Manual Del Comité de Inversión Capufe

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  • 7/24/2019 Manual Del Comit de Inversin Capufe

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    MANUAL DEL COMIT DE INVERSIN

    CONTENIDO

    I. OBJETIVO

    II. MARCO LEGAL

    III. TEMINOLOGA

    IV. INTEGRANTES

    V. FACULTADES DE LOS INTEGRANTES

    VI. FUNCIONAMIENTOVII. FUNCIONES DEL COMIT

    VIII. DE LAS POLTICAS Y NORMAS DEOPERACINPARA LA INVERSIN DEDISPONIBILIDADES

    IX. DEL CONTROL INTERNO

    ANEXOS

    DE LAS OPERACIONES EMERGENTES

    DE LAS OPERACIONES EN MESA DE DINERO

    Resumen del Documento:

    Establece las polticas y estrategiasfinancieras de carcter general aseguir en Capufe para laadministracin, optimizacin yrentabilidad en las inversiones de losexcedentes de tesorera, losrecursos del fondo de ahorro de lostrabajadores y otros recursoscontenidos en el flujo de efectivo

    Vigencia a partir del mes demarzo de 2000 a la fecha.

    I. OBJETIVO

    El presente Manual tiene por objeto contener las polticas y estrategias de carctergeneral que establece el Comit de Inversin, para la administracin, optimizaciny rentabilidad de la inversin de los excedentes de tesorera de Caminos y PuentesFederales de Ingresos y Servicios Conexos, en moneda nacional y en monedaextranjera (dlares), as como, para la inversin de los recursos del fondo de ahorrode los trabajadores y otros recursos ajenos que opere. Lo anterior, con la

    planeacin de los ingresos y egresos contenidos en el flujo de efectivo, que manejael Organismo.

    II. MARCO LEGAL

    Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, observar en lasinversiones de sus disponibilidades, las disposiciones contenidas en el siguientemarco legal.

    Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal. Diario Oficial del 29 dediciembre de 1976.

    Ley Federal de las Entidades Paraestatales, Artculos 56 primer prrafo y58 Fraccin X. Diario Oficial del 14 de mayo de 1986.

    http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#01http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#01http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#02http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#02http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#03http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#03http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#04http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#04http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#05http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#05http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#06http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#06http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#07http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#07http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#08http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#08http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#08http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#08http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#09http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#09http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#10http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#10http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#11http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#11http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#11http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#10http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#09http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#08http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#08http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#08http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#07http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#06http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#05http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#04http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#03http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#02http://www.capufe.gob.mx/site/normateca/normas/06inversion/manualci.htm#01
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    Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pblico Federal. Diario Oficialdel 1 de febrero de 1994.

    Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Pblicos. DiarioOficial del 31 de diciembre de 1982.

    Ley General de Ttulos y Operaciones de Crdito. Diario Oficial del 27 deagosto de 1932.

    Ley de Sociedades de Inversin. Diario Oficial del 14 de enero de 1985. Ley de Instituciones de Crdito. Diario Oficial del 31 de diciembre de 1984. Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crdito. Diario

    Oficial del 14 de enero de 1985. Ley del Mercado de Valores. Diario Oficial del 17 de mayo de 1999 Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, Artculo 21.

    Diario Oficial del 26 de enero de 1990. Reglamento de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pblico

    Federal. Diario Oficial del 18 de noviembre de 1981. Estatuto Orgnico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y

    Servicios Conexos, publicado en el D. O. F. del 31 de diciembre de 1999,Artculo 8 Fraccin XX.

    Lineamientos sobre nuevas reglas en el manejo de disponibilidadesfinancieras del sector pblico y del mecanismo para su informacin,publicados en el Diario Oficial de la Federacin el 12 de junio de 1992. y sumodificacin publicada en el Diario Oficial del 25 de febrero del 2000.

    Oficio Circular N 345-280 de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico,del 25 de noviembre de 1994.

    III. TERMINOLOGA

    PARA LOS EFECTOS DE ESTE MANUAL SE ENTIENDE POR:

    Lineamientos: Los aplicables por la Secretara de Hacienda y CrditoPblico a organismos paraestatales y organismos pblicosdescentralizados.

