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Corresponde al Expte. 16217/18 Ordenanza N° 5586/18.- Pág. 1 de 35 Ref.: Expte. Nº 16217/18.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ESCOBAR SANCIONA CON FUERZA DE O R D E N A N Z A O R D E N A N Z A O R D E N A N Z A O R D E N A N Z A ESPECIFICACIONES PARTICULARES ARTÍCULO 1.- Objeto de la Licitación El objeto de la licitación es la contratación de servicio de Recolección, limpieza y disposición final de residuos domiciliarios en las localidades de Belén de Escobar, Ingeniero Maschwitz, Garín y Loma Verde. ARTÍCULO 2.- Presupuesto Oficial El presupuesto oficial se establece en $23.290.260,00 (Pesos veintitrés millones doscientos noventa mil doscientos sesenta con cero centavos) por mes. ARTÍCULO 3.- Apertura de Propuestas La apertura de propuestas se realizará el de del 2018 a las 10 (diez) horas en la Casa de la Cultura situada en Eugenia Tapia de Cruz Nº 1280, Escobar. En el acto de apertura solo se admitirán observaciones del mismo. El plazo para vistas y observaciones de las ofertas se fija en (dos) días corridos a partir del día siguiente hábil al de la apertura. El traslado de las observaciones se conferirá por 2 (dos) días corridos desde el vencimiento del plazo otorgado para la vista. No se aceptarán observaciones sin el depósito previo de $ 2.329.026,00 (Pesos dos millones trescientos veintinueve mil veintiséis con cero centavos) en concepto de garantía de seriedad de impugnaciones, que solo será restituido en caso de aprobarse las observaciones. ARTÍCULO 4.- Garantía por mantenimiento de oferta La garantía por mantenimiento de oferta estipulada en el punto 1.9 de las Cláusulas Generales se fija en pesos $ 1.164.513,00 (Pesos un millón ciento sesenta y cuatro mil quinientos trece con cero centavos). ARTÍCULO 5.- Plazo de duración del contrato El plazo de duración del contrato será de cuatro (4) años a partir de la firma del mismo y del acta de inicio del servicio. ARTICULO 6.- Extensión del plazo de duración del contrato La Municipalidad se reserva el derecho de dar una (1) prórroga del contrato por el período de un (1) año. En el caso de que resolviera hacer uso del derecho de prórroga la Municipalidad deberá dictar el acto administrativo que así lo disponga y notificar el mismo al contratista con una antelación no menor de 30 (treinta) días corridos anteriores a la fecha de vencimiento del contrato quien deberá dar su aprobación. La notificación se realizará por escrito y el contratista deberá responder también por escrito en un plazo no superior a 5 (cinco) días corridos. De no responder en el plazo mencionado, el Municipio dará por aceptada la prórroga. ARTÍCULO 7.- Oferta alternativa El oferente podrá realizar una oferta alternativa para un plazo de duración del contrato de ocho (8) años con opción a dos (2) años más. Si bien la vigencia del contrato es de ocho años, cabe aclarar que la continuidad del mismo depende de la autorización del Honorable Concejo Deliberante de los gastos de acuerdo a lo expresado en el artículo 118 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

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Ref.: Expte. Nº 16217/18.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ESCOBAR SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z AO R D E N A N Z AO R D E N A N Z AO R D E N A N Z A

ESPECIFICACIONES PARTICULARES ARTÍCULO 1.- Objeto de la Licitación El objeto de la licitación es la contratación de servicio de Recolección, limpieza y disposición final de residuos domiciliarios en las localidades de Belén de Escobar, Ingeniero Maschwitz, Garín y Loma Verde. ARTÍCULO 2.- Presupuesto Oficial El presupuesto oficial se establece en $23.290.260,00 (Pesos veintitrés millones doscientos noventa mil doscientos sesenta con cero centavos) por mes. ARTÍCULO 3.- Apertura de Propuestas La apertura de propuestas se realizará el de del 2018 a las 10 (diez) horas en la Casa de la Cultura situada en Eugenia Tapia de Cruz Nº 1280, Escobar. En el acto de apertura solo se admitirán observaciones del mismo. El plazo para vistas y observaciones de las ofertas se fija en (dos) días corridos a partir del día siguiente hábil al de la apertura. El traslado de las observaciones se conferirá por 2 (dos) días corridos desde el vencimiento del plazo otorgado para la vista. No se aceptarán observaciones sin el depósito previo de $ 2.329.026,00 (Pesos dos millones trescientos veintinueve mil veintiséis con cero centavos) en concepto de garantía de seriedad de impugnaciones, que solo será restituido en caso de aprobarse las observaciones. ARTÍCULO 4.- Garantía por mantenimiento de oferta La garantía por mantenimiento de oferta estipulada en el punto 1.9 de las Cláusulas Generales se fija en pesos $ 1.164.513,00 (Pesos un millón ciento sesenta y cuatro mil quinientos trece con cero centavos). ARTÍCULO 5.- Plazo de duración del contrato El plazo de duración del contrato será de cuatro (4) años a partir de la firma del mismo y del acta de inicio del servicio. ARTICULO 6.- Extensión del plazo de duración del contrato La Municipalidad se reserva el derecho de dar una (1) prórroga del contrato por el período de un (1) año. En el caso de que resolviera hacer uso del derecho de prórroga la Municipalidad deberá dictar el acto administrativo que así lo disponga y notificar el mismo al contratista con una antelación no menor de 30 (treinta) días corridos anteriores a la fecha de vencimiento del contrato quien deberá dar su aprobación. La notificación se realizará por escrito y el contratista deberá responder también por escrito en un plazo no superior a 5 (cinco) días corridos. De no responder en el plazo mencionado, el Municipio dará por aceptada la prórroga. ARTÍCULO 7.- Oferta alternativa El oferente podrá realizar una oferta alternativa para un plazo de duración del contrato de ocho (8) años con opción a dos (2) años más. Si bien la vigencia del contrato es de ocho años, cabe aclarar que la continuidad del mismo depende de la autorización del Honorable Concejo Deliberante de los gastos de acuerdo a lo expresado en el artículo 118 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

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La no aprobación del presupuesto de gastos por el Honorable Concejo Deliberante podrá implicar una reducción de los servicios a prestar o la resolución del contrato sin que ello dé lugar a reclamo alguno a la Municipalidad o al Honorable Concejo Deliberante. ARTÍCULO 8.- Ampliación o disminución del servicio La Municipalidad se reserva el derecho de amentar o disminuir los servicios contratados hasta un 20% del monto total del contrato, los que serán obligatorios para el contratista. También el Sr. Intendente podrá disponer, previo dictamen del organismo técnico municipal, aumentos de servicios que superen el porcentaje precedente y que resulten indispensables, urgentes o convenientes, siempre que el importe de estos trabajos no exceda el 50% (cincuenta por ciento) del monto total contratado. Asimismo, la Municipalidad podrá reducirse hasta el 50% el monto contratado cuando por inconvenientes financieros no permitan afrontar el pago al contratista. La Municipalidad podrá contratar servicios de los equipos opcionales cuando los necesite y posea las condiciones económicas que lo permitan y previo informe de la Contaduría Municipal, mientras dure la vigencia del contrato y a los precios fijados en la licitación. ARTÍCULO 9.- Consultas, aclaraciones y adquisición del Pliego de Bases y Condiciones El Pliego será vendido hasta dos (2) días antes de la fecha indicada para la apertura de las propuestas. Se establece como lugar de presentación de las consultas y aclaraciones la Secretaria de Planificación e Infraestructura de la Municipalidad de Escobar, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 743, Belén de Escobar, en el horario de 8 a 13 hs. ARTÍCULO 10.- Valor del pliego de Bases y Condiciones El valor del pliego asciende a la suma de $ 500.000,00 (Pesos quinientos mil con cero centavos). Este importe no será reintegrable a las empresas que lo hubiesen adquirido. El pago deberá ser efectuado en la Tesorería Municipal y el original del recibo deberá ser agregado a la documentación que forma parte de la propuesta. Las consultas se deberán realizar por escrito 4 días antes a la fecha de apertura de propuestas. ARTÍCULO 11.- Conocimiento de las Condiciones Los oferentes por el solo hecho de participar en el acto licitatorio aceptan todas las disposiciones incluidas en el pliego de Bases y Condiciones y de todos los documentos correspondientes a esta licitación, quedando establecido que han efectuado un reconocimiento de las áreas del Partido donde se prestaran los servicios, dándose por entendido que en las propuestas se han considerado y evaluado todos los factores que puedan incidir de una u otra manera en los costos para la eficiente prestación de los servicios. ARTÍCULO 12.- Jurisdicción Toda controversia que pudiera surgir por la aplicación del presente pliego, será sometida a los tribunales competentes con jurisdicción en la Provincia de Buenos Aires (Zárate - Campana), renunciando expresamente a cualquier otro fuero de excepción que le pudiera corresponder. En forma previa a la promoción de cualquier demanda judicial deberá formular reclamación administrativa ante la Municipalidad tendiente a obtener el pronunciamiento del Departamento Ejecutivo, agotando la vía administrativa. ARTÍCULO 13.- Capacidad Técnica Completando y precisando el punto 1.5.2 de las Cláusulas Generales, se deberá adjuntar a los efectos de acreditar la capacidad técnica: 1.- Certificado, detallando los servicios ejecutados y en ejecución con la calificación de las tareas realizadas, suscripto por las máximas autoridades de los Municipios en que se encuentren prestando servicios iguales a los requeridos en ese Pliego. 2.- Los oferentes deberán demostrar haber prestado servicios similares en Municipios de la República Argentina cuya población supere los 180.000 habitantes según Censo INDEC 2010 de por lo menos tres años dentro de los últimos diez (10). Los antecedentes deberán ser demostrados por las sociedades oferentes de la presente licitación, por sí mismas, no tomándose en cuenta los antecedentes prestados por las sociedades controladas, controlantes o vinculadas. En caso de Unión

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Transitoria de Empresas (UTE), será suficiente con que lo acredite cualquiera de las empresas siempre que su integración a la UTE sea igualitaria. 3.- Asimismo y dadas las características del Municipio de Escobar, deberán demostrar experiencia en prestación de servicios de recolección de residuos en Municipalidades que tuvieren calles de tierra en por lo menos 3.000 (tres mil) cuadras por día. Aclaración punto 1.5.2 inciso d) de las Cláusulas Generales: 1.- Todos los equipos afectados al servicio deberán ser propiedad del oferente o en leasing. Se deberá acompañar un listado de equipos, detallando: Modelo, marca, datos técnicos, datos de fabricación, constancia de haber realizado la VTV, especificaciones técnicas y detalladas incluyendo croquis, folletos, etc., cantidad de equipos a afectar en los servicios licitados. 2.- Equipos de recolección: deberán ser el 50% de los vehículos modelo 0 km y el otro 50% pertenecientes a un modelo no menor a 2 años de la vigencia del contrato y en lo posible ecológicos. 3.- Equipos de supervisión: Deberán ser de modelos posteriores al año 2016. La municipalidad podrá inspeccionar los vehículos previamente a la adjudicación corriendo por cuenta del oferente los gastos de traslado y estadía requeridos a tal fin. Aclaración punto 1.5.2 inciso e) y f) de las cláusulas particulares. El plan de trabajos y operaciones deberá contener como mínimo: 1.- Anteproyecto, plan de trabajos y memoria técnica descriptiva de los servicios a prestar que contenga: a) Organigrama, programación, cronograma y composición de los servicios a prestar en forma detallada, con indicación de horarios, frecuencia, afectación del equipamiento para la ejecución de los servicios y normas de operación. b) Dotación del personal a utilizar, cronograma y composición de cada uno de los servicios. Demostración cumplimiento Ley Nacional 13587 y su decreto reglamentario 351. Demostración cumplimiento ART. c) Listado de equipos y otros elementos o herramientas a disponer para la prestación del servicio. d) Estructura administrativa y de supervisión que se organizara para la Dirección del Personal e) Descripción de los programas de mantenimiento, renovación o sustitución de los equipos a utilizar en cada servicio. 2.- Deberá contar con un local en el Partido de Escobar que contemple la guarda de los equipos ofrecidos. Deberá permitir el mantenimiento de los mismos y oficinas administrativas con líneas telefónicas para recepción de reclamos. La propiedad deberá encontrarse en zona apta de acuerdo a las ordenanzas de zonificación del partido. En caso de arrendamiento el contrato de locación deberá tener una duración mínima equivalente al periodo contractual estipulado en el Pliego. El establecimiento no deberá generar molestias a los vecinos. El contratista deberá habilitar comercialmente ante la Municipalidad el establecimiento y abonar las tasas que fijen las Ordenanzas tributarias vigentes. ARTÍCULO 14.- Capacidad Financiera: De acuerdo a lo establecido en la cláusula 1.5.3 de las Cláusulas Generales, deberá demostrarse con la información contenida en los balances incluidos en la presentación. Los oferentes deberán justificar un patrimonio neto superior a $ 82.974.444,96 (Pesos ochenta y dos millones novecientos setenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con noventa y seis centavos) y de acuerdo al último ejercicio anual. Deberán calcular los siguientes índices económicos financieros correspondientes a los dos últimos balances. Se anula el punto d) de la cláusula 1.5.3 de las Cláusulas Generales. ARTÍCULO 15.- Evaluación de las propuestas - Preselección – Preadjudicación: La Evaluación de las Propuestas estará a cargo de la Comisión Técnica Evaluadora, creada oportunamente por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Escobar, la misma estará integrada por profesionales de las Áreas Técnicas competentes. La Comisión realizará la evaluación sobre la base de los datos, condiciones y características solicitadas en el presente Pliego, para llegar así a la calificación de los Oferentes.

