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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 15 DE NOVIEMBRE DE 2012 No. 1483 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno Decreto por el que se expropia a favor del Instituto de Vivienda del Distrito Federal el inmueble ubicado en Calle Oriente 154 número 83, Colonia Moctezuma Segunda Sección, Delegación Venustiano Carranza., con superficie de 178.14 metros cuadrados, con la finalidad de llevar a cabo en él, acciones de mejoramiento urbano del centro de población, así como la edificación de vivienda de interés social y popular en beneficio de la colectividad, acorde al programa de vivienda de dicho Instituto (Segunda Publicación) 3 Secretaría del Medio Ambiente Aviso por el que se dan a conocer las respuestas a los comentarios recibidos, así como las modificaciones al proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, PROY-NADF-020-AMBT-2011, que establece los requerimientos mínimos para la producción de composta a partir de la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos, agrícolas, pecuarios y forestales, así como las especificaciones mínimas de calidad de la composta producida y/o distribuida en el Distrito Federal 7 Aviso por el que se dan a conocer las respuestas a los comentarios recibidos, así como las modificaciones al proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, PROY-NADF-021-AMBT-2011, que establece los requisitos mínimos de equipamiento y especificaciones técnicas que deben cumplir las personas físicas o morales y dependencias gubernamentales que lleven a cabo actividades de elaboración de concreto premezclado en el Distrito Federal, para controlar las emisiones atmosféricas de partículas suspendidas totales (PST), partículas PM 10 y menores 12 Aviso por el que se dan a conocer las respuestas a comentarios, así como las modificaciones al proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, PROY-NADF-022-AGUA-2011, que establece la obligación de presentar programas de ahorro de agua a los grandes consumidores en el Distrito Federal 22 Secretaría de Seguridad Pública Acuerdo 31/2012 por el que se establece el Formato para que el personal de la Policía del Distrito Federal designe domicilio y personas para oír y recibir notificaciones y documentos relacionados con la prestación del servicio en la Institución 27 Continúa en la Pág. 2

Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

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La delegación Miguel Hidalgo otorgará apoyos económicos a 3 mil 100 personas como parte de los programas “60 y más” y “Apoyo a jefas de familia con hijos menores de cinco años”, correspondientes al ejercicio fiscal 2012.

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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal

DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 15 DE NOVIEMBRE DE 2012 No. 1483

Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno ♦ Decreto por el que se expropia a favor del Instituto de Vivienda del Distrito Federal el inmueble ubicado en Calle

Oriente 154 número 83, Colonia Moctezuma Segunda Sección, Delegación Venustiano Carranza., con superficie de 178.14 metros cuadrados, con la finalidad de llevar a cabo en él, acciones de mejoramiento urbano del centro de población, así como la edificación de vivienda de interés social y popular en beneficio de la colectividad, acorde al programa de vivienda de dicho Instituto (Segunda Publicación) 3

Secretaría del Medio Ambiente ♦ Aviso por el que se dan a conocer las respuestas a los comentarios recibidos, así como las modificaciones al

proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, PROY-NADF-020-AMBT-2011, que establece los requerimientos mínimos para la producción de composta a partir de la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos, agrícolas, pecuarios y forestales, así como las especificaciones mínimas de calidad de la composta producida y/o distribuida en el Distrito Federal 7

♦ Aviso por el que se dan a conocer las respuestas a los comentarios recibidos, así como las modificaciones al proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, PROY-NADF-021-AMBT-2011, que establece los requisitos mínimos de equipamiento y especificaciones técnicas que deben cumplir las personas físicas o morales y dependencias gubernamentales que lleven a cabo actividades de elaboración de concreto premezclado en el Distrito Federal, para controlar las emisiones atmosféricas de partículas suspendidas totales (PST), partículas PM10 y menores 12

♦ Aviso por el que se dan a conocer las respuestas a comentarios, así como las modificaciones al proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, PROY-NADF-022-AGUA-2011, que establece la obligación de presentar programas de ahorro de agua a los grandes consumidores en el Distrito Federal 22

Secretaría de Seguridad Pública ♦ Acuerdo 31/2012 por el que se establece el Formato para que el personal de la Policía del Distrito Federal designe

domicilio y personas para oír y recibir notificaciones y documentos relacionados con la prestación del servicio en la Institución 27

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2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

Índice Viene de la Pág. 1 ♦ Acuerdo 32/2012 por el que se modifica el Diverso 02/2010 por el que se establecen los formatos y

características de las credenciales para la portación de armas de fuego del personal de la Secretaría de Seguridad Pública, y de los Servidores Públicos y Elementos de la Policía Complementaria del Distrito Federal, así como los Lineamientos para el uso de las mismas 30

Contraloría General ♦ Aviso por el que se hace del conocimiento del público en general el cambio de domicilio y los días de suspensión

de términos de los procedimientos administrativos que se tramitan en la Contraloría General del Distrito Federal, que se indican 34

Delegación Miguel Hidalgo ♦ Aviso por el cual se dan a conocer los criterios de aplicación de la Actividad Institucional de Desarrollo Social:

“60 y Más”, correspondiente al ejercicio fiscal 2012 38 ♦ Aviso por el cual se dan a conocer los criterios de aplicación de la Actividad Institucional de Desarrollo Social:

“Apoyo a Jefas de Familia con Hijos Menores de 5 Años”, correspondiente al ejercicio fiscal 2012 42 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS ♦ Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México.- Licitación Pública

Nacional Número LA 909023997-N19-2012.- Convocatoria No. 015.- Adquisición de materiales, útiles y equipos menores de oficina 46

SECCIÓN DE AVISOS ♦ Naturex Ingredientes Naturales, S.A. de C.V. 47 ♦ Diseño Integral en Mecánica Procesos y Leneas Automatizadas, S.A. de C.V. 48 ♦ Grupo D + A, Diseño y Arquitectura, S.A. de C.V. 49 ♦ Impulsora de Chamela, S.A. de C.V. 50 ♦ Inmobiliaria Sierra Bacatete, S.A. de C.V. 52 ♦ Abilia, S.A. de C.V. 56 ♦ Abilia Propiedades, S. de R.L. de C.V. 67 ♦ Popland Productions, S.A. de C.V. 72 ♦ Lorse Inmobiliaria, S.A. de C.V. 74 ♦ Arrendel, S. A. de C. V. 74 ♦ Illary, S.A. de C.V. 75 ♦ Sanatorio de Maternidad San Martin, S.A. 76 ♦ Pichino’s, S.A. de C.V. 76 ♦ Madobregon, S.A. de C.V. 77 ♦ Jsov Servicios, S.A. de C.V. 78 ♦ Juegos Sociales VST de México, S.A. de C.V. 78 ♦ Inmobiliaria Moscú, S.A. de C.V. 79 ♦ Bretaña Construcciones, S.A. de C.V. 80 ♦ Constructora Osro, S.A. de C.V. 81 ♦ Asociación de Ex-Alumnos de México de la Universidad de Chicago, A.C. 81 ♦ Constructora e Inmobiliaria Almagro, S.A. de C.V. 82 ♦ Nandr, S.A. de C.V. 82 ♦ Industrias Reliance, S.A. de C.V. 83 ♦ Edictos 84 ♦ Aviso 86

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3

 

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DECRETO POR EL QUE SE EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE ORIENTE 154 NÚMERO 83, COLONIA MOCTEZUMA SEGUNDA SECCIÓN, DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA., CON SUPERFICIE DE 178.14 METROS CUADRADOS, CON LA FINALIDAD DE LLEVAR A CABO EN ÉL, ACCIONES DE MEJORAMIENTO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN, ASÍ COMO LA EDIFICACIÓN DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y POPULAR EN BENEFICIO DE LA COLECTIVIDAD, ACORDE AL PROGRAMA DE VIVIENDA DE DICHO INSTITUTO (SEGUNDA PUBLICACIÓN). MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 4°, párrafo quinto, 14, 27, párrafo segundo, noveno, fracción VI, 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, incisos a), b) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, fracciones X, XI y XII, 2°, 3°, 10, 19, 20 bis, 21 de la Ley de Expropiación; 2°, 8°, fracción II, 67, fracciones XIX y XXVIII, 87, 90, 144 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 4°, 5°, fracciones II, IV y V, 6°, 8°, fracción VIII, 45 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 2°, 5°, 12, 14, 23, fracciones XVIII, XIX y XXII, 24, fracciones XI, XIV y XVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 33, fracción VII, 37, fracción I, 40, 67, 68 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público; 1°, fracciones I, II, III y IV, 2°, 3°, 4°, fracciones IV, XIV, XXV y XXVI, 7°, 8°, fracción V, 9°, 10, fracciones I y IV, 14, fracciones II, IV y V de la Ley de Vivienda del Distrito Federal; 2°, fracción I de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 32 y 34, fracción III del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, y

C O N S I D E R A N D O

Que acorde con la garantía individual consagrada en el artículo 4º Constitucional, toda familia tiene derecho a una vivienda digna y decorosa; entendida como el lugar seguro, salubre y habitable que permita la integración social y urbana, sin que sea obstáculo para su obtención, su condición económica, social, origen étnico o nacional, edad, género, situación migratoria, creencias políticas o religiosas; Que conforme a la Ley de Expropiación corresponde al Jefe de Gobierno del Distrito Federal ejecutar las medidas necesarias para evitar los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la colectividad, el mejoramiento de los centros de población y de sus fuentes propias de vida, así como los casos previstos en las leyes específicas; Que la Ley de Vivienda considera que una vivienda digna y decorosa es la que cumple con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, habitabilidad, salubridad, cuenta con los servicios básicos y brinda a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contempla criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos; Que las disposiciones de la Ley antes referida deberán aplicarse bajo principios de equidad e inclusión social de manera que toda persona pueda ejercer su derecho constitucional a la vivienda, sin importar su origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social o económica, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias o el estado civil; Que se considera de utilidad pública la creación o mejoramiento de los centros de población, así como la edificación de vivienda de interés social y popular, de conformidad con lo estipulado en la Ley de Expropiación y la Ley General de Asentamientos Humanos; Que la Ley de Vivienda del Distrito Federal establece que la Política de Vivienda del Distrito Federal se orientará a ampliar las posibilidades de acceso a la vivienda a un mayor número de personas que serán sujetas a la ayuda de beneficio social, preferentemente la población vulnerable de bajos recursos económicos y en situación de riesgo; Que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal considera de orden público e interés social realizar las acciones y fijar las normas básicas para planear y regular el desarrollo, mejoramiento, conservación y crecimiento de los centros de población;

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Que la planeación del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial del Distrito Federal tienen por objeto mejorar el nivel y calidad de vida de la población urbana, evitar los asentamientos humanos en las áreas de mayor vulnerabilidad, en las áreas riesgosas, y el mejoramiento de las zonas habitacionales deterioradas física y funcionalmente donde habita población de escasos ingresos; Que en materia de desarrollo urbano, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal es autoridad para aplicar las modalidades y restricciones al dominio privado previstas en la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y demás disposiciones relativas, así como para ejecutar las obras necesarias; Que para el Gobierno del Distrito Federal es primordial la conservación y mejoramiento de los centros de población, la ejecución de planes o programas de desarrollo urbano, la regularización de la tenencia de la tierra, la edificación o mejoramiento de vivienda de interés social y popular, así como la ampliación de las posibilidades de acceso a la vivienda que permita beneficiar al mayor número de personas, atendiendo preferentemente a la población urbana de bajos ingresos; Que existen inmuebles deteriorados en diferentes colonias de la Ciudad de México los cuales son considerados de alto riesgo estructural para las personas que los habitan y para la comunidad del centro de población en donde se encuentran, de acuerdo al dictamen emitido por un Director Responsable de Obra, auxiliar de la Administración Pública del Distrito Federal, con autorización y registro de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, inmuebles que son idóneos para realizar acciones de mejoramiento del centro de población en donde se encuentran ubicados, así como para atender las necesidades de la comunidad de bajos ingresos; Que el Gobierno del Distrito Federal ha recibido solicitudes, en forma individual o a través de asociaciones organizadas por los poseedores u ocupantes de los inmuebles de alto riesgo estructural, para que éstos se expropien y se substituyan por nuevas viviendas dignas, decorosas y seguras, lo que contribuirá para mejorar el centro de población donde se encuentran asentados, además de garantizar seguridad jurídica a sus habitantes; Que a través del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, en razón de su competencia, determinó la conveniencia de realizar acciones de mejoramiento del centro de población y de edificación de vivienda de interés social y popular en inmuebles que presentan alto riesgo estructural para la colectividad y sobre todo para los habitantes que los ocupan, poniendo en peligro sus vidas, integridad física y bienes; inmuebles que cuentan además con una capacidad de infraestructura y servicios urbanos que requieren de un reordenamiento físico y funcional para que la utilización del suelo permita mejorar y edificar viviendas de interés social, integrándolos así a un adecuado desarrollo urbano en beneficio colectivo; Que mediante Decreto publicado el 29 de septiembre de 1998, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se creó el Instituto de Vivienda del Distrito Federal como organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, teniendo como objetivo diseñar, elaborar, proponer, promover, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas y programas de vivienda enfocados principalmente a la atención de la población de escasos recursos económicos del Distrito Federal, en el marco del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal vigente y de los programas que se deriven de él; Que para lograr dicho objetivo el Instituto de Vivienda del Distrito Federal tiene conferidas, entre otras atribuciones, la de promover y ejecutar en coordinación con instituciones financieras, el otorgamiento de créditos con garantías diversas, para la adquisición en propiedad de las viviendas a favor de los beneficiarios del Programa de Vivienda, incluidas las vecindades en evidente estado de deterioro que requieran rehabilitación o substitución total o parcial a favor de sus ocupantes, lo que conlleva a realizar acciones de mejoramiento urbano del centro de población y edificación de vivienda de interés social y popular; Que el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, con base en los programas mencionados, ha elaborado un programa de mejoramiento urbano y edificación de vivienda de interés social y popular a fin de dar cumplimiento a la garantía social consagrada en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señalada en el Primer Considerando;

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En virtud de lo expuesto y en cumplimiento al artículo 3º de la Ley de Expropiación que impone al Ejecutivo la obligación de tramitar e integrar un expediente de expropiación con la finalidad de que se demuestre la idoneidad del bien a expropiarse, relacionada con la causa de utilidad pública correspondiente, el expediente técnico de expropiación integrado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y enviado por el Director General del Instituto de Vivienda del Distrito Federal contiene la descripción de las características del inmueble materia del presente ordenamiento, las consideraciones y estudios que demuestran que el inmueble se encuentra en alto riesgo estructural, que es un peligro para las personas que lo habitan, para las personas que transitan por la zona y para los vecinos, por lo que es susceptible de incluirlo en los programas de vivienda de dicho Instituto, que permita cumplir con el principio consagrado en el artículo 4º Constitucional relativo a que toda familia tiene derecho a una vivienda digna y decorosa, con lo que se logrará mejorar el centro de población en que se localiza dicho predio, y se beneficiará a la colectividad; Que la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal, el día veintiséis de junio de dos mil doce determinó, conforme con sus atribuciones, como caso de utilidad pública la ejecución de las acciones de mejoramiento urbano y la edificación de vivienda de interés social y popular en el inmueble ubicado en Calle Oriente 154 número 83, Colonia Moctezuma Segunda Sección, Delegación Venustiano Carranza; Que mediante oficio número DG/000318/2012 de fecha diecinueve de abril de dos mil doce, el Director General del Instituto de Vivienda del Distrito Federal en colaboración con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, solicitó a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos la elaboración del Decreto expropiatorio del predio descrito en el considerando inmediato anterior, el cual, por ser de alto riesgo estructural resulta adecuado para llevar a cabo el caso de utilidad pública consistente en acciones de mejoramiento urbano del centro de población donde se encuentra ubicado, a través de la edificación de vivienda de interés social y popular; Que el Comité del Patrimonio Inmobiliario durante su Décima Sexta Sesión Ordinaria (16/2011), celebrada el veinticinco de agosto de dos mil once, autorizó la expropiación del inmueble materia del presente ordenamiento a favor del Instituto de Vivienda del Distrito Federal; Que de las constancias que integran al expediente técnico de expropiación enviado a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos por el Instituto de Vivienda del Distrito Federal en colaboración con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, se desprende el titular registral es la C. Bertha Aguilar Servin Cancino, con domicilio en Calle Isabel La Católica número 45-8508, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, sin que fuera posible localizar a dicha persona en el domicilio señalado, como se desprende de la razón de notificación de fecha veintisiete de agosto de dos mil doce; Que derivado de lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 2º fracción II de la Ley de Expropiación, los días veinticuatro y veintiocho de agosto de dos mil doce se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Declaratoria de veintiséis de junio de dos mil doce emitida por el Secretario de Gobierno, por la que se determina como caso de utilidad pública la ejecución de las acciones de mejoramiento urbano y la edificación de vivienda de interés social y popular en el inmueble ubicado en Calle Oriente 154 número 83, Colonia Moctezuma Segunda Sección, Delegación Venustiano Carranza. Que en virtud de que no hay prueba alguna que desvirtúe el caso de utilidad pública contenida en la determinación emitida por el Secretario de Gobierno del Distrito Federal el veintiséis de junio de dos mil doce, se concluye que el inmueble identificado Calle Oriente 154 número 83, Colonia Moctezuma Segunda Sección, Delegación Venustiano Carranza, es el idóneo para destinarlo a construir viviendas de interés social y popular en beneficio de la colectividad, que permita cumplir con el principio consagrado en el artículo 4º Constitucional relativo a que toda familia tiene derecho a una vivienda digna y decorosa, con lo que se logrará mejorar el centro de población en que se localiza dicho predio, en virtud de lo cual he tenido a bien expedir el siguiente:

D E C R E T O Artículo 1. En apego a lo estipulado en el artículo 4º de la Ley de Expropiación, se declara de utilidad pública la ejecución de medidas para evitar los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la colectividad, así como el mejoramiento de los centros de población y la edificación de vivienda de interés social y popular.

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6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

Artículo 2. Para lograr las acciones a que se refiere el artículo anterior, se expropia a favor del Instituto de Vivienda del Distrito Federal el predio que se describe a continuación: Ubicación: Calle Oriente 154 número 83, Colonia Moctezuma Segunda Sección, Delegación Venustiano Carranza. Superficie: 178.14 metros cuadrados Medidas y colindancias: Partiendo del vértice número 1 al vértice número 2 en línea recta de 7.99 metros y rumbo N 28° 40’ 10” E,

con Calle Oriente 154; del vértice número 2 al vértice número 3 en línea recta de 22.45 metros y rumbo S 61° 39’ 57” E, con predio Cuenta Catastral 020-093-22; del vértice número 3 al vértice número 4 en línea recta de 7.85 metros y rumbo S 28° 11’ 34” W, con predio Cuenta Catastral 020-093-15; del vértice número 4 al vértice número 1 en línea recta de 22.52 metros y rumbo N 62° 00’ 23” E, con predios Cuentas Catastrales 020-093-18, 020-093-19 y 020-093-20, llegando en este vértice al punto de partida y cierre de la poligonal envolvente.

La documentación y los planos del predio expropiado podrán ser consultados por los interesados en las oficinas del Instituto de Vivienda del Distrito Federal y en la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación del Distrito Federal en Venustiano Carranza; el expediente técnico jurídico podrá ser consultado en la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. Artículo 3. El Gobierno del Distrito Federal por conducto del organismo descentralizado denominado Instituto de Vivienda del Distrito Federal pagará la indemnización constitucional a los propietarios que resulten afectados por esta expropiación y acrediten su legítimo derecho ante la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Distrito Federal, por conducto de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, mediante el procedimiento administrativo correspondiente que establecen las leyes de la materia. El monto a pagar será determinado con base en el avalúo que emita la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario. Artículo 4. Se autoriza al Instituto de Vivienda del Distrito Federal para que de acuerdo a la normatividad aplicable y a las bases establecidas en su Programa de Vivienda, realice las acciones de construcción y regularización del inmueble expropiado, transmitiéndolo a favor de la colectividad, de conformidad con el programa de vivienda instaurado en dicho organismo y conforme a la disponibilidad de viviendas se transmitan a favor de sus ocupantes y otros solicitantes de vivienda de interés social y popular. Artículo 5. Para dar cumplimiento a las acciones mencionadas en el artículo inmediato anterior, el Instituto de Vivienda del Distrito Federal deberá tomar posesión del predio expropiado, cuando entre en vigor el presente Decreto.

T R A N S I T O R I O S Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo. Inscríbase el presente Decreto en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal. Tercero. Notifíquese personalmente al interesado la expropiación a que se refiere este Decreto. Cuarto. En caso de ignorarse el domicilio de los afectados, hágase una segunda publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para que surta efectos de notificación personal. Dado en la Residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil doce.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, HÉCTOR SERRANO CORTÉS.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, FELIPE LEAL FERNÁNDEZ.- FIRMA.