    SHCP: La Secretara de Hacienda y Crdito Pblico. CAPUFE: El organismo pblico descentralizado denominado Caminos y

    Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. Comit: El Comit de Inversin de CAPUFE. Recursos Financieros Nacionales: Los denominados en moneda de curso

    legal en la Repblica Mexicana. Recursos Financieros en Dlares: Los denominados en moneda extranjera

    de los Estados Unidos de Amrica.

    Fondo de ahorro: Fondo de ahorro de los trabajadores de CAPUFE. Papel Gubernamental: Todo papel emitido por el Gobierno Federal. Papel Bancario: Instrumento susceptible de inversin emitido por

    instituciones de banca mltiple y banca de desarrollo. Intermediario Financiero: Las instituciones de crdito contratadas por

    CAPUFE para realizar sus operaciones financieras de inversin. Operaciones a largo plazo: Inversiones realizadas a un plazo mayor de 360

    das. Operaciones a mediano plazo: Inversiones realizadas a un plazo mayor de

    28 das y hasta 360 das. Operaciones a corto plazo: Inversiones realizadas a un plazo menor de 28

    das.

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    IV. INTEGRANTES

    El Comit estar integrado de la siguiente forma:

    Presidente: Director de Administracin y Finanzas. (Derecho a voz y a voto)

    Secretario Ejecutivo: Subdirector de Finanzas. (Derecho a voz y a voto)

    Secretario Tcnico: Gerente de Tesorera. (Derecho a voz sin voto)

    Vocales: Director de Planeacin y Desarrollo. (Derecho a voz y a voto)

    Director de Obra Concesionada >(Derecho a voz y a voto)

    Asesores:

    Contralor Interno. (Derecho a voz)

    Director Jurdico. (Derecho a voz)

    Invitados : Representantes de diversas reas, que en su caso tengan que informarsobre determinado asunto. (Derecho a voz)

    Los vocales propietarios nombrarn a su suplente que deber recaer en el niveljerrquico inmediato inferior para tomar decisiones en ausencia del titular, medianteescrito dirigido al Presidente o al Secretario Ejecutivo.

    En ausencia del Presidente, las sesiones sern presididas por el SecretarioEjecutivo.

    V. FACULTADES DE LOS INTEGRANTES

    EL PRESIDENTE (derecho a voz y voto )

    Presidir las sesiones del Comit.

    Proponer el orden del da a los miembros del Comit.

    Conocer los informes estadsticos sobre las condiciones financieras delmercado.

    Consensar las propuestas presentadas a la consideracin del Comit.

    Conocer los avances y resultados del cumplimiento de los acuerdosadoptados.

    Elevar a la instancia de la Direccin General los acuerdos que seconsideren relevantes.

    Validar con su firma las actas de las sesiones.

    EL SECRETARIO EJECUTIVO (derecho a voz y voto )

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    Convocar a los miembros e invitados del Comit a las sesiones ordinariascon dos das hbiles de anticipacin, remitiendo la convocatoria, el ordendel da, la carpeta que contenga los asuntos a tratar y el proyecto del actade la sesin anterior. En caso de reuniones extraordinarias la entrega sercon un da de anticipacin.

    Revisar y complementar las propuestas que los miembros del Comitdeseen tratar en las sesiones.

    Analizar y proponer alternativas al Comit, respecto a las polticas, lmites ymecanismos de inversin, de conformidad con la ley y dems legislacionesaplicables.

    Externar su opinin respecto a los asuntos tratados en el Comit.

    Emitir los acuerdos de los asuntos que as lo ameriten y dar seguimiento alos mismos, a efecto de que las reas involucradas presenten

    peridicamente un reporte de su avance o cumplimiento.

    En ausencia del Presidente, presidir la sesin programada.

    El SECRETARIO TCNICO ( derecho a voz sin voto )

    Recabar y proporcionar la documentacin necesaria para la celebracin decada sesin del Comit.

    Informar sobre los acuerdos emitidos por el Comit.

    Recabar los reportes quincenales y mensuales que refleje la posicinfinanciera, los rendimientos obtenidos y las operaciones realizadas.

