Proceso Arias 2

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  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

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    DECRETA

    ARTICULO PRIMERO

    : Todas las empresas periodsticas y de es-

    taciones radiodifusoras, quedan bajo el control y censura del Departamento

    de Prensa, Radio y Espectculos Pblicos del Ministerio de Gobierno y Jus-

    ticia

    . El Jefe del Departamento designar para este fin los correspondientes

    censores;

    ARTICULO SEGUNDO : Ninguna empresa periodstica ni de radio

    difusin podr hacer publicaciones sin someter previamente el material

    publicable a la censura del mencionado Departamento de Prensa, Radio y

    Espectculos Pblicos . Los censores slo permitirn la publicidad de no-

    ticias que no atenten contra la seguridad de la Nacin, de los gobernantes

    y de las personas en general

    ; dentro de las garantas que consagra la

    Constitucin de 1941, que garantiza la conservacin del orden pblico y

    social.

    ARTICULO TERCERO

    : El Departamento de Prensa, Radio y Es-

    pectculos Pblicos proceder a suspender, hasta nueva orden, la radioemi-

    sora

    Continental , que actualmente se dedica a propagar noticias falsas

    contra el Gobierno y a incitar al pueblo a la rebelin

    . De igual manera

    proceder a cerrar a cualesquiera otras estaciones radiodifusoras y a sus-

    pender la publicacin de peridicos o revistas que violen las rdenes im-

    partidas por los censores del Departamento de Prensa, Radio y Espectcu-

    los Pblicos.

    ARTICULO CUARTO

    : La Polica Nacional y la Polica Secreta

    Nacional prestarn su cooperacin para el fiel cumplimiento de este De-

    creto

    COMUNQUESE Y PUBLIQUESE.

    DADO EN LA CIUDAD DE PANAM, A LOS NUEVE

    DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO.

    fdo.) ARNULFO ARIAS.

    El Ministro de Gobierno y Justicia,

    Ido .) Jos

    C . de Obaldia.

    Declara cin del seor

    Celso Ca rbonell:

    En la ciudad de Panam, siendo las seis y cuarenticinco minutos de

    la tarde de hoy diez y ocho de Mayo del mil novecientos cincuenta

    y

    uno,

    constituida la Comisin Especial de Acusacin designada por la Asamblea

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    Nacional, el Fiscal de la misma y el Secretario, en la Crcel Modelo, se

    hizo comparecer a la presencia de dicha Comisin con el fin de recibirle

    declaracin jurada al seor Celso Carbonell

    . Presente ante la Comisin

    el seor Carbonell, fu juramentado por el Presidente de dicha Comisin,

    Honorable Diputado Lorenzo Barraza, y ofreci decir verdad en todo

    lo

    que sepa y fuere interrogado

    . Para identificar a su persona dijo llamarse

    CELSO AUGUSTO CARBONELL VACARO, panameo, mayor de edad,

    casado, vecino de esta ciudad, con cdula de identidad nmero 47-39307.

    Interrogado por el Honorable Diputado Barraza

    : qu empleo desempe-

    aba el declarante en el Gobierno que presida el Doctor Arnulfo Arias,

    durante los das 7, 8, 9, y 10 del mes de mayo del ao en curso? Contest:

    Ministro de Obras Pblicas

    . Preguntado: diga el declarante si l en su

    carcter de Ministro de Obras Pblicas asisti a la sesin del Consejo de

    Gabinete celebrada el 7 de mayo de 1951 y en la cual se aprob un Decreto

    derogatorio de la Constitucin de 1946 que fu presentado por el seor

    Jos Clemente de Obalda, en su carcter de Ministro de Gobierno y Jus-

    ticia en ese entonces? Contest

    : s asist. Preguntado

    : diga el decla-

    rante si l como Ministro de Obras Pblicas consign su voto favorable

    al Decreto derogatorio de la Constitucin de 1946 y si firm tal Decreto?

    Contest : s aprob y firm ese Decreto

    . Preguntado

    : la copia del De-

    creto original del 7 de mayo que derogaba la Constitucin de 1946, que

    public el da 8 de ese mes y ao el diario La Estrella de Panam y que se

    le pone de manifiesto, es o no una copia fidedigna del Decreto original que

    usted firm? Contest

    : yo entiendo que el texto del Decreto que aparece

    en la Estrella es una copia fidedigna del Decreto Original que yo firm.

    Hago la salvedad de que cuando yo firm ese Decreto haba el nombre

    escrito a mquina del seor Ricardo Arias Espinosa, como Ministro de

    Agricultura, Comercio e Industrias, pero no su firma

    . Preguntado

    : sabe

    el declarante si el referido Decreto fu aprobado y firmado por todos los

    Ministros de Estado? Contest

    : cuando fu ledo y discutido el Decreto

    en Consejo de Gabinete, ningn Ministro mostr discrepancia o desacuer-

    do, a excepcin del seor Ricardo Arias E

    ., Ministro de Agricultura y Co

    mercio, quien pidi un receso para consultar con su partido

    . Con respecto

    a las firmas dir que cuando yo firm, haba dos o tres firmas que no puedo

    precisar a qu Ministros correspondan

    . Preguntado

    : diga el declarante

    si al presentar su renuncia del cargo de Ministro de Agricultura, Comercio

    e Industrias el seor Ricardo Arias Espinosa por no estar de acuerdo con

    el Decreto de 7 de mayo de 1951, a quin se nombr para reemplazarlo en

    ese cargo? Contest

    : yo considero que se nombr al seor Norberto Zu-

    rita para reemplazar al seor Ricardo Arias Espinosa en el Ministerio de

    Agricultura Comercio e Industrias, porque eso era lo que se deca en

    la

    Presidencia. Preguntado

    : diga el declarante si l en su calidad de Minis-

    tro de bras Pblicas aprob y firm el Decreto de Gabinete dictado el

    9 de Mayo de 1951, y por el cual se derogaba el Decreto del 7 de ese mismo

    mes? Contest

    : s lo aprob y lo firm. Preguntado

    : diga el declarante

    si la copia de ese Decreto del 9 de Mayo que public la Estrella de Panam

    el da 10 y que se le pone de manifiesto, es una copia fidedigna del Decreto

    original? Contest

    : sta es una copia fidedigna del Decreto original del

    9 de Mayo que yo firm. Preguntado

    : sabe el declarante si este Decreto

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    de 9 de Mayo a que nos venimos refiriendo, fu firmado por todos los M-

    nistros de Estado, inclusive el Honorable Diputado Norberto Zurita en su

    carcter de Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias? Contest:

    cuando yo firm todava no haba firmado el Honorable Diputado Zurita,

    como Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias, ni la Ministro de

    Trabajo, Previsin Social y Salud Pblica, por orden de precedencia

    ; pero

    todos los restantes Ministros si lo haban hecho

    . Preguntado: es o no

    cierto que el Ministro de Gobierno y Justicia, Jos Clemente de Obalda,

    fu quin present a la consideracin del Consejo de Gabinete el proyecto

    de decreto derogatorio de la Constitucin de 1946, en su sesin de 7 de

    mayo de 1951? Contest

    : efectivamente fu el Ministro de Gobierno y

    Justicia, seor Jos Clemente de Obalda, quien present a la con-

    sideracin del Consejo de Gabinete celebrado el 7 de mayo, el proyecto

    de decreto derogatorio de la Constitucin de 1946. Preguntado por el Fis-

    cal, Honorable jurado Selles : tuvo usted conocimiento de la reaccin

    adversa de la ciudadana al Decreto de 7 de Mayo de 1951, mediante el

    cual se derogaba la Constitucin de 1946? Contest : s tuve

    n o c i m i ee g u n t: inform usted al Doctor Arnulfo Arias de este hecho y

    le di algn consejo sobre el particular? Contest

    : s le inform y le dije

    de la reaccin del pueblo

    ; que no se engaara, que era necesario tomar una

    medida que tuviera consonancia con las aspiraciones del pueblo

    ; le expres

    que haba visto mucha gente y que lo estaban engaando al pensar que la

    cuestin iba a ser recibida bien; que por el contrario haba mucha gente

    descontenta porque haba sido perjudicada ; que era necesario tomar medi-

    das inmediatas que satisfacieran las aspiraciones del pueblo

    . Estas

    medidas las traduca yo en un Gabinete nacional Preguntado

    : diga el declaran-

    te si se encontraba presente en la Presidencia de la Repblica el da 10 de

    mayo y si tambin se encontraban en ella gran nmero de personas arma-

    das? Contest : no me encontraba all, por lo tanto no puedo decir nada

    sobre el particular. En este estado no habiendo ms preguntas que hacer

    al declarante, se di por terminada la presente diligencia que se firma para

    constancia luego de haberle sido leda al declarante, quien la encontr con-

    forme. Se hace constar que las respuestas dadas por el declarante fueron

    tomadas taquigrficamente y corresponden a sus palabras textuales

    A

    pgina lo

    . entre lneas,

    de Mayo del , vale.

    El Presidente,

    Los Comisionados :

    (fdo) Lorenzo Barraza V.

    (fdo

    .) Heraclio Barletta B

    (fdo.) Marco A

    . Robles

    El Declarante,

    (fdo

    .) Celso Augusto Carbonell.

    El Fiscal,

    fdo

    .) Guillermo Jurado Selles.

    El Secretario,

    (fdo

    .) Luis C

    Abrahams V.