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SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS, ASÍ COMO LAS MODIFICACIONES AL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, PROY-NADF-020-AMBT-2011, QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA LA PRODUCCIÓN DE COMPOSTA A PARTIR DE LA FRACCIÓN ORGÁNICA DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, AGRÍCOLAS, PECUARIOS Y FORESTALES, ASÍ COMO LAS ESPECIFICACIONES MÍNIMAS DE CALIDAD DE LA COMPOSTA PRODUCIDA Y/O DISTRIBUIDA EN EL DISTRITO FEDERAL. Lic. Martha Teresa Delgado Peralta, Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal y Presidenta del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 15 fracción IV, 16 fracciones I, II y IV, 17 y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º fracciones II y V, 2º fracciones II y IX, 3º fracción IV, 6º fracción II, 9º fracciones IV, VII, XXVII y XLII, 21, 22 fracción I, 36 fracciones I y III, 40 fracciones III, IV y V, 152, 153 y 154 fracción I de la Ley Ambiental del Distrito Federal; 7º fracción IV numeral 2, y 55 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Acuerdo por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental para el Distrito Federal de fecha 23 de abril de 2002, y Acuerdos por los que se reforma el diverso por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal de fechas 19 de agosto de 2005 y 4 de julio de 2007, he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS, ASÍ COMO LAS MODIFICACIONES AL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, PROY-NADF-020-AMBT-2011, QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA LA PRODUCCIÓN DE COMPOSTA A PARTIR DE LA FRACCIÓN ORGÁNICA DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, AGRÍCOLAS, PECUARIOS Y FORESTALES, ASÍ COMO LAS ESPECIFICACIONES MÍNIMAS DE CALIDAD DE LA COMPOSTA PRODUCIDA Y/O DISTRIBUIDA EN EL DISTRITO FEDERAL.  El referido Proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, PROY-NADF-020-AMBT-2011, fue aprobado por el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, en su Tercera Sesión Extraordinaria, efectuada el 8 de noviembre de 2012.  

Comentario Respuesta del Grupo de Trabajo (GT) 

Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Ciudad de México Fernando Rodríguez Rodríguez

Se sugiere modificar la Tabla 2, Características que deben cumplir los tipos y subtipos de Composta para unir “los tipos A1 y A2 en uno sola llamado tipo A, debido a que las diferencias entre ambas son menores.

Dejando las similitudes intactas, se propone los siguientes niveles de parámetros para un nuevo tipo A.

Parámetro Tipo A Justificación

Contenido en nutrientes (“propiedades fertilizantes” o “mejorador de suelos”)

Cualquiera, pero debe ser indicado

La etiqueta del producto indica si el contenido tiene “propiedades fertilizantes” o si es un “mejorador de suelos” de acuerdo a los análisis practicados, por

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma.

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8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

lo que es posible tener cualquiera de las dos condiciones en función de los requerimientos de uso.

Granulometría (tamaño de criba)

10 mm Dar prioridad al uso en viveros y macetas, para uso al aire libre en reforestación puede utilizarse composta de calidad agrícola (tipo B)

Nivel de contaminación permitida

Nivel 1 Mantener el nivel más estricto de contaminación permitida, por el contacto directo con los usuarios.

Consideraciones.

La composta tipo B cumple con todas las características para ser utilizada en reforestación o restauración en áreas de protección natural, la mayor parte del suelo con vocación agrícola en el DF se encuentra en zona clasificada como Suelo de conservación y este factor fue tomado en cuenta al plantear los requisitos para la composta tipo B. Desde mi punto de vista no se justifica mantener un subtipo A2 especial para fines de restauración y conservación.”

Dirección de Regulación Ambiental

Sugiere la modificación del numeral 10. Vigencia., argumentando que dado que en el artículo 46 del Reglamento de la Ley de Metrología y Normalización, en su fracción IV, señala textualmente: “IV. Señalar la fecha de entrada en vigor de la norma, misma que podrá ser parcial o total, la cual no podrá ser inferior a 60 días naturales”; y aunque tal instrumento reglamenta a los proyectos de normas mexicanas, utilizarlo para ser congruentes con la normatividad nacional.

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma. 

 MODIFICACIONES AL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, PROY-NADF-020-AMBT-2011, QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA LA PRODUCCIÓN DE COMPOSTA A PARTIR DE LA FRACCIÓN ORGÁNICA DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, AGRÍCOLAS, PECUARIOS Y FORESTALES, ASÍ COMO LAS ESPECIFICACIONES MÍNIMAS DE CALIDAD DE LA COMPOSTA PRODUCIDA Y/O DISTRIBUIDA EN EL DISTRITO FEDERAL.

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1. Se modifica el numeral 5.9. para quedar como sigue: “5.9. Escurrimiento: Líquido segregado por los insumos o materias del composteo, antes,

durante o después del proceso, ya sea por percolación o como resultado de la actividad biológica.” 2. Se modifica el numeral 5.12. para quedar como sigue: “5.12. Etapas del proceso de composteo: Fases del proceso identificables por la evolución de

las curvas de: temperatura, pH, reducción del volumen y relación Carbono/Nitrógeno (C/N), principalmente. Estas son: mesófila, termófila, de enfriamiento y de maduración.”

3. Se modifica el numeral 5.13. para quedar como sigue: “5.13. Etapa mesófila: Inicio del proceso de composteo. Etapa en la que los microrganismos se

reproducen y colonizan la superficie del sustrato iniciando su degradación; la actividad biológica se incrementa produciendo un aumento de temperatura, alcanzando valores hasta 40 °C.”

4. Se modifica el numeral 5.14. para quedar como sigue: “5.14. Etapa termófila: Es la fase del composteo donde la temperatura alcanza de 40 °C a 70

°C, debido al calor producido por el metabolismo de microorganismos mesófilos que son remplazados por bacterias termófilas capaces de vivir a esas temperaturas. Durante esta etapa ocurre la destrucción de patógenos.”

5. Se modifica el numeral 6.1.6. para quedar como sigue: “6.1.6. CONTROL DE ESCURRIMIENTO Y PROTECCIÓN DEL AGUA DE LLUVIA …” 6. Se modifica el numeral 6.3.13. para quedar como sigue:

“6.3.13. Manejo de escurrimientos. Las plantas de composteo deben contar con un plan de manejo de los escurrimientos producidos antes durante o después del proceso de composteo. Dicha fracción líquida debe ser colectada y reincorporada en alguna fase del proceso o bien, tratada para su estabilización y posterior incorporación a preparados para nutrición vegetal (fuera del alcance de esta norma) o descarga.

6.3.13.1. Los escurrimientos producidos por la fracción orgánica de los residuos sólidos

antes de iniciar el composteo, deben colectarse y ser utilizados para riego del material sólo durante la primera fase del composteo, antes de alcanzar la temperatura máxima.

6.3.13.2. Los escurrimientos producidos durante o después del proceso de composteo

deben colectarse y ser utilizados para riego del material en cualquier fase del composteo.”

7. Se modifica el numeral 6.4. para quedar como sigue:

“6.4. CARACTERÍSTICAS DE LA COMPOSTA TERMINADA

Las metodologías para la determinación de cada uno de los parámetros que se describen en este numeral serán las indicadas en el Anexo I de esta norma. Los tipos de composta y los requisitos de calidad que deben cumplir, se especifican en las tablas 2, 3, 4, 5 y 6.

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10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

6.4.1. Calidad y clases de composta. Para efectos de la presente Norma se establecen tres tipos

de composta en función de la calidad y los usos que se le pueden dar.

Tabla 2. Características generales que deben cumplir los tipos de composta.

Parámetro TIPO DE COMPOSTA

A B C

Uso recomendado Sustrato en viveros y sustituto de tierra para maceta

Agricultura ecológica y reforestación

Paisaje, áreas verdes urbanas y reforestación

Humedad 25-35 % en peso 25-45 % en peso

pH 6.7 – 7.5 6.5 – 8

Conductividad eléctrica < 4 dS/m < 8 dS/m < 12 dS/m

Materia orgánica > 20% MS > 25 % MS

Carbono total Debe indicarse en la etiqueta el resultado del último análisis realizado Nitrógeno total %

MS

Relación C/N < 15 < 20 < 25

Macronutrientes (NPK)

En % MS

De 1% a 3% en cualquiera de ellos y su suma ≤ 7%: portará la leyenda “Composta - mejorador de suelos. Si cualquiera excede 3% o la suma es mayor a 7% Debe portar la leyenda “Composta para nutrición vegetal” y se indicarán las cantidades para cada macronutriente.

Granulometría ≤ 10mm ≤ 30 mm

Fitotoxicidad (IG) IG ≥ 85 % IG ≥ 75 % IG ≥ 60 %

Diferencia de temperatura con el ambiente medida a una profundidad

≥ 50 cm

≤ 10°C ≤ 15°C

 6.4.1.1 Métodos opcionales para medir estabilidad y madurez.

Como alternativa válida, a las pruebas de diferencial de temperatura con el ambiente y fitotoxicidad, es posible realizar la prueba de Solvita® con parámetros indicados en la tabla 3, así como pruebas respirométricas.

Tabla 3. Métodos opcionales para medir estabilidad y madurez.

Tipo A Tipo B Tipo C Índice de madurez Solvita® 7 6 5

Consumo de oxígeno* < 50 50-100 101-150

Emisión de CO2 * < 30 30-60 61-120

*mg/kg MS/h

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11

 

6.4.2. Límites máximos permitidos de contaminantes e impurezas

6.4.2.1. Elementos traza. En la tabla 4, se especifican tres niveles de concentración máxima

permitida de elementos traza, para los tres tipos de composta descritos en la tabla 2.

Tabla 4. Concentraciones máximas de elementos traza en mg·kg-1 en base seca, que deben cumplir los tipos de composta.

Nivel – tipo As Cd Cr total Cu Hg Ni Pb Zn

Nivel 1 –tipo A 0.1 0.7 70 70 0.4 25 45 200

Nivel 2 – tipo B 0.7 1 70 150 0.7 60 120 500

Nivel 3 – tipo C 2.0 3 250 400-500 3 100 200 1200-1800

6.4.2.2. Especificaciones microbiológicas. Para la venta de composta en el Distrito

Federal, ésta debe cumplir con las especificaciones microbiológicas y los procedimientos de análisis contenidos en Normas Oficiales Mexicanas, establecidas por la Secretaría de Salud y son las que se especifican en la tabla 5.

Tabla 5. Valores máximos permisibles para especificaciones microbiológicas.

Microorganismos Tolerancia

Coliformes fecales <1000 NMP*/g ( en base seca)

Salmonella <3 NMP en 4 g (en base seca)

Huevos de Helmintos viables 1 en 4 g (en base seca)

*Número más probable

6.4.2.3. Impurezas. La tolerancia a la presencia de material inerte en los tres tipos de composta se indica en la tabla 6.

Tabla 6. Máximos permitidos de materias inertes, en % de MS para partículas mayores a 5 mm.

Tipo de material Tipo A Tipo B Tipo C*

Roca Ausente < 3 % < 5 %*

Plástico Ausente < 0.5 % < 1 %*

Vidrio y metal Ausente < 1% < 2% *

*La suma de los porcentajes de impurezas físicas debe ser menor al 5%

” 8. Se modifica el numeral 10. Para quedar como sigue: “10. VIGENCIA

El presente Proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal entrará en vigor 60 días después de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Para las plantas de composta establecidas, las especificaciones de características de los insumos, calidad de la composta y los límites máximos permitidos de contaminantes e impurezas entrará en vigor 60 días después de su publicación. Aquellas especificaciones indicadas en el numeral 6.1, referentes a características del sitio, deben cumplirse en un término no mayor a diez meses a partir de la entrada en vigor del presente Proyecto de Norma Ambiental.”

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12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 13 días del mes de noviembre del año dos mil doce.

A t e n t a m e n t e

LIC. MARTHA TERESA DELGADO PERALTA

(Firma) __________________________________________________________________________

SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL     

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS, ASÍ COMO LAS MODIFICACIONES AL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, PROY-NADF-021-AMBT-2011, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE EQUIPAMIENTO Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES Y DEPENDENCIAS GUBERNAMENTALES QUE LLEVEN A CABO ACTIVIDADES DE ELABORACIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO EN EL DISTRITO FEDERAL, PARA CONTROLAR LAS EMISIONES ATMOSFÉRICAS DE PARTÍCULAS SUSPENDIDAS TOTALES (PST), PARTÍCULAS PM10 Y MENORES. Lic. Martha Teresa Delgado Peralta, Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal y Presidenta del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 15 fracción IV, 16 fracciones I, II y IV, 17 y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º fracciones II y V, 2º fracciones II y IX, 3º fracción IV, 6º fracción II, 9º fracciones IV, VII, XXVII y XLII, 21, 22 fracción I, 36 fracciones I y III, 40 fracciones III, IV y V, 152, 153 y 154 fracción I de la Ley Ambiental del Distrito Federal; 7º fracción IV numeral 2, y 55 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Acuerdo por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental para el Distrito Federal de fecha 23 de abril de 2002, y Acuerdos por los que se reforma el diverso por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal de fechas 19 de agosto de 2005 y 4 de julio de 2007, he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS, ASÍ COMO LAS MODIFICACIONES AL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, PROY-NADF-021-AMBT-2011, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE EQUIPAMIENTO Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES Y DEPENDENCIAS GUBERNAMENTALES QUE LLEVEN A CABO ACTIVIDADES DE ELABORACIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO EN EL DISTRITO FEDERAL, PARA CONTROLAR LAS EMISIONES ATMOSFÉRICAS DE PARTÍCULAS SUSPENDIDAS TOTALES (PST), PARTÍCULAS PM10 Y MENORES. El referido Proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, PROY-NADF-021-AMBT-2011, fue aprobado por el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, en su Tercera Sesión Extraordinaria, efectuada el 8 de noviembre de 2012.

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13

 

Comentario Respuesta del Grupo de Trabajo (GT)

Dirección de Regulación Ambiental Se sugiere modificar el nombre del Proyecto de Norma Ambiental, para incluir “y especificaciones técnicas”, ya que desde el objeto y a lo largo del cuerpo del proyecto de norma se mencionan estas Especificaciones Técnicas.

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma.

Derivado de la propuesta anterior, se sugiere modificar el numeral 5, relativo a Requisitos mínimos de equipamiento en las plantas dedicadas a la elaboración de concreto premezclado. Lineamientos; para quedar como sigue: 5. Especificaciones y requisitos mínimos de equipamiento en las plantas dedicadas a la elaboración de concreto premezclado. Lineamientos

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma.

En el apartado de definiciones, específicamente el numeral 4.25, referente a Partículas PM10, debe corregirse PM10 poniendo el número diez como subíndice.

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma.

En la Tabla 1.- Requisitos mínimos de equipamiento y medidas de mitigación por tipo de planta, se indica por medio de una palomita - - cuando le aplica el requisito o la medida que se va indicando y cuando no aplica queda un espacio vacío, sin embargo, se sugiere indicar con N/A (No Aplica) en vez de dejar el espacio en blanco.

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma.

En el numeral 8, relativo a la Vigencia, en la tabla que establece los tiempos de cumplimiento de las especificaciones, hay un par de celdas vacías, es necesario indicar el tiempo de cumplimiento, o bien en caso de que no aplique indicarlo con N/A.

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma.

Se sugiere definir Unidad revolvedora ya que en el punto 5.2.7. , referente a Colector de Polvos en zona de dosificación o carga NIP 9, se hace referencia a ésta como camión revolvedor, y en la Figura 1. Diagrama de Operación y Funcionamiento Elaboración de concreto Premezclado, en el NIP 12, se refieren a esta como olla revolvedora; o bien unificar criterios para nombrar a esta unidad.

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma.

En el Anexo I, se sugiere establecer un espacio, al final, para que el responsable plasme su firma.

El GT considera que no es procedente ya que este anexo siempre va a acompañar a un documento firmado por el responsable legal.

El artículo 46 del Reglamento de la Ley de Metrología y Normalización, en su fracción IV, señala textualmente lo siguiente: “IV. Señalar la fecha de entrada en vigor de la norma, misma que podrá ser parcial o total y la cual no podrá ser inferior a 60 días naturales”; por lo anterior, la Dirección sugiere que aunque este instrumento reglamenta a los proyectos de normas mexicanas utilizarlo para ser congruentes con la normatividad nacional.

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma.

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14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

 

Asociación Mexicana de la Industria del Concreto Premezclado (AMIC).

En el numeral 5.2.3, En plantas fijas, se sugiere modificar la redacción para quedar como sigue: Se deberá, a la salida de la planta aplicar acciones* para minimizar que los neumáticos de los vehículos que tienen acceso a la planta salgan con lodo y partículas a la vía pública. Nota al pie: * acción de barrido de llantas: limpieza manual de las partículas adheridas a los neumáticos con un cepillo. Incluirse en definiciones.

El GT considera que no es procedente la sugerencia ya que como está la redacción original no limita las acciones.

Se sugiere modificar el numeral 7.0. para quedar como sigue: La vigilancia del presente proyecto de Norma ambiental corresponde, en el respectivo ámbito de su competencia a la Secretaria del Medio Ambiente de conformidad con lo previsto en la Ley Ambiental del Distrito Federal, la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, su Reglamento y las demás disposiciones jurídicas aplicables.

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma.

Propone la modificación a la tabla del numeral 8. Vigencia

Equipamiento mínimo y/o medidas de mitigación

Tiempo de entrada en vigor de cada acción

conforme al tipo de planta

Fija Dedicada y/o móvil

Delimitar el predio de la planta. 2 años 3 meses

Establecimiento de rutas para almacenar y transportar material y/o material a granel y Control de tránsito de vehículos.

6 meses 6 meses

Pisos en planta. 3 años 6 meses Acciones para el control de entrada y salida para limpieza de llantas.

6 meses 2 meses

Barrido. Inmediato Inmediato

Control de emisiones en suelos perturbados. 6 meses 3 meses

Filtro de alta eficiencia en el silo de cemento. 1 año 3 meses

Cubrir el transporte por banda transportadora. 3 meses 3 meses

Cubrir y colocar cortinas hawaianas en las tolvas primaria y secundaria.

1 año 6 meses

Colector de polvos en zona de dosificación o carga. 1 año 6 meses

Caseta anticontaminante en tolva de alimentación de 1 año 6 meses

El GT aceptó la sugerencia de modificación de los tiempos de cumplimiento y procedió a la modificación del proyecto de norma.

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15

 

agregados pétreos. Delimitar el predio de la planta. 2 años 3 meses

Establecimiento de rutas para almacenar y transportar material y/o material a granel y Control de tránsito de vehículos.

6 meses 6 meses

Pisos en planta. 3 años 6 meses Acciones para el control de entrada y salida para limpieza de llantas.

6 meses 2 meses

Asociación Mexicana de Concreteros Independientes, A.C. (AMCI) Propone la modificación a la tabla del numeral 8. Vigencia

Equipamiento mínimo y/o medidas de mitigación.

AMCI (Asociación Mexicana de Concreteros

Independientes)Delimitar el predio de la planta.

6 meses barda y/o 3 meses (Malla Ciclónica con cinta plástica)

3 meses (Malla Ciclónica con cinta plástica)

Establecimiento de Rutas para almacenar y transportar materiales y Control de Tránsito de Vehículos.

3 meses 3 meses

Pisos en planta. 1 año (Piso) y/o 3 meses (5 cm. Material Pétreo)

3 meses (5 cm. Material Pétreo)

Dispositivo de Control de entrada y salida para limpieza de llantas, limpiar llantas en la entrada y salida.

3 meses 3 meses

Barrido. Inmediato

Inmediato

Control de Emisión de Suelos Perturbados (Grava 5cm u otros)

Inmediato

Inmediato

Filtro Alta Eficiencia en Silo Cemento.

3 meses 3 meses

Cubrir el transporte por Banda Transportadora.

3 meses 3 meses

Cubrir y colocar Cortinas Hawaianas en Tolvas Primaria y Secundaria.

Inmediato (Una vez instale

Inmediato (Una vez instale Caseta)

El GT aceptó la sugerencia de modificación de los tiempos de cumplimiento y procedió a la modificación del proyecto de norma.

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16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

Caseta) Colector Polvos en zona dosificación o carga.

3 meses 3 meses

Caseta Anticontaminante en Tolva de Alimentación de agregados Pétreos.

6 meses 6 meses

Cubiertas en las Tolvas Primaria/Secundaria.

6 meses

Aspersión y/o riego para humedecer los agregados Pétreos.

Inmediato

Inmediato

Almacenamiento de agregados Pétreos.

6 meses 6 meses

Fosas lavado de Unidad Revolvedora y Fosa de Decantación.

1 año

Se sugiere, en la especificación relativa a Delimitar el Periodo (sic.) de la Planta, que en las PLANTA FIJA Y MOVIL, la delimitación sea en ambas por Malla Ciclónica con cinta plástica, toda vez que cumple en controlar las emisiones atmosféricas de Partículas Suspendidas Totales (PST), Partículas PM10 y menores; o que en la Planta Fija sea considerada como una opción el instalar Muro o Pared y/o Malla Ciclónica con cinta plástica, con los términos de: Muro 6 meses y/o Malla Ciclónica con cinta plástica 3 meses, cualquiera de las dos.

El GT considera que no es procedente la sugerencia por ser contrario al Reglamento de construcción.

Dirección de Autorregulación y Economía Ambiental

En el Numeral 3, referente a Referencias, se sugiere incluir las siguientes Normas Oficiales Mexicanas: - Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA1-1993, Salud ambiental. Criterios para evaluar el valor límite permisible para la concentración de material particulado. Valor límite permisible para la concentración de partículas suspendidas totales PST, partículas menores de 10 micrómetros PM10 y partículas menores de 2.5 micrómetros PM2.5 de la calidad del aire ambiente. Criterios para evaluar la calidad del aire. (NOM 025); y - Norma Oficial Mexicana NOM-035-ECOL-1993, Que establece los métodos de medición para determinar la concentración de partículas suspendidas totales en el aire ambiente y el procedimiento para la calibración de los equipos de medición. (NOM 035)

El GT considera que no es procedente la sugerencia, sin embargo se considera incluirlas en la bibliografía.

En el numeral 6, referente a Evaluación de la Conformidad, se sugiere modificar el numeral 6.1 para quedar como sigue: 6.1 las plantas fijas deberán ingresar la información que demuestre el cumplimiento del presente proyecto de Norma, a través de la Licencia Ambiental Única para el Distrito Federal, conforme el Anexo I de este Proyecto, incluyendo el estudio de la determinación de la concentración de PST y PM10 en aire ambiente, que acredite el cumplimiento con los límites que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA1-1993 para estos contaminantes, el cual deberá realizarse en los límites del predio de la planta y durante los meses de sequía o de baja precipitación.

