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7/31/2019 INEM. Ejercicios Nominas 3 http://slidepdf.com/reader/full/inem-ejercicios-nominas-3 1/6 1. INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD COMÚN Don Manuel Franco, nacido el 20 de diciembre de 1959, con la categoría profesional de Oficial Administrativo, grupo 5 de cotización a la S.S. es contratado por la empresa “Z S.A.” el 1 de enero de 1990 mediante un contrato ordinario por tiempo indefinido. Sus retribuciones establecidas en el contrato son las siguientes: - Salario base: 721´21€/mes - Antigüedad: 72´12€/mes Además, tiene derecho a percibir dos pagas extras equivalentes, cada una de ellas, al salario base más la antigüedad. El 6 de mayo de 2010 es dado de baja por enfermedad común, siendo dado de alta, por curación, el 29 del mismo mes. La base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al mes a la baja médica es de 925´55€. A la misma cuantí a asciende la base de cotización por contingencias profesionales del mes de abril. No procede retención de IRPF. 2. INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD COMÚN Un trabajador con contrato indefinido, grupo 5 de cotización causa baja por enfermedad común el 8 de octubre de 2010 permaneciendo de baja todo el mes. Por los 7 dias trabajados percibe: - Salario base: 210’35€/mes - Antigüedad: 21’04€/mes  - Plus convenio: 36’06€/mes - Dedicación exclusiva: 19’83€/mes Durante el año tiene derecho a dos pagas extras por un importe de 811’37€ cada una de ellas. Asimismo, durante el año 2011 se le abonará una cantidad de 1.202’02€ en concepto de reparto de beneficios.  La BCC del mes anterior fue de 1.405’76€. IRPF = 0. Confeccionar la nómina.  3. INCAPACIDAD TEMPORAL POR ACCIDENTE DE TRABAJO Trabajador con contrato indefinido, grupo 9 de cotización, sufre un accidente laboral causando baja el 6 de septiembre de 2010, situación en la que permanece hasta el 17 de septiembre de 2010 en la que es dado de alta. La BCC de agosto es de 941´20€ y la BCP es de el mismo importe anterior.  Durante el año anterior a la baja se han cotizado 450€ en concepto de horas extraordinarias. El salario es el siguiente: Salario base: 23€-día Peligrosidad: 2´20€-día Incentivo: 2’40€ -día Dos pagas extraordinarias de 30 días de salario base cada una de ellas. No se

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1.  INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD COMÚNDon Manuel Franco, nacido el 20 de diciembre de 1959, con la categoríaprofesional de Oficial Administrativo, grupo 5 de cotización a la S.S. es contratadopor la empresa “Z S.A.” el 1 de enero de 1990 mediante un contrato ordinario por

tiempo indefinido.Sus retribuciones establecidas en el contrato son las siguientes:-  Salario base: 721´21€/mes -  Antigüedad: 72´12€/mes 

Además, tiene derecho a percibir dos pagas extras equivalentes, cada una de ellas,al salario base más la antigüedad.El 6 de mayo de 2010 es dado de baja por enfermedad común, siendo dado de alta,por curación, el 29 del mismo mes.La base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al mes a la baja

médica es de 925´55€. A la misma cuantía asciende la base de cotización porcontingencias profesionales del mes de abril.No procede retención de IRPF.

2.  INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD COMÚNUn trabajador con contrato indefinido, grupo 5 de cotización causa baja porenfermedad común el 8 de octubre de 2010 permaneciendo de baja todo el mes.Por los 7 dias trabajados percibe:

-  Salario base: 210’35€/mes 

-  Antigüedad: 21’04€/mes -  Plus convenio: 36’06€/mes -  Dedicación exclusiva: 19’83€/mes 

Durante el año tiene derecho a dos pagas extras por un importe de 811’37€ cada

una de ellas. Asimismo, durante el año 2011 se le abonará una cantidad de1.202’02€ en concepto de reparto de beneficios. La BCC del mes anterior fue de 1.405’76€. IRPF = 0. Confeccionar la nómina. 

3.  INCAPACIDAD TEMPORAL POR ACCIDENTE DE TRABAJO

Trabajador con contrato indefinido, grupo 9 de cotización, sufre un accidentelaboral causando baja el 6 de septiembre de 2010, situación en la que permanecehasta el 17 de septiembre de 2010 en la que es dado de alta. La BCC de agosto esde 941´20€ y la BCP es de el mismo importe anterior. Durante el año anterior a la baja se han cotizado 450€ en concepto de horas

extraordinarias.El salario es el siguiente:Salario base: 23€-díaPeligrosidad: 2´20€-día

Incentivo: 2’40€-díaDos pagas extraordinarias de 30 días de salario base cada una de ellas. No se

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efectúan retenciones. Confeccionar la nómina.

