16
 PLURALISMO JURIDICO En sociología jurídica, se entiende por pluralismo jurídico la coexistencia de dos o más órdenes jurídicos en un mismo ámbito de tiempo y de espacio. El concepto de pluralismo jurídico supone una definición alternativa de derecho, pues si se adopta la definición clásica, el derecho se reduce a las normas producidas exclusivamente por el Estado. Si se acepta la noción de pluralismo jurídico, se pone en cuestión la idea del monopolio de la fuerza estatal. esde una perspectiva soci ojur ídica, puede ent enderse como der echo cual!uier con junto de normas !ue regulen la conducta humana, y !ue sea reconocido por sus destinatarios como vinculante. Seg"n #oaventura de Sousa Santos, cual!uier orden social !ue de cuenta de retórica, violencia y burocracia, puede ser considerado como derecho. El comercio informal, la presencia de grupos guerrill eros o paramilitares, o la presencia de etnias o grupos indígenas en un Estado, son algunos ejemplos de pluralismo jurídico. LOCALISMO GLOBALIZADO. $onsiste en el proceso por el cual un fenómeno local dado es globalizado con %xito. &sualmente la globalización de prácticas locales se origina en el centro del sistema mundial y son despu%s expandi das y disemi nadas a la periferia y a la semiperiferia. En realidad, dice Santos, un localismo globalizado es 'un proceso cultural mediante el cual una cultura local hegemónica se come y digiere, como un caníbal, otras culturas subordinadas' (p.)*)+. $omo ejemplo tendríamos ciertas operaciones mundiales de las empresas transnacionales, la transformación de la lengua ingle sa en lengu a franca, la globa lizaci ón de la comida rápida o la m"sica popular norteamericanas, o la adopc ión mundial de las ley es de pr opiedad intelectual norteamericana sobre softare para computadoras. GLOBALISMO LOCALIZADO.

PLURALISMO JURIDICO

Embed Size (px)

DESCRIPTION

AREA JURIDICA

Citation preview

PLURALISMO JURIDICO

En sociologa jurdica, se entiende por pluralismo jurdico la coexistencia de dos o ms rdenes jurdicos en un mismo mbito de tiempo y de espacio. El concepto de pluralismo jurdico supone una definicin alternativa de derecho, pues si se adopta la definicin clsica, el derecho se reduce a las normas producidas exclusivamente por el Estado. Si se acepta la nocin de pluralismo jurdico, se pone en cuestin la idea del monopolio de la fuerza estatal.

Desde una perspectiva sociojurdica, puede entenderse como derecho cualquier conjunto de normas que regulen la conducta humana, y que sea reconocido por sus destinatarios como vinculante. Segn Boaventura de Sousa Santos, cualquier orden social que de cuenta de retrica, violencia y burocracia, puede ser considerado como derecho.

El comercio informal, la presencia de grupos guerrilleros o paramilitares, o la presencia de etnias o grupos indgenas en un Estado, son algunos ejemplos de pluralismo jurdico.

LOCALISMO GLOBALIZADO.

Consiste en el proceso por el cual un fenmeno local dado es globalizado con xito. Usualmente la globalizacin de prcticas locales se origina en el centro del sistema mundial y son despus expandidas y diseminadas a la periferia y a la semiperiferia. En realidad, dice Santos, un localismo globalizado es "un proceso cultural mediante el cual una cultura local hegemnica se come y digiere, como un canbal, otras culturas subordinadas" (p.202). Como ejemplo tendramos ciertas operaciones mundiales de las empresas transnacionales, la transformacin de la lengua inglesa en lengua franca, la globalizacin de la comida rpida o la msica popular norteamericanas, o la adopcin mundial de las leyes de propiedad intelectual norteamericana sobre software para computadoras.

GLOBALISMO LOCALIZADO.

