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7/26/2019 Proyecto de Ley de Emolumentos
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LEY DE EMOLUMENTOS DEL PERSONAL DOCENTE AL SERVICIO DE LAS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DEPENDIENTES DEL
EJECUTIVO, NACIONAL, ESTADAL Y MUNICIPAL
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Es una obligación del Estado, consagrada en el artículo 102 de la Constitución, asumir la
educación como una función indeclinable y de máximo interés para la sociedad.
Esta Asamblea Nacional consciente que para la consecución de ese objetivo establecido en la
Constitución, de formar seres humanos integrales, con conocimiento científico, humanístico y
tecnológico al servicio de la sociedad, requiere de un personal docente calificado ycomprometido con el pleno desarrollo de cada ser humano.
Teniendo en cuenta que es una exigencia fundamental que la educación esté a cargo de
personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad, para lo cual es imprescindible
que, como lo dispone el artículo 104 de la Constitución, la ley garantice no solamente el
ingreso, promoción y permanencia en el sistema educativo, sino además el reconocimiento, a
través de una justa remuneración, de la loable función del educador.
Estando expresamente establecido en ese artículo 104 de la Constitución, que es en la Ley
donde se debe establecer el régimen del personal del sistema educativo y visto que la
regulación contenida en la Ley Orgánica de Educación, aún cuando contiene disposiciones
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sobre la carrera docente, no desarrolla el derecho a un salario justo de los maestros, a pesar de
ser ese, igualmente, un derecho fundamental consagrado en el artículo 91 de la Constitución.
Se dicta la presente Ley con el objeto de garantizar a los maestros el derecho a un salario
suficiente que les permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas
materiales, sociales e intelectuales, acorde con el mérito que se le debe reconocer a los
docentes.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Decreta la siguiente,
LEY DE EMOLUMENTOS DEL PERSONAL DOCENTE AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DEPENDIENTES DEL
EJECUTIVO, NACIONAL, ESTADAL Y MUNICIPAL
TÍTULO I
Del objeto, finalidades y ámbito de aplicación
Objeto
Artículo 1: La presente ley tiene por objeto garantizar a los maestros el derecho a percibir una
remuneración acorde con el mérito y la importancia social de la función educativa.
La regulación de los emolumentos de los maestros se contempla en la presente ley como un
derecho de los maestros y como una garantía del derecho de los educandos, a recibir una
educación de calidad en los niveles de educación básica, integrado por los niveles de educación
inicial, primaria y media, conforme a lo establecido en la Constitución y en la Ley Orgánica de
Educación.
Definición remuneración
Artículo 2: A los efectos de la presente ley se considerarán como sinónimos los términos
emolumentos, remuneración y sueldo, los cuales en todo caso se refieren a la contraprestación
que corresponde al personal docente, por el servicio educativo que prestan en las instituciones
educativas oficiales dependientes del ejecutivo, nacional, estadal y municipal.
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Definición personal docente
Artículo 3: Se entiende por personal docente las personas que ejercen las funciones de
enseñanza o de dirección en planteles educativos, bien sea en condición de personal ordinario,
interino, provisional, contratado o bajo cualquier otra modalidad, siempre que posean títulos
profesionales docentes, obtenidos de conformidad con lo dispuesto en las legislación en
materia de educación.
Así mismo, se consideran sinónimos a los efectos de la presente ley los términos maestros,
docentes y educadores.
Finalidad
Artículo 4: La presente ley tiene la finalidad de establecer una remuneración suficiente parasatisfacer las necesidades materiales, morales e intelectuales de los maestros y de su familia, a
fin de garantizar:
1. La calidad de vida de los maestros y el desarrollo pleno de sus capacidades.
2. Reconocimiento de la responsabilidad e importancia de la función docente para la
sociedad.
3. Incentivar la formación de los educadores y el desarrollo de la carrera docente.
4. El derecho de los alumnos a recibir una educación de calidad, lo cual solamente es
posible garantizando una optima calidad de vida de los docentes.
Ámbito de aplicación
Artículo 5: El derecho a la remuneración establecida en la presente ley corresponde a todo el
personal docente en los niveles de educación básica, al servicio de las instituciones educativas
oficiales dependientes del ejecutivo, nacional, estadal y municipal.
Las disposiciones de la presente ley serán aplicables al personal activo, jubilados y pensionados.
