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Junta de Valladolid Hombres salva jes. Fac hada de l   Col eg io de San Gregori o  , Valladolid . Junta de Valladolid es la denominación habitual del cé- lebre debate que tuvo lugar en  1550 y 1551 en el Colegio de San Gregorio de  Valladolid, dentro de la llamada  po- lémica de los naturales  ( indígenas american os  o  indios), y que enfrentó dos formas antagónicas de concebir la conquista de América , interpretadas románticamente co- mo la de los defensores y la de los enemigos de los in- dios: la primera, representada por  Bartolomé de las Ca- sas, considerado hoy pionero de la lucha por los  derechos humanos ; y la s egu nda, por  Juan Gi nés de Sep úlv eda, que defendía el derecho y la conveniencia del dominio de los español es sobre los indígenas, a quie nes además concibe como naturalmente inferiores. No hubo una resolución nal. No debe confund irs e es ta Jun ta co n la Conf ere nci a de Va- lladolid  de 1527 sobre el  erasmismo. 1 Pre ce dentes La Junta de Valladolid también fue parte de la más ex- tensa polémica sobre los  justos títulos  del  dominio de la Corona de Castilla sobre América , que se remonta a na- les del siglo XV, con las  Bulas Alejandrinas  y el  Tratado de Tordesillas  acordado con el  Reino de Portugal , y a los recelos con que ambos documentos fueron recibidos en otras cortes europeas. Se dice que el rey  Francisco I de Francia  pidió retóricamente que le mostraran la cláusu- la del testamento de Adán en que tales documentos se basaban y que diera derecho a repartir el mundo entre castellan os y portugueses. La consideración necesaria de los estudios y de una ree- xión pública efectuada por esta Junta fue excepcional, en comparación con cualquier otro proceso histórico de for- mación de un imperio y estuvo en sintonía con la preocu- pación y la gran importancia que, desde el comienzo mis- mo del descubrimiento de América , la Monarquía Católi- ca sintió siemp re de man ten er ba jo un co ntr ol paternalista a los naturales y que produjo y siguió produciendo el gran corpus legislativo de las  Leyes de Indias . El precedente en la generación anterio r a la Junta de Va- lladolid fue la Junta de Burg os de 1512, qu e había asenta- do jur ídi cam ente el de rec ho a hac er la gue rra a los in díg e- na s qu e se re si st ie ra n a la evangelización (para garan tizar - lo se estableció la lectura de un famoso  Requerimi ento), buscando un equilibrio entre el predominio social de los colonizadores españoles y la protección al indio, que se quiso conseguir con la  encomienda. Resultado de todo ello fueron las  Leyes de Burgos  de 1512. 2 Planteamiento del de bat e En la Junta de Valladolid la discusión partió de bases teológicas , consideradas superiores en ese contexto a las de cualquier otro saber (  philosophia est ancilla teologiae). No discurrió en torno a si los indígenas de América eran seres humanos con alma o salvajes susceptibles de ser do- mesticados como  animales. Tal cosa hubiera sido consi- derada  herética, y ya estaba resuelta por la  bula Sublimis Deus, de  Paulo III  (1537). Esta bula fue una contunden- te respuesta del  papado  a opiniones que ponían en en- tredicho la humanidad de los  naturales. La bula, incita- da por dos  dominicos  españoles, no pretendió denir la racionalidad  del indígena, sino que, suponiendo dicha ra- cionalidad en cuanto que los indios son hombres, declaró su derecho a la  libertad y la  propiedad, así como el dere- cho a abrazar el  cristianismo, que debía serles predicado pacícamente. El propósito declarad o de la discusión en la Junta de Va- 1

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Junta de Valladolid

Hombres salvajes. Fachada del   Colegio de San Gregorio ,Valladolid .

Junta de Valladolid es la denominación habitual del cé-lebre debate que tuvo lugar en 1550 y 1551 en el Colegiode San Gregorio de Valladolid, dentro de la llamada po-lémica de los naturales (indígenas americanos o  indios),y que enfrentó dos formas antagónicas de concebir laconquista de América, interpretadas románticamente co-mo la de los defensores y la de los enemigos de los in-dios: la primera, representada por Bartolomé de las Ca-

sas, considerado hoy pionero de la lucha por los derechoshumanos; y la segunda, por Juan Ginés de Sepúlveda, quedefendía el derecho y la conveniencia del dominio de losespañoles sobre los indígenas, a quienes además concibecomo naturalmente inferiores. No hubo una resoluciónfinal.

