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Marzo de 2006 REFUNDIDO 2 PLAN DE REFORMA INTERIOR EMPLAZAMIENTO : UE 1 - 2. BARRI D’OBRADORS MUNICIPIO : MANISES PROMOTOR : AGRUPACIÓN DE INTERÉS URBANÍSTICO OBRADORS EQUIPO REDACTOR: JOSE LUIS TOLBAÑOS UREÑA, arquitecto FCO. JOSE REYES MEDINA, arquitecto

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Marzo de 2006

REFUNDIDO 2 PLAN DE REFORMA INTERIOR

EMPLAZAMIENTO : UE 1 - 2. BARRI D’OBRADORSMUNICIPIO : MANISES

PROMOTOR : AGRUPACIÓN DE INTERÉS URBANÍSTICO OBRADORS

EQUIPO REDACTOR: JOSE LUIS TOLBAÑOS UREÑA, arquitecto

FCO. JOSE REYES MEDINA, arquitecto

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INDICE

1.- MEMORIA INFORMATIVA1.- CONDICIONES GEOGRÁFICAS

1.1.A. CARACTERÍSTICAS NATURALES DEL TERRENO1.1.B. USOS PRESENTES EN EL SUELO Y APROVE-CHAMIENTOS POTENCIALES DEL TERRITORIO

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2.- CONDICIONES INSTITUCIONALES1.2.A. CONDICIONES DE LA ORDENACIÓN DEL P.G.O.U.EN ORDEN AL SECTOR OBJETO DEL PLAN

1.2.B. OBRAS PROGRAMADAS Y POLÍTICA DE INVERSIONESPÚBLICAS QUE INFLUYAN EN EL DESARROLLO DEL PLAN DEREFORMA INTERIOR O PREVISTAS EN LA PLANIFICACIÓNSECTORIAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.1.2.C. ANÁLISIS DE LAS AFECCIONES IMPUESTAS POR LALEGISLACIÓN SECTORIAL EN EL ÁMBITO TERRITORIAL.

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2.- MEMORIA JUSTIFICATIVA2.A..- JUSTIFICACIÓN DE QUE LA SOLUCIÓN PROPUESTACONSTITUYE UNA UNIDAD FUNCIONAL BIEN INTEGRADA Y CO-

NECTADA CON LAS ÁREAS COLINDANTES.

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2.B.- JUSTIFICACIÓN DE QUE LA SOLUCIÓN PROPUESTA SE ADECUAA LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL

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2.C.- DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓNPORMENORIZADA.

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2.D.- DELIMITACIÓN DE UNIDADES DE EJECUCIÓN. 102.E.- DELIMITACIÓN DE LAS ÁREAS QUE PUEDEN SER OBJETO DEORDENACIÓN MEDIANTE ESTUDIO DE DETALLE.

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3.- NORMAS URBANÍSTICASCAPÍTULO I.- GENERALIDADES Y TERMINOLOGÍA DE CONCEPTOS 11CAPÍTULO II.- RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELOSECCIÓN 1ª . CALIFICACIÓN DEL SUELOSECCIÓN 2ª. ESTUDIOS DE DESTALLE, PARCELACIONES, DELI-MITACIÓN DE UNIDADES DE EJECUCIÓN Y PROYECTOS DE UR-

BANIZACIÓN.

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CAPÍTULO III.- PARÁMETROS DE LA EDIFICACIÓN Y RÉGIMEN DEUSOS PARTICULARES DE CADA ZONA DE ORDENANZA.SECCIÓN 1ª. ZONA DE RESIDENCIAL MIXTO (EAM)SECCIÓN 2ª. ZONA TERCIARIO (TER)SECCIÓN 3ª. ZONA DE EQUIPAMIENTO PÚBLICO(EQ)SECCIÓN 4ª. ZONA DE JARDÍN PÚBLICO(SJL)SECCIÓN 5ª. ZONA DE RED VIARIA PÚBLICA (PRV, SRV, Y SAV)

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CAPITULO IV.-NORMAS DE PROTECCIÓN DEL PATRI-MONIO CULTURALSECCIÓN 1º. CATÁLOGO Y NIVEL DE PROTECCIÓN

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CAPITULO V.-NORMATIVA COMPLEMENTARIA 17

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MEMORIA

1. MEMORIA INFORMATIVA

1. 1. - CONDICIONES GEOGRÁFICAS.

