Mociones de Financiamiento

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    Propuesta Reforma a la Educacin Superior Estudiantes UC

    Mociones Presentadas en Perodo 2011

    1.-Financiamiento

    1.1.-Rol pblico

    1.1.1 Respecto a los criterios para definir el "Rol Pblico", ellos se enmarcan en

    el contexto de los criterios que debe tener el estado para financiar a las universidades,

    mediante el AFD. Lo principal son los requisitos para asegurar la Calidad y la Rendicin

    de cuentas, sobre estas premisas el criterio de Rol Pblico debe tener especial cuidado

    en afectar la diversidad de las instituciones y el derecho a la libertad de enseanza.

    (respecto a mocin 11)

    1.1.2 Creemos en la importancia de redefinir el concepto de rol pblico

    donde los dos puntos principales a considerar sean la calidad de la educacin que

    entrega la institucin y el aporte que esta hace al pas. Estos deben ser los dos criterios

    que guen esta definicin, ya que se trata de dos puntos que efectivamente pueden

    medir el aporte real que generan las instituciones para el pas.

    1.1.3 Debe cumplir con funciones sociales que se derivan del carcter propio

    de una universidad. Aportar a la sociedad en conocimientos, estudios, avances

    tecnolgicos. Por ejemplo otorgar educacin de calidad, promover el estudio y

    desarrollo de soluciones a las problemticas sociales. (respecto mocin 3)

    1.1.4 La libertad de ctedra y expresin, as como de asociacin, son correctas,

    pero no pertenecen al rol pblico de la U, sino a los derechos ciudadanos

    fundamentales. (respecto a los puntos de la mocin 13)

    1.1.5 La Designacin de profesores considerando principalmente criterios

    acadmicos, sin obstruir la debida autonoma de las Instituciones de Educacin

    Superior, y por ende, garantizando la conservacin del proyecto educativo.

    (respecto a los puntos de la mocin 13)

    1.1.6 El criterio de calidad acadmica debe ponderar ms que otros criterios a

    la hora de elegir profesores, pero no ser exclusivo. Es errada la pretensin de

    elegir profesores por criterios puramente acadmicos. (respecto a los puntos

    de la mocin 13)

    1.1.7 Para que una Institucin de Educacin Superior pueda considerarse conRol Pblico, es necesario que el criterio de eleccin de sus docentes sea

    principalmente acadmico. Toda otra condicin exigida debe ser establecida

    de forma previa y pblica por parte de dicha institucin, y en ningn caso

    podr caer en discriminaciones arbitrarias (respecto a los puntos de la mocin

    13).

    1.1.8 La participacin de los estudiantes y asociaciones profesionales debe

    estar permitida por ley y asegurada como un derecho, pero no obligada por

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    ley, o al menos no en todas sus modalidades (respecto a los puntos de la

    mocin 13)

    1.1.9 El concepto de Educacin Pblica no debe referirse nicamente a la

    educacin impartida directamente por el Estado, sino a aquella que realiza un

    aporte real y significativo a la consecucin del fin propio de la sociedad, el bien

    comn, y a la solucin directa de problemticas sociales a travs del desarrollo

    del conocimiento. Es necesario buscar un equilibrio donde el Estado tenga una

    funcin de promocin, control de calidad y vigilancia, sin pasar a llevar la

    debida autonoma que cada institucin debe y necesita tener. Ms que

    fomentar la educacin de propiedad del Estado, es necesario incentivar que las

    instituciones de Educacin Superior cumplan con un rol o funcin social.

    1.1.10 La movilidad social debe ser entendida como el ascenso de personas a

    un mejor nivel socioeconmico, mediante sus aptitudes y mritos personales,

    unidos a la formacin que se les proporciona y a las oportunidades que puedan

    acceder.

    1.1.11 La Educacin Superior cumple funciones que debieran ser financiadas

    por el Estado, siendo necesaria la discusin sobre cules debieran ser

    especficamente estas funciones. Este financiamiento podra ser aplicado a

    instituciones tanto estatales como privadas, y creemos que el criterio

    fundamental de esta calificacin debe ser el aporte real que realizan, a travs

    del desarrollo de su funcin propia, a la solucin de problemticas sociales y al

    desarrollo de la sociedad en sus ms diversos mbitos.

    1.1.12 Los requisitos que deben cumplir las instituciones de Educacin

    Superior para poder recibir financiamiento estatal directo o de fondos

    competitivos son: acreditacin institucional, accesibilidad y transparencia einformacin de indicadores institucionales y no deben tener barreras de

    entrada por temas socioeconmicos. Deben poseer aranceles asequibles para

    el grueso de la poblacin, ayudas estudiantes, como crditos y becas.

    1.1.13 Debiese reconocerse una multi-dimensionalidad del rol pblico de las

    instituciones, y asignar recursos segn criterios de cumplimiento del mismo por rea y

    no como una definicin binaria. Esto evita el problema de cerrar el financiamiento a

    instituciones como la nuestra- que incumplan algn criterio pero que produzcan valor

    a la sociedad.