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El procedimiento global para la evaluación será el siguiente: a) Se constatará la existencia de toda la Documentación presentada por los Oferentes bajo Declaración Jurada en los Sobres N° 1 y Nº 2. Cualquier información complementaria que solicite la Comisión deberá ser suministrada por el Proponente en el Plazo impuesto por la misma, caso contrario y vencido el plazo acordado sin que la oferente acompañe la contestación y/o documentación requerida, la oferta será rechazada. b) Una vez realizado el control de la documentación, se evaluarán y calificaran los "Antecedentes Empresariales, Técnicos, Económicos-Financieros" y el “Proyecto Ejecutivo” de manera tal de determinar la Precalificación de los Oferentes, en base a los parámetros establecidos en la METODOLOGIA DE EVALUACION. METODOLOGIA DE EVALUACIÓN CALIFICACION DE LOS OFERENTES Sólo si se verifica que no median causales de exclusión indicadas en el presente Pliego, se evaluará el resto de la información solicitada, asignando un puntaje que variará entre el mínimo y el máximo para cada uno de los conceptos que más abajo se señalan. Todos los oferentes serán precalificados con referencia a su capacidad Técnica, Financiera y Empresaria, obteniéndose el correspondiente puntaje. La Precalificación de los oferentes, será efectuada por la Comisión Técnica Evaluadora. A tal fin se establece: a- Todos los OFERENTES estarán obligados a suministrar la información adicional o aclaraciones que se considere pertinente, fijándose el plazo para que sea cumplido, en 2 días corridos. De ningún modo las presentaciones podrán ser modificadas. Si los OFERENTES no cumplieran en plazo lo solicitado se podrá dar por desistida la presentación. b- Se establece que la presentación incompleta o falsa de la documentación que se solicita, conforme a las exigencias expresadas en cada caso podrá tener como consecuencia la descalificación del OFERENTE. c- La Comisión Técnica Evaluadora tendrá la facultad de auditar la información suministradas por los OFERENTES, debiendo estos facilitar todo trámite de verificación y la gestión para visitar los servicios efectuados por los mismos. El incumplimiento de esta obligación podrá ser considerado como desistimiento de la oferta. La calificación asignará puntaje a cada OFERENTE, a partir de lo cual se procederá a seleccionar como aceptables exclusivamente los OFERENTES que hayan superado en la calificación el nivel mínimo requerido, que es de treinta (30) puntos en el total de la calificación. Si a juicio de la Comisión Técnica Evaluadora la información presentada por el OFERENTE resultara insuficiente para poder calificar alguno de los rubros que se detallan a continuación, se podrá asignar al mismo, puntaje nulo, siempre y cuando no fuera motivo de rechazo, en cuyo caso procederá al mismo. La Secretaría de Hacienda será la responsable de realizar la evaluación Económica - Financiera, y la Secretaria de Planificación e Infraestructura la Evaluación Técnica y Empresaria. El puntaje se obtiene de la sumatoria de todos los Factores según se indica a continuación: P = F1 + F2 + F3. Factor 1. Antecedentes. Puntaje Máximo: 45 Puntos. Puntaje Mínimo: 10 Puntos. Corresponderá el puntaje más alto de cuarenta y cinco (45) puntos al Oferente que acredite mayores antecedentes en servicios afines y en la promoción de la inclusión social, teniéndose especialmente en cuenta la experiencia en recuperación de RSU. El resto de los Oferentes recibirá un puntaje proporcional a juicio de la Comisión Técnica Evaluadora. A) ANTECEDENTES TÉCNICOS (hasta 20 puntos) Antecedentes técnicos para ejecutar servicios de recolección, limpieza y disposición final de residuos domiciliarios. A.1) Servicios de recolección, limpieza y disposición final de residuos domiciliarios en otros municipios. Se deberán adjuntar las correspondientes cartas de recomendación. (hasta 20 puntos)

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B) ANTECEDENTES EMPRESARIALES (hasta 25 puntos) B.1) Se evaluará la descripción que el oferente presente de las medidas de programación, desvíos de tránsito y las medidas de seguridad y elementos a utilizar que, en caso de resultar adjudicatario, habrá de tomar para minimizar los riesgos y las molestias causadas a vecinos y comerciantes (hasta 15 puntos) B.2) Antecedentes de organización funcional y de Representación Técnica: se evaluará en base al Organigrama de la empresa y la asignación de funciones de las distintas áreas para la prestación del servicio y los antecedentes del Representante Técnico relacionados con su actividad profesional en general y su participación en servicios similares a la licitada en Temáticas de Recolección, limpieza y disposición final de residuos domiciliarios ante autoridades Provinciales y Nacionales (hasta 10 puntos) Factor 2. Plan de Trabajos. Puntaje Máximo: 50 Puntos. Puntaje Mínimo: 10 Puntos. Se otorgará el máximo puntaje de cincuenta (50) puntos a todas las Ofertas que cumplan satisfactoriamente a juicio de la Comisión Evaluadora con la totalidad de los conceptos indicados en el Plan de Trabajos, de manera que el mismo resulte consistente e idóneo para cumplir a satisfacción de la Municipalidad. Al resto de los Oferentes se les adjudicará un puntaje proporcional a juicio de la Comisión Evaluadora. Factor 3. Factor Económico - Financiero. Puntaje Máximo: 20 Puntos. Puntaje Mínimo: 10 Puntos. Se otorgará el máximo puntaje de veinte (20) puntos al Oferente que acredite mayores índices de solvencia, liquidez corriente, prueba ácida, y capital de trabajo de acuerdo al cuadro que se acompaña a continuación. Al resto de los Oferentes se asignará un puntaje directamente proporcional. INDICADOR DE EVOLUCION DE

PUNTOS DEFINIDO COMO

SOLVENCIA 2 ACTIVO / PASIVO TOTAL LIQUIDEZ CORRIENTE 3 ACTIVO CORRIENTE / PASIVO

CORRIENTE PRUEBA ACIDA 3 (ACTIVO CTE – BS CAMBIO)/

PASIVO CTE CAPITAL DE TRABAJO 2 ACTIVO CORRIENTE – PASIVO

CORRIENTE TABLA DE VALORES DE LOS INDICES Y ESCALA CORRESPONDIENTE INDICE ESCALA A UTILIZAR 0 – 0,99 Malo 0 SOLVENCIA ACTIVO TOTAL 1 – 1,29 Regular 0,4 PASIVO TOTAL 1,30 – 1,50 Bueno 1 1,51 – 1,79 Muy bueno 1,4 (Máximo: 2) 1,80 en + Optimo 2 0 – 0,99 Malo 0 LIQUIDEZ ACTIVO CORRIENTE 1 – 1,40 Regular 0,4 CORRIENTE PASIVO CORRIENTE 1,41 – 1,6 Bueno 1 1,61 - 1,99 Muy bueno 1,4 (Máximo: 3) 2,00 en + Optimo 3 0 – 0,50 Malo 0 ACTIVO CTE - BS 0,51 - 0,70 Regular 0,4 PRUEBA ACIDA CAMBIO) / PASIVO

CORRIENTE 0,71 - 0,80 Bueno 1

0,81 – 0,99 Muy bueno 2

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(Máximo: 3) 1 en + Optimo 3 Menor a $ 2.000000 Malo 0 CAPITAL DE TRABAJO

PASIVO CORRIENTE Entre $ 2.000.001 y $ 3.999.999

Bueno 1

(Máximo: 2 Mayor a $ 4.000000 Optimo 2 ARTÍCULO 16.- Impedimento para ser oferente No podrán ser oferentes: a) Los inhabilitados por condena judicial. b) Los agentes de la administración pública municipal o provincial o las empresas en que los mismos actúen como directores o administradores. c) Los quebrados o concursado civilmente, mientras no obtengan su rehabilitación y los que tuvieren concursos de acreedores pendientes. d) Los que a la fecha de la apertura de esta licitación, se encuentren suspendidos o inhabilitados en el Registro de Proveedores y Contratistas de la Municipalidad. e) Las Sociedades a las que la Administración Nacional, Provincial y/o Municipal les haya rescindido contratos de servicios y/o concesiones de servicios públicos de cualquier naturaleza por un plazo de 3 (tres) años. f) Las que no tengan certificado fiscal para contratar. g) Los que no tuvieren una experiencia similar al servicio requerido en el presente pliego. h) Las empresas que en los últimos 10 (diez) años hayan recibido sanciones por incumplimientos en inobservancia a los términos contractuales que impliquen una violación a los principios de competencia del artículo 42 de la Constitución Nacional y al carácter esencial del servicio consagrado por Ley 13592 (y modificatorias). Los oferentes deberán acompañar una declaración jurada en la que se expresa que no se encuentran incursos en ninguna de las circunstancias señaladas. ARTÍCULO 17.- Contenido del sobre El Sobre Nº1, caratulado DOCUMENTACION, será presentado por duplicado y deberá contener: a) La garantía de mantenimiento de la Propuesta, según lo establecido en la Sección 1.9 del presente pliego. b) El comprobante de haber adquirido el presente pliego y demás documentación de la licitación. En caso de presentación de empresas en Unión Transitoria de Empresas, dicho comprobante deberá ser extendido a nombre de sus integrantes. c) El presente pliego y demás documentos de la licitación, con los recaudos que impone la Sección 1.3, último párrafo, y la Sección 1.4, debidamente firmado por el Oferente y su representante técnico, en todas las fojas, con los correspondientes sellos aclaratorios. d) La constancia, actualizada, o en trámite de la inscripción en el registro de Contratistas de la Comuna con (arts. 140 y 143 del Decreto-Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades). e) 1- Copia de la constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) 2- Dirección General de Rentas de la Provincia de Buenos Aires (Ingresos Brutos); 3- Copia de Declaración Jurada de I.V.A. y Sistema Único de Seguridad Social (SUSS); siendo el oferente y/o su representante legal o apoderado, personalmente, responsables de la exactitud de dicha declaración. 4- Constancia de inscripción en el IERIC, declaración jurada de no adeudar aporte alguno a la fecha de apertura de las propuestas. 5- Las declaraciones del equipo que se afectara al servicio, discriminándolo de la siguiente manera: A) De propiedad del oferente y de uso, locación u otro carácter B) Constancia de verificación del equipo firmada por el Secretario de Planificación e Infraestructura. 6- En caso de presentación de empresas en U.T.E., deberán adjuntar el acta constitutiva, en donde conste expresamente la asunción de responsabilidad solidaria de sus integrantes respecto de las obligaciones emergentes de la licitación, debiendo cumplir los citados integrantes por separado, la totalidad de los requisitos exigidos en el presente pliego. 7- La constitución del domicilio legal dentro del Partido de ESCOBAR

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8- En caso de presentación de sociedades anónimas deberá acompañarse copia de acta del Directorio que autorice la concurrencia a la licitación de que se trata. 9- Los antecedentes demostrables de la empresa en la realización de servicios. Deberá presentarse en fotocopia y ordenada a fin de facilitar su evaluación, la documentación que seguidamente se indica: 10- Nómina de servicios similares características a la que se licita, ejecutadas en el último año. 11- Recepción provisoria o definitiva de la misma (excluyente, de ser incluidas influirá en la evaluación). 12- Certificado Fiscal para Contratar, expedido por la Administración de Ingresos Públicos (AFIP). En caso que el certificado se encuentre en trámite deberá presentarse comprobante de dicha circunstancia. 13- Plan de trabajos que consistirá en un esquema grafico tipo Gantt o Pert, sin citar inversiones. 14- Los dos últimos balances de la empresa, certificados por Contador Público, e informe del síndico en su caso. EL balance presentado, deberá ir acompañado por el respectivo informe del auditor externo, certificado ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, o copia del mismo certificada por escribano 15- Planilla de contratación de equipos. Adjuntar fotocopia del título de propiedad certificado ante escribano de cada equipo a afectar al servicio ofertado. El sobre N°2 caratulado OFERTA, será presentado por duplicado y deberá contener: a) Un formulario de “Oferta” igual al adjunto al presente Pliego, redactado en letra de imprenta. b) Planilla de Cómputos y Presupuestos, con los valores monetarios y cantidad de servicios propuestos por el contratista. c) El análisis de precios, realizado según el modelo oficial, si lo hubiera. d) Plan de trabajos realizados en un diagrama de barras. e) Curva de inversión. ARTÍCULO 18.- Bases para cotizar El precio deberá incluir el costo del personal afectado, choferes y peones ayudantes para la recolección y contemplar todos los impuestos y aportes provisionales en vigencia a la fecha de repuestos y reparaciones, traslado del personal y equipos y su custodia. La cotización se deberá realizar por las localidades que más abajo se detallan que integran el partido de Escobar, debiendo tomar como base los siguientes parámetros. Belén de Escobar Recolección de Residuos Domiciliarios Frecuencia 6: 2164 cuadras Frecuencia 3: 710 cuadras Barrido Mecánico de calles Frecuencia 6: 300 cuadras Recolección en Countries y Barrios Cerrados Barrio Cerrado Hillcrest Park Country Rodas Portal Escobar Garín Recolección de Residuos Domiciliarios Frecuencia 6: 1497 cuadras Barrido Mecánico de calles Frecuencia 6: 180 cuadras Recolección en Countries y Barrios Cerrados