1.1.A.- Características naturales del territorio.

El Municipio de Manises está enclavado en el área metropolitana de Valencia ycon la accesibilidad de la Autovía de Madrid A-3, lo que le confiere una gran ap-titud para el establecimiento de actuaciones residenciales, industriales o de ser-vicios.

La Unidad 1 - 2 del P.R.I de Obradors está enclavada en la zona este del térmi-no, delimitado de la siguiente forma:

Norte: Terrenos agrícolas borde del cauce del Río Turía.Sur: Terrenos agrícolas borde del barranco “ Barranquet”Este: C/ L’ HortOeste: Avda del Pais Valenciá

Está formado por una bolsa de suelo de 54.290,72 m2 . Y una superficie adscritaen Suelo No Urbanizable Común de 27.000 m2.

1.1.B.- Usos y aprovechamientos potenciales del territorio.

En los terrenos ocupados por el sector, los usos existentes, en la actualidad sereducen a varias edificaciones abandonadas y campos sin cultivo.Todos estos usos vienen grafiados y emplazados en el plano de información D“Usos y aprovechamientos existentes”.

Respecto a infraestructuras existentes y puntos de conexión para el futuro desa-rrollo de las unidades:

1. Accesos. La A-3, antigua carretera de Madrid.2. Por encontrarse en suelo urbano existen instalaciones eléctricas cer-

canas.3. Por encontrarse en suelo urbano existen conexiones al suministro de

agua potable cercanas.4. Por encontrarse en suelo urbano existen redes de evacuación de sa-

neamiento a las que conectarse cercanas.5. Por encontrarse en suelo urbano existen redes de telefonía de a las

que conectarse cercanas.

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1.2.- CONDICIONES INSTITUCIONALES.

1.2.1. CONDICIONES DE LA ORDENACIÓN DEL P.G.O.U. EN ORDEN ALSECTOR OBJETO DEL PLAN.

El Municipio de Manises, cuenta como instrumento de ordenación integral del te-rritorio con Plan General de Ordenación Urbana, aprobado por la Comisión Te-rritorial de Urbanismo en Diciembre de 1988.

En Junio de 2003 se presenta un Plan Especial de Reforma Interior que delimi-taba tres unidades ( Unidades 1,2 y 3).( expuesto al publico , no habiendo obte-nido la aprobación provisional municipal).Tras analizar el documento por lospropietarios afectados se constituyen parte de ellos, en Agrupación de Interésurbanístico y deciden gestionar el desarrollo urbanístico del denominado BarrioObradors , redactando un nuevo Plan de Reforma Interior ( PRI ) introduciendociertos cambios que mejoran la propuesta anterior. El programa se presenta el6 de abril de 2005, el 29 de septiembre obtiene la aprobación provisional delayuntamiento, tras subsanar ciertos condicionantes municipales se presenta anteel Servicio Territorial el 19 de octubre de 2005 el Refundido del documento. Enfecha de 15 de diciembre de 2005 la comisión territorial de urbanismo supedita laaprobación definitiva del documento a la presentación de presente Refundido-2donde se incorporan las modificaciones indicadas en el informe de Consellería.

