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M. en Arq. Manuel Fermín Villar Rubio - derecho.uaslp.mx THEMIS/Nueva época/Número 7... · Universidad Autónoma de San Luis Potosí, con domicilio en Avenida Cuauhtémoc No. 170,

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M. en Arq. Manuel Fermín Villar RubioRector

Arq. Anuar Abraham Kasis AriceagaSecretario General

M.D. José Abraham Oliva MuñozDirector

Lic. Martín Joel González de AndaSecretario General

Lic. José Martín Gaytán RomeroSecretario Académico

COORDINADOR EDITORIAL:Mtro. Francisco Meza García

APOYO TÉCNICO:Mtro. Edmundo Riojas Cantú y Lic. José Juan Aguilar Esparza.

COMITÉ EDITORIAL:Erika Yazmín López Amaro, Fernanda López Serna, Ángel Paredes Zamarripa, Alejandro Castro López de Lara, Perla Gutiérrez, Cristian Said Salas Sánchez, Diego Peralta Medina, Cristian Ra-mírez, Idalia Guerrero, Luz González, Mario Ontiveros N.

COLABORADORES: Augusto Ho, Carlos Eduardo Medina Guerrero, Antonio Gerling García, Eduardo Guardiôla Magaña, Agustín Gutiérrez Chiñas, Guillermo Luévano Bustamante, Isidro de los Santos Olivo, José H. Cortés Becerril, Alejandra Morán Espinosa, Álvaro Andrade Cejas, Ernesto Ibarra Sánchez, Sergio Tayabas C, Elvira Meza G.

Dirección de Imagen y Promoción InstitucionalLDG. Yanina Huguette Herrera Olavid.

Diseño editorial y portadaLDG. Karla Blanco Esqueda.

IMPRESIÓN Y ENCUADERNACIÓN: Talleres Gráficos de la UASLP

Recepción de colaboraciones: correo electrónico: [email protected]: Themis Uaslp Nueva Epoca

THEMIS, es una revista de publicación trimestral, editada por la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, con domicilio en Avenida Cuauhtémoc No. 170, Col. Moderna, San Luis Potosí, S.L.P. Los artículos y comentarios aquí expuestos son única y exclusivamente responsabilidad de sus autores, puesto que solo hacen ejercicio de su libertad de expresión.

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DOSSIER: DERECHO EINFORMÁTICA|

La Plataforma Nacional de Transparencia. Por Carlos Eduardo Medina Guerrero | 25

La Informática Forense. Por el Ing. José Héctor Cortés Becerril | 28

Brecha digital, norma jurídica y ciberde-litos. Por la Lic. Alejandra Morán Espi-nosa | 30

Formando juristas para la Era Digital. Por Ernesto Ibarra Sánchez| 33

LEYES RIDÍCULAS |

Leyes ridículas. Por Fernanda López Serna | 37

EL ABC DEL DERECHO |

El abc del Derecho. Alejandro Castro López de Lara | 38

DIRECTORIO | 02 MEMORIA: SEMANA DE EL COLEGIO NACIONAL EN SAN LUIS POTOSÍ |

Memoria: Semana de El Colegio Nacio-nal en San Luis Potosí. Por la redacción | 39

Francisco I. Madero y el Plan de San Luis, por el Doctor Javier Garciadiego. Por Diego Peralta Medina | 40

Conferencia magistral: “Francisco I. Ma-dero y El Plan de San Luis”. Por Cristian Said Salas Sánchez | 42

JUAN VILLORO DE VISITA EN LA UASLP: SOBRE LÓPEZ VE-LARDE Y ESCRIBIR EN LOS TIEMPOS DEL CÓLERA |

Juan Villoro: Escribir en los tiempos del cólera. Por Diego Peralta Medina | 43

López Velarde presentado por Juan Villo-ro. Por Cristian Said Salas Sánchez | 47

EDITORIAL |

Mtro. Abraham Oliva Muñoz,Director | 04

CRITERIO |

La FIADI, una gran familia Iberoame-ricana. Por el Dr. Guillermo Luévano Bustamante | 05

IUS AD HOC |

Una breve mirada jurídica a la fractura-ción hidráulica. Por el licenciado An-tonio Gerling García | 06

El Ministerio Público en el nuevo Sistema de Justicia Penal. Por Eduardo Guar-diôla Magaña | 09

Breve análisis sobre el Derecho Medieval. Por Erika Yazmín López Amaro | 11

Servicios de calidad en bibliotecas y centros de información documental de la ciencia jurídica. Por el Dr. Agustín Gutiérrez Chiñas y el Dr. Guillermo Luévano Bustamante. | 14

La Centenaria Constitución de Queréta-ro. Circunspecciones entre la Novedad y la Revisión Constitucional. Por Isidro de los Santos Olivo | 18

CONTENIDO

Revista THEMIS | No. 7 | Vol. 2 | Agosto de 2017

El universo de circunstancias y contin-gencias en la filosofía de José Ortega y Gasset. Por el Mtro. Edmundo Riojas Cantú | 22

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EDITORIAL

Siempre es un gran gusto darle la bienvenida a una edición más de la revista THEMIS, órgano de difusión y divulgación de la Facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija”. De igual manera, es digno de resaltar que el presente número se enmarque dentro del XXI Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, que por vez primera recibe la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

El Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, realizado en países como España y Colombia, representa el arduo trabajo de más tres décadas que llevaron a consolidarlo como una de las plataformas imprescindibles para el encuentro de los especialistas del derecho informático, tanto de Latinoamérica como de Europa.

El binomio compuesto por la Informática y el Derecho es un tema de latente ac-tualidad que responde a los procesos globales por los que estamos atravesando. Ante tal escenario caracterizado por las continuas transformaciones, el Derecho y su enseñanza tienen el principal cometido de responder con las propuestas de mayor pertinencia posible. Atendiendo dicha preocupación, las jornadas del congreso construyen un diálogo multidisciplinario y crítico en el que surgen los más detallados análisis sobre el presente y devenir del derecho informático.

Por estos motivos, recibir al XXI Congreso Iberoamericano de Derecho e Informá-tica, equivale a reafirmar dos de los ejes rectores de la Facultad de Derecho y de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí: por un lado la actualización y por el otro ser partícipes en los principales foros internacionales sobre la discusión de las ideas concernientes al derecho.

Por último, celebro la suma de voluntades con la Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho Informático para llevar a cabo los mencionados traba-jos en la Facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija”, guardando la seguridad de que este tipo de esfuerzos son en beneficio de la comunidad estu-diantil, al enriquecer de gran manera el acervo de las ideas y practicas referidas al derecho informático.

Atentamente“Ad Justitiam Per Jus”M.D. José Abraham Oliva Muñoz.

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THEMIS | CRITERIOCRITERIO

Augusto Ho, Presidente de la FIADI.

La FIADI, una gran familiaIberoamericana.

La Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho e Informá-tica (FIADI) data de 1984 y convoca a estudiosos, académicos y profesiona-les de diferentes nacionalidades, ge-neraciones y especialidades jurídicas; aun así, todos con un denominador común: el derecho de las tecnologías. Desde entonces ha celebrado eventos académicos por casi todo Iberoamé-rica donde se debaten temas relacio-nados al Derecho y la Informática, hoy día ampliado ese espectro a las Tecno-logías de la Información y la Comuni-cación (TIC). Anualmente celebramos un Congreso Iberoamericano y ya han sido nuestros anfitriones Repú-blica Dominicana, Guatemala, Cuba, Argentina, Uruguay, México, Chile, Costa Rica, Panamá, España, Ecuador, Perú, Bolivia y Colombia. Este año, en ocasión de celebrarse la versión XXI de éste prestigioso evento académi-co, los hermanos mexicanos se visten nuevamente de gala para recibirnos en la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, templo del conocimiento científico que nos concentrará del 17 al 20 de octubre para debatir y actua-lizarnos con un variado eje temático: protección de datos y acceso a la in-formación, delitos informáticos, go-bernanza de internet, comercio elec-trónico, mediación en línea y gobierno electrónico, entre otros.En cada uno de sus eventos la FIADI siempre se ha caracterizado por ve-lar con ojo celoso el nivel académi-co; en esta ocasión, no será distinto.

Conjuntamente con la UASLP hemos seleccionado un prestigioso Comité Académico del congreso, con la ta-rea de calificar y cotejar las ponencias presentadas que aspiran a ser defen-didas ante el público asistente al cita-do congreso.FIADI se ha caracterizado además por un alto grado de camaradería, her-mandad y legítimo apoyo entre sus miembros. Solo hay cabida para la integración, el compañerismo y las ideas fructíferas. Pocos han sido los gremios de esta naturaleza que han sobrevivido tanto tiempo. El aporte renovado, legítimas amistades, respe-to y afecto entres los miembros, han hecho de la federación lo que es hoy: una gran familia iberoamericana, y tal como sucede en una familia, nos apoyamos, nos solidarizamos, nos res-petamos y nos queremos. Día a día trabajamos para reinventarnos, cons-tantemente se suman a nuestra fede-ración miembros jóvenes y talentosos, ansiosos de aportar y aprender; para

ellos, sepan que tenemos las puertas abiertas. La sangre nueva siempre es bien recibida.No podemos pasar por alto el honor y la cortesía que nos dedica en esta oca-sión la revista THEMIS, publicación de la UASLP, que nos dedica una edición completa para que usted, amigo lec-tor, conozca un poco más de nuestro gremio y de nuestra próxima actividad en esa prestigiosa casa de estudios. Para todo el equipo que hace reali-dad esta publicación, nuestro eterno agradecimiento. Sepan que tienen en cada uno de nuestros miembros a un profesional comprometido y dis-puesto a colaborar con su ardua tarea. Conscientes que la coordinación y pu-blicación de esta naturaleza no es em-presa fácil, nuestro reconocimiento y respeto. Más gracias.Les invitamos a unirse a nosotros en la Universidad Autónoma de San Luis Potosí del 17 al 20 de octubre del presente, para que conozcas y vivas la experiencia FIADI.

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THEMIS | IUS AD HOC

1.1. Buscando una posibledefinición.La fracturación hidráulica también lla-mada fracking (es así como más frecuen-temente se le llama), es una técnica de extracción de petróleo en la que se in-yecta agua a altísima presión con arena y con una serie de agentes químicos que sirven para fluidificar el petróleo o el gas, contenido en rocas1. Este tipo de petró-leo es conocido como convencional2. La técnica consiste en la perforación de un pozo vertical en el cual, una vez alcan-zada la profundidad deseada, se gira el taladro 90° en sentido horizontal y se continúa perforando entre 1000 y 3000

Una breve mirada jurídica a lafracturación hidráulica.

IUS AD HOC

m de longitud; posteriormente se inyec-ta agua con arena y productos químicos en el área, con el objetivo de disolver la roca y extender las fisuras presentes en el subsuelo, para poder obtener el gas o el petróleo buscados3.La cantidad de químicos utilizados puede variar según la fuente, según su discurso se posicione de manera favorable o no a la fracturación; pero varios son muy tóxicos4 y canceríge-nos como el metanol, el benceno, el tolueno, el etilbenceno y el xileno, los últimos cuatro forman parte del acró-nimo BTEX y son sustancias químicas que contienen carbono, y que se en-

cuentran en los derivados del petró-leo, tales como la gasolina y dañan el sistema nervioso central5. Además de que el agua destinada al fracking que-da atrapada en el subsuelo o regresa a la superficie, quedando la misma inuti-lizable para otras actividades debido a su alto grado de contaminación. Al regresar junto al gas y los químicos a través de la tubería, el líquido de retor-no arrastra frecuentemente sustancias peligrosas, incluso radioactivas. Existe el problema de que, una vez en las aguas residuales, éstas se evaporen y generen lluvia ácida6. Esto pone en mayor ries-go la viabilidad del derecho humano al agua, establecido en el artículo 4° de la Constitución Mexicana (así como a un medio ambiente sano, a la salud y a la ali-mentación, entre otros7), e incluso la vida.Además, una grave contaminación acústica es generada por la explota-ción, simplemente como resultado de las operaciones diarias, como el uso de las bombas para inyectar el agua o el paso de camiones y transportes, etc.8

1.2. Impacto en México.En México esta forma de explotación de hidrocarburos no convencionales entró en vigor el 11 de agosto de 2014, luego de que el presidente Enrique Peña Nieto promulgara las leyes secun-darias en materia energética9. Especialistas y activistas han advertido que en los estados del norte de México se han registrado temblores a causa del fracking10 11. Se han comprobado graves

Lic. Antonio Gerling García.Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija” de la Universidad

Autónoma de San Luis Potosí en octubre de 2016 con la tesis “Fracturación hidráulica y derechos humanos en el marco de las leyes secundarias de la reforma energética”.

Figura 1. Fracturación hidráulica, sus repercusiones en el medio ambiente y las grietas que de manera no intencional se pueden producir al momento de hacer la fractura.

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THEMIS | IUS AD HOC

daños a los sistemas del cuerpo huma-no y cáncer y mutaciones genéticas, que ponen en tela de juicio su legalidad. Los efectos más dramáticos de la fractu-ración hidráulica son las consecuencias que tiene está sobre la salud 12 13, como las enfermedades que afectan al siste-ma nervioso y los pulmones que se ma-nifiestan en niños y personas vulnera-bles a esas contaminaciones14. Además, estudios recientes en Estados Unidos han demostrado que los puestos de tra-bajo y otros beneficios económicos son temporales, pues la industria se traslada a lugares más lucrativos15. Es decir que los puestos de trabajo y otros beneficios económicos no duran mucho. 1.3. Normatividad internacionalLa regulación que permite el fracking por lo general no es compatible con el marco jurídico internacional actual de derechos humanos, el cual incluye los tratados internacionales de derechos humanos firmados por México16, sobre todo en lo relativo al medio ambiente, propiedad privada, los derechos eco-nómicos, sociales y culturales; así como el deber de adoptar disposiciones de derecho interno como por ejemplo:• La Convención Americana sobre Dere-chos Humanos (artículos 1º, 2º, 21),• El Protocolo de San Salvador (artículo-su1º,u11uyu12),• El Pacto Internacional de Derechos Ci-viles y Políticos (artículos 2, 14, 25, 27), • El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artí-culos 2, 6, 11 y 12),• El Convenio 169 de la OIT17 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países indepen-dientes (artículos 2, 4, 5, 6, 7, 13, 15 y 17),• La Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (principios 3, 4, 8, 10,u11,u14uyu15), • La Observación General No. 15 sobre el Derecho al Agua del Comité de los DESC,

• La Resolución 64/292 sobre el Derecho Humano al Agua y al Saneamiento, La situación internacional del fracking es contradictoria, a veces incluso dentro de un mismo territorio. Los gobiernos de Francia (que lo permite en el extran-jero18), Bulgaria, Alemania, del cantón de Friburgo en Suiza, e Italia incluso ya pro-hibieron la fracturación hidráulica. En España hay municipalidades y regiones que lo prohíben o que se han declara-do territorios libres de él19. En Canadá, la provincia de Quebec prohibió desde 2011 la explotación mediante esta téc-nica20 21. En algunos estados y ciudades de Estados Unidos ya se ha prohibido el fracking. Del otro lado de los países que como México (en el ámbito federal y estatal)22, han aceptado la fracturación hidráulica, se encuentran la India (luego de dos años de evaluarla)23, Polonia24 25, Nueva Zelanda26, y a Turquía27. 1.4 Cómo ya se regula en MéxicoLa fracción VIII del decreto de la Reforma Energética (acompañada de la Ley de Hidrocarburos, como se verá más tar-de) dice, sin ambigüedad alguna, que cualquier actividad relacionada con la exploración de los hidrocarburos y con la energía eléctrica tiene prioridad sobre cualquier otra actividad pública o priva-da; lo que da mayor prioridad al bien-estar social de la población (incluyendo los DESCA), obligando a campesinos, ejidatarios y pueblos indígenas a ‘acep-tar’ la explotación de hidrocarburos en su propiedad. La priorización a que se refiere la reforma significa que cualquier actividad relacionada con hidrocarbu-ros tiene prioridad sobre cualquier otra pública o privada, lo anterior implica una falta de proporcionalidad, pues no se establece ninguna regla para que las autoridades puedan determinar la via-bilidad de las actividades atendiendo al contexto específico, y la autoridad no va

a verificar, en cada caso cual es el más viable. Las leyes secundarias de la Refor-ma Energética vulneran el derecho a la tierra, al territorio, a recursos naturales, a la autodeterminación y al desarrollo de los pueblos, a la propiedad, al tra-bajo y condiciones justas, equitativas y satisfactorias de trabajo, al principio de no regresividad en materia de derechos humanos, así como los artículos 4, 25, 27 y 28 constitucionales que señalan: el derecho a un medio ambiente sano, a la salud, a la alimentación a la vivienda, al agua potable y al esparcimiento. Con base en estos principios, el colecti-vo de organizaciones Alianza Mexicana contra el Fracking promovió la iniciati-va de Ley General para la Prohibición de la Fractura Hidráulica. La propuesta de Ley establece claramente un enfoque prohibicionista, centrado en el prin-cipio de precautoridad28, y fortalecer la transición energética hacia fuentes de energía renovables, que aseguren la independencia energética, social y ambiental. El objeto de la ley es prote-ger el medio ambiente y los derechos humanos, estudiar las consecuencias socio-ambientales que su aplicación ha

Figura 2. “Emilio Domínguez Hernández re-corre su parcela en Papantla, Veracruz, donde un derrame de hidrocarburos en un ducto de PEMEX contaminó sus cultivos en 2013. A la fecha la paraestatal no lo ha indemnizado; tampoco le ha entregado otro terreno ni ha reparado las tuberías, pero ya interpuso una denuncia en contra del agricultor”.

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tenido, así como fomentar el estudio y análisis de los impactos ambientales causados por la exploración y explotación por fractura hidráulica y contribuir a una transición energética hacia fuentes de energía renovables (como la solar, aunque no se den ejemplos). En la Ley, la prohibición incluye la obligación de que el gobierno detenga de manera inmediata todos los proyectos (artículos 4, 7) a través de técnicas de frac-tura hidráulica, así como la cancelación de aquellos que están siendo formulados, así como crear un estado de transición energética (artículo 2 fracción V). 1.5 ConclusionesEste tipo de leyes posibilitan una realidad totalitaria, que cuya aplicación permitiría la eliminación legal no sólo de los adversarios políticos, sino de categorías enteras de ciu-dadanos que no encajen en la nueva realidad, legalizando lo ilegal, dando un carácter jurídico a un Estado que no protege los derechos humanos haciéndolo oligárquico.El propio gobierno reconoció los peligros de la fracturación hidráulica en marzo pa-sado: riesgos de cáncer, radiactividad, destrucción del ambiente y un inmenso gasto de agua29. Pese a que la explotación de hidrocarburos es “de interés público”, éste, junto con el papel de gobierno han quedado muy vulnerables con la Reforma y la explotación de gas de lutitas, sacrifican la autodeterminación científica, así como la propia autopreservación, acelerando la dependencia que tenemos con el exterior, sobre todo con Estados Unidos, y de la peor manera posible, la legal e institucional.Al igual que con la fracturación hidráulica, no existe mucha conciencia por parte de la población de esto. Seguramente se debe a la desconfianza de la ciudadanía por parte de las autoridades. Se debe —en esencia— de cambiar cómo funciona la política y cómo funciona la sociedad. Y ello también requerirá construir ciudadanos capaces de retar a las élites mediante sus acciones que deben ser en nombre del interés público.