Consiste en el impacto especfico de las prcticas e imperativos transnacionales en las condiciones locales, que son as desestructuradas y reestructuradas con el fin de responder a dichos imperativos. Tales globalismos localizados incluyen: enclaves de libre comercio; deforestacin y deterioro masivo de los recursos naturales para pagar la deuda externa; uso turstico de los tesoros histricos, los lugares y ceremonias religiosas, las artes y artesanas, la vida salvaje; dumpling ecolgico; conversin de la agricultura de subsistencia en agricultura orientada a la exportacin como parte del "ajuste estructural"; etnizacin del lugar de trabajo, etc

CARACTERSTICAS DE LOS PRINCIPALES PUEBLOS INDGENAS DE VENEZUELA

Los indgenas que habitan actualmente en Venezuela son descendientes de aquellos primeros pobladores que llegaron a territorio venezolano hace miles de aos, provenientes de diferentes lugares de la tierra, en especial desde Asia. Y aunque todos los pueblos presentan este origen comn, cada uno de ellos ha desarrollado su manera de ser, adecundose a sus condiciones particulares de vida.

En la actualidad slo se tiene registro de los pueblos ms numerosos, pero existen otros que an se deben conocer y proteger.

El pueblo wayu. Es el grupo ms numeroso de indgenas venezolanos y pertenece a la familia lingstica arawak. Se ubica principalmente en la pennsula de la Guajira venezolana y colombiana (estado Zulia, en Venezuela, y departamento de la Guajira, en Colombia). Por eso, se les conoce tambin como guajiros. Algunos emigraron a otras zonas de Zulia y a los estados Mrida y Trujillo. Segn los reportes del ltimo censo indgena, este pueblo tiene 33.845 integrantes.

Los wayu son monogmicos y polignicos y su organizacin social est formada por clanes matrilineales a los cuales identifican con algn animal. En la baja Guajira construyen casas con palmas de cocoteros y madera, pero en la alta y desrtica Guajira sus viviendas las hacen de barro mezclado con techos de corazn de cardones. Los hombres de las ms apartadas regiones visten el guayuco; las mujeres, en casi todos los lugares donde se encuentran, su manta guajira. Son sedentarios y seminmadas y presentan un alto grado de aculturacin debido al contacto con pueblos vecinos de criollos venezolanos, colombianos y otros extranjeros.

Su economa est centrada en la pesca y en la cra de ganado ovino, caprino, porcino y vacuno. Quienes se han asentado en las ciudades trabajan como tcnicos o profesionales en los sectores pblico y privado. En pocas de lluvia siembran maz, frijoles, patilla y melones. Son buenos artesanos y se dedican a la cermica, la cestera, el hilado, el tejido de tapices, hamacas, chinchorros y alpargatas.

El pueblo warao. Formado por 28.633 personas censadas, es el segundo pueblo indgena ms numeroso de Venezuela. Se ubica principalmente en Delta Amacuro, pero tambin hay comunidades en Monagas, Sucre y bolvar, as como en la Repblica de Guyana. Su nombre refiere a su inseparable curiara (una embarcacin hecha de madera con la que comercian, juegan, viajan y trabajan y, donde adems, duermen y son enterrados).

El grueso de la poblacin vive en palafitos que ubican a orillas de los ros y que varan de tamao; los hay donde habitan desde 20 hasta 300 personas. Generalmente no tienen paredes ni divisiones internas. El mobiliario principal es el chinchorro que se coloca al lado de un fogn de barro, que ofrece calor en las fras noches y auyenta los mosquitos.

La autoridad en las familias la ejerce el suegro del esposo. Tienen sistemas de parentesco muy estrictos y se casan muy jvenes. Actualmente visten a la usanza de los criollos, aunque an se puede ver a algunos hombres vistiendo el guayuco. Las mujeres suelen adornarse mucho con semillas y huesos de animales.

Los warao son pescadores por excelencia, pero tambin cazan, recogen frutos silvestres, miel y cultivan algunos productos. Actualmente, se dedican tambin a la explotacin de la madera y de la palma de manaca y moriche. Algunos trabajan en las fbricas de procesamiento de la palma de manaca, para la elaboracin del palmito. En los conucos siembran ocumo chino, yuca dulce y amarga, pltano, cambur y caa de azcar y, cuando las condiciones lo permiten, siembran maz y arroz. Su vida tambin gira alrededor de la palma de moriche, a la que consideran una madre porque les proporciona su bebida, su comida y la materia prima para otros usos.

