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LAS SOCIEDADES DE CAPITAL Y SUS CARACTERISTICAS Este tipo de sociedades a su vez se clasifica en: • Las sociedades anónimas. • Las sociedades en comanditas por acciones o sociedades comanditarias por acciones. DEFINICION Y CARACTERISTICAS GENERALES Dentro de las sociedades de capital no existe el elemento de confianza personal dentro de la voluntad de asociarse; por eso las participaciones de los socios se documentan con títulos valores llamados acciones, los cuáles se transfieren por endoso o por simple entrega; en consecuencia, el traspaso de la participación no tiene que ser aprobado por los socios, el ingreso, la sustitución o el retiro de un socio no requieren regulación especial, ya que cualquiera puede retirarse transfiriendo sus acciones o ingresar o comprando acciones a otro socio; lo dicho es que sin perjuicio de que determinadas legislaciones permitan exigir la aprobación social para el traspaso de acciones; tal exigencia sería la consecuencia de un pacto adicional de los socios y no de la naturaleza misma de la participación social. Art 126 c.c. La sociedad de capital es una sociedad por acciones que se caracteriza por: La confianza personal entre los socios no es elemento de la voluntad de asociarse; en consecuencia, las participaciones sociales pueden ser objeto de traspaso sin necesidad de la aprobación de los consorcios. Debido a la circunstancia anterior, este tipo de sociedad permite la documentación de la participación social mediante títulos valores destinados a la circulación; estos títulos reciben el nombre de acciones.

Las Sociedades de Capital y Sus Caracteristicas

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LAS SOCIEDADES DE CAPITAL Y SUS CARACTERISTICASEste tipo de sociedades a su vez se clasifica en: Las sociedades annimas. Las sociedades en comanditas por acciones o sociedades comanditarias por acciones.

DEFINICION Y CARACTERISTICAS GENERALESDentro de las sociedades de capital no existe el elemento de confianza personal dentro de la voluntad de asociarse; por eso las participaciones de los socios se documentan con ttulos valores llamados acciones, los cules se transfieren por endoso o por simple entrega; en consecuencia, el traspaso de la participacin no tiene que ser aprobado por los socios, el ingreso, la sustitucin o el retiro de un socio no requieren regulacin especial, ya que cualquiera puede retirarse transfiriendo sus acciones o ingresar o comprando acciones a otro socio; lo dicho es que sin perjuicio de que determinadas legislaciones permitan exigir la aprobacin social para el traspaso de acciones; tal exigencia sera la consecuencia de un pacto adicional de los socios y no de la naturaleza misma de la participacin social. Art 126 c.c.La sociedad de capital es una sociedad por acciones que se caracteriza por:La confianza personal entre los socios no es elemento de la voluntad de asociarse; en consecuencia, las participaciones sociales pueden ser objeto de traspaso sin necesidad de la aprobacin de los consorcios.Debido a la circunstancia anterior, este tipo de sociedad permite la documentacin de la participacin social mediante ttulos valores destinados a la circulacin; estos ttulos reciben el nombre de acciones.En vista de la facilidad de circulacin de las acciones, ha sido necesario reglamentar el valor de las participaciones sociales; por ello, el capital social se divide en partes alcuotas, cada una de las cuales esta documentada por una accin.Por su naturaleza capitalista, este tipo de sociedades no admite la existencia de socios industriales.Podemos decir que con el nombre de accin se conocen 3 conceptos diferentes: La parte alcuota del capital social El conjunto de derechos accionistas. El ttulo valor que ampara o representa esta parte alcuota y estos derechos.

SOCIEDAD ANONIMA

Es una sociedad mercantil de tipo capitalista en la cual los socios ponen recursos en comn para desarrollar una actividad de tipo empresarial con el objetivo de conseguir unas ganancias. El capital social (conjunto de aportaciones que deben hacer los socios) est dividido en acciones que representan la parte de la sociedad que tiene cada uno de los socios. Los votos de cada socio estn en funcin directa del nmero de acciones que tienen.

CARACTERSTICASLa responsabilidad de los socios hacia las obligaciones por la sociedad se limita al capital aportado a la sociedad, es decir, la responsabilidad de los socios ante terceras personas est limitada al valor nominal de las acciones que hayan suscrito.CONDICIONESComo es una sociedad mercantil, se debe constituir en escritura pblica y se debe inscribir en el registro de comercio en el trmino de dos meses desde el otorgamiento.A partir de la inscripcin es cuando la sociedad adquiere personalidad jurdica propia. El contenido de la escritura de constitucin y los trmites de legalizacin son los mismos que hemos comentado respecto a las sociedades de responsabilidad limitada.

