Upload
lydieu
View
267
Download
1
Embed Size (px)
Citation preview
1
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE RECURSOS HUMANOS Y FINANCIEROS
SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
UNIDAD DEPARTAMENTAL DE PRESTACIONES
Lic. Alejandra Barillas Rustrián
Directora Ejecutiva de Recursos Humanos y Financieros
Mtra. María Adriana Suárez Linares
Subdirectora de Recursos Humanos
Lic. Armando Morales Flores
Jefe de la Unidad Departamental de Prestaciones
Lic. Edgar Renán Córdova Lazos
Coordinador Especializado
Elaboró: Psic. Gabriela Calderón Suárez
Zaragoza No. 280 Col. Buenavista, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300
Tel. 5597 0360 al 63. Extensión 16
2
Í N D I C E
BIENVENID@ A LA POLICÍA AUXILIAR ................................................................................................................................ 3
OBJETIVO: ........................................................................................................................................................... 5
I. ¿DÓNDE ESTAMOS? ................................................................................................................................................................... 6
II. ¿QUIÉNES SOMOS? ................................................................................................................................................................... 8
III. MARCO LEGAL ....................................................................................................................................................................... 11
IV. NUESTRO ORGANIGRAMA………………………………………………………………………………………………………….14
V. CUALES SON NUESTRAS PRESTACIONES .................................................................................................................... 15
VI. PRESTACIONES OTORGADAS POR MEDIO DE LA CAPREPA........................................................................... 24
VII. OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO ................... 28
VIII. PROHIBICIONES…………………………….……………………………………………………………………….……………….30
ANEXOS ............................................................................................................................................................ 31
HIMNO DE LA POLICÍA AUXILIAR ................................................................................................................. 32
4
CARTA DEL DIRECTOR GENERAL
La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, es parte de la Secretaría de Seguridad Pública, los que tenemos el honor de trabajar en ella, nos debemos al lema que nos identifica: “Honestidad, Lealtad y Trabajo”. Necesitamos personal con fortaleza para llevar en alto las insignias de la Corporación, con mentalidad de servicio porque nos debemos a los ciudadanos que nos contratan y con habilidades como el trabajo en equipo y de calidad en el servicio para mantener nuestro prestigio. Ahora tú eres parte de los esfuerzos que se requieren para lograr las metas que nos hemos trazado. Bienvenido, necesitamos que te integres a la fuerza impulsora que nos posicione como la mejor policía del Gobierno de la Ciudad de México.
Primer Superintendente Mtro. Ángel Eric Ibarra Cruz
Director General de la Policía Auxiliar de la CDMX
5
OBJETIVO:
Proporcionar la información que todo trabajador de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, requiere conocer para que se ubique dentro del entorno de trabajo en que se encuentra y fácilmente se identifique con su Corporación, su Unidad y su posición, que tenga la información básica de las percepciones, que esta Organización da a sus elementos a cambio de sus servicios. I. ¿Dónde estamos?
Nos ubica como parte de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, describe la importancia que tiene, la organización y funciones que desempeña dentro del Gobierno de la Ciudad de México y la sociedad a la que servimos.
II. ¿Quiénes somos?
Presenta nuestra misión, visión, funciones sustantivas, objetivos estratégicos y valores.
III. Marco Legal.
Ofrece el panorama del marco jurídico que nos rigen.
IV. Nuestro Organigrama Presenta la imagen de nuestra Estructura Organizacional: Direcciones Ejecutivas, Direcciones, Subdirecciones, Unidades Departamentales y Jefatura del Estado Mayor con sus Regiones de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.
V. ¿Cuáles son nuestras prestaciones? Describe el pago de conceptos adicionales a nuestro salario y la forma de tener acceso a ellos.
VI. Prestaciones otorgadas por medio de la CAPREPA. Describe las prestaciones que la Caja de Previsión Social de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México (CAPREPA), otorga al personal que forma parte de ésta Corporación.
VII. Obligaciones de los elementos de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.
Consiste en una relación de las obligaciones que todo personal debe cumplir como parte
de una cultura Corporativa.
VIII. Prohibiciones.
Es un listado de lo que no se debe hacer, de acuerdo al marco jurídico que nos rigen.
Anexos Cuadro con ubicación de las Clínicas y Hospitales. Himno de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.
6
I. ¿DÓNDE ESTAMOS?
La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, forma parte de la policía complementaria de la
Secretaría de Seguridad Pública, por lo tanto, es una Institución dentro de la Administración
Pública del Gobierno de la Ciudad de México.
SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA
CIUDAD DE MÉXICO
7
La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, tiene como marco normativo el que rige al Gobierno de
la Ciudad de México, a su vez observa los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y
honradez de la Secretaría de Seguridad Pública, de ahí, se desprenden las dependencias
policíacas, como instituciones armadas, disciplinadas y jerarquizadas de naturaleza civil, para
garantizar los derechos e integridad física y patrimonial de los habitantes de la Ciudad de México.
Por lo que es facultad del Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, en
coordinación con el Director General de la Policía Auxiliar, ejercer el mando directo de la Policía,
conforme a lo establecido en el artículo 4º de la Ley Orgánica de la Secretaría, así como designar y
remover libremente a los servidores públicos titulares de las Unidades Administrativas y
Unidades Administrativas Policiales, expedir los acuerdos, circulares, lineamientos y bases
conducentes al buen desempeño de las funciones de la Secretaría.
La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, está organizada en tres Regiones y 19 Sectores, cuyos
titulares se distinguen con un apelativo característico para su identificación entre el personal
operativo, a su vez, éstos se subdividen en Destacamentos con la función de ayudar a realizar las
múltiples responsabilidades operativas a cargo de un Comandante de Sector.
