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305 VOLUMEN 4/8 III.7. ALCALDÍA TLALPAN III.7.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO III.7.1.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALESAuditoría ASCM/86/18 FUNDAMENTO LEGAL La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, base II, sexto y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 62 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61 y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV; y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México. ANTECEDENTES La Alcaldía Tlalpan ocupó el noveno lugar respecto del presupuesto ejercido en 2018 por las 16 Alcaldías de la Ciudad de México (42,022,606.2 miles de pesos), con un monto de 2,339,606.5 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018. Ese importe representó el 5.6% del total erogado por dichos órganos político- administrativos y disminuyó de 4.2% (103,046.7 miles de pesos) respecto al presupuesto asignado originalmente (2,442,653.2 miles de pesos) y en 4.5% (105,445.70 miles de pesos) con relación al ejercido en 2017 (2,445,052.2 miles de pesos). En el capítulo 3000 “Servicios Generales”, la Alcaldía Tlalpan contó con una asignación original de 530,368.2 miles de pesos, la cual aumentó en 63,134.6 miles de pesos para quedar en 593,502.8 miles de pesos, de los que ejerció, en 48 partidas de gasto, un monto de 546,741.8 miles de pesos (23.4% del total ejercido por la Alcaldía). El presupuesto ejercido fue mayor en 3.1% (16,373.6 miles de pesos) al presupuesto asignado originalmente en dicho capítulo (530,368.2 miles de pesos) y en 3.5% (18,301.9 miles de pesos) con relación al presupuesto ejercido en 2017 (528,439.9 miles de pesos).

III.7. ALCALDÍA TLALPAN · 2,339,606.5 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública de laCiudad de México de 2018. Ese importe representó el 5.6% del total

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III.7. ALCALDÍA TLALPAN

III.7.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO

III.7.1.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”

Auditoría ASCM/86/18

FUNDAMENTO LEGAL

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, base II, sexto

y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 62 de la

Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del Congreso

de la Ciudad de México; 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII,

IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30;

32; 33; 34; 35; 36; 37; 61 y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y

1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV; y 30 del Reglamento Interior de la

Auditoría Superior de la Ciudad de México.

ANTECEDENTES

La Alcaldía Tlalpan ocupó el noveno lugar respecto del presupuesto ejercido en 2018 por las

16 Alcaldías de la Ciudad de México (42,022,606.2 miles de pesos), con un monto de

2,339,606.5 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad

de México de 2018. Ese importe representó el 5.6% del total erogado por dichos órganos político-

administrativos y disminuyó de 4.2% (103,046.7 miles de pesos) respecto al presupuesto

asignado originalmente (2,442,653.2 miles de pesos) y en 4.5% (105,445.70 miles de pesos)

con relación al ejercido en 2017 (2,445,052.2 miles de pesos).

En el capítulo 3000 “Servicios Generales”, la Alcaldía Tlalpan contó con una asignación original

de 530,368.2 miles de pesos, la cual aumentó en 63,134.6 miles de pesos para quedar en

593,502.8 miles de pesos, de los que ejerció, en 48 partidas de gasto, un monto de 546,741.8 miles

de pesos (23.4% del total ejercido por la Alcaldía). El presupuesto ejercido fue mayor en 3.1%

(16,373.6 miles de pesos) al presupuesto asignado originalmente en dicho capítulo (530,368.2 miles

de pesos) y en 3.5% (18,301.9 miles de pesos) con relación al presupuesto ejercido en 2017

(528,439.9 miles de pesos).

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CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los siguientes criterios generales de selección,

contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización superior:

“Exposición al Riesgo”. Se eligió el capítulo 3000 “Servicios Generales”, toda vez que por su

naturaleza y características puede estar expuesto a riesgo de errores, mal uso, ineficiencias

e incumplimiento de metas y objetivos.

“Presencia y Cobertura”. Para garantizar que eventualmente todos los sujetos de fiscalización y

todos los conceptos susceptibles de ser auditados se revisen por estar incluidos en la Cuenta

Pública de la Ciudad de México.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Alcaldía Tlalpan

en el capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido,

devengado, ejercido y pagado de acuerdo con la normatividad y ordenamientos aplicables;

y destinado al cumplimiento de programas, acciones y atribuciones del órgano político-administrativo.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

En cuanto a los elementos que integran el objetivo de auditoría, de manera enunciativa, mas no

limitativa, se revisó lo siguiente:

Gasto Registrado

Se verificó que las operaciones del sujeto fiscalizado se hayan registrados contable y

presupuestalmente, que las operaciones se reflejaran por cada uno de los momentos contables

del gasto y que los registros explicaran la evolución del ejercicio presupuestal.

Gasto Aprobado

Se verificó que el proceso de programación, presupuestación, integración (Módulos de

Integración por Resultados y de Integración Financiera) y autorización del presupuesto se haya

ajustado a la normatividad aplicable y que exista congruencia entre la documentación soporte,

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como el Programa Operativo Anual (POA), el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios (PAAAPS), el techo presupuestal, el Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos y la autorización de la entonces Asamblea Legislativa de la Ciudad de México (ahora

Congreso de la Ciudad de México).

Gasto Modificado

Se verificó que el origen y destino de los recursos materia de las afectaciones al presupuesto se

hayan justificado y autorizado, y que hayan contribuido al cumplimiento de metas y objetivos, de

acuerdo con la normatividad aplicable.

Gasto Comprometido

Se verificó que los procesos de programación (PAAAPS), solicitud, autorización, adjudicación,

contratación y reporte de las operaciones a las instancias correspondientes, se hayan ajustado

a la normatividad que los regula.

Gasto Devengado

Se verificó que los pagos realizados con cargo al presupuesto se hayan soportado debidamente

con la documentación e información que compruebe la recepción de servicios, conforme a la

normatividad aplicable y en cumplimiento de los instrumentos jurídicos formalizados.

Gasto Ejercido

Se verificó, mediante la revisión de la información del sujeto fiscalizado, que se haya expedido

y resguardado la documentación soporte justificativa y comprobatoria de las operaciones; y que

ésta reuniera los requisitos establecidos en la normatividad aplicable.

Gasto Pagado

Se verificó que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado se hayan extinguido mediante el

pago, y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de la normatividad aplicable

y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la obligación. Además, se practicaron las

compulsas y confirmaciones necesarias para ello.

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Cumplimiento

Se verificó que el sujeto fiscalizado haya cumplido la normatividad aplicable y observando de las

leyes, reglamentos, lineamientos, normas, políticas, manuales, instrumentos jurídicos o cualquier

otro mecanismo en vigor establecido para regular las actuaciones de los servidores públicos con

relación al rubro en revisión, así como las acciones de control y vigilancia implementadas para

garantizar el cumplimiento de las obligaciones y atribuciones del órgano político-administrativo

en las materias de su competencia.

Para determinar la muestra sujeta a revisión, se aplicaron los siguientes criterios:

1. Se integraron las cifras consignadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018

y en la base de datos de las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) que la Secretaría de

Administración y Finanzas (SAF) proporcionó a esta entidad de fiscalización superior.

2. Se consideraron las partidas de gasto más representativas del capítulo 3000 “Servicios

Generales”, descartando aquellas partidas en las que se realizaron la contratación y el pago

centralizado.

3. La muestra de auditoría se realizó por muestreo no estadístico, para lo cual se consideraron las

operaciones más representativas registradas con cargo a la partida 3252 “Arrendamiento de

Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”.

4. Se consideró la magnitud de las operaciones, registros, movimientos y cálculos que implica

la particularidad del gasto, el personal comisionado y el tiempo asignado para la revisión.

El gasto de la Alcaldía Tlalpan con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” ascendió

a 546,741.8 miles de pesos, mediante 1298 CLC y 36 documentos múltiples, los cuales se

pagaron con recursos fiscales y federales. Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la

fase de planeación de la auditoría y del estudio y evaluación preliminar del control interno, se

determinó revisar un monto de 65,344.3 miles de pesos, por medio de 141 CLC, expedidas con

cargo a la partida 3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos

y la Operación de Programas Públicos” y su documentación justificativa y comprobatoria, que

representa el 12.0% en el rubro examinado. La muestra quedó integrada como se presenta a

continuación:

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(Miles de pesos y por cientos)

Partida Universo Muestra

Cantidad Presupuesto ejercido %

Cantidad Presupuesto ejercido % CLC DM CLC DM

3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”

399 1 129,425.2 23.7 141 0 65,344.3 12.0

Otras 47 partidas 899 35 417,316.6 76.3 0 0 0.0 0.0

Total 1,298 36 546,741.8 100.0 141 0 65,344.3 12.0

Origen de los recursos

El universo del presupuesto ejercido (546,741.8 miles de pesos) y la muestra sujeta a revisión

(65,344.3 miles de pesos) corresponden a los recursos y fondos siguientes:

(Miles de pesos)

Origen de los recursos

Fondo al que pertenecen los recursos de origen federal

Locales Federales Universo Muestra Universo Muestra Universo Muestra Denominación

del fondo Importe Denominación

del fondo Importe

209,377.5 1,696.8 337,364.3 63,647.5 Etiquetado Recursos Federales-Gobernación-Fortalecimiento de Seguridad (FORTASEG)-2018-Líquida de Recursos Adicionales de Principal.

1,443.5

Etiquetado Recursos Federales-Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios-Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN)-2018-Original de la URG. 63,647.5

Etiquetado Recursos Federales-Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios-Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN)-2018-Original de la URG.* 327,915.0

Continúa…

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… Continuación

Origen de los recursos

Fondo al que pertenecen los recursos de origen federal

Locales Federales Universo Muestra Universo Muestra Universo Muestra Denominación

del fondo Importe Denominación

del fondo Importe

Etiquetado Recursos Federales-Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios-Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN)-2018-Líquida de Recursos Adicionales de Principal. 2,249.0

Etiquetado Recursos Federales- para Entidades Federativas y Municipios-Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN)-2018-Líquida de Interés de Recursos Federales. 4,070.2

Etiquetado Recursos Federales-Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios-Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS)-2018-Original de la URG. 1,686.6 n.a. 0.0

209,377.5 1,696.8 337,364.3 63,647.5 337,364.3 63,647.5

n.a. No aplicable.

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Los contratos seleccionados fueron los siguientes:

(Miles de pesos)

Número de contrato Nombre del Contratista Objeto del contrato

Importe Total Muestra

DT-2018-004 Asociación de Productores y Transportistas del Campo de Magdalena, A.C.

Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 7,615.3 7,615.3

DT-2018-017 Transcameji, S.C. de R.L. de C.V. Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 3,312.6 3,312.6

DT-2018-018 Unión de Agro-Productores de Magdalena Petlacalco, S. de P.R. de R.L.

Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 4,565.7 4,565.7

DT-2018-053 Transportes de Agua y Productos del Campo Grupo Tlalpense de la Magdalena, San Andrés y Topilejo, SC.

Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 3,713.0 3,713.0

DT-2018-054 Transcameji, S.C. de R.L. de C.V. Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 7,289.0 7,289.0

DT-2018-055 Asociación de Productores y Transportistas del Campo de Magdalena, A.C.

Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 6,332.2 6,332.2

DT-2018-056 Unión de Campesinos, Ejidatarios y Comuneros, Grupo Monte Alegre, S.P.R. de R.L.

Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 7,020.6 7,020.6

DT-2018-057 Transportes Unidos de Comuneros y Ejidatarios de Tlalpan, S.C. de R.L. de C.V.

Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 4,894.2 4,894.2

DT-2018-062 Campesinos Transportistas Unidos MAPE, S.C. Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 6,703.0 6,703.0

DT-2018-063 Asociación de Agricultores y Transportistas de los Pueblos de Tlalpan, S.A. de C.V.

Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 5,572.2 5,572.2

DT-2018-066 Unión de Agro-Productores de Magdalena Petlacalco, S. de P.R. de R.L.

Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 4,813.8 4,813.8

DT-2018-161 Campesinos Transportistas Unidos MAPE, S.C. Arrendamiento de Carros Tanque tipo PIPA 3,512.7 3,512.7

Totales 65,344.3 65,344.3

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración del sujeto

fiscalizado, por ser la unidad administrativa encargada de administrar los recursos humanos,

materiales y financieros del órgano político-administrativo.

PROCEDIMIENTOS, RESULTADOS Y OBSERVACIONES

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Con la finalidad de evaluar el control interno implementado por la Alcaldía Tlalpan y contar con

una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría, se

analizaron las atribuciones del órgano político-administrativo, el marco normativo y el manual

administrativo vigentes en 2018, se aplicó cuestionario de control interno, en particular, a los

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servidores públicos responsables del registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo

y ejercicio del presupuesto, así como del pago de operaciones con cargo al capítulo 3000

“Servicios Generales”, en relación con los cinco componentes del control interno (Ambiente de

Control, Administración de Riesgos, Actividades de Control Interno, Información y Comunicación

y, Supervisión y Mejora Continua). La evaluación se realizó tomando como referencia el Marco

Integrado de Control Interno para el Sector Público (MICI).

Del análisis a la información y documentación proporcionadas por el órgano político-

administrativo, se determinó lo siguiente:

Ambiente de Control

Se identificaron las unidades administrativas de la Alcaldía Tlalpan que estuvieron relacionadas con

el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago de las operaciones

con cargo al rubro en revisión; las funciones, objetivos, actividades y procedimientos aplicados;

las normas, procesos y estructura orgánica que permiten llevar a cabo el control interno en el

sujeto fiscalizado, así como la normatividad que proporciona disciplina y estructura para apoyar

al personal en la consecución de los objetivos institucionales; y se verificó si el órgano político-

administrativo ha establecido y mantiene un ambiente de control que implique una actitud de

respaldo hacia el control interno, como se indica a continuación:

1. En 2018, la Alcaldía Tlalpan contó con la estructura orgánica núm. OPA-TLP-24/011015

dictaminada favorablemente por la Coordinación General de Modernización Administrativa

(CGMA) de la Oficialía Mayor (OM) y notificada al órgano político-administrativo por medio del

oficio núm. OM/0671/2015 del 16 de octubre de 2015, vigente a partir del 1o. de octubre

del mismo año.

En dicha estructura orgánica se previeron una Oficina de la Jefatura delegacional y ocho

Direcciones Generales (de Asuntos Jurídicos y de Gobierno, de Administración, de Obras

y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, de Medio Ambiente y

Desarrollo Sustentable, de Cultura, y de Participación y Gestión Ciudadana).

Posteriormente, el órgano político-administrativo actualizó su estructura orgánica y publicó

en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 16 de noviembre de 2018 el “Aviso por el

cual, se da a Conocer el Enlace Electrónico donde podrá ser Consultada la Estructura

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Organizacional, que ha sido registrada, ante la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de

México”. Sin embargo, el envío de la estructura organizacional, para su registro ante la

SEFIN, lo realizó la Alcaldía Tlalpan mediante el oficio núm. AT/131/2018 el 5 de diciembre

de 2018, y su dictaminación favorable fue notificada por la Dirección General de Administración

y Optimización de Capital Humano en la Subsecretaría de Administración y Capital Humano

de la SEFIN por medio del oficio núm. SFCDMX/SSACH/DGAOCH/00339/2018 del 20 de

diciembre de 2018, entrando en vigor a partir del 1o. de diciembre del 2018.

Por lo anterior, la Alcaldía Tlalpan incumplió el artículo cuarto transitorio del Decreto por

el que se reforman, adicionan y derogan Diversas Disposiciones de la Ley Orgánica de

Alcaldías de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

el 12 octubre de 2018, que establece:

“Cuarto. La Alcaldesa o Alcalde tendrá como fecha límite el 31 de octubre de 2018 para

registrar su estructura organizacional ante la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México

[…], mismas que deberán ser publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México a más

tardar el 10 de noviembre de 2018.”

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de septiembre de 2019, el Director General de

Administración de la Alcaldía Tlalpan, en su carácter de representante del titular del órgano

político-administrativo presentó el oficio núm. AT/DGA/1829/2019 de fecha 10 de septiembre

de 2019, con el que proporcionó el oficio núm. AT/DGA/DMATIC/136/2019 de fecha

4 de septiembre de 2019, mediante el cual la Dirección de Modernización Administrativa

y Tecnologías de la Información y Comunicaciones proporcionó e informó lo siguiente:

“Como se indica en el informe de resultados, esta Alcaldía incumplió en el Cuarto Transitorio

de la reforma que adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de Alcaldías.

Sin embargo, esta Alcaldía ha fortalecido sus procedimientos y en el mes de junio tramitó el

registro de una nueva estructura orgánica [mediante el oficio núm. AT/232/2019 del 25

de junio de 2019], misma que entró en vigor el 1 de agosto de 2019 [registrada con el

núm. OPA-TLP-11/010819 y remitida mediante el oficio núm. SAF/SSCH/000729/2019

del 15 de julio de 2019].

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314 VOLUMEN 4/8

”Asimismo, y con el fin de fortalecer el control interno se emitieron los oficios

núms. AT/DGA/1812/2019, AT/DGA/1813/2019 y AT/DGA/1814/2019, donde [la Dirección

General de Administración], instruyó [a la Dirección de Modernización Administrativa y

Tecnologías de la Información y Comunicaciones] para que realicen las medidas oportunas

que permitan mejorar en el control interno de la Estructura Orgánica en la Alcaldía Tlalpan.”

Del análisis a la información y documentación proporcionadas, se determinó que con el

registro de la estructura orgánica núm. OPA-TLP-11/010819 la Alcaldía Tlalpan controló

la deficiencia detectada.

En la estructura orgánica núm. OPA-TLP-11/010819 se previeron una Oficina de la Alcaldía

y ocho Direcciones Generales (de Asuntos Jurídicos y de Gobierno; de Administración; de

Obras y Desarrollo Urbano; de Servicios Urbanos; de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable

y Fomento Económico; de Desarrollo Social; de Participación Ciudadana y Prevención

del Delito; y de Planeación del Desarrollo).

2. En 2018, la Alcaldía Tlalpan contó con un manual administrativo elaborado conforme al

dictamen de estructura orgánica núm. OPA-TLP-24/011015, registrado por la CGMA con

el núm. MA-05/2303/17-OPA-TLP-24/011015 y notificado al órgano político-administrativo

mediante el oficio núm. OM/CGMA/0608/2017 del 23 de marzo de 2017. Asimismo, en

la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 18 de abril de 2017, se publicó el “Aviso

por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrá ser consultado el Manual

Administrativo del Órgano Político-Administrativo en Tlalpan con número de registro

MA-05/2303/17-OPA-TLP-24/011015”, en cuya consulta se verificó su publicación y vigencia

a partir del día siguiente. Sin embargo, la Alcaldía Tlalpan, no actualizó su manual administrativo

de conformidad con su estructura orgánica publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México el 16 de noviembre de 2018.

Por no actualizar su manual administrativo en 2018, la alcaldía Tlalpan incumplió el artículo

Quinto Transitorio del Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan Diversas

Disposiciones de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México el 12 octubre de 2018, que establece:

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“Quinto. El o la titular de la Alcaldía contará con un plazo no mayor a 30 días naturales a partir

de la publicación del presente decreto, para expedir el manual señalado en el Artículo 71...”

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de septiembre de 2019, el Director General de

Administración de la Alcaldía Tlalpan, en su carácter de representante del titular del órgano

político-administrativo, presentó el oficio núm. AT/DGA/1829/2019 de fecha 10 de septiembre

de 2019, con el que proporcionó el oficio núm. AT/DGA/DMATIC/136/2019 de fecha

4 de septiembre de 2019, mediante el cual, la Dirección de Modernización Administrativa

y Tecnologías de la Información y Comunicaciones proporcionó e informó lo siguiente:

”… Con fecha 4 de septiembre del presente año [la Dirección General de Administración]

remitió los oficios núms. AT/DGA/1815/2019, AT/DGA/1816/2019 y AT/DGA/1817/2019, en

los que instruye a la Dirección de Modernización Administrativa y Tecnologías de la Información

y Comunicaciones, para que se realicen las medidas oportunas que permitan la mejora

en el control interno para la elaboración y actualización del Manual Administrativo de la

Alcaldía Tlalpan.”

Del análisis a la información y documentación proporcionadas, se determinó que el órgano

político-administrativo ha llevado acciones que le permitan elaborar y actualizar su manual

administrativo de acuerdo con la estructura orgánica núm. OPA-TLP-11/010819, para

presentarlo en tiempo y forma a la unidad administrativa competente, por lo que la deficiencia

detectada se considera controlada.

3. La Alcaldía Tlalpan contó con unidades administrativas encargadas de generar información para

cumplir las obligaciones en materia de transparencia, y acceso a la información, fiscalización,

rendición de cuentas y armonización contable, así como de administrar los recursos

humanos y financieros, para lo cual implementó procedimientos específicos que se formalizaron

con su registro en la CGMA y se incorporaron a su manual administrativo con registro

núm. MA-05/230317-OPA-TLP-24/011015. Además, contó con un programa de capacitación

para el ejercicio de 2018.