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    Declaracin del seor

    Cristbal Adn de Urriola

    En la ciudad de Panam, siendo las siete y veinticinco minutos de la

    noche de hoy diez y ocho de Mayo de mil novecientos cincuenta y uno,

    constituida la Comisin Especial de Acusacin designada por la Asamblea

    Nacional, el Fiscal de la misma y el Secretario, en la Crcel Modelo, se hizo

    comparecer a la presencia de dicha Comisin con el fin de recibir declara-

    cin jurada al seor Cristbal Adn de Urriola

    . Presentado ante la Comi-

    sin el seor Urriola, fu juramentado por el Presidente de dicha Comisin,

    Honorable Diputado Lorenzo flamea, y ofreci decir verdad en todo lo

    que sepa y fuere interrogado. Para identificar a su persona dijo llamarse

    CRISTBAL ADN DE URRIOLA panameo, mayor de edad, casado,

    vecino de esta ciudad, con cdula de identidad personal nmero 40-78

    . In

    terrogado por el Honorable Diputado Barraza

    : qu empleo desempeaba

    el declarante en el Gobierno que presida el Doctor Arnulfo Arias, durante

    los das 7, 8, 9 y 10 del mes de Mayo del ao en curso? Contest

    : Minis-

    tro de Educacin

    . Preguntado

    : diga el declarante si l en su carcter de

    Ministro de Educacin, asisti a la sesin del Consejo de Gabinete cele-

    brada el 7 de Mayo de 1951, y en la cual se aprob el Decreto derogatorio

    de la Constitucin de 1946, que fu presentado por el seor Jos Clemente

    de Obalda en su carcter de Ministro de Gobierno y Justicia en ese en-

    tonces? Contest : s asist a la sesin del Consejo de Gabinete que se

    celebr el 7 de Mayo de 1951, en la que se present un proyecto de decreto

    derogatorio de la Constitucin de 1946 por el Ministro de Gobierno y Jus-

    ticia, Jos Clemente de Obalda. En mi opinin no se aprob ningn de-

    creto. Preguntado: diga el declarante si l como Ministro de Educacin

    consign su voto favorable al decreto derogatorio de la Constitucin de

    1946 y si firm tal decreto? Contest

    : por una reorganizacin total di m

    voto

    ; firm el decreto, pero al notar que faltaba la firma del Ministro Arias

    Espinosa y que se esperaba su vuelta, ped que se mantuviera en suspenso

    hasta que regresara el Ministro Arias. Preguntado

    : la copia del decreto

    or

    i

    ginal del 7 de mayo, que derogaba la Constitucin de 1946, publicada el

    da 8 de Mayo de 1951 por el diario La Estrella de Panam y que se le

    pone de presente, es o no una copia fidedigna del decreto original que usted

    firm? Contest

    : pareciera ser la misma, a pesar de que el proyecto ori-

    ginal que present el seor de Obalda sufri modificaciones hechas a lpiz

    y tinta

    . Preguntado

    : sabe el declarante si el referido decreto fu aprobado

    y firmado por todos los Ministros de Estado? Contest

    : no hubo ningn

    Ministro, que estuviera en desacuerdo con el decreto de Gabinete de 7 de

    Mayo de 1951, a excepcin del Ministro de Agricultura, Comercio e Indus-

    trias don Ricardo Arias Espinosa, quin pidi un receso hasta tanto con-

    sultara con su partido si deba o no firmarlo. El coneepto general de los

    Ministros de Estado era el de una reforma integral del estado de cosas

    existentes en lo que se refiere a los tres rganos del Estado

    . Preguntado:

    diga el declarante si tuvo conocimiento de la renuncia presentada por el

    seor Ricardo Arias Espinosa, del cargo de Ministro de Agricultura,

    Co-

    mercio e Industrias, por no estar de acuerdo con el decreto de 7 de Mayo

    de 1951, derogatorio de la Constitucin de 1946

    ; y en caso afirmativo

    diga

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    si sabe qu persona fu designada para reemplazar al seor Arias Espinosa

    en ese cargo? Contest

    : hasta las nueve y media de la noche estuve es-

    perando en la misma Presidencia que se volviera a reunir el Consejo de

    Gabinete

    ; no v al seor Arias Espinosa y me fu para la casa

    . No supe si

    haba o no regresado, ni supe que hubiera renunciado

    . Tampoco s que hu-

    bieran nombrado otro Ministro en su reemplazo

    . Preguntado

    : cmo ex-

    plica el declarante, que en el decreto original de 7 de mayo de 1951, as

    como en la copia fidedigna que se public en La Estrella de Panam el da

    8 de los corrientes, aparece firmando como Ministro de Agricultura, Co-

    mercio e Industrias el' Honorable Diputado Norberto Zurita? Contest:

    no me lo explico, me caus sorpresa

    . Preguntado : si corresponde al Pre-

    siden t

    e de la Repblica el nombramiento de sus Ministros de Estado y el

    Doctor Arnulfo Arias Madrid declar ante esta Comisin que haba nom-

    brado en reemplazo de Ricardo Arias Espinosa al Honorable Diputado

    Norberto Zurita, como Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias, no

    cree el declarante que as queda legalmente colocada la situacin y

    actuaciones del Honorable Diputado Norberto Zurita en el ejercicio del cargo

    de Ministro? Contest

    : reconozco el derecho de su Excelencia el Presi-

    dente de la Repblica de nombrar a sus Ministros de Estado

    . En el caso

    especfico del

    nombramiento del Honorable Zurita para Ministro de Agri-

    cultura, Comercio e industrias, produce en m una confusin extraa dicho

    nombramiento porque de acuerdo con manifestacin expresa del mismo Zu-

    rita, l actuaba sin saber si haba sido o no nombrado Ministro de Estado.

    Reconozco que s actu como Ministro porque particip junto conmigo y

    los dems Ministros de Estado en actos oficiales como tal ; nos toc juntos

    asistir a la sesin de inauguracin de la Asamblea de Cmaras de Comercio

    de las Amricas, que tuvo lugar en el saln de actos de la Cmara de Co-

    mercio de esta ciudad

    . Preguntado

    : diga el declarante en forma categ-

    rica qu Ministros de Estado firmaron y aprobaron el decreto de 7 de Ma-

    yo de 1951, derogatorio de la Constitucin de 1946? Contest

    : por orden

    del protocolo v las firmas anteriores a la ma, que correspondan al seor

    Ministro de Gobierno y Justicia, Jos Clemente de Obalda

    ; al Ministro de

    Relaciones Exteriores, Doctor Carlos N

    . Brin

    ; al Ministro de Hacienda y

    Tesoro, seor Rodolfo F. Herbruger

    . Las firmas de los restantes Minis-

    tros no aparecan porque deban firmar posteriormente a m

    ; pero si apa-

    recan sus nombres y ttulos escritos a mquina, los que deban firmar en

    su debido orden. Preguntado por el Honorable Barletta

    : Cmo explica

    el declarante el hecho de que habiendo manifestado l en su contestacin a

    pregunta anterior que ese decreto no haba sido firmado, se diera a conocer

    desde la Presidencia de la Repblica por medio de la radio, por el Ministro

    de Gobierno y Justicia y despus fuera publicado en La Estrella de Panam

    correspondiente al 8 de Mayo una copia del mismo, enviada desde la Pre-

    sidencia de la Repblica, copia que aparece con las firmas de todos los Mi-

    nistros de Estado, inclusive la del Honorable Zurita, como Ministro de

    Agricultura, Comercio e Industrias? Contest es indudable que los Minis-

    tros de Estado que me sucedan en orden de protocolo debieron firmar

    tambin un Decreto de Gabinete de 7 de mayo de 1951

    . Y es tambin

    indudable que al aparecer el Honorable Zurita como Ministro de Agricul-

    tura, Comercio e Industrias, firmando dicho decreto, fu porque sustituy

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    en ese cargo a Ricardo Arias Espinosa, cuyo nombre apareca

    en dicho decreto escrito a mquina

    . Preguntado

    : diga el declarante s

    l en su calidad de Ministro de Educacin aprob y firm el decreto de

    Gabinete dictado el 9 de mayo de 1951, por el cual se derog el decreto del

    7 de ese mismo mes y ao? Contest

    : si lo aprob y firm

    . Preguntado;

    diga el declarante si la copia de ese decreto del 9 de mayo que public La

    Estrella de Panam en su edicin del 10 de Mayo del mismo mes y que

    se le pone de manifiesto, es una copia fidedigna del decreto original? Con-

    test

    : ms o menos me parece que es una copia del decreto original

    . Pre-

    guntado

    : sabe el declarante si ese decreto de 9 de mayo a que nos venimos

    refiriendo, fu firmado por todos los Ministros de Estado, inclusive por el

    Honorable Diputado Norberto Zurita, en su carcter de Ministro de Agri-

    cultura, Comercio e Industrias? Contest

    : de los anteriores Ministros

    tengo la seguridad

    ; de Zurita lo v despus de publicado

    . Preguntado por

    el Fiscal, Honorable Jurado Selles

    : tuvo usted conocimiento de la reaccin

    adversa de la ciudadana al decreto de 7 de mayo de 1951, mediante el cual

    se derogaba la Constitucin de 1946? Contest

    : s me d cuenta de

    la

    reaccin adversa del pblico contra el decreto derogatorio de la Constitu

    -

    cin de 1946

    . Preguntado

    : inform usted al Dr. Arnulfo Arias sobre este

    hecho y le di algn consejo sobre el particular? Contest

    : s inform al

    doctor Arias de la reaccin adversa del pueblo contra el decreto de 7 de ma-

    yo y le ped que tomara las medidas del caso a fin de restablecer nueva-

    mente la Constitucin del 46. Preguntado : qu dijo el doctor Arias sobre

    el particular? Contest

    : no me dijo nada y a partir de ese momento sal

    de la Presidencia

    . Preguntado: diga el declarante s l se encontraba en

    la Presidencia de la Repblica el da 10 de mayo? Contest

    : no me en-

    contraba en la Presidencia de la Repblica el da 10 de mayo y por lo tanto

    no presenci el tiroteo

    . Preguntado: cree el declarante que si el doctor

    Arnulfo Arias hubiera acatado la resolucin de la Asamblea Nacional del

    9 de Mayo en la noche, que lo suspenda del cargo de Presidente

    y que

    posteriormente encontr inobjetable la Corte Suprema de Justicia, se hu-

    biera evitado el derramamiento de sangre panamea? Contest

    : s creo

    que se hubiera evitado

    . Preguntado : no cree el declarante que dicho de-

    rramamiento de sangre fu debido a la oposicin armada de parte del Dr.

    Arnulfo Arias y sus simpatizadores a dar cumplimiento a las decisiones del

    rgano Legislativo y del rgano Judicial? Contest

    : indudablemente que

    si no hay oposicin de parte del doctor Arnulfo Arias y de sus simpatiza-

    dores y acepta la decisin de la Asamblea, nada hubiera pasado

    . En este

    estado no habiendo ms preguntas que hacer al declarante, se di por ter-

    minada la presente diligencia que se firma para constancia luego de haber-

    le sido leda al declarante, quien la encontr conforme

    . Se hace constar que

    las respuestas dadas por el declarante fueron tomadas taquigrficamente y

    corresponden a sus palabras textuales

    . A Pgina 2, entre lneas

    Mins-

    tro

    , vale.

    El Presidente,

    (fdo) Lorenzo Barran V.

    Los Comisionados,

    (fdo

    .) Heraclio Barletta

    B

    .

    (fdo.) Marco A

    . Robles.

    -51

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    El Declarante,

    El Fiscal,

    El Secretario,

    fdo

    .) Cristbal Adn de Urriola.

    fdo.) Guillermo Jurado Selles.

    fdo

    . Luis C

    . Abrahams V.

    Nota del Departamento de Justicia,

    Prensa y Radio.

    Panam, 18 de Mayo de 1951.

    Seor

    Presidente de la Comisin Especial

    de Acusacin de la Asamblea Nacional,

    E

    . S

    . D.

    Seor Presidente:

    En respuesta a su atenta del 17 de los corrientes, tengo a bien infor-

    marle que ni en la Imprenta Nacional ni en este Despacho reposa el

    original ni copia autenticada del Decreto de Gabinete de 7 de mayo de 1951

    por el cual el rgano Ejeeutivo derog la Constitucin Nacional de 1946

    y puso en vigencia la de 1941.

    De Ud. atentamente,

    Moiss Torrijos H.

    Encargado del depto. de

    Justicia, Prensa y Radio.