No debe confundirse esta Junta con la Conferencia de Va-lladolid de 1527 sobre el erasmismo.

1 Precedentes

La Junta de Valladolid también fue parte de la más ex-tensa polémica sobre los justos títulos del dominio de la

Corona de Castilla sobre América, que se remonta a fina-les del siglo XV, con las Bulas Alejandrinas y el Tratadode Tordesillas acordado con el Reino de Portugal, y a losrecelos con que ambos documentos fueron recibidos enotras cortes europeas. Se dice que el rey Francisco I deFrancia pidió retóricamente que le mostraran la cláusu-la del testamento de Adán en que tales documentos sebasaban y que diera derecho a repartir el mundo entrecastellanos y portugueses.

La consideración necesaria de los estudios y de una refle-

xión pública efectuada por esta Junta fue excepcional, encomparación con cualquier otro proceso histórico de for-mación de un imperio y estuvo en sintonía con la preocu-pación y la gran importancia que, desde el comienzo mis-mo del descubrimiento de América, la Monarquía Católi-ca sintió siempre de mantener bajo un control paternalistaa los naturales y que produjo y siguió produciendo el grancorpus legislativo de las Leyes de Indias.

El precedente en la generación anterior a la Junta de Va-lladolid fue la Junta de Burgos de 1512, que había asenta-do jurídicamente el derecho a hacer la guerra a los indíge-nas que se resistieran a la evangelización (para garantizar-

lo se estableció la lectura de un famoso Requerimiento),buscando un equilibrio entre el predominio social de loscolonizadores españoles y la protección al indio, que sequiso conseguir con la encomienda. Resultado de todoello fueron las Leyes de Burgos de 1512.

2 Planteamiento del debate

En la Junta de Valladolid la discusión partió de basesteológicas, consideradas superiores en ese contexto a las

de cualquier otro saber ( philosophia est ancilla teologiae).No discurrió en torno a si los indígenas de América eranseres humanos con alma o salvajes susceptibles de ser do-mesticados como animales. Tal cosa hubiera sido consi-derada herética, y ya estaba resuelta por la bula SublimisDeus, de Paulo III (1537). Esta bula fue una contunden-te respuesta del  papado a opiniones que ponían en en-tredicho la humanidad de los  naturales. La bula, incita-da por dos dominicos españoles, no pretendió definir laracionalidad del indígena, sino que, suponiendo dicha ra-cionalidad en cuanto que los indios son hombres, declarósu derecho a la libertad y la propiedad, así como el dere-

cho a abrazar el cristianismo, que debía serles predicadopacíficamente.

El propósito declarado de la discusión en la Junta de Va-

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2   4 ENFRENTAMIENTO DE POSTURAS 

lladolid era ofrecer una base teológica y de derecho paradecidir cómo debía procederse en los descubrimientos,conquistas y población de las Indias.

3 Participantes

En la Junta de Valladolid de 1550 los principales conten-dientes dialécticos fueron fray Bartolomé de las Casas yJuan Ginés de Sepúlveda.

Participaron, entre otros, Domingo de Soto, Bartoloméde Carranza y Melchor Cano (que para la segunda partedel debate tuvo que ser sustituido por Pedro de Lagasca,pues él partió al Concilio de Trento).

No es casualidad que todos ellos fueran dominicos: laOrden de Predicadores controlaba las universidades es-pañolas a través de las cátedras y los colegios.

Varios en esa Junta (Soto y Cano) eran discípulos deFrancisco de Vitoria, muerto cuatro años antes, en 1546.Vitoria encabezó la escuela de Salamanca (por desarro-llarse en la Universidad de Salamanca).

