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7/26/2019 Proceso Arias 2
1/35
DECRETA
ARTICULO PRIMERO
: Todas las empresas periodsticas y de es-
taciones radiodifusoras, quedan bajo el control y censura del Departamento
de Prensa, Radio y Espectculos Pblicos del Ministerio de Gobierno y Jus-
ticia
. El Jefe del Departamento designar para este fin los correspondientes
censores;
ARTICULO SEGUNDO : Ninguna empresa periodstica ni de radio
difusin podr hacer publicaciones sin someter previamente el material
publicable a la censura del mencionado Departamento de Prensa, Radio y
Espectculos Pblicos . Los censores slo permitirn la publicidad de no-
ticias que no atenten contra la seguridad de la Nacin, de los gobernantes
y de las personas en general
; dentro de las garantas que consagra la
Constitucin de 1941, que garantiza la conservacin del orden pblico y
social.
ARTICULO TERCERO
: El Departamento de Prensa, Radio y Es-
pectculos Pblicos proceder a suspender, hasta nueva orden, la radioemi-
sora
Continental , que actualmente se dedica a propagar noticias falsas
contra el Gobierno y a incitar al pueblo a la rebelin
. De igual manera
proceder a cerrar a cualesquiera otras estaciones radiodifusoras y a sus-
pender la publicacin de peridicos o revistas que violen las rdenes im-
partidas por los censores del Departamento de Prensa, Radio y Espectcu-
los Pblicos.
ARTICULO CUARTO
: La Polica Nacional y la Polica Secreta
Nacional prestarn su cooperacin para el fiel cumplimiento de este De-
creto
COMUNQUESE Y PUBLIQUESE.
DADO EN LA CIUDAD DE PANAM, A LOS NUEVE
DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO.
fdo.) ARNULFO ARIAS.
El Ministro de Gobierno y Justicia,
Ido .) Jos
C . de Obaldia.
Declara cin del seor
Celso Ca rbonell:
En la ciudad de Panam, siendo las seis y cuarenticinco minutos de
la tarde de hoy diez y ocho de Mayo del mil novecientos cincuenta
y
uno,
constituida la Comisin Especial de Acusacin designada por la Asamblea
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2/35
Nacional, el Fiscal de la misma y el Secretario, en la Crcel Modelo, se
hizo comparecer a la presencia de dicha Comisin con el fin de recibirle
declaracin jurada al seor Celso Carbonell
. Presente ante la Comisin
el seor Carbonell, fu juramentado por el Presidente de dicha Comisin,
Honorable Diputado Lorenzo Barraza, y ofreci decir verdad en todo
lo
que sepa y fuere interrogado
. Para identificar a su persona dijo llamarse
CELSO AUGUSTO CARBONELL VACARO, panameo, mayor de edad,
casado, vecino de esta ciudad, con cdula de identidad nmero 47-39307.
Interrogado por el Honorable Diputado Barraza
: qu empleo desempe-
aba el declarante en el Gobierno que presida el Doctor Arnulfo Arias,
durante los das 7, 8, 9, y 10 del mes de mayo del ao en curso? Contest:
Ministro de Obras Pblicas
. Preguntado: diga el declarante si l en su
carcter de Ministro de Obras Pblicas asisti a la sesin del Consejo de
Gabinete celebrada el 7 de mayo de 1951 y en la cual se aprob un Decreto
derogatorio de la Constitucin de 1946 que fu presentado por el seor
Jos Clemente de Obalda, en su carcter de Ministro de Gobierno y Jus-
ticia en ese entonces? Contest
: s asist. Preguntado
: diga el decla-
rante si l como Ministro de Obras Pblicas consign su voto favorable
al Decreto derogatorio de la Constitucin de 1946 y si firm tal Decreto?
Contest : s aprob y firm ese Decreto
. Preguntado
: la copia del De-
creto original del 7 de mayo que derogaba la Constitucin de 1946, que
public el da 8 de ese mes y ao el diario La Estrella de Panam y que se
le pone de manifiesto, es o no una copia fidedigna del Decreto original que
usted firm? Contest
: yo entiendo que el texto del Decreto que aparece
en la Estrella es una copia fidedigna del Decreto Original que yo firm.
Hago la salvedad de que cuando yo firm ese Decreto haba el nombre
escrito a mquina del seor Ricardo Arias Espinosa, como Ministro de
Agricultura, Comercio e Industrias, pero no su firma
. Preguntado
: sabe
el declarante si el referido Decreto fu aprobado y firmado por todos los
Ministros de Estado? Contest
: cuando fu ledo y discutido el Decreto
en Consejo de Gabinete, ningn Ministro mostr discrepancia o desacuer-
do, a excepcin del seor Ricardo Arias E
., Ministro de Agricultura y Co
mercio, quien pidi un receso para consultar con su partido
. Con respecto
a las firmas dir que cuando yo firm, haba dos o tres firmas que no puedo
precisar a qu Ministros correspondan
. Preguntado
: diga el declarante
si al presentar su renuncia del cargo de Ministro de Agricultura, Comercio
e Industrias el seor Ricardo Arias Espinosa por no estar de acuerdo con
el Decreto de 7 de mayo de 1951, a quin se nombr para reemplazarlo en
ese cargo? Contest
: yo considero que se nombr al seor Norberto Zu-
rita para reemplazar al seor Ricardo Arias Espinosa en el Ministerio de
Agricultura Comercio e Industrias, porque eso era lo que se deca en
la
Presidencia. Preguntado
: diga el declarante si l en su calidad de Minis-
tro de bras Pblicas aprob y firm el Decreto de Gabinete dictado el
9 de Mayo de 1951, y por el cual se derogaba el Decreto del 7 de ese mismo
mes? Contest
: s lo aprob y lo firm. Preguntado
: diga el declarante
si la copia de ese Decreto del 9 de Mayo que public la Estrella de Panam
el da 10 y que se le pone de manifiesto, es una copia fidedigna del Decreto
original? Contest
: sta es una copia fidedigna del Decreto original del
9 de Mayo que yo firm. Preguntado
: sabe el declarante si este Decreto
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de 9 de Mayo a que nos venimos refiriendo, fu firmado por todos los M-
nistros de Estado, inclusive el Honorable Diputado Norberto Zurita en su
carcter de Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias? Contest:
cuando yo firm todava no haba firmado el Honorable Diputado Zurita,
como Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias, ni la Ministro de
Trabajo, Previsin Social y Salud Pblica, por orden de precedencia
; pero
todos los restantes Ministros si lo haban hecho
. Preguntado: es o no
cierto que el Ministro de Gobierno y Justicia, Jos Clemente de Obalda,
fu quin present a la consideracin del Consejo de Gabinete el proyecto
de decreto derogatorio de la Constitucin de 1946, en su sesin de 7 de
mayo de 1951? Contest
: efectivamente fu el Ministro de Gobierno y
Justicia, seor Jos Clemente de Obalda, quien present a la con-
sideracin del Consejo de Gabinete celebrado el 7 de mayo, el proyecto
de decreto derogatorio de la Constitucin de 1946. Preguntado por el Fis-
cal, Honorable jurado Selles : tuvo usted conocimiento de la reaccin
adversa de la ciudadana al Decreto de 7 de Mayo de 1951, mediante el
cual se derogaba la Constitucin de 1946? Contest : s tuve
n o c i m i ee g u n t: inform usted al Doctor Arnulfo Arias de este hecho y
le di algn consejo sobre el particular? Contest
: s le inform y le dije
de la reaccin del pueblo
; que no se engaara, que era necesario tomar una
medida que tuviera consonancia con las aspiraciones del pueblo
; le expres
que haba visto mucha gente y que lo estaban engaando al pensar que la
cuestin iba a ser recibida bien; que por el contrario haba mucha gente
descontenta porque haba sido perjudicada ; que era necesario tomar medi-
das inmediatas que satisfacieran las aspiraciones del pueblo
. Estas
medidas las traduca yo en un Gabinete nacional Preguntado
: diga el declaran-
te si se encontraba presente en la Presidencia de la Repblica el da 10 de
mayo y si tambin se encontraban en ella gran nmero de personas arma-
das? Contest : no me encontraba all, por lo tanto no puedo decir nada
sobre el particular. En este estado no habiendo ms preguntas que hacer
al declarante, se di por terminada la presente diligencia que se firma para
constancia luego de haberle sido leda al declarante, quien la encontr con-
forme. Se hace constar que las respuestas dadas por el declarante fueron
tomadas taquigrficamente y corresponden a sus palabras textuales
A
pgina lo
. entre lneas,
de Mayo del , vale.
El Presidente,
Los Comisionados :
(fdo) Lorenzo Barraza V.
(fdo
.) Heraclio Barletta B
(fdo.) Marco A
. Robles
El Declarante,
(fdo
.) Celso Augusto Carbonell.
El Fiscal,
fdo
.) Guillermo Jurado Selles.
El Secretario,
(fdo
.) Luis C
Abrahams V.
