30
Pliego para la contratación denominada “Servicio de Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios contables 2015, 2016 y 2017 expediente 0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con publicidad. Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14 Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01 e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS CUENTAS ANUALES DEL ITC, S.A. PARA LOS EJERCICIOS CONTABLES 2015, 2016 y 2017”, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD

PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... [email protected] 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada

“Servicio de Auditoría externa de las

cuentas anuales del ITC, S.A. para los

ejercicios contables 2015, 2016 y 2017 ” expediente 0287/2015 bis, mediante

procedimiento negociado con publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

1

Núm. de Expediente: 0287/2015 bis

PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA

“SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

CUENTAS ANUALES DEL ITC, S.A. PARA LOS

EJERCICIOS CONTABLES 2015, 2016 y 2017”,

MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON

PUBLICIDAD

Page 2: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

2

1. INTRODUCCIÓN La Sociedad Mercantil Pública Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., (en adelante ITC), es una sociedad anónima cuyo capital pertenece en su totalidad a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que se constituye por tanto en accionista universal de la misma. El ITC, creado en 1992, nace con el objetivo principal de fomentar y apoyar el desarrollo tecnológico del Archipiélago Canario. En este sentido, el ITC centra actualmente sus actividades dentro de los campos de la Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica. Entre sus fines esenciales está el inspirar el avance tecnológico orientado a mejorar las condiciones y calidad de vida del entorno social, y apoyar el desarrollo integral del Archipiélago Canario a través de la ejecución de prácticas y proyectos relacionados con la I+D+i, fundamentalmente en los ámbitos de las Energías Renovables, Protección del Medio Ambiente, Biotecnología y Sistemas de Información. El ITC está obligado por Ley a auditar sus Cuentas Anuales, conforme establece el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. El objeto de la presente contratación surge de la necesidad, incoada por el Departamento Económico Administrativo, de la realización del servicio de la auditoría externa de las cuentas anuales, de los ejercicios contables 2015, 2016 y 2017, del ITC, en su cómputo anual cerrado completo a 31 de diciembre. El trabajo se realizará de acuerdo con las Normas de Auditoría generalmente aceptadas emitidas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, las Normas de Auditoría establecidas para el Sector Público, y teniendo en cuenta como referencia permanente el Plan General de Contabilidad aplicable a las Sociedades Mercantiles y Entidades de Derecho Público, todo ello conforme con lo establecido en el Real Decreto 1/2011, de 1 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Auditoría de cuentas y posteriores, y en el RD 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el RDL 1/2011 de 1 de julio. Para la correcta realización de las actividades expuestas se justifica la presente solicitud de ofertas para la adjudicación del contrato denominado “Servicio de auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”. 2. OBJETO Constituye el objeto de este pliego establecer las condiciones que habrán de regir las relaciones contractuales entre el ITC y la empresa adjudicataria con la finalidad de realizar el objeto de la contratación, que consiste en la prestación de un “Servicio de auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, en su cómputo anual completo, cerrado a 31 de diciembre de cada año, de conformidad con los aspectos económicos y las prescripciones técnicas recogidas en este documento. Las personas que ejercerán la auditoría de cuentas serán nombradas por el Consejo de Administración del ITC, S.A., antes de finalizar el primer ejercicio a auditar, por un periodo de tiempo determinado inicial,

Page 3: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

3

que no podrá ser inferior a tres años, ni superior a nueve, a contar desde la fecha en que se inicie el primer ejercicio a auditar, conforme a la normativa mercantil de aplicación. 3. EMPLAZAMIENTO/ LUGAR DE ENTREGA

El trabajo de campo asociado a la realización del servicio objeto de la presente contratación, se llevará a

cabo en las instalaciones de la sede del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A, sitas en C/ Cebrián

núm. 3, C.P. 35003 de Las Palmas de Gran Canaria.

La entrega del objeto de la contratación, se realizará en las instalaciones del ITC, S.A., ubicadas en:

SEDE DEL I.T.C., S.A., EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. C/ Cebrián nº 3 C.P. 35003, Las Palmas de Gran Canaria. Gran Canaria

El adjudicatario deberá entregar CUATRO (4) copias en papel, así como UNA (1) copia escaneada en soporte informático (formato PDF) mediante Pen Drive, CD, etc, por el registro de entrada del ITC.

4. VALIDEZ Y EFICACIA Las cláusulas contenidas en el presente pliego prevalecen sobre las Condiciones Generales que pueda presentar el adjudicatario, siendo nulo, y sin efecto alguno, cualquier artículo o disposición de estas últimas que se oponga o contradiga a estas cláusulas. De igual manera, en caso de duda o defecto de interpretación, se atenderá a lo dispuesto en estas cláusulas y en las instrucciones internas de contratación del ITC. 5. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN De acuerdo con los criterios establecido en el artículo 3.3 b), del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), el ITC tiene la consideración de poder adjudicador, lo que viene a determinar el marco jurídico aplicable a sus procedimientos de contratación. La contratación a realizar se califica como contrato de prestación de servicios de carácter privado, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 20.1 de la TRLCSP, quedando sometida a las instrucciones internas de contratación del ITC, y a las cláusulas contenidas en el presente pliego. Conforme a lo dispuesto en el art 21.2 del TRLCSP, el orden jurisdiccional civil será el que conozca las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos privados que se celebren por los entes y entidades sometidos a esta Ley que no tengan el carácter de Administración Pública, siempre que estos contratos no estén sujetos a una regulación armonizada.

Page 4: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

4

Para resolver cualquier discrepancia que pudiera surgir en la interpretación o ejecución del contrato, ambas partes se someterán expresamente con renuncia al fuero propio que pudiera corresponderles a la jurisdicción y competencia de los tribunales de Las Palmas de Gran Canaria. 6. APTITUD PARA CONTRATAR Para poder contratar con el ITC, todo empresario deberá acreditar que tiene plena capacidad de obrar, no estar incurso en las prohibiciones para contratar enumeradas en el apartado 1º del art. 60 del TRLCSP, y acreditar que ostenta solvencia económica, financiera, técnica o profesional, debiendo contar así mismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. A estos efectos, se tomarán en consideración por analogía las normas contenidas en el Capítulo II del Título II del TRLCSP. Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.

Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas y deberán, ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.