El GT considera que no es procedente la sugerencia debido a que las Normas Oficiales mencionadas son de referencia y no obligatorias para las fuentes fijas.

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17

 

MODIFICACIONES AL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, PROY-NADF-021-AMBT-2011, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE EQUIPAMIENTO Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES Y DEPENDENCIAS GUBERNAMENTALES QUE LLEVEN A CABO ACTIVIDADES DE ELABORACIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO EN EL DISTRITO FEDERAL, PARA CONTROLAR LAS EMISIONES ATMOSFÉRICAS DE PARTÍCULAS SUSPENDIDAS TOTALES (PST), PARTÍCULAS PM10 Y MENORES.

En la tabla 1, se sugiere juntar las celdas de caseta anticontaminante en tolva de alimentación de agregados y cubiertas en las tolvas primaria y secundaria; lo anterior debido a que “no se encuentra descrito en el cuerpo de la norma lo relativo a caseta anticontaminante sin embargo cuando se describe 5.2.8 Cubiertas en las tolvas se habla de estructuras metálicas tipo casetas”.

El GT considera que no es procedente la sugerencia debido a que son estructuras diferentes.

En los numerales 5.2.2 y 5.3.3, relativos a Pisos en planta y Control de emisiones en suelos perturbados, respectivamente, se sugiere modificar la altura de 5 cm de la capa de material pétreo, adiciones o grava, y considerar una altura mayor o utilizar la establecida en la NADF-018-AMBT-2009, que es de 30 cm; lo anterior debido a que “5 cm de altura son insuficientes para el peso bruto vehicular con y sin carga, ya que por el tipo de actividad los factores de tipo de transporte, volúmenes de carga y movimientos, por lo que muy difícilmente la altura que se propone logrará el objetivo en la mitigación de partículas y polvos generados por los movimientos en el suelo natural”.

El GT considera que no es procedente la sugerencia debido a que el alcance de los numerales es reducir la dispersión de partículas en los suelos perturbados y no poner “piso” en esas áreas.

En la Figura 2, se sugiere cambiar la isometría o perspectiva del diagrama ilustrativo de la tolva primaria.

El GT considera que no es procedente la sugerencia debido a que el diagrama resalta el detalle de la tolva primaria, su caseta y cortinas hawaianas.

En el numeral 5.3.2, relativo a Barrido, en el segundo párrafo, especificar que en el barrido …., se deberán humedecer con agua recuperada o tratada regularmente las áreas de tránsito.

El GT aceptó la sugerencia y procedió con la modificación del proyecto de norma.

En el Anexo I, se sugiere marcar con el bullet correspondiente las celdas de la columna Planta Fija que concurren con las filas de Cubrir el transporte de agregados por banda transportadora y el de Cubrir y colocar cortinas hawaianas en las tolvas primaria y secundaria, ya que no coinciden las obligaciones con las Tablas 1 y 2.

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma.

En el numeral 4.7, relativo a la definición de Cemento portland se sugiere revisar la definición ya que “La definición del proyecto no es clara”

El GT considera que no es procedente la sugerencia debido a que la definición es de una norma técnica, sin embargo se definió solamente al cemento.

Victor Hugo Trejo Sotres En el numeral 6.1, referente a Evaluación de la Conformidad “Se solicita incluir el siguiente texto a este numeral con la finalidad de complementar la norma “Para las plantas fijas y dedicadas o móviles que cuenten con estaciones de autoconsumo de diesel con la finalidad reducir (sic.) las emisiones de humo ocasionadas por el traslado de los vehículos a las estaciones de suministros de combustible, la dependencia de impacto ambiental proporcionará la autorización para el cumplimiento ambiental (sic.)”

El GT considera que no es procedente la sugerencia debido a que no es el alcance del proyecto de norma.

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18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

1. Se modifica el Título para quedar como sigue:

“PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL PROY-NADF-021-AMBT-2011, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE EQUIPAMIENTO Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES Y DEPENDENCIAS GUBERNAMENTALES QUE LLEVEN A CABO ACTIVIDADES DE ELABORACIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO EN EL DISTRITO FEDERAL, PARA CONTROLAR LAS EMISIONES ATMOSFÉRICAS DE PARTÍCULAS SUSPENDIDAS TOTALES (PST), PARTÍCULAS PM10 y MENORES.”

2. Se modifica el numeral 4.25. para quedar como sigue:

“4.25. Partículas PM10: las que cuentan con un diámetro aerodinámico igual o menor a 10 micrómetros.” 3. Se crea el numeral 4.38., referente a la definición de Unidad revolvedora, y se modifica la numeración a partir de él para quedar como sigue:

“… 4.38. Unidad revolvedora: Camión equipado con un mezclador. 4.39. Zona de almacenamiento fija: es la destinada dentro del predio exclusivamente para el depósito o apilamiento de agregados pétreos. 4.40. Zona de almacenamiento temporal: es la que se utiliza de forma eventual para el depósito o apilamiento de agregados pétreos.”

4. Se modifica el numeral 5. para quedar como sigue:

“5. Especificaciones técnicas y requisitos mínimos de equipamiento en las plantas para la elaboración de concreto premezclado. Lineamientos”

5. Se modifica la Tabla 1 para quedar como sigue:

“Tabla 1.- Especificaciones técnicas y requisitos mínimos de equipamiento y medidas de mitigación por tipo de planta

  Equipamiento mínimo y/o medidas de mitigación 

Tipo de planta  Índice 

Fija  Dedicada y/o móvil 

Instalaciones 

 

Delimitar el predio de la planta      5.2.1 

Establecimiento de rutas para almacenar y transportar materiales y  

Control de tránsito de vehículos 

    5.3.1 

Pisos en planta      5.2.2 

Dispositivo de control de entrada y salida para limpieza de llantas 

    5.2.3 

Barrido      5.3.2 

Control de emisiones en suelos perturbados 

    5.3.3 

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19

 

Proceso 

 

Filtro de alta eficiencia en el silo de cemento 

    5.2.4 

Cubrir el transporte de los agregados pétreos por banda transportadora 

    5.2.5 

Cubrir y colocar cortinas hawaianas en las tolvas primaria y secundaria 

    5.2.6 

Colector de polvos en zona de dosificación o carga 

    5.2.7 

Caseta anticontaminante en tolva de alimentación de agregados pétreos 

    5.2.8 

Cubiertas en las tolvas primaria y secundaria 

    5.2.8 

Agregados 

Aspersión y/o riego para humedecer los agregados pétreos 

    5.2.9 

Almacenamiento de agregados pétreos 

  No aplica  5.2.10 

Fosas de lavado de unidad revolvedora y  

fosa de decantación 

  No aplica  5.2.11 

6. Se modifica el numeral 5.3.2. para quedar como sigue:

“5.3.2. Barrido Barrer regularmente el piso firme de las áreas de tránsito y patio de maniobras para evitar la acumulación de partículas, limpiar todos los derrames o depósitos de materiales en el suelo inmediatamente, utilizando siempre que sea posible barrido húmedo con agua recuperada o tratada. Para el caso de las plantas dedicadas y/o móviles, cuando no sea posible realizar el barrido dentro de la planta de concreto premezclado, se deberán humedecer con agua recuperada o tratada regularmente las áreas de tránsito.”

7. Se modifica el numeral 7. para quedar como sigue:

“7. Observancia La vigilancia del cumplimiento del presente proyecto de Norma Ambiental corresponde a la Secretaría del Medio Ambiente y demás autoridades competentes de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.”

8. Se modifica el numeral 8. Para quedar como sigue:

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20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

“8. Vigencia El presente Proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal entrará en vigor 60 días naturales a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en particular el cumplimiento de las especificaciones será conforme a los tiempos establecidos en la siguiente tabla:

Equipamiento mínimo y/o medidas de mitigación

Tiempo de entrada en vigor de cada acción conforme al tipo de planta

Fija Dedicada y/o móvil

Instalaciones

Delimitar el predio de la planta 18 meses 3 mes

Establecimiento de rutas para almacenar y transportar material y/o material a granel y Control de tránsito de vehículos

3 mes 3 mes

Pisos en planta 18 meses 3 meses

Dispositivo de control de entrada y salida para limpieza de llantas 1 mes 1 mes

Barrido Inmediato Inmediato

Control de emisiones en suelos perturbados 1 mes Inmediato

Proceso

Filtro de alta eficiencia en el silo de cemento 4 meses 1 meses

Cubrir el transporte de los agregados pétreos por banda transportadora 1 mes 1 mes

Cubrir y colocar cortinas hawaianas en las tolvas primaria y secundaria 4 meses 1 mes

Colector de polvos en zona de dosificación o carga 4 meses 1 mes

Caseta anticontaminante en tolva de alimentación de agregados pétreos 4 meses 1 mes

Cubiertas en las tolvas primaria y secundaria 4 meses 1 mes

Agregados

Aspersión y/o riego para humedecer los agregados pétreos 1 mes 1 mes

Almacenamiento de agregados pétreos 4 meses 1 mes

Fosas de lavado de unidad revolvedora y fosa de decantación 4 meses No aplica

9. Se modifica el Anexo I para quedar como sigue: “

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21

 

Anexo I

FORMATO DE CUMPLIMIENTO DEL PROYECTO DE NORMA NADF-021-AMBT-2011

EMPRESA:

FECHA: PLANTA:

UBICACIÓN:

CONCRETOS PLANTA

FIJA

PLANTA DEDICADA/MOV

IL

INDICE PROYECTO DE NORMA

DESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN

ANEXO

(p.ej. FOTOS)EMPRESA

Instalaciones

Delimitar el predio de la planta 5.2.1

Establecimiento de rutas para almacenar y transportar materiales y 5.3.1

Control de tránsito de vehículos

Pisos en planta 5.2.2

Dispositivo de control de entrada y salida para limpieza de llantas

5.2.3

Barrido 5.3.2

Control de emisiones en suelos perturbados 5.3.3

Proceso

Filtro de alta eficiencia en el silo de cemento 5.2.4

Cubrir el transporte por banda transportadora 5.2.5

Cubrir y colocar cortinas hawaianas en las tolvas primaria y secundaria

5.2.6

Colector de polvos en zona de dosificación o carga

5.2.7

Caseta anticontaminante en tolva de alimentación de agregados pétreos

5.2.8

Cubiertas en las tolvas primaria y secundaria 5.2.8

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22 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

 

Agregados

Aspersión y/o riego para humedecer los agregados pétreos

5.2.9

Almacenamiento de agregados pétreos No

aplica 5.2.10

Fosas de lavado de unidad revolvedora y

fosa de decantación

No aplica

5.2.11

” Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 13 días del mes de noviembre del año dos mil doce.

A t e n t a m e n t e

LIC. MARTHA TERESA DELGADO PERALTA

(Firma) __________________________________________________________________________

SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL     

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS RESPUESTAS A COMENTARIOS, ASÍ COMO LAS MODIFICACIONES AL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, PROY-NADF-022-AGUA-2011, QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR PROGRAMAS DE AHORRO DE AGUA A LOS GRANDES CONSUMIDORES EN EL DISTRITO FEDERAL. Lic. Martha Teresa Delgado Peralta, Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal y Presidenta del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 15 fracción IV, 16 fracciones I, II y IV, 17 y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º fracciones II y V, 2º fracciones II y IX, 3º fracción IV, 6º fracción II, 9º fracciones IV, VII, XXVII y XLII, 21, 22 fracción I, 36 fracciones I y III, 40 fracciones III, IV y V, 152, 153 y 154 fracción I de la Ley Ambiental del Distrito Federal; 7º fracción IV numeral 2, y 55 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Acuerdo por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental para el Distrito Federal de fecha 23 de abril de 2002, y Acuerdos por los que se reforma el diverso por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal de fechas 19 de agosto de 2005 y 4 de julio de 2007, he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS RESPUESTAS A COMENTARIOS, ASÍ COMO LAS MODIFICACIONES AL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, PROY-NADF-022-AGUA-2011, QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR PROGRAMAS DE AHORRO DE AGUA A LOS GRANDES CONSUMIDORES EN EL DISTRITO FEDERAL. El referido Proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, PROY-NADF-022-AGUA-2011, fue aprobado por el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, en su Tercera Sesión Extraordinaria, efectuada el 8 de noviembre de 2012.

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 23

 

Comentario Respuesta del Grupo de Trabajo (GT)

Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos de la

Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del D.F.

Con relación al glosario establecido en la hoja 2, se sugiere eliminar el término fuentes y fuentes fijas consideradas gran consumidor; esto en virtud de homologar toda la norma y no generar confusión entre los sujetos obligados a cumplir con esta norma ambiental.

El GT considera que no es procedente la sugerencia en virtud de que los términos son utilizados en la Ley Ambiental y de utilidad para la aplicación del presente Proyecto de Norma Ambiental.

En el punto 6.3.1 fracción c) refiere las regaderas de grado ecológico conforme a lo establecido en la NOM-008-CONAGUA-1998, pero en esta norma no se hace mención a este término, sino sólo a regaderas de bajo consumo; por tal motivo se sugiere establecer sólo regadera o agregar de bajo consumo.

El GT aceptó la sugerencia y procedió a la modificación del proyecto de norma.

Se sugiere eliminar del 7.1 el término fuentes fijas para quedar como sigue:

“7.1 Los grandes consumidores obligados a presentar LAUDF, deben tramitar ante la Secretaría, a través de la Dirección General de Regulación Ambiental, en el primer cuatrimestre del año, el Programa de Ahorro de Agua Potable del establecimiento conforme al Anexo de este Proyecto de Norma.”

El GT considera que no es procedente la sugerencia en virtud de que los términos son utilizados en la Ley Ambiental y de utilidad para la aplicación del presente Proyecto de Norma Ambiental.

En el punto 7.2 se sugiere integrar la palabra Anexo, para quedar de la siguiente manera:

7.2. Los grandes consumidores de agua no sujetos a contar con LAUDF, deben presentar su Programa de Ahorro de Agua Potable, en el plazo no mayor a 90 días naturales después de la entrada en vigor del presente Proyecto de Norma conforme al Anexo de esta Norma.

El GT aceptó el comentario y procedió a la modificación del proyecto de norma.

En el punto 7.6 se sugiere eliminar el término fuente fija y modificar el párrafo para quedar como sigue:

Los grandes consumidores sujetos a la LAUDF deberán informar a través de su actualización, los avances del programa y, en su caso, de la(s) estrategia(s) de difusión implementadas.

El GT considera que no es procedente la sugerencia en virtud de que los términos son utilizados en la Ley Ambiental y de utilidad para la aplicación del presente Proyecto de Norma Ambiental.

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24 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

 

En el punto 7.8 se sugiere una pequeña adecuación en cuanto a la forma para quedar como sigue:

7.8. Los grandes consumidores de agua deberán actualizar la información de su Programa de Ahorro de Agua Potable de manera anual con el fin de dar seguimiento a los ahorros alcanzados, y en la medida de lo posible los objetivos del Programa.

El GT aceptó el comentario y procedió a la modificación del proyecto de norma.

Se sugiere integrar el punto 7.9 como sigue:

“7.9. En caso de modificación al programa sobre fechas, periodos u obligaciones a la que el gran consumidor se sometió, se deberá dar aviso a la Dirección de Regulación Ambiental de la Secretaría, por medio de escrito libre debidamente justificado, indicando las razones por las cuáles se realizan cambios al Programa.”

El GT considera que no es procedente la sugerencia en virtud de que este punto se atiende durante el procedimiento de revisión de Programas de Ahorro de Agua.

“Se propone integrar en la norma y no como está actualmente está establecido en el Anexo, los puntos VI.4, VI.5 y VI.6 referentes al desarrollo del Programa de Ahorro de Agua, el seguimiento del programa y el análisis de costos y beneficios del programa, integrados como puntos 8, 9 y 10, respectivamente.”

El GT considera las observaciones y procede a hacer los cambios siguientes: 1. Se elimina el numeral VI.4 del Anexo por que ya se considera en el cuerpo del Proyecto de Norma (numeral 7.4) 2. El numeral VI.5 del Anexo se convierte en el numeral VI.4. 3. El numeral VI.6 se elimina por considerar que está implícito en el llenado del formato.

“En el número VI. Contenido mínimo del programa de Ahorro de Agua Potable establecido en el Anexo del documento, se debe eliminar la última parte, al remitir el numeral 7.9 siendo que este número ya no está en el proyecto, se refiere más bien al punto número 7.8.”

El GT verificó que en el Aviso por el que se dio a conocer el Proyecto de Norma publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal ya estaba hecha la corrección señalada.

“En el apartado de Glosario en el Anexo del Proyecto de Norma se sugiere ordenar las palabras definidas en orden alfabético.”

El GT verificó que en el Aviso por el que se dio a conocer el Proyecto de Norma publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal ya estaba hecha la corrección señalada.

Dirección de Regulación Ambiental

Sugiere la modificación del numeral 9. Referente a Vigencia. El artículo 46 del Reglamento de la Ley de Metrología y Normalización, en su fracción IV, señala textualmente lo siguiente: “IV. Señalar le fecha de entrada en vigor de la norma, misma que podrá ser parcial o total, la cual no podrá ser inferior a 60 días naturales”. La Dirección propone que aunque este instrumento reglamenta a los proyectos de normas mexicanas, utilizarlo para ser congruentes con la normatividad nacional. Por tal motivo el numeral 10, quedaría de la siguiente manera: 9. VIGENCIA El presente Proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, entrará en vigor 60 días naturales a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del

El GT aceptó el comentario y procedió a la modificación del proyecto de norma.

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25

 

Distrito Federal. En un término no mayor a diez meses a partir de la entrada en vigor del presente Proyecto de Norma Ambiental.

Se sugiere, en la tabla del punto V.1. del Anexo, referente a Acciones Obligatorias, omitir los incisos f), g), h), i) y j), ya que estos incisos no corresponden con las acciones que se enlistan en el punto 6.3., o en su caso se sugiere modificar el numeral 6.3 e incluir estos incisos.

El GT considera que no es procedente la sugerencia ya que el Anexo sirve de apoyo para los grandes consumidores y no afecta su sentido la presencia de los mencionados incisos.

En el Anexo, se sugiere quitar del Glosario los conceptos Campaña de Difusión y Campañas de Concientización, ya que no se hace referencia a estas a lo largo del Proyecto de Norma, ni en el propio Anexo.

El GT aceptó el comentario y procedió a la modificación del proyecto de norma.

Se sugiere unificar los conceptos Sistema de reuso y Sistemas de reutilización de agua residual, utilizados en el Anexo y cuerpo del proyecto de norma respectivamente.

El GT aceptó el comentario y procedió a la modificación del Anexo del proyecto de norma, eliminando el concepto de Sistema de reuso del glosario.

MODIFICACIONES AL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, PROY-NADF-022-AGUA-2011, QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR PROGRAMAS DE AHORRO DE AGUA A LOS GRANDES CONSUMIDORES EN EL DISTRITO FEDERAL. 1. Se modifica el numeral 6.3.1. fracción c) para quedar como sigue:

“6.3.1. Sustitución de equipos de mayor consumo por equipos de menor consumo, tales como: … c) Regaderas de bajo consumo como lo establece la NOM-008-CONAGUA-1998, regaderas de 3.8 litros por

minuto, o menor; …”

2. Se modifica el numeral 7.2. para quedar como sigue:

“7.2. Los grandes consumidores de agua no sujetos a contar con LAUDF, deben presentar su Programa de Ahorro de Agua Potable, en un plazo no mayor a 90 días naturales después de la entrada en vigor del presente Proyecto de Norma conforme al Anexo.”

3. Se modifica el numeral 7.8. para quedar como sigue:

“7.8. Los grandes consumidores de agua deberán actualizar la información de su Programa de Ahorro de Agua Potable de manera anual con el fin de dar seguimiento a los ahorros alcanzados, y en la medida de lo posible ampliar los objetivos del Programa.”

4. Se modifica el numeral 9. para quedar como sigue:

“9. Vigencia El presente Proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, entrará en vigor 60 días después de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.”

5. Se modifica el Anexo para quedar como sigue:

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26 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

“ANEXO … VI.4 Las medidas establecidas y los resultados obtenidos en el Programa serán analizadas por el gran consumidor. Glosario

Aspersores para riego: Mecanismo destinado a esparcir un líquido a presión. Bebederos: Dispositivos compuestos por una vasija de porcelana o de cualquier otro material, y de un flujo de agua modulado mediante un grifo, diseñado para beber de él. Cambios de procesos: Es reemplazar la forma en que se usa el agua con otra que hace la misma función, pero de manera distinta. El cambio de proceso se puede referir también a eliminar por completo cierta práctica de uso del agua. Cambios en los hábitos de consumo: Es la modificación de la conducta típica de los miembros de una comunidad. Dispositivos ahorradores de agua: Son todos aquellos mecanismos para la reducción del consumo de agua. Fuentes alternas de abastecimiento de agua: Aquellas provenientes de distintas fuentes naturales y de almacenamientos artificiales. Grifo: Llave hidráulica de uso doméstico que permite el control del paso del agua. Inodoro: Elemento sanitario compuesto por una taza para fluxómetro o conjunto de taza y tanque de cualquier material, que sirve para el desahogue de residuos sólidos y líquidos. Medición de resultados: Sistema de información, que muestra de manera física el resultado de los esfuerzos para ahorrar agua encaminado a reconocer inmediatamente la cantidad de agua que han estado usando y si el consumo está dentro de un rango razonable. Mejora o adaptación de sistemas: Conjunto de obras encaminadas al mejoramiento de sistemas preexistentes en instalaciones hidráulicas. Mingitorio sin agua: Son muebles de baño de función específica que no requieren del arrastre del agua para desalojar la orina hacia los sistemas de drenaje o depósitos especiales para aprovechar la orina, cuentan con una barrera impermeable o mecánica que bloquea los olores. NIP: Número de identificación del proceso Reemplazo de equipos: Sustitución de los dispositivos actuales por dispositivos de bajo consumo de agua. Regadera: Dispositivo hidráulico que una vez instalado a un suministro de agua forma un haz de lluvia que se emplea para el aseo corporal.”