El Refundido del PRI establece los siguientes parámetros:

UNIDAD DE EJECUCIÓN 1 y 2Superficie UE 54.290,72 m2Superficie Adscrita 27.000,00 m2Superficie afecta a su destino 8.526,28 m2Superficie total con derecho a Aprovechamiento 72.764,44 m2Superficie destinada a dotaciones públicas 33.876,40 m2Superficie destinada a aprovechamiento privado 20.414,32 m2Techo Residencial Protección Pública 21.495,88 m2tTecho Residencial de Renta Libre 68.316,83 m2tTecho Terciario 16.684,00m2tTecho Edificable Total 106.496,71 m2tCoeficiente de Edificabilidad Residencial Bruta 1,6543Coeficiente de Edificabilidad Bruto 1.9616

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1.2.B. OBRAS PROGRAMADAS Y POLÍTICA DE INVERSIONES PÚBLICAS O PRE-VISTAS EN LA PLANIFICACIÓN SECTORIAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLI-CAS.

No existen.

1.2.C. ANÁLISIS DE LAS AFECCIONES IMPUESTAS POR LA LEGISLACIÓN SEC-TORIAL EN EL ÁMBITO TERRITORIAL

No existen

2.- MEMORIA JUSTIFICATIVA.

2.A.- JUSTIFICACIÓN QUE LA SOLUCIÓN PROPUESTA CONSTITUYE UNIDADFUNCIONAL.

En la presente propuesta ha jugado un papel decisivo el estudio de las circula-ciones existentes y previstas de cara al futuro a la hora de diseñar la trama via-ria. De la misma manera se ha partido de unas preexistencias que se hanrespetado. Estos puntos de partida han desembocado en un diseño coherente yabierto en comunicación con el casco urbano consolidado. Se generan nuevasvías de comunicación que configuran un trazado más armónico que el anteriorplan. De esta manera se mejoran notablemente las conexiones con la realidadurbana.

La red viaria se diseña constituyendo manzanas que dan cabida a parcelas quecomparten edificación con espacios verdes privados proponiendo una tipología yuna calidad de vivienda interesante para una zona que se encontraba expuesta aun importante deterioro.

Se diseña la zona verde principal como gran masa que actúa de margen con ellímite de la unidad y del barranco y se prevén pequeños parques que articulan latrama viaria a la vez que oxigenan el espacio. Esto permite una mayor concen-tración de zona verde respecto a la propuesta anterior sin que por ello se masi-fique el resto de espacios ya que la tipología de vivienda y la creación depequeñas áreas de jardín mantienen la calidad urbana pretendida.

Se plantean una serie de rotondas que agilicen el encuentro de viales, algunosde los cuales se prevén de importante tránsito, al igual que se pretende descon-gestionar la entrada a Manises gracias a un bulevar de varios carriles. El vial queresuelve la circulación al Sur de la Unidad se articula mediante una rotonda. El ancho de la calzada tipo será de 5 m. con aceras de 3,50 m. El aparcamientoviario se prevé en el mismo vial, proyectando un sentido único al tráfico rodado.También contamos con viales de doble sentido de circulación, éstos se encuen-tran en calzadas de ancho de 8m con aceras de 2m en ambos lados. La bandas

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ajardinadas en el centro de las avenidas mejoran la anterior propuesta ya quecontribuyen a la calidad urbana y a la amplitud espacial que se pretende y quese aprecia deficiente en el otro programa.

El equipamiento se prevé por medio de tres espacios en manzana completadando al paseo, lo que permite mejor relación con el casco antiguo y a su vezconectan con la avenida de Valencia lo que asegura buenos accesos para elciudadano.

El terciario se sitúa en la manzana que da frente a la rotonda de acceso. Estalocalización permite un acceso mas inmediato evitando aumentar el tráfico en lazona residencial. Las plantas bajas de las edificaciones se destinan también aterciario.

La superficie adscrita es una bolsa de suelo dotacional sanitario lo que permitiráen un futuro la creación de un nuevo hospital muy próximo a la zona.

Dado que se trata de una propuesta que mejora la calidad urbana del barrio yque pretende ofrecer a los vecinos de Manises la oportunidad de acceder a unamejor calidad de vida, se ha entendido necesario el plantear un porcentaje de laedificabilidad destinado a viviendas de protección pública. Esto ha supuesto lanecesidad de aumentar levemente el coeficiente de edificabilidad con respectodel PERI presentado y de esta manera se alcanza aproximadamente el 20% detecho residencial en viviendas de protección pública.

