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1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO CARRERA PROFESIONAL DE FARMACIA Y BIOQUÍMICA CURSO : Métodos de Estúdio y Aprendizaje Universitário ALUMNO : Eliza Blanca Morales Quispiño CUSCO PERÚ 2014 Estudio Toxicológico y Médico legal del Alcohol Etílico

Monografia de estudio toxicológico y médico legal del alcohol etílico

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Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

CARRERA PROFESIONAL DE FARMACIA Y

BIOQUÍMICA

CURSO : Métodos de Estúdio y Aprendizaje

Universitário

ALUMNO : Eliza Blanca Morales Quispiño

CUSCO – PERÚ

2014

Estudio Toxicológico y Médico legal del

Alcohol Etílico

Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco

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PRESENTACIÓN

Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco

El presente trabajo de Investigación de “Estudio Toxicológico y Médico legal del

Alcohol Etílico” ha sido realizado por su alumna. Y espero que sea para su conocimiento,

el cual fue realizado basándose en textos de biblioteca e internet por lo tanto esperando

que el trabajo presentado colme las expectativas del lector y que sea de su agrado.

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INTRODUCCIÓN

Se refiere a diversas pruebas para determinar el tipo y la cantidad aproximada

de drogas legales e ilegales que una persona ha tomado.

Hablar de Alcohol Etílico industrialmente es hablar de una fuente de

combustible calorífica renovable y biodegradable junto a una fuente de ingresos

culinarios tales como la elaboración de vinagres, vinos y licores.

Económicamente sustentable e independiente para Nicaragua debido a que la

materia prima es 100% autosustentable y económicamente viable.

El Alcohol Etílico posee la formula C2H5OH y se conoce como Etanol.

El etanol es un líquido incoloro, de olor agradable, soluble de agua en todas

proporciones. Este alcohol no puede concentrarse más del 96%en volumen por

simple destilación fraccionada, ya que forma con el agua una mezcla de punto

de ebullición constante.

El etanol se obtiene en grandes cantidades, por fermentación de líquidos

azucarados. Su obtención se basa en que la glucosa (C6H12O8) fermenta por

la acción de una enzima producida por un grupo de hongos microoscopicos-

sacaromicetos (levaduras de cervezas) produciendo alcohol y dióxido de

carbono.

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ÍNDICE

1.1. ALCOHOL ETÍLICO IMPLICACIONES LEGALES ..............................................5

1.2. DEFINICIÓN DEL ALCOHOL................................................................................5

1.3. EMBRIAGUES DEL ALCOHOL ............................................................................6

1.4. DOSIS TÓXICA ......................................................................................................6

1.3. MECANISMO DE ACCIÓN ....................................................................................7

1.4. CLÍNICA DE LA EMBRIAGUEZ ............................................................................8

1.5. DIAGNÓSTICO MÉDICO LEGAL DE LA EMBRIAGUEZ. ...................................8

1.5.1. LOS MÉTODOS DE LABORATORIO.......................................................... 10

1.5.2. LOS PERITOS .............................................................................................. 11

1.6. VALORACIÓN MÉDICO LEGAL D E LA ALCOHOLEMIA .............................. 11

1.7. LA INTOXICACIÓN ALCOHÓLICA Y SU TRATAMIENTO EN LAS NORMAS

LEGALES ........................................................................................................................ 12

1.7.1. Código Penal................................................................................................ 12

1.7.2. Nuevo Código Procesal Penal ................................................................... 13

1.7.3. Reglamento Nacional de Transito ............................................................. 14

1.7.4. Normas legales de trabajo ......................................................................... 15

1.7.5. Empresa e Instituciones ............................................................................. 16

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CAPITULO

I

1.1. ALCOHOL ETÍLICO IMPLICACIONES LEGALES

Urresti anuncia compras para intervenir a más choferes ebrios

El ministro del Interior, Daniel Urresti, anunció que la policía tiene

planeado adquirir gran cantidad de material necesario para realizar más

pruebas de alcoholemia a choferes y así aumentar el número de

personas detenidas por conducir bajo efectos del alcohol.

El anuncio lo hizo hoy en la mañana, luego de presentar los resultados

de las intervenciones del fin de semana. En total, la policía detecto 299

casos de conductores ebrios, cifra que Urresti calificó como “bastante

pequeña”.

“No busco minimizar el trabajo de la policía pero quiero que los números

de choferes sancionados crezca, quiero sacar a los irresponsables de

las pistas y la mejor forma de lograrlo es fortaleciendo la labor policial y

quitándoles los brevetes”, dijo ante la prensa.