1 FERRARI Luca. “Pico del petróleo convencional y costos del petróleo no convencional (fracking)”. En ROBLES MON-TOYA Benjamín (coord.), Impacto social y ambiental del fracking, Senado de la República, Instituto Belisario Domínguez LXII Legislatura, 2014, p. 31.2 op. cit. p. 30.3 SVAMPA Maristella, VIALE Enrique, 20 mitos y realidades del fracking, El Colectivo, 2014, p. 61.4 Tóxico. Que contiene veneno o produce envenenamiento. Aplicado a una sustancia. Ver http://dle.rae.es/?id=aAx6mN5. 5 Ver http://toxics.usgs.gov/definitions/btex.html y http://nofrackingmexico.org/que-es-el-fracking/. 6 ENCISO L. Angélica, “La contaminación por fracking, hasta en películas y documentales de Hollywood”, La Jornada, 11 de agosto de 2014. Consultado el 30 de octubre de 2015. http://www.jornada.unam.mx/2014/08/11/politica/005n1pol7 Además de los derechos al agua, a la vivienda, los derechos culturales y el derecho al medio ambiente sano, con-tenidos en el artículo cuarto.8 SAXE FERNÁNDEZ John, “La explotación de fósiles no convencionales en Estados Unidos: una lección para América Latina”. En ROBLES MONTOYA Benjamín (coord.), Impacto social y ambiental del fracking, Senado de la República, Instituto Belisario Domínguez LXII Legislatura, 2014, p. 61.9 DECRETO por el que se expide la Ley de Hidrocarburos y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extran-jera; Ley Minera, y Ley de Asociaciones Público Privadas.10 “Estudio de la UANL liga a “fracking” de Pemex con temblores en NL”, Vanguardia, 11 de marzo de 2014. Consultado el 21 de noviembre de 2014. http://www.vanguardia.com.mx/estudiodelauanlligaafrackingdepemexcontembloresennl1965793.html.11 De acuerdo con reportes de la prensa, en Coahuila (que no es zona sísmica) se ha reportado un incremento de temblores desde 2010 que solo son consignados por el Sistema Sismológico Nacional. Mientras que en Tamaulipas, el año pasado se duplicó el número de movimientos sísmicos. Véase LEÓN V., “Una actividad sísmica inusual en el norte de México pone en advertencia por la posibilidad de que sea el fracking”, sinembargo, 2 de septiembre de 2014. Consultado el 21 de noviembre de 2015. http://www.sinembargo.mx/30-08-2014/1102886.12 Ídem.13 Más allá de lo que dice o no dice Miguel Concha, sacerdote, académico y reconocido defensor de los derechos hu-manos, hay estudios científicos al respecto que acusan al proceso de fracturación hidráulica de tener un alto costo am-biental y sanitario. Véase DIRECCIÓN DE POLÍTICAS INTERIORES, DEPARTAMENTO TEMÁTICO A: POLÍTICA ECONÓMICA Y CIENTÍFICA, PARLAMENTO EUROPEO, Repercusiones de la extracción de gas y petróleo de esquisto en el medio ambiente y la salud humana, junio de 2011. Consultado el 30 de octubre de 2014. http://www.europarl.europa.eu/activities/committees/studies.do?language=ES.

14 CAMPERO ARENA Claudia, op. cit.15 GODOY Emilio, “Gas shale: El mito del empleo”, Proceso, 29 de agosto de 2014. Consultado el 30 de octubre de 2014. http://www.proceso.com.mx/380800/gas-shale-el-mito-del-empleo16 MONTALVO, L. Tania. “¿La reforma energética viola derechos humanos? La CIDH lo investigará”, Animal Po-litico, 20 de marzo de 2015. Consultado el 31 de diciem-bre de 2015. http://www.animalpolitico.com/2015/03/la-reforma-energetica-viola-derechos-humanos-a-revi-sion-en-la-cidh/17 Organización Internacional del Trabajo.18 BERCOVICH Alejandro, REBOSSIO Alejandro Luis, Vaca Muerta, Editorial Planeta, 2015, pp. 250.19 CONCHA MIGUEL, op. cit.20 “CCOO pide prohibir la extracción de gas mediante ‘frac-king’ y retirar los permisos concedidos en Cantabria y otras CCAA” Europa Press. Consultado el 21 de noviembre de 2015. http://www.europapress.es/cantabria/noticia-ccoo-pi-de-prohibir-extraccion-gas-fracking-retirar-permisos-conce-didos-cantabria-otras-ccaa-20120112163047.html21 CONCHA MIGUEL, op. cit.22 Dos municipios de San Luis Potosí, Santa Elena Tanlajás y Xilitla se han declarado libres de fracking, en asamblea comunitaria. Ver ALIANZA MEXICANA CONTRA EL FRAC-KING, “Libre de fracking: municipio de Tanlajás”, 30 de mayo de 2016.23 KATAKEY Ratkem, “Fracking Debut Nears in Boost to Re-liance”, ONGC: Corporate India, Bloomberg News, 31 de mayo de 2013. Consultado el 30 de noviembre de 2015. http://www.bloomberg.com/news/2013-03-31/fracking-de-but-nears-in-boost-to-reliance-ongc-corporate-india.html24 En Polonia la producción fue decepcionante. “Los grandes nombres petroleros se retiraron de Polonia, pre-sionados por Rusia y muy criticados por el daño ambien-tal ocasionado. Hoy quedan solo cincuenta pozos shale en producción en ese país”. Véase BIANCHI Alejandro, op. cit, Sudamericana, 2015, pp. 144-145.25 SEVILLANO ELENA G., “La avanzadilla del ‘fracking’ en Europa”, El País, 25 de enero de 2014. Consultado el 30 de noviembre de 2014. http://sociedad.elpais.com/sociedad/2014/01/25/actuali-dad/1390679223_027389.html26 MAETZITG Rob, “PM rejects anti-fracking ‘nonsense’”. Fairfax NZ News, 22 de marzo de 2013. Consultado el 30 de noviembre de 2014. http://www.stuff.co.nz/business/industries/8457581/PM-rejects-anti-fracking-nonsense27 ÇELİKKAN Erdinç, “Turkey seeks Canada, US aid on sha-le gas reserves”, Hurriyet Daily News, 23 de septiembre de 2013. Consultado el 30 de noviembre de 2015. http://www.hurriyetdailynews.com/turkey-seeks-canada-us-aid-on-shale-gas-reserves.aspx?pageID28 Este principio, parte de la incertidumbre de las con-secuencias humanas en el medio ambiente y no de la anticipación de un daño ambiental futuro, se sustenta en la planificación de actividades futuras no potencial-mente perjudiciales.29 VILLAMIL Jenaro, “El “fracking” vieja práctica en Nuevo León”, Proceso, 28 de marzo de 2015. Consultado el 5 de abril de 2016. http://www.proceso.com.mx/400049/400049-el-fracking-vieja-practica-en-nuevo-leon

IMÁGENES1 Fuente: Impacto social y ambiental del fracking (pp. 43) (2014)2 Foto Sergio Hernández Vega. Fuente: GOMEZ Eirinet “Pe-mex rehúsa pagar daños en Veracruz por fugas de hidrocar-buros... y ya llegó el fracking”, La Jornada, 17 de noviembre de 2015. Consultado el 25 de noviembre de 2015. http://www.jornada.unam.mx/2015/11/17/estados/034n1est.

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THEMIS | IUS AD HOC

El Ministerio Público en el nuevoSistema de Justicia Penal.

El presente análisis es una exposi-ción sobre las nuevas obligaciones adquiridas por el Agente del Ministe-rio Público dentro el Nuevo Sistema de Justicia Penal. De acuerdo con la reforma constitucional de junio del año 2008, se generaron nuevas atri-buciones para el Agente del Ministerio Público, entre las cuales se encuentran las siguientes:

Por consiguiente, como ente del Es-tado podrá disponer de todos los instrumentos, realizando una inves-tigación adecuada bajo el debido proceso. Además, tal y como la ley anterior disponía, recibir denuncias o querellas, manteniendo una jerarquía, lo anterior en razón a que ahora se po-drá realizar en forma oral, por escrito, o a través de medios electrónicos, in-cluso mediante denuncias anónimas; teniendo la potestad de recepcionar bajo las vías que la tecnología permi-te, ponderando en todo momento el principio de la oralidad. Este ejercicio, es novedoso ya que anteriormente sólo se podía recepcionar de forma escrita y por comparecencia.

Esto va más allá de una simple inves-tigación criminal, facultando también la supervisión de la aplicación y eje-cución de las medidas necesarias, a efecto de que se impida que se pier-da, destruyan o alteren los indicios. Para ello recurrirá con los mecanismos de control y las medidas de apremio, que la propia Ley le otorga, a efecto de resguardar de forma integral cada uno de los elementos probatorios que servirán desde la investigación hasta la conclusión del procedimiento penal.

Por otra parte, tendrá como obliga-ción primigenia la búsqueda en todo momento de la reparación del daño causado por el hecho con apariencia de delito, por lo cual deberá allegarse de todo tipo de datos de prueba, para que sea cuantificada y pueda exigirse el pago de la reparación de la misma.

Por otra parte, continua realizando funciones investigativas de delitos, teniendo la facultad de determinar, previa investigación de diligencias básicas, si ejerce la facultad de atrac-ción o de incompetencia, que en todo momento tendrá que intervenir como autoridad conocedora del primer acto y, una vez que advierta que no es de su competencia, remitirá a la autoridad competente. Esta obligación, si bien es cierto no es innovadora, ejerce como

Eduardo Guardiôla Magaña.

• De vigilar que en todas lasinvestigaciones de los delitos se cumplan estrictamente con los derechos humanos; así como los Tratados Internacionales de los

cuales México sea parte.

• Se amplía su ejercicio en la conducción y mando de la in-vestigación de los hechos con apariencia de delito, ejerciendo una autoridad superior sobre la coordinación, para efectos de in-vestigación, todos los policías, sin distinción de rango o jerarquías, sujetando también a éste tipo de ordenamiento a los peritos que intervengan en el procesamiento de indicios que pretendan incor-porarse a la investigación criminal.

• El Fiscal determinará si inicia o no una investigación de orden criminal, ordenará la recolección de todo tipo de datos de prueba, indicios materiales o algún otro medio de prueba que sirva para formar una determinación funda-da y motivada, teniendo en cuen-ta en todo momento que estos sean razonablemente servibles para la continuación de una in-

vestigación criminal.

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algo nuevo la facultad de atracción, es decir, podrá solicitar una investigación cuando se trate de hechos en que in-tervengan los sujetos que merezcan un tratamiento especializado.

Teniendo el Ministerio Público, en todo momento su obligación de ins-

truir a los Policías para que acaten los principios que rigen al Sistema Penal Acusatorio, así como la licitud de los datos de prueba que pudiesen reco-lectar. Como principio rector que fija la licitud se establece que éste será el de la legalidad con relación a la probato-ria, esta se refiere a la pertinencia y su-ficiencia. Bajo estos dos principios se incorporarán los elementos indiciarios a las diversas etapas. Aunado de que se comparte obligación con la Policía de Investigación de gestionar y reque-

• Podrá ordenar a la policía y sus auxiliares, entendiéndose peritos, policías preventivos, policías de custodia, policía con capacidades para procesar y cualquier otro tipo de integrante de la Instituciones de Seguridad Pública, la prácti-ca de los actos de investigación señalados en el Código Nacional de Procedimientos Penales, de manera general o específica, en-caminado a determinar una línea de investigación o acreditar un hecho con apariencia de delito o en algunos casos la probable par-

ticipación del imputado.

rir informes o documentos a otras au-toridades y particulares, de todo aquél dato de prueba que guarde relación con un hecho con apariencia de deli-to que se encuentre investigando. En caso de que se requiera dictámenes periciales especiales o genéricos, re-currirá a los peritos técnicos o especia-lizados para que los realicen bajo los lineamientos y fin que el Ministerio Pú-blico requiera, sin perder de vista que se tendrá que ejercer los principios rectores del Sistema como lo son el de contradicción y el de publicidad.

Para concluir, otra de las inclusiones más importantes, es que la reforma constitucional trajo dos tipos de actos de investigación, en el cual una será ejercida sin control jurisdiccional, mien-tras otras tendrán que ser bajo control judicial, por lo cual tendrá la obliga-ción de realizar un procedimiento de solicitud de audiencia ante el Juez de Control, argumentando la necesidad, la fundamentación, motivación y el fin por lo cual es necesario realizar dichos actos, eliminando el libre albedrío con que contaba el Agente Investigador, en el Sistema Tradicional, en donde en-grosaba una investigación sin ningún fin ni estrategia, por lo cual el Código Nacional de Procedimientos Penales, establece cuáles son los actos de in-vestigación que podrán realizarse para la investigación y que no requiere con-trol judicial, pero que necesariamente deberán sujetarse a las técnicas y actos que el propio Código establece.

IMÁGENES:• https://www.freevector.com/justitia# • Pixabay• https://2.bp.blogspot.com/-fpMlpie_Q_g/V7Tv7JlS-0YI/AAAAAAAA3HY/8sH-fr7TU8UjfmX6h4FXWDP2tL-Rd_ITwwCLcB/s1600/UEIC%2B3.jpg

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Breve análisis sobre elDerecho Medieval.

La edad medieval comprende des-de el año 476 d.C., con la caída del Imperio Romano de Occidente, hasta el año 1453 d.C. que es la caída del Imperio Romano de Oriente. Durante este lapso de aproximadamente 1000 años se vivió una época muy particular con características específicas que no se han vuelto a ver con esa intensidad.

El medievo representa la unidad, la re-ligión, las clases, los gremios… En esta etapa el Derecho le pertenece a todos y todos lo hacen suyo; el Derecho va intrínsecamente ligado con la religión cristiana, de tal manera que hay una mezcolanza entre las normas sociales (gremios), normas jurídicas y normas cristianas/religiosas; un claro ejemplo del vínculo Derecho-cristianismo es que existía un sistema punitivo que no veía diferencia en castigar las actitudes que hoy consideramos secularizadas que alteraban el bien común y las acti-tudes/conductas en contra de los prin-cipios y valores cristianos (que también estaban tipificadas en las leyes civiles). Obviamente en el medievo no había la visión actual y por lo tanto se castigaba como si el Derecho y la religión fueran parte de un mismo cuerpo jurídico, porque el bien común en la Edad Me-dia no podía ser sino cristiano.

A continuación se explicará más a fon-do la cosmovisión del Derecho en el medioevo por medio del estudio de

tres textos medievales españoles; se mostrará como la presencia del cris-tianismo en las normas jurídicas es resultado precisamente del ideario de ese tiempo. En seguida se realizará un análisis de las estructuras medievales, sus consecuencias a corto y a largo plazo y por qué y cómo llegaron a su decadencia y al final a su desenlace.

Antes de empezar, sería bueno recalcar que la misión principal de este ensayo no es hacer una comparación entre el Derecho actual y el de la Edad Media (aunque sí habrán equiparaciones). El objetivo primordial es el sumergirse en ese tiempo y aprender de él.

Cosmovisión del Derecho enla Edad Media.El Derecho en la sociedad medieval es su constitución más profunda y es la que le brinda orden a todo el caos

de la superficie1. Por lo tanto, se pue-de distinguir claramente que el De-recho da forma al ámbito social y al ámbito religioso.

Los ordenamientos jurídicos medie-vales eran resultado de los gremios2; esta visión se contrapone a la visión actual, donde más bien son producto del Estado (entiendo al Estado como un ente alejado de la sociedad y de sus intereses). El Derecho era dividido en sectores y éste los protegía porque las personas lo conocían y lo reconocían. Es así como una se puede dar cuenta que el poder de la autoridad se delega-ba a los gremios y por lo tanto, el Dere-cho no sólo tenía una fuente principal como ahora (fuente formal3) sino va-rias, dependiendo éstas de las socieda-des que cohabitaban en ese período. El carácter formativo de las normas estaba influenciado de gran manera

Erika Yazmín López Amaro.

Introducción.

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por las normas religiosas cristianas. De cierta manera este hecho es obvio porque la religión era precisamente lo que daba el vínculo de cohesión en este espacio de tiempo. Para compro-bar lo dicho, se podrá recurrir a lo que expone José Gaos en su libro “Historia de nuestra idea del mundo” donde al explicar la ideología medieval recurre a las tres grandes expositoras de ella: 1-La catedral de Chartres, 2-La Suma Teológica y 3-La Divina Comedia.

De inmediato se puede una percatar que las tres representantes comparten lo siguiente: su base es la religión. La catedral es un lugar perteneciente a la iglesia; la Suma Teológica (escrita por To-más de Aquino) contiene la argumen-tación de cómo, por qué y para qué las normas religiosas van de la mano con las normas jurídicas; la Divina Comedia (escrita por Dante Alighieri) muestra la concepción de la unión terrenal con la espiritual y cómo ésta unión no está en el plano mental, sino material. Por lo tanto, se puede concluir que la cosmovisión medieval va intrínse-camente ligada con los valores, fun-damentos, principios y dogmas cris-tianos. El Derecho, al formar parte de ésta sociedad también se ve viciado por esas ideas.

De hecho, los derechos subjetivos y en especial los derechos humanos como los conocemos actualmente, están de igual forma constituidos con fuertes tintes religiosos. Para Tomás de Aqui-no (se comprende que él sistematizó el pensamiento de esa época sobre el tema) el derecho natural era dado por Dios porque todos procedíamos de él. Y no sólo el derecho natural, también el derecho positivo que comprendía el derecho escrito o promulgado4.

Para la sociedad del medievo, los de-rechos fundamentales eran y existían por Dios, no por sí mismos. En conse-cuencia de ese razonamiento tan teo-lógico, los derechos naturales estaban subordinados a la presencia de Dios.Así como el cuerpo jurídico estaba sometido a la religión, también se deberá señalar que éste no se dero-gaba. Los tres textos que se analizarán a continuación tienen esas dos carac-terísticas: A) Se basan en sus predece-sores y B)La religiosidad está presente en ellos. Ellos se abordarán cronoló-gicamente, de ahí que el orden sea el siguiente: I-Las Siete Partidas, II- El Ordenamiento de Leyes de Alcalá y III- Leyes de Toro.

I- Las Siete Partidas se escribieron en el tiempo de Alfonso X o “el Sabio” (1252-1284) para unificar de cierta for-ma las leyes vigentes de ese tiempo con el objetivo de tenerlas escritas. En el prólogo de las Siete Partidas se puede leer “Dios es comienzo, y me-dio y acabamiento de todas las cosas”5

[correcciones mías] por consiguiente

se observa claramente la segunda ca-racterística que se mencionó (caracte-rística B). De hecho, la primera partida habla de cómo todo le pertenece a la Iglesia católica, por qué deben de ser obedecidas esas leyes y por último habla de cómo debe conocer el hom-bre a Dios, y esto es por medio de las creencias: la ley 1 dice: “Para estable-cer de cómo los hombres han de creer y guardar la fe de Jesucristo”6. La Ley 6 explica la legitimidad de las Siete Partidas: “Estas leyes se tomaron de las palabras de los santos que dijeron lo que le conviene a bondad del cuerpo y la salvación del alma”7; ésta, reside en la religión misma.

Así, concluimos que la primera de las Siete Partidas empieza con Dios por lo explicado en su Prólogo (párrafo ante-rior referencia). Explica cómo todo le pertenece a la fe católica, cómo y por qué son legítimas las Siete Partidas y cómo comportarse y cómo ser bueno ante los ojos de Dios.

II- El Ordenamiento de Leyes de Alca-lá hecho en las Cortes de la ciudad de Alcalá durante el reinado de Alfonso XI en el año 1348 menciona el Dere-cho Procesal. Establece cómo ha de obrarse en caso de que haya dudas en los ordenamientos municipales para ya no estar consultando el monarca; éste ordenamiento surge, por lo tanto, a causa de la insuficiencia del conteni-do de los derechos municipales en las Siete Partidas8.Brinda los pasos a seguir para aplicar una norma: primero la autoridad se de-berá guiar por este ordenamiento y si no por los fueros municipales (“materias propias de la organización municipal, competencias, abastecimientos, vigi-lancia, y otros servicios municipales”9);

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BIBLIOGRAFÍA:• Grossi, Paolo. Orden jurídico medieval. Madrid, Mar-cial Pons, 1996. Pg 40. • Rosillo Martínez, Alejandro. Una lectura de la filosofía tomista desde los derechos humanos: la dignidad de la persona. México, UASLP. Pg 6.• García Máynez, Eduardo. Introducción al estudio del derecho. México, Porrúa. Pg 51.• Las siete partidas. (1988). Valladolid: Lex Nova. • Leyes de Toro. (1978). Madrid: Ministerio de Educa-ción y Ciencia.• Ordenamiento de leyes de Alcalá. (2006). Burgos: Si-loé Arte y Bibliofilia.• Morán Martín, Remédios. (2015). Fueros munici-pales: Traza de Derecho. Medievalista online, (18), 01-22. Recuperado el 04 de abril de 2017, de http://www.scielo.mec.pt/scielo.php?script=sci_arttext&pi-d=S1646-740X2015000200003&lng=pt&tlng=es• El Ordenamiento de las Cortes de Alcalá de Henares de 1348. (n.d.). Visto el 02 de Abril de 2017 en:http://www.historia-del-derecho.es/2012/09/ordena-miento-cortes-alcala-de-henares-1348.html• Las ‘leyes de Toro’: la herencia legal de Isabel la Cató-lica. Visto el 01 de Abril de 2017 en:h t t p : / / w w w. e x p a n s i o n . c o m / 2 0 1 4 / 0 8 / 0 7 / j u r i d i -co/1407411257.html

1 Grossi, Paolo. Orden jurídico medieval. Madrid, Marcial Pons, 1996. Pg 352 Ibid Pg 41.3 “Procesos de creación de las normas jurídicas [...] las fuentes formales del derecho son la legislación, la cos-tumbre y la jurisprudencia”. Máynez, Eduardo. Introduc-ción al estudio del derecho. México, Porrúa. Pg 51. 4 Rosillo, Alejandro. Una lectura de la filosofía tomista desde los derechos humanos: la dignidad de la persona. México, UASLP. Pg 6. 5 Las siete partidas. (1988). Valladolid: Lex Nova. Pg 1.6 Las siete partidas. (1988). Valladolid: Lex Nova. Pg 11.7 Las siete partidas. (1988). Valladolid: Lex Nova. Pg 13.8 El Ordenamiento de las Cortes de Alcalá de Henares de 1348. (n.d.). Visto el 2 de Abril de 2017 en http://www.historia-del-derecho.es/2012/09/ordenamiento-cor-tes-alcala-de-henares-1348.html9 Martín, Remédios Morán. (2015). Fueros municipa-les: Traza de Derecho. Medievalista online, (18), 01-22. Recuperado em 04 de abril de 2017, de http://www.scielo.mec.pt/scielo.php?script=sci_arttext&pi-d=S1646-740X2015000200003&lng=pt&tlng=es10 Leyes de Toro. (1978). Madrid: Ministerio de Educación y Ciencia. Pg 11.11 Las leyes de Toro: la herencia legal de Isabel la Católica. Visto el 1 de Abril de 2017 en http://www.expansion.com/2014/08/07/juridico/1407411257.html12 Leer la historia de Menocchio para saber más. (Ginz-burg, Carlo. El queso y los gusanos.)

