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Marco Normativo Reglamentación Parámetros Arquitectónicos: SEGÚN EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES destinadas a hospedaje, se deben tener en cuenta los parámetros establecidos en la norma A.030. Donde se resalta lo siguiente: Tener un ingreso diferenciado para la circulación de los huéspedes y personal de servicio. Contar con un área de recepción. El área total de los servicios higiénicos privados o comunes debe tener como mínimo 2 m2. Para el caso de un establecimiento de cinco (5) o más pisos, este debe contar por lo menos con un ascensor. La edificación debe guardar armonía con el entorno en el que se ubica. Cuando se edifican locales de hospedaje ubicados en áreas urbanas, serán exigibles los retiros, coeficientes de edificación y áreas libres de acuerdo a lo dispuesto por la zonificación municipal vigente, y señalados en los Certificados de Parámetros Urbanísticos y de Edificación. HOTEL 5 ESTRELLAS Página 1

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Reglamentacin

Parmetros Arquitectnicos:

SEGN EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES destinadas a hospedaje, se deben tener en cuenta los parmetros establecidos en la norma A.030. Donde se resalta lo siguiente:

Tener un ingreso diferenciado para la circulacin de los huspedes y personal de servicio.

Contar con un rea de recepcin.

El rea total de los servicios higinicos privados o comunes debe tener como mnimo 2 m2.

Para el caso de un establecimiento de cinco (5) o ms pisos, este debe contar por lo menos con un ascensor.

La edificacin debe guardar armona con el entorno en el que se ubica.

Cuando se edifican locales de hospedaje ubicados en reas urbanas, sern exigibles los retiros, coeficientes de edificacin y reas libres de acuerdo a lo dispuesto por la zonificacin municipal vigente, y sealados en los Certificados de Parmetros Urbansticos y de Edificacin.

Los proyectos destinados a la edificacin de un establecimiento de hospedaje, debe tener asegurado previamente en el rea de su localizacin, la existencia de los siguientes servicios: Agua para consumo humano, Evacuacin de aguas Residuales, Electricidad, Accesos diferenciados y Estacionamientos.

La ventilacin de los ambientes de dormitorios se efectuar directamente hacia reas exteriores, patios, y vas particulares o pblicas.

Las condiciones de aislamiento trmico y acstico de las habitaciones debern lograr un nivel de confort suficiente que permita el descanso del usuario.

El ancho mnimo de los pasajes de circulacin que comunican a dormitorios no ser menor de 1.20m

El rea de las habitaciones (incluyendo el rea de clset y guardarropa) debe tener como mnimo 6m2. El rea total de los servicios higinicos privados o comunes debe tener como mnimo 2m. Los servicios higinicos deben ser revestidos con material impermeable. En el caso del rea de ducha, dicho revestimiento ser de 1,80 m. Para el caso de un establecimiento de cinco (5) o ms pisos, ste debe contar por lo menos con un ascensor. La edificacin debe guardar armona con el entorno en el que se ubica. i) Los aspectos relativos a condiciones generales de diseo y accesibilidad para personas con discapacidad, debern cumplir con las disposiciones contenidas en las normas A.010 y A.120. Los aspectos relativos a los medios de evacuacin y proteccin contra incendios debern cumplir con las disposiciones contenidas en la Norma A.130: Requisitos de Seguridad.

Requisitos de Seguridad:A. Sistema de Evacuacin

Los locales que cuenten con mobiliario especfico, se considera una persona por cada unidad de mobiliario.

Ninguna edificacin puede albergar cantidad de gente que la establecida en el aforo calculado.B. Medios de Evacuacin

En los pasajes de circulacin, escaleras, accesos de uso general y salidas de evacuacin, no deber existir ninguna obstruccin que dificulte el paso de personas.

Se considera medios de evacuacin, a todas aquellas partes de una edificacin proyectadas para canalizar el flujo de personas ocupantes de la edificacin hacia la va pblica o hacia reas seguras.

Las rampas sern consideradas como medios de evacuacin siempre y cuando la pendiente no sea mayor al 12%.

No se consideran medios de evacuacin a:

Ascensores.

Rampas de accesos vehiculares y/o cualquier rampa con pendiente mayor al 12%.

Escaleras mecnicas.