    Elaborar las actas, acuerdos que se deriven de las sesiones celebradas porel Comit, recabar la firma de los participantes en las sesiones y hacerentrega de una copia en la sesin inmediata siguiente.

    Enviar con suficiente oportunidad a los miembros del Comit, copia delacta de la ltima sesin y la orden del da.

    Conservar y custodiar debidamente la documentacin que se genera, ascomo la correspondencia recibida.

    Vocales: (derecho a voz y voto )

    Enviar al Secretario Ejecutivo los documentos de los asuntos que sedebern someter a la consideracin del Comit antes de la realizacin decada sesin.

    Analizar el orden del da y los documentos sobre los asuntos a tratar.

    Realizar las dems funciones que le encomiende el Presidente del Comit.

    Asesores: (derecho a voz)

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    Proporcionar la orientacin necesaria de los asuntos que se traten, deacuerdo con las facultades que tenga conferidas el rea que lo hayadesignado.

    El representante del rea jurdica proporcionar la asesora, respecto a losrequisitos legales de los actos y disposiciones emanadas del Comit.

    El representante del rgano Interno de Control proporcionara la asesorasobre la aplicacin correcta de la normatividad, que en su caso resulteaplicable.

    VI. FUNCIONAMIENTO

    DE LAS SESIONES

    El Comit sesionar una vez al mes, en las fechas del calendario de sesionesautorizado por el propio Comit, con el objeto de tomar decisiones sobre losresultados de las inversiones de las subastas de los valores gubernamentales ybancarios concertados.

    Podr sesionar extraordinariamente cuando lo considere necesario el Presidentedel Comit, o a solicitud de uno o ms de sus miembros, cuando por la importanciadel asunto a tratar, as lo amerite. En estas sesiones, se tratarn exclusivamentelos asuntos que contenga el orden del da.

    Para poder llevar a cabo una sesin ser necesario contar con la presencia de lamitad y uno ms como mnimo de los integrantes del mismo, asimismo todo

    acuerdo o propuesta, se tomar por mayora de votos de sus miembros presentes,y en caso de empate, el Presidente tendr voto de calidad. El Secretario Ejecutivotendr derecho a voz y voto , y el Secretario Tcnico tendr derecho a voz, pero noa voto.

    Para la celebracin de las sesiones ordinarias el Secretario Ejecutivo remitircuando menos dos das hbiles de anticipacin a los miembros del Comit, elorden del da respectivo y la documentacin de sustento de los casos a liberar.

    El orden del da junto con los documentos correspondientes de cada reunin seentregarn a los integrantes del Comit respectivo, cuando menos con 2 dashbiles de anticipacin para reuniones ordinarias y con 1 da hbil paraextraordinarias. En caso de no observarse estos plazos la sesin no podr llevarse

    a cabo.

    VII. FUNCIONES DEL COMIT

    Dictar aprobar, y en su caso, modificar las Polticas y Normas de Operacinpara la Inversin de Disponibilidades, as como los procedimientosprevistos en el Manual del Comit de Inversin, observando lanormatividad emitida por las autoridades.

    Evaluar las propuestas de la Subdireccin de Finanzas, respecto a laspolticas, lmites y mecanismos de inversin, de conformidad con la

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    normatividad aplicable.

    Dictaminar las propuestas de inversiones a largo, mediano y corto plazo, yen su caso, proceder conforme a las necesidades de liquidez, y con base alas expectativas econmicas vigentes en el mercado.

    Dictar directrices a la Subdireccin de Finanzas para conformar la carteradel Fondo de Ahorro y evaluar los resultados de los mismos.

    Evaluar a las Instituciones del sistema financiero con criterios propuestospor la Subdireccin de Finanzas, para la determinacin de los bancos ycasas de bolsa con solidez moral y financiera.

    Dictaminar el informe de las operaciones de inversin realizadas,presentado por la Subdireccin de Finanzas, y en su caso, proponeracciones al respecto.

    Realizar las sesiones ordinarias o extraordinarias.

    Definir las estrategias de inversin para la optimizacin de los recursos.

