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1 M M A A N N U U A A L L D D E E G G E E S S T T I I Ó Ó N N P P L L A A N N D D E E C C O O O O P P E E R R A A C C I I Ó Ó N N L L O O C C A A L L D D I I P P U U T T A A C C I I Ó Ó N N D D E E C C Á Á D D I I Z Z V V E E R R S S I I Ó Ó N N 2 2 º º - - 2 2 5 5 / / 0 0 1 1 / / 1 1 6 6

MANUAL DE GESTIÓN PLAN DE COOPERACIÓN … · término municipal y la incorporación del personal que puede ser contratado con cargo al proyecto. ... las entidades de un convenio

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2

Contenido

PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN ............................................................................................ 3

FASE PREVIA O DE INICIO .......................................................................................................... 4

1. Actuaciones a realizar e importes destinados a cada una de ellas ................................... 5

2. Cumplimiento de los requisitos para el pago del anticipo ................................................ 5

3. Contratación de los técnicos de gestión y agentes de empleo contemplados en el Convenio de

Colaboración entre el DIPUTACIÓN DE CÁDIZ y la Entidad Colaboradora ................................ 6

FASE DE DESARROLLO ............................................................................................................... 6

1. Control administrativo del proyecto. ................................................................................ 7

2. Ejecución de las tareas inherentes a las actuaciones del proyecto .................................. 9

3. Justificación de gastos imputables al proyecto. .................................................................. 11

FASE DE CIERRE ....................................................................................................................... 17

1. Justificación final ................................................................................................................. 17

PROCEDIMIENTOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL .................................................................. 18

1. Seguimiento de las acciones (verificaciones administrativas). ....................................... 19

ESQUEMA GENERAL DE LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBE FACILITARSE AL DIPUTACIÓN DE CÁDIZ EN

FUNCIÓN DE LA FASE EN QUE SE ENCUENTRE EL PROYECTO ................................................. 20

ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE GESTIÓN ....................................................................... 21

ANEXOS ............................................................................................................................ 22

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PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN

Los procedimientos recogidos en este Manual están orientados a la realización de una gestión adecuada

y eficaz del proyecto PLAN DE COOPERACIÓN LOCAL de la Diputación de Cádiz.

Refiriéndonos exclusivamente a los procedimientos de gestión y seguimiento, cabe reseñar que éstos

han sido estructurados en tres grandes bloques o fases, en función del momento en que se encuentre la

gestión del proyecto:

1. FASE DE INICIO O PREVIA: es la fase que transcurre entre la firma del Convenio de Colaboración

entre el DIPUTACIÓN DE CÁDIZ y la Entidad Local encargada de ejecutar las actuaciones en su

término municipal y la incorporación del personal que puede ser contratado con cargo al proyecto.

Se trata, por tanto, de una fase preparatoria de las actividades propias del proyecto y, en la cual, al

no haber contratada ninguna persona con cargo al proyecto, recaería la responsabilidad en el

personal propio de la Entidad Local.

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2. FASE DE DESARROLLO: es la fase, propiamente dicha, de ejecución de las actuaciones propias del

proyecto.

Se trata, por tanto, de una fase que transcurre desde la incorporación del personal del proyecto

hasta la finalización de las actuaciones que contempla el proyecto en relación a las personas

beneficiarias.

En esta fase, la responsabilidad seguiría siendo de la Entidad Local, quién podrá apoyarse en los

Técnicos de Gestión contratados. No obstante ello, la Entidad deberá supervisar que el trabajo

desarrollado por estos técnicos se desarrolla de acuerdo a lo previsto.

3. FASE DE CIERRE: en esta fase lo verdaderamente importante es justificar adecuadamente que las

actuaciones del proyecto han sido ejecutadas correctamente, de acuerdo con los requerimientos del

Programa.

Esta labor de justificación económica y técnica en la Fase de Cierre seguirá recayendo sobre la

Entidad Beneficiaria, quien deberá asegurarse de que se han cumplido todos los compromisos y

obligaciones asumidas con la ejecución del proyecto.

4. SEGUIMIENTO Y CONTROL: se trata de un procedimiento transversal a toda la vida del proyecto, a

través del cual se trata de comprobar que efectivamente el proyecto está siendo ejecutando por la

Entidad Beneficiaria de acuerdo a la normativa que vincula a este tipo de proyectos.

Esta función de seguimiento y control corresponde al DIPUTACIÓN DE CÁDIZ (Asistencia Técnica)

como entidad responsable del proyecto.

FASE PREVIA O DE INICIO

Tal y como se ha expuesto es la fase que se abre tras la firma del Convenio de Colaboración entre el

DIPUTACIÓN DE CÁDIZ y la Entidad Beneficiaria.

Es una fase preparatoria de las actividades del proyecto, en la que la Entidad deberá actuar con su

propio personal porque es una fase previa a la contratación del personal técnico que será, en definitiva,

en quienes recaiga gran parte de la actividad y gestión del proyecto.

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Las actividades que, en esta Fase Previa, deben desarrollar las Entidades, básicamente, se orientarán a

tres objetivos:

1. Estipular las actuaciones a realizar y los importes destinados a cada una de ellas.

2. Cumplimiento de los requisitos para el pago del anticipo contemplado en el proyecto.

3. Contratación, en su caso, de los técnicos de gestión contemplados en el Convenio.

1. Actuaciones a realizar e importes destinados a cada una de ellas.

Una vez determinadas las actuaciones a realizar y comprobado que se trata de inversiones que

cumplen con lo requerido en el Plan de Cooperación Local se procederá a la firma con cada una de

las entidades de un convenio de colaboración, que establecerá las condiciones particulares de

ejecución del plan. La entidad deberá desarrollar las actuaciones aprobadas en un plazo de cuatro

meses desde la firma de este convenio.

