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Ayuntamiento de LEKEITIOKO URDALA AYUNTAMIENTO DE LEKEITIO LEKEITIOko UDAL PLANGINTZAREN ARAU SUBSIDIARIOEN PLAN-BARRUKO ALDAKETA SAN ANDRES AUZOKO EREMUAN ETA 19. BkEUan MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO EN EL ÁMBITO DEL BARRIO DE SAN ANDRÉS Y UNIDAD DE ACTUACIÓN UARc-19 2017ko Urrian Octubre de 2017 ESTUDIO DE RENOVACIÓN Y DESARROLLOS URBANOS OFICINA EN PAíS VASCO C/ Músico Sarasate Nº 6 – Bajo 48014 Bilbao-BIZKAIA / telf. 944 470 456 OFICINA EN NAVARRA EDIFICIO BERROA C/ Berroa Nº 13 – oficina 3.32 31192 Tajonar PAMPLONA / telf. 948 28 18 47 email: [email protected]

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Ayuntamiento de

LEKEITIOKO URDALA AYUNTAMIENTO DE LEKEITIO

LEKEITIOko UDAL PLANGINTZAREN ARAU SUBSIDIARIOEN PLAN-BARRUKO ALDAKETA SAN ANDRES AUZOKO EREMUAN ETA 19. BkEUan

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO EN EL ÁMBITO DEL BARRIO DE SAN ANDRÉS Y UNIDAD DE ACTUACIÓN UARc-19

2017ko Urrian Octubre de 2017

ESTUDIO DE RENOVACIÓN Y DESARROLLOS URBANOS OFICINA EN PAíS VASCO

C/ Músico Sarasate Nº 6 – Bajo

48014 Bilbao-BIZKAIA / telf. 944 470 456

OFICINA EN NAVARRA

EDIFICIO BERROA C/ Berroa Nº 13 – oficina 3.32

31192 Tajonar PAMPLONA / telf. 948 28 18 47

email: [email protected]

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2. MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO – UARc-19

ÍNDICE

MEMORIA ............................................................................................... 3

PRELIMINARES ................................................................................................................... 3 Objeto y ámbito de la Modificación ............................................................................................................. 3 Iniciativa ...................................................................................................................................................... 3

DETERMINACIONES VIGENTES EN EL ÁMBITO DE LA MODIFICACIÓN ...................................... 3 Planeamiento general. Documento de Normas Subsidiarias vigentes de Lekeitio .................................... 3

DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA ............................................... 7

OTRAS PRESCRIPCIONES DE LA MODIFICACIÓN ................................................................. 11 Programa de Actuaciones y Estudio Económico y Financiero ................................................................. 11 Evaluación Ambiental Estratégica ............................................................................................................ 11

NORMATIVA – PLANOS MODIFICADOS ........................................... 12

NORMATIVA ...................................................................................................................... 12

DOCUMENTACIÓN GRÁFICA. PLANOS DE ORDENACIÓN ...................................................... 13

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3. MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO – UARc-19

MEMORIA

PRELIMINARES

OBJETO Y ÁMBITO DE LA MODIFICACIÓN

El presente documento de Modificación Puntual del planeamiento general estructural, pretende la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lekeitio aprobadas definitivamente mediante Orden Foral 1.817/1991, de 26 de noviembre (normativa publicada en el BOB número 218, de 11 de noviembre de 1996) y modificado posteriormente mediante Modificación Puntual aprobada definitivamente el 25 de octubre de 2007, dando lugar a la ordenación vigente en la actualidad.

El Objeto de esta Modificación Puntual es variar la delimitación del Sistema General de Espacio Libre SG-EL-13, calificar un nuevo ámbito como Sistema General de Espacio Libre y calificar también un nuevo ámbito como Sistema Local Viario (véase documentación gráfica).

El ámbito de la Modificación afecta a la Unidad de Actuación UARc-19 y a parte del Suelo Urbano Consolidado del Barrio de San Andrés.

Esta Modificación se enmarca en el proceso de regeneración urbana del colindante Barrio de San Andrés (en proceso de tramitación su declaración como Área Degradada, según el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado).

INICIATIVA

La Modificación es de iniciativa pública y está promovida por el Ayuntamiento de Lekeitio.