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Barrio Privado Los Laureles Ingeniero Maschwitz Recolección de Residuos Domiciliarios Frecuencia 6: 886 cuadras Frecuencia 3: 169 cuadras Barrido Mecánico de calles Frecuencia 6: 120 cuadras Recolección en Countries y Barrios Cerrados Barrio Cerrado La Arboleda Countrie Los Horneros Countrie Rincon de Maschwitz Barrio Cerrado River Oaks Barrio La Pista Los Caracoles Solar de las Acacias Loma Verde Recolección de Residuos Domiciliarios Frecuencia 3: 660 cuadras Recolección en Countries y Barrios Cerrados Barrio Cerrado El Nuevo Aromo Barrio Week End Barrio Barrancas del Sol Cuatro Estaciones Cantidad de toneladas de residuos a recolectar estimada por mes: 4.000 tn. ARTÍCULO 19.- Formas de cotizar El oferente deberá cotizar de acuerdo al modelo de presupuesto adjunto. La cotización será un precio final y que incluya materiales, combustibles, lubricantes, reparaciones y repuestos, neumáticos, mano de obra, vestimenta del personal, impuestos, tasas, gastos generales, amortización de equipos, beneficio y otros ítem que incidan en el mismo. En este valor la municipalidad descontara los días no trabajados o servicios no prestados y de corresponder las multas. Conjuntamente con la propuesta se deberá presentar un análisis de precios con el cual se formó el precio que deberá incluir los costos del personal, combustibles, lubricantes, neumáticos, repuestos, bolsas, mantenimiento de vehículos, gastos generales, amortización y beneficios. A los efectos de las cotizaciones el oferente deberá contemplar todos los impuestos en vigencia a la fecha de efectuar la oferta. ARTÍCULO 20.- Representante técnico El Representante Técnico de la empresa deberá ser un profesional de la Ingeniería o Licenciatura con antecedentes en Higiene, Ecología y/o Medio ambiente. ARTÍCULO 21.- Inspección La Municipalidad realizará la supervisión e inspección de los servicios a través de la Secretaria de Planeamiento e Infraestructura y Direcciones Operativas Terrritoriales. El contratista deberá proveer al Municipio dentro de los primeros 30 (treinta) días de firmado el contrato 2 (dos) vehículos modelo 2016 en adelante, los cuales serán tipo camioneta doble cabina, por el periodo comprendido por el inicio del servicio y la firma del acta de recepción definitiva de la misma, con los seguros y verificaciones técnicas al día. La empresa deberá hacerse cargo del mantenimiento y la provisión de combustible, tipo Sedan o utilitario, combustible gasoil, modelo no

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inferior a 2017 y con su correspondiente seguro de Responsabilidad Civil, para ser utilizado por la inspección durante toda la vigencia del contrato, en perfectas condiciones de uso y verificación técnica vigente. Este vehículo será reintegrado a la finalización del contrato. Además, deberán contar con rastreo satelital que pueda ser monitoreado por personal municipal. ARTÍCULO 22.- Convenio colectivo de trabajo Para la presente licitación regirá el convenio colectivo de trabajo de la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Carga, rama de servicios de recolección y/o compactación de residuos y/o barrido y limpieza de calles y/o bocas de tormenta y tareas complementarias y/o a fines vigente. ARTÍCULO 23.- Cesión de Contratos de trabajo El oferente considerará que en el caso que se le adjudiquen los servicios, deberá absorber la planta de personal afectado al servicio en el Partido de Escobar, reconociendo la antigüedad y las condiciones laborales vigentes, del personal operativo, de mantenimiento y administrativo, cuya nómina se agrega como anexo A. En caso de resultar insuficiente el número de empleados con que cuenta la actual prestadora la nueva adjudicataria se obliga a contratar mano de obra local, entendiéndose por tal, a los trabajadores que tengan más de un (1) año de residencia comprobable dentro del Partido de Escobar. ARTÍCULO 24.- Estudio y Adjudicación El estudio y ponderación de los antecedentes será única competencia de la Municipalidad y los resultados a que se arribe serán irrecurribles. Para configurar y decidir la adjudicación la Municipalidad podrá requerir por escrito de los oferentes toda clase de explicaciones, aclaraciones, informaciones, etc., que considere necesarias para los fines comparativos, pudiendo emplear cualquier elemento de juicio que considere aplicable y establecer prevalecías para las ofertas. La Municipalidad se reserva el derecho de efectuar las inspecciones que estime convenientes, tendientes a ratificar la capacidad de los oferentes en el orden técnico y económico- financiero, en función de la importancia del trabajo a realizar. Como consecuencia del resultado de las comprobaciones efectuadas, la Municipalidad se reserva el derecho de desestimar las propuestas de aquellas firmas que no se hallen en aptitud de efectuar los trabajos licitados en la forma exigida en el presente pliego, y en la normativa general vigente. La Municipalidad de Escobar podrá dejar sin efecto el presente llamado a licitación antes de haber notificado la adjudicación a su exclusivo arbitrio o rechazar todas las ofertas sin que tal efecto acuerde ningún derecho a los oferentes ni a los terceros interesados. ARTÍCULO 25.- Factores para la evaluación de propuestas A los efectos de proceder a la evaluación de las ofertas se tendrán en consideración las propuestas que mejor se ajusten a las leyes y ordenanzas vigentes, plan de trabajo y memoria técnica de los trabajos a prestar. Asimismo, se evaluarán el equipamiento afectado al servicio y los antecedentes y calificación por prestaciones similares en otros Municipios de la República Argentina. Se considerará su capacidad técnica, financiera y el precio de la presente propuesta. ARTÍCULO 26.- Adjudicación Una vez expedida la comisión de preadjudicación, el Intendente Municipal por decreto remitirá al Honorable Concejo Deliberante de Escobar para la adjudicación de los servicios. ARTÍCULO 27.- Garantía del contrato Para firmar el contrato, el adjudicatario entregará constancia de haber efectuado, a la orden de la municipalidad la garantía de contrato, según lo establecido en el punto 2.4. de las cláusulas generales fijándose un valor equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto del contrato. El monto de la garantía surgirá de calcular con los precios cotizados tomando ocho horas por día durante 48 meses. Ampliando lo establecido en las cláusulas generales la garantía de contrato podrá realizarse con un pagare sin protesto. Se deberá tener en cuenta el sellado de contrato según artículo 24 de las Cláusulas Generales.

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ARTÍCULO 28.- De la ejecución del contrato En la ejecución del contrato, el contratista deberá ajustarse a los términos y condiciones del contrato y las instrucciones que se impartan por la Municipalidad, obligándose a: 1) Emplear en la ejecución de servicios, exclusivamente personal con pericia y experiencia en sus respectivas especialidades. 2) Contar un responsable, debidamente autorizado y a los fines de mantener relación con la Municipalidad, relativa a la ejecución de los trabajos a su cargo. 3) Utilizar todos los medios técnicos explicativos en la propuesta técnica, pudiendo incorporar previa aprobación municipal, los medios, sistemas y métodos que aconsejen la evolución tecnológica y que contribuyan a mejorar la calidad técnica de los trabajos. 4) Observar las disposiciones legales relativas a higiene y seguridad en el trabajo y las disposiciones de carácter laboral y previsional. 5) Producir dentro de las 24 horas de requerido, cualquier informe que la Municipalidad solicite, como también informar inmediatamente de conocido cualquier hecho o circunstancia que pudiere incidir en la normal prestación de los servicios. 6) El contratista está obligado a mantener la continuidad y regularidad de los servicios. Cuando mediaren circunstancias que pudieran impedir la continuidad de los servicios, cualquiera sea la causa que les haya motivado y sin perjuicio de la aplicación de multas u otras disposiciones que regulen ese caso, la Municipalidad podrá asumir directamente o por terceros la prestación de los servicios a fin de asegurar su continuidad. Los servicios no prestados no se abonarán, aunque surjan de paros ordenados por el Sindicato. 7) Mantener a disposición de la Municipalidad, cuando ésta lo requiera el libro de personal. 8) Facilitar las inspecciones de cualquier tipo que disponga efectuar la Municipalidad en los depósitos de vehículos, garajes, talleres y demás áreas afectadas a la prestación de los servicios. 9) Deber concurrir con personal responsable y habilitado para firmar órdenes de servicio diariamente al Municipio y Delegaciones Municipales con vehículo de supervisión para realizar la verificación de la correcta ejecución de los servicios. 10) Deberá informar de un numero de TE celular del Supervisor Técnico y del responsable contable a fin de mantener una comunicación directa para resolver las dificultades que puedan presentarse. 11) El contratista deberá responder en forma exclusiva por cualquier daño que pudiera ocasionarse al personal municipal o a terceros con motivo de la prestación del servicio. 12) Los servicios se deberán prestar de lunes a sábado dentro de los horarios establecidos en el plan de trabajos inclusive feriados. Los días 24 y 31 de diciembre se deberán adecuar los horarios para la realización de los servicios. 13) Se deberá realizar una base de datos que permita obtener información numérica y grafica sobre: a.- Tonelajes por ruta de recolección domiciliaria, por día y por mes. b.- Tonelajes por sectores de barrido. ARTÍCULO 29.- Incumplimiento del servicio, falta de prestación del servicio, prestación por la Municipalidad o terceros Cuando por cualquier motivo el contratista no prestase el servicio total o parcialmente, de acuerdo a las frecuencias establecidas, se procederá a descontar de la facturación mensual el valor del servicio no prestado en base al cálculo establecido en la propuesta presentada con la oferta. En caso que la Municipalidad tomara a su cargo por sí o por un tercero la prestación del servicio no prestado por el contratista, además del descuento precedentemente referido se descontará de la facturación mensual el mayor costo en que hubiese incurrido para la prestación omitida por la contratista. Todo ello sin perjuicio de las multas que por culpa o negligencia de la contratista se apliquen de acuerdo a lo establecido en artículo 34 del presente ARTÍCULO 30.- Invariabilidad de precios. Los precios cotizados y establecidos en el respectivo contrato de adjudicación no sufrirán reajustes por variación en el poder adquisitivo de la moneda. Solamente será objeto de revisión cuando se modificaren el impuesto al valor agregado, sobre los ingresos brutos su otros de carácter municipal, provincial, o municipal. Los sueldos y jornales que correspondan a todo el personal empleado por el adjudicatario y cumplimiento de las leyes sociales en vigencia como así también de reglamentos, ordenanzas y

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disposiciones municipales, provinciales o nacionales en vigencia, de requisito obligatorio, estarán a cargo del adjudicatario, relevando a la Municipalidad de todo compromiso que surgiera por contingencias sufrida por ello. ARTÍCULO 31.- Redeterminación de precios El precio de la contratación es fijo e invariable, salvo que alguna de las partes acredite que su prestación se ha tornado excesivamente onerosa. Se considerará que la prestación se ha tornado excesivamente onerosa cuando se encuentre debidamente acreditado el desequilibrio en las prestaciones contractuales. Dicha circunstancia solo se tendrá por concretada cuando las distorsiones operadas determinen que los precios de los ítems que conforman la estructura de costos estimada cuya incidencia y parámetros de variación se detallan a continuación superen en conjunto el diez (10) por ciento del monto del certificado mensual.

La redeterminación se realizará cuando la incidencia total supere el 10% de producidos los aumentos previa presentación de la documentación respaldatoria por el contratista. Si la incidencia supera el 20% en el ejercicio presupuestario en curso la Municipalidad podrá reducir hasta un 50% los servicios contratados. No obstante, si las distorsiones fueran importantes o si la prestación a cargo de una de las partes se tornara excesivamente onerosa, por acontecimientos extraordinarios e imprevisibles las partes perjudicada podrá demandar la resolución del contrato según establece el Código Civil y Comercial de la Nación art. 1091. Formulado por el contratista la solicitud de redeterminación de precios, la Municipalidad analizará y resolverá, de corresponder, la compensación que considere procedente. A los fines de dicho análisis, deberá intervenir la Secretaria de Hacienda, Ingresos Públicos y Contaduría Municipal. El Intendente Municipal suscribirá con el contratista el convenio que resuelve sobre la redeterminación de precios planteada. La adopción del procedimiento mencionado, no autoriza la paralización de los servicios incluidos en la presente licitación. ARTÍCULO 32.- Pago de los servicios El contratista presentará mensualmente la facturación de servicios ante la Secretaria de Planificación e Infraestructura. Cualquier deficiencia, descuento o multa impuesta por la Inspección y/o Delegaciones Municipales serán trasladados a la Secretaria de Planificación e Infraestructura, quien informará a Contaduría Municipal a fin de practicar los descuentos pertinentes a la certificación y/o facturación realizada. Una vez recibida por Contaduría Municipal y realizada la verificación y controles pertinentes se liberará la Orden de Pago. Si el contratista no recibiera notificación fehaciente de alguna observación y/o modificación de la factura confeccionada, dentro de los 7 (siete) días hábiles siguientes y presentada la misma se tendrá por aprobada. Los servicios se pagarán por certificación mensual, dentro de los 30 días de presentada y aprobada la facturación.

ITEM INCIDENCIA FUENTE DE INFORMACION

Mano de Obra 50% Convenio Colectivo N° 40/89 - Basico Peon

Recolector

Insumos 20% Índices de Precios Internos al por Mayor Indec

(IPIM) - Sustancias y Productos Químicos

Vehículos y Repuestos 15% Índices de Precios Internos al por Mayor Indec (IPIM) - Vehículos Automotores, Carrocería y