2. Cumplimiento de los requisitos para el pago del anticipo.

Tal y como se establece en el artículo 7 de los convenios referidos en el párrafo anterior, las entidades

podrán solicitar el pago anticipado del 100% de la financiación cumpliendo los siguientes requisitos:

- Datos de identificación del responsable de ejecución del Plan en la entidad.

- Informe en el que se declare determinación concreta de que las actuaciones del Plan son

“necesidades urgentes e inaplazables” y el número y características del personal indispensable

para atenderlas (en el caso de no haberse justificado debidamente con anterioridad).

- Inicio del procedimiento de selección del personal a contratar para la ejecución del proyecto.

- Inicio del procedimiento selección o imputación del personal encargado de la gestión e

implementación del Plan.

- Cronograma de ejecución de las actuaciones

- Datos bancarios de la cuenta que, a efectos de garantizar la existencia de una clara pista de

auditoría, será la que se utilice para realizar todas las operaciones vinculadas al desarrollo de

las actuaciones del Plan en el ámbito de intervención de la entidad.

Asimismo, los municipios deberán acreditar que las actuaciones financiadas por el Plan están encuadradas y quedarán contabilizadas en nuestra entidad como gastos de inversiones según codificación proporcionada por el Área de Empleo de la Diputación de Cádiz.

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3. Contratación de los técnicos de gestión contemplados en el Convenio de

Colaboración entre el DIPUTACIÓN DE CÁDIZ y la Entidad Colaboradora

La gestión de un proyecto, como el PLAN DE COOPERACIÓN LOCAL de la Diputación de Cádiz, conlleva

un esfuerzo administrativo y de organización. Siendo conscientes de ello, y al objeto de que el proyecto

no suponga un sobreesfuerzo sobre el personal de la entidad, el Convenio contempla la financiación de

un equipo técnico integrado por Técnico/s de Gestión.

Estos técnicos podrán ser imputados o contratados por las Entidades Beneficiarias. Por imputación se

entiende que uno o varios de los técnicos ya contratados por parte de la Entidad, puedan destinarse a

esta tarea y por contratación, que éstos sean incorporados para ello mediante un procedimiento de

contratación de personal.

También se contempla la posibilidad de que estas tareas sean desempeñadas por personal ya

contratado por la entidad pero que no se impute ningún importe al proyecto.

FASE DE DESARROLLO

La fase de desarrollo del proyecto es la fase de ejecución del mismo. Debemos entender que se inicia

con la incorporación del personal técnico que, en cada Entidad Beneficiaria, se encargará tanto de la

gestión administrativa del proyecto, como a la atención de los requerimientos de la asistencia técnica

contratada para el proyecto.

El hecho de que el proyecto permita la contratación de este personal técnico no supone, en modo

alguno, que la Entidad Beneficiaria se desentienda del proyecto. Debe de tenerse en cuenta que este

personal es contratado por la propia Entidad y que está bajo su supervisión para que lleve a cabo las

actuaciones propias del proyecto, a las que se ha comprometido en virtud del Convenio firmado con la

Diputación de Cádiz.

De acuerdo con ello, en el presente Manual de Gestión se establecen cuáles son las obligaciones que

establece la asistencia técnica para la administración del proyecto.

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Cabe, igualmente, señalar que alguna de estas obligaciones podrán ser realizadas por los responsables

de la Entidad Beneficiaria con anterioridad a la incorporación de los Técnicos de Gestión, si así lo

estiman pertinente.

En esta Fase de Desarrollo, los técnicos de gestión deberían asegurar:

− El control administrativo del proyecto.

− La ejecución de las tareas de su competencia inherentes a las actuaciones del proyecto.

− Una adecuada justificación de los gastos imputables al proyecto.

Para ello, deberán llevar a cabo las siguientes actuaciones:

1. Control administrativo del proyecto.

1.1. Establecimiento del sistema de contabilidad.

En ejecución de lo dispuesto en el Convenio de Colaboración, el/los Técnico/s de Gestión contratado/s

por la Entidad, deberán asegurarse que el proyecto se contabiliza de forma independiente y separada

respecto de otras operaciones de la Entidad.

Concretamente el artículo 10º del Convenio de colaboración establece que:

“1.- La contabilidad de las acciones vinculadas al Plan deberá llevarse de forma separada o mediante

una codificación contable adecuada que permita una identificación inequívoca y exhaustiva de todas

las transacciones relativas a las actuaciones del mismo.

2.- Las informaciones contables deberán, en la medida de lo posible, presentarse en forma de

registros informáticos.”

1.2. Elaboración de la pista de auditoría.

Uno de los aspectos críticos en la gestión de proyectos financiados por la Diputación de Cádiz es la

gestión de una Pista de Auditoria adecuada.

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Ello comporta no sólo la correcta aplicación de los requerimientos reglamentarios adecuados, sino

también el registro contable, la construcción, custodia y buena gestión de los expedientes,

documentación y actos administrativos que la constituyen.

Los controles y seguimiento de las operaciones hacen un énfasis específico en lo adecuado del Registro,

la custodia y puesta a disposición de la información relativa a las mismas.

Para facilitar estos procesos (y mejorar los resultados del control), así como la detección preventiva de

posibles incidencias, pueden realizarse algunas actuaciones como las que se indican a continuación:

− Identificación de la documentación: la pista de auditoría adecuada se construye a partir de distintas

fuentes de información y documentación. Es muy importante identificar y codificar todas las

referencias vinculadas a una determinada operación, al objeto de transmitir dicha información.

− Utilización de un sistema contable adecuado: una vez adoptada la referencia para ordenar toda la

información, en lugar de emplear otras referencias como pueden ser las temporales, para la

construcción de la pista contable adecuada las entidades colaboradoras deberán disponer de un

sistema contable detallado en el apartado anterior

− Es importante recordar que los registros contables han de indicar la fecha de su creación, el importe

de cada partida de gastos, la naturaleza de los justificantes y la fecha y el método de pago.

