhuitz, S.L.P., que por el momento no es posible atender su petición de autorizarle permiso sin goce de sueldo del 17 diecisiete de febrero al 16 dieciséis de marzo del presente año, en razón de que no se cuenta con reserva en la categoría de Secretario de Acuerdos, que cubran su ausencia, aunado a las cargas de trabajo que reporta el Juzgado Mixto de Primera Instancia de Tancanhuitz, S.L.P. Notifíquese.------ 14.- El Secretario da cuenta al Pleno con el escrito de fecha 12 doce de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Martín Rangel Serrano, Juez Mixto de Primera Instancia de Cárdenas, S.L.P., mediante el cual solicita permiso para ausentarse de sus labores el día 19 diecinueve de febrero del presente año, para asistir al Taller denominado “Alineación Parental”, el que se realizará en el Instituto de Estudios Judiciales, los días jueves 18 dieciocho de febrero de las 16:00 dieciséis a las 21:00 veintiún horas, y 19 diecinueve del mes y año en curso, de las 09:00 nueve a las 14:00 catorce horas, quedando como Encargado del Despacho el licenciado Armando Rivera Quezada, Secretario de Acuerdos del Juzgado a su cargo. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP517/2016: Visto el contenido del escrito de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina comunicar al licenciado Martín Rangel Serrano, Juez Mixto de Primera Instancia de Cárdenas, S.L.P., que no es posible autorizarle el permiso que solicita, en razón de que el mismo se imparte en un día y hora hábil que interfiere las labores del Juzgado a su cargo. Notifíquese.------------------------------ 15.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio AJSG 113/2016, de fecha 15 quince de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto, me permito hacer de su conocimiento el oficio CIJP-110/2016, suscrito por el Lic. Ranulfo Rodrigo Cano Vargas, Juez de Control y Tribunal de Juicio Oral del Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede con residencia en el municipio de Matehuala, por el cual solicita el C. Juan Carlos Portillo Fuentes, Titular de la Unidad de la Policía Procesal en el Estado, aperciba a los elementos a su cargo, para acudir con la debida anticipación a las instalaciones del Centro Estatal de Reinserción Social de Matehuala, para realizar el traslado de los imputados al órgano jurisdiccional, con la finalidad de que las audiencias inicien en la fecha y hora señaladas. Lo anterior, en virtud que en la causa penal RII/CP-36/2015, se observó que no se pudo iniciar la audiencia en la hora señalada, en virtud de que como se manifiesta en el oficio 144/2016, suscrito por el Lic. José Prospero Marino Gallegos, Director del Centro Estatal de Reinserción Social de Matehuala, mismo que se adjunta en copia simple, la dilación es atañible a la Policía Procesal al no presentarse con vehículo o patrulla oficial para efectuar la excarcelación, manifestando que no es la primera ocasión que sucede, por lo que pone a disposición en caso de considerarlo conveniente los videos del Centro Penitenciario y sea cotejada la hora de llegada a pie de los elementos de la policía procesal, circunstancia por la cual someto a su valiosa consideración se gire atento oficio al Gral. Arturo Gutiérrez García, Secretario de Seguridad Pública en el Estado, para que aperciba a los elementos a comparecer con el imputado con la antelación debida para la celebración de las audiencias, siendo imprescindible la realización de los actos procesales en el lugar, hora y fecha señalados, para que se practique su desahogo en términos del numeral 48 del Código Nacional de Procedimientos Penales.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP518/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, determina solicitar al General Arturo Gutiérrez García, Secretario de Seguridad Pública en el Estado, sostener una reunión a fin de coordinar las labores de cada institución en beneficio del Estado de San Luis Potosí; por lo que se instruye a la

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Administradora Judicial del Sistema de Gestión, a fin de que se elabore el oficio correspondiente. Notifíquese.--------------------------------------------- 16.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 738/2016, de fecha 15 quince de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada María Rosario Ruiz Ramírez, Juez Segundo del Ramo Penal, mediante el cual solicita se le prorrogue el nombramiento a la licenciada María del Pilar Sánchez Ramírez, como Actuaria adscrita al Juzgado a su cargo, a fin de que apoye en el abatimiento de la carga laboral con que cuenta ese órgano jurisdiccional. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP519/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno con fundamento en el artículo 94, fracciones III, IV y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza el nombramiento de la licenciada María del Pilar Sánchez Ramírez, como Actuaria del Juzgado Segundo del Ramo Penal, del 01 uno de marzo al 31 treinta y uno de mayo del año en curso, en la inteligencia de que su salario será erogado del Fondo de Apoyo para la Administración de Justicia, en términos del artículo 192, fracción I, del ordenamiento legal en cita. Notifíquese a la Juez Segundo del Ramo Penal, a la Secretaria Ejecutiva de Administración, al Contralor del Poder Judicial del Estado y a la Directora de Recursos Humanos.-------------------------------------------- 17.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio AJSG 114/2016, de fecha 16 dieciséis de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, el cual es del tenor literal siguiente: “En el marco del seguimiento en el desarrollo del proyecto “Automatización de los Procesos de Gestión en el Nuevo Sistema de Justicia Penal”, que realiza la Universidad de Colima, que permitirá contar con un sistema informático interinstitucional para la transmisión de datos y solicitudes entre las instituciones operadoras del sistema de justicia penal, al respecto, me permito informar que el día 15 de febrero de la presente anualidad, tuvo verificativo una reunión de trabajo con el Ing. Pablo Joaquín López, líder del proyecto de referencia y la asistencia del Lic. Javier Pérez Contreras, Subprocurador de Control de Procesos de la Procuraduría General de Justicia, así como la comparecencia de personal técnico de informática, llevándose a cabo la revisión de los siguientes puntos: a) Catálogo de Delitos. b) Datos Específicos para la comunicación. c) Telecomunicaciones. Base de datos que permitirá la transmisión de la información sobre las personas intervinientes, delitos y vehículos involucrados desde la etapa de investigación hasta su judicialización, mediante la solicitud de audiencia por parte del Agente del Ministerio Público, cuya finalidad será agilizar los procedimientos mediante mecanismos electrónicos, en ese contexto, me permito adjuntar al presente el Catalogo de Delitos y el check list de los datos que contendrá el expediente electrónico para su validación correspondiente. Por otra parte, me permito informar que el día 19 de febrero del año en curso, la empresa desarrolladora del proyecto pretende hacer una presentación del sistema informático con personal operativo, en punto de las 10:00 horas, siendo necesario en su caso la participación de los Gestores Regionales o el personal que estimen oportuno, para posteriormente efectuar la presentación a los titulares de las instituciones operadoras del nuevo sistema de justicia penal. Cabe señalarse, que una vez validado el sistema informático de gestión se encuentra proyectada su instalación en el Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede con residencia en el municipio de Matehuala y la Unidad de Atención Temprana de la Procuraduría General de Justicia del Estado, para su puesta en operación y dar inicio a la transmisión de la información entre las instituciones operadoras.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP520/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno toma conocimiento del mismo y de la reunión de trabajo que el 15 quince de febrero del presente año, sostuvo con el ingeniero Pablo Joaquín López, líder del proyecto de referencia, con el licenciado Javier Pérez Contreras, Subprocurador de Control de Procesos de la Procuraduría General de Justicia, y personal técnico de informática para la revisión de los puntos relacionados con la estandarización de la forma en que se registrarán los delitos, datos específicos para su comunicación, telecomunicaciones y bases de datos con la finalidad de agilizar los procedimientos mediante los citados mecanismos electrónicos, por lo que determina distribuir entre sus integrantes el documento que contiene la citada estandarización, y la información relacionada con los datos que deberá contener el expediente electrónico para su validación correspondiente, y remitirlo para su conocimiento y opinión al Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado. Por otra parte, se autoriza la asistencia de los Gestores Regionales de Matehuala, Rioverde y Ciudad Valles, S.L.P., para que asistan e intervengan en la presentación previa del sistema informático, a cargo de la empresa desarrolladora del proyecto, a celebrar el 19 diecinueve de febrero del año en curso, a fin de estar en