2.B.- JUSTIFICACIÓN QUE LA SOLUCIÓN PROPUESTA SE ADECUA A LA ORDE-NACIÓN ESTRUCTURAL.

a) Directrices definitorias de estrategia de evolución urbana. El desarrollo de la unidad se adecua claramente a las directrices de la estra-tegia de evolución urbana y ocupación del territorio según el Art. 51 RPCV,pues al tratarse de unas unidades delimitadas por el PRI, éste ya lo ha tenidoen cuenta en su desarrollo como uno de sus objetivos, ya que entre las de-terminaciones normativas están las de viario de continuidad con el suelo ur-bano. Por lo tanto esta unidad conecta con el suelo urbano colindante medianteeste Plan de Reforma Interior.

b) Clasificación del suelo.

La delimitación de las unidades se incluye en la contenida en el PRI. La su-perficie objeto de ordenación, clasificada como suelo Urbano, se cifra en54.290,72 metros cuadrados. Y una superfice adscrita en Suelo No Urbani-zable Común de 27.000 m2 destinado a Dotacional Sanitario.

Los Fines más específicos de la clasificación de La Unidad de Ejecución 1-2,son los siguientes:

a) Completar la trama urbana de la población.

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b) Obtener el suelo dotacional público preciso para disponer de una reservaestratégica con la que atender las demandas de la población.

c) Zonas de calificación.

De conformidad con lo dispuesto en el Programa de Reforma Interior.

Dentro de los criterios de la ordenación están la formación de una zona resi-dencial de edificación abierta, con trazados viarios acordes con las caracte-rísticas del entorno.

El Uso Global Residencial será en Régimen de Alta Densidad.

d) Edificabilidad y densidad máximas

En la siguiente tabla se indican las determinaciones del PRI:

PRI propuesto MÁXIMA EDIFICABILIDAD 106.496,71 m2t TERCIARIO 16.684,00 m2t

e) Aprovechamiento tipo

Queda establecido en 1,463582.

Será en el documento de Reparcelación donde se establezcan, si fuera ne-cesario, coeficientes de homogeneización.

f) Otras condiciones de la ordenación

El PRI respeta la ordenación vinculante de viario y conexiones del Plan Ge-neral, así como las reservas dotacionales establecidas por este.

El suelo residencial y terciario se ordena regulando la edificabilidad máxima yocupación de parcela.

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Resultando los parámetros de la siguiente manera:

FICHA DE GESTIÓN

UNIDAD DE EJECUCIÓN UE 1- 2

CLASE DE SUELO SU (SUELO URBANO)

SUPERFICIE TOTAL AERA DE REPARTO81.290,72 m2

SUPERFICIE TOTAL UNIDAD DE EJECUCION54.290,72 m2

SUPERFICIE RED PRIMARIA INTERIOR 1.311,91 m2

SUPERFICIE RED PRIMARIA ADSCRITA 27.000 m2

SUPERFICIE DOTACIONAL EXISTENTE 8.526,28 m2

EDIFICABILIDAD 106.496,71 m2t89.812,71 m2t Resi-

dencial16.680,00 m2tTerciario

COEFICIENTE EDIFICABILIDAD BRUTA 1,9616 m2t/m2s

COEFICIENTES DE PONDERACIÓN Se establecerán en la fase de la Reparcela-ción

GESTIÓN DirectaActuación Integra-

daNÚMERO MÁXIMO DE VIVIENDAS 714 viviendas

CONDICIONES DE INTEGRACIÓN Y DE CONEXIÓN:

La Actuación Integrada que desarrolle la Unidad de Ejecución deberá garantizar la integración en la redde infraestructuras públicas.

CONDICIONES DE REDELIMITACIÓN:

1.- La Unidad de Ejecución o, en su caso, Unidades de Ejecución que se programen con redelimitaciónde la prevista, deberán conectar con la red viaria existente de manera que se urbanicen siempre tramos

enteros de calles.

