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Derecho penal tema: pericias
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LA PERICIA
DERECHO PROCESAL PENAL
Es toda operación por un perito, con conocimientos calificados, experiencia y habilidad reconocida en una ciencia o arte.
la pericia
También se le considera como una expresión de conocimientos que se refleja en forma necesaria para la valoración de una prueba, ordenada por la autoridad competente y realizada por personas que son expertas en su arte y que a la vez son distintas a las del proceso.
Del latín, peritus:
Sabio, experto, experimentado, el que tiene título del Estado en determinada materia
El perito
Fiscal y Juez
Hechos y circunstancia
asesora
Juez 1 peritos
Nombra
PARTE
Nombra con la
aceptación del
Fiscal 2 perito
Urgencia
Organismo del estado
NOMBRAMIENTO DE PERITOS
los honorarios de los peritos
Art. 177 del C.P.P
FINALIDAD DE LA PERICIAUna mejor explicación Comprensión de algún hecho que se requiere conocimiento especializado en cualquier área del saber humano.
GARCÍA RADA
•En los delitos contra la vida: ver la causa de la muerte, su probable fecha, si intervino mano ajena; si ha existido aborto, si se ha dado la vida post-uterina en el infanticidio, eventuales tipos de armas usadas.
•En las lesiones: las causas y naturaleza de estas, modo cómo han sido causadas, instrumentos utilizados, traumatismos e incapacidades.
•En los delitos contra el Patrimonio: el monto de lo apropiado, sustraído o dañado.
•Establecer la identidad del sujeto activo, determinando su edad sexo, particularidades anatómicas y fisiológicas.
•En los delitos contra la libertad sexual, si ha existido violencia, desfloración, embarazo, virginidad , acto contra natura .
•En el envenenamiento la calidad y cantidad de la sustancia ingerida y si ha sido causante de la muerte .
Incapacidad y excusa para ser perito
CircunstanciasHagan imposible que una persona sea perito
Hagan necesario su inmediata excusa.
Vinculo Parental Cuarto grado de
consanguinidad y segundo de afinidad o
vínculos de convivenciaPor secreto profesional
Cuando tiene un interés en favorecer al imputado
;Aquella persona que haya
presenciado el evento investigado y haya declarado como testigo . Cuando existe un
vinculo personal o comercial. Una
obediencia jerárquica
La tacha no impide que presente su
informe
Tachas a los peritosPermite la ley que cualquiera de las partes lo formule
Garantías de la Prueba Pericial
Competencia
Garantía en el proceso
Para una mejor comprensión de un hecho que requiere conocimientos especializados , de los que el Fiscal y el Juez desconocen, es de nombrar a personas profesionales o especializadas en materia requerida
Su número
Establece 2, a fin de que puedan aportar mayores conocimientos en el examen a practicar . Solo en casos de urgencias y en casos excepcionales , como por ejemplo no existan personas idóneas , el Fiscal solo puede designar a uno. Señala que la designación recaerá en un perito, pero , se podrá designar a dos o más peritos cuando fuera lo imprescindible por la complejidad del caso o cuando se requiera el concurso de distintos conocimientos de diferentes disciplinas.
Como toda diligencia procesal, , la decisión de practicarse determinado peritaje puede efectuarse durante la etapa de la investigación , o sino presentarse y ofrecerse como una prueba de urgencia , luego emitida la acusación fiscal. Las partes y el tercero civil pueden tachar o designar .
Garantías de la Prueba Pericial
Imparcialidad
Nombramiento y
juramento
La falta de designio anticipado o de previsión, a favor o contra de determinada .persona, dándose un desinterés frente a las partes reflejado en un trato sin favoritismo.