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posibilidad de posteriormente efectuar la presentación del mismo a las instituciones operadoras del nuevo sistema de justicia penal, el cual una vez validado por este Cuerpo Colegiado, se instalará en el Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede con residencia en el municipio de Matehuala y la Unidad de Atención Temprana de la Procuraduría General de Justicia del Estado. Notifíquese.-------- 18.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio AJSG 117/2016, de fecha 16 dieciséis de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, el cual es del tenor literal siguiente: “Mediante comunicación sostenida con la Lic. Ma. Fernanda Aguirre Lince, Directora de Operaciones de América Latina de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), se informó que derivado de las gestiones realizadas para la obtención de 3 equipos de videograbación de audiencias mediante el programa de apoyo de “Iniciativa Mérida”, que subsidia esa instancia internacional, es su intención visitar a la Entidad Federativa el día 25 de febrero de la presente anualidad, con la finalidad de verificar el avance en la infraestructura que albergará las 3 salas de oralidad penal en el Primer Distrito Judicial, para su próxima entrada en vigor el 31 de marzo de 2016, siendo un requisito fundamental para la viabilidad del subsidio contar el 90 por ciento de avance de su infraestructura. En razón de lo expuesto, me permito someter a su consideración se otorguen las facilidades necesarias al personal de USAID-México, para estar en posibilidad de realizar el diagnóstico de avance de infraestructura al que se hace referencia, para lo cual será imprescindible la designación de enlaces para tales efectos, lo que resulta imprescindible para la viabilidad del subsidio.” Asimismo, el oficio AJSG 119/2016, de fecha 16 dieciséis de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, el cual es del tenor literal siguiente: “Mediante diverso ocurso AJSG 117/2016, de fecha 16 de febrero de la presente anualidad, se informó a ese Cuerpo Colegiado la comunicación sostenida con la Lic. Ma. Fernanda Aguirre Lince, Directora de Operaciones de América Latina de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), relativa a la visita a la Entidad Federativa para visualizar los avances en la infraestructura de las salas de oralidad que entrarán en vigor el 31 de marzo de la presente anualidad en la Capital del Estado, con la finalidad de establecer la viabilidad en el subsidio de 3 equipos de videograbación de audiencias por parte de esa instancia internacional en el marco del programa de Iniciativa Mérida, en apoyo a la implementación de la reforma al sistema de justicia penal, en ese contexto, me permito comunicar que el día de la fecha se tuvo comunicación con la funcionaria a que se hace referencia por vía de correo electrónico, mismo que me permito adjuntar en copia simple, por el cual notifica el cambio de fecha para el día 02 de marzo del año en curso, lo que me permito hacer de su conocimiento para los efectos y determinaciones que estimen procedentes.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP521/2016: Visto el contenido de los oficios de cuenta, este Pleno, toma conocimiento de los mismos, y a fin de realizar el diagnóstico de avance en la infraestructura que albergará las tres Salas de Oralidad en el Primer Distrito Judicial, determina designar como Enlaces al ingeniero Héctor Alejandro Artolózaga Moreno, Supervisor General, al ingeniero Moisés Alejandro Caballero, Director del Área de Tecnologías de la Información y a la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, para que otorguen las facilidades necesarias al personal de USAID México, en su visita el próximo 02 dos de marzo del presente año. Notifíquese.- 19.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio AJSG 111/2016, de fecha 15 quince de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, el cual es del tenor literal siguiente: “Como es de su conocimiento, el día 03 de febrero del año en curso, tuvo verificativo en el Centro Integral de Justicia Penal, Sala Sede con residencia en el municipio de Rioverde, la audiencia para el desahogo de un procedimiento abreviado de conformidad con el artículo 205 del Código Nacional de Procedimientos Penales, procediéndose a la emisión del fallo, lectura y explicación pública de la sentencia, misma que fue recurrida por una de las partes mediante recurso de apelación el cual habrá de canalizare a alguna de las Salas del Supremo Tribunal de Justicia del Estado. Así las cosas, es inminente el trámite de ejecución de sentencia en asuntos donde se ha dictado la resolución correspondiente, así como en aquellos que con seguridad llegarán a esta etapa, por la cual me permito someter a su consideración la designación de un Juez de Ejecución de Sentencias en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio de entre lo Jueces de Control y Tribunal de Juicio Oral en funciones, lo anterior, atendiendo a lo dispuesto en el numeral 17 fracción II de la Constitución Política del Estado, que prevé la facultad de los Jueces de Ejecución de

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Sentencias para controlar y vigilar la legalidad y respeto de los derechos de los sentenciados. Asi como el Artículo 413 del Código Nacional de Procedimientos Penales que establece la obligatoriedad de llevar a cabo la remisión de la sentencia dentro de los tres días siguientes de aquel en que la sentencia quede firme al Juez que le corresponda la ejecución correspondiente. Por su parte, el artículo 54 TER de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, establece los jueces que operarán el sistema penal acusatorio y oral podrán ejercer como: I. Jueces de Control, y II. Jueces de Tribunal de Juicio Oral. Ordenamiento que determina la competencialidad de los jueces para fungir como Jueces de Control y Tribunal de Juicio Oral, sin establecer la facultad para actuar como Juez de Ejecución de Sentencia, pues si bien es cierto mediante Acuerdo General Centésimo Primero del Pleno del Consejo de la Judicatura, en su numeral 13 párrafo segundo a la letra señala: “Los jueces operadores del Sistema de Justicia Penal Acusatorio podrán, según el turno, actuar como Jueces de Control, Jueces de Ejecución o integrar los Tribunales de Juicio Oral.” Numeral que establece su competencia para fungir en los tres perfiles, resultando contradictorio a lo aludido en el artículo 54 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, por lo que a punto de vista de la suscrita, deberá asentarse la determinación o designación de uno de los jueces en operación para actuar como Juez de Ejecución de Sentencias. Circunstancia que encuentra sustento en términos del artículo 413 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que de la interpretación del precepto normativo establece la remisión de las sentencias al Juez de Ejecución de Sentencias, como un operador del sistema de justicia penal independiente a los Jueces de Control y Tribunal de Enjuiciamiento o Juicio Oral, así mismo, el numeral 11 de la Ley de Ejecución de Medidas Cautelares, Penal y Medidas de Seguridad para el Estado de San Luis Potosí, establece las atribuciones de los Jueces de Ejecución, de forma indistinta a los Jueces de Control y Tribunal de Juicio Oral. En razón de lo expuesto, someto a su consideración la designación de un Juez de los que se encuentran en operación en el sistema de justicia penal acusatorio, para fungir como Juez de Ejecución de Sanciones para que vigile y controle la ejecución de las penas y medidas de seguridad, así como los beneficios a que pudiese acogerse cualquier sentenciado, para dotarse de competencia en los Trece Distritos Judiciales, compareciendo de forma itinerante al desahogo de las audiencias, instruyéndose a los Gestores Regionales integren el seguimiento en materia de ejecución de sentencias en el órgano jurisdiccional en el que tuvo verificativo la causa penal. Lo anterior, hasta en tanto se realicen las modificaciones y adecuaciones a los ordenamientos normativos a que se hace referencia.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP522/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno toma conocimiento del mismo, y determina instruir a la Administradora Judicial del Sistema de Gestión, a fin de que efectué y presente a este Cuerpo Colegiado un análisis y estudio en relación a la figura de Juez de Ejecución de Sentencias en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, y si el mismo debe ser especializado y fungir únicamente con ese carácter independientemente de las atribuciones de los Jueces de Control y de Tribunal de Juicio Oral, proponiendo lo conducente a este Órgano Administrativo. Notifíquese.------------------------------ 20.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio el oficio SEA 99/2016, de fecha 16 dieciséis de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración, el cual es del tenor literal siguiente: “Por este conducto y atendiendo al oficio RM/369/2016 signado por la Directora de Recursos Materiales del Poder Judicial del Estado, en relación al oficio 632/2016 del Magistrado Juan Paulo Almazán Cué, Presidente de la Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, mediante el cual solicita un equipo NO BREAK, con las siguientes características: monofásico, APC Back UPS PRO, BR 1000G de 1000VA, el cual tiene un costo de $3,600.70 (TRES MIL SEISCIENTOS PESOS 70/100 M.N.) IVA incluido. Por lo que se solicitó al Director del Área de Tecnologías de Información del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, un informe al respecto, señalando que la marca y modelo del equipo solicitado tiene la capacidad para soportar a los equipos de videograbación que se pretenden conectar, los referidos equipos cuentan únicamente con regulador de voltaje, lo que provocaría que al existir una interrupción de corriente y en el lapso que se genera entre la interrupción y la entrada en funcionamiento de la planta de respaldo eléctrico generaría que se apagaran los equipos de oralidad. Así mismo el ingeniero Caballero solicita se adquieran dos equipos con las mismas características a fin de proteger los instalados en la Segunda Sala y en el Instituto de Estudios Judiciales, cabe mencionar que estos aparatos no se previnieron con antelación debido a que la infraestructura eléctrica en el edificio que alberga a la Ciudad Judicial es

