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C .c, Archivo Artículo 1º.· Aprobar el REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES 1y11 de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNSM-T, en vías de regularización a partir de agosto del 2016 .. SE RESUELVE: , Que, la Universidad Nacional de San Martín-Tarapoto es una persona Jurídica de derecho público creada mediante Decreto Ley 22803 y ratificada por Ley 23261; se rige por la Constitución Política del Estado, la Nueva Ley Universitaria, su Estatuto y Reglamento General, dedicada al estudio, la investigación, extensión y proyección social, tiene como fin formar profesionales humanistas, científicos y con excelencia académica competitiva. Y que tiene dentro de sus facultades de celebrar convenios interinstitucionales. Cuenta entre otras con la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Que, Las Facultades gozan de autonomía de gobierno, académica, normativa, administrativa y económica para el desarrollo de sus actividades. Que, con Resolución de Consejo Universitario N°492-2016-UNSM/CU-R/NLU de fecha, 20/10/2016; se modifica la designación de los Presidentes de Las Comisiones Organizadoras de las diferentes Facultades de la UNSM-T pasando a designarse como Decano (e) de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas al lng. M. Se. RICARDO CASTAÑEDA CABANILLAS. Que, con la finalidad de garantizar el desarrollo eficiente de las Prácticas Pre Profesionales establecidas en el Plan de Estudios de la Escuela Profesional de Derecho; en sesión extraordinaria; el Decano (e) y Docentes aprobaron el Reglamento de Prácticas Pre Profesionales 1 y ll Practicas de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. El Decano (e) de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas en uso de sus atribuciones conferidas por Ley Universitaria 30220, el Estatuto y las normas establecidas. CONSIDERANDO: Visto, el acuerdo de la sesión extraordinaria de fecha 16 de agosto del 2016 el Decano (e) y docentes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNSM-T sobre la aprobación del Reglamento de Prácticas Pre Profesionales 1y11. Resolución 032-2016-UNSM/FDyCP Morales, 30 de diciembre del 2016. ~~'De Sa. ~ - 7 li~-:"jj/~\ Pacuftaá tfe (J)erecfw y Ciencias fPo{íticas \,,,'~~-.-} &tri6úút (9~ de ta fi.acultad de fí)eucluJ, tf e1enda6 9'otílica6 I

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Artículo 1º.· Aprobar el REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES 1y11 de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNSM-T, en vías de regularización a partir de agosto del 2016 ..

SE RESUELVE: ,

Que, la Universidad Nacional de San Martín-Tarapoto es una persona Jurídica de derecho público creada mediante Decreto Ley Nº 22803 y ratificada por Ley Nº 23261; se rige por la Constitución Política del Estado, la Nueva Ley Universitaria, su Estatuto y Reglamento General, dedicada al estudio, la investigación, extensión y proyección social, tiene como fin formar profesionales humanistas, científicos y con excelencia académica competitiva. Y que tiene dentro de sus facultades de celebrar convenios interinstitucionales. Cuenta entre otras con la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

Que, Las Facultades gozan de autonomía de gobierno, académica, normativa, administrativa y económica para el desarrollo de sus actividades.

Que, con Resolución de Consejo Universitario N°492-2016-UNSM/CU-R/NLU de fecha, 20/10/2016; se modifica la designación de los Presidentes de Las Comisiones Organizadoras de las diferentes Facultades de la UNSM-T pasando a designarse como Decano (e) de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas al lng. M. Se. RICARDO CASTAÑEDA CABANILLAS.

Que, con la finalidad de garantizar el desarrollo eficiente de las Prácticas Pre Profesionales establecidas en el Plan de Estudios de la Escuela Profesional de Derecho; en sesión extraordinaria; el Decano (e) y Docentes aprobaron el Reglamento de Prácticas Pre Profesionales 1 y ll Practicas de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

El Decano (e) de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas en uso de sus atribuciones conferidas por Ley Universitaria 30220, el Estatuto y las normas establecidas.

CONSIDERANDO:

Visto, el acuerdo de la sesión extraordinaria de fecha 16 de agosto del 2016 el Decano (e) y docentes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNSM-T sobre la aprobación del Reglamento de Prácticas Pre Profesionales 1y11.

Resolución N° 032-2016-UNSM/FDyCP

Morales, 30 de diciembre del 2016.

~~'De Sa. ~ - 7 li~-:"jj/~\ Pacuftaá tfe (J)erecfw y Ciencias fPo{íticas \,,,'~~-.-}

&tri6úút (9~ de ta fi.acultad de fí)eucluJ, tf e1enda6 9'otílica6

I

Artículo 5º. La OPP asimismo, organiza y mantiene actualizado el registro de

recepción, trámite y despacho de la documentación relacionada con las prácticas

pre profesionales, debiendo cumplir con los procedimientos establecidos para la

ubicación de los alumnos en Centros de Prácticas.

Artículo 4º. La oficina de prácticas pre profesionales (OPP), es responsable de

programar, conducir, supervisar, y controlar las actividades académicas y

administrativas vinculadas a las prácticas externas de los alumnos inscritos, de

conformidad con los dispositivos legales vigentes, el presente Reglamento y las

normas internas de la Universidad.

