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1. CRITERIOS PARA LA ACEPTABILIDAD DEINSTALACIONES RADIOLÓGICAS(INCLUYENDO RADIOTERAPIA) Y DE MEDICINA NUCLEAR Protección r!io"ó#ic n$ %1 &. Pró"o#oE" tr' o !e " Co i*ión E+ro,e en e" c ,o !e " ,ro *e ri#e ,or e"Trt!o !e" E+rto - "* Directi * !e" Con*e o /+e i ,ortnte e* " Directi re"ti nor * ' *ic* !e ,rotecció "o* tr' !ore* e2,+e*to* (3453675E+rto )8 re i*! en 1%%7(%75& Con*e o !o,tó otr Directi 8 co ,"e entri !e " nterior8 *o'r ,er*on* *o eti!* e2,o*icione* 0!ic* (3959775E+rto ) re i* 1%%:(%:5965E+rto ).A '* !irecti * e2i#en /+e "o* E*t!o* ie ' criterio* !e ce,t'i"i!!!e "* in*t"cione* r!io"ó#ic* (inc"+i !e "* in*t"cione* !e e!icin n+c"er.L e2,erienci o*tró /+e !i=ic+"t!e* en " !eter inción !e e*o*criterio*8 *o're to!o en "o t0cnico* !e" e/+i,o.Por "o tnto8 " Co i*ión to ó en 1%%4 " inici e e ,"o* !e criterio* !ece,t'i"i!! con e" *e*or iento !e +n t0 N.R.P.B.).De*,+0* !e !o* con*tr+cti * re+nione* con +tori!!e* c E*t!o* ie 'ro* (135%51%%& - 645651%%9)8 *e ! irtió " nece*i!! in*t"cione* e*,ec<=ic* !e r!io"o#< - e!icin n+c"er. En 1%% +nenc+e*t entre +tori!!e* co ,etente* (?" @ oete"ie=) ,r e *it+cióne2i*tente8 ,rtir !e " c+" *e e"'oró +n n+e o in=or e"'orción !ecriterio* !icion"e* ,r e*t* in*t"cione*.E*te i !to* !e otr* =+ente*8 *e !e'tió con +tori!!e* co ,etente*en L+ > !e *e,tie 're !e 1%%7.E" re*+"t!o *i!o +n con +nto !e criter ,"ic'"e* "* in*t"cione*+ti"i;!* en r!io"o#<8 r!ioter,i criterio* no *on inc+"nte*,r "o* E*t!o* ie 'ro*8 *ino /+e *e -+!r "* +tori!!e*co ,etente* en *+ tre !e e*t'"ecer o re ce,t'i"i!!8 t 'i0n "" !o*criterio* <ni o*8 /+e no !e'en con re/+i*ito* !e !i*e o - con*tr+cción !ee/+i,o* r!io"ó#ico* - !e e! "o* encion!o* en e" ,+nto 118> !e ",rte & !e" Ane2o I !e " Dir re"ti "o* ,ro!+cto* *nitrio*(%659&5CEE).E*te in=or e *er * ,erió!ic* ,r incor,orr en c! o ento "o*n+e o* !to* cient< ,rte !e +n *erie !e #+<* t0cnic* *o're !i=erente* teri* !e* ,"icción !e " Directi *o're e2,o*icione* 0!ic*. E*,ero /+e contin+r " e or en " ,rotección r!io"ó#ic en e" terreno 0!i Director !e Se#+ri!! N+c"er - Protección Ci i" & 6. NDICEINTRODUCCION................................................. ........91. INSTALACIONES RADIOGRA ICAS DE DIAGNOSTICO EN GENERAL ............>&. REFELADO DE PLACAS8 PROPIEDADES DE LOS RECEPTORES DE IMAGENES Y CONDICIONES DE FISUALI ACION...........................................36. RADIOSCOPIA ....................................................... TOMOGRA IA CONFENCIONAL Y COMPUTADORI ADA......................... To o#r=< con encion" .......................................... To o#r=< co ,+t!ori;!......................................... RADIOGRA IA DENTAL................................................. MAMOGRA IA ........................................................

