3
Norma: Es un término que proviene del latín y significa “escuadra”. Una norma es una regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas o actividades. En el ámbito del derecho, una norma es un precepto jurídico. Clases de Normas: Los usos o costumbres , Las normas morales , Las normas religiosas , Las normas jurídicas Norma Jurídica: La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. Ley: Es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia. Su incumplimiento trae aparejada una sanción Derecho: Es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirada en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. Legislación: Se denomina legislación, por una parte a todo el conjunto de leyes que existen en un Estado y que regulan los comportamientos de los individuos pertenecientes al territorio de un país. Recurso: Un recurso es una fuente o suministro del cual se produce un beneficio. Recursos Naturales: Es un bien o servicio proporcionado por la naturaleza sin alteraciones por parte del ser humano. Clases de Recursos Naturales: Recursos Renovables Recursos no Renovables Ambiente:

legislacion forestal

Embed Size (px)

DESCRIPTION

terminos

Citation preview

Norma:Es un trmino que proviene del latn y significa escuadra. Una norma es una regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas o actividades. En el mbito del derecho, una norma es un precepto jurdico.Clases de Normas:

Los usos o costumbres, Las normas morales, Las normas religiosas, Las normas jurdicas

Norma Jurdica:La norma jurdica es una regla dirigida a la ordenacin del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sancin. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.Ley:Es una norma jurdica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohbe algo en consonancia con la justicia. Su incumplimiento trae aparejada una sancinDerecho:Es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirada en postulados de justicia y certeza jurdica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carcter en un lugar y momento dado.Legislacin:Se denomina legislacin, por una parte a todo el conjunto de leyes que existen en un Estado y que regulan los comportamientos de los individuos pertenecientes al territorio de un pas.Recurso:Un recurso es una fuente o suministro del cual se produce un beneficio.Recursos Naturales:Es un bien o servicio proporcionado por la naturaleza sin alteraciones por parte del ser humano.Clases de Recursos Naturales: Recursos Renovables Recursos no RenovablesAmbiente:El concepto puede utilizarse para nombrar al aire o la atmsfera. Por eso el medio ambiente es el entorno que afecta a los seres vivos y que condiciona sus circunstancias vitales.Clases de Ambiente: Abmiente Acuatico Ambiente Terrestre Ambiente areo Ambiente Natural Ambiente Cultivado Ambiente InducidoImpacto Ambiental:Es el efecto que produce la actividad humana sobre el medio ambiente.Legislacin Ambiental:Conjunto de normas jurdicas que tienen que ver con actuacin de los individuos y los grupos humanos, en relacin con el ambiente. Es componente de la Gestin Ambiental.Derecho Ambiental:Es el conjunto de normas que regulan las relaciones de derecho pblico y privado, tendientes a preservar el medio ambiente libre de contaminacin, o mejorarlo en caso de estar afectado.Legislacin Forestal:La legislacin forestal es un instrumento de poltica en el que se plantean los parmetros del manejo forestal.Delito:Es definido como una accin tpica, anti jurdica, imputable, culpable, sometida a una sancin penal y a veces a condiciones objetivas de punibilidad. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una accin u omisin tipificada y penada por la ley.Delito Ambiental:Es la conducta descripta en una norma de carcter penal cuya consecuencia es la degradacin de la salud de la poblacin, de la calidad de vida de la misma o del medio ambiente, y que se encuentra sancionada con una pena expresamente determinada.Delito Forestal:Es la conducta antijurdica, culpable y sometida a una sancin penal por ilegalidad en el aprovechamiento forestal, accin u omisin tipificada y penada por la leyProceso:Es un conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que, al interactuar, transforman elementos de entrada y los convierten en resultadosProcedimiento:Trmino que hace referencia a la accin que consiste en proceder, que significa actuar de una forma determinada. El concepto, por otra parte, est vinculado a un mtodo o una manera de ejecutar algo.Proceso administrativo:Conjunto de fases o etapas sucesivas a travs de las cuales se efecta la administracin, mismas que se interrelacionan y forman un proceso integral.Procedimiento Administrativo:Es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuacin administrativa para la realizacin de un fin, no se confunda con proceso administrativo. El procedimiento tiene por finalidad esencial la emisin de un acto administrativo