Además, deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Ser persona física o jurídica que se encuentre inscrita en el registro Oficial de Auditores de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (R.O.A.C.), en situación de “ejerciente”. Deberán aportar el oportuno certificado de registro.

b) Cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1/2011, de 1 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Auditoría de cuentas y posteriores, y en el RD 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el RDL 1/2011 de 1 de julio.

c) Contar con experiencia demostrable y formación adecuadas a las tareas asignadas, así como disponer de los recursos humanos y materiales suficientes, adaptados al volumen de las actividades a desarrollar y a los plazos de ejecución de los trabajos.

d) Todo el personal destinado a la realización del objeto del contrato, dependerá exclusivamente del Adjudicatario, teniendo éste todos los derechos y obligaciones que le son inherentes en calidad de empresario, debiendo cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, así como las disposiciones de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Page 5: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

5

7. CONSULTAS Las personas físicas o jurídicas a las que interese participar en la presente concurrencia, podrán realizar las consultas que crean necesarias para la mejor adecuación de las ofertas y/o mejoras que presenten. Para todas aquellas consultas de carácter técnico la persona de contacto será Dª. Sylvia Sánchez Maté del Departamento Económico-Administrativo del ITC que atenderá las consultas en los teléfonos siguientes: 928 379 900 ó 928 379 895, en horario de 10:00 a 15:00 horas., y en el correo electrónico: [email protected]. Las consultas de carácter administrativo podrán dirigirse a la Unidad de Compras del Departamento Económico Administrativo del ITC, a través de los teléfonos siguientes: 928 379 900 o 928 379 901 o 928 379810, en horario de 9:00 a 15:00 horas; en el fax núm. 928 379 814 y en el correo electrónico: [email protected]. 8. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN El presupuesto máximo de licitación de la presente concurrencia de ofertas, correspondiente a TRES (3) ANUALIDADES, para la adjudicación de la contratación denominada “Servicio de auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017” ”, expediente 0287/2015 bis, asciende a la cantidad de 45.000,00 € (CUARENTA Y CINCO MIL EUROS CON CERO CÉNTIMOS), impuestos indirectos excluidos.

Dicho importe incluye todo lo necesario para la realización del servicio como, entre otros: todos los gastos de personal, incluidos los correspondientes a su formación e instrucción, así como sus dietas, alojamiento y desplazamientos; licencias de software y aplicaciones, uniformes e indumentaria, herramientas de trabajo y medios auxiliares necesarios para la contratación; los repuestos estructurales necesarios para las reparaciones; todos los arbitrios, aranceles y aduanas aplicables, incluidos los impuestos de importación; seguros; licencias y autorizaciones administrativas; gastos de telecomunicaciones; asistencia a reuniones de coordinación del servicio, y, en general, cuantos otros conceptos fueran necesarios para realizar el servicio en las condiciones estipuladas, con la única de los impuestos indirectos.

No existirá revisión de precios durante la vigencia del contrato.

9. DURACIÓN / PLAZO DE ENTREGA La contratación objeto de la presente concurrencia de ofertas se iniciará en la fecha de formalización del contrato de prestación de servicios a suscribir entre el ITC y el adjudicatario y tendrá vigencia desde dicho momento hasta la finalización del período de garantía establecido en la siguiente cláusula, por un periodo máximo de 3 anualidades. Dicha duración podrá ser prorrogada por un año más, de conformidad con lo establecido en el artículo 303.1 de la TRLCSP.

Page 6: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

6

El adjudicatario estará obligado a cumplir los plazos fijados para la ejecución del contrato. El plazo máximo de entrega de los informes de auditoría correspondientes a cada ejercicio contable, será:

- Conformidad a la propuesta de formulación de cuentas: 15 de marzo del ejercicio siguiente al auditado. Antes de ser entregados los borradores de informes, deberá procederse a informar por escrito de los principales aspectos detectados a los responsables de la empresa, quienes darán cuenta al Consejo de Administración de la Sociedad.

- Entrega del informe de auditoría de las cuentas anuales: como máximo a los 20 días naturales posteriores a la formulación en el Consejo de Administración de las cuentas anuales, del ejercicio anterior.

En las ofertas se deberá detallar claramente la fecha de entrega definitiva de los entregables de la contratación, incluyendo el compromiso expreso de respetar los plazos máximos establecidos en el presente apartado. 10. PERIODO DE GARANTÍA Para la prestación del servicio, se establece un período de garantía mínimo de SESENTA (60) DÍAS, desde la finalización del período de duración del servicio. Durante este período, el ITC podrá reclamar cualquier deficiencia o incumplimiento detectados en la prestación del servicio objeto del contrato, y aplicar las penalizaciones correspondientes. En cualquier caso, el adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el ITC o para terceros, de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. 11. DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO 11.1. Descripción de la contratación:

El objeto de la contratación será la realización del “Servicio de auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente 0287/2015 bis, de conformidad con las características técnicas que se detallarán más adelante.

Las cuentas anuales comprenden el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria. Estos documentos forman una unidad y deben ser redactados de conformidad con lo previsto en el Código de Comercio, en el RDL 1/2010, de 2 Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de Noviembre y sus modificaciones posteriores contenidas en el RD 1159/2010 de 17 septiembre, RD 2003/2009 de 23 Diciembre; en particular, sobre la base del Marco Conceptual de la Contabilidad y con la finalidad de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.

Page 7: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

7

La auditoría de las cuentas anuales consistirá en verificar y dictaminar si dichas cuentas expresan la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la empresa o entidad auditada, así como el resultado de sus operaciones, de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente aceptados. Cuando la entidad o empresa auditada viniera obligada a emitir un informe de gestión, o lo hubiera emitido voluntariamente, los auditores de cuentas extenderán su examen a la verificación de la concordancia de los datos contenidos en el mismo con los de las cuentas anuales examinadas. 11.1.1. El informe de auditoría de las cuentas anuales es un documento mercantil que contendrá, al menos, los siguientes datos:

a. Identificación de la empresa o entidad auditada.

b. Personas físicas o jurídicas que encargaron el trabajo y, en su caso, a quienes vaya destinado.

c. Identificación de las cuentas anuales objeto de la auditoría de cuentas que se incorporan al informe.

d. Referencia a las normas técnicas de auditoría de cuentas aplicadas en el trabajo realizado y, en su caso, a los procedimientos previstos en ellas que no haya sido posible aplicar como consecuencia de cualquier limitación impuesta a la actividad auditora, así como a las incidencias que se pongan de manifiesto en el desarrollo de los trabajos.

e. Manifestación explícita de que los datos que figuran en la memoria contienen toda la información necesaria y suficiente para interpretar y comprender adecuadamente la situación financiera y patrimonial de la empresa o entidad auditada, así como el resultado obtenido en el ejercicio, añadiendo, en su caso, aquellos comentarios que complementen el contenido del mencionado documento.

f. Se expresará, en su caso, si el informe de gestión concuerda con las cuentas anuales del ejercicio.

11.1.2. Con independencia de lo mencionado en el apartado 11.1.1., el auditor de cuentas manifestará en el informe, de forma clara y precisa, su opinión técnica sobre los siguientes extremos, con el contenido y alcance que se detalla en los mismos:

a. Si las cuentas anuales examinadas expresan la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la empresa o entidad auditada, así como de los resultados de sus operaciones, de los cambios en el patrimonio neto y de los flujos de efectivo, correspondientes al ejercicio anual terminado.

b. Si se han preparado y presentado de conformidad con principios y normas de contabilidad generalmente aceptados. El auditor de cuentas deberá indicar de modo individualizado los que no se hubieran aplicado, y su efecto sobre las cuentas anuales.

c. Si dichos principios y normas han sido aplicados de manera uniforme respecto al ejercicio precedente. El auditor deberá indicar de modo individualizado los cambios que se hubieran producido, su efecto sobre las cuentas anuales y si dichos cambios los considera o no procedentes.