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Título II
Del derecho a la justa remuneración
Justa remuneración
Artículo 6: Los maestros tendrán derecho a una remuneración mínima mensual equivalente al
valor de cuatro (4) salarios mínimos, entendiendo por salario mínimo el fijado por el Ejecutivo
Nacional mediante decreto, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo
de los Trabajadores y Trabajadoras.
Forma de pago
Artículo 7: La remuneración establecida en el artículo anterior deberá ser cancelada
mensualmente en moneda de curso legal, sin que puedan hacerse pagos parciales en especie niaplicarse deducciones distintas a las expresamente establecidas en la Ley, con fines de
seguridad social, contribuciones directas o indirectas al ahorro o similares.
Proporcionalidad de la remuneración
Artículo 8: A los fines de garantizar el pago de igual remuneración por igual trabajo, se
establecerá una escala de sueldo, partiendo de la remuneración mínima establecida en el
artículo 6 de la presente Ley, con los ajustes que corresponda en atención al mérito, la
complejidad de las actividades propias de cada nivel educativo y el tiempo de dedicación de
cada docente.
Personal docente de dirección
Artículo 9: A los fines de la remuneración del personal directivo de cada institución educativa
del sector público, deberá tomarse en cuenta las funciones y responsabilidades del cargo y el
tiempo de dedicación, respetándose la proporcionalidad de las remuneraciones conforme al
registro de asignación de cargos y las estructuras organizativas de cada institución educativa
oficial, conforme a lo establecido por el Ejecutivo nacional, estadal o municipal, según sea el
caso.
Escala de remuneración
Artículo 10: Dentro de los límites establecidos en la presente Ley, las autoridades competentes
aprobarán las escalas de sueldos del personal docente y de dirección, que laboren en los
institutos educativos oficiales.
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Título III
Disposiciones finales
Orden público
Artículo 11. Las disposiciones de la presente Ley son de estricto orden público, en la medida
que establecen un mínimo de la remuneración a que tienen derecho los docentes y no podrán
ser modificadas en perjuicio de éstos, por actos jurídicos de inferior jerarquía, ni por acuerdos,
convenciones de trabajadores o contratos de cualquier naturaleza.
Así mismo, se establece que la presente ley especial de remuneración del personal docente es
de naturaleza estatutaria, en consecuencia, sus disposiciones son de obligatorio e imperativo
cumplimiento para el Poder Público.
Régimen presupuestario Artículo 12: En las leyes y ordenanzas de los presupuestos públicos anuales en los distintos
niveles del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal deberá contemplarse una subpartida
específica, en la cual se establezca el monto de los recursos destinados al pago de los
emolumentos del personal docente.
Los Poderes Legislativos Nacional, Estadales y Municipales deberán aprobar los mecanismos
presupuestarios necesarios para colocar a disposición de las autoridades administrativas en
materia de educación los recursos necesarios para el pago de la remuneración a los docentes
establecida en la presente Ley.
Disposición Transitoria
Artículo 13: En las convenciones colectivas vigentes se deberá homologar la tabla salarial
estipulada en las mismas, a la remuneración que corresponda conforme a las disposiciones de
la presente ley. En las discusiones de las convenciones colectivas actualmente en curso o que se
inicien con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley se aplicarán las
disposiciones de la presente ley, a fin de garantizar a los docentes el derecho a la remuneración
conforme a lo previsto en el artículo 6.
Vigencia
Artículo 14: La presente ley entrara en entrará en vigencia a partir de su publicación en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Los incrementos de sueldo que deban
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acordarse a los docentes en aplicación de la presente Ley deberán comenzarse a pagar en la
primera quincena inmediatamente siguiente a la fecha de entrada en vigencia de la presente
Ley.
Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en
Caracas, a los días del mes de marzo de dos mil dieciséis. Año 205° de la Independencia y
156° de la
Federación.
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Análisis costo-beneficio
LEY DE EMOLUMENTOS DEL PERSONAL DOCENTE AL SERVICIO DE LAS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DEPENDIENTES DEL EJECUTIVO,NACIONAL, ESTADAL Y MUNICIPAL
INTRODUCCIÓN
Contexto
En los últimos años la pérdida del poder adquisitivo ha sido enorme para elpersonal docente en Venezuela, nada más en 2015 la inflación general fue de
180,87% y en alimentos 315,04%, mientras que el ingreso de los docentes creciósolamente 95% lo que ha causado la rápida pérdida de su calidad de vida;además, estos incrementos salariales han sido esporádicos, insuficientes yarbitrarios, lo que los deja en un estado de incertidumbre constante y hacontribuido a la existencia de un enorme déficit de personal en el sector.