El pueblo pemn. Se encuentra ubicado en la Gran Sabana, en el Parque Nacional Canaima y en la Sierra de Imataca, estado Bolvar. La palabra pemn significa persona. Los pemn se dividen en tres subgrupos, que se corresponden con sus variantes dialectales: kamarakoto, taurepn y arekuna. No se pueden establecer delimitaciones geogrficas rgidas, pero por lo general los arekuna se concentran en la zona norte del territorio pemn; los taurepn hacia el sur, en direccin este-oeste en la boca del ro Maurak; y los kamaracoto se encuentran en la regin de Kamarata y Urimn. Son descendientes de la familia lingstica caribe. Segn el ltimo censo, son 24.121, lo que representa el tercer pueblo indgena ms numeroso de Venezuela.

Los pemn son principalmente horticultores, pescadores y cazadores. La principal actividad de subsistencia es la agricultura itinerante y de tala y quema, con la cual se elimina la vegetacin de pequeos bosques para establecer los conucos. En ellos cultivan la yuca amarga y dulce, el aj, el mapuey, la batata, el ocumo, el pltano, el ame y la pia. Basan su alimentacin en la yuca amarga, de la que obtienen almidn, casabe y kashiri, una bebida con alto grado alcohlico. La economa, en algunas zonas, tambin est basada en la minera.

A los hombres les corresponden las tareas como la tala para los conucos y las labores de cacera. Las mujeres realizan las tareas relacionadas con la siembra y cosecha de los conucos y la preparacin de alimentos. En general, son mongamos pero est permitida la poligamia. Son excelentes artesanos: la cermica pemn es de la mejor elaborada, y por ende, sus ollas constituyen un producto tradicional de comercio. Adems, tejen chinchorros y cestas de fibras vegetales. Algunos de ellos participan en el turismo. Construyen tres tipos de vivienda: la maloca o waip, el tapuy y el tapuruka. La ms comn es la waip, una casa redonda de tipo habitacional con suelo de tierra apisonada, paredes de bahareque y techo de palma y paja, con una o dos puertas de entrada y con pocas ventanas. Tambin viven en churuatas. Los pemn son muy alegres, festivos y cordiales.

El pueblo karia. Pertenece a la familia lingstica caribe. Est disperso en el centro-sur del estado Anzotegui, en el norte del estado Bolvar, en las riberas del ro Orinoco (estados Bolvar, Apure y Delta Amacuro) y en el estado Monagas. Muchos de ellos han emigrado a El Tigre y Ciudad bolvar. Se registraron en el ltimo censo 11.789 personas pertenecientes a este pueblo.

El largo contacto de los karia con los criollos ha ocasionado un alto nivel de aculturacin en sus comunidades; no obstante, ellos combinan los elementos socioculturales, religiosos y lingsticos autctonos con lo criollo. Viven en casas de palma, en viviendas rurales y en viviendas tpicas del campesinado venezolano. Se dedican a la ganadera vacuna y porcina, a la avicultura, a la cestera, a la cermica y al comercio. Las plantas alimenticias bsicas de los cultivos de los karia son la yuca, el maz, el frijol y el pltano, entre otros.

La familia extendida est formada por un hombre casado, su esposa, sus hijos solteros y sus hijas casadas, ms los maridos de ellas y sus hijos. Cada comunidad es autnoma; las decisiones relevantes se toman por consenso; la figura del dopooto o capitn ejerce un liderazgo centrado bsicamente en su capacidad de negociacin y persuacin. La transmisin cultural depende de los ancianos, quienes garantizan la continuidad del idioma y las tradiciones ms ancestrales de su cultura.

El pueblo piaroa. Tambin llamado wo'tuha, que quiere decir gente pacfica, es riguroso y disciplinado y descarta todo acto de violencia fsica o verbal. Su idioma tiene influencias arawak y caribe. Se ubica a orillas de los ros Puruname, Sipapo, Autana, Cuao, Guayapo, Samariapo, Cataniapo, Paria, Parguaza, Alto Suapure, Orinoco, en el valle del Manapiare, cuenca inferior del Ventuari y cerca de Puerto Ayacucho, estado Amazonas. Segn el ltimo censo hay actualmente 12.558 piaroa. Los piaroa son el vivo ejemplo del mestizaje, han dejado entrar en su cultura muchos elementos de sus vecinos criollos, pero a su vez ellos son herederos de las culturas ya extintas de la zona. De hecho algunas comunidades cuentan todava con un chamn. Hoy en da hay docentes y enfermeros dentro de sus comunidades.