El nombramiento de perito corresponde en la etapa de investigación al Fiscal en lo penal, quien lo podrá realizar de oficio, es decir, de propia iniciativa, o sino porque algún sujeto procesal así se lo pidió. . No olvidemos que en el Juicio Oral si ya se formuló Acusación y se dicta el auto de enjuiciamiento , y al presentarse la petición de peritaje dentro de los 10 diás de notificada la acusación fiscal, al haberse asumido plena competencia de Juez, le compete a éste el nombramiento de peritos, siempre y cuando lo aceptase, y con conocimiento del Fiscal y los demás sujetos procesales.
Nombramiento.
El imputado El actor civil Tercero civil
Fiscal
Perito Oficial
Perito de parte
Juez
Informe Pericial • Se les preguntará si
ellos son los autores del dictamen que presentan,
si han procedido imparcialmente en el
examen y la información que suscriben y de todas las circunstancias que el
Juez crea necesario aclarar.
En el mismo acto se les tomará juramento o promesa de honor de decir la verdad.
TRÁMITE
Si existiera un perito de parte con conclusiones se pondrá a conocimiento de
los Peritos Oficiales
Solicitar el expediente a fin de que obtenga mayor información
Juez
Abrirá
TRÁMITE
Debate contradictorio
Perito Oficial
Perito de parte
fiscalDispondrá
Ratificar
ETAPA DE JUZGAMIENTO
Contenido del Informe o Dictamen Pericial -La identificación plena de los peritos, señalándose sus nombres y apellidos, domicilio, DNI de cada uno de ellos y el número de sus Colegiación en caso de Colegiación Obligatoria.
- La descripción detallada de la situación o estado de hecho sobre personas o cosa, en las que se llevó a cabo el peritaje.
-L a exposición minuciosa, detallada de lo que han comprobado en relación al encargo que les dio el representante del Ministerio Publico y el Juez en lo Penal.
-La motivación técnica, científica y
fundamentada del examen que hubieren
practicado.
-La indicación de los criterios científicos o técnicos, métodos y reglas de los que se
sirvieron para hacer el examen.
-Las conclusiones a las que hayan arribado.
- Indicación de la fecha de su expedición, los
sellos y firmas correspondientes.
Contenido del Informe o Dictamen Pericial
Valoración del Peritaje
Fiscal o el Juez
La competencia de los peritos,
Toma Cuenta
La uniformidad
Disconformidad en sus opiniones
Los principios científicos en que se apoyan y la concordancia del dictamen con los principios lógicos y con las demás pruebas actuadas durante la investigación.
Buscan mayor categoría probatoria
Tipos de Peritaje
PERICIA PSIQUIÁTRICA
PERICIA PSICOLÓGICA
Procesalmente es aquel documento de
carácter clínico-psiquiátrico-legal,,
ordenado por la autoridad
competente en cumplimiento de la ley, que refleja la
condición mental del individuo y por medio del cual el psiquiatra cumple la finalidad de asesor para la
correcta administración de
justicia .
Esta pericia puede ser solicitada cuando se requiere
establecer la condición psíquica y la personalidad se Aquellas personas implicadas en un delito, siendo de extrema utilidad para clarificar los
caracteres de personalidad de una persona, su temperamento,
sus valores y sus reacciones.Esta pericia podrá solicitarse en
los siguientes casos:Para descartar psicopatologías
de la personalidad.Para el diagnostico o
desempeño de roles de parentesco (padre, madre o
sustitutos de tutela, régimen de visita, peligro moral o
abandono).
PERICIA VALORATIVA
PERICIA CONTABLE
El peritaje contable es labor que realiza el Contador público dentro de una investigación con la finalidad de proporcionar al Fiscal o al Juzgador, argumentos y razones para la formación de su convencimiento respecto de hechos contables y financieros. Entonces los peritos emitirán opinión sobre hechos, asientos o registros que surgen de los libros y documentos pertinentes.
Es aquella pericia destinada a establecer el
monto del daño o perjuicio patrimonial
ocasionado por el evento delictivo. Su importancia
radica en que nos permite determinar la cuantía en
los delitos contra el patrimonio, en forma
especial en los tipos base de hurto (Art.185, 189 ¨a¨ y 205 del Código Penal), lo que permitirá estimar
el monto de la correspondiente reparación civil.