Objetivos del proyecto
La presente ley tiene por objeto garantizar a los maestros el derecho a percibir unaremuneración acorde con el mérito y la importancia social de la función educativa.
Beneficiarios
532.669 docentes en todo el país en el nivel de educación básica, al servicio delas instituciones educativas oficiales dependientes del ejecutivo, nacional, estadaly municipal.
Estructura del análisis
1. Identificación del problema, causas y consecuencias, 2. Propuesta de solución,3. Análisis del costo, 4. Financiamiento del proyecto, 5. Resumen.
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1. IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA, CAUSAS Y CONSECUENCIAS
1.1. Problema
La caída del poder adquisitivo de las remuneraciones obtenidas por el personaldocente, estágenerando una situación donde se pone en riesgo el derecho decada venezolano, consagrado en la constitución, a una “educación integral de
calidad1”.
1.2 Causas
El bajo poder adquisitivo de las remuneraciones de los docentes es producidoprincipalmente por la alta inflación, la cual crece a un ritmo mayor que losincrementos de sueldos decretados para los trabajadores del sector.
Por ejemplo, durante el año 2015 se dictaron dos incrementos de sueldos –50%en mayo y 30% en octubre – los cuales generaron un aumento de los ingresos delos maestros en todo el año de 95%2, mientras que la inflación general (medidopor el INPC) creció 180,87% y la de alimentos 315,04%3 en el mismo año.
Figura 1: Año 2015, incremento de salarios a maestros vs inflación
Fuente: BCV, declaraciones oficiales
Como se observa, el incremento de sueldos fue cercano a la mitad de la inflacióngeneral y alcanzo menos de un tercio de la inflación en alimentos.
1 Artículo 104, Constitución Nacional.
2Fuente:http://www.vtv.gob.ve/articulos/2015/10/28/maduro-decreto-aumento-salarial-del-30-para-el-
sector-educativo-del-pais-video-1340.html 3 Fuente: BCV
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Otro aspecto a resaltar es el constante retraso en las negociaciones de lacontratación colectiva del sector, lo cual ha dejado a los docentes sin la posibilidadde fijar en este instrumento, algún tipo de medida que permita el logro de unaremuneración adecuada a las funciones que desempeñan y a la importancia de lamisma.
La política salarial del gremio ha creado primas y bonificaciones que en buenamedida han sido discrecionales y no siempre son permanentes.Esto creaincertidumbre a los docentes y politiza el tema salarial de los docentes.
La combinación de estos factores, ocasiona la pérdida acelerada de la capacidadde compra de los salarios del personal del sector educativo, los cuales en algunoscasos han llegado incluso a estar por debajo del monto del salario mínimo, segúnintegrantes del sector.4
1.3. Consecuencias
Las implicaciones del escenario actual (bajos salarios en el sector educativo)recaen en el corto plazo de forma directa sobre los docentes (desmotivación, faltade compromiso, baja calidad de vida) pero son los estudiantes los más impactadosen el mediano plazo (desincentivo a la formación de educadores, emigración delos docentes a otras actividades, déficit de docentes); finalmenteel país entero esafectadoen el largo plazo al no disponer de una educación de calidad que lepermita apuntalar el desarrollo de los factores productivos y una sociedad debienestar.
Para exponer de la manera más clara posible los efectos del escenario actual debajos salarios del personal docente, se clasificaron estos efectos en la figura 2.
Figura 2: Clasificación de las consecuencias.
Consecuencias de la caída del poderadquisitivo de los salarios de los docentes
Grupo perjudicado¿El efecto escuantificable?
¿Efectodirecto o
indirecto?
Cortoplazo
1. Docentes desmotivados Docentes No
Directo2. Falta de compromiso Docentes No
3. Baja calidad de vida de loseducadores
Docentes No
Medianoplazo
4. Desincentivo a la formación deeducadores
Estudiantes No Indirectos
4http://www.el-nacional.com/sociedad/Proponen-aumentar-salario-docentes-marzo_0_802719987.html
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5. Emigración a otras actividadesmás rentables
Estudiantes No
6. Déficit de docentes Estudiantes Si
Largo
plazo
7.Educación de baja calidadTodos los
sectores del paísNo
8. Incremento de la pobreza,disminución del bienestar social yeconómico
Todos lossectores del país No
Fuente: Elaboración propia
Estos efectos no son cuantificables monetariamente (excepto el déficit que yaalcanzaba 54.280 docentes en 20155), sin embargo, su solución y la eliminaciónde las consecuencias negativas del problema, constituyen el beneficio de la
aprobación del presente proyecto de ley.
