Upload
bryans-trebol
View
217
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
7/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
1/13
Leccin 4 Los Organismos y Entidades adscritas
Superintendencias
Si de los ministerios y departamentos administrativos puede decirse que son el ncleo administrativo de
la rama ejecutiva misma, la situacin de las superintendencias es bastante diferente por razn tanto de
sus funciones como de su forma de organizacin.[1]
n la actualidad e!isten las siguientes superintendencias"
Superintendencia de #otariado y $egistro
Superintendencia %inanciera, que es la fusin de las conocidas como"
Superintendencia &ancaria
Superintendencia de 'alores
Superintendencia del Subsidio familiar
Superintendencia #acional de Salud
Superintendencia de (ndustria y )omercio
Superintendencia de Sociedades
Superintendencia de *uertos y +ransporte
Superintendencia de 'igilancia y Seguridad *rivada
Superintendencia de Servicio *blicos y omiciliarios
Superintendencia de la conom-a solidaria
Estructura de las superintendencias
l art-culo de la /ey 02 de 122 define a las Superintendencias como organismos creados por la ley,
con autonom-a financiera y administrativa, cuya funcin es la inspeccin y vigilancia atribuidas por la ley
y mediante la delegacin del *residente de la $epblica. Se encuentran superintendencias con y sin
personer-a jur-dica, las primeras consideradas organismos y las segundas entidades, pero ambas con
adscritas a un ministerio.
e acuerdo con el art-culo 3 de la misma /ey, se estipula que las superintendencias pueden no poseer
personer-a jur-dica y en el caso de que formen parte del sector descentralizado, se rigen conforme al
r4gimen jur-dico de los establecimientos pblicos. Segn lo establecido en el art-culo de la /ey 02
de 122, la direccin de las superintendecias esta a cargo de un superintendente.
Funciones de la superintendencias
http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_4_los_organismos_y_entidades_adscritas.html#_ftn1http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_4_los_organismos_y_entidades_adscritas.html#_ftn17/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
2/13
/as funciones de cada superintendencia dependen de normas respectivas de creacin o de
reorganizacin, y est5n relacionadas con el nombre de cada superintendencia, en materia de
inspeccin, vigilancia y control sectorial delegadas reglamentariamente de la funcin presidencial
correspondiente.
n algunos casos las superintendecias ejercen las funciones delegadas pero que pertenecen al*residente de la $epblica y otras veces aquellas que la ley les otorgue.
*or ejemplo, son funciones propias del *residente de la $epublica las de la Superintendecia &ancaria,
que ejerce inspeccin sobre los bancos y establecimientos de cr4dito6 o de la Superintendencia de
Sociedades, que ejerce inspeccin sobre las sociedades mercantiles o la Superintendecia de (ndustria y
)omercio, que concede la patente de privilegio temporal a los autores de invenciones o
perfeccionamientos tiles.
Unidades Administrativas Especiales
/os art-culos 7 y 8 de la /ey 0292 definen que las unidades administrativas especiales, al igual quelas superintendencias, son entidades descentralizadas, con autonom-a administrativa y patrimonial, las
cuales se sujetan al r4gimen jur-dico contenido en la ley que las crea y en lo no previsto por ella al de los
establecimientos pblicos.
Son organismos creados por la ley para desarrollar y ejecutar programas propios de un ministerio o de
un departamento administrativo. :l igual que las superintendencias las unidades administrativas
especiales, pueden tener personer-a jur-dica o carecer de ella. )uando no poseen personer-a jur-dica
;acen parte del sector central, mientras que si poseen personer-a jur-dica pertenecen a las entidades
descentralizadas.
Son ejemplos de unidades administrativas especiales"
/a ireccin de (mpuestos y :duanas #acionales ilitar #ueva ?ranada
/a ireccin #acional de stupefacientes
7/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
3/13
/a /ey 02 de 122 tampoco dispuso las funciones generales para las unidades administrativas
especiales, las funciones de cada una de ellas ser5 las consagradas en las respectivas normas de
creacin o reorganizacin. Sin embargo corresponden a las que en principio son responsabilidad de un
ministerio pero por su car5cter t4cnico y espec-fico no pueden mezclarse con las dem5s funciones
administrativas del mismo.