DETERMINACIONES VIGENTES EN EL ÁMBITO DE LA MODIFICACIÓN

PLANEAMIENTO GENERAL. DOCUMENTO DE NORMAS SUBSIDIARIAS VIGENTES DE LEKEITIO

Como se ha indicado, mediante Orden Foral 59/1996, de 13 de febrero, se procedió a la declaración de la ejecutoriedad de las Normas Subsidiarias de Lekeitio (NNSS) en aquellas zonas en las que la aprobación definitiva había quedado suspendida por la Orden Foral 1.817/1991, de 26 de noviembre y a publicar su normativa íntegra. Posteriormente, el ámbito fue objeto de Modificación Puntual, aprobada definitivamente el 25 de octubre de 2007, dando lugar a la ordenación vigente en la actualidad.

La Modificación afecta a dos ámbitos con clasificación suelo urbano consolidado y no consolidado.

Suelo urbano consolidado:

La Modificación afecta exclusivamente a suelo de titularidad pública.

Suelo urbano no consolidado:

La Modificación afecta a la unidad de actuación UARc-19 que linda con el Barrio de San Andrés (ver planos adjuntos). Las determinaciones de esta unidad son las siguientes:

Artículo 161-181bis.— U.A.Rc. 19

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4. MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO – UARc-19

a) Superficie aportada: 19.612,80 m2. b) Condiciones de aprovechamiento:

Aprovechamiento máximo: Edificio A, B y C Planta Uso Superficie m2 (cada edificio) Bajo-Rasante Garaje N.C. Planta Baja Porche, trastero y portal 1 x 400 Planta Tipo (1, 2, 3, 4) Vivienda 4 x 645 Planta Tipo Bajo Cubierta Vivienda 1 x 600 Total Edificio

3.580

Aprovechamiento máximo: Edificio D y E Planta Uso Superficie m2 (cada edificio) Bajo-Rasante Garaje N.C. Planta Baja Porche, trastero y portal 1 x 200 Planta Tipo (1, 2, 3, 4) Vivienda 4 x 330 Planta Tipo Bajo Cubierta Vivienda 1 x 300 Total Edificio

1.820

— Resumen superficies construidas por uso: -Vivienda: 13.740,00 m2. -Garaje bajo rasante: No computa. -Número máximo viviendas: 120 (90 libres + 30 VPO). -Alineaciones: Las señaladas en la ficha de ordenación del Anexo. VIII, a escala 1:1000, y plano 19, a escala 1:500. -Alturas: Las señaladas en el plano de ordenación del Anexo VIII, a escala 1:1000, y en el plano 19, a escala 1:500, tanto sobre como bajo rasante, y en el apartado B del presente artículo. Se podrán formular Estudios de Detalle con el contenido y limitaciones establecidas en la normativa urbanística. c) Condiciones de uso: — Uso dominante: Residencial colectiva. — Uso permitido:

R (4, 5). C (1, 2, 3, 4). I (1). G (2). Ec (1, 3, 4, 5). EI (1).

d) Sistema de actuación: Cooperación.

Por otro lado, en el plano 4 del documento de NNSS de Lekeitio de título Sistemas Generales, delimita el sistema general de espacios libres SG-EL-13 San Andrés, incluido en la mencionada unidad U.A.Rc. 19 y con una superficie de 1.621 m2. Este Sistema General está conformado por cuatro ámbitos separados. Esta Modificación afecta sólo a uno de ellos y concretamente al que linda con el Barrio de San Andrés en su margen norte. Esta pieza del sistema general tiene una superficie de 1.020 m2.

En planos adjuntos, se incluye la documentación gráfica afectada por la Modificación con referencia “Estado Actual”. Son los siguientes planos:

● Plano 2. Usos Globales y Estructura General y Orgánica del Territorio. ● Plano 3. Gestión.

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5. MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO – UARc-19

● Plano 4. Sistemas Generales. ● Plano 5. Uso pormenorizados en S.U y globales en S.A.P.U. y S.N.U. ● Plano 10.2. Ordenación de alineaciones y rasantes – Lekeitio Oeste. ● Plano 19. Ordenación U.A.Rc 19. ● Plano 19. Ordenación U.A.Rc 19 (bis)

Finalmente comentar que se está redactando el documento de Revisión de las Normas Subsidiarias vigentes y su conversión a Plan General de Ordenación Urbana, encontrándose en este momento en fase de redacción el documento de Criterios y Objetivos que completa la fase de Avance.