4.  INCAPACIDAD TEMPORAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJOTrabajador con contrato indefinido y categoría profesional de oficial de primera,

grupo 8 de cotización a la Seguridad Social.Sus retribuciones son las siguientes:Salario base: 23,44€/día. Antigüedad: 2,34€/día Plus de peligrosidad: 2,10€/día. Dos pagas extras de 30 días de salario base más la antigüedad.La base de cotización por contingencias comunes y contingencias profesionalescorrespondiente al mes de Octubre fue de 995,72€. Durante los doce meses anteriores al mes de baja cotizó por la realización de

horas extras la cuantía de 570,96€. El 8 de Noviembre de 2010 es dado de baja por accidente de trabajo, siendo dadode alta por curación el 20 del mismo mes.No corresponde retención de I.R.P.F.

5.  MATERNIDADDoña Ana con la categoría profesional de Oficial administrativo, grupo 5 decotización, es afiliada y dada de alta y formalizado un contrato ordinario portiempo indefinido.

Sus retribuciones según convenio colectivo son:-  Salario base = 537’91€/mes -  Antigüedad = 40’57€/mes -  Plus de idiomas = 64’91€/mes -  Retribuciones voluntarias = 214’56€/mes -  Plus de transporte = 69’12€/mes 

Además, tiene derecho a percibir dos pagas extras en julio y diciembreequivalentes, cada una de ellas a salario base más la antigüedad.El 11 de junio de 2010 inicia su período de descanso por maternidad como

consecuencia del nacimiento de su primer hijo.La base de cotización por contingencias comunes y profesionales del mes anterioral mes de la baja médica ascendió a la cuantía de 954’36€/mes. IRPF = 8%.Confeccionar la nómina.

6.  PATERNIDADTrabajador con contrato indefinido y categoría profesional de Jefe de Taller, grupo3 de cotización, tiene su primer hijo el 9 de abril de 2010, fecha en la que comienzaa disfrutar el permiso por nacimiento de hijo, previsto en el E.T. (art. 37.3.b) para

los casos en los que no se precisa realizar desplazamiento (dos días).Opta por disfrutar de la suspensión del contrato por paternidad, de forma

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inmediata a la finalización del citado permiso, de 13 días de duración, a tenor delo establecido en el artículo 48 bis del E.T.Su retribución es la siguiente:Salario base: 849,76€/mes 

Complemento jefatura: 547,36€/mes Plus productividad: 427, 36€/mes. Tiene derecho a percibir tres pagas extras al año, equivalentes –cada una de ellas-al salario base.La base de cotización por contingencias comunes y contingencias profesionalesdel mes de marzo de 2010 asciende a la cuantía de 2.036,92€/mes. I.R.P.F. 15%. 

7.  PATERNIDADTrabajador con contrato indefinido y categoría profesional de Jefe de Taller, grupo

3 de cotización, tiene su primer hijo el 9 de abril de 2010, fecha en la que comienzaa disfrutar el permiso por nacimiento de hijo, previsto en el E.T. (art. 37.3.b) paralos casos en los que no se precisa realizar desplazamiento (dos días).Opta por disfrutar de la suspensión del contrato por paternidad, de formainmediata a la finalización del citado permiso, de 13 días de duración, a tenor delo establecido en el artículo 48 bis del E.T.Su retribución es la siguiente:Salario base: 849,76€/mes Complemento jefatura: 547,36€/mes 

Plus productividad: 427, 36€/mes. Tiene derecho a percibir tres pagas extras al año, equivalentes –cada una de ellas-al salario base.En el mes de marzo de 2010 hizo horas extraordinarias normales por las querecibió la cuantía de 189,65€. Desde marzo de 2009 a abril de 2010 percibió el

mismo concepto, 978,83€. La base de cotización por contingencias comunes del mes de marzo de 2010asciende a la cuantía de 2.036,92€/mes. Y la base por contingencias profesionales

del mismo mes asciende a la cuantía de 2.226,57€/mes I.R.P.F. 15%. 

8.  RIESGO DURANTE EMBARAZODoña Ana con la categoría profesional de Oficial de 2ª, grupo 8 de cotización, esafiliada y dada de alta en el régimen general de la S.S. por la empresa X, S.A. el 1 demarzo mediante la formalización de un contrato por obra o servicio determinadoa tiempo completo cuya duración estimada es superior a un año.Sus retribuciones según convenio colectivo son:- Salario base = 20’30€/día - Plus convenio = 2’10€/día 

- Plus toxicidad = 1’40€/día Además, tiene derecho a percibir dos pagas extras en julio y diciembre

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equivalentes, cada una de ellas a salario base.Desde el 15 de diciembre de 2010 se encuentra embarazada. Por este motivo,dado que la actividad que desempeña la trabajadora influye negativamente en susalud y en la del feto, y ante la imposibilidad de trasladarla a otro puesto de

trabajo o función diferente compatible con su estado, se declara el paso de latrabajadora a la situación de suspensión de contrato por riesgo durante elembarazo el día 13 de febrero de 2011.La base de cotización por contingencias comunes y profesionales del mes anterioral mes anterior al inicio de la situación de suspensión del contrato ascendió a lacuantía de 841’34€/mes. No tiene I.R.P.F. Confeccionar la nómina. 