    Declaracin del Dr. Carlos N

    . Brin

    En la ciudad de Panam, siendo las diez de la maana de hoy dieci-

    nueve de Mayo de mil novecientos cincuenta y uno, constituida la Comisin

    Especial de Acusacin designada por la Asamblea Nacional, el Fiscal de

    la misma y el Secretario, en la Crcel Modelo, se hizo comparecer a la pre-

    sencia de dicha Comisin con el fin de recibirle declaracin jurada al seor

    Carlos N

    . Brin

    . Presente ante la Comisin el doctor Brin fu juramen-

    tado por el Presidente de dicha Comisin, Honorable Diputado

    o r e n z o

    Barraza V

    ., ofreci decir verdad en todo lo que sepa y fuere interrogado.

    Para identificar a su persona dijo llamarse CARLOS NICOLS BRIN,

    panameo, mayor de edad, casado, mdico, vecino de esta ciudad, portador

    de la cdula de identidad personal nmero 47-1956

    . Preguntado por el Ho-

    norable Diputado Barraza V

    : diga el declarante qu cargo desempeaba

    los

    das 7, 8, 9 y 10 de Mayo de 1951? Contest

    : el cargo de Ministro de

    5

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    8/35

    Relaciones Exteriores. Preguntado

    : diga el declarante si l como Mi-

    nistro de Relaciones Exteriores asisti a la sesin del Consejo de Gabinete

    celebrada el

    7 de Mayo de 1951, y

    en la cual se aprob un Decreto deroga-

    torio e la Constitucin de 1946, que fue presentado por el seor Jose

    Clemente de Obaldia en su carcter de Ministro de Gobierno y Justicia en

    ese entonces? Contest

    : yo si asist a la reunin del Consejo de Gabinete

    el da 7 y antes de aprobarse el Decreto aludido se declar en receso la

    sesin del Consejo de Gabinete hasta tanto el Ministro Arias consultar

    con su partido si sera o no conveniente aprobar ese Decreto

    . Exactamen-

    te, el seor de Obalda fue quien present el proyecto

    . Preguntado

    : diga

    el declarante si todos los Ministros de Estado asistieron a la sesin del

    Consejo de Gabinete en la cual fue presentado el proyecto de decreto a que

    nos venimos refiriendo y si todos los Ministros manifestaron su conformidad

    con dicho proyecto? Contest

    : todos los Ministros asistieron a la reu-

    nin, inclusive el Ministro Arias

    ; pero no recuerdo si todos estaban de a-

    cuerdo con el proyecto puesto que cada uno iba dando su opinin primero,

    separadamente

    . El Ministro Arias tena que consultar con su partido

    ; los

    dems, francamente, como se declar un receso hasta tanto regresara el

    Ministro Arias, no puedo asegurar ni negar que todos estuvieran completa-

    mente de acuerdo

    . Yo s estuve de acuerdo con el proyecto

    . Preguntado:

    diga el declarante si sabe qu Ministros de Estado firmaron el aludido de-

    creto? Contest

    : a mi me constan los que estaban en la primera hoja, has-

    ta cuando me lleg el turno

    . Estaba firmado por el Presidente Arias, el

    Ministro de Gobierno y Justicia, el Ministro de Relaciones Exteriores, que

    lo era el declarante

    . Preguntado

    : la copia del decreto original de 7 de Mayo

    de 1951, que derogaba la Constitucin de 1946, y que aparece publicada en

    la edicin de La Estrella de Panam correspondiente al da 8 del citado

    mes, -que se le pone de presente- es o no una copia fidedigna del decreto

    original que usted firm? Contest

    : de acuerdo con lo que he

    podido

    retener del otro decreto, esta copia es ms o menos igual al original, lo que

    no puedo precisar con exactitud es que sea una copia fidedigna, porque

    tendra para ello que tener presente el decreto original, o una memoria

    muy privilegiada para recordar palabra por palabra

    . Pero si acepto que es

    ms o menos copia del decreto original

    . Preguntado

    : diga el declarante

    si la finalidad del decreto de Gabinete de 7 de Mayo de 1951, era o no la

    de poner en vigor a partir de esa fecha, la Constitucin de 1941, derogando la

    de 1946? Contest

    : en mi opinin era para poner en vigor en parte la

    Constitucin de 1941, derogando la de 1946

    . Preguntado

    : diga el decla-

    rante si tuvo conocimiento de la renuncia presentada por el seor Ricardo

    Arias Espinosa, del cargo de Ministro de Agricultura, Comercio e Indus-

    trias, por no estar de acuerdo con el decreto de Gabinete de 7 de Mayo de

    1951

    ; y en caso afirmativo, diga si sabe qu persona fu nombrada para

    reemplazar al seor Arias Espinosa en ese cargo? Contest

    : esa noche vi

    al ex-Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias, seor Ricardo Arias,

    en la Presidencia, quien me manifest que haba renunciado el cargo de

    Ministro

    . Por qu motivo? no me lo dijo, ni yo se lo pregunt

    . No me

    consta quien fue nombrado, ni he visto nombramiento. ni toma de posesin

    del nuevo Ministro

    ; pero se dijo en la Presidencia que haba sido nombra-

    do el seor Norberto Zurita, Preguntado :

    diga el declarante

    si

    con

    ante-

    -53

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    9/35

    rioridad a la expedicin del decreto de 7 de mayo de 1951, a que nos veni-

    mos refiriendo, el doctor Arnulfo Arias o alguno de sus Ministros de

    Estado, o el doctor Publio Vsquez, o cualquier otra persona, llego a discu-

    tir con el declarante la conveniencia de derogar la Constitucin de 1946?

    En caso afirmativo, srvase individualizar el nombre de la persona o per-

    sonas con quienes habl sobre este particular? Contest

    : quiero infor-

    marles que el sbado 5 de mayo, me ausent de la ciudad para ir a Cerro

    Punta, Chiriqu, en compaa de mi seora

    ; que de all regrese el da 7

    a la una de la tarde y que hasta ese momento yo no tena conocimiento

    alguno de que se iba a dictar este decreto

    . Puedo informarles que con

    ninguna persona, con anterioridad al da 7, tuve yo oportunidad de hablar,

    o de discutir la conveniencia o inconveniencia de derogar la Constitucin

    de 1946. Preguntado : diga el declarante si en su carcter de Ministro de

    Relaciones Exteriores aprob y firm el decreto de Gabinete el 9 de Mayo

    de 1951, por el cual se derog el decreto del 7 de ese mismo mes y ao?

    Contest : s firm y aprob el decreto del 9 de mayo de 1951, derogando

    el decreto anterior, en mi carcter de Ministro de Relaciones Exteriores.

    Preguntado

    : diga el declarante si sabe qu otros Ministros, adems del

    declarante, aprobaron y firmaron el mencionado decreto de Gabinete del 9

    de Mayo de 1951? Contest

    : nuevamente puedo informarles, como en el

    decreto anterior, que a mi slo me constan las firmas anteriores a la ma y

    la ma; es decir, me consta que el doctor Arnulfo Arias firm el decret;

    que el Ministro de Gobierno, Obalda, firm el decreto y yo, firm el

    decreto

    . Preguntado

    : diga el declarante si la copia del decreto de Gabinete

    de 9 de mayo de 1951, que public La Estrella de Panam el da 10 del

    mismo mes y que se le pone de manifiesto, es una copia fidedigna del de-

    creto original? Contest

    : aunque no puedo asegurar que es una copia

    fidedigna, por las mismas razones que manifest en la pregunta anterior

    con respecto al decreto del 7, en mi opinin la copia que se me pone de

    manifiesto del decreto del 9 de mayo, es ms o menos el decreto que se

    aprob

    . La finalidad de este decreto era restablecer la Constitucin de

    1946

    . Preguntado por el Fiscal, Honorable Jurado Selles

    : tuvo usted co-

    nocimiento de la reaccin adversa de la ciudadana contra el decreto de 7

    de mayo de 1951, mediante el cual se derog la Constitucin de 1946?

    Contest

    : s tuve conocimiento de la reaccin adversa a ese decreto y por

    tal motivo hice todo lo que estuvo a mi alcance para derogar ese decreto,

    como

    en efecto fue derogado dos das despus. Preguntado

    : inform Ud.

    al doctor Arnulfo Arias de este hecho y le di algn consejo sobre el par-

    ticular? Contest

    : si inform al doctor Arnulfo Arias desde el da ocho

    a este respecto, y le aconsej la conveniencia de derogar ese decreto y re-

    gresar a la Constitucin del 46

    . El doctor Arias, indudablemente, estaba

    pensando en que

    haba tambin una gran cantidad de ciudadanos que de-

    seaban regresar a la Constitucin de 1941, y por consiguiente, estuvo estu-

    diando la conveniencia de regresar a la Constitucin de 1946

    . Preguntado

    por el Honorable Barraza V

    : diga el declarante, honradamente, si l cree

    que el cmulo de telegramas, cartas y adhesiones que se enviaban al doctor

    Arnulfo Arias desde toda la Repblica y que se fabricaban las ms de ellas

    en los despachos oficiales, sin consultar siquiera a los firmantes, se podra

    interpretar juiciosamente como un reflejo de la opinin pblica nacional?

    54

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    10/35

    Contest : si esas cartas y telegramas fueron fabricados como dice la pre-

    gunta, indudablemente no reflejan el sentimiento nacional

    . Preguntado:

    no cree el declarante que el doctor Arnulfo Arias se encontr hurfano de

    respaldo popular inmediatamente se derog la Constitucin de 1946, corro-

    borando as la farsa de los telegramas, cartas y adhesiones que se le en-

    viaron? Contest

    : quiero contestarles en el sentido de que no c

    r eo que

    qued hurfano, ya que yo v alrededor de la Presidencia y en la Presiden-

    cia muchos simpatizadores del doctor Arnulfo Arias

    . Preguntado

    : diga

    el declarante si se encontraba presente en la Presidencia de la Repblica el

    da 10 de Mayo actual? Contest

    : estuve el da nueve y hasta la una y

    treinta de la maana del da diez

    ; a esa hora me retir a mi casa y no re-

    gres a la Presidencia durante el da

    . Preguntado: diga el declarante si

    durante el tiempo en que usted estuvo en la Presidencia de la Repblica en

    las fechas mencionadas, vi all gran cantidad de personas armadas? Con-

    test : supongo que algunos tendran revlveres, todos debajo del saco o en

    parte donde no se vean

    . Yo francamente puedo decir que a nadie le vi

    arma afuera, con excepcin de la que tena el Teniente Coronel Anguizola,

    quien tena derecho a tenerla afuera . Jams he visto rifles, ametralladoras,

    bombas de mano o cualquiera otra arma de esa clase, ni ahora, ni antes, con

    excepcin de las de la Guardia Presidencial . Preguntado

    : no cree usted,

    doctor Brin, que si el doctor Arnulfo Arias hubiera acatado la decisin de

    la Asamblea Nacional

    . del da nueve de mayo, reafirmada por la Corte Su-

    prema de Justicia el da diez del mismo mes en la maana, se hubiera evi-

    tado el derramamiento innecesario de la sangre del pueblo panameo?

    Contest : yo no s si al doctor Arias se le notific oficialmente de las deci-

    siones de la Asamblea y de la Corte

    ; sin embargo, s creo que si l hubiera

    acatado esas rdenes, se hubiera evitado gran parte del derramamiento de

    sangre

    . Preguntado por el Honorable Barletta : conoce el declarante la

    forma constitucional que hay que seguir para modificar la Constitucin Na-

    cional? Contest : s la conozco

    . Preguntado: considera el declarante

    que habiendo reconocido l que aprob y firm el decreto de 7 de mayo de

    1951, derogatorio de la Constitucin Nacional, se viol dicha Constitucin?

