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Heiromy Castro M. FATCA Alcance y Responsabilidades Lo que Queda por Hacer (Regulación a Febrero de 2013)

Lo que Queda por Hacer · Identificación de FFIs(Modelo 1 o 2 o PFF1 o DCFFI o NPFFI o NPFFI Modelo (lista nueva); Gran enfoque sobre los requerimientos de las USFIsen la identificación

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Heiromy Castro M.

FATCAAlcance y Responsabilidades

Lo que Queda por Hacer(Regulación a Febrero de 2013)

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INTRODUCCIÓN El 18 de marzo del 2010, el Presidente Obama firmó el “HiringIncentives to Restore Employment Act (“HIRE Act”).

Una porción del HIRE Act contiene normas en cuanto al “ForeignAccount Tax Compliance Act” (“FATCA”)

Veremos:

• Definición de FATCA

• Tipos de Acuerdos

• Resoluciones Finales

• Nuevo Enfoque de las Autoridades de los EUA

• Retos

• Conclusión

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ANTECEDENTES

Qué es?➔La Ley FATCA fundamentalmente delega en las Instituciones Financieras Extranjeras

(FFIs) del Ámbito Mundial para que actúen como extensiones de la red de cumplimiento tributario del IRS:

➔ Identificando contribuyentes americanos con Cuentas Financieras o Inversiones en sus Instituciones;

➔Reportando anualmente al IRS sus activos financieros e ingresos derivados de recursos americanos;

➔Reteniendo el 30%, a nombre del IRS, contra ciertos pagos retenibles;

➔Reportando y Reteniendo contra cuentas y pagos a otras FFIs que no cumplan con la Ley FATCA.

➔Regulación Final – Enero de 2013

➔Proceso Registro FATCA, GIIN (Número de Identificación Global del Intermediario / FFI) (Borrador del Formulario 8957) www.irs.gov

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ANTECEDENTES

Avances

➔50 países participan actualmente en diálogos con el Departamento de Hacienda de los Estados Unidos;

➔Los Socios de la Ley FATCA ahora incluyen 7 países (Reino Unido, México, Dinamarca, Irlanda, Suiza, España, y Noruega);

➔La Transparencia Global es ahora una iniciativa mundial;

➔Las Iniciativas de la OCDE / GAFI-FATF

➔La Participación “No es una Opción”;

➔Agentes del IRS en el extranjero;

➔Inclusión sutil de la evasión tributaria como “Delito Financiero”

➔Miles de Millones de Dólares en Juego

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Tipos de Acuerdos

• Participación Directa de la FFI (No IGA)

• FFIs bajo Modelo 1 Intergubernamental (IGA)

• FFIs bajo Modelo 2 Intergubernamental (IGA)

• FFIs Exentos (Deemed Compliant)– Registrados/ Certificados/ Propietarios Documentados

– Patrocinados

– Exentos Bajo el Acuerdo Modelo 1 o 2

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Requerimientos PFFI(no IGA) Modelo 1 * Modelo 2

Firmar Acuerdo con el IRS Si No** Si

Reportar Datos Definidos en FATCA Si Si Si

Reportar directamente al IRS o a través de su Gobierno

IRS Su Gobierno IRS

Cumplir con la regulacion FATCA o con el acuerdo IGA

FATCA Regs Acuerdo IGA Ambos

Cumplir con leyes locales sobre confidencialidad y obtención de renuncias

Si No Si

Retener de acuerdo a FATCA Si Limitado (NPFFIs) Limitado(NPFFIs)

Reportar Cuentas Recalcitrantes Aggregado Individualmente si hay sospecha

Agregado

Cerrar Cuentas Recalcitrantes Si No No

* Modelo Reciproco Version1(a) afecta a USFIs; Modelo 1 (b) no es Reciproco** Modelo1 FFIs se registraran o serán registrado en el portal del IRS Portal para recibir su GIIN

TIPOS DE ACUERDOSImplicaciones

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Fechas Clave de Implementación

➔31 de diciembre 2013 Firma de Contrato con el IRS;

➔Abierto Inscripción en Portal IRS, para ID-FATCA (Formulario 8957)

➔ Abierto Fecha límite para Cartas de Intención

➔1º de Julio 2014 Se inicia la Retención (FDAP)/ y Obligaciones Pendientes);

➔31 de marzo 2015 Se empieza a Reportar al IRS (2013/2014); (Detalles básicos de cuentas, saldos, totalesde cuentas recalcitrantes* y cierre de cuentas);

➔31 de marzo 2016 En el reporte se agregan cantidades de los Ingresos;

➔31 de marzo 2018 En el reporte se agregan ingresos brutos;

➔31 de diciembre 2015 Terminación de toda la diligencia debida;

➔1º de enero 2017 Retención (Ingresos Brutos).

