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LA CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA El Perú es, en la actualidad, uno de los países con mayor crecimiento económico en la región, con un nivel de atracción de inversión privada en Sudamérica y con un desarrollo que se está manteniendo en los últimos años de manera constante y progresiva. La industria, el comercio, la agricultura, la pesquería y la minería son los motores de dicha expansión económica, sin embargo el costo de dicho crecimiento y progreso puede tener efectos catastróficos para nuestro ambiente y los ecosistemas en los próximos años. El desarrollo de nuestro país debe ser sustentable y armónico con el ambiente, habida cuenta que hoy enfrentamos el grave problema del cambio climático. Para poder desarrollar la idea, el medio ambiente viene a constituir "el entorno que afecta y condiciona especialmente las circunstancias de vida de las personas o la sociedad en su vida. Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y un momento determinado, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones venideras. Es decir, no se trata sólo del espacio en el que se desarrolla la vida sino que también abarca seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la cultura". Pensar en el desarrollo de las generaciones futuras, a veces podría resultar ocioso para algunas personas, pero es un tema que compete a todo el mundo, nos corresponde por derecho y por deber con la Humanidad, y lo ejercemos incluso cuando salimos del trabajo o aula y decidimos apagar o no la luz, cuando compramos algún alimento y vemos que contiene en su etiquetado, cuando desconectamos nuestros celulares a la hora de dormir y no dejarlo cargando, somos responsables en todo momento con nuestro medio ambiente. Este es un derecho de tercera generación pues tiende a preservar la integridad de la sociedad humana, resulta oponible al Estado y exigible a él, pero que por sobre toda las cosas requiere el concurso de todos los actores sociales para su cumplimiento efectivo. De esta manera, es posible que su cumplimiento sea exigido por uno o todos los miembros de la comunidad, pues su afectación le incumbe a ella y a todos. La Constitución de 1979 reconocía en su art. 123 que: Todos tienen el derecho de habitar en ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y la preservación del paisaje y la naturaleza. Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente.

La Constitución Ecológica

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LA CONSTITUCIN ECOLGICAEl Per es, en la actualidad, uno de los pases con mayor crecimiento econmico en la regin, con un nivel de atraccin de inversin privada en Sudamrica y con un desarrollo que se est manteniendo en los ltimos aos de manera constante y progresiva. La industria, el comercio, la agricultura, la pesquera y la minera son los motores de dicha expansin econmica, sin embargo el costo de dicho crecimiento y progreso puede tener efectos catastrficos para nuestro ambiente y los ecosistemas en los prximos aos. El desarrollo de nuestro pas debe ser sustentable y armnico con el ambiente, habida cuenta que hoy enfrentamos el grave problema del cambio climtico.Para poder desarrollar la idea, el medio ambiente viene a constituir "el entorno que afecta y condiciona especialmente las circunstancias de vida de las personas o la sociedad en su vida. Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y un momento determinado, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones venideras. Es decir, no se trata slo del espacio en el que se desarrolla la vida sino que tambin abarca seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, as como elementos tan intangibles como la cultura".Pensar en el desarrollo de las generaciones futuras, a veces podra resultar ocioso para algunas personas, pero es un tema que compete a todo el mundo, nos corresponde por derecho y por deber con la Humanidad, y lo ejercemos incluso cuando salimos del trabajo o aula y decidimos apagar o no la luz, cuando compramos algn alimento y vemos que contiene en su etiquetado, cuando desconectamos nuestros celulares a la hora de dormir y no dejarlo cargando, somos responsables en todo momento con nuestro medio ambiente.Este es un derecho de tercera generacin pues tiende a preservar la integridad de la sociedad humana, resulta oponible al Estado y exigible a l, pero que por sobre toda las cosas requiere el concurso de todos los actores sociales para su cumplimiento efectivo. De esta manera, es posible que su cumplimiento sea exigido por uno o todos los miembros de la comunidad, pues su afectacin le incumbe a ella y a todos.La Constitucin de 1979 reconoca en su art. 123 que: Todos tienen el derecho de habitar en ambiente saludable, ecolgicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y la preservacin del paisaje y la naturaleza. Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente.Es obligacin del Estado prevenir y controlar la contaminacin ambiental. Ahora bien, no obstante que dicho artculo se insertaba en el Ttulo sobre Rgimen Econmico, por su propia naturaleza jurdica independientemente de su sede materia propiamente perteneca al apartado dogmtico de la Constitucin, en tanto estipulacin de derechos y deberes. Por otra parte, se podan advertir en aquella carta constitucional diversos dispositivos con cierta relevancia o implicancia ambiental: es el caso del derecho a la salud integral, y su dimensin comunitaria (art. 15); las referencias al suelo urbano (art. 18); a los recursos naturales y a la Amazona (arts. 118-122); al rgimen agrario (arts. 156-160); a las comunidades campesinas y nativas (arts. 161-163); a los gobiernos locales, sobre todo respecto a la zonificacin y el urbanismo (art. 255); y a los gobiernos regionales (arts. 259-268). La Constitucin de 1993, en un contexto influido por el proceso de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (CNUMAD-92) y de los denominados Productos de Ro pero tambin inducido por las polticas de reforma del Estado, privatizacin y promocin a las inversiones, postula un modelo ms sinttico en cuanto al reconocimiento del derecho al medio ambiente, incluso asocindolo con otros de similar condicin (denominados, por algunos, derechos felicitarios, como la paz, la tranquilidad, el disfrute del tiempo libre, y el descanso).As, el inciso 22 del artculo 2 en el Ttulo referido a la persona y la sociedad prescribe que toda persona tiene derecho A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, as como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. Sin embargo, se identifican algunos dispositivos con cierta relevancia ambiental o que pueden incluso ser interpretados en esa direccionalidad, como podra ser el derecho a la salud o a la participacin, pero esas ya seran aplicaciones normativas, ms no tratamientos ambientales explcitos.A su vez, en la parte del rgimen econmico incorpora un Captulo (Del ambiente y los recursos naturales) donde se hace referencia a las condiciones para el aprovechamiento de los recursos naturales (art. 66); la responsabilidad del Estado en la poltica nacional del ambiente y en el uso sostenible de los recursos naturales (art. 67); la promocin y conservacin de la diversidad biolgica y de las reas naturales protegidas (art. 68); y el desarrollo sostenible de la Amazona37 (art. 69). En una Declaracin final del Congreso Constituyente se reafirma la condicin antrtica del Per y la importancia de los factores ecolgicos y econmicos que conciernen a La Antrtida.El enunciado o concepto innovativo que determina la idea de la llamada Constitucin Ecolgica explica, en primer lugar, al ser los recursos naturales, in totum, patrimonio de la Nacin, que su explotacin no puede ser separada ni aislada del inters nacional, por ser esta una generalidad patrimonial reconocida para los ciudadanos, y porque no decirlo del mundo entero, de las generaciones venideras, presentes y futuras. En segundo lugar, los beneficios derivados de su utilizacin y explotacin deben alcanzar a la Nacin en su conjunto, por tanto se proscribe su exclusivo y particular goce. Tal goce debe ser racional y acorde al inters comn.As, el artculo 66 de la Constitucin estable que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nacin, y que el Estado es soberano en su aprovechamiento. Por su parte, el artculo 67 de la Constitucin dispone que el Estado determine la poltica nacional del ambiente y promueva el uso sostenible de los recursos naturales. De otro lado, el artculo 68 de la Constitucin prescribe: El Estado est obligado a promover la conservacin de la diversidad biolgica y de las reas naturales protegidas. En esa lnea, el artculo 69 seala: El Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonia.El Tribunal Constitucional ha sealado en la SCT N 3610-2008-AA la importancia de la constitucin Ecolgica. Sobre en particular, El Tribunal entiende que la tutela del medio ambiente se encuentra regulada en nuestra Constitucin Ecolgica, que no es otra cosa que el conjunto de disposiciones de nuestra Constitucin que fijan las relaciones entre el individuo, la sociedad y el medio ambiente, tema que ocupa un lugar medular en nuestra Ley Fundamental.Ahora el Tribunal Constitucional Peruano define que la Constitucin Ecolgica es el conjunto de disposiciones constitucionales que fijan las relaciones entre el individuo, la sociedad y el ambiente, compartiendo a su vez un criterio de la Corte Constitucional Colombiana respecto de la triple dimensin de la constitucin: Dimensin de principio que irradia todo el orden jurdico. Dimensin de derecho de la gente, para gozar de un ambiente sano. Dimensin de obligacin estatal y privada en su calidad de contribuyentes sociales.Y es que en realidad, poco a poco vemos como cada actor de la realidad toma su posicin en la proteccin del medio ambiente, es deber de empresa, estado y ciudadana, y a la vez derecho de cada uno de estos actores.Un buen ejercicio sera determinar hoy da, con qu acto concreto puedo apostar por la defensa de la vida y del ambiente, ojo solo hoy da, tomemos conciencia de nuestro medio ambiente y somos responsables de mejorar nuestra calidad de vida en el planeta, la tarea est en cada uno, decdete que puede hacer t por el planeta.