8
II. ¿QUIÉNES SOMOS?
Somos una Corporación Policíaca Complementaria de la Secretaría de Seguridad Pública de la
Ciudad de México, con una historia de creación que ha ido evolucionando, hasta convertirse en lo
que hoy conocemos.
En el contexto social, político y económico, se empiezan a organizar los primeros grupos
de sectores, que fueron constituidos por los veladores y cuidadores de automóviles en la
vía pública o en estacionamientos de la Ciudad de México, se unieron en torno a jefes que
contaban con espíritu de servicio y capacidad de liderazgo, y que fueron sus herramientas
únicas para imponer reglas generales de actuación y disciplina.
Don Leandro Castillo Venegas, militar de carrera, alrededor de 1925 funda en Lomas de
Chapultepec, la primer Unidad de Vigilancia, que estuvo constituida por 7 elementos. Este
pequeño grupo sería al paso del tiempo, el origen y vértebra de lo que hoy es la Policía
Auxiliar de la Ciudad de México.
En 1941 el Presidente Manuel Ávila Camacho, emite el primer “Reglamento de Veladores
Auxiliares de la Policía Preventiva del Distrito Federal”.
Durante 1949 el presidente Lic. Miguel Alemán Valdés, determinó mediante Decreto
Oficial, que todos los Oficiales e individuos que integraban el Grupo de Policía Auxiliar
quedaban bajo las órdenes y normatividad de la Dirección de Tránsito y Transportes del
Departamento del Distrito Federal.
En el gobierno del presidente Lic. Miguel de la Madrid Hurtado en 1984, reconoce a la
Corporación como prestadora de servicios a particulares, y señala de manera explícita,
que la normatividad de la Policía Preventiva era de observancia obligatoria para la Policía
Auxiliar. Incorporándolos dentro del gozo de los beneficios de seguridad social que se
otorgara a los trabajadores del Estado. Medida que representaba un alto costo, sobre todo
por la rotación de personal, por lo que fue manejada discrecionalmente, otorgando
algunas prestaciones sociales a sus elementos por medio del “Fondo de Ahorro y
Prestaciones Sociales de la Policía Auxiliar”.
En Febrero de 1988, se constituyó la Asociación Civil denominada, “Servicios Sociales para
la Policía Auxiliar del Distrito Federal”, por su naturaleza, esta Asociación Civil tenía una
personalidad jurídica propia que la hizo independiente en su funcionamiento.
En 1993 se expide la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, en donde se considera
a la Policía Auxiliar en forma complementaria del entonces Departamento del Distrito
Federal con funciones específicas y obligaciones para desempeñarse bajo el mando y
dirección de la Secretaría de Seguridad Pública, prestar Servicios de Seguridad, así como
enterar a la Tesorería de los ingresos percibidos por la prestación de sus servicios.
El 20 de mayo de 2005, se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Reglamento
Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, donde se establece que
9
la Policía Complementaria proporcionará servicios de protección, custodia y vigilancia de
personas y bienes, valores e inmuebles a dependencias, entidades y órganos de los
Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial Federales y del Distrito Federal, órganos
autónomos federales y locales, así como a personas físicas y morales, mediante el pago de
la contraprestación que se determine.
Los avances en la normatividad y la consolidación de la organización y administración
interna, dan importantes resultados en beneficio de la Ciudad de México y sus habitantes,
el pasado y evolución de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, hoy se refrendan en los
éxitos de la Corporación.
Actualmente la Policía Auxiliar contribuye no sólo con los actos de seguridad y vigilancia
personal al Gobierno de la Ciudad de México y a empresas, sino también con la generación
de aproximadamente 28,000 empleos que benefician a la mayoría de los habitantes del de
la Ciudad de México y área metropolitana.
Nuestra Corporación avanza y crece, siendo un ejemplo para otras empresas privadas similares
en el ámbito nacional.
MISIÓN
Proporcionar servicios de protección y vigilancia a las personas físicas y morales de los sectores:
público y privado, a cambio de una contraprestación en numerario, así como, coadyuvar con la
Secretaría de Seguridad Pública, en los operativos que ésta disponga, a fin de preservar el orden
en la vía pública.
VISIÓN
Prestar un servicio eficiente, cubriendo todas las demandas de nuestros usuarios, así como lograr
una buena imagen ante la ciudadanía a través del apoyo oportuno en requerimientos de
seguridad pública, con honradez, transparencia y lealtad a la Corporación.
Ser la mejor Policía de la Ciudad de México y llegar a ser una Policía de clase mundial.
10
VALORES DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
HONESTIDAD
Entendiéndose por honestidad, el ser probo, recto, honrado, conducirse con la verdad en
un contexto de equidad y justicia.
LEALTAD
Cumplimiento de lo que exigen las leyes de la fidelidad y las del honor y hombría de bien;
legalidad, verdad, realidad. Hacer aquello con lo que uno se ha comprometido, aún en
circunstancias cambiantes.
TRABAJO
Obtener resultados con el esfuerzo aplicado a una ocupación retribuida, obra resultado de
una actividad humana.
CONSTANCIA
Firmeza y perseverancia del ánimo en las resoluciones y en los propósitos.
VOCACIÓN DE SERVICIO
Dedicarse a algo para lo cual se tiene una disposición para una acción y efecto de servir.
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
Utilizar métodos operativos y de inteligencia policial de vanguardia.
Consolidar los actuales servicios de seguridad y vigilancia contratados, tanto con la
iniciativa privada, como con el gobierno de la Ciudad de México.
Llegar a ser una Corporación eficiente, eficaz y con niveles óptimos de desarrollo,
competitividad y rentabilidad.
Mantener a la Corporación en un servicio constante, leal y eficaz para la sociedad,
cumpliendo con la Constitución, Leyes y Reglamento establecidos bajo el lema:
“Honestidad, Lealtad y Trabajo”.