Sin embargo, derivado de la aplicación del cuestionario de control interno y de la

documentación proporcionada se determinó que, durante el ejercicio de 2018, la Alcaldía

Tlalpan no contó con códigos de ética y conducta que establecieran los principios y directrices

para regir la actuación sus servidores públicos.

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Cabe señalar que, por tratarse de un órgano político-administrativo de la Administración

Pública de la Ciudad de México, sus valores y principios son regidos por lo establecido en

el Código de Ética de los Servidores públicos para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, el 8 de julio de 2014 y vigente en 2018.

Con base en lo anterior, se determinó que el órgano político-administrativo contó con una

estructura orgánica, un manual administrativo dictaminado por la CGMA y con unidades

administrativas encargadas de dar cumplimiento a las obligaciones en materia de transparencia

y acceso a la información, fiscalización, rendición de cuentas y armonización contable, así como

con un programa de capacitación, por lo que ha establecido y mantenido un ambiente de control

que implica una actitud de respaldo hacia el control interno. Sin embargo, careció de códigos

de ética y conducta para el ejercicio 2018.

Administración de Riesgos

Con relación a si la Alcaldía Tlalpan cuenta con un proceso para identificar el Cumplimiento de

sus objetivos y reúne las bases para desarrollar respuestas apropiadas al riesgo que permitan

administrarlo y controlarlo, se identificó lo siguiente:

1. La Alcaldía Tlalpan contó con un Programa Delegacional de Desarrollo 2015-2018

autorizado y publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 4 de agosto de 2016,

en el que se establecen sus objetivos y metas estratégicas, y fue difundido entre su personal.

2. La Alcaldía contó con un Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control

Interno (CARECI), el cual fue constituido en enero de 2018 y le permite desarrollar respuestas

al riesgo, así como administrarlo y controlarlo.

3. El órgano interno de control en la Alcaldía Tlalpan, adscrito a la Secretaría de la Contraloría

General de la Ciudad de México (SCGCDMX), de acuerdo con la Ley de Auditoría y Control

Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México el 1o. de septiembre de 2017, posee atribuciones para

realizar actividades de auditoría y control interno en dicho órgano político-administrativo;

sin embargo, no practicó auditorías relacionadas con el capítulo 3000 “Servicios Generales”

por el ejercicio de 2018.

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Con base en lo anterior, se determinó que la Alcaldía Tlalpan contó con un Programa

Delegacional de Desarrollo vigente en 2018, en el que se establecieron los objetivos y metas

estratégicas del órgano político-administrativo; asimismo, constituyó el CARECI que le permite

desarrollar respuestas al riesgo, administrarlo y controlarlo y contó con un órgano interno de

control que lo vigila, el cual no auditó el rubro en revisión en el ejercicio de 2018.

Actividades de Control Interno

Las acciones establecidas por la Alcaldía Tlalpan para prevenir, minimizar y responder a los

riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de sus objetivos, en particular, la eficacia

y eficiencia de las operaciones del rubro sujeto a revisión, son las siguientes:

1. En 2018, el órgano político-administrativo contó con 12 procedimientos relacionados con

el capítulo 3000 “Servicios Generales”, elaborados conforme al dictamen de estructura

orgánica núm. OPA-TLP-24/011015, que se integraron al manual administrativo que la

CGMA registró con el núm. MA-05/230317-OPA-TLP-24/011015, de acuerdo con el oficio

núm. OM/CGMA/0608/2017 del 23 de marzo de 2017, cuyo enlace electrónico fue publicado

en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 18 de abril de 2017, y de su consulta se

comprobó su publicación y vigencia a partir del día siguiente. Dichos procedimientos,

permiten cumplir los objetivos de control y administrar los riesgos inherentes, consideran las

operaciones o actividades sustantivas que tienen a su cargo las unidades administrativas

involucradas en los momentos contables del gasto (a excepción del gasto modificado) y

aseguran razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas

y otras disposiciones de observancia obligatoria.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de septiembre de 2019, el Director

General de Administración, en representación del titular de la Alcaldía Tlalpan, proporcionó

oficio núm. AT/DGA/1829 del 10 de septiembre de 2019, con el que remitió el oficio

núm. AT/DGA/DRFP/1750/2019 del 9 de septiembre de 2019 mediante el cual la Dirección

de Recursos Financieros y Presupuestales proporcionó la nota informativa sin número y sin

fecha en la que establece lo siguiente:

“El gasto modificado como elemento programático, la referencia es presupuesto modificado,

mismo que se refiere al momento contable que refleja la asignación presupuestaria que

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resulta incorporar, en su caso. Las adecuaciones presupuéstales de ampliación y/o reducción

al presupuesto original.

”En ese orden de ideas este Órgano Político Administrativo registró los momentos contables

debidamente soportados, cuyo mecanismo emana del Sistema GRP-SAP, es decir se atendió

su registro a partir de la evolución del presupuesto.”

Por lo expuesto, la Alcaldía Tlalpan no presentó documentación o información para comprobar

que contara con procedimientos relacionados con las actividades del gasto modificado del

rubro sujeto a revisión, por lo que la presente observación no se modifica.

Por no contar con procedimientos relacionados con las operaciones del gasto modificado

del rubro sujeto a revisión, la Alcaldía Tlalpan incumplió el lineamiento Quinto, fracciones III

y V, de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos

de Operación de la Administración Pública del Distrito federal, publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, y el lineamiento Quinto, fracciones II

y IV, de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y

Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México publicados

en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 1o. de junio de 2018, en relación con el primer

párrafo del numeral 7.4.1, “Procedimientos”; subapartado 7.4, “Proceso y Procedimientos”;

apartado 7, “Organización, Procesos y Procedimientos”; Capítulo III, “Elaboración e Integración

del Manual Administrativo y Específico de Operación”, de la “Guía Técnica y Metodológica

para la Elaboración e Integración de los Manuales Administrativos y Específicos de Operación

de la Administración Pública de la Ciudad de México”, publicada en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México el 28 de febrero de 2017, todos vigentes en 2018.

Los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de

Operación de la Administración Pública del Distrito Federal publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, disponen:

“QUINTO.- Los Órganos de la Administración Pública […] tendrán respectivamente las

siguientes obligaciones […]

”III. Elaborar y aprobar, por conducto de los integrantes de los Órganos Administrativos, los

Manuales Específicos de Operación […]

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”V. Presentar el Manual Administrativo y los Específicos de Operación de conformidad con

que establezcan los Lineamientos, la Guía Técnica y Metodológica y los demás instrumentos

técnicos, jurídicos o administrativos que emita la Oficialía Mayor y/o la Coordinación General.”

Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de

Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México el 1o. de junio de 2018, establecen:

“QUINTO.- Los Órganos de la Administración Pública […] tendrán las siguientes obligaciones,

según corresponda […]

”II. Cumplir con los criterios, requisitos, plazos, mecanismos y formalidades del proceso

de registro, establecidos en los presentes Lineamientos, la Guía Técnica y Metodológica y

demás instrumentos técnicos, tecnológicos, jurídicos o administrativos que emitan la Oficialía

o la Coordinación General […]

”IV. Elaborar los Manuales Específicos de Operación de los Órganos Administrativos por

conducto de la persona servidora pública que los presida, y validarlos por conducto de sus

integrantes de conformidad con las disposiciones vigentes aplicables a la integración y

funcionamiento de los Órganos Administrativos.”

Guía Técnica y Metodológica para la Elaboración e Integración de los Manuales

Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de

México, señala lo siguiente:

“Capítulo III. Elaboración e Integración del Manual Administrativo y Específico de Operación

[…]

”7. Organización, Procesos y Procedimientos […]

”7.4. Procesos y Procedimientos

”7.4.1 Procedimientos

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320 VOLUMEN 4/8

”Un procedimiento es un curso de actividades secuenciadas, precisas y vinculadas entre sí,

que describen la forma de realizar algo. Los procedimientos en el contexto de los Manuales,

son la base de las operaciones que derivan de los procesos institucionales de los órganos

de la administración pública.”

2. Para la operación y desarrollo de sus actividades sustantivas, administrativas y financieras, el

órgano político-administrativo contó con el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales

(SAP-GRP), cuyas políticas y lineamientos de seguridad fueron establecidos por la SEFIN,

como autoridad administradora del sistema.

Con base en lo anterior, se determinó que el órgano político-administrativo contó con

procedimientos, específicos en, que le permiten prevenir, minimizar y responder a los riesgos

que pudieran afectar el cumplimiento y logro de los objetivos del rubro sujeto a revisión, así como

la eficacia y eficiencia de las operaciones. Asimismo, para la operación y desarrollo de sus

actividades sustantivas, administrativas y financieras, contó con el SAP-GRP. Sin embargo, no

contó con procedimientos específicos relacionados con el momento del gasto modificado.

Información y Comunicación

Respecto a si la Alcaldía Tlalpan contó con mecanismos de comunicación interna que

permitieran que la información que se genera al exterior sea apropiada, oportuna, actualizada,

exacta y accesible, así como para comunicar internamente al personal los objetivos y

responsabilidades relacionadas con el rubro en revisión, se observó lo siguiente:

1. La Alcaldía Tlalpan difundió su manual administrativo registrado con el

núm. MA-05/230317-OPA-TLP-24/011015 mediante el oficio núm. DT/237/2017 del 19 de

abril de 2017, y lo incorporó al portal de transparencia de la página de internet del órgano

político-administrativo para consulta de sus servidores públicos.

2. La Alcaldía Tlalpan contó con unidades administrativas que se encargaron de generar la

información requerida para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de transparencia,

contabilidad gubernamental, fiscalización y rendición de cuentas y con el SAP-GRP para

gestionar la información relativa a los recursos humanos, financieros y presupuestales con

unidades administrativas externas, así como con la información generada respecto a la

operación del rubro en revisión.

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Se determinó que la Alcaldía Tlalpan difundió su manual administrativo y lo incorporó en el

portal de transparencia de su página de internet para consulta de sus servidores públicos; y

contó con unidades administrativas que permitan generar información para el cumplimiento

de sus obligaciones en materia de transparencia, contabilidad gubernamental, fiscalización

y rendición de cuentas.

Supervisión y Mejora Continua

Con relación a si se encuentran identificados los tramos de control y supervisión en los diferentes

niveles jerárquicos para el cumplimiento de los objetivos del órgano político-administrativo, se

identificó que, dichos tramos de control y supervisión en términos generales, se encuentran

plasmados en su manual administrativo.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno establecido por la Alcaldía Tlalpan,

una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas a

revisión, a partir del flujo general de las actividades, de los objetivos específicos y mecanismos

de control identificados en cada proceso, así como la respuesta al cuestionario de control interno

aplicado, se elaboró una matriz de control para evaluar si los mecanismos establecidos hicieron

factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias y si disminuyeron las

debilidades detectadas, y se determinó que el control interno fue suficiente, para administrar

los riesgos de irregularidades e ineficiencias a que estuvieron expuestas las actividades y el

cumplimiento de los objetivos del órgano político-administrativo relacionados con el registro,

aprobación, modificación, compromiso, devengo y ejercicio del presupuesto, así como con el

pago de operaciones con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

Lo anterior, toda vez que de la evaluación del control interno se determinó que el sujeto

fiscalizado propició un ambiente de control que implica una actitud de respaldo hacia el control

interno, aun cuando no contó con códigos de ética y conducta para el ejercicio 2018.