2.- Se asegura que dentro de la manzana afectada no se queden bolsas de suelo potencialmente edifi-cable que no cumplen los requisitos para convertirse en solar.

CARGAS :Se destinará a viviendas de protección pública 21.495,88 m2techo, localizado en las edificaciones E-9,

E-10, E-11, E-12 del plano H- Edificabilidad.

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2.C.- DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA POR-MENORIZADA.

Atendiendo pues a los criterios expuestos y a las determinaciones contenidas en laordenación estructural, el PRI ha calificado los terrenos de las unidades del si-guiente modo:

- Zona de Edificación Abierta MIxta (EAM).- Zona de Terciario (TER).- Zona de Jardín Público (SJL).- Zona de Red viaria Pública (SVLy RV).

Las zonas de Ordenanza se identifican explícitamente en el Plano de OrdenaciónPropuesta “Zonificación” de este PRI , del que se deduce la asignación de destinosurbanísticos a cada terreno.

A partir pues, de las directrices básicas que determina la ordenación estructural, yde los criterios de ordenación pormenorizada que se han expuesto en el apartado Ade esta Memoria Justificativa, el PRI estructura la ordenación a partir del trazadopropuesto en el Plan General y de un respeto a la localización de dotaciones y es-pacios libres públicos establecidos en este.

2.D.- DELIMITACIÓN DE LAS UNIDADES DE EJECUCIÓN.

Se refunden las dos Unidades de Ejecución en una única, a los efectos de su pro-gramación y gestión, con un único Programa de Actuación integrada..

2.E.- DELIMITACIÓN DE LAS ÁREAS QUE PUEDEN SER OBJETO DE ORDENACIÓN MEDIANTEESTUDIO DE DETALLE

Se establece la posibilidad de realizar estudios de detalle en todas las manzanasde uso residencial y terciario del PRI.

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NORMAS URBANÍSTICAS

CAPÍTULO IGENERALIDADES y TERMINOLOGIA DE CONCEPTOS

GENERALIDADES

Artículo 1Objeto

Las presentes ordenanzas tienen por objeto la regulación de:Los usos y tipos de edificación.Las condiciones mínimas de las parcelas.Las dimensiones máximas de los edificios a construir, yOtras de necesario cumplimiento.

Artículo 2 Ámbito

Este documento es de aplicación en el ámbito de la Unidad de Ejecución únicadel Sector BARRI D’OBRADORS.

Artículo 3Definiciones

En lo relativo a las definiciones urbanísticas y arquitectónicas que intervienen enla regulación de la edificación y usos del suelo y no definidas en este Plan, seestará a lo dispuesto en las Normas de Ordenación del Plan General de Ordena-ción Urbana de Manises.

CAPÍTULO IIREGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO

SECCIÓN 1ªCALIFICACIÓN DEL SUELO

Artículo 4Calificación Urbanística del Suelo.

El Plan de Reforma Interior determina la ordenación pormenorizada de los terre-nos mediante la Calificación Urbanística de los mismos, distinguiendo unidadeshomogéneas que se denominan Zonas de Ordenanza.

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Artículo 5Zonas de Ordenanza

1.- Las zonas de Ordenanza de este Plan de Reforma Interior son las siguientes:

- Zona de Edificación Abierta Mixta (EAM).- Zona de Terciario (TER).

2.- Las zonas de Ordenanza se identifican en el Plano de “Zonificación” de estePlan de Reforma Interior.

SECCIÓN 2ª

ESTUDIOS DE DETALLE, PARCELACIONES, Y DELIMITACIÓN DE UNIDA-DES DE EJECUCIÓN

Artículo 6Estudios de Detalle

1 Mediante Estudio de Detalle, se podrán reordenar los volúmenes edificablescon las siguientes condiciones:a) El ámbito de reordenación abarcará, como mínimo, una manzana.b) Las alineaciones exteriores son invariables.c) Las edificaciones serán de los mismos tipos que los establecidos en elplan.d) La superficie ocupada por la edificación no podrá superar la resultante dela ordenación contenida en los planos del presente Plan.e) La superficie no ocupada por la edificación, interna a las alineaciones ex-teriores, en todo caso, será de titularidad privada.