48
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Declaracin del seor
Cristbal Adn de Urriola
En la ciudad de Panam, siendo las siete y veinticinco minutos de la
noche de hoy diez y ocho de Mayo de mil novecientos cincuenta y uno,
constituida la Comisin Especial de Acusacin designada por la Asamblea
Nacional, el Fiscal de la misma y el Secretario, en la Crcel Modelo, se hizo
comparecer a la presencia de dicha Comisin con el fin de recibir declara-
cin jurada al seor Cristbal Adn de Urriola
. Presentado ante la Comi-
sin el seor Urriola, fu juramentado por el Presidente de dicha Comisin,
Honorable Diputado Lorenzo flamea, y ofreci decir verdad en todo lo
que sepa y fuere interrogado. Para identificar a su persona dijo llamarse
CRISTBAL ADN DE URRIOLA panameo, mayor de edad, casado,
vecino de esta ciudad, con cdula de identidad personal nmero 40-78
. In
terrogado por el Honorable Diputado Barraza
: qu empleo desempeaba
el declarante en el Gobierno que presida el Doctor Arnulfo Arias, durante
los das 7, 8, 9 y 10 del mes de Mayo del ao en curso? Contest
: Minis-
tro de Educacin
. Preguntado
: diga el declarante si l en su carcter de
Ministro de Educacin, asisti a la sesin del Consejo de Gabinete cele-
brada el 7 de Mayo de 1951, y en la cual se aprob el Decreto derogatorio
de la Constitucin de 1946, que fu presentado por el seor Jos Clemente
de Obalda en su carcter de Ministro de Gobierno y Justicia en ese en-
tonces? Contest : s asist a la sesin del Consejo de Gabinete que se
celebr el 7 de Mayo de 1951, en la que se present un proyecto de decreto
derogatorio de la Constitucin de 1946 por el Ministro de Gobierno y Jus-
ticia, Jos Clemente de Obalda. En mi opinin no se aprob ningn de-
creto. Preguntado: diga el declarante si l como Ministro de Educacin
consign su voto favorable al decreto derogatorio de la Constitucin de
1946 y si firm tal decreto? Contest
: por una reorganizacin total di m
voto
; firm el decreto, pero al notar que faltaba la firma del Ministro Arias
Espinosa y que se esperaba su vuelta, ped que se mantuviera en suspenso
hasta que regresara el Ministro Arias. Preguntado
: la copia del decreto
or
i
ginal del 7 de mayo, que derogaba la Constitucin de 1946, publicada el
da 8 de Mayo de 1951 por el diario La Estrella de Panam y que se le
pone de presente, es o no una copia fidedigna del decreto original que usted
firm? Contest
: pareciera ser la misma, a pesar de que el proyecto ori-
ginal que present el seor de Obalda sufri modificaciones hechas a lpiz
y tinta
. Preguntado
: sabe el declarante si el referido decreto fu aprobado
y firmado por todos los Ministros de Estado? Contest
: no hubo ningn
Ministro, que estuviera en desacuerdo con el decreto de Gabinete de 7 de
Mayo de 1951, a excepcin del Ministro de Agricultura, Comercio e Indus-
trias don Ricardo Arias Espinosa, quin pidi un receso hasta tanto con-
sultara con su partido si deba o no firmarlo. El coneepto general de los
Ministros de Estado era el de una reforma integral del estado de cosas
existentes en lo que se refiere a los tres rganos del Estado
. Preguntado:
diga el declarante si tuvo conocimiento de la renuncia presentada por el
seor Ricardo Arias Espinosa, del cargo de Ministro de Agricultura,
Co-
mercio e Industrias, por no estar de acuerdo con el decreto de 7 de Mayo
de 1951, derogatorio de la Constitucin de 1946
; y en caso afirmativo
diga
9
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si sabe qu persona fu designada para reemplazar al seor Arias Espinosa
en ese cargo? Contest
: hasta las nueve y media de la noche estuve es-
perando en la misma Presidencia que se volviera a reunir el Consejo de
Gabinete
; no v al seor Arias Espinosa y me fu para la casa
. No supe si
haba o no regresado, ni supe que hubiera renunciado
. Tampoco s que hu-
bieran nombrado otro Ministro en su reemplazo
. Preguntado
: cmo ex-
plica el declarante, que en el decreto original de 7 de mayo de 1951, as
como en la copia fidedigna que se public en La Estrella de Panam el da
8 de los corrientes, aparece firmando como Ministro de Agricultura, Co-
mercio e Industrias el' Honorable Diputado Norberto Zurita? Contest:
no me lo explico, me caus sorpresa
. Preguntado : si corresponde al Pre-
siden t
e de la Repblica el nombramiento de sus Ministros de Estado y el
Doctor Arnulfo Arias Madrid declar ante esta Comisin que haba nom-
brado en reemplazo de Ricardo Arias Espinosa al Honorable Diputado
Norberto Zurita, como Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias, no
cree el declarante que as queda legalmente colocada la situacin y
actuaciones del Honorable Diputado Norberto Zurita en el ejercicio del cargo
de Ministro? Contest
: reconozco el derecho de su Excelencia el Presi-
dente de la Repblica de nombrar a sus Ministros de Estado
. En el caso
especfico del
nombramiento del Honorable Zurita para Ministro de Agri-
cultura, Comercio e industrias, produce en m una confusin extraa dicho
nombramiento porque de acuerdo con manifestacin expresa del mismo Zu-
rita, l actuaba sin saber si haba sido o no nombrado Ministro de Estado.
Reconozco que s actu como Ministro porque particip junto conmigo y
los dems Ministros de Estado en actos oficiales como tal ; nos toc juntos
asistir a la sesin de inauguracin de la Asamblea de Cmaras de Comercio
de las Amricas, que tuvo lugar en el saln de actos de la Cmara de Co-
mercio de esta ciudad
. Preguntado
: diga el declarante en forma categ-
rica qu Ministros de Estado firmaron y aprobaron el decreto de 7 de Ma-
yo de 1951, derogatorio de la Constitucin de 1946? Contest
: por orden
del protocolo v las firmas anteriores a la ma, que correspondan al seor
Ministro de Gobierno y Justicia, Jos Clemente de Obalda
; al Ministro de
Relaciones Exteriores, Doctor Carlos N
. Brin
; al Ministro de Hacienda y
Tesoro, seor Rodolfo F. Herbruger
. Las firmas de los restantes Minis-
tros no aparecan porque deban firmar posteriormente a m
; pero si apa-
recan sus nombres y ttulos escritos a mquina, los que deban firmar en
su debido orden. Preguntado por el Honorable Barletta
: Cmo explica
el declarante el hecho de que habiendo manifestado l en su contestacin a
pregunta anterior que ese decreto no haba sido firmado, se diera a conocer
desde la Presidencia de la Repblica por medio de la radio, por el Ministro
de Gobierno y Justicia y despus fuera publicado en La Estrella de Panam
correspondiente al 8 de Mayo una copia del mismo, enviada desde la Pre-
sidencia de la Repblica, copia que aparece con las firmas de todos los Mi-
nistros de Estado, inclusive la del Honorable Zurita, como Ministro de
Agricultura, Comercio e Industrias? Contest es indudable que los Minis-
tros de Estado que me sucedan en orden de protocolo debieron firmar
tambin un Decreto de Gabinete de 7 de mayo de 1951
. Y es tambin
indudable que al aparecer el Honorable Zurita como Ministro de Agricul-
tura, Comercio e Industrias, firmando dicho decreto, fu porque sustituy
50
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en ese cargo a Ricardo Arias Espinosa, cuyo nombre apareca
en dicho decreto escrito a mquina
. Preguntado
: diga el declarante s
l en su calidad de Ministro de Educacin aprob y firm el decreto de
Gabinete dictado el 9 de mayo de 1951, por el cual se derog el decreto del
7 de ese mismo mes y ao? Contest
: si lo aprob y firm
. Preguntado;
diga el declarante si la copia de ese decreto del 9 de mayo que public La
Estrella de Panam en su edicin del 10 de Mayo del mismo mes y que
se le pone de manifiesto, es una copia fidedigna del decreto original? Con-
test
: ms o menos me parece que es una copia del decreto original
. Pre-
guntado
: sabe el declarante si ese decreto de 9 de mayo a que nos venimos
refiriendo, fu firmado por todos los Ministros de Estado, inclusive por el
Honorable Diputado Norberto Zurita, en su carcter de Ministro de Agri-
cultura, Comercio e Industrias? Contest
: de los anteriores Ministros
tengo la seguridad
; de Zurita lo v despus de publicado
. Preguntado por
el Fiscal, Honorable Jurado Selles
: tuvo usted conocimiento de la reaccin
adversa de la ciudadana al decreto de 7 de mayo de 1951, mediante el cual
se derogaba la Constitucin de 1946? Contest
: s me d cuenta de
la
reaccin adversa del pblico contra el decreto derogatorio de la Constitu
-
cin de 1946
. Preguntado
: inform usted al Dr. Arnulfo Arias sobre este
hecho y le di algn consejo sobre el particular? Contest
: s inform al
doctor Arias de la reaccin adversa del pueblo contra el decreto de 7 de ma-
yo y le ped que tomara las medidas del caso a fin de restablecer nueva-
mente la Constitucin del 46. Preguntado : qu dijo el doctor Arias sobre
el particular? Contest
: no me dijo nada y a partir de ese momento sal
de la Presidencia
. Preguntado: diga el declarante s l se encontraba en
la Presidencia de la Repblica el da 10 de mayo? Contest
: no me en-
contraba en la Presidencia de la Repblica el da 10 de mayo y por lo tanto
no presenci el tiroteo
. Preguntado: cree el declarante que si el doctor
Arnulfo Arias hubiera acatado la resolucin de la Asamblea Nacional del
9 de Mayo en la noche, que lo suspenda del cargo de Presidente
y que
posteriormente encontr inobjetable la Corte Suprema de Justicia, se hu-
biera evitado el derramamiento de sangre panamea? Contest
: s creo
que se hubiera evitado
. Preguntado : no cree el declarante que dicho de-
rramamiento de sangre fu debido a la oposicin armada de parte del Dr.
Arnulfo Arias y sus simpatizadores a dar cumplimiento a las decisiones del
rgano Legislativo y del rgano Judicial? Contest
: indudablemente que
si no hay oposicin de parte del doctor Arnulfo Arias y de sus simpatiza-
dores y acepta la decisin de la Asamblea, nada hubiera pasado
. En este
estado no habiendo ms preguntas que hacer al declarante, se di por ter-
minada la presente diligencia que se firma para constancia luego de haber-
le sido leda al declarante, quien la encontr conforme
. Se hace constar que
las respuestas dadas por el declarante fueron tomadas taquigrficamente y
corresponden a sus palabras textuales
. A Pgina 2, entre lneas
Mins-
tro
, vale.
El Presidente,
(fdo) Lorenzo Barran V.
Los Comisionados,
(fdo
.) Heraclio Barletta
B
.
(fdo.) Marco A
. Robles.
-51
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El Declarante,
El Fiscal,
El Secretario,
fdo
.) Cristbal Adn de Urriola.
fdo.) Guillermo Jurado Selles.
fdo
. Luis C
. Abrahams V.
Nota del Departamento de Justicia,
Prensa y Radio.
Panam, 18 de Mayo de 1951.
Seor
Presidente de la Comisin Especial
de Acusacin de la Asamblea Nacional,
E
. S
. D.
Seor Presidente:
En respuesta a su atenta del 17 de los corrientes, tengo a bien infor-
marle que ni en la Imprenta Nacional ni en este Despacho reposa el
original ni copia autenticada del Decreto de Gabinete de 7 de mayo de 1951
por el cual el rgano Ejeeutivo derog la Constitucin Nacional de 1946
y puso en vigencia la de 1941.
De Ud. atentamente,
Moiss Torrijos H.
Encargado del depto. de
Justicia, Prensa y Radio.