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 13 días del mes de noviembre del año dos mil doce.

A t e n t a m e n t e LIC. MARTHA TERESA DELGADO PERALTA

(Firma)

_____________________________________________________________ SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

     

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SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA ACUERDO 31/2012 POR EL QUE SE ESTABLECE EL FORMATO PARA QUE EL PERSONAL DE LA POLICÍA DEL DISTRITO FEDERAL DESIGNE DOMICILIO Y PERSONAS PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA PRESTACION DEL SERVICIO EN LA INSTITUCION. MANUEL MONDRAGÓN Y KALB, Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 44, 122 base segunda, fracción II y base tercera, y 123 apartado B, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5o, 15 fracción X, 16 fracción IV y17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 4° y 8° fracción III de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 1, 3, 7, 27 fracción I y II, 34 fracciones VII, IX, y XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y 5 fracciones I y II, 9 y 17 fracción XVII de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Seguridad Pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad física de las personas y sus bienes, la cual se lleva a cabo por instituciones policiales, como lo es la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, cuya actuación se rige por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, atento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 21 Constitucional y 1o y 2o de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal. Que los elementos de la Policía del Distrito Federal rigen su actuación por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, atento a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 21 y 123, apartado B, fracción XII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o, 2o, 16 y 17 fracción XVII de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal. Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que la Secretaría de Seguridad Pública tiene la atribución de realizar, en el ámbito territorial y material del Distrito Federal, las acciones dirigidas a salvaguardar la integridad y patrimonio de las personas, entre las que se encuentra el apoyo a la población en situaciones de emergencia y desastres naturales, así mismo define a la Policía como la institución armada, disciplinada y jerarquizada de naturaleza civil, garante de los derechos y de la integridad física y patrimonial de los habitantes del Distrito Federal. Que es facultad del Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal, entre otros expedir los acuerdos, circulares, lineamientos y bases conducentes al buen desempeño de las Funciones de la Secretaría. Que para la formalización de diversos actos administrativos relacionados con el servicio y la Carrera Policial, se hace necesario que el personal designe en forma expresa, libre y sin coacción de ninguna especie, un domicilio y personas en su nombre para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos relacionado con el mismo, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO 31/2012 POR EL QUE SE ESTABLECE EL FORMATO PARA QUE EL PERSONAL DE LA POLICÍA DEL DISTRITO FEDERAL DESIGNE DOMICILIO Y PERSONAS PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA PRESTACION DEL SERVICIO EN LA INSTITUCION. PRIMERO.- Todo el personal de la Policía del Distrito Federal sea operativo o que realice funciones administrativas deberá designar domicilio en la zona conurbada de la Ciudad de México y persona para que en su nombre pueda oír y recibir notificaciones y documentos relacionados con el Servicio y la Carrera Policial. Para este efecto, el personal policial deberá llenar y suscribir el formato “Designación de Personas y de Domicilio para Oír y Recibir Notificaciones y Documentos”, que como Anexo Único, forma parte del presente Acuerdo. Este documento por contener información personal se considera de carácter confidencial y por lo mismo reservado en términos de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal y demás legislación y normatividad que le resulte aplicable. SEGUNDO.-Cuando por alguna circunstancia se requiera actualizar el domicilio señalado para oír y recibir notificaciones y documentos,el personal policial deberá realizar el cambio de este suscribiendo y entregando para el efecto,la nueva designación a

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28 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

través del formato autorizado; asimismo, el personal policial podrá realizar cambio en la designación de personas autorizadas para oír y recibir notificaciones y documentos a través de dicho formato, del cual invariablemente se le entregará copia con acuse de recibo indicando el lugar, la fecha y hora de su recepción. En caso de que el personal policial omita actualizar la designación de domicilio en la zona conurbada de la Ciudad de México y personas autorizadas para que en su nombre puedan oír y recibir notificaciones y documentos en términos del presente Acuerdo, para efectos de asuntos relacionados con el Servicio y la Carrera Policial, se tendrá como subsistente el domicilio señalado en el formato de “Designación de Personas y de Domicilio para Oír y Recibir Notificaciones y Documentos”que obre en el expediente bajo resguardo de la Dirección General de Administración de Personal en la Secretaría y sus áreas homólogas en la Policía Complementaria. TERCERO.- Las notificaciones y entrega de documentos al personal policial por parte de la Secretaría y la Policía Complementaria del Distrito Federal deberán realizarse preferentemente de manera personal, en caso de que no sea posible, se efectuarán en el domicilio señalado para ese efecto, o por conducto de la(s) personas designadas en el formato a que se refiere el numeral primero de este Acuerdo. Sin perjuicio de lo anterior, la Secretaría y la Policía Complementaria, quedan reservadas para realizar notificaciones y entrega de documentos al personal policial en el último domicilio particular que obre en su expediente ante la Dirección General de Recursos Humanos o área homóloga en la Policía Complementaria, según corresponda. CUARTO.- La Dirección General de Administración de Personal en la Secretaría y sus áreas homólogas en la Policía Complementaria son responsables de recabar y mantener en el expediente de cada elemento policial el formato de Designación de Personas y Domicilio para Oír y Recibir Notificaciones y Documentos, y en su caso, su actualización cuando así lo solicite el elemento policial. QUINTO.- La designación de personas y domicilio para oír y recibir notificaciones por parte de los elementos policiales a través del formato señalado en el numeral primero de este Acuerdo, es independiente de cualquier otra obligación que conforme a la legislación y normatividad les corresponda cumplir en relación a la declaración y comprobación de su domicilio particular (en la zona conurbada de la Ciudad de México) y de la actualización del mismo deben realizar cuando exista cambio. SEXTO.- En lo no previsto en este Acuerdo, será conocido y resuelto por el Oficial Mayor en la Secretaría, y por los Directores Generales de Policía Auxiliar y Policía Bancaria Industrial, respectivamente, en el ámbito de su competencia.

TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su suscripción para efectos administrativos. SEGUNDO.- Publíquese en la Página de Internet de la Secretaría de Seguridad Pública y en Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO.- Se instruye al Oficial Mayor y a los Directores Generales de la Policía Auxiliar y de la Policía Bancaria e Industrial para que en el ámbito de sus competencias provean lo necesario para la exacta observancia y cumplimiento de este Acuerdo, y para que el formato suscrito por cada elemento policial en activo, obre en su expediente de Recursos Humanos según corresponda, a más tardar el 30 de noviembre del 2012, sin perjuicio de los mecanismos que se deban instrumentar para su suscripción por parte del personal de nuevo ingreso y para su actualización a petición de parte. Dado en el despacho de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil doce.

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA (Firma)

SUPERINTENDENTE GENERAL DR. MANUEL MONDRAGON Y KALB

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ANEXO ÚNICO DEL ACUERDO 31/2012 POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS PARA QUE EL PERSONAL OPERATIVO DE LA POLICÍA DEL DISTRITO FEDERAL MANTENGA ACTUALIZADO SU DOMICILIO.

 

DR. MANUEL MONDRAGÓN Y KALB SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA1 P r e s e n t e.

Ref. Declaración de Designación de Personas y domicilio para Oír y Recibir Notificaciones Documentos

_____________________________________________2 con número de empleado ________ en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal3, quien se identifica con credencial expedida por el Instituto Federal Electoral, con el número de folio ___________, por medio del presente, ante usted, con el debido respeto le informo:

En cumplimiento a lo dispuesto en el ACUERDO 31/2012 POR EL QUE SE ESTABLECE EL FORMATO PARA QUE EL PERSONAL DE LA POLICÍA DEL DISTRITO FEDERAL DESIGNE DOMICILIO Y PERSONAS PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA PRESTACION DEL SERVICIO EN LA INSTITUCION, por este conducto señalo como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos relacionados con el servicio policial que brindo en la Institución, el ubicado en: ____________________________Entre las calles de _________ y la calle de _______________________4 Asimismo, autorizo para oír y recibir en mi nombre y representación todo tipo de notificaciones o documentos, incluso de carácter personal relacionados con el servicio que presto en la Institución, en forma conjunta o separadamente a:

1. ________________________________________ parentesco _______________y/o 2. ________________________________________ parentesco _______________y/o

3. ________________________________________ parentesco _____________5__.

La presente designación permanecerá subsistente por todo el tiempo que sea necesario y hasta en tanto no le sea notificado cambio o modificación en forma expresa y por escrito. Sin perjuicio de lo anterior, autorizo a la Institución para que me notifique y/o entregue documentos relacionados con mi servicio policial en el último domicilio particular que tenga reportado en mi expediente personal ante la Dirección de Recursos Humanos. En la Ciudad de México, Distrito Federal a los ____________ del mes de __________________, de 2012, firmando al calce para constancias.

Atentamente.

Nombre y firma

Testigo Testigo

Nombre y Firma Nombre y Firma  

                                                           1 Se actualiza con el nombre y cargo del Director General de Policía Auxiliar del Distrito Federal, o del Director General de Policía Bancaria Industrial. 2 Grado Jerárquico en la corporación, Nombre(s) y Apellido(s) completos 

3 Se actualiza con el nombre de Policía Auxiliar del Distrito Federal o Policía Bancaria Industrial. 4  Debe  indicar:  si  es  casa  o  departamento,  número  interior  y  número  exterior,  nombre  de  la  calle,  colonia  o fraccionamiento, código postal, Delegación o Municipio (zona conurbada). Además señalar entre qué calle y que calle. 5 Debe ser persona(s) mayores de edad, en pleno uso de sus facultades, puede ser una mínimo, máximo tres. En su caso, se tacharan los espacios en blanco. 

Secretaría de Seguridad Pública

Información Confidencial

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30 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

ACUERDO 32/2012 POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO 02/2010 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS FORMATOS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS CREDENCIALES PARA LA PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO DEL PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, Y DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y ELEMENTOS DE LA POLICÍA COMPLEMENTARIA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO LOS LINEAMIENTOS PARA EL USO DE LAS MISMAS. DR. MANUEL MONDRAGÓN Y KALB, Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal con fundamento en los artículos 21, sexto párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12, fracciones I, IV, VII y VIII, 87 y 115, fracciones II y III del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 29, Apartado B, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; 2, 7, 15 párrafos primero, fracción X, y segundo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 3°, 4°, 6°, 8° fracciones II, III y XVIII, 24, fracciones I y II, 26, 46 y 59 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 1°, 2°, 5°, 7°, 8°, 9°, 16 y 17 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal; y 8°, fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; y

Considerando

Que la Seguridad Pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad física de las personas y sus bienes, la cual se encuentra entre otros, a cargo de la Policía Preventiva de la Secretaría de Seguridad Pública y la Policía Complementaria cuyas actuaciones se rigen por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, atento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 21 Constitucional y 1° y 2° de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal. Que la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, establece la obligación a cargo de los elementos que conforman las Instituciones de Seguridad Pública, conforme a los contenidos mínimos que permitan su identificación, así como, las medidas de seguridad que garanticen su autenticidad. Que el personal operativo con motivo de sus funciones que realiza requiere se le asignen armas de fuego, para lo cual con base en lo dispuesto por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, la Secretaría de Seguridad Pública ha tramitado y obtenido de la Secretaría de la Defensa Nacional la Licencia Oficial Colectiva misma que se renueva conforme a lo dispuesto por dicha Ley y su Reglamento. Que entre los requisitos que se establecen para el otorgamiento de la Licencia Oficial Colectiva está la obligación a cargo del Titular de expedir al personal operativo que ha quedado inscrito en el registro de la Licencia, la credencial que lo acredite para portar arma de fuego, que debe ser actualizada semestralmente. Que mediante Acuerdo publicado en Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de marzo de 2010, se establecieron los formatos y características de las credenciales para portación de armas de fuego del personal de la Secretaría de Seguridad Pública, y de los servidores públicos y elementos de la policía complementaria del Distrito Federal, así como los lineamientos para su uso. Que mediante Acuerdo 20/2011 publicado en Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de octubre de 2012 se modificó el diverso 02/2010 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS FORMATOS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS CREDENCIALES PARA LA PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO DEL PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, Y DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y ELEMENTOS DE LA POLICÍA COMPLEMENTARIA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO LOS LINEAMIENTOS PARA EL USO DE LAS MISMAS. Que en cumplimiento a lo señalado en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos se obtuvo la renovación de la Licencia Oficial Colectiva 6, he tenido a bien expedir el siguiente:

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31

 

ACUERDO 32/2012 POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO 02/2010 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS FORMATOS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS CREDENCIALES PARA LA PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO DEL PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, Y DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y ELEMENTOS DE LA POLICÍA COMPLEMENTARIA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO LOS LINEAMIENTOS PARA EL USO DE LAS MISMAS. PRIMERO.-Se modifican los apartados a, g y h, de la fracción II, de los numerales CUARTO, QUINTO, y SEXTO, del ACUERDO 02/2010 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS FORMATOS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS CREDENCIALES PARA LA PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO DEL PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, Y DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y ELEMENTOS DE LAS POLICÍA COMPLEMENTARIA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO LOS LINEAMIENTOS PARA EL USO DE LAS MISMAS, para quedar como sigue:

CUARTO… I… II… a. Vigencia al 27 de abril de 2013; b. a i… QUINTO… I… II.- En el reverso. a. Vigencia al 27 de abril de 2013; b. a i… SEXTO… I… II… a.Vigencia al 27 de abril de 2013; b. a i…

SEGUNDO.- Se modifica el apartado cuarto del Anexo único del ACUERDO 02/2010 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS FORMATOS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS CREDENCIALES PARA LA PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO DEL PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, Y DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y ELEMENTOS DE LA POLICÍA COMPLEMENTARIA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO LOS LINEAMIENTOS PARA EL USO DE LAS MISMAS, para quedar como sigue:

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32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

Cuarto… a) … b) Reverso

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 33

 

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su suscripción para efectos administrativos, y el día de su publicación para efectos a terceros. SEGUNDO.-Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Ciudad de México, a los 5 días del mes de noviembre del 2012.

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma)

DR. MANUEL MONDRAGON Y KALB

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34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

CONTRALORÍA GENERAL

RICARDO GARCÍA SÁINZ LAVISTA, CONTRALOR GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los artículos 87 y 115del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 7°, 15, fracción XV, 16, fracción IV, 17 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 y 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7, fracción XIV y 28 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y 55, último párrafo del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Contraloría General del Distrito Federal, en su actuación gubernativa como dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, se auxilia para el ejercicio de sus atribuciones por diversas Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que le están adscritas. Que la actuación de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares se encuentra regulada en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, ordenamiento que establece para las actuaciones y diligencias de orden administrativo la obligación de ser ejecutadas en días y horas hábiles, y que se consideran inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados o entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. Que las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal, conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, pueden determinar la suspensión de labores señalando los días que deberán ser considerados como inhábiles para efectos de los actos, trámites, servicios, notificaciones y procedimientos al público en general, en consecuencia no correrán los términos para las actuaciones gubernamentales. Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública dela Administración Pública del Distrito Federal, dispone que se consideran días inhábiles los previstos por la Ley o por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el ejercicio de sus atribuciones y los que publique el titular del Ente Obligado de la Administración Pública, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Que la Contraloría General del Distrito Federal, cambiará de domicilio para un mejor funcionamiento y atención al público en general en el ámbito de su competencia, y resulta indispensable la suspensión de términos en el periodo que se señala para realizar el traslado de recursos tanto humanos como materiales, así como para la debida atención de los asuntos que se presenten en dicho periodo, con el propósito de no afectar la esfera jurídica de particulares;conforme lo anterior, se emite el siguiente: AVISO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL EL CAMBIO DE DOMICILIO Y LOS DÍAS DE SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE TRAMITAN EN LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL, QUE SE INDICAN. PRIMERO. El presente tiene como objetivo dar a conocer el nuevo domicilio de la Contraloría General del Distrito Federal, sus unidades administrativas y unidades administrativas de apoyo técnico operativo, así como la suspensión de los plazos y términos de todosaquellos asuntos y procedimientos realizados ante éstas, así como ante la Oficina de Información Pública de esta dependencia. SEGUNDO.- A partir del 27 de noviembre de 2012, la Contraloría General del Distrito Federal, sus unidades administrativas y unidades administrativas de apoyo técnico operativo que a continuación se señalan, así como su Oficina de Información Pública, cambian su domicilio por el ubicado en Avenida Tlaxcoaque, número 8, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090, Distrito Federal.

1. Oficina de la Contraloría General del Distrito Federal. a. Secretario Particular b. Asesor

2. Dirección General de Legalidad a. Dirección de Recursos de Inconformidad

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35

 

b. Dirección de Mejora Regulatoria c. Dirección de Recursos de Reclamación de Daño Patrimonial d. Dirección Ejecutiva de Normatividad y Consulta e. Coordinación de Consulta Normativa f. Coordinación de Estudios Normativos

3. Dirección General de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades a. Dirección de Responsabilidades y Sanciones b. Dirección de Quejas y Denuncias c. Dirección de Situación Patrimonial d. Dirección de Juicios Contenciosos e. Dirección de Supervisión de Procesos

4. Dirección General de Contralorías Internas en Dependencias y Órganos Desconcentrados a. Dirección de Auditorías Especiales en Dependencias y Órganos Desconcentrados b. Dirección de Contralorías Internas en Dependencias y Órganos Desconcentrados “A” c. Dirección de Contralorías Internas en Dependencias y Órganos Desconcentrados “B” d. Dirección de Contralorías Internas en Dependencias y Órganos Desconcentrados “C”

5. Dirección General de Contralorías Internas en Delegaciones a. Dirección de Seguimiento de Obras b. Dirección de Contralorías Internas en Delegaciones “A” c. Dirección de Contralorías Internas en Delegaciones “B”

6. Dirección General de Contralorías Internas en Entidades a. Dirección de Contralorías Internas en Entidades “A” b. Dirección de Contralorías Internas en Entidades “B” c. Dirección de Auditoría a Entidades d. Dirección Ejecutiva de Comisarios y Control de Auditores Externos e. Coordinación de Comisarios f. Coordinación de Auditores Externos

7. Dirección General de Gobernabilidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones a. Dirección Ejecutiva de Servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones b. Coordinación de Gestión del Servicio c. Dirección Ejecutiva de Gobierno Electrónico y Política de Tecnologías de la Información y

Comunicaciones d. Dirección de Dictaminación e. Coordinación de Auditoría de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

8. Dirección General de Contralorías Ciudadanas 9. Coordinación General de Modernización Administrativa

a. Dirección de Sistemas de Comunicación para la Atención Ciudadana b. Dirección Ejecutiva de Diseño y Dictaminación de Estructuras Orgánicas c. Dirección Ejecutiva de Propuesta Normativa d. Dirección Ejecutiva de Innovación, Evaluación del Desempeño Gubernamental y Uso Estratégico de la

Información e. Dirección de Evaluación y Estadística f. Dirección de Innovación y Modernización g. Dirección Ejecutiva de Procesos, Servicios y Atención Ciudadana h. Dirección de Trámites y Servicios

10. Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional a. Dirección de Análisis b. Dirección de Psicología

11. Dirección General de Administración en la Contraloría General a. Coordinación de Recursos Financieros b. Coordinación de Recursos Humanos c. Coordinación de Recursos Materiales y Servicios Generales d. Coordinación de Informática

Las demás que en lo sucesivo se creen y se adscriban a la Contraloría General.

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36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

TERCERO.- Se suspenden los plazos y términos en todos los asuntos y procedimientos competencia de la Contraloría General del Distrito Federal, sus unidades administrativas y unidades administrativas de apoyo técnico operativo, así como su Oficina de Información Pública, los días 16, 19, 20, 21, 22, 23 y 26 de noviembre de 2012. También se suspende la consulta y acceso al público a los Estrados de la Contraloría General. CUARTO.- A partir del 27 de noviembre de 2012, las oficialías de partes de la Contraloría General, continúan su operación ordinaria en el domicilio ubicado en Avenida Tlaxcoaque, número 8, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090, Distrito Federal, conforme a lo siguiente:

a) La Unidad Central de Correspondencia de la Contraloría General (Oficialía de Partes común), de 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, para la recepción de solicitudes, escritos, informes, dictámenes, documentación, objetos, promociones, apoyo técnicoy cualquier otros similares o necesarios para el ejercicio de atribuciones de la Contraloría General y sus unidades administrativas.

b) La Oficialía de Partes de procedimientos administrativos ante la Dirección General de Legalidad de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes, para la recepción de solicitudes, escritos, informes, dictámenes, documentación, objetos, promociones, apoyo técnico, y cualquier otros similares o necesarios para la substanciación de procedimientos administrativos de su competencia.

c) La Oficialía de Partes de la Dirección de Juicios Contenciosos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes, para la recepción de emplazamientos de demandas, notificaciones personales y citaciones a juicios derivados de juicios en que sean parte o deban intervenir la Contraloría General y sus unidades administrativas y que se encuentren radicados ante cualquier tribunal, local o federal;

d) La Oficina de Información Pública de la Contraloría General, de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes, para la atención al público.