*No para FFIs bajo el Modelo 1(IGA)

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Resumen de Cambios en la Regulación Final de FATCA

• Definiciones:- FATCA: Ley de Conformidad Tributaria para Cuentas Extranjeras.

- IRS: Administración de Rentas Internas de los EUA

- FFI: Institución Financiera Extranjera

- IGA: Acuerdo FATCA Intergubernamental (Modelos 1a,b y 2)

- PFFI: Institución Financiera Extranjera Participante

- NPFFI: Institución Financiera Extrajera No Participante

- DCFFI: Institución Financiera Extranjera Calificada como Cumplidora (Certificada /Registrada)

- USFI: Institución Financiera Norteamericana

- Withholding Agent: Agente Retenedor

- QI: Intermediario Calificado

- NFFE: Entidad Extrajera No Financiera

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Resumen de Cambios en la Regulación Final de FATCA

• Definiciones:

-EAG: Grupo Afiliado Extendido

-Prima Facie FFI: Institución Financiera Ext. A Primera Vista

-TIN: Número de Identificación Tributaria de los EUA.

-EIN: Número de Identificación del Empleador

-FI Agreement: Contrato con el IRS-POC: Punto de Contacto

-RO: Funcionario Responsable de la Aplicación de la Ley FATCA

-ATP: Tercera Parte Autorizada

-GIIN: Número de Identificación Global de FATCA de la FFI

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GIIN: Número de Identificación Global de FATCA de la FFI

El link donde se encuentra el Formulario No.8957 GIIN (Número de IdentificaciónGlobal de FATCA de la FFI), que debe de ser llenado por las Entidades deIntermediación Financieras que van a registrarse es el siguiente:

http://www.irs.gov/Businesses/International-Businesses/Draft-Form-8957-FATCA-Registration-Process

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Resumen de Cambios en la Regulación Final de FATCA

• Definiciones Nuevas:

– GIIN (Número de Identificación Global del Intermediario / FFI)

– FATCA Registración Portal – Portal de Registro FATCA para GIIN (Disponible en Línea desde el 15 de Julio de 2013)

– FATCA Report 8966 - Formulario de Reporte 8966 (A expedir en breve; también será utilizado por otros Intermediarios. El IRS también esta revisando los Formularios otros Formularios

– Sponsored / Sponsoring FFIs (Patrocinados y Patrocinadores)

– Consolidated Compliance Program (EAGs) (Programa Consolidado de Cumplimiento FATCA para los Grupos Afiliados Extendidos)

– RO: Responsable de Cumplimiento (Formulario 8957. Emitido en Abril de 2013)

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Resumen de Cambios en la Regulación Final de FATCA

• Definiciones Mejoradas:– Incluyendo definiciones de Ingresos Fixed, Determinable, Annual. Periodic

(FDAP); Pagos Retenibles, Cuenta Americana y Cuenta Americana Especificada

– El Artículo 1 de los Acuerdos Modelos incluye definiciones más claras de los puntos claves de FATCA

– La Definición de Pagos Extranjeros de Subrogación (Foreign Passthru Payments) sigue sin definirse

– Se mejora la definición de FFIs que no son Bancos (Compañías de Seguro y Inversiones; Corredores de Bolsa)

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Resumen de Cambios en la Regulación Final de FATCA

➔Ampliación de la Elegibilidad para Calificado como Cumplidor, especialmente en Países del Modelo 1 y Modelo 2 (i.e., planes locales de retiro, bancos locales de bajo riesgo);

➔FFIs Pasivas (no administradas profesionalmente) o pertenecientes a grupos de NFFES consideradas no financieras y no FFIs;

➔Aclaración y Simplificación de los Requisitos de Documentación y Retención – Numerosos cambios que permiten certificaciones y notaciones electrónicas, equivalentes locales de certificación, etc.);

➔Aclaración de los Pasos de la Diligencia Debida en los Acuerdos (Modelos) detallados en el Anexo 1 (incluyendo umbral y resoluciones de indicios). Las reglamentaciones también presentan Estándares de Conocimiento y Presunción en línea con el QI – Capítulo 3 y Normas de Dependencia de Auto Certificación para Entidades;

