Upload
others
View
0
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
IMPORTACION DE CAPITALES
Por el Decreto número 545 de 1941 (marzo 13), el Gobierno ordenó que toda persona natural o jurídica que hubiese efectuado importaciones de capital al país,. y que considerase que tenía derecho a reembolso y al giro de rendimientos al exterior, debería presentar al Ministerio de Hacienda una solicitud de registro de dicho capital, acompañada de los datos e informes juramentados que el Gobierno determinase. Este censo de capitales, el primero realizado en Colombia, tuvo por objeto conocer cuáles eran las obligaciones que teníamos contraídas con el exterior y cuáles las sumas que podían pesar sobre nuestra balanza en un momento dado, por la remesa de los valores correspondientes y las utilidades obtenidas en nuestro país con tales capitales.
El resultado de este censo fue ampliamente satisfacto- ) rio. El valor de los capitales inscritos fue de $ 472.590.404.39 ) de los cuales $ 219.037.784.81 correspondieron a la indus- ( tria del petróleo. -
Al mismo tiempo que se verificaba este censo, la oficina de Registro de Cambios organizó una sección especial dedicada a mantener al dia la contabilización de dichos capitales y de sus producidos, con el fin de atender oportunamente a cualquier consulta que pudiera formulársele y para poder autorizar oportunamente las remesas tanto de capital o de intereses que los interesados podían solicitar.
143
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
Cumplida la anterior etapa preparatoria, el Gobierno dictó el Decreto 1625 de 1951 (agosto 3), por el cual se declaró libre la importación a Colombia de capitales extran- \ jeras y, se concedió a los mismos libertad para su re- J
exportación y para la exportación de sus utilidades. De conformidad con las prescripciones del decreto los capitales podrán importarse en monedas extranjeras o en títulos representativos de las mismas, aceptables por el Banco de la República. También podrá hacerse la importación en maquinaria y equipo industrial, agrícola o minero, o en préstamos extranjeros concedidos en efectivo a personas domiciliadas en el país, siempre que dichos préstamos no tengan un plazo inferior a un año.
' El estatuto colombiano sobre im-Un concepto. portación de capitales, es uno de los
más amplios si no el más amplio de cuantos existen en Iatinoamérica. Con él hemos querido hacer una demostración plena de nuestra buena voluntad para con el capital extranj ero y del interés que nuestro país tiene en que dicho capital se vincule a la vida económica de nuest ra república. Con el decreto sobre importación de capitales
1 se ha-emnplido asimismo una de las insinuaciones formuladas por el Comité de Desarrollo Económico. En su informe f!nal dijo lo que sigue :
"La política vigente sobre el movimiento de capitales, dificulta indebidamente su afluencia y retarda en forma considerable el desarrollo económico del país. . . . esa politea se basa en la consideración de que la inversión del capital extranjero le trae al inversionista mayores ventajas que al país y que, expone a éste a ciertos riesgos. Por lo tanto, las inversiones de capital foráneo se consideran como valioso privilegio cuya concesión debe vigilarse y limitarse cuidadosamente para que la economía nacional no experimente perjuicios considerables. No es extraño, por lo tanto, que apesar de las oportunidades muy favorables que ofrece Colombia para su expansión industrial y agrícola, el capital
144
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
extranjel\p no se sienta atraído, excepto en lo que respecta al p~tróleo, industria en que pueden obtenerse los dólares ~&mediante la exportación del producto. La exactitud de esta observación se confirma al verificar que otros países con las mismas oportunidades de Colombia sí estimulan eficazmente las inversiones de capital extranjero .... a pesar de la manifiesta urgencia que tiene Colombia del capital extranjero, con todos los beneficios que de éste se derivan, parece que hay dos objeciones principales para la derogación de las restricciones vigentes sobre entrada de capital. En primer lugar, podría presentarse un pánico económico ocasionado por convulsiones políticas, por ejemplo, lo cual produciría una fuga precipitada de capital, tanto colombia-no como extranjero, un rápido agotamiento de las reservas de oro del Banco de la República. Al Comité le parece que si tal situación llegare a presentarse la solución consistiría simplemente en suspender los pagos. Todo país tiene el derecho a defender su economía en momentos de crisis y éste es un hecho que se comprendería y aceptaría en el exterior. Entendemos que en el tratado ent re Uruguay y los Estados Unidos se han incluido estipulaciones en el sen-t ido de permitir la suspensión de pagos en momentos de crisis. El Comité tiene el convencimiento de que no se presentará una afluencia de capital, mientras su entrada se restr inja con medidas inestables y arbitrarias. No parece prudente en consecuencia, mantener por mucho tiempo un mecanismo de control de cambios con facultad para impo-ner restricciones sobre las importaciones de capital desaprovechando de tal manera los inmensos . beneficios que se derivarían de las inversiones extranjeras, sólo por el temor de que pueda presentarse en el futuro una fuga de capital causada por el pánico.
La segunda objeción que se hace al libre movimiento de capital, es que éste podría traer ganancias excesivas a los inversionistas extranjeros. Si las ganancias en este país son producto de la inflación continua más que de las productividades y la eficiencia, entonces, esta objeción no tiene
145
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
valor. Con el actual sistema de impuesto no parece que haya peligro de ganancias excesivas, si se mantiene la estabilidad . ./ de los precios y se estimula la competencia. Si en estas J ~ circunstancias, algunas compañías hacen grandes ganan-cias es porque están llenando una necesidad urgente o contribuyendo en forma muy notable a aumentar la productividad del país. Si tal fuere el caso, el país saldría muy beneficiado aunque las ganancias iniciales fueran aparentemente muy elevadas. A juzgar por la experiencia de otros países, lo que en estas circunstancias podría presentarse sería el aumento de las inversiones y de las utilidades en las empresas privadas. Los países que como el Canadá han seguido la política inteligente de permitir la libre importa-ción de capitales han cosechado grandes beneficios".
Las anteriores consideraciones y otras muchas que se hicieron en el curso de la discusión del proyecto sobre importación de capitales, llevaron al Gobierno al convencimiento de que había llegado el momento de abrir las puertas de nuestro país al inversionista extranjero, y de quitar las innumerables trabas y dificultades que en el pasado se le impusieron~ Los estudios realizados demuestran que el crecimiento de capital entre nosotros es desproporcionadamente inferior a las necesidades permanentes del país, y que todo lo que se haga para hacer que ese capital se incremente por el camino de inversiones nuevas, habrá de producir resultados muy improtantes para el desarrollo y el progreso de Colombia . ..
En esta como en ocasiones semejantes se ha presentado la duda de lo que podría ocurrir si inversionistas extranjeros llegaran a adquirir la mayoría de las acciones de nuestras empresas ya creadas. La observación impresiona a primera vista si no se lfi analiza fríamente y de acuerdo con la realidad. Si alguien llega con capital extraño a adquirir la mayoría de las acciones de empresas que los colombianos crearon con su esfuerzo, desplazaría un capital que inmediatamente habría de buscar nuevas empresas en que emplearse, produciéndose así una especie de ampliación
146
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
forzada de nuestra economía, porque el fenómeno que no ocurre en la vida contemporánea es el de que el capital en países que carecen de él, se quede estático, o se vaya a dormir a las bóvedas de un banco.
El articulado del decreto sobre importación de capitales es execepcionalmente claro y concreto por sí mismo y no necesita de mayor ampliación. El decreto dice así :
DECRETO NUMERO 1625 DE 1951 {agosto 3)
sobre capitales extranjeros reembolsables en el país.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades lega les, y en especial de las que }p confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional. y
CONSrDERANDO:
Que por Decreto número 3518 de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República, y
Que es conveniente que los capitales privados extranjeros vinculados a la economía nacional tengan claramente definida su situación jurídica en cuanto a su reexportación y giro de rendimientos,
DECRE."'TA:
Artículo 1 Q Es libre la importación a Colombia de capital extranjero, en cualquiera de las siguientes formas:
a) En monedas extranjeras o en títulos representativos de las mismas, aceptables por el Banco de la República;
147
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
b) En maquinaria y equipo industrial, agrícola o minero.