Honrar el otorgamiento por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional de la Licencia
Oficial Colectiva No.6 para la Portación de Armas de Fuego.
Practicar a sus elementos en tiempo y forma los exámenes psicológicos y toxicológicos
reglamentarios en cumplimiento a la Ley Federal de Armas de Fuego.
Integrar al Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública, perteneciente al Sistema
Nacional de Seguridad Pública a los elementos de la Policía Auxiliar de la Ciudad de
México.
11
PRINCIPIOS
Estos principios rigen a todo funcionario público, sujetos de responsabilidad
administrativa y obligaciones en el servicio público
Legalidad
El actuar de la Administración Pública, se debe apegar a la Ley y demás disposiciones
jurídicas y administrativas que la rigen.
Honradez
La conducta como servidor público se debe ajustar a los principios morales fundamentales
de esta sociedad, y con ello evitar una afectación al interés y a la hacienda pública, así
como al patrimonio de la Ciudad de México.
Lealtad
Prestar el servicio de tal forma que el cumplimiento de nuestras obligaciones éste siempre
por encima de los intereses personales, así como que los recursos que nos asignen, sean
utilizados exclusivamente para el fin correspondiente.
Imparcialidad
El servidor público actuará sin conceder preferencias o privilegios indebidos a
organización o persona alguna.
Eficiencia
Cumplimiento de nuestras obligaciones para lograr los resultados que se esperan,
mediante la correcta utilización de recursos que nos son asignados.
12
III. MARCO LEGAL
Decreto presidencial del Lic. Miguel Alemán Valdés, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 13 de marzo de 1949.
Decreto presidencial del Lic. Miguel de la Madrid Hurtado, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 6 de julio de 1984, en el que se promulga el Reglamento de la Policía
Preventiva del Distrito Federal, en su Artículo 13, establece que la Policía Auxiliar forma
parte de la Policía del Distrito Federal.
El 20 de mayo de 2003, se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley Orgánica
de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, con el objeto de establecer las
bases para la organización de la Secretaría de Seguridad Pública, para el despacho de los
asuntos que le competen de conformidad con lo que establecen las disposiciones legales
aplicables.
El 20 de mayo de 2005, se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Reglamento
Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, donde se establece que
la Policía Complementaria, proporcionará servicios de protección, custodia y vigilancia de
personal y bienes, valores e inmuebles a dependencias, entidades y órganos de los
Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial Federales y del Distrito Federal, órganos
autónomos federales y locales, así como a personas físicas y morales, mediante el pago de
la contraprestación que se determine.
A continuación se presenta la relación de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y circulares que
regulan la actuación de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.
CONSTITUCIÓN
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
LEYES
Ley Federal del Trabajo.
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Ley Orgánica de Administración Pública del Distrito Federal.
Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29.01.1996 y en el D.O.F.: 07.02.1996.
Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal.
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Ley de Servicio Público de Carrera de Administración Pública del Distrito Federal.
Ley Orgánica del Tribunal Contencioso Administrativo del Distrito Federal.
Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.
Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
13
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Ley de Procedimientos Administrativos del Distrito Federal.
Ley de Protección Civil para el Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal.
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Distrito Federal.
REGLAMENTOS
Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
Reglamento que establece el Procedimiento para la Conclusión de la Carrera Policial de la
Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
CIRCULARES
Circular Uno y Uno Bis (vigente) en Materia de Administración de Recursos, publicadas en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
ESTATUTOS
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
REGLAS
Reglas de Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar del
Distrito Federal.
Reglas para la Aplicación de Correctivos Disciplinarios en la Policía del Distrito Federal.
Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del
Distrito Federal.
OTROS
Guía Técnica para la elaboración de manuales del Gobierno del Distrito Federal. Oficialía
Mayor.
NOTA. Los ordenamientos legales citados son enunciativos, más no limitativos, ya que es apreciable toda legislación
que tenga relación con el ejercicio de las funciones encomendadas a la dependencia.
15
V. CUALES SON NUESTRAS PRESTACIONES
AGUINALDO
PRESTACIÓN ANUAL.
El personal operativo y administrativo, recibirá un importe de 40
días de salario como aguinaldo cuando hayan cumplido un año de
servicio y se pagan partes proporcionales a quienes hayan laborado
menos del año, con fundamento en los lineamientos que para tal
efecto emita la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.
En los casos que el juez lo determine y ordene, se aplicarán los descuentos judiciales
correspondientes a la pensión alimenticia.
VACACIONES
PRESTACIÓN SEMESTRAL.
El personal Operativo y Administrativo debe disfrutarlas, en caso contrario se tendrán como
disfrutadas.
NUMERO DE DÍAS: 20 días de vacaciones anuales, los cuales podrá
disfrutar en dos periodos de 10 días cada uno(cada seis meses de
trabajo). En caso de tener licencias médicas o licencias sin goce de
sueldo, durante todo el periodo no le serán otorgadas, y en su caso, se
le otorgarán las partes proporcionales que correspondan.
REQUISITOS PARA DISFRUTARLAS. Cumplir seis meses de servicio para disfrutar el primer
periodo.
PRIMA VACACIONAL.
Se paga el 25% del importe de las vacaciones..
Ejemplo
SUELDO MENSUAL
SUELDO DIARIO
MONTO POR VACACIONES
PRIMA VACACIONAL
$ 15,000.00 $ 500.00 $ 5,000.00 $ 1,250.00
16
VALES
Son aplicables para personal administrativo y operativo, otorgados de acuerdo a los lineamientos
emitidos por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México. Sujetos a canje en lugares
asignados. Siempre y cuando se cuente con la asignación presupuestal. Aplican descuentos
judiciales por pensión alimenticia cuando así lo indique el juez.