Derivado de la información y documentación proporcionadas por la Alcaldía Tlalpan en reunión

de confronta se determinó que las observaciones relacionadas al cumplimiento de los artículos

CUARTO y QUINTO Transitorios del Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan

Diversas Disposiciones de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, se encuentran

controladas, por lo cual no se emite recomendación alguna al respecto.

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322 VOLUMEN 4/8

Recomendación ASCM-86-18-1-TLA

Es necesario que la Alcaldía Tlalpan establezca mecanismos de control para asegurar que su

manual administrativo cuente con procedimientos específicos que regulen las actividades

relacionadas con los momentos del gasto modificado del presupuesto con cargo al capítulo 3000

“Servicios Generales”, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

Registro de las Operaciones

2. Resultado

Para verificar que la SEFIN, actualmente SAF, hubiese efectuado los registros contables y

presupuestales de las etapas del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado,

ejercido y pagado del órgano político-administrativo en tiempo y forma, en las cuentas contables

y de orden presupuestarias y por los importes correspondientes con cargo al capítulo 3000

“Servicios Generales”, de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental

publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008 y sus reformas

publicadas en el mismo medio el 12 de noviembre de 2012, 9 de diciembre de 2013 y 30 de

diciembre de 2015; el Manual de Contabilidad de la Ciudad de México Poder Ejecutivo, publicado

en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 53 del 24 de abril de 2017; el Acuerdo por el

que se emiten las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de

los Egresos, aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), publicado

en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2009 y su mejora publicada en el mismo

medio el 2 de enero de 2013, todos vigentes en 2018, se realizó lo siguiente:

Mediante los oficios núms. ACF-B/19/0747 del 18 de julio de 2019 y ACF-B/19/0874 del 19

de agosto de 2019, se solicitó a la Dirección General de Armonización Contable y Rendición de

Cuentas de la SAF la información y documentación relacionadas con los registros presupuestales

y contables de las etapas del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y

pagado de los recursos ejercidos por la Alcaldía Tlalpan con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales”.

En respuesta, la Dirección General de Armonización Contable y Rendición de Cuentas de la

SAF, mediante el oficio núm. SAF/SE/DGACyRC/3878/2019 del 22 de agosto de 2019, remitió

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323 VOLUMEN 4/8

información con relación a los registros presupuestales del capítulo 3000 “Servicios Generales”.

Al respecto se determinó lo siguiente:

Gasto Aprobado

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 2,442,653.2 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 2,442,653.2

Total 2,442,653.2 2,442,653.2

* El importe señalado corresponde al total autorizado para la Alcaldía Tlalpan.

Gasto Modificado

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 63,134.6 8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 63,134.6

Total 63,134.6 63,134.6

* El importe señalado corresponde al presupuesto modificado por la Alcaldía Tlalpan en capítulo 3000 “Servicios Generales”.

Gasto Comprometido

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 65,344.3 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 65,344.3

Total 65,344.3 65,344.3

* El importe señalado corresponde al presupuesto comprometido por la Alcaldía Tlalpan en capítulo 3000 “Servicios Generales”.

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324 VOLUMEN 4/8

Gasto Devengado

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 65,344.3 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 65,344.3

Total 65,344.3 65,344.3

* El importe señalado corresponde al presupuesto devengado por la Alcaldía Tlalpan en capítulo 3000 Servicios Generales”.

Gasto Ejercido

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 65,344.3 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 65,344.3

Total 65,344.3 65,344.3

* El importe señalado corresponde al presupuesto ejercido por la Alcaldía Tlalpan en capítulo 3000 “Servicios Generales”.

Gasto Pagado

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 65,344.3 8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 65,344.3

Total 65,344.3 65,344.3

* El importe señalado corresponde al presupuesto pagado por la Alcaldía Tlalpan en capítulo 3000 “Servicios Generales”.

Por lo anterior, se concluye que la SEFIN (actualmente SAF) realizó el registro presupuestal de

los momentos de las etapas del presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado,

ejercido y pagado de acuerdo con la normatividad aplicable vigente en 2018, en las partidas

presupuestales correspondientes de acuerdo con su naturaleza conforme al Clasificador por

Objeto del Gasto.

Respecto a los registros contables devengado y pagado, la Dirección General de

Armonización Contable y Redición de Cuentas de la SAF manifestó, mediante el oficio

núm. SAF/SE/DGACyRC/3679/2019 de fecha 5 de agosto de 2019, lo siguiente:

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325 VOLUMEN 4/8

“… derivado de una serie de fallas en el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales

SAP-GRP no es posible atender en tiempo sus requerimientos; estas inconsistencias aún no

han sido subsanadas.

”No omito mencionar que en cuanto se tenga la información, ésta se hará llegar a la Dirección

General […] a la mayor brevedad posible.”

Posteriormente, con el oficio núm. SAF/SE/DGACyRC/3878/2019 del 22 de agosto de 2019,

la Dirección General de Armonización Contable y Rendición de Cuentas de la SAF proporcionó la

información mencionada; sin embargo, no incluyó lo relativo a los registros contables devengado

y pagado, por lo que no se verificaron dichos registros; respecto a los registros presupuestales

que sí fueron proporcionados, se constató su congruencia con la Cuenta Pública de la Ciudad

de México de 2018 y con los informes y registros del órgano político-administrativo.

Gasto Aprobado

3. Resultado

Se verificó que el proceso de programación y presupuestación, así como de autorización del

presupuesto del órgano político-administrativo se hayan ajustado a la normatividad aplicable; que

en el POA del órgano político-administrativo se haya reflejado de forma desglosada el presupuesto

asignado al rubro en revisión y en su techo presupuestal el presupuesto asignado al

sujeto fiscalizado, y que ambos documentos hayan servido de base para la integración de su

anteproyecto de presupuesto anual; que se haya tramitado oportunamente ante la SEFIN

la aprobación del anteproyecto y proyecto de presupuesto de egresos del órgano político-

administrativo; y que en la presupuestación de recursos para el capítulo 3000 “Servicios

Generales” se hayan considerado elementos reales de valoración, conforme al Manual

de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos 2018. Al respecto, se analizaron el techo presupuestal reportado, el Analítico de Claves,

el POA, el Calendario Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto

fiscalizado correspondientes al ejercicio fiscal de 2018. Se determinó lo siguiente:

1. Por medio del oficio núm. SFCDMX/569/2017 del 3 de noviembre de 2017, la SEFIN

comunicó al titular del órgano político-administrativo el techo presupuestal preliminar por un

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326 VOLUMEN 4/8

monto de 2,251,874.2 miles de pesos, de los cuales 522,760.9 miles de pesos

correspondieron al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

Con dicho oficio la SEFIN indicó que el envío de la información de los Módulos de

Integración por Resultados (Guion del POA, Marco de Política y proyecto de POA) y

de Integración Financiera (Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Analítico de Claves),

en versión electrónica, sería a más tardar los días 10 y 17 de noviembre de 2017,

respectivamente; y los reportes que genera el SAP-GRP con firma autógrafa del titular, en

forma impresa, a más tardar el 22 de noviembre de 2017.

Mediante el oficio núm. DT/DGA /2474/2017 del 23 de noviembre de 2017, con sello de

recepción de la misma fecha, el Director General de Administración, remitió a la SEFIN, en forma

impresa, la información de los Módulos de Integración por Resultados y Financiera del

órgano político-administrativo para el ejercicio de 2018, por un monto de 2,251,874.2 miles

de pesos; lo anterior, en cumplimiento del Manual de Programación-Presupuestación para

la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2018.

2. La estructura del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2018 considera los elementos y

bases para la programación y presupuestación, es decir, incluye los objetivos, políticas,

prioridades y metas del órgano político-administrativo, en cumplimiento de lo establecido

en el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos 2018.

3. Con objeto de verificar que en la presupuestación del capítulo 3000 “Servicios Generales”

el órgano político-administrativo haya considerado elementos reales de valoración, se le solicitó

dicha información. En respuesta, la Dirección General de Administración de la Alcaldía

Tlalpan, mediante el oficio núm. AT/DGA/1389/2019 del 26 de junio de 2019, proporcionó

nota informativa, sin número y sin fecha, en la que indica que los elementos reales de

valoración considerados para la integración del presupuesto del capítulo 3000 “Servicios

Generales” fueron “... el comportamiento del ejercicio inmediato anterior, la evolución del

gasto reflejado en los informes trimestrales, considerando los Lineamientos emitidos por la

Secretaría de Finanzas para la elaboración e integración del Presupuesto correspondiente,

así como las necesidades que las áreas presentaron para el ejercicio 2018 […]. Estas

consideraciones aplican a los demás capítulos de gasto, toda vez que el presupuesto se

realiza de manera integral”. Asimismo, la Alcaldía Tlalpan proporcionó la integración del

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327 VOLUMEN 4/8

anteproyecto de presupuesto de egresos 2018, que cada una de las Direcciones Generales

elaboró por actividad institucional, reflejando las necesidades de las áreas en cumplimiento

de la normatividad aplicable.

4. En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 230, Tomo II, del 31 de diciembre de

2017, se publicó el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad

de México para el Ejercicio Fiscal 2018, en cuyos artículos 7 (2,137,043.4 miles de pesos);

8, fracciones I (72,234.9 miles de pesos), II (13,361.0 miles de pesos), IV (60,638.9 miles de

pesos) y V (19,375.0 miles de pesos); y 13 (140,000.0 miles de pesos) se estableció que al

sujeto fiscalizado se le asignó un presupuesto de 2,442,653.2 miles de pesos.

5. Con el oficio núm. SFCDMX/030/2018 del 8 de enero de 2018, la SEFIN comunicó al Encargado

del Despacho del sujeto fiscalizado el Analítico de Claves y el Decreto de Presupuesto de

Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2018, correspondientes

al presupuesto aprobado por la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF),

por 2,442,653.2 miles de pesos.

6. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/457/2018 del 29 de enero de 2018, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN remitió al titular de la Alcaldía Tlalpan el Calendario Presupuestal y el

POA definitivos para el ejercicio de 2018, por 2,442,653.2 miles de pesos, de los cuales

530,368.2 miles de pesos correspondieron al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

7. En el Analítico de Claves se asignaron 530,368.2 miles de pesos al capítulo 3000 “Servicios

Generales”, los cuales fueron reportados en el Informe de Cuenta Pública de 2018 de la

Alcaldía Tlalpan.

De lo expuesto, se concluye que la Alcaldía Tlalpan elaboró su POA y éste sirvió de base para

la integración de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, que el POA, el anteproyecto y

proyecto de presupuesto de egresos, se elaboraron y tramitaron oportunamente ante la SEFIN;

en su analítico de claves reflejó de forma desglosada el presupuesto del capítulo 3000 “Servicios

Generales”; y consideró elementos reales de valoración para la presupuestación de dicho capítulo.

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328 VOLUMEN 4/8

Gasto Modificado

4. Resultado

Se verificó que las afectaciones presupuestarias que tramitó la Alcaldía Tlalpan para modificar

el presupuesto original asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales” hayan sido consecuencia

de un proceso de programación, presupuestación y calendarización eficiente; y que las

modificaciones al presupuesto original asignado al rubro en revisión se hayan sujetado a

los montos aprobados, cuenten con las justificaciones y autorizaciones correspondientes y hayan

contribuido al cumplimiento de metas y objetivos de conformidad con la Ley de Presupuesto y

Gasto Eficiente de la Ciudad de México y al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012, ambos vigentes en 2018. Al respecto, se

analizaron 123 afectaciones presupuestarias y su documentación soporte.

Se determinó que, en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018, la Alcaldía Tlalpan

reportó en el capítulo 3000 “Servicios Generales” un presupuesto original de 530,368.2 miles de

pesos, el cual se incrementó en 63,134.6 miles de pesos, para quedar en un presupuesto

modificado de 593,502.8 miles de pesos, de cuyo importe se ejercieron 546,741.8 miles de

pesos, es decir, se reportó un subejercicio de 46,761.0 miles de pesos, según lo siguiente:

(Miles de pesos)

Concepto Número

de movimientos Importe

Parcial Subtotal Total

Presupuesto original 530,368.2 Más:

Ampliaciones compensadas Adiciones compensadas Adiciones líquidas

421

41 23

200,062.3

28,622.6 45,319.8

274,004.7

Menos: Reducciones compensadas Reducciones líquidas

474 100

(189,110.8)

(21,759.3)

(210,870.1)

Modificación neta 63,134.6

Presupuesto modificado 1,059 593,502.8 Subejercicio (46,761.0)

Presupuestos comprometido, devengado, ejercido y pagado

546,741.8

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329 VOLUMEN 4/8

Los 1,059 movimientos se soportaron con 123 afectaciones presupuestarias autorizadas por

la SEFIN, por conducto de la Dirección General de Egresos “B”, en el caso de las afectaciones

compensadas; y por medio de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se trató

de afectaciones líquidas, áreas de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, en cumplimiento de

los artículos 68, fracción V; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la Administración Pública

del Distrito Federal; y de los numerales 77 y 79 del apartado A, “Adecuaciones Presupuestarias

Compensadas”, y 80 y 83 del apartado B, “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, de la Sección

Tercera “Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2018.

Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias con las que se modificó

el presupuesto asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó que fueron elaboradas,

autorizadas y tramitadas por los servidores públicos facultados para ello, en cumplimiento del

artículo 78 de la Ley de Presupuesto y Gasto eficiente de la Ciudad de México conforme a lo

siguiente:

1. Las ampliaciones compensadas, por un monto de 200,062.3 miles de pesos, se realizaron

principalmente para cubrir el servicio de transporte de agua potable en los camiones

cisternas pipas debido a que la Alcaldía Tlalpan no cuenta con suficiente agua potable en la

red primaria.

2. Las adiciones compensadas, por un monto de 28,622.6 miles de pesos, se realizaron para

cumplir oportunamente los compromisos relacionados con diversas prestaciones de servicios

principalmente en servicios de vigilancia y suministro de gas LP.

3. Las adiciones líquidas, por un monto de 45,319.8 miles de pesos, se realizaron principalmente

para cubrir lo relacionado al incidente de actualización de gastos, en contra de esta Alcaldía

en la que se condenó a la demandada al pago por concepto de sesenta y ocho meses de

mora; y para cubrir el servicio de transporte de agua potable en los camiones cisternas pipas

debido a que la alcaldía de Tlalpan no cuenta con suficiente agua potable en la red primaria.

4. Las reducciones compensadas, por un monto de 189,110.8 miles de pesos, se realizaron

debido a que dichos recursos no fueron requeridos para la partida 3941 “Sentencias y

Resoluciones por Autoridad Competente” y fueron destinados a otras partidas y capítulos

permitiendo cubrir compromisos contraídos por la Alcaldía.

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330 VOLUMEN 4/8

5. Las reducciones líquidas, por un monto de 21,759.3 miles de pesos, se efectuaron

principalmente debido a recursos no ejercidos.

En el análisis de las afectaciones programático-presupuestales, se determinó que éstas se

realizaron principalmente para transferir recursos a otras partidas y adquirir servicios no previstos

originalmente como consecuencia de una programación deficiente, y no para el mejor cumplimiento

de los objetivos y metas del órgano político-administrativo.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de septiembre de 2019, el Director General de

Administración, en representación del titular de la Alcaldía Tlalpan, proporcionó mediante el oficio

núm. AT/DGA/1829 del 10 de septiembre de 2019, nota informativa sin número ni fecha en el

que menciona lo siguiente:

“El proceso de Programación-Presupuestación considera de origen una expectativa de

presupuesto, misma que en el transcurso de ejercicio fiscal registra eventos que hacen necesaria

la adecuación presupuestal, evento que se atendió por el Órgano Político administrativo de

Tlalpan tal y como señala el Órgano Fiscalizador se ajustó en tiempo y forma a la solicitud y

justificación programático presupuestal formulado por la Unidad Responsable del Gasto.

”Es importante señalar que la realización de las modificaciones programático presupuestales

tiene como propósito atender de mejor manera las necesidades de la población tlalpense, a partir

de los requerimientos que formulan y cuta responsabilidad recae en la URG correspondiente.”

Por lo expuesto, la Alcaldía Tlalpan no presentó documentación o información para comprobar

que las afectaciones programático-presupuestales se realizaran para el mejor cumplimiento de

los objetivos y metas del órgano político-administrativo al transferir recursos a otras partidas y

adquirir servicios no previstos originalmente como consecuencia de una programación deficiente,

por lo que la presente observación no se modifica.

Por realizar afectaciones que no mejoran el cumplimiento de metas y objetivos relacionados con

el capítulo 3000 “Servicios Generales”, el órgano político-administrativo incumplió los artículos 77

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; y 37, fracción IV, del

Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigentes en 2018,

que establecen lo siguiente:

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331 VOLUMEN 4/8

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México

“Artículo 77.- Las adecuaciones presupuestarias, se realizarán siempre que permitan un mejor

cumplimiento de los objetivos y metas de las funciones a cargo de las […] Delegaciones […]

mismas que tomarán en cuenta:

”I. El resultado de la evaluación que realicen respecto del cumplimiento de los objetivos y metas

que lleven a cabo mensualmente, y

”II. Las situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidan en el desarrollo de

las funciones.”

Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

“Artículo 37. En la elaboración de sus respectivos calendarios presupuestarios, las dependencias,

órganos desconcentrados, delegaciones y entidades deberán estar a lo siguiente:

”IV. Se procurará una presupuestación eficiente que reduzca las solicitudes de adecuaciones

Presupuestarias.”

El órgano político-administrativo reportó en el informe de Cuenta Pública de la Ciudad de México

de 2018 un ejercicio para el capítulo 3000 “Servicios Generales” de 546,741.8 miles de pesos,

e informó de un subejercicio de 46,761.0 miles de pesos, los cuales correspondieron a recursos

federales.

De dicho subejercicio, la Alcaldía Tlalpan indicó, mediante nota informativa núm. 14 sin fecha,

que “la Subsecretaría de Egresos rechazó las afectaciones de reducción líquida [núm.] C 02 CD

17119, 17126,17149, 17150 y 17162 a la entonces delegación: con fundamento a la circular de

cierre SFCDMX/SE/4461/2018, en la letra B inciso b) no deberán efectuarse reducciones a

recursos federales, salvo los casos en el que la federación no haya ministrado los recursos, así

como en aquellos casos que se tenga por objeto el aprovechamiento óptimo de recursos

y cuando así lo determine la Secretaría”.

Mediante el oficio núm. AT/DGA/1341/2019 del 20 de julio de 2019 la Alcaldía Tlalpan proporcionó

los oficios núms. SAF/TCDMX/SPF/DCFF/062/2019, SAF/TCDMX/SPF/DCFF/063/2019,

SAF/TCDMX/SPF/DCFF/082/2019, todos del 15 de enero de 2019, con los que la Directora de

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332 VOLUMEN 4/8

Coordinación Fiscal y Financiera de la Secretaría de Administración y Finanzas envío la línea de

captura solicitada por la alcaldía, vía correo electrónico a la Secretaría de Hacienda y Crédito

Público el 15 de enero del año en curso para reintegrar a la Tesorería de la Federación las

transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal de 2018, no

hayan sido devengadas.

Por lo expuesto, se concluyó que las adecuaciones por 63,134.6 miles de pesos realizadas al

presupuesto originalmente asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales” (530,368.2 miles

de pesos), para quedar con un presupuesto modificado de 593,502.8 miles de pesos, de los que

se ejercieron 546,741.8 miles de pesos, se sujetaron a los montos aprobados y contaron con las

justificaciones correspondientes, conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el

Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2018; que

los montos de los presupuestos autorizado, modificado y ejercido por la Alcaldía Tlalpan

coinciden con los reportados en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018; y que

el capítulo 3000 “Servicios Generales” contó con la suficiencia presupuestal correspondiente; sin

embargo, las modificaciones al presupuesto no fueron para un mejor cumplimiento de metas y

objetivos, por lo que reflejan un proceso de programación deficiente.

Recomendación ASCM-86-18-2-TLA

Es necesario que la Alcaldía Tlalpan establezca mecanismos de control para asegurar que en

las afectaciones programático-presupuestarias que se tramiten ante la unidad administrativa

competente contribuyan al cumplimiento de objetivos y metas del órgano político-administrativo,

de acuerdo con la normatividad aplicable.