    1.2 Recursos:

    1.2.1 Respecto a que deben aumentarse fuertemente los recursos estatales

    dedicados a la Educacin Superior, se propone un ajuste presupuestario a largo plazo,

    pese a que los frutos no se vayan a ver en el actual gobierno; el objetivo ltimo sera

    que las universidades estatales, en tanto instituciones pblicas al servicio de la

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    Sociedad, sean gratuitas y accesibles a todos; se propone una transformacin gradual y

    a largo plazo, conforme esta medida va dando resultados que beneficien a la sociedad.

    1.2.2 El Estado debe aumentar de forma inmediata el porcentaje del gasto

    pblico destinado al sistema de educacin superior.

    1.2.3 Aumento general de los aportes del estado bajo criterios objetivos. Sibien es importante un mayor aporte del Estado a la ES, las cifras de este aumento

    deben estar respaldadas con estudios que no hablen tan solo de la cantidad de

    recursos que se necesitan, sino tambin de dnde se obtendran.

    1.2.4 A corto plazo: respecto a aumentar fuertemente el porcentaje del PIB

    dirigido a la educacin superior, se propone abrir el debate acerca de dnde se van a

    sacar los recursos que se le van a suministrar a la educacin, en concordancia con las

    prioridades que el gobierno dice tener.

    1.2.5 Aumentar y reorientar el financiamiento directo a la oferta de

    instituciones de Educacin Superior. Reestructurar el modo de entrega del AFD en

    forma gradual y en plazos que permitan adecuar y evolucionar en forma positiva a las

    diferentes instituciones. Se debe organizar un gran porcentaje de los montos en

    nuevos fondos, tambin de entrega directa, pero con una metodologa diferente. Estos

    fondos deben ser concursables, con criterios claros, exigentes, transparentes y acordes

    a lo que se busca promover y potenciar, los cuales se entregarn de forma focalizada

    segn los intereses del Estado y se asignarn mediante convenios de desempeo

    desarrollados en conjunto con las instituciones postulantes. Estas nuevas disposiciones

    deben totalizar un aumento importante del aporte fiscal de entrega directa a las

    instituciones de educacin superior, pero con una mejor metodologa.

    1.2.6 Como se mencion anteriormente, se debe prohibir por ley la entrega de

    recursos fiscales a instituciones con fines de lucro. Adems, la acreditacin de la

    institucin, el cumplimiento de los convenios pasados y la rendicin transparente de

    los recursos entregados con anterioridad deben tener un factor preponderante en la

    entrega de nuevos recursos fiscales.

    1.2.7 Cambio en la ley de donaciones apuntando a un reparto msequitativo , creando fondo comn de los recursos y evitando el

    financiamiento indirecto por parte del Estado a proyectos

    generalmente ligados a la derecha poltica, sucediendo esto a travs

    de la reduccin de impuestos de los mismos dueos de las

    instituciones.

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    1.2.8 Es necesario crear un fondo comn de donaciones de manera depermitir un acceso equitativo de todas las Universidades a los recursos

    ya que las empresas obtienen reducciones de impuestos por hacer

    donaciones, lo que constituira un financiamiento indirecto estatal (esa

    plata no le llega al Estado sino directamente a las Universidades, perodebera llegarle al Estado originalmente) En consideracin a esto, estos

    recursos no pueden disponerse slo para fomentar cierto tipo de

    proyecto universitario sino que deben servir para mejorar las

    condiciones en todas las universidades del pas. (1 y 2 podran

    juntarse en una nica mocin).

    1.2.9 Eliminar los convenios de desempeo como modalidad de asignacinde recursos, pues esto implica una prdida total de la autonoma y

    deja al arbitrio del gobierno de turno los proyectos de las instituciones

    educativas que mereceran ganar los dineros.

    1.2.10 No deben realizarse convenios de desempeo, ni mecanismos decompetencia entre universidades, puesto esto coopta la investigacin.

    1.2.11 Rechazo a los convenios de desempeo como mtodo de asignacinde recursos. (Estos se complementan 1-2-3)

    1.2.12 Las instituciones regionales, ya sean estatales o privadas, deben

    asegurar educacin de calidad. Esto no puede significar una carga para el

    presupuesto regional, en especial en aquellos lugares que funcionan con

    dficit. Junto con esto, se deben incentivar los programas de estudio que

    aporten al plan de desarrollo regional local, dando incentivos que generen

    profesionales para los objetivos productivos de cada lugar.

    1.2.13 El AFI continuar siendo una herramienta de financiamiento de la

    Educacin Superior, herramienta que deber considerar para su distribucin

    criterios de excelencia acadmica y nivel de vulnerabilidad; excluyendo otros

    criterios como programas complementarios de acceso. Sin embargo, creemos

    que es de vital importancia establecer programas de nivelacin acadmica que

    respeten la libertad de eleccin del alumno al momento de elegir la institucin

    donde desea realizar sus estudios superiores; para el financiamiento de estos

    programas de nivelacin y admisin complementaria no se debe considerar los

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    fondos obtenidos mediante el AFI, sino que se deben generar fondos

    concursables que fomenten su calidad y premien su efectividad.