TIPO DE VALES:
Estimulo de fin de año
Para el personal administrativo y operativo, otorgado de
acuerdo a los lineamientos emitidos por la Oficialía Mayor del
Gobierno de la Ciudad de México. Sujetos a canje en lugares
asignados.
El importe de los vales es de acuerdo a los lineamientos
emitidos por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México. Aplican descuentos
judiciales por pensión alimenticia cuando así lo solicite el juez.
Complementarios
Se otorgan vales de despensa denominados como “Complementarios”, cuyo
importe se especifica en los Lineamientos emitidos por la Oficialía Mayor de
la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
Día del niño
Se otorgan exclusivamente al personal que tengan
registrados hijos en edades establecidas en los
lineamientos emitidos por la Oficialía Mayor de la
Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de
México.
17
Día de las madres
Se otorgan únicamente a las madres que tengan registrados a
sus hijos conforme a los lineamientos emitidos por la Oficialía
Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de
México.
UNIFORMES ESCOLARES
Se otorgan anualmente.
Se entrega al personal administrativo y operativo, que
cumpla con los requisitos de los lineamientos. Aplican
mediante dispersión directa a la cuenta de nómina de
cada elemento por cada uno de sus hijos que estén
cursando el último nivel de pre-escolar y hasta el 3er.
año de secundaria en escuelas públicas localizadas en
las zonas conurbadas a la Ciudad de México y otros
Estados, siempre y cuando se otorgue el presupuesto
por parte del Gobierno de la Ciudad de México.
El importe del vale, es de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Oficialía Mayor de la
Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
PAQUETE DE ÚTILES ESCOLARES Y MOCHILA
Se otorgan anualmente.
Para personal administrativo y operativo de acuerdo a los lineamientos
emitidos por la Secretaría de Seguridad Pública.
Se entrega el paquete de útiles escolares al personal, por cada uno de
sus hijos que estén cursando el último nivel de pre-escolar y hasta el
3er. año de secundaria.
18
CAJA DE AHORRO
El personal administrativo y operativo, participa en la Caja de
Ahorro con aportaciones quincenales de $150.00 pesos que se
reintegran junto con sus intereses generados con corte a la
primera quincena de diciembre.
Préstamos
El personal administrativo y operativo tiene derecho a un préstamo otorgado a través de la Caja
de Ahorro de la Policía Auxiliar, hasta un monto máximo de
$13,000.00 pesos.
Hay préstamos sin avales, cuya garantía y monto máximo a solicitar
es lo que tenga ahorrado el solicitante. Se requiere de una
antigüedad mínima de seis meses, con previa autorización. El cargo
de intereses es del 2% mensual.
El plazo máximo de pago por préstamo, es de la fecha de solicitud
hasta la quincena 23 (1ª. de diciembre) o en plazo menor si así lo
requiere el solicitante.
Préstamos Especiales, son para cubrir cualquier emergencia, previa autorización del Comité de
Préstamos Especiales, siempre y cuando, esté garantizada la capacidad de pago por parte del
solicitante.
SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO (SAR)
El SAR es una prestación complementaria del Sistema de
Pensiones, el cuál fue creado el 1º de mayo de 1992.
Mediante éste, el trabajador va creando un fondo que
aumenta sus recursos posibilitándolo al momento de su
retiro para una vida más digna.
¿Cómo se integra la cuenta del S.A.R.?
Se compone de una cuenta individual a nombre de cada
uno de los trabajadores y está conformada por la subcuenta de ahorro para el retiro (2% del
salario, en forma bimestral).
19
¿Quién realiza las aportaciones?
La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, para que sea entregado a cada una de las cuentas
individuales tanto del personal operativo, como del administrativo.
SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL
La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, estableció a partir del 30 de abril de 2010, un seguro
de vida institucional, por medio de un contrato con una aseguradora independiente, para todo el
personal, que se encuentre activo, con el fin de proteger al titular, con una suma básica en caso
de muerte (por cualquier causa).
Además existe el beneficio de doble indemnización cuando el área
de Medicina del Trabajo de la CAPREPA lo considere como Riesgo
de Trabajo en actos del servicio o en caso de muerte accidental. La
triple indemnización por muerte colectiva y/o fallecimiento en un
acto heroico, en el cumplimiento
del deber en actos de servicio, esta
última deberá ser dictaminada por
el Consejo de Honor y Justicia de la
Secretaría de Seguridad Pública de
la Ciudad de México. Adicional de un pago por Ayuda de Gastos
Funerarios y un Microseguro otorgados a los beneficiarios que
haya designado en vida el titular. Además se tiene contratada las
coberturas de Invalidez Total y Permanente y la Pérdida de
Miembros.
De igual forma se tiene contratada la cobertura de “Ayuda para Gastos Funerarios”, para los casos
de fallecimiento del cónyuge o concubina e hijos del elemento.
AYUDA PARA TERMINAR DE ESTUDIAR
La Policía Auxiliar de la Ciudad de México, facilita por medio de asesoría bajo el Sistema Abierto
del INEA, en el Instituto de Formación Superior de la Corporación, al
personal y sus familiares (esposo (a) hijos y hermanos) con deseos de
superación y que tengan deseos de terminar la primaria y secundaria.
También se puede cursar el bachillerato, licenciatura y posgrado.
20
CAPACITACIÓN
Con el objetivo de elevar la preparación, eficiencia y desarrollo
del personal tanto administrativo como operativo, en la
prestación del servicio público, se imparten cursos de
capacitación, incluyendo este de Inducción a la Corporación.
CINCO DÍAS DE DUELO.
Se otorgan cinco días naturales por comisión, al personal operativo y
administrativo en caso de fallecimiento de familiar en línea directa, es decir
esposo (a), cónyuge, hijos, padre o madre, adicionales al periodo vacacional en
curso, de acuerdo a la circular número OM/SSP/0154/08, del 30 de enero de
2008
PROGRAMA DE BAJA VOLUNTARIA DEL SERVICIO CON INDEMNIZACIÓN (RETIRO DIGNO).