Carranza enseñaba en el mismo Valladolid, y Sepúlveda,que había estudiado en Alcalá de Henares  y Bolonia yse había destacado por su antierasmismo, no era docenteuniversitario, sino preceptor del propio príncipe Felipe.Fue su oposición a las Leyes Nuevas de Indias de 1542(cuya revocación habían conseguido los encomenderos enlos distintos virreinatos) lo que había provocado la vueltaa España de Bartolomé de las Casas, quien era Obispo deChiapas. Comenzó una polémica intelectual entre losdos:Sepúlveda publicó su De justis belli causis apud indios yLas Casas replicó con sus Treinta proposiciones muy jurí-dicas. La Junta debía resolver el conflicto.

Sepúlveda aportaba un trabajo titulado Democrates alter ,en el que sostenía que los indios, considerados como se-res inferiores, debían quedar sometidos a los españoles, ylo completó con más argumentación escrita en el mismosentido. La Apología de las Casas fue el texto clave en lasdiscusiones. Los trabajos se desarrollaron entre los mesesde agosto y septiembre de 1550. La Junta quedó incon-clusa y por ello volvió a convocarse el año siguiente. Enla disputa no hubo resolución final. Los dos exponentesse consideraron vencedores.

4 Enfrentamiento de posturas

Juan Ginés de Sepúlveda estaba a favor de la guerra justacontra los indios, a quienes creía seres humanos, y que eracausada por sus pecados e idolatría. De no haberlos creí-do seres humanos, tampoco podrían pecar, y malamentepodrían los españoles tener el deber de evangelización.También defendió su inferioridad, que obligaba a los es-pañoles a tutelarlos.

Correspondió a Bartolomé de las Casas el esfuerzo de de-

mostrar que los americanos eran seres humanos iguales alos europeos. La contribución de Domingo de Soto a estapostura fue fundamental.

En el mismo sentido que éstos últimos, el espíritu inte-lectual que animaba el debate aun no estando presente,

era el de Francisco de Vitoria, que se había cuestionadosi, desde un principio, era lícita la conquista americana.Los asistentes a la Junta pudieron tenerlo presente en susreflexiones sobre la naturaleza de los indígenas.

4.1 Tesis de Ginés de Sepúlveda

Juan Ginés de Sepúlveda , partidario de la guerra justa contra losindios.

Sepúlveda en  Democrates secundus o  de las justas cau-sas de la guerra contra los indios siguió argumentos aris-totélicos y humanistas que obtuvo de Palacios Rubios yPoliziano. Propuso cuatro “justos títulos” a fin de justifi-car la conquista:

•  El derecho de tutela de los indios que implicaba susometimiento al gobierno de los cristianos en el con-vencimiento que por su propio bien sujetarse a los

españoles, ya que son incapaces de gobernarse a símismos. Ello no significaba que se los debía reducira servidumbre o esclavitud.

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4.1 Tesis de Ginés de Sepúlveda   3

•   La necesidad de impedir, incluso por la fuerza,el  canibalismo y otras conductas antinaturales quepractican los indígenas.

•   La obligación de salvar a las futuras víctimas inocen-tes que serían sacrificadas a los dioses falsos.

•  El mandato de evangelización que Cristo dio a losapóstoles y el papa al Rey Católico.

El conjunto de argumentos que utilizó es complejo, losdesarrolló en varias obras más y pueden englobarse enargumentos de razón y derecho natural y argumentos teo-lógicos.  [1]

Los planteamientos que Sepúlveda utilizó para argumen-tar que la conquista española era justificada, los escribióen sus publicaciones Demócrates Alter  o  Diálogo de las justas causas de la guerra; la apología pro libro de Justis

Belli Causis o Defensa de las justas causas de la guerra; sudefensa ante la junta de Valladolid y dos cartas a MelchorCano, donde afirmó su doctrina tergiversada. De estos es-critos se desprendieron sus respectivos argumentos, queSepúlveda explicó, por un lado los que atentaban contrala razón y el derecho natural, como la supuesta barbariede los indios y el derecho a civilizarlos, por medio de lasumisión, se mencionba como “servidumbre natural”, suscontinuos pecados contra la ley natural que daba derechoa corregirlosy evitar susbarbaries, y porúltimo la defensade la víctimas que creaban los indígenas como productode sus barbaries; y por otro lado los argumentos teológi-

cos, que era la autorización pontificia para combatir lospecados contra la supuesta ley natural y eliminar las ba-rreras que ponían los indios a la predicación del evange-lio.