    1.2.14 Se debe promover la investigacin de punta a travs de fondos

    competitivos en los que puedan participar las instituciones sin fines de lucro.

    La libertad de investigacin se debe enmarcarse dentro del proyecto educativo

    de cada casa de estudios. (estasubordinada a que el lucro sea validado o

    reconocido)

    1.3 Aranceles

    1.3.1 Respecto a los requisitos mnimos que debiesen cumplir las instituciones

    de Educacin Superior para recibir financiamiento estatal directo, se considera

    que el monto mximo de aranceles al que respetar, debe:

    - guardar relacin con los costos de implementacin de la carrera, y no

    con lo que se ganar en el futuro con sta, entendiendo que no

    debiera regirse por lucro.

    - se debe aclarar que es el gobierno quien debe decidir este monto fijo

    y no las universidades.

    1.3.2. Para las universidades estatales debe fijarse como horizonte estratgico

    la gratuidad. Deben ser financiadas mediante aportes basales de libre disposicin, con

    base en el 60% del presupuesto institucional. El financiamiento estudiantil en dichas

    universidades deber realizarse por medio de crditos sin inters estableciendo como

    posible modalidad el trabajo. Arancel diferenciado, asegurando gratuidad para los tres

    primero quintiles.

    1.3.3 El valor del arancel de las careras NO debe superar el mximo valorcobrado por algn pas de la OCDE para esa carrera.

    1.3.4 Proponemos eliminar el ltimo punto Respetar un monto mximo de

    aranceles, en la seccin de requisitos mnimos que debiesen cumplir las instituciones

    de Educacin Superior para recibir financiamiento estatal directo. (1 y 3 son contrarias,

    revisar 3 al parecer est en contradiccin con el documento)

    1.3.5 Crear un arancel de referencia real, que concorde al monto total de lacarrera en la respectiva institucin ajustado cada ao al IPC y no un

    arancel parcial.

    1.3.6 Respecto al arancel de referencia se propone repensar los criteriospara fijar el arancel de referencia. Los aranceles DEBEN reducirse en el

    corto plazo, pero esta reduccin no debe ser costeada por los

    trabajadores de las Universidades (despidos, etc.). Es importante el

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    aumento de los aportes del Estado a las instituciones de Educacin

    Superior.

    1.3.7 El pago de arancel, cuando corresponda pagarse (es decir en los casos en

    los que no haya gratuidad), debe ajustarse a la realidad de Chile y sus

    habitantes. Y por lo mismo se tiene que tener en cuenta el nivel de deuda

    familiar, el sueldo mnimo, el sueldo promedio, el desempleo promedio, las

    condiciones familiares, tener hijos, como para ajustar un tope arancelario a

    dichas condiciones.

    1.3.8 Se propone el arancel diferenciado.1.3.8.1 Ha de instaurarse arancel diferenciado de acuerdo a la capacidad

    de pago de la familia. Los aranceles de las universidades estatales

    deber ser diferenciados segn ingreso familiar con horizonte a una

    educacin gratuita. Para las Universidades Privadas debe existir un

    tope arancelario. Estos aranceles deben tener adems un tope

    mximo de precio en funcin del nivel de ingresos propio de la

    realidad nacional (PIB).

    1.3.9 No existir cobro de matrcula en Universidades Estatales.1.4.- Crditos

    1.4.1.-Los estudiantes que no an no pueden costear la universidad, deben

    poder acceder a Crditos entregados por el Estado donde no debe haber

    participacin alguna de banca privada. Sin inters a las universidades estatalesy con uno de no ms del 2% para instituciones privadas.

    1.4.2 Independiente de quin entregue los crditos, debemos velar por que las

    tasas que se entreguen, sean las ms bajas, sin importar si es un banco o no.

    No obstante, se deben establecer una serie de normas contra el abuso de los

    bancos, que sean vigiladas por la Subintendencia de Educacin Superior, que

    trabaje junto a la banca para obtener tasas ms competitivas.

    1.4.3.- Nuevo sistema de crditos, dada la realidad de un pas que debe cubrir

    muchas necesidades, debe incluir fondos privados para fomentar la educacin

    de los chilenos. En especial, la banca privada es ms competitiva y es capaz de

    ofrecer tasas ms bajas, cosa que no ocurre actualmente por la estructura y

    acceso a los fondos privados en el actual sistema de financiamiento. Bajo un

    nuevo sistema, es posible incluir a ms beneficiados bajo los fondos privados,

    lo que da la posibilidad de entregar crditos a tasas bajas, adaptar los crditos

    a crditos blandos una vez que se han sorteado los aos de mayor desercin y

    la proyeccin laboral del alumno mejora, entre otros tantos puntos.

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    1.4.4.-Disminucin de la tasa del CAE a un 4%, pero fijando ms flexibilidad en

    el pago posterior, con una cuota mxima equivalente al 10% del sueldo y

    condonando la deuda luego de 15 o 20 aos, dependiendo el monto de la

    deuda inicial.