QUINTO.-Los días 16, 19, 20, 21, 22, 23 y 26 de noviembre de 2012, La Oficialía de Partes de la Dirección de Juicios Contenciosos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades, de manera extraordinariacontinuará con la recepción de emplazamientos de demanda, notificaciones personales y citaciones, derivados de juicios en que las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo de la Contraloría General, sean partes o deban intervenir y que se encuentren radicados en cualquier tribunal local o federal, en el domicilio de Avenida Juárez, número 92, Planta Baja, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C. P. 06040, México, Distrito Federal en un horario de lunes a viernes de 09:00 a las 15:00 horas. SEXTO.-En el domicilio ubicado en Avenida Tlaxcoaque, número 8, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090, Distrito Federal, a partir del 27 de noviembre de 2012, se fijan los siguientes Estrados:

a) Estrados para uso de la Dirección General de Legalidad; b) Estrados de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades y de su Dirección de

Responsabilidades y Sanciones; Dirección de Situación Patrimonial; Dirección de Quejas y Denuncias, Dirección de Supervisión de Procesos y Dirección de Juicios Contenciosos;

c) Estrados de la Oficina de Información Pública de la Contraloría General.

El horario y días de consulta y acceso al público será en días hábiles de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.

TRANSITORIOS Primero.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo.-A partir de que surta efectos el presente Aviso, se deroga el:

a) Aviso por el que se señalan los domicilios, días y horarios para la recepción de documentos y consulta de expedientes en la Dirección General de Legalidad, inherentes a los procedimientos administrativos de declaratoria de impedimento, recursos de inconformidad y recursos de reclamación de responsabilidad patrimonial, en términos de la Ley de Adquisiciones, Ley de Obras Públicas y Ley de Responsabilidad Patrimonial, todas del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de abril de 2010; y

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 37

 

b) Aviso por el que se fijan estrados para uso de la Dirección General de Legalidad de la Contraloría General del Distrito Federal, ubicado en Avenida Juárez, Número 92, Planta Baja, Colonia Centro, en esta Ciudad, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de marzo de 2010.

c) Acuerdo por el que se da a conocer la ubicación de la Oficina de Información Pública de la Contraloría General del Distrito Federal y de los órganos de control interno, así como el nombre del encargado de la misma, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de abril de 2004.

d) Las demás disposiciones jurídicas y administrativas que se opongan al presente. Tercero.-Para su mayor difusión, este Aviso deberá colocarse en cada Oficialía de Partes en la que actualmente se reciba documentación competencia de la Contraloría General del Distrito Federal, en cada una de sus unidades administrativas y unidades administrativas de apoyo técnico operativo. Dado en la Ciudad de México, a los 13 días del mes de noviembre de dos mil doce.

LIC. RICARDO GARCÍA SÁINZ LAVISTA

(Firma)

CONTRALOR GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL

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38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO LIC. VÍCTOR HUGO ROMO GUERRA, en mi carácter de Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 Párrafo Segundo, 3 Fracción VI, 10 Fracción XI, 37, 38 de la Ley Orgánica para la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 1, 3 Fracción III, 5 Fracción I, 120, 121, 122 Fracción V y Párrafo Último, 128 Fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículo 1, Fracción VII de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; artículo 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y artículos 97, 101 y 102 Párrafo Quinto de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, emito el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL DE DESARROLLO SOCIAL: “60 Y MÁS”, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2012.

60 Y MÁS DEPENDENCIAS RESPONSABLES: Dirección General de Desarrollo Social (coordinación, seguimiento y verificación), Dirección de Desarrollo Social (evaluación), Jefatura de Unidad Departamental de Programas Sociales (operación, ejecución e instrumentación) y Jefatura de Unidad Departamental de Grupos Vulnerables (Atención a quejas e inconformidades). I. POBLACIÓN OBJETIVO. Adultos mayores de entre 60 y 67 años 11 meses de edad que habitan en colonias de medio, bajo y muy bajo grado de desarrollo social de la Delegación Miguel Hidalgo, de acuerdo al Índice del Grado de Desarrollo Social de las Unidades Territoriales del Distrito Federal (Delegaciones-Colonias-Manzanas), de abril de 2011; y que no cuenten con algún apoyo gubernamental. II. CALENDARIO DE GASTO. El gasto se ejecutará entre el mes de noviembre y diciembre de 2012. III. MONTOS POR BENEFICIARIA O BENEFICIARIO. Se entregará un apoyo económico por única vez de $1,000.00, a cada uno de los 2,100 beneficiarios. IV. REQUISITOS PARA EL ACCESO A LOS BENEFICIOS. Requisitos:

• Contar con una residencia mínima de seis meses de antigüedad, en alguna de las colonias de medio, bajo y muy bajo grado de desarrollo social de la Delegación Miguel Hidalgo, de acuerdo al Índice del Grado de Desarrollo Social de las Unidades Territoriales del Distrito Federal (Delegaciones-Colonias-Manzanas), de abril de 2011.

• Ser adulto mayor con edad entre 60 y 67 años, 11 meses de edad.

• No ser beneficiaria o beneficiario de otra ayuda económica de la misma naturaleza.

• La o el interesado no deberá pertenecer a ninguna nómina del Gobierno del Distrito Federal.

• Firmar una Carta Compromiso, con motivo de su incorporación al padrón de beneficiarias o beneficiarios del

programa.

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 39

 

Presentar la Siguiente Documentación:

• Acta de nacimiento de la o el interesado. (original para cotejo y copia para expediente).

• Clave Única de Registro de Población (CURP). (original para cotejo y copia para expediente).

• Comprobante de domicilio con vigencia menor a seis meses. Puede ser cualquiera de los siguientes documentos: Boleta de cobro de Derechos por el Suministro de Agua, boleta de cobro del Impuesto Predial, boleta de cobro emitida por la Comisión Federal de Electricidad, recibo telefónico, contrato de arrendamiento vigente o constancia de residencia expedida por la Delegación Miguel Hidalgo. (original para cotejo y copia para expediente).

• Identificación oficial con fotografía de la o el solicitante. (original para cotejo y copia para expediente). Procedimiento de Acceso:

• La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Desarrollo Social y la Jefatura de Unidad Departamental de Programas Sociales, emitirá y difundirá la Convocatoria, la cual indicará los requisitos, la documentación que deberán presentar las y los interesados, el lugar, horario de atención y la fecha en la que iniciará la recepción de solicitudes.

• La solicitud de incorporación al padrón de beneficiarias y beneficiarios se podrá realizar de forma directa e

individual por parte de la o el interesado, o a través de su representante legal. Tal representación podrá acreditarse a través de Carta Poder simple, suscrita ante la presencia de dos testigos, en el o los lugares que se darán a conocer en la Convocatoria.

• La o el interesado, o su representante legal deberá entregar personalmente la documentación requerida en el o los

lugares que se darán a conocer en la Convocatoria.

• Sólo podrán ingresar al padrón de beneficiarios las y los interesados que cumplan con los requisitos.

• El límite para la recepción de solicitudes será cuando se cubra la meta establecida. Restricciones:

• La recepción de los documentos, no garantiza la entrega de la ayuda, exclusivamente le permite en el inicio del trámite. Dicha solicitud estará sujeta a la revisión y valoración de la situación concreta de la o el interesado y de la documentación exhibida, para determinar si se ajusta o no a la actividad en comento.

• La actividad institucional puede ser suspendida por la Delegación sin incurrir en responsabilidad alguna.

V. TEMPORALIDAD. Se trata de un apoyo económico único. Se procederá a la suspensión del pago de la ayuda, cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:

• Cuando se compruebe la duplicidad dolosa como beneficiaria o beneficiario;

• Cuando se verifique que la o el beneficiario no cumple con los requisitos señalados en la Convocatoria;

• Cuando se verifique que la o el beneficiario cuenta con alguna ayuda económica de la misma naturaleza.

• Cuando la o el beneficiario renuncie a la ayuda por voluntad propia. En este caso deberá firmar el formato renuncia establecido para tal fin.

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40 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

• Cuando se compruebe que la o el beneficiario cambió su domicilio fuera de alguna colonia con medio, bajo o muy

bajo grado de desarrollo social o fuera de los límites de la Delegación.

• Cuando se compruebe que la o el beneficiario haya proporcionado información o documentación falsa.

• Cuando la o el beneficiario fallezca.

• Cuando la o el beneficiario no concluya con los trámites para garantizar la entrega de la ayuda en los tiempos que se especifiquen en la Convocatoria.

• Cuando la o el beneficiario no haga uso de la ayuda otorgada en la tarjeta antes de la fecha límite establecida en la Convocatoria o haga un uso indebido de la misma.

• Cuando no se de cumplimiento a los compromisos adquiridos por la o el beneficiario.

VI. ACCIONES DE CORRESPONSABILIDAD. La o el beneficiario deberá firmar una Carta Compromiso con motivo de su incorporación al padrón, donde se mencionará que se compromete a presentarse en los tiempos que establezca la Convocatoria para la conclusión de los trámites y que el recurso que se le otorgue, será utilizado para satisfacer alguna necesidad básica. VII. ENFOQUE DE EQUIDAD DE GÉNERO. En la integración del padrón de beneficiarias y beneficiarios, se atenderá al principio de prelación que garantice condiciones de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres solicitantes de la ayuda. VIII. ACCESIBILIDAD. Las personas interesadas en ser beneficiadas de esta actividad institucional, deberán acudir a las oficinas que mencione la Convocatoria en los horarios y días que se especifiquen en ella para entregar la documentación en copia y presentar al receptor los originales para su cotejo. No se recibirán expedientes incompletos. La convocatoria también mencionará el listado de documentación que se requiere presentar y será la misma que contiene el punto IV de estos Criterios de Aplicación. La convocatoria se colocará en todas las instalaciones y espacios públicos de la Delegación, así como en la página oficial de la Delegación: http://www.miguelhidalgo.df.gob.mx Las personas receptoras de la documentación estarán obligadas a brindar orientación al solicitante para coadyuvar en la conformación de su expediente y en su entrega en tiempo y forma, de acuerdo a los lineamientos de la Convocatoria y de estos criterios de aplicación. Todos los trámites son gratuitos y se apegarán a lo establecido en el artículo 38 de Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; no tienen ningún tipo de condicionamiento y serán confidenciales de acuerdo a lo dispuesto por la legislación en la materia. IX. EFICIENCIA Y EFICACIA. La ayuda económica se proporcionará a través de una tarjeta electrónica que será el medio por el cual la o el beneficiario dispondrá del monto económico. En el portal de internet de la Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.df.gob.mx se encontrará la información relativa a la operación de esta actividad institucional; avances, requisitos, lugares, fechas y horarios para solicitar el apoyo.

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 41

 

X. GARANTÍA DE ENTREGA A LA O EL BENEFICIARIO. La tarjeta electrónica bancaria con la ayuda se entregará exclusivamente a las y los beneficiarios que hayan cumplido con todos los requisitos y hayan realizado todos los trámites necesarios. XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN.

• Total de demandas de ayuda / total de ayudas aprobadas -1*100 • Total de solicitudes de incorporación / total de ayudas monetarias -1*100

Al finalizar la instrumentación de esta actividad institucional, se sumarán los costos de operación con el monto total de las ayudas y se dividirá entre el número de la población beneficiada para determinar la relación de costo administrativo-beneficio. XII. PUBLICIDAD. El padrón de beneficiarias y beneficiarios se integrará con los solicitantes que hayan proporcionado documentación completa en el orden de prelación en que hayan acudido a los lugares que establecerá la Convocatoria. Se publicará el padrón de beneficiarias y beneficiarios en los términos de ley con criterios que aseguren la protección de datos personales.

FINALIDAD 2 Desarrollo Social FUNCIÓN 26 Protección Social

SUBFUNCIÓN 268 Otros Grupos Vulnerables ACTIVIDAD

INSTITUCIONAL 268105 Servicios Delegacionales de Apoyo Social a Adultos Mayores

DENOMINACIÓN 60 y Más

TRANSITORIO Primero.- Publíquense los presentes Criterios de Aplicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México, Distrito Federal, a doce de noviembre de dos mil once

JEFE DELEGACIONAL EN MIGUEL HIDALGO

(Firma)

_______________________________ VÍCTOR HUGO ROMO GUERRA

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42 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO LIC. VÍCTOR HUGO ROMO GUERRA, en mi carácter de Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 Párrafo Segundo, 3 Fracción VI, 10 Fracción XI, 37, 38 de la Ley Orgánica para la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 1, 3 Fracción III, 5 Fracción I, 120, 121, 122 Fracción V y Párrafo Último, 128 Fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículo 1, Fracción VII de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; artículo 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y artículos 97, 101 y 102 Párrafo Quinto de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, emito el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL DE DESARROLLO SOCIAL: “APOYO A JEFAS DE FAMILIA CON HIJOS MENORES DE 5 AÑOS”, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2012.

APOYO A JEFAS DE FAMILIA CON HIJOS MENORES DE 5 AÑOS DEPENDENCIAS RESPONSABLES: Dirección General de Desarrollo Social (coordinación, seguimiento y verificación), Dirección de Desarrollo Social (evaluación), Jefatura de Unidad Departamental de Programas Sociales (operación, ejecución e instrumentación) y Jefatura de Unidad Departamental de Grupos Vulnerables (Atención a quejas e inconformidades). I. POBLACIÓN OBJETIVO. Madres jefas de familia con hijos menores de 5 años que habitan en colonias de medio, bajo y muy bajo grado de desarrollo social de la Delegación Miguel Hidalgo, de acuerdo al Índice del Grado de Desarrollo Social de las Unidades Territoriales del Distrito Federal (Delegaciones-Colonias-Manzanas), de abril de 2011. II. CALENDARIO DE GASTO. El gasto se ejecutará entre el mes de noviembre y diciembre de 2012. III. MONTOS POR BENEFICIARIA. Se entregará un apoyo económico por única vez de $1,000.00 a cada una de las 1,000 beneficiarias. IV. REQUISITOS PARA EL ACCESO A LOS BENEFICIOS. Requisitos:

• Contar con una residencia mínima de 6 meses de antigüedad, en alguna de las colonias de medio, bajo y muy bajo grado de desarrollo social de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Las mujeres madres solteras, casadas, en concubinato, en sociedad en convivencia o en unión libre, podrán

acreditar su condición de madre jefa de familia, mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:

o Solicitud de disolución del vínculo jurídico.

o Solicitud de alimentos para ella y sus hijos.

o Mediante acta circunstanciada ante juez cívico que acredite su condición como madre jefa de familia (acta de barandilla, constancia que expide un juez cívico de una circunstancia que la interesada le comunica).

o Copia certificada del Acta de Defunción de su cónyuge.

• Que tenga cuando menos un hijo o hija de una edad máxima de 5 años.

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 43

 

• No ser beneficiaria de otra ayuda económica de la misma naturaleza.

• La interesada no deberá pertenecer a ninguna nómina del Gobierno del Distrito Federal.

• Firmar una Carta Compromiso, con motivo de su incorporación al padrón de beneficiarias del programa.

Presentar la siguiente documentación:

• Acta de nacimiento de la madre y de la hija o hijo menor de cinco años de edad. (original para cotejo y copia para expediente).

• Clave Única de Registro de Población (CURP) de la madre y de la hija o hijo menor de cinco años. (original para

cotejo y copia para expediente).

• Comprobante de domicilio con vigencia menor a seis meses. Puede ser cualquiera de los siguientes documentos: Boleta de cobro de Derechos por el Suministro de Agua, boleta de cobro del Impuesto Predial, boleta emitida por la Comisión Federal de Electricidad, recibo telefónico, contrato de arrendamiento vigente o constancia de residencia expedida por la Delegación Miguel Hidalgo. (original para cotejo y copia para expediente).

• Identificación oficial con fotografía de la solicitante. (original para cotejo y copia para expediente).

Procedimiento de Acceso:

• La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Desarrollo Social y la Jefatura de Unidad Departamental de Programas Sociales, emitirá y difundirá la Convocatoria respectiva, la cual indicará los requisitos, la documentación que deberán presentar las interesadas, el lugar, horario de atención y la fecha en la que iniciará la recepción de documentos requeridos.

• La solicitud de incorporación al padrón de beneficiarias se realizará de forma personal, directa e individual por

parte de la interesada, en el o los lugares que para tal efecto se darán a conocer en la Convocatoria.

• La interesada deberá entregar personalmente la documentación requerida en el o los lugares que se darán a conocer en la Convocatoria.

• Sólo podrán ingresar al padrón de beneficiarias las mujeres que cumplan con los requisitos.

• El límite para la recepción de solicitudes será cuando se cubra la meta establecida.

Restricciones:

• La recepción de la solicitud no garantiza la entrega de la ayuda, exclusivamente le permite participar en el inicio del trámite. Dicha solicitud estará sujeta a la revisión y valoración de la situación concreta de la interesada y de la documentación exhibida, para determinar si se ajusta o no a la actividad en comento.

• La actividad institucional podrá ser suspendida por la Delegación sin incurrir en responsabilidad alguna.

V. TEMPORALIDAD. Se trata de un apoyo económico único. Se procederá a la suspensión del pago de la ayuda, cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:

• Cuando se compruebe la duplicidad dolosa como beneficiaria.

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44 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

• Cuando se verifique que la beneficiaria no cumple con los requisitos señalados en la Convocatoria.

• Cuando se verifique que la beneficiaria cuenta con alguna ayuda económica de la misma naturaleza.

• Cuando la beneficiaria renuncie a la ayuda por voluntad propia. En este caso deberá firmar el formato de renuncia

establecido para tal fin.

• Cuando se compruebe que la beneficiaria cambió su domicilio fuera de alguna colonia con medio, bajo o muy bajo grado de desarrollo social o fuera de los límites de la Delegación.

• Cuando se compruebe que la beneficiaria haya proporcionado información o documentación falsa.

• Cuando la beneficiaria y/o su hija o hijo menor de 5 años fallezca.

• Cuando la beneficiaria no concluya con los trámites para garantizar la entrega de la ayuda en los tiempos que se

especifiquen en la Convocatoria.

• Cuando la beneficiaria no haga uso de la ayuda otorgada en la tarjeta antes de la fecha límite establecida en la Convocatoria, o haga un uso indebido de la misma.

• Cuando no se dé cumplimiento a los compromisos adquiridos por la beneficiaria.

VI. ACCIONES DE CORRESPONSABILIDAD. La beneficiaria deberá firmar una Carta Compromiso con motivo de su incorporación al padrón, donde se mencionará que se compromete a presentarse en los tiempos que establezca la Convocatoria para la conclusión de los trámites y que el recurso que se le otorgue, será utilizado para satisfacer alguna necesidad básica. VII. ENFOQUE DE EQUIDAD DE GÉNERO. No aplica. VIII. ACCESIBILIDAD. Las mujeres interesadas en ser beneficiadas de esta actividad institucional, deberán acudir a las oficinas que mencione la Convocatoria en los horarios y días que se especifiquen en ella para entregar la documentación en copia y presentar al receptor los originales para su cotejo. No se recibirán expedientes incompletos. La convocatoria también mencionará el listado de documentación que se requiere presentar y será la misma que contiene el punto IV de estos Criterios de Aplicación. La convocatoria se colocará en todas las instalaciones y espacios públicos de la Delegación, así como en la página oficial de la Delegación: http://www.miguelhidalgo.df.gob.mx Las personas receptoras de la documentación estarán obligadas a brindar orientación a la solicitante para coadyuvar en la conformación de su expediente y en su entrega en tiempo y forma, de acuerdo a los lineamientos de la Convocatoria y de estos criterios de aplicación. Todos los trámites son gratuitos y se apegarán a lo establecido en el artículo 38 de Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; no tienen ningún tipo de condicionamiento y serán confidenciales de acuerdo a lo dispuesto por la legislación en la materia.

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 45

 

IX. EFICIENCIA Y EFICACIA. La ayuda económica se proporcionará a través de una tarjeta electrónica que será el medio por el cual la beneficiaria dispondrá del monto económico. En el portal de internet de la Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.df.gob.mx se encontrará la información relativa a la operación de esta actividad institucional; avances, requisitos, lugares, fechas y horarios para solicitar el apoyo. X. GARANTÍA DE ENTREGA A LA BENEFICIARIA. La tarjeta electrónica bancaria con la ayuda se entregará exclusivamente a las beneficiarias hayan cumplido con todos los requisitos y hayan realizado todos los trámites necesarios. XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN.

• Total de demandas de ayuda / total de ayudas aprobadas -1*100 • Total de solicitudes de incorporación / total de ayudas monetarias -1*100

Al finalizar la instrumentación de esta actividad institucional, se sumarán los costos de operación con el monto total de las ayudas y se dividirá entre el número de la población beneficiada para determinar la relación de costo administrativo-beneficio. XII. PUBLICIDAD. El padrón de beneficiarias se integrará con las solicitantes que hayan proporcionado documentación completa en el orden de prelación en que hayan acudido a los lugares que establecerá la Convocatoria. Se publicará el padrón de beneficiarias en los términos de ley con criterios que aseguren la protección de datos personales.

FINALIDAD 2 Desarrollo Social FUNCIÓN 27 Otros Asuntos Sociales

SUBFUNCIÓN 271 Otros Asuntos Sociales ACTIVIDAD

INSTITUCIONAL 271103 Programas Delegacionales de Desarrollo Social y Comunitario

DENOMINACIÓN Apoyo a Madres Jefas de Familia con Hijos Menores de 5 Años

TRANSITORIO Primero.- Publíquense los presentes Criterios de Aplicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México, Distrito Federal, a doce de noviembre de dos mil once

JEFE DELEGACIONAL EN MIGUEL HIDALGO

(Firma)

_______________________________ VÍCTOR HUGO ROMO GUERRA

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CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL INSTITUTO PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Convocatoria No. 015

El Lic. Carlos Eduardo Moreno Aguilar, Director de Administración del Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México, en cumplimiento con las disposiciones que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, así como lo dispuesto en los artículos 26, 27 inciso A), 28, 30 fracción I, 32 y 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y el artículo 36de su Reglamento, convoca a prestadores de servicios, y a todos los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional No: LA 909023997-N19-2012 para la Adquisición de Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina:

No. de Licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir las bases

Visita a las instalaciones Junta de Aclaraciones

Presentación y apertura de propuestas

Fallo

LA 909023997-N19-2012

$1,000.00 20/11/2012 15:00 hrs

No aplica 20/11/2012 17:00 hrs.