IMÁGENES:• http://2.bp.blogspot.com/-7uPuVSJ-CXE/VT6Xm6W-jQ4I/AAAAAAAAC7c/VvGKQxnRk-E/s1600/LibroDes-JuegasAlfonXAndCourt.jpg• http://www.historiadelderecho.net.ar/img/7-Parti-das-1610.jpeg?i=1

como última instancia están las Siete Partidas. El que se tenga a las Siete Parti-das como solución demuestra como el Derecho Medieval abogó por la no de-rogación y demuestra la característica A que se mencionó anteriormente.

III- Pasa lo mismo con Las Leyes de Toro, escritas en el reinado de Juana I en el año 150510. Éstas ofrecieron un sistema de justicia moderno y que pudiera ar-monizar todas las legislaciones a lo lar-go y ancho de España. Su logro mayor fue que unió los diferentes fueros muni-cipales que existían11.

Análisis de las estructurasmedievales y sus consecuencias.Habiendo visto la relación tan estrecha que había entre las normas jurídicas y la Iglesia se puede continuar con el análisis de las estructuras medievales y sus consecuencias. Fueron diversos fac-tores los que incidieron en el quiebre de esta Edad. Sin embargo, se pueden distinguir a grandes rasgos tres muy importantes y que van entrelazados:• Conocimiento regulado por la Iglesia y por el monarca• Sistema punitivo • Opresión y represión

Los saberes estaban controlados, las autoridades eclesiásticas y el rey crearon un índex de las obras que no debían circular y las Universidades estaban en manos de la Iglesia. Las personas sólo debían saber lo que es-taban destinados a, no debían saber más porque el sistema no los dejaba, y si llegaban a leer (o saber) algo que no debían, él mismo se encargaba de enmendar el problema.12.

Y es así como saltamos del primer pun-to a los dos siguientes. El sistema era un sistema punitivo, opresor (abusaba

de su poder) y represor (contenía, de-tenía). El más claro expositor de este sistema es la Santa Inquisición, que era un sistema judicial que buscaba incul-par a las personas aunque fueran ino-centes; todo esto partiendo del punto que el cuerpo debía de expiarse (visión cristiana concebida por Agustín de Hi-pona) para poder alcanzar la ciudad de Dios. La Santa Inquisición fue opresora porque era centralizada, ella contenía todas las funciones: acusadora, inves-tigadora, juzgadora. Es por todo esto que el medievo llega a su final. La so-ciedad responde a estas ideas con el pensamiento humanista que se había ido formando desde el comienzo del Renacimiento. En esta corriente el hu-mano (y no Dios) es el centro y se le debe de reconocer como tal.

Conclusión. Por lo explicado en el subtítulo ante-rior, a esta época se le conoció tam-bién como la Edad Oscura, sin embar-go, quiero hacer hincapié en que no fue una edad totalmente mala. Se nos ha enseñado a tener un pensamiento binario y eso ha ocasionado que no podamos reconocer la escala de grises.Es un hecho que la Edad Media fue una comunidad no secularizada, bastante religiosa y controlada por los principios que dictaba la Iglesia y el rey. El Derecho fue su composición y su horma; éste también dictaba las potestades corres-pondientes al monarca y a la Iglesia. También el medievo representa la uni-dad y personifica la otra cara de la mo-neda del positivismo jurídico de hoy: el Derecho se veía como una construc-ción social. Y en mi opinión, debemos retomar este ámbito social, en donde no se vea al Derecho como una cons-trucción del Estado, sino como una ma-nifestación y expresión de la sociedad.

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Servicios de calidad en bibliotecas y centros de información documental de la ciencia jurídica.

El Diccionario de la Real Academia Española define como calidad la “Pro-piedad o conjunto de propiedades in-herentes a algo, que permiten juzgar su valor”1. De igual manera, Vargas Quiño-nes y Aldana de Vega, establecen que calidad es la “totalidad de los rasgos y características de un producto o servi-cio, que se refieren a su capacidad de satisfacer necesidades expresas o implí-citas”2. Por su parte, Omachonu y Ross, señalan que “La calidad es vista como una característica o atributo cuantifi-cable [y] medible”3 desde el punto de vista de un producto. Con base en es-tas definiciones se puede deducir que la calidad se da en función del total de atributos, propiedades o características que debe poseer un producto o un ser-vicio, lo que conduce necesariamente al establecimiento de una norma o pa-rámetro para indicar en qué medida se alcanza la calidad de un producto y en el otorgamiento de un servicio.

En el caso de los servicios de infor-mación documental que ofrecen las bibliotecas y centros de información documental, también es necesario establecer las características y los atri-butos que deben poseer y cubrir estos servicios para que se pueda constatar

Dr. Agustín Gutiérrez Chiñas y el Dr. Guillermo Luévano Bustamante.

en qué medida cumplen con la calidad que se espera de ellos, una vez que han sido otorgados al público usuario. Para empezar a deliberar sobre las características y atributos del servicio de información documental, se enlista a continuación los términos que más se utilizan en el proceso de ofrecimiento de los mismos, como los siguientes: servicio, información, documento y usuario, por un lado; y por otro, la ciencia jurídica o Derecho.

Marco conceptual.Por método, siempre es recomendable y necesario uniformar y homologar los conceptos y las ideas a utilizar en una exposición, por lo que enseguida se pre-senta una definición operativa de los términos enlistados, además de calidad que ya está anotado en la introducción.Servicio. Conjunto de actividades que tienden a satisfacer las necesidades de información de terceros. En los servicios de información documental se distingue, entre otros, los siguientes: circulación (préstamo), consultoría o referencia, bibliografía, alerta, diseminación selectiva de información y reprografía.Información.Ideas (representaciones mentales) registradas por medio de signos gráficos, ico-nográficos y fonéticos en un soporte como el papel, plástico, metal, la cinta, pelí-cula o cualquier otro material natural o artificial; sobre el conocimiento generado y construido por el hombre sobre sí mismo y sobre los objetos y fenómenos que lo rodean4, sean éstos naturales o artificiales.Documento.Soporte hecho de papel, plástico, metal, etc., que tiene registrado por medio de signos gráficos, iconográficos y fonéticos por separado o combinado; ideas que hacen constar la existencia de un objeto o fenómeno natural o social desde su origen, desarrollo y consecuencias. Es decir, el soporte y los signos registrados en él, forman lo que en su conjunto se conoce como documento. El documento tie-ne formatos variados distinguiéndose el libro, la revista, el periódico, la película, cinta, el disco, entre una gran variedad de formatos que también pueden estar resguardados en soporte electrónico o magnético de las computadoras5.

Introducción:

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Usuario.Persona que utiliza la información con-tenida en los documentos que adquie-re, organiza, conserva y difunde una biblioteca o centro de información do-cumental, pero que es lega en su orga-nización y manejo. También se puede decir que el usuario es la persona en la que se concreta y se cristaliza todo el trabajo de selección, adquisición, orga-nización (catalogación y clasificación), conservación y circulación (préstamos) de los documentos que satisfacen las necesidades de información, y por tan-to, la razón de ser y existir de las unida-des y servicios de información biblio-gráfica y documental.Derecho.El Derecho como disciplina científica, de acuerdo con las obras de consulta conocidas como diccionario, enciclo-pedia, etc., de la lengua española; es el conjunto de reglamentaciones, le-yes y resoluciones, enmarcadas en un sistema de instituciones, principios y normas que regulan la conducta hu-mana dentro de una sociedad, con el objetivo de alcanzar el bien común, la seguridad y la justicia.

Como ciencia, el Derecho o Ciencia Ju-rídica es la disciplina humanística que tiene por objeto el estudio, la interpre-tación, integración y sistematización de un ordenamiento jurídico para su justa aplicación.

Para considerarse una disciplina científi-ca, el Derecho cuenta con las caracterís-ticas que el método científico demanda para que una disciplina del conocimien-to humano se considere como científi-ca. Estas características son:• Nombre propio que la identifica.• Objeto de estudio de una realidad.• Cuerpo conceptual. (Lenguaje propio)

• Cuerpo teórico. (Explicación racional de fenómenos)• Leyes y principios generales.• Métodos y técnicas universales.• Uso y aplicación universal.• Verificabilidad.• Predictibilidad de comportamiento futuro.

Calidad en los servicios.Para enfatizar en la calidad que deben tener los servicios de información do-cumental en el área del Derecho, es conveniente entender y comprender las funciones que la información tiene en la vida del hombre. Así, se tiene que la información documental funciona en el ámbito académico (estudio, do-cencia e investigación) para:• “Adquirir un conocimiento. Gracias a la información se hace propia una o más ideas para combatir de esta ma-nera la ignorancia.• Corregir un conocimiento. La infor-mación permite enmendar, reparar y subsanar una idea equivocada, con el propósito de mejorarla.• Verificar un conocimiento. La infor-mación puede revisarse y es útil para

probar la veracidad de una idea o concepto del cual se duda y se tiene incertidumbre.• Extender un conocimiento. Signifi-ca aumentar y ampliar la cantidad de ideas y nociones que se poseen sobre un tema específico, enriqueciendo así la variedad y diversidad de los subtemas.• Aplicar un conocimiento en el proce-so de construcción, fabricación y dise-ño de un producto o de un servicio.• Recrear o disfrutar un conocimiento por medio de la lectura de un docu-mento que contiene información de carácter histórico, novelístico y poéti-co, entre otros géneros literarios.• Generar o crear un nuevo conoci-miento, que es la máxima y maravillo-sa capacidad que tiene el ser humano para imaginar, inventar y participar de manera creativa e innovadora en el mejoramiento de su desarrollo perso-nal y social.”6

En la vida cotidiana, es decir, en el ejer-cicio profesional del Derecho y en la recreación, la información sirve para:• La toma de decisiones oportunasy certeras.

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• El desarrollo de una capacidad de pronóstico de gran exactitud.• Evitar el azar, es decir, impide o dis-minuye la aparición de la casualidad y perjudicial de las acciones humanas y naturales.• Reducir la incertidumbre, lo cual au-menta la seguridad y convicción de los individuos en sí mismos y en sus actos.7

Por otro lado, la información registrada en algún soporte ha experimentado una explosión exponencial desde la invención de la imprenta hasta los días actuales. Esta explosión exponencial es apabullante y literalmente ahoga al in-dividuo en un océano de documentos.Sin embargo, todo documento de la ciencia jurídica tiene un autor o crea-dor conocido o desconocido, un títu-lo o nombre que lo identifica y un pie de imprenta. Este pie de imprenta en el documento tradicional conocido como libro, impreso en papel o regis-trado en medios electrónicos, se com-pone de tres elementos que son: lugar de publicación, editorial que publica el documento y el año de publicación.

En el caso de los artículos incluidos en las publicaciones periódicas (revistas), este pie de imprenta se integra con: tí-tulo o nombre de la revista, país en el que se publica, número de volumen, número de fascículo, paginación ini-cial y final del artículo y fecha de pu-blicación. Y en los documentos elec-trónicos, se compone con la dirección electrónica en la que se encuentra el documento, adicionado con la fecha de consulta de documento entre cor-chetes, de preferencia.

Con los datos enunciados en al párrafo anterior, el océano de información do-cumental puede ser organizado y siste-

matizado para que sea inteligible tanto al lector común, como al especializado que se interese por él. Por lo que es re-comendable un formato mínimo de re-dacción de los registros (ficha, referen-cia o cita) bibliográficos que describen y representan de manera abreviada cada uno de los documentos que sus-tentan y fundamentan el marco con-ceptual y teórico de cualquier proyec-to de estudio, investigación y docente, con un mínimo de rigor metodológico que favorezca el establecimiento un lenguaje común de los miembros de la disciplina en cuestión.

Ante el fenómeno de la explosión ex-ponencial de la información documen-tal, el servicio de difusión y circulación de esta información entre los miem-bros de la sociedad, debe poseer las características y atributos que garanti-cen en el más alto porcentaje posible, un servicio ágil, fluido, expedito y por supuesto, rápido en la satisfacción de las necesidades de información de los sujetos de la comunidad a la que sirve o apoya, como en este caso, a la comu-nidad de estudiantes y profesionales del Derecho. Las características y atri-butos recomendables que debe tener o poseer un servicio de calidad, a juicio de los autores, son los once siguientes:1. Cortesía, cordialidady amabilidad.El primer rasgo que debe tener un ser-vicio de calidad es un trato atento, afec-tuoso y amable que inspire confianza en el usuario o cliente, para que éste se sienta a gusto y confortable con el ser-vicio y lo anime a hacer un uso libre y tranquilo de los recursos documentales de la biblioteca o centro de información.2. Conocimiento de las colecciones.El personal que brinda los servicios debe poseer un conocimiento amplio

de las diferentes colecciones con los que apoya a sus usuarios. Este amplio conocimiento le permitirá orientar a los lectores hacia los documentos que contienen la información que busca, o para canalizarlo hacia las instituciones afines con material documental del tema de interés del lector.3. Manejo de las obras de consulta.El conocimiento de la estructura de las obras de consulta como los dicciona-rios y enciclopedias de todo tipo, las bibliografías, los catálogos, índices y abstracts tanto de los impresos en pa-pel como de los registrados en medios electrónicos, también contribuyen a un servicio eficiente, por tanto de calidad.4. Dominio de lenguajesdocumentales.El conocimiento de la estructura de las listas de encabezamientos de materia y de los tesaurus, es otro atributo que facilita el diseño de estrategias de bús-queda y localización de la información almacenada en las bases de datos refe-renciales y de textos completos tanto manuales como automatizados.5. Conocimiento de la disciplina que cultiva la comunidad.El interés por enterarse de los temas que cultivan los miembros de la comu-nidad estudiantil, docente e investiga-dores del Derecho que se apoya, es otro ingrediente que fomenta y fortalece la calidad del servicio, porque permite prever la selección y adquisición de los documentos que realmente puedan sa-tisfacer la demanda de los miembros de su comunidad. Es decir, la biblioteca y el centro con este conocimiento, siempre estarán en disposición de ofrecer una información oportuna y actualizada.6. Colecciones ricas, variadasy actualizadas.En una comunidad escolar y acadé-mica, la riqueza de las colecciones de

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la biblioteca o centro de información, está en función de la abundancia de los títulos y ejemplares con los que cuenta, en la variedad de los temas de su con-tenido informativo, y sobre todo, en la actualidad y vigencia de la información que maneja. Esto significa que la labor de descarte debe ser permanente para retirar de las colecciones los documen-tos que caen en la obsolescencia.7. Manejo de las tecnologías deinformación y comunicación.La tecnología de la automatización ha sido y es aplicada en todas las activi-dades humanas, así como también la tecnología de la telecomunicación. Los servicios de información documental no son la excepción. Por esta razón, el uso de estas tecnologías debe estar presente para apoyar el aumento de una mayor capacidad de almacena-miento, precisión, seguridad y veloci-dad de transmisión y transferencia, por lo que su manejo y uso constituye otro componente de calidad de un servicio.8. Agilidad, fluidez, rapidezy expedito.Un servicio libre de estorbos es ligero, y si se desarrolla fácilmente sin impedimen-tos ni obstrucciones, en un periodo cor-to de tiempo, es otro una propiedad que asegura la calidad de su otorgamiento.9. Formación de usuarios.Un programa de capacitación y en-trenamiento de periodicidad cíclica, regular y permanente para dotar a los usuarios de conocimientos y habilida-des básicas para buscar y recuperar información documental en bibliote-cas y centros de información, es otra característica que debe poseer una norma de calidad de un servicio. Este programa debe considerar en su con-tenido los siguientes temas:9.1 La información, su definicióny funciones.

9.2 Tipos de información de acuerdo a su soporte y formato.9.3 Instituciones que organizan y di-funden información documental, su organización y reglamento.9.4 El registro documental en su ver-sión original y abreviada, así como las distintas colecciones que se forman con este registro.9.5 Obras de consulta, estructura, contenido y uso.9.6 Las fuentes catalográficas y biblio-gráficas como el catálogo, el índice y el abstract o resumen en papel o computadora.9.7 Búsqueda por medio de lenguajes documentales, estrategias de búsque-das y técnicas de localización y recu-peración de documentos.10. Actualización en los temasanteriores.El proceso permanente de revisión, modificación y adaptación para man-tener vigente y al día todo lo nuevo que vaya surgiendo en las publicacio-nes para enriquecer las colecciones, en los lenguajes documentales para mejorar las técnicas de búsqueda, en la aparición de las nuevas tecnologías de automatización y telecomunica-ción para mayor capacidad de alma-cenamiento y velocidad de transmi-sión, y en las técnicas para formar a los usuarios; es otro elemento más que se tiene que cumplir para obtener la cali-dad en el servicio.11. Amor por el servicio quese otorga.El sentimiento por buscar el bien aje-no y disfrutarlo, se llama amor. Este sentimiento es el ingrediente que mueve y da vida a toda actividad hu-mana, y por lo mismo, a un servicio de calidad. El cariño y esmero que se agregue al servicio de información bibliográfica y documental, propicia

el disfrute pleno de la satisfacción de cumplir con la tarea social que tiene encomendada la biblioteca y el cen-tro de información documental de la comunidad estudiantil, docente y de investigación de la Ciencia Jurídica o Derecho.

Por último, solo se desea dejar en el recuerdo del lector para la medita-ción, la siguiente reflexión:La información es el nutriente esencial del cerebro, de la mente y del espíritu humano para su crecimiento y desarro-llo, para bien o para mal, para construir o para destruir a sí mismo o a los que lo rodean. Usted escoge.

1 Diccionario de la Real Academia Española. Micro-soft-Encarta: 2009.2 Vargas Quiñones, M.E. y Aldana de Vega, L. Calidad y servicio; conceptos y herramientas. 2 ed. Bogotá: Ecoe-Eds./Universidad de la Sabana, 2011. p. 1813 Omachonu, V.K. y Ross, J.E. Principios de calidad total. México: Trillas, 2014. p. 614 Gutiérrez Chiñas, A. Gestión de información docu-mental; notas para redactar su manual de organiza-ción. México: Infoconsultores, 2007. p. 46. ISBN: 978-968-9486-00-85 Ibid. p. 456 Gutiérrez Chiñas, A. Manejo de información docu-mental; guía para organizar fuentes de información. 2 ed. México: Trillas, 2012. p. 12-137 Ibid. p. 13

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La Centenaria Constitución deQuerétaro. Circunspecciones entre la Novedad y la Revisión Constitucional.

El mayor reconocimiento que le po-demos conceder a nuestra Carta Mag-na, es respetarla y aplicarla, ahora que está próxima a cumplir 100 años. Este aniversario, la convierte en una Cons-titución añeja, que ha sido capaz de sortear —con todas las vicisitudes que ello conlleva— las grandes dificulta-des políticas y sociales a lo largo de un siglo de su vigencia. En principio, toda Constitución debe ser capaz de nor-mar el proceso político para el cual fue elaborada. Las Constituciones cuentan con telos y una ratio. No tener presen-te este último aserto conllevaría al mayor de los despropósitos en una comunidad política. De ahí que poda-mos afirmar que, quizás con excesivo optimismo, la Constitución de 1917 (con todos los reparos que se puedan establecer), ha cumplido con un míni-mo de eficacia. Recordemos que es un Código Político Centenario.