Parágrafo. Los préstamos extranjeros concedidos en efectivo a personas naturales o jurídicas domiciliadas en eJ país, gozarán de las mismas ventajas concedidas en el artículo 39 de este Decreto, siempre que su plazo no sea inferior a un año.
Artículo 29 Los capitales importados en cualquiera de hs formas señaladas en el artículo anterior deberán registrarse en la Oficina de Registro de Cambios, indicando h finalidad a que se destinan, como también las modificaciones o cambios que hagan a la inversión primitiva.
Los valores correspondientes a capitales importados m efectivo deberán ser vendidos al Banco de la República c. a otro Banco autorizado.
Artículo 39 Quienes importen capital en monedas extranjeras o en títulos representativos de las mismas, tenirán los siguientes derechos:
a) Podrán reexportado en cualquier tiempo;
b) Podrán, asintismo, remesar las utilidades netas del capital iLpportado, y
e) Podrán registrar como capital importado las utiLdades no distribuidas.
Artículo 49 Para reexpor tación de capital importado m cualquiera de las formas previstas en el artículo 19 de ESte Decreto y para el reembolso de las utilidades, se deterá obtener la respectiva autorización o licencia de camt1o, según el caso, previa la presentación a la Oficina de Registro de Cambios, de los balances y documentos que .tSta Oficina solicite para determinar el monto de las uti-
148
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
lidades liquidas del capital importado, la disponibilidad en efectivo de las mismas, y para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales.
Artículo 59 Para la importación de capital en maquinaria y equipo, se requiere el registro previo en la Oficina de Registro de Cambios. Este registro estará exento de depósito de garantía.
Artículo 69 Quienes importen capital en maquinaria y equipo, deberán comprobar su costo o inversión real en divisas extranjeras, dentro de los seis meses siguientes a su nacionalización, ante la Oficina de Registro de Cambios, mediante los documentos que para tal efecto exija la mencionada Oficina.
Parágrafo. El registro definitivo de capital por importación de maquinaria y equipo, sólo se hará una vez que éstos hayan sido instalados y estén en pleno funcionamiento.
Artículo 79 Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 49 de este estatuto, quienes importen capital en maquinaria y equipo dentro de las exigencias del presente Decreto, podrán:
a) Reexportar! os en cualquier momento;
b) Remesar al exterior el valor de los mismos si fueren enajenados, previa justificación del precio de venta ante la Oficina de Registro de Cambios;
e) Girar al exterior las utilidades netas correspondientes al capital importado, y
d) Podrán registrar como capital importado las utilidades no distribuídas.
149
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
Artículo 89 El Banco de la República podrá abrir cuen·as especiales en moneda extranjera, en forma de depósi·os a la orden y en la misma moneda, a favor de aquellas )ersonas o entidades que así lo soliciten y siempre que se -rate de capital importado. Estos depósitos no podrán dar;e en garantía de préstamos u obligaciones en general, lentro del país; tendrán un encaje del 100%, serán reem)Olsables a la vista y no causarán impuesto alguno.
Parágrafo. A petición del interesado el Banco de la República podrá ordenar el registro de estos fondos, en ~odo o en parte, como capital importado, de acuerdo con as disposiciones del presente Decreto.
Artículo 9Q En ningún caso se considerará como caJital importado el que las personas naturales o jurídicas ~ienen la obHgación de reintegrar al país en virtud de dislosiciones legales, ni el destin~do al sostenimiento de reddentes, y por lo tanto no tendrán tampoco derecho al lepósito especial autorizado en el artículo anterior.
Artículo 10. Cuando una persona natural o jurídica 1aya obtenido utilidades con el capital importado y regis-rado y con créditos obtenidos en el país, sólo podrá renesar las utilidades netas que correspondan proporcionalnente a dicho capital importado.
Parágrafo 1 Q Para aplicación de esta norma se suma•án al capital físico importado las utilidades que hayan ;ido capitalizadas o que se capitalicen de acuerdo con lo !Stablecido en este artículo.
Parágrafo 29 Los bancos extranjeros continuarán suetos a las normas vigentes que regulan sus actividades.
Artículo 11. Para obtener la autorización de remesa 11 exterior de las utilidades que correspondan al capital lxtranjero importado, deberá comprobarse ante la Oficina
150
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
de Registro de Cambios, con documentos pertinentes, la manera como fueron obtenidas dichas utilidades.
Artículo 12. Los capitales importados con anterioridad a la fecha de este estatuto, tienen los mismos derechos que en él se consagran, siempre que hayan cumplido las disposiciones legales vigentes en el momento de su importación.
Artículo 13. Para los saldos pendientes de remesa en la fecha de este Decreto, la Oficina de Registro de Cambios dictará normas de carácter general con la finalidad de permitir que dichos saldos puedan ser reembolsados al exterior dentro del más breve plazo.
Artículo 14. Los capitales extranjeros invertidos en los ramos de exploración y explotación de la industria del petróleo, y sus rendimientos netos, continuarán rigiéndose de acuerdo con lo dispuesto por las leyes, contratos y demás disposiciones vigentes. Igual cosa se establece respecto a los capitales extranjeros invertidos en la industria extractiva de metales preciosos.
Artículo 15. La Oficina de Registro de Cambios, previo concepto de la Junta Reguladora de Cambios, podrá permitir que una parte de las divisas provenientes de la exportación de productos manufacturados en Colombia por empresas constituídas en todo o en parte con capital extranjero, no sea reintegrado al país y se deje en el exterior a buena cuenta de los reembolsos de útilidades o de capital que tengan derecho a hacer dichas empresas de acuerdo con este Decreto.
Artículo 16. El Banco de la República queda autorizado para tomar las medidas que estime convenientes en materia de balanza de pagos, cuando hubiere necesidad de ello, a fin de que las disposiciones del presente Decreto se cumplan de manera preferencial.
151
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
Artículo 17. Este Decreto rige desde la fecha de su e:xpedición, y quedan suspendidas todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 3 de agosto de 1951.
LA UREANO GOMEZ
El Ministro de Gobierno, encargado del Ministerio de Guerra, ROBERTO URDANETA ARBELAEZ - El MinistrO' de Relaciones Eneriores, GONZALO RESTREPO J A RAMILLO - El Ministro de Jwticia, GUILLERMO AMAYA RAMIREZ - El Ministro de Hacimda y Crédito Público, ANTONIO ALVAREZ RESTREPO - El Mn istro de Agricultura y Ganadería, ALEJANDRO ANGEL ESCOB.{R- El Ministro del Trabajo, ALFREDO ARAUJO GRAU- El Mnistro de Higiene, ALONSO CARVAJAL PERALTA- El Ministro de Fomento, MANUEL CARVAJAL SINISTERRA - El Ministro de Educación Nacional, RAFAEL AZULA BARRERA- El Ministro de Correos y Telégrafos, JOSE TOMAS ANGULO - El Ministro de Olras Públicas. JORGE LEYVA.
152
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
BANCO INTERNACIONAL
Por un acuerdo especial celebrado entre el Gobierno del Excelentísimo señor Presidente de la República doctor Mariano Ospina Pérez y el Banco Internacional de Reconstruc- / ción y Fomento de Washington, esta última entidad envió u a Colombia en el año de 1949 una Misión encabezada por el doctor Lauchlin Currie, "con el fin de formular un progra-ma de desarroJlo para elevar el nivel de vida del pueblo colombiano".