Page 8: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

8

d. Si la no aplicación de uno o varios principios o normas contables se considera procedente, en su caso, en el marco de la imagen fiel que deben dar las cuentas anuales.

e. Sobre los acontecimientos que se hubieran producido entre la fecha de cierre del ejercicio y la de emisión del informe y que supongan un riesgo para la situación financiera de la empresa o entidad auditada.

f. Sobre las eventuales infracciones de las normas legales o estatutarias que se hubiesen comprobado durante la realización de los trabajos y que puedan tener relevancia en la imagen fiel que deben presentar las cuentas anuales.

g. Firma del auditor o auditores de cuentas que lo hubieran realizado, con expresión de la fecha de emisión del citado informe.

Cuando no existan reservas respecto a los extremos señalados desde los puntos a) al f) del apartado 11.1.2., la opinión técnica será considerada favorable. En el supuesto contrario, cuando existan tales reservas se deberán poner de manifiesto todas ellas en el informe y la opinión técnica será calificada de opinión con reservas o desfavorables, atendiendo a lo establecido en las normas técnicas de auditoría. Si el auditor de cuentas, en el desarrollo de la actividad regulada por el presente Reglamento y llegado el momento de emitir la opinión técnica a que se refiere el apartado11.1.2, encontrara razones para abstenerse de efectuar tal pronunciamiento, deberá hacer constar las mismas en el informe, aportando a tal fin cuantos detalles e información complementaria sean necesarios; este supuesto se calificará como informe de auditoría con opinión denegada. 11.1.3. Se elaborará una Carta de recomendaciones en la que se desarrollarán las deficiencias, sugerencias, debilidades de control interno detectadas, así como las conclusiones que se deriven del trabajo efectuado, en todas y cada una de las áreas de las Cuentas Anuales. Esta carta de recomendaciones se entregará en un plazo no superior a los 30 días naturales siguientes a la finalización del trabajo de campo correspondiente a la fase final del trabajo.

11.1.4. La empresa adjudicataria deberá efectuar la realización de auditoria adicional de proyectos de forma complementaria e independiente a la de la presente licitación. Cuando el ITC necesite auditar financiaciones de Proyectos de cualquier naturaleza, contratará las mismas, de manera independiente, a la entidad que resulte adjudicataria en el presente procedimiento. El número de proyectos a auditar que el ITC contratará, en tal caso, no será superior a diez (10) en total, para el cómputo de cada anualidad. El precio por proyecto a auditar deberá especificarse en la oferta económica anexa al pliego, de conformidad con el presupuesto a auditar por cada anualidad. Los precios ofertados por proyecto serán valorados de conformidad con el criterio nº 2 de los criterios de valoración de la presente licitación contenidos en el apartado 13.

Page 9: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

9

11.2. Requisitos técnicos del servicio:

El trabajo de auditoria anual se dividirá en dos etapas, que deberán ser claramente definidas:

a) Una fase preliminar en el cuarto trimestre del ejercicio que se va a auditar. b) Una fase final entre el 15 de febrero y el 15 de marzo que permita la emisión del informe

definitivo de cuentas anuales no más tarde de los 20 días naturales posteriores a la formulación en el Consejo de Administración de las cuentas anuales, del ejercicio anterior.

Simultáneamente al trabajo de auditoría, se deberá hacer un análisis acerca del cumplimiento de la legislación y normativa vigente a la que está sometido el ITC, S.A., conforme a las normas técnicas de auditoría, así como la situación fiscal que presente en el momento de emisión del informe. El personal de la entidad auditora se personará en la sede social del ITC cuantas veces sea necesario para la debida ejecución del contrato. Para el trabajo de campo, el ITC pondrá a disposición de la empresa adjudicataria los siguientes recursos:

Sala de trabajo.

Fotocopiadora.

Acceso a internet. El adjudicatario designará a un interlocutor administrativo para los temas económicos con quien se relacionará el ITC para aquellos aspectos puntuales que sea preciso tratar, y facilitará a tal fin, con anterioridad a la firma del contrato, sus datos de contacto: nombre y apellidos, teléfono, fax y correo electrónico, y comunicará al ITC su sustitución, en su caso, desde que ésta se produzca. 11.3. Datos de referencia:

El ITC cuenta en la actualidad con 76 diferentes financiaciones repartidas entre la Comunidad Autónoma de Canarias, Organismos Autónomos, Estado, Corporaciones Locales, Comisión Europea, e ingresos procedentes de arrendamientos, encomiendas y prestaciones de servicios al sector privado; que asciende a en 2015 a un presupuesto aproximado de 7.740.000 € y que se divide de la siguiente manera: Volumen total de la Facturación a Clientes 2015: 1.367.100,00 € (Estimación)

Volumen total de la Facturación de Proveedores 2015: 6.340.000 € (Estimación)

Nº de Empleados 2015: 154 empleados

Page 10: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

10

11.4. Otros datos de la contratación:

Se exige al menos cumplir con los siguientes requisitos:

▪ El equipo humano destinado por el adjudicatario para la realización del servicio deberá estar integrado por auditores de experiencia demostrable.

▪ Obligatoriamente, deberá existir en plantilla un auditor que figure inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y que esté ejerciendo.

▪ Titulación mínima exigida: Licenciado en Dirección y Administración de Empresas, Licenciatura en Ciencias Económicas o Licenciado en Derecho con formación de posgrado relacionada con el objeto del contrato. En caso de persona jurídica, disponer como mínimo de una persona con esta titulación en plantilla.

▪ Formación complementaria en el área de auditoría.

▪ Disponer de oficinas en Las Palmas de Gran Canaria.

Las características señaladas en negrita, tendrán la consideración de especificaciones técnicas mínimas, y serán excluyentes.

12. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN A efectos de determinar la publicidad, el procedimiento de adjudicación, y las posibles modificaciones posteriores del contrato, el valor estimado de la contratación a realizar, incluidas eventuales prórrogas y las posibles modificaciones descritas en la cláusula 28, asciende a la cantidad de 60.000,00 € (SESENTA MIL EUROS CON CERO CÉNTIMOS), impuestos indirectos excluidos La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación mediante procedimiento negociado con publicidad por razón de su cuantía. El órgano de contratación podrá negociar, con los interesados cuyas ofertas reúnan los requisitos exigidos, los aspectos técnicos y económicos detallados en el presente pliego, dentro de los límites establecidos en el mismo. 13. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN La adjudicación del contrato recaerá en aquella oferta que, en su conjunto, realice la proposición más beneficiosa para el ITC, teniendo en cuenta los criterios expuestos a continuación en orden de importancia decreciente. Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere esta cláusula, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto al criterio del que se trate.