Establecimientos pblicos
/os establecimientos pblicos, junto con las superintendencias y las unidades administrativas especiales
con personer-a jur-dica, son llamados las entidades adscritas por cuanto son sujetos de control de tutela
fuerte por parte del ministerio del ramo correspondiente, adem5s de ser conocidas como e!clusivamente
de derec;o pblico.
*or otra parte los establecimientos pblicos, junto con las empresas industriales y comerciales del
estado, las sociedades de econom-a mi!ta y las dem5s entidades nacionales con personer-a jur-dica,
conforman el grupo de las llamadas entidades descentralizadas o sector descentralizado.
Su actividad consta de atender funciones administrativas, estatales o pblicas ejercidas privativamente
por el gobierno. *ara el caso colombiano, los establecimientos pblicos no solo ejercen funciones
administrativas, sino que tambi4n pueden eventualmente tener a su cargo, la prestacin servicios
pblicos6 actividad 4sta que constituy, de otra parte, su razn de e!istencia inicialmente[8].
: veces puede ser conveniente que el establecimiento pblico desarrolle, adem5s de su objeto principal
constituido por una funcin administrativa o un servicio pblico administrativo, actividades de -ndole
variada6 por ejemplo, de car5cter social o cultural. *or ese motivo, la ley prev4 que la funcin
administrativa es la actividad principal del establecimiento pblico6 preponderante, pero no e!clusiva[3].
Segn lo estipulado en el art-culo 7A de la /ey 02 de 122, los establecimientos pblicos, son
organismos encargados principalmente de atender funciones administrativas y de prestar servicio
pblico conforme a las reglas del derec;o pblico, que rene las siguientes caracter-sticas" personer-a
jur-dica, autonom-a administrativa, presupuestal y financiera, y patrimonio propio o independiente,
constituido con bienes o fondos pblicos comunes6 el producto de impuestos, rentas contractuales,
ingresos propios, tasa o contribuciones de destinacin especial, en los casos autorizados por la
)onstitucin y en las disposiciones legales pertinentes.
jemplos de establecimientos pblicos"
(nstituto #acional *enitenciario y )arcelario ilitar )entral
(nstituto )olombiano para el esarrollo $ural
7/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
4/13
scuela Superior de :dministracin *blica
7/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
5/13
Segn las normas establecidas para cada uno de los establecimientos pblicos y el art-culo 7 de la /ey
02 de 122 el gerente, director o presidente, es el representante legal del establecimiento pblico y le
corresponden las siguientes funciones"
aH )elebrar en nombre de la entidad los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus
objetivos, representarla judicial y e!trajudicialmente y nombrar los apoderados especiales quedemande la mejor defensa de los intereses de la entidad.
bH irigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecucin de las funciones y programas de la organizacin y de
su personal.
cH $endir informes generales, peridicos y particulares al *residente de la $epublica, al ministro o al
director del departamento administrativo respectivamente adscrito, sobre las actividades
desarrolladas y logros alcanzados.
dH +odas aquellas funciones que se relacionen con la organizacin y funcionamiento de la entidad y su
sector y que no se ;allen e!presamente atribuidas a otra autoridad.
Los conseos superiores de la administracin
Son rganos de asesor-a que bajo esta denominacin obtienen su e!istencia dentro de algunos
ministerios o est5n adscritos a ellos. Son los encargados de asesorar al ministro en la formulacin,
coordinacin y ejecucin, de la pol-tica o planes de accin.
*ueden llegar a tener funciones decisorias sobre asuntos espec-ficos. n su composicin y
funcionamiento se busca una cooperacin entre los sectores pblicos y privados. Son presidios por el
ministro o director del departamento administrativo del ramo. *ueden formar parte de ellos el
viceministro, el secretario general y los gerentes o directores de las entidades adscritas o vinculadas al
ministerio o departamento administrativo.