Esta indemnización es aplicable al personal
administrativo y operativo de la Corporación, con base
en el Acuerdo que autoriza este programa, mismo que se
publica en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México,
previa revisión y sanción del Secretario de Seguridad
Pública de la Ciudad de México. Está planteado para
reconocer los años de servicio prestados a la
Corporación por parte de los elementos, y garantizarles
un retiro digno. (Este programa está sujeto a la
disponibilidad presupuestal).
ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS ECONÓMICAS
Es un proceso equitativo y transparente con objeto de estimular al
personal que desarrolla con éxito sus deberes y responsabilidades,
conforme a lo establecido en los Artículos 33 y 39 de la Ley de
Seguridad Pública del Distrito Federal, siempre y cuando hayan sido
propuestos por el Titular de su área de Adscripción.
21
QUINQUENIO (ANUAL)
A partir de 2013 aplica para personal administrativo y operativo que haya cumplido con cinco
años de antigüedad ininterrumpidos en la Corporación, con fundamento en los Lineamientos
emitidos por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México. Esta prestación se paga en el
mes de junio de cada año.
Adicional se le dará un pago anual en los años intermedios entre quinquenios, de acuerdo a la
normatividad vigente. Se pagarán $400.00 por los años intermedios, antes del cumplimiento de
cada cinco años. Los montos estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal.
AÑOS IMPORTE
05 $1,100.00
10 $1,500.00
15 $2,000.00
20 $3,000.00
25 $4,500.00
30 $6,500.00
35 $11,650.00
40 $17,000.00
LICENCIA POR PATERNIDAD
Conforme a los Lineamientos de paternidad y maternidad
responsable, para garantizar y proteger la convivencia armónica
y equilibrada de las familias de la Ciudad de México, publicada
en la Gaceta Oficial el 15 de noviembre de 2013, los elementos
de la Corporación que deseen gozar de este derecho deberán
cubrir con los siguientes requisitos:
Acta de matrimonio o concubinato
Último recibo de pago
Credencial de la Corporación
Credencial del INE de la esposa o concubina
Último estudio clínico que indique las semanas de gestación
Escrito de petición dirigido a la Subdirección de Recursos Humanos con la fecha
probable del alumbramiento
En caso de parto prematuro, deberá presentar certificado de nacimiento donde
se especifique las semanas de gestación del bebé
Tratándose de un caso de adopción, deberá presentar el acta de nacimiento del
hijo (a) con la inscripción correspondiente.
22
HORARIO DE LACTANCIA
Conforme al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo y al Decreto por el que se adicionan y
reforman diversas disposiciones Artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del
Estado.- Las mujeres disfrutarán de un mes de descanso antes de la fecha
que aproximadamente se fije para el parto, y de otros dos después del
mismo. Durante la lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por
día, de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día de
una hora para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual
de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o
dependencia y tendrán acceso a la capacitación y fomento para la lactancia
materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante
seis meses y complemento hasta avanzado el segundo año de edad.
CARTA DE INSTRUCCIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS
Con esta carta tus beneficiarios podrán tener acceso a las prestaciones que se otorgan por medio
de la CAPREPA y de la Corporación, en caso de deceso del Titular, por lo que resulta de suma
prioridad actualizar este documento cada dos años aproximadamente, o antes en caso de realizar
cambios de Sector y/o beneficiarios, para que éstos no se vean afectados. Requisitos, Original y
Copia de:
1. Acta de nacimiento de Beneficiario
2. Acta de Matrimonio o Concubinato actualizada
3. Identificación Oficial IFE/INE vigente del Titular y Beneficiarios
FICHA DE DERECHOHABIENTES PARA EL SERVICIO MÉDICO
Además de recibir el Servicio Médico, el realizar este proceso te permite acceder a diversas
prestaciones que se otorgan en la Corporación y en la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar, por
lo que si no están registrados en el padrón del sistema RIPOL, se suspenderán algunas
prestaciones como Vales de Día del Niño, Día de la Madre, en su caso, Becas, etc. Requisitos:
1. Credencial de la Corporación o IFE
2. Acta de Matrimonio o Concubinato
3. Credencial de IFE (esposa(o), Concubina(o) y padres
4. Acta de Nacimiento (esposa(o), Concubina(o) y padres
5. Dependencia Económica en caso de registrar a los padres*
En el caso del padre, será requisito que no tenga Servicio Médico y/o Seguridad Social,
debiendo acreditar no ser derechohabiente, a través de formato sellado por el área de Vigencia
de Derechos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en
la Ciudad de México.
23
PRESTACIONES QUE SE OTORGAN AL PERSONAL OPERATIVO
Uniformes
Esta prestación se otorga dos veces al año.
Pago Único por Baja, con Base en los
años de Servicio
Con la finalidad de reconocer el tiempo laborado de
los elementos y con base al presupuesto disponible
en forma anual, se considera el pago por años de
servicio al personal que haya computado 15 años o
más de servicio en la Policía Auxiliar de la Ciudad de
México, conforme a lo establecido en la tarjeta
acuerdo emitida por el Director General de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.
Becas
Consiste en el pago de una cantidad que se fije para tal efecto, con el
propósito de estimular el aprovechamiento escolar de los hijos del personal
operativo. Aplica mensualmente durante 10 meses del período escolar, y el
monto estará sujeto a la disponibilidad presupuestal. Aplicable después del
1er. año de servicio. Se pagará de acuerdo a la convocatoria emitida por la
Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos y Financieros, que es publicada en
julio de cada año, considerando los promedios más altos de aprovechamiento escolar.