Page 11: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

11

Criterio nº 1 Oferta económica

Descripción

Precio de la oferta que deberá incluir todos los conceptos especificados en el objeto de la contratación y ser presentado conforme al modelo de oferta económica anexo al pliego...

Puntuación 60 puntos

Método de valoración

Proporción inversa con la mejor oferta de acuerdo con la siguiente fórmula P= (60*mo)/O, donde "P", "mo" es el precio de la mejor oferta en Euros, impuestos indirectos excluidos, de la oferta económica de importe más reducido, y "O" es el precio total ( en euros) de la oferta que se valora, impuestos indirectos excluidos

Criterio nº 2 Mejoras Ofertadas.

Descripción Se valorarán las mejoras ofertadas. Dichas mejoras vendrán referidas a las indicadas en el método de valoración.

Puntuación 40 puntos

Método de valoración

Todas las mejoras ofertadas tendrán que presentarse con una evaluación de su valor económico del mercado. Las ofertas económicamente más ventajosas para el ITC obtendrán la máxima puntuación asignada a este criterio. El resto de ofertas se valorará de forma proporcional a la más ventajosa. Se valorarán los siguientes aspectos

- Se tendrá en cuenta el precio ofertado para posibles auditorías de proyectos que deba llevar a cabo el ITC en el ámbito de la justificación de subvenciones recibidas en el periodo para el cual se está realizando el servicio de auditoría de Cuentas Anuales: Desde 0 hasta 10 puntos

o 10 Puntos: si reducen el precio ofertado en dos de los siguientes apartados, como mínimo:

1. Importe del presupuesto del proyecto hasta 50.000,00 €/ anualidad precio máximo 500,00 €

2. Importe presupuesto del proyecto entre 50.000,00 €-100.000,00 €/ anualidad precio máximo 750,00 €

3. Importe presupuesto del proyecto entre 100.000,00 €-500.000,00€/ anualidad precio máximo 1.500,00€

4. Importe presupuesto del proyecto superior a 500.000 €/ anualidad precio máximo 2.000,00 €

o 5 Puntos: si solo se presenta reducción en uno de ellos. o 0 Puntos: si no se presenta propuesta de reducción.

- Se valorarán las líneas de información legal y fiscal, a nivel informativo

que pueda facilitar el licitador, que mediante envío de un informe en lo que afecten directamente al ITC y que estén adaptadas y personalizadas específicamente. No será puntuable el servicio de información global corporativa. Desde 0 hasta 10 puntos

- Se valorará la invitación con asistencia gratuita a un mínimo de 2 cursos o jornadas por año que sean de interés para el Departamento Económico-Administrativo del ITC. Para un mínimo de 2 personas.

Page 12: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

12

Desde 0 hasta 15 puntos. - Se valorará la realización de auditoría de los sistemas informáticos del

ITC y protección de datos de carácter personal según la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Desde 0 hasta 5 puntos

De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional cuarta del TRLCSP, en caso de igualdad entre dos o más proposiciones, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la empresa que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tenga en plantilla el mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad, siempre que este sea superior al 2%.

El licitador que desee hacer constar la concurrencia de ésta circunstancia deberá aportar una declaración responsable en el sobre nº1 en la que manifieste tal hecho, con indicación del número de trabajadores fijos con discapacidad y porcentaje que éstos representan sobre el total de la plantilla; sin perjuicio de que el ITC podrá requerir al adjudicatario contratos, nóminas, modelos TC1, TC2, y/o todos aquellos certificados o documentos que se puedan considerar necesarios para demostrar lo declarado por el licitador al respecto.

No se valorará a este respecto la aportación de certificado de estar incurso en alguno de los supuestos de excepcionalidad previstos en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

14. PROPUESTA DE LICITACIÓN

Las ofertas de los interesados especificarán en toda la documentación y en los sobres cerrados que la contengan el siguiente concepto "Servicio de Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente 0287/2015 bis, procedimiento negociado con publicidad En la oferta se podrán indicar cuantas mejoras se hayan realizado sobre las características y condiciones indicadas en el presente pliego, las cuales se encontrarán incluidas en el precio ofertado, debiendo argumentarse su justificación y ser éstas aceptadas por el ITC. En la presente contratación, solo serán valoradas las mejoras presentadas en el criterio número 2 del apartado 13. La documentación habrá de ser presentada antes de las 14: 00 horas del día 07 de Agosto de 2015, en las oficinas de registro del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., sitas en:

- Calle Cebrián, 3 - 35003 Las Palmas de Gran Canaria, GRAN CANARIA.

- Plaza de Sixto Machado, 3 – 38009 Santa Cruz de Tenerife, TENERIFE. Si se entrega la documentación en persona, el licitador deberá aportar, aparte de los sobres cerrados con su contenido, un documento expedido por triplicado en el que consten sus datos y el título y número de expediente de la contratación a fin de dar registro de entrada a su oferta.

Page 13: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

13

En el caso de que no sean entregadas personalmente, las ofertas podrán enviarse por mensajería, siempre que sean entregadas en el registro del ITC dentro del plazo señalado, o por correo certificado, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar el mismo día al órgano de contratación, por fax, la remisión de la proposición, al número 928 379814. No obstante, en ningún caso se admitirá la documentación enviada por este medio si no se recibe la misma físicamente, transcurridos cinco (5) días naturales desde la fecha y hora de finalización del plazo de presentación de ofertas. Dicha comunicación podrá también realizarse por correo electrónico al siguiente e-mail: [email protected], si bien este medio sólo será válido si existe constancia de su transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición. Tampoco será admitida la misma si la fecha de acuse de recepción telemática está fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. La presentación de la proposición se deberá realizar en un sola de las dependencias administrativas de entre las varias que existan para poder llevarla a cabo, rechazándose en caso contrario todas las presentadas por el licitador La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna. En caso de que no se cumpla algún aspecto del pliego se deberá hacer constar expresamente en el modelo de notificación sobre incumplimientos anexo al pliego.

Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono y fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como la firma del licitador o persona que le represente. El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación.

Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación Administrativa para la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, de la contratación del expediente nº 0287/2015 bis, denominado “Servicio de auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017” expediente 0287/2015 bis,. Se incluirá en dicho sobre, además de la documentación administrativa, la “Solicitud de participación en la concurrencia y declaración general”, así como, el modelo de notificación sobre posibles incumplimientos y “Declaración Responsable sobre Aspectos Laborales”según los modelos que se adjuntan en este pliego. En su caso, también deberá constar el compromiso de constitución en UTE, así como acreditar la relación laboral con personas con discapacidad. Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Propuesta Técnica y Económica para la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, de la contratación del expediente nº 0287/2015 bis, denominado “Servicio de auditoría externa de

Page 14: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

14

las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017” expediente 0287/2015 bis. Las empresas licitadoras incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 13 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma, conforme a los requerimientos del servicio que se detallan en la cláusula 11. El contenido de la oferta económica será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición económica, que no deberá superar el presupuesto de licitación establecido en la cláusula 8 del presente pliego, deberá indicarse, como partida independiente, el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser repercutido.