Ahora bien, hace una década escribí lo siguiente: “en estos tiempos de cri-sis e inestabilidad política en nuestro país, han arremetido voces contra la

vigente Constitución general de 1917, al grado de manifestar que es necesa-rio el establecimiento de una nueva Constitución. Por ello, la tensión per-manencia-cambio constitucional es un tema del mayor calado político y social y exige un correcto tratamiento en el derecho constitucional patrio”.1 Carl Schmitt nos recuerda que “El pri-mer ejemplo de una moderna Consti-tución escrita es el Instrument of Go-vernment de Cromwell, del año 1656. El mismo Cromwell se manifestó acer-ca de la finalidad de este instrumento: había que dar una regla permanente, inviolable frente a las cambiantes re-voluciones mayoritarias del Parlamen-to: en todo Gobierno necesitaba ha-ber algo de fundamental, algo como

una Gran Carta que fuera permanente e inviolable”.2

Una cosa es reformar la Constitución y, otra, muy distinta, es establecer una nueva. En la dialéctica permanencia y cambio constitucional, hay que tener cuidado para proporcionar los argu-mentos jurídicos que la teoría debe de suministrar, para mantener la congruen-cia científica y/o el rigor que exige el método constitucional y, así, mantener vigente, en esa construcción dogmáti-ca, el principio de no contradicción.

Para pretender aportar alguna respues-ta a este cometido, es menester con-testar, al menos, dos cuestiones peren-torias: ¿Es posible elaborar una Nueva

Isidro de los Santos Olivo.*

Nota del editor: El siguiente texto es la continuación del artículo titulado ¿Reforma o Nueva Constitución en la Centenaria Ley Fundamental de 1917? publicado en el número de THEMIS del mes de mayo de 2017.

IV.- La Apertura Constitucional y la Tensión Continuidad-Cambio en la Ley Fundamental.

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Constitución mediante el procedimien-to de reforma o revisión constitucional? ¿Cómo localizar el punto de conexión y/o equilibrio entre, por una parte, la estabilidad y permanencia que deben caracterizar a toda Ley Fundamental, lo que conlleva a la continuidad del Estado constitucional y; por otra, la adaptación y/o la regulación que la efervescencia de la vida político-social exige, merced a la dinámica que toda comunidad experimenta mediante el cambio y las transformaciones, realiza-das a través del proceso histórico?

La técnica de la reforma constitucio-nal fue establecida, a mi juicio, no solo como inicial mecanismo de protección constitucional, sino como instrumento de garantía, para la permanencia y con-tinuidad de la comunidad política, del Estado de Derecho, propiamente. Un juicio inicial indica, implícitamente que, en aras de sostener la estabilidad nor-mativa-institucional que demanda todo Estado Constitucional, tiene que cuidar el mecanismo de reforma de la Cons-titución, para que su quintaesencia, su núcleo, (identidad mediante las deci-siones políticas fundamentales), no se dañe o altere. Esto manejado adecuada-mente, facilitará la pervivencia de la Ley Mayor, en el correr de los años. En pala-bras de Pablo Lucas Verdú: “Toda Cons-titución aparece abierta en el tiempo (in die Zeit hineinoffen) puesto que nunca será perfecta y completa, ya que la vida que pretende ordenar, es vida histó-rica y, por ende, sometida a cambios. El derecho constitucional solo puede evidenciarse y calcularse de modo limi-tado pagando el precio de numerosos cambios del texto constitucional. Esta apertura constitucional no significa su disolución en un dinamismo total. Si así fuera, la Constitución sería incapaz

de orientar la vida de la comunidad. La Constitución no sería abierta, sino fijase, de modo vinculatorio, lo que no debe de quedar abierto. Intenta establecer un momento fijo estimado como algo de-cisivo que opera estabilizando”.3

En el tratamiento de la reforma cons-titucional deben de cuidarse aquellos principios que figuran los fundamentos del orden de toda comunidad. Son prin-cipios rectores que identifican la unidad política y permiten las funciones estata-les de manera continua. Si no yerro, la apertura y elasticidad en la Constitución no significa, no puede entenderse, en ningún caso, que la Ley Fundamental quede disuelta en esa dinámica que el cambio constitucional, mediante la reforma, requiere. Pensar lo contrario, implicaría socavar sus cimientos, sus de-cisiones políticas fundamentales, su nú-cleo. La apertura constitucional significa, entendida fielmente, que la misma Ley Fundamental, afirma de forma entrela-zada, lo que no debe de aperturarse.

Por consiguiente, en los umbrales de constitucionalismo se pudo apreciar una apertura en los textos fundamen-tales, mediante la incorporación de preceptos e instituciones liberales en su contenido normativo. Ello implicó un cambio drástico en la organización de la estructura política y, en la con-cepción misma de la democracia, todo lo cual implicaba una superación y, a su vez, una apertura, con relación al anti-guo régimen, cuya consecuencia fue el establecimiento del Estado liberal Bur-gués de Derecho, el primigenio Estado constitucional. Sobre estas considera-ciones remito a un trabajo donde he desarrollado consideraciones en torno a la apertura constitucional.4

Reformar la Constitución no debe de entenderse, el destruirla. Es menes-ter, en el tratamiento adecuado de la teoría constitucional, desentrañar el apropiado significado de los concep-tos rigidez, reforma, apertura, elastici-dad, continuidad y estabilidad consti-

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tucionales. Insistamos, reformar no es crear una nueva constitución, ya que tiene límites, puesto que, “Una apertura de la Constitución —concluye inexo-rablemente Pablo Lucas Verdú— que hiere su techo ideológico, conmueve su organización jurídica o revolucio-na su infraestructura socioeconómica, implica: sea su tergiversación, sea su subversión latente o patente, en de-finitiva una revolución. Si es así, ya no cabe hablar de apertura constitucional, sino de sustitución, pacífica o violenta, del ordenamiento fundamental. De-cían los máximos representantes con-tra revolucionarios —y en esto tenían razón— que si fuera necesario revisar una Constitución, siempre habría que emprender esa tarea con temblor y temor. Actualizando esa expresión, la apertura constitucional y la reforma del texto fundamental, han de hacerse cautelosamente, de modo que no se hiera su forma política, su esencia”.5

Con relación a la permanencia de una Constitución, y a su adaptación me-

diante el cambio o reforma a las nue-vas realidades político-sociales que experimenta toda sociedad política, conviene reproducir lo que he refe-rido en uno de los trabajos ya citado, líneas arriba: “…toda Norma Funda-mental tiene la pretensión de durar, de generar un clima de estabilidad, continuidad y seguridad jurídica. Ello dependerá, en principio, del alcance, significado y concepto de Constitu-ción que se tenga, producto del de-sarrollo cultural en el ámbito político y cívico que haya experimentado una comunidad. Asimismo, no hay que olvidar que, la sociedad es cambian-te, exige movimiento, está en cons-tante devenir histórico. La encrucija-da constitucional se presenta, por lo general, en las constituciones rígidas que, deben sortear, la tensión perma-nencia-cambio. El meollo de esta cues-tión estriba, en principio, en encontrar una armonía entre la estabilidad con la que debe de contar una Constitución a través del proceso histórico, y su respectiva adaptación a la cambiante

sociedad que exige una renovación de la normativa fundamental. En otras pa-labras, toda Constitución es elaborada por sus autores con la intención de permanecer, pues debe de respetarse el principio democrático ya que, es el pueblo, quien en uso de su soberanía y el poder constituyente fija y esta-blece las reglas jurídicas que deben regular su convivencia política. Pero la comunidad por su propia naturaleza está en constante evolución y, lógica-mente la materia jurídica-fundamen-tal no hay que concebirla como algo inmutable y acabado de la sociedad; antes bien, como un continuo fluir que se renueva y es capaz de adaptarse a las vertiginosas transformaciones polí-ticas, sociales, económicas que experi-menta todo contingente social, pues la Constitución, es, ante todo << vividura >>”.6 Hemos comentado en el conteni-do de este breve estudio y, particular-mente en este parágrafo, la dicotomía que se presenta en el estado mexicano de contar con una nueva constitución o reformar la vigente. Hemos expresa-do, asimismo, nuestra posición, con-trastando los diferentes enfoques de algunos autores más significativos en esta temática. Todo ello, con arreglo a la dogmática constitucional. Como corolario de las anteriores reflexiones, consideramos y aunque resulte reite-rativo que, el mejor homenaje que le podemos hacer a nuestra Carta Magna mexicana a un siglo de su existencia, es conocerla, respetarla, aplicarla, es decir, que cumpla con la teleología para la cual fue elaborada. Se trata, hacer de la Constitución, un documento eficaz que sea capaz de controlar el proceso po-lítico en tanto instrumento regulador de la convivencia ciudadana. Si no to-mamos conciencia de ello, las reformas seguirán decantándose de manera in-

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terminable y, lo más grave, sin aportar soluciones a los complejos problemas que padecemos.Es necesario la conformación de una conciencia constitucional que, co-nexione a la opinión pública, con el instrumento que hace posible la con-vivencia política en términos pacíficos. Ya con exactitud lapidaria, el gran pro-fesor Rodolfo Reyes, en el prólogo de la obra La Organización Política de México (edición española), del eminente cons-titucionalista chiapaneco Emilio Raba-sa, manifestaba ciertos requerimientos esenciales, que definen el ser constitu-cional de todo Estado “…si por el en-tendemos lo que es debido; es decir la positiva relación entre el individuo y el Estado, la verdadera adaptación de la costumbre vivida a la ley escrita”.7 La revolución que hay que experimentar es la de las conciencias; esto es, una reforma antropológica, social, cultural que permita la propagación de la cul-tura política-democrática en el acervo general de los ciudadanos. Una vez alcanzada la madurez política en el pueblo, que posibilite una conciencia de vida nacional, que se propague la educación política, la instrucción cí-vica y el respeto en las instituciones liberales, se estará en condiciones de generar un sentimiento constitucional, el cual, depositado en una base jurí-dica, coadyuvará en la materialización del Estado de Derecho, que comienza en la propia Constitución.

Por ello, es presupuesto inexorable que exista y se exprese en la concien-cia colectiva, tanto de gobernantes como de gobernados, la voluntad política de acercarse al conocimiento cabal de su Constitución. Para lograr ese alto cometido, nada mejor que las palabras del universal Don Miguel

de Unamuno. En este sentido, el rec-tor magnífico de la Universidad de Salamanca, solía invertir el aforismo escolástico que señala: “Nada es queri-do sin ser previamente conocido”; afir-mando que: “Nada se conoce sin ser previamente querido”. Con el debido conocimiento de la Ley fundamental, se estará en condiciones de fomen-tar una voluntad y, una actitud, para el respeto espontáneo y esencial que exige la Constitución por sí misma, en cuanto obra soberana del pueblo, como principal expresión de civilidad de toda sociedad libre.

*Profesor-Investigador de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores.1 De los Santos Olivo, Isidro, La Constitución en la en-crucijada. Permanencia y cambio constitucional en la democracia mexicana, en la obra colectiva de Diego Valadés y Miguel Carbonell (Coordinadores), El Estado Constitucional Contemporáneo. Culturas y Sistemas Ju-rídicos Comparados, Ed. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, México, 2006.2 Cfr. Teoría de la Constitución, (trad. De Francisco Aya-la), Ed., Revista de Derecho Privado, Madrid, 1934, pp. 45 y 46. Citado, asimismo, por Lucas Verdú, Pablo, Cur-so de Derecho… Vol. II, Cit., p. 418.3 La Constitución Abierta… Cit. p. 51.4 Apertura y Estabilidad Constitucional en las Entidades Federativas, en la obra Derecho Constitucional Estatal.

Memorias del VI y VII Congresos Nacionales de Dere-cho Constitucional de los Estados, Gámiz Parral, máxi-mo et. Al. Ed. Instituto de Investigaciones Colectivas de la UNAM, México 2009, pp. 475 y ss. 5 La Constitución Abierta… Cit. p. 60.6 La Constitución en la encrucijada… Cit.7 Rabasa, Emilio, La Organización Política de México, Ed. América, Madrid, s/f, p. XV.

IMÁGENES:• https://http2.mlstatic.com/mexico-100-pesos-cen-tenario-de-la-constitucion-1917-2017-unc-D_NQ_NP_723225-MLM25413564384_032017-F.jpg• http://3.bp.blogspot.com/-lEHabZ3Xi1M/TpOs2m_cyqI/AAAAAAAAAFs/wCX2yAFyQ-Y/s1600/febrero-5.jpg• http://www.senado.gob.mx/congreso-constituyen-te/images/03-congreso.png• http://www.laizquierdasocialista.org/wp-content/uploads/2017/02/16492428_10207742595433122_565320352_o.jpg

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El universo de circunstancias ycontingencias en la filosofía deJosé Ortega y Gasset.

El hombre tiene dos dimensiones: una constante y otra variable; una es-tructural y la otra funcional; una esen-cial, y la otra histórica o como ahora se dice, existencial. Una sustancial, la otra accidental sin las notas estructu-rales de mi esencia, no soy hombre, sin los datos de mi biografía sigo sién-dolo, lo estructural es común; lo his-tórico es intransferible.

“Yo soy yo y mis circunstancias y no me salvo yo sino las salvo

a ellas”.

Este es el apotegma orteguiano que constituye un verdadero y auténtico modo de filosofar, por eso nuestra for-ma de filosofar ha de ser la que José Ortega y Gasset tiene de razón vital.

La historia de la filosofía nos ha de-mostrado que la postura que el fi-lósofo tenga ante el problema gno-seológico repercute en atención a la unidad del pensamiento, sobre la concepción que tenga de las demás escuelas filosóficas. Por ello nuestro punto de partida ha de ser la concep-ción que Ortega tiene de razón vital “razón histórica”; así como su perspec-tivismo gnoseológico y, consecuente-mente su concepto de verdad.

Mtro. Edmundo Riojas Cantú.

El racionalismo sustentado por Sócra-tes trabaja con esencias, principios inmutables y verdades absolutas, ver-dades a las que la verdad empírica ha

de plegarse para ser comprendida. La vida es para la verdad, no la verdad para la vida. Todo intelectualismo es idealismo para Ortega, razón que no

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es instrumento del vivir, no es razón. Hay que invertir la forma cartesiana de: “pienso, luego existo” para darle un sentido vitalista: porque existo y en la medida en que existo, pienso. El pensamiento no está hecho para verdades inmutables, sino para las verdades relativas contingentes, para aquellas verdades que me sirven para acomodarme y superar los obstáculos que la vida me presenta. Sin embargo, un vitalismo sin razón no es admitido por Ortega. No regresemos, nos dice a una ingenuidad primigenia, seme-jante a la que Rousseau proponía. Espontaneidad sin razón es activismo sin guía. El activismo muere sin reali-zar nada. La racionalidad en el hom-bre es contingente, dice Ortega que la necesidad de vivir ha obligado al hombre a ser racional, pero el hombre es racional con cuentagotas, es racio-nal ahí donde no puede dejar de serlo, es racional donde recibe el reto de las circunstancias para llegar a contem-plar soluciones que se ha propuesto de una urgencia vital.

La razón es un producto histórico, una solución más en la lucha por superar la propia contingencia; el día que no necesitemos la razón la perderemos, pues no es nada constitutivo en no-sotros. En última instancia todo es contingente: “la vida es peculiaridad, cambio, desarrollo, en una palabra “historia”, la obra que se llama: El tema de nuestro tiempo. El hombre no tiene naturaleza, sino que tiene historia. La cultura no es otra cosa que el conjunto que pertrechos imperativos que para vivir son necesarios. Cuando liberamos a la cultura de su dimensión vital nos viene el culteranismo o “Beatería de la Cultura” las ideas se endurecen y se presenta inmediatamente la beatería

de la cultura; las ideas se acartonan, se esclerosan, se endurecen y empe-zamos a morir por asfixia. Las ideas no deben perdurar, pues estas son instru-mentos del vivir. Las ideas no son eter-nas, intemporales; son, como toda fac-tura humana radicalmente históricas.

La historia de los sistemas y las escue-las filosóficas no ha de verse como una contienda inútil de un sistema contra otro sino como intentos suce-sivos de mostrar las cosas o entes al desnudo, tal como son pero paradó-jicamente, el hombre no es, deviene y con él sus circunstancias, su mun-do, sus perspectivas, de ahí que la existencia de los sistemas que se han presentado en el curso de la historia es válido cada uno desde su propia perspectiva, pues cada uno ha to-mado un punto de vista del devenir histórico. Dice Ortega que la verdad histórica es tal que no puede ser vista más que de una perspectiva; que es el componente esencial de la realidad lejos de ser una deformación de esta, es su organización “una realidad en su perspectiva que vista desde cualquier punto de vista resulte idéntica es un completo absurdo”, la única perspec-tiva falsa es aquella que no pretende ser única, de ahí que no esté derrota-da la razón con tanto sistema filosófi-co, pues lo único que falta es podarle la soberbia de querer a marcarlo todo. Abarca solo lo que su perspectiva his-tórica y su punto de vista personal le permite ver. Es un instrumento para vivir, no para contemplar.

La verdad se nos da siempre en pers-pectiva, cada uno tiene su propio punto de enfocar su verdad. Yuxtapo-niendo los puntos de vista de todos podemos tener la verdad omnímoda

absoluta que lo abarque todo. El tema de nuestro tiempo es reducir la verdad de absoluta a relativa, de contemplati-va a vital, de omnímoda a perspectivis-ta; de eterna a histórica y de necesaria a contingente.

Por la bancarrota de la razón, “hay muchos quieren liberarse de razonar”, hoy cualquier cosa se llama escéptico, ha sentenciado Ortega, los escépticos no viven, pues vivir es no tener más remedio que razonar ante la inexora-ble circunstancia. Podemos vivir sin razón pura, pero no podemos vivir sin razón vital, razonar sobre lo necesario es deportivo, diríase que nos adorna; razonar sobre lo contingente es ne-cesario, es vital. Pero un cambio en la noción de razón trae un cambio en la noción de verdad. Hay que poner en crisis la noción tradicional de verdad que nos defi-ne como la adecuación del entendi-miento con las cosas. Por adecuación podemos entender igualdad, lo que es falso puesto que ideas y cosas no son lo mismo, lo que implica recono-cer que las ideas no son la realidad, no son las cosas.

Tal concepción tiene Ortega de la Teo-ría del Conocimiento, las ideas en su libro Ideas y creencias, pertenecen al mundo de lo ficticio de la imaginación. El físico sabe que su sistema no es la realidad, sino una esquematización, en última instancia una factura humana “no se puede constatar una idea como si fuera una moneda, golpeándola con-tra la realidad como si fuese la piedra de toque”. La verdad suprema es la eviden-cia, pero el valor de la evidencia es a su vez una teoría, idea y combinación de nuestra capacidad raciocinadora, entre

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nosotros y nuestras ideas hay una dis-tancia infranqueable: la que va de lo real a lo imaginario.Solo hay una verdad desde una pers-pectiva. Lo que da sentido a la verdad a una afirmación es su origen. La ver-dad es solo el descubrimiento, el estar presentes en el alumbramiento del concepto. Comunicar a otros la ver-dad es provocar en ellos un descubri-miento. La aletheya de los griegos, El apocalypsis significa eso, quitar el velo que cubre la verdad, por ello nos dice en las meditaciones del Quijote “que quien quiera enseñarnos una verdad nos coloque de modo que podamos

y que tanto más nos oculta cuanto más tiene que ver con ella: la verdad no es lo que es; lo que buscamos, pero lo que buscamos realmente es vivir, resulta que la verdad es el orden que a las cosas les damos para realizar a su través nuestros imperativos vita-les. Encontrar la verdad es dar con la clave, encontrar la llave que nos sirve para abrir la puerta de nuestra reali-dad la verdad nos sirve para abrirnos a la vida. La verdad no existe, sino para quien la busca, para quien la necesi-ta y será verdad en la medida en que le sirva y haga acopio vital como sa-tisfactor de sus necesidades. Tal es el pensamiento de José Ortega y Gasset y cobra vida su apotegma que afirma “Yo soy yo y mis circunstancias y no me salvo yo sino las salvo a ellas”.

Tal sentencia nos hace pensar que “La vida es como un puente que nos une a las circunstancias con el yo” (comen-tarios de ideas y creencias) tal senten-cia proverbial que se expresa de una manera libre e integra nos constituye de manera integral. Tal sentencia lo impuesto desde fuera es nuestro constitutivo fundamental y esencial, lo que se nos impone desde fuera y el rico aporte puesto por noso-tros mismos. Las circunstancias son muestras de un rico aporte de posibilidades y la liber-tad para elegir con que nos habremos determinado “La vida es un puente entre el problema y la solución, entre el hombre y su circunstancia, como ya José Ortega y Gasset lo ha expresado.