    1.4.5.- Crdito con aval del Estado y Fondo solidario universal se homologan,

    con tasas blandas. Sigue existiendo un sistema de becas de acuerdo a la

    excelencia, focalizado en los estratos ms bajos y crdito asociado a todos.

    1.4.6.- Seguro de Cesanta para el pago del crdito y la prohibicin de caer en

    DICOM por esta razn.

    1.4.7.-Deuda, cuando exista, puede pagarse en determinadas condiciones a

    travs de tributacin (aportes indirectos). La deuda es continua, slo si el

    deudor tiene un trabajo continuo.

    1.4.8.- En caso de otorgarse crditos a los alumnos, este debe ser

    sencillamente otorgado en U.F de modo tal que NO se lucre con el prstamo.

    1.4.9.-El crdito con aval de estado debe modificarse y el pago de la deuda

    debe ser contingente al sueldo, se debe aumentar el plazo de pago y acercar la

    tasa de inters a la del Crdito del Fondo Solidario.

    1.5 Participacin de instituciones bancarias:

    1.5.1 No debiera existir ningn tipo de crdito bancario, si existe algn tipo de

    crdito este no debe tener inters y debe ser otorgado directamente por el

    Estado.

    1.5.1.1 Eliminacin de la banca en educacin como entidad que otorgacrdito, porque no debe permitirse la generacin de lucro por parte de

    las instituciones bancarias. Siendo el Estado el encargado de otorgar

    los distintos fondos. (Principio de que la educacin es un derecho

    social y eso se opone a la idea de negocio)

    1.5.1.2 El sistema bancario privado no debiese ser parte del sistema de

    crditos avalados por el Estado en tanto persigue un afn de lucro que

    es incompatible con entregar las mejores tasas de inters a los

    estudiantes.

    1.5.2 Mayor control, a travs de mecanismos efectivos, a la participacin de las

    instituciones bancarias en el financiamiento de la Ed. Superior. Podran

    establecerse criterios objetivos para definir la tasa que se cobra. (respecto

    mocin 10).

    1.6 Aportes fiscales

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    1.6.1 Fin al AFI, puesto que esto incentiva a las universidades a competir por

    los mejores puntajes, es decir generalmente por los estudiantes de mayores

    ingresos.

    1.6.1.1 Fin al AFI y redireccionamiento de esos recursos como AFD

    para las universidades.

    1.6.2 El Aporte Fiscal Indirecto no debe eliminarse, sino reorientarse a un

    criterio de inclusividad, basado en indicadores menos regresivos que la PSU,

    como el ranking.

    1.6.2.1 El Aporte Fiscal Indirecto debe ser reformulado. Se debe

    cambiar el criterio de asignacin desde los mejores puntajes a criterios

    socioeconmicos que funcionen de incentivos a las universidades a la

    heterogeneidad en la matrcula. Pueden acceder a este aporte solo

    estudiantes de instituciones acreditadas y debe ser acompaado de

    polticas de mantencin y acceso.

    1.6.2.2 El Aporte Fiscal Indirecto, ya sea asignado por resultados PSU o

    el mtodo de seleccin implementado, debe significar un beneficio en

    el arancel estos 27.500 mejores seleccionados, de manera

    proporcional a su nivel socioeconmico. Se propone que esta ayuda se

    enfoque especialmente en la clase media que no puede acceder a los

    dems sistemas de beneficios arancelarios.

    1.6.2.3 En cuanto al Aporte Fiscal Indirecto creemos que es importante

    generar un AFI que en vez de distribuirse a los mejores puntajes sin

    importar su lugar de procedencia, no considere solo el rendimiento

    acadmico del alumno, como ha sido hasta ahora, sino que evaletambin el nivel de vulnerabilidad de la persona; es decir que premie al

    alumno que a pesar de las adversidades logr entrar a una ES.

    1.6.3 Derogar el AFI o cambiar su criterio de asignacin para hacerlo menos

    regresivo.

    1.6.3.4 El nmero de aportes AFI entregado cada ao debe ser

    proporcional al nmero total de ingresos del periodo, ya que as el aporte

    estatal entregado por esta va, aumenta correspondientemente al crecimiento

    de la cobertura de la educacin superior.

    1.6.4 Proponemos como prioritarios los siguientes fondos:

    a. Estatales: Fondo para revitalizar, reestructurar administrativamente

    y potenciar Universidades Estatales

    b. IPs y CFT: Fondo para la consolidacin de proyectos educativos de

    calidad en

    formacin tcnica y profesional.

    c. Regiones: Fondo de promocin de proyectos educativos de calidad

    en regiones

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    d. Abierto: Fondo de investigacin y extensin de las ciencias y las

    tecnologas

    e. Abierto: Fondo de investigacin y extensin de las ciencias sociales y

    econmicas.

    f. Abierto: Fondo de promocin de las artes y la cultura

    g. Abierto: Fondo para la docencia de excelencia e innovacin

    curricular.h. Abierto: Fondo para la nivelacin acadmica y disminucin de la

    desercin

    1.6.5 Aumento del financiamiento a las instituciones pblicas

    1.6.5.1 Financiamiento 100% de las universidades pblicas

    1.6.5.2 Financiamiento total de las universidades estatales,

    reconociendo sus deudas anteriores y la necesidad de que existan

    polticas de retencin fuertes, ya que el sistema social y escolar es

    injusto.