Fue este el primer paso que el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento dio para ponerse en contacto con nuestra economía. Con él se hicieron patentes dos cosas: la primera, el afán generoso de aquélla institución de cooperar al desarrollo de países como el nuestro tan necesitados de la asistencia de la técnica extranjera; y la segunda, conocer en su intimidad, la economía de nuestro país y saber hasta donde esa economía podía soportar la carga de nuevos empréstitos. El Banco Internacional ha hecho a Colombia los siguientes préstamos:
19 A la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, por U.S. $ 5.000.000, destinados a la adquisición de maquinaria agrícola, según contrato celebrado el 19 de agosto de 1949, amortizable a razón de U.S. $ 500.000 semestrales, con vencimiento el 15 de noviembre de 1956 y con intereses del 31¡~ % anual.
29 A la Central Hidroeléctrica de Anchicayá, por U.S. $ 3.530.000 para la construcción de la Central Hidroeléctrica
153
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
de Ancbicayá según contrato del 2 de noviembre de 1950, amortizable por cuotas semestrales a partir del 1 Q de mayo de 1954 hasta noviembre de 1970 y con intereses del 4% anual.
30 A la Central Hidroeléctrica de Caldas, por U.S. $ 2.600.000 para la construcción de la Central Hidroeléctrica de Caldas, según contrato de diciembre 18 de ·1950, amort izable por cuotas semestrales a partir de ag(\sto 15 de 1952 hasta febrero de 1971 y con intereses del 4% anual.
\...... 40 Un préstamo a la Central Hidroeléctrica del Río
Lebrija Ltda., por la cantidad de U.S. $ 2.600.000, préstamo que en la actualidad se está perfeccionando.
50 Préstamo al Gobierno Nacional para la realización del plan de carreteras por la cantidad de U.S. $ 16.500.000, amortizables por cuotas semestrales a partir del 15 de noviembre de 1954 y que vence el 15 de mayo de 1961, según contrato firmado el 10 de abril de 1951, con intereses del 3Va %, anual, más 1 e;~ de comisión.
La contribución prestada por el Banco al fomento de las empresas colombianas es evidente. Sus relaciones con
~ el Gobierno se han desarrollado .dentro de un plano de cor-11 dialidad y mutuo entendimiento lo que hace pensar que ' estas relaciones podrán ampliarse muchísimo más en el
futuro.
Colombia necesita del capital · extr~njero para realizar una serie de empresas complementarias, indispensables dentro de un plan racional de su economía. El estudio hecho por el Banco Internacional tiene a este respecto un valor incalculable por que las futuras proposiciones de empr éstito que nosotros presentemos, van a tener ya el respaldo del
.._ estudio preparado por la Misión que el mismo Banco envió. De otro lado hay que tener presente que las sugestiones formuladas tanto por la Misión como por el Comité de Desarrollo Económico han sido tenidas muy en cuenta por el Gobierno ya que en materias económicas y en el plan
154
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
de obras públicas se ha ceñido estrictamente a ellas. Colombia ha demostrado así que sabe aprovechar rápidamente todas aquellas iniciativas que vengan a estimular su progreso y que los estudios realizados a plena conciencia por la Misión del Banco no fueron obra vana y sin consecuencias sobre la organización del país. El actual Gobier no ha aceptado la generosa intervención del Banco con plena satisfacción y sus prospectos de trabajo han seguido un plan lo más semejante posible al diseñado por la Misión y por el '-. Comité de Desarrollo Económico. De ese plan faltan por .
~
realizar dos programas de capital importancia que el Go- /' bierno está seguro habrán de contar con la simpatía del .._ v\
Banco y con su apoyo financiero. Son los programas rela- 11 () / ,¡ cionados con la higiene y con la educación nacional. No se-ría justo que si hacemos efectivo el plan de carreteras y organizamos nuestros ferrocarriles y modernizamos los aeródromos, y si en lo económico tomamos trascendentales medidas para cambiar el rumbo equivocado que traíamos, orientando en mejor forma las fuerzas económicas del país, si esto hacemos, repito, no es posible que los programas de h igiene y educación se queden sin cumplir cuando ellos, precjsamente, tocan con el aspecto que pudiéramos llamar humano, dentro de los estudios realizados. En materia de higiene y educación, el nuestro corno la mayor parte de los países latinoamericanos, está todavía colocado en posición de lamentable inferioridad. El analfabetismo mantiene su-mido en la noche de la ignorancia total por lo menos un cuarenta por ciento de nuesb·a población, mientras que el atraso y la falta de higiene se enseñorean de campos y ciu-dades y pesan como lastre irremediable sobre la vida del país.
Infortunadamente en Colombia no existe una decidida mentalidad que tienda da resolver estos problemas. Como lo he comentado en otras ocasiones, nuestras gentes se apasionan por la realización de las obras públicas, se congregan y aglutinan en los pueblos para clamar por la realización de una carretera, por la erección de un edif icio, por la coloca-
155
~·
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
ción de un puente. Estos temas agitan a las muchedumbres, inquietan a la prensa y hacen actuar a gobernantes y gobernados en forma conjunta para vencer las dificultades que en su camino se interpongan. No así aquellos problemas que tocan con la salud del cuerpo y del espíritu. Es cierto, que de vez en cuando surgen apóstoles, almas generosas y decididas que proclaman tales necesidades y tratan de alzar sus banderas de convicción en medio de la indiferencia colectiva. Pero estos, generalmente, son episodios que nacen y mueren en el transcurso de breves días, y cuando logran supervivir es sólo porque algún espíritu apostólico con tenacidad aragonesa mantiene el fuego, la mayor parte de las veces casi solitario. En Colombia hay que crear una mentalidad colectiva en pro de las campañas higiénicas y de las campañas de la educación. Hay que agitar este mar muerto de nuestra indiferencia social, porque sólo el día en que nuestro pueblo se redima de su afrentosa ignorancia y del lote de endemias que lo aniquilan y consumen, sólo este día será el nuestro un país digno de figurar entre aquellos que forman en la primera línea de avanzada por sus características definidas de pueblos civilizados.
El Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento ~ 1 { ha comprendido que esto es así y tenemos plena confianza
en obtener su colaboración para el desarrollo de los programas por venir.
156
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
MEDIOS DE PAGO
En los últimos meses de 1951, el tema de los medios de pago ha estado en el orden del día de las discusiones periodísticas. Para los unos los medios de pago actuales son insuficientes a todas luces. Según sus argumentos el país necesita una cifra mucho más alta que la que tuvo en el año pasado por las siguientes razones:
a) Los medios de pago en el año de 1950 apenas si fueron suficientes par a movilizar la economía nacional dentro de un ritmo normal, con todo y haber sido las cosechas muy bajas -quinientos millones menos que en años anteriores, según juicio acertado de don Pedro Bernal, Gerente de la Caja Agraria-;
b) En 1951, con la reforma del sistema de cambio, con los mayores costos de las mercancías en el exterior y con la aplicación del nuevo Arancel, las inversiones del comercio y de la industria han sido forzosamente muy superiores a las de años anteriores. Estas tres causas unidas exigen una cantidad de medios de pago bastante más alta que la que tuvimos en el año anterior.
Frente a esta teoría se plantea la tesis de quienes afirman que los medios de pago en el año de 1950 fueron excesivos y que precisamente por su causa el costo de la vida subió en forma perjudicial y dañina para la economía nacional, durante dicho año. Un volumen de medios de pago alrededor de mil cien millones de pesos es suficiente para mantener en actividad todo nuestro mecanismo económico
157
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
y para lubricar el complejo engranaje de las actividades normales del país. Lo importante para los sostenedores de esta tesis es que se mantenga un ritmo acelerado en la velocidad de la circulación en forma tal que los fon<;}os en poder del público giren rápidamente sin dejarlos llegar a zonas de estancamiento, porque en este caso el panorama cambia por completo.