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1. CRITERIOS PARA LA ACEPTABILIDAD DEINSTALACIONES RADIOLGICAS(INCLUYENDO RADIOTERAPIA) Y DE MEDICINA NUCLEAR Proteccin radiolgica n 91

2. PrlogoEl trabajo de la Comisin Europea en el campo de la proteccin radiolgica se rige por elTratado del Euratom y las Directivas del Consejo que de l se derivan.La ms importante es la Directiva relativa a normas bsicas de proteccin sanitaria de lapoblacin y los trabajadores expuestos (80/836/Euratom), revisada en 1996(96/29/Euratom).En 1984, el Consejo adopt otra Directiva, complementaria de la anterior, sobre proteccinde la personas sometidas a exposiciones mdicas (84/466/Euratom) revisada en 1997(97/43/Euratom).Ambas directivas exigen que los Estados miembros establezcan criterios de aceptabilidadde las instalaciones radiolgicas (incluidas las de radioterapia) y de las instalaciones demedicina nuclear.La experiencia mostr que a veces surgan dificultades en la determinacin de esoscriterios, sobre todo en lo relativo a los parmetros tcnicos del equipo.Por lo tanto, la Comisin tom en 1990 la iniciativa de desarrollar ejemplos de criterios deaceptabilidad con el asesoramiento de un tcnico experto (Bland, N.R.P.B.).Despus de dos constructivas reuniones con autoridades competentes de los Estadosmiembros (18/9/1992 y 30/3/1994), se advirti la necesidad de extender los criterios ainstalaciones especficas de radiologa y medicina nuclear. En 1995 se llev a cabo unaencuesta entre autoridades competentes (Kal & Zoetelief) para evaluar la situacinexistente, a partir de la cual se elabor un nuevo informe que sugera la elaboracin decriterios adicionales para estas instalaciones.Este informe, corregido con datos de otras fuentes, se debati con autoridades competentesen Luxemburgo los das 4 y 5 de septiembre de 1996.El resultado ha sido un conjunto de criterios de aceptabilidad aplicables a las instalacionesutilizadas en radiologa, radioterapia y medicina nuclear. Estos criterios no son vinculantespara los Estados miembros, sino que se han elaborado para ayudar a las autoridadescompetentes en su tarea de establecer o revisar criterios de aceptabilidad, tambin llamadoscriterios mnimos, que no deben confundirse con los requisitos de diseo y construccin deequipos radiolgicos y de medicina y nuclear como los mencionados en el punto 11,5 de laparte 2 del Anexo I de la Directiva del Consejo relativa a los productos sanitarios(93/42/CEE).Este informe ser sometido a revisiones peridicas para incorporar en cada momento losnuevos datos cientficos y tcnicos.Forma parte de una serie de guas tcnicas sobre diferentes materias desarrolladas parafacilitar la aplicacin de la Directiva sobre exposiciones mdicas. Espero que el documentoayude a continuar la mejora en la proteccin radiolgica en el terreno mdico. Suzanne FRIGREN Directora de Seguridad Nuclear y Proteccin Civil 2

3. NDICEINTRODUCCION...............................................................................................................41. INSTALACIONES RADIOGRAFICAS DE DIAGNOSTICO EN GENERAL ............52. REVELADO DE PLACAS, PROPIEDADES DE LOS RECEPTORES DE IMAGENES Y CONDICIONES DE VISUALIZACION...........................................83. RADIOSCOPIA ............................................................................................................104. TOMOGRAFIA CONVENCIONAL Y COMPUTADORIZADA...............................12 4.1 Tomografa convencional ....................................................................................12 4.2 Tomografa computadorizada..............................................................................125. RADIOGRAFIA DENTAL...........................................................................................146. MAMOGRAFIA ...........................................................................................................15 6.1 Generacin y control de rayos X .........................................................................15 6.2 Parrilla antidifusora y receptor de imgenes .......................................................16 6.3 Revelado de placas ..............................................................................................16 6.4 Condiciones de visualizacin ..............................................................................17 6.5 Propiedades del sistema.......................................................................................177. RADIOTERAPIA..........................................................................................................188. MEDICINA NUCLEAR ...............................................................................................20APENDICE A1: LISTA DE ABREVIATURAS ..............................................................21APENDICE A2: DEFINICION DE TERMINOS .............................................................22APENDICE A3: BIBLIOGRAFIA....................................................................................27 3