Las comisiones intersectoriales
Segn el art-culo 0@ de la /ey 02 de 122 el gobierno nacional puede crear comisiones intersectoriales
para la coordinacin y orientacin de ciertas funciones y servicios pblicos, cuando est4n a cargo de dos
o m5s ministerios, departamentos administrativos o entidades descentralizadas.
stas comisiones ser5n integradas por los ministros, directores de departamentos administrativos,
superintendentes y representantes legales de organismos y entidades que tengan a su cargo las
funciones y actividades en referencia.
#onseo de ministros
sta conformado por todos los ministros del despac;o y es convocado por el *residente de la
$epblica. Solo por convocatoria e!presa podr5n asistir los directores de departamentos administrativos
o dem5s funcionarios o particulares que considere el *residente. ste )onsejo tiene funciones de tipo
consultivo, de asesoramiento y decisorias en los aspectos que la ley determine.
7/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
6/13
[1]fra-n ?mez )rdoba. #uevo derec;o :dministrativo )olombiano ?eneral y special. ditorial &iblioteca Fur-dica(J. *? 87
[8]Klvaro +afur ?alvis. /a ntidades escentralizadas. 120, *? 1A2
[3]Klvaro +afur ?alvis. /a ntidades escentralizadas. 120, *? 11A
Leccin $ Las Entidades vinculadas
Empresas industriales y comerciales del Estado
/as entidades vinculadas, a diferencia de las adscritas, tienen menor control de tutela por cuanto el
stado, les debe facilitar la actuacin en igualdad de condiciones frente las organizaciones privadas6 y
por tal motivo se les considera de derec;o privado. *or lo tanto, las entidades vinculadas son las
denominadas empresas del stado que desarrollan actividades productivas, industriales o comerciales
de bienes o servicios operados por el stado en virtud del inter4s general o sobre una econom-a de
car5cter pblico como puede ser la e!ploracin y e!plotacin de los recursos naturales del pa-s.
e acuerdo con las definiciones legales, las empresas del stado desarrollan actividades de naturaleza
industrial o comercial, es decir, actividades similares a aquellas que de ordinario ejercen los particulares.
:s- mismo las empresas pblicas, significan un importante mecanismo de intervencin en la econom-a,mediante el cual el stado tiende a garantizar la produccin de bienes o prestacin de servicios
indispensables para un adecuado desarrollo social, o la estabilidad de los precios y abastecimientos
dentro de un mercado concurrente[1].
l art-culo @ de la /ey 02 de 122 dice que las empresas industriales y comerciales del stado
7/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
7/13
(mprenta #acional
&anco :grario de )olombia
Estructura y funciones de las E%#E
/as empresas desarrollan funciones que no son tradicionalmente propias del stado sino propias de losparticulares. /as actividades de industria y comercio ejercen un 5nimo de lucro, entendido no como el
lucro individual personal, sino un lucro que intenta obtener utilidades para el beneficio de la misma
empresa e indirectamente para el gobierno.
: pesar de su autonom-a y el manejo de sus recursos, estas empresas est5n sujetas a un control de
tutela por parte del poder central aunque es menos fuerte que el control al que est5n sometidas las
entidades adscritas.
*or otra parte, las () est5n sometidas a las reglas del derec;o privado, salvo las e!cepciones que
consagra la ley. n materia laboral sus empleados tienen la calidad de empleados oficiales que se
asemejan en cierta forma a trabajadores particulares, que est5n vinculados mediante un contrato detrabajo y pueden celebrar convenciones colectivas y sus litigios est5n sometidos a la jurisdiccin laboral
ordinaria.
n cuarto lugar, el art-culo 23 de la /ey 02 de122 dispone que los contratos que celebren estas
empresas se sujetan a las disposiciones del statuto ?eneral de )ontratacin de las entidades estatales
en actividades ajenas a su desempeIo comercial.
e acuerdo con lo estipulado en el art-culo de la /ey 02 de 122, la direccin y administracin de
las empresas industriales y comerciales del stado esta a cargo de una junta directiva y de un gerente o
presidente. Sus funciones son diferentes de las desempeIadas por los establecimientos pblicos, pues
son establecidas en sus propios estatutos, pues desde su creacin se busca asimilarlas al de una
empresa particular. n cuanto a la autonom-a administrativa y financiera las empresas deben ceIirse a
la ley o norma que las cre o las autoriz y a sus estatutos internos.