La relación entre las causas, el problema central y los efectos, quedará mejorestablecida en la siguiente figura o “árbol de problema”.
El “árbol de problema” muestra gráficamente como las causas citadas generan el
problema central y desde ahí como se generan las consecuencias. En las ramasmás elevadas aparecen las implicaciones de más largo plazo.
Figura 3,árbol de problemas:
5http://www.laverdad.com/zulia/83131-54-mil-280-maestros-hacen-falta-en-el-pais.html
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Caída del poder
adquisitivo de las
remuneraciones del
personal docente
Incremento de la inflaciónRetraso en la negociación del
contrato colectivo del sector US S
Docentes
desmotivados
Docentes con poco
compromiso
Baja calidad de
vida de los educadores
PROBLEM
CENTR L
Consecuencias de corto plazo
PROBLEM
CENTR L
Educaciónde baja calidad
Emigración a otras
actividades más
rentables
Déficit de
docentes
Desincentivo a la
formación de
educadores
Consecuencias de mediano plazo
R
a
m
a
s
R
a
i
c
e
s
Incremento de la pobreza,
disminución del bienestar
social y económico
Consecuencias de largo plazo
Fuente: Elaboración propia
2. PROPUESTA DE SOLUCIÓN
Como método para enfrentar y solventar los problemas causados por el problemaidentificado, los artículos primordiales establecidos en el proyecto de ley son lossiguientes:
Artículo 6: “Los maestros tendrán derecho a una remuneración mínimamensual equivalente al valor de cuatro (4) salarios mínimos”. Artículo 8: “A los fines de garantizar el pago de igual remuneración por igual
trabajo, se establecerá una escala de sueldo, partiendo de la remuneraciónmínima establecida en el artículo 6 de la presente Ley”.
3. ANÁLISIS DEL COSTO
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El siguiente análisis de costos se hace bajo la premisa de un número total de532.669 docentes en todo el país6, se tomo en cuenta todo lo acordado en laConvención Colectiva Única de los Trabajadores de la Educaciónque se firmo enmarzo pasado y se asumió que 94% de los docentes laboran tiempo completo (36horas semanales). Por medio de estos datos se realizó una estimación de los
costos de la aplicación del proyecto de ley para los últimos 8 meses del año 2016.Los cálculos se muestran a continuación.
Figura 4: Estimación de los costos (Bs.) de la propuesta
171.724.771.272
Tipo de docente Salario actual Salario propuesto Número de docentes Costo 2016
Docente I 16.795,56 46.311 399.503 84.587.295.616
Docente II 17.295,00 47.688 53.267 11.613.844.884
Docente III 18.009,00 49.657 31.960 7.255.930.534
Docente IV 18.718,00 51.612 26.633 6.284.655.359
Docente V 21.559,00 59.446 13.316 3.619.123.818
Docente VI 24.892,00 68.636 7.990 2.507.352.718
Total 117.269 323.350 532.669 115.868.202.929
Tipo de docente Bono actual Bono propuesto Número de docentes Costo 2016
Docente I 17.254,56 20.206,12 399.503 5.495.744.067
Docente II 17.704,50 20.943,84 53.267 804.620.026
Docente III 17.975,90 21.140,71 31.960 471.425.824
Docente IV 18.646,80 21.936,21 26.633 408.318.295
Docente V 19.610,90 23.399,57 13.316 235.137.576
Docente VI 20.464,20 24.838,60 7.990 162.904.669
Total 111.657 132.465 532.669 7.578.150.456
Tipo de docente Pago actual Pago propuesto Número de docentes Costo 2016
Docente I 78.939,13 217.662,83 399.503 35.244.706.507
Docente II 81.286,50 224.135,34 53.267 4.839.102.035
Docente III 84.642,29 233.388,43 31.960 3.023.304.389
Docente IV 87.974,62 242.576,82 26.633 2.618.606.399
Docente V 101.327,32 279.394,89 13.316 1.507.968.258
Docente VI 116.992,40 322.589,01 7.990 1.044.730.299
Total 551.162 1.519.747 532.669 48.278.417.887
Efecto bono antigüedad y otros bonos
Efecto Utilidades y Vacaciones
Impacto total 2016 (Bs.)