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más estable que en los Municipios del interior del Estado, sin embargo no evita el riesgo antes descrito. Por lo anterior someto a consideración de ese H. Cuerpo Colegiado la adquisición de 3 NO BREAKS con un costo total de $10,802.00 (DIEZ MIL OCHOCIENTOS DOS PESOS 00/100 M.N.) IVA incluido, no omito mencionar que no se cuenta con disponibilidad presupuestal para llevar a cabo la compra, sin embargo podría disponerse del recurso de la cuenta de productos, en la inteligencia que de observarse disponibilidad presupuestal este monto deberá ser reintegrado a la citada cuenta.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP523/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza la adquisición de 03 tres equipos NO BREAK, con las siguientes características: monofásico, APC Back UPS PRO, BR 1000G de 1000VA, con un costo total de $10,802.00 (DIEZ MIL OCHOCIENTOS DOS PESOS 00/100 M.N.) I.V.A incluido, cuyo recurso se dispondrá de la cuenta de productos, en la inteligencia que de observarse disponibilidad presupuestal este monto será reintegrado a la citada cuenta. Se instruye a la Secretaria Ejecutiva de Administración para que dé cumplimiento al presente acuerdo. Notifíquese.--------------------------------------- 21.- El Secretario da cuenta al Pleno con el borrador de la publicación relativa a la Gaceta Judicial, Órgano Informativo del Poder Judicial del Estado, correspondiente al número 30 treinta, que comprende los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2015 dos mil quince. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP524/2016: Visto lo manifestado por el Secretario, este Pleno con apoyo en lo dispuesto por los artículos 94, fracción III, 106 y 145 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza la reproducción y publicación de la edición de la Gaceta Judicial número 30 treinta, correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2015 dos mil quince, para realizar la impresión de 500 quinientos ejemplares, para su difusión en los órganos del Poder Judicial y del público en general. Se instruye al Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, para que se sirva dar cumplimiento al presente acuerdo. Cúmplase.---- 22.- El Secretario da cuenta al Pleno con el escrito de fecha 15 quince de febrero de 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada María Elena de Lourdes Sánchez Trujillo, Secretaria de Estudio y Cuenta adscrita al Juzgado Tercero de lo Familiar, mediante el cual presenta su renuncia al cargo de Secretaria de Estudio y Cuenta con base en el Juzgado Tercero de lo Familiar, con efectos a partir del 20 del presente mes y año. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP525/2016: Visto el contenido del escrito de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina instruir al Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, a fin de que cite a la trabajadora María Elena de Lourdes Sánchez Trujillo, en el Juzgado Tercero de lo Familiar, para que comparezca ante la Secretaría Ejecutiva de Pleno y Carrera Judicial, ubicada en el edificio que ocupa la Ciudad Judicial “Presidente Benito Juárez”, sito en Avenida Luis Donaldo Colosio 305, Colonia I.S.S.S.T.E., Primer Piso, en esta Ciudad, en un horario de las 08:00 ocho a las 16:00 dieciséis horas, a fin de ratificar su escrito recibido el 16 dieciséis de febrero de 2016 dos mil dieciséis, mediante el cual presenta su renuncia al cargo de Secretaria de Estudio y Cuenta con base en el Juzgado Tercero de lo Familiar, con efectos a partir del 20 del presente mes y año. Notifíquese.----------------------------------------------------------------------------------- 23.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 186-A/2016, de fecha 09 nueve de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado José Godofredo Flores Zavala, Juez Segundo Mixto de Primera Instancia de Matehuala, S.L.P., en el cual insiste en la petición formulada mediante oficio 87-A/2016, de fecha 19 diecinueve de enero del año en curso, en el cual pide se designe una persona para cubrir por el tiempo que dure la incapacidad de la licenciada Elizabeth Rodríguez García, Secretaria de Estudio y Cuenta adscrita a ese Juzgado a su cargo, toda vez que presentó incapacidad a partir del 18 dieciocho de enero del presente año, dado que tuvo complicaciones derivadas de su estado de ELIMINADO, y de acuerdo a la constancia expedida por el médico tratante doctor ELIMINADO, requiere incapacidad el resto del embarazo. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP526/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno con fundamento en el artículo 94, fracciones III, IV y VIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza el nombramiento de la licenciada Gloria Elizabeth Reyes Tapia, Secretaria de Magistrado, como Secretaria de Estudio y Cuenta del Juzgado Segundo Mixto de Primera Instancia de Matehuala, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 17 diecisiete de marzo del año en curso, en sustitución de la