22/11/2012 17:00 hrs.

23/11/2012 17:00hrs.

Partida Descripción Cantidad Unidad de Medida 1 TAJALÁPIZ MANUAL 50 PIEZA 2 SACAPUNTAS METÁLICO 100 PIEZA 3 TINTA PARA SELLO AZUL 20 PIEZA 4 TINTA PARA SELLO ROJA 10 PIEZA 5 TINTA PARA SELLO MORADA 10 PIEZA

Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta en: la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales y para venta en la Coordinación de Recursos Financieros del Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México (IAPA), ubicado en Avenida Rio Mixcoac #234, Primer y Segundo piso respectivamente, Colonia Acacias, Delegación Benito Juárez, C.P.03240, México D.F, con número de teléfono: 46313035, los días 15, 16 y 20 de noviembre de 2012 en un horario de 10:00 a 15:00 horas. La forma de pago mediante cheque certificado o de caja o depósito a favor de Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México en la cuenta 0182029820,ó mediante transferencia electrónica a la cuenta 012180001820298200,de la Institución Bancaria BBVA Bancomer. La junta de aclaración de bases, así como la primera y segunda etapa del proceso licitatorio se llevarán a cabo de acuerdo a los lugares que se señalan en las bases de licitación. El idioma en que deberán presentarse las propuestas será en español. La moneda en que deberán cotizarse las ofertas será en moneda nacional (peso mexicano). No se otorgarán anticipos. El lugar de la prestación del servicio será de conformidad con lo establecido en las bases. La forma de pago será dentro de los 20 días hábiles posteriores a la fecha de aceptación de las facturas debidamente requisitadas. Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones técnicas presentadas por los licitantes podrán ser negociadas, salvo la propuesta económica ya que podrán ofertar un precio más bajo en relación al originalmente ofertado, una vez que la convocante haya comunicado el resultado del dictamen.

MÉXICO, D.F., A 09 DE NOVIEMBRE DE 2012 (Firma)

LIC. CARLOS EDUARDO MORENO AGUILAR DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

__________________________________________________________

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 47

 

SECCIÓN DE AVISOS

NATUREX INGREDIENTES NATURALES, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA

PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

Con fundamento en la fracción Décimo Primera de los Estatutos Sociales de Naturex Ingredientes Naturales, S.A. de C.V., se convoca a los accionistas de la Sociedad a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar el día 30 de noviembre de 2012, a las 11:00 horas en el domicilio social ubicado en Edificio 245 de la calle Durango Colonia Roma, C.P. 06700 México Distrito Federal, de conformidad con el siguiente:

ORDEN DEL DIA

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

I. Discusión, aprobación o, en su caso, modificación del Informe del Consejo de Administración de la Sociedad por el ejercicio social terminado el 31 de diciembre de 2011 y adopción de las resoluciones conducentes.

II. Discusión, modificación o aprobación, en su caso, del balance general y estados financieros de la Sociedad para el

ejercicio social terminado el 31 de diciembre de 2011, previo Informe del Comisario. III. Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación sobre la ratificación y designación de los miembros del Consejo de

Administración y Comisario de la Sociedad. IV. Determinación, en su caso, de los emolumentos para los miembros del Consejo de Administración y Comisario de

la Sociedad. V. Discusión en cuanto a la formación del Fondo de Reserva Legal. VI. Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación sobre la conveniencia de otorgar poderes a favor de Liliana

Samaniego. VII. Cualquier otro asunto relacionado con los anteriores.

6 de noviembre de 2012

(Firma)

OSCAR GARCÍA WIGUERAS HERNANDO Comisario de la Sociedad

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48 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

DISEÑO INTEGRAL EN MECANICA PROCESOS Y LINEAS AUTOMATIZADAS SA DE CV

CONVOCATORIA

El Consejo de Administración de la sociedad mercantil denominada “DISEÑO INTEGRAL EN MECÁNICA, PROCESOS Y LÍNEAS AUTOMAIZADAS”, SA de CV., convoca a sus socios a la

Asamblea General Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar el día 16 de noviembre de 2012 a las 11:00 horas del día en el domicilio social de la Sociedad; misma que tiene sus oficinas en Guillermo Massieu Helguera Número 38, Bodega 04, Colonia San José Ticomán, Delegación Gustavo A. Madero, en la Ciudad de México, Distrito Federal,

CP. 07340, a efecto de tratar los asuntos que forman parte de la siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1.- Designación de la persona que presidirá la asamblea de accionistas y verificación del quórum que la ley establece para su

legal existencia.

2.- Presentación del informe de la situación financiera y estado de resultados que guarda la sociedad.

3.- Designación de un administrador único que reemplazará al consejo de administración en la representación social ante

terceros.

4.- Nombramiento de un gerente de la sociedad.

5. Nombramiento de un nuevo comisario de la sociedad.

6.- Nombramiento de delegados para la protocolización de la presente acta de asamblea ante notario público

México, Distrito Federal, a 08 de Noviembre de 2012

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN de la sociedad mercantil denominada “DISEÑO INTEGRAL EN MECÁNICA,

PROCESOS Y LÍNEAS AUTOMAIZADAS”, SA de CV.

(Firma) (Firma) Presidente: Francisco Esquivel Olmos. Vicepresidente: José de Jesús Trejo Calva.

(Firma)

Secretario: Efraín Gómez Rodríguez.

Señalándose que en caso de no reunirse el quórum de asistencia a la hora señalada, se convoca a los socios accionistas de la sociedad a las 12:00 horas del mismo día 16 de noviembre de 2012, a fin de llevar a cabo la asamblea

con el número de socios que se encuentren presentes.

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GRUPO D + A, DISEÑO Y ARQUITECTURA, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION)

En cumplimiento por lo dispuesto por la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el balance final de liquidación al 31

de Agosto de 2012 (Primera publicación)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION 31 DE AGOSTO 2012 (Cifra en pesos) A C T I V O P A S I V O ACTIVO CIRCULANTE PLAZO MENOR DE UN AÑO 0.00 BANCOS 10,000.00 Total PLAZO MENOR DE UN AÑO 0.00 DEUDORES DIVERSOS 219,826.40 PLAZO MAYOR DE UN AÑO 0.00 IVA ACREDITABLE 446,204.71 Total PLAZO MAYOR DE UN AÑO 0.00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 430,924.50 ACTIVO CIRCULANTE 1,106,955.61 SUMA DEL PASIVO 0.00 ACTIVO FIJO C A P I T A L ACTIVO FIJO 0.00 CAPITAL SOCIAL 395,646.25 PAGOS ANTICIPADOS RESULTADO DE EJERCICIOS ANTE. 110,962.50 Total PAGOS ANTICIPADOS 0.00 RESULTADO DEL EJERCICIO 744,801.54 UTILIDAD O PÉRDIDA DEL EJERCICIO -144,454.68 SUMA DEL CAPITAL 1,106,955.61 SUMA DEL ACTIVO 1,106,955.61 SUMA DEL PASIVO Y CAPITAL 1,106,955.61

México, D.F. a 31 de Agosto de 2012 (Firma) Isaías Gallardo Chávez Liquidador

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IMPULSORA DE CHAMELA, S.A. DE C.V. AVISO

Con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que mediante Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el día 29 de octubre de 2012, se aprobó reducir el capital social mínimo fijo y variable de la Sociedad. A continuación un extracto de las resoluciones tomadas en la Asamblea de Accionistas señalada:

1. Se toma nota del informe presentado en relación con el estado que guarda el Juicio Ordinario Mercantil interpuesto por el señor Eugenio Kocherga Gurmesson en contra de la Sociedad.

2. Se toma nota del informe presentado en relación con la denuncia penal interpuesta por el señor Eugenio Kocherga Gurmesson en contra de

diversos funcionarios de la Sociedad”. 3. En virtud de que el señor Eugenio Kocherga Gurmesson ha iniciado el Incidente de Ejecución de Sentencia conforme a lo señalado en el Informe

presentado a esta Asamblea durante el desahogo del Punto Uno, se aprueba que la Sociedad realice los actos corporativos para cancelar las acciones que representan la totalidad de las aportaciones realizadas por el señor Eugenio Kocherga Gurmesson, retiradas por éste en ejercicio del derecho de retiro a que se refiere el Artículo 220 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

4. En virtud de lo anterior, se aprueba cancelar la totalidad de las acciones representativas del capital social de la Sociedad de las que era propietario

el señor Eugenio Kocherga Gurmesson. 5. En virtud de lo anterior, se aprueba reducir el capital social mínimo fijo y variable de la Sociedad como sigue: a) el capital social mínimo fijo, en la

cantidad de $18,480.00 M.N. (Dieciocho Mil Cuatrocientos Ochenta Pesos 00/100 Moneda Nacional), mediante la cancelación de 18,480 (dieciocho mil cuatrocientas ochenta) acciones comunes, nominativas, Serie “A”, con valor nominal de $1.00 M.N. (Un Peso 00/100 Moneda Nacional) cada una; y b) el capital social variable, en la cantidad de $5’402,479.00 M.N. (Cinco Millones Cuatrocientos Dos Mil Cuatrocientos Setenta y Nueve Pesos 00/100 Moneda Nacional) mediante la cancelación de 5’402,479 (cinco millones cuatrocientas dos mil cuatrocientas setenta y nueve) acciones comunes, nominativas, Serie “B”, con valor nominal de $1.00 M.N. (Un Peso 00/100 Moneda Nacional) cada una, es decir, en la cantidad total de $5’420,959.00 M.N. (Cinco Millones Cuatrocientos Veinte Mil Novecientos Cincuenta y Nueve Pesos 00/100 Moneda Nacional).

6. Se toma nota que en virtud de que a la fecha de la presente Asamblea, el Juez Vigésimo Tercero de lo Civil del Distrito Federal no ha determinado

la cantidad total líquida y exigible a pagarse al señor Eugenio Kocherga Gurmesson, para efectos contables la Sociedad se ajusta a la información contenida en los Estados Financieros de la Sociedad correspondientes al ejercicio social de 2007, aprobados en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas celebrada el 31 de octubre de 2008 y, conforme a lo anterior, crea una reserva por la cantidad de $5’420,959.00 M.N. (Cinco Millones Cuatrocientos Veinte Mil Novecientos Cincuenta y Nueve Pesos 00/100 Moneda Nacional) que corresponde al valor nominal de la totalidad de las acciones representativas del capital social de la Sociedad, canceladas en los términos de las Resoluciones anteriores.

7. Se aprueba que una vez que exista una cantidad total líquida y exigible determinada judicialmente mediante sentencia ejecutoria, habiéndose

agotado por la Sociedad todas las instancias legales correspondientes, se realicen los asientos contables respectivos y se efectúe el pago al señor Kocherga con base, precisamente, en los considerandos y resolutivos de la resolución judicial ejecutoria que se dicte.

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8. Se aprueba que en caso de ser necesario, los accionistas realicen aportaciones adicionales al capital social de la Sociedad, conforme a lo que se apruebe en la Asamblea de Accionistas que se convoque para tal efecto, a fin de pagar al señor Eugenio Kocherga Gurmessson el monto de sus aportaciones con base, precisamente, en los considerandos y resolutivos de la resolución judicial ejecutoria que se dicte.

9. Se ordena la cancelación de los Títulos Definitivos de Acciones en circulación y la expedición de nuevos Títulos Definitivos de Acciones que

representen el monto del capital social mínimo fijo y variable de la Sociedad, que deberán ser entregados a los accionistas de la Sociedad según corresponda. 10. Se instruye al Secretario, no miembro del Consejo de Administración de la Sociedad, para que realice los asientos respectivos en el Libro de

Registro de Accionistas y en el Libro de Variaciones de Capital de la Sociedad. 11. Se instruye al Secretario, no miembro del Consejo de Administración de la Sociedad, para que realice las publicaciones en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal a que se refiere el Artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Atentamente,

(Firma)

____________________________ Gabriel Luis Gallo Reynoso Secretario, no miembro del Consejo de Administración

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INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. DE C.V. Inmobiliaria Valle Oriente 1, S. de R.L. de C.V.;

Servicios Bacatete, S. de R.L. de C.V. y ABILIA Propiedades Residenciales, S. de R.L. de C.V.

AVISO DE FUSIÓN

1.- Mediante la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Inmobiliaria Sierra Bacatete, S.A. de C.V. y las Asambleas Generales de Socios de Inmobiliaria Valle Oriente 1, S. de R.L. de C.V.; Servicios Bacatete, S. de R.L. de C.V. y ABILIA Propiedades Residenciales, S. de R.L. de C.V., todas de 9 de noviembre de 2012, se acordó la fusión de las mismas. Como consecuencia de dicho acuerdo, subsiste como sociedad fusionante Inmobiliaria Sierra Bacatete, S.A. de C.V. y se extinguen como sociedades fusionadas Inmobiliaria Valle Oriente 1, S. de R.L. de C.V.; Servicios Bacatete, S. de R.L. de C.V. y ABILIA Propiedades Residenciales, S. de R.L. de C.V. 2.- La fusión surtirá efectos entre las partes el 9 de noviembre de 2012 y ante terceros, de conformidad con el artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, en la fecha de la inscripción en el Registro Público de Comercio del domicilio de las sociedades a fusionarse. A efectos de lo anterior, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, cada una de las sociedades a fusionarse estableció el siguiente sistema de extinción de pasivos: a) Se acordó el pago inmediato de todas las deudas exigibles y a plazo que tienen contraídas con cualquier persona que exija su pago, salvo por las de aquellos acreedores que hayan dado o den su consentimiento al momento de que surta efectos la fusión; b) INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. de C.V. tomará a su cargo todas las obligaciones y créditos de cualquier naturaleza o calidad, principales, derivados o accesorios, que integren el pasivo de las sociedades fusionadas al momento en que surta efectos la fusión. Todos esos pasivos se extinguirán a través de su puntual y oportuno cumplimiento por parte de INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. de C.V., en las fechas de pago establecidas en los actos jurídicos que los hubieren originado o que resulten de acuerdo con la ley. Lo aquí previsto comprenderá el sistema de extinción de pasivos de las sociedades fusionadas en términos de lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; y c) INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. de C.V. presentará los avisos fiscales correspondientes, liquidará los impuestos que pudieran tener pendientes de pago las sociedades fusionadas y cumplirá dentro de los términos legales, con cualquier otra obligación de índole fiscal inherente a las sociedades fusionadas. Lo aquí previsto comprenderá el sistema de extinción de pasivos de las sociedades fusionadas en términos de lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. 3.- Al surtir efectos la fusión en los términos del numeral dos anterior, todos los activos, acciones y derechos, así como todos los pasivos, obligaciones y responsabilidades de cualquier índole y, en general, los patrimonios respectivos de cada una de las sociedades fusionadas, sin reserva ni limitación alguna, se transmitirán a título universal a INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. de C.V. como sociedad fusionante y, por lo mismo, INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. de C.V. hará suyos y asumirá en su totalidad los pasivos y obligaciones de cualquier índole a cargo de las sociedades fusionadas, por lo que quedará obligada expresamente al pago de los mismos; en la inteligencia de que aquellos pasivos y correlativos derechos que existieren entre las partes de este Convenio quedarán extinguidos por confusión al consolidarse estos en INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. de C.V. como consecuencia de la fusión. 4.- Al surtir efectos la fusión en términos de lo previsto en el numeral 2 anterior y de conformidad con las resoluciones adoptadas en la asamblea general extraordinaria de INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. de C.V., en la que se aprobó la fusión: a) el importe del capital mínimo fijo de INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. de C.V. será de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) y el del capital variable será de $120’330,178.78 (Ciento veinte millones trescientos treinta mil ciento setenta y ocho pesos 78/100 M.N.) b) los socios de Inmobiliaria Valle Oriente 1, S. de R.L. de C.V., Servicios Bacatete, S. de R.L. de C.V. y ABILIA Propiedades Residenciales, S. de R.L. de C.V. recibirán a cambio de su parte social en las sociedades fusionadas, 1 (una) acción ordinaria, nominativa y sin expresión de valor nominal de INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. de C.V. de la Serie “B-1”, representativa del capital variable de la fusionante. 5.- Con motivo de la fusión, no se realizará cambio alguno en la integración de los órganos de administración y de vigilancia de INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. de C.V.

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6.- Se establece expresamente que todos los poderes que INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. de C.V. haya conferido con anterioridad a la fecha en que surta efectos la fusión y se encuentren en vigor, subsistirán en sus términos, hasta en tanto la propia sociedad fusionante no los modifique, limite o revoque con posterioridad; en tanto que los poderes de las sociedades fusionadas otorgados con anterioridad a la fecha indicada, quedarán sin efecto alguno al operarse la fusión, como consecuencia de su extinción por fusión. 7.- Todos los gastos, de cualquier naturaleza, que se causen con motivo de la formalización y ejecución de la fusión serán cubiertos por la fusionante. 8.- Para todo lo relacionado con la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente convenio, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.

México, D.F. a 9 de noviembre de 2012. (Firma)

Lic. Claudia Rosso Rizo Delegada Especial de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Inmobiliaria Sierra Bacatete, S.A. de C.V. y de las Asambleas Generales de Socios de Inmobiliaria Valle Oriente 1, S. de R.L. de C.V., Servicios Bacatete, S. de R.L. de C.V. y ABILIA Propiedades Residenciales, S. de R.L. de C.V.

INMOBILIARIA SIERRA BACATETE, S.A. DE C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Efectivo y equivalentes de efectivo $4,499,397 Clientes 1,662,468 Otras cuentas por cobrar 26,814,081 Partes relacionadas 125,414,263 Desarrollos inmobiliarios en proceso 647,788 Impuestos por recuperar 7,295,529 Total de activo circulante 166,333,526 Inversión en acciones de subsidiarias 187,094,909 Inversión en acciones de asociadas 9,399,105 Impuesto sobre la renta Diferido 153,857 Total de activo $362,981,397 Pasivo A corto plazo Impuesto y gastos acumulados 10,323,676 Partes relacionadas 55,125,015 Impuesto sobre la renta 285,496 Total de pasivo a corto plazo 65,734,187 Capital Contable Capital social 120,379,877 Prima en suscripción de acciones 57,123,704

Page 54: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

 

Resultados acumulados 115,147,996 Resultado del ejercicio 4,595,633 Total de Capital Contable 297,247,210 Total de Pasivo más Capital $362,981,397

ABILIA Propiedades Residenciales, S. de R.L. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $10,528,257 Impuestos por recuperar 490,295 Total de activo circulante 11,018,552 Total de activo $11,018,552 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $538,284 Partes relacionadas 3,954,982 Impuesto sobre la renta 149,204 Total de pasivo circulante 4,642,470 Capital contable Capital social 50,000 Actualización del capital social 4,542,737 Resultados acumulados 1,291,740 Resultado del ejercicio 491,605 Total de Capital Contable 6,376,082 Total de Pasivo más Capital $11,018,552

Inmobiliaria Valle Oriente 1, S. de R.L. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $17,985,135 Impuestos por recuperar 293,953

Page 55: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

 Total de activo circulante 18,279,088 Total de activo $18,279,088 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $832,008 Total de pasivo a corto plazo 832,008 Capital Contable Capital Social 9,536,240 Actualización del capital social 1,012,349 Resultados acumulados 7,781,618 Resultado del ejercicio (883,127) Total de Capital Contable 17,447,080 Total de Pasivo más Capital $18,279,088

Servicios Bacatete, S. de R.L. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $2,723 Impuestos por recuperar 34,762 Total de activo circulante 37,485 Total de activo $37,485 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $2 Partes relacionadas 165,522 Total de pasivo a corto plazo 165,524 Capital Contable Capital Social 604,937 Actualización del capital social 19,989 Resultados acumulados (635,275) Resultado del ejercicio (117,690) Total de Capital Contable (128,039) Total de Pasivo más Capital $37,485

(Firma) Director de Administración y Finanzas

C.P. José Rolando Eric Alba Nieto

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ABILIA, S.A. DE C.V. ABILIA Construcción Inmobiliaria, S.A. de C.V.; ABILIA Residencial, S.A. de C.V.; ABILIA Nuevo Milenio, S.A. de C.V.; ABILIA Residencial Medio, S. de R.L. de C.V.; ABILIA Residencial Tijuana, S.A. de C.V.; Controladora de Equipo México 1, S. de R.L. de C.V.; Controladora de Inmuebles México 1, S. de R.L. de C.V.; Esquemas Residenciales, S.A. de C.V.;Juriquilla Alta, S. de R.L. de C.V.; Mariano Escobedo 476, S.A. de C.V.; Operación Inmobiliaria Integral, S.A. de C.V.; Promotora Deportivo el Roble, S. de R.L. de C.V.; Residencial Jardines de la Montaña, S.A. de C.V.yVehículo ME1 S. de R.L. de C.V.

