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8 DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN | JOSÉ LUIS MARTÍNEZ LUIS INSTITUTO TECNOLÓGICO DE OAXACA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR INSTITUTO TECNOLÓGICO DE OAXACA INGENIERIA CIVIL DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN Legislación y Normatividad en Vías terrestres Catedrático Ing. José Luis Vicente Velásquez Presenta: Martínez Luis José Luis 7° semestre 7:00 – 8:00 horas.

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OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA A 30 DE AGOSTO DE 2015

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE OAXACA

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIORINSTITUTO TECNOLÓGICO DE OAXACADIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA

INGENIERIA CIVIL

DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN

Legislación y Normatividad en Vías terrestres

Catedrático

Ing. José Luis Vicente Velásquez

Presenta: Martínez Luis José Luis

7° semestre

7:00 – 8:00 horas.

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Contenido1.- OBJETIVOS.....................................................................................................................................3

1.1.- OBJETIVO GENERAL................................................................................................................3

1.2.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS:........................................................................................................3

2.- GENERALIDADES...........................................................................................................................3

I. Licitación pública:...................................................................................................................4

II. Invitación a cuando menos tres personas..............................................................................4

III. Adjudicación Directa..........................................................................................................4

3.- PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA..................................................................................4

4.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN POR LICITACIÓN PÚBLICA DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS...........................................................................................................................................5

5.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN POR INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS O ADJUDICACIÓN DIRECTA....................................................................................................................5

5.1.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS.........................6

6.- CONCLUSIÓN.................................................................................................................................8

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1.- OBJETIVOS

1.1.- OBJETIVO GENERAL

Comprender y analizar los procedimientos de contratación para obras publicas teniendo en cuenta las normas y reglamentos vigentes.

1.2.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

1. Definir los criterios de transparencia, eficiencia y eficacia que garanticen las mejores condiciones de calidad, oportunidad y servicio en la ejecución de obras públicas y de servicios relacionados con ésta, en los inmuebles de la Cancillería en territorio nacional.

2. Establecer los mecanismos de coordinación, planeación, programación, presupuestación, control y supervisión en los procedimientos adjudicatorios, de contratación y de prestación de trabajos de obra pública y de servicios relacionados con la misma bajo el procedimiento de Licitación Pública.

3. Sujeción de las Unidades Administrativas responsables de la ejecución de obra pública y servicios relacionados con las mismas a un marco jurídico en materia de obra pública y presupuestaria, que permitan a la Secretaría de Relaciones Exteriores el cumplimiento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma y de su Reglamento

2.- GENERALIDADES

Las dependencias y entidades seleccionarán de entre los procedimientos que a continuación se señalan, aquél que de acuerdo con la naturaleza de la contratación asegure al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes:1

I. Licitación pública;

II. Invitación a cuando menos tres personas, o

III. Adjudicación directa.

1 Artículo 27 de la Ley de Obras Públicas y servicios relacionados con las mismas.

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I. Licitación pública: La Licitación Pública es el procedimiento por cuyo medio se promueve competencia, invitando públicamente a todas las personas naturales o jurídicas interesadas en proporcionar obras, bienes y servicios que no fueren los de consultoría.2

II. Invitación a cuando menos tres personas: Los procesos de Invitación a cuando menos tres personas son llevados a cabo de forma parecida a una licitación, ya que la invitación es difundida a través de Internet (COMPRANET) y en la página WEB de la dependencia o entidad, los actos de presentación y apertura podrán ser sin la presencia del licitante, pero siempre se invitará al Órgano Interno de Control. Para que se realicen la adjudicación se debe contar con un mínimo de tres propuestas solventes. Los plazos se fijan atendiendo el tipo de bienes o servicios requeridos.3

III. Adjudicación Directa, que se convoca para la adquisición, suministro o arrendamiento de bienes; para la contratación de servicios en general, de servicios de consultoría y de ejecución de obras, conforme a los márgenes establecidos en la Ley Anual de Presupuesto. La Adjudicación Directa puede ser pública o selectiva.La Adjudicación Directa Pública se convoca cuando el monto de la adquisición o contratación es mayor al cincuenta por ciento (50%) del límite máximo establecido para la Adjudicación Directa en la Ley Anual de Presupuesto. Requiere de publicación para la convocatoria del proceso y para el otorgamiento de la Buena Propuesta.

Los contratos de obras públicas y los servicios relacionados con las mismas se adjudicarán, por regla general, a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente.

3.- PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA

Los procedimientos de licitación pública podrá ser nacional e internacional, para determinar cuándo podrá hacerse de una u otra forma se deberá considerar lo siguiente.

La licitación pública nacional, limita que la participación sea por personas de nacionalidad mexicana y que los bienes o servicios a adquirir sean producidos en el país y cuente por lo menos con un cincuenta por ciento de contenido nacional, el que será determinado tomando en cuenta el costo de producción del bien.

2 Art. 59 Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública.3 http://www.plataformadecontractacio.caib.es/docs/GuiaContratacion-es.pdf

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La licitación pública internacional, en esta podrá participar personas tanto de nacionalidad mexicana como extranjera, y los bienes o servicios a adquirir serán nacionales o extranjeros. Solamente podrán realizarse este tipo de licitación cuando:

1. Resulte obligatorio por tratados internacionales. 2. No exista oferta de proveedores nacionales. 3. Habiéndose realizado una de carácter nacional sin que se presente alguna

propuesta. 4. Así se estipule en los créditos externos financiados al Gobierno Federal o

con su aval.