•  Argumentos de razón y derecho natural: Sepúlve-da explicó que el indio no era intrínsecamente malosino que lo quelo pervirtió fue su cultura, su entorno,por ende dijo que la “barbarie” que autorizaba laconquista tenía una connotación fundamentalmentemoral. Sepúlveda dijo

...Digo que los bárbaros, se entien-de como los que no viven conformea la razón natural y tienen costumbresmalas públicamente entre ellos aproba-das....ora les venga por falta de religión,donde los hombres se crían brutales, orapor malas costumbres y falta de buenadoctrina y castigo...

con esto aseveró que el fin de la conquista era la ci-vilización y bien de los bárbaros, ya que con leyesjustas y conformes a la ley natural, hacía de la vi-da de los indios una inserción a una vida mejor y

más suave, agregando que si se rehusaba al imperiopuede ser obligado por las armas, y esa guerra seríajusta en virtud del derecho natural.

Dentro de la misma temática con respecto a la servidum-bre natural, Sepúlveda se basó en las sagradas escriturasy dijo

...Porque escrito esta en el libro de los pro-verbios “El que es necio servirá al sabio” tales

son las gentes bárbaras e inhumanas, ajenas ala vida civil y a las costumbres pacíficas, y se-rá siempre justo y conforme al derecho naturalque tales gentes se sometan al imperio de prín-cipe y naciones más cultas y humanas, para quemerced a sus virtudes y a la prudencia de sus le-yes, depongan la barbarie y se reduzcan a vidamás humana y al culto de la virtud.

Sepúlveda describió aspectos de los indígenas, los cua-les calificó de acciones bárbaras, como que no poseíanciencia y que eran iletrados, que no tuvieran leyes escri-

tas, que eran caníbales, cobardes y carecían de propiedadprivada, entre otros. Sin dejar de lado que eran solo con-notaciones morales, el indio podía ser civilizado ya quela condición de bárbaro fue, en el pensamiento de Sepúl-veda, un estado accidental superable y no una naturalezahumana distinta y por ende la posición de servidumbredel indio no fue en sí misma un estado de esclavitud sinoun sometimiento político del cual podían evolucionar in-telectual y moralmente si eran gobernados por una nacióncivilizada. Así mismo la barbarie, entendida como estadode atraso cultural y moral que redundaba en costumbrescondenadas “por la naturaleza” y en una supuesta inep-titud para gobernarse humanamente, autorizaba a cual-quier pueblo civilizado que estuviera en condiciones deseguir a los bárbaros en conformidad con la “ley natu-ral”, de sacarlos de su estado inhumano para someterlosa su dominio político. Incluso por las armas, si no habíaotro remedio. Esta conclusión en que el hombre depen-día de su propia razón, que le permitía autodirigirse yautodiscernir, pero si el hombre era carente del uso de larazón no era dueño de sí y debía servir a quien sea capazde regirlo y por ende que si la finalidad de la guerra erala civilización de los bárbaros, era entonces un supuestobien para estos. Sepúlveda justificó la dominación políti-ca pero rechazó la dominación civil, o sea la esclavitud y

la privación de sus bienes. Sostuvo

No digo que a estos bárbaros se les haya dedespojar de sus posesiones y bienes, ni que seles haya de reducir a servidumbre, sino que sedebe someter al imperio de los cristianos...

Es importante destacar que Sepúlveda defendió la suje-ción política, pero no su esclavitud pues la creencia vulgarconfunde ambas cosas, y lo hace partidario de la esclavi-tud.

Con respecto a los “pecados contra la ley natural”, Sepúl-

veda, basándose en el hecho de que los indios ofrecíansacrificios humanos en gran número a sus dioses falsos, yotros actos similares, dijo:

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4   4 ENFRENTAMIENTO DE POSTURAS 

...y ha de entenderse que estas naciones delos indios, quebrantan la ley natural, no porqueen ellas se cometan estos pecados, simplemen-te, sino porque en ellas tales pecados son ofi-cialmente aprobados....y no los castigase en susleyes o en sus costumbres, o no impusiese pe-

nas levísimas a los más graves y especialmentea aquellos que la naturaleza detesta más, de esanación se diría con toda justicia y propiedad,que no observa la ley natural, y podrían conpleno derecho los cristianos, si rehusaba some-terse a su imperio, destruirlas por sus nefastosdelitos y barbarie e inhumanidad....

Sepúlveda trató de proteger a las víctimas de las barbarieshumanas señalando:

A todos los hombres, les está mandado por

ley divina y natural, el defender a los inocen-tes de ser matados cruelmente, con una muerteindigna, si pueden hacerlo sin gran incomodosuyo

y puso como hombres rectos y salvaguardadores de lasvíctimas a los cristianos.

•   Argumentos teológicos: Con respecto a la autoriza-ción pontificia para combatir los graves delitos con-tra la supuesta ley natural, Sepúlveda dijo que la po-testad del papa

Si bien se aplica propiamente a aquellas co-sas que pertenecen a la salvación del alma, ya los bienes espirituales, sin embargo, no estáexcluida de las cosas temporales en cuanto seordenan a las espirituales

por ello el Papa podía obligar a las naciones a que res-guarden la ley natural.

Sepúlveda indicó, además, que a nadie se podía obligar aabrazar la fe católica

La razón de lo cual es porque aquella vio-lencia sería inútil, pues nadie, repugnando suvoluntad, que no es posible coaccionar, puedeser hecho creyente. De modo que debe usarsela enseñanza y de las persecuciones

pero a pesar de ello los cristianos podían inducir por me-dios racionales a los bárbaros a civilizarse, ya que era suobligación. Si el primer intento no resultaba, Sepúlvedamencionaba

Si no se puede proveer de otro modo el

asunto de la religión, es licito a los españo-les, ocupar sus tierras y provincias, y establecernuevos señores y destituir a los antiguos.

4.2 Respuesta de las Casas

Fray Bartolomé de las Casas  fue el principal defensor de losindios en la Junta de Valladolid.

Las Casas, que no le va a la zaga en aristotelismo, demos-tró la racionalidad de los indios a través de su civilización:la arquitectura de los aztecas rebatió la comparación conlas abejas que había hecho Sepúlveda. No encontró en lascostumbres de los indígenas americanos una mayor cruel-dad que la que pudiera encontrarse en las civilizacionesdel Viejo Mundo o en el pasado de España:

“Menor razón hay para que los defectos ycostumbres incultas y no moderadas que en es-tas nuestras indianas gentes halláremos nosma-ravillen y, por ellas, las menospreciemos, puesno solamente muchas y aun todas las repúbli-

cas fueron muy más perversas, irracionales yen prabidad más estragadas, y en muchas virtu-des y bienes morales muy menos morigeradas yordenadas. Pero nosotros mismos, en nuestrosantecesores, fuimos muy peores, así en la irra-cionalidad y confusa policía como en vicios ycostumbres brutales por toda la redondez destanuestra España”[2]

Frente a los “justos títulos” que defendía Sepúlveda, lasCasas se valió de los argumentos del fallecido Francis-co de Vitoria quien había expuesto una lista de “títulosinjustos” y otros “justos títulos":

En sus títulos injustos, Vitoria fue el primero que se atre-vió a negar que la bulas de  Alejandro VI, conocidas en

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conjunto como las Bulas Alejandrinas o  Bulas de Do-nación Papal, fuesen un título válido de dominio de lastierras descubiertas. Tampoco eran aceptables el prima-do universal del emperador, la autoridad del papa (quecarecía de poder temporal) ni un sometimiento o conver-sión obligatorios de los indios. No se les podía considerar

pecadores o poco inteligentes, sino que eran libres pornaturaleza y dueños legítimos de sus propiedades. Cuan-do los españoles llegaron a América no portaban ningúntítulo legítimo para ocupar aquellas tierras que ya teníandueño.

•   Las Bulas de donación papal y el Requerimiento quese leía a los indígenas para justificar su sometimien-to eran títulos menos seguros que los que daba laaplicación del derecho de comunicación, que si eranegado por los indígenas permitía a los españolesobtenerlo a la fuerza.