A nuestro parecer el tema, con los elementos de juicio que tenemos en la actualidad, es un poco académico. En materia de investigaciones científicas, necesaria para interpretar fenómenos como éste, estamos un poco atrasados porque en realidad no se ha realizado en Colombia un estudio total del problema. Es cierto que tenemos trabajos y tentativas dignas del mayor encomio y muy bien orientadas en busca de conclusiones para el estudio final de tema tan controvertido. Pero no es menos cierto que en una materia capital como es ésta nos falta aún experiencia que no poseemos y una capacidad científica superior a nuestros medios.
En verdad el estudio es de suma urgencia. Nuestra economía a lo largo de muchísimos años en el pasado fue una especie de vuelo ciego, un navegar entre nubes de posibilidades, un descender y ascender sin saber exactamente en donde estaba el sitio de llegada. En los últimos años el país ha dado un paso fundamental en el camino de su propio conocimiento y la dirección de la economía tiene a su servicio investigaciones y estudios ya muy importantes. Nos hace falta avanzar algunos pasos más. Estudiar sobre todo el problema monetario a la luz de la más alta ciencia, con la ayuda de técnicos especializados a ver si al fin logramos saber cual es nuestra posición en el cuadrante económico. :Mientras esto no hagamos quedaremos sometidos a una política de mases y de menos, de acelerar un día para frenar al siguiente, todo por falta de elementos para apreciar estos fenómenos en su auténtica magnitud y con la necesaria anticipación.
158
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
El treinta de septiembre de 1950, día en el cual operó el llamado "tope de cartera" los medios de pago ascendían a $ 1.093.440.000. Para el mes de diciembre del mismo año, aquella cifra había descendido a $ 995.666.000 para ascender nuevamente en 30 de octubre pasado a $ 1.016.908. ¿ Será esto sano? ¿Será normal? Creo que nadie en el país podría afirmarlo rotundamente o negarlo de plano porque los elementos de juicio disponibles no son suficientes.
Entre tanto el país crece, la agri-El país crece. cultura multiplica sus f rentes de
trabajo, la industria se amplia, el estandard de vida mejora y fuerzas nuevas aparecen en el campo económico en solicitud de apoyo y estímulo. Para atender a estos reclamos necesitamos avanzar, acrecentar los medios de acción, corresponder a esta inquietud latente, porque si nos quedáramos en donde estamos la prudencia del momento podría ser la parálisis de mañana.
El cuadro siguiente, demostrativo del aumento de los medios de pago en cuatro países latinoamericanos y en cuatro países de economía desarrollada, demuestra que de un año a otro los medios de pago aumentaron en estos países mientras en el nuestro disminuyeron.
CRECIMIENTO COMPARADO DE LOS MEDIOS DE PAGO
DE COLOMBIA CON OTROS PAISES
PAISES MEDIOS DE PAGO EXCLUYENDO DEPOSITOS DEL GOBIERNO
Países latino-americanos.
Colombia ....... . . Sep., 1950 1.248 Sep., 1951 1.203 Ecuador ... ... .... Jun .• 1950 777 Jun., 1951 858 México .. ....... .. Jun .• 1950 4.508 Jun., 1951 6.007 Chile. ... .. ... ... Jul.. 1950 15.913 J ul., 1951 21.421 Perú .. .. .. . ... ... May., 1950 1.961 May., 1951 2.880
Otros palees de economía duarro-
liada.
Inglaterra ........ Ago., 1950 5.030 Ago., 1951 5.160 ~adá .......... Jul., 1950 4.550 Jul., 1951 4.760 Estados Unidos ... Jul., 1950 110.900 Jul., 1961 115.900 Alemania ........ May., 1950 13.950 M ay., 1961 16.600
NOTA: Las cifras están dadas en las respectivas monedas naCJonalea.
Rcl2c1Ón a 1().)
- 96.39 110.42 133.25 134.61 146.86
102 .58 104 .39 104.51 111 .83
(1) Datos de "Internatlonal Financia! Statlstics". Publleaci6n de "lnternational Monetary Fund", Washing1.on, D. C.
159
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
CRECThHENTO COMPARADO DEL lNDICE DEL COSTO DE
LA VIDA DE COLO?til3IA CON OTROS PAISES
PAISES IN DICE DEL COSTO DE LA VIDA Relación
a 100
Paises latino-americanos.
Colombia ... . .. . .. Oct., 1960 400 Oet., 1961 393 -98.25 Ecuador .. ... .... . Jun., 1950 37J Jun., 1961 466 126.61 MéJCico ... .. . Jun., 1950 410 Jun., 1961 460 112.20 Chile ...... . ...... Jul., 1950 160 Jul., 1951 196 122.50 Perú. .. ... ....... May., 1950 432 M ay., 1951 472 109.26 Otros paises dc economía de:sarro-
liada.
Inglaterra ........ Ago., 11150 182 Ago .• 1961 205 ll2.64 Canadá .. ... . . .. . Jul .. 1950 197 Jul., 1961 287 116.23 Estados Unidos ... Jul., 1950 167 Jul., 1961 181 108.38 Alemania ... . .... May., 1950 197 Ma.y., 1951 245 124.37
El siguiente cuadro demuestra la relación entre el aumento de los medios de pago y el aumento en el costo de 1<1 vida.
CRECThflENTO COMPAR.!\DO DE LOS MEDIOS DE PAGO Y DEL INDICE
DEL COSTO DE LA VIDA DE COLOMBIA CON OTROS PAISES
PAISES
Paises latinoamericanos.
Colombia ... • ........ . .........•....... Ecuador .............................. . México . . .. . .. . .. .. . . ........ ... ..... .. Chile ... . ... . ....... . .. . .............. . Perú ................................. .
Otros países de economía desarrollada.
Inglaterra . . . . . ...................... . Canadá ...............................
1
Estados Unidos ....... . .............. . . Alemania ....... . .. . ................. .
MEDIOS DE PAGO COSTO DE LA VIDA
Relación a lOO
96.39 110.42 133.26 134.61 146. 86
102.58 104.39 104.51 111.83
Relación a 100
- ~8 .25 126.61 112.20 122.60 109.26
112.64 115.28 108.38 124 .37
Un aspecto fundamental del problema de los medios de pago es la influencia de éstos sobre la balanza de pagos
160
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
internacionales. Cuando se les estimula y acrecienta, por obvias razones su abundancia principia a operar en contra de la balanza. La facilidad del crédito bancario incita al comerciante a ampliar sus operaciones, los pedidos crecen y se multiplican y la línea defensiva de la balanza pr incipia a ceder bajo el impacto de la demanda activa de moneda extranjera. Más adelante nos referimos a este tema más ampliamente.
Los cuadros siguientes indican cuales fueron los medios de pag:o en los años de 1945 a 1951.
DEPOSJTOS BANCARIOS A LA VISTA Y TOTAL
DE LOS MEDIOS DE PAGO (En m iles de pesos)
AÑOS Y MESFS
1945 Noviembre . . .... . Diciembre. .. . ... .
1~46 l'loviembre ...... . Diciembre. .... . .
1947 Noviembre ...... .' Diciembre. ..... .
1948 Noviembre . ..... . Diciembre . .. . ... .
1949 Noviembre ...... . Diciembre. .. . ... .
1950 Enero •. ........ .. Febrero . . ....... . Man.o .... ....... . Abril ...... .. ... . Ma.yo . .........•. Junio . .. . .• . . .... Julio .•........... Agosto . . . ....... . Septiembre ...... . Octubre ......... . Noviembre. Diciembre. .. . ... .
1950 Enero ........... . Febrero ...•..... • Marzo.. • •••.... Abril ..... • . •• ..• Mayo ••...•••.••. Junio... . . • •.. • Julio .... . Agosto .......... . Septiembre ...•.. Octubre ( • ) ..... .