− Organización y conservación de la documentación: la documentación asociada al proyecto y que

forma la pista de auditoría ha de mantenerse en todo caso un mínimo de TRES años a partir del

cierre del Proyecto, en previsión de posibles solicitudes por parte de los responsables de la

Diputación de Cádiz. Ello comporta, tanto la necesidad de contar con espacios adecuados, como la

aplicación de un sistema de organización que minimice la necesidad de volumen de archivo.

Tal y como se ha indicado, la certificación es el hito de referencia en torno al que se debe organizar la

documentación de las operaciones. Para ello la entidad colaboradora:

1. Deberá guardar copia de todos los documentos relacionados con las actuaciones. A menudo, los

documentos originales se dispersan por distintos departamentos o áreas, incluso en una misma

entidad. Es aconsejable que el equipo de gestión del proyecto conserve una copia compulsada de

todos ellos.

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2. Los documentos justificativos del importe de una determinada certificación deberían guardarse, en

papel, junto con los modelos de formulario y solicitud de reembolso construidos para la misma, a

pesar del uso de medios telemáticos (incluida firma electrónica) para su presentación.

2. Ejecución de las tareas inherentes a las actuaciones del proyecto

2.1. Contratación o imputación del personal imputado al proyecto

Tal y como ha sido expuesto, el proyecto contempla la contratación (o imputación de gastos de personal

propio de la Entidad Beneficiaria) para realizar diferentes tareas con cargo al proyecto:

− Técnicos/as de Gestión.

− Personal para la ejecución de las actuaciones.

Este personal deberá estar debidamente identificado y correctamente imputado al proyecto, en función

de las horas efectivamente dedicadas al mismo. Para ello, la Entidad Beneficiaria deberá cumplimentar

el Anexo 5, en el cual deberá consignarse:

1. El personal propio, o contratado laboral, asignado para ejecutar el proyecto.

2. El perfil profesional que le corresponde a este personal

3. La duración estimada, en meses, que va a trabajar en el proyecto.

4. El porcentaje de su jornada que se va a dedicar al proyecto: 100 %, en caso de plena dedicación o un

porcentaje menor, si es a tiempo parcial.

Este Formulario deberá cumplimentarse al inicio de las contrataciones correspondientes. En el caso de

que éstas se produzcan en diferente momento, se actualizará la información suministrada en el primer

Formulario. Es decir, se completará la información inicialmente suministrada por la Entidad

Colaboradora, con las nuevas contrataciones realizadas.

La información suministrada deberá ir firmada por el/la Técnico/a de Gestión, con el Visto Bueno de

el/la Responsable de la Entidad Beneficiaria.

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2.2. Selección de las personas beneficiarias

Con anterioridad al inicio de la actividad, la Entidad Beneficiaria deberá solicitar al Servicio Andaluz de

Empleo de su localidad una selección del personal técnico y ejecución de las actuaciones, debiendo

asegurarse de que el procedimiento de selección de estas personas se realiza de acuerdo a los principios

de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, exigiéndose también la condición de desempleados.

Las personas beneficiarias deberán ser desempleadas y estas inscritas como demandantes de empleo en

el Servicio Público de Empleo correspondiente y tendrán la consideración de desempleadas de larga

duración. La selección de personal se realizará a través del Servicio Andaluz de Empleo, por razones de

plazo y dificultad, dado los criterios de prioridad establecidos mediante la solicitud del doble de

candidatos de los que se van a contratar. Una vez preseleccionados éstos, serán los servicios sociales

municipales quienes a través de los criterios de prioridad establecidos procederán a la selección

definitiva. Estos servicios elaborarán un acta de selección. En la selección de los trabajadores de este

Plan de Cooperación Local de la Diputación Provincial tendrán prioridad absoluta los miembros de una

misma unidad familiar o de convivencia con menores a cargo en la que todos los miembros se

encuentren en desempleo y sin ingresos procedentes de prestaciones, rentas o pensiones, y atendiendo

al nivel de ingresos al reparto per cápita. La única limitación prevista a dicha prioridad es que no podrán

ser beneficiarios del plan más de una persona por unidad familiar. Una vez discriminado el supuesto

anterior se tendrán en cuenta los siguientes criterios por orden de prioridad:

1. La situación socio-económica de los trabajadores y de sus familias

2. La no percepción de prestaciones ni subsidios por desempleo.

3. Los requisitos de cualificación, titulación, edad o cualquiera otro establecido por la entidad

local.

Los aspectos curriculares de los desempleados tales como formación académica, experiencia laboral, etc

podrán establecerse de manera excepcional como requisito de selección pero no serán puntuados salvo

para resolver empates derivados del cómputo de los criterios socioeconómicos y laborales.

Condiciones:

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- Los contratos tendrán una duración máxima de dos meses a jornada completa o a

tiempo parcial y se formalizarán por cualquiera de las modalidades previstas en la

legislación laboral vigente.

- La jornada laboral tendrá una duración mínima de 35 horas semanales para los

contratos a jornada completa.

- Las personas beneficiarias percibirán un salario no inferior a 1.5 veces la del salario

mínimo interprofesional vigente en la anualidad, ni superior al doble del mismo.

- La cuantía subvencionable de los contratos a tiempo parcial formalizados será

proporcional a las horas de trabajo efectivo realizadas en relación con la jornada a

tiempo completo.

2.3. Adquisición del material necesario para el desarrollo de las actuaciones aprobadas.

El proyecto financia la adquisición de materiales y herramientas, sin la consideración de inventariables,

inherentes a la obra así como los equipos de protección individual o colectivo, confección de carcelería,

ropa de trabajo, etc.

El importe máximo a subvencionar por este concepto es igual a un 15% del total de la ayuda aprobada.