Hasta hace muy poco utilizaban casi todos los elementos tradicionales de su cultura, tanto en su vestimenta con guayucos como en la vivienda (grandes construcciones cilndricas cuyo techo de palma llegaba al piso) y en la pesca. Hoy han cambiado mucho su cotidianidad. La gran mayora se viste como lo hacen sus vecinos criollos.

La gran churuata tradicional es usada slo en unas pocas comunidades, mientras que la mayora se organiza en casas unifamiliares. Los piaroa han sido considerados como buenos comerciantes, de hecho la actividad comercial con sus vecinos contina hoy en da; incluso podra decirse que una buena parte de las frutas y de los productos derivados de la yuca que llegan a Puerto Ayacucho provienen del comercio con los piaroa.

El pueblo guajibo. Est disperso al sur del estado Apure, al noroccidente del estado Amazonas, alrededor de San Juan de Manapire, en las riberas de los ros Vichada, Tuparro, Tomo, Meta, Capanaparo y en el curso del ro Orinoco. Este pueblo cuenta con cerca de 10.473 personas. Por su ubicacin dispersa, se ha mezclado con los criollos pero sin perder del todo su identidad. Los guajibo, desde hace mucho tiempo, han sido nmadas cazadores y recolectores, aunque actualmente muchas de las comunidades son sedentarias y cultivan el conuco as como cazan y pescan.

Los guajibos visten como criollos y su vivienda se caracteriza por ser una construccin ovalada con techo de caballete y con paredes de hoja de palma. Habitan tanto las viviendas tradicionales como la vivienda rural y la criolla. Su bebida tradicional la preparan las mujeres y se llama mera, mezcla del maoco (una variante de casabe, molido con agua y sin alcohol). Utilizan narcticos como el tabaco, el yopo y el kapi. Comen carnes y huevos de morrocoy y tortuga, que abundan en la zona.

Dividen el trabajo de acuerdo con el nivel de aculturacin y preparacin profesional. Slo los jefes, chamanes y personas muy estimadas pueden tener dos y hasta tres mujeres, pues la poligamia reviste cierto status o rango. Tallan la madera, practican la cermica, la cestera y la cra de aves. Participan en la explotacin de los recursos forestales de la regin, en el turismo y en otras actividades.

El pueblo yanomami. Su nombre significa persona, ser humano. Vive en el suroeste de Venezuela, entre la sierra Parima y el Orinoco, el Ventuari, el Caura y el Paragua, especficamente en las cuencas de los ros Ocamo, Manaviche, Mavaca, y en el alto Siapa y el alto Matacuni, en el estado Amazonas. En Venezuela, la mayor parte vive en el Parque Nacional Parima-Tapirapec; el resto vive en Brasil. Su poblacin censada es de 7.003 miembros y es uno de los pueblos menos transculturizado de la regin del Amazonas.

Forman familias extensivas que viven en shabonos construdos de palma, en forma circular y con un gran orificio en el centro, a cielo abierto. All pueden vivir entre 20 y 200 personas, dependiendo del tamao. Las familias se organizan en torno al fogn. Los yanomami construyen sus casas prximas a sus conucos y cada cuatro o cinco aos se mueven para acercarse a nuevas plantaciones.

Cultivan pltano, ocumo, yuca dulce, caa de azcar, maz y batata, adems de cambur, aguacate, lechoza, pijiguao, tabaco y algodn, que usan para la elaboracin de hamacas y de sus vestidos. Cazan regularmente animales, pescan y recolectan productos de la selva. La miel es un recurso natural muy apreciado para ellos. La artesana la desarrollan las mujeres haciendo cestera y artculos utilitarios con bejuco de mamure descortezado.

Conservan sus elementos culturales, religiosos y lingsticos. Sus vidas giran alrededor de sus creencias ancestrales. Forman una sociedad igualitaria y no jerrquica, pues los chamanes, quienes ejercen la autoridad moral, no poseen distintivos y entre las comunidades funciona el principio de reciprocidad.