OEPOSITOS EN CUENTA CORRIENTE
Bancos Come retales
(1)
271.350 252.976
340.27<1 312 .~07
358.170 333.040
427.476 379.786
451.026 428.021
519.347 541.826 569.912 565.412 562 .247 536.472 688.261 610.682 624.546 688.924 589.135 498.586
557.099 562.425 552 .798 561.291 668.394 529. 071 575.934 597.328 592.270 609.875
Banco de la
República
1.004 1.005
1.319 999
1.900 1.468
2. 423 1.545
3.618 ' 3. 781
4.060 3.998 1.996 2.376 2.971 2.983 4 .092 2.616 . 4.174 4 .613 6.122 6.250
6.796 1.926 2.416 3.005 3.361 3.854 .C.490 .C .574 3.586 3. 718 •
( 11 Incluye la CaJa Agrana. (•1 Dato provisional.
161
Especte5 n'lonetnrlas
en circulación fuera de los
Bancos
198.1<19 218.649
242.682 2?0.081
2?2.256 306.081
318.439 367.751
468. 0Ul 482. 088
422.985 420.849 428.800 419.281 406.116 443 .264 468.811 483.909 480 .796 411.1211 403.374 45?.587
390.718 380.370 371.636 3?5.754 378.604 416.843 395.465 395.593 406.256 <108.718.
Total de Medios de
PililO. exclusive Dco6sttos Oftcialcs
466.503 4?2.630
584.175 583.437
632.326 640.689
748.338 749.082
917.658 913.885
946.392 966.673 986. 708 97?.019 970.334 982.719
1.060. 654 1.047.107 1.059.516 1.004.663
99'1.681 962.3?3
954.613 9.c4.721 926.860 940 .050 950.259 949.768 975.889 997.490
1.002.112 1.017.806
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
PRESTAMOS A CINCO A:Ñ'OS
Modalidad muy importante del crédito fue la adoptacia por el Decreto Ejecutivo número 384 de febrero 8 de 1950, por el cual se autorizó a los bancos comerciales y al Fondo de Estabilización para conceder préstamos con cinco años de plazo, dentro de determinadas condiciones.
En nuestro país, desde los días de la reforma realizada por el señor Kemmerer, prácticamente no operaba el crédito comercial sino dentro de los límites estrechos y en veces angustiosos de los noventa días. El empeño de crear una cartera móvil, de liquidez inmediata, forzó toda nuestra economía a moverse dentro de aquellos términos que 5on, en la mayor parte de los casos, de un rigor peligroso y que van contra la realidad de los negocios cuyo ritmo no tiene sino en contadas ocasiones una velocidad semejante. Para ias operaciones comerciales corrientes es aceptable, pero no así pa1·a el desarrollo de prospectos industriales o agrícolas a largo plazo, prospectos que por su misma índole requier en una amplitud muchísimo mayor, ya que por regla general, una empresa como las mencionadas no logra dar sus primeros pasos seguros sino cuando ha corrido por lo menos un período de tres años a partir de su iniciación, período en el cual debe afrontar las dificultades inherentes a la inexperiencia y los errores iniciales.
En el artículo tercero de dicho decreto se facultó al Fondo de Estabilización para invertir los depósitos que hiciera el comercio como garantía de las licencias de importación, en la adquisición de obligaciones de entidades de
162
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
derecho público o de sociedades o empr esas en que sea accionista el Estado, siempre y cuando los respectivos préstamos reunieren los siguientes requisitos:
a) Que tengan un término de vencimiento no menor de ci nco años y un tipo de interés no super ior a l 6 % ;
b) Que estén destinados a f inanciar obras de fomento económico, tales como oleoductos, refinerías, equipos de transporte férreo, centrales hidroeléctricas, obras de aprovechamiento de aguas, silos, industrias extractivas.
Ciñéndose a la disposición mencionada, el Fondo de Estabilización ha desarrollado una política de cooperación con las entidades oficiales. Merced a su apoyo muchas de esas obras han podido continuar sus trabajos sin interrupción, trabajos que sin la ayuda del Fondo se hubieran visto suspendidos irremediablemente.
Crédito comercial. Los artículos 4Q, 5Q y 6Q del mismo decreto, establecieron lo siguiente :
"Artículo 4Q Los bancos comerciales podrán conceder préstamos hasta con cinco (5) años de plazo, con destino exclusivo a la construcción o ensanche de obras de fomento económico, tales como irrigaciones, pozos profundos u otras análogas con destino al abastecimiento de aguas; plantas eléctricas y redes de distribución, industrias extractivas, industrias agrícolas y construcciones urbanas para la clase media y obrera, siempre que estas obras estén debidamente planificadas y prospectadas, sean adecuadas y directamente reproductivas, y el valor del préstamo asegure su total terminación.
"Artículo 5Q E l Banco de la República descontará a los bancos comerciales los préstamos que verifiquen en desarrollo de esta autorización, a un interés inferio'r por lo menos en un punto al más bajo que tenga fijado para el descuento de operaciones comerciales.
163
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
"Artículo 69 Los bancos comerciales no podrán invertir en esta clase de préstamos una cantidad superior al 10 % del valor de sus depósitos a la vista y a término, computado dicho valor en las fechas en que aquellos se verifiquen, y sin que su monto total exceda de una suma igual al capital y reserva legal del respectivo banco".
Corrido un año desde la expedición de las medidas anteriores, pudo observarse que la cuantía de los préstamos concedidos era muy, pequeña, porque la limitación del 10% del valor de los depósitos de los bancos, determinada por el artículo sexto, limita esta clase de préstamos a una cifra muy baja. Convencido de la necesidad de ampliar esta politica, el actual Gobier no dictó el Decreto número 1760 más amplio aún que el anterior. Por este decreto los bancos pueden prestar a las empresas industriales, con el mismo plazo de cinco años, sumas destinadas a cubrir pasivos inmediatos adquiridos en la ampliación de sus fábricas. El decreto, dice así:
DECRETO NUMERO 1760 DE 1951
(agosto 23)
por el cual se adicionan los artículos 49 y 5Q del Decreto número 34 de 1950, y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las autorizaciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1 Q En los términos y con los requisitos señalados por el Decreto número 384 de 1950, los bancos comerciales podrán también conceder préstamos hasta con cinco años de plazo a las industrias de transformación para
164
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
cancelar pasivos a corto plazo contraídos en la ejecucwn de ampliaciones industriales. Tales préstamos serán redescontables en las mismas condiciones de los demás a que se refiere el decreto mencionado.
Artículo 20 Tanto los créditos provenientes de los préstamos de que trata el artículo anterior como los de que trata el artículo 40 del Dec1·eto número 384 de 1950, podrán ser adquiridos por el Banco de la República mediante cesión que le hagan los bancos comerciales que los hayan ctorgado, y con la garantía de éstos.
Artículo 30 La Oficina de Registro de Cambios podrá ordenar la devolución de los depósitos hechos por el comercio y la industria antes del 20 de marzo del presente año, previa reglamentación que dicha Oficina hará de tales devoluciones y con la aprobación del Ministro de Hacienda.
Artículo 40 Con los fondos del Gobierno Nacional depositados en el Banco de la República, conforme a l artículo gQ del Decr eto 756 de 1951, podrá también la Junta Directiva del Banco, con el voto favorable del Ministro de Hacienda, constituir depósitos en el Fondo de Estahilización.
Artículo 50 Las disposiciones sobre importación de licores a que se refiere el artículo 19 del Decreto número 1626 de 1951, sólo se aplicarán en aquellos departamentos que no tienen establecido monopolio sobre dichos licores.
Artículo 60 Este decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publiquese.
Dado en Bogotá, a 23 de agosto de 1951.