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licenciada Elizabeth Rodríguez García, quien tiene incapacidad médica; en la inteligencia de que su salario será erogado del Fondo de Apoyo para la Administración de Justicia en términos del artículo 192, fracción I del ordenamiento legal antes citado, por lo que deberá cumplir con lo dispuesto por el artículo 104 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí, relativo a la presentación de la declaración patrimonial que corresponda. Notifíquese a la Presidenta de la Cuarta Sala del Supremo del Tribunal de Justicia del Estado, al Juez Segundo Mixto de Primera Instancia de Matehuala, S.L.P., a la Secretaria Ejecutiva de Administración, al Contralor del Poder Judicial del Estado y a la Directora de Recursos Humanos.------------------- 24.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 004/13/2016, de fecha 18 dieciocho de enero de 2016 dos mil dieciséis, signado por Bernardina Lara Argüelles, Secretaria General del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado, mediante el cual solicita se giren instrucciones a quien corresponda, a fin de que se le autorice a la licenciada María de Lourdes Velázquez Chávez, Secretaria de Estudio y Cuenta adscrita al Juzgado Segundo del Ramo Penal, su cambio de adscripción al Juzgado Tercero del Ramo Penal, en virtud de que la trabajadora tiene conocimiento de que se jubiló el licenciado Feliciano Ramírez Cordero quien ostentaba el mismo puesto que la citada trabajadora. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP527/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracciones III, IV y VIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina comunicar a la licenciada María de Lourdes Velázquez Chávez, Secretaria de Estudio y Cuenta del Juzgado Segundo del Ramo Penal, que por el momento no ha lugar a acceder de conformidad con su solicitud, en virtud de que por necesidades del servicio y en razón de la carga de trabajo en el juzgado de su adscripción es necesario que se desempeñe en las actividades de su categoría en el Juzgado Segundo del Ramo Penal. Notifíquese.------------------------------------------------------ 25.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 354/2016, de fecha 29 veintinueve de enero de 2016 dos mil dieciséis, signado por el licenciado Antonio Rolón Guerrero, Secretario de Acuerdos del Juzgado Octavo del Ramo Penal, Encargado del Despacho por Ministerio de Ley, que en atención que la licenciada Ibeth Zujey Duque Rivas, Secretaria Capturista adscrita a ese Juzgado, a partir del 02 dos del mes y año en curso, fue comisionada como Actuaria al Juzgado Tercero del Ramo Penal, propone a Emma Edith Martínez Ruiz, quien actualmente se desempeña como Mozo de Oficina, para ocupar el cargo de Secretaria Capturista por el mismo período, haciendo la aclaración que la citada trabajadora ya cuenta con el examen de aprobación correspondiente. Asimismo, y en razón de que el puesto de Mozo de Oficina quedará vacante, propone a Saida Mireia Gabriela Hernández Zavala, para ocupar dicho puesto; lo anterior en virtud de la carga de trabajo que existe en ese órgano jurisdiccional. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP528/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina comunicar al licenciado Antonio Rolón Guerrero, Secretario de Acuerdos del Juzgado Octavo del Ramo Penal, Encargado del Despacho por Ministerio de Ley, que no es posible atender su petición de autorizar los nombramientos de Emma Edith Martínez Ruiz, Mozo de Oficina, como Secretaria Capturista en sustitución de la licenciada Ibeth Zujey Duque Rivas, y de Saida Mireia Gabriela Hernández Zavala, como Mozo de Oficina en sustitución de Emma Edith Martínez Ruiz, en virtud de que no existe disponibilidad presupuestal ni financiera. Notifíquese.---- 26.- El Secretario da cuenta al Pleno con el escrito de Ma. Guadalupe Sánchez Hernández, Mozo de Oficina adscrita al Juzgado Mixto de Primera Instancia de Cárdenas, S.L.P., de fecha 28 veintiocho de enero de 2016 dos mil dieciséis, mediante el cual solicita se autorice su cambio de adscripción del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Cárdenas, S.L.P., al Juzgado Mixto de Primera Instancia de Ciudad del Maíz, S.L.P., que es el lugar donde ubica su ELIMINADO, y su petición obedece a que tiene 12 doce años de trabajar para el Juzgado de Cárdenas, y durante todo ese tiempo se ha trasladado diariamente del lugar de su ELIMINADO al de su trabajo, y los costos de los traslados afectan a su ELIMINADO, además de que la delincuencia organizada persiste en la zona lo que le implica un grave riesgo, solicitando tomen en consideración que es ELIMINADO y tiene ELIMINADO. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP529/2016: Visto el contenido del escrito de cuenta, este Pleno toma conocimiento del mismo, y con fundamento en el artículo 94, fracciones III, IV y VIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina comunicar a Ma.

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Guadalupe Sánchez Hernández, Mozo de Oficina adscrita al Juzgado Mixto de Primera Instancia de Cárdenas, S.L.P., que en su oportunidad podrá ser valorada su petición, ya que en este momento sería necesaria una permuta para realizar el cambio que solicita. Notifíquese.------------------------------------------------------------------------------- 27.- El Secretario da cuenta al Pleno con el acuerdo emitido fuera de Sesión el 12 doce de febrero de 2016 dos mil dieciséis, el cual es del tenor literal siguiente: “San Luis Potosí, S.L.P., a 12 doce de febrero de 2016. Téngase por recibido a las 14:42 catorce horas con cuarenta y dos minutos del 11 once de febrero del año en curso, el oficio 616/2016 firmado por la licenciada María Rosario Ruiz Ramírez, Juez Segundo del Ramo Penal, en el que solicita se autorice permiso económico sin goce de sueldo el 16 dieciséis de febrero de 2016 dos mil dieciséis, a fin de atender asuntos de carácter personal, en la inteligencia de que su ausencia será cubierta por el licenciado Agustín Corpus Hernández, Secretario de Acuerdos del Juzgado a su cargo. Fórmese y regístrese el presente expediente administrativo, como corresponda, en el índice de la Secretaría Ejecutiva de Pleno y Carrera Judicial. Y con fundamento en lo establecido por el artículo 10 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, relativo a que el Pleno podrá tomar acuerdos fuera de sesión, debiendo documentarse las determinaciones tomadas en la sesión inmediata posterior, este cuerpo colegiado provee lo siguiente: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Consejo de la Judicatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 94 fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina autorizar a la licenciada María Rosario Ruiz Ramírez, Juez Segundo del Ramo Penal, permiso económico sin goce de sueldo el 16 dieciséis de febrero de 2016 dos mil dieciséis, a fin de atender asuntos de carácter personal, en la inteligencia de que su ausencia será cubierta por el licenciado Agustín Corpus Hernández, Secretario de Acuerdos del Juzgado Segundo del Ramo Penal. Notifíquese lo anterior a la licenciada María Rosario Ruiz Ramírez, Juez Segundo del Ramo Penal, al licenciado Agustín Corpus Hernández, Secretario de Acuerdos del Juzgado Segundo del Ramo Penal, así como a la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado y a la licenciada Alejandra Eugenia González Castro, Directora de Recursos Humanos del Poder Judicial del Estado. Así lo acordaron y firman, los integrantes del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, Magistrado Presidente Luis Fernando Gerardo González y Consejeros Juan Carlos Barrón Lechuga, José Refugio Jiménez Medina y Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, quienes actúan con el Licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, que autoriza y da fe.” Se delibera este asunto y por mayoría de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP530/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Órgano Colegiado con apoyo en lo dispuesto por el artículo 10 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, valida el acuerdo tomado fuera de Sesión de Pleno, el 12 doce de febrero de 2016 dos mil dieciséis, con el que se da cuenta. --------------------------- 28.- El Secretario da cuenta al Pleno con el acuerdo emitido fuera de Sesión el 12 doce de febrero de 2016 dos mil dieciséis, el cual es del tenor literal siguiente: “San Luis Potosí, S.L.P., a 12 doce de febrero de 2016. Téngase por recibido a las 13:31 trece horas con treinta y un minutos del 11 once de febrero del año en curso, escrito firmado por el licenciado René Miranda Castillo, Secretario de Acuerdos del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Tamazunchale, S.L.P., en el que solicita se autorice permiso económico con goce de sueldo los días 11 once y 12 doce de febrero de 2016 dos mil dieciséis, a fin atender asuntos de carácter personal. Fórmese y regístrese el presente expediente administrativo, como corresponda, en el índice de la Secretaría Ejecutiva de Pleno y Carrera Judicial. Y con fundamento en lo establecido por el artículo 10 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, relativo a que el Pleno podrá tomar acuerdos fuera de sesión, debiendo documentarse las determinaciones tomadas en la sesión inmediata posterior, este cuerpo colegiado provee lo siguiente: Visto el contenido del escrito de cuenta, este Consejo de la Judicatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 94 fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina autorizar al licenciado René Miranda Castillo, Secretario de Acuerdos del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Tamazunchale, S.L.P., permiso económico con goce de sueldo los días 11 once y 12 doce de febrero de 2016 dos mil dieciséis, a fin atender asuntos de carácter personal. Notifíquese lo anterior al licenciado René Miranda Castillo, Secretario de Acuerdos del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Tamazunchale, S.L.P., al licenciado Oscar René Rubio Ramos, Juez Mixto de Primera Instancia de Tamazunchale, S.L.P., así como a la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura del Poder