Declaracin del Dr. Carlos N
. Brin
En la ciudad de Panam, siendo las diez de la maana de hoy dieci-
nueve de Mayo de mil novecientos cincuenta y uno, constituida la Comisin
Especial de Acusacin designada por la Asamblea Nacional, el Fiscal de
la misma y el Secretario, en la Crcel Modelo, se hizo comparecer a la pre-
sencia de dicha Comisin con el fin de recibirle declaracin jurada al seor
Carlos N
. Brin
. Presente ante la Comisin el doctor Brin fu juramen-
tado por el Presidente de dicha Comisin, Honorable Diputado
o r e n z o
Barraza V
., ofreci decir verdad en todo lo que sepa y fuere interrogado.
Para identificar a su persona dijo llamarse CARLOS NICOLS BRIN,
panameo, mayor de edad, casado, mdico, vecino de esta ciudad, portador
de la cdula de identidad personal nmero 47-1956
. Preguntado por el Ho-
norable Diputado Barraza V
: diga el declarante qu cargo desempeaba
los
das 7, 8, 9 y 10 de Mayo de 1951? Contest
: el cargo de Ministro de
5
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8/35
Relaciones Exteriores. Preguntado
: diga el declarante si l como Mi-
nistro de Relaciones Exteriores asisti a la sesin del Consejo de Gabinete
celebrada el
7 de Mayo de 1951, y
en la cual se aprob un Decreto deroga-
torio e la Constitucin de 1946, que fue presentado por el seor Jose
Clemente de Obaldia en su carcter de Ministro de Gobierno y Justicia en
ese entonces? Contest
: yo si asist a la reunin del Consejo de Gabinete
el da 7 y antes de aprobarse el Decreto aludido se declar en receso la
sesin del Consejo de Gabinete hasta tanto el Ministro Arias consultar
con su partido si sera o no conveniente aprobar ese Decreto
. Exactamen-
te, el seor de Obalda fue quien present el proyecto
. Preguntado
: diga
el declarante si todos los Ministros de Estado asistieron a la sesin del
Consejo de Gabinete en la cual fue presentado el proyecto de decreto a que
nos venimos refiriendo y si todos los Ministros manifestaron su conformidad
con dicho proyecto? Contest
: todos los Ministros asistieron a la reu-
nin, inclusive el Ministro Arias
; pero no recuerdo si todos estaban de a-
cuerdo con el proyecto puesto que cada uno iba dando su opinin primero,
separadamente
. El Ministro Arias tena que consultar con su partido
; los
dems, francamente, como se declar un receso hasta tanto regresara el
Ministro Arias, no puedo asegurar ni negar que todos estuvieran completa-
mente de acuerdo
. Yo s estuve de acuerdo con el proyecto
. Preguntado:
diga el declarante si sabe qu Ministros de Estado firmaron el aludido de-
creto? Contest
: a mi me constan los que estaban en la primera hoja, has-
ta cuando me lleg el turno
. Estaba firmado por el Presidente Arias, el
Ministro de Gobierno y Justicia, el Ministro de Relaciones Exteriores, que
lo era el declarante
. Preguntado
: la copia del decreto original de 7 de Mayo
de 1951, que derogaba la Constitucin de 1946, y que aparece publicada en
la edicin de La Estrella de Panam correspondiente al da 8 del citado
mes, -que se le pone de presente- es o no una copia fidedigna del decreto
original que usted firm? Contest
: de acuerdo con lo que he
podido
retener del otro decreto, esta copia es ms o menos igual al original, lo que
no puedo precisar con exactitud es que sea una copia fidedigna, porque
tendra para ello que tener presente el decreto original, o una memoria
muy privilegiada para recordar palabra por palabra
. Pero si acepto que es
ms o menos copia del decreto original
. Preguntado
: diga el declarante
si la finalidad del decreto de Gabinete de 7 de Mayo de 1951, era o no la
de poner en vigor a partir de esa fecha, la Constitucin de 1941, derogando la
de 1946? Contest
: en mi opinin era para poner en vigor en parte la
Constitucin de 1941, derogando la de 1946
. Preguntado
: diga el decla-
rante si tuvo conocimiento de la renuncia presentada por el seor Ricardo
Arias Espinosa, del cargo de Ministro de Agricultura, Comercio e Indus-
trias, por no estar de acuerdo con el decreto de Gabinete de 7 de Mayo de
1951
; y en caso afirmativo, diga si sabe qu persona fu nombrada para
reemplazar al seor Arias Espinosa en ese cargo? Contest
: esa noche vi
al ex-Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias, seor Ricardo Arias,
en la Presidencia, quien me manifest que haba renunciado el cargo de
Ministro
. Por qu motivo? no me lo dijo, ni yo se lo pregunt
. No me
consta quien fue nombrado, ni he visto nombramiento. ni toma de posesin
del nuevo Ministro
; pero se dijo en la Presidencia que haba sido nombra-
do el seor Norberto Zurita, Preguntado :
diga el declarante
si
con
ante-
-53
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rioridad a la expedicin del decreto de 7 de mayo de 1951, a que nos veni-
mos refiriendo, el doctor Arnulfo Arias o alguno de sus Ministros de
Estado, o el doctor Publio Vsquez, o cualquier otra persona, llego a discu-
tir con el declarante la conveniencia de derogar la Constitucin de 1946?
En caso afirmativo, srvase individualizar el nombre de la persona o per-
sonas con quienes habl sobre este particular? Contest
: quiero infor-
marles que el sbado 5 de mayo, me ausent de la ciudad para ir a Cerro
Punta, Chiriqu, en compaa de mi seora
; que de all regrese el da 7
a la una de la tarde y que hasta ese momento yo no tena conocimiento
alguno de que se iba a dictar este decreto
. Puedo informarles que con
ninguna persona, con anterioridad al da 7, tuve yo oportunidad de hablar,
o de discutir la conveniencia o inconveniencia de derogar la Constitucin
de 1946. Preguntado : diga el declarante si en su carcter de Ministro de
Relaciones Exteriores aprob y firm el decreto de Gabinete el 9 de Mayo
de 1951, por el cual se derog el decreto del 7 de ese mismo mes y ao?
Contest : s firm y aprob el decreto del 9 de mayo de 1951, derogando
el decreto anterior, en mi carcter de Ministro de Relaciones Exteriores.
Preguntado
: diga el declarante si sabe qu otros Ministros, adems del
declarante, aprobaron y firmaron el mencionado decreto de Gabinete del 9
de Mayo de 1951? Contest
: nuevamente puedo informarles, como en el
decreto anterior, que a mi slo me constan las firmas anteriores a la ma y
la ma; es decir, me consta que el doctor Arnulfo Arias firm el decret;
que el Ministro de Gobierno, Obalda, firm el decreto y yo, firm el
decreto
. Preguntado
: diga el declarante si la copia del decreto de Gabinete
de 9 de mayo de 1951, que public La Estrella de Panam el da 10 del
mismo mes y que se le pone de manifiesto, es una copia fidedigna del de-
creto original? Contest
: aunque no puedo asegurar que es una copia
fidedigna, por las mismas razones que manifest en la pregunta anterior
con respecto al decreto del 7, en mi opinin la copia que se me pone de
manifiesto del decreto del 9 de mayo, es ms o menos el decreto que se
aprob
. La finalidad de este decreto era restablecer la Constitucin de
1946
. Preguntado por el Fiscal, Honorable Jurado Selles
: tuvo usted co-
nocimiento de la reaccin adversa de la ciudadana contra el decreto de 7
de mayo de 1951, mediante el cual se derog la Constitucin de 1946?
Contest
: s tuve conocimiento de la reaccin adversa a ese decreto y por
tal motivo hice todo lo que estuvo a mi alcance para derogar ese decreto,
como
en efecto fue derogado dos das despus. Preguntado
: inform Ud.
al doctor Arnulfo Arias de este hecho y le di algn consejo sobre el par-
ticular? Contest
: si inform al doctor Arnulfo Arias desde el da ocho
a este respecto, y le aconsej la conveniencia de derogar ese decreto y re-
gresar a la Constitucin del 46
. El doctor Arias, indudablemente, estaba
pensando en que
haba tambin una gran cantidad de ciudadanos que de-
seaban regresar a la Constitucin de 1941, y por consiguiente, estuvo estu-
diando la conveniencia de regresar a la Constitucin de 1946
. Preguntado
por el Honorable Barraza V
: diga el declarante, honradamente, si l cree
que el cmulo de telegramas, cartas y adhesiones que se enviaban al doctor
Arnulfo Arias desde toda la Repblica y que se fabricaban las ms de ellas
en los despachos oficiales, sin consultar siquiera a los firmantes, se podra
interpretar juiciosamente como un reflejo de la opinin pblica nacional?
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Contest : si esas cartas y telegramas fueron fabricados como dice la pre-
gunta, indudablemente no reflejan el sentimiento nacional
. Preguntado:
no cree el declarante que el doctor Arnulfo Arias se encontr hurfano de
respaldo popular inmediatamente se derog la Constitucin de 1946, corro-
borando as la farsa de los telegramas, cartas y adhesiones que se le en-
viaron? Contest
: quiero contestarles en el sentido de que no c
r eo que
qued hurfano, ya que yo v alrededor de la Presidencia y en la Presiden-
cia muchos simpatizadores del doctor Arnulfo Arias
. Preguntado
: diga
el declarante si se encontraba presente en la Presidencia de la Repblica el
da 10 de Mayo actual? Contest
: estuve el da nueve y hasta la una y
treinta de la maana del da diez
; a esa hora me retir a mi casa y no re-
gres a la Presidencia durante el da
. Preguntado: diga el declarante si
durante el tiempo en que usted estuvo en la Presidencia de la Repblica en
las fechas mencionadas, vi all gran cantidad de personas armadas? Con-
test : supongo que algunos tendran revlveres, todos debajo del saco o en
parte donde no se vean
. Yo francamente puedo decir que a nadie le vi
arma afuera, con excepcin de la que tena el Teniente Coronel Anguizola,
quien tena derecho a tenerla afuera . Jams he visto rifles, ametralladoras,
bombas de mano o cualquiera otra arma de esa clase, ni ahora, ni antes, con
excepcin de las de la Guardia Presidencial . Preguntado
: no cree usted,
doctor Brin, que si el doctor Arnulfo Arias hubiera acatado la decisin de
la Asamblea Nacional
. del da nueve de mayo, reafirmada por la Corte Su-
prema de Justicia el da diez del mismo mes en la maana, se hubiera evi-
tado el derramamiento innecesario de la sangre del pueblo panameo?
Contest : yo no s si al doctor Arias se le notific oficialmente de las deci-
siones de la Asamblea y de la Corte
; sin embargo, s creo que si l hubiera
acatado esas rdenes, se hubiera evitado gran parte del derramamiento de
sangre
. Preguntado por el Honorable Barletta : conoce el declarante la
forma constitucional que hay que seguir para modificar la Constitucin Na-
cional? Contest : s la conozco
. Preguntado: considera el declarante
que habiendo reconocido l que aprob y firm el decreto de 7 de mayo de
1951, derogatorio de la Constitucin Nacional, se viol dicha Constitucin?