LAUREANO GOMEZ
165
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
El Ministro de Gobierno, encargado del Ministerio de Guerra, ROBERTO URDANETA ARBELAEZ - El Ministro de Relaciones Exteriores, GONZALO RESTREPO JARA MILLO - El Ministro de Justicia, GUILLERMO AMAYA RAMIREZ - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, ANTONIO ALVAREZ RESTREPO - El Ministro de Agricultura y Ganaderia, ALEJANDRO ANGEL ESCOBAR- El Ministro del Trabajo, ALFREDO ARAUJO GRAU -El Ministro de Higiene, ALONSO CARVAJAL PERALTA - El Ministro de Fomento, MANUEL CARVAJAL SINISTERRA - El Ministro de Educación Naciona, RAFAEL AZULA BARRERA El Ministro de Correos y Telégrafos, JOSE TOMAS ANGULO -El Ministro de Obras Públicas, JORGE LEYVA.
Como puede observarse, la ampliación de las normas primitivas es muy extensa, ya que esta clase de préstamos no grava a los bancos su cupo normal en el Banco de la República, con lo cual aquellos tienen un margen adicional que les permite servir a la industria ~ mplísimamente. Esta medida que fue r ecibida con mucha satisfacción por el público, en realidad no hizo sino ratificar un hecho que ya existía en la diaria práctica de los negocios. Los bancos comerciales al conceder préstamos a las industrias sabían por anticipado que aquellos préstamos no habrían de ser cancelados dentro del plazo estipulz do en el respectivo pagaré sino que al llegar el día del vencimiento habría de concederse una nueva prórroga, y prórrogas sucesivas hasta cumplir un año, límite máximo permitido por la ley. Pero es más aún : vencido el año venía la cancelación aparente, algunas veces con abonos al capital y en la mayoría de los casos sin ellos, pero en forma automática se presentaba la solicitud para el nuevo contrato. Era esta la cadena sin f in de las renovaciones y las cancelaciones aparentes. Como las industrias a l crecer consumían en su propio desarrollo las utilidades que potencialmente podrían estar destinadas al pago de los pasivos bancarios, los célebres préstamos a noventa días nunca llegaban a cancelarse en la realidad.
166
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
El préstamo de cinco años es un Un préstamo lógico. préstamo lógico, racional, acorde
con las modalidades de nuestras industrias. Como es un préstamo con amortización gradual, va a permitir que éstas vayan disminuyendo paulatinament e sus pasivos, como nunca ocurrió en el pasado.
En el artículo noveno del decreto que concedió facultades especiales al Banco de la República, se dijo lo siguiente :
"Con el fin primordial de estimular el otorgamiento de préstamos destinados al fomento de la producción, la Junta Directiva del Banco de la República, con el voto favorable del Ministro de Hacienda, podrá ordenar la constitución de depósitos hasta la concurrencia del monto total de los fondos a que se refiere el artículo anterior, en aquellas instituciones bancarias que previamente convengan en realizar una política de crédito acorde con el propósito anunciado en la primera parte de este artículo. La distriuución de estos fondos entre los bancos interesados se bat·á r. sí: el 50 % en proporción al capital y reservas de cada Banco y 50 cc- en proporción a los préstamos de cada uno de ellos".
Inicialmente los depósitos del Gobierno en los bancos comerciales se hicieron sin ninguna discriminación, como un estímulo al crédito bancario en momentos de acentuada depresión comercial en el país. Posteriormente la Junta Di¡·ectiva del Banco ha determinado que estos depósitos se hagan sólo en aquellos bancos que han accedido a realizar préstamos de cinco años, conforme a las disposiciones que vengo comentando. Es esta una política lógica que trata de favorecer a aquellos bancos que a su turno cooperan con las iniciativas del Gobierno y que sin remilgos de viejo estilo abrieron sus puertas a la nueva modalidad de crédito creada en los últimos tiempos como complemento indispensable para el desarrollo armónico de la economía nacional.
167
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
El sistema de consignaciones de los fondos del Gobierno en los bancos comerciales, tiene mucha importancia y deberá usarse en el futuro por el Banco de la República como elemento precioso para estimular determinadas . corrientes de crédito cuando se hagan necesarias. En la aplicación de este sistema es apenas lógico y natural que el Banco tenga siempre en cuenta a aquellas entidades que han querido cooperar con él y con el Gobierno, con el fin de hacer de la política económica colombiana un todo armónico y con finalidades determinadas.
168
,
•
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
BALANZA DE CAMBIOS
El éxito de la política adoptada por el Gobierno en el mes de marzo de este año, en materia de cambios, se refleja en las estadísticas de la balanza comercial que más adelante aparecen y en las propias estadísticas de la balanza de cambios inserta en el cuadro correspondiente.
Cuando el Gobierno presentó a la consideración pública s u proyecto de cambios, y cuando en el mes de abril se hicieron registros de importación por más de sesenta y un millones de pesos, los observadores de esta clase de fenómenos llegaron a pensar que se había dado un paso en el vacío y que en el término de pocas semanas el Gobierno se vería obligado a abandonar el nuevo sistema, abrumado bajo el peso de las exigencias del comercio y de la industria. Fueron aquellos sin duda días de expectativa muy justificada. Como el país durante veinte años había estado sometido a rígidos sistemas de control, carecíamos de bases para saber a ciencia cierta hasta donde llegaban sus necesidades reales y hasta donde podía usar de una libertad como la concedida en el decreto de cambios. Aquella confrontación con la realidad era indispensable y sugestiva. Ibamos a conocer al fin cual era el monto de nuestras urgencias dentro de un sistema de relativa libertad.
Los resultados están a la vista. En los días iniciales el sistema de las puertas abiertas incitó a los importadores a pedir sin discriminación, con una ansiedad semejante a la de quien recobra la libertad después de haber per-
169
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
nanecido largos años en la cárcel. Muchos creyeron, a pe~r de las enfáticas declaraciones en contra del Minist1·o, <;.ue se trataba de un sistema de extracupos pasaje1·o y de transitoria duración. Esto los movió a formular pedidos sin calcular exactamente la doble incidencia del Arancel y del Cambio sobre los compromisos que adquirían. Bastó solo que corrieran cuatro meses para que aún los más incrédulos se dieran cuenta de que la cosa era du1·adera. Desde entonces los registros tratan de acomodarse a un ni'el normal, entre los veinticinco y los treinta millones de (ólares al mes.
La balanza comercial en los últimos diez años presenta l~s siguientes cifras :
SITUACION DE CAMBIOS - BALANZA COMERC!AL
AÑOS Y MESES
1940 o ••• • •• • • • ••• ••••• o o
1941 .......... ••••••••• o.
1942 o •••••••••••••••••• o
1943 ••••••••••••••••• • o o
1944 o • ••••••••••••••••••
1945 ••••••••• • ••••••• •• o
1946 .................... 1947 .... . .... .... ...... ... 1948 ....... ..... ........ . 1949 ..... . ............... . 1950 ......... . ...........
1951-Enero . . . ......... . Febrero .......... . Marzo .... .. ...... . Abril ............. . Mayo ..... . . ..... . Junio ............ . Julio ............. . Agosto .••......... Septiembre ....... . Octubre (-) ...... .
Total diez meses ......... ·1 (-) Cifra provisional.