Repuestos

Combustibles y Lubricantes 5% Índices de Precios Internos al por Mayor Indec

(IPIM) - Productos Refinados del Petróleo

Neumáticos 5% Índices de Precios Internos al por Mayor Indec

(IPIM) - Productos de Caucho y Plástico

Gastos Generales 5% Índices de Precios Internos al por Mayor Indec

(IPIM) - Nivel General

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ARTÍCULO 33.- Trámite para la aplicación de las sanciones 1) Constatación de la falta: Detectada la falta de prestación del servicio en alguna zona, el municipio comunica, vía telefónica o mail, a la supervisión el lugar deshecho, estando obligados, la inspección y la supervisión a encontrarse en el lugar, en donde se labrará el acta de comprobación correspondiente. 2) En caso de que la Supervisión de servicios no se presente, se considera que acepta los términos del acta de comprobación realizada. 3) Constatada la falta del contratista, la municipalidad procederá automáticamente a efectuar los descuentos correspondientes por Servicios no prestados El contratista podrá realizar los descargos que crea necesarios, lo que no impedirá realizar el descuento correspondiente. 4) En caso de que el descargo no se encuentre debidamente justificada la falta y no resulte suficiente para la Secretaria de Planificación e Infraestructura, esta podrá aplicar además del descuento, las multas previstas en el Pliego según el artículo 35. ARTÍCULO 34.- Multas, sanciones y penalidades Cumplidos los pasos previstos en el artículo anterior, en caso que la Secretaría de Planificación e Infraestructura decida aplicar una multa, esta se regirán por el siguiente cuadro: 1) Por demorar en la iniciación de los servicios: el 10% del monto correspondiente al fondo de garantía por cada día de demora. Trascurridos cinco días se rescindirá el contrato haciendo cargo al adjudicatario de los daños y perjuicios. 2) Por no usar el personal choferes cargadores o barrenderos la prenda reglamentaria hasta el equivalente a 1000 litros de gasoil 3) Por llegar tarde a los lugares de iniciación del servicio con la dotación de personal y equipo completo hasta el equivalente a 1000 litros de gasoil 4) Por descargar residuos en lugares no habilitados, hasta el equivalente a 50.000 litros de gasoil 5) Por no guardar consideración y respeto a los vecinos hasta el equivalente a 1000 litros de gasoil 6) Por dejar caer o diseminar residuos o amontonar residuos y no recolectarlos hasta el equivalente a 2000 litros de gasoil 7) Por no levantar los residuos domiciliarios por cuadra hasta el equivalente a 2000 litros de gasoil 8) Por no levantar los residuos domiciliarios en barrios cerrados hasta el equivalente a 10000 litros de gasoil 9) Por no presentar comprobantes de vigencia de seguros hasta el equivalente a 1000 litros de gasoil 10) Por no tener identificación los camiones recolectores por c/u hasta el equivalente de 1000 litros de gasoil 11) Por dejar sobrantes de residuos en los cestos o al pie de los mismos por cuadra hasta el equivalente a 2000 litros de gasoil 12) Por no concurrir a realizar la verificación de los servicios hasta el equivalente a 4000 litros de gasoil 13) Por negarse, entorpecer o dificultar todo tipo de auditoria administrativa, técnica o contable u otros controles por vez hasta el equivalente de 4000 litros de gasoil 14) Por no cumplir con la frecuencia de recolección y/o barrido por cuadra según plan de trabajos por cuadra el equivalente a 2000 litros de gasoil 15) Inobservancia de los recaudos de seguridad exigidos y por cada hecho hasta el equivalente a 4000 litros de gasoil 16) Por falta de barrido de calles por cuadra y por día hasta el equivalente a 2000 litros de gasoil 17) Por falta de recolección del producido por el barrido por cuadra y por día hasta el equivalente a 2000 litros de gasoil 18) Por arrojar producto del barrido en bocas de tormenta hasta el equivalente a 10000 litros de gasoil 19) Por barrido deficiente por cuadra y por día hasta el equivalente a 1000 litros de gasoil 20) Por falta de recolección de residuos en cestos papeleros por c/u hasta el equivalente a 1000 litros de gasoil 21) Por no cumplir con las especificaciones del pliego u orden de servicio hasta el equivalente a 4000 litros de gasoil

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La aplicación de las multas no liberará al contratista de la responsabilidad por daños y perjuicios a terceros o a la municipalidad. Las multas por incumplimiento e infracción a las disposiciones de este pliego de condiciones serán aplicadas por la autoridad de aplicación que designe la Municipalidad y su importe podrá ser deducido del primer certificado o facturación que el contratista debe cobrar después de su aplicación y/o del depósito de garantía o bien afectando la fianza retenida. Queda obligado el contratista a completar la garantía si fuera afectado. Para la aplicación de la multa se tendrá especialmente en consideración la situación de reincidencias en el incumplimiento por parte de la contratista. ARTÍCULO 35.- Rescisión del contrato Además de las cláusulas establecidas en el artículo 10.2 del pliego de Cláusulas Generales en los puntos a) y d), serán causal de rescisión cuando el total de las multas aplicadas, alcance el cinco por ciento del monto del contrato. Quedando así modificado el punto e) del punto 10.2 del Pliego de Cláusulas Generales. ARTÍCULO 36.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.

- - - - - - DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, - - - - - - EN BELEN DE ESCOBAR, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS - - - - - - MIL DIECIOCHO. Queda registrada bajo el Nº 5586/18.-

FIRMADO: LEANDRO COSTA (VICEPRESIDENTE 1º EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA) – LUIS A. BALBI (SECRETARIO LEGISLATIVO)

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CONDICIONES TECNICAS PARTICULARES

ARTÍCULO 1.- Descripción de los Servicios • Servicio A) Recolección de residuos domiciliarios

Comprende la recolección de residuos domiciliarios y los residuos procedentes de las viviendas, comercios, administración pública en general, escuelas, cuerpo de Bomberos, fuerzas de seguridad, centro asistenciales públicos y privados y de industria de sectores de oficina y cocina comercio (exceptuándose los residuos patológicos s/ley 11.347 y los denominados especiales y/o peligrosos y/o industriales en las localidades licitadas. Se entiende por residuos domiciliarios aquellos que deja el vecino en un recipiente o bolsa tipo consorcio o similar frente a su domicilio. Incluye las bolsas que contengan pastos u hojas. Los vecinos podrán colocar una o varias bolsas o recipientes para su recolección, que la empresa contratista debe retirar. Si por cualquier circunstancia la bolsa está rota o el recipiente volcado, diseminándose los residuos, el contratista deberá proceder igualmente a su recolección. El servicio deberá contemplar también el retiro de otros residuos domiciliarios de mayor magnitud, como muebles, artefactos y cualquier otro elemento que a criterio de la inspección deba ser retirado por la empresa y que los vecinos depositen en la acera. Para tales retiros el contratista deberá publicar una línea telefónica especial para que se acuerde día y hora del retiro en un plazo no mayor de 48 hs. de recibida la solicitud. No se incluye en la recolección el producto de la poda, pero si debe procederse a la recolección de pasto u hojas cuando estos se encuentren embolsados en forma similar a los residuos domiciliarios. Deberá ser atribución del contratista realizar campañas de educación para que el servicio de recolección se realice en forma más conveniente. La recolección deberá efectuarse dentro del horario establecido en el plan de trabajo confeccionado por el oferente, que deberá ser aprobado por la Municipalidad, en jornadas diurnas y nocturnas y procurando que la duración no se extienda más de 8 horas. Se adjunta planos de las frecuencias actuales a los efectos de ser tenidos en cuenta y detalle de las cuadras que componen los barrios en las distintas frecuencias con una precisión en más o menos del uno por ciento (1%). Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, la Municipalidad se reserva al derecho de introducir modificaciones, tanto en los recorridos como en los turnos siempre y cuando ello no implique un mayor costo para el contratista. La recolección deberá realizarse puerta a puerta. El vecino estará obligado a colocar su recipiente de residuos frente a su domicilio. No se permitirá la recolección previa de las bolsas de residuos depositando las mismas en la calzada a la espera del camión recolector. La recolección deberá efectuarse llevándose todas las bolsas o vaciando los recipientes sin que queden restos en los cestos. De haberse roto alguna bolsa y/o estando residuos diseminados al pie del cesto o en la vía pública se deberá proceder a su recolección. La recolección deberá efectuarse en todas las calles que figuran en los planos adjuntos a este Pliego de las localidades que se licitan. El oferente deberá tener en cuenta para su oferta que en los días de lluvia se deberán agregar peones y cargadores para ingresar caminando en las calles de tierra a fin de realizar la recolección en donde el camión no puede circular. Se deberá dotar al personal del equipo adecuado para las inclemencias del tiempo. En las calles pavimentadas céntricas la recolección deberá efectuarse de domingos a viernes. En el resto de las calles pavimentadas y de tierra la recolección deberá efectuarse tres veces por semana. Días y Horarios:

La recolección diaria en las Localidades de Belén de Escobar, Garín, Ingeniero Maschwitz y Loma verde será en el horario diurno de 5:00hs hasta su fin y en el horario nocturno de 19:00hs a su fin.

Equipo Mínimo

Para la ejecución del Servicio A) se deberán utilizar camiones compactadores con una capacidad mínima de 16 m3. Antigüedad de los vehículos modelo año 2016 o superior en lo posible ecológicos.

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Deberán llevar la inscripción Municipalidad de Escobar, de forma bien visible y un numero de interno para su fácil identificación. En caso de rotura y/o fuera de servicio se deberán reemplazar por otros de idénticas condiciones. Los equipos deberán ser propiedad del contratista, o tener este la plena disponibilidad de los mismos en virtud de contratos de leasing, siempre y cuando se acredite que el Status jurídico de los bienes no sufriera modificación alguna durante todo el plazo contractual, acreditando cualquiera de estas situaciones por los medios pertinentes. Los vehículos que correspondan a la flota deberán contar con la verificación técnica actualizada mientras dure el plazo contractual. • Servicio B) Barrido de calles pavimentadas

Se llevará a cabo en las localidades de Belén de Escobar, Garín e Ing. Maschwitz. Se deberá de acuerdo al plan de trabajos propuesto, debiendo dotarse al personal del equipamiento necesario para realizarlo. En las calles de alto transito como avenidas y boulevares se recurrirá al barrido mecánico. Para los días que se realicen festejos como ser Fiesta Nacional de la Flor, fiestas patronales, actos públicos oficiales y corsos de carnaval, se deberán prever refuerzos para que se efectúe la limpieza dentro de las 12 horas de ocurrido el evento. También previamente al evento se deberán arbitrar los medios para que la zona se encuentre en perfectas condiciones de limpieza. Se procederá al barrido de cada cuadra en ambos cordones hasta que la misma quede limpia y libre de hojas, papeles, botellas, tierra y todo elemento susceptible de ser barrido y eliminado de la vía pública. El producto del barrido ya sea embolsado o en montículos deberá ser recolectado por el contratista y transportado hasta el Centro de Disposición final del Ceamse. Cuando existan residuos domiciliarios en la vía pública (veredas o calzado) deberán ser recogidos y embolsados dejándolos depositados en un cesto cercano para su posterior recolección.

Equipo mínimo - Para cada obrero barrendero: - Carrito Bombonera - Bolas de polietileno - Escobillón o cepillo barrendero - Pala ancha - El equipo recolector de los residuos producto del barrido deber ser como mínimo: - Para Belén de Escobar: 1 Camión compactador - Para Garín: 1 Camión compactador Los equipos deberán ser propiedad del contratista, o tener este la plena disponibilidad de los mismos en virtud de contratos de leasing, siempre y cuando se acredite que el status jurídico de los bienes no sufrirá modificación alguna durante todo el plazo contractual, acreditando cualquiera de estas situaciones por los medios pertinentes. Días y Horarios

El barrido se efectuará diariamente de Lunes a Sábados y tendrá un horario de 3:00hs a 9:00hs, recorriendo: Belén de Escobar: Sábados y Lunes Ing. Maschwitz: Jueves y Viernes Garín: Martes y Miércoles

• Servicio C) Recolección de residuos domiciliarios en barrios Cerrados y Countries.

Este servicio comprende la recolección de residuos domiciliarios que se depositarán en lugares que determina el barrio en la vía pública o un sector determinado sobre la línea municipal, de forma tal que desde la calle se pueda realizar la carga.

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El barrio privado o cerrado deberá disponer del lugar adecuado y la construcción de cesto con las dimensiones propicias para contener los residuos.

Equipo mínimo

El servicio de recolección de residuos domiciliarios en countries y barrios cerrados podrá ser realizado con los camiones que correspondan a la frecuencia en la que se encuentre ubicado el barrio. Cantidad de equipos

Para Belén de Escobar: 10 camiones compactadores Para Garín: 10 camiones compactadores Para Ingeniero Maschwitz: 4 camiones compactadores Loma Verde: 2 camión compactadores

Personal

El personal a afectar a cada camión compactador deberá ser de un chofer y dos peones cargadores. En los días de lluvia para el servicio en calles de tierra se deberán aumentar los peones cargadores al doble. • Servicio D) Contenedores El diseño del servicio propuesto se realizará en función del conocimiento que posee el oferente y de las características propias del Partido, con el aporte de la experiencia que el oferente en la prestación de servicios de higiene urbana en diferentes Municipios del País incluyendo el Municipio de Escobar. A modo de resumen, algunos de los aspectos a considerar para el diseño deberán ser los siguientes: - Demográficos: Que incluyen no sólo el factor de densidad poblacional en los distintos centros urbanizados, sino primordialmente las costumbres y hábitos de vida, medios de transporte de sus habitantes, nivel socioeconómico, etc. - Urbanísticos: Conformación de la estructura edilicia de la Comunidad, diferenciando las zonas preponderantemente comerciales de las Residenciales, como así también resaltando la evaluación de la concentración edilicia en determinadas manzanas que albergan unidades habitacionales múltiples de otros sectores donde las formas constructivas adoptan tipos abiertos y unifamiliares. Se han tomado en cuenta, además, las diferentes características viales de la zona. -Sociales: Expresión de los distintos niveles que la comunidad de la zona evidencia a través de sus ingresos, ocupaciones y hábitos, lo cual establece diferencias tanto en las características como en los volúmenes y peso de los residuos a recolectar. La programación y diagramación de las tareas a ejecutar para la prestación del Servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios embolsados por medio de contenedores para carga lateral, a instalarse en la vía pública, deberá ser realizado sobre la base de las especificaciones del mismo y la experiencia técnica en la materia. En particular la diagramación de las rutas se deberá estipular una vez determinada la distribución del parque de contenedores en las cuadras pertenecientes a la zona de servicios. Para la instalación de los contenedores se tendrá en cuenta una densidad de distribución mínima más un análisis de los puntos de mayor generación de residuos, tales como: • Estaciones de Transporte Público. • Parques. Paseos Públicos y Plazas. • Mercados y Ferias. • Escuelas y demás establecimientos educativos. • Centros deportivos. • Sectores comerciales.