Contest
: como la idea del Gobierno era la de contrarrestar ciertos actos
comunistas y comunistoides que se estaban llevando a cabo en la Rep-
blica y para salvaguardar nuestros compromisos internacionales, me parece
que una medida de emergencia pudiera tomarse como se tom en el ao
1944, cuando tambin se suspendi la Constitucin
. Haciendo esa aclara-
cin, creo que s se viol la Constitucin
. Preguntado
: conoce el decla-
rante el artculo de la Constitucin que no permite la formacin de partidos
que vayan en contra de la forma democrtica de Gobierno? Contest
: no
lo recuerdo. Preguntado
: considera el declarante que las doctrinas comu-
nistas o comunistoides, o afines, van en contra de la forma democrtica de
Gobierno? Contest : s lo considero
. Preguntado por el Honorable Ro-
bles : el doctor Arnulfo Arias Madrid a lo largo del interrogatorio que esta
Comisin le formul, di siempre como justificacin para la derogatoria de
la Constitucin de 1946 la agitacin de elementos comunistas, comunistoides
y afines que, segn l, se haba extendido en todo el pas
. Sin embargo, las
personas ms salientes arrestadas por agitarse dentro del movimiento cvi-
co que di al traste con el Gobierno del doctor Arias, figuran los seores
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Roberto F
. Chiari, Ricardo Adolfo de la Guardia, Jos Isaac Fbrega, Da-
vid Samudio, Marco A
. Robles, Csar A
. Quintero, Lorenzo Barraza V
.
Manuel Sols Palma y otros
. Considera el doctor Brin que alguna de esas
personas mencionadas ha practicado dentro del territorio de la Repblica
la doctrina comunista, o se ha agitado alguna vez dentro de esa ideologa?
Contest
: a m no me consta que ninguna de las personas mencionadas se
haya agitado dentro del credo comunista
. Preguntado por el Honorable
Lorenzo Barraza V
.
: sabe el declarante si el doctor Arnulfo Arias o la
Cancillera, en ese entonces a cargo del declarante, y por rdenes del
Doctor Arias, solicit la ayuda extranjera para contrarrestar la rebelda ciuda-
dana ante la derogatoria de la Constitucin Nacional de 1945? Contest
de acuerdo con uno de los considerandos de la Resolucin Octava de la
ltima reunin de Cancilleres, podra solicitarse ayuda a todos los pases
americanos en caso de amenazas comunistas o comunistoides
. Y en ese
sentido, por orden del doctor Arias, envi un cable circular a todos los
pases americanos y a la Organizacin de Estados Americanos preguntn-
doles qu ayuda efectiva podran suministrar para contrarrestadas, ya que
los actos de vandalaje y destruccin que se llevaron a cabo en la ciudad de
Panam en esos das, no eran aprobados, en mi opinin, por ninguno de
los partidos organizados en Panam y slo podan tomarse como aviacin
de esos elementos
. Preguntado : qu fuerza legal en opinin del declarante,
puede tener para la Repblica de Panam el considerando de una
Resolucin aprobada en la Reunin de Cancilleres Americanos, celebrada recien-
temente en Washington? Contest
: quizs no haya fuerza legal
; hay
fuerza moral, ya que la idea de todos los pases americanos es evitar el co-
munismo hasta donde fuera posible en todos los pases del continente.
Preguntado por el Fiscal, Honorable Jurado Selles
; diga el declarante qu
clase de ayuda esperaba recibir el gobierno de Panam de parte de los pases
americanos y de la Organizacin (le Estados Americanos? Contest : la
primordial era la de evitar el derramamiento de sangre y terminar con el
estado de vandalaje que hubo en esos das en la ciudad de Panam . Pre-
guntado
: diga el declarante en qu forma consideraba el gobierno nacional
que los pases americanos y la Organizacin de Estados Americanos podan
evitar el derramamiento de sangre y terminar con el estado de vandalaje
que usted dice exista en esos das en la ciudad de Panam? Contest
: de-
bido a la urgencia del caso me parece que por medio de cables o de instruc-
ciones a sus representantes para que dieran una tregua, un cese de hostili-
dades hasta tanto pudiera llegarse a un arreglo definitivo
. Era la nica
manera rpida como poda hacerse sto
. Aclarando mi respuesta anterior,
en mi opinin el estado de vandalaje comenz desde el da ocho de
Preguntado por el Honorable Barraza V
.
: el declarante acaba de asegu-
rar que el vandalaje en Panam se inici a partir del ocho de los corrientes
que
fue
portal motivo que se solicit la ayuda de las naciones americanas
para terminar con este peligro
. El declarante en su calidad de Ministro de
Relaciones Exteriores firm el 9 de Mayo de 1951, la nota DP No
. 712, di-
rigida
a los Jefes de Misin acreditadas ante el Gobierno de Panam, en
uno de cuyos prrafos, dice textualmente :
es con la mayor complacencia
que
informo a Vuestra Excelencia que reina completo orden dentro de las
fronteras del pas, siendo la situacin de completa calma y bajo el control
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de las autoridades respectivas
. Diga el declarante, en forma categrica,
en dnde est la verdad
: si en su declaracin jurada ante esta Comisin,
o en la nota que le cito? Contest
: indudablemente el vandalaje comenz
el da ocho, pero durante ese (la estaban controladas las actividades a que
me refiero
. (Se hace constar que antes de que el declarante contestara a
la pregunta anterior se le puso de presente copia autntica de la nota DPNo,
712, de fecha 9 de mayo, que reposa en el expediente, manifestando que la
encontr conforme
.) En este momento se le mostr al declarante, para su
reconocimiento, la copia del cable circular dirigido por la Cancillera a los
Ministros de Relaciones Exteriores de los pases americanos y a la Organi-
zacin de Estados Americanos, copia autenticada expedida por la Oficina
de la All American Cables and Radio, que aparece en el expediente y el
declarante dijo
: el cable fu llevado a la oficina de Balboa, porque la de
Panam estaba cerrada. Fu llevado por el seor Julio E
. Briceo, Secre
tario del Ministerio, e iba firmada por m
. Este cable fu hecho en la Can-
cillera y yo se lo le, por telfono, al seor Presidente de la Repblica.
quien lo encontr conforme . La copia de ese cable que se me acaba de
mostrar es fiel copia del original del mismo
. Preguntado por el Fiscal,
Honorable Jurado Selles : considera el declarante que al momento de en-
viarse ese cable exista en Panam una agitacin de carcter comunista que
pona en peligro la seguridad del Canal de Panam, o de los otros pases
del Continente? Contest
: en parte s lo considero porque los actos de
vandalaje, indudablemente, eran influenciados por elementos comunistas y
comunistoides . Preguntado: no considera usted, doctor Brin, sinceramen-
te, que los disturbios ocurridos eran reaccin lgica de un pueblo demo-
crtico que no quera permitir el atropello a sus instituciones republicanas?
Contest : ya lo he manifestado anteriormente, que en mi opinin parte
de los disturbios eran producidos por la reaccin a que usted alude. La par-
te del vandalaje me parece que ningn partido quiera hacerse responsable
de esos actos
. En este estado no habiendo ms preguntas que hacer al de-
clarante, se di por terminada la presente diligencia que se firma para
constancia luego de haberle sido leda al declarante, quien la encontr con-
forme
. Se hace constar que las respuestas dadas por el declarante fueron
tomadas taquigrficamente y corresponden a sus palabras textuales.
El Presidente,
Los Comisionados:
El Declarante,
El Fiscal,
El Secretario,
(fdo .)
fdo
. Lorenzo Barraza V,
Heraclio Barletta B.
fdo.)
Marco
A
Robles.
Carlos N. Brin.
Guillermo Jurado Selles.
Luis C
. Abrahams V
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Declaracin de Doa Mara Santodo-
mingo de Miranda.
En la ciudad de Panam, siendo las nueve y cuarenticinco de la
maana de hoy veinte de Mayo de mil novecientos cincuenta y uno, constitui-
da la Comisin Especial de Acusacin designada por la Asamblea Nacional,
el
Fiscal de la misma
y el Secretario, en la Crcel Modelo, se hizo compa-
recer a la presencia de dicha Comisin con el fin de recibirle declaracin
jurada a la seora Mara Santodomingo de Miranda . Presente ante la Co-
misin la seora de Miranda, fu juramentada por el Presidente de dicha
Comisin, Honorable Diputado Lorenzo Barraza V., y ofreci decir verdad
en todo lo que sepa y fuere interrogada
. Para identificar a su persona dijo
llamarse MARIASANTODOMINGO DE MIRANDA panamea, mayor
de edad, casada, vecina de esta ciudad, de oficios domsticos, con cdula
de identidad que no porto, ni recuerdo su nmero
. Interrogada por el Ho-
norable Diputado Barraza V : qu empleo desempeaba la declarante en
el Gobierno que presida el doctor Arnulfo Arias, durante los das 7, 8, 9
y 10 del mes de mayo en curso? Contest : Ministro de Previsin Social.
Preguntada : diga la declarante si ella en su carcter de Ministro de Tra-
bajo, Previsin Social y Salud Pblica, asisti a la sesin del Consejo de
Gabinete celebrada el 7 de Mayo de 1951, y en la cual se aprob el Decre-
to derogatorio de la Constitucin de 1946, que fu presentado por el seor
Jos Clemente de Obalda en su carcter de Ministro de Gobierno y Justi-
cia en ese entonces? Contest : s asist a esa sesin, en la cual se aprob
la derogatoria de la Constitucin del 46, proyecto presentado por el Mi-
nistro de Gobierno y Justicia, seor Jos Clemente de Obalda
. Preguntada:
diga la declarante si ella como Ministro de Trabajo, Previsin Social y
Salud Pblica consign su voto favorable al decreto derogatorio de la
Constitucin de 1946
y
si firm tal decreto? Contest
: s lo firm y d
mi voto favorable
. Preguntada: diga la declarante si todos los Ministros
de Estado asistieron a la sesin del Consejo de Gabinete en la cual fu pre-
sentado el proyecto de decreto a que nos venimos refiriendo y si todos los
Ministros manifestaron su conformidad con dicho proyecto? Contest:
asistieron todos los Ministros y todos aprobaron el Decreto de derogatoria
de la Constitucin del 46 menos el Ministro de Agricultura y Comercio
quien pidi una tregua para ir
a
consultar con los miembros de su partido
lo cual origin un receso
. Preguntada
: sabe la declarante si el seor Ri-
cardo Arias Espinosa aprob y firm el decreto derogatorio de la Consti-
tucin de 1946 o renunci el cargo que desempeaba en el Gabinete del
doctor Arnulfo Arias por no estar de acuerdo con el referido decreto?