Su Funta irectiva acta como un cuerpo colegiado, cuyos deberes de sus miembros, in;abilidades e
incompatibilidades se rigen por las decisiones aplicables a los establecimientos pblicos. /os delegados
de organizaciones privadas en juntas directivas de las empresas no podr5n ocupar cargos de direccin
en empresas privadas que desarrollen actividades similares a la de la empresa ante la cual actan.
Sus funciones son formular la pol-tica general de la empresa, su plan del desarrollo administrativo,
planes y programas6 propone al gobierno nacional las modificaciones a la estructura org5nica queconsideren pertinentes6 adoptar los estatutos internos de la entidad, aprobar el proyecto de presupuesto
y controlar el funcionamiento general de la organizacin y verificar su conformidad con la pol-tica
adoptada.
Segn el art-culo 28 de la citada ley, el ?erente o *residente es el representante legal de la empresa
industrial o comercial del stado, quien la representa como persona jur-dica, pero es al mismo tiempo
7/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
8/13
agente del *residente de la $epblica y es de su libre nombramiento y remocin conforme al art-culo 21
de la misma ley.
Sociedades de econom&a mi'ta
l stado moderno ;a tra-do consigo la ampliacin del que;acer pblico. entro de una concepcin enla cual e imperativo no solo es que el stado deje de ;acer, sino esencialmente, que ayude a ;acer, este
tambi4n ;a ido asumiendo actividades, ;asta 4pocas recientes, e!clusivas de los particulares y ;an
surgido frmulas y formas de actuacin adaptadas a las nuevas necesidades[8].
#o tanto la participacin econmica reviste el car5cter de sociedad de econom-a mi!ta. *ara esto es
necesario que la participacin estatal rena ciertas condiciones. :s- mismo en la medida en que se
adopten medidas de econom-a mi!ta, aparecer5 la concurrencia del capital estatal y del privado.
/a proliferacin de las sociedades de econom-a mi!ta < en los ltimos aIos a sido notable,
especialmente las constituidas por los recursos readecuados como consecuencia de las contribuciones
parafiscales. sta situacin a ;ec;o evidente la ausencia de una reglamentacin que se ocupe deregular y propiciar la participacin en la igualdad de condiciones de las sociedades comerciales de
personas privadas y las de este tipo[3].
l art-culo 27 de la /ey 02 de 122 define a las S> como organizaciones autorizadas por la ley,
constituidas bajo la forma de sociedades comerciales con aportes estatales y de capital privado, que
desarrollan actividades de tipo industrial o comercial, supeditado a las reglas del derec;o privado.
jemplos de sociedades de econom-a mi!ta"
/a *revisora S.:.
:rtesan-as de )olombia S.:.
%inanciera del esarrollo +erritorial ,
aquellas sociedades en donde el aporte estatal no sea inferior al @AL del total del capital social
efectivamente pagado.
/a constitucin de una S> implica la e!istencia de una :samblea de :ccionistas o Funta de Socios, de
una Funta o de un )onsejo irectivo y de representantes legales que son denominados gerentes opresidentes designados, de acuerdo con sus estatutos.
/os elementos que caracterizan a las S> son la autorizacin legal y creacin contractual Gdebe ser
autorizada por la leyH6 atribucin de funciones industriales o comerciales Gcon la participacin de varios
sociosH6 propia personer-a jur-dica6 autonom-a administrativa, presupuestal y financiera6 capital pblico y
privado6 y control por parte del gobierno nacional Gsujetos a cierto control por parte del sector centralH.
http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_5_las_entidades_vinculadas.html#_ftn2http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_5_las_entidades_vinculadas.html#_ftn2http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_5_las_entidades_vinculadas.html#_ftn3http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_5_las_entidades_vinculadas.html#_ftn2http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_5_las_entidades_vinculadas.html#_ftn37/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
9/13
:un cuando gozan de la aplicacin del derec;o privado, ya que se asemejan a las personas jur-dicas
privadas6 en algunas e!cepciones cuando interviene el derec;o pblico, los conflictos ser5n
competencia de la jurisdiccin contencioso< administrativa.