IMAGEN:• http://4.bp.blogspot.com/NQEcTTHXGIo/Uz2I2CU-hfDI/AAAAAAAAEME/gpvZHw6Dccg/s1600/Genra-cion_14_05.jpg• http://boulesis.com/sites/default/files/fotos-filosofos/ortega-y-gasset.jpg

descubrirla nosotros mismos una vez descubierta una verdad se torna uti-litaria”, a-manual diría Heidegger; no tiene la frescura, la originalidad y la vida de las verdades inéditas torna-se pertrecho cultural; se nos vuelve creencia con la que contamos, como contamos con el piso que nos sostie-ne y con las estrellas que parpadean, flébilmente en el firmamento.

Por eso el pensamiento de Ortega nos dice cuando tratamos de ver la verdad-que es la cosa misma- desde nuestra perspectiva nos encontramos con aquello que tiene que ver con ella

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Plataforma Nacional de Transparencia, El Camino Recorrido.

Desde el establecimiento el dere-cho de acceso a la información públi-ca dentro de la legislación nacional se ha vuelto de gran importancia su estudio, el acceso a la información pública como derecho fundamental se caracteriza, de acuerdo a Miguel Carbonell, “por ser un derecho subje-tivo, universalmente adscrito a todos en cuanto personas, y que pueden estar restringidos por no contar con el estatus de ciudadano o de persona con capacidad de obrar”1. El derecho al acceso a la información, proviene de la premisa información, de la cual a lo largo de los años se han realizado estudios que devienen a que la mis-ma es esencial para la sociedad, sobre todo en una moderna.

En México, esa premisa de moderni-dad alcanza su nivel más alto en fe-brero de 2014, cuando la Constitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos se reforman y adiciona diversas disposiciones en materia de transpa-rencia, que dan pie a lo que será un modelo de transparencia, acceso a la información y rendición de cuen-tas en nuestro país, el cual señala los principios, bases generales y proce-dimientos que, de acuerdo al artículo 6º Constitucional, “cualquier de auto-ridad, entidad, órgano y organismo de los Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos

Lic. Carlos Eduardo Medina Guerrero

políticos, fideicomisos y fondos públi-cos, así como de cualquier persona física o moral o sindicato que reciba o ejerza recursos públicos o realice ac-tos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal”, deberá garantizar para un correcto derecho de acceso a la información. Esta reforma al artícu-lo 6º dota de personalidad jurídica y plena autonomía técnica, al hasta ese momento Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IFAI), ahora el Instituto Na-cional de Transparencia y Protección de Datos Personales (INAI), el cual será el organismo competente para cono-cer de los asuntos relacionados con el

acceso a la información y protección de datos personales de los sujetos obligados de todo el país. Así mismo se homogeniza la autonomía consti-tucional de los organismos garantes de las entidades federativas.

Así pues, esta reforma constitucional otorgo a las resoluciones del INAI y de los organismos garantes de los estados de carácter vinculatorio, definitivas e inatacables para los sujetos obligados, con esto queda reconocido que ellos no son los titulares de ese derecho, pues la garantía constitucional del ejer-cicio del derecho de acceso a la infor-mación, es del solicitante.

DOSSIER DERECHO E INFORMÁTICA

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THEMIS | DOSSIER: DERECHO E INFORMÁTICA

Es hasta Mayo de 2015, con la promul-gación de la Ley General de Transpa-rencia y Acceso a la Información Pú-blica, que las reformas realizadas un año antes al artículo 6º representan novedosas modificaciones al ejercicio del derecho de acceso a la informa-ción, entre las cuales destaca la im-plementación de un Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Informa-ción y Protección de Datos Personales, que contribuirá a la generación de in-formación de calidad, conformando un sistema homogéneo de gestión y procesamiento de información, con el fin de facilitar el acceso y la trans-parencia a la información pública, así

como la promoción y difusión de una cultura de transparencia.

Con el objeto de realizar dichas accio-nes, el INAI debió coordinar acciones con los órganos garantes de las enti-dades federativas, a fin de establecer e implementar los criterios y lineamien-tos de una política pública transversal de transparencia, acceso a la informa-ción y protección datos personales. Así pues, el sistema electrónico creado exprofeso para este efecto fue deno-minado “Plataforma Nacional de Trans-parencia”, el cual permitirá cumplir con las obligaciones de transparencia y garantizar el ejercicio del derecho de

acceso a la información, la cual está conformada por los sistemas de:

a) Solicitudes de acceso a lainformación; b) De gestión de medios deimpugnación; c) De portales de obligacionesde transparencia, y d) De comunicación entre organismos garantes y sujetos obligados.

Esta plataforma es el mecanismo a tra-vés del cual los sujetos obligados cum-plirán con sus obligaciones comunes y específicas de transparencia. En el mismo, los interesados podrán consul-tar la información pública que deben subir los sujetos obligados, realizar so-licitudes de acceso a la información a cualquier sujeto obligado del país, así como interponer los recursos de revi-sión y de inconformidad.

Esta plataforma servirá de apoyo para los órganos garantes, que deberán rea-lizar verificaciones virtuales de la infor-mación de los sujetos obligados que se presentaran en la Plataforma Nacional de Transparencia, para vigilar que las obligaciones de transparencia se pu-bliquen, y en su caso, se impongan las medidas de apremio o sanciones correspondientes. El incumplimiento de la publicación de las obligaciones de transparencia por parte de los su-jetos obligados, da a los particulares la posibilidad de denunciar ante los organismos garantes de las entidades federativas esa situación.

Así mismo la plataforma sirve como apoyo a las políticas de transparencia proactiva, con el fin de incentivar a los sujetos obligados a publicar infor-mación adicional a la que establece

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como mínimo en la Ley, con el objeto de promover la reutilización de la infor-mación que generen los sujetos obli-gados, considerando la demanda de la sociedad, identificada en una metodo-logía establecida y la implementación de mecanismos de apertura guberna-mental, es decir coadyuvancia para un Gobierno Abierto.

Cabe señalar que a más de diez años de la expedición de la Ley de Transparen-cia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y del inicio de las fun-ciones del entonces IFAI, con la refor-ma constitucional de 2014 y la entrada en vigor de la Ley General de Transpa-rencia y Acceso a la Información Públi-ca en 2015 en nuestro país se cuenta con un avance significativo que pone en la agenda de lo público a la Trans-parencia, el Acceso a la Información y la Rendición de Cuentas, aun cuando pareciera un asunto no prioritario para el gobierno en turno, se dan a la socie-dad los mecanismos para la vigilancia del quehacer gubernamental.

La ampliación del catálogo de sujetos obligados que Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gu-bernamental, contemplaba un limita-do número de sujetos obligados, la Ley General hoy contempla 882 sujetos obligados sólo en lo que respecta a la federación. Por su parte, las leyes de las entidades federativas, establecían sus propios criterios para determinar la na-turaleza de quienes eran considerados como sujeto obligados.

El reto del INAI, de los órganos garan-tes de las entidades federativas y de los sujetos obligados será trabajar en estre-cha colaboración para promover, pro-teger, respetar y garantizar el derecho

fundamental de acceso a la información pública, y por tanto que en el ejercicio de sus atribuciones, responsabilidades y facultades instauren una cultura de la trans-parencia.

De esta manera, en la consolidación de la vida democrática en nuestro país, ese reconocimiento constitucional del principio de máxima publicidad, viene a influir, si se hace bien, en la confiabilidad y la calidad de las acciones de gobierno. Una exi-gencia de la sociedad siempre ha sido que las autoridades tengan un desempeño transparente en el manejo de los recursos públicos.

IMÁGENES:• http://www.vanguardia.com.mx/sites/default/files/a09_03_pendiente.jpg• https://hipertextual.com/files/2016/05/PlataformaTransparencia.jpg• http://www.infodf.org.mx/images/infografia_para_que_sirve.png

1 Ferrajoli, Luis; Derechos y garantías. La ley del más débil, en Carbonell, Miguel; Los derechos fundamentales en México, Porrua, 2006, p.12

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La Informática Forense.

Desde hace algunos años, se ha venido escuchando cada vez más cotidia-namente sobre los llamados delitos informáticos o ciberdelitos, que no son otra cosa que aquellas conductas tipificadas como ilícitas, y en las cuáles el delincuen-te utiliza las tecnologías de la información y las comunicaciones, denominadas TIC’s, como medio o como fin para la comisión del delito. Al mismo tiempo y por consiguiente, se intenta a través de diversos medios de comunicación, incluyen-do la propia red de redes (Internet), de inculcar en el usuario cotidiano de las TIC’s el concepto de Seguridad Informática, que son aquellas medidas de seguridad o barreras, tanto físicas (puertas, cerraduras, etc.) como lógicas (contraseñas), que los usuarios ponemos a fin de proteger nuestros bienes informáticos y más im-portante aún, nuestra información, que en nuestros días pasa a ser en un Estado de Derecho, el bien jurídico tutelado.

Sin embargo, ¿qué sucede cuando esa seguridad no es suficiente o en el peor caso no existe y el usuario es presa de la delincuencia?, ¿de qué manera se le da seguimiento a esos delitos que escapan del ámbito físico y pasan al plano de lo virtual? En este punto es donde la Criminalística, disciplina auxiliar del Dere-cho Penal, que se encarga del esclarecimiento de un hecho delictivo, utilizando para ello el método científico, hace su aparición, con una de sus especialidades: La Informática Forense, que es una rama de la criminalística que se aplica en la búsqueda, preservación, tratamiento y análisis, de los indicios relacionados a una investigación en donde tanto equipo de cómputo y/o de telecomunicaciones ha sido utilizado como medio o fin, para realizar una acción presuntamente delictiva.

Ing. José Héctor Cortés BecerrilInvestigador Forense en Informática.

Como puede deducirse del párrafo anterior, el objetivo de la Informática Forense, tiene como objetivo, auxiliar a la autoridad encargada de impartir justicia, en el descubrimiento de la verdad histórica de los hechos relati-vos a un supuesto acto delictivo, en donde han intervenido: equipo de cómputo, equipo de telecomunica-ciones, programas de cómputo, me-dios de almacenamiento secundario de datos, con el fin último de esta-blecer la mecánica de los hechos y la identificación del autor o autores.

Pero ésta disciplina de reciente crea-ción, puesto que hablamos de que en nuestro país surge alrededor del presente siglo, no es una tarea fácil, puesto que la propia naturaleza de la información procesada a través de un dispositivo de procesamiento digital de información, la hace vulnerable y fácilmente modificable.

De entre las principales problemáticas que se tienen en el manejo de los dispo-sitivos electrónicos y la información que procesan podemos citar las siguientes:• Variedad enorme de dispositivos (hard-ware) y plataformas aplicativas (softwa-re), que hace muy difícil que tanto el usuario, como el investigador, cuenten con el total conocimiento de las par-ticularidades, que cada dispositivo y plataforma tienen para el tratamiento y procesado de los datos. Sin ir muy le-jos, hágase usted la pregunta y respón-dala de manera sincera, ¿Sabe manejar al 100% el dispositivo de comunicación

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portátil que ahorita tiene en su bolso? ¿Sabe que mecanismo de seguridad man-tiene su información segura aunque ése dispositivo le sea robado?• Tiempo, ésta variable es tal vez la más importante al momento de que se inicia una investigación en ésta materia, ¿porque? Pues porque resulta que en el mun-do físico y real, cualquier actividad que realicemos, incluyendo la denuncia de un delito informático, lleva su tiempo y en países como el nuestro y debido a la burocracia y corrupción, mucho más del que deseáramos, y en el mundo digital, una operación, por ejemplo, de una transferencia de dinero, en delitos como el lavado de dinero o el robo de dinero de una cuenta bancaria, se hace en micro-segundos, lo cual hace que la recolección de indicios, en muchos casos, se vuelva prácticamente imposible, ya que la naturaleza de la información digital hace que ésta sea alterada muy fácil al paso del tiempo.• Intangibilidad, esta es una característica inherente de la información digital, lo que la hace, dicho de una manera coloquial, imposible de ver o sentir, sin la necesidad de utilizar para ello, otros dispositivos que permitan observar ésta in-formación. ¿A que me refiero con esto?, en el caso de un delito con arma blanca por ejemplo, es fácilmente apreciable a simple vista identificar cual pudo haber sido el arma con la que se cometió el delito; en el caso de un delito, por ejem-plo de pornografía infantil, tenemos un disco duro portátil que contiene todo el material, ya sea en video o fotografía, y no podremos identificarlo tan fácil, ya que tanto el investigador como el juez, requieren de una computadora con el software apropiado que permita la visualización.• Extraterritorialidad, ésta problemática, se define como esa característica particu-lar que define a la red Internet, ¿Desde qué equipo de cómputo se llevó a cabo el delito? ¿Fue en este país o en el extranjero?, estas preguntas surgen por el hecho de que la mayor parte de los servicios que ocupamos hoy en día: correo electrónico, mensajería instantánea, redes sociales, foros de discusión, etc. no se encuentran alojadas y administradas en nuestro país, sino en el extranjero, la gran mayoría en los Estados Unidos de Norteamérica, lo que hace sumamente di-fícil poder hacer los rastreos correspondientes para llegar con el origen de los co-municados o las operaciones ilícitas. Además hay que considerar que cada país tiene su propio marco legal y sus políticas de confidencialidad, lo cual hace que en muchos casos, la información sea imposible de conseguir. Hay que recordar que nadie controla la red Internet y por lo tanto, ésta no se encuentra regulada.• Si lo anterior no es suficiente para darse cuenta que la investigación en Infor-mática Forense es una tarea ardua y difícil, hay que recordare que la red Internet tiene una característica particular que la ha hecho tan utilizada, la Anonimicidad, es decir, en la red cualquiera de nosotros puede ser quien quiera ser y como quiera ser. La red y los servicios que brinda, no solicitan al usuario que los usa se autentique de manera exacta de acuerdo a su persona, es decir, cualquiera pue-de suplantar la personalidad de otra persona o crear una persona que no existe.

Pese a lo anteriormente expresado, la Informática Forense, cuenta con una meto-dología propia, basada en el método científico, que permite resguardar los indi-cios digitales de manera adecuada y sin que éstos lleguen a perder su autentici-dad al paso del tiempo, así mismo todos los equipos de telecomunicaciones, con

la administración adecuada, permiten el resguardo de la traza de todos las direcciones IP (Internet Protocol) que pasan y se registran por ellos, de tal manera que se puedan identificar el origen y el destino de las comunica-ciones y también con la adecuada re-colección de indicios, se puede llevar a cabo una correcta reconstrucción de los hechos delictivos, de tal forma que no le quede duda del proceder delic-tivo al órgano impartidor de justicia.

IMÁGENES:• https://userscontent2.emaze.com/images/f67066dd-ad9b-400c-8336-c45a84445ead/567f8470-3d66-4122-98e8-fbaab61dd842.jpg• http://xtremsecure.com.mx/wp-content/uploads/2016/01/o-CYBERESPIONAGE-

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Brecha digital, norma jurídicay ciberdelitos.

La actual sociedad de la informa-ción y la comunicación y, agregan al-gunos autores, del conocimiento, en la que inevitablemente nos encontra-mos inmersos, en todo México y en el mundo, es un potencial de herramien-tas que genera una cantidad igual de posibilidades y oportunidades, pero debe reconocerse que también la misma cantidad de problemas a resol-ver. Para empezar, las consideraciones propias que derivan de ésta y a las que reiteradamente se les alude como una aspiración y un deseo personal, de política pública incluso, entre ellas particularmente el acotamiento de la denominada brecha digital (el espacio que existe entre quien posee y/o tiene ac-ceso al uso de tecnología y de quien no).La brecha digital aludida es un con-cepto nacido de uno menos reciente

Lic. Alejandra Morán Espinosa.*

como es el de brecha tecnológica, la diferencia radica en que la primera se da en los comienzos de la organi-zación humana específicamente, en quienes tienen acceso al desarrollo tecnológico y quienes no lo tienen (poniendo en la mesa inevitablemente la discusión sobre temas relacionados con diferencias sociales y cuestiones claramente pecuniarias); la segunda se dice es la versión moderna de aqué-lla, y se relaciona con las limitaciones de acceso y aplicación de Tecnologías de la Información y Comunicación, las denominadas TIC, sumadas a las te-lecomunicaciones y la informática. Limitaciones que son de toda índole: adquisición de la propia tecnología (económicas), uso adecuado y respon-sable (potencial como herramienta y límites informados sobre su uso, incluso

jurídicos), conocimiento de la estruc-tura, su funcionamiento y elementos mínimos de seguridad (aprendizaje de la herramienta y seguridad informáti-ca y de la información –protección de datos, información personal y relacio-nada con la actividad propia–), y por supuesto cuestiones sobre conectivi-dad (redes, internet –que en sí misma es todo un tema–, peligros, y por supuesto la vulnerabilidad que se tiene sobre la exposición propia de información, los ataques, el malware y la prevención), casi nada, baste decir.

Si bien es cierto, es importante la re-ducción de la brecha digital para faci-litar el acceso y realización de activida-des cotidianas necesarias en el actual mundo globalizado, también es cierto que deben sumarse las cuestiones del acceso y el conocimiento de las mis-mas, esto es, de quien lo sabe respecto del que no; y consecuentemente redu-cir la brecha digital implica facilitar el acceso a mejores condiciones de vida de la población, fomentar el desarrollo sostenible, apostar por la educación, la cultura, incluso la re-ducción de diferencias económicas y la seguridad de la información de todos (personal, empresarial, orga-nizacional o incluso gubernamen-tal). De esta forma es que la brecha digital se convierte en sinónimo de disparidad y reflejo de la condición real de escaso acceso humano a éstas, con-dición por demás evidente y donde los aspectos culturales y sociales trascien-

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den al aspecto tecnológico de forma inimaginable e incuestionable.

Debe decirse además, que el proble-ma se da en todos los niveles, claro que cuando se trata de instancias gu-bernamentales el problema se agra-va, dado que el Estado y sus diversos órdenes de gobierno encabezan pre-cisamente las acciones para dicha reducción y éstas tienen sus propios problemas ya que van desde cambios de administración o de gobierno, falta de conocimiento, cuestiones presu-puestales y hasta falta de interés por simple brecha generacional y por pr otro lado –como si fuera poco lo dicho hasta ahora–, porque es precisamente el gobierno quien posee generalmen-te a información completa y confiable de todos nosotros, ello seguramente derivará en algún momento en un daño colateral a la información de to-dos y de cualquiera de los mexicanos, de hecho desde la simple exposición de la información ya hay diversas cues-tiones de riesgo que correr.

Sin embargo queda claro que exis-ten acciones diversas que hacer para contener un poco tanto riesgo, por ejemplo, si se tiene la voluntad políti-ca muchas cosas como las siguientes se pueden hacer: conformación de una agenda local sobre el tema, el de-sarrollo de sistemas informáticos nue-vos, reforzamiento en acceso y seguri-dad de la infraestructura informática y crítica existente que facilite la presta-ción de servicios, cualesquiera que és-tos sean, la realización de actividades internas operativas, financieras y de administración; apertura de canales de comunicación directa, eficiente y eficaz de atención; realización de pa-gos seguros en línea, disposición de

formatos de diversos servicios des-cargables, un sitio web amigable, fácil, informáticamente seguro, de interés ciudadano y centralizado de todo lo que conforma a cada municipio que además se traduzca en desarrollo ma-terial, cultural e intelectual, en fin, la lista es interminable ya sea por sector, servicio o actividad.

En el caso de la población en gene-ral, las principales acciones a seguir suelen ser la creación y aplicación de programas específicos que se basen en temas como los siguientes: • Accesibilidad como son: portabili-dad, multiplataforma, oportunidad y suficiencia.• Educación: enseñanza y aprendi-zaje, uso responsable, seguridad (in-formática y de la información) y pre-vención (no necesariamente regalar dispositivos electrónicos o informáticos)• Creación de políticas públicas es-pecíficas: calidad, no cantidad, crea-ción de una agenda local de trabajo (clara, objetiva y viable), creación de una Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación donde se

requiera, personal calificado y cuali-ficado (informático, pedagógico y jurí-dico), etc. Existen aún diversas dificultades men-cionadas que en si misma enfrenta la brecha digital, como es el problema que sale de la intensión y control inclu-so de las mejores políticas públicas, como lo es el caso de la norma jurídica que regula precisamente los delitos in-formáticos en general y aquellos que se cometen exclusivamente a través del uso de internet, en el mejor de los casos; hablamos estrictamente del Código Penal Federal y de los locales correspondientes a cada Estado a los cuales solo se puede describir como insuficientes y perfectibles, para no abundar en una discusión más profun-da en este momento porque a decir verdad, representa un gran problema el hecho de que las legislaciones loca-les (ante el combate frontal a los deli-tos informáticos o cibernéticos como se les conoce), al igual que la brecha digital tienen sus propias limitaciones, entre ellas principalmente obsoles-cencia y la no inclusión de este tipo específico de delitos.