Recuerda que todas las prestaciones y trámites que se llevan a cabo en la Policía Auxiliar de la
Ciudad de México, son completamente gratuitos.
24
VI. PRESTACIONES OTORGADAS POR MEDIO DE LA CAPREPA
Servicio Médico
(De acuerdo a lo establecido en el artículo1 y 2 del Decreto por el
que se creó el Organismo Descentralizado de la Administración
Pública de la Ciudad de México, la Caja de Previsión de la Policía
Auxiliar de la Ciudad de México, provee al personal adscrito a la
Corporación los servicios de salud a través de acciones de atención
primaria y educación para la salud, además de difundir e instrumentar
las políticas internas inherentes al desarrollo y modernización de los servicios
que brinda esta Corporación.
PENSIONES:
De acuerdo a lo establecido en el Capítulo V, artículo 18 de las Reglas de Operación del Plan de
Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, se otorgan las
siguientes pensiones:
Cesantía en edad avanzada
De acuerdo a lo establecido en el artículo 56 de las Reglas de Operación
del Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar de la
Ciudad de México, se otorga cuando el titular se separa de forma
voluntaria del servicio activo, después de los 60 años de edad y siempre
que haya tenido una antigüedad mínima de 10 años.
Invalidez
De acuerdo a lo establecido en el artículo 37 de las
Reglas de Operación del Plan de Previsión Social de los
Miembros de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México,
se otorga cuando el titular está inhabilitado física o
mentalmente por causas ajenas al desempeño de su
cargo, cualquiera que sea su edad y siempre que haya
tenido una antigüedad mínima de 15 años.
25
Por Edad y Tiempo de Servicios
De acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de las Reglas de
Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía
Auxiliar de la Ciudad de México, se otorga cuando el titular tiene 55
años o más de edad y mínimo de 15 años o más de antigüedad.
Jubilación
De acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de las Reglas de
Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de la
Policía Auxiliar de la Ciudad de México, se otorga cuando el
titular tiene 30 años o más de antigüedad, sin importar la edad.
Invalidez por Riesgo de Trabajo
De acuerdo a lo establecido en el artículo 47 de las Reglas de Operación del
Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar de la Ciudad de
México, se otorga cuando existe un Dictamen Médico de Invalidez Total y
Permanente por Riesgo de Trabajo emitido por la propia CAPREPA y Parte
Informativo.
Viudez y Orfandad.
Requisitos:
De acuerdo a lo establecido en el artículo 55 de las Reglas de Operación
del Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar de la
Ciudad de México, se otorga cuando los familiares derechohabientes del
elemento o del pensionista que fallezca, tendrán derecho a la pensión
que le hubiere correspondido a éste, por jubilación, edad y tiempo de
servicios o de cesantía en edad avanzada a la fecha de su fallecimiento,
en la parte proporcional que le corresponda.
26
Indemnización por Retiro Voluntario
Aplica para los elementos que sin tener derecho a alguna
pensión de las señaladas anteriormente, se separe
voluntariamente del servicio activo en forma definitiva. El
pago se realizará de la siguiente manera: 45 días del salario
mínimo, cuando el elemento se retire con la antigüedad de
5 a 9 años y de 90 días del salario mínimo, al personal que
se separe de la Corporación con una antigüedad de 10 a 14
años o más, de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 de
las Reglas de Operación del Plan de Previsión Social de los
Miembros de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.
Pago único por Defunción
Se considera pago por defunción, el pago único que la Caja cubrirá a los
familiares derechohabientes de elementos fallecidos en el servicio activo. El
importe del pago por defunción, será el equivalente a 10 días de sueldo
mínimo por años de servicio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 59
de las Reglas de Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de
la Policía Auxiliar de la Ciudad de México.
Ayuda para gastos funerarios
Se otorgará una ayuda para gastos funerarios a los
derechohabientes de elementos en activo, pensionados o jubilados
que fallezcan. El importe de la ayuda para gastos funerarios será de
120 días de salario mínimo vigente en la Ciudad de México a la fecha
del fallecimiento, siempre y cuando no hayan utilizado los servicios
de FUNEZA. Para los familiares derechohabientes en primer grado,
como ayuda se otorgarán los servicios funerarios sin costo para el
elemento, de acuerdo a lo establecido en el artículo 60 de las Reglas
de Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de la
Policía Auxiliar de la Ciudad de México.
27
SERVICIOS SOCIALES, CULTURALES Y DEPORTIVOS
La CAPREPA, de acuerdo a sus Reglas, tiene programas para elementos
activos, jubilados, pensionados y sus derechohabientes, a través de la
prestación de servicios que contribuyan al apoyo asistencial, a la protección
del poder adquisitivo de sus salarios, así como al desarrollo social, cultural
y recreativo de los mismos.
Recuerda que todas las prestaciones y trámites que se llevan a cabo en la CAPREPA son
completamente gratuitos.
Debes actualizar tu Ficha de Derechohabientes y a tus familiares, para que
puedan tener acceso a las prestaciones que otorga la Caja de Previsión de
la Policía Auxiliar Ciudad de México.
Cualquier duda o aclaración acude a la Dirección de Prestaciones de la
CAPREPA, cita en Mosqueta No. 140, 1er piso, Col. Guerrero, Del.
Cuauhtémoc, Teléfono 5535-77-09.
28
VII. OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE LA POLICÍA
AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Registrar y firmar la lista correspondiente (fatiga de
asistencia) al inicio y término de sus labores el personal
operativo.
El trabajo debe ser de calidad, eficiencia, responsabilidad y
discreción, debiéndose ejecutar con la intensidad, cuidado y
esmero apropiados.
Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y la de sus compañeros.
No hacer propaganda de ninguna clase dentro de los edificios y/o lugares de trabajo.
Asistir a cursos de capacitación para mejorar su preparación y eficiencia.