(Cifras en dólares)
Compras de divisas por expon-ación
46.';47.966.23 57.362.838.86 76.741.730.42
111.045.527.74 102.924.220.03
·113.557 .349.88 193.323.027 .09 216.189.879.83 227.238.821.48 258.335.226.71! 304.674.539.48
37. 404. 050.98 25.364.538.37 18.660.57Q.95 28.489.166.17 31.682.813.77 32 . 989 .221.32 33.880.324.11 28. 111.472.75 30.213.748.37 38 .779.276.10
305 .575.182.89
Autori:acíones paTl! pa¡¡o de
imPorraciones
73.278.183.29 81.964.802.78 67.922.463.50 74.771.052.05 88.250.078.78
-138.192.221.36 220.609.747.55 299.132.637.51 277.290.428.04 240.&8,¡.964.41 312.256.650.68
29.674.476.21 33.597.469.81 9.689.673.83
20.404.4-44.37 36.508.358.82 51.582.246.17 33.280.885.49 35.139.036.27 31.598.010.82 31.058.455.09
312.533.056.88
Diferencia de 1
+o de-
-26.530.217.06 -24.602.463.92 + 8.819.293.92 +36.274.475. 69 +14.674.141.25 ·-24 .634.871.98 -27.286.720.46 -82.942.757 .68 -50.051.606.56 +17.950.282.85 - 7.582.111.20
+ 7.729.574.77 - 8.232.931 .44 + 8.970.897.12 + 8.048.721. 80 + 4.825.545.05 -18.593.024.85 + 699.438.62 - 7.027.563.52 - l. 38•\. 262.45 + 7. 720.821.01
- 6.957.873.99
A su turno, la balanza de cambios ha operado así :
170
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
SITUACION DE CAMBIOS • 1940-1961
(Ci!rM en dólares)
AÑOS Compra de 1 Auto n:a ctones
y MESES
1 oro v dtvísas de D mbios
1940 .................. .. 86.682 .560.49 93.249.716.90 1941 •••• ••••• • o •• •• • • ••• 99.970.229.73 100.388.756.65 1942 •••••• o .............. 181.098.298.32 86.937.951.79 1943 ••••••••• 00000 •• ••• • 162.220.725.91 103.988.082.75 1944 ..... o •••••• ••• o o •••• 160.079.936.67 114.536.855.23 1945 ••••••••••••••• o •••• -185.647.041.51 L}70.976.9 !7.47 1946 ....... . ............. 270.166 .234.82 267.861.625.01 1947 ••••••• • • o • •• • •••••• 286.662.596.04 345.863.929.48 1948 o •••••••••• ••• ' ••••• 284.476.869.93 316 . 815. 458.26 1949 .................. . . 314.986 .476 .00 306.014 .047.00 1950 .................. .. 362.848.537.65 389 .732.434 .so
1951-Enero •• o o ••••••• • • 40.899.966 .36 37.055 261. 12 Febrero ........... 29.081. 663.86 38.963. 478.54 Mnrzo 00 o o ••••••••• 22.876 . 663.77 18.169.076.47 Abril ·· ······o . ... . 34.595.830.94 27.738.046.45 Mnyo .............. 36.095.819.47 44.904 . 129.63 Junio .............. 3 .143.140. 34 61. 84.760.33 Julio ............... 38.727.809.11 39.738.843. 16 Agos to ............ 85.966.473.99 44 .178. 722.26 Septiembre ........ 37.866.182.13 38.544.029.68 Octubre (-) .......
1 60.830.000.00 40.502.000.00
Tot.al diez meses ..... .... ¡ 365.072.538.96 391.668.347.64
(- l Dato provisional.
Balan•a
- 7.567.156.41 - 418 .523.82 + 44.160. 346 .63 -t 58.232 .693.16 +46.543 .081.34 .+14.670. 124.04 + 2.293.709.81 -ó9.3 ll .333. 44 -32.339.588.33 + 8.972 .429.00 -26.883.896.65
+ 3.844.704 .23 - 9.881.824.68 + 4.716.687.30 + 6.857.784.49 - 8.808.310.06 -23.741. 619.99 - 1.011.034.05 - 8.2 1:! .248.:17 - 687.847.66 + 10.328.000.00
l -26.595.808.68
Los ingresos por exportaciones de café han sido calcu lados pa ra este año en una cifra aproximadr de $ 367.000.000.00, que sumados a las entradas provenientes de otras fuentes -petróleos, bananos, azúcar, comisiones, e-ro físico, capitales-, estimadas en unos ocher ta millones de dólares, da rán un total de US $ 447.000.000.00 aproximadamente. El país no dispuso nunca en el pas:: do de una cifra semejante ya que las compras de oro y divisas en 1950 sólo llegaron a US $ 362.000.000.00, es decir, un poco menos de lo que en el presente año se r ecibirá por el solo concepto de las importaciones de café.
No es aventurado afirmar que la balanza de cambios terminará equilibrada, hecho notable que comprueba por sí solo el éxito de la política cambiaría que el Gobierno adoptó y que es más significativo aún si se tiene en cuenta que sobre la balanza de este año pesaban casi veintisiete mi-
171
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
liones de dólares provenientes del déficit con que terminó El año pasado.
Expuesto lo anterior surgen al-Una reflexión. gunos interrogantes que es opor-
tuno plantear en torno al futuro de nuestra balanza de cambios y sobre la política a seguir rn materia de importaciones ¿Hasta dónde esa balanza puede defenderse dentro de un régimen de libertad de importaciones? ¿Podría suprimirse la lista de prohibida importación en un futuro próximo?
Nuestro punto de vista es el siguiente : para buscar (:} equilibrio de la balanza de pagos en el presente año se han aplicado cuatro elementos restrictivos, casi que podríamos decir cuatro frenos. Son los siguientes :
a) El nuevo a1·ancel-EI mayor costo de los impuestos <:e aduana ha obligado a los importadores a limitar sus peddos porque el valor de esos impuestos es en la mayoría ce los casos muy apr eciable e implica un desembolso en <ada caso mucho mayor que en el pasado.
b) El tipo de cambio-Las mercancías que se liquidaban con dólares al ciento noventa y cinco por ciento deben ragarse ahora con dólares al doscientos cincuenta. Este nayor costo en el principal de cada factura, opera también en forma restrict iva e impide que se hagan almacerarnientos especulativos.
e) La l1.$ta de p1·ohibida importación-Esta lista impice que muchas cosas se importen, y en un solo renglón, El de automóviles, r epresenta una economía apreciable de cambio internacional.
d) La 1·estricción del crédito-A los mayores costos de la mercancía en el exterior, al Arancel y al tipo de Camhios hay que agregar la situación creada por el crédito bancario, ya analizado en esta memoria.
172
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
Tenemos pues que los importadores han tenido cuatro frenos para impedir que sobre la balanza de pagos se ejerciten presiones no ya especulativas sino comunes y corrientes. Al mismo tiempo, hemos tenido ingresos de dólares muy superiores a los del año anterior. Con todo apenas si vamos a lograr que la balanza resulte equilibrada.
De estas reflexiones se deduce lógicamente que no estamos preparados para eliminar la lista de prohibida importación y que el país no podría aventurarse por semejante camino sin correr riesgos peligrosos. Lo que necesitamos ante todo en materia de balanza de cambios es fortalecer las reservas del Banco de la República llevándolas hasU:l un nivel no inferior a ciento treinta millones de dólares. El sistema de cambios actual tiene una garantía de permanencia en el volumen de esas reservas. Si llegaran a descender apreciablemente, por debajo de las que en este año hemos tenido, las importaciones permitidas tendrían que restringirse. Si esas reservas las dejamos acrecentar, el sistema de cambios puede operar sin peligro alguno. Además no sería sano ni sería prudente mantenerlas dentro de un límite estricto, apenas si al nivel de la linea de flotación, cuando el 82 o/r de nuestros ingresos en moneda internacion8l procede de la venta del café y cuando una variación en los precios de dicho grano en los mercados extranjeros, en sentido descendente, puede representar millones de dólares menos para nuestra balanza.
Es oportuno hacer esta observación con toda claridad porque algunos antecedentes del pasado enseñan que no siempre se ha tenido en cuenta una política previsora. En cuanto la reserva monetaria sube un poco comienzan a circular teorías que sostienen la necesidad de gastarlas rápidamente, aceleradamente, como si el oro retenido nos quemara las manos o como si la producción de. mercancías en el extranjero fuera a detenerse súbitamente. En esta ocasión el Banco de la República tiene la oportunidad de hacer una política de verdadera dirección económica del país.