Los interesados podrán presentar ofertas referidas a la totalidad del servicio objeto del contrato. Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas expresamente permitidas para los criterios de adjudicación de la cláusula 13 del pliego.

El empresario que haya presentado oferta en unión temporal con otros empresarios, no podrá, a su vez, presentar oferta individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas. Se presentará original en papel de toda la documentación (4 copias), y además una copia escaneada en soporte informático (formato PDF), mediante Pen Drive, CD, etc de la documentación técnica y económica del sobre nº 2 en el interior del mismo, en idioma español, en formato PDF preferentemente, compatible con MS-Office. 15. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA (sobre nº1).

Las ofertas se presentarán acompañadas de la siguiente documentación, que deberá detallarse en una relación suscrita por el representante de la empresa interesada.

15.1.- Solicitud de participación en la concurrencia y declaración general, según el modelo que

figura en el presente pliego. 15.2.- Notificación de Incumplimientos: Deberá cumplimentarse según el modelo que figura en este pliego, indicando expresamente si se cumplen o no íntegramente todas sus cláusulas. 15.3. Compromiso de constitución en UTE. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal deberán aportar un compromiso firmado por el Representante Legal de cada una de las empresas de constituirse en una UTE en caso de resultar adjudicatarios. 15.4. Empresas extranjeras.

Page 15: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

15

Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.

15.5. Acreditación de relación laboral con personas con discapacidad.

El licitador que desee acreditar la existencia de relación laboral con personas con discapacidad en los términos establecidos en la cláusula 13 del pliego, deberá aportar en su propuesta una declaración responsable en la que manifieste tal hecho, con indicación del número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que éstos representan sobre el total de la plantilla; sin perjuicio de que el ITC podrá requerir contratos, nóminas, modelos TC1, TC2, y/o todos aquellos certificados o documentos que se puedan considerar necesarios para demostrar lo declarado por el licitador al respecto.

15.6. Declaración responsable sobre aspectos laborales

Deberá cumplimentarse según el Anexo II que figura en este pliego.

Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias, a excepción de aquellos que requieran la firma del representante legal y del documento acreditativo de la garantía provisional, que habrán de aportarse en original. Asimismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano.

16. GARANTÍA PROVISIONAL

No se exigirá garantía provisional para la presente licitación. 17. MESA DE CONTRATACIÓN

Para llevar a cabo la comprobación de la documentación aportada por los interesados en el presente procedimiento, el órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, que será el órgano competente en llevar a cabo la elevación de la propuesta de adjudicación.

La Mesa de Contratación estará integrada por:

- Un Presidente: Un miembro perteneciente a Dirección del ITC.

- Tres vocales: Designados por el ITC, debiendo de figurar entre los vocales un letrado Licenciado en Derecho y un responsable del control económico-presupuestario.

- Un Secretario designado por el ITC.

A las reuniones de la Mesa de Contratación podrán incorporarse, a petición de ésta, los asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto.

La Mesa de contratación podrá celebrar sus reuniones mediante videoconferencia, si lo estima conveniente.

Page 16: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

16

18. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL

Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en el sobre nº 1 presentado por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido al proceso de adjudicación.

19. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1, y realizadas las subsanaciones pertinentes, y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará la apertura de proposiciones técnicas y económicas de los licitadores admitidos (sobre nº 2), de acuerdo al siguiente procedimiento:

En primer lugar, el Secretario de la Mesa dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas, así como nombre de los licitadores, comunicando resultado de la calificación de la documentación general presentada en el sobre nº 1, indicando los licitadores admitidos y los excluidos, así como causas de exclusión. A continuación, los vocales de la Mesa procederán a la apertura de los sobres nº 2 de aquellos licitadores admitidos, dando lectura de la oferta económica, y relación de los documentos aportados respecto a los restantes criterios de adjudicación.

La Mesa de Contratación no se hará cargo de documentos que no hayan sido entregados durante los plazos de admisión de ofertas o subsanación de defectos u omisiones.

Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado.

El Presidente de la Mesa nombrará a una Comisión Técnica, encargada de llevar a cabo el informe de valoración teniendo en cuenta todos los criterios de valoración exigidos en la cláusula 13.

La Mesa de Contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, elevará a la Dirección del ITC propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, acompañada de un informe de valoración que deberá incluir los criterios de valoración establecidos en la cláusula 13, así como todos los informes aclaratorios emitidos en sus actuaciones. 20. EXAMEN DE LAS OFERTAS Y NEGOCIACIÓN El Órgano de Contratación podrá negociar con los interesados cuyas ofertas reúnan los requisitos exigidos, velando por que todos reciban igual trato, y en particular, no facilitando, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto. La negociación referida al objeto del presente contrato quedará restringida para la presente concurrencia de ofertas.

Page 17: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

17

21. ADJUDICACIÓN Tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, el Órgano de Contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación de la cláusula 13 y adjudicará el contrato al invitado que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, en el plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de las ofertas. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior sin que se haya dictado acuerdo resolutorio, los interesados podrán retirar sus ofertas. La adjudicación al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, conforme a lo establecido en la cláusula 30. La adjudicación se notificará a todos los licitadores por fax o correo electrónico, dejando constancia de dicha notificación en el expediente. En sus ofertas los interesados deberán incluir el email de contacto, a efectos de comunicación. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. En caso de que ningún licitador cumpla los requisitos para la adjudicación, el Órgano de Contratación podrá proponer dejar desierto el procedimiento. Cuando no proceda la adjudicación del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, el ITC podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible. 22. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO.

El adjudicatario deberá acreditar, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles desde la fecha de notificación de la adjudicación, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.

Asimismo, el adjudicatario deberá aportar dentro de dicho plazo la documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al art. 64.2 del TRLCSP.

Page 18: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

18

La efectiva adscripción de tales medios a la ejecución del contrato se considera obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP.

La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del Reglamento General de la LCAP: - Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo,

cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.

- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado,

por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último. - Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la

Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.

La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente, de acuerdo con los artículos 14 y 15 del Reglamento General de la LCAP. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que se relacionan en los artículos 13 y 14 del Reglamento General de la LCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar sendas certificaciones expedidas por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias y de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Asimismo, los licitadores no residentes en España, deberán aportar certificado expedido por la autoridad competente con Apostilla de la Haya, que evite la doble imposición por residir en un país con convenio con España. La no aportación de dicho certificado, supondrá que cada pago a un no residente en España, sea persona física o jurídica, por haber prestado servicios realizados en España o servido a la realización de actividades en España estarán sujeto a la legislación Española y se le aplicará una retención fiscal del 24,75 %. Toda la documentación relacionada en este párrafo habrá de referirse a los doce últimos meses.