AVISO DE FUSIÓN 1.- Mediante las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de ABILIA, S.A. DE C.V., ABILIA Construcción Inmobiliaria, S.A. de C.V.; ABILIA Residencial, S.A. de C.V.; ABILIA Nuevo Milenio, S.A. de C.V.; ABILIA Residencial Tijuana, S.A. de C.V.; Esquemas Residenciales, S.A. de C.V.; Mariano Escobedo 476, S.A. de C.V.; Operación Inmobiliaria Integral, S.A. de C.V.; Residencial Jardines de la Montaña, S.A. de C.V.y las Asambleas Generales de Socios de ABILIA Residencial Medio, S. de R.L. de C.V.; Controladora de Equipo México 1, S. de R.L. de C.V.; Controladora de Inmuebles México 1, S. de R.L. de C.V.; Juriquilla Alta, S.de R.L. de C.V.; Promotora Deportivo el Roble, S. de R.L. de C.V. y Vehículo ME1 S. de R.L. de C.V., todas de fecha 9 de noviembre de 2012, se acordó la fusión de la primera de ellas como fusionante que subsiste y de las segundas como fusionadas que se extinguen, aprobándose para tal efecto del Convenio de Fusión respectivo. 2.- La fusión surtirá efectos entre las partes el 9 de noviembre de 2012 y ante terceros, de conformidad con el artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, en la fecha de la inscripción en el Registro Público de Comercio del domicilio de las sociedades a fusionarse. A efectos de lo anterior, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, cada una de las sociedades a fusionarse estableció el siguiente sistema de extinción de pasivos: a) Se acordó el pago inmediato de todas las deudas exigibles y a plazo que tienen contraídas con cualquier persona que exija su pago, salvo por las de aquellos acreedores que hayan dado o den su consentimiento al momento de que surta efectos la fusión; b) ABILIA, S.A. de C.V. tomará a su cargo todas las obligaciones y créditos de cualquier naturaleza o calidad, principales, derivados o accesorios, que integren el pasivo de las sociedades fusionadas al momento en que surta efectos la fusión. Todos esos pasivos se extinguirán a través de su puntual y oportuno cumplimiento por parte de ABILIA, S.A. de C.V., en las fechas de pago establecidas en los actos jurídicos que los hubieren originado o que resulten de acuerdo con la ley. Lo aquí previsto comprenderá el sistema de extinción de pasivos de las sociedades fusionadas en términos de lo dispuesto porel artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; y c) ABILIA, S.A. de C.V. presentará los avisos fiscales correspondientes, liquidará los impuestos que pudieran tener pendientes de pago las sociedades fusionadas y cumplirá dentro de los términos legales, con cualquier otra obligación de índole fiscal inherente a las sociedades fusionadas. Lo aquí previsto comprenderá el sistema de extinción de pasivos de las sociedades fusionadas en términos de lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. 3.- Al surtir efectos la fusión en los términos del numeral dos anterior, todos los activos, acciones y derechos, así como todos los pasivos, obligaciones y responsabilidades de cualquier índole y, en general, los patrimonios respectivos de cada una de las sociedades fusionadas, sin reserva ni limitación alguna, se transmitirán a título universal a ABILIA, S.A. de C.V. como sociedad fusionante y, por lo mismo, ABILIA S.A. de C.V. hará suyos y asumirá en su totalidad los pasivos y obligaciones de cualquier índole a cargo de las sociedades fusionadas, por lo que quedará obligada expresamente al pago de los mismos; en la inteligencia de que aquellos pasivos y correlativos derechos que existieren entre las partes de este Convenio quedarán extinguidos por confusión al consolidarse estos en ABILIA, S.A. de C.V. como consecuencia de la fusión. 4.- Al surtir efectos la fusión en términos de lo previsto en el numeral 2 anterior y de conformidad con las resoluciones adoptadas en la asamblea general extraordinaria de ABILIA, S.A. de C.V., en la que se aprobó la fusión: a) el importe del capital mínimo fijo de ABILIA, S.A. de C.V. será de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) y el del capital variable será de $288’559,447.14(Doscientos ochenta y ocho millones quinientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos 14/100 M.N.) b) los socios de Controladora de Equipo México 1, S. de R.L. de C.V.,Controladora de Inmuebles México 1, S. de R.L. de C.V. y Vehículo ME1, S. de R.L. de C.V.recibirán a cambio de sus partes sociales en las sociedades fusionadas, 449,746 (cuatrocientos cuarenta y nueve mil setecientos cuarenta y seis) acciones de la Serie “B” ordinarias, nominativas y sin expresión de valor nominal, representativas del capital variable de la fusionante. 5.- Con motivo de la fusión, no se realizará cambio alguno en la integración de los órganos de administración y de vigilancia de ABILIA, S.A. de C.V.

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6.- Se establece expresamente que todos los poderes que ABILIA, S.A. de C.V. haya conferido con anterioridad a la fecha en que surta efectos la fusión y se encuentren en vigor, subsistirán en sus términos, hasta en tanto la propia sociedad fusionante no los modifique, limite o revoque con posterioridad; en tanto que los poderes de las sociedades fusionadas otorgados con anterioridad a la fecha indicada, quedarán sin efecto alguno al operarse la fusión, como consecuencia de su extinción por fusión. 7.- Todos los gastos, de cualquier naturaleza, que se causen con motivo de la formalización y ejecución de la fusión serán cubiertos por la fusionante. 8.- Para todo lo relacionado con la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente convenio, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.

México, D.F. a 9 de noviembre de 2012.

(Firma) Lic. Claudia Rosso Rizo

Delegada Especial de las Asambleas Generales Extraordinarias y Generales de Socios de ABILIA, S.A. DE C.V.; ABILIA Construcción Inmobiliaria, S.A. de C.V.; ABILIA Residencial, S.A. de C.V.; ABILIA Nuevo Milenio, S.A. de C.V.; ABILIA Residencial Medio, S. de R.L. de C.V.; ABILIA Residencial Tijuana, S.A. de C.V.; Controladora de Equipo México 1, S. de R.L. de C.V.; Controladora de Inmuebles México 1, S. de R.L. de C.V.; Esquemas Residenciales, S.A. de C.V.; Juriquilla Alta, S. de R.L. de C.V.; Mariano Escobedo 476, S.A. de C.V.; Operación Inmobiliaria Integral, S.A. de C.V.; Promotora Deportivo el Roble, S. de R.L. de C.V.; Residencial Jardines de la Montaña, S.A. de C.V. y Vehículo ME1 S. de R.L. de C.V.

ABILIA, S.A. DE C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Efectivo y Equivalentes de efectivo $6,533,521 Otras cuentas por cobrar 1,958,812 Partes Relacionadas 127,848,897 Impuestos por recuperar 37,494,631 Total de activo circulante 173,835,861 Inversión en acciones de subsidiarias 554,385,250 Inversión en acciones de asociadas 4,917 Otros activos 10,284,081 Total de activo $738,510,109 Pasivo A corto plazo Proveedores $262,885 Impuestos y gastos acumulados 57,956,415 Partes Relacionadas 156,048,375 Impuesto sobre la renta 69,403,330 Total de pasivo a corto plazo 283,671,005

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Impuesto sobre la renta diferido 43,360,606 Total de Pasivo 327,031,611 Capital Contable Capital Social 287,842,051 Prima en suscripción de acciones 67,570,406 Resultados acumulados 103,957,334 Resultado del ejercicio (47,891,293) Total Capital Contable 411,478,498 Total Pasivo más capital $738,510,109

ABILIA Construcción Inmobiliaria, S.A. DE C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $5,073,317 Impuestos por recuperar 11,875 Total activo circulante 5,085,192 Total de activo $5,085,192 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $43,429 Partes relacionadas 16,411 Impuesto sobre la renta 66,203 Total pasivo a corto plazo 126,043 Capital Contable Capital Social 398,000 Actualización del capital social 96,370 Resultados acumulados 4,287,437 Resultado del ejercicio 177,342 Total Capital Contable 4,959,149 Total Pasivo más Capital Contable $5,085,192

ABILIA Residencial, S.A. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Page 59: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

Activo

Circulante Partes relacionadas $6,919,786 Impuestos por recuperar 50,491 Total de activo circulante 6,970,277 Total de activo $6,970,277 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $589,777 Partes relacionadas 20,937 Impuesto sobre la renta 72,922 Total de pasivo a corto plazo $683,636Capital Contable Capital social $565,570 Actualización del capital social 132,515 Resultados acumulados 5,634,871 Resultado del ejercicio (46,315) Total de Capital Contable 6,286,641 Total de Pasivo más Capital $6,970,277

ABILIA Nuevo Milenio, S.A. DE C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes Relacionadas $8,099 Impuestos por recuperar 12,469 Total de activo circulante 20,568 Total de activo $20,568 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $5 Partes relacionadas 12,500 Total de pasivo a corto plazo 12,505 Capital Contable Capital social 197,766 Actualización del capital social 10,284 Resultados acumulados (187,460)

Page 60: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

 

Resultado del ejercicio (12,527) Total de Capital Contable 8,063 Total de Pasivo más Capital 20,568

ABILIA Residencial Medio, S. de R.L. de C.V.

BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $3,000 Total de activo circulante 3,000 Total de activo $3,000 Pasivo Total de pasivo Capital Contable Capital Social $3,000 Actualización del Capital Social 113 Resultados acumulados (113) Total de Capital Contable 3,000 Total de Pasivo más Capital $3,000

ABILIA Residencial Tijuana, S.A. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Impuestos por recuperar $6,545 Total de activo circulante 6,545 Inmuebles, mobiliario y equipo - Neto 69,123 Total de Activo $75,668 Capital Contable Capital Social $1,638,073 Actualización del capital social 60,573 Resultados acumulados (1,603,290) Resultado del ejercicio (19,688)

Page 61: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

 

Total de Capital Contable 75,668 Total de Pasivo más Capital $75,668

Controladora de Equipo México 1, S. de R.L. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes Relacionadas 20,691,203 Impuestos por recuperar 252,958 Total de activo circulante 20,944,161 Inversión en acciones de subsidiarias 1,478,270 Total de activo $22,422,431 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $1,005,745 Partes relacionadas 375,933 Impuesto sobre la renta 293,963 Total de pasivo a corto plazo 1,675,641 Capital. Contable Capital Social 500,000 Actualización del capital social 127,742 Prima en suscripción de acciones 193,030 Resultados acumulados 18,952,358 Resultado del ejercicio 973,660 Total de Capital Contable 20,746,790 Total de Pasivo más Capital $22,422,431

Controladora de Inmuebles México 1, S. de R.L. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Otras cuentas por cobrar $887,234 Partes Relacionadas 7,050,280

Page 62: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

Impuestos por recuperar 644,278 Total de activo circulante 8,581,792 Total de activo $8,581,792 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $324,610 Total de pasivo a corto plazo 324,610 Capital Contable Capital social 2,563,578 Actualización del capital social 660,023 Prima en suscripción de acciones 21,176,122 Resultados acumulados (16,146,025) Resultado del ejercicio 3,484 Total de Capital Contable 8,257,182 Total de Pasivo más Capital $8,581,792

Esquemas Residenciales, S.A. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $46,662 Impuestos por recuperar 9,789 Total de activo circulante 56,451 Inversión en acciones de subsidiarias 1,332 Total de Activo $57,783 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $1 Partes Relacionadas 778,160 Total de pasivo a corto plazo 778,161 Capital Contable Capital Social 200,160 Actualización del capital social 4,050 Resultados acumulados (868,409) Resultado del ejercicio (56,179) Total Capital Contable (720,378) Total de Pasivo más Capital Contable $57,783

Page 63: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

Juriquilla Alta, S. de R.L. de C.V.

BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $10,986 Total de activo circulante 10,986 Total de activo $10,986 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $7 Impuesto sobre la renta $6,852 Total de pasivo a corto plazo 6,859 Capital Contable Capital Social 1,291,574 Actualización del capital social 31,741 Resultados acumulados (1,319,101) Resultado del ejercicio (87) Total de Capital Contable 4,127 Total de Pasivo màs Capital Contable $10,986

Mariano Escobedo 476, S.A. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $3,318 Total de activo circulante 3,318 Total de activo $3,318 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $2 Total de pasivo a corto plazo 2 Capital Contable Capital Social 115,161 Actualización del capital social 2,583

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Resultados acumulados (114,229) Resultado del ejercicio (198) Total de capital contable 3,316 Total de Pasivo màs Capital $3,318

Operación Inmobiliaria Integral, S.A. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes Relacionadas $2,881 Impuestos por recuperar 334,720 Total de activo circulante 337,601 Total Activo $337,601 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $1 Total de pasivo a corto plazo 1 Capital Contable Capital Social 989,625 Actualización del capital social 46,221 Resultados acumulados (896,961) Resultado del ejercicio 198,715 Total de Capital Contable 337,600 Total Pasivo màs Capital $337,601

Promotora Deportivo el Roble, S. de R.L. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Efectivo y equivalentes de efectivo $6,428 Partes relacionadas 5,204,986 Impuestos por recuperar 170,268 Total de activo circulante 5,381,682

Page 65: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

 

Total de activo $5,381,682 Pasivo A corto plazo Proveedores $395,091 Impuestos y gastos acumulados 5,576 Total de pasivo a corto plazo 400,667 Capital Contable Capital Social $12,610,533 Actualización del capital social 4,308,030 Prima en suscripción de acciones 42,216,282 Resultados acumulados (53,682,362) Resultado del ejercicio (471,468) Total de Capital Contable 4,981,015 Total de Pasivo màs Capital $5,381,682

Residencial Jardines de la Montaña, S.A. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $27,356 Total de activo circulante 27,356 Total de activo $27,356 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $16 Total de pasivo a corto plazo 16 Capital Contable Capital Social $100,000 Resultado del ejercicio (72,660) Total del Capital Contable 27,340 Total de Pasivo más Capital $27,356

Vehículo ME1, S. de R.L. de C.V.

BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Page 66: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

Activo

Circulante Partes relacionadas $767,982 Impuestos por recuperar 1,492,192 Total de activo circulante 2,260,174 Total de activo $2,260,174 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $409 Partes relacionadas 20,515,273 Total de pasivo a corto plazo 20,515,682 Capital Contable Capital social 6,000 Actualización del capital social 2,079 Resultados acumulados (16,876,457) Resultado del ejercicio (1,387,130) Total de Capital Contable (18,255,508) Total de Pasivo màs Capital $2,260,174

(Firma)

Director de Administración y Finanzas C.P. José Rolando Eric Alba Nieto

ABILIA, S.A. de C.V.

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ABILIA PROPIEDADES, S. DE R.L. DE C.V. ABILIA Administración Inmobiliaria, S.A. de C.V.; Durango 81, S. de R.L. de C.V.; La Impulsora Compañía de Bienes Inmuebles, S.A. de C.V. y Valladolid Tres Once, S. de R.L. de C.V.

AVISO DE FUSIÓN 1.- Mediante lasAsambleas Generales de Socios de ABILIA Propiedades, S. de R.L. de C.V.; Durango 81, S. de R.L. de C.V. y Valladolid Tres Once, S. de R.L. de C.V. y las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de ABILIA Administración Inmobiliaria, S.A. de C.V. y La Impulsora Compañía de Bienes Inmuebles, S.A. de C.V.; todas de fecha 9 de noviembre de 2012, se acordó la fusión de la primera de ellas como fusionante que subsiste y de las segundas como fusionadas que se extinguen, aprobándose para tal efecto del Convenio de Fusión respectivo. 2.- La fusión surtirá efectos entre las partes el 9 de noviembre de 2012 y ante terceros, de conformidad con el artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, en la fecha de la inscripción en el Registro Público de Comercio del domicilio de las sociedades a fusionarse. A efectos de lo anterior, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, cada una de las sociedades a fusionarse estableció el siguiente sistema de extinción de pasivos: a) Se acordó el pago inmediato de todas las deudas exigibles y a plazo que tienen contraídas con cualquier persona que exija su pago, salvo por las de aquellos acreedores que hayan dado o den su consentimiento al momento de que surta efectos la fusión; b) ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V. tomará a su cargo todas las obligaciones y créditos de cualquier naturaleza o calidad, principales, derivados o accesorios, que integren el pasivo de las sociedades fusionadas al momento en que surta efectos la fusión. Todos esos pasivos se extinguirán a través de su puntual y oportuno cumplimiento por parte de ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V., en las fechas de pago establecidas en los actos jurídicos que los hubieren originado o que resulten de acuerdo con la ley. Lo aquí previsto comprenderá el sistema de extinción de pasivos de las sociedades fusionadas en términos de lo dispuesto porel artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; y c) ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V. presentará los avisos fiscales correspondientes, liquidará los impuestos que pudieran tener pendientes de pago las sociedades fusionadas y cumplirá dentro de los términos legales, con cualquier otra obligación de índole fiscal inherente a las sociedades fusionadas. Lo aquí previsto comprenderá el sistema de extinción de pasivos de las sociedades fusionadas en términos de lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. 3.- Al surtir efectos la fusión en los términos del numeral dos anterior, todos los activos, acciones y derechos, así como todos los pasivos, obligaciones y responsabilidades de cualquier índole y, en general, los patrimonios respectivos de cada una de las sociedades fusionadas, sin reserva ni limitación alguna, se transmitirán a título universal a ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V. como sociedad fusionante y, por lo mismo, ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V. hará suyos y asumirá en su totalidad los pasivos y obligaciones de cualquier índole a cargo de las sociedades fusionadas, por lo que quedará obligada expresamente al pago de los mismos; en la inteligencia de que aquellos pasivos y correlativos derechos que existieren entre las partes de este Convenio quedarán extinguidos por confusión al consolidarse estos en ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V. como consecuencia de la fusión. 4.- Al surtir efectos la fusión en términos de lo previsto en el numeral 2 anterior y de conformidad con las resoluciones adoptadas en la asamblea general extraordinaria de ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V., en la que se aprobó la fusión: a) el importe del capital mínimo fijo de ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V. será de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) y el del capital variable será de $225’917,242.48(Doscientos veinticinco millones novecientos diecisiete mil doscientos cuarenta y dos pesos 48/100 M.N.) b) los socios de ABILIA Administración Inmobiliaria, S.A. de C.V.; Durango 81, S. de R.L. de C.V.; La Impulsora Compañía de Bienes Inmuebles, S.A. de C.V. y Valladolid Tres Once, S. de R.L. de C.V. yrecibirán a cambio de sus acciones y/o partes sociales en las sociedades fusionadas, 1 (una) parte social representativa del capital variable de la fusionante. 5.- Con motivo de la fusión, no se realizará cambio alguno en la integración de los órganos de administración y de vigilancia de ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V. 6.- Se establece expresamente que todos los poderes que ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V. haya conferido con anterioridad a la fecha en que surta efectos la fusión y se encuentren en vigor, subsistirán en sus términos, hasta en tanto la propia sociedad fusionante no los modifique, limite o revoque con posterioridad; en tanto que los poderes de las sociedades fusionadas otorgados con anterioridad a la fecha indicada, quedarán sin efecto alguno al operarse la fusión, como consecuencia de su extinción por fusión.

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7.- Todos los gastos, de cualquier naturaleza, que se causen con motivo de la formalización y ejecución de la fusión serán cubiertos por la fusionante. 8.- Para todo lo relacionado con la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente convenio, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.

México, D.F. a 9 de noviembre de 2012.

(Firma) Lic. Claudia Rosso Rizo

Delegada Especial de las Asambleas Generales Extraordinarias y Generales de Socios de ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V.; ABILIA Administración Inmobiliaria, S.A. de C.V.; Durango 81, S. de R.L. de C.V.; La Impulsora Compañía de Bienes Inmuebles, S.A. de C.V. y Valladolid Tres Once, S. de R.L. de C.V.

ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Efectivo y Equivalentes de efectivo $4,488,785 Clientes 156,719 Otras cuentas por cobrar 8,499 Partes Relacionadas 12,827,340 Desarrollos Inmobiliarios en Proceso 15,743,786 Impuestos por recuperar 6,752,047 Total de activo circulante 39,977,176 Inmuebles, mobiliario y equipo - Neto 53,947,500 Activo fijo en proceso para arrendamiento 21,267,373 Inversión en acciones de subsidiarias 331,489,565 Impuesto sobre la renta diferido 1,870,711 Otros activos 91,195 Total de activo $448,643,520 Pasivo A corto plazo Préstamos bancarios a corto plazo $9,755,623 Proveedores 1,347,798 Impuestos y gastos acumulados 4,322,487 Partes Relacionadas 4,677,292 Derivado implícito 1,286,697 Total de pasivo a corto plazo 21,389,897 Total de Pasivo 21,389,897

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Capital Contable Capital Social 244,958,391 Actualización del capital social 80,662,989 Prima en suscripción de acciones 62,689,868 Resultados acumulados 39,782,788 Resultado del ejercicio (840,412) Total Capital Contable 426,453,623 Total Pasivo más capital $448,643,520

ABILIA Administración Inmobiliaria, S.A. DE C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $35,482,238 Desarrollos inmobiliarios en proceso 10,301,288 Impuestos por recuperar 6,975,903 Total de activo circulante 52,759,429 Inversión en acciones de subsidiarias 112,937,536 Otros activos 7,198,662 Total de activo $172,895,627 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $3,170,619 Partes Relacionadas 7,401,671 Impuesto sobre la renta 18 Total de pasivo a corto plazo 10,572,308 Impuesto sobre la renta diferido 3,752,813 Total de pasivo 14,325,121 Capital Contable Capital social 81,170,572 Actualización de capital social 81,934,592 Resultados acumulados (4,097,145) Resultado del ejercicio (437,513) Total de Capital Contable 158,570,506 Total Pasivo más Capital $172,895,627

Page 70: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

Durango 81, S. de R.L. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $36,280,133 Impuestos por recuperar 809,480 Total de activo circulante 37,089,613 Total de activo $37,089,613 Pasivo A corto plazo Proveedores $988,528 Impuestos y gastos acumulados 624,828 Partes relacionadas 6,650,163 Impuesto sobre la renta 1 Total de pasivo a corto plazo 8,263,520 Capital Contable Capital social 20,002,795 Actualización del capital social 880,649 Resultados acumulados 9,238,583 Resultado del ejercicio (1,295,934) Total de Capital Contable 28,826,093 Total de Pasivo más Capital $37,089,613

La Impulsora Compañía de Bienes Inmuebles, S.A. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $18,069,886 Impuestos por recuperar 36,102 Total de activo circulante 18,105,988 Total de activo $18,105,988 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $1,119,142 Partes relacionadas 13,149,478

Page 71: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

 

Impuesto sobre la renta 306,731 Total de pasivo a corto plazo 14,575,351 Capital Contable Capital social 19,638,684 Actualización del capital social 405,922 Resultados acumulados (17,396,429) Resultado del ejercicio 882,460 Total de Capital Contable 3,530,637 Total de Pasivo màs Capital Contable $18,105,988

Valladolid Tres Once, S. de R.L. de C.V. BALANCES GENERALES 31 DE OCTUBRE DE 2012

(cifras expresadas en miles de pesos mexicanos)

Activo Circulante Partes relacionadas $54,631,039 Impuestos por recuperar 121,499 Total de activo circulante 54,752,538 Total de activo $54,752,538 Pasivo A corto plazo Impuestos y gastos acumulados $2,092,730 Partes relacionadas 5,573,988 Impuesto sobre la renta 130,484 Total de pasivo a corto plazo 7,797,202 Capital Contable Capital social 37,734,757 Actualización del capital social 2,433,619 Resultados acumulados 5,424,130 Resultado del ejercicio 1,362,830 Total de Capital Contable 46,955,336 Total de Pasivo màs Capital $54,752,538

(Firma) Director de Administración y Finanzas

C.P. José Rolando Eric Alba Nieto ABILIA PROPIEDADES, S. de R.L. de C.V.