    Contest

    : como la idea del Gobierno era la de contrarrestar ciertos actos

    comunistas y comunistoides que se estaban llevando a cabo en la Rep-

    blica y para salvaguardar nuestros compromisos internacionales, me parece

    que una medida de emergencia pudiera tomarse como se tom en el ao

    1944, cuando tambin se suspendi la Constitucin

    . Haciendo esa aclara-

    cin, creo que s se viol la Constitucin

    . Preguntado

    : conoce el decla-

    rante el artculo de la Constitucin que no permite la formacin de partidos

    que vayan en contra de la forma democrtica de Gobierno? Contest

    : no

    lo recuerdo. Preguntado

    : considera el declarante que las doctrinas comu-

    nistas o comunistoides, o afines, van en contra de la forma democrtica de

    Gobierno? Contest : s lo considero

    . Preguntado por el Honorable Ro-

    bles : el doctor Arnulfo Arias Madrid a lo largo del interrogatorio que esta

    Comisin le formul, di siempre como justificacin para la derogatoria de

    la Constitucin de 1946 la agitacin de elementos comunistas, comunistoides

    y afines que, segn l, se haba extendido en todo el pas

    . Sin embargo, las

    personas ms salientes arrestadas por agitarse dentro del movimiento cvi-

    co que di al traste con el Gobierno del doctor Arias, figuran los seores

    -55

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    11/35

    Roberto F

    . Chiari, Ricardo Adolfo de la Guardia, Jos Isaac Fbrega, Da-

    vid Samudio, Marco A

    . Robles, Csar A

    . Quintero, Lorenzo Barraza V

    .

    Manuel Sols Palma y otros

    . Considera el doctor Brin que alguna de esas

    personas mencionadas ha practicado dentro del territorio de la Repblica

    la doctrina comunista, o se ha agitado alguna vez dentro de esa ideologa?

    Contest

    : a m no me consta que ninguna de las personas mencionadas se

    haya agitado dentro del credo comunista

    . Preguntado por el Honorable

    Lorenzo Barraza V

    .

    : sabe el declarante si el doctor Arnulfo Arias o la

    Cancillera, en ese entonces a cargo del declarante, y por rdenes del

    Doctor Arias, solicit la ayuda extranjera para contrarrestar la rebelda ciuda-

    dana ante la derogatoria de la Constitucin Nacional de 1945? Contest

    de acuerdo con uno de los considerandos de la Resolucin Octava de la

    ltima reunin de Cancilleres, podra solicitarse ayuda a todos los pases

    americanos en caso de amenazas comunistas o comunistoides

    . Y en ese

    sentido, por orden del doctor Arias, envi un cable circular a todos los

    pases americanos y a la Organizacin de Estados Americanos preguntn-

    doles qu ayuda efectiva podran suministrar para contrarrestadas, ya que

    los actos de vandalaje y destruccin que se llevaron a cabo en la ciudad de

    Panam en esos das, no eran aprobados, en mi opinin, por ninguno de

    los partidos organizados en Panam y slo podan tomarse como aviacin

    de esos elementos

    . Preguntado : qu fuerza legal en opinin del declarante,

    puede tener para la Repblica de Panam el considerando de una

    Resolucin aprobada en la Reunin de Cancilleres Americanos, celebrada recien-

    temente en Washington? Contest

    : quizs no haya fuerza legal

    ; hay

    fuerza moral, ya que la idea de todos los pases americanos es evitar el co-

    munismo hasta donde fuera posible en todos los pases del continente.

    Preguntado por el Fiscal, Honorable Jurado Selles

    ; diga el declarante qu

    clase de ayuda esperaba recibir el gobierno de Panam de parte de los pases

    americanos y de la Organizacin (le Estados Americanos? Contest : la

    primordial era la de evitar el derramamiento de sangre y terminar con el

    estado de vandalaje que hubo en esos das en la ciudad de Panam . Pre-

    guntado

    : diga el declarante en qu forma consideraba el gobierno nacional

    que los pases americanos y la Organizacin de Estados Americanos podan

    evitar el derramamiento de sangre y terminar con el estado de vandalaje

    que usted dice exista en esos das en la ciudad de Panam? Contest

    : de-

    bido a la urgencia del caso me parece que por medio de cables o de instruc-

    ciones a sus representantes para que dieran una tregua, un cese de hostili-

    dades hasta tanto pudiera llegarse a un arreglo definitivo

    . Era la nica

    manera rpida como poda hacerse sto

    . Aclarando mi respuesta anterior,

    en mi opinin el estado de vandalaje comenz desde el da ocho de

    Preguntado por el Honorable Barraza V

    .

    : el declarante acaba de asegu-

    rar que el vandalaje en Panam se inici a partir del ocho de los corrientes

    que

    fue

    portal motivo que se solicit la ayuda de las naciones americanas

    para terminar con este peligro

    . El declarante en su calidad de Ministro de

    Relaciones Exteriores firm el 9 de Mayo de 1951, la nota DP No

    . 712, di-

    rigida

    a los Jefes de Misin acreditadas ante el Gobierno de Panam, en

    uno de cuyos prrafos, dice textualmente :

    es con la mayor complacencia

    que

    informo a Vuestra Excelencia que reina completo orden dentro de las

    fronteras del pas, siendo la situacin de completa calma y bajo el control

    -56

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    12/35

    de las autoridades respectivas

    . Diga el declarante, en forma categrica,

    en dnde est la verdad

    : si en su declaracin jurada ante esta Comisin,

    o en la nota que le cito? Contest

    : indudablemente el vandalaje comenz

    el da ocho, pero durante ese (la estaban controladas las actividades a que

    me refiero

    . (Se hace constar que antes de que el declarante contestara a

    la pregunta anterior se le puso de presente copia autntica de la nota DPNo,

    712, de fecha 9 de mayo, que reposa en el expediente, manifestando que la

    encontr conforme

    .) En este momento se le mostr al declarante, para su

    reconocimiento, la copia del cable circular dirigido por la Cancillera a los

    Ministros de Relaciones Exteriores de los pases americanos y a la Organi-

    zacin de Estados Americanos, copia autenticada expedida por la Oficina

    de la All American Cables and Radio, que aparece en el expediente y el

    declarante dijo

    : el cable fu llevado a la oficina de Balboa, porque la de

    Panam estaba cerrada. Fu llevado por el seor Julio E

    . Briceo, Secre

    tario del Ministerio, e iba firmada por m

    . Este cable fu hecho en la Can-

    cillera y yo se lo le, por telfono, al seor Presidente de la Repblica.

    quien lo encontr conforme . La copia de ese cable que se me acaba de

    mostrar es fiel copia del original del mismo

    . Preguntado por el Fiscal,

    Honorable Jurado Selles : considera el declarante que al momento de en-

    viarse ese cable exista en Panam una agitacin de carcter comunista que

    pona en peligro la seguridad del Canal de Panam, o de los otros pases

    del Continente? Contest

    : en parte s lo considero porque los actos de

    vandalaje, indudablemente, eran influenciados por elementos comunistas y

    comunistoides . Preguntado: no considera usted, doctor Brin, sinceramen-

    te, que los disturbios ocurridos eran reaccin lgica de un pueblo demo-

    crtico que no quera permitir el atropello a sus instituciones republicanas?

    Contest : ya lo he manifestado anteriormente, que en mi opinin parte

    de los disturbios eran producidos por la reaccin a que usted alude. La par-

    te del vandalaje me parece que ningn partido quiera hacerse responsable

    de esos actos

    . En este estado no habiendo ms preguntas que hacer al de-

    clarante, se di por terminada la presente diligencia que se firma para

    constancia luego de haberle sido leda al declarante, quien la encontr con-

    forme

    . Se hace constar que las respuestas dadas por el declarante fueron

    tomadas taquigrficamente y corresponden a sus palabras textuales.

    El Presidente,

    Los Comisionados:

    El Declarante,

    El Fiscal,

    El Secretario,

    (fdo .)

    fdo

    . Lorenzo Barraza V,

    Heraclio Barletta B.

    fdo.)

    Marco

    A

    Robles.

    Carlos N. Brin.

    Guillermo Jurado Selles.

    Luis C

    . Abrahams V

    -57

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    13/35

    Declaracin de Doa Mara Santodo-

    mingo de Miranda.

    En la ciudad de Panam, siendo las nueve y cuarenticinco de la

    maana de hoy veinte de Mayo de mil novecientos cincuenta y uno, constitui-

    da la Comisin Especial de Acusacin designada por la Asamblea Nacional,

    el

    Fiscal de la misma

    y el Secretario, en la Crcel Modelo, se hizo compa-

    recer a la presencia de dicha Comisin con el fin de recibirle declaracin

    jurada a la seora Mara Santodomingo de Miranda . Presente ante la Co-

    misin la seora de Miranda, fu juramentada por el Presidente de dicha

    Comisin, Honorable Diputado Lorenzo Barraza V., y ofreci decir verdad

    en todo lo que sepa y fuere interrogada

    . Para identificar a su persona dijo

    llamarse MARIASANTODOMINGO DE MIRANDA panamea, mayor

    de edad, casada, vecina de esta ciudad, de oficios domsticos, con cdula

    de identidad que no porto, ni recuerdo su nmero

    . Interrogada por el Ho-

    norable Diputado Barraza V : qu empleo desempeaba la declarante en

    el Gobierno que presida el doctor Arnulfo Arias, durante los das 7, 8, 9

    y 10 del mes de mayo en curso? Contest : Ministro de Previsin Social.

    Preguntada : diga la declarante si ella en su carcter de Ministro de Tra-

    bajo, Previsin Social y Salud Pblica, asisti a la sesin del Consejo de

    Gabinete celebrada el 7 de Mayo de 1951, y en la cual se aprob el Decre-

    to derogatorio de la Constitucin de 1946, que fu presentado por el seor

    Jos Clemente de Obalda en su carcter de Ministro de Gobierno y Justi-

    cia en ese entonces? Contest : s asist a esa sesin, en la cual se aprob

    la derogatoria de la Constitucin del 46, proyecto presentado por el Mi-

    nistro de Gobierno y Justicia, seor Jos Clemente de Obalda

    . Preguntada:

    diga la declarante si ella como Ministro de Trabajo, Previsin Social y

    Salud Pblica consign su voto favorable al decreto derogatorio de la

    Constitucin de 1946

    y

    si firm tal decreto? Contest

    : s lo firm y d

    mi voto favorable

    . Preguntada: diga la declarante si todos los Ministros

    de Estado asistieron a la sesin del Consejo de Gabinete en la cual fu pre-

    sentado el proyecto de decreto a que nos venimos refiriendo y si todos los

    Ministros manifestaron su conformidad con dicho proyecto? Contest:

    asistieron todos los Ministros y todos aprobaron el Decreto de derogatoria

    de la Constitucin del 46 menos el Ministro de Agricultura y Comercio

    quien pidi una tregua para ir

    a

    consultar con los miembros de su partido

    lo cual origin un receso

    . Preguntada

    : sabe la declarante si el seor Ri-

    cardo Arias Espinosa aprob y firm el decreto derogatorio de la Consti-

    tucin de 1946 o renunci el cargo que desempeaba en el Gabinete del

    doctor Arnulfo Arias por no estar de acuerdo con el referido decreto?