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• Viviendas multifamiliares. Los contenedores de hasta 3,2 m3 metálicos, deberán ser vaciados por unidades de carga lateral, provistas de un equipamiento de búsqueda y volteo de contenedores, capaces de extraer los mismos de veredas y calzadas en los que los contribuyentes dispondrán los residuos embolsados, los cuales deberán ser descargados diariamente. Los residuos recolectados deberán ser transportados hasta el C.E.A.M.S.E. o bien donde disponga el Municipio de Escobar. Los contenedores de hasta 3,2 m3 deberán ser provistos por el oferente en las cantidades establecidas en el estudio de campo efectuado y las solicitadas respetando las áreas de distribución asignadas por el Municipio en las Localidades de Escobar, respetando la colocación de uno o dos contenedores por cuadra o bien cada 100 metros lineales como así también el plano adjunto sobre la colocación de los mismos. Para la ejecución del servicio el oferente detallará los equipos que puede disponer a disposición de la Municipalidad, debiendo ser como mínimo: - Camiones recolectores compactadores de carga lateral mecanizada: una (1) unidad cada cien (100). - Camiones lavacontenedores de carga lateral mecanizada: una (1) unidad. - Contenedores de carga lateral de hasta 3,2 m3 marca Themac o similar: trescientas (300) unidades. - Cada unidad destinada contara con un (1) chofer y un (1) peón para la operación de las mismas. Frecuencias días y horarios

Se prestará semanalmente, es decir se establecerá la frecuencia de Domingos a Sábados, fijándose en el sistema operativo, el día de la semana tentativo de prestación para cada zona. El horario de prestación deberá ser establecido en función de la adherencia al sistema de recolección, estimándose a los fines de la evaluación de costos que será a partir de las 20:00hs. El lavado de los contenedores se realizará los días Jueves. Metodología operativa

La metodología operativa prevista deberá tener en consideración algunos aspectos importantes para que el servicio se efectúe satisfactoriamente y dentro de las mejores normas de calidad, seguridad y eficiencia: • Los residuos eventualmente diseminados en la zona de ubicación del contenedor deberán ser recolectados con el complemento de cepillos y palas. • Estando en tránsito hacia el lugar de descarga, la tolva de los camiones compactadores deberá estar siempre vacía a fin de evitar que caigan residuos en la vía pública. • Se deberá asignar al conductor de cada unidad la responsabilidad primaria sobre el recorrido a cumplir, vigilando que los operarios recolectores cumplan debidamente sus funciones y evitando dejar residuos diseminados en la vía pública: • Cada unidad deberá llevar la leyenda del servicio y cumplirá con todas las demás especificaciones que se establecen por parte del Municipio. El Servicio de Recolección mediante contenedores deberá ser de forma mecanizada y selectiva. La metodología de recolección mecanizada es aquella en la que los residuos depositados en los Contenedores, son vaciados en el camión recolector mediante la carga lateral. Los Contenedores provistos por el oferente. se deberán ajustar a las reglamentaciones que establezca la Municipalidad. Se deberá garantizar la recolección manual de los residuos en el transcurso en el que se instala el sistema de contenedores. La Contratista deberá cumplimentar todas las especificaciones asociadas a los Contenedores que deberán ser nuevos al inicio del Contrato y contarán con todas sus partes en perfecto estado. La reparación de todos los daños, roturas o fallas, sean éstas por cualquier causa, que puedan producirse en los elementos del mobiliario, deberá ser obligación exclusiva del contratado, asegurando que las sustituciones y/o reparaciones se efectúen dentro de las 72 hs de haber tomado conocimiento del hecho.

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Los Contenedores deberán ser colocados en la vía pública, en número suficiente para cubrir toda la Zona de Prestación, con aprobación del Municipio de Escobar. Los Contenedores deberán adaptarse a las condiciones de los puntos a los que sean asignados, de forma tal que no dificulten la normal actividad y flujo de tránsito vehicular y peatonal. Para las áreas peatonales, la Contratista deberá proponer sistemas adecuados que aseguren el retiro de los RSU de cada generador con especificación del procedimiento utilizado y su traslado a los vehículos de recolección. El estacionamiento de los camiones para la extracción de los residuos de las áreas peatonales se efectuará en el perímetro de las referidas áreas. La empresa contratada deberá realizar en forma estricta la limpieza y desinfección de los Contenedores con el equipo lavacontenedores propuesto garantizando el estado óptimo de higiene de los Contenedores, los cuales deberán ser higienizados cada 7 días. El área circundante a cada elemento deberá ser limpiada con idéntico rigor. Se deberá contar con un servicio de evaluación permanente del estado de los Contenedores, y desarrollar un Plan de Mantenimiento las actividades de limpieza y desinfección correspondientes. Las tareas involucradas en este plan no entorpecerán el tránsito y se ocupara el mínimo espacio de circulación en la acera, instalando elementos de protección necesarios para peatones y vehículos. No se permitirá el estacionamiento de vehículos afectados a estas tareas en aquellos lugares donde esté prohibido. Las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo se realizarán en forma regular. Servicio de provisión, reposición, reemplazo y mantenimiento de contenedores

El servicio deberá incluir el lavado exterior e interior de los contenedores de hasta 3.2 metros cúbicos existentes en la Vía Pública a instalarse. El mismo se realizará mediante equipos lavadores respetando las frecuencias mínimas estacionales establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Los contenedores de hasta 3.2 metros cúbicos deberán ser mantenidos en operación y atendidos con los criterios operativos y de mantenimiento necesarios para asegurar el continuo uso de los mismos por parte de los usuarios. El parque de contenedores a mantener en la zona deberá ser de 300 contenedores de 3,2 m3. A través de un proceso de mantenimiento continuo o permanente se atenderá su estado de operatividad, incluyendo las reparaciones menores necesarias ocasionadas por su utilización. Este tipo de reparaciones se realizará in situ e incluye tareas de reposición de partes faltantes o dañadas. El mantenimiento de los contenedores de hasta 3.2 m3 se realizará en la Vía Pública básicamente las tareas de mantenimiento deberán consistir en el reemplazo de partes dañadas o faltantes, como ruedas, tapas, muñones y ejes de bisagras. Cuando el daño no pueda ser reparado, el contenedor deberá ser reemplazado registrando en el Informe de Baja, el N° de interno del contenedor, el daño y la causa de la baja para los casos de hurto o incendio. El informe podrá estar acompañado de fotografía si las condiciones permitieran tomarla. Los informes de Baja deberán ser remitidos a la Autoridad de Aplicación, para su toma de conocimiento. Los programas diarios de tareas surgirán de las observaciones de las dotaciones de los camiones recolectores de carga lateral, de la Supervisión, de la Inspección y usuarios. Todas las observaciones deberán ser registradas en un software específico que permitirá generar las órdenes de trabajo pertinentes y registrar la reparación realizada a efectos de su control y cierre como registro activo. Las operaciones de lavado “in situ” cada 7 días, quedaran también registradas en el sistema de gestión de mantenimiento de contenedores. El sistema permitirá registrar el tipo de reparación, fecha de ejecución y por ende el análisis de los datos brindará información sobre cantidades y tipos de rotura, permitiendo así detectar desvíos operativos, de uso o instalación y programar stock de repuestos para la atención del parque de contenedores. En caso de que los contenedores resulten seriamente dañados, destruidos o hurtado se comunicara tal situación a la Municipalidad de Escobar y deberán ser reemplazados por contenedores nuevos en menos de 72 horas de enterados de la situación. El servicio deberá prestarse en turnos nocturnos trabajando en conjunto con un equipo de recolección de carga lateral para el vaciado de los contenedores para su limpieza posterior e inmediata, a lo largo de toda la zona de servicios. En particular, el lavado de los contenedores

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instalados en zonas altamente comerciales, deberá ser ejecutado en horarios que no interfieran con la actividad social propia del sector. La metodología de trabajo de lavado de contenedores en la vía pública para las rutas de recolección, prevé ejecutar las tareas siguiendo idéntica trazabilidad que el camión recolector de carga lateral, a fin de encarar el lavado de cada contenedor después de que este haya sido vaciado- en caso de necesidad deberá ser utilizado un camión recolector en tándem por delante de la unidad de lavado, para maximizar la capacidad de lavado al minimizar los residuos depositados en el interior de cada contenedor. Los residuos que se acumulen en la tolva del equipo lava- contenedor, deberá ser embolsados en bolsas plásticas impermeables y dispuestas dentro de los contenedores de vía pública. Finalizadas las tareas de lavado, el equipo lava- contenedor se dirigirá al lugar autorizado para realizar la descarga de los líquidos utilizados, y luego deberá ser estacionado en Base de Operación para su lavado y mantenimiento. El prestador deberá proporcionar un (1) equipo lavacontenedores automatizado, integrado al sistema de recolección de residuos. Estas unidades deberán realizar el lavado y sanitizado periódico, en el interior y exterior de los contenedores metálicos de carga lateral. Trimestralmente, los contenedores que por su condición lo requieren deberán ser trasladados a la Base de Operaciones para un lavado profundo y eliminación de graffitis, De ser necesario deberán ser repuestos los calcos de campaña comunicacional y seguridad. Cada Supervisor del Servicio de Recolección de Residuos deberá ser responsable del equipo lava-contenedor cuando opere en las rutas de recolección bajo su cargo. El programa trimestral de lavado deberá ser coordinado en forma similar para que el equipo de traslado este supervisado por el Supervisor a cargo de la ruta en ejecución. Mensualmente se debe informar a la Municipalidad de Escobar los movimientos, altas y bajas de contenedores, con el objeto de que se pueda mantener un inventario permanente de los contenedores en servicio en la vía pública y estadísticas de bajas producidas. Los contenedores deberán responder a los siguientes requerimientos: • Estructura y tapas metálicas o de estructura de polietileno y partes metálicas cincadas. • Capacidad máxima de hasta 3.200 litros. • Aptos para su elevación por sistema de carga lateral. • Los bordes deberán ser con aristas y vértices redondeados para evitar accidentes. • Los pies de apoyo fijos al fondo, deberán tener rodillos anti-tropiezo u otro sistema que garantice que el contenedor vuelva a la posición vertical durante la fase de reposicionamiento luego de la descarga. • Cornisa perimetral única y continua soldada sobre el borde superior de la tina para reforzar el perímetro de la sección de carga • Tapón plástico en el fondo para descarga de líquidos • Pernos de toma dimensionados para resistir la posible carga máxima cubiertos por rodillos de nylon o sistema similar para absorber golpes y abrasión • Tapas basculantes a ambos lados con apertura manual, al menos una mediante pedal galvanizado y con amortiguadores neumáticos o de resorte de acero inoxidable. Las tapas deberán tener estructuras de refuerzo para evitar abollones y sistemas que eviten el apriete de manos. • Tapas con forma adecuada para impedir filtraciones de agua de lluvia dentro del contenedor, y perfil de goma montado en los bordes de cada semitapa para evitar ingreso de agua y apriete de manos

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Las dimensiones de los contenedores han sido estudiadas en combinación con equipos de carga lateral para asegurar una perfecta funcionalidad en las operaciones de recolección y lavado. Los contenedores metálicos ofrecen una forma higiénica de manipular los residuos para el entorno, el usuario y el operador. Con capacidad para 3.200 Litros, se encuentran a disposición permanente del usuario y tienen una larga vida útil. Los principales beneficios son: • Higiénicos para el usuario y el medio-ambiente. • A disposición permanente del usuario. • Su apertura es realizada presionando un pedal, permitiendo el fácil acceso desde la calle o la vereda. • Cuenta con amortiguadores neumáticos que permiten un cierre suave de las tapas. • Su diseño y estampado geométrico evita la filtración del agua lluvia y permite un rápido deslizamiento de los residuos durante la descarga. Señalamiento

Todos los contenedores deberán tener el siguiente señalamiento: a) Señalamiento realizado con adhesivos reflectantes blanco-rojo en los cuatro ángulos de la cuba. b) Señal de "prohibido estacionar" en material adhesivo. c) Línea de centrado posicionada verticalmente en la parte central anterior, con extremos blancos o reflectantes. d) Adhesivo con las instrucciones de uso con texto a determinar (uno por contenedor). e) Pintado de número de serie con plantilla sobre el lateral derecho del contenedor. Altura de los números no menor a 5 cm., color de la pintura blanca. f) Inscripción que exprese “Municipalidad de Escobar” con su respectivo logo. Supervisión

Las tareas de recolección de residuos a través de contenedores en la vía pública deberán ser controladas por el personal de supervisión mediante el recorrido de los sectores servidos durante la jornada de trabajo y la verificación del cumplimiento de todas las pautas operativas establecidas en la propuesta. Deberá ser además función de la Supervisión la evaluación permanente de los ruteos, los tiempos de operación y las eventuales modificaciones a introducir a efectos de adaptarlos a nuevos requerimientos del servicio. El personal de Supervisión deberá tener además la responsabilidad de controlar el estricto cumplimiento de las Normas de Higiene y Seguridad; establecidas por la Empresa y por las normas legales vigentes. De recibirse en el Centro de Atención al Usuario solicitudes o reclamos para el servicio contenerizado en la Vía Pública, tanto a nivel de servicios de vaciado, lavado o mantenimiento de los contenedores, las mismas deberán ser volcadas en Planillas pautadas según los sectores de responsabilidad de cada Supervisor y entregadas a los mismos al Inicio del turno de tareas. Transporte al Centro de Disposición final

Dentro del precio de la recolección de residuos se deberá incluir el transporte de los residuos domiciliarios al Centro de Disposición final en el predio del CEAMSE, Complejo Ambiental Norte III, sito en progresiva 7500 del camino del Buen Aire, Provincia de Buenos Aires y en los términos que este Organismo indique. ARTÍCULO 2.- De la entrega de los residuos El contratista deberá adecuar su plan de trabajos con los horarios de la planta de disposición final de residuos. ARTÍCULO 3.- Gestión integral de recolección – Reciclado La empresa prestadora del servicio de recolección se responsabiliza por estar actualizada y encuadrada en la Ley 13.592 de Gestión integral de los residuos urbanos y en toda normativa complementaria