Gasto Comprometido

5. Resultado

Se verificó que la Alcaldía Tlalpan hubiese presentado a la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de la OM el PAAAPS, que hubiera publicado dicho

programa y capturado sus versiones modificadas en el sitio web establecido por la OM de forma

oportuna, de conformidad con el numeral 4.2.1, segundo párrafo, subapartado 4.2, “Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”; apartado 4, “Adquisiciones”,

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

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333 VOLUMEN 4/8

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2015, publicado en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México el 18 de septiembre de 2015); y el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, vigentes en 2018. Al respecto, la Dirección General de Administración

de la Alcaldía Tlalpan, mediante el oficio núm. AT/DGA/1308/2019 del 12 de junio de 2019,

proporcionó la documentación relativa al PAAAPS 2018. De su análisis, se desprende lo siguiente:

1. El Director General de Administración remitió a la Dirección General de Política Presupuestal de

la SEFIN el PAAAPS para su validación presupuestal con el oficio núm. DT/DGA/0120/2018

del 17 de enero de 2018.

2. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/DGPP/0115/2018 del 23 de enero de 2018, la Dirección

General de Política Presupuestal de la SEFIN comunicó a la Dirección General de

Administración la validación presupuestal del PAAAPS 2018 para la Alcaldía Tlalpan, por un

monto de 744,052.3 miles de pesos, en virtud de que se sujetó a los importes autorizados

en el Decreto de Presupuesto de Egresos de Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2018.

3. Con el oficio núm. DT/DGA/0178/2018 del 26 de enero de 2018, la Dirección General de

Administración envió a la DGRMSG de la OM copia de la versión definitiva del PAAAPS

2018, junto con copia del oficio de validación presupuestal, en cumplimiento de lo

establecido en la normatividad.

4. En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 30 de enero de 2018, se publicó el PAAAPS

en la fecha establecida en la normatividad aplicable.

5. La Alcaldía Tlalpan acreditó haber capturado las versiones modificadas de su PAAAPS de

2018 en el sitio web establecido por la DGRMSG de la OM; adicionalmente, proporcionó los

oficios relativos al reporte de las modificaciones y seguimiento trimestrales del PAAAPS del

ejercicio de 2018. En su análisis, se detectaron los desfases siguientes:

Trimestre Oficio de envío Fecha

de recepción

Fecha en que debió enviar

Días de desfase Número Fecha

Primero DTA/DGA/753/2018 9/IV/18 10/IV/18 13/IV/18 0 Segundo DTA/DGA/1427/2018 12/VII/18 13/VII/18 13/VII/18 0 Tercero AT/DGA/043/2018 12/X/18 15/X/18 12/X/18 1 Cuarto AT/DGA/129/2019 5/I/19 21/I/19 15/I/19 4

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334 VOLUMEN 4/8

De lo expuesto, se desprende que las versiones modificadas del PAAAPS fueron enviadas a

la DGRMSG de la OM con desfase de 1 y 4 días respectivamente.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de septiembre de 2019, el Director General de

Administración, en representación del titular de la Alcaldía Tlalpan, proporcionó mediante oficio

núm. AT/DGA/1829 del 10 de septiembre de 2019, el oficio núm. AT/DGA/1818/2019 del 3 de

septiembre de 2019, con el que el Director General de Administración instruyó al Director

de Recursos Materiales y Servicios Generales, respecto a la auditoría al capítulo 3000 “Servicios

Generales”, lo siguiente:

“… lo instruyo a que se implementen las medidas necesarias para que los reportes previstos en

la normatividad, se realice de manera adecuada y oportuna en cuanto a modo, tiempo, lugar y

forma…”

Lo expuesto confirmó que las versiones modificadas del PAAAPS del tercer y cuarto trimestres

fueron enviadas a la DGRMSG de la OM con desfase, por lo que la presente observación no se

modifica.

Por presentar con desfases los reportes referidos, el órgano político-administrativo incumplió los

plazos establecidos en el apartado 4, “Adquisiciones”, subapartado 4.2, “Programa Anual de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”, numeral 4.2.1, cuarto y quinto párrafos,

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2015), vigente en 2018, que señala:

“4.2.1. […] Las DGAD serán las instancias facultadas para autorizar de acuerdo a las necesidades

operativas las modificaciones al PAAAPS, las cuales deberán ser orientadas para coadyuvar en

el cumplimiento de las metas y actividades institucionales.

”Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos efectuados,

deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada ejercicio fiscal, dentro de

los primeros diez días hábiles posteriores del mes inmediato al periodo que se reporta.”

Adicionalmente, se constató que en la modificación al PAAAPS del primer al cuarto trimestre la

Alcaldía Tlalpan contempló el arrendamiento de carros-tanque tipo pipa para el transporte

de agua potable en la Delegación Tlalpan dentro de la partida 3252 “Arrendamiento de Equipo de

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335 VOLUMEN 4/8

Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” por un monto

de 116,085.9 miles de pesos.

De lo expuesto, se concluye que la Alcaldía Tlalpan elaboró su PAAAPS 2018 y lo publicó en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de enero de 2018, es decir, de forma oportuna, que

en él incluyó las asignaciones correspondientes al capítulo 3000 “Servicios Generales” y tuvo su

validación y autorización presupuestal por parte de la SEFIN, y que el programa concuerda con

las operaciones del rubro sujeto a revisión y especificó el bien a adquirir (arrendamiento de

carros-tanque para el transporte de agua potable en la Alcaldía Tlalpan) en la partida 3252

“Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de

Programas Públicos”, objeto de la revisión. Sin embargo, envió a la DGRMSG de la OM las

versiones modificadas del tercero al cuarto trimestre PAAAPS de 2018 con desfases de 1 y 4

días, respectivamente.

Recomendación ASCM-86-18-3-TLA

Es necesario que la Alcaldía Tlalpan implemente mecanismos de control para asegurar que las

modificaciones trimestrales del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios se envíen a la unidad administrativa competente en el plazo que señala la normatividad

aplicable.

6. Resultado

En 2018, la Alcaldía Tlalpan ejerció un monto de 546,741.8 miles de pesos con cargo al capítulo

3000 “Servicios Generales”, por medio de 1298 CLC y 36 DM. Se seleccionaron para su revisión

141 CLC por un importe de 65,344.3 miles de pesos (12.0%) del total ejercido en el capítulo 3000

“Servicios Generales”, en específico de la partida 3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte

Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”.

Se verificó si los recursos erogados por la Alcaldía Tlalpan en el capítulo 3000 “Servicios

Generales” fueron resultado de la aprobación de un contrato u otro instrumento que formalizara

una relación jurídica con terceros, la Dirección General de Administración de la Alcaldía Tlalpan

remitió información relacionada con el arrendamiento de carros tanque tipo pipa, para el traslado

y distribución de agua potable, por un monto total de 65,344.3 miles de pesos. De su revisión,

se obtuvo lo siguiente:

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336 VOLUMEN 4/8

1. Con las solicitudes de servicio núms. 833, 0087, 457 del 20 de diciembre de 2017, 1o. de

marzo de 2018, 9 de julio de 2018, respectivamente, la Jefatura de Unidad Departamental

de Agua Potable en Pipas, solicitó el servicio de arrendamiento de carros tanque tipo pipa,

para el traslado y distribución de agua potable.

2. El 12 de diciembre de 2017, 14 de marzo y 19 de julio, ambos de 2018, la Subdirección de

Presupuesto otorgó suficiencia presupuestal para efectuar la contratación del servicio

solicitado, por 157,332.2 miles de pesos, por lo que se comprobó que el servicio de

referencia contó con recursos disponibles en cumplimiento del artículo 51, fracción I, de la

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, vigente en 2018.

3. Las contrataciones del servicio de arrendamiento de carros-tanque tipo pipa para el

transporte de agua potable se realizaron mediante el procedimiento de adjudicación directa

por excepción a la licitación pública nacional, al amparo de los artículos 27, inciso c); y 54,

fracción VIII, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2018. Al respecto,

de los procedimientos de adjudicación se verificó que el órgano político-administrativo contó

con invitaciones a cotizar de acuerdo con cada zona de suministro y garza (toma de agua)

elaborando cuadros comparativos. Asimismo, el Comité Delegacional de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios de Adquisiciones de la Alcaldía Tlalpan autorizó

las adjudicaciones directas en su decimosegunda sesión ordinaria celebrada el 29 de

diciembre de 2017, su primera y cuarta sesión extraordinaria celebradas el 5 de marzo y

23 de julio, ambos de 2018, y contaron con la justificación elaborada por el titular de la

Jefatura de Unidad Departamental de Agua Potable en Pipas, en la que se fundaron y

motivaron las causas que acreditaron el ejercicio de la preferencia. Además, se contó con

la autorización del titular de la Alcaldía Tlalpan para realizar las adjudicaciones directas, de

conformidad con el artículo 54, primer párrafo, fracción VIII, penúltimo y antepenúltimo

párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2018. Sin embargo,

ya que la sesión ordinaria en la que se autorizaron adjudicaciones directas para el

arrendamiento de carros-tanque (pipa) para el suministro de agua en 2018, se realizó el 29

de diciembre de 2017, la Alcaldía Tlalpan no contó con la autorización de inversión emitida

por la SEFIN.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de septiembre de 2019, la Dirección General de

Administración, en representación de la titular del órgano político-administrativo, no proporcionó

información o documentación que desvirtuara o modificara el resultado.

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337 VOLUMEN 4/8

Por no contar con la autorización de inversión emitida por la SEFIN, la Alcaldía Tlalpan

incumplió el artículo 28 de la Ley de Adquisiciones para Distrito Federal vigente en 2018 que

señala lo siguiente:

“Artículo 28.- Las […] delegaciones […] podrán convocar, adjudicar o llevar a cabo

adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, solamente cuando cuenten con

recursos disponibles dentro de su presupuesto aprobado y señalados en el oficio de autorización

de inversión que al efecto emita la Secretaría.”

4. Se consultaron las páginas de internet de la CGCDMX y de la Secretaría de la Función

Pública (SFP) y no se obtuvieron registros de que los prestadores de servicio seleccionados

como muestra se encontraran inhabilitados en 2018. Asimismo, como mecanismo de control

implementado por el sujeto fiscalizado para corroborar que los proveedores se encontraran

al corriente de sus obligaciones fiscales, de conformidad con el artículo 51, último párrafo,

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2018;

asimismo en la declaración II.9 de los contratos sujetos a revisión, los proveedores manifestaron

bajo protesta de decir verdad, haber cumplido en debida forma las obligaciones fiscales a

su cargo.

5. La Alcaldía Tlalpan suscribió los contratos abiertos, seleccionados como muestra, con

diversos contratistas, por montos mínimos y máximos, para el suministro de agua potable

mediante el arrendamiento de carros-tanque conforme a lo siguiente:

(Miles de pesos)

Número de contrato

Fecha del

contrato Nombre de la asociación

Monto del

contrato

DT-2018-004 2/I/18 Asociación de Productores y Transportistas del Campo de Magdalena, A.C.