El pueblo a. Tambin llamado paraujano, pertenece a la familia lingstica arawak. Actualmente, su poblacin censada es de 3.854 personas. Se ubica principalmente en la laguna de Sinamaica, en las islas San Carlos y Zapara y en Santa Rosa de Agua, en Maracaibo, entre otras zonas del lago.

Los a viven en palafitos, el elemento ms caracterstico de su cultura, que construyen con madera de mangle y enea (una especie de hierba alta que crece en terrenos muy anegados). Para trasladarse de un palafito a otro, los a se despalazan en pequeos cayucos o canoas o utilizando rsticas pasarelas a manera de puentes.

Su principal actividad es la pesca con redes y anzuelos. Antiguamente cazaban patos salvajes con un sistema manual sumamente rpido. Una de las actividades ms caractersticas de este pueblo es el trabajo del mangle y la enea, que utilizan para elaborar elementos utilitarios, redes de pesca y artesanas como cestas y esteras.

Hoy en da han abandonado la mayora de sus costumbres y son los ancianos los que an conservan las pocas que quedan. No obstante hay un movimiento social de a que est luchando por rescatar sus tradiciones y su idioma. Se caracterizan por ser muy buenos poetas populares.

El pueblo pum. Conocido tambin con el nombre de yaruro. Segn el ltimo censo, este pueblo cuenta con 7.269 miembros. Su carcter pacfico es uno de los rasgos distintivos de su cultura. Las comunidades pum se ubican en la regin central y sur del Estado Apure, cerca de los ros Arauca y Cunaviche y, particularmente, en las riberas de los ros Capanaparo, Riecito y Sinaruco.

Las comunidades son pequeas, con menos de cincuenta habitantes organizados en varias casas unifamiliares. Las comunidades ms pequeas estn conformadas por una sola familia extendida: un hombre casado con su esposa o sus esposas; sus hijos e hijas solteras, y sus hijas casadas con sus respectivos esposos e hijos.

Cada comunidad es autnoma, pero est encabezada por un capitn, quien desempea una funcin social importante de representacin ante el pueblo, como recibir a los visitantes y ser vocero ante las demandas externas, pero carece de autoridad real puesto que las decisiones ms importantes las toma la comunidad por consenso.

La actividad agrcola se desarrolla en conucos y se siembran principalmente yuca amarga y maz. Pescan en los ros, cazan y recolectan en los bosques de galera y, en menor grado, en la sabana. En las ltimas dcadas, los pum se han visto obligados a compartir su territorio ancestral con la poblacin criolla debido a que, con el paso del tiempo, sus tierras han sido reducidas y han tenido que competir con los criollos por los mismos recursos. La mayora de los pum an conserva sus ricas tradiciones culturales.

El pueblo yukpa. Pertenece a la familia lingstica caribe. Este pueblo cuenta con un total censado de 6.688 miembros. Se ubica en la sierra de Perij, desde el ro Santa Rosa al Guasare, en el norte del estado Zulia. Sus viviendas son extremadamente sencillas entre las que se distinguen tres tipos: una con techos de dos aguas, otra de forma circular y la paravientos. Los techos son de palma o de hojas de bijao y casi todas carecen de paredes.

Los yukpa visten como los criollos, aunque algunos de ellos an utilizan una manta tpica rectangular con un hueco por donde pasan la cabeza. Las mujeres utilizan dos de stas, una como falda y otra para el torso dejando el busto al descubierto. Suelen adornarse con collares de semillas ensartadas en hilos de algodn.

La agricultura de tala y quema sigue siendo su principal actividad de subsistencia, complementada por la caza, la pesca, la recoleccin y una incipiente ganadera. El maz es el cultivo y alimento principal de los yukpa, combinado con la yuca dulce, el pltano y el cambur. El cultivo del caf se ha extendido por todas las comunidades y constituye el cultivo comercial ms importante. Los yukpa comercializan el caf a travs de su propia empresa cooperativa establecida en Machiques.

PRINCIPIOS DE LA CONCILIACIN

PRINCIPOS PROCESALES

FINALIDAD

La finalidad que persigue la conciliacin es ultra valiosa no solo para las partes en conflicto sino tambin para la sociedad en su conjunto, ya que si se utiliza adecuadamente no solo se resuelve el conflicto de intereses entre las partes, sino que va mas all todava, pues con la auto composicin entre las partes se restablece la paz social, integrante del desarrollo econmico, esta es su finalidad suprema.