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Diversas experiencias existen en toda la república, visionarias pero insuficientes por ser esfuerzos parciales que eviden-temente se realizan con buena inten-sión político-jurídica pero sin el apoyo de expertos en aspectos técnicos e informáticos que subsanen dichas defi-ciencias. El propio Código Penal Federal requiere de manera por demás urgente una actualización importante, incluso podría existir una ley especial que re-gule este tipo de conductas criminales y que pueda realizarse con la aporta-ción y experiencia de todos los actores involucrados –Empresas, sociedad civil y gobierno– para evitar la descalificación, la sobrerregulación y hasta la represión, como ha sucedido con recientes pro-puestas inadecuadamente definidas, lo cual me lleva a pensar en la propues-ta de un Código Penal único, que bajo este panorama no suena tan descabe-llado y si más práctico, tal como sucede en la actualidad con el Código Nacional de Procedimientos Penales y las ven-tajas que ello ha representado.

De forma que debe reconocerse que la reducción de la brecha digital no contribuye de manera directa a combatir los delitos informáticos, mientras no exista la legislación jurídico penal adecuada que dará a las autoridades que imparten y administran la justicia la herra-mienta jurídica necesaria para su combate; y mientras ello no suceda, lo hacen más la prevención, la edu-cación y el uso ético y responsable, ya que precisamente la parte más vulnerable que es el usuario común, y es también la primer barrera de pro-tección; por eso los programas loca-les existentes deben ser inclusivos de distinto personal que además de enseñar y educar lo haga con sentido de responsabilidad personal, solidaria y jurídica acorde a cada nivel de edu-cación; porque el usuario común si no lo sabe, si no lo entiende o no se involucra seguirá siendo vulnerable permanentemente en un grado su-perior a lo esperado.

Para contrarrestar dicha vulnerabilidad sugiero entender y asumir lo que he denominado el ABC de la seguridad informática (Aprender, Beneficiarse y Crear conciencia); ya que si multiplicá-ramos la cantidad de usuarios de una red (mayores y menores de edad), por 3 de las más comunes vulnerabilidades, el resultado sería tan impresionante que cualquiera podría fácilmente per-catarse del potencial de riesgo existen-te, sinónimo de mucha impunidad en cualquier lugar del país dadas las diver-sas legislaciones locales, por ello hay que involucrarse y de forma cotidiana simplemente ¡Aprender! Y dejar de ser víctima en potencia…

Lic. Alejandra Morán Espinosa*Licenciada en Derecho por la UNAM, Candidata a Maestra en Política Criminal, dedicada desde hace 22 años al estudio del Derecho Informático y Derecho de las Nuevas Tecnologías, docente en la UNAM y diversas universidades privadas, conferencista e instructora en temas jurídicos relacionados con el Derecho informá-tico, delitos informáticos y temas relacionados con la Ciberseguridad y la prevención informáticas. Profesora invitada de la carrera de Matemáticas Aplicadas y Com-putación desde 2009 y desde 2013 responsable del Pri-mer Proyecto Institucional independiente, de Investiga-ción, Docencia y Difusión en Derecho Informático en la UNAM, –IUSTICS-, con sede en FES Acatlán, evaluadora de contenidos en línea para el INFOTEC, docente invitado de la Facultad de Derecho de la UNAM e Integrante de la comisión especializada de evaluadores de aspirantes a peritos auxiliares en el área de Informática Forense del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, instruc-tora en temas jurídico-informáticos para el Computer Emergency Response Team (CERT de la UNAM), así como articulista y revisora de contenidos jurídico- informáticos para la revista especializada en seguridad informática de la UNAM «.Seguridad», así como dictaminadora es-pecializada para el Instituto de investigaciones Jurídicas de la UNAM en temas de derecho informático, nuevas tecnologías y cibercriminalidad.https://www.facebook.com/IusTic/ https://twitter.com/IusTics_Acatlan [email protected] (55) 4079-1131

IMÁGENES:• http://www.lavisible.org/larevista/wp-content/uploads/2016/06/brecha-digital-1.jpg• https://lasticedu22.files.wordpress.com/2011/07/canaimacomputadoras.jpg• https://i.ytimg.com/vi/m4g6CdqB6B8/maxresde-fault.jpg

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Formación de juristas para laera digital.

La humanidad ha visto grandes cambios vinculados al vertiginoso avance de la ciencia y la tecnología. En las últimas tres décadas, las Tecnolo-gías de la Información y Comunicación (TIC), han traído consigo grandes cam-bios en cualquier actividad humana. Es la tercera revolución2, la llamada revo-lución de la Información o tecnológica, se vuelve fundamental entender el poder de Internet como herramienta potencializadora de la actividad del ser humano, ya que la generación, transfe-rencia, recepción, almacenamiento y rediseño de la información y conteni-dos se hace de manera más constante, a mayor escala, en múltiples formatos y con mayor facilidad.Aunque estoy consciente que en el mundo casi la mitad de la población no sabe lo que es vivir con Internet, en las sociedades donde se conoce es no es fácil entender la vida sin In-ternet, la red de redes, y para muchas generaciones será incomprensible ver la vida sin redes sociales, lejos de los programas de computación y dispo-sitivos móviles, a través de las cuales las personas podemos comunicarnos y acceder a información, desde casi cualquier parte del mundo en que haya señal de Internet.Las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) han ganado cada vez más terreno en las actividades cotidianas de muchos individuos y organizaciones, tanto privadas como públicas, actividades como: diversión,

entretenimiento jugar videojuegos en línea, leer un libro digital, escuchar música, generar videos, fotografías y compartir momentos entre amigos y familiares mediante video llama-da, comprar y vender, tomar clases, aprender y enseñar, todo a través de Internet. Todos estos servicios, entre muchos otros han configurado la Era Digital en la que surgen innumerables actos humanos y actos jurídicos que ameritan ser reflexionados y atendi-dos por las diferentes disciplinas y áreas del conocimiento, y el Derecho no es la excepción, sus operadores jurídicos3 deben comprender que la variedad de fenomenología de la sociedad contemporánea es cada vez más compleja y una disciplina –y quienes la practican- por sí sola, no podrá abordar los fenómenos sociales

Ernesto Ibarra Sánchez1.

complejas, globales, que rompen pa-radigmas como la soberanía y la he-gemonía de las autoridades, ante ello se requiere un esfuerzo más holístico para y aportar soluciones integrales, útiles y sostenibles a la Era Digital.Para quienes estudiamos Derecho no es ajena la frase en latín “Ubi homo, ibi societas. Ubi Societas, Ibi ius”4 la cual permite ser el punto de partida para las interrogantes de la Era digital, en principio porque muchas personas creen –equivocadamente– que Inter-net es una tierra sin Ley, que se pue-den comentar violaciones a derechos y no existirá forma de que el responsa-ble reciba una sanción.Ciertamente una sociedad con sus di-námicas a través de Internet significa mayor complejidad al mundo del Dere-cho, es un desafío que se ha producido

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por la innovación, la ruptura de esquemas tradicionales y la descentralización y glo-balidad que permite; lo cual se ve agravado por la falta de conocimiento, de interés, de visión y de apertura en los modelos de pensamiento y programas de enseñanza del Derecho en las facultades.

No solo el Derecho está viviendo desafíos ante la Era digital, varias disciplinas so-ciales están en las mismas circunstancias respecto de cómo Internet repercute en las dinámicas sociales, en gran medida se debe a la falta de personas con conoci-miento jurídico multidisciplinario y con base sólida del ejercicio correcto del De-recho, por la falta de un enfoque de aplicación del Derecho con miras a alcanzar la justicia y conscientes del aporte social que tiene nuestra ciencia, lo cual exige alejarse de la figura de un aplicador de la ley, de un servidor público –en cualquier ente público, que utiliza la ley como obstáculo para la justicia, para la innovación y para el desarrollo social y prosperidad de nuestro país, aunado a un fuerte com-promiso cívico y ético del rol del jurista.

¿Cuál es el rol de las Facultades de Derecho del país en la formación de los juristas para la Era Digital?Inculcar y refrendar el compromiso social de quienes estudian Derecho, en razón de que el Derecho ha perdido peso en el entramado social y en gran medida se ha debido a una sobrepoblación de egresados de las Facultades de Derecho que no reflejan el alto compromiso ético y social con que debería comportarse un verdadero operador del Derecho.

Reforzar los valores, la integridad de la persona que está detrás del profesional que vivirá con el conocimiento de la ciencia del Derecho, para que use sus herra-

mientas con miras al bien común, ha-cia la búsqueda de la justicia y la paz.Formar profesionales con la plena con-vicción de que la dinámica social ha cambiado vertiginosamente en mu-chos aspectos, en gran medida gracias a las tres circunstancias siguientes: globalización, multiculturalidad y digi-talización digitalizado5.• Visión globalidad implica una for-mación que tenga como referente in-eludible el escenario internacional, los cambios constantes de las políticas pú-blicas internacionales, los actores inter-nacionales, regionales y cómo el dere-cho debe expandirse y contraerse bajo la perspectiva de un enfoque global a lo local y de lo comunitario a lo global. Sin perder de vista la Sostenibilidad.• Digitalización, como un a consecuen-cia de avances tecnológicos se constitu-yó la frase acuñada a finales de los 90s, la conocida como Aldea Global, luego Sociedad de la Información, y/o Socie-dad del Conocimiento. Internet ha sido la herramienta que más impacto ha tenido a estas transformaciones socia-les, debido a su capacidad ubicua, que rompe el tiempo y el espacio ponien-do a todo el mundo (los conectados) en una misma red que evade barreras tradicionales en los ámbitos técnicos, políticos, económicos, sociales. Generar un mismo escenario global interconectado, donde esquemas e instituciones como las soberanías, las jurisdicciones y los modelos políti-cos y económicos se entrecruzan sin atender formalismos, esto genera una mezcla de Derechos nacionales que re-configuran los avances alcanzados en Derecho Internacional; en la práctica la digitalización, el Internet ha permitido que surjan nuevas variantes de la acti-vidad económica, social, cultural y polí-tica que contraviene, en muchos casos,

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ante las TIC, sino que debe hacerse flexible y elástico de manera que con ajustes leves se atiendan las nuevas situaciones, pero al mismo tiempo sin dejar de atender el centro y esen-cia del Derecho, una sociedad justa y de convivencia pacífica.

Por el contrario, las leyes sí serían más proclives a cambios dado que existe una regulación excesiva que en mu-chos casos constituye oportunidad para la corrupción y al mismo tiempo un freno a la economía y la innovación.Aunado a esto, lo fundamental está en la formación de juristas con visión holística del Derecho, que no estudien para aplicar la ley, que no memoricen artículos, códigos o fracciones, y que no deban conocer al pie de la letra los ordenamientos jurídicos, memorizar la ley es no querer aprender Derecho. Mientras más razonamiento jurídico, comprensión de causas de los fenóme-nos sociales y voluntad para encontrar las mejores soluciones en el marco de la ley estaremos contribuyendo más a un Estado de Derecho, a un Estado de civilidad y respeto, tanto fuera como dentro de Internet.Entonces, ¿Qué aspecto es relevan-te o temarios se deben enseñar a los alumnos para crear a los juristas que requiere la sociedad contemporánea y la Era digital?

Una formación con perspectiva de multidisciplinaria, en principio por la propia complejidad de la actividad de la sociedad, por la complejidad de los actos jurídicos en el mundo digital; se requiere formar juristas que compren-dan aspectos técnicos (habilidades digitales y nociones básicas de TIC), as-pectos básicos de ciencias económicas, políticas y relaciones internacionales,

estancias académicas, de investiga-ción en otras ciudades y países, que se permita ampliar su pensamiento y reaprender cosas y descubrir, no hay mejor forma de ejercer derecho multi-cultural que viajando y viviendo entre la diversidad y el multiculturalismo.

Les comparto algunas interrogantes con la intensión de detonar su curiosi-dad por el Derecho y las TIC: ¿Las cosas y actos jurídicos que acontecen al usar Internet, o en el mundo digital, son ra-dicalmente diferentes a lo que sucede en el mundo físico? ¿Cómo cambia In-ternet, el mundo digital, el surgimien-to de derechos y obligaciones? ¿Es posible que el uso de Internet reste poder e independencia a los Estados y sus instituciones políticas, sociales, culturales y jurídicos? ¿Cómo cambia la sociedad global interconectada la vigencia de las normas nacionales y subnacionales? ¿Está surgiendo un nuevo Derecho internacional, y dis-minuyendo el peso de las autoridades locales que regula actividades econó-micas de servicios de Internet como Uber, Airbnb, Netflix, Spotify, etc.? Con estas interrogantes les reto a leer sobre estos temas y a que dialoguen con sus compañeras y compañeros para formar juristas que ayuden a re-solver estos retos teóricos y prácticos. No debemos dejar que las tecnologías, y quienes las desarrollan, configuren el mundo y sigan marcando la pauta de cómo las personas interactúan.

¿El Derecho se transforma ante los cambios sociales, económicos y po-líticos que provoca el avance de las TIC? Sin duda, considero que el De-recho como ciencia tiene bases muy sólidas construidas a lo largo de va-rios siglos, no cambiará radicalmente

las estructuras de los sistemas sociales, políticos, económicos y jurídicos que han construido las naciones desde el surgimiento del Estado-Nación. Así, las nuevas conductas como el comercio electrónico, el consumo de contenidos en Internet, el uso de redes sociales, la capacidad de cons-truir esquemas de trabajo a distancia o teletrabajo, e-educación, tele salud, transporte conectado a internet y el gran volumen de datos que fluyen en las redes y cruzan fronteras en cues-tión de microsegundos, están espe-rando exigiendo del Derecho, de sus facultades y sus actores –autoridades y comunidad académica– apues-tas creativas, innovadoras, centradas en soluciones teórico-prácticas que comprendan cómo funciona Internet, el llamado ecosistema de Internet y en general que adviertan los retos de la Era Digital.• Multiculturalidad, tal vez como consecuencia de lo anterior –globa-lización y conectividad– las ciudades son cada vez más cosmopolitas, Inter-net ha permitido conectar comunida-des distintas, hacer concurrir personas de diferentes culturas, rasgos idio-máticos, etc. y ofrecer un terreno sin muros o barreras (salvo en aquellos países donde las Políticas de Internet fomentan bloqueos). Se requiere una formación de juristas con visión uni-versalista, que pueda abrir su mente a experiencias fuera de lo conocido, que tenga la capacidad de compren-der la otredad con respeto y convivir entre las diferencias, esto implica fo-mentar valores y habilidades para tra-bajo en equipo sin que los prejuicios y los modismos constituyan barreras. Aprovecho para recomendar que el estudiante de Derecho viaje cada que tenga oportunidad, que realice

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THEMIS | LEYES RIDÍCULAS

saber mediar para conseguir solucio-nes más expeditas y favorables para las partes. El abogado que no tenga enfoque de multidisciplina o transdis-ciplina perderá cada vez más terreno como facilitador e intermediario entre 2 partes en puga o ante la diversidad de aristas que encierran hoy día los sucesos, no sólo en Internet.Los principios del Derecho, su finali-dad, no cambian, este se mantiene, y por ello estudiar Filosofía del Derecho cobra relevancia, porque se requie-re formar críticos, formar científicos, abogados pragmáticos pero basados en el razonamiento lógico, que no se cierren al análisis económico del De-recho, o a los puntos de intersección de las ciencias y las TIC.

¿El Derecho siempre está detrás del avance tecnológico? Muchas perso-nas comentan esto, he llegado a es-cuchar que la sociedad moderna via-ja en un jet y el Derecho viaja en un burro, me parece que no es del todo atinado. El Derecho entendido como ciencia cuya finalidad última es la jus-tica, con sus principios fundamentales y teniendo esos valores de optimiza-ción es atemporal en general, está lis-to para afrontar los escenarios sociales que se vayan presentando con el paso del tiempo. Sin ven al Derecho como la versión escrita en leyes, reglamen-tos y manuales o procedimientos, casi siempre estarán desactualizados, no importa que tan frecuente se refor-men o armonicen. En este aspecto, podemos mencionar casos donde es necesario regular o reglamentar el uso de ciertas tecnologías, según sus fi-nes, como es el caso de los Drones, de la inteligencia articular, del Big Data, o pretender regular conductas que hoy cambia de medio–a la digital– como

los ciberdelitos, aunado a temas como la ciberseguridad, la protección de datos personales, el gobierno elec-trónico, tele salud, teletrabajo, e-edu-cación, gobierno abierto, datos abier-tos, y todas aquellas áreas que hoy día se sirven de Internet y las TIC para su desarrollo o funcionamiento.

Finalmente, debo señalar la importan-cia de los valores; integralidad, honesti-dad, congruencia, transparencia, inno-vación, valentía, convicción, pasión por la justica, confianza, razón, y entrega, son pieza fundamental para transfor-mar al Derecho, incrementar su valor en la sociedad y con ello hacer que el Derecho contribuya más a tener un país más próspero.

No hay tecnología que contribuya más que abogadas y abogados que impri-man valores a su ejercicio del Derecho.Todo ese nuevo escenario social, obliga a los operadores jurídicos, y a todos aquellos dentro del círculo del Derecho, a adecuar su conocimiento, y a ser parte del modelaje del futuro de la sociedad.

En suma, considero que; dado que la sociedad cambia todos los días el Derecho debe expandir su alcan-ce, a partir de sus alumnos y futuros profesionales del Derecho; para con-templar y abordar dinámicas sociales -económicas, políticas y culturales- di-versas, cambiantes y más complejas en su comprensión, pero en esencia el Derecho tiene una máxima que no veo cambie; la justicia, la paz y aportar hacia la felicidad de las personas y de la sociedad.

Finalmente les sugiero introducirse al tema Gobernanza de Internet, a seguir

los esfuerzos de organizaciones como ISOC, ICANN, el Foro Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información y el Conocimiento (CMSIC), los Diálogos de Gobernanza de Internet (IGF), el Foro Regional preparatorio del IGF en Latinoamérica y el Caribe (LACigf ), y los Diálogos Nacionales de Gobernan-za de Internet; así como el Congreso Iberoamericano de Derecho e Infor-mático que se celebra año con año en algún país de Iberoamérica.

1 Tomando como referencia la categoría de las 3 revo-luciones, o tres olas; la Primera Revolución fue la agrí-cola en la que las herramientas significaron un cambio en la forma de conseguir los alimentos de las socieda-des; la Segunda Revolución, aquella basada en la revo-lución industrial donde el petróleo, las máquinas de vapor, eléctricas y los metales fueron los insumos para las transformaciones de la sociedades en cualquier parte del mundo; y así llegar a la 3era Revolución, la tecnológica, misma que se enmarca en la denominada Sociedad de la Información y del Conocimiento. Véase a mayor precisión Castells, Manuel. 2002 “La dimensión cultural de Internet”, Universitat Oberta de Catalunya, julio. y Castells, Manuel (1999) La Era de la Información: 2 Economía, Sociedad y Cultura: La sociedad Red, Mé-xico, Siglo XXI.3 Esta frase comprende a toda persona cuya profesión y actividad diaria está íntimamente ligada a la apli-cación del Derecho, sin importar su denominación o encargo específico; puede ser un juez, un abogado li-tigante, un notario, un funcionario judicial, un profesor o incluso un estudiante. Todo el que haga del Derecho y su finalidad -la justicia- parte de su razonamiento y práctica podría considerarse un operador jurídico.4 Proviene del latín: “donde hay humano hay sociedad, y donde hay Sociedad hay Derecho”.5 La Era digital puede identificarse como esta era -de los 80s en adelante- en la que cada vez tenemos más tecnologías de información, más sistemas informáti-cos basados en lenguaje binario, más bienes y servi-cios sobre, principalmente, Internet: uso de Internet, redes sociales, aplicaciones móviles y web, dispositivos inteligentes, servicios públicos y privados que se pue-den usar, pagar por internet y una gran facilidad para poder comunicarse, generar, transferir y almacenar información. Resaltando el hecho de que se rompen las jurisdicciones, las barreras de tiempo y espacio y se vuelve un mundo cada vez más líquido y ubicuo.

IMÁGENES:• http://www.canieticd.org/img/blog/tecnologias-01.jpg• http://www.unir.net/wp-content/uploads/2015/10/dere-cho_tec.jpeg

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THEMIS | LEYES RIDÍCULAS

De todo un poco. Leyes ridículas. Fernanda López Serna.

LEYES RIDÍCULAS

1. NIGERIALa violencia contra la mujer está justificada, ya que en sus leyes ma-trimoniales es completamente legal que los esposos nigerianos tengan la potestad para golpear a su mujer, siempre y cuando se trate para “co-rregir sus malos actos”.