Contest
: despus que l sali de la reunin del Consejo de Gabinete no
volva verlo ms. O decir que haba renunciado pero a m no me consta
ni l me lo dijo personalmente. Preguntada
: sabe la declarante qu per-
sona fu nombrada Ministro de Agricultura Comercio e Industrias para
reemplazar a don Ricardo Arias Espinosa? Contest
: o decir tambin
que haba sido Norberto Zurita pero tampoco me consta porque me encon-
traba en el saln donde estaban llegando los visitantes
. Preguntada
: co-
rrespondiendo por mandato constitucional el nombramiento de sus
Ministros al Presidente de la Repblica y habiendo manifestado el doctor
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Arnulfo Arias a esta Comisin que nombr en reemplazo del seor Ricardo
Arias Espinosa, al Honorable Diputado Norberto Zurita, como Ministro de
Agricultura, Comercio e Industrias, considera la declarante que el Honora-
ble Diputado Zurita fu legalmente el sucesor del Ministro Arias Espino-
sa? Contest
: es potestativo del Presidente de la Repblica nombrar a sus
Ministros
. A m no me consta que lo haya o no lo haya nombrado. Pre-
guntada por el Honorable Robles
: el doctor Arnulfo Arias declar ante
esta Comisin que l, como Presidente de la Repblica, haba nombrado al
Honorable Diputado Norberto Zurita para reemplazar en su cargo de
Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias al seor Ricardo Arias Es-
pinosa
. Considera o no usted que la afirmacin del doctor Arias en este
sentido a la Comisin se ajusta a la verdad de los hechos? Contest
: el
Presidente de la Repblica tiene la facultad de nombrar a sus Ministros
; si
el doctor Arias dice que l nombr al Honorable Diputado Norberto Zuri-
ta, como Ministro de Agricultura y Comercio, l estar en lo cierto
. Pero
vuelvo y digo que a m no me consta
. Preguntada por el Honorable Ba-
rraza V.
: la copia del decreto original de 7 de mayo de 1951, que derogaba
la Constitucin de 1946, y que aparece publicada en la edicin de La Estre-
lla de Panam correspondiente al da 8 del citado mes -que se le pone de
presente- es o no una copia fidedigna del decreto original que usted firm?
Contest
: no puedo guiarme por lo que me presentan aqu publicado en
La Estrella de Panam
; quisiera ver el original y confrontarlo pasa saber
si es cierto
. Preguntada
: hace unos instantes expres usted en conversa-
cin informal, que el primer artculo que aparece publicado en La Estrella
de Panam de fecha 8 del mes y ao corrientes, se ajusta exactamente a
ese mismo artculo que apareca en el texto original que usted firm
. Es o
no cierto? Contest
: es cierto
. Preguntada
: diga la declarante si sabe
qu Ministros de Estado firmaron el aludido decreto? Contest
: la cos-
tumbre en todos los decretos firmados es ir en orden de protocolo y al Mi-
nistro de Previsin Social es al ltimo al que le toca firmar
; cuando a ml
me lo presentaron para firmar, v que todos los dems haban firmada
Preguntada
: diga la declarante si con anterioridad a la expedicin del de-
creto de 7 de Mayo de 1951, a que nos venimos refiriendo, el doctor Arnulfo
Arias o alguno de sus Ministros de Estado, o el doctor Publio Vsquez, o
cualquiera otra persona, lleg a discutir con la declarante la conveniencia
de derogar la Constitucin de 1946? En caso afirmativo, srvase individua-
lizar el nombre de la persona o personas con quienes habl sobre este par-
ticular? Contest
: con ninguna
. Preguntada por el Honorable Barletta:
estuvo la declarante el da domingo seis de mayo en la Presidencia de la
Repblica? en caso afirmativo quines ms estuvieron con ella desde las
nueve de la maana hasta las siete y treinta de la noche? Contest
: si
estuve, pero no hubo sesin de Gabinete
. El seor de Obalda estaba en el
saln del doctor Arias y me dijo que no haba podido localizar a los dems
Ministros . Preguntada
: diga la declarante si en su carcter de Ministro
de Trabajo, Previsin Social y Salud Pblica aprob y firm el decreto de
Gabinete dictado el 9 de mayo de 1951, por el cual se derog el decreto del
7 de ese mismo mes y ao? Contest
: s lo firm y lo aprob. Todos los
Ministros lo firmaron
; fu una sesin corta en donde el doctor Arias ex-
puso que altas autoridades le haban solicitado el retorno a la Constitucin
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del 46, solicitud que todos los Ministros acogieron y que se procedi a fir-
mar enseguida. Preguntada
: diga la declarante el nombre de los Minis-
tros de Estarlo que firmaron el decreto de 9 de mayo a que nos venimos
refiriendo? Contest : no revis las firmas
; firm puesto que ya saba el
contenido del decreto, que era el retorno a la Constitucin del 46. Pregun
tada
: cmo explica la declarante que primeramente declara todos los Mi-
nistros lo firmaron , y ahora asegura que no revis las firmas y evita
citar los nombres de los firmantes del decreto de 9 de Mayo? Contest:
la explicacin es muy sencilla ; no es que evada la respuesta
. Al discutirse
el proyecto estbamos todos reunidos ; despus, para confeccionar el docu-
mento, nos separamos y fu llamada ms tarde para firmar
. Preguntada.
diga la declarante el nombre de todos los Ministros de Estado que asistie-
ron al Consejo de Gabinete del 9 de mayo, en que se aprob el decreto que
derogaba el decreto de 7 de mayo, tantas veces citado? Contest
: don Jo-
s Clemente de Obalda, doctor Carlos N. Brin, don Rodolfo Herbruger,
seor Cristbal Adn de Urriola, seor Celso Carbonell y la declarante.
Preguntada
: sabe la declarante quin firm y quin asisti a ese Consejo
de Gabinete, como Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias? Con-
test
: no s. Preguntada : sabe la declarante si es o no cierto que el Dr
Arnulfo Arias envi como comisionados a la Comandancia General de la
Polica a los seores Norberto Zurita, Ministro de Agricultura, Comercio e
Industrias y Jos E
. Ehrman, Secretario General de la Presidencia, acom-
paados del Mayor Gmez y del Teniente Florez, para hacer entrega del
decreto en copia, que acababa de aprobar el Consejo de Gabinete, derogan-
do el decreto de 7 de mayo y volviendo a la Constitucin del 46, y el original
de ese mismo decreto de 9 de mayo, que llevaba todas las firmas de los
Ministros de Estado, inclusive la del Honorable Diputado Zurita y que esa
copia es la que se pone a la declarante de manifiesto? Contest : yo no
supe cuando mandaron ese documento a la Comandancia, ni quines lo lle-
varon
. Preguntada : es o no cierto y le consta a la declarante, que al inau-
gurarse las sesiones de la Asamblea General de Cmaras de Comercio de
Amrica, en esta ciudad, el da 8 de mayo en horas de la maana, ocup
puesto de honor el Honorable Diputado Norberto Zurita, en su calidad de
Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias, al lado del Doctor Arnul-
fo Arias, en la directiva de esa Asamblea y del Ministro de Agricultura y
Comercio de la Repblica de Cuba? Contest : es cierto que v al Diputado
Norberto Zurita sentarlo al lado del doctor Arias, en la mesa de honor de
la inauguracin de la Asamblea General de Cmaras de Comercio de Am-
rica. Preguntada
: a qu atribuye la declarante que ocupara el puesto de
honor el Honorable Diputado Zurita, en una Asamblea de Cmaras de Co-
mercio, si ninguno de sus colegas en el Gabinete fu objeto de tal honor?
Contest : talvez la distincin sera por tratarse de un Colega comerciante.
Preguntada
: segn las propias manifestaciones de la declarante, a ella le
corresponda firmar de ltima todos los decretos de Gabinete, segn el or-
den de protocolo
. Al firmar el decreto de 9 de Mayo de 1951, estaba ya la
firma del Ministro cuyo orden de procedencia es anterior al de Ministro de
Trabajo, Previsin Social y Salud Pblica? Contest : nunca acostumbrada
a revisar las firmas de los Ministros anteriores
; siempre saba cual era el
lugar del Ministro de Trabajo, y firmaba sin revisar las dems firmas
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Preguntada : diga la declarante si la copia del decreto de Gabinete de 9 de
mayo de 1951, que se le pone de manifiesto y que es la misma que envi el
doctor Arnulfo Arias con sus Comisionados a la Comandancia de Polica y
la misma que public La Estrella de Panam, en su edicin del 10 de los
corrientes, copias ambas que se le ponen de manifiesto, las considera la de
clarante como una copia del decreto original del 9 de mayo de 1951? Con-
test
: yo aseguro que se aprob un decreto de Gabinete retornando a la
Constitucin del 46
; pero no s si las copias que se me muestran sean una
reproduccin exacta del decreto original
. Preguntada
: tuvo la declarante
conocimiento de la reaccin adversa de la ciudadana contra el decreto de
7 de mayo de 1951, mediante el cual se derog la Constitucin de 1946?
Contest : tuve conocimiento de que lo adversaban los mismos elementos
que desde el 41 adversaban el Gobierno del Presidente Arias. Preguntada
por el Honorable Robles
: acepta o no la declarante que el paro cvico que
se produjo con motivo de la derogatoria de la Constitucin del ao 46, fu
total, abarcando todas las actividades de la vida social y econmica del pas?
Contest
: si la inquietud que hubo fu por la derogatoria de la Constitu-
cin del 46, me sorprendi el paro cvico, cuando en la noche anterior ya ha-
bamos retornado a la Constitucin del 46. Preguntada : considera la de-
clarante que el pueblo panameo poda quedar satisfecho con el nuevo re-
torno de la Constitucin del 46, despus que se haba cometido un acto de
violacin flagrante a la Constitucin y desdoroso a la dignidad y al decoro
del pas y que, por lo tanto, la continuacin de ese movimiento era conse-
cuencia lgica de esa reaccin? Contest : para responder justicieramen-
te a su pregunta, sera preciso pesar agrupando las fuerzas de uno y otro
concepto
. Preguntada por el Fiscal, Honorable jurado Selles
: cules fue-
ron las razones que influyeron en el nimo del doctor Arnulfo Arias y de
los Ministros de Estado para poner nuevamente en vigencia la Constitucin
de 1946? Contest
: a pesar de haber respondido a esa pregunta anterior-
mente, les dir que siempre nos anim en toda resolucin la paz y la tran-
quilidad del pas. Ysi era preciso el retorno a la Constitucin del 46 para
salvar al pas de un derramamiento de sangre, yo, sobre todo, gustosa firm
el retorno a la Constitucin del 46
. Preguntada por el Honorable Barraza:
diga la declarante si se encontraba presente en la Presidencia de la Repbli-
ca el da 10 de mayo actual? Contest
: s estuve en la Presidencia de la
Repblica el da 10. Preguntada
: a qu se debi la presencia en la Casa
Presidencial de gran cantidad de personas armadas? Contest
: v gran
cantidad de personas, pero ni me consta ni creo que hayan estado armadas.