RESTABLECER LA PAZ SOCIAL.

Como la solucin la han generado, elaborado y construido ellos mismos poco a poco con la ayuda del conciliador, se sienten satisfechos con el resultado, desapareciendo la enemistad, de modo no les sirva para desunirlos sino para unirlos pues ambos tendrn que trabajar conjuntamente cooperativamente para solucionar su problema, que es una solucin en la que ambas partes queda mutuamente satisfechas, ambos ganan, restableciendo la paz entre ambos.

LEGALIDAD.

El principio de legalidad se refiere a que los acuerdos inteligentes al que arriban los conciliantes, vale decir, el acto jurdico por el cual las partes ponen fin a su conflicto, este de conformidad con el ordenamiento jurdico y no contravenga el orden pblico y las buenas costumbres.

VERACIDAD.-

El principio de veracidad. Implica que todo aquel que participa en un proceso de Conciliacin debe dirigir su actuar por el camino limpio de la verdad, de lo autentico.

En lo que respecta a las partes, estn obligadas a proporcionar informacin real, autentica y no falsa, decir la verdad, de verdad, sobre el origen, causas, consecuencias del conflicto as como de los intereses reales.

En cuanto al conciliador esta obligado a explicar a las partes el proceso de Conciliacin, ventajas, desventajas y honorarios con una alta fidelidad.

As, al ingresar los conciliantes al proceso de Conciliacin deben dejar a fuera de la sala de sesiones todo tipo de armas como la falsedad, la mentira, ingresando con una sola arma, la verdad y manifestar sus verdaderos intereses para que puedan logar un acuerdo inteligente que se puede cumplir.

BUENA FE.

Implica el deber de las partes conciliantes de mostrar durante el desarrollo del proceso de Conciliacin una conducta leal y honesta. Las partes han de abstenerse de engaar para obtener un acuerdo pues si este resulta fruto de aquel se desviara el proceso de conciliacin de su fin natural cuales de restablecer la paz social con justicia.

Esta conducta tambin es extensiva a todos los sujetos de una conciliacin.

ECONOMIA.-

La economa debe entenderse en sus tres dimensiones de tiempo, esfuerzos y gastos.

La economa de tiempo es de radical importancia pues el tiempo no es oro, es algo mas, justicia. La economa implica que el proceso de conciliacin debe durar el menor tiempo posible, solo debe usarse el tiempo indispensable, abstenindose de dilatar el proceso innecesariamente con la finalidad que construyan un acuerdo inteligente con el que resuelven su conflicto de intereses lo mas rpido posible utilizando un espacio de tiempo reducido.

La economa de esfuerzos esta referida a la eliminacin dentro del proceso conciliatorio de ciertos actos innecesarios. Para la obtencin de su finalidad que es resolver el conflicto.

La economa de gasto implica que las partes conciliantes ahorren en costos lo cual depender directamente del tiempo, esfuerzo y complejidad del conflicto.

CELERIDAD.

Este principio es trascendental pues Justicia tarda, no es Justicia, se busca con este principio que los conciliantes arriben a un acuerdo inteligente con el que ponen fin a su conflicto en el menor tiempo posible, lo mas rpido y breve que se pueda lograr y si se presenta un impase insalvable las partes o el conciliador deben dar por concluido el proceso de conciliacin con el fin de evitar la utilizacin de tiempo, costo econmico y psicolgico innecesario.

SOCIALIZACION.

La igualdad jurdica, vele decir la igualdad de las personas ante la ley, se traslada al proceso conciliatorio, dando resultado a la igualdad de los conciliantes durante el desarrollo del proceso conciliatorio.

Este principio implica el deber del conciliador de impedir que las desigualdades entre los conciliantes, por motivos de raza, sexo, religin, idioma o condicin social poltica o econmica, perjudique el desarrollo o el resultado del proceso de conciliacin. Exige que a los conciliantes se le aplique el mismo criterio de derechos y obligaciones sin ser discriminados por algn motivo. Las partes conciliantes deben ser tratadas por igual.