Además, el adjudicatario deberá aportar en el plazo máximo de diez (10) días hábiles desde la fecha de la notificación de la adjudicación, la siguiente documentación:

Page 19: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

19

22.1 Personalidad y representación.

El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:

22.1.1. Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar Escritura de Constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo.

22.1.2. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.

Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.

Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española, relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga.

22.1.3. Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar.

22.1.4. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.

En el caso de que se constituya una UTE, ésta deberá tener un fondo operativo común mínimo que garantice las obligaciones contraídas. Si el fondo común operativo de la UTE no fuera en algún momento suficiente para hacer frente a los pagos debidos o por cualquier otra razón no fuera suficiente para el correcto funcionamiento de la UTE y de la contratación, las personas físicas o jurídicas constituyentes de la UTE estarán obligadas a aportar a dicho fondo las cantidades que sean necesarias. En todo caso, serán solidariamente responsables respecto de las obligaciones de la UTE.

Page 20: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

20

22.2. Solvencia.

El adjudicatario deberá aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica. Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica individualmente, por todas las empresas que integran la unión. Se acumularán las características acreditadas por cada una de ellas a efectos de la determinación de la solvencia de la UTE. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Si se constata que el adjudicatario no reunía la solvencia requerida en el momento de presentar su oferta esta quedará excluida y se adjudicará al siguiente licitador en puntuación.Asimismo, las uniones temporales de empresarios que opten por presentar acreditar que todas las empresas que integran la unión han obtenido clasificación como empresa contratista de servicio. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la UTE, a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente pliego.

22.2.1. Solvencia económica y Financiera: Se acreditará a través de los medios de justificación que se reseñan a continuación:

a. Si se trata de profesionales que no tengan la condición de empresarios, deberán presentar

declaraciones apropiadas de entidades financieras, o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, cuya cobertura sea de importe no inferior al precio máximo de licitación.

b. Si se trata de personas jurídicas o empresarios, deberán presentar las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros Oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.

22.2.2. Solvencia Técnica o Profesional: Para la acreditación de la solvencia técnica o profesional de los empresarios, se tendrá en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que se acreditará por los medios siguientes:

a. Declaración Responsable con la relación de los principales servicios o trabajos análogos al

presente contrato, realizados en los últimos tres años, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.

b. Se incluirá el currículo del empresario y del personal responsable de la ejecución del contrato.

c. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.

d. Deberán aportar la acreditación de ser entidades inscritas en el registro Oficial de Auditores de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Page 21: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

21

e. Titulaciones académicas y profesionales del personal responsable de la ejecución del contrato.

f. Cumplimiento de los requisitos recogidos en la cláusula 11.4

Si por alguna razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica, financiera y técnica por medio de cualquier otro documento que se considere adecuado por el Órgano de contratación.

22.3. Registro de Contratistas.

La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla:

- Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 22.1 de este pliego, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado. No obstante, se podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuera necesaria para acreditar que el objeto social de la empresa es adecuado al objeto del contrato.

- Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera a que se refiere la cláusula 22.2.1.

- Documentación acreditativa de la solvencia técnica a que se refiere la cláusula 22.2.2 letra a).

La documentación que se relaciona en la cláusula 22.2.2 letras b), c), d), y e), deberá ser aportada en todo caso.

El certificado del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias deberá ir siempre acompañado de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación (art. 146.3 TRLCSP).

Se presentará copia en papel de toda la documentación referida en esta cláusula, y además se entregará copia de los archivos escaneados, o bien a través de correo electrónico a la dirección [email protected], o bien en CD o en cualquier otro formato de los especificados anteriormente.

23. GARANTÍA DEFINITIVA

El adjudicatario deberá acreditarla constitución de la Garantía definitiva, por importe equivalente al cinco por ciento (5%) del importe de adjudicación del contrato, impuestos indirectos excluidos, en un plazo máximo de diez días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación.

El ITC, de forma motivada, podrá solicitar al adjudicatario la constitución de garantías adicionales de hasta un 5 % del importe de adjudicación del contrato, tras analizar las características de la propuesta seleccionada en relación a posibles mejoras ofertadas.

La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos únicamente si se realiza mediante transferencia. En caso de constituirse mediante aval o contrato de seguro de caución, será preciso entregar el documento original.

Page 22: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

22

24. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Una vez presentada la documentación requerida en las clausulas 22 y 203, el adjudicatario queda obligado a suscribir, el correspondiente contrato sujeto a la legislación mercantil y civil, al que se unirá formando parte del mismo, un ejemplar del presente pliego, en un plazo no superior a cinco días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que reciba el requerimiento en tal sentido De conformidad a lo establecido en el art. 151.2 del TRLCSP, de no presentarse la documentación requerida en las cláusulas 22y 203 en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. En caso de que, por causas imputables al adjudicatario, no pudiera llevarse a efecto el correspondiente contrato en el plazo establecido, o de que el adjudicatario incurra en causa de resolución del contrato conforme a la legislación aplicable, a lo estipulado en el pliego o en el propio contrato, el órgano de contratación podrá declarar resuelto el contrato y efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad. En tal supuesto, el órgano de contratación tendrá la potestad de incautar la garantía y, en su caso, de exigir la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. El adjudicatario deberá tener suscrito un seguro de responsabilidad civil y daños a terceros (con copia del último recibo bancario) que cubra los riesgos derivados del servicio. Por último, serán por cuenta del adjudicatario los gastos de formalización del contrato, si éste se elevase a escritura pública; y los de traducción oficial a otros idiomas en caso de que fuera necesario en virtud de la nacionalidad del mismo. No podrá iniciarse el objeto de la contratación, salvo por razones de urgencia, sin haberse firmado el correspondiente contrato, el cual no entrará en vigor sin el cumplimiento de los requisitos expuestos en el presente pliego, salvo que se trate de mejoras.

Page 23: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

23

25. FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO. El objeto de la contratación será facturado y se harán efectivos los pagos de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente pliego, y con el contrato que se celebre con el adjudicatario. La facturación, por defecto, se realizará un 30% al inicio de la fase preliminar en el cuarto trimestre del ejercicio que se va a auditar. Un 30% al finalizar el trabajo de campo de la fase final entre el 15 de febrero y el 15 de marzo, y el resto a la entrega del informe definitivo de cuentas anuales al que se refiere la auditoria. Tanto en las ofertas presentadas por los interesados, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos directos y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por el ITC, que se indicará como partida independiente. Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato, todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos y los impuestos de importación. Los pagos mensuales asociados al objeto de la contratación se harán efectivos mediante transferencia bancaria al número de cuenta que el adjudicatario indique, en un plazo no superior a SESENTA DIAS (30) DIAS naturales desde la recepción y conformidad de las correspondientes facturas, salvo acuerdo en contra de las partes.

