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DRECHO ADMINISTRATIVO Unidad 4: EL ESTADO Y SUS SERVIDORES PUBLICOS Presenta: M.E. ISIS ETHEL DE LA CRUZ MORENO. 27 de Marzo al 29 de Abril de 2014. UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO

Lectura 4: El Estado y sus Servidores Públicos

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Derecho Adminsitrativo

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DRECHO ADMINISTRATIVO

Unidad 4: EL ESTADO Y SUS SERVIDORES PUBLICOS

Presenta:M.E. ISIS ETHEL DE LA CRUZ MORENO.

27 de Marzo al 29 de Abril de 2014.

UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO

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4.1 El Servicio Civil de Carrera Constituye un sistema de administración de los recursos humanos  del sector público a través de establecimiento de procesos de Ingreso, Capacitación y Evaluación al Desempeño.Este programa busca desarrollar las capacidades de las servidoras y servidores públicos a través de esquemas de capacitación institucional continua, de la evaluación periódica de su desempeño laboral, así como integrar a nuevos funcionarios y funcionarias a través de concursos públicos y abiertos.El Servicio Civil de Carrera fomenta  los principios de igualdad de oportunidades, mérito, capacidad, competencia y transparencia dentro de los procesos que administra y que se encuentran dirigidos a los puestos ubicados en los niveles del 5 al 11 del tabulador general de sueldos.

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4.2. Rama del derecho que regula relación entre el Estado y sus servidores.

• Derecho Público:Es el ordenamiento jurídico que permite regular las relaciones de subordinación y supraordenación entre el Estado y los particulares (sus servidores). En el caso de los vínculos entre los órganos estatales, las relaciones pueden ser de subordinación, supraordenación o coordinación.

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4.3. La responsabilidad de los servidores públicos.

Implica el incumplimiento de las obligaciones del cargo y el resarcimiento de los daños que pudieran causarse. Pueden ser de dos clases:1. Política. Se relaciona con la transgresión de deberes políticos propios

de su cargo. Solo recae en el caso de empleados públicos de carácter político como el Presidente de la Republica o los Ministros.

2. Jurídica. Admite tres modalidades:a) Administrativa: es consecuencia de la infracción respecto que guía la

gestión del funcionario o servidor público. La sanción puede ser amonestación, suspensión, cese temporal o destitución.

b) Civil: es la afectación a los bienes y/o derechos del Estado o de terceros como consecuencia de la acción u omisión del empleado público. La consecuencia es la obligación de indemnizar daños.

c) Penal: es la que se como consecuencia de la comisión de delitos. Y corresponde al Poder Judicial la aplicación de la sanción de estos delitos.

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4.4. Las contralorías públicas, su papel.

• La Contraloría General está encargada del control y la evaluación de la gestión pública de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales del Gobierno de la Ciudad.

• Se encarga de planear, organizar y coordinar el Sistema de Control y Evaluación del Gobierno

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A la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

• Organizar y coordinar el sistema de control y evaluación gubernamental. Inspeccionar el ejercicio del gasto público y su congruencia con los presupuestos de egresos.

• Expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos de control de la Administración Pública, para lo cual podrá requerir de las dependencias competentes, la expedición de normas complementarias para el ejercicio del control administrativo.

• Vigilar el cumplimiento de las normas de control y fiscalización así como asesorar y apoyar a los órganos de control interno de las dependencias y entidades de la Administración Pública.

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Bibliografía:

Delgadillo G. L. (2009). Compendios de Derecho Administrativo. México: Porrúa.

Dágdug C. C. (2012). Derecho Administrativo y

Poder Público. México: UJAT.