3. ARABIA SAUDITALas mujeres tienen prohibido con-ducir un automóvil. Una fetua que data de 1990 sostiene que las mu-jeres tienen prohibido conducir de-bido a que una mujer conduciendo es “una fuente de innegables vicios” y además se le considera una activi-dad exclusiva para hombres.

7. QATARSi una mujer es soltera y está emba-razada, tiene prohibido utilizar hospi-tales o recibir asistencia médica. Sus únicas opciones son prescindir del sistema de salud o abandonar el país.

5. BURUNDIEn Burundi es delito correr. En mar-zo de 2014, el presidente Pierre Nkurunziza prohibió a las personas salir a correr en grupos por motivos de seguridad, argumentando que mucha gente que está en contra de él recurrió a esta práctica durante los tiempos de conflictos étnicos, para descargar tensiones.

6. TÚNEZSegún la ley del país en cuestión de he-rencia, la mujer tunecina podrá recibir la mitad del dinero heredado. A las hijas se les conceden dos tercios de la canti-dad estimada en la herencia, mientras que los hijos tienen derecho a heredar dos veces más que sus hermanas.

4. MALTAEn Malta, los delitos graves como viola-ción y secuestro quedan absueltos una vez que el delincuente se casa con la víctima; si un hombre secuestra a una mujer y luego se casa con ella, ya sea antes del juicio, durante el juicio o cuan-do haya recibido una condena, este quedara libre de toda responsabilidad.

BIBLIOGRAFÍA • http://www.thedailybeast.com/the-worlds-craziest-anti-women-laws/vLex• http://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/?tag=dispara-tes-juridicos• http://espacio360.pe/noticia/actualidad/x-de-las-le-yes-mas-absurdas-contra-las-mujeres-aun-vigentes-en-el-mundo-91eb-user12-date2015-02-17-actualidad• http://www.europapress.es/sociedad/noticia-dia-in-ternacional-mujer-leyes-mundiales-mas-denigran-tes-20150307081014.htmlIMÁGENES1. http://mmbiz.qpic.cn/mmbiz_jpg/JIKUwRYkVdR6i-cjgzECqT7T6BuSNbkozc7gkCIgKb58iadczuY9DkXF-b42r1O0OjDaBE8u0ReNTP1k6gMjL4SjGQ/0?wx_fmt=jpeg2. http://www.infobae.com/new-resizer/j8zpmPLlyN-L9ECtXyQE3PFod8yM=/1200x0/s3.amazonaws.com/arc-wordpress-client-uploads/infobae-wp/wp-content/uploads/2016/08/10133236/shutterstock_140756266.jpg?token=bar3. https://okdiario.com/vida-sana/img/2015/10/correr.jpg4. http://conteudo.imguol.com.br/c/entretenimen-to/07/2017/02/14/gravidez-gravida-termino-duran-te-a-gravidez-1487084764623_v2_1920x1280.jpg

2. INDIAEste país la violación marital es legal, de acuerdo a su legislación “La copula se-xual o actos sexuales por parte de un hombre hacia su esposa, aunque esta se niegue, si esta no es menor de 15 años, no se le considera como violación”.

8. IRÁNPena de muerte por enamorarse. En este lugar la apostasía es un delito gra-ve en el mundo islámico, los castigos oscilan desde largas penas de prisión hasta la sentencia de muerte. En 2007 una joven de 17 años de edad, Du’a Khalil Aswad, fue apedreada en el Kur-distán iraquí por enamorarse de un jo-ven de otra religión.

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THEMIS | IUS AD HOC

AVALÚODeterminación del valor de un bien. En ejecución, valoración que se le da al bien embargado para su realización forzosa, determinando el precio que servirá de tipo en la subasta.

CATASTRORegistro administrativo en el que se describen y valoran los bienes inmue-bles rústicos, urbanos y de característi-cas especiales tal y como se define en la ley, comprendiendo tanto el suelo

como las construcciones.

DERELICCIÓNAbandono consciente y voluntario de una cosa, sin ánimo de recuperar

su posesión.

ESTAFADelito que comete el que, con ánimo de lucro, utiliza engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en per-

juicio propio o ajeno.

FECHORÍAAcción mala o delictiva.

GRAVAMENCarga que ocasiona un perjuicio. Im-puesto, tasa o cualquier contribución

patrimonial de carácter público.

HERENCIAConjunto de bienes, derechos y obli-gaciones que, al morir alguien, son transmisibles a sus herederos o a sus

legatarios.

Alejandro Castro López de Lara.

INCAPAZDicho de una persona: Que padece una enfermedad de carácter persis-tente que le impide gobernarse a sí misma o a sus bienes, haya sido o no

declarada jurídicamente incapaz.

JUICIOProceso, procedimiento jurisdiccional. Acto procesal que tiene por objeto la práctica de las pruebas que requieren inmediación, cerrándose con la expo-sición de las conclusiones finales de

las partes.

LITISCONSORCIOPluralidad de partes que intervienen en el proceso desde su inicio, como actores o demandados, para ejercitar o serles reclamada una pretensión que

les afecta directa o indirectamente.

MORARetraso en el cumplimiento de una obligación vencida, que conlleva el pago de intereses cuando la obliga-ción consista en el pago de una can-

tidad de dinero.

NORMADisposición, regla, precepto legal o

reglamentario.

ONEROSOActo que provoca un sacrificio para ambas partes, como ocurre en la

compraventa.

PERTINENCIAOportunidad o procedencia de algu-na diligencia, decisión o actuación

procesal.

QUORUMMínimo de asistentes necesario para que una reunión pueda adoptar vá-lidamente acuerdos colectivos que comprometen a la totalidad de los

miembros de una organización.

REPARODesacuerdo o crítica formulados por el auditor de las cuentas de una sociedad

u otra entidad o persona auditada.

SANCIÓNConsecuencia jurídica que el incum-plimiento de un deber produce en re-

lación con el obligado.

TIPICIDADConcreción previa de las conductas infractoras y de sus correspondientes sanciones en una norma previa y cierta.

ULTRA LEGEMMás allá de la ley.

VICIODefecto del acto, resolución o proce-dimiento por no reunir los requisitos

jurídicamente exigibles.

BIBLIOGRAFÍA:• Diccionario del Español Jurídico de la RAE (Versión digital). http://dej.rae.es

ABC DEL DERECHO

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THEMIS | MEMORIA: SEMANA DE EL COLEGIO NACIONAL EN SAN LUIS POTOSÍMEMORIA: SEMANA DE EL COLEGIO NACIONAL EN SAN LUIS POTOSÍ

Por la redacción.

ISin duda alguna, mucho de lo que somos como país se debe a sus grandes insti-tuciones culturales. Desde estos nichos del conocimiento se construyen posibi-lidades capaces de sortear los obstáculos a los que toda sociedad es inherente. Pero no sólo eso, también nos dotan de cosas sencillas y grandiosas a la vez: una visión del mundo, una lectura del presente, nuevas expresiones del arte.

El siglo XX mexicano lo podemos sujetar a la premisa de las instituciones cultura-les que se fundaron en aquellas décadas. Al día de hoy, algunas de esas casas del conocimiento se han vuelto imprescindibles.

Dentro de estos grandes referentes en la vida cultural de México se inscribe El Colegio Nacional, institución capital fundada por decreto presidencial en 1943. Entre los miembros fundadores podemos encontrar a Diego Rivera, José Vas-concelos, Alfonso Reyes, José Clemente Orozco, Mariano Azuela, Antonio Caso e Isaac Ochoterena.

En la ceremonia de inauguración celebrada un 15 de mayo de 1943, estuvieron presentes diferentes personalidades de la vida académica, cultural, jurídica y po-lítica de aquel tiempo. Cabe destacar que la Universidad Autónoma de San Luis Potosí estuvo representada por una comitiva que asistió a dicho evento.

El discurso oficial lo dirigió el Lic. Alejandro Gómez Farías, quién marcó la línea de sus miembros, tanto fundadores como próximos al decir que El colegio Nacional “es un grupo de hombres que ha dado mucho al país y por los que el país siente honda gratitud”. Entre los más de cien miembros que han conformado sus filas, pudimos encontrar a Eduardo García Maynez, Luis Villoro, Octavio Paz, Alfonso García Robles, Guillermo Haro, Carlos Fuentes, Teodoro González de León entre otros. Actualmente a José Ramón Cossío, Héctor Fix-Zamudio, Ramón Xirau, Enri-que Krauze, Miguel León Portilla, y otros más igual de importantes.

IIEl pasado mes de mayo se llevó a cabo por vez primera la Semana de El Colegio Nacional en San Luis Potosí en coordinación con la Universidad Autónoma de San Luis Potosí y con la Secretaría de Cultura de Gobierno del Estado. Jornada de una gran oferta cultural y académica que enriqueció lo mismo el diálogo con la historia, que con la ciencia, la medicina, la arquitectura y el lenguaje.

Algunos de los miembros de El Colegio Nacional que estuvieron participando en el marco de dicha Semana: Ruy Pérez Tamayo, Javier Garcíadiego, Vicente Quirarte, Con-cepción Company Company, Antonio Lazcano, Linda Rosa Manzanilla y Juan Villoro.

Nuestra Facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija” de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, fue participe en dicha Semana, pues recibió con

la conferencia magistral “Francisco I. Madero y el Plan de San Luis” al Dr. Javier Garcíadiego. Del mismo modo recibió al Mtro. Juan Villoro que tuvo dos participaciones, por un lado el diálogo “Escribir en los tiempos del cólera. Cultura y Política en el Méxi-co contemporáneo” y la excepcional conferencia “Vida y obra de López Velarde”, poeta que fuera alumno en el antecedente histórico de nuestra Universidad, el Instituto Científico y Li-terario en la carrera de jurisprudencia. Sin duda alguna, aprovechamos este espacio para agradecer la generosidad y lucidez del Dr. Garcíadiego y del Mtro. Villoro por compartir tales momentos con nuestra comunidad universitaria.

Estos tres eventos se vieron resalta-dos por la distinguida presencia del Rector de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, M. en Arq. Manuel Fermín Villar Rubio, acompañado por el Secretario General de la misma, Dr. Anuar Abraham Kasis Ariceaga, el Director de la Facultad de Derecho, M.D. José Abraham Oliva Muñoz y el Secretario General de la Facultad, Lic. Martín Joel González de Anda.

Sírvanse las siguientes notas como una parcial memoria de lo que fue la Sema-na de El Colegio Nacional en San Luis Potosí, especialmente de los eventos que se llevaron a cabo en la Facultad de Derecho, donde estuvo presente el equipo de THEMIS, pues creemos que eventos como los ya citados, nutren el diálogo del Derecho con las demás materias enalteciendo el sentido hu-manista de toda vocación.

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THEMIS | MEMORIA: SEMANA DE EL COLEGIO NACIONAL EN SAN LUIS POTOSÍ

Francisco I. Madero y el Plan deSan Luis, por Javier Garciadiego.

Diego Peralta Medina.

México es un país de una historia diversa y basta. Como se ha dicho re-iteradamente, México es muchos paí-ses a la vez. No sólo en el presente sino en cada época, nuestra nación ha sido de grandes complejidades a las que asisten los historiadores en busca de la mayor claridad posible. Unir los pun-tos, dilucidar los hechos es el gran reto.

Nuestro país tiene una amplia tradi-ción de grandes historiadores, cada uno especializado en alguna época o tema particular. Los tenemos para la época prehispánica, como para la In-dependencia o la Reforma, sin olvidar la Revolución Mexicana.

Sobre los estudios del movimiento revolucionario, encontramos en el Dr. Javier Garciadiego Dantán una de las voces con mayor prestigio. Acadé-mico destacado y hombre de insti-tuciones, ha dedicado gran parte de su vida al estudio de la Revolución Mexicana, periodo que le significa “el proceso definitorio de la mayor parte del siglo XX mexicano”.

En una entrevista realizada por la es-tupenda periodista Guadalupe Alonso con motivo de su ingreso a la Acade-mia Mexicana de la Lengua, el Dr. Ja-vier Garciadiego declaró para Revista de la Universidad de México que le in-teresaba entender el presente “de una manera más rica y compleja, desde una perspectiva más amplia. Eso me

lo daba la historia, pero, sobre todo, la historia cercana, la inmediata, la historia contemporánea. Estudié la Revolución porque quería entender el presente. Y el presente de México, sobre todo en la segunda mitad del siglo XX, está determi-nado por la Revolución.”

Hablar de la gesta revolucionaria, equivale a reconocer la íntima relación que tuvo el territorio de San Luis Potosí en dicho movimiento. De todos los sucesos gestados en tierra potosina, el encarcelamiento de Francisco I. Madero quizá sea el más relevante. Dichos nexos que unen a San Luis Potosí con la revuelta armada se convirtieron en el pretexto idóneo para llevar a cabo la conferencia magistral “Francisco I. Madero y El Plan de San Luis” impartida por el Dr. Javier Garciadiego.

Garciadiego, Doctor Honoris Causa por la Universidad Nacional de General San Martín y por la Universidad Nacional de Atenas, decidió partir en su exposición de una “provocación, pues el Plan de San Luis no fue redactado aquí, sino que sólo lleva el nombre de la entidad” declaró.

La conferencia se centró en la vida y obra de Francisco I. Madero, pues es la figura fundamental para la Revolución Mexicana. A consideración del Dr. Javier Garciadie-go, el personaje de Madero ha caído en simples definiciones que reconoció como “descripciones morales, categorías que no explican bien al personaje”. Por ello, pro-

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THEMIS | MEMORIA: SEMANA DE EL COLEGIO NACIONAL EN SAN LUIS POTOSÍ

solicitud de anulación de elecciones, pero obviamente los ignoran. Segui-do a esto confirman el triunfo de Díaz y Corral, que es el momento cuando Madero huye de San Luis Potosí con dirección a San Antonio, Texas. Aquí hay un momento decisivo en la bio-grafía de Madero, la transición de la oposición pacífica electoral a la opo-sición armada. ¿Por qué promulga el Plan de San Luis para llamar a las armas el 20 de noviembre, si su pri-mera búsqueda era por la vía pacífi-ca?. Eso es algo que los historiadores aún no hemos respondido. El Plan de San Luis fue redactado durante los últimos días de Madero en San Antonio. Dicho Plan no convoca a la revolución, simplemente apela por las armas para derrocar a Díaz, es un llamado a las armas acotado. No hay un plan de gobierno transformador de la vida social como el que produjo la revolución”.

Para concluir su conferencia, sentenció que la Revolución Mexicana aún no ha sido bien entendida, “pues los líde-res de la Revolución Mexicana fueron miembros de la élite. Madero perte-necía a la élite económica y, posterior-mente Carranza: élite política, esa fue la naturaleza de nuestra revolución”.

El historiador Garciadiego, que en 2005 recibió la Orden de Isabel la Católica por el gobierno de España, no cuestio-na al movimiento, sin embargo, asegu-ró que lo primero que debemos hacer para tener una buena vida de ciudada-nos es asimilar nuestro pasado como realmente fue.

Al término del evento, el Rector de la Universidad, M. en Arq. Manuel Fermín Villar Rubio y el Director de la Facultad, M.D. José Abraham Oliva Muñoz hicieron entrega de un reco-nocimiento al Dr. Javier Garciadiego “Por su destacada trayectoria en la his-toriografía mexicana, propiciando los encuentros del presente con el pasado que resalten el valor de la crítica y la memoria en la sociedad”.

IMÁGENES:• http://www.codigosanluis.com/postulados-de-fran-cisco-i-madero-aun-vigentes-en-mexico-javier-garcia-diego/• Comunicación Social, Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

puso verlo desde cuatro etapas de su vida: antecedentes familiares, etapa pú-blica (cuando se restringe a la propues-ta electoral pacífica), la etapa armada y por último la etapa presidencial.

Siguiendo la ruta marcada, recorrimos las vertientes por las que transitó la vida de Madero, quien recordó el Dr. Javier, tuvo una fuerte influencia ideo-lógica en sus estancias fuera de Méxi-co, pertenecía a una familia empresa-rial de renombre en el norte del país y, cuyas primeras ideas eran el fundar un partido que buscaba por medio de las urnas derrocar al entonces presidente Porfirio Díaz. De igual modo enfatizó la estancia de Madero en San Luis y lo que significó su paso por dicha enti-dad para toda la lucha revolucionaria.

Estamos hablando de junio de 1910 –cuenta Garciadiego– cuando Madero permanece preso en San Luis Potosí hasta primeros días de octubre. Debe-mos advertir que estamos hablando de un miembro de la élite. Francisco I. Madero es un minero de una familia muy reconocida en el país, particular-mente en el norte, de modo que no se le da el trato de un hombre común. También ayudó la élite local, sabemos que el obispo de la ciudad, don Ignacio Montes de Oca, presiona para que tra-ten bien a Madero. Sabemos que algu-nos estudiantes potosinos de Derecho ofrecen apoyo legal, particularmente Pedro Antonio de los Santos. Parece ser que también un estudiante de Dere-cho que no concluyó, Jesús Silva-Her-zog estaba en este grupo de apoyo. Continua “mientras Madero está pre-so tienen lugar las elecciones, recor-demos que eran a dos vueltas, eran elecciones indirectas. El Partido Na-cional Antireleccionista redacta una

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THEMIS | MEMORIA: SEMANA DE EL COLEGIO NACIONAL EN SAN LUIS POTOSÍ

Conferencia magistral: “Francisco I. Madero y El Plan de San Luis”

Cristian Said Salas Sánchez.

El pasado día 09 de mayo del pre-sente año, el Doctor Javier Garciadie-go Dantán impartió como parte de la semana del Colegio Nacional de San Luis, su conferencia magistral titulada “Francisco I. Madero y El Plan de san Luis”, teniendo lugar en el auditorio de la facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija”.

La conferencia comenzó con la in-troducción del Doctor Garciadiego y posteriormente éste dio una bre-ve introducción acerca de la vida de Francisco I. Madero y las diversas acepciones maniqueas con las que se la ha asociado a lo largo del tiem-po (ingenuo, loco, aprendiz de brujo, empresario burgués, etc.), el Doctor propuso un enfoque más crítico para analizar a dicho personaje de manera cronológica en su vida.

A lo largo de la conferencia, el Doc-tor Garciadiego comentó que a lo largo de la vida de Francisco I. Ma-dero, cronológicamente hay cuatro etapas clave que fueron decisivas para que éste personaje se cristaliza-ra como uno de los sujetos más inte-resantes en la historia de México. Se habló acerca de cómo, gracias a su preparación en el extranjero, Madero adquirió una formación ideológica que desembocó en la concepción pre-revolucionaria.

Posteriormente, hizo una crítica ob-jetiva acerca del famoso libro “La Su-cesión Presidencial”, donde califica el libro como una publicación que ro-mantizó la situación, tenía mala redac-ción, es demasiado largo, muy repeti-tivo y carece de valor intelectual, sin embargo, hace hincapié en el hecho de que como herramienta política fue muy exitoso, ingenioso y útil para que se comenzara a popularizar el anti re-eleccionismo al invitar a la creación de partidos políticos anti reeleccionis-tas y no proponer un levantamiento armado como solución y puntualizó acerca de la estrategia política de Ma-dero a través de la distribución organi-zada de la información a sectores con conocimiento político.

Finalmente, el Doctor hizo una obser-vación en dos de las más claras con-tradicciones en el Plan de San Luis, donde primero se “llama a las Armas”, técnica que acepta que Madero utili-zó vergonzosamente ya que en todas sus publicaciones siempre optaba por la democracia; la segunda es que también en el Plan de San Luis, se des-conoce el gobierno de Porfirio Díaz y posteriormente en el Tratado de Ciu-dad Juárez se reconoce la renuncia de Díaz, lo cual trata de contradictorio. Finalizo con la observación de que el Plan de San Luis es el documento me-nos Maderista que él redactó.

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THEMIS | JUAN VILLORO DE VISITA EN LA UASLP

Juan Villoro: Escribir en lostiempos del cólera.

Diego Peralta Medina.

Apenas conocemos las palabras, dialogar se nos vuelve necesario, me-jor dicho indispensable. Al paso del tiempo nos construimos con la pa-labra, tanto la que hoy se pronuncia como a través de la que accedemos gracias a la memoria escrita. Desde el verbo somos capaces de construir otras posibilidades como sociedad, también por desgracia, consumar se-rios retrocesos.

Cuando descubrimos los sitios hacia los cuales nos puede llevar la falta de palabras claras, invocar el espíritu de la crítica resulta vital. La palabra inci-siva, libre y concienzuda es arma para combatir el desprestigio con que he-mos abusado de ella. Ya lo había aler-tado Octavio Paz “Una país sin critica es un país ciego”.