    Contest

    : despus que l sali de la reunin del Consejo de Gabinete no

    volva verlo ms. O decir que haba renunciado pero a m no me consta

    ni l me lo dijo personalmente. Preguntada

    : sabe la declarante qu per-

    sona fu nombrada Ministro de Agricultura Comercio e Industrias para

    reemplazar a don Ricardo Arias Espinosa? Contest

    : o decir tambin

    que haba sido Norberto Zurita pero tampoco me consta porque me encon-

    traba en el saln donde estaban llegando los visitantes

    . Preguntada

    : co-

    rrespondiendo por mandato constitucional el nombramiento de sus

    Ministros al Presidente de la Repblica y habiendo manifestado el doctor

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    14/35

    Arnulfo Arias a esta Comisin que nombr en reemplazo del seor Ricardo

    Arias Espinosa, al Honorable Diputado Norberto Zurita, como Ministro de

    Agricultura, Comercio e Industrias, considera la declarante que el Honora-

    ble Diputado Zurita fu legalmente el sucesor del Ministro Arias Espino-

    sa? Contest

    : es potestativo del Presidente de la Repblica nombrar a sus

    Ministros

    . A m no me consta que lo haya o no lo haya nombrado. Pre-

    guntada por el Honorable Robles

    : el doctor Arnulfo Arias declar ante

    esta Comisin que l, como Presidente de la Repblica, haba nombrado al

    Honorable Diputado Norberto Zurita para reemplazar en su cargo de

    Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias al seor Ricardo Arias Es-

    pinosa

    . Considera o no usted que la afirmacin del doctor Arias en este

    sentido a la Comisin se ajusta a la verdad de los hechos? Contest

    : el

    Presidente de la Repblica tiene la facultad de nombrar a sus Ministros

    ; si

    el doctor Arias dice que l nombr al Honorable Diputado Norberto Zuri-

    ta, como Ministro de Agricultura y Comercio, l estar en lo cierto

    . Pero

    vuelvo y digo que a m no me consta

    . Preguntada por el Honorable Ba-

    rraza V.

    : la copia del decreto original de 7 de mayo de 1951, que derogaba

    la Constitucin de 1946, y que aparece publicada en la edicin de La Estre-

    lla de Panam correspondiente al da 8 del citado mes -que se le pone de

    presente- es o no una copia fidedigna del decreto original que usted firm?

    Contest

    : no puedo guiarme por lo que me presentan aqu publicado en

    La Estrella de Panam

    ; quisiera ver el original y confrontarlo pasa saber

    si es cierto

    . Preguntada

    : hace unos instantes expres usted en conversa-

    cin informal, que el primer artculo que aparece publicado en La Estrella

    de Panam de fecha 8 del mes y ao corrientes, se ajusta exactamente a

    ese mismo artculo que apareca en el texto original que usted firm

    . Es o

    no cierto? Contest

    : es cierto

    . Preguntada

    : diga la declarante si sabe

    qu Ministros de Estado firmaron el aludido decreto? Contest

    : la cos-

    tumbre en todos los decretos firmados es ir en orden de protocolo y al Mi-

    nistro de Previsin Social es al ltimo al que le toca firmar

    ; cuando a ml

    me lo presentaron para firmar, v que todos los dems haban firmada

    Preguntada

    : diga la declarante si con anterioridad a la expedicin del de-

    creto de 7 de Mayo de 1951, a que nos venimos refiriendo, el doctor Arnulfo

    Arias o alguno de sus Ministros de Estado, o el doctor Publio Vsquez, o

    cualquiera otra persona, lleg a discutir con la declarante la conveniencia

    de derogar la Constitucin de 1946? En caso afirmativo, srvase individua-

    lizar el nombre de la persona o personas con quienes habl sobre este par-

    ticular? Contest

    : con ninguna

    . Preguntada por el Honorable Barletta:

    estuvo la declarante el da domingo seis de mayo en la Presidencia de la

    Repblica? en caso afirmativo quines ms estuvieron con ella desde las

    nueve de la maana hasta las siete y treinta de la noche? Contest

    : si

    estuve, pero no hubo sesin de Gabinete

    . El seor de Obalda estaba en el

    saln del doctor Arias y me dijo que no haba podido localizar a los dems

    Ministros . Preguntada

    : diga la declarante si en su carcter de Ministro

    de Trabajo, Previsin Social y Salud Pblica aprob y firm el decreto de

    Gabinete dictado el 9 de mayo de 1951, por el cual se derog el decreto del

    7 de ese mismo mes y ao? Contest

    : s lo firm y lo aprob. Todos los

    Ministros lo firmaron

    ; fu una sesin corta en donde el doctor Arias ex-

    puso que altas autoridades le haban solicitado el retorno a la Constitucin

    59

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    15/35

    del 46, solicitud que todos los Ministros acogieron y que se procedi a fir-

    mar enseguida. Preguntada

    : diga la declarante el nombre de los Minis-

    tros de Estarlo que firmaron el decreto de 9 de mayo a que nos venimos

    refiriendo? Contest : no revis las firmas

    ; firm puesto que ya saba el

    contenido del decreto, que era el retorno a la Constitucin del 46. Pregun

    tada

    : cmo explica la declarante que primeramente declara todos los Mi-

    nistros lo firmaron , y ahora asegura que no revis las firmas y evita

    citar los nombres de los firmantes del decreto de 9 de Mayo? Contest:

    la explicacin es muy sencilla ; no es que evada la respuesta

    . Al discutirse

    el proyecto estbamos todos reunidos ; despus, para confeccionar el docu-

    mento, nos separamos y fu llamada ms tarde para firmar

    . Preguntada.

    diga la declarante el nombre de todos los Ministros de Estado que asistie-

    ron al Consejo de Gabinete del 9 de mayo, en que se aprob el decreto que

    derogaba el decreto de 7 de mayo, tantas veces citado? Contest

    : don Jo-

    s Clemente de Obalda, doctor Carlos N. Brin, don Rodolfo Herbruger,

    seor Cristbal Adn de Urriola, seor Celso Carbonell y la declarante.

    Preguntada

    : sabe la declarante quin firm y quin asisti a ese Consejo

    de Gabinete, como Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias? Con-

    test

    : no s. Preguntada : sabe la declarante si es o no cierto que el Dr

    Arnulfo Arias envi como comisionados a la Comandancia General de la

    Polica a los seores Norberto Zurita, Ministro de Agricultura, Comercio e

    Industrias y Jos E

    . Ehrman, Secretario General de la Presidencia, acom-

    paados del Mayor Gmez y del Teniente Florez, para hacer entrega del

    decreto en copia, que acababa de aprobar el Consejo de Gabinete, derogan-

    do el decreto de 7 de mayo y volviendo a la Constitucin del 46, y el original

    de ese mismo decreto de 9 de mayo, que llevaba todas las firmas de los

    Ministros de Estado, inclusive la del Honorable Diputado Zurita y que esa

    copia es la que se pone a la declarante de manifiesto? Contest : yo no

    supe cuando mandaron ese documento a la Comandancia, ni quines lo lle-

    varon

    . Preguntada : es o no cierto y le consta a la declarante, que al inau-

    gurarse las sesiones de la Asamblea General de Cmaras de Comercio de

    Amrica, en esta ciudad, el da 8 de mayo en horas de la maana, ocup

    puesto de honor el Honorable Diputado Norberto Zurita, en su calidad de

    Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias, al lado del Doctor Arnul-

    fo Arias, en la directiva de esa Asamblea y del Ministro de Agricultura y

    Comercio de la Repblica de Cuba? Contest : es cierto que v al Diputado

    Norberto Zurita sentarlo al lado del doctor Arias, en la mesa de honor de

    la inauguracin de la Asamblea General de Cmaras de Comercio de Am-

    rica. Preguntada

    : a qu atribuye la declarante que ocupara el puesto de

    honor el Honorable Diputado Zurita, en una Asamblea de Cmaras de Co-

    mercio, si ninguno de sus colegas en el Gabinete fu objeto de tal honor?

    Contest : talvez la distincin sera por tratarse de un Colega comerciante.

    Preguntada

    : segn las propias manifestaciones de la declarante, a ella le

    corresponda firmar de ltima todos los decretos de Gabinete, segn el or-

    den de protocolo

    . Al firmar el decreto de 9 de Mayo de 1951, estaba ya la

    firma del Ministro cuyo orden de procedencia es anterior al de Ministro de

    Trabajo, Previsin Social y Salud Pblica? Contest : nunca acostumbrada

    a revisar las firmas de los Ministros anteriores

    ; siempre saba cual era el

    lugar del Ministro de Trabajo, y firmaba sin revisar las dems firmas

    -- 60

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    16/35

    Preguntada : diga la declarante si la copia del decreto de Gabinete de 9 de

    mayo de 1951, que se le pone de manifiesto y que es la misma que envi el

    doctor Arnulfo Arias con sus Comisionados a la Comandancia de Polica y

    la misma que public La Estrella de Panam, en su edicin del 10 de los

    corrientes, copias ambas que se le ponen de manifiesto, las considera la de

    clarante como una copia del decreto original del 9 de mayo de 1951? Con-

    test

    : yo aseguro que se aprob un decreto de Gabinete retornando a la

    Constitucin del 46

    ; pero no s si las copias que se me muestran sean una

    reproduccin exacta del decreto original

    . Preguntada

    : tuvo la declarante

    conocimiento de la reaccin adversa de la ciudadana contra el decreto de

    7 de mayo de 1951, mediante el cual se derog la Constitucin de 1946?

    Contest : tuve conocimiento de que lo adversaban los mismos elementos

    que desde el 41 adversaban el Gobierno del Presidente Arias. Preguntada

    por el Honorable Robles

    : acepta o no la declarante que el paro cvico que

    se produjo con motivo de la derogatoria de la Constitucin del ao 46, fu

    total, abarcando todas las actividades de la vida social y econmica del pas?

