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3.1.2. DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRES LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS La Declaración de las Naciones Unidas sobres los derechos de los pueblos indígenas, ha sido ratificada en Bolivia el 2007, podemos resaltar los siguientes derechos de los pueblos indígenas: El Derecho a la libre determinación de los pueblos (Art. 3) Derecho a conservar reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas y económicas. (Art. 5, 20) 3.2. MARCO JURIDICO NACIONAL La nueva Constitución Política del Estado de Bolivia, aprobada mediante referéndum y promulgada el 7 de febrero de 2009, reconoce explícitamente pluralismo jurídico, e incorpora entre otros los siguientes cambios: a) Reconoce como modelo de Estado unitario social de derecho plurinacional y se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país. (Art.1) b) Todos los idiomas de las naciones y pueblo indígenas originarios campesinos son considerados como idiomas oficiales del Estado. (Art.2) c) El Estado asume nuevos principios extractados de la sociedad plural. (Art.8) d) Reconoce a los pueblos indígenas originarios campesinos como titulares de derechos colectivos y

Pluralismo Juridico Marco Teorico

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Page 1: Pluralismo Juridico Marco Teorico

3.1.2. DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRES LOS DERECHOS DE LOS

PUEBLOS INDÍGENAS

La Declaración de las Naciones Unidas sobres los derechos de los pueblos indígenas, ha

sido ratificada en Bolivia el 2007, podemos resaltar los siguientes derechos de los

pueblos indígenas:

El Derecho a la libre determinación de los pueblos (Art. 3)

Derecho a conservar reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas y

económicas. (Art. 5, 20)

3.2. MARCO JURIDICO NACIONAL

La nueva Constitución Política del Estado de Bolivia, aprobada mediante referéndum y

promulgada el 7 de febrero de 2009, reconoce explícitamente pluralismo jurídico, e

incorpora entre otros los siguientes cambios:

a) Reconoce como modelo de Estado unitario social de derecho plurinacional y se

funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y

lingüístico, dentro del proceso integrador del país. (Art.1)

b) Todos los idiomas de las naciones y pueblo indígenas originarios campesinos

son considerados como idiomas oficiales del Estado. (Art.2)

c) El Estado asume nuevos principios extractados de la sociedad plural. (Art.8)

d) Reconoce a los pueblos indígenas originarios campesinos como titulares de

derechos colectivos y establece un catalogo de sus derechos. (Arts.3, 30, 31 y

32)

e) Reconoce la autonomía indígena como autogobierno y el ejercicio de la libre

determinación de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos

(Arts. 2, 289-296)

f) Incorpora la composición plural en el Tribunal Constitucional Plurinacional, con

representación del sistema ordinario y del sistema indígena originario

campesino (Art. 197)

3.2.1 NUEVA LEY DEL ORGANO JUDICIAL

Page 2: Pluralismo Juridico Marco Teorico

La Ley del Órgano Judicial, LEY No 025 recientemente promulgada el 24 junio 2010,

con relación al pluralismo jurídico, establece en su artículo 2 que el Órgano Judicial es

un órgano del poder público, se funda en la pluralidad y el pluralismo jurídico, tiene

igual jerarquía constitucional que los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Electoral.

Incorpora nuevos principios que sustentan el Órgano Judicial tales como:

a) Plurinacionalidad: Supone la existencia de naciones y pueblos indígena

originario campesinos y de las comunidades interculturales y afrobolivianas.

b) Pluralismo Jurídico: Proclama la coexistencia de varios sistemas jurídicos en el

marco del Estado Plurinacional.

c) Interculturalidad: Reconoce la expresión y convivencia de la diversidad

cultural, institucional, normativa y lingüística, y el ejercicio de los derechos

individuales y colectivos en búsqueda del vivir bien.

d) Armonía Social: Constituye la base para la cohesión social, la convivencia con

tolerancia y el respeto a las diferencias. 1

1 La Ley del Órgano Judicial de Bolivia, LEY No 025 del 24 Junio 2010 , Art 3, Inc 1, 9, 10 y 11