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➔Instituciones Financieras Norteamericanas:➔ Reporte Recíproco (Modelo 1a) - (números TIN extranjeros / Múltiples países,

etc.);

➔ Identificación de FFIs (Modelo 1 o 2 o PFF1 o DCFFI o NPFFI o NPFFI Modelo (lista nueva);

➔ Gran enfoque sobre los requerimientos de las USFIs en la identificación de pagos retenibles y la integración del capítulo 4(FATCA) con el capitulo 3 (QIs –Intermediarios Calificados)

➔Disposiciones Anti Abuso (ejemplos):➔ Se Reportaran Saldos Positivos de Tarjetas de Crédito(mayor de $50,000)

➔ Se Reportaran Cierres de Cuentas que ocurren a partir del 2013

➔ Evitar que la FFI Local reclame estatus de DCFFI mediante prácticas discriminatorias de apertura de cuentas.

Resumen de Cambios en la Regulación Final de FATCA

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• Ciudadanos o Residentes de los EE.UU. Que:– Viven en el Extranjero– Tienen Negocios en el Extranjero– Tienen Inversiones Pasivas o Activos en el Extranjero

• Asesores Legales o Financieros• Promocionadores• Bancos / Instituciones Financieras• Banqueros

Nuevo Enfoque del Gobierno EE.UU. Quienes Están Bajo la Lupa

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• Bancos y Instituciones Financieras– Penalidades Civiles y Criminales– Interrupción/Intervención del Negocio– Riesgo Reputacional– Enjuiciamiento Criminal

• Individuos / Asesores / Promotores– Multas / Penalidades Financieras– Enjuiciamiento Civil– Enjuiciamiento Criminal

Nuevo Enfoque del Gobierno EUA Riesgos

Institucionales y Individuales

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• OVDP - Formulario de Aplicación pide los datos de cada reunión y tema discutido con cada asesor y banquero durante los ultimo 8 años

• FATCA - Reportes empiezan a llegarles al IRS en el 2015

• Whistleblower(Alertador)- Ejemplo de Bradley Birkenfeld UBS (104MM de Dólares, 3 años de Prisión)

• Cooperación Acuerdos Globales (OECD/FATCA)

• Operaciones “Sting” Agentes del IRS

• Minería de Datos:

– E-Trak (IRS)– Medios Sociales / Facebook/ Linked-In

Nuevo Enfoque del Gobierno EE.UU. Herramientas

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• Indicadores FATCA– Documentos Oficiales (Pasaporte / Certificación W-9/Tarjeta Verde)– Lugar (EE.UU.) de nacimiento o incorporación– Domicilio en los EE.UU– Número Telefónico en los EE.UU.– Instrucciones frecuentes/repetidas de transferencia de fondos a los EE.UU.– Poderes asignados a persona en los EE.UU– Instrucciones de retener correo o enviarlo a un domicilio en los EE.UU.

• Transferencias / Recibos• Cierres de Cuenta con Reaperturas• Dificultad en Identificación de Beneficiarios

Nuevo Enfoque del Gobierno EUA Puntos de Alerta

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Desafíos

➔Fijación de Vigencias – Se debe empezar ya;

➔Clave Entender las Intenciones de sus Autoridades Locales

➔Con la Excepción de FFIs bajo el Modelo 1, hay que integrar los requerimientos locales con FATCA (Renuncias Cliente)

➔El Desarrollo de un Nuevo Enfoque en su Institución / Cultural / Entrenamiento sobre nuevos Riesgos y Alertas

➔Capítulo 4 del Código Fiscal – 544 páginas� Difícil de Entender

� También se tiene que entender Capitulo 3

� Se necesita un Equipo Multidisciplinario (Incluyendo Banqueros y Profesionales Expertos Fiscales

� Limitación de Recursos – Humanos y Financieros

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Ley Monetaria y Financiera (183-02), Artículo 56, Literal bSistema de Información de Riesgos, Secreto Bancario y CuentasAbandonadas.