    Contest

    : si la inquietud que hubo fu por la derogatoria de la Constitu-

    cin del 46, me sorprendi el paro cvico, cuando en la noche anterior ya ha-

    bamos retornado a la Constitucin del 46. Preguntada : considera la de-

    clarante que el pueblo panameo poda quedar satisfecho con el nuevo re-

    torno de la Constitucin del 46, despus que se haba cometido un acto de

    violacin flagrante a la Constitucin y desdoroso a la dignidad y al decoro

    del pas y que, por lo tanto, la continuacin de ese movimiento era conse-

    cuencia lgica de esa reaccin? Contest : para responder justicieramen-

    te a su pregunta, sera preciso pesar agrupando las fuerzas de uno y otro

    concepto

    . Preguntada por el Fiscal, Honorable jurado Selles

    : cules fue-

    ron las razones que influyeron en el nimo del doctor Arnulfo Arias y de

    los Ministros de Estado para poner nuevamente en vigencia la Constitucin

    de 1946? Contest

    : a pesar de haber respondido a esa pregunta anterior-

    mente, les dir que siempre nos anim en toda resolucin la paz y la tran-

    quilidad del pas. Ysi era preciso el retorno a la Constitucin del 46 para

    salvar al pas de un derramamiento de sangre, yo, sobre todo, gustosa firm

    el retorno a la Constitucin del 46

    . Preguntada por el Honorable Barraza:

    diga la declarante si se encontraba presente en la Presidencia de la Repbli-

    ca el da 10 de mayo actual? Contest

    : s estuve en la Presidencia de la

    Repblica el da 10. Preguntada

    : a qu se debi la presencia en la Casa

    Presidencial de gran cantidad de personas armadas? Contest

    : v gran

    cantidad de personas, pero ni me consta ni creo que hayan estado armadas.

    Preguntada

    : considera entonces la declarante que las heridas que causaron

    la muerte del Mayor Gmez y del Teniente Florez, no fueron producidas

    por armas de fuego? Contest

    : no s cmo murieron

    . Preguntada

    : en

    ese caso, estima la declarante que la Polica Nacional al disparar sus armas

    en contra de los rebeldes de la Presideneia, lo haca en contra de personas

    desarmadas? Contest

    : primero, no ramos rebeldes

    ; y, segundo, estoy

    casi segura, corrijo, segura de que los que me rodeaban no tenan armas.

    Preguntada

    : el lugar que la declarante ocupaba en la Casa Presidencial

    era en los pisos superiores donde se encuentran las alcobas y en donde es-

    taban reunidas todas las damas, o era en el primer piso alto, en donde

    estaban las fuerzas que se deca iban a defender a sangre y fuego la Presi-

    -61

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    17/35

    dencia? Contest

    : me encontraba en el saln de la biblioteca donde no

    slo haba mujeres, sino tambin hombres

    . Ese saln queda en el segundo

    piso alto

    . Preguntada

    : no cree la declarante, honradamente, que si el doc-

    tor Arnulfo Arias hubiera acatado la decisin de la Asamblea Nacional del

    da 9 de mayo, que declar constitucional la Corte Suprema de Justicia el

    da 10 en las horas de la maana, y hubiera atendido al llamado de la Co-

    mandancia de la Polica que le notific que estaba suspendido del cargo y

    deba desalojar la Presidencia, se hubiera evitado el derramamiento innece-

    sario de la sangre del pueblo panameo? Contest

    : yo no he sabido de nin-

    guna resolucin de la Asamblea, ni he sabido tampoco de esa sugerencia de

    parte de los Comandantes ; si yo hubiese sabido le hubiere prestado una

    consideracin, como es natural

    . Preguntada

    : conoce la declarante la for-

    ma que establece la Constitucin Nacional para hacerle reformas a esa

    misma Constitucin? Contest

    : s la conozco

    . Preguntada

    : considera

    la declarante que habiendo reconocido ella que aprob y firm el decreto

    de 7 de mayo de 1951, derogatorio de la Constitucin Nacional, se viol

    dicha Constitucin? Contest

    : hay un precedente en la historia y es el

    de la derogatoria de la Constitucin del 41, que se efectu en el ao 44.

    Preguntada

    : considera la declarante, como lo considera todo el pas, que el

    movimiento cvico que di al traste con el decreto de 7 de mayo de 1951,

    derogatorio de la Constitucin Nacional, es la actitud ms valiente, decidida

    y patritica que el pueblo panameo ha asumido a lo largo de toda su

    historia del cual debe enorgullecerse todo buen panameo, desde luego que

    en l no hubo distingos de banderas, sino el clamor de una ciudadana de-

    fendiendo su Constitucin Nacional? Contest

    : no puedo asegurar que es

    la ciudadana

    . como dice la pregunta

    ; ni tampoco por el hecho de que no

    est de acuerdo, no quiere decir que yo sea una mala panamea

    . Siempre

    me ha animado en todos los actos privados y oficiales de mi vida, el amor

    a la Patria, la salud de ella y el bienestar de los hijos de esta querida Patria.

    Preguntada

    : si no fu la ciudadana panamea, sin distingos de colores

    polticos, y en un afn de puro patriotismo, quien se levant hasta lograr la

    derogatoria del decreto de 7 de mayo de 1951, quin estima la declarante que

    logr esta derogatoria? Contest : los partidos polticos nacionales ene-

    migos del Gobierno del doctor Arias, que siempre lo fueron, fueron los que

    lograron la derogatoria del decreto. Preguntada

    : diga la declarante cu-

    les fueron esos partidos? Contest

    : su pregunta me parece un poco su-

    perflua, joven Jurado

    . Usted lo sabe mejor que yo

    ; la verdad es slo una

    y esa verdad la sabe usted, como la saben los dems, mejor que yo

    . Pre-

    guntada

    : diga la declarante qu partidos polticos estaban de acuerdo con

    la derogatoria de la Constitucin de 1946? Contest

    : usted tambin lo sa-

    be

    . En este momento el Fiscal de la Comisin, Honorable Jurado, manifes-

    t lo siguiente : seor Presidente, yo le exijo a usted, como Presidente de

    la Comisin Investigadora, que tratndose de una declaracin jurada haga

    que la declarante conteste en forma concreta las preguntas

    . A esta ob-

    servacin, el Presidente de la Comisin, Honorable Diputado Barraza, res-

    pondi

    ; esta la segunda vez que llamo la atencin a la declarante hacia

    la obligacin en que se encuentra de contestar categricamente las pregun-

    tas que se le hagan, de conformidad con preceptos legales vigentes, a me-

    nos que se quiera amparar en el precepto constitucional que la protege, en

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    18/35

    cuyo caso as lo debe hacer constar ante la Comisin

    . Queda la declarante

    notificada de esta resolucin y se le solicita que d contestacin concreta a

    la pregunta que se le hace

    . La declarante contest la pregunta as

    : no s.

    Preguntada por el Honorable Barraza V

    .

    : considera entonces la declaran-

    te que la gesta patritica que acaba de realizar el pueblo panameo y que

    culmin con la derogatoria del decreto de 7 de mayo de 1951, fu una labor

    exclusiva de los partidos polticos panameos que defienden la forma de-

    mocrtica de Gobierno y que adversan la Administracin del Doctor Arnul-

    fo Arias Madrid? Contest

    : democrticos son todos los partidos polti-

    cos en Panam

    . Ysi fueron los enemigos adversos los que iniciaron este

    movimiento.

    En este estado, no habiendo ms preguntas que hacer a la declarante,

    se di por terminada la presente diligencia que se firma para constancia

    luego de haberle sido leda a la declarante, quien la encontr conforme

    . Se

    hace constar que las respuestas dadas por la declarante fueron tomadas ta-

    quigrficamente y corresponden a sus palabras textuales.

    fdo.)

    Lorenzo

    Barraza V.

    fdo. Heraclio Barletta B.

    Marco A . Robles.

    (fdo.) Mara Santodomingo de Miranda.

    (fdo.) Guillermo Jurado Selles.

    Luis C. Abrahams V.

    Declaracin del seor Jos Clemente

    de Obalda.

    En la ciudad de Panam, siendo las diez y quince minutos de la maa-

    na de hoy veintiuno de Mayo (le mil novecientos cincuenta y uno, constitui-

    da la Comisin Especial de Acusacin designada por la Asamblea Nacional,

    el Fiscal de la misma y el Secretario, en el Hospital Radiolgico de esta ciu-

    dad, se hizo comparecer a la presencia de dicha Comisin con el fin de reci-

    birle declaracin jurada al seor Jos Clemente de Obaldia

    . Presente ante

    la Comisin el seor de Obalda, fue juramentado por el Presidente de dicha

    Comisin, Honorable Diputado Lorenzo Barraza V., y ofreci decir verdad

    en todo lo que sepa y fuere interrogado. Para identificar a su persona dijo

    llamarse JOSE CLEMENTE DE OBALDIA panameo, mayor de edad,

    soltero, vecino de esta ciudad, portador de la cdula de identidad personal

    nmero 47-6951, diplomtico

    . Interrogado por el Honorable Diputado Ba-

    rraza V

    .

    : diga el indagado, corrijo, el declarante qu cargo desempeaba

    los das

    7 ,

    8, 9

    y

    10 de Mayo de 1951? Contest

    : Ministro de Gobierno y

    El Presidente,

    Los Comisionados:

    La Declarante,

    El Fiscal,

    El Secretario,

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    19/35

    Justicia

    . Preguntado

    : diga el declarante si l en su calidad de Ministro

    de Gobierno de Justicia, asisti a la sesin del Consejo de Gabinete cele-

    brada el 7 de Mayo de 1951 y en la cual se aprob un decreto derogatorio

    de la Constitucin

    '

    de 1946, que fue presentado en proyecto a la considera-

    cin de ese Consejo de Gabinete por el mismo declarante? Contest

    : quie-

    ro que se me muestre el decreto original para ver las firmas que hay en el y

    reconocer as las mismas

    . No puedo contestar a eso porque es un proyec-

    to que se present y quiero ver el original de ese decreto

    . En este momento

    el Honorable Diputado Barraza V

    . se dirigi al declarante en los siguientes

    trminos

    : el declarante sabe, porque no es iletrado, lo que significa rendir

    una declaracin bajo juramento y la obligacin en que se encuentra de

    contestar en forma categrica las preguntas que se le hagan, sin recurrir a

    recursos infantiles, a menos que desee ampararse en preceptos constitucio-

    nales que lo cubre

    . En consecuencia, ordeno al declarante contestar cate-

    gricamente la pregunta que le ha sido formulada

    . El declarante contest:

    repito que estando en mi casa fu llamado por el Secretario General de la Pre-

    sidencia para asistir a un Consejo de Gabinete

    ; all se reuni ese Consejo

    de Gabinete y se present un proyecto que debo decir no fue elaborado en

    el Ministerio de Gobierno, sino que me fue entregado all para su presenta-

    cin por el mismo Presidente de la Repblica

    . Ahora bien, ese era un pro

    yecto

    .E

    residente de la Comisin, Honorable Diputado Barraza V

    ., se dirigi nue-

    vamente al declarante de la siguiente manera

    : insisto en que el declarante

    debe contestar cate-gricamente la pregunta que se le ha hecho, salvo que

    desee invocar el artculo constitucional que lo ampara, en cuyo caso as de-

    be hacerlo constar ante la Comisin

    . El declarante contest la pregunta que

    se le est haciendo, as : en ese Consejo no se aprob ese decreto porque uno

    de los Ministros, el seor Arias, ni lo improb, ni lo aprob, sino simple-

    mente pidi que se le diera tiempo para ir a consultar con los miembros del

    Directorio de su Partido

    ; as que el decreto qued sin firmar mientras re-

    gresaba este seor

    . Es bien sabido que para la aprobacin de un decreto

    de Gabinete se necesita la unanimidad

    . Preguntado : en la celebracin del

    Consejo de Gabinete a que usted se refiere y descartando la actitud y opi-

    nin del Ministro Arias Espinosa, es o no cierto que los restantes Ministros,

    lo mismo que el doctor Arnulfo Arias M

    ., dieron su aprobacin al proyecto

    de decreto derogatorio de la Constitucin de 1946, presentado por usted en

    su condicin de Ministro de Gobierno y Justicia? Contest

    : esa pregunta,

    a mi modo de ver, la debe contestar el Secretario General de la Presidencia,

    que es quien tiene a su cargo las Actas del Consejo. Preguntado

    : di us-

    ted su aprobacin, como Ministro de Gobierno y Justicia, al proyecto de

    decreto por usted mismo presentado a la consideracin del Consejo de

    Gabinete y firm o no el original de ese decreto? Contest

    : quiero ver el

    original para reconocer mi firma . He dicho anteriormente que ese decreto

    no fue firmado porque estaba pendiente de que regresara el seor Arias y

    se levant la sesin

    . Preguntado

    : Asegura entonces el declarante que l

    ni aprob, ni firm el decreto de 7 de mayo de 1951? Contest : Repito que

    quiero ver el original del decreto para reconocer mi firma

    . El Presidente

    de la Comisin, Honorable Diputado Barraza V

    ; llam la atencin al de-

    clarante en los siguientes trminos

    ; ya le he llamado dos veces la atencin

    -64

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    20/35

    sobre la obligacin en que se encuentra de contestar las preguntas que se

    le hacen en forma categrica, que no se preste al jueguito en que usted ya

    quiere colocar este interrogatorio

    . Yo le he hecho la pregunta concreta:

    aprob y firm usted el decreto, o no lo aprob, ni lo firm? Esta usted

    ante la Comisin Especial de investigacin nombrada por la Asamblea

    Na-

    cional para esclarecer los sucesos bochornosos en que ustedes fueron acto-

    res principales, y usted sabe bien que le debe a esta Comisin respeto y con-

    sideraciones, a ms de la obligacin en que se encuentra de decir la verdad

    por estar declarando bajo juramento

    . Srvase por tanto, evitar en lo suce-

    sivo el que se le llame la atencin por evadir las contestaciones y referirse

    concretamente a la pregunta que acabo de hacerle

    . El declarante contest:

    he dicho que el decreto no fue firmado porque se esperaba que regresan el

    seor Arias Espinosa . Se discuti el proyecto

    . Se le hicieron ciertas modi-

    ficaciones que el mismo seor Arias Espinosa quiso introducir . Por esas

    circunstancias no estaba el proyecto para ser firmado . Repito que el de-

    creto no haba sido firmado porque esperbamos al seor Arias Espinosa

    . Se

    levant la sesin y no hubo, naturalmente, nada definitivo

    . He dicho que

    no se aprob esperando que regresara el seor Arias Espinosa y, por con-

    siguiente, no fue firmado

    . Se levant la sesin sin ser aprobado, ni firma-

    do, puesto que tena que ser por unanimidad. Preguntado

    : es o no cierto

    que al regresar el seor Ricardo Arias Espinosa a la Presidencia y presen-

    tar su renuncia del cargo de Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias,

    por no estar de acuerdo con la aprobacin del decreto del 7 de Mayo de

    1951, derogatorio de la Constitucin de 1946, el doctor Arnulfo Arias nombr

    para reemplazarlo en esa Cartera, al Honorable Diputado Norberto Zurita?

    Contest

    : debo decir que cuando don Ricardo Arias Espinosa regres y

    manifest que su partido no estaba anuente a que se firmara ese decreto

    por l, el doctor Arias llam al Comandante Primer Jefe de la Polica Na-

    cional para ofrecerle la Cartera que dejaba vacante don Ricardo Arias Espi-

    nosa, a su hermano don Alejandro Remn

    . Dijo el doctor Arias que el

    Comandante Remn le haba contestado que iba a entrevistarse con su her-

    mano

    . Despus de mucho tiempo result que pareca que el seor Alejandro

    Remn no aceptaba el Ministerio

    . Entonces el Presidente Arias sugiri que

    fuese nombrado el seor Juan de Arco Galindo

    ; despus de mucha espera

    result que tampoco el seor Galindo pareca querer aceptar la Cartera

    . Ya

    yo no supe ms del asunto

    . Yo no puedo decir que el seor Zurita fuera

    nombrado o no nombrado

    . Yo no vi ms al seor Zurita en esta noche y

    slo me lo encontr al da siguiente en una ceremonia de inauguracin de

    las Cmaras de Comercio de Amrica

    . Honorable Diputado Barraza V

    .:

    actuaba el seor Zurita en esa ceremonia en su calidad de Ministro de Agri-

    cultura y Comercio? El declarante

    : s seor

    . Pero ustedes me estaban

    preguntando si el seor Zurita haba sido nombrado

    . Yo no supe del nom-

    bramiento del seor Zurita, absolutamente

    ; ni lo vi esa noche ms all . Al

    da siguiente, cuando fu a la ceremonia de la inauguracin de las Cmaras

    de Comercio, con el Presidente Arias y los dems miembros del Gabinete.

    v al seor Zurita sentado en la mesa de honor de la ceremonia de las C-

    maras de Comercio, Honorable Diputado Barraza

    V

    estaba ocupando el

    puesto que corresponda ocupar al Ministro de Agricultura y Comercio

    de

    Panam? El declarante

    : estaba ocupando el puesto que corresponda

    ocu-

    -65

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    21/35

    par al Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias de Panam

    ; pero yo

    no podra decir cmo, cundo,

    . ni dnde fu nombrado

    . Preguntado : con-

    sidera el declarante que correspondiendo, como corresponde, al Presidente

    de la Repblica, por precepto constitucional, el nombramiento de sus Minis-

    tros de Estado, si el Presidente, Dr

    . Arnulfo Arias, inform a esta Comi-

    sin que haba nombrado el 7 de mayo en la noche al Honorable Diputado

    Norberto Zurita como Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias, en

    reemplazo del seor Ricardo Arias Espinosa, tal nombramiento es absolu-

    tamente legal y las actuaciones desde entonces del Honorable Diputado

    Norberto Zurita, como Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias,

    s t

    ajustadas a la ley? Contest

    : indudablemente

    . Preguntado : al nombrar-

    se Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias al Honorable Diputado

    Norberto Zurita, es o no cierto que se reinici la sesin del Consejo de Ga-

    binete para continuar discutiendo el proyecto de decreto derogatorio de la

    Constitucin de 1946, que usted present

    ; y es o no cierto, igualmente, que

    a ese proyecto de decreto se le hicieron algunas enmiendas? Contest

    : de

    bo decir que no se reanud la sesin del Consejo de Gabinete

    . La Presi-

    dencia estaba llena de gente y no hubo sesin nuevamente del Gabinete . Yo

    he dicho que no he visto al seor Zurita en toda la noche ; por consiguiente

    de reanudarse el Consejo, el seor Zurita tena que estar presente, habiendo

    sido nombrado segn queda establecido por lo que me declara la Comisin,

    No hubo nueva reunin del Gabinete . Preguntado : el proyecto de decreto

    derogatorio de la Constitucin Nacional de 1946, que usted present a con-

    sideracin del Consejo de Gabinete, es o no el mismo que le pongo de ma-

    nifiesto y son o no de su puo y letras las alteraciones que en ese mismo

    decreto constan, as como las modificaciones que en papel aparte y manuscri-

    tas le presento en estos momentos? Contest

    : a esto debo contestar que las

    modificaciones que aparecen en el proyecto de decreto fueron, como ya he

    dicho, introducidas por discusiones que en el Consejo de Gabinete se susci

    taran, entre ellas, las que ya he enumerado del seor Arias Espinosa, corri

    jo, las que sugiri el seor Arias Espinosa y naturalmente ste qued en

    el proyecto

    . Este es el proyecto que el Presidente de la Repblica me en-

    treg para que fuera, presentado

    . Como miembro del Gabinete lo present

    pero no fue aprobado

    . En cuanto a estas otras anotaciones manuscritas, que

    aparecen aparte en papel amarillo, no son de mi puo y letra

    . Honorable

    Diputado Barraza V

    ; sabe usted de quin son? El declarante contest:

    no s

    . Honorable Diputado Barraza V

    : sern del doctor Publio A

    . Vs

    quez

    . Contest : no s, no le conozco bien la letra

    . Honorable Diputado

    Barraza V

    : las anotaciones manuscritas que aparecen en el proyecto de

    decreto que se le presentan, son de su puo y letra? Contest : esas ano

    taciones manuscritas fueron hechas por mi, a peticin de miembros de

    Gabinete

    . Preguntado

    : es o no cierto que el declarante, en asocio de los

    Ministro de Trabajo, Previsin Social y Salud Pblica, y otras personas fue

    citado a la Presidencia de la Repblica, por orden del Doctor Arnulfo Arias

    a las nueve de la maana, del domingo seis de mayo del ao en curso y que

    el declarante fu a la Presidencia ese da y permaneci en ella consecutiva

    mente hasta pasadas las siete de la noche, en compaa de otras personas

    Contest

    : yo no he sido citado en compaa de la seora Ministro

    . El

    doctor Arias me pidi que fuera all, yo fu y all pasamos el da

    ; eso fue todo

    66

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    22/35

    Pero no en compaa de nadie

    . Haba muchas personas en la Presidencia,

    pero no fui citado en compaa de nadie

    . El doctor Arias me llam y

    dijo que pasara por la Presidencia ; fu all y permanec en la Presidencia

    pero no podra decirles hasta qu hora ; pero si fue bastante el tiempo que

    permanec en ella

    . Preguntado

    : es o no cierto que el domingo seis de ma-

    yo se reunieron en la Presidencia, junto con el declarante, la seora Mara

    Santodomingo de Miranda, Juan de Dios Poveda, Francisco Jos Linares,

    Publio Vsquez, Norberto Zurita, Jorge Rubn Rosas y Jos E. Ehrman y

    se dedicaron a discutir el proyecto de decreto derogatorio de la Constitucin

    de 1946, que present el declarante posteriormente a consideracin del Con

    sejo de Gabinete? Contest : ese da vi a algunas personas de las que

    se nombran ; no puedo recordarlas a todas. Pero yo declaro, de la manera

    ms enftica que no tom ninguna participacin en ninguna discusin de

    esa ndole

    . Estos seores se reunieron en un saln, creo que era en el de

    la Asistente del Secretario, y all posiblemente elaboraron el proyecto. Yo

    no penetr siquiera all y permanec en la Secretara General, unas veces,

    y otras veces en el Despacho del Secretario Privado

    . No he tenido ninguna

    participacin en la elaboracin del proyecto

    . N o estoy seguro de que estu-

    viera presente la seora Mara Santodomingo de Miranda

    . Los seorea

    Juan de Dios Poveda y

    Francisco Jos Linares entraban y

    salan del saln

    en donde estaban reunidos

    . El seor Jos E. Ehrman entraba y sala del

    saln porque lo llamaban. Los seores Norberto Zurita Publio Vsquez y

    Jorge Rubn Rosas demoraron un largo rato reunidos

    . Yo no s si esta-

    ban redactando el proyecto porque ellos acostumbraban reunirse en ese sa-

    l n

    . El Presidente Arias no me dijo el motivo para el cual me haba citado

    En este estado siendo las doce y diez minutos se suspendi la presente di-

    ligencia para continuarla una vez el declarante haya almorzado

    . A la una

    y cincuenta y cinco minutos de la tarde presente el declarante ante la Co-

    misin continu el interrogatorio

    . Antes de continuar el interrogatorio el

    declarante solicit y obtuvo permiso de la Comisin para hacer la siguiente

    explicacin en relacin con la pregunta que est contestando

    ; el domingo

    seis cuando el Dr

    . Arias me llam a mi casa tambin fue para preguntar-

    me qu noticias haba del interior con respecto a que all se deca que al-

    gunas personas haban tratado de influir en el nimo de los comerciantes y

    depositantes para que retiraran sus depsitos de los Bancos Provinciales.