En principio, no está prevista la financiación de materiales inventariables, entendidos como tales los que

tengan una vida útil superior a un año. No obstante, previo informe justificativo de necesidad de la

misma y previa remisión de presupuesto de costes de alquiler o/y adquisición, esta Diputación (a través

de la Asistencia Técnica contratada al efecto), podría llegar a estudiar dicha posibilidad.

3. Justificación de gastos imputables al proyecto.

3.1. Análisis de elegibilidad.

Se entiende por análisis de elegibilidad el análisis previo que las Entidades Beneficiarias deben realizar

para determinar la elegibilidad o no de un gasto de acuerdo a los requisitos que legalmente se

establecen. Todos estos aspectos relativos a la elegibilidad del gasto serán chequeados con ocasión del

procedimiento de verificación y control que se describe más adelante.

A continuación se señalan los criterios fundamentales que se imponen a los proyectos:

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− Que los gastos se lleven a cabo para la realización de las actividades aprobadas en el proyecto al

que se le haya concedido la ayuda.

− Que sean adecuados a los objetivos y prioridades definidos en las Bases Reguladoras de la

Convocatoria.

− Que exista constancia documental de su realización, de modo que puedan ser verificables. Esta

constancia documental también hace alusión a la toma de fotografías del material y de las

actuaciones del proyecto.

− Que sean conformes a la normativa comunitaria y nacional aplicable.

− Que se realicen dentro del plazo de ejecución establecido en el Convenio con la Diputación de

Cádiz. En este sentido hay que hacer las siguientes consideraciones:

• La fecha de finalización del proyecto será de cuatro meses contados a partir de la firma del

convenio. Los gastos imputados al proyecto deberán ser devengados en este periodo.

• En cualquier caso deberán ser gastos efectivamente pagados, esto es, para los que el

reconocimiento de la obligación y el pago material se hayan efectuado en el periodo de

elegibilidad. No obstante, aquellos gastos que por su naturaleza deban ser pagados en una

fecha posterior serán considerados elegibles.

A continuación se presenta de manera resumida aquellos costes susceptibles de ser subvencionados

y aquellos que, en ningún caso, podrán serlo. Debe de tenerse en cuenta de que se trata de un

extracto de la normativa aplicable, que debe orientar a la entidad colaboradora pero que, en ningún

caso, sustituye la normativa aplicable en la que se basa.

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COSTES SUBVENCIONABLES COSTES NO SUBVENCIONABLES

Costes de personal

Aprovisionamientos

Gastos financieros (no serán subvencionables los

intereses deudores de las cuentas), multas,

penalizaciones financieras y gastos de

procedimientos judiciales

Gastos de apertura y gestión de cuentas

bancarias, de transferencia y otros cargos

administrativos

Gastos de alquiler de equipamiento Gastos de seguro de accidentes de los

participantes

Elementos inventariables*

Percepciones no salariales excluidas de cotización

en el Régimen General de la Seguridad Social, a

excepción de los pluses obligatorios establecidos

por convenio y las dietas y gastos de locomoción

* Se contempla la posibilidad de considerar subvencionables la adquisición de determinados elementos

considerados inventariables necesarios para la ejecución de las actuaciones aprobadas, previa

autorización del servicio técnico.

3.2. Autorización del gasto: para poder ejecutar un gasto es preciso que previamente esté autorizado

por parte de la Entidad Beneficiaria para lo cual se regirá por el procedimiento establecido en cada

una de ellas.

3.4. Justificación del gasto: la comprobación de la realidad de los gastos declarados se realizará a través

de la verificación de que éstos se encuentran soportados por facturas o documentos contables de

valor probatorio equivalente, y están efectivamente pagados.

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3.5. Certificación del gasto.

Las Entidades Locales Colaboradoras están obligadas a presentar en la fase intermedia a la Diputación

de Cádiz:

− Un Informe de Ejecución, de acuerdo con el modelo normalizado proporcionado por la Diputación

de Cádiz (Anexo 10), que incluirá una relación de todas las actuaciones del Plan ejecutadas durante

los dos primeros meses del Plan. Este informe de ejecución deberá permitir valorar el cumplimiento

de los objetivos, los medios utilizados para la ejecución, la relación entre los resultados previstos y

los obtenidos y el uso que se está haciendo de los recursos financieros.

− Un informe de avance, que describirá la ejecución prevista para el siguiente periodo (Anexo 6).

Para proceder al cierre del programa de actuación

− La documentación acreditativa de los gastos realizados y efectivamente pagados durante el

periodo que se justifica, conforme a lo establecido en el Anexo 7.

− Informe de finalización de la actividad.

− Declaración formal del representante legal de la entidad beneficiaria en la que se haga constar que

el importe de la ayuda obtenida se ha destinado al objeto y fines que la motivaron y que se ha

realizado el programa, proyecto o servicio.

− Declaración formal del representante legal de la entidad de los gastos efectuados con cargo a la

ayuda concedida, debidamente desglosados, y acreditados mediante la presentación de copias de

las facturas y justificantes de gastos, así como de sus correspondientes pagos, coincidentes con el

presupuesto adjudicado.

Los documentos originales escaneados se remitirán junto con certificación expedida por el funcionario

competente acreditativa de que dichos documentos se corresponden con su original.

Este mismo procedimiento será extensivo a la documentación que ha de presentarse con el certificado

de inicio para el pago del 100% de la ayuda asignada a cada Ayuntamiento-ELA.

En cualquier caso la Diputación de Cádiz y los demás organismos competentes podrán solicitar

información complementaria en cualquier momento.

Los pagos se efectuarán directamente en la cuenta bancaria que designe cada municipio. Tanto el

número de cuenta bancaria como la acreditación de la titularidad de la misma deberán ser comunicados

a la Diputación de Cádiz.

