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LA ALTERNATIVIDAD EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL Magistrado Juan José Olvera López

LA ALTERNATIVIDAD EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL · la justicia penal; descongestionar el sistema. 3. No tienen por objeto buscar la verdad, sino solucionar la controversia

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LA ALTERNATIVIDAD

EN EL NUEVO SISTEMA

DE JUSTICIA PENAL

Magistrado Juan José Olvera López

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Av. Previa

Preinstrucción Instrucción

Juicio

Inejercicio

Sobreseimiento

Sentencia

D

e

n

u

n

c

i

a

Dinámica actual del proceso penal

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Av. Previa

Preinstrucción Instrucción

Juicio

Inejercicio

Sobreseimiento

Sentencia

D

e

n

u

n

c

i

a

Salida de facto del proceso penal

Reserva

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*Otras: Reserva, No ejercicio, Acumulación, Incompetencia

Actuación del Ministerio Público Federal

"Terminación" de Averiguaciones Previas

Trámite ,

24.1%

Consignadas,

19.0%

Otras Salidas*,

56.9%

Trámite Consignadas Otras Salidas*

2008

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100% 26% 14% 12.2% 11.6% 10.35%

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Solución a la crisis del actual sistema

Una. Eliminar delitos.

Dos. Incrementar los recursos del mismo sistema.

Tres. Alternatividad

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Directrices constitucionales

1.Despresurizar cargas de trabajo

2.Garantizar el acceso a la justicia

3.Suministrar justicia pronta y expedita

4. Asegurar la reparación del daño

5.En ciertos casos, se requerirá supervisión

judicial

Texto expreso

Exposición de motivos

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Legalidad Oportunidad

El conflicto con la legalidad es sólo aparente

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Obligatoriedad Oportunidad

(discrecionalidad

reglada)

Legalidad

Estado Social de Derecho

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Un sistema débil se rige mediante reglas procesales de grado tan

formal que permiten declarar la nulidad de un gran número de

actuaciones o de material probatorio con base únicamente en errores de

forma.

Una alternatividad “débil”, sobreregulada, colapsa al juicio.

Un sistema procesal fuerte es el que subordina las reglas formales a

la consecución de objetivos sustantivos de justicia penal (búsqueda de

la verdad, aseguramiento de garantías del inculpado y protección de la

victima).

Alternatividad fuerte: no sobreregulada

El éxito del nuevo sistema se sustenta en la

necesaria armonía entre el Juicio y la

Alternatividad

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Conclusiones de las Características Generales.

Sesión de 2 de mayo de 2013.

1. Los mecanismos alternativos tienen como nota común que son diferentes al juicio.

2. Cumplen con la función doble de : ampliar la capacidad de acceso a la justicia penal; descongestionar el sistema.

3. No tienen por objeto buscar la verdad, sino solucionar la controversia que se ha generado por la comisión de un delito.

4. No buscar sancionar al inculpado (que víctima se queda con su pena del delito y el inculpado con su pena por haberlo cometido) sino reparar el daño (sacar al ofendido de su pena y no involucrar al inculpado en otra pena)

5. No hay privatización de la justicia; tan sólo desjudicialización; en todo caso será gratuita; El estado se hará cargo de todos los mecanismos incluida la mediación y conciliación.

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VÍAS ESPECÍFICAS DE LOS

MECANISMOS ALTERNATIVOS.

1. Oportunidad (Artículo 21, 7° párrafo)

2. Acuerdos reparatorios (Artículo 17,

4°párrafo)

3. Terminación anticipada (Artículo 20, A,

VII )

4. Suspensión de proceso a prueba

(Artículo 20, C, VII)

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Formas Anticipadas de Terminación del

Procedimiento (Código SETEC):

i. Acuerdo reparatorio;

ii. Procedimiento simplificado;

iii.Suspensión condicional del

proceso, y

iv.Procedimiento abreviado.

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Mediación y Conciliación

penal

“El objetivo del juicio es la búsqueda de la verdad, pero al

búsqueda de la verdad y la solución del problema no son

la misma cosa; lo que las personas en conflicto buscan

no es la verdad, sino la solución.”

Peter Lovenheim

“Mediate, Don´t Litigate.”, New York, Mc Graw Hill, 1989.