n materia laboral, cuando en las S> la participacin estatal es igual o superior al @AL y menor del
2AL del capital social, los empleados tienen la calidad de trabajadores oficiales sometidos a la mezcladel derec;o laboral sustantivo y al derec;o laboral comn. *ero cuando la participacin estatal sea
superior al 2AL del capital social, la mayor-a de los empleados ser5n trabajadores oficiales sometidos
por tanto al derec;o pblico y a la jurisdiccin contencioso generalmente desarrollan funciones de la misma naturaleza de las empresas industriales y
comerciales del stado Gfunciones propias de los particularesH con 5nimo de lucro, aunque tambi4n
puede ejercer e!cepcionalmente funciones administrativas cuando la ley se las confiere.
/as funciones correspondientes est5n consignadas en la norma legal de creacin o de autorizacin y en
la escritura pblica de la constitucin. /as funciones de la junta y gerente deben ser consultadas en el
cdigo de comercio y las funciones espec-ficas en los estatutos respectivos.
/as funciones de la Funta o :samblea de accionistas son principalmente"
aH studiar y aprobar las reformas de los estatutos
bH !aminar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deban rendir los
administradores
cH isponer de las utilidades sociales conforme al contrato y a las leyes
dH Dacer las elecciones que corresponda, segn los estatutos o las leyes
eH )onsiderar los informes de los administradores o del representante legal sobre el estatuto de los
negocios sociales y el informe del revisor fiscal
fH :doptar todas las medidas que reclamen el cumplimiento de los estatutos y el inter4s comn de los
asociados
gH )onstituir las reservas ocasionales
;H /as dem5s que seIalen los estatutos o las leyes
Empresas oficiales de servicios pblicos
Segn el art-culo 0 de la /ey 02 de 122, las empresas oficiales de servicios pblicos domiciliarios y
las entidades pblicas que tienen por objeto la prestacin de los mismos, se sujetar5n adem5s a la /ey
108 de 1220, ley que regula la prestacin de los servicios pblicos domiciliarios en )olombia. #oobstante en su organizacin y funcionamiento se asemejan a las () conforme a lo estudiado
anteriormente.
Empresas sociales del Estado
Son empresas creadas por la #acin o por las entidades territoriales para la prestacin en forma directa
de servicios de salud, y que se rigen por la /ey 1AA de 1223, ley del sistema nacional de seguridad
7/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
10/13
social en salud6 la /ey 300 de 122, por la cual se dictan medidas tendientes a racionalizar y disminuir el
gasto pblico y en la /ey 02 de 122, asimiladas a las S> en los aspectos no regulados por las leyes
anteriores y a las normas que las complementen, sustituyan o condicionen.
Estructura y funciones de las ESE
/as empresas sociales del stado, conocidas anteriormente como ;ospitales pblicos, reestructuraron
sus respectivas plantas del personal para cambiar y fle!ibilizar el sistema de contratacin y as- mejorar
su gestin para finalmente garantizar su sostenibilidad.
*ara el logro estas transformaciones, el gobierno nacional ;a venido implementando planes de
fortalecimiento institucional ;acia la red pblica de servicios de salud, cofinanciados con las entidades
territoriales y con los dem5s ;ospitales de niveles superiores para mejorar no solo los servicios de
promocin sino los de prevencin, proteccin y recuperacin de la salud de manera integral, en todo el
territorio nacional.
l >inisterio de Salud y los entes territoriales se encargan de ofrecer asistencia t4cnica, capacitacin yapoyo financiero necesario mediante cr4ditos, para la adecuacin de las plantas de personal requeridas
segn el nivel de complejidad y de las posibilidades de cada regin.
l )onsejo #acional de Seguridad Social en Salud, tiene la potestad para definir el porcentaje m-nimo y
las condiciones de la contratacin entre las :$S y las (*S y el gobierno nacional tiene la funcin de
reglamentar la composicin, calidades y cualidades de los componentes de las Funtas irectivas de las
S. :s- mismo, las S pueden recibir transferencias directas de la #acin o de las entidades
territoriales.