    Aprobar los estudios tcnicos sobre el sistema financiero para la correcta yadecuada inversin de la disponibilidad de recursos financieros.

    VIII. DE LAS POLTICAS Y NORMAS DE OPERACIN PARA LA INVERSIN DEDISPONIBILIDADES

    DE CARCTER GENERAL

    Toda operacin de inversin efectuada por CAPUFE, deber realizarse conforme alo dispuesto en el oficio circular No.345-280 y del oficio No.697, correspondienteste ltimo a las modificaciones de los lineamientos emitidos por la Secretara deHacienda y Crdito Pblico en el Diario Oficial de la Federacin (ANEXO I);asimismo, se invertirn los recursos en los instrumentos financieros de emisores dela ms alta calidad crediticia, que paguen una tasa de inters competitiva, en lasmejores condiciones de seguridad, rendimiento y liquidez, caractersticas que sernsujetas a evaluacin, tomando en cuenta los indicadores y expectativaseconmicas y del mercado, necesidades de liquidez e inversin y la posicinfinanciera de CAPUFE.

    Para invertir las disponibilidades financieras, se tendrn presente los siguientes

    criterios en orden de importancia.

    Hasta el 100% en Instituciones de Crdito.

    Hasta el 50% en Casas de Bolsa.

    Antes de cerrar cualquier operacin se realizar un mnimo de trescotizaciones con Instituciones de Crdito y Casas de Bolsa, con los cualesse tienen formalizados contratos.

    No se podr invertir en largo y mediano plazo ms del 50% del total de lasdisposiciones, en el corto plazo el porcentaje podr ser hasta del 100%, la

    modificacin a estos porcentajes deber ser autorizada por el Comit de

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    Inversin.

    Para la seleccin de intermediarios se deber sujetar a lo descrito en lasnormas que se indican para los intermediarios financieros del presentemanual.

    DE LAS INVERSIONES EN MONEDA NACIONAL

    Se invertirn diariamente los remanentes de caja, despus de realizar la reduccinpara cubrir las necesidades de egresos previamente autorizados.

    El capital de trabajo se invertir diariamente, cuidando de no exceder un plazo desiete das.

    Las operaciones de inversin, en lo referente al papel que se est adquiriendo, ascomo con los intermediarios con que se opera, se realizarn conforme a los lmites,instrumentos, emisores e intermediarios que dictaminen el Comit.

    Previo anlisis de las necesidades de liquidez y de las expectativas de rendimiento,la Subdireccin de Finanzas solicitar la autorizacin al Comit para la realizacinde operaciones a largo, mediano y corto plazo.

    Los resultados de las inversiones a corto plazo que realice la Subdireccin deFinanzas, se informarn en la sesin siguiente del Comit.

    La compra de valores podr pactarse en directo con el emisor (mercado primario) aefecto de optimizar el rendimiento de las operaciones, y en su caso, estar encondiciones de cubrir necesidades no programadas y prioritarias.

    DE LAS OPERACIONES EN DLARES

    Los flujos de los recursos en dlares, obedecern a los compromisos adquiridos enesta moneda, para cubrir las posibles fluctuaciones que pueda sufrir el peso conrespecto al dlar, las cuales puedan deteriorar los resultados de Caminos yPuentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

    Antes de cerrar cualquier operacin se realizar un mnimo de cuatro cotizacionescon Instituciones Bancarias.

    DE LA INVERSIN DEL FONDO DE AHORRO

    De igual forma, se deben aplicar las Polticas y Normas de carcter generalestablecidas en el presente Manual.

    IX. DEL CONTROL INTERNO

    La Subdireccin de Finanzas por conducto de la Gerencia de Tesorera, elaboraruna serie de reportes semanales y mensuales, que reflejen la situacin financiera,los rendimientos obtenidos y las operaciones realizadas, mismos que sernsometidos a la consideracin del Comit, debindose remitir copia de dicho informea la Direccin General.

    El Comit podr en cualquier tiempo solicitar y revisar la documentacin relativa ala situacin financiera y de las operaciones de inversin realizadas.