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6. MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO – UARc-19

Plano de delimitación de la unidad Uarc 19.

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7. MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO – UARc-19

Plano de delimitación del Sistema General de Espacios Libres SG-EL-13 incluido en la unidad Uarc 19. Se indica la zona objeto de esta Modificación.

DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA El Ayuntamiento de Lekeitio, dentro de su acción de gobierno, está dando la máxima prioridad a las actuaciones de rehabilitación y renovación urbana de la edificación existente, reurbanización y mejora de las condiciones del espacio público urbano y acabado formal de la urbanización en el núcleo urbano de Lekeitio, siendo el Barrio de San Andrés, uno de los ámbitos de intervención señalados.

Este pequeño barrio, conformado por 5 bloques lineales aislados, construidos en los años 1966-1967, fue desde sus orígenes un ámbito urbano inacabado en lo que respecta a la urbanización del espacio público, calles y accesos al mismo, al punto de que en la actualidad, todavía permanece sin urbanizar el vial de acceso oeste, y que fue habilitado por parcela privada en el año 2004. También, el estado actual de conservación de la edificación, cuyas condiciones formales responden a los estándares de calidad edificatoria de aquel momento, reflejan el deterioro sufrido durante los 50 años ya transcurridos desde su construcción, siendo necesario abordar con cierta prioridad, determinadas actuaciones de rehabilitación.

La situación socio-urbanística del Barrio de San Andrés, precisa de la acción pública como resorte e incentivo principal para la intervención. Se pretende una acción integral en el Barrio. Por un lado, posibilitar las mejores condiciones para el planteamiento de actuaciones de rehabilitación de la edificación. Por otro, el acabado formal de la urbanización inmediata, la regeneración de los espacios públicos ya existentes, la mejora de la accesibilidad general y de la dotación de espacios libres asociados al Barrio.

Por ello, el Ayuntamiento de Lekeitio, dentro del programa de actuaciones previsto para la intervención en este Barrio y de acuerdo con el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, ha iniciado los trámites para declararlo como Área Degradada, con el objetivo de poder optar a las ayudas cualificadas previstas para la rehabilitación de la edificación y urbanización del espacio público que anualmente convoca el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y

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8. MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO – UARc-19

Vivienda.

El ámbito propuesto para la delimitación como Área Degradada se encuentra en suelo urbano. Concretamente, el actual Barrio de San Andrés se clasificado como Suelo Urbano Consolidado. Sin embargo, sus bordes norte y oeste (incluidas en el Área Degradada) se clasifican como Suelo Urbano No Consolidado, donde el planeamiento urbanístico general delimita la unidad de actuación UARc 19. En lo que afecta a ésta, prevé la unidad, la urbanización y cesión del vial privado de 945 m2 de superficie que actualmente discurre por el oeste del Barrio de San Andrés, así como la cesión del Sistema General de Espacios Libres SG-EL-13, con una superficie de 1.020 m2. En la actualidad, la unidad está pendiente de ejecución.

Como decimos, el Ayuntamiento pretende la urbanización y acabado del Barrio en una actuación de urbanización conjunta y en paralelo con la solicitud de Área Degradada. Para ello, se ha estudiado y se pretende ejecutar un diseño urbano que prolongando el nuevo vial oeste por el norte, envuelve y delimita todo el Barrio hasta conectar con San Andrés Auzoa (ver propuesta de urbanización adjunta).

Propuesta de urbanización del Barrio de San Andrés y su ámbito inmediato

Esta propuesta elegida y validada por los vecinos del propio Barrio de San Andrés, supone destinar a Sistema Local Viario, parte del Sistema General de Espacio Libre SG-EL-13. Concretamente afecta a una superficie de 499 m2 del mencionado Sistema General, que deberá ser provisionado en otro lugar a los efectos de mantener el equilibrio dotacional que propone el planeamiento general vigente del Municipio.