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El plazo de presentación de la justificación finalizará con la ejecución de la actuación. Con carácter

excepcional, previa solicitud motivada de la entidad beneficiaria que se habrá de presentar, antes de la

finalización del plazo indicado, se podrá autorizar la ampliación de éste, por una sola vez, y sin que tal

ampliación pueda exceder de dos meses.

Corresponderá a la entidad colaboradora, a través de el/los Técnico/s de Gestión de cada Entidad

Beneficiaria, la preparación de toda esta documentación.

3.6. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS GASTOS

- COSTES DE PERSONAL:

La imputación de costes de personal en la aplicación de justificación se hará conforme a los importes

que figuren en la documentación siguiente:

- modelo 111 Y modelo 190 de la AEAT

- Contratos y nóminas

- Resúmenes contables mensuales detallados por trabajador y concepto salarial. En caso de que no sea posible la realización de estos resúmenes contables se podrá aportar un certificado del Interventor con los detalles requeridos.

- Modelos TC1 y TC2 de la TGSS.

- Convenio colectivo de aplicación y partes horarios

- Justificación bancaria de pago de la nómina, del TC1 de la TGSS y del modelo 111 de la AEAT.

- Documentación contable de todos los conceptos anteriormente citados.

- MATERIALES:

La documentación a aportar será:

- Factura, con clara identificación de los materiales y cantidades utilizados

- Justificación bancaria de pago de las facturas.

- Documentación contable.

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Para garantizar el principio de de publicidad, transparencia y concurrencia contemplados en la

normativa, deberán solicitarse al menos tres presupuestos siempre que ello sea posible sin importar el

importe y siempre que sea posible, esto es una recomendación para los gastos que sean inferiores a

3.000’00€, pero será OBLIGATORIO en aquellos contratos que superen dicha cantidad, en este

supuesto. SU NO EXISTENCIA IMPLICARÁ LA RETIRADA DEL GASTO, SIEMPRE Y CUANDO NO EXISTA UN

INFORME TÉCNICO JUSTIFICANDO ADECUADAMENTE DE LA NO PRESENCIA EN EL EXPEDIENTE DE

DICHOS PRESUPUESTOS.

REQUISITOS DE LOS DOCUMENTOS:

1. FACTURAS:

Para que sean conformes, habrá de constar de forma clara:

a) fecha y numero de factura

b) datos identificativos del expedidor (nombre/razón social, NIF/CIF, domicilio/domicilio social)

c) datos identificativos del destinatario (nombre/razón social, NIF/CIF//domicilio social)

d) importes, con desglose de IVA (y, en su caso retenciones a cuenta, descuentos, ...)

e) descripción de los bienes o servicios que se facturan de forma clara y precisa.

f) inclusión en la factura de la leyenda “Plan de Cooperación Local. Financiado en un 100% por la

Diputación de Cádiz”

NO SE CONSIDERARÁN VÁLIDAS A EFECTOS DE JUSTIFICACIÓN LAS FACTURAS EMITIDAS A PERSONA

JURÍDICA DISTINTA DEL BENEFICIARIO.

2. DOCUMENTOS DE PAGO:

Los documentos acreditativos del pago del gasto subvencionable han de hacer expreso:

a) la FECHA-VALOR del pago, que debe ser como máximo la fecha tope de justificación

b) la identificación del BENEFICIARIO DEL PAGO Y DEL ORDENANTE DEL MISMO: el ordenante

del pago debe ser el beneficiario de la ayuda (coincidencia de CIF y denominación social)

c) CONCEPTO en que se ordena el pago, con remisión al número o números de factura a que

corresponde (si el documento de pago como tal no hace referencia a la/s factura/s, deberá ir

acompañado de la documentación complementaria que permita verificar la correspondencia

entre gasto y pago)

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NO SE ACEPTARÁN AQUELLOS DOCUMENTOS DE PAGO QUE, AÚN SIENDO CONFORMES

CON LOS REQUISITOS FORMALES SEÑALADOS ANTERIORMENTE, NO PERMITAN

IDENTIFICAR CLARAMENTE LAS FACTURAS VINCULADAS AL PROYECTO A LAS QUE

CORRESPONDEN

FASE DE CIERRE

La Fase de Cierre del proyecto se inicia una vez concluidas las actuaciones sustantivas del proyecto.

En esta fase lo verdaderamente importante es justificar adecuadamente que las actuaciones

emprendidas con ocasión del proyecto han sido debidamente ejecutadas, de acuerdo a los

requerimientos del Programa: Justificación Final de Gastos.

La Justificación Final de Gastos, si corresponderá a el/los Técnicos de Gestión y, por tanto, y se describe

a continuación.

En esta fase, por tanto, la Entidad Beneficiaria se deberá asegurar que cada uno de los técnicos elabora

la documentación de acuerdo a las indicaciones expuestas y, una vez recopilada, remitirla a la

DIPUTACIÓN DE CÁDIZ para su justificación final.

Es importante que esta documentación sea remitida con anterioridad a la desvinculación laboral de

los técnicos contratados, para evitar cualquier pérdida de información relevante.

Por último, conviene recordar que las obligaciones de la Entidad Beneficiaria no cesan con la remisión

de esta información al cierre del proyecto. Tal y como se ha comentado anteriormente (véase apartado

Elaboración de la pista de auditoría) la Entidad debe conservar la documentación justificativa del

proyecto durante un plazo mínimo de TRES AÑOS, contabilizados a partir del cierre del Plan.

1. Justificación final

1.a. Documentación administrativa: corresponderá su preparación a el/los Técnico/s de Gestión

contratado/s por la Entidad Beneficiaria, con cargo al proyecto. Esta documentación será la siguiente:

− Memoria final de gastos pagados, según el modelo en Anexo 8.

18

− Comunicación de finalización del proyecto, conforme al Anexo 9.