4.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN POR LICITACIÓN PÚBLICA DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS.

Este procedimiento se compone de las siguientes etapas mínimas a realizar:

1. Convocatoria.2. Bases de la licitación3. Junta de aclaración4. Recepción y apertura de proposiciones.5. Dictamen técnico y económico6. Acto de fallo7. Contratación

5.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN POR INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS O ADJUDICACIÓN DIRECTA.

Para llevar a cabo el procedimiento de contratación por invitación cuando a menos tres personas o por adjudicación directa, se deberá fundamentar y motivar la selección de estos procedimientos. Situación que deberá constar por escrito y ser firmado por el área solicitante o requirente de los servicios o bienes. Siempre con base en criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez. Son dos los casos en los que se podrá seleccionar estos procedimientos:

1. Cuando por las características de los bienes y servicios se encuentren en algunos de los supuestos del artículo 41 de la Ley. 4

4 Artículo 41 de la Ley de Obras Públicas y servicios relacionados con las mismas.

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2. Cuando el importe de cada operación exceda los montos máximos que al efecto se establezca en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio que corresponda.

5.1.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS.

Procedimiento de contratación por Invitación cuando menos a tres personas que se compone de las siguientes etapas:

1. Invitación a participantes 2. Apertura de proposiciones técnicas y económicas. 3. Evaluación de proposiciones. 4. Adjudicación del contrato

Según la ley de obras públicas y servicios relacionados en las licitaciones públicas, cuyo monto rebase el equivalente a diez millones de días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y en aquellos casos que determine la Secretaría de la Función Pública atendiendo al impacto que la contratación tenga en los programas sustantivos de la dependencia o entidad, participarán testigos sociales conforme a lo siguiente:5

I. La Secretaría de la Función Pública tendrá a su cargo el padrón público de testigos sociales, quienes participarán en todas las etapas de los procedimientos de licitación pública, a los que se refiere esta Ley, con voz y emitirán un testimonio final que incluirá sus observaciones y en su caso recomendaciones, mismo que tendrá difusión en la página electrónica de cada dependencia o entidad, en CompraNet y se integrará al expediente respectivo.

II. Los testigos sociales serán seleccionados mediante convocatoria pública, emitida por la Secretaría de la Función Pública.

III. La Secretaría de la Función Pública, acreditará como testigos sociales a aquéllas personas que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar;

b) Cuando se trate de una organización no gubernamental, acreditar que se encuentra constituida conforme a las disposiciones legales aplicables y que no persigue fines de lucro;

c) No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad;d) No ser servidor público en activo en México y/o en el extranjero.

Asimismo, no haber sido servidor público Federal o de una Entidad

5 Artículo 27 Bis de la Ley de Obras Públicas y servicios relacionados con las mismas.

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Federativa durante al menos un año previo a la fecha en que se presente su solicitud para ser acreditado;

e) No haber sido sancionado como servidor público ya sea Federal, estatal, municipal o por autoridad competente en el extranjero;

f) Presentar currículo en el que se acrediten los grados académicos, la especialidad correspondiente, la experiencia laboral y, en su caso, docente, así como los reconocimientos que haya recibido a nivel académico y profesional;

g) Asistir a los cursos de capacitación que imparte la Secretaría de la Función Pública sobre esta Ley y Tratados, y

h) Presentar manifestación escrita bajo protesta de decir verdad que se abstendrá de participar en contrataciones en las que pudiese existir conflicto de intereses, ya sea porque los licitantes o los servidores públicos que intervienen en las mismas tienen vinculación académica, de negocios o familiar.

IV. Los testigos sociales tendrán las funciones siguientes:

a) Proponer a las dependencias, entidades y a la Secretaría de la Función Pública mejoras para fortalecer la transparencia, imparcialidad y las disposiciones legales en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas;

b) Dar seguimiento al establecimiento de las acciones que se recomendaron derivadas de su participación en las contrataciones, y

c) Emitir al final de su participación el testimonio correspondiente del cual entregarán un ejemplar a la Secretaría de la Función Pública. Dicho testimonio deberá ser publicado dentro de los diez días naturales siguientes a su participación en la página de Internet de la dependencia o entidad que corresponda.

En caso de que el testigo social detecte irregularidades en los procedimientos de contratación, deberá remitir su testimonio al área de quejas del órgano interno de control de la dependencia o entidad convocante y/o a la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Se podrá exceptuar la participación de los testigos sociales en aquéllos casos en que los procedimientos de contrataciones contengan información clasificada como reservada que pongan en riesgo la seguridad nacional, pública o la defensa nacional en los términos de las disposiciones legales aplicables.

El Reglamento de esta Ley especificará los montos de la contraprestación al testigo social en función de la importancia y del presupuesto asignado a la contratación.

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6.- CONCLUSIÓN

Para la realización de cualquier obra en la que estén destinados los recursos financieros del estado es necesario que se lleven a cabo procedimientos de contratación que aseguren al estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, etc.

Así de acuerdo al tipo de obra a realizar y conforme a la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas se publicara la licitación correspondiente para que el proceso de contratación sea lo más transparente posible cumpliendo con todas las indicaciones de la misma ley.