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Judicial del Estado y a la licenciada Alejandra Eugenia González Castro, Directora de Recursos Humanos del Poder Judicial del Estado. Así lo acordaron y firman, los integrantes del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, Magistrado Presidente Luis Fernando Gerardo González y Consejeros Juan Carlos Barrón Lechuga, José Refugio Jiménez Medina y Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, quienes actúan con el Licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, que autoriza y da fe.” Se delibera este asunto y por mayoría de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP531/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Órgano Colegiado con apoyo en lo dispuesto por el artículo 10 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, valida el acuerdo tomado fuera de Sesión de Pleno, el 12 doce de febrero de 2016 dos mil dieciséis, con el que se da cuenta. --------------------------- 29.- El Secretario da cuenta al Pleno con el acuerdo emitido fuera de Sesión el 15 quince de febrero de 2016 dos mil dieciséis, el cual es del tenor literal siguiente: “San Luis Potosí, S.L.P., a 15 quince de febrero de 2016. Téngase por recibido a las 10:27 diez horas con veintisiete minutos del 12 doce de febrero del año en curso, oficio SC 0521/16 firmado por la licenciada Mónica Kemp Zamudio, Juez Primero Familiar de Ciudad Valles, S.L.P. en el que solicita se autorice permiso económico los días 18 dieciocho y 19 diecinueve de febrero de 2016 dos mil dieciséis, a fin de asistir al Taller Alineación Parental “Derechos de Niñas y Niños a Convivir con el Padre o Madre que no tienen Custodia”, el cual será impartido por la licenciada Lucia Rodríguez Quinero (Sic), Subdirectora del Programa sobre Asuntos de la Niñez y la Familia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en las instalaciones del Instituto de Estudios Judiciales del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, haciendo de su conocimiento que el licenciado Fernando Gómez Hernández, quedará como Encargado del Despacho por Ministerio de Ley. Fórmese y regístrese el presente expediente administrativo, como corresponda, en el índice de la Secretaría Ejecutiva de Pleno y Carrera Judicial. Y con fundamento en lo establecido por el artículo 10 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, relativo a que el Pleno podrá tomar acuerdos fuera de sesión, debiendo documentarse las determinaciones tomadas en la sesión inmediata posterior, este cuerpo colegiado provee lo siguiente: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza a la licenciada Mónica Kemp Zamudio, Juez Primero Familiar de Ciudad Valles, S.L.P., asistir al Taller Alineación Parental “Derechos de Niñas y Niños a Convivir con el Padre o Madre que no tienen Custodia”, en las instalaciones del Instituto de Estudios Judiciales, los días 18 dieciocho y 19 diecinueve de febrero de 2016 dos mil dieciséis, en la inteligencia de que su ausencia será suplida por el licenciado Fernando Gómez Hernández, Secretario de Acuerdos del Juzgado a su cargo, a quien se le faculta para practicar todas las diligencias judiciales que se requieran, incluyendo el dictado de resoluciones en cumplimiento de sentencias de amparo, con excepción de pronunciar sentencias, salvo los casos en que autorice el Pleno de este Órgano Colegiado, en los términos del ordinal 160 de la legislación invocada en primer término. Notifíquese lo anterior a la licenciada Mónica Kemp Zamudio, Juez Primero Familiar de Ciudad Valles, S.L.P., al licenciado Fernando Gómez Hernández, Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero Familiar de Ciudad Valles, S.L.P., así como a la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado y a la licenciada Alejandra Eugenia González Castro, Directora de Recursos Humanos del Poder Judicial del Estado. Así lo acordaron y firman, los integrantes del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, Magistrado Presidente Luis Fernando Gerardo González y Consejeros Juan Carlos Barrón Lechuga, José Refugio Jiménez Medina y Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, quienes actúan con el Licenciado Jesús Xerardo Martínez Muñoz, Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, que autoriza y da fe.” Se delibera este asunto y por mayoría de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP532/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Órgano Colegiado con apoyo en lo dispuesto por el artículo 10 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, valida el acuerdo tomado fuera de Sesión de Pleno, el 15 quince de febrero de 2016 dos mil dieciséis, con el que se da cuenta. ------------------------------------------------------- 30.- El Presidente somete a consideración del Pleno, por necesidades del servicio, los siguientes nombramientos y movimientos de personal: 1).- Se comisione a Carolina Ambriz Bocanegra, Secretaria Taquimecanógrafa, del Juzgado Tercero de lo Familiar al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, del 18 dieciocho de febrero al 31 treinta y uno de marzo del año en curso; asimismo, se le autorice un bono por la cantidad

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de $2,000.00 (DOS MIL PESOS 00/100 M.N.), en razón de la responsabilidad de las actividades encomendadas, ya que su comisión será en apoyo al Consejero Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, en virtud de que no cuenta con Secretaria Técnica; asimismo, se le autorice el pago de una compensación por la cantidad de $1,200.00 (UN MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), en virtud de que laborará en horario corrido durante dicho período; 2).- Se dé por terminada la relación laboral que venía vinculando a Ricardo Camarillo Coronel con el Poder Judicial del Estado, a partir del 01 uno de marzo del presente año, toda vez que con fecha 29 veintinueve de febrero del año en curso, concluye su nombramiento como Secretario Taquimecanógrafo del Juzgado Primero del Ramo Penal de Ciudad Valles, S.L.P.; 3).- Se autorice el nombramiento de Martha Elena Rentería Romo, como Secretaria Taquimecanógrafa del Juzgado Cuarto del Ramo Penal, del 22 veintidós de febrero al 17 diecisiete de abril del año en curso, en la inteligencia de que su salario será erogado del Fondo de Apoyo para la Administración de Justicia, en términos del artículo 192, fracción I, del ordenamiento legal antes citado; 4).- Se gire invitación a la licenciada Luz Adriana Elizea Pérez, Actuaria, para que cubra interinato en el Juzgado Segundo Mixto de Primera Instancia de Matehuala, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 17 diecisiete de marzo del año en curso, en sustitución de la licenciada Elizabeth Rodríguez García, quien tiene incapacidad médica, en virtud de ser reserva en la categoría de Secretaria de Estudio y Cuenta; en la inteligencia de que su salario será erogado del Fondo de Apoyo para la Administración de Justicia, en términos del artículo 192, fracción I, del ordenamiento legal antes citado, habiendo de manifestar su decisión por escrito a este Órgano Colegiado dentro del término de 01 un día hábil, contando a partir del día siguiente de su notificación, de lo contrario, se entenderá por declinada la designación. Lo anterior, en cumplimiento con lo dispuesto en oficio circular C.J. 1572/2011, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el 07 siete de junio del 2011 dos mil once; 5).- Se autorice el nombramiento del licenciado Santiago Herrera Urbina, cómo Juez Mixto de Primera Instancia, adscrito al Juzgado Mixto de Primera Instancia de Guadalcázar, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso, por lo que deberá cumplir con lo dispuesto por el artículo 104 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí, relativo a la presentación de la declaración patrimonial que corresponde; 6).- Se autorice el nombramiento del licenciado Héctor Segura Murayama, Secretario de Acuerdos, como Juez Mixto de Primera Instancia, adscrito al Juzgado Mixto de Primera Instancia de Venado, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso, en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 7).- Se autorice el nombramiento del licenciado Juan Ignacio Ortega Morales, Secretario de Acuerdos, como Juez de Primera Instancia, adscrito al Juzgado Primero Familiar de Ciudad Valles, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso, en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 8).- Se autorice el nombramiento de la licenciada Arcelia Anaí Nájera Márquez, Secretaria de Estudio y Cuenta, como Juez de Control y de Tribunal de Juicio Oral, adscrita al Centro Integral de Justicia Penal con sede en Ciudad Valles, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso, en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 9).- Se deje sin efecto el nombramiento de la licenciada Mónica Kemp Zamudio, Secretaria de Acuerdos, comunicado con oficio C.J. 3401/2015, a partir del 22 veintidós de febrero del año en curso, asimismo, se autorice su nombramiento como Juez Mixto de Primera Instancia, y se le adscriba al Juzgado Mixto de Primera Instancia de Salinas, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso; por lo que deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 10).- Se deje sin efecto el nombramiento de la licenciada María del Carmen Gómez Flores, Secretaria de Estudio y Cuenta, comunicado con oficio C.J. 3374/2015, a partir del 22 veintidós de febrero del año en curso, asimismo, se autorice su nombramiento como Juez de Primera Instancia, y se le adscriba al Juzgado Cuarto del Ramo Civil, del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso; en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 11).- Se deje sin efecto el nombramiento del licenciado Ángel Gonzalo Santiago Hernández, Subsecretario Administrativo, comunicado con oficio C.J. 3972/2015, a partir del 22 veintidós de febrero del año en curso; asimismo,