Preguntada
: considera entonces la declarante que las heridas que causaron
la muerte del Mayor Gmez y del Teniente Florez, no fueron producidas
por armas de fuego? Contest
: no s cmo murieron
. Preguntada
: en
ese caso, estima la declarante que la Polica Nacional al disparar sus armas
en contra de los rebeldes de la Presideneia, lo haca en contra de personas
desarmadas? Contest
: primero, no ramos rebeldes
; y, segundo, estoy
casi segura, corrijo, segura de que los que me rodeaban no tenan armas.
Preguntada
: el lugar que la declarante ocupaba en la Casa Presidencial
era en los pisos superiores donde se encuentran las alcobas y en donde es-
taban reunidas todas las damas, o era en el primer piso alto, en donde
estaban las fuerzas que se deca iban a defender a sangre y fuego la Presi-
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dencia? Contest
: me encontraba en el saln de la biblioteca donde no
slo haba mujeres, sino tambin hombres
. Ese saln queda en el segundo
piso alto
. Preguntada
: no cree la declarante, honradamente, que si el doc-
tor Arnulfo Arias hubiera acatado la decisin de la Asamblea Nacional del
da 9 de mayo, que declar constitucional la Corte Suprema de Justicia el
da 10 en las horas de la maana, y hubiera atendido al llamado de la Co-
mandancia de la Polica que le notific que estaba suspendido del cargo y
deba desalojar la Presidencia, se hubiera evitado el derramamiento innece-
sario de la sangre del pueblo panameo? Contest
: yo no he sabido de nin-
guna resolucin de la Asamblea, ni he sabido tampoco de esa sugerencia de
parte de los Comandantes ; si yo hubiese sabido le hubiere prestado una
consideracin, como es natural
. Preguntada
: conoce la declarante la for-
ma que establece la Constitucin Nacional para hacerle reformas a esa
misma Constitucin? Contest
: s la conozco
. Preguntada
: considera
la declarante que habiendo reconocido ella que aprob y firm el decreto
de 7 de mayo de 1951, derogatorio de la Constitucin Nacional, se viol
dicha Constitucin? Contest
: hay un precedente en la historia y es el
de la derogatoria de la Constitucin del 41, que se efectu en el ao 44.
Preguntada
: considera la declarante, como lo considera todo el pas, que el
movimiento cvico que di al traste con el decreto de 7 de mayo de 1951,
derogatorio de la Constitucin Nacional, es la actitud ms valiente, decidida
y patritica que el pueblo panameo ha asumido a lo largo de toda su
historia del cual debe enorgullecerse todo buen panameo, desde luego que
en l no hubo distingos de banderas, sino el clamor de una ciudadana de-
fendiendo su Constitucin Nacional? Contest
: no puedo asegurar que es
la ciudadana
. como dice la pregunta
; ni tampoco por el hecho de que no
est de acuerdo, no quiere decir que yo sea una mala panamea
. Siempre
me ha animado en todos los actos privados y oficiales de mi vida, el amor
a la Patria, la salud de ella y el bienestar de los hijos de esta querida Patria.
Preguntada
: si no fu la ciudadana panamea, sin distingos de colores
polticos, y en un afn de puro patriotismo, quien se levant hasta lograr la
derogatoria del decreto de 7 de mayo de 1951, quin estima la declarante que
logr esta derogatoria? Contest : los partidos polticos nacionales ene-
migos del Gobierno del doctor Arias, que siempre lo fueron, fueron los que
lograron la derogatoria del decreto. Preguntada
: diga la declarante cu-
les fueron esos partidos? Contest
: su pregunta me parece un poco su-
perflua, joven Jurado
. Usted lo sabe mejor que yo
; la verdad es slo una
y esa verdad la sabe usted, como la saben los dems, mejor que yo
. Pre-
guntada
: diga la declarante qu partidos polticos estaban de acuerdo con
la derogatoria de la Constitucin de 1946? Contest
: usted tambin lo sa-
be
. En este momento el Fiscal de la Comisin, Honorable Jurado, manifes-
t lo siguiente : seor Presidente, yo le exijo a usted, como Presidente de
la Comisin Investigadora, que tratndose de una declaracin jurada haga
que la declarante conteste en forma concreta las preguntas
. A esta ob-
servacin, el Presidente de la Comisin, Honorable Diputado Barraza, res-
pondi
; esta la segunda vez que llamo la atencin a la declarante hacia
la obligacin en que se encuentra de contestar categricamente las pregun-
tas que se le hagan, de conformidad con preceptos legales vigentes, a me-
nos que se quiera amparar en el precepto constitucional que la protege, en
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cuyo caso as lo debe hacer constar ante la Comisin
. Queda la declarante
notificada de esta resolucin y se le solicita que d contestacin concreta a
la pregunta que se le hace
. La declarante contest la pregunta as
: no s.
Preguntada por el Honorable Barraza V
.
: considera entonces la declaran-
te que la gesta patritica que acaba de realizar el pueblo panameo y que
culmin con la derogatoria del decreto de 7 de mayo de 1951, fu una labor
exclusiva de los partidos polticos panameos que defienden la forma de-
mocrtica de Gobierno y que adversan la Administracin del Doctor Arnul-
fo Arias Madrid? Contest
: democrticos son todos los partidos polti-
cos en Panam
. Ysi fueron los enemigos adversos los que iniciaron este
movimiento.
En este estado, no habiendo ms preguntas que hacer a la declarante,
se di por terminada la presente diligencia que se firma para constancia
luego de haberle sido leda a la declarante, quien la encontr conforme
. Se
hace constar que las respuestas dadas por la declarante fueron tomadas ta-
quigrficamente y corresponden a sus palabras textuales.
fdo.)
Lorenzo
Barraza V.
fdo. Heraclio Barletta B.
Marco A . Robles.
(fdo.) Mara Santodomingo de Miranda.
(fdo.) Guillermo Jurado Selles.
Luis C. Abrahams V.
Declaracin del seor Jos Clemente
de Obalda.
En la ciudad de Panam, siendo las diez y quince minutos de la maa-
na de hoy veintiuno de Mayo (le mil novecientos cincuenta y uno, constitui-
da la Comisin Especial de Acusacin designada por la Asamblea Nacional,
el Fiscal de la misma y el Secretario, en el Hospital Radiolgico de esta ciu-
dad, se hizo comparecer a la presencia de dicha Comisin con el fin de reci-
birle declaracin jurada al seor Jos Clemente de Obaldia
. Presente ante
la Comisin el seor de Obalda, fue juramentado por el Presidente de dicha
Comisin, Honorable Diputado Lorenzo Barraza V., y ofreci decir verdad
en todo lo que sepa y fuere interrogado. Para identificar a su persona dijo
llamarse JOSE CLEMENTE DE OBALDIA panameo, mayor de edad,
soltero, vecino de esta ciudad, portador de la cdula de identidad personal
nmero 47-6951, diplomtico
. Interrogado por el Honorable Diputado Ba-
rraza V
.