    Le dije que no tena conocimiento todava de eso

    ; pero que me iba a ente-

    rar

    . En ese caso me aconsej que me pusiera al habla con el Comandante

    de la Polica por si acaso era cierto tratara de impedir que se fuera a pro-

    vocar un retiro inusitado de fondos de los Bancos Provinciales

    . Pregunta-

    do

    : diga el declarante si con anterioridad al 7 de mayo de 1951 alguna per-

    sona o personas le solicitaron su opinin sobre la posibilidad de derogar la

    Constitucin de 1946 y en caso afirmativo qu opinin di el declarante

    a este respecto? Contest

    : ninguna persona o personas me solicitaron mi

    opinin al respecto

    . Preguntado

    : diga el declarante en definitiva si exis-

    ti o no y se aprob o no el decreto de 7 de mayo de 1951 por el cual se de-

    rogaba la Constitucin de 1946 y de existir legalmente tal decreto qu Mi

    nistros lo aprobaron y quines lo firmaron? Contest

    : ya he dicho ante-

    riormente que el Consejo de Gabinete no se reanud y que en esas condi-

    ciones el decreto no apareca aprobado

    . Y dije ms

    : que no vi siquiera al

    -67

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

    23/35

    seor Zurita que, segn parece, era el Ministro de Agricultura, Comercio e

    Industrias

    . No habiendo sido firmado el decreto por el hecho de que el se-

    no' Ricardo Arias Espinosa se haba ausentado para despus venir a decir

    si firmaba o no el decreto, luego no se reanud el Consejo de Gabinete . No

    habindose reanudado el Consejo de Gabinete, no creo que haya habido a

    aprobacin

    . Yo simplemente digo que para aprobar ese decreto, se necesi-

    taba que el Consejo se hubiera reunido nuevamente

    . He dicho que ningn

    Ministro haba firmado el decreto, esperando a que regresara el seor Arias

    Espinosa . Preguntado : el doctor Arnulfo Arias M. en declaracin rendida

    ante esta Comisin, el diez y seis de Mayo del corriente ao, a pregunta que

    se le hizo, contest as : ''

    Preguntado

    : diga el declarante los nombres de

    los Miembros del Gabinete que firmaron el decreto del 7 de mayo de 1951

    derogatorio de la Constitucin de 1946? Contest : Su Excelencia Jos C.

    de O balda

    .Su Excelencia Carlos N. Brin, Su Excelencia Cristbal Adn de

    Urriola, Su Excelencia Rodolfo F

    . Herbruger, Su Excelencia Celso Carbo

    nell, Su Excelencia doa Mara Santodomingo de Miranda y el Honorable

    Diputado Su Excelencia Norberto Zurita . Como lo declarado por el de-

    ponente niega enfticamente lo declarado por el doctor Arnulfo Arias

    dgo

    uevamente : para que el decreto hubiese sido firmado en Consejo de Ga

    binete, haba necesidad de reunir el Consejo

    . El Consejo no se reuni

    . Pre-

    guntado

    : sea que el Consejo de Gabinete reanudara otro su sesin, con

    .

    teste categricamente si lo dicho por el doctor Arnulfo Arias Madrid es o

    no cierto? Contest

    : a su pregunta tengo que decir que verdaderamente

    no comprendo cmo el doctor Arias haga esa declaracin, porque si no reu-

    ni a los Ministros para que firmaran un decreto, no veo la manera cmo

    lo firmaron

    . Si un decreto de Gabinete debe firmarse, se debe firmar en

    Consejo de Gabinete y ese Consejo no se reanud . Yo no he visto al seor

    Zurita en funciones de Ministro, porque no he tenido conocimiento de su

    nombramiento, como ya dije, sino cuando lo vi en la inauguracin de la A

    samblea General de las Cmaras de Comercio de las Amricas y que, por

    consiguiente, cualquier cosa que hubiera pasado all no era vlida porque

    no se haba firmado en Consejo de Gabinete

    . Ese decreto de 7 de mayo de

    1951, no existi porque no se reuni el Consejo de Gabinete para aprobarlo.

    Preguntado : qu explicacin racional da el declarante al hecho de que l,

    en su carcter de Ministro de Gobierno y Justicia, promulgara en la noche

    del 7 de mayo de 1951, por medio de una cadena de estaciones de radio y

    notificara a toda la Repblica el decreto de

    7

    de mayo de 1951, derogatorio

    de la Constitucin Nacional de 1946 y el cual, segn propia manifestacin

    del declarante, ni fu aprobado, ni fue firmado por los Ministros de Estado

    y cmo explica, as mismo, que al leer dicho decreto no solamente leyera

    ntegramente sus considerandos y parte resolutiva sino los nombres de todos

    los Ministros de Estado que lo haban aprobado y firmado, incluyendo entre

    tales nombres el del Honorable Diputado Norberto Zurita, como Ministra

    de Agricultura, Comercio e Industrias, y entregara una copia de dicho de-

    creto a la prensa para que fuera publicado como en efecto lo hizo La Es-

    trella de Panam, en su edicin del 8 de mayo del presente ao? Contest:

    sin tener conocimiento, como ya he dicho, de que el seor Zurita fuera nom

    brado Ministro de Agricultura y Comercio, el seor Secretario General de

    -68

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

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    la Presidencia me entreg una copia del decreto y me dijo que el doctor

    Arias deseaba que yo lo leyera

    . Aeso me opuse diciendo que me pareca

    que quin debera leer el decreto era el Secretario General de la Presidencia,

    por tratarse de un decreto de Gabinete. El seor Secretario me dijo que

    as efectivamente debera ser, pero que el Presidente deseaba que fuera

    y

    o

    quien lo leyera

    . Fui a verlo y ya sala l de su Despacho y me dijo : s, lea

    el decreto ; le dije

    : dnde est el original? y me dijo : no se ocupe de eso,

    lea la copia que se le entrega, que ya eso se arreglar . No tena yo noticia

    de que Zurita fuera Ministro

    . Entonces, para explicar por qu quera que

    yo lo leyera, el seor Presidente me dijo all, en un pblico que haba reuni-

    do, que mi voz pareca mejor por radio que la del seor Ehrman

    . Pregunt

    nuevamente por el original y me dijo

    : no se preocupe usted, lea la copia

    del decreto

    ; eso se arreglar despus

    . Ahora bien, yo voy a hacer hincapi

    en aue cuando yo le ese decreto no di nombre de ningn Ministro que lo

    hubiera firmado

    ; ese es un error, yo le el decreto y nada ms, pero no d

    los nombres de las personas que lo firmaron

    . En cuanto a que yo entrega-

    ra una copia a La Estrella de Panam, no es cierto

    . Recuerdo que el seor

    Leopoldo Moreno se me acerc para pedirme el decreto y le dije

    : yo no lo

    tengo

    . Me dijo que si poda publicarlo ya y le contest

    : no, ser maana

    quizs, en el entendimiento de que el doctor Arias deca que lo leyera que

    eso se arreglaba . Si La Estrella de Panam consigui alguna copia de ese

    decreto, con los nombres de los Ministros que se dice que lo haban firma-

    do, no es cierto que yo haya dado esos nombres, puesto que mal poda dar-

    los, cuando insisto en que yo no saba que el seor Zurita era Ministro

    . Por

    consiguiente yo le el decreto, pero no le los nombres de los Ministros que

    haban firmado el decreto

    . Eso es perfectamente seguro

    ; le la copia del

    decreto y nada ms

    . Las razones que yo expuse en la radio paro la adop-

    cin del decreto, fueron las que se sugirieron en Consejo de Gabinete que,

    vuelvo a repetir, que ese Consejo no se reanud

    . Preguntado

    : diga el de-

    clarante si el decreto de Gabinete de 7 de Mayo de 1951, por el cual se de-

    rogaba la Constitucin de 1946, que public La Estrella de Panam en su

    edicin del 8 de los corrientes y que le pongo de manifiesto, es o no una

    copia de la que le entreg el Secretario General de la Presidencia para que

    leyera a la ciudadana, el declarante, por radio en la noche del 7 de mayo

    en curso, desde los balcones de la Presidencia de la Repblica? Contest:

    exactamente es la misma copia

    . Preguntado

    : cmo explica satisfactoria-

    mente el declarante las siguientes frases de su discurso pronunciado desde

    los balcones de la Presidencia de la Repblica, por radio, y dirigi al pas en

    la noche del 7 de mayo del ao en curso

    :

    cuando el 24 de noviembre de

    1949 llegamos a este recinto, dije al Doctor Arnulfo Arias que la Repblica

    de Panam era una gran hacienda que le perteneca y que yo sera su ma-

    yoral ? Contest

    : yo no dije esas palabras

    . Yo dije ms o menos sto

    : la

    noche del 24 de noviembre de 1949 cuando con el doctor Arias haba llegado

    a la Presidencia, dije al pueblo all reunido esa noche, que la Casa Presi-

    dencial era del pueblo

    ; que el doctor Arnulfo Arias no era ms que su

    Administrador y yo su mayordomo

    ; que eso le perteneca al pueblo

    . Aho-

    ra, evocando esas palabras, le dije a esa misma muchedumbre que estaba

    reunida all, que esa Casa segua siendo del pueblo y que esa era como la

    hacienda de la nacin, de la cual era Administrador el doctor Arnulfo Arias

    69

  • 7/26/2019 Proceso Arias 2

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    y que yo, simplemente, era su mayoral

    ; pero que eso era del pueblo

    . Esas

    fueron mis palabras

    ; yo no he dicho nada al doctor Arias

    ; eso le dije al

    pueblo en una de las manifestaciones que llevaban all

    . As es que mis pa

    labras han sido perfectamente tergiversadas y de mala f, porque mal puedo

    yo decir que sea el mayoral de una nacin que no es ma y que el doctor

    Arias, Presidente de la Repblica, fuera dueo de la Repblica

    . Por eso

    hago esta aclaracin y quiero que conste de una manera muy enftica

    ; es

    decir, lo que quera yo explicar con eso es que el pueblo era el dueo de

    aquello y que el doctor Arias no era ms que su Administrador y yo su

    colaborador . Quiero hacer nfasis en ello, pues esa es una interpr