    1.6.5.3 Fortalecimiento AFD hacindolo llegar a un 100% del

    presupuesto de las Universidades Estatales.

    1.6.6 (Si se aprobara alguna medida que restringiera la entrega de recursos a

    las universidades privadas) Existen universidades que cumplen un rol pblico

    en regiones, como la Universidad Arcis en Chilo, que deben recibir

    financiamiento mientras no existan instituciones que puedan suplir esa

    funcin.

    1.6.7 El Aporte Fiscal Directo debe ser entregado exclusivamente a las

    universidades de propiedad estatal. El hecho de que una universidad est

    acreditada no implica que deba recibir aportes del Estado.

    1.6.8 Los aportes financieros estatales deben velar por que las distintas

    instituciones de ES impartan formacin profesional y tcnica de calidad,

    incentivando la aceptacin de alumnos vulnerables, potenciando la educacin

    de Chile y promoviendo la movilidad social.

    1.6.9 El financiamiento institucional a las instituciones con propiedad no

    estatal se da a travs del financiamiento estudiantil a travs de: arancel

    diferenciado y crditos.

    1.6.10 Se debe crear un Fondo de apoyo a universidades estatales para poneral da a dichas instituciones de manera que puedan mejorar infraestructura,

    su gestin interna y su nivel acadmico en general. Estos fondos deben ser de

    carcter transitorio.

    1.7.- Sobre Beneficios Estudiantiles:

    1.7.1.- Que se establezcan beneficios tributarios para familias de clase media y

    baja, por hijo estudiando en la Educacin Superior.

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    1.7.2.-

    1.7.2.1.- Para los beneficiarios de la Beca Bicentenario, el arancel de

    referencia cubrir como mnimo un 90% del arancel de real en las instituciones con Rol

    Pblico. Adems, se constituir como un requisito bsico para recibir fondos basales, el hecho

    que la Universidad financie la diferencia entre el arancel real y de referencia para los

    estudiantes provenientes de estos 2 quintiles.

    1.7.2.2.- Aumento de becas para estudiantes de alta vulnerabilidad,

    dado que el sistema actual ni siquiera alcanza para cubrir el arancel real. Los recursos son un

    limitante clave, por lo que es importantsimo dar prioridades de distribucin con metodologas

    eficientes. No es posible garantizar gratuidad de buenas a primeras, pues muchos pases que

    han implementado sistemas gratuitos se han visto en grandes deudas, an funcionando con

    altos impuestos. Insistimos en la necesidad de una buena asignacin, distribucin, y regulacin

    de la entrega de recursos.

    1.7.3.- A los estudiantes del III y IV quintiles, que cumplan con las dems

    condiciones de la Beca Bicentenario, se les asignar dicha Beca durante los 2 primeros aos deestudio, para transitar al FCSU desde su tercer ao cursado hasta el trmino de su carrera.

    1.7.4.- Las Becas Nuevo Milenio tendrn un factor multiplicador, diferenciado

    por carrera y yendo de manera continua desde un 1,0 hasta un 2,0. Con este mecanismo, el

    Mineduc podr ir incentivando el crecimiento de la matrcula en sectores productivos

    estratgicos para el pas. El factor se determinar cada 2 aos en base a las tendencias y

    proyecciones de productividad, empleabilidad, rentas futuras y crecimiento por sector

    productivo.

    1.7.5.- Las Becas de Excelencia Acadmica, tendrn un factor multiplicador,

    diferenciado por carrera y yendo de manera continua desde un 1,0 hasta un 2,0. Con estemecanismo, el Mineduc podr ir incentivando el crecimiento de la matrcula en sectores

    estratgicos para el pas. El factor se determinar cada 2 aos en base a las tendencias y

    proyecciones de productividad, empleabilidad, rentas futuras y crecimiento por sector.

    Adems, las instituciones que logren titular al becario, se les premiar con un bono

    equivalente a una anualidad de la BEA.

    1.7.6.-

    1.7.6.1.- Se extender el FCSU hasta el 100% del arancel de referencia

    en los 7 primeros deciles de ingreso.

    1.7.6.2.- Debera considerarse la asignacin preferente de beneficios

    estudiantiles hasta el cuarto quintil de manera de integrar a la clase media y otorgarles un

    respaldo financiero.

    1.7.7.- Todas las becas Junaeb, deben venir expresadas en UTM.

    1.7.8.- El valor de la BAES, ascender a un valor de 0,05 UTM.

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    1.7.9.- El valor de la BMES, ascender a un valor de 0,45 UTM y para los

    quintiles I y II, se extender su vigencia durante los 12 meses del ao.