Bajo estas premisas, podemos conti-nuar celebrando la conversación que mantuvimos con Juan Villoro, quien actualmente es uno de los intelec-tuales más destacados de toda Hispa-noamérica. El diálogo “Escribir en los tiempos del cólera. Cultura y política en el México contemporáneo” llevado a cabo en el marco de la Semana de El Colegio Nacional en San Luis Poto-sí, refrendó la urgencia de un debate crítico que nos exige la actualidad del país a la que asistimos.

JUAN VILLORO DE VISITA EN LA UASLP

Con la gratitud debida por la confianza, para quien aconseja y honra la amistad.

de memoria. Los recién mencionados, tuvimos la oportunidad de realizar una serie de preguntas a Villoro, quien respondió con su acostumbrada inteli-gencia generosa. A continuación, reto-mo algunas de las opiniones que Juan Villoro expuso el pasado once de mayo en esta Facultad de Derecho.

IIAvisar los inicios de un gran escritor resultó inevitable, recorrimos guiados por la memoria de Villoro su biografía de escritor y lector. Recordó que fue durante las vacaciones entre la secun-daria y la preparatoria cuando descu-brió De perfil, novela escrita por José Agustín, quien le reveló formas de la escritura tan cercanas como la vida misma que le estaba pasando. Desde

Como es bien sabido, Juan Villoro per-tenece a esa legión de escritores que devuelven el prestigio al trabajo del intelectual comprometido. No sólo es un destacado periodista que nos des-cubre lo que verdaderamente presen-ciamos como país en sus encrucijadas sociales, políticas o culturales, sino un gran escritor que transita con toda maestría por el cuento, la novela, el ensayo y sus inconfundibles crónicas. Desde estas formas de la literatura ha dibujado los rasgos que definen los triunfos y derrotas del mexicano.

Por tales motivos, resulta particular-mente destacable el encuentro que contó con las participaciones de la Mtra. Sarah Cerna Villagra, el Dr. Joserra Ortiz y, quien ahora escribe esta suerte

I

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THEMIS | JUAN VILLORO DE VISITA EN LA UASLP

entonces, surgió la vida del lector que observa en el libro una experiencia del placer. Sus ensayos sobre literatura lo confirman, pues nos invitan a conocer las obras y sus autores desde la cró-nica, el dato culto y curioso (mejor dicho imposible) y asombrosas rela-ciones, formando así, una lectura re-novada de libros fundamentales.

Juan Villoro se ha vuelto un cronista fundamental de la plaza pública que analiza todos los procesos sociales que nos preocupan, incluso aquellos que exigen una memoria viva. Por ejem-plo el Movimiento Estudiantil de 1968, episodio en la historia mexicana que a opinión de Carlos Monsiváis escribió los apuntes de la democracia. Reco-noció la impronta de expresión crítica que dejó en su generación aquel mo-vimiento donde coincidió con perso-najes como el Ing. Heberto Castillo, de quien Villoro identificó una influencia clara por sus consejos.

Juan evocó que “en una de las asam-bleas que competían con la eternidad el Ing. Heberto intervino contundente-mente al decir: Yo no sería el militante que soy sino hubiera sido ingeniero o pasado por la universidad. Yo soy políti-co por lo que vi como ingeniero. Así que necesitamos médicos, arquitectos, estu-diantes y escritores. Cuando dijo esto último, se volteó para mirarme porque entonces yo ya escribía. Me dijo: no de-jes de escribir y no escribas panfletos, escribe literatura. Entonces he tratado de combinar ambas tareas. Escribir li-teratura y a través del periodismo dar cuenta de la realidad social.”

IIISin duda alguna, la gran herencia de esa preocupación por analizar y tratar

de cambiar la realidad fue la de su pa-dre, el filósofo don Luis Villoro, cuyas ideas sobre la justicia, democracia y pluralidad que nos avisó en su libro Los retos de la sociedad por venir, de-ben continuar en el centro de todo debate cuya preocupación sea termi-nar con las certezas tan alarmantes de nuestra sociedad.

Una de esas certezas es la corrupción que día a día se exhibe sin temor ni temblor en la vitrina de lo que es el país. Ante dicho escenario Juan Villo-ro insistió en la necesidad de la edu-cación, pues a su criterio es la mejor política de seguridad a largo plazo. Así mismo, explicó que “el gran desafío es ciudadanizar la política, transitar a formas de participación mucho más directas y desinteresadas. Poder tener una política más participativa”.

Sobre el imperio de la corrupción co-mentó que la apuesta por la legalidad debe ser una apuesta ciudadana, ya que los partidos políticos no han res-petado la legalidad. Ante dicho plan-teamiento, dijo que “hay una opción de futuro extraordinaria para el Derecho, pues convertirnos en un verdadero Estado de Derecho es una utopía por el momento, sin embargo esperamos que sea la realidad de nuestro porvenir”

Al escuchar las opiniones expuestas por Juan Villoro ante un concurrido auditorio de universitarios, recordé que en muchas ocasiones se le ha considerado como el heredero de Carlos Monsiváis o de Fuentes. Rela-ciones que no creo nada lejanas de la realidad, pues todos reconocemos su destacada presencia llena de una se-vera claridad entre los intelectuales de hoy. Sin embargo, creo que Villoro es

dueño de una obra muy reconocible entre las demás literaturas con las que ha sabido dialogar y nutrirse. El motivo por el que se liga a Fuentes o a Mon-siváis, intuyo, es por su incesable obra y critica, que al igual que la de ellos, nos ayuda a alejarnos del escenario de incomprensión que mostró Carlos Monsiváis en uno de sus aforismos al decir “O ya no entiendo lo que pasa, o ya pasó lo que estaba entendiendo”.

IVLa violencia es uno de los tópicos más recurrentes en los últimos años del mercado editorial mexicano. Tema que ha tratado en diferentes crónicas des-de un punto de vista más documental. Podemos recordar que en 2010 recibió el Premio Internacional de Periodismo Rey de España en el apartado Ibe-roamericano por su reportaje “La alfom-bra roja, el imperio del narcoterrorismo”.

Sin embargo, afirmó que la preocu-pación en sus obras literarias ha sido explorar de un modo más profundo la tentación de la violencia. Nos invitó a recordar que “el ser humano es un de-predador y tiene una gran fascinación por la violencia. Nos gusta cortejar al peligro”. Comentó que en su novela Arrecife “quería reflexionar en forma simbólica y metafórica sobre la vio-lencia, no en clave periodística sino en clave de ficción”.

VComo lo había comentado, el afán de Juan ante los grandes conflictos socia-les muestra la misma intensidad por los problemas más inmediatos, por los rostros que van formando todo un paisaje subterráneo de los mexicanos en su forma de ser. Con sabia razón, Elena Poniatowska afirma que “es un

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THEMIS | JUAN VILLORO DE VISITA EN LA UASLP

personaje único dentro de nuestra li-teratura, (no cuenta en un café lo que va a escribir, ESCRIBE) y hasta ahora abarca todos los campos y observa y analiza nuestros fracasos para reírse como lo hizo Jorge Ibargüengoitia”.

Dentro de este tema, Juan Villoro ex-puso la idea de que el quebranto y el gozo definen la vida mexicana. “En México no sólo tenemos carnaval y apocalipsis sino que muchas veces tenemos carnaval en el apocalipsis. Combinamos situaciones de desastre con situaciones celebratorias. Creo que esto tiene que ver con dos cosas. Primero: que la sociedad mexicana está muy mal. Es decir, que la socie-dad, que es el conjunto de normas compartidas, no opera. Las reglas que nos hemos dado nosotros mismos no operan. Hay mucha corrupción, mucha impunidad. Por otro lado la comunidad, que es el conjunto de la-zos afectivos, culturales y emocionales es muy rica. Tenemos un gran capital como comunidad sin duda alguna. En lo que no somos exitosos es en los lazos societarios. Si pudiéramos tener ambas cosas tendríamos menos car-naval, pero ciertamente menos apo-calipsis” señaló Villoro quien es Premio Iberoamericano de Letras “José Donoso” y Premio Excelencia de las Letras “José Emilio Pacheco”.

VINo podíamos dejar de conversar so-bre la actualidad de nuestra democra-cia, sobre las prácticas urgentes que necesita. De frente al panorama de nuestra vida política, sentenció que “el mayor riesgo que tenemos es que se perpetúe el actual sistema político mexicano. Yo creo que tenemos una transición inconclusa, pues en el año

dos mil la alternancia no cambió el sis-tema político”.

Retomando el tema de la transición, anotó que nuestra democracia es de las más caras del mundo, pues a su opinión “los partidos políticos han en-tendido la transición como el arte de administrar los problemas y la política, no de solucionar los problemas. Mien-tras tengamos este tipo de políticos, tendremos lo que Mauricio Merino llama coyotes de la democracia. Lo que necesitamos es cambiar las reglas de participación ciudadana.”

VIIAl calor del diálogo, volvimos sobre las visiones que brinda la literatura. Una de las preguntas fue acerca de los motivos de la escritura de ficción. Según Villoro “la literatura de ficción es una búsque-da de la verdad. La ficción y el testimo-nio son dos formas de la verdad. ¿Quién nos va a decir que El Quijote no es ver-dadero? ¿Quién nos podría decir que leerlo no ha influido en nuestras vidas? Las verdades de la ficción explican la realidad desde otras claves”.

En seguida aludió a la obra Juan Rulfo, pues le reconoce una doble vigencia, “una que sigue siendo testimonial. En el relato Paso del Norte, Rulfo nos lleva a una balacera donde son acribillados los migrantes, tema de rabiosa actua-lidad en tiempos de Donald Trump y también de Barack Obama, quien rompió récord en deportaciones. Qué decir de la figura de El cacique como Pedro Páramo, el tipo que gobierna como si todo fuera su patrimonio. Pues en un país donde hemos visto abusos de esta manera por gobernan-tes, Pedro Páramo sigue siendo una dramática referencia para nosotros. Y

por supuesto, la otra vigencia es su lo-gro literario” refirió.

VIIIEn medio de un discurso monopoliza-do por la violencia, la corrupción, la in-justicia, seguido de un largo etcétera, es decir, por todos los factores que ali-mentan la cólera, Juan Villoro nos ha prevenido de una salida irrenunciable: la cultura. Ha dicho que “las discre-pancias confirman la importancia de reunirse” y, que debemos “imaginar el cambio desde la cultura y la ciencia”.

Haciendo una lectura de nuestra socie-dad que premia la individualidad y lo redituable, Villoro concluyó declarando: “Necesitamos una cultura de diálogo y de tolerancia. Necesitamos una cultu-ra de crítica. Necesitamos entender (y para eso son imprescindibles las univer-sidades) que el conocimiento y el pen-samiento no pueden existir en soledad ya que la educación debe ser vinculan-te. En la Grecia Clásica cualquier hom-bre medianamente culto podía opinar de ciencia, pintura o humanidades. Hoy en día hemos perdido esta facul-tad. Debemos tender puentes entre los diferentes campos del conocimiento y, esos puentes son la cultura”.

Continuó “yo siempre he dicho cuando escribo crónicas, que el principal co-metido del autor es tratar de entender. Un cronista no escribe de algo porque lo conozca, escribe para averiguarlo. Entonces, el papel de la cultura es tra-tar de entender, de relacionar a las dis-tintas áreas del conocimiento. La cultu-ra de la discusión significa sobre todo que debemos reunirnos con las perso-nas que no están de acuerdo con no-sotros. Si logramos comprender esto, tendremos una ética de la cultura.”

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IXEsto fue un poco de lo mucho que Juan Villoro nos compartió sobre su vida y obra, sobre la literatura y la sociedad en el diálogo “Escribir en los tiempos del cólera. Cultura y política en el México contemporáneo”. Al final de dicho evento, el Maestro Manuel Fermín Villar Rubio, Rector de la Universidad y el Maestro José Abraham Oliva Muñoz, Director de la Facultad, hicieron entrega de un recono-cimiento a Juan Villoro “Por su destacada trayectoria en el ámbito cultural a través del ejercicio literario y crítico, como los medios propicios para enaltecer el valor de la educación y la libertad”.

Cabe recordar que durante su estancia en San Luis Potosí, Juan Villoro visitó el Edifi-cio Central de la Universidad y otros lugares del centro histórico acompañado por el Rector de la Universidad, el Gobernador del Estado, así mismo por el Director de la Fa-cultad de Derecho. Recorridos donde salió a relucir su memoria tanto personal como histórica, haciéndonos saber que San Luis le significa una presencia latente que ha recreado una y otra vez como escenarios claves desde su literatura, podemos recordar su novela El testigo que le hiciera ganador del prestigioso Premio Herralde.

Reitero el valor de la libre discusión de las ideas desde la cultura. Pero sobre todo, resalto la necesidad de la claridad, “la limpidez” como la nombró Octavio Paz para librarnos de los peligrosos panoramas a los que estamos expuestos. Creo que si comenzamos por nombrar con las palabras debidas nuestra realidad, podremos encontrar otros caminos posibles. Como bien lo dijo Villoro retomando el verso del poeta “se hace camino al hablar”.

Termino celebrando la suma de voluntades para llevar a cabo dicha jornada, re-cordando los lemas de El Colegio Nacional y la Universidad Autónoma de San Luis Potosí que son las herencias donde seguimos encontrando los puntos de partida para proyectar un futuro: “LIBERTAD POR EL SABER” y “SIEMPRE AUTÓ-NOMA. POR MI PATRIA EDUCARÉ”.

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López Velarde presentadopor Juan Villoro.

Cristian Said Salas.Sánchez.

¿Quién fue Ramón López Velarde? Ésta es una pregunta muy amplia en-tre la juventud y muchas personas en general, ya que en aras de haber sido uno de los mayores exponentes de la poesía moderna en México, se ha man-tenido en un estado de incertidumbre.

Por lo dicho anteriormente, el célebre escritor mexicano Juan Villoro, se dio a la tarea en su conferencia Vida y Obra de Ramón López Velarde, la cual tuvo lugar el pasado 11 de mayo del presen-te año, de hablarnos de manera bio-gráfica de éste famoso personaje para la historia nacional y de San Luis Potosí.

Como comienzo de la conferencia, Vi-lloro nos habló a manera de preámbu-lo acerca de la importancia que López Velarde tuvo en el contexto histórico de México y la función de su poesía sirvió como una manera para apreciar a la patria y recatar el sentimiento de amor nacional; esto lo demostró ha-blando de su experiencia personal con la obra de López Velarde y de otros autores tales como Borges (otro autor el cual también encajaba den-tro de la admiración lopezverdiana), menciona que al ser el autor de “Suave Patria” pudo rescatar y reunir todos los elementos de su obra en ésta última; una causa de ésta particular admira-ción que recibe por múltiples autores, dice Villoro, puede ser provocada por la manera única que López Velarde te-nía para romantizar la patria.

Así mismo, Villoro mencionó la manera particular de López Velarde para apre-ciar la poesía y la capacidad de com-binar elementos coloquiales dentro de los parámetros poéticos establecidos en la creación poética, en la que se puede denotar también el sentido de dualidad que Velarde encontraba en el nacionalismo, como una lucha de po-los, característica que es importante para apreciar del todo su obra.

Por otra parte, Villoro regresando a la biografía de López Velarde, habló de como éste último tuvo un gran im-pacto al conocer la obra del célebre poeta maldito, el autor francés Charles Baudelaire, quien tuvo una gran im-portancia al lograr que López Velarde llegase a consolidar su estilo de prosa, el cual se vio inmiscuido de romance.

Villoro recalcó una habilidad que López Velarde desarrolló para que en su obra se viera plasmado su estilo único, el uso de barbarismos que rompió con todos los paradigmas de su época; sumado a esto, la tarea de iluminar un poco la vida e importancia de Ramón López Velarde y su obra en la sociedad fue un éxito.

Al final de la conferencia, el equipo corresponsal de THEMIS tuvo oportu-nidad de entrevistar a Juan Villoro y que de esta manera nos compartiera sus impresiones sobre la semana del Colegio Nacional en San Luis Potosí.

Cristian Salas: –Buenas tardes, nos en-contramos con el Maestro Juan Villoro en la Facultad de Derecho Abogado Ponciano Arriaga Leija en marco de la semana nacional del Colegio de Méxi-co. Nos gustaría hacerle unas pregun-tas de parte de la revista THEMIS.–– ¿Cuál cree que sea el futuro de la li-teratura mexicana y cuál cree que sea un autor emergente que nos pueda recomendar?–

Juan Villoro: –Bueno, sobre el futuro es muy difícil decir, porque lo que sa-bemos del futuro es que es distinto al presente, quien sabe cómo sea, lo que podemos decir es que el futuro es muy variado, hay muchos escritores, yo destacaría una infinidad de ellos, está Valeria Luiselli, Verónica Gerber, Carlos Velazquez, Emiliano Monge, Guadalu-pe Nettel, Julieta García Gonzales, Luigi Amara, Luis Felipe Fabre; en la poesía Alejandro Ricaño, también Paula Bravo en la poesía, en fin me pasaría toda una tarde diciendo nombres, lo cual quie-re decir que habrá cosas importantes, que hay buenos autores.–

Cristian Salas: –¿Cree que los alumnos de Derecho debemos incurrir en la re-dacción de narrativa o crónica?

Juan Villoro: –Yo creo que durante mucho tiempo el Derecho fue la úni-ca carrera humanística, muchos escri-tores se formaron como abogados, porque era lo más cerca que podían

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estar a una carrera que tuviera que ver con las letras, muchos de los recur-sos del Derecho tienen que ver con la narración con la explicación, hay que recordar que Stendhal decía que para aprender a tener un buen estilo literario leía el Código Napoleónico, las leyes mexicanas no siempre son el mejor ejemplo de escrituro pero el De-recho Romano sí lo es y hay muchos tratados que ayudan a reflexionar a partir de la escritura y obviamente el Derecho tiene que ver con el lengua-je y creo que se beneficia mucho el abogado de un conocimiento de la literatura; hubo maestros como por ejemplo Manuel Pedrozo, legendario maestro de la Facultad de Derecho en México que enseñaba Derecho a par-tir de las tragedias de Shakespeare o sea que la literatura es un muy buen ejemplo de temas jurídicos.–

Diego Peralta: –Una última pregunta, Juan, me gustaría tocar la pregunta del momento que está en boga, ante Do-nald Trump, tú has dicho cosas como “En tiempos de Trump es necesario re-definir a América Latina ¿Cómo crees que sea nuestra postura actualmente y cuál crees que sean las característi-cas necesarias para saber definirlo este contexto internacional?–

Juan Villoro: –Bueno, la postura oficial es una postura lamentable, porque Peña Nieto ayudó a Trump a ganar la presidencia o sea, lo invitó a México dándole la única oportunidad que el tuvo durante su campaña para mos-trarse como Jefe de Estado, entonces, en una elección tan competida como la de Estados Unidos, evidentemente el influyó en favor de Donald Trump, ésto fue percibido como un error, se le quitó el puesto al responsable de este

error que fue Luis Videgaray y cuando finalmente ganó Trump, se le dio la cartera de relaciones exteriores al res-ponsable del error, entonces, estamos frente a una política totalmente fallida de México, no hay una política conti-nental latinoamericana, no tenemos el respaldo de estos países porque Mé-xico ha abandonado a América Latina; pensamos nosotros en la política que tuvo México por ejemplo en tiempos de Carranza, él se da cuenta que hay una política muy beligerante de parte de los Estados Unidos y trata de hacer una política continental muy impor-tante, lanza la llamada “Diplomacia de los Poetas” en donde Alfonso Reyes va a Argentina, Amado Nervo va a Uru-guay y así sucesivamente varios y muy importantes intelectuales se implican en la diplomacia como Genaro Estra-da había sido canciller, en fin, yo creo que ese tipo de visión que tuvo Ca-rranza evidentemente hoy no la hay, entonces no hay una política latinoa-mericana, debería haber una por que México debe entender que Trump es un revulsivo y hubo una oportunidad de darnos cuenta y abordar temas que deberíamos de haber abordado desde hace mucho y la política fallida de Mé-xico de muchos años debería asumir una corrección que no hay.–

Diego Peralta: –Ya como última pre-gunta, Juan, llevas aquí en San Luis Potosí un encuentro que se da en la Facultad de Derecho, Ponciano Arria-ga, donde estudió López Velarde y de quien nos has hablado esta tarde, lo agradecemos. ¿Cuáles son tus impre-siones de la facultad, de esta entrevista con la revista THEMIS de la facultad?–

Juan Villoro: –Muy contento, son impre-siones totalmente epidérmicas porque

he estado muy poco tiempo y he visto demasiadas gentes que no puedo va-lorar absolutamente nada, entonces si tú me preguntas cuál es el nivel de los planes de estudio, qué nivel tie-nen los abogados, los apruebas o los repruebas, no tengo la menor idea la verdad, pero me he sentido muy bien, muy cálida la recepción, mucha aten-ción, un público muy concurrido, en fin, un auditorio muy concurrido y he estado contento.–