7,615.3

DT-2018-017 2/I/18 Transcameji, S.C. de R.L. de C.V. 3,312.6 DT-2018-018 2/I/19 Unión de Agro-Productores de Magdalena

Petlacalco, S. de P.R. de R.L. 4,565.7

DT-2018-053 16/III/18 Transportes de Agua y Productos del Campo Grupo Tlalpense de la Magdalena, San Andrés y Topilejo, S.C.

2,970.8

DT-2018-053-2CM 16/III/18 Transportes de Agua y Productos del Campo Grupo Tlalpense de la Magdalena, San Andrés y Topilejo, S.C.

742.2

Continúa…

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338 VOLUMEN 4/8

… Continuación

Número de contrato

Fecha del

contrato Nombre de la asociación

Monto del

contrato

DT-2018-054 16/III/18 Transcameji, S.C. de R.L. de C.V. 5,831.3 DT-2018-054-1CM 16/III/18 Transcameji 1,457.7 DT-2018-055 16/III/18 Asociación de Productores y Transportistas

del Campo de Magdalena, A.C. 5,065.9

DT-2018-055-2CM 16/III/18 Asociación de Productores y Transportistas del Campo de Magdalena, A.C.

1,266.3

DT-2018-056 16/III/18 Unión de Campesinos, Ejidatarios y Comuneros, Grupo Monte Alegre, S.P.R. de R.L.

7,020.5

DT-2018-057 16/III/18 Transportes Unidos de Comuneros y Ejidatarios de Tlalpan, S.C. de R.L. de C.V.

3,915.3

DT-2018-057-1CM 16/III/18 Transportes Unidos De Comuneros y Ejidatarios de Tlalpan, S.C. de R.L. de C.V.

978.9

DT-2018-062 16/III/18 Campesinos Trans Unidos Mape, S.C. 6,703.0 DT-2018-063 16/III/18 Asociación de Agricultores y Transportistas

de los Pueblos De Tlalpan, S.A. De C.V. 4,458.1

DT-2018-063-1CM 16/III/18 Asociación de Agricultores y Transportistas de los Pueblos de Tlalpan, S.A. de C.V.

1,114.0

DT-2018-066 16/III/18 Unión de Agro-Productores de Magdalena Petlacalco, S. de P.R. De R.L.

3,851.0

DT-2018-066-1CM 16/III/18 Unión de Agro-Productores de Magdalena Petlacalco, S. de P.R. de R.L.

962.8

DT-2018-161 23/VII/18 Campesinos Trans Unidos Mape, S.C. 2,871.2 DT-2018-161-1CM 23/VII/18 Campesinos Trans Unidos Mape, S.C. 641.5

En cuanto al origen de los recursos de la muestra sujeta a revisión (65,344.3 miles de pesos),

la mayor parte fue federal (63,647.5 miles de pesos) y solo una porción, fiscal (1,696.8 miles

de pesos).

6. Los prestadores de servicio presentaron las fianzas de cumplimiento de los contratos

emitidas por Afianzadora Aserta, S.A. de C.V. y Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V.,

en la fecha de suscripción de éstos, por el 10.0% del importe total contratado, (sin IVA), en

cumplimiento de los artículos 73, fracción III; y 75 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2018. Se validó la autenticidad de las fianzas en la página electrónica de

cada afianzadora.

De lo expuesto, se concluye que la Alcaldía Tlalpan formalizó su compromiso mediante la

celebración de los instrumentos jurídicos que representaron el reconocimiento de las obligaciones

contraídas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; los procedimientos de adquisición

se sujetaron a la normatividad aplicable; los proveedores presentaron las fianzas de cumplimiento

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de los contratos, no hubo registros de su inhabilitación en las páginas de internet de la CGDMX

y la SFP y suscribió 12 contratos que reúnen todos los requisitos establecidos en la normatividad.

Sin embargo, no proporcionó evidencia documental de haber contado con la autorización de

inversión emitida por la SEFIN que señalara los recursos disponibles dentro de su presupuesto

aprobado para dicha adjudicación.

Recomendación ASCM-86-18-4-TLA

Es necesario que la Alcaldía Tlalpan establezca mecanismos de control para contar con

la autorización de inversión emitida por la Secretaría de Administración y Finanzas, y con la

documentación que lo acredite, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para Distrito

Federal.

7. Resultado

Se verificó que el sujeto fiscalizado hubiese presentado los reportes mensuales del presupuesto

comprometido a la SEFIN en los plazos establecidos; y se revisaron los reportes mensuales

relativos a los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales, destinados

al capítulo 3000 “Servicios Generales”, que se encontraban comprometidos a la fecha de su

presentación.

Al respecto, se determinó que los formatos “Presupuesto Comprometido” fueron remitidos a la

SEFIN por la 5 Financieros y Presupuestales del sujeto fiscalizado en los plazos establecidos

en el artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, vigente en

2018; que los formatos cuentan con las firmas de los servidores públicos facultados para su

formulación y autorización; y que en los reportes correspondientes a los meses de enero a

diciembre de 2018 se incluyó la información relativa a la partida 3252 “ Arrendamiento de Equipo

de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, sujeta a

revisión.

De lo expuesto, se concluye que el órgano político-administrativo informó a la SEFIN de su

presupuesto comprometido correspondiente al ejercicio de 2018, específicamente en lo que se

refiere a los compromisos en los que existieron documentos legales que le determinaron una

obligación de pago; que en los reportes correspondientes a los meses de enero a diciembre de

2018 se incluyó la información relativa a la partida 3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte

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Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, sujeta a revisión, y que

los reportes se remitieron a la SEFIN en tiempo y forma, por lo que se cumplió la normatividad

aplicable en 2018.

Gasto Devengado

8. Resultado

Se verificó si la Alcaldía Tlalpan contó con la documentación que acredita que recibió los

servicios de conformidad con las condiciones pactadas en los contratos seleccionados como

muestra, si reconoció las obligaciones de pago y si acreditó que los servicios contratados se

hayan destinado a los fines señalados en la justificación del arrendamiento, en cumplimiento de

los artículos 44 y 69 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; y

72 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigentes en 2018. Al respecto, se determinó

lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. AT/DGA/1716/2019 del 15 de agosto de 2019, la Alcaldía Tlalpan

proporcionó 78 de los 80 expedientes seleccionados como muestra y relacionados con

los beneficiarios del servicio de suministro de agua potable, los cuales contaron con la

documentación señalada en el procedimiento “Ingreso al Padrón del Servicio de Agua

Potable en Pipas”. En relación con los 2 expedientes faltantes, la Alcaldía informó mediante

oficio núm. DGOUDU/895/2019 del 4 de septiembre de 2019 lo siguiente:

“… por lo que hace a los dos expedientes faltantes identificados por el número consecutivo

33 […] y el consecutivo 47 […] fueron dados de alta en el sistema ‘Padrón de Beneficiarios’

en ejercicios anteriores, por lo que no se tiene integrado en los expedientes antes referidos

documentación alguna de acuerdo al procedimiento para el servicio de Agua Potable en

Pipas…”

2. La Alcaldía Tlalpan proporcionó las bitácoras, órdenes de trabajo y Relaciones de Recibos

para Facturación de pago del servicio de Pipas, relacionadas con el contrato núm. DT-2018-004

seleccionado para su revisión, las cuales incluyeron la información pertinente, y que avaló

el suministro de agua potable a los beneficiarios correspondientes. Asimismo, se verificó

que el órgano político-administrativo realizó la supervisión de acuerdo con el Anexo Uno,

apartado VIII.- Supervisión, numeral 4, de dicho contrato.

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De lo expuesto, se concluye que la Alcaldía Tlalpan contó con la documentación que acreditara

el recibo de los servicios de conformidad con las condiciones pactadas en los contratos

seleccionados como muestra, reconoció las obligaciones de pago, y acreditó que los servicios

contratados se hayan destinado a los fines señalados en la justificación.

Cabe mencionar que el procedimiento específico para el servicio de Agua Potable en Pipas no

señala el supuesto para dar de baja a los solicitantes del servicio manteniendo a los mismos por

más de un ejercicio presupuestal en los padrones, por lo que es conveniente que se actualicen

las actividades en dicho procedimiento.

Gasto Ejercido

9. Resultado

Se verificó que los recursos ejercidos mediante CLC con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales” hubiesen contado con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto y que

los proveedores hubieran entregado facturas correctamente elaboradas, en cumplimiento de los

artículos 44, 60, 69 y 125 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; y

29-A del Código Fiscal de la Federación, vigentes en 2018, y los contratos correspondientes. Al

respecto, el Director General de Administración de la Alcaldía Tlalpan proporcionó 141 CLC

relativas a la muestra sujeta a revisión. De su análisis, se determinó lo siguiente:

1. Las 141 CLC se integraron con la documentación original justificativa y comprobatoria del

gasto, que consistió en contratos de adquisiciones, facturas y la impresión del formato

“Verificación de Comprobantes Fiscales por Internet de la página del Servicio de Administración

Tributaria”. Dichas CLC señalan la fuente de financiamiento y la partida afectada del capítulo

3000 “Servicios Generales”; además, fueron elaboradas por la JUD de Control Presupuestal

y Subdirector de Presupuesto, ambos servidores públicos del órgano político-administrativo

facultados para ello.

2. Las facturas están a nombre del Gobierno de la Ciudad de México y reúnen los requisitos

administrativos y fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la

Federación vigente en 2018.

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Se verificó en la página de internet del SAT la emisión de los comprobantes fiscales digitales

por parte de los proveedores.

3. Los montos pactados en los contratos sujetos a revisión, fueron ejercidos en su totalidad por

medio de las cuatro CLC seleccionadas para su revisión, y ninguna de ellas fue para cubrir

Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS).

4. Por medio del oficio núm. AT/DGA/081/2019 del 10 de enero de 2019, con sello de recibido

del 10 de enero de 2019, la Dirección General de Administración del sujeto fiscalizado

informó a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN sobre el pasivo circulante de 2018 del

órgano político-administrativo, por lo que el órgano político-administrativo cumplió los

artículos 60 y 70 fracción III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de

México vigentes en 2018.

Cabe señalar que las operaciones seleccionadas como muestra que fueron reportadas

como pasivo en 2018, fueron incluidas en el citado reporte.

Se concluye que las cuatro CLC sujetas a revisión fueron elaboradas y autorizadas por los

servidores públicos facultados para ello, se encuentran soportadas con la documentación

justificativa y comprobatoria del gasto; que los recursos ejercidos fueron registrados conforme a

su naturaleza de gasto, y envió los reportes de su pasivo circulante dentro del plazo establecido

en cumplimiento de lo señalado en la normatividad aplicable vigente en 2018.

