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FINANZAS PARA MORTALES
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FINANZAS PARA MORTALES
Tú y tu primera nómina
NÓMINA
FINANZAS PARA MORTALES Tú y tu primera nómina
El empresario tiene la obligación de proporcionar al trabajador un recibo de salarios o nómina que justifica el pago realizado,
conforme al modelo oficial, indicando con claridad y separadamente las percepciones (o ingresos) y las deducciones (básicamente, la
Seguridad Social y la retención del impuesto de la renta) que vienen señaladas por la ley.
FINANZAS PARA MORTALES Tú y tu primera nómina
La nómina está compuesta de cuatro partes:
ENCABEZAMIENTO, DEVENGOS (o ingresos)
lDEDUCCIONES BASES DE COTIZACIÓN
FINANZAS PARA MORTALES Tú y tu primera nómina
EMPRESA TRABAJADORDOMICILIO NIFCIF Nº AFILIACIÓN S.S.COD. COTIZACIÓN SS Grupo Cotización Nº LIBRO Matrícula Categoría profesionalPeríodo de liquidación del 1 de …….. al 31 de ….. del 20 …. Total de días: 30
1. DEVENGOSPercepciones salariales Salario base Complementos salariales Antigüedad Plus de convenio Plus de distancia Plus de
Horas extraordinarias (obligatorias y/o voluntarias) Gratificaciones extraordinarias (pagas extra) Salarios en especiePercepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos Prestaciones o indemnizaciones de la Seguridad Social Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos Otras percepciones no salariales TOTAL DEVENGADO (A)
2. DEDUCCIONESAportaciones del trabajador a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta Contingencias comunes 4,70 % Desempleo 1,55 % Formación profesional 0,10 % Horas extraordinarias
Fuerza mayor o estructurales (obligatorias) 2,00 % No estructurales (voluntarias) 4,70 % TOTAL APORTACIONES
Impuesto Renta Personas Físicas (%) 2,00 %AnticiposValor de los productos recibidos en especieOtras deducciones TOTAL A DEDUCIR (B)
LÍQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B)
Firma y sello de la empresa Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIONES DEL IRPFI Base de cotización por contingencias comunes Remuneración mensual Prorrata pagas extraordinariasII Base de cotización por contingencias proesionales (AT y EP) y conceptos de recaudación conjunta (desempleo, formación profesional, fondo de garantía salarial)III Base de cotización adicional por horas extraordinariasIV Base sujeta a retención del IRPF
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DEVENGOSComponen la cantidad total de dinero que recibe el trabajador
antes de aplicar las deducciones y retenciones que le correspondan.
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Las cantidades que forman los devengos son:
Salario base Es la cantidad que el convenio colectivo aplicable fija
para la categoría profesional del trabajador.
Complementos salariales Son cantidades que corresponden a cada trabajador considerado en función de sus características
propias (antigüedad, formación, idiomas, nocturnidad, peligrosidad, etc.)
Complementos extra salariales Son cantidades entregadas al trabajador para compensar los gastos que tiene por ir a trabajar o
mientras realiza su trabajo (plus de transporte, plus de distancia, dietas, etc.)
Horas extraordinarias. Son cantidades recibidas por el trabajo realizado
fuera de la jornada ordinaria de trabajo.
Gratificaciones o pagas extraordinarias. El Estatuto de los Trabajadores establece el derecho a un mínimo de dos pagas extraordinarias, una en Navidad y otra cuando lo fije el convenio. Las pagas se devengan de forma semestral o anual. También
se pueden prorratear. El prorrateo consiste en repartir el importe de las pagas extras entre los doce meses del año.
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DEDUCCIONES
Incluye las cantidades que hay que descontar al trabajador;
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Las deducciones se realizan por diversos conceptos:
Retenciones a cuenta del I.R.P.F. Pago a Hacienda
Anticipos del salario (si los hubiera)
Valor de los productos recibidos en especieOtras deducciones
por ejemplo, cuando se produce un embargo del salario.
Bases de cotización son unas cantidades que se obtienen a partir del salario del trabajador
y que nos van a ayudar a calcular las cantidades a deducir.
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Una vez finalizado con éxito el Ciclo Formativo de Administración y Finanzas, Begoña empezó a trabajar como oficial administrativa
en el Banco Santander, con contrato indefinido.