PERICIA BIOLÓGIAPERICIA BALÍSTICA
Mediante este tipo de pericia, se permite llegar a resolver una diversidad de casos a través del estudio y análisis de las diferentes evidencias en el lugar o escena del delito y cuyas muestras han de haber sido recogidas minuciosamente durante la Inspección Técnica Criminalística. Se ha de practicar fundamentalmente en los casos que se relacione con delitos dolosos contra la vida, el cuerpo y la salud; y contra la libertad sexual; y comprende el estudio y análisis de diferente fluidos y secreciones del cuerpo humano, tales como la sangre, orina, semen, la secreción nasal, vaginal, además análisis del cabello, de sarro y estudios microbiológicos.
La balística es una disciplina que estudia las leyes del movimiento y
fuerza de penetración de proyectiles; se divide en:
Balística Interior: Es decir, versa sobre los
movimientos del proyectil dentro del
arma.Balística Exterior: Es decir, los fenómenos
ocurridos desde que el Proyectil sale del arma del fuego hasta llegar a
impactar.Balística de Efecto: Es decir, los fenómenos ocurridos desde que
impacta con un objetivo.Ahora bien, el nombre genérico de Pericias
Balística.
PERICIA CONTABLEPERICIA FÍSICO
QUÍMICA
Estas abarcan toxicológico, la cual se ha de practicar en los casos de homicidio en la que se presume que la causa de muerte, se ha presentado como consecuencia del envenenamiento, a fin de determinar qué sustancias ha ingerido o le fueron suministradas a la víctima. También esta pericia es fundamental, en la modalidad de posesión de escasa cantidad, en el sentido que el resultado nos ha de indicar si la persona poseedora ha consumido drogas consumida, y si efectivamente lo incautado corresponde a algún tipo de droga.
El peritaje contable es labor que realiza el
Contador público dentro de una investigación con
la finalidad de proporcionar al Fiscal o al Juzgador, argumentos y
razones para la formación de su
convencimiento respecto de hechos contables y
financieros. Entonces los peritos emitirán opinión sobre hechos, asientos o registros que surgen de los libros y documentos
pertinentes.
PERICIA GRAFOTÉCNICA
PERICIA DOSAJE ETÍLICO
Luego de practicarse esta pericia, si el resultado sale negativo, nos indicará que no hubo consumo de bebidas alcohólicas, contrario sensu si se dan muestras de alcohol, el resultado deviene en positivo. Para determinar el grado de alcohol en el cuerpo humano, se ha establecido una tabla de dosaje etílico elaborada de acuerdo a las cantidades de alcohol en la sangre, así tenemos:De cero a 0.99gr./litro: estado normalDe 1 a 1.49 gr./litro : ebriedad superficialDe 1.50 a 1.99 gr./ litro: ebriedad manifiesta Mayor de 2 gr./litro: mayor ebriedadMayor de 3/litro: intoxicación alcohólica
Esta pericia tiene por objeto verificar la autenticidad o la
falsedad de un documento, además si fuere posible, lograr la
identificación del autor, y de igual forma detectar alteraciones
fraudulentas en un documento que puede estar referido a la firma, al
texto o al receptor.La presente diligencia contribuya para aclarar y complementar las
conclusiones sobre la naturaleza de los documentos probatorios en la
etapa de la investigación. En efecto, un documento probatorios en la etapa de la investigación. En efecto, un documento puede ser la única base para una investigación,
como es el caso de los delitos contra la fe pública, por la
falsificación de documentos en general, o también en los casos que
se dude de la autenticidad de un título valor, sea en el contenido o firma, de igual forma cuando es necesario examinar las notas de
rescate en los delitos de secuestro o examinar los mensajes que se
dejan escritos en algunos casos de suicidios u homicidios