PRINCIPIOS ETICOS

EQUIDAD

El principio de equidad implica que el auto composicin de los conciliantes debe inspirarse en la justicia, vale decir, el acuerdo con el que los conciliantes ponen fin a su conflicto debe ser justo y equitativo, duradero, considerar los intereses de ambos conciliantes y de la comunidad.

CONFIDENCIALIDAD

La confidencialidad es uno de los rasgos caractersticos que identifica plenamente a la conciliacin. La confidencialidad permite a las partes actuar durante todo el desarrollo del proceso de conciliacin dentro de un ambiente de plena libertad, a fin que puedan sincerarse, generar eficazmente opciones, asimismo ayuda a la credibilidad del conciliador y del sistema conciliatorio. Por otro lado, protege a las partes a fin que toda la base informacin que se genere como consecuencia del proceso de conciliacin no se haga pblica, a travs de cualquier medio, a la otra parte o tercero, en un proceso judicial posterior.

En virtud de este principio el conciliador tiene la obligacin durante el desarrollo y aun despus del proceso de conciliacin de guardar reserva de la informacin recibida. El conciliador esta prohibido de revelar la informacin a la que acceda por participar en el proceso de conciliacin obtenida en un causus o reunin conjunta ya sea a la otra parte o terceros. Salvo que los conciliantes lo autoricen, este obligado por Ley o vaya contra el orden publico.

NEUTRALIDAD

El principio de neutralidad esta dirigido exclusivamente al conciliador, La neutralidad es un rasgo distintivo del conciliador, en virtud de este principio el conciliador ha de ser un tercero ajeno a los conciliantes.

El conciliador no debe tener antes, durante y despus de la conciliacin ningn tipo de relacin jurdica o extra jurdica con alguna de las partes conciliantes o sus familiares, para evitar un conflicto de intereses

Hay conflicto de intereses cuando existe una relacin jurdica o no jurdica entre el conciliador su cnyuge, conviviente o esta incurso dentro de las causales de recusacin, abstencin o impedimentos establecidos Por el Cdigo Procesal Civil con alguna de las partes, en estos casos el conciliador est obligado a revelar todos los conflictos de intereses reales o potenciales que razonablemente conozca,

Antes de aceptar una designacin como conciliador, deber verificar si existe alguna relacin de la que pueda surgir un inters directo o indirecto en el resultado del conflicto, o alguna circunstancia que pueda poner en duda su imparcialidad, y en su caso hacerla conocer a las partes.

Durante el desarrollo de la conciliacin, deber evitar cualquier situacin que pueda afectar su objetividad, neutralidad, apariencia de que existe un conflicto de intereses.

No es necesario que el hecho haya generado efectivamente esa imparcialidad. Basta con que sea potencialmente capaz de producirla, o que el conciliador crea que las partes pueden haber dudado de ella.

IMPARCIALIDAD

Al igual que el anterior principio esta dirigido exclusivamente al conciliador, La imparcialidad es una caracterstica del conciliador, implica el deber del conciliador hacia los conciliantes de despojarse de favoritismos o prejuicios durante el desarrollo del proceso de conciliacin, con el fin de no perjudicar o favorecer a uno de los conciliantes. El conciliador debe mostrar una conducta que refleje imparcialidad ya sea de hechos o palabra. No solo debe ser imparcial sino debe parecerlo.