9.  CONTRATO A TIEMPO PARCIALTrabajador con contrato indefinido a tiempo parcial el 1 de enero de 2010, para

prestar servicio en jornada de cuatro horas diarias de lunes a viernes con lacategoría profesional de Auxiliar administrativo, grupo de cotización 7.En esta empresa los trabajadores a tiempo completo trabajan ocho horas diariasde lunes a viernes.Su retribución mensual, incluida la parte proporcional de domingos y festivos enconcepto de salario base es de 550€/mes. También tiene derecho a dos pagas extraordinarias, en los meses de julio ydiciembre, equivalentes cada una de ellas al salario base.En el mes de junio hizo horas extraordinarias por fuerza mayor por las que cobró

la cuantía de 102,17€. No correpsonde I.R.P.F. 

10.  HUELGATrabajador con contrato indefinido, con categoría profesional de informático,grupo de cotización 1. Las retribuciones que percibe por convenio colectivo son:Salario base: 1.352,28€/mes. Antigüedad: 119€/mes. Plus de actividad: 78,13€/mes. También tiene derecho a tres pagas extraordinarias en los meses de marzo, julio y

diciembre equivalentes cada una de ellas al salario base más la antigüedad.El 7 de junio se adhiere a una huelga general que afecta a su puesto de trabajo, lacual perduró hasta el 13 del mismo mes.La empresa suprime el abono del salario correspondiente a los días de huelga, yademás, presenta la relación nominal de los trabajadores huelguistas ante laT.G.S.S. a fin de que quede suspendida la obligación de cotizar tales días. I.R.P.F.15%..

11.  HUELGA

Trabajador con contrato indefinido y con la categoría oficial de 1ª, grupo 8 decotización, participa en una huelga que, convocada por el comité de empresa,

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afecta a su centro de trabajo. La huelga es desde el 8 al 14 de abril de 2010 (7días). El empresario además de suprimir el abono del salario correspondiente alos días de huelga, comunica a la Seguridad Social el pase del trabajador a lasituación de alta especial a fin de que quede suspendida la obligación de cotizar.

El trabajador tiene las siguientes retribuciones:-  Salario base = 30€/día -  Antigüedad = 3€/día -  Plus convenio = 5€/día. 

Percibe dos pagas extras de salario base y antigüedad cada una de ellas. IRPF =10%. Confeccionar la nómina.

12.  SANCIÓN DE EMPLEO Y SUELDOTrabajador con contrato indefinido y grupo 9 de cotización es sancionado por elempresario con suspensión de empleo y sueldo durante el período comprendido

entre el 8 y el 21 de abril de 2010. El empresario formaliza el correspondienteparte de baja a efectos de suspender la obligación de cotizar dichos días. Eltrabajador tiene las siguientes retribuciones:

-  Salario base: 25€/día -  Antigüedad: 2,50€/día -  Peligrosidad: 3€/día 

Percibe dos pagas extras de salario base y antigüedad cada una de ellas. I.R.P.F.10%. Confeccionar la nómina.

13.  CONTRATO INDEFINIDO DE TRABAJADOR MAYOR DE 45 AÑOSDatos del trabajador:Categoría profesional: Oficial administrativo.Grupo de cotización: 5Tipo de contrato: indefinido y a jornada completa de un trabajador mayor de 45años que lleva inscrito como desempleado más de un año.Retribuciones del mes de abril del año 2010:

-  Salario base: 781,32€ -  Plus idiomas: 78,13€ 

-  Plus transporte: 84,14€ Tiene derecho a dos pagas extraordinarias de 781,32€ cada una de ellas. I.R.P.F. =

0,63%

14.  INCAPACIDAD TEMPORAL DERIVADA DE ACCIDENTE NO LABORALDon Andrés Fuentes Lazos, nacido el 13 de junio de 1966 con la categoríaprofesional de Perito, grupo de cotización 2, es afiliado y dado de alta en elRégimen General de la Seguridad Social el 1 de marzo de 1995, habiéndoseformalizado un contrato ordinario por tiempo indefinido (clave 100). Sus

retribuciones son las siguientes:Salario base: 1.081,82€/mes. 

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Antigüedad: 108,18€/mes. Plus de responsabilidad: 240,41€/mes 

Además, tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias equivalentes, cada unaellas, a salario base más antigüedad.

El 5 de septiembre de 2010 es baja en la empresa a causa de accidente no laboral,siendo dado de alta por curación el 14 de septiembre de 2010.Durante el mes de septiembre ha realizado horas extraordinarias por fuerzamayor por las que percibió la cuantía de 72,12€. La base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al mes de labaja ascendió a la cuantía de 1.628,73€. La base de cotización por contingencias profesionales correspondiente al mismomes ascendió a 1.748,93€, de lo que 120,20 corresponden a horas extraordinarias. Durante el año anterior al mes a la baja cotizó en concepto de horas

extraordinarias por:-  120,20€ en agosto de 2010.-  150,25€ en junio de 2010. -  180,30€ en mayo de 2010. -  120,20€ en abril de 2010. -  120,20€ en febrero de 2010. 

A efectos de cotización empresarial por contingencias profesionales la empresatiene asignado el código CNAE 45 del cuadro I de la tarifa prima vigente. El IRPFasciende al 12%.