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vigente aplicable a la materia. Asimismo, deberá estar siempre predispuesta al tratamiento de los temas de interés y de cualquier normativa aplicable que vele en beneficio de la calidad de vida de la comunidad del Municipio de Escobar. ARTÍCULO 4.- Programa de relaciones con la comunidad Con el objeto de estimular a los efectos de colaborar en el mantenimiento de la limpieza del Partido, el contratista desarrollará un programa de relaciones con la comunidad. Este programa deberá indicar claramente los objetivos de la campaña y los medios a utilizar en su implementación, a fin de lograr una fluida comunicación entre el Municipio, el contratista y los vecinos, de modo tal que estos estén informados de manera permanente y actualizada de los distintos servicios que se prestan, sus modalidades y horarios. ARTÍCULO 5.- Instrucción del Personal El contratista deberá instruir a la totalidad del personal operativo y técnico sobre las normas de los servicios de higiene urbana a su cargo, sus responsabilidades y el carácter esencial, del servicio público a prestar. Durante la vigencia del contrato el contratista implementara todas las políticas y procesos necesarios, a fin de lograr que el desempeño y la conducta de los trabajadores influyan directamente a fin de optimizar las prestaciones y la calidad de los servicios. Con motivo de lograr la meta de calidad propuesta, el contratista deberá: a) Capacitar al personal cargador y especialmente a los choferes en relación a la normativa de seguridad. b) Implementar cursos de instrucción y capacitación a fin de optimizar la calidad de servicio de higiene urbana. c) Evaluación del desempeño del personal para conocer sus necesidades y sus potenciales de desarrollo. d) Instruir a todos los trabajadores y capacitarlos, en relación a los riesgos inherentes al uso de las herramientas que utilicen. Cuando se realicen las capacitaciones antes mencionadas se deberán informar a la inspección. ARTÍCULO 6.- Uniformes Se deberá proveer al personal de pantalón, camisa y calzado. Además, proveerá elementos reflectivos de alta visibilidad para tareas nocturnas. Para la época invernal se agregará a este equipo ropa de abrigo adecuada en el mismo color. Todos los trabajadores deberán estar provistos de la indumentaria y calzado apropiado para las diferentes tareas, como ser, de protección de lluvia, guantes, cascos de seguridad y todo otro tipo de vestimenta o seguridad en el trabajo vigentes durante el término del contrato. La vestimenta deberá contar con la inscripción que exprese “Municipalidad de Escobar”. ARTÍCULO 7.- Actitudes del personal del contratista frente a terceros El personal deberá guardar el debido respeto al personal de la inspección o a otra autoridad de la Municipalidad, así como frente al público en general. Todo el personal deberá guardar el debido respeto al vecindario, debiendo abstenerse asimismo de producir toda clase de ruidos molestos, de diseminar residuos en las calles y de solicitar retribuciones y/o propina de los vecinos. El personal durante las horas que preste servicio no podrá ingerir alcohol. Queda terminante prohibida la selección y separación de elementos que se encuentre en los residuos recolectados durante la prestación de servicio, salvo que se implemente un servicio de reducción y minimización.

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MODELO DE PROPUESTA (Se realizará en hojas con membrete de la empresa)

Licitación Pública N°….: Recolección, limpieza y disposición final de residuos domiciliarios en las localidades de Belén de Escobar, Ingeniero Maschwitz, Garín y Loma Verde.

COSTOS MENSUALES

Servicio A) Recolección de residuos domiciliarios $ Cuadra/día x 4547 Cuadras x 26 días $ /mes $ Cuadra/día x 1539 Cuadras x 13 días $ /mes Servicio B) Barrido Mecánico de Calles $ /mes 600 Cuadras x 26 días Servicio C) Recolección de residuos domiciliarios en Countries y B° Cerrados $ Barrio/día x 15 x 13 días $ /mes Servicio D) Contenedores $ Contenedor/día x 300 x 13 días $ /mes Servicio E) Transporte al lugar de Disposición Final $ km.tn x 4.000tn/26 días x 50 km x 26 días $ /mes TOTAL $ /mes En letras… ___________________ Firma proponente Aclaración

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MUNICIPALIDAD DE ESCOBAR

Licitación Pública Nº /18:

“Serv. de recolección, limpieza y disposición final de residuos domiciliarios en las Localidades de Belén de

Escobar, Ing. Maschwitz, Garín y Loma Verde”

PRESUPUESTO OFICIAL: $23.290.260,00 mensuales

(Pesos veintitrés millones doscientos noventa mil doscientos sesenta con cero centavos)

Periodo de contrato: 4 (cuatro) años

APERTURA DE PROPUESTAS: HORA: 10.00 (Diez) horas. LUGAR: Secretaría de Planificación e Infraestructura

sito en Hipólito Yrigoyen Nº743 – Escobar. VALOR DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: $500.000,00 (Pesos quinientos mil con cero centavos)

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

CLÁUSULAS GENERALES

1. RÉGIMEN LEGAL Y BASES DE LA LICITACIÓN

1.1 OBJETO: El presente Pliego de Condiciones Generales tiene por objeto establecer las bases y condiciones bajo las cuales se realizarán las contrataciones de servicios por la modalidad de Licitación Pública para la Municipalidad de Escobar.

1.2 NORMATIVA APLICABLE: Los casos no previstos en el presente pliego se resolverán por la normativa establecida en la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires dictado por el Honorable Tribunal de Cuentas, y principios generales del Derecho Administrativo.

1.3 CONSULTA, ADQUISICIÓN Y VALIDEZ DE LA DOCUMENTACIÓN LICITARIA: El presente pliego y demás documentos de la licitación están a disposición de los interesados para su examen en la Secretaria de Planificación e Infraestructura de la Municipalidad. Asimismo, la documentación completa de la licitación, sellada y firmada por el funcionario a cargo de la secretaria en todas sus hojas, podrá adquirirse en la Secretaria de Planificación e Infraestructura, mediante el pago en la Tesorería del Municipio, hasta el tercer día hábil anterior de la fecha fijada para la apertura de las ofertas. Podrán ser abonados con antelación de 72 horas hábiles al día de la apertura en efectivo, cheque, tarjeta de crédito / debito (visa) o transferencia de fondos a la Cuenta Corriente Nº 50046/3 Sucursal: 7159, BCO. Pcia. De Buenos aires – CBU 01400489 01715905004637 – CUIT 33-99903406-9

1.4 CONSULTAS Y ACLARACIONES. Hasta dos (2) días hábiles antes de la fecha de la apertura de las ofertas, la Municipalidad podrá hacer aclaraciones de oficio. Los adquirentes del pliego podrán efectuar consultas por escrito hasta cuatro (4) días hábiles antes de la fecha de apertura, las cuales serán contestadas por el Municipio hasta el día hábil anterior a dicha fecha a todos los que adquirieron el pliego sin aclarar quien realiza la consulta. Las circulares sin y con consulta que emite el Municipio pasarán a formar parte integrante de la documentación licitaria.

1.5 CAPACIDAD DE LOS OFERENTES. 1.5.1 CAPACIDAD CIVIL Los oferentes deberán tener capacidad civil para obligarse y encontrarse inscriptos en el registro de Contratistas del Municipio. Si la oferta fuera formulada por una sociedad se deberá acompañar copia del Contrato Social y sus modificaciones si no estuviere agregado al Registro Municipal, debidamente inscripto en el Registro Público correspondiente. Los representantes legales de la sociedad deberán acreditar que se encuentran facultados para actuar en su nombre con la documentación societaria correspondiente y/o poder suficiente, todo ello debidamente certificado por Escribano. En el caso de Uniones Transitorias de Empresas, deberán adjuntarse constancia o documento de donde surja expresamente la responsabilidad de las empresas que la integran por prestación de servicios. Considérese requisito de carácter excluyente.

1.5.2 CAPACIDAD TÉCNICA: se establecerá considerando: a) Los títulos profesionales del oferente y de su personal técnico superior. b) Los antecedentes de la empresa en servicios ejecutados o en ejecución, semejantes a los

licitados, en los últimos cinco años. c) Los informes sobre ejecución y resultados de esos servicios. d) El plan de trabajos que presente. e) La memoria descriptiva que presenta sobre la metodología de trabajo que se propone utilizar.

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Cualquier otro antecedente que el oferente crea útil agregar. 1.5.3 CAPACIDAD FINANCIERA: se establecerá considerando

a) Los balances presentados por los mismos y su análisis. b) La liquidez de su activo. c) La exigibilidad de su pasivo. d) Los informes bancarios y comerciales que presente el oferente. e) El valor de los equipos de propiedad del oferente. f) Referencias comerciales y bancarias

1.6 LUGAR Y TIEMPO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas serán presentadas con una hora de antelación en el lugar que se determine en el aviso de convocatoria hasta el día y hora fijada en la Licitación. No serán admitidas las que se presenten después del horario establecido aun cuando el acto de apertura no se hubiere iniciado.

1.7 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas se presentarán en los formularios, del Sector Cómputos y Presupuestos, o propuesta según modelos adjunto a los pliegos, o en textos idénticos, si los hubiera; siendo el proponente exclusivo responsable de los errores que cometiera en su redacción. Serán redactadas en idioma castellano, en letras de imprenta, escritas a máquina, o Pc, sin enmiendas, raspaduras, entre líneas o errores que no haya sido debidamente salvado. Se entregarán en un bibliorato tamaño Oficio / legal, adecuadamente cerrado y deberá tener en la primera hoja un índice total de ambos sobres de toda la documentación presentada, en hojas numeradas en el margen superior derecho, el mismo se dividirá con una caratula el sobre Nº 1 convenientemente cerrado, del sobre Nº 2 en iguales condiciones, en frente del bibliorato o paquete se indicara, únicamente, en letra de imprenta y en forma expresa, el servicio por el que se ha efectuado la propuesta y el número que le corresponde a la licitación. Sin firmas, membretes, leyendas, sellados o lacres que identifiquen, o puedan identificar, al proponente. Las propuestas que no se presenten en estas condiciones no serán admitidas para intervenir en la licitación. Las cotizaciones se formularán en Pesos, a menos que en las cláusulas especiales y/o particulares se admita hacerlo en otra moneda.

1.8. LA PROPUESTA a) Un sobre cerrado Nº1: con la leyenda, en letras de imprenta. “DOCUMENTACION”, individualizado con el nombre del oferente y el numero de la licitación conteniendo la documentación que se menciona en la Sección 1.10 de este Pliego. b) Un sobre cerrado Nº2: con la leyenda, en letras de imprenta. “OFERTA”, individualizado con el nombre del oferente y el numero de la licitación, y cuyo conteniendo responderá a los requisitos exigidos en el art. 1.11 de este Pliego. 1.9. GARANTIA DE LA PROPUESTA La garantía de la propuesta se constituirá por un importe equivalente al cinco por ciento (5%) del Presupuesto Oficial y podrá ser presentada por Pagare, en efectivo o póliza de seguro de caución. Si la garantía fuere en efectivo, será depositado en la Tesorería Municipal y el recibo obtenido por este depósito se agregará al sobre Nº1 “DOCUMENTACION”. Cuando la garantía se integre mediante fianza bancaria o póliza de caución, deberá ser extendida por todo el término de mantenimiento de la propuesta, con las prórrogas que admita el oferente, sin restricciones ni salvedades y deberán estar certificadas por escribano público, cuya firma será legalizada por el Colegio respectivo; bajo pena de rechazo de la propuesta. La garantía será devuelta conforme con lo que seguidamente se estipula: a) Finalizado el acto de apertura del sobre Nº1: A quienes no hayan presentado la documentación requerida en tiempo y forma y a quienes queden incursos en las causales de rechazo de propuestas previstas en el artículo 1.13. b) A partir del momento de la adjudicación: A quienes no resulten adjudicatarios. c) Al vencimiento de la garantía: Conforme a los términos del artículo 1.14. 1.10. CONTENIDO DEL SOBRE Nº1 “DOCUMENTACION” El Sobre Nº1, caratulado DOCUMENTACION, será presentado por duplicado y deberá contener:

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a) La garantía de mantenimiento de la Propuesta, según lo establecido en la Sección 1.9 del presente pliego. b) El comprobante de haber adquirido el presente pliego y demás documentación de la licitación. En caso de presentación de empresas en Unión Transitoria de Empresas, dicho comprobante deberá ser extendido a nombre de sus integrantes. c) El presente pliego y demás documentos de la licitación, con los recaudos que impone la Sección 1.3, último párrafo, y la Sección 1.4, debidamente firmado por el Oferente y su representante técnico, en todas las fojas, con los correspondientes sellos aclaratorios. d) La constancia, actualizada, o en trámite de la inscripción en el registro de Contratistas de la Comuna con (arts. 140 y 143 del Decreto-Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades). e) 1 Copia de la constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

2 Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, (Ingresos Brutos); 3 Copia de Declaración Jurada de I.V.A. y Sistema Único de Seguridad Social (SUSS);

siendo el oferente y/o su representante legal o apoderado, personalmente, responsables de la exactitud de dicha declaración.

4 Constancia de inscripción en el IERIC, declaración jurada de no adeudar aporte alguno a la fecha de apertura de las propuestas.

5 Las declaraciones del equipo que se afectara al servicio, discriminándolo de la siguiente manera: A) De propiedad del oferente y de uso, locación u otro carácter B) Constancia de verificación del equipo firmada por el Secretario de Planificación e Infraestructura.

6 En caso de presentación de empresas en U.T.E., deberán adjuntar el acta constitutiva, en donde conste expresamente la asunción de responsabilidad solidaria de sus integrantes respecto de las obligaciones emergentes de la licitación, debiendo cumplir los citados integrantes por separado, la totalidad de los requisitos exigidos en el presente pliego. 7 La constitución del domicilio legal dentro del Partido de ESCOBAR 8 En caso de presentación de sociedades anónimas deberá acompañarse copia de acta del Directorio que autorice la concurrencia a la licitación de que se trata. 9 Los antecedentes demostrables de la empresa en la realización de servicios. Deberá

presentarse en fotocopia y ordenada a fin de facilitar su evaluación, la documentación que seguidamente se indica:

10 Nómina de servicios similares características a la que se licita, ejecutadas en el último año. 11 Recepción provisoria o definitiva de la misma, (excluyente, de ser incluidas influirá en la

evaluación). 12 Certificado Fiscal para Contratar, expedido por la Administración de Ingresos Públicos

(AFIP). En caso que el certificado se encuentre en trámite deberá presentarse comprobante de dicha circunstancia.