EJEMPLO DE CÁLCULO DE UNA NÓMINA
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Según el convenio colectivo, la estructura del salario de Begoña es la siguiente:
¿Qué cantidades hay que deducir de la nómina de Begoña? ¿Cómo se estructuraría su nómina en el mes de marzo, por ejemplo?
Salario base:
1.200 €Retención a
cuenta del IRPF:
13 %Antigüedad:
60 €Plus de
actividad:
100 €
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SOLUCIÓN
Una posible metodología para resolver el caso es la que se muestra en el esquema siguiente:
CÁLCULO DE APORTACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL
1 Averiguar el grupo
de cotización
2Calcular el total devengado
3Hallar la parte proporcional de las pagas extras (PPPE)
4Determinar Base Cotización
Contingencias Comunes (BCCC)
5Determinar Base Cotización
Contingencias Profesionales (BCCP)
6Fijar las deducciones
al aplicar un % sobre las bases
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1 En primer lugar hay que identificar el grupo de cotización
en el que está incluida Begoña. Como su retribución es mensual, estará incluida en uno de los grupos que van del 1 al 7, y como es
oficial administrativa, pertenecerá al grupo 5.
Ahora debemos averiguar si la base de cotización de Begoña se encuentra entre la máxima y la mínima de ese grupo 5 para el año
en curso. Para ello una vez calculadas la Base de Cotización de Contingencias Comunes (BCCC) y la Base de Cotización de
Contingencias Profesionales (BCCP), compararlas con los topes máximos y mínimos que aparecen en la página web de la
Seguridad Social.
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2Ahora se calcula el importe del total devengado,
sumando todas las percepciones recibidas en ese mes, que se utilizará posteriormente como base para aplicar el I.R.P.F.
En el caso de Begoña, los cálculos son:
1.200 60 + 100
1.360 € Total Devengado =
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3A continuación, se obtiene la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Como mínimo, todo trabajador tiene derecho a dos pagas, y para calcular el prorrateo se debe tener en cuenta que el denominador es 12 en los casos de
trabajadores con retribución mensual (como Begoña), y 365 para los trabajadores con retribución diaria. Suponemos que Begoña tiene derecho a
dos pagas extras, que incluyen salario base y antigüedad.
Por lo tanto, los cálculos son los siguientes:
1.200 + 60
1.260 €
1.260 x 2
2.520 € / 12 = 210 €Paga =
Parte Proporcional de Pagas Extras (PPPE) =
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4Para calcular la Base de Cotización de Contigencias Comunes
(BCCC), se suma la retribución mensual (salario base y complementos salariales solamente) y el importe de la parte
proporcional de las pagas extraordinarias:
1.360 + 210
1.570 €
RM + PPPE
BCCC = =
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5
Dado que Begoña no ha realizado horas extraordinarias, la BCCP coincide con la BCCC (1.570,00 €).
La BCCC de Begoña se encuentra incluida entre la máxima y la mínima de su grupo de cotización que vimos en el paso 1, por lo
que debemos utilizarla tal cual (1.570 €), sin ampliarla a la mínima, pues la supera, ni reducirla a la máxima, pues es menor que ella.
Exactamente igual ocurre con la BCCP.
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6Finalmente, faltan por calcular las cantidades totales a deducir.