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se autorice su nombramiento como Juez de Primera Instancia, y se le adscriba al Juzgado Séptimo del Ramo Civil, del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso; por lo que deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 12).- Se deje sin efecto el nombramiento del licenciado Francisco Rodríguez Ramírez, Secretario de Acuerdos, comunicado con oficio C.J. 3380/2015, a partir del 22 veintidós de febrero del año en curso; asimismo, se autorice su nombramiento como Juez de Primera Instancia, y se le adscriba al Juzgado de Ejecución de Medidas para Menores, del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso; en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 13).- Se deja sin efecto el nombramiento del licenciado Ernesto Rivera Sánchez, Secretario de Acuerdos, comunicado con oficio C.J. 3948/2015, a partir del 22 veintidós de febrero del año en curso; asimismo, se autorice su nombramiento cómo Juez de Primera Instancia, y se le adscriba al Juzgado Octavo del Ramo Penal, del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso; en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP533/2016: Visto lo manifestado por el Presidente, este Pleno por necesidades del servicio, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 94, fracciones III, IV y VIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina autorizar los siguientes nombramientos y movimientos de personal: 1).- Se comisiona a Carolina Ambriz Bocanegra, Secretaria Taquimecanógrafa, del Juzgado Tercero de lo Familiar al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, del 18 dieciocho de febrero al 31 treinta y uno de marzo del año en curso; asimismo, se le autoriza un bono por la cantidad de $2,000.00 (DOS MIL PESOS 00/100 M.N.), en razón de la responsabilidad de las actividades encomendadas, ya que su comisión será en apoyo al Consejero Carlos Alejandro Ponce Rodríguez, en virtud de que no cuenta con Secretaria Técnica; de igual forma, se le autoriza el pago de una compensación por la cantidad de $1,200.00 (UN MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), en virtud de que laborará en horario corrido durante dicho período; 2).- Se da por terminada la relación laboral que venía vinculando a Ricardo Camarillo Coronel con el Poder Judicial del Estado, a partir del 01 uno de marzo del presente año, toda vez que con fecha 29 veintinueve de febrero del año en curso, concluye su nombramiento como Secretario Taquimecanógrafo del Juzgado Primero del Ramo Penal de Ciudad Valles, S.L.P.; 3).- Se autoriza el nombramiento de Martha Elena Rentería Romo, como Secretaria Taquimecanógrafa del Juzgado Cuarto del Ramo Penal, del 22 veintidós de febrero al 17 diecisiete de abril del año en curso, en la inteligencia de que su salario será erogado del Fondo de Apoyo para la Administración de Justicia, en términos del artículo 192, fracción I, del ordenamiento legal antes citado; 4).- Se gira invitación a la licenciada Luz Adriana Elizea Pérez, Actuaria, para que cubra interinato en el Juzgado Segundo Mixto de Primera Instancia de Matehuala, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 17 diecisiete de marzo del año en curso, en sustitución de la licenciada Elizabeth Rodríguez García, quien tiene incapacidad médica, en virtud de ser reserva en la categoría de Secretaria de Estudio y Cuenta; en la inteligencia de que su salario será erogado del Fondo de Apoyo para la Administración de Justicia, en términos del artículo 192, fracción I, del ordenamiento legal antes citado, habiendo de manifestar su decisión por escrito a este Órgano Colegiado dentro del término de 01 un día hábil, contando a partir del día siguiente de su notificación, de lo contrario, se entenderá por declinada la designación. Lo anterior, en cumplimiento con lo dispuesto en oficio circular C.J. 1572/2011, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el 07 siete de junio del 2011 dos mil once; 5).- Se autoriza el nombramiento del licenciado Santiago Herrera Urbina, cómo Juez Mixto de Primera Instancia, adscrito al Juzgado Mixto de Primera Instancia de Guadalcázar, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso, por lo que deberá cumplir con lo dispuesto por el artículo 104 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí, relativo a la presentación de la declaración patrimonial que corresponde; 6).- Se autoriza el nombramiento del licenciado Héctor Segura Murayama, Secretario de Acuerdos, como Juez Mixto de Primera Instancia, adscrito al Juzgado Mixto de Primera Instancia de Venado, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso, en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 7).- Se autoriza el nombramiento del licenciado Juan Ignacio Ortega Morales, Secretario de Acuerdos, como Juez de Primera Instancia, adscrito al Juzgado Primero