Artículo 3º. La OPP, para el mejor cumplimiento de sus funciones está integrada

por:

a) El Jefe de la Oficina de Prácticas Pre-Profesionales. b) Supervisores de Practicas Pre-Profesionales c) Asesores.

Artículo 2º. Las PP 1 y PP 11 son de carácter obligatorio, brindan al estudiante de

derecho, la oportunidad de conocer el que hacer en la administración pública y/o

privada; así como, de consolidar su perfil profesional, asistiendo y realizando

prácticas propias de estudiantes de derecho en instituciones que reúnan las

características adecuadas para su cabal desarrollo profesional y es el órgano de

proyección social.

Artículo 1°. Establecer la Oficina de Prácticas Pre-Profesionales (OPP) en la

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de San Martin -

Tarapoto, la que se encargara de conducir la Gestión Académica-Administrativa

relacionada al consultorio jurídico externo (PPI) y del consultorio jurídico gratuito

(PPll).

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES 1 y 11

~~tteSa.~-7 Pacuúaá áe (J)erecfio y Ciencias <Pofíticas

Vía Universitaria Cdra. 3-Morales/ San Martín /V #942953201 /Correo: [email protected]

Los Supervisores, son docentes de la EAP Derecho, encargados de:

a) Las asignaturas de PPI y PPll

b) Realizar el seguimiento de las prácticas Pre-Profesionales del grupo de

estudiantes a su cargo.

c) Realizar visitas inopinadas de inspección a los practicantes en sus

Centro de Práctica.

d) Integrar el cuerpo de docentes asesores para las actividades del

consultorio jurídico gratuito.

e) Hacer llegar a la OPP los formatos de control de asistencia y el de las

actividades diarias.

Artículo 8º. De los Supervisores.

a) Inscribir a los alumnos en el Programa de Prácticas Pre-Profesionales Externas.

Preparar programas de capacitación previa para los estudiantes de prácticas

pre-profesionales externas.

Recibir la información sobre la actuación del practicante, de ser el caso, solicitar

la apertura de proceso administrativo de responsabilidades de acuerdo a los

Estatutos y Normas internas de la Universidad.

d) Establecer el sistema de supervisión permanente del estudiante, en

coordinación con los Centros de Práctica, llevando el registro que corresponda.

e) Promover espacios dentro de la actividad pública o privada para las prácticas

pre- profesionales externas de nuestros alumnos.

f) Promover y Coordinar las actividades del Consultorio Jurídico gratuito de la Universidad.

Artículo 7º. La Jefatura, se encargará además de:

Artículo 6º. Son funciones del Jefe de Prácticas Pre-Profesionales, conducir,

coordinar, supervisar y controlar la gestión académica y administrativa de

OPP, de acuerdo a las normas precisadas en los artículos precedentes.

~~rieSa1e~-7 Pacuftaá áe (})erecli.o y Ciencias (['oÍíticas

Vía Universitaria Cdra. 3-Morales/ San Martín /V #942953201 / Correo: [email protected]

Tienen carácter obligatorio, exigiendo el cumplimiento de una matrícula para la

presentación del acta de evaluación (de acuerdo al Silabo de la asignatura) y

una inscripción en la OPP para el cumplimiento de las prácticas pre

profesionales (DIRECTIVA Nº 001 y 002-2016-UNSM/FDyCP) para sus

correspondientes expediciones de los certificados de prácticas, se desarrolla

por un periodo de dos semestres académicos y es un requisito previo a la

obtención del Grado de Bachiller en Derecho y Ciencias Políticas. Los alumnos

practicantes deberán asistir a sus turnos, talleres y diligencias programadas con

carácter obligatorio.

Las Prácticas Pre-Profesionales son el aporte de la Universidad a la sociedad

por medio de los alumnos de la Facultad.

Artículo 10º. De las Prácticas Pre- Profesionales (PPI y PPll)

Los practicantes deben desarrollar únicamente actividades jurídicas, es

decir, las que tengan por objeto la creación, aplicación, interpretación,

divulgación y difusión del derecho y de la ley, la capacitación y formación

jurídica, el estudio de títulos, documentos, contratos y demás; la orientación al

ciudadano respecto de problemas jurídicos, sean civiles, penales,

administrativos o de otra especialidad; la ejecución de resoluciones judiciales o

administrativas y otras similares.

Artículo 9º. De las Actividades de los Practicantes.

f) Prestar el apoyo que requieran orientando y corrigiendo adecuadamente

al estudiante.

g) Reportar a LA OPP, las faltas que cometieran los alumnos en el

desempeño de sus labores como practicantes externos.

h) Presentar informes mensuales a LA OPP dando cuenta de los

beneficios, así como de las dificultades y problemas de los lugares

donde se realizan las prácticas.

~~úSa.~-"' P 'acuitad' áe (J)erecho y Ciencias (l'ofíticas

Vía Universitaria Cdra. 3-Morales/ San Martín /9 #942953201 /Correo: [email protected]

Los alumnos que por razones justificadas no pudieron inscribir sus prácticas

pre- profesionales, deberán solicitar la regularización de la misma cumpliendo

con el Art. 11 del presente reglamento.