•  Negó el derecho de ocupación por la pura aplica-ción de la fuerza, pero defendió la libertad de tran-sitar por los mares, argumento muy polémico tam-bién defendido por Hugo Grocio, y que no conveníaal monopolio colonial del comercio con las Indias.

•   La evangelización no era una obligación de los espa-ñoles, pero sí un derecho de los indígenas.[3]

5 Trascendencia

Sacrificio azteca , Códice Mendoza. Argumentos para ambas par-tes del debte:  costumbres antinaturales y arquitectura civilizada.

El debate de Valladolid sirvió para actualizar las Leyes deIndias y crear la figura del "protector de indios".

Las conquistas se frenaron, regulándose de tal forma que,en teoría, sólo a los religiosos les estaba permitido avan-

zar en territorios vírgenes. Una vez que hubieran conveni-do con la población indígena las bases del asentamiento,se adentrarían más tarde las fuerzas militares, seguidaspor los civiles. Las ordenanzas de Felipe II (1573) llega-ron a prohibir hacer nuevas “conquistas”. Se ha destacadolo históricamente inusual que son tales escrúpulos en la

concepción de un Imperio.

Don Phelipe, etc. A los Virreyes presiden-tes Audiençias y gouernadores de las nuestrasIndias del mar oceano y a todas las otras perso-nas a quien lo infrascripto toca y atañe y puedetocar y atañer en qualquier manera saued quepara que los descubrimientos nueuas poblagio-nes y pacificaçiones de las tierras y prouinciasque en las Indias estan por descubrir poblar ypaçificar se hagan con mas façilidad y comoconuiene al seruicio de dios y nuestro y bien de

los naturales entre otras cossas hemos manda-do hazer las ordenanças siguientes (...)

Los descubridores por mar o tierra no seempachen en guerra ni conquista en ningunamanera ni ayudar a vnos indios contra otros nise rebuelban en quistiones ni contiendas conlos de la tierra por ninguna caussa ni razon quesea ni les hagan dagno ni mal. alguno ni lestomen contra su voluntad cossa suya sino fuesepor rescate o dandoselo ellos de su voluntad...

Ordenanzas de descubrimiento, nueva

 población y pacificación de las Indias dadas por Felipe II, el 13 de julio de 1573, en el bosque de Segovia. El orden que se ha de thener en descubrir y poblar .[4]

Surgió de esta disputa el moderno derecho de gentes (ius gentium). “Si pasamos a la América española, en el cam-po de la historia de las ideas encontramos diferencias re-levantes con cuanto hemos dicho hasta ahora. En efec-to, es intensa a finales de los primeros tiempos la activi-dad misionera con acentos milenarios. Además, para to-do el siglo XVI y las primeras décadas del siglo XVII, sedesarrolla un intenso debate político sobre la nueva tierra,sobre los indígenas, los motivos que pueden justificar laconquista española. Es un debate del cual participaron lasmejores inteligencias españolas de la época, teólogos, ju-ristas, políticos. Nada similar podemos encontrar en otrolugar. También por los motivos circunstanciales: ni losfranceses ni los ingleses ni los portugueses se encontraroncon organismos políticos desarrollados y organizados enEstados, como los reinos azteca e inca que encontraronlos españoles. En España, gracias también a la decisióntomada de posiciones papales, se supera rápido el pro-blema de la naturaleza del indio. Pablo III con la célebre

bula Sublimis Deus de 1537, declara a los indígenas hom-bres con todos los efectos y capacidades de cristianos. Escierto que esto no parece suficiente porque quedaba en

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6   5 TRASCENDENCIA

vigor el requerimiento y la bula Inter caetera promulgadapor Alejandro VI en 1493, sobre la cual Juan López dePalacios Rubios y  Matías de Paz de 1512 fundaban ju-rídicamente la ocupación de América. Lo que se quierenotar aquí es que siempre en los treinta años del 1500 dosteólogos dominicanos de la celebérrima Universidad de

Salamanca, Francisco de Vitoria y Domingo de Soto, en-frentaron el problema de los principados indígenas ame-ricanos. Colocados en el camino que conduce a la másmoderna teoría del estado, construyeron un camino para-lelo a aquel de Maquiavelo y de Jean Bodin, los dos, perosobre todo el primero con la fuerza de la novedad y granvigor polémico, que era de los eclesiásticos (por esto pro-pia fuerza) corría lentamente la discusión de lo religiosoa lo político y declararon la legitimidad política de las re-giones y de los soberanos indígenas americanos. Ellos noeran ni paganos ni pecadores para sacarles la soberaníaindia y la legitimidad de sus gobernantes, ya que la socie-

dad y el poder están fundados sobre la naturaleza y no so-bre la gracia, como decía santo Tomás de Aquino (los dosson dominicanos y Victoria introduce como libro de tex-to la Suma Teológica de santo Tomás en Salamanca). Lalegitimidad del poder no depende por lo tanto del hechoque el gobernante sea o no cristiano, como habían soste-nido primero algunos herejes para los cuales era despuésun poder pagano legítimo y la afirmación de nuestros dosespañoles, si nunca lo han conocido, sólo podían estar enlas aberraciones demoníacas papistas. Pero hay más. Parademostrar la racionalidad de los indios americanos, Fran-cisco se Vitoria recurre a lo político. Demuestra que eranrazonables y que podían tener una vida política, fundán-

dose en abundante noticias que llegaban de América a suconvento de San Esteban, afirma que había vida social ypolítica y por lo tanto son racionales. De esta manera vamás allá de lo que afirmó Pablo III en su bula de 1537,cuando era la racionalidad el reconocimiento de la na-turaleza humana de los indios. Para Victoria la existenciade una vida asociada, con leyes, con comercio, institucio-nes, gobierno, es lo que cuenta. De un lado, por lo tanto,Vitoria y Soto reconocen la legitimidad de los príncipesamericanos; por el otro niegan la existencia de poderesuniversales: ni el Papa ni el emperador son los señoresdel mundo. No hay entonces valor político alguno en la

bula Inter coetera con la que en 1493 el papa AlejandroVI había dividido el mundo en meridional para los es-pañoles y portugueses. Vitoria y Soto deben preguntarsedespués cuál es ó puede ser el motivo legítimo que per-mite estar a España en América. Vitoria dará una largalista de motivos, muchos ilegítimos y puestos premedita-damente, otros legítimos, por lo que la presencia españolaen América queda a salvo, pero lo que aquí interesa es elreconocimiento a la política americana y de los estadosamericanos. Las razones que en él aduce para justificarla legitimidad de la presencia española en América sonmotivos que también se dan en Europa, por ejemplo entrefranceses y españoles. No es casual, en efecto, que CarlosV permanezca desconcertado de las dos relectiones de In-dis que Vitoria escribe al sacerdote del convento de San

Esteban, donde Vitoria vivía, para prohibir los debatesposteriores a su argumentación. Sin peros (es significa-tivo) saca su favor a Vitoria que años después quisieraenviar a Trento como teólogo imperial. Esta fue por añosy decenios la línea vigente. No faltó también en el mundohispano negadores radicales de la humanidad del indio

o de su posibilidad de civilización; mucho menos faltóquien explotó a los indios en su propio interés. Pero elplan de debate de aquellas ideas que declaraba el derechohispánico a la sumisión de los indios por su naturalezainferior, fueron voces minoritarias y perdedoras. De estepunto de vista me parece que se puede decir que resultaen cambio cuanto insatisfactoria la posición de Bartolo-mé de Las Casas, el dominicano defensor de los indios,que muchos trabajos han estado y se han aprovechado dela polémica sobre la colonización española y católica. Ensus ideas, en sus posiciones intelectuales y políticas hayalgo que grita y contrasta con el mundo que está nacien-

do. Se enfrentaban sus ideas con las de Vitoria y Soto,paradojalmente, Las Casas aparece más cerca de JuanGinés de Sepúlveda, el célebre autor de grandes textospolíticos y filosóficos donde se sostenía, casi solo entrelos teóricos políticos y contrario a la autoridad de CarlosV, pero como buen aristotélico, la esclavitud natural delos indios americanos. El gran amigo de los indios, LasCasas, y el gran enemigo de los indios, Sepúlveda, tuvie-ron también un durísimo encuentro público en Valladolidante una comisión de estudiosos, teólogos, juristas,encar-gados de evaluar las respectivas posiciones. No obstante,los dos adversarios pensaban del mismo modo ambos denuevo a esquemas políticos de tipo medieval, legados de

la vieja concepción de la teocracia pontificia, aquella quesiguiendo la bula de Alejandro VI constituía título legíti-mo de infundamento y de dominio político."Extracto delprofesor Claudio Finzi de la Universidad de Perugia, Ita-lia).</ref>

En la práctica, las dos posiciones que se confrontaron enla Junta justificaban el dominio castellano aunque con ac-ciones muy diferenciadas entre sí.

Ambas motivaciones, así como el ambiente intelectualgenerado por la Junta de Valladolid y la polémica, ins-piraron nuevas Leyes de Indias a añadir a las anteriores.

La sincera preocupación de Bartolomé de las Casas porla suerte de los indios que tan crudamente describió en suobra Brevísima Relación de la Destrucción de las Indiasle llevó a una notable propuesta que permitió entender suconcepción del indígena: Le parecía admisible una buenaidea que salvó a muchos lugares de América de la des-población, sobre todo a las islas Antillas), la importaciónde esclavos negros, naturalmente más inclinados al traba-jo que los débiles indios. Un buen argumento aristotélico,sin duda, pero floja defensa de los derechos humanos mo-dernos, del quemás pocos años mástarde,en 1559 ó 1560se desdijo:

Antiguamente, antes que hobiese ingenios,teníamos por opinión en esta isla [la Españo-

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8   9 TEXTO E IMÁGENES DE ORIGEN, COLABORADORES Y LICENCIAS 

9 Texto e imágenes de origen, colaboradores y licencias

9.1 Texto

•   Junta de Valladolid Fuente:  http://es.wikipedia.org/wiki/Junta_de_Valladolid?oldid=82343941 Colaboradores:  Joselarrucea, Dianai, Je-canre, Ecemaml, Chispas2, Petronas, Caiserbot, Yrbot, Amadís, Icvav, Metronick, Eskimbot, Donmatas, CEM-bot, Ca in, -jem-, IgnacioIcke, Rastrojo, Martínhache, Gavanzo, Ángel Luis Alfaro, Chien, Ingolll, CommonsDelinker, TXiKiBoT, Gerwoman, GonzaAV, Queni-nosta, Belgrano, Muro Bot, José Antonio Diez, Jmvgpartner, Thor8, Dark, BOTarate, Canejas, Xic667, Danisd75, PixelBot, AlejandroRAD, Gallowolf, Takashi kurita, Cruento, Scarballo, AVBOT, Ialad, MystBot, Landmarke, Zumalabe, Jkbw, Rubinbot, Pucelui, TiriBOT,PatruBOT, Angelito7, EmausBot, Rufflos, Rezabot, KLBot2, Inesbugsbunnyines, Libertad 17, Helmy oved y Anónimos: 43

9.2 Imágenes

•   Archivo:Bartolomedelascasas.jpg  Fuente:   https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/d/db/Bartolomedelascasas.jpg   Licencia: Public domain Colaboradores:  ? Artista original:  ?

•   Archivo:Codex_Magliabechiano_(141_cropped).jpg   Fuente:    https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/5/53/Codex_Magliabechiano_%28141_cropped%29.jpg   Licencia:   Public domain  Colaboradores:  Extract of Codex Magliabechiano (cf.  FAMSI(Foundation for the Advancement of Mesoamerican Studies, Inc.) Artista original:  Desconocido

•   Archivo:Juan_Ginés_de_Sepúlveda.jpg   Fuente:    https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/a/af/Juan_Gin%C3%A9s_de_Sep%C3%BAlveda.jpg Licencia:  Public domain Colaboradores:  Libro «Retratos de Españoles ilustres» publicado por la Real Imprenta deMadrid. Según la información brindada en el prólogo, las imágenes contenidas y los textos fueron realizados por distintos autores. Artistaoriginal:  Al pie de la imagen figuran los datos de su autor.

•   Archivo:San_Gregorio_VA_(6).jpg Fuente:  https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/6/64/San_Gregorio_VA_%286%29.jpgLicencia:  CC BY-SA 3.0 Colaboradores:  Trabajo propio Artista original:  Queninosta

9.3 Licencia de contenido

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