Page 72: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

POPLAND PRODUCTIONS, S.A. DE C.V.

Estado de Situación Financiera (En pesos de poder adquisitivo del 01 de Enero al 31 de Julio de 2012)

ACTIVO PASIVO Y CAPITAL CONTABLE Activo Circulante Pasivo circulante

Efectivo y valores de inmediata realización 50,000 Proveedores Extranjeros 0 Acreedores diversos 0 Impuestos por pagar 0 0 Cuentas por Cobrar:

Clientes 0 Deudores diversos 0 Total del pasivo circulante 0 Impuestos por recuperar 0

0 TOTAL PASIVO 0

Inventarios. 0 Total activo circulante 50,000 CAPITAL CONTABLE Capital Social 50,000 Resultado de ejercicios anteriores 368,204 Activo No circulante Resultado del ejercicio - 494,713 Otras cuentas de Capital 126,509

Equipo de Transporte 0 Total Capital Contable 50,000 Maquinaria y Equipo 0 Equipo de Computo 0 Equipo de Oficina 0 Depreciación 0

Total Activo No Circulante 0 TOTAL ACTIVO 50,000 TOTAL PASIVO Y CAPITAL CONTABLE 50,000 (Firma) (Firma) _____________________________________ ___________________________________ C.P. Gregorio Flores Pedroza C.P. Ezequiel Quintero Santiago Representante Legal Contador General

Page 73: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 73

 

POPLAND PRODUCTIONS, S.A. DE C.V.

Estado de Resultados (En pesos de poder adquisitivo del 01 de Enero al 31 de Julio de 2012)

% Ventas Netas 1,459,083 100.00% Costo de Ventas 0 0.00% Utilidad Bruta 1,459,083 100.00% Gastos de Operación:

De Administración 1,763,411 120.86% De Venta 188,775 12.94%

1,952,186 133.80% Utilidad de operación - 493,103 - 33.80% Costo Integral de Financiamiento:

Fluctuación cambiaria 0 0.00% Gastos Financieros 1,610 0.11% Productos Financieros 0 0.00% Resultado por Posición monetaria - 0.00%

1,610 0.11% Otros Gastos (Productos) - 0.00% Utilidad antes del impuesto sobre la renta e impuesto al activo

- 494,713 - 33.91%

Impuesto sobre la renta - 0.00% IETU 0 0.00% 0 0.00% Utilidad neta - 494,713 - 33.91% (Firma) (Firma) _______________________________ _______________________________ C.P. Gregorio Flores Pedroza C.P. Ezequiel Quintero Santiago Representante Legal Contador General

Page 74: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

74 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

Lorse Inmobiliaria, S.A. de C.V. (En Liquidación)

Estado de situación financiera al 30 de junio de 2012.

(Cifras en pesos)

Activo Pasivo

Circulante Total Pasivo 0.00Total Circulante 0.00 Capital

Capital Social 50,000.00 Resultado de Ejercicios -50,000.00 Anteriores Pérdida del Ejercicio 0.00

Total Capital 0.00Suma del Activo 0.00 Suma de Pasivo y Capital 0.00 La parte que a cada socio corresponda en el haber social se distribuirá en proporción a la participación que cada uno de los accionistas tenga en el mismo.

México D.F. a 31 de julio de 2012 (Firma) (Firma) Gerardo Alberto Soria Malacara Sergio González Martínez de Escobar Liquidador Liquidador  

ARRENDEL, S. A. DE C. V.

Félix Parra 192, San José Insurgentes, Benito Juárez, México D.F. C.P. 03900

AVISO

En la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de Arrendel, S. A. de C. V., celebrada el día 22 de octubre de 2012, se resolvió aumentar el capital social en su parte variable en cantidad de $43,000.00 M.N., emitiéndose 430,000 acciones Serie “B”. El presente aviso se da en términos de lo señalado en los estatutos sociales y el artículo 132 de la Ley General de Sociedades Mercantiles a efecto de que los accionistas, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de la publicación de este aviso, ejerzan su derecho de preferencia para suscribir y pagar las acciones emitidas, en proporción al número de acciones de que son propietarios. En caso de que las acciones emitidas como consecuencia del aumento de capital, no sean suscritas y pagadas en su totalidad por los accionistas de la sociedad, se procederá de conformidad con lo dispuesto por las resoluciones tomadas en la Asamblea, los estatutos sociales y la Ley General de Sociedades Mercantiles.

México, D. F., 29 de octubre de 2012. (Firma)

Luis Mondragón Barbaray Delegado de la Asamblea

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 75

 

ILLARY, S.A DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN

El presente balance se elabora conforme a lo establecido en la fracción V, del artículo 242 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

1o. de octubre de 2012

Activo Pasivo

Circulante A cortoplazo

Efectivo e inversiones en valores $ 37,528.00 $

Suma del Activocirculante $ 37,528.00 Suma del Pasivo a cortoplazo $ 0.00

Suma Total del Pasivo $ 0.00

Capital contable

Capital contribuido

Capital social $ 15,000.00

Suma de Capital contribuido $ 15,000.00

Capital ganado

Resultado de ejerciciosanteriores $ 19,528.00 Reserva legal 3,000.00

Suma de Capital ganado $ 22,528.00

Suma del Capitalcontable $ 37,528.00

Suma Total del Activo $ 37,528.00 Suma Total del Pasivo y Capital

contable $ 37,528.00

De conformidad con el balance anterior, a los accionistas les corresponde por concepto de cuota de liquidación la cantidad de $ 375.28 (Trescientos setenta y cinco pesos con veintiocho centavos M.N.) por cada acción.

México, Distrito Federal, a 1o. de octubre de 2012.

(Firma) Sr. Rafael Mejia Cruz

Liquidador

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76 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

SANATORIO DE MATERNIDAD SAN MARTIN S.A BALANCE FINAL DE LIQUIDACION DEL 22 DE MAYO DE 2006 AL 12 DE JULIO DE 2012, DE LA SOCIEDAD “SANATARIO DE MATERNIDAD SAN MARTIN”, S.A., EN LIQUIDACION. ACTIVO:

ACTIVO CIRCULANTE: - - - - - - - - - - - - $ 0.00

SUMA DEL ACTIVO: - - - - - - - - - - - - - - $ 0.00

PASIVO:

PASIVO A CORTO PLAZO: - - - - - - - - -- $ 0.00

PASIVO A LARGO PLAZO: - - - - - - - - -- $ 0.00

SUMA DEL PASIVO:- - - - - - - - - - - - - - - $ 0.00

CAPITAL SOCIAL:- - - - - - - - - - - - - - - -- $ 50,000.00

DISTRIBUCION A LOS ACCIONISTAS: - $ 50,000.00 ATENTAMENTE

(Firma) SRA. ANA MARIA ARECHIGA LARRAÑAGA

LIQUIDADOR

PICHINO’S, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2012. Activo Total de Activo $0.00 Pasivo y Capital Contable Pasivo $0.00 Capital Contable $0.00 EN CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 247, FRACCION II DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES, SE PUBLICA EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD. MEXICO, D.F., A 25 DE OCTUBRE DE 2012. LIQUIDADOR (Firma) ___________________________________ MAURICIO RICARDO CRISTANTE SKINFIELD

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 77

 

MADOBREGON, S.A. DE C.V. ( En Liquidación )

Balance Final de Liquidación al 30 de septiembre de 2012

ACTIVO Bancos y efectivo 0.00 Impuesto sobre la Renta a favor 4,572.00 Impuesto al Valor Agregado a favor 7,363.00 Suma el Activo 11,935.00 PASIVO 0.00 CAPITAL CONTABLE Capital social fijo 50.00 Reserva legal 14,810.00 Utilidades acumuladas 52,155.00 Resultado del ejercicio (55,080.00) Suma el Pasivo y el Capital 11,935.00 México, D. F., a 12 de octubre de 2012 (Firma) ALEJANDRO DELGADO PASTOR SURRELL LIQUIDADOR

Page 78: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

78 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

JSOV SERVICIOS, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION

AL 8 DE AGOSTO de 2012 ACTIVO PASIVO Caja 50,000 Cuentas por pagar $ 0 CAPITAL Capital social 50,000 Total del capital contable 50,000Total del activo $50,000 Suma pasivo y capital 50,000

(Firma) __________________

C.P. Trinidad Verónica Rayón Flores Liquidador

Balance preparado el 8 de agosto de 2012

Accionistas

Número de Acciones

Porción en el Haber Social

Importe a distribuir

Vostu Trading, LLP 999 $49,950 $49,950 Vostu USA, Inc 1 50 50 TOTAL 1,000

======== $50,000

========== $50,000

===========

JUEGOS SOCIALES VST DE MEXICO, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION

AL 8 DE AGOSTO de 2012 ACTIVO PASIVO Caja 49,000 Cuentas por pagar $ 0 Bancos 1,598,018 CAPITAL Capital social

Resultados acumulados 2,550,000 (902,982)

Total del capital contable 1,647,018Total del activo $1,647,018 Suma pasivo y capital 1,647,018

(Firma) __________________

C.P. Trinidad Verónica Rayón Flores Liquidador

Balance preparado el 8 de agosto de 2012 Accionistas

Número de Acciones

Porción en el Haber Social

Importe a distribuir

Vostu Trading, LLP 50,999 $1,646,986 $1,646,986 Vostu USA, Inc 1 32 32 TOTAL 51,000

======== $1,647,018

========== $1,647,018

===========

Page 79: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 79

 

INMOBILIARIA MOSCÚ S.A. DE C.V.

AVISO _______________________________________________________________________________

Conforme a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que mediante Asamblea de Accionistas celebrada el día 13 de enero del 2000, los accionistas de Inmobiliaria Moscú, S.A. de C.V. acordaron reducir el capital social de la compañía en su parte fija, para quedar en la cantidad de $7,500.00 (Siete mil quinientos pesos 00/100 M.N.)y por unanimidad de votos aprobaron las siguientes resoluciones: PRIMERA.- Es aprobada la disminución al Capital Social en su Parte Fija en la cantidad de $2,500.00 pesos (DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N) representados por 2,500 acciones serie “A” con valor nominal de $1.00 M.N.(UN PESO 00/100 M.N) cada una, en los términos dados a conocer a fin de proceder al reembolso correspondiente a favorde la señora CRISTINA FERNANDEZ VARGAS DE SENOSIAIN, conforme la sociedad vaya teniendo flujos en efectivo. SEGUNDA.- En virtud de la disminución antes mencionada, el capital social en su parte mínima Fija queda integrado en la cantidad de $7,500.00 (SIETE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) representado por 7,500 acciones, con valor nominal de $1.00 (UN PESO 00/100 M.N.) cada una. TERCERA.- Es aprobada la reforma al artículo sexto de los estatutos sociales en los términos acontecidos. CUARTA.- El capital social de la Sociedad queda constituido de la siguiente manera: ACCIONISTAS: ACCIONES: VALOR:

México, Distrito Federal, a 19 de octubrede 2012.

(Firma) José Estanislao Leoncio Flores y de la Vega

Delegado Especial

Serie A Serie B Serie A Serie B TOTAL: MARIA NIEVES PAYTUVI NASTA.

2,500 40,000 $2,500.00 $40,000.00 $42,500.00

MARIA GUADALUPE DEL SOCORRO CERVANTES MAYAGOITIA.

2,499 40,000 $2,499.00 $40,000.00 $42,499.00

LAURA ISABEL SENOSIAIN Y RUILOBA.

2500 40,000 $2,500.00 $40,000.00 $42,500.00

ROSA MARIA CERVANTES MAYAGOITIA DE GAMBOA.

1 0 $1.00 0 $1.00

TOTAL 7,500 120,000 $7,500.00 $120,000.00 $127,500.00

Page 80: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

BRETAÑA CONSTRUCCIONES, SA DE CV ESTADO DE POSICION FINANCIERA (EN LIQUIDACION) AL

31 DE AGOSTO DE 2012 ACTIVO PASIVO CIRCULANTE CIRCULANTE Bancos 346273 Proveedores 6409Deudores Diversos 46500 Acreedores 38808Inventarios 0 Impuestos por pagar 7589Anticipo a Proveedores 45877 Pagos Anticipados 60011 Total Activo Circulante

498661 Total Pasivo Corto Plazo

52806

CAPITAL Activo Fijo 0 Capital Social Fijo 50000 Capital Social Variable 0

Activo Diferido 0 Aportaciones p/futuros aumentos de capital

0

Resultados anteriores 629760 Resultado del ejercicio -233905 Total Capital 445855

TOTAL ACTIVO 498661 TOTAL PASIVO Y CAPITAL

498661

Sr. Jesús Valdez Maldonado

(Firma)

Liquidador

Page 81: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 81

 

   

CONSTRUCTORA OSRO S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION

AL 8 DE NOVIEMBRE DE 2012 Activo Efectivo en Caja $0 Pasivo Capital

$0

(Firma)

México D.F., a 8 de Noviembre de 2012

Liquidador ALFREDO HERNANDEZ GONZALEZ

ASOCIACIÓN DE EX-ALUMNOS DE MÉXICO DE LA UNIVERSIDAD DE CHICAGO, A.C. BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2012.

(Cifras en pesos)

ACTIVO CIRCULANTE

Bancos $30,430.63 TOTAL ACTIVO $30,430.63 PATRIMONIO Remanente Acumulado $30,430.63 TOTAL PATRIMONIO $30,430.63

En virtud de haber pagado todos los pasivos, el remanente del haber social será distribuido en su totalidad a la asociación “University Of Chicago Alumni Club Of México, A.C. “de acuerdo a la segunda resolución del acta de asamblea general extraordinaria celebrada el día 25 de agosto de 2010. (En liquidación) El presente balance se publica en cumplimiento y para efectos de la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

(Firma)

C.P. José Luis Almanza Arriaga Liquidador

Page 82: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

82 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA ALMAGRO, S.A. DE C.V., EN LIQUIDACIÓN BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2012

A C T I V O P A S I V O Activo Circulante 0 Pasivo circulante 0 Bancos 0 CAPITAL CONTABLE Capital social 0 Resultado de ejercicios anteriores 0 Resultado del ejercicio 2012 0 Total activo 0 Total pasivo más capital contable 0

Nota: Conforme a lo dispuesto en el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se hae constar que no existe remanente a los accionistas.

(Firma)

JUAN MANUEL FRAGOSO NIEVES

Liquidador

NANDR, S.A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION

AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2012 Total Activo 337,365 ====== Total Pasivo 0 Capital contable 337,365 Total pasivo y capital 337,365 ====== México, D.F., 05 de octubre de 2012 Liquidador

(Firma) José Antonio Pérez Garcia

Page 83: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 83

 

INDUSTRIAS RELIANCE SA DE CV Balance final de liquidación al 31 de Octubre de 2012 ACTIVO 54,851 Bancos 54,852 Impuestos anticipados -0

TOTAL ACTIVO 54,851 PASIVO 510,542 Cuentas por pagar GIRSA 502,738 Acreedores diversos 7,804 Impuestos por pagar 0 CAPITAL -455,691 Capital Social 1,275,296 Capital Contable B-10 121,680,421 Utilidades acumuladas 304,533 Perdidas acumuladas -123,713,048 Resultados del ejercicio -2,893

TOTAL PASIVO Y CAPITAL 54,851 (Firma) DANTE MENDOZA MORA LIOQUIDADOR

Page 84: Programas "60 y más" y "Apoyo a jefas de familia"

84 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

E D I C T O S

E D I C T O

En los autos del juicio agrario promovido por el COMISARIADO DE BIENES COMUNALES DE LA COMUNIDAD DE SAN FRANCISCO TLALNEPANTLA, DELEGACIÓN XOCHIMILCO, expediente 228/12, el titular del Tribunal Unitario Agrario, Distrito 8, DOCTOR MARCO ANTONIO DÍAZ DE LEÓN SAGAÓN, dictó acuerdos de fechas tres y dieciséis de octubre del año en curso, en lo que se dijo lo siguiente: “… como se solicita y con fundamento en el Artículo 173 de la Ley Agraria se ordena emplazar por edictos al C. ALEJANDRO PRIETO TORRES, toda vez que se desconoce su domicilio, para que comparezcan a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, por el COMISARIADO DE BIENES COMUNALES DE LA COMUNIDAD DE SAN FRANCISCO TLALNEPANTLA, DELEGACIÓN XOCHIMILCO, en la que le demanda la restitución de un predio comunal perteneciente a los bienes comunales que representan, el cual se encuentra ubicado en el Paraje “Zihuatlixpa”, Lote 238 y que cuenta con una superficie aproximada de 562.12 metros cuadrados (QUINIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON DOCE CENTIMETROS), con las medidas y colindancias siguientes: Al Norte: En 28.28 Metros con el C. Alvino García; Al Sur: En 24.73 metros con el C. Andrés Monroy Inés; Al Oriente: En 20.46 metros con el C. Benito Valverde Zavala; Al Poniente: En 22.20 metros con camino, entre otras prestaciones, edictos que deberán publicarse por DOS VECES DENTRO DEL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS, en el “Diario de México”, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en las oficinas de la Delegación Xochimilco y en los Estrados de este Tribunal, acorde al artículo 173 de la Ley Agraria, para que a más tardar a las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE, fecha en que tendrá lugar la audiencia, conteste la demanda y ofrezca pruebas, ya que de no hacerlo, se podrán tener por ciertas las afirmaciones de la actora y se decretará perdido su derecho como lo establecen los numerales 185, Fracción V de la Ley Agraria y 288 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, haciéndose notar que quedan a su disposición las copias de traslado en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal, sito en Calle Río Elba No. 22, Segundo Piso, Colonia Cuauthémoc, Delegación Cuauthémoc, C.P. 06500, México, D.F.…”

ATENTAMENTE

México, D. F., a 22 de Octubre del 2012

(Firma)

LIC. ELIZABETH AMANTE NÁPOLES SECRETARIA DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL

UNITARIO AGRARIO DISTRITO. 8 (Al margen inferior derecho un sello legible)

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 85

 

             

       

 

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86 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la Gaceta Oficial del Distrito Federal será publicada de lunes a viernes y los demás días que se requieran a consideración de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. No se efectuarán publicaciones en días de descanso obligatorio. SEGUNDO. Las solicitudes de publicación y/o inserción en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se sujetarán al siguiente procedimiento:

I. El documento a publicar deberá presentarse ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, en la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios para su revisión, autorización y, en su caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera que aparezca la publicación, en el horario de 9:00 a 13:30 horas;

II. El documento a publicar deberá ser acompañado de la solicitud de inserción dirigida a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, y en su caso, el comprobante de pago expedido por la Tesorería del Distrito Federal.

III. El documento a publicar se presentará en original legible y debidamente firmado (nombre y cargo) por quien lo emita.

TERCERO. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, procederá cuando se solicite por escrito a más tardar, el día siguiente a aquél en que se hubiera presentado la solicitud, en el horario de 9:00 a 13:30 horas. CUARTO. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. QUINTO. La información a publicar deberá ser grabada en disco flexible 3.5 o Disco Compacto, en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:

I. Página tamaño carta; II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;

III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; IV. Tipo de letra CG Times, tamaño 10; V. Dejar un renglón como espacio entre párrafos;

VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento; VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas de Word ocultas; y

VIII. Etiquetar el disco con el título que llevará el documento.

SEXTO. La ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

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15 de Noviembre de 2012 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 87

 

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88 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 de Noviembre de 2012

 

 

DIRECTORIO

Jefe de Gobierno del Distrito Federal MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON

Consejera Jurídica y de Servicios Legales

LETICIA BONIFAZ ALFONZO

Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos REBECA ALBERT DEL CASTILLO

Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios

ADOLFO ARENAS CORREA

Subdirectora de Estudios Legislativos y Publicaciones ADRIANA LIMÓN LEMUS

Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios

MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ

INSERCIONES

Plana entera ...................................................................................... $ 1,514.00 Media plana ............................................................................................ 814.50 Un cuarto de plana ................................................................................. 507.00

Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,

C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.

Consulta en Internet http://www.consejeria.df.gob.mx/gacetas.php

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,

CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80

(Costo por ejemplar $42.00)