173
1
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
E L CREDITO Y LOS BANCOS
Una de las ramas más activas de nuestra economía en ns últimos años, ha sido la de la industria bancaria. En !Jolombia a partir de la reforma implantada en el año de t923 por el señor Kemmerer, la organización bancaria ha )rogresado en forma visible dentro de un clima de gran tonfianza por parte del público y bajo la vigilancia de nornas severas que han beneficiado en p1·imer lugar a los pro)ios institutos bancarios y en segundo luga1· al público que es dispensa un crédito sin reservas. Sometidos en varias oportunidades a duras pruebas corno la de la célebre crisis ie los años 1929 a 1932, han sabido salir airosos de ella ~orque su organización es sana, y porque en su dirección y nanejo se procede con eminente rectitud.
El año pasado, por razones que atrás se analizaron, los Bancos de acuerdo con el Gobierno limitaron el volumen de ms operaciones de crédito. En el país se produjo con este 11otivo un movimiento de inquietud psicológica de caracteísticas muy fuertes, como puede verse por los cuadros que m este capítulo aparecen. De seiscientos cuarenta millones tue valían los préstamos en treinta de septiembre bajaron lasta quinientos noventa y seis millones en enero de 1951, ts decir, cuarenta y cuatro millones en cuatro meses.
Al principio de esta memoria afirmamos que cada país 1iene su peculiar manera de r eaccionar, su sistema nervioso 7 sus alergias. El llamado tope bancario, más que un sistena fue un instrumento accidental empleado para corregir 1na situación anómala del momento. Sus resultados sintmbargo, fueron visibles porque el público sin analizar las
174
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
circunstancias y sin reflexionar poco ni mucho sobre el caso, fue más alla de lo que era previsible. Los depósitos bancarios bajaron rápidamente, los abonos a las cuentas se suspendieron por el temor de que los bancos no renovaran los préstamos, el agio apareció en forma limitada pero visible y los negocios entraron en una zona de vaga inquietud. Desde entonces las ventas del comercio y de la industria han atravesado por un período de flojedad acentuada que apenas si principia a ceder en las últimas semanas.
A mi parecer lo ocurrido nos ha Una lección. deja una lección muy instructiva
sobre lo que la nerviosidad representa en el mundo económico. Un análisis tranquilo del volumen de la cartera bancaria en 30 de septiembre hubiera comprobado, que aquel volumen era superior casi en cien millones a la misma cartera en junio de] mismo año, es decir, cuatro meses antes. Y si en el año de 1950 los negocios habían sido activos con unos préstamos bancarios mucho más bajos, no había porque preocuparse con el tope fijado en 30 de septiembre. Pero nuestro pueblo es así y sus reacciones inevitables. La inquietud creada artificialmente agudizó el problema real del alto costo de la vida, eso sí evidente, y cargó sobre la política del Gobierno y de los bancos una responsabilidad que no les correspondía.
Las cifras de los préstamos y descuentos de los bancos en los años de 1950 y 1951, son los siguientes :
TOTAL DE LOS PRESTAMOS Y DESCUENTOS
DE LOS BANCOS COMERCIALES
MESES
Enero ..... • ........................... Febrero .............................. . Mnn:o ... .. ......................... .. Abril ..... • ........................... Mayo ....... ......................... . Junio ................................ . Julio .. . . . . . ........ ... .............. . Agosto .......•........... · · · · · · · · · · · · · Septiembre . . .•... . .......•...........• Oct.ubre .. ............................ . No,·iembre ..........•... . ............. Diciembre ................ ... ......... .
175
1950
468.934 492.970 515.164 528.006 534.064 546.635 559.589 589.911 640.825 623.548 616.031 608.029
(En miles de pesos)
1951
596.029 604.582 604.933 606.197 605.467 610.850 615.299 629.796 646.890 6'11.450
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
MOVIMIENTO DE CHEQUES P AGADOS
. (En m iles de pesos)
AÑOS Y MESES
1945 . ......... ...... . • .......... . •. . ..• 1946 . . .. ........ . ..... .............. . 1947 . ........ . ... . . . ... ..• . .. ........• 1948 . .... . .... . ...........•..... .. ..... 1949 .. . .. .. .......... • ........ ......•.. 1960 .............................. .. ..
1951 Enero . .. . ..... .. .....• . .......... Febrero ........... . ...... . ...... . Mal'%0 .••.•. . . ...•• . .•.. • . · • • • · ··· Abril ......... ..•. . .. ............ Mayo •. • •. . ........• •. ••.••...••. Junio ..... . . . ... . .... . .......... . J ulio ......... .. .. . .......... . ... . Agosto .... . . ...... ......... ..... . Septiembre ............. ......... . Octubre ..... ... . ...... ...... ... . .
1 . . ¡ Pendiente de r ecibir datos.
Valor rotal
oor comoensacrón
lL 416 .-426 4.872.312 5 .860.840 6.850.8-40 7.535.271
10.386.667
941.615 867.337 896.298 900.429 921.776 927.018 989.220 991.638 935.698
1.083 .3C5
Valo r total
di recamen te
5.209.118 6.4.51.795 8.187.268 9.3-45.733
10.408.692 13 .266.092
1.232.886 1.037.6-49 l . 086.877 1.080.088 1.168.207 1.248 .847 1.309.298 1.256.843 1.156.904 ( ....... )
Cooperación del Gobierno.
Varios decretos expedidos en el curso de este año han estimulado la actividad bancaria y han ampliado el radio de actividades de
ea industria. En su orden, son los siguientes :
a) El reglamentario de la actividad del Banco de la lepública. Por este decreto se les fijó a los bancos comeraales su cupo ordinario en el emisor, relacionando este cupo cm el capital y reservas de cada uno de ellos, como antes se ecplicó. Al 'mismo tiempo se les concedieron dos tipos de m pos nuevos: uno especial para operaciones que llenen de~rminadas condiciones de estímulo al desarrollo industrial ~ agrícola del país y otro extraordinario para ayudarles a rtender situaciones de emergencia ;
b) Se decretó, asimismo, que la Junta Directiva del 1anco de la República podría ordenar que se hiciesen de}ósitos en los bancos comerciales con Jos fondos del GobierlO. Esta fórmula fue aplicada en momentos de depresión, omo un estímulo a la vacilante situación de los negocios,
176
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)
mediante la consignación de veinte millones procedentes de los depósitos de la Tesorería Nacional en el Banco.
e) Con los préstamos a cinco años, analizados atrás, se creó para los bancos comerciales una nueva fuente de crédito y se les dio la posibilidad de un nuevo servicio, sin disminuir su capacidad de redescuento.
Con estos antecedentes quizás no sea excesivo pensar que los bancos que tan amplia cooperación reciben del Gobierno y del Banco de la República, deberían tener determinadas obligaciones correlativas para que su actividad sirviera en forma más amplia aun al desarrollo agrícola del país . Entre nosotros el préstamo para la agricultura, un tanto aleatorio es verdad, no ha gozado de la simpatía de los bancos. Se hacen préstamos a clientela determinada y escogida pero muy limitados en su cuantía y en su número. La ley debería determinar que un porcentaje de la cartera se aplicara obligatoriamente a este fin, ya que las entidades especializadas, como la Caja de Crédito Agrario, no alcanzan a satisfacer las demandas crecientes de crédito para el campo y puesto que es necesario abrir otras compuertas para que el riego del préstamo agrícola llegue a todas las zonas productoras del país.
177
Min
iste
rio d
e H
acie
nda
y C
rédi
to P
úblic
o (C
olom
bia)