13 Plan de trabajos que consistirá en un esquema grafico tipo Gantt o Pert, sin citar inversiones.

14 Los dos últimos balances de la empresa, certificados por Contador Público, e informe del síndico en su caso. EL balance presentado, deberá ir acompañado por el respectivo informe del auditor externo, certificado ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, o copia del mismo certificada por escribano

15 Planilla de contratación de equipos. Adjuntar fotocopia del título de propiedad certificado ante escribano de cada equipo a afectar al servicio ofertado.

16 Antecedentes de responsabilidad social empresaria (RSE). Buenas prestaciones y buenas prácticas contractuales.

En referencia al punto 16), las empresas interesadas en el servicio de recolección de Residuos Sólidos Urbanos deberán acompañar a la documentación licitatoria un certificado en el que conste la inexistencia de sanciones, infracciones o multas por la prestación de servicios similares en distintos municipios. La Secretaria de Planificación e Infraestructura de la Municipalidad de Escobar será el órgano encargado de emitir el certificado correspondiente a los antecedentes obrantes en poder de este municipio.

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En caso de verificarse algún tipo de sanción, la Comisión de Preadjudicaciones descontará la suma total de puntos obtenidos por el oferente 1 (un) punto por cada sanción recibida por deficiencias en el servicio. Los casos en los que se compruebe que las sanciones correspondan a incumplimientos por inobservancia de los términos contractuales que impliquen una violación a los principios de competencia del artículo 42 de la Constitución Nacional y al carácter esencial del servicio consagrado por Ley 13592 (y modificatorias) la Municipalidad podrá rechazar la presentación de la oferta – articulo, o en caso de determinarse esa situación posteriormente a la apertura de sobres, desestimarla en cualquier instancia del procedimiento.

1.11. CONTENIDOS DEL SOBRE N°2 “OFERTA” El sobre N°2 caratulado OFERTA, será presentado por duplicado y deberá contener: a) Un formulario de “Oferta” igual al adjunto al presente Pliego, redactado en letra de imprenta. b) Planilla de Cómputos y Presupuestos, con los valores monetarios y cantidad de servicios propuestos por el contratista. c) El análisis de precios, realizado según el modelo oficial, si lo hubiera. d) Plan de trabajos realizados en un diagrama de barras. e) Curva de inversión. 1.12 RECHAZO DE PROPUESTAS Será causal de rechazo de la oferta la omisión de alguno de los ítems solicitados en el Sobre 1, procediendo a la devolución del Sobre Nº 2 sin abrir.

Los demás requisitos exigidos en el artículo 1.11, deberán ser cumplidos en su totalidad, pudiéndose caso de requerirlo el Municipio, pedir aclaraciones, antes de la fecha de adjudicación, como condición ineludible para resultar adjudicatario. La omisión de cualquiera de los documentos exigidos en el artículo 1.10 será causal de rechazo, siempre que las Cláusulas Particulares o generales en el presente Pliego no indiquen lo contrario. Cuando se constaten en el Acto de Apertura en el marco del inciso 16) del artículo 1.10, los supuestos de sanciones que importen violación a los principios de competencia y esencialidad de servicio. 1.13 GARANTÍA DE OFERTA. La garantía que se establezca en las Cláusulas Particulares podrá ser constituida de acuerdo a alguna de las siguientes modalidades: 1. Dinero efectivo o giro o cheque depositado y acreditado en la cuenta corriente del Municipio. 2. Bonos o títulos de deuda pública provincial o nacional a sus valores nominales. 3. Fianza o aval bancario. 4. Póliza de Seguro de Caución.

Si la garantía fuera en bonos o títulos deberán ser depositados en la Tesorería del Municipio por los que se otorgará el correspondiente recibo. Cuando la garantía se constituya por fianza, aval bancario o seguro de caución, deberá ser extendida por todo el término del mantenimiento de propuesta con las prórrogas que admita el oferente, sin restricciones ni salvedades. La garantía de oferta, será devuelta de inmediato a los proponentes cuyas ofertas se declaren inadmisibles al momento de apertura, a todos los oferentes que no resulten adjudicatarios luego de producida la adjudicación y a los oferentes que lo soliciten luego de vencido el plazo de mantenimiento de la oferta. 1.14 APERTURA DE LAS OFERTAS. En el día, hora y lugar establecido en los avisos de publicidad para licitaciones públicas, o el que figure en la invitación de las licitaciones privadas, o el día hábil inmediato siguiente si aquél fuere declarado feriado, se procederá a la apertura de las propuestas en acto público, en presencia de funcionarios designados al efecto y de los interesados que concurran. De inmediato se verificará que todos los sobres satisfagan lo determinado en el punto 1.7. Devolviéndose los sobres que no cumplan estos requisitos sin abrir. Una vez cumplido comenzará la apertura de los sobres, o

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sobres Nro. 1 en su caso, en el orden asignado a los mismos verificándose que se encuentre contenida la documentación señalada en el punto 1.8. Hasta tanto no se abra el último sobre no se admitirá explicaciones ni observaciones que interrumpan el acto. De todo lo actuado se labrará un acta en la que detallarán las propuestas numeradas por orden de apertura y las observaciones que cada una de ellas mereció. Se otorgará vista y traslado de las ofertas en el plazo que se indique en cada caso. Las impugnaciones sólo podrán deducirse previo depósito de garantía de seriedad, cuyo monto también se determinará en cada caso. Dicho depósito solo será restituido en caso de hacerse lugar a la observación planteada. 1.15 OFERTAS INADMISIBLES. Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no cumplan con alguno de los requerimientos establecidos en el punto 1.10 incisos a), b), c), d), en caso de solicitarse un solo sobre, los que eventualmente se indique en el Pliego de Condiciones Particulares, que se devolverán sin abrir la oferta. La Municipalidad se reserva el derecho de admitir o rechazar las ofertas que no cumplan con la presentación de alguno de los documentos solicitados en el resto de los incisos del referente punto. En caso de ser admitida, se lo intimará a la presentación de documentos faltantes, dentro de los tres (3) días de su notificación, dando lugar en caso contrario a desestimar la oferta en cuestión. 1.16 MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán mantener sus propuestas por el término que se establezca en las condiciones particulares, que se computará siempre a partir de la fecha de apertura de la licitación. Si vencido dicho plazo, el oferente no se retractara por escrito dentro de tres (3) días hábiles siguientes, la propuesta no retirada quedará prorrogada por el mismo término. La retractación de la oferta dentro del período de mantenimiento, dará lugar a la pérdida del depósito de garantía. 1.17 MEJORAS DE PRECIO. Si entre las prepuestas presentadas y admisibles hubiera dos (2) o más de iguales condiciones y de precios se llamará a mejorar precios mediante sobre cerrado para el día y hora que al efecto se señale entre esos proponentes exclusivamente, salvo que hubiere oferta u ofertas más convenientes. 1.18 RESERVA. La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas sin que la presentación de las mismas genere derechos a los proponentes para exigir su aceptación ni formular reclamo alguno. 2. DE LA ADJUDICACIÓN Y DEL CONTRATO

2.1 CUESTIONES PREVIAS. Previo a la formalización de la adjudicación, el proponente preseleccionado por el Comité de Preadjudicación o la Comisión designada al efecto, deberá notificarse en el acta de preadjucicacion de la preselección y presentar en el plazo que se le notifique, la siguiente documentación y los elementos que se describen a continuación: a) Constancia de inscripción definitiva en el Registro de Contratistas de la Municipalidad, si antes no hubiere presentado. b) Constancia de libre deuda en caso de ser contribuyente del Municipio. c) RDA (Registro de Deudores Alimenticios) actualizado de los Directivos y Responsables, Ley 13.074 d) ELEMENTOS: Estará a cargo del contratista, la provisión de la movilidad de la inspección, (2)

dos vehículos modelo 2016 en adelante, los cuales serán tipo camioneta doble cabina, por el periodo comprendido por el inicio del servicio y la firma del acta de recepción definitiva de la misma, con los seguros y verificaciones técnicas al día. La empresa deberá hacerse cargo del mantenimiento y la provisión de combustible.

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2.2 DE LA EVALUACION DE LAS PROPUESTAS - PRESELECCION - PREADJUDICACION. La Evaluación de las Propuestas estará a cargo de la Comisión Técnica Evaluadora, creada oportunamente por la Municipalidad de Escobar, la misma estará integrada por profesionales de las Áreas Técnicas competentes. La Comisión realizará la evaluación sobre la base de los datos, condiciones y características solicitadas en el presente Pliego, para llegar así a la calificación de los Oferentes. El procedimiento global para la evaluación será el siguiente: a) Se constatará la existencia de toda la Documentación presentada por los Oferentes bajo Declaración Jurada en los Sobres N° 1 y Nº 2. Cualquier información complementaria que solicite la Comisión deberá ser suministrada por el Proponente en el Plazo impuesto por la misma, caso contrario y vencido el plazo acordado sin que la oferente acompañe la contestación y/o documentación requerida, la oferta será rechazada.

b) Una vez realizado el control de la documentación, se evaluarán y calificarán los "Antecedentes Empresariales, Técnicos, Económicos-Financieros" y el “Proyecto Ejecutivo” de manera tal de determinar la Precalificación de los Oferentes, en base a los parámetros establecidos en la METODOLOGIA DE EVALUACION.

METODOLOGIA DE EVALUACIÓN CALIFICACION DE LOS OFERENTES Sólo si se verifica que no median causales de exclusión indicadas en el presente Pliego, se evaluara el resto de la información solicitada, asignando un puntaje que variara entre el mínimo y el máximo para cada uno de los conceptos que más abajo se señalan. Todos los oferentes serán precalificados con referencia a su capacidad Técnica, Financiera y Empresaria, obteniéndose el correspondiente puntaje. La Precalificación de los oferentes, será efectuada por la Comisión Técnica Evaluadora. A tal fin se establece: d- Todos los OFERENTES estarán obligados a suministrar la información adicional o

aclaraciones que se considere pertinente, fijándose el plazo para que sea cumplido, en 2 días corridos. De ningún modo las presentaciones podrán ser modificadas. Si los OFERENTES no cumplieran en plazo lo solicitado se podrá dar por desistida la presentación.

e- Se establece que la presentación incompleta o falsa de la documentación que se solicita, conforme a las exigencias expresadas en cada caso podrá tener como consecuencia la descalificación del OFERENTE.

f- La Comisión Técnica Evaluadora tendrá la facultad de auditar la información suministradas por los OFERENTES, debiendo estos facilitar todo trámite de verificación y la gestión para visitar los servicios efectuados por los mismos. El incumplimiento de esta obligación podrá ser considerado como desistimiento de la oferta.

La calificación asignará puntaje a cada OFERENTE, a partir de lo cual se procederá a seleccionar como aceptables exclusivamente los OFERENTES que hayan superado en la calificación el nivel mínimo requerido, que es de treinta (30) puntos en el total de la calificación. Si a juicio de la Comisión Técnica Evaluadora la información presentada por el OFERENTE resultara insuficiente para poder calificar alguno de los rubros que se detallan a continuación, se podrá asignar al mismo, puntaje nulo, siempre y cuando no fuera motivo de rechazo, en cuyo caso procederá al mismo. La Secretaría de Hacienda será la responsable de realizar la evaluación Económica - Financiera, y la Secretaria de Planificación e Infraestructura la Evaluación Técnica y Empresaria. El puntaje se obtiene de la sumatoria de todos los Factores según se indica a continuación:

P = F1 + F2 + F3. Factor 1. Antecedentes. Puntaje Máximo: 45 Puntos. Puntaje Mínimo: 10 Puntos. Corresponderá el puntaje más alto de cuarenta y cinco (45) puntos al Oferente que acredite mayores antecedentes en servicios afines y en la promoción de la inclusión social, teniéndose especialmente en cuenta la experiencia en recuperación de RSU. El resto de los Oferentes recibirá un puntaje proporcional a juicio de la Comisión Técnica Evaluadora.

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A) ANTECEDENTES TÉCNICOS (hasta 20 puntos) Antecedentes técnicos para ejecutar servicios de recolección, limpieza y disposición final de residuos domiciliarios. A.1) Servicios de recolección, limpieza y disposición final de residuos domiciliarios en otros municipios. Se deberán adjuntar las correspondientes cartas de recomendación (hasta 20 puntos) B) ANTECEDENTES EMPRESARIALES (hasta 25 puntos) B.1) Se evaluará la descripción que el oferente presente de las medidas de programación, desvíos de tránsito y las medidas de seguridad y elementos a utilizar que, en caso de resultar adjudicatario, habrá de tomar para minimizar los riesgos y las molestias causadas a vecinos y comerciantes (hasta 15 puntos) B.2) Antecedentes de organización funcional y de Representación Técnica: se evaluará en base al Organigrama de la empresa y la asignación de funciones de las distintas áreas para la prestación del servicio y los antecedentes del Representante Técnico relacionados con su actividad profesional en general y su participación en servicios similares a la licitada en Temáticas de Recolección, limpieza y disposición final de residuos domiciliarios ante autoridades Provinciales y Nacionales (hasta 10 puntos) Factor 2. Plan de Trabajos. Puntaje Máximo: 50 Puntos. Puntaje Mínimo: 10 Puntos. Se otorgará el máximo puntaje de cincuenta (50) puntos a todas las Ofertas que cumplan satisfactoriamente a juicio de la Comisión Evaluadora con la totalidad de los conceptos indicados en el Plan de Trabajos, de manera que el mismo resulte consistente e idóneo para cumplir a satisfacción de la Municipalidad. Al resto de los Oferentes se les adjudicará un puntaje proporcional a juicio de la Comisión Evaluadora. Factor 3. Factor Económico - Financiero. Puntaje Máximo: 20 Puntos. Puntaje Mínimo: 10 Puntos. Se otorgará el máximo puntaje de veinte (20) puntos al Oferente que acredite mayores índices de solvencia, liquidez corriente, prueba ácida, y capital de trabajo de acuerdo al cuadro que se acompaña a continuación. Al resto de los Oferentes se asignará un puntaje directamente proporcional.