b) Secreto Bancario. Además de las obligaciones de confidencialidad derivadas de las buenasprácticas y usos bancarios, las entidades de intermediación financiera tienen la obligación legal deguardar secreto sobre las captaciones que reciban del público en forma desagregada que revele laidentidad de la persona. Sólo podrán proporcionarse antecedentes personalizados sobre dichasoperaciones a su titular o a la persona que éste autorice expresamente por cualesquiera de los mediosfehacientes admitidos en Derecho. Lo dispuesto en este Artículo se entiende, sin perjuicio de lainformación que deba suministrarse en virtud de normas legales a la autoridad tributaria y a losórganos jurisdiccionales, o en cumplimiento de las disposiciones reguladoras de la prevención dellavado de activos. Las informaciones que deban suministrar las entidades sujetas a regulación, tanto ala Administración Tributaria como a los órganos encargados del cumplimiento de la prevención dellavado de activos y a los tribunales penales de la República, deberán ser hechas caso por caso porintermedio de la Superintendencia de Bancos, tanto en lo que respecta al recibo de la solicitud deinformación como para el envío de la misma y siempre y cuando se soliciten mediante elcumplimiento de los procedimientos legales en la sustanciación de asuntos que se ventilen en lajusticia. La obligación de secreto bancario no impedirá la remisión de la información que precisen laSuperintendencia de Bancos y el Banco Central, en la forma que reglamentariamente se determine. Laviolación del secreto bancario en los términos del presente Artículo será castigada conforme a lasdisposiciones de los Artículos 377 y 378 del Código Penal.

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- Por su calidad de Autoridad Monetaria Supervisora

- Porque el Secreto Bancario, sólo puede ser develado por vía de laSuperintendencia de Bancos (Art. 56 ,Literal b, Ley 183-02)

- Por el deber de prevenir cualquier perjuicio contra las Entidades deIntermediación Financieras y Cambiarias, que pueda afectar elposicionamiento de cualesquiera y esto afecte a sus ahorrantes

Por Qué la Superintendencia de Bancos

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- Reuniones con representantes del IRS

- Contactar a otras Autoridades de países vecinos y apreciar lo que están haciendo entorna al tema

- Mantenernos al tanto de las Resoluciones emitidas por el IRS

- Ponderar y Analizar posibles Procedimientos de Cumplimiento que no seancontrarios a nuestras Normas Legales y permita que las Operaciones Financieras yCambiarias fluyan con eficiencia.

- Coordinar el Grupo de Discusión Gubernamental y el Grupo Extendido al sectorprivado, que discute la estructuración de un Borrador de un Posible Acuerdo

Qué Ha Hecho la Superintendencia de Bancos

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Entendemos que lo ideal sería:

Modelo de Cumplimiento Europeo: Acuerdo Bilateral(Intergubernamental Modelo 1ª)

Acuerdo Previo:“Acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el

Gobierno de los Estados Unidos de América, Para el Intercambio de

Información Tributaria” (Res.64-89, Gaceta Oficial No.9768 del 30 de

Septiembre de 1989

Cuál puede ser la Solución?

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Cumplimiento de FATCA

-Ley Extranjera: Razones de Dependencia

-Condición de Ciudadanos/Residentes Norteamericanos:

•Condición de Doble Ciudadanía

-Secreto Bancario

-Solución Posible

CONCLUSIÓN

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Qué Debemos Hacer…???

• Estar pendientes de las fechas señaladas y la necesidad de estar preparado.

• Manténgase informado y atento a cualquier nueva Guía acerca de FATCA.

• Determine si FATCA será aplicable a su Entidad o Empresa.

� Determine si tiene Cuentas en Estados Unidos� Determine si continuará manteniendo/abriendo Cuentas en Estados

Unidos.� Determine si tiene los sistemas para conducir la Diligencia Debida

requerida por FATCA.� Desarrollar políticas, procedimientos y sistemas para cumplir con FATCA.

CONCLUSIÓN

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• Comience a entrenar las personas apropiadas.

• Determine cómo cumplirá con FATCA : El reporte de sus Clientes y el manejo de las Cuentas Estadounidenses.

• Hable con un abogado de su país de origen acerca de las implicaciones de FATCA y en particular como puede revelar la información del cliente que aplique.

CONCLUSIÓN

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• Tomar las medidas pertinentes a los fines de verificar clientes con Doble Nacionalidad (EUA/Otra cualquiera)

• Para las Entidades Bancarias, no tomar ningún tipo de decisión sin consultar a su Órgano Regulador/Supervisor

CONCLUSIÓN

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Aprovechar FATCA Para su Propio Beneficio

• Mejorar la Política de Conocer a sus Clientes. Esto ayudará a mantener a los Clientes y desarrollar o ampliar la gama de negocios que puedan hacer

• Mejorar la transparencia y esto será muy bien visto por todos (Clientes, Bancos Corresponsales, Supervisores, Calificadoras de Riesgos)

• Disminuir sus Riesgos

CONCLUSIÓN