1
Reforma para el manejo de los ingresos petroleros Se expide la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo a fin de garantizar la administración transparente y responsable de los ingresos petroleros y cuyas principales funciones serán dar estabilidad a las finanzas nacionales y asegurar que los ganancias sean utilizadas en investigación y desarrollo. Destinos obligatorios de las ventas del petróleo: Si los ingresos exceden el 4.7% del PIB: Cuando corresponda, los pagos a contratistas. • Al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios. • Al Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas. • Al Fondo de Extracción de Hidrocarburos. • Al Fondo Sectorial CONACYT-Secretaría de Energía-Hidrocarburos (investigación científica y desarrollo tecnológico). • Al Fondo Sectorial CONACYT-Secretaría de Energía-Sustentabilidad Energética. • A la Tesorería de la Federación para cubrir los costos de fiscalización en materia petrolera de la Auditoría Superior de la Federación. • A la Tesorería de la Federación para el PEF. Reserva del Fondo para generar ahorro de largo plazo e inversión en activos financieros. ◆ A la reserva del Fondo. ◆ Recursos al fondo del sistema de pensión universal. ◆ Inversión en ciencia, tecnología e innovación. ◆ Inversión en proyectos petroleros. ◆ Infraestructura nacional. ◆ Becas en universidades y posgrados. ◆ Mejora de la conectividad y desarrollo regional de la industria. TE-55 RESERVA Entre 1995 y 2011 los ingresos petroleros se han situado entre 5.2 y 8.7% del PIB, con una alta volatilidad. (Centro de Estudios de las Finanzas Públicas) Para el Presupuesto de Egresos de la Federación: ¿Cómo se distribuirán los ingresos del Fondo? Cuando el ahorro supere el 3% (adicional al 4.7%) del PIB:

Reforma secundaria en materia energética (Fondo Mexicano del Petróleo)

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Explicación de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo

Citation preview

Page 1: Reforma secundaria en materia energética (Fondo Mexicano del Petróleo)

Reforma para el manejo de los ingresos petroleros

Se expide la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo a fin de garantizar la administración transparente y responsable de los ingresos petroleros y

cuyas principales funciones serán dar estabilidad a las finanzas nacionales y asegurar que los ganancias sean utilizadas en investigación y desarrollo.

Destinos obligatorios de las ventas del petróleo:

Si los ingresos exceden el 4.7% del PIB:

Cuando corresponda, los pagos a

contratistas.

• Al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios.

• Al Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas.

• Al Fondo de Extracción de Hidrocarburos.

• Al Fondo Sectorial CONACYT-Secretaría de

Energía-Hidrocarburos (investigación científica y desarrollo tecnológico).

• Al Fondo Sectorial CONACYT-Secretaría de

Energía-Sustentabilidad Energética.

• A la Tesorería de la Federación para cubrir los costos de fiscalización en

materia petrolera de la Auditoría Superior de la Federación.

• A la Tesorería de la Federación para el PEF.

Reserva del Fondo para generar ahorro de

largo plazo e inversión en activos financieros.

◆ A la reserva del Fondo.

◆ Recursos al fondo del sistema de pensión universal.

◆ Inversión en ciencia, tecnología e innovación.

◆ Inversión en proyectos petroleros.

◆ Infraestructura nacional.

◆ Becas en universidades y posgrados.

◆ Mejora de la conectividad y desarrollo regional de la

industria.TE-55

RESERVA

Entre 1995 y 2011 los ingresos petroleros

se han situado entre 5.2 y 8.7% del PIB, con una alta

volatilidad. (Centro de Estudios de las Finanzas

Públicas)

Para el Presupuesto de Egresos de la

Federación:

¿Cómo se distribuirán los ingresos del Fondo?

Cuando el ahorro supere el 3% (adicional al 4.7%) del PIB: