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UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO JHOSELYN MARQUEZ ARROBO CUARTO DE DERECHO CODIGO PENAL DELITOS EN PARTICULAR AMBATO_ECUADOR

Justicia indigena

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UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO

JHOSELYN MARQUEZ ARROBO

CUARTO DE DERECHO

CODIGO PENAL DELITOS EN PARTICULAR

AMBATO_ECUADOR

Reflexionar sobre la justicia indgena nos puede parecer muy simple, porque el derecho indgena siempre ha existido y siempre se ha aplicado en el Ecuador puesto que el derecho indgena como cualquier sistema jurdico, est compuesto por principios, normas; procedimientos u autoridades legitimadas para aplicarlo y formas de ejecucin. Es decir que no va a existir justicia si no hay derecho, en nuestro pas hoy en da la justicia indgena no est siendo bien vista, por lo que un caso evidente u reconocido es el caso la cocha; es muy vergonzoso ver que el Estado ecuatoriano como tal, esta vulnerado los derechos de los pueblos u nacionalidades indgenas como se estable en nuestra constitucin nos dice que somos un estado constitucional de derechos y justicia. Igualmente como cada uno de nosotros tenemos derechos u obligaciones, pero es importante tomar en cuenta que en otras legislaciones, todos son iguales as de esta manera no va a existir una discriminacin para cierto grupo de atencin, ya que considero que todos somos iguales ante la ley. En el Ecuador la justicia indgena es una practica con sentido econmico y comunitario muy concreto, que en si tiene un solo objetivo que es de reinsertar a la persona dentro de la comunidad u colectividad para que con ello, no se vuelva a cometer este mismo incidente. Muchas veces pienso que la justicia indgena es mucho mejor que la ordinaria a la vez en la actualidad existen personas que matan y al da siguiente se encuentran de la misma forma cometiendo delitos, esto porque existen personas que siempre buscan un beneficio econmico mas no ayudar a los dems, al pensar que es muy triste ver que este tipo de personas se encuentre en grandes puestos de trabajo. Mientras que la justicia indgena desde mi perspectiva es un acto de curacin u sanacin. Asi mismo es fundamental preguntarnos que en comunidades indgenas que no han sido asimiladas al derecho dominando, cual es la forma de heredad de contraer matrimonio, de succionar conductas que se consideran infracciones de educar y de ejercer la salud, de cumplir obligaciones de considerar la propiedad; sin duda alguna la referencia no es el Cdigo Civil ni el Cdigo Penal; como tanto intervine las notaras, jueces civiles, los centros de salud, los jefes de registro civil; las personas y las comunidades indgenas no tienen una constitucin, no hacen testamentos, no afirman contratos, no aspiren sentencia escrita. Las formas de validez y de vigencia del derecho indgena son distintas a la del derecho que emana el Estado; entender esas formas de verificacin de la existencia de derecho y las formas de coordinar con el derecho hegemnico, es una deuda del derecho occidental.

LA JUSTICIA INDGENAEn la funcin judicial tambin se incluye a la justicia en unos de sus artculos (191) y se dice que:Las autoridades de los pueblos indgenas ejercern funciones de justicia, aplicando normas y procedimientos propios para la solucin de conflictos, internos de conformidad con su costumbre o su derecho consuetudinario, siempre que no sean contrarios a la constitucin y leyes.Garca (2012) revela lo siguiente:La justicia indgena se estable como una garanta constitucional eso si sujetas en sus tradiciones ancestrales se establece una garanta de participacin y decisin de las mujeres esta parte es muy importante porque la norma constitucional establece la participacin directa de las mujeres en la solucin de los conflictos en las comunidades estos procedimientos no deben ir en contra de la Constitucin y de los derechos humanos pero el estado garantiza que los actos sancionado por la justicia indgena sean respetadas por las instituciones y autoridades las mismas que estarn sujetas al control constitucional, podramos hacer una verdadera tesis sobre el tema ya que tienen mucha relevancia en la vida de la comunidades y de nuestro pas. (p. 1)Las autoridades de los pueblos indgenas ejercern funciones de justicia, aplicando normas y procedimientos propios para la solucin de conflictos internos de conformidad con sus costumbres o derecho consuetudinario, siempre que no sean contrarios a la Constitucin y las leyes. La ley har compatibles aquellas funciones con las del sistema judicial nacional. (pag. 140)

La actual constitucin da apertura al pluralismo jurdico, es decir, no solo admiten un sistema de justicia, sino que reconoce un derecho propio de los pueblos, comunidades y nacionalidades. La constitucin del 2008 acepto las normas y las practicas que las comunidades y pueblos han desarrollado en cuanto a su administracin de la justicia, que se conoce como justicia indgena. En nuestro pas la justicia indgena posee un sistema propio de normas y procedimientos ancestrales en autoridades que administran justicia, reconocidos en la nueva constitucin. Desde la antigedad este tipo de justicia ha permitido regular la vida social de las comunidades, pueblos indgenas, ayudando a resolver sus conflictos de acuerdo con sus valores, cosmovisin, necesidades e intereses.