Efecto salario base
Fuente: cálculos propios
El costo de la aplicación del proyecto en 2016 es de 171,72 millardos de Bs, elconcepto que produce el mayorcosto es el relacionado con el salario (67,47%),seguido por utilidades y vacaciones (28,11%) y finalmente los bonos (4,41%).
Comparando el costo de la aplicación de la propuesta con otras variables,tenemos que representa el 2,13% del PIB nominal 2016, 11,09% del Presupuesto
Nacional 2016 y 163,89% del presupuesto destinado a educación en 2016
7
Figura 5: Comparación del costo de aplicación
6Según Memoria y Cuenta del M.P.P. para la Educación 2015
7 Cifras extraídas de la Exposición de Motivos del Presupuesto Nacional 2016
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Fuente: Cálculos propios, Presupuesto Nacional 2016
Al costo emanado de la aplicación directa de esta propuesta, hay que sumar el
costo de oportunidad o efecto que pudiera ocurrir por la falta de uso de esosrecursos en otras áreas o inversiones.
Otro efecto indirecto es que las instituciones del sector privado tendrán que incurriren costos para incrementar el sueldo de los empleados en este sector.
Adicionalmente, es necesario acotar que un impacto financiero adicional y quetrasciende el impacto presupuestario de 2016, es el asociado al incremento de lospasivos laborales del estado con la nueva escala salarial que se desprende de laaplicación del proyecto de ley actual.
4. FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO
Los costos del proyecto (171,72 millardos de Bs) pueden ser financiados utilizandoel superávit alcanzado por el SENIAT en la recaudación de tributos en lo que vade 2016.
Los resultados de la recaudación del SENIAT de este I trimestre de este año(242,87% por encima de lo programado) muestran la subestimación que se hizode la ingresos tributarios, lo que deja recursos disponibles fuera del presupuestonacional, por el orden de 331,85 millardos de Bs8.
Más aún, si suponemos(siendo conservadores) que durante todo el año 2016 elSENIAT alcanzará el 200% de la meta que ha sido subestimada, los recursosexcedentes del presupuesto nacional por esta vía, serán al final del año de
8Esta información sobre la recaudación tributaria fue divulgada por el Superintendente del SENIAT, José
David Cabello, el 03 de abril de 2016 .
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1.195,57 millardos de Bs, monto frente al cual el costo de la aplicación delpresente proyecto de ley sería solamente de (14%).
Figura 6: Financiamiento de los costos del proyecto (millardos de Bs)
Fuente: Cálculos propios, declaraciones oficiales
Hay que destacar que la subestimación de los ingresos del SENIAT es uncomportamiento marcado en los últimos años y que ha permitido al ejecutivonacional, el uso discrecional de estos ingresos.
Figura 7: Subestimación de las metas del SENIAT 2012-2016 (millardos de Bs)
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Fuente: Cálculos propios, declaraciones oficiales
La ventaja en el uso de estos ingresospara el financiamiento del proyecto, deriva
en que estos recursos ya fueron captados y están disponibles en la tesoreríanacional, sin dejar de lado que se eliminaría la discrecionalidad y arbitrariedad enla asignación de estos, por parte del ejecutivo nacional.
4. RESUMEN
Al realizarse una comparación entre los costos y beneficios de la aplicación de laley propuesta, en este caso en particular los costos están representados por elgasto directo que se necesita para la aplicación de la propuesta y el costo deoportunidad derivado y los beneficios los constituyen la solución de los problemas
que son causados por la baja remuneración de los docentes.
A continuación, una tabla resumen de los costos y beneficios evaluados en elpresente documento.
Figura7: Costos vs beneficios
Costos Beneficios
Costo monetario 20162,13% del PIB
nominal de 2016
Costo de oportunidadEl costo de oportunidad es el efecto que se
pudiera causar por dejar de usar estos recursosen otro tipo de inversión pública
Corto plazo:Docentes motivados,
comprometidos, con mejor calidad de vida
Mediano plazo:Incentivo a la formación de educadores,descenso de la emigración a otras actividades,
reducción del déficit de docentes
Largo plazo:Educación de mayor calidad, disminución de la
pobreza, incremento del bienestar social yeconómico, mayor productividad
123
135
150
230
200
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