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Familiar de Ciudad Valles, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso, en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 8).- Se autoriza el nombramiento de la licenciada Arcelia Anaí Nájera Márquez, Secretaria de Estudio y Cuenta, como Juez de Control y de Tribunal de Juicio Oral, adscrita al Centro Integral de Justicia Penal con sede en Ciudad Valles, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso, en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 9).- Se deja sin efecto el nombramiento de la licenciada Mónica Kemp Zamudio, Secretaria de Acuerdos, comunicado con oficio C.J. 3401/2015, a partir del 22 veintidós de febrero del año en curso, asimismo, se autoriza su nombramiento como Juez Mixto de Primera Instancia, adscrita al Juzgado Mixto de Primera Instancia de Salinas, S.L.P., del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso; por lo que deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 10).- Se deja sin efecto el nombramiento de la licenciada María del Carmen Gómez Flores, Secretaria de Estudio y Cuenta, comunicado con oficio C.J. 3374/2015, a partir del 22 veintidós de febrero del año en curso, asimismo, se autoriza su nombramiento como Juez de Primera Instancia, adscrita al Juzgado Cuarto del Ramo Civil, del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso; en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 11).- Se deja sin efecto el nombramiento del licenciado Ángel Gonzalo Santiago Hernández, Subsecretario Administrativo, comunicado con oficio C.J. 3972/2015, a partir del 22 veintidós de febrero del año en curso; asimismo, se autoriza su nombramiento como Juez de Primera Instancia, adscrito al Juzgado Séptimo del Ramo Civil, del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso; por lo que deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 12).- Se deja sin efecto el nombramiento del licenciado Francisco Rodríguez Ramírez, Secretario de Acuerdos, comunicado con oficio C.J. 3380/2015, a partir del 22 veintidós de febrero del año en curso; asimismo, se autoriza su nombramiento como Juez de Primera Instancia, adscrito al Juzgado de Ejecución de Medidas para Menores, del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso; en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables; 13).- Se deja sin efecto el nombramiento del licenciado Ernesto Rivera Sánchez, Secretario de Acuerdos, comunicado con oficio C.J. 3948/2015, a partir del 22 veintidós de febrero del año en curso; asimismo, se autoriza su nombramiento cómo Juez de Primera Instancia, adscrito al Juzgado Octavo del Ramo Penal, del 22 veintidós de febrero al 30 treinta de junio del año en curso; en consecuencia, deberá proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y demás normas aplicables. Notifíquese a los servidores judiciales involucrados en los nombramientos y movimientos, a sus superiores jerárquicos, a la Secretaria Ejecutiva de Administración, al Contralor del Poder Judicial del Estado y a la Directora de Recursos Humanos.-------------- 31.- En uso de la voz el Consejero Presidente Luis Fernando Gerardo González, comunica al Pleno que se recibió invitación de la Dirección de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Desarrollo Económico de Gobierno del Estado de San Luis Potosí, invitando a los integrantes del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, a una reunión de trabajo el próximo 18 dieciocho de febrero del presente año, con el propósito de que se conozcan los trabajos que se realizan para el estudio Doing Business 2016 dos mil dieciséis, y para asistir a la Ciudad de México, Distrito Federal, el día 23 veintitrés de febrero del presente año. Se delibera este asunto y por mayoría de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP534/2016: Visto lo manifestado por el Consejero Presidente Luis Fernando Gerardo González, este Pleno toma conocimiento de la invitación efectuada por la licenciada Norma J. Alfaro Gómez, Directora de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Desarrollo Económico de Gobierno del Estado de San Luis Potosí, y determina se le proponga a la citada profesionista, que dicha reunión se realice en la Sala de Juntas de este Cuerpo Colegiado, a las 09:30 nueve horas con treinta minutos del 18 dieciocho de febrero del presente año. Por otra parte, con fundamento en el artículo 94, fracciones III y IV de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza la comisión del Carlos Alberto Gómez Rivera, para que el próximo 23 veintitrés de febrero del año en

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curso, asista a la Ciudad de México, Distrito Federal, a la reunión de réplica relacionada con los trabajos del estudio Doing Business 2016 dos mil dieciséis; por lo que se instruye a la Secretaria Ejecutiva de Administración para que proporcione viáticos de hospedaje, alimentación y transporte los días 22 veintidós y 23 veintitrés de febrero del presente año. Notifíquese.-------------------- 32.- El Secretario solicita autorización del Pleno para dar cumplimiento al artículo 19 fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, que obliga a difundir de oficio, la información contenida en las minutas, acuerdos y actas de las reuniones oficiales de los órganos colegiados de las entidades públicas, en los términos que ordena el numeral 27 de la propia legislación. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP535/2016: Este Pleno en cumplimiento a lo ordenado por el artículo 19 fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, que obliga a difundir de oficio, la información contenida en las minutas, acuerdos y actas de las reuniones oficiales de los órganos colegiados de las entidades públicas, instruye a la secretaría para que proceda a difundir la información pública correspondiente a la presente acta, en los términos que ordena el numeral 27 de la propia legislación. ------------------------------------------------------------------------------------------- No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 15:30 quince horas con treinta minutos del día de la fecha, se declara terminada la sesión, levantándose la presente acta en términos del artículo 93 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, misma que firman para constancia los que en ella intervinieron, previa su lectura.-----------------------------------------------------------------------------------

MAGISTRADO LUIS FERNANDO GERARDO GONZÁLEZ Consejero Presidente

LICENCIADO JUAN CARLOS BARRÓN LECHUGA Consejero

LICENCIADO JOSÉ REFUGIO JIMÉNEZ MEDINA Consejero

LICENCIADO CARLOS ALEJANDRO PONCE RODRÍGUEZ Consejero

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LICENCIADO JESÚS XERARDO MARTÍNEZ MUÑOZ Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial.

Visto el contenido del escrito de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza a la licenciada Evelin Monserrat Martínez Monsiváis, permiso sin goce de sueldo a su base de adscripción como Auxiliar Jurídico de la Secretaría Ejecutiva de Pleno y Carrera Judicial, del 01 uno de febrero al 31 treinta y uno de marzo de 2016 dos mil dieciséis, en virtud de su nombramiento como Actuaria del Consejo de la Judicatura, comisionada a la Dirección Jurídica en sustitución de la licenciada Geovanna Hernández Vázquez, que le fue comunicado mediante oficio C.J. 258/2016. Notifíquese a la peticionante, al Secretario Ejecutivo de Pleno y Carrera Judicial, a la Secretaria Ejecutiva de Administración, al Contralor del Poder Judicial del Estado, a la Directora de Recursos Humanos y a la Directora Jurídica del Consejo de la Judicatura.-------------------------------------------------------------------------------------------- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio SEA 66/2016, de fecha 08 ocho de febrero del año en curso, signado por la licenciada Patricia Guadalupe Vélez Nieto, Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura, mediante el cual informa que en atención al oficio RM/324/2016, signado por la Directora de Recursos Materiales, relativo a la petición que realiza el Magistrado Juan Paulo Almazán Cue, en su calidad de Coordinador de la Comisión de Reformas Legales, así como los integrantes que conforman la misma, a efecto de que se mande reparar el proyector para pantalla con control instalado en la Sala de Juntas de la Sala de Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, a fin de poder dar servicio a las comisiones que ahí se celebran, por lo que solicitó una revisión del mismo, de la cual resultó que el equipo de proyección tiene averiada la pantalla eléctrica, la cual tiene dañados los engranes que están barridos y el motor quemado que es lo que activa el mecanismo que hace que la pantalla suba y baje, y no tiene reparación, por lo que solicitó una cotización de una pantalla con los costos y características siguientes: 1.- Pantalla eléctrica de 2.13 X 2.13 mts. Mattweiss, con control remoto inalámbrico, con un costo de $6,960.00 (SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS 00/100 M.N.); 2. Pantalla eléctrica de 2.44 X 2.44 mts. Mattweiss, con control remoto inalámbrico, con un costo de $7,458.80 (SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS 58/100 M.N.). Por lo anterior, solicita se autorice la adquisición de una pantalla eléctrica para la Sala de Juntas de la Sala de Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, informando que no se cuenta con suficiencia presupuestal para su compra, pero se puede disponer el recurso de la cuenta de productos, en la inteligencia que de observarse disponibilidad presupuestal, dicho monto deberá ser reintegrado a la citada cuenta. Se delibera este asunto y por mayoría de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP456/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, autoriza la adquisición de una pantalla eléctrica de 2.44 X 2.44 mts. Mattweiss, con control remoto inalámbrico, con un costo de $7,458.80 (SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS 58/100 M.N.) con I.V.A. incluido, de la cuenta de productos, para la Sala de Juntas de la Sala de Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado; en la inteligencia que de observarse disponibilidad presupuestal, dicho monto deberá ser reintegrado a la citada cuenta. Se instruye a la Secretaria Ejecutiva de Administración para que dé cumplimiento al presente acuerdo. Notifíquese.--------------------------------------------------------------

4.- El Secretario da cuenta al Pleno con el escrito de fecha de 07 siete de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el C. José Santos Amaya, en su carácter de Primer Juez Auxiliar de la Comunidad de Pedrera del Taquito, perteneciente al Municipio de Villa Hidalgo, S.L.P., mediante el cual hace diversas manifestaciones relativas a la inconformidad que existe en cuanto a la reunión celebrada para la elección de Juez Auxiliar de dicha comunidad; anexando firmas de inconformidad de los vecinos. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP***/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno

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(verificar su seguimiento en próximas sesiones) 28.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio AJSG 067/2016 de fecha 03 tres de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, el cual es del tenor literal siguiente: “ Por este conducto, respetuosamente me permito hacer de su conocimiento el “Acuerdo del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, por el cual se aprueban los indicadores para el seguimiento y evaluación del funcionamiento y operación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, elaborados por el Comité para la Evaluación y Seguimiento de la Implementación del nuevo Sistema, los cuales deberán ser actualizados semestralmente”, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 21 de enero de la presente anualidad, por el cual se establece en su Considerando Primero, que el objetivo y seguimiento de la implementación del nuevo sistema de justicia penal de Corte Acusatorio, es la generación, el procesamiento y el análisis de la información para mediar la eficacia, efectividad y en su caso, el impacto de la implementación y operación del sistema de justicia penal. En consecuencia, mediante la primera sesión del Comité para la Evaluación y Seguimiento se estableció un conjunto mínimo de indicadores para el seguimiento y funcionamiento del nuevo sistema de justicia penal, para comenzar a evaluar y conocer la operación y seguimiento de las Entidades Federativas y la Federación en donde está vigente. Circunstancia por la cual se instrumentaron diversos indicadores con la finalidad de fortalecer la toma de decisiones de las instituciones operadoras locales y federales, basadas en la evidencia, transparencia y rendición de cuentas, así como impulsar la gestión gubernamental de mejora continua de resultados, mismos que deberán ser proporcionados de manera semestral, mismos que constan de la siguiente información que atañe al Poder Judicial del Estado: INDICADORES ESTATALES: Jueces de Control del Poder Judicial del Estado. 1.- Carga de trabajo por Juez de Control. 2.- Duración promedio de audiencias realizadas ante los Jueces de Control. 3.- Porcentaje de audiencias realizadas ante los Jueces de Control. 4.- Porcentaje de órdenes de aprehensión concedidas. 5.- Promedio de causas penales terminadas por Juez de Control. Tribunales de Enjuiciamiento del Poder Judicial del Estado. 1.- Carga de trabajo por Juez de Enjuiciamiento. 2.- Duración promedio de audiencias de Juicio Oral. 3.- Porcentaje de audiencias diferidas ante los jueces de enjuiciamiento. 4.- Productividad de los jueces de enjuiciamiento. Poder Judicial del Estado. 1.- Duración promedio de las causas penales terminadas por los Jueces de Control. 2.- Duración promedio de término de las causas penales enviadas a los tribunales de enjuiciamiento. 3.- Duración promedio de término de los casos que llegan a Juicio Oral. 4.- Porcentaje de autos de apertura a Juicio Oral con respecto de las causas penales ingresadas. 5.- Porcentaje de detenciones declaradas legales. 6.- Porcentaje de medidas cautelares distintas de prisión preventiva. 7.- Porcentaje de penas privativas de la libertad de menos o igual a 3 años. 8.- Porcentaje de resolución respecto a casos terminados por los Jueces de Control. 9.- Porcentaje de resolución respecto a causas penales terminadas por los Tribunales de Enjuiciamiento. 10.- Porcentaje de Sentencias Condenatorias.11.- Porcentaje de Sentencias Condenatorias privativas de la libertad. 12.- Tasa de congestión de causas penales de los Jueces de Control. 13.- Tasa de congestión de causas penales en los Tribunales de Enjuiciamiento. Por lo que respecta a la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, actualmente no se cuenta con un órgano o instancia para la aplicación de mecanismos alternativos en sede judicial, por lo que la información deberá ser proporcionada por el Centro de Solución de Controversias contemplado en el artículo 90 fracción II de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, hasta en tanto existan las condiciones normativas para su aplicación en sede judicial. No omito comentar, que actualmente se generó una base de datos que arroja la mayoría de los indicadores a que se hace referencia en el presente acuerdo, mismos que

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fueron aprobados por el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de fecha 07 de octubre de 2015, notificado mediante el oficio C.J. 3061/2015, sin embargo, me permito someter a su consideración se autorice a la suscrita realizar la homologación de los criterios de información, los cuales serán solicitados a las Entidades Federativas de manera semestral por conducto del Comité de Seguimiento y Evaluación de la Implementación del Sistema de Justicia Penal.” Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP***/2016 Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno determina distribuirlo entre sus integrantes, e instruir a la licenciada Adriana Muñoz Infante, Administradora Judicial del Sistema de Gestión, a efecto de que realice las adecuaciones necesarias a los criterios de información que pudieran ser solicitados a los Estados de manera semestral por el Comité de Seguimiento y Evaluación de la Implementación del Sistema de Justicia Penal. Notifíquese. -------------------------------------------------------------------------------- 3.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio ASE-SCC-011/2016, de fecha de 08 ocho de febrero del 2016 dos mil dieciséis, signado por el Contador Público Certificado José de Jesús Martínez Muñoz, Auditor Superior del Estado, mediante el cual hace la invitación para participar en el “Diplomado Virtual de Contabilidad Gubernamental”, promovido por la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental A.C. (ASOFIS) y coordinado por la Auditoría Superior del Estado de Coahuila con las Entidades de Fiscalización Superior de los Estados (Auditoría Superior del Estado de S.L.P.), el que se impartirá sin costo alguno y contará con una duración de 14 catorce semanas, teniendo como fecha de inicio el día 22 veintidós de febrero del presente año, anexando información referente al mismo. Asimismo comunica que el registro será a través de la liga http://www.asecoahuila.gob.mx/actualización/InfoPub/DipContGub.asp y estará vigente hasta el día martes 26 dieciséis del presente mes y año, una vez registrados, deberá enviarse el nombre del participante y correo electrónico a esa Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí, con la Contadora Pública Certificada Ma. del Rocío Torres Armenta, al correo electrónico [email protected]. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP508/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno, con fundamento en el artículo 94, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, determina instruir a la Secretaria Ejecutiva de Administración, a fin de que haga del conocimiento de las áreas administrativas la invitación realizada por el Contador Público Certificado José de Jesús Martínez Muñoz, Auditor Superior del Estado, para participar en el “Diplomado Virtual de Contabilidad Gubernamental”, promovido por la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental A.C. (ASOFIS) y coordinado por la Auditoría Superior del Estado de Coahuila con las Entidades de Fiscalización Superior de los Estados (Auditoría Superior del Estado de S.L.P.), el que se impartirá sin costo alguno y contará con una duración de 14 catorce semanas, teniendo como fecha de inicio el día 22 veintidós de febrero del presente año, anexándole la información referente al mismo, en la inteligencia de que el registro será a través de la liga http://www.asecoahuila.gob.mx/actualización/InfoPub/DipContGub.asp y estará vigente hasta el día martes 16 dieciséis del presente mes y año, y una vez efectuado el mismo, deberá enviarse el nombre del participante y correo electrónico a la Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí, con la Contadora Pública Certificada Ma. del Rocío Torres Armenta, al correo electrónico [email protected]. Notifíquese.-------------------------------------

26.- El Secretario da cuenta al Pleno con el oficio 521/2016, de fecha 28 veintiocho de octubre de 2015 dos mil quince, signado por Bernardina Lara Argüelles, Secretaria General del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado, mediante el cual solicita se le dé la oportunidad de laborar en el Poder Judicial del Estado a ELIMINADO, ELIMINADO de la trabajadora Ma. del Carmen Ramos Medina, adscrita al Juzgado Cuarto del Ramo Penal, en virtud de que quedará su plaza vacante por jubilación. Se delibera este asunto y por unanimidad de votos se emite el siguiente acuerdo CJPJESLP531/2016: Visto el contenido del oficio de cuenta, este Pleno comunicar a Ma. del Carmen Ramos Medina, que en su oportunidad su petición podrá ser valorada por este Órgano Administrativo. Notifíquese.---------------------