    1.7.10.- Las Becas Mantencin de Educacin Superior y de Alimentacin, ser

    entregada a los 4 quintiles ms pobres de manera progresiva, asignando un 100% del valor a

    los estudiantes del 1 y 2 quintil, un 70% a los del 3 quintil y un 50% a los del 4 quintil.

    1.7.11.- Todo potencial estudiante receptor de una beca Junaeb, deber ser

    previamente acreditado socioeconmicamente por su institucin de educacin superior.

    1.7.12.- "Apuntar a la creacin de un sistema nico e integral de becas y

    crditos para la educacin superior, que incluya a todas las instituciones de educacin superior

    acreditadas y sin fines de lucro. Este sistema de becas y crditos debe estar orientado a

    proteger de la desercin a aquellos alumnos ms vulnerables y a hacer un uso eficiente de los

    recursos invertidos por el Estado. Es por eso que este nuevo sistema de becas y crditos

    debiese buscar becar a aquellos alumnos vulnerables durante los primeros aos de carrera (en

    donde se observa el mayor porcentaje de desercin) para despus pasarse a crditos blandos

    durante los ltimos aos de carrera (donde se presenta menor desercin y por tanto los

    estudiantes podran optar a una tasa de inters menor a la que incluso puede ser subsidiadapor el Estado). De esta forma se podra utilizar de mejor manera los recursos y por tanto ser

    redestinado para otorgar an ms becas en los primeros aos. Sumado a lo dicho

    anteriormente, este sistema de becas y crditos:

    a. Debe estar orientado a la inversin en movilidad social, excelencia

    acadmica, disminucin de riesgo y eficiencia en la entrega de los recursos, para as

    asegurar la mayor cobertura posible.

    b. Debiese permitir la participacin de la banca como fuente de

    financiamiento, sin excluir que el Estado tambin pueda subsidiar la tasa de inters de

    crditos. Se necesita adems una mejor regulacin del Estado, con el fin de evitar

    abusos por parte de los prestadores hacia los estudiantes.

    c. Para su asignacin debe ponderar la situacin socio-econmica del

    postulante, adems de las siguientes nuevas variables:i.Excelencia acadmica, ya que los beneficios estudiantiles deben

    promover el estudio y esfuerzo de sus postulantes.

    ii.Demanda en la sociedad por la carrera cursada, para promover

    carreras que se han diagnosticado con necesidad de aumentar su

    personal o calidad (ejemplo: pedagoga, enfermera).

    iii.Rentabilidad privada futura de la carrera: A mayor retorno en una

    carrera, es menos necesario entregar becas y ms posible entregar

    crdito, ya que la persona podr sobrellevar la deuda y adems tiene

    menor probabilidad de desercin (y por tanto la tasa de inters

    debiese ser menor). Los estudiantes que se encuentran en carreras

    menos rentables privadamente y altamente rentables socialmente

    debern ser prioridad para la asignacin de becas en vez de crditos ypoder optar a crditos con subsidio del Estado.

    iv.Aos cursados en la carrera: A mayor avance en la carrera, mayor

    debe ser la preponderancia de crditos en vez de becas. Esto porque la

    probabilidad de desercin baja y la posibilidad inmediata de retorno

    aumenta, lo cual hace bajar la tasa y aumentar la disponibilidad de

    recursos a repartir sin afectar en demasa la situacin del estudiante.

    En cambio, intentar disminuir al mximo el endeudamiento prematuro

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    de los estudiantes en los primeros aos de carrera, incluyendo el resto

    de las variables obviamente.

    d. Creacin de crditos y becas especiales para estudiantes que se matriculen

    en CFT e IP, para promover la ampliacin de la cobertura de este tipo de instituciones,

    las cuales tienden a recibir una mayor cantidad de estudiantes vulnerables."

    1.7.13.- Es fundamental asegurar la permanencia del estudiante. Este no

    puede bajo ninguna circunstancia abandonar sus estudios por problemas econmicos.

    Ha entonces de existir la posibilidad de re-acreditarse econmicamente en cualquier

    momento de la carrera y poder acceder a crditos, becas u otros beneficios.

    1.7.14.- El sistema de financiamiento estudiantil debe contemplar por sobre

    todo la igualdad de oportunidades, de forma que todo el que tenga mritos

    acadmicos y dificultades econmicas debe tener acceso a ayudas para

    financiamiento. Tambin debe velar por diferenciar las ayudas de forma inteligente,

    distribuyendo no slo por nivel socioeconmico, sino que adems agregando los

    criterios de vulnerabilidad, rentabilidad pblica y/o privada de las carreras, el contexto

    anual del estudiante (peligro de desercin, etc.) y el costo-oportunidad del alumno de

    estudiar versus trabajar y aportar en el hogar. Por ltimo, debe velarse tambin

    porque el sistema sea eficiente, que distribuya los recursos inteligentemente, y quesea asignado al alumno de forma directa (no a la institucin).