Este es el objeto de esta Modificación: alterar la ordenación del vigente documento de NNSS de planeamiento del Municipio con la intención de dar cabida y posibilitar la actuación antes descrita. Para ello se propone lo siguiente:

● Reducir el tamaño del Sistema General de Espacio Libre SG-EL-13 en 499 m2 en su sección ubicada al norte del Barrio de San Andrés. Esta pieza queda con una superficie de 521 m2. Todo el sistema general SG-EL-13 pasa a tener una superficie de 1.122 m2 (ver plano adjunto).

● Se crea un nuevo Sistema General de Espacio Libre denominado SG-EL-14 en suelo urbano consolidado con una superficie de 522 m2, conformado por dos ámbitos; el primero en continuidad con el SG-EL-13, y el segundo localizado entre los bloques dos y tres de San Andrés (portales 2-3 y 4-5,

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9. MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO – UARc-19

respectivamente). Ambos ámbitos son suelo libre público (ver plano adjunto). Esta nueva dotación cubre suficientemente los 499 m2 minorados en el SG-EL-13 aumentando el estándar total de sistema general en 23 m2 más.

● Se clasifica como Sistema Local Viario dentro de la unidad de ejecución UARc 19 la superficie minorada del Sistema General de Espacio Libre SG-EL-13, es decir, 499 m2 más la que ya existe colindando con San Andrés Auzoa (ver plano adjunto).

El plano adjunto muestra la superposición al proyecto de los ámbitos y calificaciones urbanísticas.

Plano de ámbitos y calificaciones urbanísticas

Para el desarrollo de todo el proyecto descrito, se prevé la obtención anticipada de los suelos dotacionales incluidos en la unidad de actuación UARc 19 e incluidos dentro de la propuesta de delimitación de Área Degradada de San Andrés, mediante convenio urbanístico o en su caso, ocupación directa de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

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Plano síntesis de la propuesta de Modificación.

Como puede observarse, la Modificación propuesta no altera el estándar de Sistemas Generales de Espacios Libres del Municipio que en el caso considerado pasa de 1.020 m2 a 1.043 m2. Queda también salvaguardado el carácter público de estos suelos dado que, como ya se ha indicado, el nuevo SG.EI-14 se ubica en suelos que actualmente ya son de titularidad pública.

En cuanto a la situación patrimonial de derechos y obligaciones urbanísticas derivadas de la pertenencia a la unidad de actuación UARc 19, no se alteran con esta Modificación, manteniéndose la misma delimitación de la unidad de actuación, la misma edificabilidad urbanística y la obligación de cesión de suelo de los ámbitos calificados como sistemas públicos, con la única diferencia de que, donde antes se cedía suelo para sistema general de espacio libre, ahora se cede para sistema local viario.

En cuanto a las obligaciones de ejecución de la urbanización en la unidad de actuación UARc 19 y en lo que afecta al ámbito de esta Modificación, sólo podrán requerirse las obligaciones impuestas originalmente a la Unidad, es decir, la ejecución del Sistema General de Espacio Libre hasta el límite de 1.020 m2. Los sobre costes que puedan derivarse por la modificación del uso y destino del suelo público en la Unidad de Actuación UARc 19 por motivo de la aprobación de esta Modificación, deberán ser sufragados por el Ayuntamiento de Lekeitio, cuestión que se propone indicar expresamente en la ficha de la Unidad de Actuación UARc 19, incorporando la determinación siguiente en su apartado d):

La unidad tiene la obligación de sufragar la ejecución de la urbanización de 1.621 m2 de sistema general de espacios libres con independencia del suelo calificado como tal dentro de la unidad de actuación. No se ejecutará con cargo a la unidad, la urbanización del sistema local viario calificado en esta Modificación que deberá ser sufragado por el Ayuntamiento de Lekeitio.

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OTRAS PRESCRIPCIONES DE LA MODIFICACIÓN

PROGRAMA DE ACTUACIONES Y ESTUDIO ECONÓMICO Y FINANCIERO

La ordenación propuesta en esta Modificación precisa la redacción de un Programa de Actuaciones. Concretamente se prevén las siguientes:

Actuación Plazo actuación Valoración económica

Redacción del Proyecto de Urbanización 2017 27.000 euros

Dirección de Obra del Proyecto de Urbanización 2018 10.000 euros

Ejecución del Proyecto de urbanización 2018 -2019 1.000.000 euros *

* Las valoraciones económicas indicadas responde a la estimación general realizada para la urbanización del ámbito que se pretende urbanizar dentro de la delimitación de Área Degradada. La concreción del prepuesto económico de la intervención sobre el suelo afectado por esta Modificación deberá ser concretado en el proyecto de urbanización.

EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA

De igual forma, de acuerdo con lo mandatado por el artículo 41 en relación al Anexo I punto A) de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, al no afectar la Modificación al suelo no urbanizable ni desarrollarse ninguna de las actividades indicadas, el documento, en principio, no está sometido a evaluación ambiental estratégica. No obstante y a los efectos de cumplimentar el expediente en su totalidad, se eleva consulta al órgano ambiental sobre la necesidad de realizar este procedimiento.

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12. MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO – UARc-19

NORMATIVA – PLANOS MODIFICADOS

NORMATIVA Se modifica el artículo 161-181 bis del documento de Normativa quedando redactado de la siguiente manera:

Artículo 161-181bis.— U.A.Rc. 19

a) Superficie aportada: 19.612,80 m2. b) Condiciones de aprovechamiento:

Aprovechamiento máximo: Edificio A, B y C Planta Uso Superficie m2 (cada edificio) Bajo-Rasante Garaje N.C. Planta Baja Porche, trastero y portal 1 x 400 Planta Tipo (1, 2, 3, 4) Vivienda 4 x 645 Planta Tipo Bajo Cubierta Vivienda 1 x 600 Total Edificio

3.580

Aprovechamiento máximo: Edificio D y E Planta Uso Superficie m2 (cada edificio) Bajo-Rasante Garaje N.C. Planta Baja Porche, trastero y portal 1 x 200 Planta Tipo (1, 2, 3, 4) Vivienda 4 x 330 Planta Tipo Bajo Cubierta Vivienda 1 x 300 Total Edificio

1.820

— Resumen superficies construidas por uso: -Vivienda: 13.740,00 m2. -Garaje bajo rasante: No computa. -Número máximo viviendas: 120 (90 libres + 30 VPO). -Alineaciones: Las señaladas en la ficha de ordenación del Anexo. VIII, a escala 1:1000, y plano 19, a escala 1:500. -Alturas: Las señaladas en el plano de ordenación del Anexo VIII, a escala 1:1000, y en el plano 19, a escala 1:500, tanto sobre como bajo rasante, y en el apartado B del presente artículo. Se podrán formular Estudios de Detalle con el contenido y limitaciones establecidas en la normativa urbanística. c) Condiciones de uso: — Uso dominante: Residencial colectiva. — Uso permitido:

R (4, 5). C (1, 2, 3, 4). I (1). G (2). Ec (1, 3, 4, 5). EI (1).

d) Sistema de actuación: Cooperación. La unidad tiene la obligación de sufragar la ejecución de la urbanización de 1.621 m2 de sistema general de espacios libres con independencia del suelo calificado como tal dentro de la unidad de actuación. No se ejecutará con cargo a la unidad, la urbanización del sistema local viario calificado en esta Modificación que deberá ser sufragado por el Ayuntamiento de Lekeitio.

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13. MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LEKEITIO – UARc-19

DOCUMENTACIÓN GRÁFICA. PLANOS DE ORDENACIÓN De acuerdo con la propuesta realizada, se modifican los siguientes planos de ordenación del documento de NNSS de planeamiento de Lekeitio (ver planos adjuntos de título “PLANOS MODIFICADOS”):

● Plano 2. Usos Globales y Estructura General y Orgánica del Territorio. ● Plano 3. Gestión. ● Plano 4. Sistemas Generales. ● Plano 5. Uso pormenorizados en S.U y globales en S.A.P.U. y S.N.U. ● Plano 10.2. Ordenación de alineaciones y rasantes – Lekeitio Oeste. ● Plano 19. Ordenación U.A.Rc 19. ● Plano 19. Ordenación U.A.Rc 19 (bis)

Fdo. D. Javier Martinez Callejo (arquitecto) Fdo. D. Jesús Luis Sola Jiménez (letrado asesor)

En representación de Estudio de Renovación y Desarrollos Urbanos, SL (ERDU)