Escalera de gato.C. Escaleras de Evacuacin

Ser continuas del primer al ltimo piso, entregando directamente hacia la va pblica o a un pasadizo compartimentado cortafuego que conduzca hacia la va pblica.

Tener un ancho libre mnimo entre cerramientos de 1,20 m

Tener pasamanos a ambos lados separados de la pared un mximo de 5 cm. Pasamanos de anchos mayores requieren aumentar el ancho de la escalera.

Debern ser construidas de material incombustible.

En el interior del a caja de la escalera no deber existir materiales combustible, ductos o aperturas.

Los pases desde el interior de la caja hacia el exterior debern contar con proteccin cortafuego (sellador) no menor a la resistencia contra fuego de la caja.

nicamente son permitidas instalaciones de los sistemas de proteccin contra incendios.

Tener cerramientos de la caja de la escalera con una resistencia al fuego de 1 hora en caso que tenga 5 niveles; de 2 horas en caso que tengan 6 hasta 24 niveles; y de 3 horas en caso que tengan 25 niveles o ms.

Contar con puertas corta fuego con una resistencia no menor a 75% de la resistencia de la caja de escalera a la sirven.

No ser continua a un nivel inferior al primer piso, a no ser que est equipada con una barrera aprobada en el primer piso, que imposibilite a las personas que evacuan el edificio continuar bajando accidentalmente al stano.

Debern contar con un hall previo para la instalacin de un gabinete de manguera contra incendios, con excepcin del uso residencial.D. Sealizacin de seguridad

La cantidad de seales, los tamaos, deben tener una proporcin lgica con el tipo de riesgo que protegen y la arquitectura de la misma. Los siguientes dispositivos de seguridad no son necesarios que cuenten con seales ni letreros, siempre y cuando no se encuentren ocultos. Estos son:

Extintores porttiles

Estaciones manuales de alarma de incendios

Detectores de incendios

Gabinetes de agua contra incendios

Vlvulas de uso de bomberos ubicadas en montantes

Puertas corta fuego de escaleras de evacuacin

Dispositivos de alarma de incendios

Todos los locales de reunin, edificios, hoteles debern estar provistos obligatoriamente de sealizacin a lo largo del recorrido as como en cada medio de evacuacin.

En donde existan cocinas y esto obligue a la necesidad de ductos de evacuacin de grasas humos, estos debern encontrarse dentro de un ducto cortafuego de una hora de resistencia, evitando recorridos horizontales y reduciendo al mximo las curvas.E. Sistemas de deteccin y alarma de incendios

En caso de que la edificacin cuente con playas de estacionamiento subterrneas, cuya sumatoria de reas sean mayores a 500 m2 y/o 250m2 de depsitos o servicios generales (rea sumada) se requerir rodeadores automticos de agua contra incendios.

Los hoteles 4 y 5 estrellas debern contar con un ambiente denominado Centro de Control desde donde se pueda administrar la evacuacin de la edificacin y todos los sistemas de seguridad.

Dependiendo de la clasificacin y la altura de la edificacin de hospedaje se establece la necesidad de sistemas de agua contra incendios.F. Accesibilidad para personas con discapacidad y de las personas adultas mayores:

El ingreso a la edificacin deber ser accesible desde la acera correspondiente. En caso de existir diferencia de nivel, adems de la escalera de acceso debe existir una rampa.

Los pasadizos de ancho menor a 1.50m debern contar con espacios de giro de una silla de ruedas de 1.50m x 1.50m, cada 25m. En pasadizos con longitudes menores debe existir un espacio de giro.

Las dimensiones y caractersticas de puertas y mamparas debern cumplir lo siguiente:

El ancho mnimo de las puertas ser de 1.20m para las principales y de 90cm para las interiores. En las puertas de dos hojas, una de ellas tendr un ancho mnimo de 90cm.

El espacio libre mnimo entre dos puertas batientes consecutivas abiertas ser de 1.20m.

Los descansos entre tramos de rampa consecutivo, y los espacios horizontales de llegada, tendrn una longitud mnima de 1.20m medida sobre el eje de la rampa.

Cuando dos ambientes de uso pblico adyacentes u funcionalmente relacionados tengan distintos niveles, deber tener rampas para superar los desniveles y superar el fcil acceso a las personas con discapacidad.

Clasificacin de Categoras segn reglamento.

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