El ministro aseguró que se comprarán más tubos para la aplicación

masiva de pruebas de alcoholemia, aunque no precisó la cantidad

exacta.

1.2. DEFINICIÓN DEL ALCOHOL

El alcohol es un líquido incoloro e inflamable de olor fuerte que contiene

en grupo hidroxilo.

El alcohol es una enfermedad crónica, progresiva y a menudo mortal, es

un trastorno primario.

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La O.M.S. define el alcoholismo con ingestión diaria del alcohol superior

a 50 gramos y en la mujer y 70 ramos en el hombre, el alcohol se

encuentra en bebidas como cerveza, el vino.

1.3. EMBRIAGUES DEL ALCOHOL

Son efectos clínicos de alcohol sobre la digestión, circulación respiración

etc. Las Manifestaciones clínicas aparecen en un orden secuencial como

resultados de impregnación sucesiva de los centros más superiores de

la vida psíquica los centros que regulan la conducta, el juicio y la

autocrítica afecta después progresivamente los centros de un origen

evolutivo más primitivo, hasta alcanzar los centros motores medulares y

termina finalmente afectando los centros vitales protuberaciales.

1.4. DOSIS TÓXICA

Las dosis tóxicas del alcohol etílico son variables con las circunstancias

individuales y, más especialmente, con el acostumbramiento del sujeto.

No obstante, la experimentación y la clínica permiten conocer los valores

medios de su toxicidad, aún cuando sólo sea a título de orientación.

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La ingestión de 1.20 a 1.50 gramos de alcohol por kilo de peso produce

embriaguez en las tres cuartas partes de los sujetos. Superadas estas

cifras la embriaguez es la regla, pero si la cantidad ingerida llega a 5 o 6

gramos por kilo de peso la intoxicación puede ser mortal.

Precisando más diremos que 0.75 gramos de alcohol por kilo inducen

transtornos en la conducta, cuando se trata de funciones delicadas;

cantidades de 1.50 a 2.35 gramos de alcohol por kilo de peso provocan

un cierto grado de embriaguez, sobre todo en individuos no

acostumbrados; dosis superiores a 2.35 gramos por kilo de peso

conducen a la embriaguez, incluso a los sujetos bebedores habituales; si

la dosis llega a 3.15 gramos por kilo de peso los fenómenos de ebriedad

son graves en todos los sujetos. Las dosis mortales son siempre

superiores a los 4 gramos por kilo de peso, excepto en los niños que

tienen una mayor sensibilidad.

Teniendo en cuenta la concentración alcohólica de las distintas bebidas,

puede calcularse la cantidad de estas que corresponden a los datos

expuestos. Suponiendo un vino con un 10% de alcohol o un licor de 40º,

un hombre de 70 kilogramos experimentaría síntomas de embriaguez en

mayor o menor grados tras la ingestión de cantidades de vino

comprendidas entre 1 y 2 litros, o de licor comprendidas entre 250 y 500

cc. Si se ingieren los dos litros de vino o el medio litro de licor, cualquier

individuo de tal peso presentará graves fenómenos de embriaguez. Para

producir la muerte debería ingerir 3.5 litros de vino ú 850cc. del licor.

1.3. MECANISMO DE ACCIÓN

1. Alteraciones de la composición de fluidez de la membrana

La fluidez de la membrana al incrementar la concentración de los

glicéridos de la misma al incrementar la concentración de colesterol,

luego inhibir el ATP.

2. Generación de Hipoxia

La hipoxia que se produce normalmente en la zona centrolabulillar

hepática.

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3. Deficiencia de metabolitos esenciales e inhibición

De enzimas por la alteración del cociente……… y del ciclo de Krebs

4. Generación de intermedios reactivos

a) A través del accialdeido

b) A través de la fracción que se metaboliza en el sistema micros mal

1.4. CLÍNICA DE LA EMBRIAGUEZ

Son manifestaciones clínicas que

aparecen en un orden secuencial afecta

después, progresivamente los centros de

un origen evolutivo mas primitivo, hasta

alcanzar los centros motores

Primer fase

Lo que implica una pérdida del

autocontrol es decir que es sujeto no

dispone de sus reacciones de manejo

de actuación.