: diga el indagado, corrijo, el declarante qu cargo desempeaba
los das
7 ,
8, 9
y
10 de Mayo de 1951? Contest
: Ministro de Gobierno y
El Presidente,
Los Comisionados:
La Declarante,
El Fiscal,
El Secretario,
7/26/2019 Proceso Arias 2
19/35
Justicia
. Preguntado
: diga el declarante si l en su calidad de Ministro
de Gobierno de Justicia, asisti a la sesin del Consejo de Gabinete cele-
brada el 7 de Mayo de 1951 y en la cual se aprob un decreto derogatorio
de la Constitucin
'
de 1946, que fue presentado en proyecto a la considera-
cin de ese Consejo de Gabinete por el mismo declarante? Contest
: quie-
ro que se me muestre el decreto original para ver las firmas que hay en el y
reconocer as las mismas
. No puedo contestar a eso porque es un proyec-
to que se present y quiero ver el original de ese decreto
. En este momento
el Honorable Diputado Barraza V
. se dirigi al declarante en los siguientes
trminos
: el declarante sabe, porque no es iletrado, lo que significa rendir
una declaracin bajo juramento y la obligacin en que se encuentra de
contestar en forma categrica las preguntas que se le hagan, sin recurrir a
recursos infantiles, a menos que desee ampararse en preceptos constitucio-
nales que lo cubre
. En consecuencia, ordeno al declarante contestar cate-
gricamente la pregunta que le ha sido formulada
. El declarante contest:
repito que estando en mi casa fu llamado por el Secretario General de la Pre-
sidencia para asistir a un Consejo de Gabinete
; all se reuni ese Consejo
de Gabinete y se present un proyecto que debo decir no fue elaborado en
el Ministerio de Gobierno, sino que me fue entregado all para su presenta-
cin por el mismo Presidente de la Repblica
. Ahora bien, ese era un pro
yecto
.E
residente de la Comisin, Honorable Diputado Barraza V
., se dirigi nue-
vamente al declarante de la siguiente manera
: insisto en que el declarante
debe contestar cate-gricamente la pregunta que se le ha hecho, salvo que
desee invocar el artculo constitucional que lo ampara, en cuyo caso as de-
be hacerlo constar ante la Comisin
. El declarante contest la pregunta que
se le est haciendo, as : en ese Consejo no se aprob ese decreto porque uno
de los Ministros, el seor Arias, ni lo improb, ni lo aprob, sino simple-
mente pidi que se le diera tiempo para ir a consultar con los miembros del
Directorio de su Partido
; as que el decreto qued sin firmar mientras re-
gresaba este seor
. Es bien sabido que para la aprobacin de un decreto
de Gabinete se necesita la unanimidad
. Preguntado : en la celebracin del
Consejo de Gabinete a que usted se refiere y descartando la actitud y opi-
nin del Ministro Arias Espinosa, es o no cierto que los restantes Ministros,
lo mismo que el doctor Arnulfo Arias M
., dieron su aprobacin al proyecto
de decreto derogatorio de la Constitucin de 1946, presentado por usted en
su condicin de Ministro de Gobierno y Justicia? Contest
: esa pregunta,
a mi modo de ver, la debe contestar el Secretario General de la Presidencia,
que es quien tiene a su cargo las Actas del Consejo. Preguntado
: di us-
ted su aprobacin, como Ministro de Gobierno y Justicia, al proyecto de
decreto por usted mismo presentado a la consideracin del Consejo de
Gabinete y firm o no el original de ese decreto? Contest
: quiero ver el
original para reconocer mi firma . He dicho anteriormente que ese decreto
no fue firmado porque estaba pendiente de que regresara el seor Arias y
se levant la sesin
. Preguntado
: Asegura entonces el declarante que l
ni aprob, ni firm el decreto de 7 de mayo de 1951? Contest : Repito que
quiero ver el original del decreto para reconocer mi firma
. El Presidente
de la Comisin, Honorable Diputado Barraza V
; llam la atencin al de-
clarante en los siguientes trminos
; ya le he llamado dos veces la atencin
-64
7/26/2019 Proceso Arias 2
20/35
sobre la obligacin en que se encuentra de contestar las preguntas que se
le hacen en forma categrica, que no se preste al jueguito en que usted ya
quiere colocar este interrogatorio
. Yo le he hecho la pregunta concreta:
aprob y firm usted el decreto, o no lo aprob, ni lo firm? Esta usted
ante la Comisin Especial de investigacin nombrada por la Asamblea
Na-
cional para esclarecer los sucesos bochornosos en que ustedes fueron acto-
res principales, y usted sabe bien que le debe a esta Comisin respeto y con-
sideraciones, a ms de la obligacin en que se encuentra de decir la verdad
por estar declarando bajo juramento
. Srvase por tanto, evitar en lo suce-
sivo el que se le llame la atencin por evadir las contestaciones y referirse
concretamente a la pregunta que acabo de hacerle
. El declarante contest:
he dicho que el decreto no fue firmado porque se esperaba que regresan el
seor Arias Espinosa . Se discuti el proyecto
. Se le hicieron ciertas modi-
ficaciones que el mismo seor Arias Espinosa quiso introducir . Por esas
circunstancias no estaba el proyecto para ser firmado . Repito que el de-
creto no haba sido firmado porque esperbamos al seor Arias Espinosa
. Se
levant la sesin y no hubo, naturalmente, nada definitivo
. He dicho que
no se aprob esperando que regresara el seor Arias Espinosa y, por con-
siguiente, no fue firmado
. Se levant la sesin sin ser aprobado, ni firma-
do, puesto que tena que ser por unanimidad. Preguntado
: es o no cierto
que al regresar el seor Ricardo Arias Espinosa a la Presidencia y presen-
tar su renuncia del cargo de Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias,
por no estar de acuerdo con la aprobacin del decreto del 7 de Mayo de
1951, derogatorio de la Constitucin de 1946, el doctor Arnulfo Arias nombr
para reemplazarlo en esa Cartera, al Honorable Diputado Norberto Zurita?
Contest
: debo decir que cuando don Ricardo Arias Espinosa regres y
manifest que su partido no estaba anuente a que se firmara ese decreto
por l, el doctor Arias llam al Comandante Primer Jefe de la Polica Na-
cional para ofrecerle la Cartera que dejaba vacante don Ricardo Arias Espi-
nosa, a su hermano don Alejandro Remn
. Dijo el doctor Arias que el
Comandante Remn le haba contestado que iba a entrevistarse con su her-
mano
. Despus de mucho tiempo result que pareca que el seor Alejandro
Remn no aceptaba el Ministerio
. Entonces el Presidente Arias sugiri que
fuese nombrado el seor Juan de Arco Galindo
; despus de mucha espera
result que tampoco el seor Galindo pareca querer aceptar la Cartera
. Ya
yo no supe ms del asunto
. Yo no puedo decir que el seor Zurita fuera
nombrado o no nombrado
. Yo no vi ms al seor Zurita en esta noche y
slo me lo encontr al da siguiente en una ceremonia de inauguracin de
las Cmaras de Comercio de Amrica
. Honorable Diputado Barraza V
.:
actuaba el seor Zurita en esa ceremonia en su calidad de Ministro de Agri-
cultura y Comercio? El declarante
: s seor
. Pero ustedes me estaban
preguntando si el seor Zurita haba sido nombrado
. Yo no supe del nom-
bramiento del seor Zurita, absolutamente
; ni lo vi esa noche ms all . Al
da siguiente, cuando fu a la ceremonia de la inauguracin de las Cmaras
de Comercio, con el Presidente Arias y los dems miembros del Gabinete.
v al seor Zurita sentado en la mesa de honor de la ceremonia de las C-
maras de Comercio, Honorable Diputado Barraza
V
estaba ocupando el
puesto que corresponda ocupar al Ministro de Agricultura y Comercio
de
Panam? El declarante
: estaba ocupando el puesto que corresponda
ocu-
-65
7/26/2019 Proceso Arias 2
21/35
par al Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias de Panam
; pero yo
no podra decir cmo, cundo,
. ni dnde fu nombrado
. Preguntado : con-
sidera el declarante que correspondiendo, como corresponde, al Presidente
de la Repblica, por precepto constitucional, el nombramiento de sus Minis-
tros de Estado, si el Presidente, Dr
. Arnulfo Arias, inform a esta Comi-
sin que haba nombrado el 7 de mayo en la noche al Honorable Diputado
Norberto Zurita como Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias, en
reemplazo del seor Ricardo Arias Espinosa, tal nombramiento es absolu-
tamente legal y las actuaciones desde entonces del Honorable Diputado
Norberto Zurita, como Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias,
s t
ajustadas a la ley? Contest
: indudablemente
. Preguntado : al nombrar-
se Ministro de Agricultura, Comercio e Industrias al Honorable Diputado
Norberto Zurita, es o no cierto que se reinici la sesin del Consejo de Ga-
binete para continuar discutiendo el proyecto de decreto derogatorio de la
Constitucin de 1946, que usted present
; y es o no cierto, igualmente, que
a ese proyecto de decreto se le hicieron algunas enmiendas? Contest
: de
bo decir que no se reanud la sesin del Consejo de Gabinete
. La Presi-
dencia estaba llena de gente y no hubo sesin nuevamente del Gabinete . Yo
he dicho que no he visto al seor Zurita en toda la noche ; por consiguiente
de reanudarse el Consejo, el seor Zurita tena que estar presente, habiendo
sido nombrado segn queda establecido por lo que me declara la Comisin,
No hubo nueva reunin del Gabinete . Preguntado : el proyecto de decreto
derogatorio de la Constitucin Nacional de 1946, que usted present a con-
sideracin del Consejo de Gabinete, es o no el mismo que le pongo de ma-
nifiesto y son o no de su puo y letras las alteraciones que en ese mismo
decreto constan, as como las modificaciones que en papel aparte y manuscri-
tas le presento en estos momentos? Contest
: a esto debo contestar que las
modificaciones que aparecen en el proyecto de decreto fueron, como ya he
dicho, introducidas por discusiones que en el Consejo de Gabinete se susci
taran, entre ellas, las que ya he enumerado del seor Arias Espinosa, corri
jo, las que sugiri el seor Arias Espinosa y naturalmente ste qued en
el proyecto
. Este es el proyecto que el Presidente de la Repblica me en-
treg para que fuera, presentado
. Como miembro del Gabinete lo present
pero no fue aprobado
. En cuanto a estas otras anotaciones manuscritas, que
aparecen aparte en papel amarillo, no son de mi puo y letra
. Honorable
Diputado Barraza V
; sabe usted de quin son? El declarante contest:
no s
. Honorable Diputado Barraza V
: sern del doctor Publio A
. Vs
quez
. Contest : no s, no le conozco bien la letra
. Honorable Diputado
Barraza V
: las anotaciones manuscritas que aparecen en el proyecto de
decreto que se le presentan, son de su puo y letra? Contest : esas ano
taciones manuscritas fueron hechas por mi, a peticin de miembros de
Gabinete
. Preguntado
: es o no cierto que el declarante, en asocio de los
Ministro de Trabajo, Previsin Social y Salud Pblica, y otras personas fue
citado a la Presidencia de la Repblica, por orden del Doctor Arnulfo Arias
a las nueve de la maana, del domingo seis de mayo del ao en curso y que
el declarante fu a la Presidencia ese da y permaneci en ella consecutiva
mente hasta pasadas las siete de la noche, en compaa de otras personas
Contest
: yo no he sido citado en compaa de la seora Ministro
. El
doctor Arias me pidi que fuera all, yo fu y all pasamos el da
; eso fue todo
66
7/26/2019 Proceso Arias 2
22/35
Pero no en compaa de nadie
. Haba muchas personas en la Presidencia,
pero no fui citado en compaa de nadie
. El doctor Arias me llam y
dijo que pasara por la Presidencia ; fu all y permanec en la Presidencia
pero no podra decirles hasta qu hora ; pero si fue bastante el tiempo que
permanec en ella
. Preguntado
: es o no cierto que el domingo seis de ma-
yo se reunieron en la Presidencia, junto con el declarante, la seora Mara
Santodomingo de Miranda, Juan de Dios Poveda, Francisco Jos Linares,
Publio Vsquez, Norberto Zurita, Jorge Rubn Rosas y Jos E. Ehrman y
se dedicaron a discutir el proyecto de decreto derogatorio de la Constitucin
de 1946, que present el declarante posteriormente a consideracin del Con
sejo de Gabinete? Contest : ese da vi a algunas personas de las que
se nombran ; no puedo recordarlas a todas. Pero yo declaro, de la manera
ms enftica que no tom ninguna participacin en ninguna discusin de
esa ndole
. Estos seores se reunieron en un saln, creo que era en el de
la Asistente del Secretario, y all posiblemente elaboraron el proyecto. Yo
no penetr siquiera all y permanec en la Secretara General, unas veces,
y otras veces en el Despacho del Secretario Privado
. No he tenido ninguna
participacin en la elaboracin del proyecto
. N o estoy seguro de que estu-
viera presente la seora Mara Santodomingo de Miranda
. Los seorea
Juan de Dios Poveda y
Francisco Jos Linares entraban y
salan del saln
en donde estaban reunidos
. El seor Jos E. Ehrman entraba y sala del
saln porque lo llamaban. Los seores Norberto Zurita Publio Vsquez y
Jorge Rubn Rosas demoraron un largo rato reunidos
. Yo no s si esta-
ban redactando el proyecto porque ellos acostumbraban reunirse en ese sa-
l n
. El Presidente Arias no me dijo el motivo para el cual me haba citado
En este estado siendo las doce y diez minutos se suspendi la presente di-
ligencia para continuarla una vez el declarante haya almorzado
. A la una
y cincuenta y cinco minutos de la tarde presente el declarante ante la Co-
misin continu el interrogatorio
. Antes de continuar el interrogatorio el
declarante solicit y obtuvo permiso de la Comisin para hacer la siguiente
explicacin en relacin con la pregunta que est contestando
; el domingo
seis cuando el Dr
. Arias me llam a mi casa tambin fue para preguntar-
me qu noticias haba del interior con respecto a que all se deca que al-
gunas personas haban tratado de influir en el nimo de los comerciantes y
depositantes para que retiraran sus depsitos de los Bancos Provinciales.