Cumplir con las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables.
Observar las medidas de seguridad e higiene, que acuerden las comisiones que para tal
efecto se integren y las que indiquen los funcionarios para la protección personal de los
empleados de la Corporación.
Desempeñar las labores y el servicio bajo la dirección del jefe inmediato o de quien lo
sustituya en su ausencia.
Ejecutar el trabajo y las funciones asignadas con la intensidad, cuidado y esmero
apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
Dar aviso oportuno al jefe inmediato, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, de las
causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo.
Restituir los materiales no usados y conservar en buen estado el material que se les
haya dado para el trabajo, no siendo responsable por el deterioro que origine el uso de
éstos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor, o por mala calidad o
defectuosa construcción.
Someterse a los reconocimientos médicos y psicométricos previstos en el Reglamento
Interior y/o Lineamientos Internos de la Corporación y demás normas vigentes en la
misma.
Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y/o de desempeño, así
como de los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar
perjuicios a la Corporación.
Utilizar durante sus actividades laborales y de atención al público, un lenguaje
adecuado a fin de erradicar los usos excluyentes, las prácticas de desprecio,
discriminación o anulación que agredan a personas y grupos en particular,
específicamente al dirigirse a personas con discapacidad.
Desempeñar sus labores cotidianas con apego a las normas y lineamientos
encaminados a salvaguardar los derechos humanos de las personas con las que se
relaciona diariamente.
Las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México
que ocupen puestos de estructura u homólogos desde el nivel de Enlace por funciones,
ingresos o contraprestaciones, incluyendo el personal de base, eventual, o nómina 8 en
29
los casos que determine la Contraloría General; deberán presentar Declaración de
Intereses a efecto de manifestar sus relaciones pasadas, presentes o futuras con
personas físicas o morales, de carácter familiar, profesional, personal, laboral y de
negocios; que con motivo del ejercicio de las atribuciones que les confieren los
ordenamientos jurídicos y administrativos, puedan ser favorecidos, beneficiados,
adjudicados con contratos, concesiones, permisos y demás procedimientos y actos.
Las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México
que ocupen puestos de estructura u homólogos desde el nivel de Enlace por funciones,
ingresos o contraprestaciones, incluyendo el personal de base, eventual, o nómina 8 en
los casos que determine la Contraloría General; deberán presentar Declaración de
Situación Patrimonial, a efecto de proporcionar información del declarante, cónyuge,
persona con quien vive en concubinato, o en sociedad en convivencia y dependientes
económicos sobre ingresos y su aplicación, incluyendo adquisiciones o arrendamientos
de inmuebles, muebles, vehículos, inversiones, y otro tipo de valores: igualmente se
declarará la recepción y uso de donaciones, herencias, legados, viajes, derechos y
bienes en especie, así como gravámenes o adeudos vigentes.
Las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México
que ocupen puestos de estructura u homólogos desde el nivel de Enlace por funciones,
ingresos o contraprestaciones, incluyendo el personal de base, eventual, o nómina 8 en
los casos que determine la Contraloría General y que estén obligados a presentar la
Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta; deberán declarar la información
fiscal sobre cumplimiento de esta contribución y sobre la retención de impuesto por
parte del Gobierno de la Ciudad del año correspondiente.
Imprimir “Recibo Comprobante de Liquidación de Pago”, para esto es
necesario registrarse en la página www.plataforma.cdmx.gob.mx en la
cual se solicita correo electrónico, preferentemente gmail, una
contraseña de mínimo 8 dígitos, y el código de su Identificación Oficial
IFE/INE. Posteriormente deberá activar su cuenta en plataforma con la
clave que llegará a su correo, y con ello ya podrá imprimir los recibos
posteriores a su fecha de ingreso.
Actualmente la Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos y Financieros tiene la
encomienda de coordinar las acciones que permitan corregir la dilación injustificada
que prevalece en las distintas áreas operativas y administrativas de la Corporación,
para dar aviso a la CAPREPA, de un posible Riesgo de Trabajo, situación que propició la
configuración de la Circular PACDMX/DERHF/1034/2016, misma que fue dirigida a
toda la estructura que integra esta Corporación, cuyo propósito versó en la obligación
que tiene el personal de informar en un término INMEDIATO a esta Subdirección de
Recursos Humanos, los siniestros que se encuentren vinculados a posibles Riesgos de
Trabajo.
30
Personal administrativo:
Registrar en el Biométrico asignado su entrada, salida a comer, entrada de comer y salida
de labores.
o Tolerancia 15 minutos después de la hora de entrada.
o Del minuto 16 hasta el minuto 20, se considera retardo.
o Tres retardos se considerarán una falta, que será objeto de un día de descuento.
o Después del minuto 21, se considerará “Omisión de Entrada” y no se permitirá el
acceso a las instalaciones, salvo la autorización del Jefe inmediato y con la firma del
formato de incidencia correspondiente.
El tiempo para tomar alimentos: no podrá ser menor de una hora, ni mayor a tres horas de
acuerdo a la posición salarial donde se encuentre ubicado.
Asistir a la guardia sabatina, de acuerdo a lo establecido, por las necesidades del servicio.
VIII. PROHIBICIONES
Queda prohibido al personal administrativo y operativo de la
Corporación:
Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia
seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras
personas, así como la de su lugar de trabajo.
Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del jefe
inmediato.
Substraer de la Corporación material o muebles propiedad de la
misma.
Presentarse al trabajo en estado de embriaguez, bajo la influencia de algún narcótico o
droga enervante, a menos que exista prescripción médica. Antes de iniciar su horario
laboral, el trabajador deberá de poner el hecho en conocimiento del jefe inmediato y
presentarle la prescripción suscrita por el médico.
Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo, salvo que la naturaleza
de éste lo exija.
Suspender las labores sin autorización del jefe inmediato.