Segundo fase

Se caracteriza por anularse la acción inhibitoria de los centros

superiores se produce una alteración de la conducta de los

individuos de sus emociones y después inconscientes

1.5. DIAGNÓSTICO MÉDICO LEGAL DE LA EMBRIAGUEZ.

1. Métodos clínicos

Deben aplicarse pruebas clínicas que deferirían los siguientes puntos

a. Si la persona se diferencia ha consumido alcohol ciertamente

b. Si está bajo la influencia del alcohol el grado que haga perdido el

control

c. Su estado puede ser total o parcialmente

2. Pruebas de consumo reciente de alcohol

1. El olor que exhalan los alcohólicos y no depende del estado sino

de los otros componentes.

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2. La intensidad del olor variaría mucho con la naturaleza en liquido

consumido..

3. Algunas sustancias pueden intensificare olor

4. La sensibilidad olfatorio defieren lo explora

3. Pruebas de la pérdida de control de las facultades

Tomada en sí misma, justificar al médico a decidir que la cantidad de

alcohol consumida el originado de control de sus facultades la

persona examinada.

Legua seca o alternadamente salivación excesivo

Conducta general

Estados de vestidos

Apariencia de la conjuntivas

Estado de las pupilas y su reactividad

Carácter de la palabra

Memoria

Forma de andar

Carácter de la respiración.

Estados patológicos capaces de simular una intoxicación alcohólica.

Agentes: microbianos tóxicos mecánicos y aun psíquicos humores

orgánicos los mismos efectos básicos sobre el cerebro.

a. Métodos bioquímicos

Consiste en la dosificación del alcohol en la sangre o en los humores

orgánicos ciertamente la correlación entre el estado clínico y el grado

de impregnación no es absoluto la interpretación de estos se hace

de forma suficientemente amplia para cubrir las mayores diferencias

individuales.

b. Métodos incruentos

Estos métodos recién en ña orina, la saliva y el aire espirado

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La concentración de alcohol en el aire espirado refleja la

concentración alcohólica de la sangre circulante a través de los

pulmones.

c. Métodos cruentos

La análisis recae sobre la sangre, para la extracción de la sangre, la

desinfección se hará siempre con líquidos no alcohólicas ya que de lo

contrario, se contaminara gravemente la muestra para que no haya

cámara de aire se le añadirán unos cristales de florero sádico como

anticoagulación.

1.5.1. LOS MÉTODOS DE LABORATORIO

a. Método de truhavt boudere

Es un sami micro método basado en reclusión de un reactivo

mitrocramico por el alcohol destilado de la sangre la reducción tiene

lugar en frio, lo que permite que se desarrolló de manera uniforme aun

que comop todos los métodos basados en ña acción reductora del

alcohol este método es preciso para los análisis cuantitativos de rutina.

b. Método espectrofumetrico

Defiere del anterior en la esencial en la que la determinación

cuantitativa se hace por colonmetria con la ayuda de un

espectrómetro.

c. Método de la NJD ADH

Es un método enzimático que actúa como catalizador en una reacción

de transporte de hidrogeniones durante la cual el alcohol etílico se

transforma por deshidrogenión en alcohólico acético mientras se

hidrogena simultáneamente un aceptor especifico

Se puede medir fotométricamente la cantidad de forma hidrogenada

del aceptor especifico, gracias a su forma fuente poder absorbente de

la Luz de 340 y 386 minutos.

Con este método se había resuelto el problema de la especificidad en

la determinación del alcohol etílico de un modo definitiva.

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1.5.2. LOS PERITOS

Deben informa al Juez que a partir

de ciertas cifras de alcoholemia

independientemente de la

individualidades la conducción se

hace sumamente peligrosa este

nivel debe establecerse en

19/100ml. Pero para cifras menores

o en ausencia de datos bioquímicos.

1.6. VALORACIÓN MÉDICO LEGAL D E LA ALCOHOLEMIA

La valoración puede hacerse a partir de dos tipos clínicos y los

bioquímicas aun que existe una correlación entre niveles del alcohol en

cerebro y síntomas clínicos.

Otra cuestión que debe quedar clara es que las cifras bioquímicas son

absolutamente relevantes e incontrovertibles, la prueba penal es

libremente apreciada por el Juzgador de ahí que corresponda al

interpretar el concepto de reducir bajo la influencia del alcohol.

La intoxicación alcohólica y su tratamiento en las normas legales.

La intoxicación etílica aguda es tan frecuente y la publicación esta tan

habituada a ella que su atención suele ser asumida fácilmente por los

dispositivos sanitarios existentes.