Le dije que no tena conocimiento todava de eso
; pero que me iba a ente-
rar
. En ese caso me aconsej que me pusiera al habla con el Comandante
de la Polica por si acaso era cierto tratara de impedir que se fuera a pro-
vocar un retiro inusitado de fondos de los Bancos Provinciales
. Pregunta-
do
: diga el declarante si con anterioridad al 7 de mayo de 1951 alguna per-
sona o personas le solicitaron su opinin sobre la posibilidad de derogar la
Constitucin de 1946 y en caso afirmativo qu opinin di el declarante
a este respecto? Contest
: ninguna persona o personas me solicitaron mi
opinin al respecto
. Preguntado
: diga el declarante en definitiva si exis-
ti o no y se aprob o no el decreto de 7 de mayo de 1951 por el cual se de-
rogaba la Constitucin de 1946 y de existir legalmente tal decreto qu Mi
nistros lo aprobaron y quines lo firmaron? Contest
: ya he dicho ante-
riormente que el Consejo de Gabinete no se reanud y que en esas condi-
ciones el decreto no apareca aprobado
. Y dije ms
: que no vi siquiera al
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7/26/2019 Proceso Arias 2
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seor Zurita que, segn parece, era el Ministro de Agricultura, Comercio e
Industrias
. No habiendo sido firmado el decreto por el hecho de que el se-
no' Ricardo Arias Espinosa se haba ausentado para despus venir a decir
si firmaba o no el decreto, luego no se reanud el Consejo de Gabinete . No
habindose reanudado el Consejo de Gabinete, no creo que haya habido a
aprobacin
. Yo simplemente digo que para aprobar ese decreto, se necesi-
taba que el Consejo se hubiera reunido nuevamente
. He dicho que ningn
Ministro haba firmado el decreto, esperando a que regresara el seor Arias
Espinosa . Preguntado : el doctor Arnulfo Arias M. en declaracin rendida
ante esta Comisin, el diez y seis de Mayo del corriente ao, a pregunta que
se le hizo, contest as : ''
Preguntado
: diga el declarante los nombres de
los Miembros del Gabinete que firmaron el decreto del 7 de mayo de 1951
derogatorio de la Constitucin de 1946? Contest : Su Excelencia Jos C.
de O balda
.Su Excelencia Carlos N. Brin, Su Excelencia Cristbal Adn de
Urriola, Su Excelencia Rodolfo F
. Herbruger, Su Excelencia Celso Carbo
nell, Su Excelencia doa Mara Santodomingo de Miranda y el Honorable
Diputado Su Excelencia Norberto Zurita . Como lo declarado por el de-
ponente niega enfticamente lo declarado por el doctor Arnulfo Arias
dgo
uevamente : para que el decreto hubiese sido firmado en Consejo de Ga
binete, haba necesidad de reunir el Consejo
. El Consejo no se reuni
. Pre-
guntado
: sea que el Consejo de Gabinete reanudara otro su sesin, con
.
teste categricamente si lo dicho por el doctor Arnulfo Arias Madrid es o
no cierto? Contest
: a su pregunta tengo que decir que verdaderamente
no comprendo cmo el doctor Arias haga esa declaracin, porque si no reu-
ni a los Ministros para que firmaran un decreto, no veo la manera cmo
lo firmaron
. Si un decreto de Gabinete debe firmarse, se debe firmar en
Consejo de Gabinete y ese Consejo no se reanud . Yo no he visto al seor
Zurita en funciones de Ministro, porque no he tenido conocimiento de su
nombramiento, como ya dije, sino cuando lo vi en la inauguracin de la A
samblea General de las Cmaras de Comercio de las Amricas y que, por
consiguiente, cualquier cosa que hubiera pasado all no era vlida porque
no se haba firmado en Consejo de Gabinete
. Ese decreto de 7 de mayo de
1951, no existi porque no se reuni el Consejo de Gabinete para aprobarlo.
Preguntado : qu explicacin racional da el declarante al hecho de que l,
en su carcter de Ministro de Gobierno y Justicia, promulgara en la noche
del 7 de mayo de 1951, por medio de una cadena de estaciones de radio y
notificara a toda la Repblica el decreto de
7
de mayo de 1951, derogatorio
de la Constitucin Nacional de 1946 y el cual, segn propia manifestacin
del declarante, ni fu aprobado, ni fue firmado por los Ministros de Estado
y cmo explica, as mismo, que al leer dicho decreto no solamente leyera
ntegramente sus considerandos y parte resolutiva sino los nombres de todos
los Ministros de Estado que lo haban aprobado y firmado, incluyendo entre
tales nombres el del Honorable Diputado Norberto Zurita, como Ministra
de Agricultura, Comercio e Industrias, y entregara una copia de dicho de-
creto a la prensa para que fuera publicado como en efecto lo hizo La Es-
trella de Panam, en su edicin del 8 de mayo del presente ao? Contest:
sin tener conocimiento, como ya he dicho, de que el seor Zurita fuera nom
brado Ministro de Agricultura y Comercio, el seor Secretario General de
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7/26/2019 Proceso Arias 2
24/35
la Presidencia me entreg una copia del decreto y me dijo que el doctor
Arias deseaba que yo lo leyera
. Aeso me opuse diciendo que me pareca
que quin debera leer el decreto era el Secretario General de la Presidencia,
por tratarse de un decreto de Gabinete. El seor Secretario me dijo que
as efectivamente debera ser, pero que el Presidente deseaba que fuera
y
o
quien lo leyera
. Fui a verlo y ya sala l de su Despacho y me dijo : s, lea
el decreto ; le dije
: dnde est el original? y me dijo : no se ocupe de eso,
lea la copia que se le entrega, que ya eso se arreglar . No tena yo noticia
de que Zurita fuera Ministro
. Entonces, para explicar por qu quera que
yo lo leyera, el seor Presidente me dijo all, en un pblico que haba reuni-
do, que mi voz pareca mejor por radio que la del seor Ehrman
. Pregunt
nuevamente por el original y me dijo
: no se preocupe usted, lea la copia
del decreto
; eso se arreglar despus
. Ahora bien, yo voy a hacer hincapi
en aue cuando yo le ese decreto no di nombre de ningn Ministro que lo
hubiera firmado
; ese es un error, yo le el decreto y nada ms, pero no d
los nombres de las personas que lo firmaron
. En cuanto a que yo entrega-
ra una copia a La Estrella de Panam, no es cierto
. Recuerdo que el seor
Leopoldo Moreno se me acerc para pedirme el decreto y le dije
: yo no lo
tengo
. Me dijo que si poda publicarlo ya y le contest
: no, ser maana
quizs, en el entendimiento de que el doctor Arias deca que lo leyera que
eso se arreglaba . Si La Estrella de Panam consigui alguna copia de ese
decreto, con los nombres de los Ministros que se dice que lo haban firma-
do, no es cierto que yo haya dado esos nombres, puesto que mal poda dar-
los, cuando insisto en que yo no saba que el seor Zurita era Ministro
. Por
consiguiente yo le el decreto, pero no le los nombres de los Ministros que
haban firmado el decreto
. Eso es perfectamente seguro
; le la copia del
decreto y nada ms
. Las razones que yo expuse en la radio paro la adop-
cin del decreto, fueron las que se sugirieron en Consejo de Gabinete que,
vuelvo a repetir, que ese Consejo no se reanud
. Preguntado
: diga el de-
clarante si el decreto de Gabinete de 7 de Mayo de 1951, por el cual se de-
rogaba la Constitucin de 1946, que public La Estrella de Panam en su
edicin del 8 de los corrientes y que le pongo de manifiesto, es o no una
copia de la que le entreg el Secretario General de la Presidencia para que
leyera a la ciudadana, el declarante, por radio en la noche del 7 de mayo
en curso, desde los balcones de la Presidencia de la Repblica? Contest:
exactamente es la misma copia
. Preguntado
: cmo explica satisfactoria-
mente el declarante las siguientes frases de su discurso pronunciado desde
los balcones de la Presidencia de la Repblica, por radio, y dirigi al pas en
la noche del 7 de mayo del ao en curso
:
cuando el 24 de noviembre de
1949 llegamos a este recinto, dije al Doctor Arnulfo Arias que la Repblica
de Panam era una gran hacienda que le perteneca y que yo sera su ma-
yoral ? Contest
: yo no dije esas palabras
. Yo dije ms o menos sto
: la
noche del 24 de noviembre de 1949 cuando con el doctor Arias haba llegado
a la Presidencia, dije al pueblo all reunido esa noche, que la Casa Presi-
dencial era del pueblo
; que el doctor Arnulfo Arias no era ms que su
Administrador y yo su mayordomo
; que eso le perteneca al pueblo
. Aho-
ra, evocando esas palabras, le dije a esa misma muchedumbre que estaba
reunida all, que esa Casa segua siendo del pueblo y que esa era como la
hacienda de la nacin, de la cual era Administrador el doctor Arnulfo Arias
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y que yo, simplemente, era su mayoral
; pero que eso era del pueblo
. Esas
fueron mis palabras
; yo no he dicho nada al doctor Arias
; eso le dije al
pueblo en una de las manifestaciones que llevaban all
. As es que mis pa
labras han sido perfectamente tergiversadas y de mala f, porque mal puedo
yo decir que sea el mayoral de una nacin que no es ma y que el doctor
Arias, Presidente de la Repblica, fuera dueo de la Repblica
. Por eso
hago esta aclaracin y quiero que conste de una manera muy enftica
; es
decir, lo que quera yo explicar con eso es que el pueblo era el dueo de
aquello y que el doctor Arias no era ms que su Administrador y yo su
colaborador . Quiero hacer nfasis en ello, pues esa es una interpr