4. INTRODUCCINEl objetivo de este documento es especificar las normas mnimas de funcionamiento. Loscriterios que aqu se presentan deben considerarse como niveles de intervencin, esdecir, niveles de funcionamiento que cuando se alcanzan obligan a realizar algn tipo deintervencin correctora. La ejecucin de estas intervenciones debe basarse en unavaloracin formal del funcionamiento del equipo. Tras esta valoracin, hay que llegar a unacuerdo en un perodo de tiempo razonable para intervenir (dando de baja o sustituyendo elequipo, renovndolo) y para establecer las circunstancias especficas en las que el equipopuede seguir funcionando. Es posible que sean necesarias otras mediciones ms completasy precisas para determinar la causa de los cambios producidos en el funcionamiento. Debehacerse especial hincapi en que los criterios aqu propuestos no han de emplearse comovalores recomendados con fines de control de calidad.Este documento tiene en cuenta las instalaciones para diagnstico en general, lasinstalaciones especficas como las tomografas convencional y computadorizada, laradiografa dental, los equipos para mamografas, las instalaciones de radioterapia y las demedicina nuclear.En lo que respecta a la radiologa digital, todava no se pueden establecer criterios basadosen la experiencia de fabricantes, autoridades competentes y usuarios, ya que sta esinsuficiente; por ello, de momento no se publican criterios. Hay que esperar a la evolucinulterior.Los equipos usados en radiologa peditrica pueden ser distintos de los empleados en losadultos. Sin embargo, los criterios aplicables al equipo no difieren de los correspondientesa la radiologa general. Se establecen requisitos adicionales que hacen referencia alpequeo tamao de los pacientes peditricos, as como a las condiciones particulares de lasexploraciones debido a las menores dimensiones de los pacientes. Se debe pensar en unaadecuada distribucin de los equipos y un correcto blindaje frente a la radiacin, ya que elpersonal estar ms cerca del paciente. Es posible que algunos equipos antiguos nofuncionen bien si se emplean tiempos de exposicin muy cortos; pero esta circunstancia nodebe restringir el empleo de pantallas y pelculas de alta sensibilidad. En los aparatospeditricos, los colimadores deben poderse ajustar a dimensiones menores que lascorrespondientes a los equipos usados en radiologa general. En la prctica, hay que estarseguros de que cualquier exposicin a la que se somete un nio est siempre clnicamentejustificada y que se ha optimizado el nivel de exposicin para cada uno de los casos(CCE, 1996a).En el captulo 1 se describen los parmetros fsicos de las instalaciones para diagnstico engeneral. Para aplicaciones especiales, como las recogidas en los captulos 3 a 6, seestablecen criterios adicionales. En los casos de aplicaciones especiales (captulos 3 a 6)para los que no se incluyen criterios, son vlidos los del captulo 1. Los captulos 2 y 3contienen criterios relacionados con el revelado de placas y la radioscopia convencional.Para las tomografas convencional y computadorizada, los criterios aparecen en el captulo4. Los correspondientes a la radiografa dental se presentan en el captulo 5. En el captulo6 se ofrece un resumen del informe sobre las recomendaciones europeas para la garanta decalidad en el cribaje mediante mamografa, en lo que respecta a los criterios aplicable deequipo de mamografas (CCE, 1993; 1996b). Los captulos finales se refieren a los criteriossobre instalaciones de radioterapia y medicina nuclear. Al final hay unos apndices con unalista de abreviaturas, definiciones y bibliografa. 4

5. 1. INSTALACIONES RADIOGRFICAS DE DIAGNSTICO EN GENERAL Los parmetros y criterios mencionados en este captulo son aplicables al equipo radiogrfico general de rayos X. No se refieren a los equipos especializados de rayos X que se tratan en los captulos 3 a 6. Por ejemplo, a la mamografa se podrn aplicar criterios ms estrictos. Para las aplicaciones especiales como las tratadas en los captulos 3 a 6 se formulan criterios adicionales. Si en alguna aplicacin especial no se menciona ningn criterio, sern vlidos los formulados en el captulo 1. La formulacin de un criterio para un componente concreto del equipo no implica que dicho componente, por ejemplo el diafragma del haz luminoso o el CAE, sea obligatorio. Exactitud del kilovoltaje Calibracin de la escala La desviacin mxima del valor indicado respecto del valor real debe ser inferior a 10 %. Variacin con cambios en la corriente del tubo La variacin mxima debe ser inferior al 10 %. Precisin del voltaje del tubo Para todos los generadores: en una serie de mediciones repetidas, la desviacin del voltaje del tubo debe ser inferior a 5 % del valor medio. Filtracin total La filtracin total en el haz til debe equivaler a la de 2,5 mm de Al como mnimo. Tiempo de exposicin Para tiempos de exposicin indicados que superen los 100 ms, la variacin del tiempo real de exposicin debe estar dentro del 10 % del tiempo de exposicin indicado. Salida radiolgica Magnitud Con una filtracin total de 2,5 mm de Al, la salida debe ser mayor que 25 Gy/mAs a 1 m para funcionamiento a 80 kV verdaderos. Coherencia de la salida La salida debe ser constante y no desviarse ms del 20 % de la media en exposiciones repetidas, dado un voltaje del tubo y una filtracin dentro del margen utilizado en la prctica, es decir, un voltaje de 80 kV y una filtracin de 2,5 mm de Al. Variacin con cambio de la corriente indicada La variacin debe ser inferior al 15 %. Variacin con cambio del producto de la corriente en el tubo por el tiempo de exposicin La variacin debe ser inferior al 20 %. 5