Entre los problemas físicos y conductores asociados al alcohol se

incluye la participación causal de este en accidentes de tránsito,

quemaduras ahogamientos, cualquier concentración de alcohol origina

disminución de la excitabilidad nerviosa y trasmisión neuromuscular

inicialmente se produce esta inhibición en el sistema reticular

activamente permitiendo una desinhibición de la corteza cerebral que se

manifiesta como eufórica , a esta contribuye una acción transitoria de

liberación de neurotransmisores por las glándulas suprarrenales, pero

inmediatamente se presenta, de forma más evidente, la depresión

nerviosa en una serie de etapas que han sido esquematizado así.

1) Excitación euforia

2) Confusión mental

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3) Anestesia hipnosis

4) Progresiva disminución de la conciencia y paro respiratorio

1.7. LA INTOXICACIÓN ALCOHÓLICA Y SU TRATAMIENTO EN LAS

NORMAS LEGALES

Aquí nos centraremos en reconocer la intoxicación alcohólica aguda que

más de una vez habremos visto (o experimentado) en algún fin de

semana, destaparemos algunos incógnitas que a todos nos suenan,

como ¿por qué se me “sube” más la borrachera si no como antes? etc...

y diremos algunas realidades que no todo el mundo conoce.

El alcohol se absorbe rápidamente por estómago e intestino delgado

(yeyuno), de ahí se distribuye por todo el agua del cuerpo, donde un 5%

se eliminará tal cual por orina, sudor y pulmones (aire espiración, lo que

mide el alcoholímetro al soplar) y el 95% se metabolizará en el hígado.

Aunque parece ser también que la pared del estómago metaboliza hasta

un 20%, menor en las mujeres (contribuye al hecho que las mujeres se

intoxican más que un hombre con igual cantidad de alcohol).

1.7.1. Código Penal

Señala como causa en el tiempo de cometer la infracción penal se halle

en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas,

que produzcan efectos analógicos derechos penales quien acusa debe

tener las pruebas de los hechos que imputa a la intoxicación plena es

incompatible como conducir un coche y mucho menos te da por huir de

ahí que exista un tipo. Especifico de delito contra la seguridad del tráfico

consiste en estar. Influenciado por bebidas alcohólicas.

ARTICULO

20° 2inc señala como causa

TITULO

En el tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de

intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, que

produzcan efectos analógicos

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COMENTARIO

derechos penales quien acusa debe tener las pruebas de los hechos que

imputa a la intoxicación plena es incompatible como conducir un coche

y mucho menos te da por huir de ahí que exista un tipo. Especifico de

delito contra la seguridad del tráfico consiste en estar. Influenciado por

bebidas alcohólicas.

Ejemplo: un conductor en estado etílico arroyo a una niña menor de

edad cuando se dirigía a su centro de estudios. El conductor paso

directamente la luz roja donde arroyo a la niña de 8 años de edad quien

se encuentra gravemente herida en el hospital. El chofer lamento el

hecho debido al estar en estado etílico, en el momento del hecho.

1.7.2. Nuevo Código Procesal Penal

Capitulo IV el imputado

Artículo 108. Examen médico inmediato

Si el imputado fuera aprendido con breve intervalo de haber cometido el

hecho, se procederá a su inmediato examen psicológico, médico o

bioquímico para apreciar su estado psíquico o si sufre intoxicación por

ingestión alcohólica o uso de sustancias toxicas o alucinógenos.

Los signos clínicos de la intoxicación alcohólica

Cierre de la pupila con dificultad de acomodación, visión doble.

Dificultad a lentitud de compresión

Lentificacion de los reflejos paradójicamente, el sujeto por su lentitud

de compresión, puede estimar de los reflejos tendinosos profundos.

Decremento de la capacidad crítica y el sentido de la responsabilidad

con menosprecio del riego.

Alteración del habla y del andar

Perdida de la capacidad de decir en un principio se mantienen los

movimientos automáticos, para posteriormente llega ser incapaz de

reaccionar ante situaciones imprevistas.

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1.7.3. Reglamento Nacional de Transito

NUEVO T.U.O. DEL REPLANTEO NACIONAL DE TRANSITO 2014

TITULO, CAPITULO Y

ARTÍCULOS

COMENTARIO

TITULO IV: de la circulación

CAPITULO I: de los peatones y

el uso de vía

ARTICULO 75 : pruebas de

intoxicación

El peatón esta obligado a someterse a examen

para saber en que condiciones se encuentra.