Artículo 12°. De la Regularización

Toda documentación escrita se presentará en un Fólder Manila A4.

Cuando se trate de alumnos que trabajen realizando labores jurídicas deberán

presentar además de los requisitos del 11.1, su constancia de trabajo.

11.2. Del Profesional Responsable (PR):

Datos del abogado que será el Profesional Responsable

~ Copia del Título Profesional del Abogado; dicho Profesional debe de

contar con un mínimo de 5 años de ejercicio profesional.

~ Práctica del ejercicio libre.

~ Carta de aceptación.

11.1. Los alumnos:

- Solicitud de inscripción del practicante, dirigido al presidentes de la Comisión Organizadora de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, acompañando:

- Ficha de Matrícula del noveno ciclo - Fotografía tamaño carné reciente a colores fondo blanco - Boleta de Notas del VIII ciclo, acreditando haber aprobado los

siguientes cursos: • Derecho Civil IV, Derecho Procesal Civil 1, Derecho Procesal Penal

1 Y Derecho Municipal y Regional

Para la inscripción en el Registro de Prácticas, se deberá presentar los

siguientes documentos:

Artículo 11º. De la Inscripción.

CONSULTORIO JURIDICO EXTERNO (PPI)

~~éeS"~ Pacu{taá de (J)erech.o y Ciencias (J'ofíticas

Vía Universitaria Cdra. 3-Morales/ San Martín /fl #942953201 /Correo: [email protected]

Artículo 16º. Los alumnos que se encuentren cursando el décimo ciclo,

podrán inscribirse para prestar sus prácticas en este consultorio, quienes previa

evaluación académica, a cargo del Jefe de la oficina serán declarados actos

para este servicio, adjuntando lo siguiente:

Ficha de rnatrlcula del décimo ciclo

Boleta de notas del noveno ciclo, acreditando haber aprobado las

siguientes asignaturas:

• Derecho Civil V, Derecho Procesal Civil 11, Derecho Procesal Penal

11 Y Derecho Laboral 11.

Los alumnos que fueran asignados al Consultorio Jurídico Gratuito brindarán

las orientaciones necesarias a la población bajo la supervisión del docente

asesor.

El Consultorio Jurídico Gratuito depende de la OPP y es responsable de

brindar asesoramiento jurídico gratuito a la población como servicio a la

comunidad.

Artículo 15º. Del Consultorio Jurídico Gratuito

CONSULTORIO JURIDICO GRATUITO (PPll)

Sólo por razones justificadas, se podrá modificar la asignación del alumno en

cuanto a lugar o profesional responsable, adjuntando los documentos

relacionados al Abogado Responsable señalados en el Art. 11.2.

Artículo 14º. De la Modificación de la Asignación

La OPP entregara un formato de control de asistencia y un formato de actividades

diarias para ser llenado y firmando por el Profesional Responsable y el Docente

Supervisor de la UNSM-T.

El practicante deberá desarrollar sus actividades con un periodo mínimo de 10 horas

semanales, por un lapso de 15 semanas semestrales.

Artículo 13°. De su Asistencia

~~úSa1e~ Pacu{taá áe (J)erecno y Ciencias (J'ofíticas

Vía Universitaria Cdra. 3-Morales/ San Martín /9 #942953201 /Correo: [email protected]

Tarapoto, Agosto de 2016.

Primera: Se debe tener en cuenta que el servicio del consultorio jurídico

gratuito se debe brindar a la población de bajos recursos económicos.

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 18º. De la Certificación PPI y PPll Para obtener el certificado de Prácticas Pre-Profesionales 1 y 11, se requiere

haber aprobado las asignaturas y haber concluido las practicas

satisfactoriamente, para el caso de PPI y haber concluido los tres procesos de

distinta materia para el caso de PPll, fundamentada con la respectiva sentencia

consentida.

Dicho certificado será expedido por el Profesional Responsable (PR) o por el

Jefe de la Oficina de Practicas Pre - Profesionales.

Estos certificados son un requisito previo para la obtención de Grado de

Bachiller en Derecho y Ciencia Políticas.

Artículo 17º. De los asesores

Los asesores del consultorio jurídico gratuito son docentes de la escuela

profesional de derecho de la facultad de derecho y ciencias políticas de la

Universidad Nacional de San Martin-Tarapoto.

Que cumplen lo siguiente:

- Autorizan al practicantes las demandas, las denuncias y otros escritos

(Cumpliendo la DIRECTIVA Nº 002-2016 -UNSM/FDyCP)

- Acompañan a las audiencias a los practicantes.

- Informan de los avances u otros actos a la Oficina de Practicas Pre-

Profesionales.

Los docentes según su especialidad podrán adscribirse al Consultorio

Jurídico Gratuito y brindarán servicio de orientación y supervisión a los alumnos

que se encuentren asignados, así como a los usuarios si fuera el caso.

~~úS"~ P 'acuitad' tÍe (J)erecho y Ciencias (J'ofíticas

Vía Universitaria Cdra. 3-Morales/ San Martín /V #942953201 /Correo: [email protected]