/as entidades territoriales podr5n pactar con las S la realizacin de reembolsos, contraprestacin de
servicios y de un sistema de anticipos, siempre que estos ltimos se refieran a metas espec-ficas de
atencin.
[1]Klvaro +afur ?alvis. /as ntidades escentralizadas.120, *? 101.
[8]Klvaro +afur ?alvis. /as ntidades escentralizadas. 120 *? 11
[3]$4gimen legal de la :dministracin *blica /?(S aIo 8AAA
QU SON LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES?
Conforme a los artculos 67 y 82 de la Ley 489 de 1998 las unidadesadministrativas especiales son organismos creados por la ley, con la autonomaadministrativa y nanciera ue ella les se!ale, ue cumplen funcionesadministrativas para desarrollar o e"ecutar programas propios de un ministerio
http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_5_las_entidades_vinculadas.html#_ftnref1http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_5_las_entidades_vinculadas.html#_ftnref2http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_5_las_entidades_vinculadas.html#_ftnref3http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_5_las_entidades_vinculadas.html#_ftnref1http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_5_las_entidades_vinculadas.html#_ftnref2http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109107/Contenido_en_linea/leccin_5_las_entidades_vinculadas.html#_ftnref37/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
11/13
o departamento administrativo# $l igual ue las superintendencias, puedentener o no personera "urdica# %n caso de no tener &ar'n parte del sectorcentral, mientras ue si la tienen ser'n entidades descentrali(adas, su"etas alr)gimen contenido en la ley ue las crea y, en lo no previsto en ella, al de losesta*lecimientos p+*licos# %"# -$., /nidad $dministrativa %special de
$eron'utica Civil, Contadura 0eneral de la .acin### 3u) son rganos5inculados y cu'les son
on las empresas industriales y comerciales del estado, adem's de lassociedades de economa mita, y las ue al momento de su creacin as lodetermine la Ley o el ecreto# ienen ciertas caractersticas ue sonfundamentales al momento de su creacin como es tener personera "urdica,autonoma presupuestal y administrativa y capital independiente#
:;0$.-1998 $rt# ?8 y @A#
uperintendencias#%sta*lecimientos p+*licos#/nidades administrativas especiales# :;0$.-
7/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
12/13
creacin#
4# Las entidades vinculadas son descentrali(adas, las entidades adscritas soncreadas para me"or prestacin de servicios, mediante el fenmeno dedesconcentracin#
@# Los organismos y entidades adscritos o vinculados a un
7/24/2019 Los Organismos y Entidades Adscritas en Colombia
13/13
(. Los ministerios
%. Los departamentos administrativos
&rganismos adscritos!1. Las superintendencias
(. establecimientos pblicos
%. las unidades administrativas especiales sin personer)a jur)dica4. los dem*s organismos y entidades en cuyo acto de creacin se determinare
+ue est*n adscritos a un ministerio o departamento administrativo.
&rganismos vinculados!1. Las empresas industriales y comerciales del Estado
(. las sociedades de econom)a mi,ta
%. los dem*s organismos y entidades en cuyo acto de creacin se determinare
+ue est*n vinculados a un ministerio o departamento administrativo.
4. entidades y organismos de r-gimen o car*cter especial.
. el banco de la republica.
/. los entes universitarios autnomos.
0. las corporaciones autnomas regionales.
8. la comisin nacional de televisin.
9. los dem*s organismos y entidades con r-gimen especial otorgado por la
constitucin pol)tica para los cuales se sujetan a las disposiciones +ue para
ellos establezcan las respectivas leyes.
B. ADMINISTRACIN PBLICA TERRITORIAL
&rganismos principales!1.gobernaciones y alcald)as(.secretarias de despaco%.departamentos administrativos
organismos adscritos!1.los +ue la ley las ordenanzas o los acuerdos determinen +ue tienen esacalidad.
&rganismos vinculados!1.los +ue la ley las ordenanzas o los acuerdos determinen +ue tienen esta
calidad.
Las asambleas departamentales y los consejos distritales y municipalesson corporaciones administrativas de eleccin popular+ue cumplen las
funciones +ue les se2alan la 3onstitucin ol)tica y la ley.