    1.7.15.- Las becas deben estar enfocadas en los primeros quintiles, en los casos

    en que un crdito es un riesgo excesivo para las familias. Se debe aplicar para cualquier

    carrera de cualquier institucin acreditada, asegurando un alto rendimiento en el

    ingreso a y durante la Educacin Superior. Tambin deben agregarse aquellas carreras

    con baja rentabilidad privada pero alto impacto social, como las Pedagogas.

    1.7.16.-

    1.7.16.1.- Se debe asegurar a todos los que tengan los mritos

    acadmicos y la necesidad econmica, las facilidades para estudiar y financiar sus

    estudios en instituciones de calidad acreditada. No debe haber discriminacin en elfinanciamiento a la demanda, y la condicin de institucin acreditada es requisito para

    asegurar que los recursos se estn distribuyendo inteligentemente (otros criterios

    respecto a la institucin no pueden afectar el financiamiento estudiantil: en cambio,

    afectarn el financiamiento institucional). La propiedad de la institucin no puede ser

    condicin para ello.

    1.7.16.2.- Las ayudas estudiantiles no deben estar diferenciadas por la

    naturaleza jurdica o propiedad de la institucin, sino que deben cumplir con el criterio

    de estar acreditadas. Si es que una institucin que est acreditada, no vuelve a ser

    acreditada, los alumnos que estn actualmente estudiando no deben perder el

    beneficio. Sin embargo, los nuevos estudiantes que ingresen a la universidad mientras

    est sin acreditacin, no podrn acceder a estos beneficios.

    1.7.17.- No puede existir un solo proceso global previo al ingreso: las

    condiciones socioeconmicas y de vulnerabilidad pueden variar, por lo que se deben

    ratificar las situaciones de cada alumno para una reasignacin. As, los alumnos

    pueden postular a ayudas estatales por un cambio significativo de su situacin

    socioeconmica aun cuando no recibieran ayudas en un principio, o pueden acogerse a

    beneficios distintos por un cambio de situacin particular.

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    1.7.18.- Para focalizar las ayudas estudiantiles en quienes realmente las

    necesitan, durante el proceso de acreditacin socioeconmica se debe verificar la

    informacin proporcionada por los postulantes con otras instituciones pblicas y

    privadas que puedan corroborarla, como es el caso del Servicio de Impuesto Internos,

    AFP, Isapres, etc.

    1.7.19.- Al momento de matricularse, el estudiante debe saber con qu

    beneficios cuenta para poder financiar sus estudios.

    1.7.20.- Se debe crear un portal independiente que permita a los postulantes

    poder informarse acabadamente sobre las diferentes caractersticas y condiciones

    ofrecidas por todas las ayudas estudiantiles. Adems debe permitir poder comparar

    entre crditos bancarios, de tal manera de poder elegir con conocimiento de causa

    cul es el ms conveniente y adems saber de antemano cul ser la evolucin de los

    montos a pagar y de la deuda total.

    1.7.21.- Aumentar fuertemente los fondos de becas: abrirlas adems a las

    universidades privadas y a IP/CFT. Actualizar los montos de las becas de mantencin, y

    establecer su variacin de acuerdo a las variaciones del IPC.

    1.7.22.- Modificar las condiciones del FS, de tal manera que cumpla su objetivo

    de ser un fondo rotatorio y de carcter solidario, y darle sustentabilidad al sistema

    para que cualquier aumento en los fondos, implique un aumento de los beneficiarios.

    1.8.-Sobre Rentabilidad de Carreras

    1.8.1.- Evaluacin de rentabilidades privadas y rentabilidades sociales,

    particularmente respecto de aquellas carreras que tienen mayor contribucin a la sociedad

    pero que no posee buenos ingresos esperados futuros. Tales son los casos de humanidades y

    ciencias sociales.

    1.9.-Sobre el Lucro:

    1.9.1.- Para evitar el lucro en la educacin superior, debe existir un control

    efectivo de las comunidades educativas del presupuesto institucional y existir una total

    transparencia presupuestaria de todas las instituciones de educacin superior.

    1.9.2.- No al lucro en la educacin, ni por parte de los bancos ni de las

    instituciones de educacin superior.

    1.9.3.- Se propone coherencia, por lo que si se establece la necesidad del fin al

    lucro en educacin, no debiesen existir los crditos, sino solamente becas.

    1.10.- Sobre Regulacin

    1.10.1.-

    1.10.1.1.- Regulacin hacia las universidades privadas sin que esto

    implique entrega de recursos. Se debe apuntar hacia la generacin de una idea del estudiante

    como tal, superando la posicin de cliente en la que se ha querido situarlo.

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    1.10.1.2.- Se propone que no sea necesario que se reciba aporte fiscal

    directo para que se cumplan las disposiciones y regulaciones del estado hacia la existencia de

    instituciones de ES.

    1.10.2.- Producir profesionales no es criterio suficiente para la asignacin de

    recursos estatales a universidades privadas. Hay que ser exigentes antes de disponer fondos

    del Estado para fines privados y por sobre todo evitar el lucro con la educacin.