Gasto Pagado

10. Resultado

Con la finalidad de verificar que los pagos realizados a los prestadores de servicio por el

arrendamiento de carros-tanque tipo pipa para el transporte de agua potable, se hubiesen realizado

para cancelar total o parcialmente las obligaciones a cargo de la Alcaldía Tlalpan, por un monto

de 65,344.3 miles de pesos, pactado en los 12 contratos seleccionados como muestra, se realizó

lo siguiente:

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1. Mediante el oficio núm. ACF-B/19/0747 del 18 de julio de 2019, se solicitó a la SEFIN, que

proporcionara los estados de cuenta bancarios o la evidencia documental del retiro de los

recursos por el pago de las 26 CLC seleccionadas como muestra. En respuesta, con el oficio

núm. SAF/SE/DGACyRC/3813/2019 del 19 de agosto de 2019, la Dirección General de

Contabilidad y Cuenta Pública de la SAF remitió los estados de cuenta de las instituciones

bancarias Grupo Financiero Santander, Grupo Financiero Banamex y BBVA-Bancomer.

Asimismo, la Alcaldía Tlalpan proporcionó impresiones de pantalla del SAP-GRP relativas a

las 26 CLC de la muestra de auditoría con la leyenda “Pagado” con lo cual se verificó que

las obligaciones fiscales a cargo del órgano político-administrativo fueron extinguidas y se

identificó que dichas CLC fueron efectivamente pagadas por la SEFIN (actualmente SAF)

a los contratistas.

De lo anterior se verificó que el método de pago para cancelar total o parcialmente las

obligaciones a cargo de la Alcaldía Tlalpan fue mediante transferencia electrónica de fondos

a las cuentas bancarias de los contratistas señalados en cada CLC, los cuales coinciden

con los montos de los contratos.

2. Mediante los oficios núms. ACF-B/19/907, ACF-B/19/908, ACF-B/19/909 y ACF-B/19/910,

todos del 21 de agosto de 2019 se solicitó a los prestadores de servicios Unión de Ejidatarios

y Comuneros Grupo Monte Alegre de P.R. de R.L.; Agro-Productores de Magdalena

Petlacalco, S. de P.R de R.L.; Asociación de Productores y Transportistas del Campo

Magdalena, A.C.; y Transportes Unidos de Comuneros y Ejidatarios de Tlalpan S. de P.R. de

R.L.; que proporcionaran la información y documentación de las operaciones realizadas del

1o. de enero a 31 de diciembre de 2018, con la entonces Delegación Tlalpan; sin embargo,

a la fecha de elaboración de este informe, los prestadores de servicio no proporcionaron

información al respecto, como se describe a continuación:

Trimestre Oficio de confirmación Oficio de respuesta

Número Fecha Número Fecha

Primero ACF-B/19/907 21/VIII/19 Sin respuesta Segundo ACF-B/19/908 21/VIII/19 Sin número 21/VIII/19 Tercero ACF-B/19/909 21/VIII/19 Sin respuesta Cuarto ACF-B/19/910 21/VIII/19 Sin número 21/VIII/19

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Se comprobó mediante los estados de cuenta bancarios proporcionados por la SAF, así como

la impresión de pantalla del SAP-GRP, que los prestadores de servicios recibieron los pagos por

el arrendamiento de carros-tanque para el suministro de agua potable pactados en los contratos

seleccionados para su revisión, para cancelar sus obligaciones con cargo del órgano político-

administrativo.

Cumplimiento

11. Resultado

Se verificó si la Alcaldía Tlalpan cumplió la normatividad aplicable y aseguró la observancia de

las leyes, reglamentos, lineamientos, normas, políticas, manuales, instrumentos jurídicos o

cualquier otro mecanismo en vigor establecido para regular las acciones de los servidores

públicos en relación con el rubro en revisión; así como las acciones de control y vigilancia

implementadas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones y atribuciones del órgano

político-administrativo en las materias de su competencia. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Respecto al momento contable del gasto aprobado, la Alcaldía Tlalpan elaboró su POA y

éste sirvió de base para la integración de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos; el

POA; el anteproyecto y proyecto de presupuesto de egresos, se elaboraron y tramitaron

oportunamente ante la SEFIN; en su analítico de claves reflejó de forma desglosada

el presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales”; y consideró elementos reales de

valoración para la presupuestación de dicho capítulo.

2. En relación con el momento contable del gasto modificado, el órgano político-administrativo

cumplió lo establecido en el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2018, al sujetar

las adecuaciones al presupuesto asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales”, a los

montos aprobados y contar con las justificaciones correspondientes.

3. En cuanto al momento contable del gasto comprometido, la Alcaldía Tlalpan elaboró su

PAAAPS 2018 y lo publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de enero de

2018, es decir, de forma oportuna, que en él incluyó las asignaciones correspondientes al

capítulo 3000 “Servicios Generales” y tuvo su validación y autorización presupuestal por

parte de la SEFIN; formalizó su compromiso mediante la celebración de los instrumentos

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jurídicos que representaron el reconocimiento de las obligaciones contraídas con cargo

al capítulo 3000 “Servicios Generales” y los procedimientos de adquisición se sujetaron a la

normatividad aplicable; informó a la SEFIN su presupuesto comprometido correspondiente

al ejercicio de 2018 en tiempo y forma, incluyendo lo relativo a la muestra sujeta a revisión en

cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente

en 2018.

4. Acerca del momento contable del gasto devengado, el órgano político-administrativo contó

con la documentación que acredita el recibo de los servicios de conformidad con las condiciones

pactadas en los contratos seleccionados como muestra, reconoció las obligaciones de pago,

y acreditó que los servicios contratados se hayan destinado a los fines señalados en la

justificación.

5. Con relación al momento contable del gasto ejercido, se concluye que las cuatro CLC

sujetas a revisión fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos facultados

para ello, se encuentran soportadas con la documentación justificativa y comprobatoria del

gasto; que los recursos ejercidos fueron registrados conforme a su naturaleza de gasto, y

envió los reportes de su pasivo circulante dentro del plazo establecido en cumplimiento de

la normatividad aplicable vigente en 2018.

6. Respecto al momento contable del gasto pagado, se verificó que se extinguieron

las obligaciones de pago a cargo del órgano político-administrativo correspondientes a las

erogaciones del capítulo 3000 “Servicios Generales”.

Se concluye que, con excepción de lo señalado en el presente informe, la Alcaldía Tlalpan

cumplió de manera general, las leyes, reglamentos, lineamientos políticas, manuales, instrumentos

jurídicos y de más normatividad aplicable en la materia, para regular las actuaciones de los

servidores públicos que intervinieron en las actividades de registro, aprobación, modificación,

compromiso, devengo y ejercicio del presupuesto, así como en el pago de operaciones con

cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

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RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES

Se determinaron 11 resultados, que generaron 6 observaciones, las cuales corresponden a 4

recomendaciones.

Derivado de la información y documentación proporcionadas por la Alcaldía Tlalpan en reunión de

confronta se determinó que las observaciones relacionadas al cumplimiento del Transitorio

del Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan Diversas Disposiciones de la Ley

Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, se encuentran controladas y por lo tanto no se

emite recomendación alguna.

La información contenida en el presente apartado, refleja las acciones derivadas de las auditorías

que hasta el momento se han detectado por la práctica de pruebas y procedimientos de

auditoría; sin embargo, podrían sumarse observaciones y acciones adicionales a las señaladas,

producto de los procesos institucionales, de la recepción de denuncias, y de las funciones

de investigación y sustanciación a cargo de esta entidad de fiscalización superior.

JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES

La documentación proporcionada a esta entidad de fiscalización superior de la Ciudad de México

por el sujeto fiscalizado en la reunión de confronta fue analizada con el fin de determinar la

procedencia de desvirtuar o modificar las observaciones incorporadas por la Auditoría Superior

de la Ciudad de México en el informe de Resultados de Auditoría para Confronta, cuyo resultado

se plasma en el presente Informe Individual, que forma parte del informe General Ejecutivo del

Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México.

En atención a las observaciones señaladas, el sujeto fiscalizado remitió el oficio

núm. AT/DGA/1829/2019 de fecha 10 de septiembre de 2019, mediante el cual presentó

información y documentación con el propósito de atender lo observado; no obstante, derivado

del análisis efectuado por la unidad administrativa de auditoría a la información y documentación

proporcionadas por el sujeto fiscalizado, se advierte que los resultados núms. 1, 4, 5, y 6 se

consideran no desvirtuados.

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347 VOLUMEN 4/8

DICTAMEN

La auditoría se realizó con base en las guías de auditoría, manuales, reglas y lineamientos de la

Auditoría Superior de la Ciudad de México; las Normas Profesionales del Sistema de Fiscalización;

las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, emitidas por la

Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores; y demás disposiciones de

orden e interés públicos aplicables a la práctica de la auditoría.

Este dictamen se emite el 7 de octubre de 2019, fecha de conclusión de los trabajos de auditoría,

la cual se practicó sobre la información proporcionada por el sujeto fiscalizado, que es

responsable de su veracidad. Con base4 en los resultados obtenidos en la auditoría, cuyo

objetivo fue “verificar que el presupuesto aplicado por la Alcaldía Tlalpan en el capítulo 3000

‘Servicios Generales’ se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado,

ejercido y pagado de acuerdo con la normatividad y ordenamientos aplicables; y destinado al

cumplimiento de programas, acciones y atribuciones del órgano político-administrativo”, y

específicamente respecto de la muestra revisada que se establece en el apartado relativo

al Alcance y Determinación de la Muestra, se concluye que, en términos generales, el sujeto

fiscalizado cumplió parcialmente las disposiciones legales y normativas aplicables en la materia.

PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA

En cumplimiento del artículo 36, párrafo decimotercero, de la Ley de Fiscalización Superior de

la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas servidoras públicas

de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la realización de la auditoría:

Persona servidora pública Cargo

C.P. Adriana Julián Nava Directora General

Lic. José Julio Dávila Aceves Director “A” de Auditoría

Lic. Omar López Giral Subdirector de Área

Lic. Gabriela Belén Tapia Noriega Auditora Fiscalizadora “C”

L.A. Sach-Nicte García Fuentes Auditora Fiscalizadora “A”

L.A.E. Leonel Barragán Sánchez Auditor Fiscalizador “A”

L.A. Javier Vladimir Caravantes Ramírez Auditor Fiscalizador “A”

C. José Luis Martínez Soto Auditor Fiscalizador “A”