LOS PRINCIPIOS BSICOS EN LOS CUALES SE FUNDAMENTA LA MEDIACIN,, A SABER: LA AUTODETERMINACIN DE LAS PARTES, LA CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO Y LA TICA DEL MEDIADOR CENTRADA EN SU OBLIGATORIA NEUTRALIDAD E IMPARCIALIDAD, EN EL CONFLICTO OBJETO DE MEDIACIN. El principio de autodeterminacin de las partes, se define como el derecho de los ciudadanos de solucionar sus conflictos ya sea judicial, extrajudicialmente, en familia, en sus comunidades, en fin en sus actividades cotidianas. La autodeterminacin de las partes como derecho inherente de quienes acuden a los medios alternativos de resolucin de conflictos, debe quedar plasmado en la futura ley, para que tenga la fuerza necesaria en la exigencia del cumplimiento de los acuerdos o actas de mediacin. Recordemos que este principio esta normado en el cdigo de procedimiento civil, como autocomposicin procesal, derecho que las partes tienen dentro del mismo juicio, de desistir del procedimiento, convenir en las pretensiones de la otra parte, transar o conciliar el conflicto objeto de litigio. En cuanto a la confidencialidad del proceso, debe garantizarse legalmente la absoluta confidencialidad de todas las informaciones, discusiones, negociaciones y/o elementos probatorios, que las partes traigan a colacin dentro de la mediacin,. La confidencialidad es un principio que el mediador esta en la obligacin de acatar y en el derecho de defender, ante cualquier intento de las propias partes o de otras instancias de obligarle a violarla. Otra razn a favor de la necesidad de la ley es que en ella quedaran plasmados los principios ticos que el mediador esta obligado a respetar, tales como neutralidad, imparcialidad, mejoramiento e idoneidad profesional, para que lo conozcan y lo exijan quienes voluntariamente solicitan sus servicios profesionales. He dejado para el final el tema esencial de la fuerza legal que tendra el acta o acuerdo de mediacin, es decir el documento que contiene las conclusiones y soluciones que las partes han acordado para la solucin de su propio conflicto. El anlisis jurdico de los legisladores asesorados por especialistas en la materia, concluiran si se le torga el mismo valor que tiene un laudo arbitral. Estamos de acuerdo en que el principio bsico de la mediacin es que las partes asistidas por el mediador, encuentren la solucin que les beneficie mutuamente, se sientan satisfechos y cumplan a pie juntillas con lo acordado. Sin embargo aqu y en cualquier parte del mundo, habr quien de buena o mala fe decida incumplir su compromiso, lo cual por lo dems, sucede frente a sentencias definitivamente firmes emanadas del poder judicial. Por lo tanto es necesario que exista una norma legal que garantice a las parte que el acuerdo o acta de mediacin, ser cumplido por las partes o se har cumplir por las autoridades.

Diferencias entre mediacin y conciliacin

MEDIACIN Y CONCILIACIN

La mediacin es una forma de resolver conflictos entre dos o ms personas, con la ayuda de una tercera persona imparcial, el mediador. Los mediadores pueden ser alumnos, profesores, padres. No son jueces ni rbitros, no imponen soluciones ni opinan sobre quin tiene la verdad, lo que buscan es satisfacer las necesidades de las partes en disputa, regulando el proceso de comunicacin y conducindolo por medio de unos sencillos pasos en los que, si las partes colaboran, es posible llegar a una solucin en la que todos ganen o, al menos, queden satisfechos.

Experiencias como stas se estn llevando a cabo actualmente en algunos centros educativos y, ms all de la solucin a los problemas interpersonales, lo que promueven es un modelo de convivencia ms pacfico.

La mediacin es VOLUNTARIA, es CONFIDENCIAL, y est basada en el DILOGO.

La mediacin puede resolver conflictos relacionados con la transgresin de las normas de convivencia, amistades que se han deteriorado, situaciones que desagraden o parezcan injustas, malos tratos o cualquier tipo de problemas entre miembros de la comunidad educativa.

Se diferencia de la conciliacin porque:

El proceso de mediacin se orienta hacia una solucin contractual cualquiera del conflicto de intereses entre las partes. En cambio el proceso de conciliacin se orienta hacia una solucin justa del conflicto de intereses. Da a cada parte lo suyo.

En la mediacin, el tercero neutral denominado Mediador tiene un menor protagonismo durante el desarrollo de todo el proceso, pues participa pasivamente en el proceso limitndose a acercar, aproximar y juntar a las partes, facilitar la comunicacin entre las partes, abstenindose de proponer soluciones al conflicto.

En cambio, en la conciliacin el tercero neutral denominado Conciliador, tiene un mayor protagonismo en el proceso, ya que puede proponer a las partes soluciones no vinculantes para solucionar el conflicto.

En el proceso de mediacin las partes tienen un mayor protagonismo, un papel ms activo en el desarrollo del proceso de mediacin, ya que el mediador no propone soluciones al conflicto.

En cambio en la conciliacin las partes tienen menor protagonismo, desde el momento en que el tercero puede proponer formulas de solucin al conflicto, pero a su ves mas activo que en un proceso judicial.