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Terminología

Reforma Constitucional de

México

Mecanismos alternativos

Terminación anticipada o

sentencia anticipada

Suspensión del proceso a

prueba

Oportunidad

Estado

Chihuahua Acuerdos reparatorios*

Procedimiento abreviado

Estado de México Acuerdos reparatorios*

Procedimiento abreviado

Durango Acuerdos reparatorios*

Procedimiento abreviado

Oaxaca Conciliación Procedimiento abreviado

Morelos Acuerdos reparatorios*

Procedimiento abreviado

Zacatecas Conciliación Procedimiento abreviado

Baja California Acuerdos reparatorios*

Procedimiento abreviado

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CHILE 2008 Salidas no judiciales aplicadas en Chile (2005 y 2008)

11.3%

39.2%

45.6%

1.2%

2.7%

Otras causales de término IncomptenciaArchivo provisionalDecisión de no perseverar Principio de oportunidad

14%

10%

65%

8%

4%

Otras causales de término IncomptenciaArchivo provisionalDecisión de no perseverar Principio de oportunidad

Fuente: Boletines Estadísticos, 2005 y 2008, Fiscalía de Chile. Ministerio Público.

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1%

73%

5%

14%

7%Incompetencia

Archivo Provisional

Decisión de noperseverar

Principio deoportunidad

Otras causales detérmino

CHILE 2012

Total 1050634

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Salida de noticias criminales en Colombia (2005-2008)

9%

1%

4%

1%

42%

4%

17%

22%

Archivo de las diligencias

Cambio de competencia

Juicio con sentencia

Preclusión

Extinción Acción Penal

Principios de oportunidad en

indagación

Principios de oportunidad en

investigación

Otros

*Otros: Preacuerdos entre fiscalía y acusado (Sentencia anticipada), cambio de sistema.

Fuente: Anuarios estadísticos 2005-2008, Fiscalía General de la Nación, Oficina de Planeación

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Noticias criminales, actuaciones

de salidas, Colombia 2011

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Término de casos según tipo de salida en

Costa Rica (2008)

15%

2%

8%

57%

6%1%

11%

Acusación fiscal

Criterio de oportunidad

Otros

Archivo fiscal

Mecanismos

alternativos

Solic. Sobres definitivo

Solic. Desestimación

*Mecanismos alternativos: solicitudes de conciliación y suspensión del proceso a prueba.

*Otros: incompetencia, acumulación, sentencia anticipada.

Fuente: Anuario estadístico, 2008, Poder Judicial, Costa Rica

NOTA: El anuario más reciente no proporciona información suficiente.

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Salidas de casos en el ámbito de

investigación en Chihuahua 2007-2009

3%

19%

25%

15%

38%

Salidas alternas y

oportunidad

En trámite

Consignados

Declinados

Archivo temporal

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Pública

Privada

Indagación

Oportunidad

Intermedia Preliminar

Juicio

No formulación de

imputación

Sentencia

Sobreseimiento

D

e

n

u

n

c

i

a

Acusación

Oportunidad

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“permite que las autoridades no persigan a un

presunto delincuente si decide cooperar con la

justicia y suministrar elementos para poder

someter a proceso a sus cómplices o a los más

altos responsables de una organización criminal.

(…) No se trata de permitir un ejercicio arbitrario de

la acción penal o de la administración de justicia en

esta materia, sino de abrir una ventana para que el

Estado combata con más y mejores elementos las

conductas que lastiman seriamente a la sociedad

(…).” Iniciativa del Diputado César Camacho.

Oportunidad

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Oportunidad “La aplicación irrestricta del principio de oficiosidad en la

persecución penal genera una sobrecarga del sistema de justicia con

delitos menores que en nada afectan el interés público pero que las

autoridades de persecución penal se ven precisados a perseguir, (…).

En esa tesitura es que se considera necesario conferir al Ministerio

Público la facultad para aplicar criterios de Oportunidad, que le

permitan administrar los recursos disponibles de persecución y

aplicarlos a los delitos que más ofenden y lesionan a los bienes

jurídicos de superior entidad”.

Dictamen de la Cámara de Diputados de la reforma de 2008.

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México (proceso

constituyente)

México (SETEC) Chile Colombia y Costa

Rica

- Delitos

menores

- Colaboración

(negociación de

la pena) en

persecución de

otros delitos

Delitos menores:

i) De baja

penalidad

ii) Patrimoniales

sin violencia

iii) Culposos sin

intoxicación

iv) Desproporción

entre pena y daño

causado por el

delito al propio

imputado

Delitos

menores:

Único) Delitos

que no

comprometan

gravemente el

interés

público

- Delitos menores:

i) De baja

penalidad, mínimo

daño o culpabilidad

ii) Desproporción

entre pena y daño

causado por el

delito al propio

imputado

(culposos);

- Colaboración

(negociación de la

pena) en

persecución de

otros delitos

- Pena inferior a la

que se le imponga

en el extranjero

Supuestos de procedencia (internacional)

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Supuestos de procedencia (nacional)

Estado de México Morelos, Chihuahua y

Baja California

Oaxaca, Zacatecas y

Durango

-Delitos menores y mínima

culpabilidad.