26. PENALIZACIONES Se establecerá una sanción económica por cada semana de retraso en la prestación de los servicios o entrega parcial objeto del presente pliego, cuya cuantía por defecto será del uno por ciento (1%) del importe global adjudicado en el contrato (equivalente a un 0,20% diario). Dicha cantidad será descontada en concepto de penalidad estricta, sin perjuicio y con independencia de la indemnización a que pueda tener derecho el ITC por los daños y perjuicios que el retraso le ocasione. El importe de las penalidades por demora podrá hacerse efectivas mediante deducción en los pagos de las facturas. En todo caso, la fianza responderá de la efectividad de aquéllas. Cuando se hicieran efectivas a costa de la citada fianza, el adjudicatario vendrá obligado a reponer idéntico importe destinado a tal fin, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. Si el retraso fuera producido por causas no imputables al adjudicatario y éste ofreciera cumplir sus compromisos, formulará la petición de prórroga por escrito, en el plazo máximo de 48 horas, a contar desde el día en que se produzca la causa originaria del retraso, alegando las razones y señalando el tiempo probable de su duración. Si ITC aceptara la petición del adjudicatario, se ajustarían los plazos de entrega del contrato comunicando dichos cambios por escrito.

Page 24: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

24

27. SUBCONTRATACIÓN

En la presente contratación no será posible la subcontratación de la ejecución parcial de las prestaciones objeto del contrato principal. 28. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

Conforme a los art. 105 y 106 del TRLCSP, en concreto el contrato se podrá modificar en caso de posibles cambios de normativas legales durante la vigencia del mismo que impliquen una variación en el contenido o alcance de los procedimientos de auditoría de las Sociedades Anónimas. El importe acumulado de estas variaciones no podrá representar más de un 20% respecto al precio inicial del contrato.

No obstante lo anterior, podrán llevarse a cabo modificaciones del contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas debidamente justificadas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 107, 210 y 219 del TRLCSP, así como los artículos 234, 296 y 306 del TRLCSP, en función del objeto del contrato, sin que, en ningún caso, su importe acumulado pueda ser igual o superior, en más o en menos, al 10 por 100 del precio de adjudicación del contrato. En tales casos se estará a lo dispuesto en los artículos 156 y 219 del TRLCSP.

Las modificaciones en contrato acordadas por el órgano de contratación de conformidad con lo descrito en la presente cláusula serán de obligado cumplimiento por el contratista, sin que tenga derecho alguno, en caso de supresión o reducción de las prestaciones a ejecutar, a reclamar indemnización por dichas causas.

29. PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD

El adjudicatario, en la realización de los trabajos contratados, adecuará sus actuaciones a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Reglamento de Seguridad aprobado por Real Decreto 994/99 que desarrolla la mencionada Ley Orgánica, a la Disposición adicional segunda de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y demás normas vigentes de aplicación en materia de protección de datos de carácter personal.

Además, tiene totalmente prohibido la utilización de la información del ITC para fines distintos al objeto de la presente contratación, comprometiéndose en consecuencia a no reproducirla ni a obtener copia de la misma para otro destino, debiendo guardar absoluto secreto sobre los datos y demás operaciones del proceso de tratamiento a los que pueda tener acceso.

Si la ejecución de la presente contratación implica el acceso del adjudicatario a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable el ITC, el adjudicatario tendrá la consideración de encargado del tratamiento, y deberá destruir o devolver dichos datos al ITC una vez finalizada la prestación contractual.

Asimismo, mediante la aceptación del presente pliego de condiciones, los licitadores autorizan expresamente al ITC a la gestión y custodia de aquellos datos personales de los trabajadores que prestarán servicios en las instalaciones que sean precisos para la evaluación de las ofertas y para el ejercicio de sus competencias como poder adjudicador. Por todo ello los licitadores deberán informar a dichos empleados del tratamiento de sus datos por parte del ITC.

Page 25: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

25

30. VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.

El valor económico de una oferta (en euros) podrá ser considerado anormal o desproporcionado, en todo caso, cuando sea inferior en más de 20% (veinte unidades porcentuales) al presupuesto máximo de licitación establecido en la cláusula 8 del presente pliego.

Si se identifica una proposición que se considera desproporcionada, se comunicará tal hecho al licitador para que, de conformidad con lo establecido en el artículo 152 del TRLCSP, justifique la valoración de su oferta y precise las condiciones de la misma en un plazo máximo de tres días hábiles a partir de dicha comunicación, pudiendo en todo caso ser excluido del procedimiento de licitación.

Si el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa. 31. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción del ITC.

Si los servicios no se hallan en condiciones de ser recibidos, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Si pese a ello, los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el ITC podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces. 32. RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO

Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 105.1 en su segundo párrafo, 223 -excepto letra g)- y 308 del TRLCSP, dando lugar a los efectos previstos en los artículos 224 y 309 del TRLCSP.

Tendrán la consideración de obligaciones esenciales del contrato los elementos de solvencia técnica y profesional, así como los requisitos establecidos en la cláusula 11 y las mejoras ofertadas, a los efectos previstos en el art. 223 f) del TRLCSP.

Producirá igualmente la resolución del contrato, el incumplimiento por el contratista de la obligación de guardar sigilo a que se refiere la cláusula 26, respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.

Asimismo, serán causa de resolución del contrato, dando lugar a los efectos antes indicados, las causas previstas en el artículo 6 del Decreto 87/1999, de 6 de mayo, por el que se regula la subcontratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación como personal del ITC de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato, conforme a lo establecido en el art. 301.4 del TRLCSP.

Page 26: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

26

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA

CONCURRENCIA Y DECLARACIÓN GENERAL EMPRESA: Nombre o razón social: C.I.F.: Localidad: Provincia: Cód. Postal: Calle: Teléfono: Fax: Correo electrónico: REPRESENTANTE LEGAL: D...................................................................................................................................., mayor de edad, con N.I.F. número...................................................................., en calidad de....................................................., En adelante identificado como......................................................................................................................., Actúa por apoderamiento otorgado en Escritura............................................................................................ . EXPONE Actuar en nombre y representación de la empresa mencionada, actuando con los correspondientes poderes legales, y estando interesados en participar en la concurrencia de ofertas convocada al objeto de la adjudicación

de la contratación denominada: “Servicio de auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente 0287/2015 bis, procedimiento negociado con publicidad. SOLICITA

Participar en la Concurrencia de Ofertas realizada por el ITC para la contratación denominada: “Servicio de auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente 0287/2015 bis, procedimiento negociado con publicidad, y a efectos de la mencionada

concurrencia. DECLARA

- Que conoce y acepta el pliego de la presente licitación.