Artículo 7Parcelaciones y Delimitación de Sectores.

1.- La forma, dimensiones y otras condiciones que han de reunir las parcelas enlas que se materialice el aprovechamiento urbanístico son las que se determi-nan, para cada zona de ordenanza, en estas Normas Urbanísticas.

2.- Se define una única Unidad de Ejecución en el ámbito de este Plan de Re-forma Interior a ejecutar a los únicos efectos de su gestión y desarrollo.

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CAPÍTULO IIIPARÁMETROS DE LA EDIFICACIÓN Y RÉGIMEN DE USOS PARTICULARESDE CADA ZONA DE ORDENANZA.

SECCIÓN 1ª

ZONA DE EDIFICACIÓN ABIERTA MIXTA (EAM)

Artículo 8Ámbito de la Normativa

Zona destinada en el Plan de Reforma Interior a edificación de tipología bloqueexento.

Artículo 9Condiciones de uso

a) Uso Dominante: Residencial Plurifamiliar en plantas altas, terciario en plantasbajas.

b) Usos Pormenorizados:

Le será de aplicación los establecidos en la Ordenanza Municipal de Acti-vidades para el suelo residencial.

c) Usos Incompatibles:

Le será de aplicación los establecidos en la Ordenanza Municipal de Acti-vidades para el suelo residencial.

Artículo 10.Condiciones de parcela edificable

Superficie Mínima: 500 m2.Longitud mínima de fachada: 12,00 m.Angulo menor de los lindes medianeros con la alineación de fachada: 80º

Artículo 11.Parámetros de la Edificación.

Los parámetros no especificados en estas normas se ajustarán al Título Sextode las Normas del Plan General.

a) Número máximo de plantas: Según Plano H-Edificabilidad.

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b) Profundidad edificable: Según alineaciones indicadas en Plano H-Edificabilidad. Los áticos se retranquean 3 metros tal y como se aprecia endicho plano.

c) Altura Edificable:

Nº de plantas Altura de cornisa1 3,50 mts.2 6,50 “3 10,00 “4 12,50 “5 15,50 “6 18,00 “7 21,00 “8 23,50 “9 26,50 “

d) Edificación Bajo Cubierta: El remate de la cubierta de los áticos deberá sersemicircular, su aprovechamiento no será computable y el uso deberá ir vinculadoa su planta inferior. La altura de la cumbrera respecto de la cara superior delforjado de la última planta (sin contar la del ático) será de 8 metros.

Artículo 12.Concepto de espacio libre privado.

Se entiende por espacio libre privado aquellos suelos de destino privado que elplan no prevé su edificación.

Artículo 13.Condiciones de uso, servidumbres y edificación de los espacios libres privados.

La urbanización del suelo privado de cada una de las manzanas será objeto de unaactuación global y su ejecución requerirá la previa redacción del correspondienteproyecto técnico de obras y obtención de la licencia municipal.

El uso será privado y estará vinculado a las edificaciones colindantes. Estosespacios estarán destinados, en cota de rasante, al esparcimiento y recreo detodos los propietarios de las viviendas y locales comerciales de la manzana dondese ubiquen. En subsuelo se podrán destinar al aparcamiento de vehículos.

Sobre la parcela destinada a espacio libre privado se crea una servidumbre depaso, luces y vistas sobre todo el espacio libre privado en favor de todas lasedificaciones que lo circundan.

La cuota de participación en el uso y disfrute de los espacios libres privados, a losefectos de su urbanización, mantenimiento y administración, será proporcional a laedificabilidad de cada una de las parcelas de la manzana. Para que existaconstancia registral de esta circunstancia, en el proyecto de reparcelación seexpresará el porcentaje de participación de cada parcela en el uso, a cota derasante, del espacio libre privado de su manzana.

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A los efectos del cálculo de la parcela mínima edificable, la superficie del espaciolibre privado no contabilizará.