    DE LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS

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    Como parte de las polticas para la administracin de riesgos de CAPUFE en elmbito financiero, considerando la solidez financiera con la que deben contar lasInstituciones de Crdito y Casas de Bolsa, con las que contrate el Organismo bajoel rgimen de intermediarios financieros, se deber cumplir con los siguientesrequisitos:

    Solicitar anualmente los estados financieros auditados y tratndose denuevas contrataciones adems los del ltimo ejercicio. En todos los casos,la Institucin deber de cumplir con las reglas de capitalizacin quedetermine la Comisin Nacional Bancaria y de Valores.

    Remitir al da siguiente por escrito, a la Gerencia de Tesorera de CAPUFE,la asignacin de las operaciones que se pactaron.

    Firmar los contratos con los intermediarios financieros de acuerdo a lasnecesidades y lineamientos especficos de CAPUFE.

    Semestralmente el Comit revisar los contratos de intermediacin vigentes yevaluar la viabilidad de continuar la operacin, o en su caso, proceder a solicitarsu cancelacin, previo anlisis de los trminos pactados en los mismos.

    ANEXOS

    DE LAS OPERACIONES EMERGENTES

    Con el objeto de facilitar la realizacin de operaciones financieras que requieranaplicar polticas, lmites y mecanismos de inversin y financiamiento, an no

    propuestos y dictaminados por el Comit y que por la urgencia del caso, no fueraposible reunir a todos sus integrantes en sesin extraordinaria, ser suficiente conla autorizacin del Director de Administracin y Finanzas.

    La Subdireccin de Finanzas por conducto de la Gerencia de Tesorera, deberpresentar para su conocimiento, debidamente fundamentada, en la sesin ordinariadel Comit inmediata siguiente a la fecha la inversin, un informe detallado de lasoperaciones realizadas en los trminos antes sealados.

    DE LAS OPERACIONES EN MESA DE DINERO

    Se formular el reporte de Flujo diario de Ingresos y Egresos, que deber tener unaplaneacin semanal y mensual de dicho flujo (ANEXO II formato No. 1).

    Diariamente a primera hora consultarn los saldos de las cuentas bancarias deCAPUFE, a travs de los medios electrnicos del Sistema Bancario (ANEXO IIformato No. 2).

    A las 10:00 hrs. se deber contar con el programa de pagos, programa dedispersin de fondos, necesidades de desinversin y factibilidad de inversin.

    Se realizar una cotizacin preliminar de tasas de inters a las 10:30 hrs.,seleccionando las Instituciones ms representativas o todas aquellas que seencuentran autorizadas por el Comit; a las 11:00 hrs., se efectuar la segunda

    cotizacin, por lo menos con tres intermediarios, firmando la cdulacorrespondiente.

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    Diariamente se elaborar el reporte de cierre de inversiones en mesa de dinero(ANEXO II formato No. 3).

    Las inversiones realizadas, sern verificadas por la Gerencia de Tesorera, con laInstitucin Financiera que se realiz la operacin al da siguiente posterior hbil,

    cotejando monto y su respectiva hoja de asignacin.

    Mensualmente se elaborar el reporte de inversiones en donde se relacionan adetalle las operaciones efectuadas en el perodo por CAPUFE (ANEXO II formatoNo. 4 y 5).

    Se elaborar el reporte de saldos en bancos moneda nacional y dlares (ANEXO IIformato No. 6), al cierre del da sern entregados a la Direccin de Administracin yFinanzas, Subdireccin de Finanzas y a la Gerencia de Tesorera.

    Es preponderante que antes de cerrar las operaciones financieras se tomen lossiguientes criterios:

    Obtener las mejores tasas, asegurando mantener los porcentajes departicipacin de las Instituciones, conforme a lo establecido en el presenteManual.

    Vigilar la congruencia de las tasas con los importes invertidos y lascondiciones del mercado.

    En caso de no obtener una tasa competitiva en algunas Instituciones, sepodrn colocar los recursos en otras Instituciones, si se llegar a rebasar laparticipacin Institucional, deber de ser autorizada por el Director deAdministracin y Finanzas, informando de esta decisin al Comit en lasesin inmediata posterior a la realizacin de la operacin.