En ese momento para transitar ejm. En caso

que ocurriera un accidente, saber si el

conductor o el peatón es el culpable de

acuerdo a las condiciones que se encuentran.

Ya sea si esta alcohólico(dosaje etílico) etc. O

si esta drogado, y otros toxicos.

TITULO IV: de la circulación

CAPITULO II: de los

conductores y el uso de la vía

Sección I: aspectos

generales

ARTICULO 88 : prohibición del

consumo de bebidas

alcohólicas y otro

Al manejar un vehículo no debemos de estar

ebrios, drogados. Ya que podemos causar un

accidente imparable

TITULO IV: de la circulación

CAPITULO II: de los

conductores y el uso de la vía

Sección I: aspectos

generales

ARTICULO 94 : pruebas de

intoxicación

El conductor sebe someterse a una prueba

toxicológica ya sea por la ingesta de alcohol o

drogas u otros productos tóxicos para un

conductor

TITULO VI: de los accidentes de

tránsito y el seguro obligatorio

ARTICULO 275: inc.

Obligaciones del conductor

implicado en un accidente de

tránsito. El conductor implicado

en un accidente de tránsito

debe.

Al ocurrir un accidente lo primero que

debemos de hacer es. Denunciar a la

comisaria de la PNP y someternos al dosaje

etílico

TITULO VI:

ARTICULO 276: presunciones

Nosotros no debemos de violar las reglas de

transito ósea cruzar como uno quiere, ebrio,

drogado, etc. Ya que nos favorece un la

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de responsabilidad respecto al

padrón

mayoría las reglas de transito

CAPITULO III: sanciones

Sección I: aspectos

generales

ARTICULO 307: grado

alcohólico sancionable en los

con conductores y peatones

inc. 1.2.3.4

Inc 1; el grado máximo de alcohol q esta

permitido es de 0.50gr

Inc 2; la test de hogan nos permite dar a

conocer a la sustancia la cual nos impide la

movilidad de nuestro organismo

Inc 3; al hacer una muestra para verificar el

grado de alcohol que hay en la sangre deben

de estar calibrada por la INDECOPI y los

resultados deben de ser inmediatos y no

manipulados de un lugar a otro, en vista del

conductor o peatón.

CAPITULO III:

Sección VI: registro de

sanciones

ARTICULO 322: registro de las

sanciones por infracciones al

tránsito terrestre inc 3

Inc 3; al conducir ebrios o narcotizados se

registrara en el registro nacional de sanciones

por infracción al tránsito terrestre y será

publicado a través de la página electrónica del

ministerio de transportes y comunicaciones, el

cual será visto por los demás, ¡así que mucho

cuidado!

Inc 4; al publicarse en la pagina electrónica el

tiempo de publicación será de 24 meses y

después pasados los 24 meses se borrara

automáticamente.

Disposiciones comprobantes y

transitorios

Decima primera

“grado de lesiones”

Ejm. Si te detectan mayor de 0.5 de alcohol

sea lesión seria calificada como grave o leve

de acuerdo al código penal la UIT S/. 3,800.00

Grave = 8% de la UIT

Leve = 4% de la UIT

1.7.4. Normas legales de trabajo

Reglamento interno. Control consumo de drogas y alcohol.

1. Las obligaciones y prohibiciones que justifican el control en materia

de drogas y alcohol debe contenerse en el Reglamento Interno de la

empresa;

2. Las normas relativas al control en materia de drogas y alcohol

deben explicitar cuál es el procedimiento específico de control

empleado en materia de test de drogas y alcohol, siendo

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insuficiente para tal claridad, la circunstancia que tal procedimiento

se encargue a una empresa extranjera especializada en la materia;

3. Toda documentación que se ponga en conocimiento de los

trabajadores con relación al sistema de control del consumo de

drogas y de alcohol, debe encontrarse redactado íntegramente en

idioma español;

4. Resulta necesario que toda norma relativa al control del consumo

de drogas explicite qué tipo de drogas serán objeto de dicho control;

5. La extensión temporal y territorial de las obligaciones y

prohibiciones en materia de consumo de drogas y de abuso de

alcohol, debe circunscribirse a las labores, permanencia y vida en

las dependencias de la empresa;

6. Las normas reglamentarias que regulan un programa relativo al

control del consumo de drogas y alcohol, deben respetar las

exigencias del juicio de proporcionalidad, esto es, deben ser

idóneas, necesarias y proporcionales;