Se permite la ocupación del subsuelo como planta sótano de garaje, al servicio delas edificaciones colindantes.

En estos espacios no se podrá realizar construcciones, pero si las obras deurbanización y ajardinamiento necesarias para acondicionarlos a su uso.

Las características de estas obras permitidas serán las siguientes:

- Cerramientos de la parcela, que estarán dispuestos sobre la alineación exterior,y tendrán una obra de fábrica de 1 metro de altura y una parte superior tipocelosía o malla vegetal de 1,50 metros adicionales, conformando una alturamáxima de 2,50 metros.

- Centros de transformación de energía eléctrica.

- Los elementos de ventilación del sótano no podrán superar la altura de un metrorespecto de la rasante del espacio libre privado, debiendo quedar camuflado conlos demás elementos de la urbanización.

Como regla general no se permiten las rampas de acceso a los garajes. Noobstante, si la propiedad fuera única o existiese acuerdo de todos los propietariosde la manzana, se podrá autorizar la construcción de una única rampa de accesoal sótano de garajes.

Artículo 14.Urbanización del espacio libre privado.

Los espacios libres privados serán urbanizados con la calidad necesaria paracumplir los fines a que están destinados, de conformidad con las directrices queestablezcan los servicios técnicos municipales. Su ejecución se realizará por eltitular de los terrenos.

Será requisito necesario para la obtención de la licencia de obras de edificación encada una de las parcelas de la manzana la previa urbanización de la totalidad delespacio libre privado de la misma.

SECCIÓN 2ª

ZONA DE TERCIARIO (TER)

Artículo 15.Ámbito de la Normativa

Zona destinada en el Plan de Reforma Interior a edificación de tipología manza-na compacta.

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Artículo 16.Condiciones de uso

a) Uso Dominante: Terciario.

b) Usos Compatibles:

a- Actividades inocuas y talleres artesanales de cerámica.b- Espectáculos y salones de reunión, prohibiéndose las discotecas.c- Hospedaje.d- Comercial.e- Oficinas.f- Garaje en planta baja y sótano.g- Docente público y privado.h- Deportivo público y privado.i- Servicios de interés público y social.j- Los contemplados en la norma del PGOU.

c) Usos Incompatibles:

Los no especificados anteriormente.

Artículo 17.Condiciones de parcela edificable

Superficie Mínima: 400 m2.Longitud mínima de fachada: 6,00 m.Angulo menor de los lindes medianeros con la alineación de fachada: 80º

Artículo 18.Parámetros de la Edificación.

Los parámetros no especificados en estas normas se ajustarán al Título Sextode las Normas del Plan General.

a) Modo de Ordenación: Edificación aislada.

b) Número máximo de plantas: Según Plano H- Edificabilidad.

c) Profundidad edificable: Según alineaciones grafiadas en Plano H-Edificabilidad.

d) Altura Edificable:Nº de plantas Altura de cornisa

1 3,50 mts2 7,00 “

En todo caso, las alturas deberán ajustarse a las existentes en el edificio protegidoubicado en la manzana de uso terciario.

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CAPITULO IV

NORMAS DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL

Artículo 19.

Vendrá regulado por lo establecido en el Título 8º del Plan General de Ordena-ción Urbana de Manises (Normas de Protección del Patrimonio), así como porlas Modificaciones del mismo que afectan a este tipo de bienes.

CAPITULO V

NORMATIVA COMPLEMENTARIA

Artículo 20.

Cualquier proyecto de edificación deberá garantizar el cumplimiento de los ni-veles de inmisión de ruidos de la NBE-CA-88 o la que se encuentre en vigor enel momento de la solicitud de la licencia.

Artículo 21.

Cualquier proyecto de edificación del tipo que sea deberá obtener la autorizaciónde la Dirección General de Aviación Civil para poder ejecutar las obras.

Valencia, Marzo de 2006

Equipo RedactorJose Luis Tolbaños UreñaFco. Jose Reyes Medina