INDICADOR DE EVOLUCION DE

PUNTOS DEFINIDO COMO

SOLVENCIA 2 ACTIVO / PASIVO TOTAL LIQUIDEZ CORRIENTE 3 ACTIVO CORRIENTE / PASIVO

CORRIENTE PRUEBA ACIDA 3 (ACTIVO CTE – BS CAMBIO)/

PASIVO CTE CAPITAL DE TRABAJO 2 ACTIVO CORRIENTE – PASIVO

CORRIENTE

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TABLA DE VALORES DE LOS INDICES Y ESCALA CORRESPONDIENTE

2.3 ADJUDICACIÓN. Producido el dictamen por el Comité de Preadjudicación o la comisión designada al efecto, se procederá a la adjudicación de la licitación, siempre que ella se ajuste a las condiciones establecidas en el pliego licitario, considerando: el importe de las propuestas, antecedentes relacionados con el servicio licitado, plantel y equipo destinado al servicio, plazo de ejecución del servicio, todo otro elemento que permita valorar la oferta, su financiación o variables complementarias. 2.4 FORMALIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación se formalizará mediante el Honorable Concejo Deliberante, seguido de la notificación a la adjudicataria y al resto de los oferentes, en los domicilios constituidos a fines de la licitación o personalmente en la Secretaria de Planificación e Infraestructura. Dentro de los cuarenta y ocho (48) horas de la notificación el adjudicatario deberá constituir la diferencia de garantía que corresponda, en concepto de garantía de contrato, y renovar en su caso las fianzas o avales bancarios constituidos. 2.5 GARANTÍA DE CONTRATO La garantía del contrato será equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de la adjudicación y deberá constituirse en alguna de las formas establecidas en el punto 1.13. 2.6 FIRMA DEL CONTRATO. El adjudicatario deberá concurrir a firmar el contrato del servicio dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la fecha en que sea formalmente citado para ello. En caso en que no concurra a firmar el contrato estipulado incurrirá en una multa equivalente al diez por ciento (10%) de la garantía de oferta por cada día hábil de demora. Si transcurrido tres (3) días hábiles, desde el

INDICE ESCALA A UTILIZAR 0 – 0,99 Malo 0 SOLVENCIA ACTIVO TOTAL 1 – 1,29 Regular 0,4 PASIVO TOTAL 1,30 – 1,50 Bueno 1 1,51 – 1,79 Muy bueno 1,4 (Máximo: 2) 1,80 en + Optimo 2 0 – 0,99 Malo 0 LIQUIDEZ ACTIVO CORRIENTE 1 – 1,40 Regular 0,4 CORRIENTE PASIVO CORRIENTE 1,41 – 1,6 Bueno 1 1,61 - 1,99 Muy bueno 1,4 (Máximo: 3) 2,00 en + Optimo 3 0 – 0,50 Malo 0 ACTIVO CTE - BS 0,51 - 0,70 Regular 0,4 PRUEBA ACIDA CAMBIO) / PASIVO

CORRIENTE 0,71 - 0,80 Bueno 1

0,81 – 0,99 Muy bueno 2 (Máximo: 3) 1 en + Optimo 3 Menor a $ 2.000000 Malo 0 CAPITAL DE TRABAJO

PASIVO CORRIENTE Entre $ 2.000.001 y $ 3.999.999

Bueno 1

(Máximo: 2)

Mayor a $ 4.000000 Optimo 2

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vencimiento del plazo, no se hubiera formalizado el contrato, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, con pérdida del depósito de garantía y sin perjuicio de la responsabilidad civil que pudiere corresponder por la deferencia de precios en que posteriormente se contratare el servicio solicitado. 2.7 DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL CONTRATO. Forma parte del contrato: a) La contrata b) El pliego de la licitación. c) Las circulares con y/o sin consulta. d) La propuesta con todos los elementos y documentos que integran. e) Las órdenes de servicio que se impartan a la contratista. f) El acta de adjudicación.

Será documentación accesoria que hará fe en lo pertinente lo que se indica a continuación: a) La orden de comienzo de los trabajos o servicios. b) El acta de iniciación. c) Los planos complementarios que la Municipalidad entregue durante la prestación del servicio, o los elaborados por ésta con la formalidad de la Municipalidad. d) Los comprobantes de trabajo adicional o de modificaciones ordenados por la autoridad competente. ANTICIPO FINANCIERO: La Municipalidad podrá abonar un anticipo financiero conforme a lo que se estipule al momento de la firma del Contrato. 2.8 CESIÓN DEL CONTRATO. El contratista no podrá tener ni transferir el contrato, total o parcialmente, ni a título gratuito ni oneroso, ni asociarse para el cumplimiento, sin previa aceptación expresa y por escrito de la Municipalidad, bajo pena de recesión del mismo, con pérdida de las garantías constituidas, y sin que ello obste a reclamar los daños y perjuicios que no fueren cubiertos con tales garantías. 3. DISPOSICIONES VARIAS. 3.1 INVARIABILIDAD DE PRECIOS CONTRACTUALES. Los precios estipulados en el contrato serán invariables, salvo las variaciones de precios que correspondan con la aplicación de la Ley 6021 y sus complementarias, en la forma que se establece en el Pliego de Condiciones Particulares. Todos los gastos que demande el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato y para los cuales no se hubiera establecido ítem en el mismo, se considerarán incluidos, sin admitirse prueba en contrario, entre los gastos generales y prorrateados entre los precios contractuales. El contratista será el único responsable por los reclamos que se promuevan por el uso indebido de patentes. 3.2 SEGUROS. Corre por cuenta del contratista la contratación de todos los seguros, Responsabilidad Civil con Clausula de Indemnidad a favor de la Municipalidad de Escobar, Seguros de Caución y ART con Clausula de no repetición a favor de la Municipalidad de Escobar y que deberán presentarse al momento de la firma del Contrato. 3.3 DAÑOS Y PERJUICIOS. El contratista responderá, directamente a la Municipalidad o a terceros, de los daños producidos, a las personas o a las cosas, con motivo de la ejecución de los trabajos o desperfectos en sus instalaciones, cualquiera sea su causa o naturaleza, quedando entendido que sobre ello no tendrá derecho a pedir compensación alguna. El contratista pondrá a cubierto a la Municipalidad de cualquier reclamo que pudiere originar el uso indebido de los materiales, sistemas constructivos o implementos patentados. En caso de

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que estos reclamos prosperen, el contratista deberá restituir a la Municipalidad todos los gastos y costos a que dieran lugar. En contratista deberá contratar un seguro que cubra la totalidad de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse por la realización de la obra. 3.4 OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA. Estará a cargo exclusivo del contratista el cumplimiento de las obligaciones provinciales y municipales vigentes, en lo que respecta a la obra. 3.5 PLAZO PARA RECLAMACIONES. Las reclamaciones del contratista, para cuya presentación no se establezcan expresamente plazos en otras partes de este pliego o en las cláusulas especiales, deberán ser interpuestas dentro de los cinco (5) días hábiles de producido el hecho que las motiva o de notificada la resolución de que se trate. Si no lo hiciera perderá todo derecho. La reclamación podrá fundársela al tiempo de su presentación o hasta diez (10) días hábiles inmediatos siguientes, debiendo el contratista, en este último supuesto, hacer reserva expresa del derecho al momento de interponer la reclamación, en caso contrario se dará por vencido este derecho. 3.6 CÓMPUTO DE PLAZOS. Todos los plazos se considerarán en días corridos cuando en la documentación se haya omitido la calificación. Cuando se alude a días hábiles se considerarán como tales aquellos que lo son para la administración municipal. 3.7 PRÓRROGA DE PLAZOS. Cuando el contratista se excede de la iniciación o determinación del servicio, se le podrá otorgar una prórroga, siempre que lo solicite expresamente y lo justifique en debida forma, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de la producción del hecho o causa que la motiva, transcurrido el cual no se tomarán en consideración especialmente las siguientes causas: a) Encargo de trabajos adicionales que demanden un mayor tiempo para la ejecución del servicio b) Demora comprobada en la entrega de planos complementarios o de instrucciones sobre dificultades técnicas imprevistas. c) Casos fortuitos o de fuerza mayor producidos sin culpa del contratista. 3.8 APLICACIÓN DE MULTAS. Las multas serán aplicadas por resolución del Departamento Ejecutivo y su importe podrá ser deducido del primer certificado que el contratista deba cobrar después de su aplicación, del fondo de reparos o de la garantía que obra en poder de la Municipalidad. El contratista queda obligado a completar el fondo de reparos o las garantías si fueran afectados. 4. MODIFICACIONES O AMPLIACIONES. 4.1 MODIFICACIONES Y ADICIONALES. La Municipalidad podrá licitar o convenir, al margen del contrato, sin que el contratista tenga derecho a reclamación alguna, por cualquier trabajo que no se haya pactado expresamente. Además podrá ordenarse al contratista la ejecución de modificaciones que produzcan aumentos o reducciones de costos, o de trabajos adicionales, que no excedan de veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, los que serán de realización obligatoria y se regirán por lo que disponga, sobre la materia, la Ley Orgánica de las Municipalidades y su reglamentación, articulo 146. En la orden escrita, que al efecto se imparta, deberá constar, además, el aumento o disminución del plazo contractual, entendiéndose, en caso contrario, que el plazo no ha sido modificado. Los trabajos ejecutados con materiales de mayor valor que los estipulados, ya sea por naturaleza, calidad o procedencia, serán computados al contratista como si se los hubiese ejecutado con los materiales especificados. Los trabajos que no estuvieren conformes con las órdenes de servicio comunicadas al contratista o que no respondiesen a las especificaciones técnicas podrán ser rechazados, aunque fuesen de

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mayor valor que los estipulados y, en ese caso, aquél los demolerá y reconstruirá de acuerdo con lo estipulado en el contrato, estando a su cargo los gastos provocados por esta causa. 4.2 LIQUIDACIÓN DE TRABAJOS SUPLEMENTARIOS Y NUEVOS PRECIOS UNITARIOS. a) Cuando las modificaciones o ampliaciones impliquen aumentos y reducciones de ítems contratados dentro de los límites establecidos en la sección anterior se pagarán de acuerdo con los precios unitarios del contrato. b) Cuando las modificaciones o ampliaciones impliquen creación de nuevos ítems distintos de los contratados, o trabajos adicionales no previstos, los nuevos precios se establecerán, cuando sea posible, partiendo de los precios contractuales correspondientes a trabajos análogos o semejantes, teniendo en cuenta las alteraciones de los costos que se hubieren producido desde la fecha de licitación. A este fin se presentará análisis de precios que discriminen los materiales, mano de obra, incidencia de equipos, gastos generales, beneficios y cualquier rubro que corresponda considerar, según los casos. De no llegarse a un acuerdo previo de los precios el contratista deberá ejecutarlos inmediata y obligatoriamente, si así lo ordenara la Inspección, dejando a salvo sus derechos mediante manifestación expresa. En este caso se le reconocerá al contratista al costo real a precios promedio de plaza u oficiales, si estuvieren fijados, a cuyo fin se llevará cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, con la aprobación o reparos que le merezcan a la Inspección, la que servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa sin perjuicio de la ulterior vía judicial. A todos los efectos de este apartado b), las partes aceptan el quince por ciento (15%) de gastos generales y el diez por ciento (10%) de beneficios, salvo que las Cláusulas Especiales o el contrato establecieran un porcentaje de recargo distinto a este respecto. 5. RESCISIÓN DEL CONTRATO. 5.1 RESCISIÓN Y NOTIFICACIONES RECÍPROCAS. La rescisión del contrato se ajustará en todos los casos, con lo establecido en el capítulo X de la Ley 6021 y su reglamentación y en la Ordenanza General 165/73 Sección VII. La rescisión por parte de la Municipalidad será dispuesta por decreto del Departamento Ejecutivo y comunicada por nota bajo recibo, telegrama colacionado o por cédula. Cuando fuere el contratista quien rescinda, deberá comunicarlo por nota bajo recibo o telegrama colacionado, indefectiblemente. 5.2 RESCISIÓN POR HECHOS IMPUTABLES AL CONTRATISTA. Podrá rescindirse el contrato por culpa del contratista, entre otros, en los siguientes casos: a) Cuando el contratista se haga culpable de fraude o grave negligencia. b) Cuando contravenga las obligaciones y condiciones fijadas en el contrato:

1. Si el contratista transfiera en todo o en parte su contrato o subcontratara sin previa autorización de la Municipalidad. 2. Cuando el contratista abandonara los servicios o por cesación de los trabajos durante un plazo mayor de ocho (8) días en tres ocasiones, o cuando esta cesación sea continuada por el término de treinta (30) días. 3. En caso de fallecimiento o falencia del contratista. 4. Por violación reiterada del contratista a las estipulaciones fijadas en las Ordenes de Servicio que le impartiera la Inspección. 5. En los casos previstos puntualmente en el Pliego de Condiciones Particulares.

c) Cuando se produzcan demoras injustificadas en la ejecución de los trabajos y a juicio de la Municipalidad, no puedan terminarse en los estipulados. d) Cuando el total de las multas aplicadas, alcance el diez por ciento (10%) del monto del contrato. 5.3 RESCISIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DEL CONTRATISTA. El contratista por su parte, podrá rescindir el contrato cuando por causas imputables a la Municipalidad o los vecinos a las entidades intervinientes, según el caso, se suspenda por más de tres (3) meses la ejecución de las obras o se demore injustificadamente por un plazo superior de sesenta (60) días la iniciación de los trabajos, siempre que el contratista hubiere intimado por

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escrito y en forma fehaciente la normalización de la situación producida, con una anticipación de por lo menos diez (10) días al vencimiento de dicho plazo o se dan las causales previstas en la Ley General de Obras Públicas de la Provincia. La rescisión tendrá las consecuencias establecidas en dicha Ley. 5.4 RESCISIÓN POR AMBAS PARTES. Será causa de rescisión, para ambas partes, el caso fortuito o de fuerza mayor que imposibilite el cumplimiento del contrato. El contratista tendrá derecho a percibir el monto de los trabajos ejecutados conforme con las estipulaciones del contrato.