VENTAJAS DESVENTAJASLa responsabilidad de los socios delante de terceras personas est limitada al valor nominal de las acciones que hayan suscrito. A diferencia de algunas de las formas anteriores, s la empresa tiene problemas solamente se puede perder el dinero que se haya aportado.La libre transmisin de las acciones puede permitir a cualquier socio vender fcilmente la parte de capital que tenga, en caso de querer dejar la empresa, sin ms problemas que el de encontrar comprador (a menos que los estatutos de la empresa digan lo contrario).El costo de constitucin de esta forma jurdica era elevado: exige escritura pblica de constitucin, lo cual representa un gasto de notarial de aproximadamente $500.del capital social en concepto de impuesto las sociedades annimas, matricula de comercio y balance inicial prev toda una serie de mecanismos administrativos destinados a la mejora de la gestin y el control sobre este tipo de sociedades, que est pensado para grandes empresas, y que podra dificultar el funcionamiento de una microempresa.SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES

La sociedad en comandita por acciones es una forma mixta, que contiene elementos de sociedad de personas y elementos de sociedad de capitales. El elemento personal est representado por los socios comanditados, que responden ilimitadamente y tienen el derecho exclusivo de administrar la sociedad; el elemento de capital esta representado por los socios comanditarios, que son accionistas, que responden limitadamente y no tienen derecho a administrar.Hay un principio general que establece que, en las sociedades comanditarias, son elementos distintos la sociedad de nombre colectivo y la comandita de fondos. Este principio tiene una aplicacin justo en la sociedad comanditaria por acciones.La sociedad comanditaria por acciones funciona bajo razn social, la cual se forma con los nombres de los socios comanditados o de algunos de ellos, seguidos de las palabras y compaa, y socios o su abreviatura S. En C.; la omisin de estas ultimas palabra tiene los miembros efectos que, en otros tipos de sociedades, tiene la omisin de las que estn destinadas a hacer conocer al pblico la clase de sociedad con que contrata.El socio comanditado es, en cuanto a tal, un socio industrial; su calidad de comanditado le da derecho a administrarlo, pero no tiene, por esa sola calidad, participacin en el capital de la compaa; desde luego, los socios comanditados pueden tener acciones, pero tambin pueden no tenerlas; cuando las tienen, rene a la vez la calidad de socios comanditados y la de accionistas, en esta virtud, participan del capital, lo que no necesariamente debe ocurrir; sea, que ambas calidades son totalmente independientes la una de la otra; por su gestin como administradores de la compaa.

La comandita en fondos est constituida por todos los socios capitalistas; el capital social se encuentra dividido en acciones, que son iguales a las de la sociedad annima; en consecuencia, todos los socios capitalistas son accionistas.

El accionista de estas sociedades, en trminos generales tiene los mismos derechos que el accionista de las sociedades annimas, salvo el de elegir peridicamente en Junta Directiva, ya que como la administracin corresponde a los socios comanditados, no hay Junta Directiva que elegir.Pero, la Junta General de accionistas tiene la facultad de remover a uno, varios o todos los socios comanditados, as como tambin tiene la facultad de nombra sustitutos a los socios comanditados removidos.

CARACTERISTICAS

En vista de que la sociedad en comandita por acciones est compuesta de dos elementos, es necesario sealar las relaciones existentes entre ambos. Estas obedecen a las reglas siguientes:El conjunto de socios comanditados tiene exclusivamente la administracin de la sociedad, por lo tanto desempean, con duracin indefinida, las funciones que en la sociedad annima corresponden a la Junta Directiva.El rgano de la comandita de fondos es la Junta General de Accionistas, la cual aprueba o imprueba la gestin de los comanditados, al final de cada ejercicio, con iguales efectos a la operacin similar realizada por la Junta General de Accionistas es una sociedad annima.Motivo de especial atencin, ha de ser la posibilidad de que los comanditados sean a la vez accionistas; en efecto, por su calidad de administradores de la sociedad, corresponde a los comanditados presidir la Junta General; si a la vez son accionistas, tienen derecho de deliberacin y de voto; so no lo son, su participacin en la Junta se reduce a la mera funcin de presidencia.

TIPOS DE SISTEMAS DE SOC. DE COMANDITAS POR ACCIONES

Aquel que prohbe a los comanditados adquiere acciones; es un sistema muy poco usado y prcticamente solo existe en teora.El sistema de dejar en libertad a los comanditados de que adquiera o no acciones, segn lo deseen; este es el sistema adoptado por la legislacin vigente. Art 292 c.c en adelante.El de exigir a los comanditados que tengan, por lo menos, una accin cada uno, mientras sean tales comanditados; esto tiene por objeto asegurarles el derecho de deliberacin y de voto; este el sistema adaptado por el Proyecto de cdigo de comercio.