Hacer colectas en las instalaciones de trabajo.
Usar material de trabajo para un objeto distinto de aquel a que estén destinados.
Mantener una comunicación con trato intimidatorio, prepotente o grosero, en caso de
presenciar tales conductas indebidas, reportarlo al jefe inmediato,.
Escuchar música dentro de las instalaciones y lugares de trabajo, con un volumen alto
que distraiga o moleste a los demás compañeros que ahí laboran.
Fumar dentro de las instalaciones o lugares de trabajo, incluyendo los sanitarios.
31
ANEXOS
Domicilios de las Clínicas y Hospitales a las que te corresponde acudir cuando lo necesites, de
acuerdo a tu domicilio registrado
CLÍNICAS DE PRIMER NIVEL
La Dirección General de la de la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar Ciudad de México, así
como la Dirección de Finanzas, Dirección de Servicios de Salud, Subdirección Jurídica, Oficina de
Información Pública y Contraloría Interna de este Organismo, se encuentran ubicadas en Av.
Diagonal 20 de Noviembre No. 294, esq. con Lucas Alemán, entre Isabel la Católica y 5 de Febrero,
Col. Obrera, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06800, Ciudad de México.
CLÍNICA UBICACIÓN TELÉFONO
SAME Av. Cuauhtémoc 15, Col. San Miguel Jacalones, C.P. 56600,
Chalco Estado de México.
1734-2551
5025-1873
OSCAMI Calzada Ermita Iztapalapa No. 2222, Col. Constitución de
1917 Iztapalapa C.P. 09260, México D.F.
5970-6264
5970-6443
ESPECIALIDADES
GUARNEROS S.A.
Av. Ignacio Pichardo Pagaza esq. Valle de los Toltecas No.
70, Col. Fuentes de Aragón, C.P. 55210, Ecatepec, Estado de
México
5775-3228
5774-9088
CLÍNICA SONIA ROJAS Excélsior 86, Col. Industrial, Del. G.A.M., C.P. 07800, México
D.F.
5759-4270
5759-4271
ALTA ESPECIALIDAD Y
DIAGNÓSTICO
Av. Gustavo Baz Esq. Pancho López No. 294, Col. Benito
Juárez, Cd. Netzahualcóyotl, Edo. de México
3682-3133
ESPECIALIDADES MÉDICAS
TLALNEPANTLA
Allende No. 12, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000,
Tlalnepantla, Edo. de México
6546-6118
6546-6996
UNIDAD DE MEDICINA
INTEGRAL (UMI)
Dr. Carmona y Valle No. 135, Col. Doctores, Delegación
Cuauhtémoc, C.P. 06720, Ciudad de México
5761-9221
5761-9071
HOSPITAL UBICACIÓN
Álvaro Obregón S.A. de C.V Álvaro Obregón, No. 123, 125, 127, Col. Roma, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06720
Teléfono 5761-9221 y 5761-9071
32
HIMNO DE LA POLICÍA AUXILIAR
Policía soy,un amigo leal,policía soy,pertenezco a la Auxiliar.
En servicio estoy, protegiéndote,con lealtad yo serviré.
Al ciudadano ayudaré,del enemigo lo cuidaré,a los usuarios protegeréy a mi familia honraré.
Un amigo leal,policía soy,pertenezco a la Auxiliar.
En servicio estoy, protegiéndote,con lealtad yo serviré.
A mi uniforme respetaréy con orgullo lo portaré,con mis virtudes lo enalteceré, con mis acciones lo demostraré.
Un amigo leal,policía soy,pertenezco a la Auxiliar.
En servicio estoy, protegiéndote, con mi vida lo haré.
33
DIRECTORIO TELEFÓNICO
CONMUTADOR JEFATURA
Av. Insurgentes Norte No. 202, Col. Santa María La Rivera,
Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06400
Conmutador 5547-5720 AL 24
DIRECTOR GENERAL:
PRIMER SUPERINTENDENTE MTRO. ÁNGEL ERIC IBARRA CRUZ
Conmutador Extensión 129
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE OPERACIÓN POLICIAL:
PRIMER SUPERINTENDENTE JOSÉ CRISÓFORO ÁLVAREZ GÁLVEZ
Conmutador Extensión 132
JEFATURA DEL ESTADO MAYOR
SEGUNDO INSPECTOR ISRAEL HERNÁNDEZ BARRERA
Conmutador Extensión 172
DIRECTOR EJECUTIVO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y SERVICIOS DE APOYO
LIC. MARÍA GUADALUPE MORENO SALDAÑA
Conmutador Extensiones 120 y 138
DIRECTOR EJECUTIVO DE RECURSOS HUMANOS Y FINANCIEROS
LIC. ALEJANDRA BARILLAS RUSTRIÁN
DIRECTOR DE FINANZAS
MTRO. JUAN MANUEL GARCIA GERARDO
Conmutador Extensiones 146 y 186
DIRECTOR DE INFORMACIÓN, SISTEMAS Y COMUNICACIONES
SEGUNDO INSPECTOR ISRAEL RODRIGUEZ ISLAS
Conmutador Extensiones 178 y 217
34
CONMUTADOR ZARAGOZA
Zaragoza N. 280 Col. Buenavista, C.P. 06300,
Delegación Cuauhtémoc
5597-0360 Al 63
SUBDIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS
MTRA. MARÍA ADRIANA SUÁREZ LINARES
Conmutador Extensiones 18
JEFE DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE PRESTACIONES
LIC. ARMANDO MORALES FLORES
Conmutador Extensión 16
JEFE DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
L.C. VICTORIA ESCAMILLA RUIZ
Conmutador Extensión 28
JEFE DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE NÓMINA
MTRO. BENITO GONZÁLEZ BELTRÁN
Conmutador Extensión 20