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La oposicion obstruccionista. Gabriel Hidalgo Andrade

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En la anterior Asamblea como en la actual se sigue hablando de una oposición obstruccionista. En ambos periodos, en el anterior y en el recientemente inaugurado, el oficialismo cuenta con una mayoría importante de asambleístas. Si antes la cantidad de votos legislativos no permitió al régimen una producción legislativa más fluida ¿por qué hoy se sigue hablando de lo mismo? Veamos.

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Page 1: La oposicion obstruccionista. Gabriel Hidalgo Andrade

Diario La Hora, domingo 9 de junio de 2013 Sección de Opinión, p. AS

La oposición obstruccionista

En la anterior Asamblea como en la actual se sigue hablando de una oposición obstruccionista. En ambos periodos, en el anterior y en el recientemente inaugurado, el oficialismo cuenta con una mayoría importante de asambleístas. Si antes la cantidad de votos legis-lativos no permitió al régimen una producción legislativa más fluida ¿por qué hoy se sigue ha-blando de lo mismo? Veamos.

A excepción de Guatemala, en los 17 países latinoamericanos restantes los presidentes pueden vetar parcial y totalmente las leyes aprobadas por los

congresos. De esos, 10 disponen de un veto parcial con capacidad de modificación de los textos enviados para la promulgación. 6 de estos 10 países tienen un candado de votación que tienen que superar las legislaturas en caso de insistir en la legislación aprobada. Estos países son: Chile, Ecuador, Uruguay, Bolivia, Costa Rica y México. En todos estos países la votación para levantar el can-dado de bloqueo constitucional es de 2/3 de los diputados, salvo en Uruguay que es 3/5.

¿Para qué sirve este pro-cedimiento parlamentario? En principio, para obligar a los legisladores a alcanzar un acuerdo en el contenido de los textos con los presidentes antes de aprobarlos. ¿Qué sucede cuando este procedimiento es utilizado en sentido inverso? En Ecuador es suficiente con que una minoría superior a un 1/3 de los asambleístas vote en contra

de la insistencia del texto aprobado por la legislatura para que se expida cualquier ley modificada por el presidente de la República. Si es suficiente para el presidente ecuatoriano legislar por su cuenta bajo este procedimiento ¿por qué todo el tiempo se habla de obstruccionismo?

Según el registro de la Asam-blea Nacional, de 2009 a 2012, 503 proyectos de ley han sido tramitados en el poder legis-lativo, 425 por iniciativa de la Asamblea Nacional, mientras que 69 de estos por el presidente de la República, los demás por otros órganos. 23 de estos proyectos presentados por los legisladores se ha publicado, mientras que 30 de los presen-tados por el presidente Correa se expidieron en el Registro Oficial. Si los vetos parciales a las leyes a leyes publicadas as-cienden a 50 de 56 ¿Qué alguien me explique para qué sirve la Asamblea Nacional si el presi-

dente puede legislar sin ella y por la vía del veto parcial? Si tuvo y sigue teniendo una ma-yoría muy superior a 1/3 de las curules legislativas ¿por qué se quejan de obstruccionismo?

¿Qué pasó con las 12 leyes también vetadas parcialmente que no han sido votadas ni ex-pedidas bajo el ministerio de la ley que es improrrogable? En este marco no hay ninguna ex-cusa para que las leyes mineras, de comunicación, de reforma penal, de aguas y otras repre-sadas no hayan sido expedidas.

En las actuales condiciones de gobierno, sin poder legislativo que se haga respetar, y con un presidente a quien le basta con tener una bancada superior a 1/3 de asambleístas, ¿por qué quieren tener una mayoría aplastante? Es simple, para bloquear la otra gran función de todo poder legislativo: la fis-calización.

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