-Colaboración del inculpado

en la persecución de delitos.

-Desproporción entre pena y

daño causado por el delito al

propio imputado.

-Pena inferior a otras que se

le impusieron o que se le

impondrán.

-Pena inferior a otras que se

le impusieron o que se le

impondrán en el extranjero.

-Imputado con enfermedad

terminal o incurable o mayor

de 70 años.

-Cuando el procedimiento

implique riesgo o amenaza

graves a la seguridad exterior

del Estado.

-Delitos menores y

mínima culpabilidad.

-Colaboración del

inculpado

(negociación de la

pena) en la

persecución de delitos.

-Desproporción entre

pena y daño causado

por el delito al propio

imputado.

-Pena inferior a otras

que se le impusieron o

que se le impondrán.

-Delitos menores y

mínima culpabilidad.

-Desproporción entre

pena y daño causado

por el delito al propio

imputado.

-Pena inferior a otras

que se le impusieron

o que se le

impondrán.

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Pública

Privada

Indagación

Oportunidad

Acuerdos reparatorios

Intermedia Preliminar

Juicio

ACUERDOS REPARATORIOS (MECANISMOS

ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS –

MASC-)

No formulación de

imputación

Sentencia

D

e

n

u

n

c

i

a

Acusación

Sobreseimiento

Page 30: LA ALTERNATIVIDAD EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL · la justicia penal; descongestionar el sistema. 3. No tienen por objeto buscar la verdad, sino solucionar la controversia

Mediación penal.- Es un programa

restaurativo, en el cual un tercero,

denominado facilitador, sin intervenir en las

decisiones de las partes víctima-victimario,

facilita la vía del diálogo y el acuerdo

común, a fin de que al primero se le repare

el daño y el segundo se reincorpore a la

sociedad.

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Conciliación penal.- Es un programa

restaurativo, en el cual un tercero,

denominado facilitador, interviene en

las decisiones de las partes víctima-

victimario, facilita las vías de diálogo y

el acuerdo común a fin de que al

primero se le repare el daño y el

segundo se reincorpore a la sociedad.

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Pública

Privada

Indagación

Oportunidad

Acuerdos reparatorios

Procedimiento abreviado

Intermedia

Preliminar

Juicio

TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROCESO.

No formulación de

imputación

Sentencia

Sobreseimiento

D

e

n

u

n

c

i

a

Acusación

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TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROCESO.

Art. 20.- El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los

principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e

inmediación.

A. De los principios generales:

VII. Una vez iniciado el proceso penal, siempre y cuando no

exista oposición del inculpado, se podrá decretar su terminación

anticipada en los supuestos y bajo las modalidades que determine la

ley. Si el imputado reconoce ante la autoridad judicial, voluntariamente

y con conocimiento de las consecuencias, su participación en el delito y

existen medios de convicción suficientes para corroborar la imputación,

el juez citará a audiencia de sentencia. La ley establecerá los

beneficios que se podrán otorgar al inculpado cuando acepte su

responsabilidad;

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Pública

Privada

Indagación

Oportunidad

Acuerdos reparatorios

Procedimiento abreviado

Suspensión del proceso a prueba

Intermedia Preliminar

Juicio

SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBA.

No formulación de

imputación

Sentencia

Sobreseimiento

D

e

n

u

n

c

i

a

Acusación

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SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBA.

Art. 20.- El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los

principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e

inmediación.

C. De los derechos de la víctima o del ofendido:

VII. Impugnar ante autoridad judicial las omisiones del

Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las

resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción

penal o suspensión del procedimiento cuando no esté satisfecha la

reparación del daño.

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Pública

Privada

Indagación

Oportunidad

Acuerdos reparatorios

Procedimiento abreviado

Suspensión del proceso a prueba

Intermedia Preliminar

Juicio

DINÁMICA DEL NUEVO SISTEMA DE

JUSTICIA PENAL

No formulación de

imputación

Sentencia

Sobreseimiento

D

e

n

u

n

c

i

a

Acusación