− Declaración responsable, relativa al depósito de la pista de auditoría del proyecto, según el

Anexo 11.

− La documentación acreditativa de los gastos realizados y efectivamente pagados,

correspondientes al último bimestre, conforme a lo establecido en el presente Manual. Los

documentos originales acreditativos del gasto y del pago quedarán en poder de la Entidad

Beneficiaria, a disposición de los órganos de comprobación y control, hasta la total prescripción

de los derechos de la Administración, debiendo indicar la entidad colaboradora el lugar de

custodia y depósito de la documentación original, de conformidad con el artículo 60.f) y del

artículo 90.1 del Reglamento (CE) 1083/2006, respecto a las garantías sobre la disponibilidad de

toda la documentación sobre el gasto, las verificaciones y las auditorias necesarias para contar

con una pista de auditoría apropiada, conforme a lo establecido en el Anexo 11.

1.b. Documentación técnica:

− Un Informe Final (o Memoria Técnica Justificativa), de acuerdo al contenido propuesto en el

Anexo 12.

PROCEDIMIENTOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL

Las labores de seguimiento y control se constituyen como la observación detallada de las actuaciones

que se llevan a cabo con la finalidad de recopilar información de calidad para realizar posteriormente

controles y verificaciones. Se trata de un procedimiento continuo y metódico de recogida de

información y de tratamiento de datos.

En el transcurso del seguimiento de las acciones del Proyecto se van a llevar a cabo un elevado número

de tareas que, en muchas ocasiones, se ejecutan en paralelo. Así frente a la complejidad de las mismas

se ve la necesidad de detallar cada tarea a desarrollar y su organismo responsable.

Las tareas de seguimiento y control corresponderán, en un primer nivel, a la

DIPUTACIÓN DE CÁDIZ como entidad responsable del proyecto. Las Entidades

Beneficiarias, como ejecutoras del proyecto en el territorio estarán a disposición de las

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personas encargadas de realizar los procesos de verificación y/o control.

1. Seguimiento financiero y administrativo de las acciones (verificaciones

administrativas).

Estas verificaciones se realizan en las instalaciones de la DIPUTACIÓN DE CÁDIZ sobre la documentación

facilitada por las Entidades Locales Colaboradoras responsables de la ejecución del Proyecto (copias

compulsadas).

Se comprobará al menos:

− Que el gasto se sitúa dentro del período elegible.

− Que el gasto corresponde al proyecto aprobado.

− Que los documentos justificativos se ajustan a una adecuada pista de auditoría.

− Que se cumplen las reglas sobre ayudas de Estado, las reglas medioambientales y las reglas sobre

igualdad de oportunidades y no discriminación.

Los datos financieros deben registrarse para cada una de las diferentes transacciones recogidas en el

proyecto, siempre que hayan tenido gastos efectivamente realizados y que éstos sean efectivamente

elegibles.

Como herramienta básica de verificación administrativa se utilizarán los Formularios Específicos

facilitados por el DIPUTACIÓN DE CÁDIZ, y que se tendrá que remitir junto con las justificaciones de

gastos de las Certificaciones realizadas por la entidad colaboradora.

Las acciones de promoción, información o publicidad que la entidad tenga prevista realizar en el marco

del Plan, se deberá hacer constar la participación de la Diputación Provincial de Cádiz, mediante la

inserción del anagrama de la entidad provincial, así como con el lema:

“Plan de Cooperación Local. Financiado en un 100% por la Diputación de Cádiz”.

Asimismo, las entidades beneficiaras están obligadas a informar a los beneficiarios y a la opinión pública

en general sobre la participación la Diputación Provincial de Cádiz en la financiación de las actuaciones.

20

ESQUEMA GENERAL DE LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBE FACILITARSE AL DIPUTACIÓN

DE CÁDIZEN FUNCIÓN DE LA FASE EN QUE SE ENCUENTRE EL PROYECTO

Para una mejor comprensión del circuito documental previsto entre la Entidad Beneficiaria y la

DIPUTACIÓN DE CÁDIZ se relaciona, a continuación, una Tabla-Resumen, indicativa de la Fase en que se

precisa, el momento en que debe darse traslado y el Anexo correspondiente del presente Manual de

Gestión.

FASE DE INICIO

MOMENTO DOCUMENTO Nº ANEXO

Tras la firma del Convenio

Diputación de Cádiz-Entidad

Beneficiaria

Datos bancarios de la Entidad Beneficiaria 1

Certificado de Inicio de las actividades 2

Identificación de los Responsables del

proyecto 3

FASE DE DESARROLLO

MOMENTO DOCUMENTO Nº ANEXO

Tras la incorporación o asignación

de personal con cargo al proyecto Personal asignado al proyecto 5

MOMENTO DOCUMENTO Nº ANEXO

A los dos meses (a partir de la

fecha de Certificación del Inicio

de las Actividades

Informe de Ejecución Intermedio 10

Certificado de gastos realizados y

pagados 7

Informe de Avance 6

FASE DE CIERRE

21

MOMENTO DOCUMENTO Nº ANEXO

Una vez finalizadas las actividades

del proyecto

Memoria Final de Gastos incurridos 8

Comunicación de la finalización del

proyecto 9

Pista de auditoría del proyecto 11

Informe Final 12

Certificado de gastos realizados y

pagados 7

ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE GESTIÓN

El Manual de Gestión es un documento vivo que puede ser actualizado cuantas veces sea necesario para

que resulte sencillo de aplicar. La actualización se realizará en los siguientes casos:

− Actualización y modificación de la normativa aplicable.

− Modificación del procedimiento de seguimiento y control del proyecto.

− Revisiones o cambios del Proyecto.

− Mejoras realizadas por algunos de los agentes implicados en la intervención.