- Que consiente en la utilización del correo electrónico como medio de notificación a los efectos de lo establecido en el art. 28.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

- Que dispone de solvencia económica, financiera y técnica y de los recursos materiales y humanos necesarios para la ejecución del contrato conforme lo exigido en el pliego.

- Que no está incurso en prohibiciones de contratar con el sector público, conforme al artículo 60 del TRLCSP.

- Que se encuentra al corriente en sus obligaciones sociales y fiscales. - -Ser entidades, de ámbito nacional inscritas en el registro Oficial de Auditores de Cuentas del Instituto de Contabilidad y

Auditoría de Cuentas.

- -Cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1/2011, de 1 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de

la Ley de Auditoría de cuentas y posteriores, y en el RD 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el

Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el RDL 1/2011 de 1 de

julio.

- Lo que firma en............................................................. a ...... de ................................ de ........ .

Firma y sello.

Page 27: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

27

OFERTA ECONÓMICA

Para la realización del objeto de la contratación denominada “Servicio de auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017” expediente 0287/2015 bis, procedimiento negociado con publicidad en las condiciones descritas en la concurrencia de ofertas de la convocatoria, la oferta es la siguiente:

CONCEPTO OFERTA

ECONÓMICA (€)

“Servicio de auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017” expediente 0287/2015 bis, procedimiento negociado con publicidad

Impuestos indirectos ( en caso de que procedan)

PRECIO TOTAL DE LA OFERTA:

Dichos importes incluyen todo lo necesario para la realización del servicio como, entre otros: todos los gastos de personal, incluidos los correspondientes a su formación e instrucción, así como sus dietas, alojamiento y desplazamientos; licencias de software y aplicaciones, uniformes e indumentaria, herramientas de trabajo, , pequeño material y medios auxiliares necesarios para la contratación; todos los arbitrios, aranceles y aduanas aplicables, incluidos los impuestos de importación; seguros; licencias y autorizaciones administrativas; gastos de telecomunicaciones; asistencia a reuniones de coordinación del servicio, y, en general, cuantos otros conceptos fueran necesarios para realizar el servicio en las condiciones estipuladas, con la única exclusión de los impuestos indirectos, que se indicarán como partida independiente del precio ofertado. No existirá revisión de precios durante la vigencia del contrato.

Concepto Precio máximo por

Proyecto (€)

Precio Ofertado

Proyecto (€)

Importe presupuesto del proyecto hasta 50.000,00 €/ año 500,00€

Importe presupuesto del proyecto entre 50.000,00- 100.000,00 €/ año

750,00€

Importe presupuesto del proyecto entre 100.000,00 - 500.000,00 €/ año

1.500,00€

Importe presupuesto del proyecto mayor a 500.000,00 €/ año

2.000,00€

Firma y sello

Page 28: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

28

A efectos de la valoración y grado de afectación sobre la calidad del servicio objeto de la presente concurrencia de ofertas, se citan los aspectos que NO se cumplen de la convocatoria: (Cítese: punto del pliego, aspecto no cumplido, motivo y argumentación). 1

Firma y sello

1 Se deberá señalar expresamente si se cumplen o no todas las condiciones del pliego, y argumentar los incumplimientos que

hubiere, en su caso.

NOTIFICACIÓN SOBRE INCUMPLIMIENTO DE DETERMINADOS PUNTOS DEL PLIEGO Y ARGUMENTACIÓN

Page 29: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

29

El BANCO ......................................................, con domicilio en ............................................................., y C.I.F. núm. .............................., actuando a través de su oficina/sucursal sita en ( localidad ) , calle ......................................, representado por D. ...................................... y D. ...................................... en virtud de poderes notariales de fecha ..../...../..... otorgados ante el Notario de ( localidad ), D. .......................................... por la presente,

AVALA Solidariamente a la entidad .............................................................. con C.I.F. núm. ................... ante el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC), con renuncia al beneficio de Orden y Excusión, por la cantidad de ….................…………………........…… EUROS (………… €), en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA para responder de las obligaciones de la entidad Avalada en relación a la ejecución del contrato de denominada “Servicio de auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente 0287/2015 bis, mediante negociado con publicidad. El presente aval será ejecutable por el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. a primera demanda o petición, bastando para ello el simple requerimiento notarial a la Entidad Avalista dándole cuenta del incumplimiento en que haya incurrido la empresa Avalada. El presente AVAL estará en vigor hasta que el BENEFICIARIO, o quien en su nombre sea legalmente habilitado para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria. En ................................................................., a ..... de ................. de .......... En prueba de aceptación: ( Empresa Ofertante ) P.P. D. .............................................................

BANCO ........................................................... P.P. D. ............................................................. D. .............................................................

ANEXO I

MODELO DE GARANTÍA

Page 30: PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA ... itc@itccanarias.org 1 Núm. de Expediente: 0287/2015 bis PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE LAS

Pliego para la contratación denominada: "Servicio de

Auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A.

para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente

0287/2015 bis, mediante procedimiento negociado con

publicidad.

Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. C/ Cebrián, 3 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Tel.: (+34) 928 37 99 00 Fax: (+34) 928 37 98 14

Plaza de Sixto Machado, 3 38009 Santa Cruz de Tenerife

Tel.: (+34) 922 56 89 00 Fax: (+34) 922 56 89 01

e-mail: [email protected] http://www.itccanarias.org

30

Por la presente la empresa licitadora se compromete, en caso de resultar adjudicataria de la contratación denominada “Servicio de auditoría externa de las cuentas anuales del ITC, S.A. para los ejercicios 2015, 2016 y 2017”, expediente 0287/2015 bis, mediante negociado con publicidad., a lo siguiente:

Cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.

Ejercer de modo real, efectivo y periódico el poder de dirección inherente a todo empresario en relación con sus trabajadores, asumiendo la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, sustituciones, obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, y la imposición de las sanciones disciplinarias que fueran procedentes. Igualmente, manifiesta expresamente responsabilizarse, como empleadora, del cumplimiento de todas sus obligaciones con la Seguridad Social respecto a los trabajadores con los que va a ejecutar las prestaciones que constituyen el objeto del contrato de servicios, en particular del abono de las cotizaciones y del pago de prestaciones, y cuantos otros derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.

Designar al menos un coordinador o responsable de la ejecución del contrato, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:

a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la entidad contratante, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato y la entidad contratante, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.

b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.

c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.

d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, de forma que no se altere la correcta ejecución del servicio.

e) Informar a la entidad contratante sobre las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.

Seleccionar el personal que, reuniendo, en su caso, los requisitos de titulación y experiencia exigidos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la entidad contratante del cumplimiento de aquellos requisitos.

Velar especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.

Firma y sello

ANEXO II

DECLARACION RESPONSABLE SOBRE ASPECTOS LABORALES