DEDUCCIONES EN LAS NÓMINA DE BEGOÑA
CONCEPTO TIPO APLICABLE BASE DE COTIZACIÓN TOTAL DE REFERENCIA Contingencias comunes 4,70 % 1.570 € 1570 x 4,70 % = 73,79 €
Desempleo 1,55 % 1.570 € 1570 x 1,55 % = 24,34 €
Formación profesional 0,10 % 1.570 € 1570 x 0,10 % = 1,57 €
Horas extra No realiza (no se cotiza por este concepto)
IRPF 13 % 1.360 € 1360 x 13 %= 176,80 €
Total a deducir: 73,79 + 24,34 + 1,57 + 176,80 = 276,50 €
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EMPRESA TRABAJADORDOMICILIO NIFCIF Nº AFILIACIÓN S.S.COD. COTIZACIÓN SS Grupo Cotización Nº LIBRO Matrícula Categoría profesionalPeríodo de liquidación del 1 de …….. al 31 de ….. del 20 …. Total de días: 30
1. DEVENGOSPercepciones salariales Salario base Complementos salariales Antigüedad Plus de convenio Plus de distancia Plus de Horas extraordinarias (obligatorias y/o voluntarias) Gratificaciones extraordinarias (pagas extra) Salarios en especiePercepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos Prestaciones o indemnizaciones de la Seguridad Social Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos Otras percepciones no salariales TOTAL DEVENGADO (A)
2. DEDUCCIONESAportaciones del trabajador a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta Contingencias comunes 4,70 % Desempleo 1,55 % Formación profesional 0,10 % Horas extraordinarias
Fuerza mayor o estructurales (obligatorias) 2,00 % No estructurales (voluntarias) 4,70 % TOTAL APORTACIONES
Impuesto Renta Personas Físicas (%) 2,00 %AnticiposValor de los productos recibidos en especieOtras deducciones TOTAL A DEDUCIR (B)
LÍQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B)
Firma y sello de la empresa Recibí
DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIONES DEL IRPFI Base de cotización por contingencias comunes Remuneración mensual Prorrata pagas extraordinariasII Base de cotización por contingencias proesionales (AT y EP) y conceptos de recaudación conjunta (desempleo, formación profesional, fondo de garantía salarial)III Base de cotización adicional por horas extraordinariasIV Base sujeta a retención del IRPF
BEGOÑA RUIZ
1.200,00
60,00100,00
73,7924,34
1,57
176,80
1.570,001.360,00
1.570,00
1.360,00
210,00
99,70
1.360,00
276,50
1.083,50
2
6
43
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CONSEJOS ÚTILES1
La empresa tiene la obligación de pagar al trabajador en el lugar y en la fecha fijada en el
contrato.
2
Si no confías en tus habilidades matemáticas, Los periodos de pago no deben superar el mes.
3
El medio de pago puede ser en metálico, transferencia o cheque.
4
El trabajador puede pedir un anticipo a cuenta por el trabajo ya realizado.
5
La empresa tiene la obligación de emitir un recibo de nómina para hacerlo llegar al
trabajador.
6
La empresa tiene la obligación de conservar las nóminas durante 4 años como mínimo.
7
El salario en especie no puede superar nunca el 30%.
8
En caso de que la empresa se retrase en el pago del salario, el trabajador puede pedir un
interés de un 10% anual por la demora.
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PON A PRUEBA LO QUE SABESAlfonso lleva más de un mes trabajando en la empresa y todavía no le han pagado. No sabe qué hacer. ¿Qué le aconsejamos a Alfonso?
a Esperar hasta que le paguen.b Preguntar a su encargado, al responsable de personal o al departamento de
Recursos Humanos, si le van a pagar el mes en curso.c Ir a la huelga como media de presión.
El gerente de la empresa llama a Alfonso a su despacho y le plantea los siguientes modos de pago. ¿Cuáles son correctos?
a Pago en Metálico.b Pago aplazado.c Pago de la totalidad del salario en especie.
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PON A PRUEBA LO QUE SABES
SOLUCIONES
A Alfonso le llaman del departamento de Recursos Humanos y le dicen que las pagas extras se las van a prorratear. El prorrateo de pagas extras consistiría en:
a Repartir el importe de las pagas extras entre los 12 meses del año.b Repartir el importe de las pagas extras en 2 meses del año.c Repartir el importe de las pagas extras los primeros 6 meses del año.
1a. Incorrecto. Porque la empresa tiene la obligación de pagarle todos los meses.b. Correcto. Porque es el cauce adecuado dentro de la empresa para exigir el pago.c. Incorrecto. Porque no es una medida adecuada para exigir un pago retrasado.
2a. Correcto. Porque es un modo de pago reconocido.b. Incorrecto. Porque es un modo de pago irregular.c. Incorrecto. Porque no se puede pagar más del 30% del salario en especie.
3a. Correcto. Es la forma de calcular el prorrateo.b. Incorrecto. Eso no es el prorrateo, eso es el devengo de dos pagas extras.c. Incorrecto. Esa no es la forma correcta de calcular el prorrateo.
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PARA SABER MÁSEntender la nómina
La nomina, estructura, partes y elementos basicos
DESARROLLO PEDAGÓGICO:Fundación Sociedad y Educación
DISEÑO:KEN