22

ANEXOS

ANEXO 1. DATOS BANCARIOS DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA

DATOS BANCARIOS DE LA ENTIDAD LOCAL FIRMANTE

ENTIDAD LOCAL FIRMANTE

CIF :

ENTIDAD BANCARIA:

DOMICILIO DE LA SUCURSAL:

CÓDIGO IBAN CÓDIGO

ENTIDAD

CÓDIGO

OFICINA D.C NÚMERO DE CUENTA

En ……………. a ………………

El Responsable de la Entidad (Cargo, nombre y firma)

23

ANEXO 2. CERTIFICADO DE INICIO DE LAS ACTIVIDADES

24

25

ANEXO 3. IDENTIFICACIÓN DE LOS RESPONSABLES DEL PROYECTO

26

ANEXO 4. ESTIMACIÓN DE COSTES SALARIALES Y MODELO DE NÓMINAS

27

28

29

30

ANEXO 5. PERSONAL ASIGNADO AL PROYECTO

P E R S ON A L A SI G N A DO AL PR OY ECT O (1)

DATOS DE LA ENTIDAD COLABORADORA

Entidad firmante

Denominación proyecto

Referencia (Nº proyecto)

Actuación

PERFIL DEL PERSONAL(2) Nº (3) FECHA INICIO

CONTRATACIÓN DURACIÓN (4) % JORNADA (5)

TOTAL PERSONAS

Fecha:

Vº Bº El Técnico de Gestión (6)

El Responsable de la Entidad (6)

(1) Personal propio o contratado laboral asignado por la Entidad para ejecutar el proyecto.

(2) Tipo de personal (Coordinador, Director, Técnico, administrativo, auxiliar, peón,... etc.)

(3) Número total de personal del mismo perfil.

(4) Duración estimada en meses para trabajar en el proyecto.

(5) Porcentaje de la jornada dedicada a tareas del proyecto.

(6) Los responsables designados por la Entidad a efectos de notificaciones oficiales y observaciones técnicas.

El Responsable de la Entidad

31

ANEXO 6. INFORME DE AVANCE

INFORME DE AVANCE

PORTADA

Se debe incluir:

− Datos de la entidad colaboradora y CIF.

− Denominación y referencia del proyecto.

− Período al que hace referencia el informe de Avance.

− Fecha de realización del informe de Avance.

INTRODUCCIÓN

Breve introducción del informe de Avance.

AVANCE DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR

− La entidad local firmante detallará las principales actividades que tiene previsto desarrollar a lo

largo de los próximos dos meses al amparo del proyecto.

− Estas actividades deberán aparecer planificadas, propuestadas y cronografiadas. Es decir, deberán

aparecer descritas, situadas en el tiempo (inicio y finalización previstos) y presupuesto aproximado a

justificar a lo largo de los dos próximos meses.

− Posibles problemas que pudieran plantearse para el cumplimiento de la planificación prevista.

32

ANEXO 7. TABLAS DE JUSTIFICACIÓN DE GASTOS

ANEXO A LA CERTIFICACIÓN DE GASTOS

Numero de proyecto: Convocatoria:

Denominación del proyecto:

Entidad colaboradora: AYUNTAMIENTO DE

Numero de certificación:

DISTRIBUCION DEL GASTO POR CONCEPTOS Y

SUBCONCEPTOS

PRESUPUESTO

APROBADO

CERTIFICADO

TOTAL

INVERSION TOTAL (I+II)

I. Gasto elegible (1+2)

1. Coste personal

1.1. Personal técnico de gestión

1.2. Personal para la ejecución de las actuaciones

2. Materiales

II. Gasto no elegible

33

JUSTIFICACION ECONOMICA PAGO DE COSTES LABORALES

AYUNTAMIENTO DE

COSTES LABORALES PAGADOS MES

%

IMPUTACION

POR

TRABAJADOR

S.S.

TRABAJADOR

MES

S.S.

EMPRESA

MES

TC-

1

MES

Fecha

pago

TC-1

IRPF

MES

Fecha

pago

IRPF

OTRAS

RETENCIONES

MES

Fecha pago

RETENCIONES

LIQUIDO

MES

Fecha

pago

LIQUIDO

TOTAL

COSTES

LABORALES

PAGADOS

MES

IMPORTE

TOTAL

PAGADO EN

MES

IMPUTADO

POR

TRABAJADOR

Técnicos de gestión

Personal para la ejecución de las actuaciones

TOTALES

34

AYUNTAMIENTO DE

DETALLE DE GASTOS EN MATERIALES

PERIODO

PROYECTO

FACTURA

FECHA

EMISION

FECHA

PAGO

ENTIDAD

EMISORA

FACTURA

N.I.F. O C.I.F.

ENTIDAD

EMISORA

FACTURA CONCEPTO

BASE

IMPONIBLE IVA

IMPORTE

FACTURA

%

IMPUTADO

AL

PROYECTO

IMPORTE

IMPUTADO

35

JUSTIFICACION ECONOMICA PAGO DE COSTES LABORALES

AYUNTAMIENTO DE

DETALLE DE IMPUTACION DE GASTOS DEL PROYECTO

METODO PARA IMPUTAR GASTOS DEL PROYECTO

Tipo de gastos Metodo de calculo (1) % imputacion (2)

Personal

Material

Otros

Fecha:

VºBº El Tecnico Responsable (3)

EL Responsable de la Entidad (3)

(1) Especificar el metodo adoptado por la Entidad para calcular la parte de los gastos corrientes a imputar al proyecto a efectos de la subvencion (nº de efectivos de personal, importe de los proyectos gestionados por la entidad,

etc…)

(2) Indicar el porcentaje de imputacion del proyecto.

(3) Los responsables designados por la Entidad a efectos de notificaciones oficiales y observaciones tecnicas.