    1.10.3.- Dentro de los requisitos para cumplir el papel de rol pblico se habla

    sobre la acreditacin de las instituciones. Al respecto, consideramos que debe lograr

    establecerse un sistema diferenciado que asegure un piso bsico de calidad en la educacin

    que se entrega, establecidos bajo requisitos mnimos, y que adems aquellas instituciones que

    se encuentren por sobre estos requisitos sean premiadas en base a su excelencia y que

    obtencin mejores puntajes de acreditacin.

    1.11.-Sobre el Acceso

    1.11.1.- "Debe buscarse la manera que la educacin superior, independiente

    de la propiedad de la institucin, sea para todos quienes tengan los mritos para acceder a

    ella, puedan de forma presumible superar los obstculos intelectuales y tcnicos que esta

    plantea, y al mismo tiempo quiera ingresar a ella. Independiente de su origen, ideologa y

    condicin."

    1.11.2.- El Estado debe estar presente en cuanto a facilitar el acceso a una

    educacin superior en casos donde la oferta de instituciones con rol pblico sea insuficiente.

    1.11.3.- Cualquier persona debe tener la oportunidad de estudiar, sin verse

    limitado por su perfil socioeconmico. Los estudios podrn ser financiados a travs de becas,

    crditos o pago directo del arancel segn corresponda. Luego, creemos que se debe pagar

    aunque sea parcialmente por la educacin recibida. El Estado debe garantizar que ningn

    estudiante con capacidades se quede fuera del sistema por falta de recursos.

    1.12.- Sobre el Rol Pblico

    1.12.1.- "El Derecho a la Educacin es un derecho social que debe ser provedo

    por la comunidad poltica, englobada en el Estado, a todos los ciudadanos. El derecho a la

    educacin incluye a todos los niveles de educacin (primaria, secundaria y superior).

    1.12.2.- El Estado chileno debe cumplir con el artculo 13 del Pacto

    Internacional del Derechos Econmicos, Sociales y Culturales que dice: La enseanza superior

    debe hacerse accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios

    sean apropiados, y en particular por la implantacin progresiva de la enseanza gratuita.

    1.12.3.- El Estado debe estar presente como proveedor en la educacin

    superior porque le educacin es un derecho. En las instituciones de su propiedad se debe velar

    por la los valores Laicos, Democrticos y Republicanos. Lo anterior no quita que existan

    privados impartindola, sin embargo, como se mencion anteriormente el hecho que la

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    provean no implica que deban ser financiadas por el Estado. A. La Educacin Pblica es aquella

    que es impartida por el Estado. Ello implica que sta es exigible por todos los ciudadanos, y

    que el Estado debe dar un trato preferente a las instituciones de su propiedad. No obstante, la

    educacin impartida por privados puede cumplir roles pblicos o tener un sentido pblico

    y es en virtud de aquello que puede ser subvencionada con fondos pblicos. Es importante

    considerar que los recursos estatales no pueden ser entregados con facilidad y sin exigir

    estrictamente los requisitos que se plantean (ej. Democracia interna en todos los espacios).

    1.12.4.- Se debe distinguir claramente, en cuanto al financiamiento,

    institucionalidad y el acceso, tres tipos de instituciones: i) Las Universidades Estatales, ii) Las

    Universidades Privadas con Rol Pblico, iii) Las Universidades Privadas Sin Rol Pblico. Esta

    distincin fundamental se basa en dos criterios, a saber: a) Forma de Cumplir con el Derecho a

    la Educacin: Las Universidades Estatales por su propia constitucin garantizan el correcto

    cumplimiento del Derecho a la Educacin, ya que estn al servicio de la ciudadana. Las

    Universidades Privadas pueden o no cumplir con un rol pblico, pero al ser una decisin

    voluntaria sta puede ser supeditada a otros objetivos. b) Rol Pblico: Se puede distinguir

    dentro de las Universidades Privadas aquellas instituciones que cumplen con el Rol Pblico, esdecir, se ponen voluntariamente en la posicin natural de las Universidades Estatales, y

    aquellas que no lo hacen.

    1.12.5.- Debiese reconocerse una multi-dimensionalidad del rol pblico de las

    instituciones, y asignar recursos segn criterios de cumplimiento del mismo por rea y no

    como una definicin binaria. Esto evita el problema de cerrar el financiamiento a instituciones

    como la nuestra- que incumplan algn criterio pero que produzcan valor a la sociedad.

    1.12.6.- La educacin superior es un derecho social y en s misma es un bien de

    acceso pblico y, por lo mismo, se debe generar un proceso de recuperacin institucional de

    las Universidades Estatales. Esto para permitir el acceso a la Educacin Superior a todos los

    estudiantes, independiente de su posicin dentro de la escala social.

    1.12.7.- Educacin que promueva la propiedad social de la riqueza generada en

    los centros de pensamiento como lo son Universidades, CFTs e IPs.

    1.12.8.- Educacin multicultural que potencie las diferencias culturales que

    existen en el territorio chileno, integrando esto desde los niveles bsicos de enseanza.