1.7.5. Empresa e Instituciones

Es un programa de capacitación que ofrece el Instituto Sobre

Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), a las Empresas o

Instituciones Públicas y Privadas, para el establecimiento y desarrollo

de Políticas, Programas y Proyectos de Prevención Integral del

consumo de alcohol, tabaco y otras drogas en el medio laboral;

tendientes a promover la salud y el desarrollo integral de los

trabajadores, así como la detección y la intervención temprana para

población trabajadora que está en riesgo o ya inició el consumo, el

tratamiento, la referencia y contrarreferencia a los servicios del Sistema

Nacional de tratamiento, para aquellos trabajadores que ya tienen una

franca dependencia por consumo de alcohol y otras drogas;

promoviendo programas, proyectos, normativas y servicios en el medio

laboral que garanticen el derecho a la salud, la seguridad y el bienestar

psico-social de los trabajadores en el lugar de trabajo y con ello

mejoren la productividad y el buen desempeño de la empresa.

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Es importante mencionar que para el caso de Instituciones en el medio

educativo como Universidades, se trabaja tanto el sector laboral como

estudiantil y la inclusión de la temática sobre el fenómeno droga como

ejes trasversales en los currículos de las carreras, con el propósito de

formar profesionales sensibilizados e identificados con la prevención y

atención del consumo de alcohol, tabaco y otras drogas y como

modelos para el fortalecimiento de una cultura de prevención.

ESTE PROGRAMA CONSTA DE CUATRO CURSOS TEÓRICO-

PRÁCTICOS:

Prevención, Detección e Intervención Temprana del Consumo de

Tabaco, Alcohol y otras drogas en el medio laboral.” Es de

Aprovechamiento, con un valor de 42 horas., este curso es requisito

para llevar los otros tres.

Capacitación en el Tratamiento de la Dependencia de Tabaco,

Alcohol y otras Drogas en el medio laboral”. Es de aprovechamiento

con un valor de 33 horas.

Guíe a sus Pacientes a un Futuro sin Tabaco”. es de participación

con 14 horas.

Enseñanza y Práctica de las Habilidades para Vivir: Formación para

Padres y Madres en el Medio Laboral”. Este curso está en proceso

de diseño y se espera iniciar a corto plazo.

Los tres últimos cursos, se pueden llevar paralelamente a la fase

de asesorías y depende de la política, del programa y proyectos que

definan la Institución o Empresa realizar, de las condiciones y

recursos con que cuenta, así como también de la programación anual

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CONCLUSIONES

El artículo nos da a conocer que el estado de ebriedad es posible no

conducir ya que puede ocasionar grave accidente.

La Comisión estuvo constituida por representantes titulares u alternos de

los sectores trabajador, empleador y gobierno. Así mismo los actores

sociales contaron con asesores especializados designados por ellos y

además participaron vendedores pertenecientes a la comisión de trabajo del

congreso de la república.

Se tiende a infravalorar la influencia del alcohol en la mortalidad, pues en

muchos casos, no se menciona el alcohol en el certificado de defunción a

pesar de que éste tuvo una influencia clara y determinante en la muerte de

la persona. Entonces es necesario revisar los sistemas de información tanto

de las instancias policiales y jurídicas, replanteando o implementando

conocimientos sobre la recolección, sistematización de la información, con

el fin de poder contar con una base de datos sólida y completa que permita

fácilmente poder realizar vigilancia epidemiológica no solo respecto a la

mortalidad asociada al consumo de alcohol, sino otra causas de muertes,

ver tendencias, que a ulteriormente facilitara a instancias de salud poder

tomar acciones respecto a la problemática.

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BIBLIOGRAFÍA

ALONSO, T.; MONTORO, L.; ESTEBAN, C. y TOLEDO, F. Manual de

seguridad vial: el factor humano. Barcelona: Ed. Ariel, 2000. p. 251, 258.

INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS

FORENSES Subdirección de Investigación Científica, Escuela de

Medicina Legal y Ciencias Forenses. Curso de capacitación virtual para

médicos, reconocimiento médico de embriaguez.

MANUAL DIAGNÓSTICO y estadístico de los trastornos mentales. Ed.

Masson, 1995. p. 209.

NORBERG, A. Reglamento técnico forense para la determinación clínica

del estado de embriaguez. p. 54.

Reglamento Técnico Forense para la determinación clínica de

embriaguez. p. 13.

Reglamento Técnico Forense para la determinación clínica del estado de

embriaguez. p. 19.

VILLANUEVA, E. Medicina legal y toxicología. 6 ed. s.l.: Ed. Masson,

2005.