36

ANEXO 8. MEMORIA FINAL DE GASTOS INCURRIDOS

CERTIFICADO DE GASTOS REALIZADOS Y PAGADOS

DATOS DE LA ENTIDAD COLABORADORA

Entidad firmante

Denominación proyecto

Referencia (Nº proyecto)

Actuación1

CERTIFICADO

D./Dª nombre en calidad de de la entidad y como fedatario público de la Entidad Beneficiaria del

Proyecto Plan de Colaboración Local.

CERTIFICA que, según consta en los informes elaborados por los responsables de la Intervención,

Contabilidad y Tesorería en su caso, así como de los demás departamentos de la Entidad implicados en

la ejecución del proyecto, todos los gastos incluidos en el anexo adjunto:

− Corresponden a la justificación de final de gastos.

− Cumplen los requisitos de subvencionalidad del gasto.

− Están soportados con facturas o documento contables de valor probatorio equivalente.

− Y han sido abonados al ejecutar al proyecto referenciado en el marco del programa operativo y

asciende a la cifra XXX euros (cifra en letras de euros) según el siguiente detalle:

Firma VºBº

Fedataria/a público de la Entidad El Responsable de la Entidad

(Cargo, nombre y firma)

37

Subconcepto(1) Nº PERSONAS PERÍODO (3) % TIEMPO IMPORTEPresupuesto DEDICACIÓN (4) GASTO (5)

1.1

1.1

1.1

Suma parcial Subconcepto 1.1

1.2

1.2

1.2

1.2

1.2

1.2

1.2

1.2

1.2

Suma parcial Subconcepto 1.2

1.3

1.3

1.3

1.3

Suma parcial Subconcepto 1.3

SUMAS TOTALES

(fecha y firma)

Vº Bº Vº Bº EL RESPONSABLE DE LA ENTIDAD (6) EL RESPONSABLE TÉCNICO (7)

MEMORIA FINAL.ANEXO I. GASTOS DE PERSONAL PROPIO Y LABORAL CONTRATADO

PERFIL DE PERSONAL (2)

38

ANEXO 9. COMUNICACIÓN DE LA FINALIZACIÓN DE ACTUACIONES

FINALIZACIÓN DE ACTUACIONES

DATOS DE LA ENTIDAD COLABORADORA

Entidad firmante

Denominación proyecto

Referencia (Nº proyecto)

Actuación1

D./Dª. Nombre, como cargo de la Entidad arriba referenciada, de acuerdo a lo previsto en el Convenio

de Colaboración firmado con la Diputación de Cádiz de fecha,

DECLARA, bajo su responsabilidad:

• Que se han realizado las actuaciones previstas en el Convenio de Colaboración firmado con la

Diputación de Cádiz, relativas al Proyecto, para cuya ejecución se ha concedido una subvención con

cargo a la convocatoria de ayudas de la Diputación de Cádiz indicada anteriormente, habiendo

finalizado las mismas con fecha día de mes de año.

• Se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la subvención y conseguido los objetivos

previstos en el citado Proyecto.

En municipio, a día de mes de año

El Responsable de la Entidad

(Cargo, nombre y firma)

_______________

39

ANEXO 10. INFORME DE EJECUCIÓN INTERMEDIO

INFORME DE EJECUCIÓN INTERMEDIO

PORTADA

Se debe incluir:

− Datos de la entidad colaboradora y CIF.

− Denominación y referencia del proyecto.

− Período al que hace referencia el informe de ejecución.

− Fecha de realización del informe de ejecución.

INTRODUCCIÓN

Breve explicación sobre el objeto del Informe.

CONTENIDO

Explicación, de forma clara y precisa, la situación intermedia del Proyecto respecto a la situación inicial

del municipio de referencia.

Se deberá incluir de forma concreta y detallada información sobre el desarrollo y el grado de

cumplimiento de los objetivos del proyecto, si se han producido desviaciones en el mismo y sus causas,

los itinerarios integrados de inserción, etc.

40

ANEXO 11. PISTA DE AUDITORÍA DEL PROYECTO

PISTA DE AUDITORÍA DEL PROYECTO

DATOS DE LA ENTIDAD COLABORADORA

Entidad firmante

Denominación proyecto

Referencia (Nº proyecto)

Actuación

D./Dª. Nombre, como cargo de la Entidad arriba referenciada, de acuerdo a lo previsto en el Convenio

de Colaboración firmado con la Diputación de Cádiz de fecha,

DECLARA, bajo su responsabilidad, que los órganos responsables de la custodia de la documentación

justificativa del Proyecto, así como el lugar físico donde está depositada y su soporte informático son los

siguientes:

UNIDAD DEPOSITARIA DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

Responsable: D/Dª

Cargo y Unidad:

Domicilio:

Localidad: Provincia:

Teléfono y fax: e-mail:

Ubicación física de la documentación:

Soporte informático

41

UNIDAD DEPOSITARIA DE LA DOCUMENTACIÓN CONTABLE

Responsable: D/Dª

Cargo y Unidad:

Domicilio:

Localidad: Provincia:

Teléfono y fax: e-mail:

Ubicación física de la documentación:

Soporte informático

Fecha:

El Responsable de la Entidad

(Cargo, nombre y firma)

42

ANEXO 12. INFORME FINAL

INFORME FINAL

PORTADA

Se debe incluir:

− Datos de la entidad colaboradora y CIF.

− Denominación y referencia del proyecto.

− Período al que hace referencia el informe de ejecución.

− Fecha de realización del informe de ejecución.

INTRODUCCIÓN

Breve explicación sobre el objeto final del Informe.

CONTENIDO

Explicación, de forma clara y precisa, la situación final del Proyecto respecto a la situación inicial del

municipio de referencia.

Se deberá incluir de forma concreta y detallada información sobre el desarrollo y el grado de

cumplimiento de los objetivos del proyecto, si se han producido desviaciones en el mismo y sus causas,

los itinerarios integrados de inserción, etc.